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“Construyendo con la niñez y la juventud una ética de respeto y trabajo con

disciplina y afecto”

“La educación debe ser orientada a desarrollar la responsabilidad y las facultades del menor, con el fin de prepararlo para una vida adulta activa, inculcándole el respeto por los derechos humanos, los valores propios y el cuidado del medio ambiente natural, con espíritu de paz, tolerancia y solidaridad”

Artículo 7 - Código del Menor

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Preámbulo

Objetivos Generales

CAPÍTULO I El Colegio Musical Británico

TÍTULO 1 - Naturaleza JurídicaTITULO 2 - Filosofía Institucional

TÍTULO 3 - Definición

CAPÍTULO IIMatrícula

TÍTULO 1 - AdmisiónTITULO 2 - Matrícula

TITULO 3 - Pérdida de la calidad de estudiante

TITULO 4 - Cancelación del contrato de pensión educativa

CAPÍTULO IIICostos educativos

TÍTULO 1 - PensiónTITULO 2 - Costos periódicos

CAPÍTULO IVOtros servicios y costos

complementarios

CAPÍTULO VCalendario escolar

Contenido

CAPÍTULO VICriterios de evaluación y promoción

TÍTULO 1 - Criterios de evaluaciónTITULO 2 - Criterios de promoción

CAPÍTULO VIIDerechos y deberes de los estudiantes

TÍTULO 1 - Derechos del estudianteTITULO 2 - Deberes del estudianteTÍTULO 3 - De las prohibicionesTÍTULO 4 - De los estímulos

CAPÍTULO VIIIProceso disciplinario de las faltas y sanciones

TÍTULO 1 - De las faltasTÍTULO 2 - De las sancionesTÍTULO 3 - De las instancias y los recursosTÍTULO 4 - De las competencias

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RESOLUCIÓN CONSEJO DIRECTIVO Nº 03

(OCTUBRE DE 2007)

Por la cual se adopta el Manual de Convivencia del Colegio Musical Británico,

el Consejo Directivo,

CONSIDERANDO:

Que la Ley General de Educación prescribe en su artículo 87 que todos los establecimientos educativos públicos y privados, deben tener un Reglamento o Manual de Convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes.

Que los padres o acudientes y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo.

Que el Decreto 1860 de 1994 señala en su artículo 17 que todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del Proyecto Educativo Institucional, un reglamento o manual de convivencia.

Que el reglamento o Manual de Convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa y en particular debe contemplar los aspectos en él señalados.

Que las normas reglamentarias determinan los aspectos a contemplar en el Manual de Convivencia y la Jurisprudencia Constitucional le asigna el carácter de la ley vinculante.

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RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Renovar el Manual de Convivencia del Colegio Musical Británico, regido por la Resolución No. 2 de febrero 13 de 1997.

ARTÍCULO SEGUNDO: Adoptar el nuevo Manual de Convivencia del Colegio Musical Británico, como marco normativo de los deberes y derechos, que regirá el proceder de la Comunidad Educativa, en adelante.

PARÁGRAFO: El Manual de Convivencia que se adopta en el presente artículo está contenido en el documento anexo, el cual hace parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: El Manual de Convivencia que se adopta se dará a conocer a todos los miembros de la Comunidad Educativa, se explicará a los estudiantes y en adelante, se entregará y socializará al inicio de cada año lectivo.

ARTÍCULO CUARTO: El Manual de Convivencia que se adopta por parte del presente, entrará en vigencia el día __ de octubre de 2007 y continuará vigente hasta nueva orden.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en la Rectoría del Colegio Musical Británico, en la ciudad de San Juan de Pasto, del año dos mil siete (2007).

CARMEN AMELIA ROJAS DE VALLEJOS

Rectora

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El presente Manual de Convivencia del Colegio Musical Británico, está basado en la Constitución Nacional, el Código Civil, el Código del Menor, la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994, Decretos Reglamentarios y Resoluciones del Ministerio de Educación Nacional) y los principios y filosofía contemplados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI) del Colegio Musical Británico, (en adelante CMB).

Entendemos el Manual de Convivencia como uno de los medios para propiciar el ambiente adecuado en la Comunidad Educativa, que permita el desarrollo y el logro de los objetivos académicos, de la formación integral, la construcción y la vivencia de los valores éticos, humanos y ciudadanos que hacen del ser humano un ser social, ubicado en la realidad, capaz de actuar sobre ella y transformarla positivamente.

El servicio educativo que ofrece el CMB, se rige por el Contrato de Matrícula que firman los padres o acudientes al inicio de cada año escolar, en el cual se establece el compromiso de tres estamentos: Padres de familia o acudientes, estudiante y colegio. El incumplimiento debidamente comprobado por alguna de las partes, de cualquiera de las obligaciones allí estipuladas, será causal de terminación de este compromiso contractual.

En la elaboración de este Manual de Convivencia participaron representantes de toda la Comunidad Educativa (Directivos, Docentes, Estudiantes, Egresados y Padres de Familia), el que fue aprobado por el Consejo Directivo.

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Los aspectos generales que tiene en cuenta el presente Manual de Convivencia del CMB son:

1. Dar a conocer y apoyar activamente la filosofía, la organización y el

funcionamiento del CMB.

2. Dar a conocer, respetar y acatar los deberes, los derechos, las normas, los

estímulos y las sanciones que le son propios como miembros de la Institución.

3. Fomentar en los estudiantes comportamientos adecuados que les permitan su

formación integral (humana, académica, ética y social).

4. Promover la participación activa y constructiva en la solución de conflictos para

lograr su propia autonomía.

5. Lograr la convivencia civilizada y solidaria, formar hombres y mujeres capaces de

ser ciudadanos íntegros, libres, autónomos y competentes intelectualmente.

6. Propender que los integrantes de la Comunidad Educativa del CMB de manera

significativa tomen conciencia de:

a) El estudiante busca en el CMB completar el proceso educativo que ha

comenzado con su familia. El colegio le facilitará un ambiente adecuado en

donde convivirá con otras personas con quienes puede y debe establecer

comunicación amable, respetuosa y sincera.

b) El bien de la Comunidad Educativa o bien común prevalece sobre el interés

privado o personal.

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TÍTULO 1NATURALEZA JURÍDICA

ARTÍCULO 1º. El CMB, con licencia de funcionamiento según resolución número 101 de mayo 5 de 1981, emanada de la Secretaría de Educación Departamental y aprobado para los niveles de preescolar, básica (primaria y secundaria) y media vocacional, en la modalidad bachillerato académico, de acuerdo a resoluciones número: 128093 de septiembre 29 de 1983, 6826 de junio 10 de 1988, 181 de junio 30 de 1989 y 106 de abril 26 de 1994, respectivamente.

El colegio fue fundado en 1981 e imparte educación formal, labora con calendario B (de septiembre a junio) en el horario de 7:00 a. m. a 1:00 p. m., de carácter privado mixto, fundamentado en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran; tiene como finalidad servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, sin discriminación alguna de la primacía de los derechos inalienables de la persona y el respeto por la dignidad humana; facilitar la participación de todos los integrantes de la comunidad educativa en la toma de decisiones que afectarán de algún modo la vida de la misma, y en reconocer, enseñar y proteger la diversidad étnica y cultural de Colombia, así como también los recursos naturales y el medio ambiente.

Pueden ingresar, quienes deseen hacer sus estudios con seriedad, consagración, civismo y conscientes de prepararse para afrontar su propia proyección y la de su familia, dispuestos siempre a prestar sus servicios a la sociedad, a aceptarse como son, a aceptar a los demás respetando sus opiniones. De la misma manera, quienes quieran desarrollarse con espíritu creativo y crítico; con fluidez, carácter y liderazgo que determinen los parámetros del modus vivendi de la sociedad y quienes cumplan los requisitos básicos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y el presente Manual de Convivencia.El CMB ofrece Bachillerato Académico con énfasis en Música e Inglés. El domicilio del colegio es la ciudad de San Juan de Pasto, su sede está ubicada en San Fernando Vía a Cabrera.

CapıtuloI-ElColegioMusicalBritanico

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TÍTULO 2DE SU FILOSOFÍA INSTITUCIONAL

ARTÍCULO 2º. El colegio forma a sus educandos dentro de una filosofía institucional fundamentada en los siguientes principios:

® Proporcionar una educación personalizada, humanizante y liberadora, que estimule especialmente el interés por la música y el inglés, a la vez que forme una persona solidaria, leal, positiva, amable, alegre; siendo cortés, elegante, veraz, puntual, de modales finos, de impecable presentación personal, de firme palabra, buen vocabulario y sólido carácter.

® Impartir una educación comprensiva con las aspiraciones de la niñez y la juventud de hoy, forjando hombres y mujeres de bien, con libertad y autonomía, haciendo que tomen conciencia de sus actos, que aprendan a vivir en comunidad, capaces de resolver conflictos a través del diálogo, haciendo de la amistad un compromiso mutuo de servicio y colaboración y respetando y cuidando la naturaleza y el medio ambiente.

® Preparar estudiantes bajo los principios democráticos de participación y respeto por la dignidad humana, conscientes que toda sanción disciplinaria tiene como objetivo su formación integral, con una sólida formación político-social y sin discriminación alguna de tipo religioso, racial o sexual, con respeto de los valores éticos y morales, sustentados en el ser y no en el tener.

® Ofrecer una educación integral con calidad e imparcialidad en la aplicación de estímulos y sanciones, que refleje respuestas efectivas a las exigencias y expectativas del mundo contemporáneo, y que le permita al egresado la continuación de estudios superiores y ser competente en cualquier ámbito sociocultural.

® Fomentar una educación con visión prospectiva y con visión de liderazgo hacia el logro de verdaderas transformaciones sociales, con capacidad de valorar, profundizar y aprovechar al máximo la ciencia, la tecnología y los medios de comunicación modernos como recursos para construir un mundo mejor.

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® Formar estudiantes que aprovechen el tiempo como base necesaria del mejoramiento escolar, que hagan de la responsabilidad, el orden y la disciplina factores determinantes para el cumplimiento de sus obligaciones dentro y fuera de la institución, y que conserven excelentes reglas de higiene personal y de salud para preservar el bienestar de la comunidad educativa.

TÍTULO 3DE SU DEFINICIÓN

ARTÍCULO 3º. El Manual de Convivencia del CMB es el conjunto de normas que dentro de un ambiente de armonía y democracia, orienta a los estudiantes, directivos, docentes, personal administrativo y padres de familia, para proteger sus derechos y determinar los deberes que tiene que cumplir, haciéndole comprender que “La educación es un derecho – deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que comprometió a respetar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas”. . . Fragmento de la sentencia 492 de 1992, Corte Constitucional (subrayado nuestro).

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TÍTULO 1ADMISIÓN

ARTÍCULO 4º. La admisión es el acto por medio del cual el CMB, selecciona los estudiantes que en forma voluntaria solicitan inscripción. Para ser admitido y consecuencialmente ser parte integrante de la Comunidad Educativa, debe cumplir con los requisitos y procedimientos que se enumeran a continuación:

! 1. Realizar el trámite de inscripción en la fecha señalada por el Colegio y presentar los documentos, promedios académicos y demás requisitos establecidos para tal efecto.

! 2. Si es autorizada la inscripción, presentar y aprobar las pruebas de admisión y aptitud exigidas por el colegio.

! 3. Para ingresar a Preescolar el aspirante deberá tener como mínimo cuatro (4) años cumplidos ó próximos a cumplir.

! 4. Obtener la orden de matrícula y seguir el proceso indicado para la legalización de la misma.

CapıtuloII-Matrıcula

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TÍTULO 2MATRÍCULA

ARTÍCULO 5º. La matrícula es el acto por el cual el aspirante debidamente admitido adquiere la calidad de estudiante del CMB. Ésta se legaliza con la firma del (a) rector(a), estudiante, padre de familia o acudiente. Con la suscripción del acta de matrícula, el estudiante y sus padres o acudiente aceptan todos los principios, valores y normas del Colegio consagrados en este Manual de Convivencia, comprometiéndose a respetarlo y cumplirlo.

PARÁGRAFO: Los estudiantes antiguos, previo el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas para la promoción, procederán cada año lectivo en la fecha y hora señaladas por el Colegio a renovar su matrícula. En caso de retiro voluntario o forzoso no se devolverán los costos cancelados por concepto de matrícula.

ARTÍCULO 6º. Requisitos para la matrícula: Tanto para los alumnos nuevos como antiguos, los requisitos para su matrícula son los siguientes:

1. Presentarse, el estudiante junto con sus padres o acudiente en la fecha y hora señaladas por el Colegio.

2. Presentar los certificados de notas de los grados anteriores al cual aspira, en original, fotocopia del documento de identidad, Registro Civil de Nacimiento, el Paz y Salvo expedido por el Colegio y tres (3) fotografías tamaño cédula.

3. Presentar los Recibos de Matrícula, y otros costos educativos legalmente establecidos y por los que las partes acuerden en el momento de suscribir la matrícula; además, presentar el Paz y Salvo expedido por el Colegio donde cursó el último año, si es nuevo, o el del CMB, si es antiguo.

4. El padre de familia debe firmar el contrato o pagaré de responsabilidad económica con el Colegio como contraprestación al servicio educativo que recibirá su hijo(a).

ARTÍCULO 7º. Clases de matrícula: La matrícula podrá ser:

A. Ordinaria: si se efectúa en los plazos y fechas señaladas por el Colegio en armonía con las ordenadas por las Autoridades Educativas para el calendario B.

B. Condicional: como medida disciplinaria de conformidad a lo ordenado en el artículo 48 de este Manual de Convivencia.

C. Extraordinaria: la que se efectúa en fecha posterior a la señalada por la institución siempre y cuando haya disponibilidad del cupo.

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TÍTULO 3PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE

ARTÍCULO 8º. Son causales para la pérdida de la calidad de estudiante:

1 Cuando se ha completado el ciclo de estudios que ofrece el Colegio figura como egresado.

PARÁGRAFO: se ofrece mantener vínculos con el Colegio como miembros de la Asociación de Ex - alumnos que cumplen una labor formativa y de ayuda social.

2. Cuando así lo determine una medida académica, formativa, disciplinaria o de prevención sanitaria de manera temporal o permanente de acuerdo con el presente Manual.

3. Por retiro voluntario del estudiante, bien sea que dicha voluntad provenga del estudiante, de sus padres o acudientes, durante el año escolar o al finalizar el mismo, no haciendo uso de la renovación dentro de los términos establecidos por el CMB, caso en el cual el Colegio queda en libertad para disponer del cupo.

4. Cuando se compruebe falsedad en la información y documentación para entrar al Colegio.

TÍTULO 4CANCELACIÓN DEL CONTRATO DE PENSIÓN EDUCATIVA

ARTÍCULO 9º. El CMB dará por cancelado el contrato de pensión educativa con el estudiante y su familia:

1. Cuando después de realizar todo el proceso disciplinario consagrado en este Manual no logre corregir la situación problema y se repita, de tal manera que afecte negativamente su formación integral o su convivencia con otros. Mediante previo concepto emitido por la Rectoría, ésta evaluará dicho informe y el cumplimiento de dicho proceso, determinando su remisión al Consejo Directivo o la firma de un compromiso disciplinario de común acuerdo con las partes.

2. Cuando un estudiante se vea involucrado en situaciones relacionadas al porte, venta o uso de armas corto punzantes o blancas y venta o consumo de sustancias psicotrópicas. Una vez establecida la participación del alumno deben ser informados sus padres o acudientes y las autoridades competentes, así como también debe ser

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remitido a una institución que brinde ayuda para superar esta dificultad (costos a cargo de los Padres o Acudientes del estudiante que lo requiera). Cuando el proceso de rehabilitación o adaptación se cumpla, el Colegio puede suspender el Contrato de Pensión Educativa en forma definitiva o temporal, con el compromiso de reactivarlo en el momento que el estudiante demuestre que superó esta situación.

3. Cuando los padres de familia o acudientes de un estudiante NO cancelen durante tres (3) meses el servicio educativo que el CMB, entidad privada, le está prestando. De igual manera, cuando el Colegio conceda un plazo para cancelar la deuda y el padre no cumpla con la obligación.

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TÍTULO 1PENSIÓN

ARTÍCULO 10. El CMB ofrece los siguientes servicios a su alumnos, los cuales se adquieren con el pago de la matrícula, pensión de estudios y costos de servicios legalmente establecidos.

PARÁGRAFO 1: El valor de la pensión, transporte, restaurante y demás servicios estudiantiles se hacen mediante un solo pago, previa especificación de los valores respectivos.

PARÁGRAFO 2: El valor anual se dividirá en diez cuotas (pensiones) iguales pagaderas durante los cinco (5) primeros días de cada mes.

PARÁGRAFO 3: Los costos de servicios legalmente establecidos son aquellos que pagan periódicamente los padres de familia o acudientes que voluntariamente hayan contratado, tales como transporte y alimentación.

PARÁGRAFO 4: Otros cobros: son las sumas que se pagan por servicios del establecimiento tales como: certificados, constancias, derechos de grado, salidas educativas, convivencias, campamentos, entre otros.

PARÁGRAFO 5: El Seguro contra Accidentes (Seguros del Estado) se cancela una sola vez en el momento de la matrícula.

ARTÍCULO 11. De conformidad con la Ley 115 de 1994, los costos educativos para cada año lectivo se incrementarán de acuerdo con lo ordenado por el gobierno, estableciendo los valores respectivos para cada ciclo y nivel. Estos costos serán publicados quince (15) días antes del inicio de la matrícula ordinaria.

Capítulo III - Costos Educativos

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TÍTULO 2COSTOS PERIÓDICOS

ARTÍCULO 12. Con el único fin de hacer aún más cómodo, económico y seguro, tanto para el estudiante como para los padres de familia o acudientes, el Colegio ofrece los servicios especiales de Transporte y Restaurante, los que tienen el carácter voluntario. Quien haga uso del transporte deberá hacerlo de ida y regreso a su residencia y cumplir a cabalidad con las reglas mínimas que favorezcan el respeto, el orden y la armonía dentro de cada uno de los buses que prestan el servicio; de igual manera, dentro del recinto destinado al restaurante para que los estudiantes aprendan a compartir como seres humanos la alegría, la amistad, y todo aquello que promueva su integración cívica y su seguridad; acciones que deben conducir invariablemente al engrandecimiento de los valores de todos los usuarios. Así mismo, el Colegio ofrece el servicio de tienda escolar en donde los estudiantes que así lo deseen pueden comprar comestibles o bebidas refrescantes.

PARÁGRAFO: La tienda escolar es un servicio administrado por particulares y totalmente independiente al costo que representa el uso del Restaurante Escolar.

ARTÍCULO 13. Usuarios del Transporte Escolar:

Pueden utilizarlo:

1. Los estudiantes matriculados en el Colegio que hayan diligenciado y firmado el contrato para obtener el derecho al servicio.

2. El personal administrativo, docente y de servicios del Colegio debidamente autorizado por el (la) rector(a).

ARTÍCULO 14. Obligaciones de los estudiantes usuarios del transporte escolar:

1. El estudiante debe estar diariamente 5 minutos antes de la hora señalada y en el paradero indicado.

2. Ningún estudiante podrá subir o bajarse en un paradero diferente al establecido, o no hacer uso de la ruta al regreso a su casa sin autorización del Coordinador, previa solicitud por escrito del padre de familia o acudiente, así el estudiante sea mayor de edad.

3. Al llegar al Colegio, el estudiante deberá ingresar a las instalaciones y en ningún momento podrá dirigirse a un lugar distinto.

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4. Sólo podrán utilizar la ruta los estudiantes que hayan pagado el servicio.

5. El estudiante debe permanecer en el puesto del bus asignado por el (la) monitor(a) y en ningún caso podrá sacar parte de su cuerpo por la ventana para agredir o molestar a los transeúntes, ni para comprar alimentos, bebidas o cualquier artículo. Cuando el estudiante en la ruta incurra con faltas de respeto contra sus integrantes, transeúntes o personas en general, se le suspenderá el servicio durante un día previa citación del padre de familia o acudiente y anotación en el anecdotario.

6. Está prohibido ingerir líquidos o cualquier clase de comida y arrojar basuras dentro y fuera del vehículo.

7. El trato y vocabulario para con el (la) monitor(a), conductor y compañeros de la ruta deben estar acordes con las normas del presente manual.

8. El estudiante usuario del transporte debe ser respetuoso con los transeúntes o con las demás personas que utilizan otros automotores y la máxima autoridad dentro de la ruta es el (la) monitor(a), y en su defecto el conductor de la misma.

9. Las inquietudes, reclamos o sugerencias se harán por escrito al (la) monitor(a) o Coordinador del Colegio y en ningún caso al conductor. El (la) monitor(a) o Coordinador se encargará de tramitar las inquietudes con el (la) rector(a) para que se tomen las decisiones del caso.

10. Responder por los daños causados al vehículo de manera voluntaria o involuntaria, los cuales una vez sean cotizados por el Colegio, tendrán cinco (5) días para su cancelación en las oficinas del Colegio.

11. En caso de varada del vehículo, los estudiantes deberán permanecer en sus puestos en

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perfecto orden y obedecer las indicaciones del (la) monitor(a) y en su defecto del conductor.

12. Si el vehículo que hace el recorrido diario no lo hiciere en determinado día por estar descompuesto o por otro motivo de fuerza mayor el estudiante debe espera el tiempo prudente para ser recogido por otra ruta enviada por el mismo Colegio.

13. Quien no esté puntual en el paradero correspondiente corre el riesgo de perder la ruta.14. Llevar el uniforme completo para poder hacer uso del transporte. Los estudiantes no

podrán portar ningún accesorio adicional. El (la) monitor(a) de ruta no permitirá el ingreso al bus de los estudiantes que incumplan la norma.

15. Evitar el movimiento sobre los espaldares o encima de las sillas, de tal manera que ofrezca incomodidad a los demás usuarios.

16. Evitar exigir al conductor el uso de los equipos de sonido o audiovisuales en alta voz, o de llevar velocidades mayores de las permitidas por las autoridades respectivas.

PARÁGRAFO: Se considera falta leve el incumplimiento de alguna de las normas anteriormente nombradas. La reincidencia da lugar a FALTA GRAVE, y si este acto se repite se considerará FALTA MUY GRAVE, ya que su comportamiento atenta contra la vida e integridad personal de los compañeros de ruta y de la comunidad en general.

ARTÍCULO 15. Obligaciones de los Padres de Familia o Acudientes con relación al transporte escolar:

1. La utilización del transporte es de carácter voluntario, pero quien haga uso de este servicio deberá ceñirse a las rutas establecidas y a las normas consagradas en este manual.

2. Los valores correspondientes al transporte se cancelarán en las mismas fechas junto con la pensión durante los cinco (5) primeros días de cada mes. En caso de incumplimiento le será suspendido el servicio hasta que se ponga al día con las cuotas.

3. El servicio del transporte no es puerta a puerta, sino de acuerdo a las rutas o paraderos previamente establecidos.

4. Cuando se presente traslado de residencia debe comunicarse por escrito, con anticipación de tres (3) días y hacer la solicitud de cambio por parte de los padres de familia o

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acudientes.

5. Las solicitudes de cambio de ruta se aprobarán siempre y cuando no perjudiquen la logística del recorrido.

6. Los encargados de recibir a los niños en el paradero deben estar con diez (10) minutos de anticipación para recibirlos, de lo contrario serán llevados a las instalaciones de las oficinas administrativas del Colegio de donde deben ser retirados. Por prevención no deben retirarse del paradero antes de un tiempo prudencial, ya que circunstancias ajenas pueden producir un retraso en el recorrido.

7. La ausencia temporal o total del estudiante durante un mes por enfermedad u otra causa atribuible al estudiante, padre de familia o acudiente, así sea por causa fortuita o fuerza mayor, no dará derecho al aquí comprometido a descontarle suma alguna de lo obligado a pagar por este servicio o que el Colegio le haga devoluciones o abonos a meses posteriores.

ARTÍCULO 16. Obligaciones de los estudiantes que no utilizan el servicio de transporte escolar:

Su desplazamiento de la casa al Colegio o viceversa debe ser oportuno para no llegar tarde al comienzo diario de la jornada escolar 7:00 a. m., ni tampoco a su respectivo hogar al terminar la jornada 1:00 p. m. Esta acción es responsabilidad directa del estudiante y del padre de familia o acudiente. Los alumnos al salir a pie del Colegio, por ningún motivo pueden quedarse en tiendas u otros sitios (falta grave). Deben dirigirse directo a su casa, demostrando ejemplar conducta, cultura, civismo y buena presentación (no llevar la camisa por fuera).

Los estudiantes que incumplan la norma serán suspendidos durante tres (3) días y deberán reflexionar sobre la falta cometida, previa anotación en el anecdotario del estudiante y citación a padres de familia o acudientes.

ARTÍCULO 17. Usuarios del Restaurante Escolar.

Para consumo del desayuno estudiantil (entredía), pueden utilizarlo:

1. Los estudiantes matriculados en el nivel

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de preescolar y básica primaria cuyos padres o acudientes hayan voluntariamente pagado y firmado el contrato para obtener el derecho al servicio.

2. El personal docente, administrativo y de servicios generales del Colegio debidamente autorizado por el (la) Rector(a) del Colegio.

PARÁGRAFO 1: Las instalaciones del Restaurante Escolar son las mismas para la Tienda Escolar; por lo tanto, los estudiantes de bachillerato podrán hacer uso de ésta, manteniendo las mismas obligaciones de los demás.

PARÁGRAFO 2: Se prestará el servicio de restaurante y tienda escolar para los estudiantes hasta cinco (5) minutos antes de terminado cada uno de los recreos.

ARTÍCULO 18. Obligaciones de los usuarios del Restaurante Escolar:

1. Practicar normas de urbanidad.2. Hablar en voz baja.3. D ejar en orden y limpio su respectivo sitio.4. Dejar los utensilios en el lugar indicado después de utilizarlos.5. Llegar a tiempo o por el contrario no podrá exigir le sea atendido en horas distintas a la

señalada tanto para Preescolar, Primaria y Bachillerato.6. Las inquietudes, reclamos o sugerencias se harán por escrito al Coordinador del Colegio,

quien con el (la) Rector(a) tomarán las determinaciones del caso.

ARTÍCULO 20. Obligaciones de los Padres de familia o Acudientes:

1. La utilización del restaurante para el consumo del desayuno o entredía es de carácter obligatorio para los estudiantes de preescolar y básica primaria. Quien haga uso de este servicio deberá cancelarlo conjuntamente con el valor de la pensión.

2. El servicio del restaurante no se presta a la “carta”, sino que el Colegio ofrece un menú igual para todos los usuarios, debidamente preparado, balanceado y servido por personal idóneo.

3. Las inquietudes, reclamos o sugerencias se harán por escrito a la Coordinación o Rectoría del Colegio.

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ARTÍCULO 21. Se prohíbe a los encargados de la administración del Restaurante, invitar o admitir a permanecer dentro de la cocina a personas diferentes a las contratadas para tal servicio.

ARTÍCULO 22. Reglamento para el servicio de restaurante y tienda escolar:

OBJETIVO: Contribuir al bienestar estudiantil y de la comunidad en general, bajo el compromiso de las personas que la administran con el fin de cumplir estrictamente con los horarios y reglamentación establecida para tal fin.

A. Los productos que ofrece: comestibles de paquete, comidas rápidas (sándwiches, hamburguesas, salchipapas, etc.), bebidas refrescantes, helados, etc., deben estar en perfecto estado de higiene y salubridad.

B. Los costos de los productos, teniendo en cuenta la población que los adquiere (estudiantes) y la situación económica de los padres, no deben sobrepasar el valor comercial normal real.

C. Siguiendo los procesos disciplinarios contemplados en el presente Manual de Convivencia, el servicio de Restaurante y Tienda Escolar funcionan exclusivamente en los recreos.

PARÁGRAFO 1: Los encargados del Restaurante y Tienda Escolar por ningún motivo pueden vender productos en horas de clase. Durante este tiempo debe permanecer cerrada.

PARÁGRAFO 2: El coordinador comunicará a las personas encargadas de este servicio, si se modifica este horario cuando se realicen actividades diferentes a las académicas.

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Capítulo IV - Otros servicios y costos

Otros ServiciosLa Institución brinda sin cargo adicional otro tipo de servicios, inherentemente a los pagos que mensualmente y por matrícula se recibe, de tal forma que éste tipo de eventos se suman a la prestación del Servicio Educativo con el ánimo de mejorarlo.

ARTÍCULO 23. Viernatinas / Sabatinas. Son eventos culturales que realiza la Institución con el propósito de mostrar los desempeños y aprendizajes de los educandos. Se realiza una vez al año y la participación es de TODOS los educandos.

ARTÍCULO 24. Campamentos: Procesos de orden pedagógico y recreativo: La programación y su desempeño lo hacen las directivas Institucionales, respetando los protocolos del MEN. Nota: El educando deberá pagar a su cargo la alimentación y su transporte.

ARTÍCULO 25. Seguro de accidentes: El seguro de accidentes es contratado por los Directivos del Colegio con una Entidad especializada en este servicio (Seguros del Estado y otra aseguradora certificada). Esta afiliación es de carácter obligatorio de acuerdo a la Ley. El Colegio no se hará responsable de ningún costo que ocasione un accidente a un estudiante dentro o fuera de las instalaciones cuando este por negligencia no ha tomado el seguro en razón de la no entrega de documentación oportuna entre otras formas imputables a los padres o al educando.

Costos ComplementariosSon costos adicionales que se cobran mensualmente y son Complementarios al proceso formativos de los educandos. Dicho cobro es inherente al Contrato de orden civil que es constituido entre el Padre – Madre – Acudiente y la Institución Educativa, de tal forma que no se cobren montos adicionales y sin programar.

ARTÍCULO 26 Ente los más importantes cobros se encuentran:Salidas pedagógicas: Por ser actividades formativas y de carácter pedagógico son obligatorias. Se trata de movilizaciones que se hacen a otros lugares diferentes del Colegio por procesos de formación, sean estos académicos, investigativos o recreativos. Necesariamente tendrán que ser programados con antelación y de acuerdo al evento, vinculan los servicios de transporte, disposición de personal propio y adicional en el caso que se necesitare.

Material didáctico: El uso de materiales especializados en cada caso y grado. Este tipo de

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material o bienes son adquiridos por la Institución Educativa para el fortalecimiento pedagógico del educando.Servicio de Piscina: Es una actividad que involucra mantenimiento del agua, limpieza y uso de equipos especializados como motobombas y especialmente el uso de caldera para el calentamiento del agua en condiciones satisfactorias. El uso será programado y de conocimiento general.Informática: El uso de la Sala de Informática involucra el manejo de todos los recursos allí disponibles, como computadoras, impresoras, scanner y todo aquel equipo que sea de uso pedagógico. Es responsabilidad institucional la actualización de los equipos.Elementos Recreativos: La institución posee una gama diferente de elementos recreativos, como juegos de mesa, ajedrez de tamaño grande, futbolito, balones, mesas de ping pong y todos aquellos que se sumen al inventario institucional.Préstamos Domiciliario de Libros, videos y programas multimediales: Todos los elementos de éste segmento que posee la Institución podrán ser prestados y retornados a la Institución con una responsabilidad inherente en su daño o pérdida.Actos culturales: Las inversiones para su desarrollo serán asignadas a éste recurso, de tal manera que posibles alquiler de lugares, renta de equipos de sonido, luces, desplazamientos de personal, aseo posterior a los actos estarán incluidos en éste rubro.Laboratorio: Son aulas especializadas donde el estudiante verifica y aplica los conocimientos teóricos adquiridos. La prestación de estos servicios está incluido, así como los reactivos que se necesitaren, pero los daños ocasionados en los mismos, sean voluntarios e involuntarios, serán cancelados por los usuarios.Internet. Por la ubicación de las Institución en un sector distante de la prestación de éste servicio, tiene que ser impulsada por equipos especializados y vía microondas, lo que la hace onerosa. El servicio será prestado en todos los equipos institucionales y en todos aquellos equipos personales que previamente se hayan registrado en su identidad ante Coordinación.Granja Escolar: El Colegio posee una granja en la cual los educandos podrán hacer uso para el aprendizaje agrícola. Los productos que en ella se recogen son para la comunidad educativa.

ARTÍCULO 27. En razón de la normatividad existente, éste rubro tiene que ser publicado y actualizado cada año. El monto se incrementará en los valores que cada año el MEN ha determinado para cada Institución Educativa mediante el decreto que emite para Evaluación de Costos Educativos. Es por ello que se publica y actualiza cada inicio de año el monto de los Costos Complementarios así:

Grado Sexto a Noveno $82.117Grado Décimo a Once $117.260Actualizado a 1 de Febrero de 2017

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ARTÍCULO 28. Del Calendario Escolar: El CMB desarrolla sus actividades de acuerdo con el reglamento vigente para el Calendario B que rige en el territorio nacional, incluidas las actividades extracurriculares. Todo ello teniendo en cuenta el artículo 85 de la Ley 115 de 1994, el artículo 57 del Decreto 1860 de 1994 y el Decreto 1850 de 2002 donde se establece la organización administrativa del servicio educativo, el calendario escolar y la organización de la jornada escolar respectivamente.

PARÁGRAFO: Teniendo en cuenta la autonomía institucional que gozan los establecimientos públicos y privados, el CMB trabaja con la misma intensidad horaria para preescolar, primaria y bachillerato; es decir, todos los estudiantes ingresan a las 7:00 a. m. y salen a la 1:00 p. m. Además, se trabaja con siete (7) horas de cuarenta y cinco (45) minutos que corresponden a las seis horas de sesenta minutos ordenadas por el MEN. De esta manera, se cumple con el total anual de horas efectivas de actividades pedagógicas en el ciclo de educación básica primaria, educación básica secundaria y media vocacional.

ARTÍCULO 29. El Currículo del CMB en sus diferentes áreas y niveles se ajusta a lo contemplado en la Ley General de Educación, en las nuevas disposiciones del Ministerio de Educación Nacional (Revolución Educativa), en las que fija la Secretaría de Educación del Municipio de Pasto, en todo lo relacionado con los fines de la educación, planes de estudio, lineamientos curriculares, organización y distribución del tiempo de trabajo escolar, evaluaciones y promociones y en todos los demás aspectos regulados por dichas autoridades y no contemplados en este Manual.

Capítulo V - Calendario Escolar

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Capítulo VI - Criterios de evaluación y promoción

TÍTULO 1CRITERIOS DE EVALUACIÓN

ARTÍCULO 30. Proceso de Evaluación: Para el CMB evaluar un estudiante es una acción por medio de la cual se busca emitir un juicio valorativo sobre el proceso de desarrollo del estudiante, previo un seguimiento permanente que permita determinar qué avances ha alcanzado con relación a los logros propuestos, qué conocimientos ha adquirido o construido y hasta qué punto se ha apropiado de ellos, qué habilidades o destrezas ha desarrollado, qué actitudes y valores ha asumido y hasta dónde éstos se han consolidado.

ARTÍCULO 31. Marco Legal: El sistema de evaluación y promoción vigente en el CMB se ajusta a lo ordenado en la Ley General de Educación (Ley 115/1994), el Decreto 1860/1994 (artículos 47 – 56), la Resolución 2343 de 1996, el Decreto 230/2002 que modifica

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parcialmente la Ley 115/1994 y lo contemplado en el Proyecto Educativo Institucional. Además, el CMB aplicará un sistema de evaluación continúa e integral en todos los grados, y se hará con referencia a cuatro períodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar, así:

a) Como lo establece el Capítulo 2 del Decreto 230 de 2002, los criterios que rigen la evaluación y promoción del educando están orientados por los logros que para cada asignatura y grado se establezcan en el plan de estudios.

b) Al finalizar cada uno de los cuatro periodos del año escolar, los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se dé cuenta de los avances de los educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas. Éste incluirá información detallada acerca de las fortalezas y dificultades, y establecerá recomendaciones y estrategias para mejorar.

Asimismo, al finalizar el año escolar se les entregará a los padres de familia o acudientes un informe final del rendimiento del educando para cada área durante todo el año. Los cuatro informes y el informe final de evaluación mostrarán para cada área el rendimiento de los educandos, mediante una escala dada en los siguientes términos:

Superior (4.6 a 5.0)Alto (4.0 a 4.5)Básico (3.0 a 3.9)Bajo (1.0 a 2.9)

PARÁGRAFO 1: Teniendo en cuenta la autonomía escolar que gozan las instituciones educativas, el CMB de acuerdo a la Resolución No. 005 de 2006, estableció una valoración numérica con decimales únicamente de un dígito, correspondiente al valor conceptual.

c) Mantener actualizado un registro escolar que contenga para cada estudiante, además de los datos de identificación personal, el informe final de evaluación de cada grado que haya cursado en el CMB.

PARÁGRAFO 2: Escala de Evaluación: El Ministerio de Educación Nacional, ha establecido a través del Decreto 230 de 2002 los juicios valorativos que determinan el estado de avance o dificultad de los estudiantes. El CMB interpretando el sentido propositivo de esta norma, fija los siguientes parámetros que serán aplicados en el sistema de evaluación y promoción de los estudiantes, así:

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SUPERIOR: Se considera en nivel superior al estudiante que:

! Ø Alcanza todos los logros propuestos sin actividades complementarias.! Ø No presenta faltas y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso

de aprendizaje se vea afectado.! Ø No presenta dificultades en su comportamiento y en sus relaciones con las personas de

su entorno.! Ø Desarrolla actividades académicas superando las exigencias esperadas.! Ø Manifiesta sentido de pertenencia por el CMB.! Ø Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.

ALTO: Se puede considerar en nivel alto al estudiante que:

! Ø Alcanza todos los logros propuestos, pero con algunas actividades complementarias.! Ø Tiene faltas de asistencia justificadas.! Ø Reconoce y supera las dificultades de comportamiento.! Ø Desarrolla actividades curriculares específicas.! Ø Se promueve con ayuda del docente y sigue un ritmo de trabajo.! Ø Manifiesta sentido de pertenencia.!

BÁSICO: Se considera que un estudiante está en nivel básico cuando:

! Ø Alcanza los logros mínimos con actividades complementarias dentro del periodo académico.

! Ø Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas.! Ø Presenta dificultades de comportamiento.! Ø Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas.! Ø Manifiesta sentido de pertenencia a la institución.! Ø Presenta algunas dificultades que supera, pero no en su totalidad.!

PARÁGRAFO 3: El CMB teniendo en cuenta los estándares de calidad previstos y considerando que el criterio BÁSICO promueve la mediocridad, recomienda a todos los estudiantes superar este nivel.

BAJO: Se considera nivel bajo al estudiante que:

! Ø No alcanza los logros mínimos y requiere de actividades de refuerzo y superación, sin embargo, después de realizadas las actividades sugeridas no logra alcanzar los desempeños propuestos.

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! Ø Presenta faltas de asistencia injustificadas, afectando su aprendizaje.! Ø Presenta dificultades de comportamiento a pesar de las oportunidades de orientación brindadas

por los diferentes estamentos.! Ø No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.! Ø Tiene dificultades para su desarrollo académico y formativo.! Ø No manifiesta un sentido de pertenencia por el CMB.

TÍTULO 2CRITERIOS DE PROMOCIÓN

ARTÍCULO 32. Comisiones de Evaluación y Promoción. El Consejo Académico, conformado por una Comisión de Evaluación y Promoción, (un representante de los padres de familia o acudientes por cada grado, los profesores, el coordinador y el (la) rector(a)) definirán la promoción de los educandos y harán recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades. Por lo tanto:

a. Las decisiones, observaciones y recomendaciones del Consejo Académico se consignarán en actas y éstas constituirán evidencia para posteriores decisiones de la promoción de los educandos.

b. La promoción de un educando está determinada por su desempeño comportamental y académico, por lo cual existe la reprobación, que es aplicada a los estudiantes que no demuestran su capacidad o competencia o incumplan sus obligaciones.

c. La comisión de evaluación y promoción será la encargada de determinar cuáles educandos

deberán repetir un grado determinado; empero, garantizará un mínimo de promoción del 95% de los educandos que finalicen el año escolar en cada uno de sus grados.

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ARTÍCULO 33. De acuerdo al plan de área, a la política académica y al objetivo de mantener un alto nivel académico, en el CMB se considerarán para la repetición de un grado cualquiera, los siguientes educandos:

a. Educandos con valoración final Bajo en tres o más áreas.

b. Educandos que hayan obtenido valoración final Bajo en matemáticas y lenguaje durante dos o más grados consecutivos de educación básica.

c. Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar.

d. Educandos que no cumplen con sus deberes y obligaciones académicas (Sentencia de la Corte Constitucional T-316).

e. Después de realizadas las actividades de recuperación el educando continúa con la insuficiencia en la obtención de logros (Sentencia de la Corte Constitucional T-439), en tal caso deberá reiniciar el grado que cursa (Sentencia de la Corte Constitucional T-092).

ARTÍCULO 34. Recuperaciones. Todo estudiante que haya obtenido nivel Bajo en alguna asignatura, tiene derecho a un proceso y estrategia de recuperación, los cuales se llevan a cabo dentro del horario normal de clases de cada periodo.

La recuperación se calificará de acuerdo con los términos fijados en el artículo 31 del presente Manual de Convivencia y su resultado, ya sea éste aprobado o no, quedará consignado en el registro escolar del educando.

ARTÍCULO 35. Educandos no promovidos: En todos los casos, para los educandos no promovidos al grado siguiente, el CMB hará un seguimiento del educando y favorecerá su promoción anticipada durante el grado tomando como base lo expuesto en el Decreto 1290/09 Artículo 7 del Ministerio de Educación Nacional y el Sistema Institucional de Evaluación, en la medida en que éste demuestre la superación de las deficiencias académicas y/o actitudinales que no aconsejaron su promoción.

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Estudiantes

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TÍTULO 1DERECHOS DEL ESTUDIANTE

ARTÍCULO 36. En el Aspecto Formativo el estudiante tiene derecho a:

A. Ser tratado en todo momento y por todos los miembros de la comunidad educativa con dignidad, respeto y sin discriminación de ninguna índole y en caso de ser sancionado, ser tratado sin desprecio, subestimación, inflexibilidad e intimidación.

B. Recibir educación integral, con plena conciencia de respetar el libre desarrollo de su personalidad y de acuerdo con la filosofía del CMB.

C. Ser escuchado cuando requiera una explicación y que su justo reclamo sea atendido oportunamente por la instancia competente y dentro de los plazos establecidos por este Manual.

D. Recibir atención eficiente y ser aconsejado cuando así lo solicite o cuando sea remitido por algún profesor o directivo para reconocer o superar las dificultades que se le pueda presentar en su vida cotidiana.

E. Expresar, discutir y examinar con toda libertad sus inquietudes, opiniones, ideas y conocimientos, con el debido respeto a la convicción ajena.

F. Que se respete su intimidad personal y familiar, a su buen nombre y a conocer y actualizar la información que sobre él exista en los archivos del CMB.

G. Utilizar adecuadamente los recursos y servicios con que cuenta la institución.

H. Obtener su identificación como estudiante del Colegio mediante el Carné Estudiantil respectivo.

I. Solicitar respetuosamente y por escrito el levantamiento de Matrícula Condicional en un lapso de tres meses posterior a la sanción, siempre y cuando haya demostrado un cambio positivo.

Capítulo VII - Derechos y deberes de los estudiantes

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J. Ejercer el derecho constitucional de petición para formular sus quejas, reclamos, sugerencias, etc., las que deben ser resueltas dentro de los términos fijados dentro del presente Manual.

K. Recibir las clases, la alimentación y demás servicios en condiciones de higiene, salubridad y seguridad que garanticen al máximo la preservación de su integridad.

L. A la defensa y presunción de inocencia y a no ser procesado sino de acuerdo a lo

estipulado por las leyes y las normas establecidas por el CMB.

M. Conformar y pertenecer voluntariamente a organizaciones internas de carácter estudiantil, académico, cultural y deportivo, cuyo objetivo sea el bien personal, institucional y social.

N. Disfrutar del descanso, del tiempo libre, de la recreación razonable y el periodo de vacaciones, respetando los derechos de los demás.

O. Presentar sus descargos con cultura y cortesía, en aquellos casos de conflicto que perjudiquen la integridad física, moral o su situación académica y disciplinaria, para ello, debe utilizar el conducto regular establecido en este Manual (Profesor(a), Monitor(a), Coordinador, Rector(a), Consejo Directivo).

P. Recibir de sus profesores y directivos buen ejemplo, manifestado en la idoneidad, puntualidad, responsabilidad y ética profesional.

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ARTÍCULO 37. En el Aspecto Académico el estudiante tiene derecho a:

A. Ser asesorado por los docentes en el desarrollo de las actividades curriculares dentro y fuera del horario de clase, pero durante el desarrollo de la jornada escolar.

B. Gozar de un ambiente de orden, silencio y aseo en el salón de clase para lograr la concentración necesaria y un óptimo aprovechamiento.

C. Recibir los estímulos y reconocimientos a que se haga acreedor.

D. Que se le brinde educación integral conforme con los principios, objetivos, perfiles y énfasis propios del CMB.

E. Recibir sus clases por todo el tiempo previsto en el horario y según la didáctica y programación del CMB y conforme a la legislación vigente.

F. Presentar recuperaciones de los logros, competencias y conocimientos no alcanzados y a conocer sus resultados.

G. Solicitar a los profesores las explicaciones necesarias para superar las dificultades que encierren cada una de las asignaturas.

H. Exigir la preparación adecuada y la utilización del material de enseñanza necesaria por parte de todos los profesores.

I. Contar con una distribución adecuada y justa de trabajos, tareas, talleres y evaluaciones.

J. Conocer el resultado de sus evaluaciones, pedir aclaraciones y solicitar respetuosamente, le sean modificadas aquellas que no correspondan a la realidad por motivo de error, omisión o de cualquier otra razón válida, antes que los profesores las consignen en los informes de evaluación.

K. Solicitar previa petición, constancias y certificados de estudios con las normas que el CMB y el MEN tengan establecidos para su expedición, siempre y cuando se encuentre a paz y salvo por todo concepto con el Colegio.

L. Conocer el cronograma de actividades curriculares y extracurriculares planeadas para

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el año lectivo y solicitar que el CMB los mantenga en un alto nivel.

M. Ser evaluado íntegramente de acuerdo con los criterios establecidos por la legislación vigente y la normatividad interna del CMB.

N. Ser eximido de alguna actividad interna o externa cuando por justa causa debidamente sustentada lo solicite.

O. Solicitar y recibir oportunamente información pertinente sobre su situación académica y disciplinaria.

ARTÍCULO 38. En el Aspecto Participativo el estudiante tiene derecho a:

A. Elegir y ser elegido para integrar los diferentes estamentos del gobierno escolar, como son el Consejo Estudiantil, Consejo Directivo y Personero, de conformidad con lo establecido por el Proyecto Educativo Institucional.

B. Participar activamente en la organización, realización y evaluación de las actividades curriculares y extracurriculares que buscan su formación integral.

C. A conocer el Manual de Convivencia y el Proyecto Educativo Institucional, y a sugerir a través del gobierno escolar y por escrito, algunas posibles modificaciones.

TÍTULO 2DEBERES DEL ESTUDIANTE

ARTÍCULO 39. En el Aspecto General son deberes del estudiante, los siguientes:

A. Conocer, acatar, propiciar y favorecer el contenido y las disposiciones del presente Manual de Convivencia en el trato diario con todos los miembros de la Comunidad Educativa.

B. Reconocer, defender y respetar en los demás, los mismos derechos exigibles para el mismo, sin abusar de sus propios derechos.

C. Cumplir con las normas de cortesía y buenas costumbres.

D. Ser honesto, de recto proceder, respetuoso, amable, cordial, considerado, tolerante,

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prudente, pluralista. . . para que adquiera el derecho a ser reconocido, considerado y atendido según sus requerimientos y necesidades.

E. Utilizar un lenguaje respetuoso dentro y fuera del Colegio, manteniendo la buena imagen y prestigio del mismo.

F. Respetar el Colegio, su nombre, símbolos, principios, objetivos y esforzarse en todo momento por alcanzar el perfil establecido para el estudiante del CMB.

G. Llevar y entregar oportunamente a los padres o acudientes toda la información que envíe el Colegio.

H. Abstenerse de consumir alimentos y mascar chicles en las aulas de clase, biblioteca y durante las ceremonias especiales.

I. Abstenerse de portar, traer, distribuir o consumir estupefacientes o drogas psicotrópicas, bebidas alcohólicas y cigarrillos.

J. Está prohibido propiciar o participar en ritos satánicos y toda clase de actos que lesionen las buenas costumbres y los principios éticos y morales que identifican a la institución.

K. Abstenerse de inducir a los compañeros y otras personas a comportamientos nocivos o negativos mediante conversaciones, invitaciones o sugerencias de cualquier tipo o naturaleza.

PARÁGRAFO 2: En estos casos (I, J, K) se citará a reunión extraordinaria al Consejo Directivo para determinar la permanencia del estudiante en el CMB.

L. Para efectos de identificación presentar el carné estudiantil vigente en los actos que el CMB considere conveniente.

PARÁGRAFO 3: El carné estudiantil es el documento oficial que identifica al estudiante del CMB. Tendrá vigencia por un año escolar y su refrendación se hará en el primer mes de labores. En caso de pérdida, el estudiante deberá tramitar y pagar por la expedición del duplicado en la rectoría del Colegio la suma acordada por el Consejo Directivo.

M. Evitar llevar al Colegio elementos diferentes a los que se requieren para el desarrollo

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de las actividades, como walkman, juegos de video, celulares, discman, ipod.

PARÁGRAFO 4: El estudiante que traiga este tipo de elementos le serán decomisados y únicamente se le devolverán al padre o acudiente el día de la entrega de boletines.N. Mantener una relación estrictamente escolar con los docentes, directivos docentes y administrativos.

PARÁGRAFO 5: Está prohibido relacionarse sentimentalmente con docentes, directivos docentes y administrativos. Evitar asistir con ellos a reuniones sociales o establecimientos públicos, efectuar negocios, visitarlos o llamarlos a sus residencias, excepto en circunstancias que lo ameriten.

O. Participar puntual y responsablemente con disciplina y buen ejemplo en todas las actividades programadas por el Colegio (culturales, deportivas, religiosas, democráticas y extracurriculares), cumplir responsablemente con las funciones a las que se comprometa y únicamente cuando sea designado para tal fin.

P. Propender por el logro de una sana convivencia y ser solidario en caso de calamidades, dificultades o accidentes que puedan presentarse, y colaborar para su debida solución.

Q. Participar activamente en campañas que promuevan la defensa, preservación, reforestación y utilización adecuada de los recursos naturales y del medio ambiente.

R. Abstenerse en lo posible de fijar citas médicas y compromisos sociales dentro de las horas de clase, así como de tomar tiempo del año lectivo para periodos extras de vacaciones, perjudicando la disciplina y el rendimiento académico.

PARÁGRAFO 6: Para solicitar permisos de citas médicas o salidas dentro de la horas de clase, éstas deberán ser enviadas por escrito con tres días de anticipación (salvo calamidad doméstica), firmadas por los padres o acudientes. En caso de calamidad el estudiante deberá presentar excusa firmada por los padres o acudientes al día siguiente.

S. Presentar al monitor(a), coordinador o rector(a) un permiso firmado por los padres, tanto para ausentarse del Colegio como para poder asistir a las diferentes actividades curriculares y extracurriculares, programadas por el Colegio. El permiso debe explicitar quien recoge al estudiante, aclarando su autorización.

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T. En caso de ausencia presentar excusa escrita, firmada por los padres o acudientes y justificada ante el Colegio, y en caso de enfermedad traer certificado médico.

PARÁGRAFO 7: Sólo con estas excusas es permitido presentar trabajos o evaluaciones, siempre y cuando sea dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la ausencia. Es responsabilidad del estudiante buscar la orientación del profesor y cumplir con todo aquello que se realizó durante la ausencia. El Colegio se reserva el derecho de aceptar la excusa como justificación.

ARTÍCULO 40. En el Aspecto de Presentación Personal el estudiante debe:

A. Llevar siempre con orgullo, pulcritud, dignidad, orden y respeto el uniforme de Colegio dentro y fuera de la institución.

B. Portar el uniforme en forma completa y correcta.

PARÁGRAFO 8: El uniforme de diario consta de:

· PREESCOLAR: Niños: overol pana azul, buso azul, media blanca y zapatos negros. Niñas: overol pana azul, buso rosado, media blanca y zapatos negros.

· PRIMARIA Y SECUNDARIA: Hombres: pantalón gallineto azul oscuro, buso blanco, chaleco rojo, media blanca y zapatos negros. Mujeres: falda gallineto azul oscuro, buso blanco, chaleco rojo, media blanca y zapatos negros.

UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES:

Tanto para damas como para caballeros y en todos los niveles el uniforme consiste en: buso de sudadera color azul con escudo del colegio, con líneas roja y blanca en mangas; pantalón de sudadera color azul, con línea blanca diagonal en el lado derecho; tenis blancos; medias blancas; camiseta blanca con el escudo del colegio y pantaloneta azul con aplicaciones blanca y roja.

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NOTA 1: El CMB ha confeccionado una chaqueta, con el escudo del Colegio bordado en la espalda y en el pecho (lado izquierdo), con franjas blancas y rojas en las mangas, la cual no es de carácter obligatorio.

NOTA 2: Las niñas pueden utilizar en el cabello artes pequeños y sencillos que armonicen con el uniforme.

NOTA 3: Se recomienda que todas las prendas del uniforme estén debidamente marcadas en sitio visible para evitar pérdidas y confusiones. El Colegio no puede responder por la pérdida y mal uso que hagan de él, ya que es responsabilidad de los estudiantes el cuidado y orden del mismo.

C. Embetunar los zapatos de diario y usarlos en buen estado.

D. Presentarse con los tenis limpios y usarlos únicamente con el uniforme de educación física.

PARÁGRAFO 9: Todo estudiante uniformado (a) representa al CMB, por eso los dos uniformes (Diario y Deportes) deben usarse en forma completa, mantenerlos en buen estado y utilizando el diseño exclusivo de la institución. No pueden usarse prendas parecidas, ni sustituir ninguna; tampoco llevar al Colegio bufandas, cachuchas, gorros o chaquetas diferentes a las del Colegio.

En caso de no presentarse con el uniforme que corresponda a la fecha que estipule el Colegio, debe dirigirse al Coordinador al iniciar la jornada y solicitar la autorización respectiva. Si vencido el plazo y en caso de no presentarse con el uniforme completo o con el que no corresponda al horario, el estudiante no podrá ingresar a clases hasta que se presente como lo estipula el presente Manual de Convivencia.

PARÁGRAFO 10: Los caballeros deben mantener el cabello bien peinado y corto. No se permite el cabello parado, despeinado o largo. Deben evitar el uso de piercing, stickers, tatuajes, aretes o accesorios que no correspondan al porte del uniforme. Las damas deben portar su cabello preferiblemente recogido y sin utilizar peinados raros, portar la falda tres (3) centímetros arriba de la rodilla, evitar utilizar esmaltes y maquillaje extravagantes, y adornos, piercing, stickers o joyas.

E. Practicar diariamente hábitos de higiene personal que dignifiquen y propendan por el bienestar propio y colectivo.

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ARTÍCULO 41. En el Aspecto de Comportamiento el estudiante debe:

A. Asistir puntualmente al Colegio de acuerdo al horario estipulado: de lunes a viernes, entrada 7:00 a. m. y salida 1:00 p. m.

B. Permanecer y entrar oportunamente en el Colegio durante el tiempo establecido en el horario de clases y en los horarios y lugares fijados para el desarrollo de actividades extracurriculares.

C. Presentarse al Coordinador cuando llegue tarde e ingresar al salón al siguiente cambio de clase, toda vez que haya suministrado al coordinador sus datos, el tiempo y el motivo de retardo.

PARÁGRAFO 11: Si el estudiante acumula tres retardos consecutivos no justificados por el padre de familia o acudiente en un mismo mes calendario, al siguiente día debe presentarse con sus padres o acudientes, para establecer una solución a sus retardos, ya que la reincidencia se tomará como falta grave.

D. Presentar las excusas en hoja tamaño carta y con normas Icontec, al día siguiente de la ausencia, firmada por los padres o acudientes, mencionando el nombre completo del mismo, el curso, la fecha de su ausencia, la razón y justificación de la misma. En caso contrario, el estudiante deberá presentarse con sus padres o acudientes al día siguiente.

E. Evitar salir de los salones durante las horas de clase a no ser que tenga permiso por un docente o directivo.

PARÁGRAFO 12: Los estudiantes encontrados fuera del salón de clase deben pasar a coordinación para justificar su proceder. En caso de que no tenga ninguna razón válida se le sancionará como falta grave. En caso de reincidencia (máxima tres veces en el mismo mes) la falta se convertirá en muy grave.

F. Acatar y cumplir cabalmente con las disposiciones previstas en este Manual, así como también con las circulares y orientaciones dadas por las distintas instancias de Colegio.

G. Emplear, cuidar y mantener adecuadamente los muebles, enseres, biblioteca, sala de informática, implementos deportivos, material didáctico, material de laboratorio, lo mismo que las instalaciones con todos sus bienes físicos y naturales; en consideración a que son bienes de uso común de la institución.

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H. Hacerse responsable cuando haga un daño, ya sea voluntario o involuntario, y comunicar inmediatamente al coordinador para repararlo o en su defecto, reponerlo.

I. Entregar al final del año lectivo, al monitor (a) o al coordinador, el pupitre y demás bienes encomendados, en óptimas condiciones; de lo contrario aportar el costo respectivo para su reparación o reposición.

J. Comunicar o denunciar oportunamente las situaciones anómalas que atenten contra el bienestar del Colegio, seguir el conducto regular y velar por su propia seguridad y por la de los demás miembros de la comunidad educativa.

K. Evitar decir apodos o hacer burlas y bromas de mal gusto que entorpezcan las buenas relaciones y atenten contra la integridad personal.

L. Levantarse del puesto corriendo la silla sin hacer ruido, para saludar a los directivos, docentes o alguna otra persona que visite el aula.

M. Guardar silencio y orden en las clases, evitando interrumpir a profesores y estudiantes de otros grados.

N. Pagar o reponer en el plazo máximo de cinco días hábiles cualquier tipo de daño a equipos, materiales, libros, etc., propios del colegio o de sus compañeros.

PARÁGRAFO 13: En caso de no responder por los daños causados dentro del plazo dado al estudiante, deberá presentar compromiso escrito de los padres o acudientes, fijando la fecha en la cual se cancelará la deuda.

O. Participar con responsabilidad en los procesos democráticos de la vida escolar.

P. Entregar al Coordinador del Colegio todo objeto que encuentre y no le pertenezca.

Q. Participar activa y responsablemente en el programa de prevención de desastres que el Colegio planee.

R. Evitar permanecer en el salón de clase durante el tiempo de descanso, en formaciones o en actividades que no requieren su permanencia.

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S. Atender de buena manera las sugerencias y observaciones recomendadas por sus profesores, aún de aquellos que no le den clase.

T. Evitar arrojar basura al piso y colaborar en las campañas de aseo en las aulas, zonas de recreación, cancha deportiva, restaurante, laboratorio, biblioteca y demás instalaciones.

U. Respetar los útiles y elementos de los compañeros o de cualquier persona de la institución, y devolver y tratar con delicadeza los objetos que le presten.

V. Prevenir y evitar accidentes, especialmente en el laboratorio, en los juegos, en el deporte, en prácticas educativas, en campamentos, etc.

ARTÍCULO 42: En el Aspecto Académico el estudiante debe:

A. Proveerse oportunamente de los útiles e implementos necesarios para las actividades académicas, culturales, recreativas, religiosas y deportivas.

B. Participar activamente en el desarrollo de las clases y cumplir con los requisitos académicos, procurando alcanzar cada vez mayor rendimiento en cada una de las asignaturas, áreas y procesos de desarrollo, mediante la investigación, profundización y el ejercicio permanente.

C. Adquirir, cuidar y llevar a clases los materiales indispensables para el éxito del trabajo escolar.

D. Representar responsablemente al Colegio en las actividades extracurriculares, ya sean artísticas, deportivas o culturales y cumplir con las horas de entrenamiento, ensayo y prácticas de acuerdo al compromiso adquirido.

E. Permanecer en el Colegio durante el horario establecido para el desarrollo de las actividades programadas, salvo fuerza mayor o caso fortuito.

F. Superarse a sí mismo aprovechando al máximo todas sus capacidades, habilidades, talentos y potencialidades.

G. Cultivar la honradez intelectual, evitando el fraude.

H. Cumplir con las tareas escolares, trabajos y evaluaciones, esforzándose por alcanzar la totalidad de los logros propuestos.

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TÍTULO 3DE LAS PROHIBICIONES

ARTÍCULO 43. Para contribuir al logro de los objetivos institucionales y la buena marcha del plantel educativo, a los estudiantes les está prohibido:

1) La participación en actos delictivos o en actos que atenten contra el bienestar y la seguridad de la comunidad educativa.

2) Propiciar, promover o participar en peleas, grescas o riñas en las instalaciones del Colegio, fuera de él, en los buses o durante actividades curriculares o extracurriculares.

3) Portar, consumir, distribuir o incitar a otros dentro del establecimiento o su alrededores, el uso de bebidas alcohólicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

4) Llevar o fumar cigarrillos en el CMB o durante el trayecto del Colegio a la casa y viceversa.

5) Comercializar cualquier tipo de artículos comestibles y hacer apuestas o juegos de azar con carácter lucrativo.

6) Sustraer, adulterar o falsificar documentos tales como evaluaciones, informes, boletines, calificaciones y otros exigidos para la matrícula.

7) Realizar fraude en evaluaciones y actividades escolares, lo mismo que la suplantación de nombres.

8) Peinados no apropiados para el Colegio, uso de gel para peinados modernos, cabello largo (en los hombres); maquillaje fuerte, sombras de colores, pestañinas, labiales extravagantes, con escarcha, lazos, moños, (en las mujeres) no acordes con el Manual y Filosofía del Colegio.

9) Realizar actividades de recaudación de fondos sin autorización de las Directivas del Colegio.

10) Relaciones sentimentales que atenten contra la moral y la honra de las personas que

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integran la comunidad educativa.

PARÁGRAFO 14: Las relaciones sentimentales en la Institución deberán estar dentro del marco del respeto y los valores que la Institución busca, cualquier situación que vaya en contravía con los principios del Colegio serán de análisis para determinar la conveniencia del mismo.

PARÁGRAFO 15: Por considerarse el embarazo un estado especial no común dentro de las estudiantes del CMB, la estudiante que quede en estado de gestación en el transcurso del año escolar deberá informar una vez tenga conocimiento de tal estado al monitor (a), quien debe informar a los Directivos del Colegio para que conjuntamente con sus padres o acudientes señalen las recomendaciones a seguir y de esta manera, pueda continuar con sus actividad académica.

11) Escribir, rayar, dibujar, pintar en los pupitres, sillas, escritorios, buses y en las paredes de los baños, salones y demás lugares que no sean apropiados para hacerlo.

12) Llevar al Colegio publicaciones indecorosas (libros, revistas, pasquines, periódicos, folletos, etc.), o elementos similares que atenten contra la moral, la dignidad y las buenas costumbres de las personas.

13) Circular, vender o adquirir publicaciones señaladas en el inciso anterior.

14) Participar, inducir, encubrir o fomentar prácticas satánicas.

15) Salir o entrar a las instalaciones del Colegio por lugares no permitidos.

16) Difamar, calumniar o atentar contra la dignidad y honra de los miembros de la comunidad educativa, lo mismo que denigrar del CMB.

17) Decir apodos o utilizar vocabulario grosero, soez o vulgar.

18) Portar o usar cualquier tipo de arma blanca, de fuego o cualquier otra que ponga en peligro la vida o la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

19) Apropiarse o tomar cualquier clase de objeto (útiles escolares, cuadernos, libros, dinero, loncheras, comestibles, etc.) de cualquier integrante de la comunidad educativa o propios del CMB.

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20) Traer implementos deportivos, musicales o demás elementos costosos que no sean solicitados por el Colegio.

21) Jugar en el aula, en patios o en corredores u organizar juegos o actividades que incomoden el normal desempeño de las clases.

22) Hacer uso de objetos que interfieran el trabajo escolar o que puedan causar perjuicios comunes.

23) Prestarse objetos de uso personal (tenis, zapatos, faldas, chaquetas).

24) Ingresar al salón de clases sin la debida autorización.

25) Subirse a marcos, tableros deportivos, árboles, tejados, muros para bajar balones u otros objetos que hayan caído en ellos.

PARÁGRAFO 16: Lo anterior lo realizará el Celador, el docente encargado de la disciplina o en su defecto el Coordinador del Colegio.

26) Suplantar a padres de familia o acudientes en firmas o en la expedición de excusas y permisos.

27) Hacer uso inadecuado de los baños del Colegio (entrar al baño que no corresponde, hacer visita dentro de él, escribir en las paredes, dejar sucios los inodoros y lavamanos o hacer las necesidades fuera de los lugares adecuados para tal efecto).

28) Destruir los bienes sociales y materiales pertenecientes al CMB.

29) Acusar a un compañero como autor de una falta que no ha cometido o en cuya ejecución no ha participado.

30) Declararse autor de una falta que no ha cometido o un cuya ejecución no ha participado.

31) Tratar de cualquier manera de favorecer al responsable cuando se sabe de la comisión de la falta.

32) Faltar a la verdad o callarla total o parcialmente cuando se participa como testigo

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durante un proceso disciplinario o una verificación.

33) Hacer justicia por sí mismo cuando se defienda un derecho.

34) Toda conducta violatoria de la disciplina y moral exigida por el Colegio o cualquier otra conducta que constituya contravención o infracción penal según la legislación colombiana.

TÍTULO 4DE LOS ESTÍMULOS

ARTÍCULO 44. El CMB es consciente de reconocer, valorar, estimular y premiar a los estudiantes que se destaquen tanto en su rendimiento académico como en su comportamiento, además de sobresalir en cualquier actividad curricular y extracurricular. Por lo tanto, los estímulos que pueden merecer los estudiantes son:

1. Felicitaciones verbales o escritas en privado o ante la Comunidad Educativa.

2. Reconocimiento público, izada de bandera y entrega de tarjetas de excelencia para los estudiantes que finalizado cada uno de los periodos académicos se hayan distinguido por su buen rendimiento académico y su buen comportamiento en cada uno de los grados.

3. Exoneración en el pago de la matrícula, toda vez que ocupe el primer puesto al finalizar el año escolar.

4. Ser elegido representante del curso ante un comité de participación.

5. Ser elegido mediante proceso democrático Personero de los estudiantes o conformar el Consejo Estudiantil.

6. Felicitaciones en el cuaderno de registro.

7. Ser elegido monitor de asignatura o área en el grupo a que pertenezca.

8. Recibir reconocimiento verbal o escrito por su participación en eventos culturales, deportivos, recreativos, de servicio social, participación académica o cultural o de cualquier evento que proyecte la imagen positiva y el prestigio del CMB.

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9. Ser proclamado al término del año escolar como el mejor estudiante de la promoción en cada uno de los niveles (preescolar, primaria, secundaria y media vocacional) por haberse destacado en aspectos como: Excelencia Académica, mejor prueba Saber ICFES, liderazgo, entre otros; acto que se realizará mediante resolución en la clausura o en la Ceremonia de Graduación.

10. Publicación o exhibición de sus trabajos artísticos e intelectuales.

11. Eximir de la presentación de las evaluaciones académicas.

12. Derecho a trofeos, condecoraciones, medallas, premios y menciones honoríficas.

13. Derecho a mención especial por antigüedad, perseverancia o sentido de pertenencia.

14. Representar al CMB en eventos especiales.

15. Demás estímulos que a consideración del Consejo Académico y Consejo Directivo sean necesarios.

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TÍTULO 1DE LAS FALTAS

ARTÍCULO 45. Se consideran faltas los incumplimientos por parte del estudiante de los deberes o las violaciones a las prohibiciones consagradas en este Manual.

PARÁGRAFO 1: Generalidades: El Régimen Disciplinario es de naturaleza administrativa y está diseñado con el fin de garantizar los derechos y los deberes de los estudiantes, cuyo objetivo es la formación integral de los mismos a través de la orientación y los correctivos necesarios cuando éstos haya incurrido en una falta.

A la primera falta el docente hará llamado de atención verbal al estudiante.

A la segunda falta el docente hará anotación en el cuaderno de registro y le informará tanto al monitor (a) de grupo como al coordinador.

A la tercera falta se hará nuevamente anotación en el cuaderno de registro y se remitirá al estudiante directamente al coordinador, quien le asignará un trabajo de acuerdo a la falta cometida.

A la cuarta falta se hará anotación en el cuaderno de registro, previo aviso al coordinador, quien citará al padre de familia o acudiente y se llevará el caso al Consejo Directivo para determinar la permanencia del estudiante en la institución.

Los casos de estudiantes que tengan condicionamiento disciplinario y reincumplan serán sometidos al Consejo Directivo para determinar su permanencia en la institución.

ARTÍCULO 46. Clasificación de las Faltas: Las faltas disciplinarias para efecto de las sanciones se imponen según su naturaleza, consecuencias, modalidades y circunstancias, teniendo en cuenta los motivos determinantes y los antecedentes del hecho; las cuales se clasifican como leves, graves y muy graves.

PARÁGRAFO 2: Son consideradas faltas leves el incumplimiento de los deberes consagrados en este Manual.

Capítulo VIII - Proceso disciplinario de las faltas y sanciones

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PARÁGRAFO 3: Son consideradas faltas graves la reincidencia en faltas leves, es decir que los estudiantes incumplan de manera reiterada los deberes consagrados en este Manual.

PARÁGRAFO 4: Son consideradas faltas muy graves el incumplimiento o las violaciones de las prohibiciones.

ARTÍCULO 47. Para calificar la gravedad de la falta debe tenerse en cuenta los siguientes parámetros:

1. La naturaleza de la falta y sus efectos: Esto se apreciará si ha producido perjuicio de sí mismo o a terceros.

2. Las modalidades y circunstancias de los hechos: Se aprecia teniendo en cuenta el grado de participación y las circunstancias de la falta; además de la existencia de circunstancias de agravación, atenuación o exoneración.

PARÁGRAFO 5: Causales de Atenuación: Se consideran como causales que inciden en la atenuación de la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y por ende, en la sanción a imponer las siguientes:

a. La edad, desarrollo mental, psicoafectivo y volitivo, sus circunstancias personales, familiares y sociales.

b. Haber observado buena conducta y disciplina anterior a la ejecución de la falta.

c. Reconocer y confesar la falta oportunamente.

d. Cuando procura por iniciativa propia resarcir el daño o compensar el perjuicio caudado antes de iniciarse el respectivo proceso.

PARÁGRAFO 6: Causales de Agravación: Se consideran causales de agravación las que inciden en la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante, y por ende, en la sanción a imponer, las siguientes:

a. La reincidencia en la ejecución de la falta que dio lugar a una sanción disciplinaria dentro del mismo año escolar.

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b. La realización del hecho en complicidad con integrantes de la Comunidad Educativa.

c. Cometer la falta aprovechado la confianza depositada en el actor por docentes, directivos, personal administrativo y compañeros (as).

d. Cometer la falta para ocultar, rehuir la responsabilidad y atribuírsela a otro(a), el efecto perturbador o nocivo que la conducta produzca en la Comunidad Educativa.

e. Emplear en la ejecución del hecho un medio cuyo uso puede generar peligro común.

f. Haber preparado ponderadamente la falta con complicidad de otras personas.

g. La manifestación clara e inequívoca de obrar de mala fe, o la voluntad de querer causar daño.

h. Cometer el hecho con intervención de compañeros (as) menores del autor o de curso académico menor.

PARÁGRAFO 7: Causales de Exoneración: Se consideran causales que inciden en la exoneración de la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y, por ende, no habría sanción a imponer, las siguientes:

a. Haber sido inducido y obligado por un superior a cometer la falta.

b. Haber procedido por móviles nobles o altruistas.

Sin embargo, la exoneración de la sanción no exime al actor en sufragar los gastos ocasionados por su conducta.

TÍTULO 2DE LAS SANCIONES

ARTÍCULO 48. La convivencia pacífica implica el cumplimiento de las normas y valores que contribuyen a estructurar la personalidad del estudiante, por tanto, la sanción tendrá primordialmente un carácter pedagógico para inducir al estudiante a la reflexión y al cambio, con relación a comportamientos presentados dentro del Colegio o en actividades que estén representando la institución, hasta lograr una perfecta adaptación como estudiante y como

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persona social. Para tal efecto, frente a la ocurrencia de un hecho que constituya falta leve, grave o muy grave se impondrá por la instancia competente alguna de las medidas correctivas o sancionadoras siguientes.

A. PARA FALTAS LEVES:

1) Llamado de atención verbal y observación detallada de las implicaciones de su conducta.

2) Llamado de atención por escrito en el Cuaderno de Registro.

B. PARA FALTAS GRAVES:

1) Llamado de atención por escrito en el Cuaderno de Registro y citación a los padres de familia o acudientes, quienes firmarán dicho llamado de atención.

2) De acuerdo a los motivos determinantes de la conducta del estudiante se firmará un Acta de Compromiso, la que deberá ser acatada en todas sus partes por el estudiante y los padres de familia o acudientes, la cual contendrá las medidas preventivas o correctivas que en caso de ser infringidas constituirán falta muy grave.

3) Marginamiento del estudiante de las actividades curriculares o extracurriculares por un tiempo que no excederá de tres (3) días, tiempo que el estudiante deberá emplear en reflexionar sobre su conducta y en darse cuenta cómo ésta lo afecta personalmente y al grupo. De esta situación quedará constancia por escrito en el Cuaderno de Registro y en el acta respectiva, la que será firmada por los padres de familia o acudientes.

C. PARA FALTAS MUY GRAVES:

1) Matrícula Condicional: Aquella que se realiza o se renueva bajo la condición o compromiso de carácter académico o disciplinario, dará lugar a la no renovación de la matrícula para el siguiente año lectivo o la cancelación de la misma en el periodo actual.

2) Cancelación de la Matrícula: Cuando agotados los procedimientos anteriores el estudiante persiste en las faltas contempladas en este Manual y previo análisis por parte del Consejo Académico y Consejo Directivo, se concluye que la conducta del estudiante afecta las buenas costumbres de la Comunidad Educativa, además de los

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criterios señalados en el Artículo 8 del presente Manual.

ARTÍCULO 49. De acuerdo a la naturaleza o el lugar de los hechos, podrá tenerse en cuenta las faltas cometidas por los estudiantes fuera del establecimiento.

ARTÍCULO 50. El estudiante que termine un año escolar con matricula condicional, podrá ser matriculado de manera regular en un próximo año, sin embargo, la sanción constará en su hoja de vida para el seguimiento respectivo.

ARTÍCULO 51. Procedimiento Especial para casos No contemplados en este Manual: Los hechos no contemplados por las normas establecidas en este Manual de Convivencia serán objeto de análisis especial por parte de una Comisión conformada por las personas implicadas, el Coordinador, el (la) monitor(a), Personero estudiantil, Consejo Académico y Consejo Directivo, quienes determinarán la gravedad de la falta y la sanción correspondiente.

ARTÍCULO 52. Si la falta es de tal gravedad que causa CONMOCIÓN y RECHAZO generalizado de la comunidad educativa y si repercute a la opinión pública, con mayor razón, podrá ser considerada como muy grave y suficiente causal para excluir al estudiante responsable o para negarle el cupo en un nuevo año escolar.

ARTÍCULO 53. Aún siendo las faltas leves o graves, si el estudiante las comete de manera constante o reiterada de acuerdo a lo consignado en el Cuaderno de Registro y en el seguimiento del Coordinador o el (la) monitor(a) del respectivo curso, podrán ser causales suficientes para sancionar al estudiante responsable, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 48, con suspensión hasta por tres (3) días, matrícula condicional, negación del cupo para un nuevo año escolar o con exclusión del establecimiento, porque. . . “Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, de allí no se puede colegir que el establecimiento esté obligado a mantener INDEFINIDAMENTE entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconozca las directrices disciplinarias y quebrante el orden impuesto por el Manual de Convivencia, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la Institución en que se forma, REPRESENTAN ABUSO DEL DERECHO en cuanto CAUSAN PERJUICIO A LA COMUNIDAD EDUCATIVA E IMPIDEN AL COLEGIO ALCANZAR LOS FINES QUE LE SON PROPIOS” (Fragmento de la Sentencia T519 de 1992 Corte Constitucional).

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TÍTULO 3DE LAS INSTANCIAS Y LOS RECURSOS

ARTÍCULO 54. Contra cualquier sanción procederá el recurso de reposición ante la misma instancia que la impuso, el recurso de apelación ante el Consejo Directivo. El procedimiento será el siguiente:

§ El estudiante sancionado por el titular de la materia podrá apelar ante el (la) monitor(a) o ante el Coordinador, quienes conocerán del caso en prevención.

§ El estudiante sancionado por el (la) monitor(a) puede apelar ante el Coordinador o ante el (la) rector(a), quienes conocerán del caso en prevención.

§ El estudiante sancionado por el Coordinador y el (la) Rector(a) podrá apelar ante el Consejo Directivo.

Las anteriores sanciones, además tendrán el recurso de reposición, a manera de conciliación, ante la misma instancia que la impuso.

PARÁGRAFO 8: El estudiante que considere no justa la sanción tomada por la instancia que resolvió la apelación, podrá acudir ante el Consejo Directivo, quien, en revisión podrá modificar, derogar o ratificar la sanción, sin que pueda en ningún caso agravarla. Las decisiones del Consejo Directivo solo tienen recurso de reposición ante el mismo organismo; sin embargo, el estudiante que no esté de acuerdo con las decisiones tomadas por el Consejo Directivo podrá acudir ante las autoridades de Educación respectivas.

PARÁGRAFO 9: Las sanciones podrán ser impugnadas por el estudiante afectado, el padre de familia, acudiente o quien haya firmado la matrícula o por el Personero de los estudiantes o también por cualquier persona que muestre interés en el caso, quienes intervendrán de oficio o petición.

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TÍTULO 4DE LAS COMPETENCIAS

ARTÍCULO 55. El titular de la materia será competente para conocer de las faltas leves, en lo relacionado a su clase. Solamente podrá sancionar con llamada de atención al estudiante responsable y dará consejos positivos que mejoren su comportamiento o disciplina. Estos conceptos deberá tenerlos en cuenta el profesor al hacer la evaluación integral del estudiante con relación a su asignatura, al finalizar el periodo respectivo.

ARTÍCULO 56. El (la) monitor(a) tiene competencia para conocer las faltas leves, en lo relacionado con los estudiantes del curso que dirige. Solamente podrá sancionar con llamados de atención y dando conceptos que afecten positivamente el comportamiento o la disciplina del estudiante responsable.

PARÁGRAFO 10: En todo caso los profesores deberán ser justos en sus conceptos teniendo en cuenta las normas rectoras y los derechos del estudiante contemplados en este Manual y los demás derechos que le son inherentes como persona y como estudiante.

ARTÍCULO 57. El coordinador y el (la) Rector(a) son competentes para conocer de las faltas graves y muy graves y de las faltas leves cuando son reiteradas. Deben actuar en conjunto durante el proceso disciplinario y para la sanción. Pueden sancionar con suspensión hasta por tres (3) días, matrícula condicional y con la no proclamación en el acto de graduación del estudiante de último grado.

PARÁGRAFO 11: El (la) Rector(a) y el Coordinador resolverán a prevención los casos de apelación a sanciones impuestas por la instancia anterior.

ARTÍCULO 58. El Consejo Directivo es competente para conocer de las faltas cometidas por los estudiantes que puedan conllevar exclusión del establecimiento o negación del cupo para un nuevo año escolar. Además, podrá sancionar con matrícula condicional.

ARTÍCULO 59. Cuando no se sabe que el estudiante cometió la falta que se la considera grave o muy grave, corresponde al Coordinador y al Rector(a) empezar la investigación, con la colaboración de la instancia y estamento que consideren necesario y si es identificado el estudiante responsable, seguirá el proceso disciplinario respectivo.

PARÁGRAFO 12: Se entiende que un estudiante está suspendido cuando no puede asistir a clases regulares.

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Preescolar - Primaria - Bachillerato. Instalaciones:

San Fernando vía a Cabrera Cel. 317-8943349 / 318-8217739 San Juan de Pasto - Nariño

Email: [email protected] www.colegiomusicalbritanico.edu.co

Res. de Aprobacion: 326 del 1 de Julio de 1997Nit.900096093-1

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