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1 Reglamento Interno de Convivencia Escolar Reglamento Interno de Convivencia Escolar Colegio Amelia Troncoso Reglamento Interno Marzo de 2015

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Reglamento Interno de Convivencia Escolar

Reglamento Interno de

Convivencia Escolar Colegio Amelia Troncoso Reglamento Interno Marzo de 2015

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Colegio Amelia Troncoso Reglamento Interno El colegio AMELIA TRONCOSO DE LINARES, es un establecimiento particular subvencionado,

laico y mixto que atiende niños/as y jóvenes de pre-kinder a 4° año medio, sin jornada escolar

completa.

Fue fundado en 1919 por la prestigiada maestra de la zona Srta. AMELIA TRONCOSO, con una

fuerte inspiración valórica en la formación académica que entrega, la matrícula actual del

establecimiento es de 967 alumnos, distribuidas en 29 cursos.

Los alumnos del colegio pertenecen a nivel socioeconómico medio (según clasificación Simce)

El colegio tiene sistema de financiamiento compartido.

En el año 1998 se crea la Enseñanza media como una respuesta a las demandas de los apoderados.

Según la nueva estratificación de establecimientos de la Ley SEP está clasificado en el nivel

EMERGENTE y se atiende un 52,4% de alumnos prioritarios.

El colegio está ubicado en el casco antiguo de la ciudad a 2 cuadras de la Plaza de Armas, pero

atiende niños/as y jóvenes de todos los sectores de la ciudad, como también de sectores rurales

aledaños a Linares.

Artículo 1: El Manual de convivencia del colegio Amelia Troncoso establece disposiciones generales de organización y funcionamiento, que emanan de su Proyecto Educativo. Asimismo, explicita un conjunto de regulaciones y normas que ayudarán para una sana y adecuada convivencia de la Comunidad Educativa. Artículo 2: El colegio Amelia Troncoso, como Establecimiento educacional, mantiene un vínculo de directa dependencia en lo técnico - pedagógico con el Ministerio de Educación e instancias intermedias. Por otra parte, en lo administrativo, es un establecimiento particular subvencionado. Artículo 3: Las disposiciones del Reglamento Interno del Colegio Amelia Troncoso prevalecerán por sobre las disposiciones reglamentarias externas, cuando éstas, por su aplicabilidad no correspondan a la realidad del Establecimiento, siempre que la legislación vigente así lo permita. Artículo 4: El Colegio Amelia Troncoso, por su naturaleza institucional, tiene los siguientes emblemas y patrimonios oficiales: Insignia e Himno. Asimismo, son órganos oficiales de difusión del Establecimiento su página web (www.colegioameliatroncoso.cl). Artículo 5: Sobre los Niveles Escolares y funcionamiento del Establecimiento. El Colegio Amelia Troncoso imparte educación de régimen diurno en los niveles de Pre Básica, Educación General Básica y en la Modalidad Humanístico – Científica para los niveles de Primero a Cuarto Año de Educación Media. Atiende una población escolar promedio anual de 967 alumnos, agrupados en 29 cursos, distribuidos en dos jornadas, de los cuales los niveles de pre-básica y básica se encuentran ubicados en Valentín Letelier 339 y enseñanza media en Valentín Letelier 286. En donde los horarios de entrada y salida son:

EDUCACION PARVULARIA

Mañana Pre-Kínder Kínder

De lunes a viernes Recepción 8:00 a 8:15 Despacho de 12:15 a 12:30 Hrs. Lunes a jueves Despacho viernes 11:45 a 1200 Hrs. De lunes a viernes Recepción de 8:00 a 8:15 De lunes a viernes Despacho 11:45 a 12:00

Tarde Pre-Kínder

De lunes a viernes Recepción 13:50 a 14:05 Despacho de 18:05 a 18:20 Hrs. Lunes a jueves Despacho viernes 17:35 a 17:50 Hrs.

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Kínder De lunes a viernes Recepción de 13:50 a 14:05 De lunes a viernes Despacho 17:35 a 17:50

EDUCACION BÁSICA

Jornada de Mañana

Entrada Salida

08:00 horas 13:40 horas

Jornada Tarde

Entrada Salida

13:45 horas 19:30 horas

EDUCACION MEDIA

Jornada de Mañana Entrada Salida

08:00 horas 13:40 horas

Jornada Tarde Entrada Salida

13:50 horas 19:30 horas

Plan de pre básica NT1 22 horas NT2 20 horas Plan de básica de 1º a 4º 35 horas 5º y 6º 32 horas 7º y 8º 33 horas Plan de primeros y segundos medios 35 horas Plan de Estudios y de la estructuración de los horarios de clases, los cursos de tercero y cuarto medio tendrán un plan común de 26 horas y 10 horas de electivo de carácter científico, humanista y mixto. Artículo 6: De los Niveles de Organización del Establecimiento. El Colegio Amelia Troncoso se organiza pedagógicamente en los siguientes Niveles: • Nivel de Unidad Sostenedora • Nivel de Dirección. • Nivel Técnico Pedagógico • Nivel de Inspectoría General Artículo 7: Del Nivel de Dirección. El Nivel de Dirección es la instancia responsable del funcionamiento del Establecimiento y deberá actuar en conformidad a la política educacional del Estado y a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Así como también al proyecto Educativo del Colegio. Este Nivel estará integrado por el Director, Jefes de UTP y los Inspectores Generales del Establecimiento. El Director deberá cautelar la adecuada, racional y oportuna asignación de los recursos humanos y materiales, a fin de cumplir fielmente con los fines del Proyecto Educativo del Colegio Amelia Troncoso. Artículo 8: Del Nivel Técnico Pedagógico El Nivel Técnico Pedagógico es la instancia responsable de programar, organizar, supervisar, evaluar y controlar el desarrollo de las actividades curriculares que se llevan a cabo en el Establecimiento. El Nivel Técnico Pedagógico estará conformado por todo el personal docente técnico que integra la Unidad Técnico Pedagógica. Artículo 9: Del Nivel de Inspectoría General. El nivel de inspectoría General será el encargado de velar por el cumplimiento de normas estipuladas en el manual de convivencia escolar que rige al colegio Amelia Troncoso. Artículo 10: Del Nivel de Coordinación e Integración. El Nivel de Coordinación e Integración es la instancia que permite interactuar el quehacer de los niveles de Dirección, de Planificación y Supervisión y de Ejecución mencionados anteriormente. Según el carácter técnico - pedagógico de la convocatoria, éste se expresará a través de: • Consejo de Gestión General • Consejo de Gestión Por Nivel • Consejo General de Profesores. • Consejo de Profesores de Departamento. • Consejo Orientación (Inspector General, Orientador, Profesor Jefe, Profesor de asignatura) Artículo 11: De la Estructura Organizacional del Establecimiento. La organización del Colegio Amelia Troncoso se estructura de la siguiente manera: • 1 Director (Enseñanza Media y Básica) • Unidades Operativas (Inspectoría General, Unidad Técnico Pedagógica, Unidad Administrativa)

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Artículo 12: De la Dirección. La Dirección del Colegio Amelia Troncoso estará compuesta por: • Director. (Enseñanza Básica y Media) • Unidad Técnico Pedagógica. (3 Jefes Técnicos) • Inspectores Generales. (2 Inspectores Generales) Artículo 13: De la Unidades Operativas. Las Unidades Operativas, para el desarrollo de las actividades académicas, técnico-pedagógicas y administrativas, estarán conformadas por: • Unidad de Inspectoría General. • Unidad Técnico - Pedagógica. • Unidad Administrativa. Las Unidades Operativas son órganos de soporte académico y de apoyo directivo, encargadas de ejecutar acciones permanentes en una o más áreas de la gestión académica y administrativa, para lo cual desarrollarán integralmente su quehacer en asuntos de su competencia. Artículo 14: De las Jefaturas de Unidades Operativas. Para los efectos de una adecuada planificación y ejecución de las actividades docentes y administrativas, se reconocerán las siguientes Jefaturas de Unidades Operativas: • Sostenedor. • Director. • Jefe Unidad de Inspectoría General • Jefe de Unidad Técnica Pedagógica Artículo 15: De la Unidad Administrativa. La Unidad Administrativa estará integrada por: • Sostenedor • Administrador del Establecimiento • Contador • Administrativos Artículo 16: De la Unidad de Inspectoría General. La Unidad de Inspectoría General estará integrada por los Inspectores Generales del Establecimiento, de la cual dependerán: • Asistentes de la Educación Artículo 17: De la Unidad Técnica Pedagógica. La Unidad Técnico Pedagógica estará compuesta por: • Jefes de Unidad Técnico Pedagógica (para Educación General Básica y para Enseñanza Media) • Orientadores básica y media • Departamento PIE • Psicólogo • Coordinador CRA • Departamentos de Apoyo Técnico: Informática y Medios Audiovisuales. • Coordinador Actividades Extra-Escolares. Artículo 18: De acuerdo a la legislación vigente y en razón de las necesidades de planificación, organización o evaluación de la gestión curricular, la Dirección del Establecimiento podrá convocar a Consejos Técnicos u organismos equivalentes, de carácter consultivo, los cuales estarán integrados por docentes directivos, técnicos y/o docentes de aula. Estos consejos tendrán el carácter de instancias técnicas, cuyas resoluciones expresarán la opinión profesional de sus integrantes. Artículo 19: Para los efectos de planificación, organización y resolución, se reconocen en el Colegio Amelia Troncoso los siguientes consejos: • Consejo de Gestión General • Consejo de Gestión Por Nivel básica y media • Consejo General de Profesores. • Consejo de Profesores de Departamento. • Consejo Orientación (Inspector General, Orientador, Profesor Jefe, Profesor de asignatura) Artículo 20: Consejo de Gestión General. El Consejo Docente Directivo estará integrado por los Docentes Directivos del Establecimiento. Será presidido por el Director o el Directivo Docente en quien se delegue dicha función. Sesionara una vez por mes. • Elaborar la política técnico - pedagógica y administrativa del Establecimiento. • Requerir las contrataciones de personal externo que realizará trabajos docentes. • Solicitar el plan de acciones de mejoramiento de la infraestructura del Establecimiento.

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• Resolver la destinación interna del personal del Establecimiento. • Elaborar Plan Operativo Anual Articulo 21: Consejo de Gestión Por Nivel El Consejo Docente Directivo estará integrado por los Docentes Directivos del Establecimiento. Será presidido por el Director o el Directivo Docente en quien se delegue dicha función. • Elaborar la política técnico - pedagógica y administrativa del Nivel. • Requerir las contrataciones de personal externo que realizará trabajos docentes. • Solicitar el plan de acciones de mejoramiento de la infraestructura del Establecimiento. • Resolver la destinación interna del personal del Establecimiento. • Elaborar plan de acción Artículo 22: El Director nombrará, de entre sus miembros, un secretario del Consejo Docente Directivo, quien llevará acta escrita de las sesiones ordinarias y extraordinarias. Artículo 23: De los Consejos de Profesores. Los profesionales de la educación tendrán derecho a participar, con carácter consultivo, en el diagnóstico, planeamiento, ejecución y evaluación de las actividades de la Unidad Educativa correspondiente y de las relaciones de ésta con la comunidad. Para tales efectos, tendrán derecho a ser consultados en los procesos de proposición de políticas educacionales en los distintos niveles del sistema. No obstante lo anterior, el Consejo de Profesores podrá adoptar un carácter resolutivo en aquellas materias técnico-pedagógicas que expresamente la Dirección del Establecimiento someta a su consideración y pronunciamiento. Las decisiones de Consejo serán resueltas por mayoría simple. Sin embargo, las modificaciones que proponga el Consejo sobre el Proyecto Educativo Institucional, Reglamento Interno de convivencia escolar, Planes y Programas de Estudio, Reglamento Interno de Evaluación y promoción escolar y otras materias relativas a la conducción técnico-pedagógica del Establecimiento deberán contar con la aprobación de a lo menos dos tercios de los docentes que por nombramiento integran el Consejo de Profesores del Establecimiento. Artículo 24: Definición y Finalidad del Consejo General de Profesores. El Consejo General de Profesores estará integrado por los docentes del Establecimiento. Este será presidido por el Director del Establecimiento. De acuerdo a la legislación vigente, la definición y fines del Consejo General de Profesores del Establecimiento será la siguiente: • Son organismos técnicos, de carácter consultivo y/o resolutivo, según corresponda, en los que se expresará la opinión profesional de sus integrantes. • Estarán integrados por profesionales docentes-directivos, docentes técnicos y docentes de aula de la Unidad Educativa. • En ellos se encauzará la participación de los profesionales en el cumplimiento de los objetivos y programas educacionales y en el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional. • Constituyen una instancia de participación técnica para cada uno de los profesionales de la educación, en lo que corresponde a situaciones relacionadas con la vida escolar, el desarrollo curricular y la marcha del Establecimiento educacional. Artículo 25: Funciones del Consejo General de Profesores. Los Consejos de Profesores tendrán, entre otras, las siguientes funciones generales: • Planificar, evaluar y coadyudar en la ejecución del Plan de Trabajo del Establecimiento. • Garantizar la integración y participación democrática de todos los componentes de la Comunidad Escolar. • Velar la correcta aplicación de las normas legales y reglamentarias que digan relación con el quehacer del Establecimiento educacional (Reglamento interno de Convivencia Escolar). • Analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos de evaluación interna y externa y sugerir acciones pedagógicas preventivas, correctivas o de refuerzo. • Proponer e impulsar medidas tendientes a mejorar el proceso educativo, acentuando su acción en la formación de valores personales y sociales. • Analizar y estudiar iniciativas en beneficio de la Comunidad Escolar y de su entorno. • Estudiar y proponer medidas formativas para solucionar problemas de adaptación de los alumnos al medio escolar. • Tomar conocimiento de la planificación que presenta la Dirección del Establecimiento: proponer adecuaciones, si fuera necesario, asumir la responsabilidad de su ejecución. • Analizar problemas individuales o generales de adaptación o rendimiento y proponer soluciones pedagógicas, considerando, previamente, el seguimiento formativo hecho por el Establecimiento. • Estudiar la factibilidad de iniciativas que contribuyan al beneficio de la comunidad escolar y local. • Proponer e impulsar medidas que promuevan el perfeccionamiento personal y profesional de los docentes.

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• Proponer iniciativas tendientes al mejoramiento de la calidad de vida de la Comunidad Educativa y del clima organizacional del Establecimiento. • Promover adecuaciones al Reglamento Interno congruentes con el Proyecto Educativo del Establecimiento. Artículo 26: Existen dos tipos de consejos, Consejos Generales Ordinariosde Profesores y Consejos Extraordinarios. Los Consejos Ordinarios se realizarán en las ocasiones que señale la programación anual, mientras que los Consejos Extraordinarios se realizarán por determinación del Director o por solicitud fundada de la mayoría de los integrantes que lo componen. Artículo 27: Del Consejo de Profesores. El Consejo es una instancia de apoyo a la conducción general del Establecimiento; su naturaleza y funciones se deducen de la legislación vigente, cuya reglamentación, como cuerpo colegiado, se considera parte integrante del presente Reglamento. El Consejo de profesores sesionará de acuerdo a calendario establecido por la dirección, llevando un Libro de Actas para el registro de sus acuerdos. Artículo 28: Funciones del Consejo de Profesores: • Conocer las normativas educacionales emanadas del nivel de Dirección. • Aplicar las normativas a través de las acciones de sus miembros. • Comunicar y evaluar las actividades emprendidas por sus integrantes. • Analizar el rendimiento académico de los alumnos, recomendando procedimientos y estrategias para contribuir al mejoramiento del proceso educativo. • Apoyar al Director, Docentes Directivos y Docentes Técnicos en aspectos curriculares, de evaluación, supervisión y de administración educacional. • Diagnosticar, planificar, organizar, desarrollar y evaluar el proceso enseñanza – aprendizaje y actividades complementarias de las asignaturas correspondientes, según las pautas y orientaciones del nivel de Planificación y Supervisión del Establecimiento. • Coordinar sus acciones educativas con otras instancias del Establecimiento. Artículo 29: Del Consejo de Orientación: El Consejo será presidido por el Orientador y estará integrado por el Profesor Jefe del curso, profesores de asignaturas, Psicólogo y el Inspector General, de acuerdo al nivel de enseñanza (Pre- Básica, Básica y Media). Calendarizado por la Unidad técnico Pedagógica. Artículo 30: Funciones del Consejo de orientación: Son funciones de este Consejo conocer, estudiar y evaluar las situaciones conductuales, valóricas y de rendimiento que involucren a los alumnos de cada curso. Proponer y determinar las medidas de acuerdo al Reglamento Interno de convivencia escolar. Artículo 31: Del Plan de organización y funcionamiento de las actividades diarias. El horario de clases se estructurará en sesiones de dos horas pedagógicas, con un máximo de siete horas por jornada, debiendo existir un mínimo de tres recreos por jornada. Los recreos serán espacios de natural esparcimiento de los alumnos; con este fin la Unidad de Inspectoría General deberá supervisar las actividades desarrolladas por los alumnos durante los recreos. Artículo 32: Del desarrollo de las actividades diarias. El docente deberá iniciar su jornada de clases con la realización de las siguientes actividades Administrativas las que deberán ser regularmente supervisadas por el Inspector General: • Control de asistencia: presentación personal y aseo de la sala. • Firma de asistencia a clases • y registro de las materias de su asignatura en el Libro de Clases (Función de U.T.P). Artículo 33: Durante el desarrollo de las actividades en sus clases, el docente siempre deberá considerar: • Un trato digno para todos los alumnos y alumnas. • Estas tengan un carácter educativo y, que siendo el alumno quien aprende, deben estar centradas en el quehacer del estudiante. • Atenderá a sus alumnos en forma puntual y oportuna, hasta el término de su hora de clases. • El tiempo destinado al desarrollo de la clase no debe ser ocupado en otras actividades ajenas a ella. • Durante el desarrollo de su clase deberá procurar un clima favorable al aprendizaje de los alumnos, cautelando el orden y la presentación personal de ellos. • Durante el desarrollo de la clase sólo podrán salir de la sala los alumnos expresamente autorizados por Profesor de asignatura o, en su defecto, bajo autorización dela Inspectoría General. • Iniciada las actividades, los alumnos solo podrán ingresar a la clase con autorización de la Inspectoría General.

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• Efectuar las evaluaciones diferenciadas de acuerdo a las recomendaciones de los especialistas (Psicopedagoga y/o Psicólogo). • Deberá cautelar la no discriminación de ningún estudiante, evitando coartar su derecho de asistir regularmente a clases. Artículo 34: Disposiciones para regular la relación profesor-alumno. Las relaciones entre docentes y alumnos deberán regirse sobre la base de un proceso educativo integral y armónico, en que ambos son actores imprescindibles e insustituibles en la acción educativa. Por tanto, es necesario tener presente: • El docente es el responsable que guía, asesora, diagnostica, planifica, motiva, orienta, supervisa y evalúa el proceso educativo del alumno. • El alumno, sujeto y destinatario de la educación, debe participar activamente en su propio proceso educativo aprovechando y respetando la experiencia y guía de su profesor. • La comunicación entre ambos debe ser fluida, participativa, valorativa, creativa y oportuna. • El docente y el alumno se deben mutuo respeto, comprensión y tolerancia frente a sus capacidades y limitaciones en una perspectiva en que ambos son personas perfectibles (Art. 5 Declaración Universal de derechos Humanos). Artículo 35: De las normas sobre el trabajo escolar, responsabilidad y disciplina de los alumnos. Las normas sobre el trabajo escolar, responsabilidad y disciplina del alumno contenidas en el presente Reglamento, tienen como finalidad contribuir a un mejor desarrollo integral de su personalidad, mediante la formación de hábitos de trabajo, actitudes sociales positivas y de una participación consciente y responsable en las diversas actividades de la vida y del trabajo escolar (Art. 5 Declaración Universal de derechos Humanos). Artículo 36: De la asistencia. Los alumnos deberán asistir regularmente a todas las actividades programadas por el Establecimiento. La asistencia de los alumnos a otras actividades organizadas o patrocinadas por el Establecimiento, será informada a través de la Agenda Escolar. De acuerdo a la legislación vigente el alumno deberá cumplir, a lo menos, con un 85% de asistencia anual como requisito de promoción (cf. Reglamento Interno de Evaluación y Promoción Escolar). Artículo 37: De la justificación de la inasistencia: Las inasistencias deberán ser justificadas por el apoderado oportunamente y en forma personal, requisito que deberá cumplirse expresamente ante las ausencias a evaluaciones programadas, cualquiera fuera su naturaleza (tareas, Trabajos, disertaciones, etc.), presentando certificado médico en un plazo no mayor de 24 horas. Se aplicará para todos los niveles educativos del establecimiento. Artículo 38: De la puntualidad. Todos los alumnos deberán llegar puntualmente a sus clases, ya sea al inicio como durante la jornada. Asimismo, deberán hacerlo en todas las actividades programadas por el Establecimiento en las cuales deban participar. En caso de atrasos al inicio de la jornada, los alumnos deberán solicitar un pase por inspectoría para el ingreso a su sala el cual será registrado en el libro de atrasos. Los alumnos que viajan de sectores apartados, su hora de llegada será controlada por Inspectoría General. Artículo 39: Del uniforme del colegio El uniforme del alumno del Colegio Amelia Troncoso es un símbolo que identifica al estudiante de esta institución frente a la sociedad constituyéndose éste en un verdadero embajador de los principios y valores del establecimiento. El alumno deberá usar uniforme oficial, según lo dispuesto por la Dirección del Establecimiento en acuerdo con el Centro de Padres, cuyas especies deberán ajustarse a las siguientes características: 1. El uniforme de los alumnos y alumnas del nivel de educación Parvularia en un buzo de color azul rey con dos vivos de color gris y blanco en el cuello y puños, además una franja blanca en las mangas y pantalón, el que se complementará en época invernal, con parka o casaca, modelo y diseño establecido por el colegio. Para los niveles de enseñanza Básica y Enseñanza Media varones 2. Pantalón gris, ceñido a la cintura, sin adornos ni accesorios de ningún tipo. 3. Polera blanca cuello y puños azul rey con un vivo blanco. 4. Suéter de color azulino institucional, escote en V con dos vivos blancos y gris en cuello, puños y cintura. 5. Calcetín de color gris. 6. Zapatos negros 7. Parka o casaca de color y diseño y modelo establecido por el colegio 8. Gorro azul, sólo para ser usado en los espacios abiertos del Establecimiento durante el periodo de invierno, quedando expresamente prohibido su uso dentro de la Sala de Clases y espacios de trabajo escolar. 9. En el caso de las niñas usarán una falda escocés azul rey, una polera blanca cuello y puños azules rey con un vivo blanco en cuello, puños y cintura, suéter de color azulino institucional escote en V

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con dos vivos blancos y gris en el cuello, puños y cintura. Durante la época invernal les está permitido a las alumnas usar pantalón de tela, éste debe ser de color gris de corte sobrio y recto. 10. El uniforme de la asignatura de Educación Física será un buzo de color azul rey con dos vivos de color gris y blanco en el cuello y puños, además una franja blanca en las mangas y pantalón 11. Se excluye expresamente del uniforme escolar toda otra prenda o accesorios. 12. Los pantalones de varones y damas no deben ser apitillados, elasticados, ni rebajados de cintura, ni bolsillos en las piernas. Artículo 40: Los alumnos deberán usar el uniforme oficial del Establecimiento en todas las actividades académicas, tanto programáticas como extraescolar. Quedan sujetas a esta norma todas las actividades que se desarrollen los días sábado de carácter oficial, salvo las actividades deportivas a las cuales el alumno deberá asistir con buzo, según lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 41: La presentación personal de los alumnos deberá considerar: 1. Pulcritud y corrección. 2. Pelo regularmente corto, sin estilos de fantasía ni abultado hacia los lados ni arriba, con las orejas y el cuello a la vista; sin colas ni tinturas. 3. Correctamente afeitados, sin patillas, sin uñas pintadas y sin adornos faciales. 4. Las alumnas sin uñas pintadas ni maquillaje 5. La presentación personal del alumno y alumna excluye expresamente todo tipo de aros, collares, pulseras, tatuajes visibles, “piercing” y cualquier otro adorno o accesorio que no forme parte del uniforme escolar. Artículo 42: De la disciplina. La disciplina es una actitud de vida que orienta el ejercicio y cumplimiento de los deberes y compromisos de cada persona. Por ende, las disposiciones disciplinarias que se establecen en este reglamento tendrán por finalidad el desarrollo de una disciplina interior y de una personalidad equilibrada. Ese es el sentido de las siguientes normas básicas que deberán observar, desarrollar y cumplir los alumnos: 1. Llegar al Establecimiento oportunamente antes del inicio de clases de la jornada que corresponda. 2. Asistir puntualmente a todas las clases y mantener una debida presentación personal. 3. Asistir a clases con los materiales necesarios, según lo solicitado por los profesores. 4. Cumplir oportuna y esmeradamente con las tareas y trabajos escolares. 5. Cuidar los bienes muebles e inmuebles del Establecimiento. 6. Cumplir con sus obligaciones y compromisos escolares. 7. Respetar a sus compañeros y a todos los integrantes de la Comunidad Educativa, evitando acciones conocidas como: Bulling, Gruming (Art. 2 y Art. 5, Declaración Universal de derechos Humanos). 8. Cuidar y respetar los bienes ajenos. (Art. 17 Declaración Universal de los Derechos Humanos). 9. Ser veraz de palabra y de hecho. 10. Rendir pruebas, trabajos y deberes escolares de acuerdo a la planificación escolar. 11. Acatar las normas impartidas por Inspectoría General, profesores y asistentes de la educación. 12. Acatar las normas impartidas sobre prevención de riesgos y seguridad. 13. No ingerir ni aspirar sustancias nocivas para la salud, tales como: cigarrillos, drogas, alcohol u otras, mientras realice actividades propias de su condición escolar.- 14. No portar elementos punzantes, cortantes, contundentes que se traduzcan en potencial amenaza. 15. El porte de dinero y el uso de objetos de valor, tales como cámaras fotográficas o de video, celulares, notebook u otros similares es de exclusiva responsabilidad del alumno y de su familia que le autorizó para traerlos al colegio. 16. Actuar con respeto y dignidad en la manifestación de la sexualidad, cuyas expresiones son algo propio del ámbito privado de las personas. (Art. 2-5-7 y 12, declaración Universal de Derechos Humanos). 17. Se prohíbe comercializar todo tipo de artículos o productos de cualquier índole en salas, pasillos, baños o patios. 18. El uso de los TICs no podrán ser ocupados para fines ajenos a las actividades netamente pedagógicas, quedando estrictamente prohibido: filmar, grabar, sacar fotografías, etc., sin autorización del docente o asistente de la educación a cargo del curso. Artículo 43: De la Agenda Escolar: El alumno debe portar diariamente la Agenda Escolar Institucional en la que se consignen todos los datos de su identificación y la de su apoderado, debidamente actualizados al inicio del año escolar correspondiente. El apoderado deberá registrar su firma en ella para efectos de control de Inspectoría General, la cual será el nexo oficial entre él y el Establecimiento. Las disposiciones en ella contenidas, que no se opongan al presente reglamento, tendrán plena validez en el ámbito de la

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Comunidad Educativa. Los alumnos deberán portar diariamente este instrumento, siendo exigible en toda actividad escolar que el colegio disponga. Artículo 44: Toda salida de un alumno antes del término de la jornada escolar deberá ser solicitada y efectuada personalmente por el apoderado; se sugiere a los apoderados que toda consulta médica o dental a la cual deban concurrir los alumnos, la efectúen en jornada alterna. No se aceptarán solicitudes de retiro tales como: llamadas telefónicas y comunicación escrita. Artículo 45: Toda actividad que implique desplazamiento de alumnos fuera del Establecimiento deberá contar con la autorización de la Dirección y del apoderado por escrito. Artículo 46: El alumno que ha elegido libremente una actividad extra-programática deberá asistir regularmente a ella, participando activa y creativamente durante todo el tiempo que dure dicha actividad. El Profesor que dicte la actividad deberá llevar registro de asistencia y de actividades. Artículo 47: De los viajes de estudio. Si se trata de viajes de estudios del curso, el Profesor-Jefe deberá solicitar por escrito la autorización correspondiente a la Dirección del Establecimiento, con 30 días de antelación, para su debida tramitación en el DEPROE. En la referida solicitud deberá señalar: 1.- Nombre del docente y/o asistente de la educación que acompaña. 2.- Financiamiento. 3.- Destino. 4.- Fecha y hora de salida y retorno con detalle de itinerario 5.- Nómina de alumnos. 6.- Autorización escrita de los apoderados, con su nombre, firma y número de teléfono. 7.- Información del Medio de transporte tales como patente, revisión técnica al día, Nombre y fotocopia de la licencia del chofer. 8.- Proyecto de la salida con los objetivos de aprendizajes involucrados. Artículo 48: Tratándose de viajes especiales fuera del Establecimiento, que involucre la participación de una delegación de alumnos en representación del colegio Amelia Troncoso, éstos deberán ceñirse a lo estipulado en el artículo anterior y ser acompañados por un docente. Artículo 49: Si se trata de visitas culturales o actividades deportivas, el docente a cargo deberá solicitar autorización por escrito al Inspector General con una antelación de 10 días hábiles si necesita autorización de Deproe y 5 días para actividades dentro de la comuna, debiendo indicar: 1.- Nombre del docente y/o asistente de la educación que acompaña. 2.- Nómina de alumnos. 3.- Indicar lugar de visita. 4.- Fecha y hora de salida y regreso. 5.- Enviarse comunicación a los apoderados. 6.- información del Medio de transporte tales como patente, revisión técnica al día, Nombre y fotocopia de la licencia del chofer. 7.- Autorización del Padre o apoderado. Artículo 50: Toda situación no indicada anteriormente, como: concursos, competencias, foros, festivales y otros, deberán contar con la autorización de Dirección y se ceñirán a los requisitos contemplados por cualquiera de los artículos anteriores. Artículo 51: Ante cualquiera de las situaciones anteriormente descritas, es requisito indispensable la compañía de un docente del colegio, quien asume la responsabilidad funcionaria del caso. Artículo 52: Evitar el ingreso de objetos de alto o significativo valor, como dinero, joyas y/o documentos de valor u otros objetos multimediales al interior del establecimiento. El Establecimiento no asumirá ninguna responsabilidad en la pérdida de cualquiera de estos objetos por los alumnos, dentro o fuera del recinto escolar.

Artículo 53: El uso de celulares al interior de la clasenoserá autorizado. Si el alumno es sorprendido en clases utilizando el celular y ya ha sido advertido, se le solicitara que lo entregue, el cual deberá ser retirado por su apoderado en la dirección del colegio. Este hecho debe ser registrado en la hoja de vida del alumno.

Si el Apoderado necesita comunicarse con su pupilo por caso de emergencia, debe utilizar como nexo al establecimiento, llamando al número de secretaria. De la misma forma el alumno debe solicitar al inspector o profesor que se comuniquen con su apoderado.

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Artículo 54: De las medidas disciplinarias Todo alumno causante de infracción, por acción u omisión, a las disposiciones de este Reglamento sobre trabajo escolar y disciplinario, se hará merecedor a alguna de las siguientes medidas disciplinarias, dependiendo de la gravedad de la falta: a. Amonestación verbal b. Amonestación con constancia escrita en la hoja de vida. c. Suspensión de uno a cinco días hábiles. d. Cambio de curso (dependiendo de la capacidad normativa) e. Condicionalidad. f. Denegación de matrícula. Antes de la aplicación de cualquier medida disciplinaria, el alumno deberá ser atendido por el Profesor de Curso o Profesor Jefe, Orientador o Inspector General y por el psicólogo, según corresponda (excepto para las medidas A y B); pudiendo hacer los descargos correspondientes. Las sanciones también se aplicarán a conductas impropias de los alumnos en actividades co-programáticas dentro y fuera del Establecimiento, en las que participen en calidad de alumno del Colegio Amelia Troncoso. Todas estas situaciones quedarán sujetas a control de Inspectoría General ya que son competencia propia de este estamento. El incumplimiento de las disposiciones sobre trabajo escolar y disciplina que provoquen daño o destrucción material, implicará, además de las medidas disciplinarias correspondientes, la reparación inmediata del perjuicio por parte del apoderado del alumno. En todas las instancias de sanción, el estudiante tendrá derecho a un debido proceso, entendido por tal: a) Se respete la presunción de inocencia. b) Derecho de defensa que incluye el siguiente PROCEDIMIENTO: - Derecho a conocer los cargos que se le hacen. - Derecho de hacer sus descargos y defenderse por escrito. - Derecho de apelación (Art. 11, declaración Universal de los derechos Humanos). Artículo 55: Descripción de las medidas disciplinarias a.Amonestación verbal. Derivadas de faltas menores que conviene corregir con oportunidad b.Amonestación con constancia escrita en la Hoja de vida. Se aplica cuando el alumno reitera su falta o infringe algunas de las normas básicas que debe observar, desarrollar y/o cumplir, de lo cual tomará conocimiento el apoderado. Esta medida se aplicará ante las siguientes situaciones, la cual deberá registrarse en el Libro de Clases. 1. Incumplimiento de las normas reglamentarias relativas al aseo y presentación personal. 2. Atrasos (3). 3. Inasistencia no justificada. 4. Sin agenda escolar. 5. Reiteración de una amonestación verbal por conductas de la misma naturaleza. 6. Incumplimiento de obligaciones y tareas escolares. 7. Uso de lenguaje oral o escrito de carácter grosero. 8. Interrumpir reiteradamente el desarrollo normal de una clase. 9. Salir de la sala u otro lugar en el que se imparte una clase, reunión o asamblea, sin la debida autorización. 10. Portar objetos capaces de producir daño físico. 11. Practicar juegos de azar. 12. Usar elementos distractivos en clase.(ej. Celulares) 13. Faltar a la verdad. 14. Arrogarse atribuciones, funciones o responsabilidades que no le corresponden. 15. No asistir a actividades académicas citadas por el Establecimiento. 16. Llegar atrasado al inicio de clases o en horas intermedias. 17. No acatar normas de seguridad y/o prevención de riesgos del Establecimiento 18. Otras situaciones que por su naturaleza justifiquen una amonestación escrita al alumno. c.Suspensión pedagógica, uno a cinco días hábiles. Se aplicará esta sanción cuando la gravedad de la falta sea expresión de conductas que trasgreden disposiciones contenidas en el presente Reglamento y que por lo mismo comprometen seriamente los valores del Proyecto Educativo. Esta sanción se aplicará por Inspectoría General previo análisisde los elementos probatorios y será acompañado con un trabajo evaluado, cuya exigencia y porcentaje será definido por el profesor de asignatura. 1. Reiteración en el incumplimiento de las normas reglamentarias relativas al aseo y presentación personal. 2. Faltar en forma reiterada a evaluaciones programadas. 3. Reiteración de amonestación escrita. 4. Participar en juegos bruscos e inseguros que pongan en peligro la integridad física de quienes actúan u observan.

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5. Ingresar a lugares prohibidos por las autoridades del Colegio, por entrañar peligro potencial, o ponerse en situación de peligro en forma intencional. 6. No ingresar al Establecimiento en horario normal de actividades y no ingresar a clases durante la jornada y evadir clases abandonando el establecimiento. 7. Conductas o actitudes irrespetuosas y reiteradas en ceremonias o actos oficiales del Establecimiento. 8. Otras conductas que por su gravedad y naturaleza justifiquen la suspensión de clases por estar reñidas con una sana convivencia escolar. d.Cambio de Curso. Esta medida se aplicará por recomendación del Consejo Orientación o criterio del inspector general y dirección.Dependiendo de la capacidad normativa.- e.Condicionalidad. Se aplicarán las normas que se establecen en el artículo 54 cuando el alumno ha transgredido seriamente el presente Reglamento y/o no ha superado las faltas que acreditaron las sanciones anteriores a esta causal, haciendo incompatible esta conducta con el régimen interno escolar. La condicionalidad del alumno será resuelta por el Inspector General, Orientador y Profesor Jefe, dejando constancia de ésta en la hoja de vida. El apoderado y el alumno deberán asumir la condicionalidad tomando conocimiento y firmando la hoja de vida. Situaciones sujetas a condicionalidad disciplinaria: 1. No acatamiento de las normas reglamentarias relativas al aseo y presentación personal. 2. Salir de clases o del colegio sin autorización (por segunda vez). 3. Faltar el respeto y/o el uso de leguaje inapropiado en forma oral o escrita a miembros de la Comunidad Escolar a través de expresiones verbales, gestuales y/o escritas y a través de cualquier medio. 4. Copiar en pruebas y plagio de documentos, traspasar información, a través de cualquier medio, a compañeros durante la realización de evaluaciones y presentar trabajos ajenos como propios. 5. Efectuar rayados indebidos y/o dibujos groseros en el material de evaluaciones. 6. Rayados y grafitos en cualquier lugar del Establecimiento. 7. Acumulación de atrasos; 12 o más atrasos en el año. 8. Efectuar actos que constituyan situaciones de peligro para la salud o la integridad física de las personas (tales como el uso de bombas de ruido, de agua y actos de sabotaje en general, etc.). 9. venta, Ingerir o inhalar sustancias nocivas para la salud dentro del establecimiento o llegar a este bajo sus efectos. (cigarrillos, alcohol, sustancias alucinógenas, etc.). 10. Portar armas, artefactos explosivos o incendiarios, o bien materiales para su confección (en este caso en particular se tendrán en consideración las disposiciones legales vigentes sobre esta materia, según la Ley 20084). 11. Intentar engañar o engañar a funcionarios del Establecimiento. 12. faltas reiteradas (más de 2) y sin justificación de los apoderado a reuniones. 13. Interrumpir o impedir de facto el normal desarrollo de las actividades escolares, obstaculizando accesos, impidiendo el ingreso, amedrentando a alumnos y funcionarios o bien ocupando ilícitamente el Establecimiento, interrumpiendo con ello el servicio público y configurando una acción de ocupación ilícita. 14. La condicionalidad se aplicará en cualquier momento del año lectivodespués de haber realizado el procedimiento correspondiente (Entrevista con el profesor jefe, inspectoría, departamento de Orientación) y en situaciones de falta grave se aplicara en forma inmediata sin necesidad del procedimiento. 15. La revocación de la condicionalidad estará sujeta a estudio en el último consejo disciplinario, agendado en el calendario escolar Interno. Con todo, las medidas disciplinarias señaladas precedentemente deben constituir para el alumno una experiencia formativa que contribuya eficazmente al desarrollo integral de su personalidad. f.Denegación de Matrícula. Antes de la aplicación de esta medida “Denegación de Matrícula”, el alumno previamente fue atendido por el asistente de la educación, profesor jefe, orientador, psicólogo, si lo amerita, Inspector General. Si al final de este proceso se comprueba la responsabilidad del estudiante en él o los hechos que se le imputan se cumplirán efectivamente la sanción. Se aplicará esta sanción cuando, se haya considerado la presunción de inocencia y aplicado el debido proceso previsto en el artículo 57 y se hayan agotada todas las medidas tendientes a la readecuación conductual del alumno, este no supera las faltas que acreditaron las sanciones anteriores, motivo por el cual pedagógicamente no es conveniente la continuidad del alumno en el establecimiento al término del año escolar. Esta sanción será resuelta por decisión del Consejo Disciplinario. Esta medida se aplicará a las siguientes situaciones: 1. Adulteración de notas. 2. Adulteración o falsificación de documentación interna del Colegio. 3. Sustracción de bienes ajenos y documentación (sin perjuicio de la aplicación de la Ley 20084 sobre responsabilidad penal juvenil).

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4. Destrucción de bienes muebles e inmuebles del Colegio (sin perjuicio de la aplicación de la Ley 20084 sobre responsabilidad penal juvenil). En cuanto a la responsabilidad civil por los daños, serán de cargo del apoderado los perjuicios que ocasionare el alumno a la institución. 5. No superación de condicionalidad. 6. Reiteración de condicionalidad en dos años lectivos consecutivos. 7. Suplantación de personas. 8. Agredir en forma verbal, escrita o física a funcionarios de la Comunidad Educativa, sus pares y/o autoridades que visitan el Establecimiento. 9. Repetir año por segunda vez en el colegio de forma consecutiva. 10. Manifestar comportamientos inadecuados o reprochables, reñidos con el perfil del alumno expresado en el Proyecto Educativo del Establecimiento. Artículo 56: Instancia de Apelación. Primera instancia de apelación: El estudiante o su apoderado (a) podrá apelar de la medida a través de un documento escrito presentado al Director del establecimiento quien lo evaluará con el consejo disciplinario de profesores. Segunda Instancia de apelación: El estudiante o su apoderado (a) podrá apelar de la medida a través de un documento escrito presentado al Director del establecimiento, a una comisión de apelación quien estará compuesta por el sostenedor, el director, inspector general y dos representantes del consejo de profesores del nivel que corresponda, la cual responderá en un plazo máximo de siete días hábiles a contar de la fecha de la confirmación de la sanción, cuya resolución final, vistos los informes pertinentes, tendrá un carácter inapelable, la que será informada a los solicitantes y a las autoridades educacionales superiores, a la brevedad. Artículo 57: De los procedimientos

PROCEDIMIENTOS REMEDIALES ANTE LAS FALTAS PRINCIPIOS Y NORMAS

INCUMPLIMIENTOS CALIFI CACION

ACCIONES REMEDIALES

1 Inasistencia a clases sin ningún tipo de justificación

Faltas leves

Amonestación verbal que la aplicará cualquier personal directivo o personal co-docente.

Registro en inspectoría de la falta

Cualquier inasistencia, no podrá ingresar a clases sin la justificación personal del apoderado

2 Tres Atrasos reiterados sin justificación

Faltas leves

Amonestación verbal que la aplicará cualquier personal directivo o personal co-docente.

Registro en su hoja de vida.

Luego del tercer atraso el apoderado deberá firmar todos los atrasos de su alumno.

Con un tercer atraso injustificado el apoderado es citado a inspectoría para tomar conocimiento de la suspensión (Toda suspensión es Pedagógica).

3 Deteriorocausado intencionalmente en la infraestructura, equipos y/o material del establecimiento y a propiedades de los miembros de la comunidad educativa.

Faltas leves

Citación del apoderado para comunicar la acción de su alumno, por cualquier personal directivo o profesor.

Pago del deterioro del material.

Registro en su hoja de vida y firma personal del apoderado.

4 Perturbación del normal desarrollo de las clases y las diferentes actividades del Colegio, en forma reiterada.

Faltas leves

Amonestación verbal que la aplicará cualquier personal directivo o personal co-docente.

Registro en su hoja de vida cuando persiste.

Citación de su apoderado para conversar la situación.

5 Descuido del aseo y presentación personal (art. 55)

Faltas leves

Amonestación verbal por cualquier personal directivo, profesor o co-docente.

Se exigirá un compromiso, en que los alumnos cumplan con el uniforme institucional y la presentación personal.

En caso de que lo anterior no se cumpliese se citará el apoderado para dejar constancia del incumplimiento de su alumno.

Retiro de la prenda que no corresponda.

Registro en la hoja de vida cuando persiste.

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6 Intercambio de o copia en pruebas y/o evaluaciones.

Faltas Leves

Amonestación al alumno y citación del apoderado para comunicar la acción de su alumno.

Registro en su hoja de vida.

Se aplicara la normativa del reglamento de evaluación para estos casos

Faltas Graves

Estas faltas serán acompañadas de suspensión Pedagógica en los casos que la ameritan

1 Desobedecer a los principios, normas generales y deberes contenidos en este Manual de Convivencia. En forma reiterada.

Faltas Graves

Conversación con el alumno, en inspectoría.

Registro en Hoja de Vida

Citación al apoderado para informe y registro sobre la situación.

Derivación al Dpto. de Orientación.

2 La acumulación de tres faltas leves en un año escolar

Faltas Graves

Se conversará con el apoderado para analizar la situación y buscar las causas del comportamiento.

Firma de compromiso del alumno y apoderado

Búsqueda de acción para el cambio de actitud.

Derivación al departamento de Orientación

3 Abandono de las clases o actividades programadas por el establecimiento sin la autorización correspondiente

Faltas Graves

Amonestación por escrito por cualquier personal directivo, profesor o co-docente.

Citación de su apoderado para analizar la situación y firmar compromiso.

4 Deterioro y mutilación de libros y/o elementos de la Central de Recursos de Aprendizaje, Laboratorio Sala Enlace y todos los recursos didácticos en existencias.

Faltas Graves

Conversación con el alumno por parte de Inspectoría General para analizar la acción

Citación de su apoderado para ver el compromiso de reposición del material dañado.

Registro en su hoja de vida.

5 Reiteración de la conducta (faltas graves)

Faltas Graves

Citación al apoderado para firmar compromiso

Registro en Hoja de Vida

Firma y registro de la Condicionalidad de la Matrícula

Faltas Muy

graves

1 Fraudes de evaluaciones y/o otros documentos de circulación interna.

Falta muy grave

Amonestación al alumno y citación del apoderado para comunicar la acción de su alumno.

Registro en su hoja de vida.

Condicionalidad de matrícula.

Se aplicara la normativa del reglamento de evaluación para estos casos

2 Portar cualquier tipo de arma dentro del establecimiento, o en su calidad de alumno, tales como: pistola, cuchillo, cadena, punzón, revolver, sable, escopeta, espada, mariposas, cortaplumas, manoplas, nunchacos, armas hechizas u otros tipos objetos que sean utilizados como armas.

Falta muy

grave

Entrevista con el alumno, en Dirección

Entrevista con Inspector, Director y derivación a Orientación

Registro en Hoja de Vida.

Suspensión de tres días de clases

Citación al apoderado para informe, firma y registro sobre la situación.

Según sea la gravedad de la situación producida, se procederá a la Condicionalidad de Matrícula o a la denegación de la Matrícula.

Denuncia a Carabineros

3 Del robo o hurto de bienes de los miembros de la comunidad escolar.

Faltas Muy

graves

Entrevista con el alumno, inspector General.

Registro en Hoja de Vida.

Entrevista con el Orientador (a)

Reponer lo sustraído.

Citación al apoderado para informe, firma y registro sobre la situación.

Según sea la gravedad de la situación producida, se procederá a la Condicionalidad de Matrícula o a la denegación de la Matrícula.

Denuncia a Carabineros.

4 Reincidencia en el robo o hurto de bienes de los miembros de la comunidad escolar.

Faltas Muy

graves

Entrevista con el alumno, en Dirección.

Registro en Hoja de Vida.

Denegación de la Matrícula

Citación al apoderado para informe, firma y registro sobre la situación.

Denuncia Carabineros.

5 Hurtar o dañar Libros de clases; Hacer adulteraciones o falsificar notas en Libros de clases o en

Faltas Muy

graves

Entrevista con el alumno, en Inspectoría

Registro en Hoja de Vida.

Denegación de la Matrícula

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las bases de datos; Falsificar, adulterar o dañar certificados, documentos legales y /o firmas oficiales del establecimiento. Sustraer timbres oficiales del colegio.

Citación al apoderado para informe, firma y registro sobre la situación.

Como es violación a documento público se denunciará la acción a Carabineros.

PROCEDIMIENTOS REMÉDIALES ANTE LAS FALTAS DE CONVIVENCIA

1 Toda agresión verbal, escrita y/o gestual leve a cualquier integrante de la comunidad escolar.

Falta leve

Conversación con los involucrados, en Inspectoría General.

Registro en Hoja de Vida.

Citación al apoderado para informe y registro sobre la situación.

Presentar las disculpas personales correspondientes

Derivación al Encargado de Convivencia Escolar

2 Agresión verbal, escrita y/o gestual grave o reiterada a cualquier integrante de la comunidad escolar.

Falta grave

Conversación con los involucrados, en Inspectoría General.

Registro en Hoja de Vida.

Citación al apoderado para informe y registro sobre la situación.

Presentar las disculpas personales correspondientes

Suspensión de dos días de clases.

3 Agresión física grave o reiterada contra algún miembro de la comunidad educativa, alumnos o funcionarios, dentro o fuera del establecimiento.

Falta muy grave

Conversación con los involucrados, en Inspectoría General.

Registro en Hoja de Vida.

Citación al apoderado para informe y registro sobre la situación.

Denegación de la Matrícula

Denuncia a Carabineros.

4 Ingreso a lugares reservados sin autorización.

Falta Grave

Registro en Hoja de Vida del estudiante;

Citación del apoderado.

De ser reiteradas, llamado al apoderado

Suspensión de tres a cinco días

5 Falta de respeto y/o uso de groserías (verbales, escritas o gestuales); Uso de lenguaje soez y apodos ofensivos en el trato con sus compañeros y con el resto de la comunidad educativa.

Falta grave

Registro en Hoja de Vida del estudiante;

Citación del apoderado;

Entrevista en Orientación

6 Bullyng y Gruming Falta Muy

Grave

Conversación con los alumnos, en Inspectoría General.

Registro en Hoja de Vida.

Citación al apoderado para informe y registro sobre la situación.

Derivación al Encargado de Convivencia Escolar.

Denuncia a Carabineros o PDI.

Condicionalidad de matrícula.

De ser reiterada la falta se aplicara la denegación de matrícula.

PROCEDIMIENTOS NO MENCIONADOS

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1 Derivación a Orientación Los alumnos serán derivados al Departamento de Orientación por problemas conductuales, psicológicos o emocionales y rendimiento escolar u otras situaciones imprevistas. Dicha derivación será indicada por el profesor jefe, profesor de asignatura o solicitud del padre o apoderado. El profesor debe completar ficha para derivación y entregar al dpto. de orientación.

2 Psicólogo El Alumno o el apoderado seráncitados por el Psicólogo dependiendo de la derivación del Orientador.

3 Educadora Diferencial El profesor jefe entrega un listado de alumnos con posibles dificultades en su aprendizaje a comienzo del año escolar, previo informe de despistaje. El profesional evalúa a los alumnos en los subsectores de lenguaje y matemática. Asignará cupos disponibles de acuerdo a las necesidades educativas especiales (NEE) que presente el alumno

4 Encargado de Convivencia Escolar

A) En situaciones con hechos o conflictos aislados: 1. Intervenir en el momento. Cada adulto, profesor, apoderado, auxiliar, administrativo y/o miembro del colegio que observe una situación conflictiva que involucre algún grado de violencia o agresión, tiene el deber de informarse sobre el conflicto inmediato y directamente a través de los alumnos involucrados en el problema. 2. Derivar situación a Convivencia Escolar (ciclo correspondiente). Acción que se deberá realizar idealmente dentro del mismo día que ocurre el hecho, de no ser esto posible, al día escolar siguiente. 3. El Encargado de Convivencia Escolar, deberá: a) Hablar con todos los involucrados, de manera de solucionar de la mejor manera posible lo ocurrido. Se deberá dejar un registro escrito de la situación, firmado por los implicados. b) Informar lo ocurrido al Profesor Jefe de los alumnos involucrados. c) En caso de considerarlo necesario, informará al/los padres o apoderados de los alumnos(as) involucrados lo ocurrido, y/o los citará a entrevista. En caso de ser una situación/conflicto que ocurra durante el recreo, dependiendo su gravedad se podrá solucionar en el patio con los profesores de turno. Encargado de Convivencia Escolar del ciclo correspondiente (sólo estas situaciones están exentas de registro escrito). B) En situaciones reiteradas, que persisten en el tiempo. En cuanto se detecte un caso de hostigamiento, violencia u acoso persistente en el tiempo que aqueje a un alumno u alumna, se deberá informar el hecho a Convivencia Escolar. 1. Encargado de Convivencia Escolar del ciclo correspondiente, hablará con el alumno afectado. 2. Se informará la situación al Profesor Jefe, quien deberá averiguar e investigar sobre esta situación. 3. Se citará a reunión, en la que participará: Coordinador de ciclo, Encargado de Convivencia Escolar, Psicólogo y Profesor Jefe, quienes analizarán la situación y determinarán si constituye un caso de Bullying. 4. Se citará, por separado, a los padres y/o apoderados de los alumnos involucrados, con el fin de informar la situación ocurrida y la manera en que se abordará el caso. 5. Se dará paso al plan de acción(Anexo1).

5 Enfermedades contagiosas El profesor Jefe o Inspector General Informará al apoderado sobre la situación del alumno y se solicitará que el alumno se reintegre a clases, una vez eliminado el riesgo de contagio al resto de la comunidad educativa. De ser detectado por el apoderado éste deberá informar al inspector general de la situación que aqueja al pupilo, presentando certificado médico según lo amerite (Pediculosis, pestes, AH1n1, influenza, etc.)

6 De los transportes escolares Se solicitara en la primera semana de clases a los padres y apoderados información de transporte escolar que utiliza su pupilo para generar una base de datos que permita saber a quién recurrir en caso de imprevistos, incorporando patente del vehículo, nombre del chofer, teléfono, nombre del alumno, curso.

7 Bullyng y Gruming Una vez detectado el conflicto, se realizara una entrevista con los involucrados, delimitando las dimensiones alcanzadas.

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Se realizara una intervención a nivel de curso con la ayuda del profesor Jefe, Encargado de convivencia escolar y si es necesario con el psicólogo. Entrevista con los padres y apoderados de los alumnos involucrados. Dictaminar las remédiales con apoyo del profesional competente para el caso. Realizar un seguimiento del caso en cuestión. De persistir, se incorporara un registro en la hoja de vida del o los alumnos involucrados, tomando en conocimiento su apoderado con firma en la hoja de vida del alumno/s

8 Accidentes escolares y/o enfermedad del alumno en jornada escolar

I.- EN CASO DE ENFERMEDAD Todo alumno que durante la jornada escolar muestre síntomas de enfermedad (dolores o malestar), será evaluado por el Inspector, por el profesor a cargo de salud, asistentes que tengan el curso de primeros auxilios.-

Si el malestar o dolor requiere de medicamento, reposo o atención de un especialista, el inspector llamará a su apoderado para que retire al alumno.

El alumno esperará en la secretaria. II.- EN CASO DE ACCIDENTE Existen tres tipos de accidentes que pueden tener los alumnos durante la jornada escolar, todos los cuales son evaluados por el inspector, por el profesor, profesional a cargo de salud o asistentes que tengan el curso de primeros auxilios.- II. 1.- ACCIDENTE LEVE CON LLAMADO AL APODERADO: Es el accidente que requiere atención del inspector, pero que obviamente es de carácter leve, pues no existe herida o golpe que comprometa el buen estado general del alumno. Normalmente se supera con unos minutos de descanso. II. 2.- ACCIDENTE LEVE CON LLAMADO AL APODERADO Es el accidente que requiere atención del inspector y que a pesar de ser menor, pues no existe herida o golpe que comprometa el buen estado general del alumno, se considera adecuado que el reposo o recuperación lo haga en casa y al cuidado de su apoderado o un familiar responsable. El Inspector llama al apoderado para que retire al alumno. El alumno esperará en secretaria, o en su efecto será enviado al hospital acompañado de asistente de la educación con ficha de accidente escolar. II. 3.- ACCIDENTE GRAVE CON LLAMADO AL APODERADO Y/O AMBULANCIA o Es el accidente que requiere atención inmediata de un centro asistencial. o Las personas (profesores o alumnos) que se encuentran cerca del accidentado al momento del accidente deben llamar de inmediato al inspector, quien tomará las medidas para su primera atención. o En caso de golpes o heridas en la cabeza, espalda u otras consideradas graves, el accidentado no debe ser movido del lugar. Deberá ser recogido directamente por un servicio de ambulancias, para evitar movimientos inadecuados. Durante la espera debe ser cubierto con una frazada y no debe utilizarse almohada. Si el golpe o herida lo permite, el accidentado será trasladado en camilla a la sala de profesores. El Inspector se informará de los datos esenciales del accidente (hora, lugar, causa, síntomas), aplicará atención primaria y llamará a su apoderado para informarle la situación. El inspector, vía telefónica, consultará al apoderado respecto a la forma de traslado del accidentado. El apoderado deberá indicar si retirará personalmente al alumno o si el colegio debe llamar a un servicio de ambulancia para que lo traslade al centro médico indicado por el apoderado. En caso que el Apoderado decida utilizar el servicio de ambulancia, ello lo obligará a hacerse cargo del costo total del servicio. El colegio procederá según la decisión del apoderado. Cuando el accidente es grave, el centro médico estatal o privado correspondiente al seguro, envía ambulancias sin costo para el usuario,

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no obstante el apoderado debe tener presente que los tiempos de demora son de exclusiva responsabilidad de esos servicios. En caso de extrema gravedad y cuando no se pueda ubicar rápidamente al apoderado, el Colegio tiene la autoridad para llamar a un servicio de ambulancia para trasladar al accidentado.

Vulneración dederechos de los niños/niñas: maltrato, violencia, agresión y Abuso sexual (VER ANEXO 1 ASI) Consideraciones mínimas Recomendaciones al apoderado para prevenir, reconocer y actuar responsablemente frente al ASI

El colegio debe cumplir con los mandatos legales por esto la institución educativa debe proteger a los niños/niñas y denunciar la vulneración de sus derechos. El Director siendo el responsable del establecimiento delegará al Orientación y/o a Psicólogo las situaciones que acontezcan para realizar las acciones correspondientes. Los procedimientos a seguir serán los siguientes: 1. Realizar las medidas preventivas – Plan de prevención - durante el año escolar, tanto con los alumnos/as como con los profesores, funcionarios de la institución y apoderados (charlas-paneles informativos, desarrollo de unidades formativas, participación de especialistas externos, entre otras). Todo esto a cargo del encargado de convivencia escolar, el cual entregara un plan anual que será evaluado una vez por semestre.-

2. Ante algún caso real: cualquier persona que esté en antecedentes de tal situación, llámese dudas o certezas de abuso sexual o información/conocimiento de maltrato psicológico y/o físico en el ámbito familiar tiene la obligación de transmitirla a la persona encargada.

3. El psicólogo/a o Asistente Social debe tomar conocimiento de la situación, entrevistarse con los padres-apoderados, evaluar la ocurrencia del menoscabo y actuar en consecuencia, dejando siempre los registros correspondientes. La primera acción reparadora es desde el colegio – acuerdos en tiempo inmediato con los adultos responsables – llámese intervención de especialistas, entidades del estado SML, OPD, corporaciones-. 4. El encargado del proceso debe informar a las personas que se relacionan directamente con el menor afectado y especificar los apoyos que se requieren de ellos para brindar la protección necesaria, generando una red de contención.

5. No encontrando una respuesta favorable por parte de los adultos-familia responsables, debe realizar la denuncia al Tribunal de Familia, Carabineros o PDI, en nombre del colegio.

6. Debe mantener el archivo-registro de todo el proceso realizado y documentos de apoyos externos, disponibles para las instancias legales o de salud, que los requieran.

7. Debe evaluar las acciones realizadas y mantener informado al nivel directivo del colegio. Procure resguardar la privacidad del niño/a. Manténgase a la altura física del niño/a; por ejemplo,invítelo a tomar asiento. No presione al niño/a a hablar Tome en consideración el estado emocional del niño/a. Evite manifestarse afectado emocionalmente por elrelato del niño/a. Procure disimular su perturbación No cuestione el relato del niño/a ni lo enjuicie o culpe. No induzca el relato del niño/a Conozca Los Hechos Los adultos tienen la responsabilidad de proteger a los niños, Acepte la realidad. Reduzca al mínimo los riesgosSea consciente de que el abuso sexual ocurre cuando un niño está a solas con un adulto. Sepa con quien deja a sus niños y que hacen Hable sobre el tema El general de los niños mantiene el abuso en secreto, pero las barreras caerán si usted habla abiertamente del asunto Manténgase alertaNo espere señales obvias de que un niño este siendo abusado sexualmente Infórmese, sepay reaccionar Sepa dónde ir, a quien llamar y cómo reaccionar, el abuso sexual es un delito denúncielo Actúe cuando tenga sospechas. Denuncie inmediatamente al director bajo sospecha o certeza (de producirse el ASI dentro del Establecimiento) O PDI, carabineros de Chile.

Drogas y alcohol 1.Procedimiento frente a casos de consumo de alcohol y drogas: Propiciar Detección Precoz: •Realización de entrevista de acogida:

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•Compromiso con el tipo de intervención acordada •Implementación de un plan de intervención •Referencia asistida •Seguimiento y evaluación Lo cual quedará en manos del Departamento de Orientación 2. Procedimiento frente a situaciones de posible tráfico o microtráfico de drogas: •Solicitar información a Previene comunal •Resguardar el principio de inocencia •Informar a unidad directiva y apoderado, familiar/ adulto significativo •Ante hecho flagrante, comunicarse con unidad policial, y realizar denuncia •Frente a sospecha, poner en antecedentes a Fiscal o policías de la comuna •Investigación con reserva •Director/ sostenedor puede solicitar participación de Unidad de víctimas y testigos, redes de apoyo (OPD; Previene) •Ante reiteradas denuncias, solicitar apoyo a Secretario Técnico Comunal de Seguridad Pública (Protocolo SENDA)

Todo lo procedimiento expuesto, estará en manos de los directores del establecimiento y departamento de Orientación según corresponda.-

Apoderados Se solicitara cambio de apoderado bajo las siguientes condiciones.-

Incumplimiento en más de tres insistencias a reunión de apoderados.

Faltar el respeto a miembros de la comunidad escolar a través de expresiones verbales, gestuales y/o escritas y a través de cualquier medio.

Denigrar, ofender o efectuar bromas de mal gusto a integrantes de la comunidad escolar, a través de Internet y/o Otros medios

Incumplimiento a tres citaciones de los profesores.-

Certificados médicos La ausencia a clases por motivos de enfermedad deberá ser justificada a través de un certificado médico, si la falta es reiterada (Entrega de dos certificados) o la duración es más de un mes el certificado deberá ser emitido por un especialista.

PROCEDIMIENTO PARA APLICAR SANCIONES DISCIPLINARIAS

A) AMONESTACIÓN VERBAL: La amonestación verbal es un llamado de atención al alumno con motivo de incurrir en faltas menos graves, pudiendo efectuarlas cualquier educador de la Comunidad, tanto en el interior del recinto escolar, en su entorno como en su exterior, si el alumno (a) porta el uniforme oficial del colegio. Se espera del alumno una actitud positiva al llamado de atención y un cambio de actitud ante los errores en que incurre.

B) ANOTACIÓN EN EL LIBRO DE CLASES O EN LA HOJA DE VIDA: La anotación del alumno en los registros

correspondientes puede ser por reiteración de faltas menos graves y por situaciones de mayor gravedad. Una observación debe, a lo menos, comprender los siguientes aspectos: descripción objetiva del hecho que amerita la anotación, la acción pedagógica previa realizada por el educador y la actitud del alumno. Las faltas cometidas por los alumnos y registradas en el Libro de Clases deberán ser conocidas por los alumnos con el fin de que puedan comprender el sentido formativo de ellas y logren aceptarlas con plena conformidad.

C) COMUNICACIÓN Y/O CITACIÓN AL APODERADO: Para todo efecto de aplicación de sanción disciplinaria,

se citará al apoderado, para comunicarle la situación y para hacer un compromiso con el alumno y el apoderado para cambiar la conducta que se presenta.

D) SUSPENSIÓN PEDAGOGICA: La suspensión de clases, sanción muy grave, sólo podrá ser aplicada en casos

calificados, por dirección o Inspectoría General. La suspensión será informada al apoderado personalmente. Esta sanción implica que el alumno no podrá participar de ninguna actividad, curricular o extra-curricular, durante el tiempo en que dure la medida disciplinaria tomada. Para reincorporarse a clases, es obligación del apoderado firmar la Hoja de Vida, sin perjuicio de la asistencia a entrevista con el profesor jefe en los horarios de atención del mismo. El alumno deberá presentar el trabajo asignado.

E) CONDICIONALIDAD: La condicionalidad es un proceso de apoyo y de monitoreo de la conducta integral del

alumno (a) por parte del Equipo Técnico pedagógico y equipo de orientación, que tiene como propósito la modificación de las conductas que motivaron la sanción disciplinaria que debe cumplir. Si no se observan

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cambios positivos significativos en la conducta del alumno (a), el Colegio resolverá la denegación de la matrícula del alumno (a).

F) DENEGACION DE MATRICULA: En esta instancia el alumno y el apoderado, previo apoyo a través de un

plan de rehabilitación conductual, serán advertidos acerca de la condicionalidad o discontinuidad de la matrícula regular del alumno, si no se observaran cambios positivos y objetivos en su comportamiento. Basado en los antecedentes entregados por el profesor Jefe y registrados en la hoja de vida del alumno, el orientador, el Inspector General y bajo la resolución adoptada por el concejo de profesores, se negara la posibilidad de matrícula para el año siguiente. Lo que será comunicado por el director por escrito y personalmente al apoderado (a).

Artículo 58: Resolución de Conflictos Cuando se produzcan situaciones que signifiquen conflictos interpersonales que no están considerados en los artículos anteriores y que tengan como consecuencia la alteración de la sana convivencia entre los miembros de la comunidad escolar; se procederá a implementar estrategias que permitan resolver armónicamente las situaciones de esta naturaleza. En esta instancia concurrirán: Profesor (a) Jefe; Encargado de Convivencia Escolar; Orientador; Psicólogo e Inspector General. Artículo 59: De la Planificación de las Actividades. La Dirección del Establecimiento promoverá, a través de sus unidades operativas y en los distintos niveles de organización, las siguientes tareas: • Planificación anual del Establecimiento. • Planificación de las actividades de las unidades. • Planificación de las asignaturas. • Planificación de las actividades extra programáticas. Artículo 60: Las actividades educativas se organizarán, planificarán y programarán de acuerdo a lo establecido en el calendario escolar del MINEDUC y definido por la Secretaria Regional Ministerial de Educación de la Región del Maule. Artículo 61: Los horarios de clases se estructurarán de acuerdo al Plan de Estudios de cada nivel escolar, con criterio pedagógico. Las clases se realizarán según los horarios establecidos y no podrán ser suspendidas sin autorización superior. Artículo 62: Sobre las actividades extra programáticas. Se entenderá por actividades extra programáticas aquellas actividades formativas de carácter deportivo, recreativo, artístico, científico, tecnológico, social, espiritual y que son complementarias al currículum escolar. Ellas deberán ser motivadas y promovidas entre los alumnos e informadas a los apoderados. La participación de los alumnos en actividades extra programáticas será voluntaria, opcional y libremente elegida, las que se desarrollarán fuera de sus horarios habituales de clases. Las actividades extra programáticas se organizarán y programarán de acuerdo a las necesidades e intereses de los alumnos y en conformidad a las normas e instrucciones del MINEDUC y del Proyecto Educativo del Colegio. Toda actividad extra programática deberá estar asesorada y orientada por un docente. Todas estas actividades se centralizarán en la Unidad Técnico Pedagógica. Artículo 63: La inscripción en una actividad extra programática significará la aceptación de todas las normas que la rigen y obligará a su cumplimiento. Las actividades extra programáticas deberán ser evaluadas en forma sistemática y permanente por la UTP. La evaluación realizada deberá ser comunicada a la Dirección del Establecimiento e instancias que corresponda y registrada en la ficha escolar del alumno. Artículo 64: Los actos cívicos son esencialmente formativos y tienen como objetivo enriquecer el desarrollo de la personalidad de los alumnos con incentivos socio-culturales de alto contenido y significado educativo. Estimular el amor a la patria, el valor de sus héroes, de sus hombres ilustres, del paisaje natural y su conservación y otros aspectos culturales. En la organización y programación de los actos cívicos, la Dirección del Establecimiento procurará asignar responsabilidades en su desarrollo, a los docentes y alumnos, a través de los respectivos departamentos y cursos.

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Los actos cívicos se realizarán según lo acuerde el Consejo Docente Directivo y Técnico en correspondencia con el Calendario Escolar Ministerial. Artículo 65: Sobre la Modificación de este Reglamento. Toda modificación, supresión y/o incorporación de normas deberá ser propuesta por el Consejo Docente Directivo para posterior sanción del Consejo General de profesores, en las materias de su competencia. Del mismo modo, Toda situación disciplinaria no prevista en este Reglamento, será resuelta de manera colegiada por la Dirección del Establecimiento de acuerdo a las disposiciones legales vigentes en materia educacional. ANEXO 1 PROTOCOLO ASI (ABUSO SEXUAL INFANTIL)

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Plan de Acción Se deberá intervenir cada situación que ocurra con el/la alumno(a)

involucrado(a), velando siempre trabajar con todas las partes.

Toda intervención deberá quedar registrada en un protocolo, el cual deberá ser archivado en la carpeta del alumno(a).

1. Se realizará intervención psicológica inicial con el/la alumno(a) afectado(a). 2. Profesor Jefe del alumno afectado deberá informar la situación que está ocurriendo a los profesores de asignatura que realizan clases al menor, con fin de estar atentos a cualquier situación que pueda ocurrir, la que deberá ser informada inmediatamente al Profesor Jefe. 3. Se citará a entrevista a los padres de los niños agresores, en esta participarán al menos dos integrantes de la reunión anterior (Coordinador de ciclo, Encargado de Convivencia Escolar, Psicólogo y Profesor Jefe). 4. Convivencia Escolar y Psicología se reunirán con el/la alumno(a) afectado(a) para trabajar. Sesión 1: Se explicarán los pasos a seguir. Sesión 2, 3 y 4: Se realizará trabajo de acogida, apoyo, fortalecimiento y segurización (primer mes). 5. Convivencia Escolar y Psicología se reunirá con el/los(as) alumnos(as) agresores(as) para trabajar. Sesión 1: Se explica situación ocurrida y pasos a seguir. Sesión 2: - Se realiza trabajo formativo de sensibilización hacia la víctima. - Se establece compromiso de cambio de conducta. - De 5º a 7º básico: Se informará y explicará el marco legal. - De 8º a IV medio: Se informará y explicará el marco legal y las consecuencias legales la persistencia de la conducta. 6. Seguimiento. a) Convivencia Escolar y Psicología, realizarán tres entrevistas con el/la alumno(a) afectado(a) dentro del segundo mes. b) Convivencia Escolar y Psicología, realizarán tres entrevistas con el/los(as) agresores(as), dentro del segundo mes. c) El Profesor Jefe del alumno afectado deberá mantener permanente comunicación con los Profesores de Asignatura. d) El Profesor Jefe y Convivencia Escolar deberán mantener permanente comunicación. El Profesor Jefe será el responsable de comunicar toda situación que ocurra a Convivencia Escolar.

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e) Pasado el período inicial, se realizarán reuniones mensuales con los alumnos involucrados. f) En caso de que la situación de violencia continúe:

i. Se tendrán reuniones semanales con el/la alumno(a) afectado(a). ii. Se tendrán reuniones quincenales con el/los(as) agresores(as). iii. Los alumnos agresores serán derivados a especialistas externos. iv. Se mantendrá permanente comunicación con especialistas externos. v. Se informará a los padres mensualmente.