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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ”MIA para la Operación de la Universidad del Caribe para las Etapas 1, 2, 3 y 4” PROMOVENTE: Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo CONSULTOR: Planeación Ambiental de Proyectos en Desarrollo, S.C. Abril de 2009

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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

”MIA para la Operación de la Universidad del Caribe para las Etapas 1, 2, 3 y 4”

PROMOVENTE:

Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo

CONSULTOR:

Planeación Ambiental de Proyectos en Desarrollo, S.C.

Abril de 2009

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Promovente: Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo. Consultor: Planeación Ambiental de Proyectos en Desarrollo, S.C.

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Índice

Página.

I.  DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ........................................ 2 

I.1  Proyecto ................................................................................................................ 2 

I.1.1 Nombre del proyecto .......................................................................................... 2 

I.1.2 Ubicación del proyecto ....................................................................................... 2 

I.1.3 Tiempo de vida útil del proyecto ........................................................................ 2 

I.1.4 Documentación legal ......................................................................................... 2 

I.2.   Promovente ........................................................................................................ 3 

I.2.1. Nombre o razón social ...................................................................................... 3 

I.2.2. Registro Federal de Causantes (RFC) .............................................................. 3 

I.2.3. Nombre del representante legal ........................................................................ 3 

I.2.4. Dirección del promovente para recibir u oír notificaciones ................................ 3 

I.3 Responsable de la elaboración del estudio de impacto ambiental ........................... 3 

I.3.1. Nombre o razón social ...................................................................................... 3 

I.3.2. Nombre del responsable técnico y ejecutor de las medidas de prevención, mitigación y medidas de urgente aplicación .............................................................. 3 

I.3.3. Dirección del responsable del estudio de impacto ambiental ........................... 3 

II.  DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ............................................................................. 5 

II.1  Información general del proyecto ....................................................................... 5 

II.1.1  Naturaleza del proyecto ................................................................................ 5 

II.1.2  Selección del sitio ...................................................................................... 11 

II.1.3  Ubicación física del proyecto y planos de localización ............................... 11 

II.1.4.  Inversión requerida ..................................................................................... 14 

II.1.5 Dimensiones del proyecto ............................................................................... 14 

II.1.6 Uso actual de suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias ............................................................................................................. 14 

II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos ......................... 15 

II.2 Programa general de trabajo ................................................................................ 15 

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II.2.1 Programa ........................................................................................................ 15 

II.2.2. Preparación del sitio ...................................................................................... 16 

II.2.3 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto ...................... 16 

II.2.4 Etapa de operación y mantenimiento .............................................................. 17 

II.2.5 Descripción de obras asociadas al proyecto .................................................. 18 

II.2.6 Etapa de abandono del sitio ........................................................................... 18 

II.2.7 Utilización de explosivos ................................................................................. 18 

II.2.8 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la atmósfera ............................................................................................................. 19 

II.2.9  Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos . 19 

I.2.10  Materiales y sustancias .............................................................................. 19 

III.  VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN SOBRE USO DEL SUELO. .......................................................................................................................... 22 

III.1 Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente ........................... 22 

III.2 Reglamento de la a Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Impacto Ambiental ............................................................... 23 

III.3 Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo .............................................................................................................. 24 

III.4 Cumplimiento a los lineamientos y criterios establecidos en los planes y programas de Desarrollo Urbanos estatales y municipales. ....................................... 42 

III.5 Áreas Naturales Protegidas y Programas de Manejo .......................................... 43 

III.6 Concordancias de las actividades del proyecto con las Normas Oficiales Mexicanas. .................................................................................................................. 43 

IV.  DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO ................................................................................................................... 52 

IV.1 Delimitación del área de estudio ......................................................................... 52 

IV.2 Caracterización y análisis del sistema ambiental ................................................. 53 

IV.2.1 Aspectos abióticos ......................................................................................... 53 

IV.2.2 Aspectos bióticos ........................................................................................... 63 

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IV.2.3 Paisaje .......................................................................................................... 67 

IV.2.4. Medio socioeconómico ................................................................................. 68 

V.  IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES ............................................................................................................. 77 

V.1 Metodología para evaluar los impactos ambientales ............................................ 77 

V.2 Lista de indicadores de impactos generados ........................................................ 83 

V.3 Caracterización de impactos................................................................................. 85 

V.4 Evaluación de los impactos .................................................................................. 86 

VI.  MEDIDA PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES ............................................................................................................. 92 

VI.1 Descripción de la medida o programa de medidas de mitigación o correctivas por componente ambiental ................................................................................................ 92 

VI.2 Impactos residuales ............................................................................................. 97 

VII.  PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS ............................................................................................................ 99 

VII. 1.Pronóstico del escenario ................................................................................... 99 

VII.2 Programa de vigilancia ambiental ..................................................................... 100 

VII.3 Conclusiones .................................................................................................... 104 

VIII.  IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES ..................................................................................... 107 

VIII.1 Literatura consultada ...................................................................................... 107 

FIGURAS

Figura 1. Localización y colindancias del predio. ................................................. 12 

Figura 2. Ubicación de la Laguna Manatí y Chacmuchuch. ................................. 13 

Figura 3. Localización del predio dentro del POEL BJ......................................... 26 

Figura 4. Áreas de distribución del proyecto mostrando el área de conservación. ............................................................................................................................ 68 

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Figura 5. Crecimiento de la población del Municipio de Benito Juárez, 1980-2005. ............................................................................................................................ 68 

Figura 6. Densidad de Población del Municipio Benito Juárez, 1980-2005. ........ 69 

Figura 7. Crecimiento del Número de Viviendas, Municipio de Benito Juárez, 1980-2005. .......................................................................................................... 71 

Figura 8. Tipo de vivienda. Municipio Benito Juárez. 2005. ................................. 71 

Figura 9. Analfabetismo en el Municipio Benito Juárez, 1980 2000. ................... 73 

Figura 10. Escolaridad de la población mayor de 5 años Municipio Benito Juárez, 2005. .................................................................................................................... 73 

TABLAS

Tabla 1.- Cuadro de Construcción del Área Construida ................................... 12 

Tabla 2.- Coordenadas del Área de Conservación Ecológica .......................... 13 

Tabla 3. Superficies del proyecto. .................................................................... 14 

Tabla 4. Cronograma de trabajo para la etapa de operación y mantenimiento del proyecto. .................................................................................................... 16 

Tabla 5. Cronograma de trabajo para la etapa de operación y mantenimiento. 16 

Tabla 6. Calendario de reciclatón 2009 ............................................................ 17 

Tabla 7. Programa calendarizado de ejecución de los trabajos de operación y mantenimiento del área de conservación. ........................................................ 18 

Tabla 8. Sustancia peligrosa que se utilizará durante la operación del proyecto19 

Tabla 9. Materiales utilizados en la etapa de operación .................................. 20 

Tabla 10. Vinculación del proyecto con el POEL BJ, UGA 06. ........................ 25 

Tabla 11. Vinculación del proyecto con el POEL BJ, UGA 08. ........................ 25 

Tabla 12. Relación de especies encontradas en el área construida. ............... 63 

Tabla 13. Especies de manglar encontradas ................................................... 64 

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Tabla 14. Especies incluidas en la NOM-059-SEMARNAT-2001. ................... 65 

Tabla 15. Aves encontradas en el predio. ........................................................ 66 

Tabla 16. Distribución de población por característica de la localidad, periodo 1980-2005. ....................................................................................................... 69 

Tabla 17. Población Derechohabientes de las Instituciones de Seguridad Social, por Institución. ...................................................................................... 72 

Tabla 18. Disponibilidad de servicios públicos. Municipio Benito Juárez, 2005. ................................................................................................................ 74 

Tabla 19. Unidades de Recreación y Esparcimiento. ....................................... 75 

Tabla 20. Factores ambientales ....................................................................... 82 

Tabla 21. Matriz de interacción. ....................................................................... 85 

Tabla 22. Posibles afectaciones etapa de operación ....................................... 88 

Tabla 23. Impactos del proyecto ...................................................................... 90 

Tabla 24. Medidas preventivas y de mitigación. ............................................... 94 

Tabla 25. Impactos residuales ......................................................................... 97 

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I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

I.1 Proyecto

I.1.1 Nombre del proyecto ”MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4”

I.1.2 Ubicación del proyecto El predio se localiza en Lote 01, Manzana 01, Supermanzana 78, en el cruce de las Avenidas Bonampak y Vialidad a futuro de la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, en Quintana Roo, con las siguientes coordenadas geográficas:

El predio donde se ubica la Universidad del Caribe tiene las siguientes colindancias:

Al Norte: En un tramo de 1,029.37 metros con la Avenida en proyecto.

Al Sur: En una línea de 974.85 metros, con Vialidad.

Al Oriente: En 301.56 metros con Avenida Intermunicipal en línea quebrada.

Al poniente: En 300.50 metros, con predio de la propia Universidad y con camino al relleno sanitario de la ciudad de Cancún (Ver plano de ubicación y colindancias).

El área del predio donde se realiza la descripción ambiental del presente proyecto para la etapa de operación de la Universidad del Caribe etapas 1, 2, 3 y 4, cuenta con un superficie de 22.68 Has (226,866.51m2), de los cuales 7.3 Has (73,760.58) son del área construida, incluye el área de conservación ecológica con una superficie de 15.31 Has (153,105.93m2), de la superficie total del predio de la Universidad que es de 284,733.00 m2.

I.1.3 Tiempo de vida útil del proyecto La presente manifestación de impacto ambiental para la etapa de operación tendrá una vida útil de 50 años con la aplicación del mantenimiento regular a las instalaciones, se prevé que se puede solicitar una prórroga al término del periodo normal.

I.1.4 Documentación legal El presente proyecto es promovido por el Gobierno del Estado a través de la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo, representado por el Lic. Rubén Ortíz Luís (Ver sección de Anexos). El predio donde se construyó el proyecto fue adquirido mediante la orden de ocupación provisional de fecha 2 de agosto del 2001, emitida por el

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Instituto de Vivienda del Estado de Quintana Roo (INVIQROO), que refiere la posesión física de un predio con superficie de 284,733.00 m2 (Ver sección de Anexos).

I.2. Promovente

I.2.1. Nombre o razón social Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo.

I.2.2. Registro Federal de Causantes (RFC) CIE980314HU5

I.2.3. Nombre del representante legal

I.2.4. Dirección del promovente para recibir u oír notificaciones

I.3 Responsable de la elaboración del estudio de impacto ambiental

I.3.1. Nombre o razón social Planeación Ambiental de Proyectos en Desarrollo, S.C.

I.3.2. Nombre del responsable técnico y ejecutor de las medidas de prevención, mitigación y medidas de urgente aplicación

I.3.3. Dirección del responsable del estudio de impacto ambiental

Proteccion de Datos LFTAIPG

Proteccion de Datos LFTAIPGProteccion de Datos LFTAIPG

Proteccion de Datos LFTAIPG

Proteccion de Datos LFTAIPG

Proteccion de Datos LFTAIPG

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II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

II.1 Información general del proyecto

II.1.1 Naturaleza del proyecto Antecedentes.

Con el propósito de asumir la responsabilidad de la construcción, rehabilitación, mantenimiento, equipamiento y habilitación de los espacios educativos, se crea el 13 marzo de 1998 la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo, como Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado en la Secretaria de Educación y Cultura. La Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo tiene por objeto formular conducir, normar, regular y evaluar la política de construcción, rehabilitación, mantenimiento, equipamiento y habilitación de inmuebles e instalaciones destinados al servicio de la educación en todos sus niveles en el Estado de Quintana Roo. La Comisión Estatal para la Planeación de Educación Superior, los Gobiernos Federal y Estatal, acordaron la creación de la Universidad del Caribe como respuesta a las necesidades de educación superior en la Zona Norte del Estado de Quintana Roo. Desde su fundación, realizada el 29 de septiembre del 2000, la Universidad del Caribe ha mantenido un crecimiento constante tanto en su infraestructura como en la calidad de sus servicios. En diciembre de 2008, la Secretaria de Educación Pública reconoció, la Excelencia Académica de la Universidad del Caribe, por tener el nivel 1 de los CIEES en el cien por ciento de sus programas educativos evaluables y la acreditación por organismos de la Comisión Estatal para la Planeación de Educación Superior. Objetivos • Impartir educación superior con validez oficial en sus niveles de profesional asociado,

licenciatura y posgrado. • Formar individuos con actitud científica, con amplio compromiso social, creativos, con

espíritu emprendedor, innovadores, orientados al logro y a la superación personal permanente.

• Organizar y realizar actividades de investigación en las áreas en las que ofrezca educación, atendiendo fundamentalmente los problemas estatales, regionales y nacionales.

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• Obtener servicios de asesoría técnica, capacitación e investigación, que le permitan allegarse de conocimientos y tecnologías de punta para la consolidación del desarrollo del Estado.

• Prestar servicios de asesoría técnica, capacitación e investigación a los diversos sectores de la sociedad, para establecer y realizar proyectos productivos y de desarrollo social.

Misión Formar integralmente profesionales con conocimientos, habilidades, competencias y valores socialmente significativos, que los posicionen competitivamente en su entorno; capaces de aplicar el conocimiento y la cultura para el desarrollo humano. Realizar investigación institucional y extensión universitaria relevantes, para contribuir al progreso social, económico y cultural del Estado y del País. Visión En el 2008 la Universidad del Caribe oferta seis programas educativos de profesional asociado y licenciatura, y uno de posgrado a nivel de especialización. Cuenta con planes de estudio pertinentes y actualizados en los que se forman integralmente 2,500 estudiantes mediante un modelo educativo flexible y centrado en los aprendizajes, con ambientes adecuados en función de una infraestructura física y equipamiento pertinentes. Ha diversificado sus fuentes de financiamiento y cuenta con un Sistema de Gestión de Calidad Total certificado bajo la norma ISO:900:2000 que se apoya en un Sistema Integral de Información. Por otro lado es importante señalar que la Universidad del Caribe contó con un resolutivo en Materia de Impacto Ambiental No DFQR/0056/2002, con fecha 28 de enero del 2002 donde se otorgó a la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo la autorización del proyecto. El día 20 de noviembre de 2007 la Delegación Federal de SEMARNAT emitió el oficio No 04/SGA/1462/07 mediante el cual se informo a la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo, que la autorización en Materia de Impacto Ambiental contenida en el oficio DFQR/0056/2002 de fecha 28 de enero del 2002, se extinguió de pleno derecho por expiración de plazo.

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El día 20 de agosto del año 2008 se presento ante la PROFEPA un informe anual de la etapa de operación de la Universidad del Caribe en el que se manifiesta el cumplimiento a los términos y condicionantes de impacto ambiental a los cuales quedo sujeto el desarrollo del proyecto. Posteriormente fue entregado el oficio No 04/SGA/1675/08 de fecha 21 de noviembre de 2008 emitido por la Delegación Federal de SEMARNAT en el Estado de Quintana Roo, donde señala a la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo que la operación del presente proyecto deberá ser sometido al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, a través de la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental de acuerdo a lo establecido en los artículo 30 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente y 12 de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental. Hoy en día, la Universidad del Caribe cuenta con cuatro edificios con modernas y amplias instalaciones, equipadas con laboratorios de ingeniería, cocinas, incubadora de negocios, centro de idiomas, auditorio y la biblioteca Antonio Enríquez Savignac.

Situación actual del Proyecto.

El presente proyecto consiste en la etapa de operación de la Universidad del Caribe para etapas 1, 2, 3 y 4, que cuenta con una superficie de 22.68 Has (226,866.51 m2), incluye el área de conservación ecológica con un superficie de 15.31 Has (153,105.93 m2) y 7.3 Has (73,760.58) del área construida.

Expuesto lo anterior, el presente estudio se realiza con el fin de adquirir la autorización en Materia de Impacto Ambiental para la etapa de operación del proyecto “MIA para la Operación de la Universidad del Caribe para las Etapas 1, 2, 3 y 4”.

Dichas secciones del plantel actualmente se encuentran construidas y conformadas de la siguiente manera:

EDIFICIO 1A (PRIMERA ETAPA)

Edificio que se conforma por: Planta Baja, Primer Nivel y Segundo Nivel; para dar servicio a 23 aulas, una sala demostración gastronómica, oficinas de maestros, rectoría, oficinas administrativas, terraza y dos torres de sanitarios en los tres niveles para hombres y mujeres, estacionamiento para 114 automóviles, plazoletas y andadores.

En planta baja, con una área de 2,094.34 m2, se conforma por 6 aulas para 40 alumnos, una sala de demostración gastronómica, oficina de rectoría y sala de juntas, 8 oficinas de

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administración, que incluyen sanitarios hombres y mujeres en oficinas administrativas, zona de servicio de cafetería, recepción, área secretarial, bodega de servicio, subestación, cuarto hidráulico, 4 núcleos de sanitarios de hombres y mujeres y un SITE (servidor del sistema de red de datos).

En planta primer nivel, con un área 1,638.76 m2, se conforma por 7 aulas para 40 alumnos, 12 oficinas para maestros, una sala de juntas, sanitarios hombres y mujeres, zona de servicio de cafetería, recepción, área secretarial, bodega de servicio, área secretarial y área de investigación y tutorías y 4 núcleos de sanitarios de hombres y mujeres, área de planeación institucional.

En segundo nivel, con un área de 1,132.93 m2, se conforma por 10 aulas para 40 alumnos, área de investigación y tutorías, un núcleo sanitario hombres y mujeres y terraza.

Áreas exteriores, pasillos, escaleras, plazoletas, áreas ajardinadas, y estacionamientos, para 114 autos.

La inversión requerida para el desarrollo de la primera etapa de la Universidad fue de $28,447,210.00

EDIFICIO 2B (SEGUNDA ETAPA)

Edificio, que se conforma por: Planta Baja, Primer Nivel y Segundo Nivel; para dar servicio a 20 oficinas de maestros con sanitarios hombres y mujeres, terraza, aulas, sanitarios en los tres niveles para hombres y mujeres, áreas ajardinadas, elevador, estacionamiento para 107 automóviles, plazoletas y andadores.

En planta baja, con una área de 1,496.71 m2, se conforma, aulas para 40 alumnos, oficinas de maestros, que incluyen sanitarios hombres y mujeres, zona de servicio de cafetería, recepción, área secretarial, bodega de servicio y dos salas de juntas, subestación, cuarto hidráulico y un SITE.

Un laboratorio de química, laboratorio de manufactura, proyectos, laboratorio de métodos y sala de computo 1B.

En planta primer nivel, con un 1,178.19 m2, se conforma por oficinas para maestros, una sala de juntas, que incluyen sanitarios hombres y mujeres, zona de servicio de cafetería, recepción, área secretarial, bodega de servicio, zona de servicio de cafetería, área secretarial.

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Un taller de repostería, taller de alimentos 1, taller de alimentos 2, taller de servicios, oficina chef, almacén de servicios a talleres y SITE (servidor del sistema de red de datos).

En segundo nivel, con un área de 1,212.68 m2, se conforma por 6 aulas para 40 alumnos, Sanitarios hombres y mujeres y terraza.

Cuenta con áreas exteriores, pasillos, escaleras, plazoletas, áreas ajardinadas, y estacionamientos, para 98 automóviles.

Áreas deportivas: cuenta con tres canchas de usos múltiples.

La inversión requerida para el desarrollo de la segunda etapa de la Universidad fue de $20,774, 600.00

EDIFICIO 3C (TERCERA ETAPA)

Edificio, que se conforma por: Planta Baja, Primer Nivel y Segundo Nivel; para dar servicio a 10 aulas para 40 alumnos, 6 laboratorios, 2 aulas de usos múltiples oficinas de maestros, terraza y dos torres de sanitarios en los tres niveles para hombres y mujeres, áreas ajardinadas, estacionamiento para 59 automóviles, plazoletas y andadores.

En planta baja, con una área de 1,871.37 m2, se conforma por 2 aulas teóricas para 40 alumnos, laboratorio de mecánica, laboratorio de multimedia, laboratorio de hardware y cableado, laboratorio de telemática, 16 oficinas de maestros, que incluyen sanitarios hombres y mujeres, zona de servicio de cafetería, recepción, área secretarial, bodega de servicio y una sala de juntas, subestación, cuarto hidráulico y un SITE (servidor del sistema de red de datos).

En planta primer nivel, con un área 1,472.31 m2, se conforma por 4 aulas para 40 alumnos, 12 oficinas para maestros, 1 sala de juntas, que incluyen sanitarios hombres y mujeres, zona de servicio de cafetería, recepción, área secretarial, 2 aulas de computo.

En segundo nivel, con un área de 1,087.55 m2, se conforma por 6 aulas para 40 alumnos, Sanitarios hombres y mujeres y terraza.

Áreas exteriores, pasillos, escaleras, plazoletas, áreas ajardinadas, y estacionamientos, para 59 autos.

La inversión requerida para el desarrollo de la tercera etapa de la Universidad fue de $23, 714,000.00

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EDIFICIO 4D (CUARTA ETAPA)

Edificio, que se conforma por: Planta Baja, Primer Nivel y Segundo Nivel; para dar servicio a una biblioteca, observatorios, servicio social, prácticas profesionales, y centro de auto acceso. En planta baja, con una área de 1,963.50 m2, se conforma por: Observatorios de Violencia Social y Genero, Observatorio urbano, departamento de servicio social, practicas, profesionales, área de recepción auditorio para 157 personas, sanitarios hombres y mujeres para discapacitados, rampas de acceso y accesorios. Oficina de investigación y tutorías. En planta primer nivel, con un área 1,424.10 m2, biblioteca “Enrique Savignac”, área de acervo, sala de consulta, área de lectura, procesos técnicos, área de atención y recepción, oficinas administrativas. Sala de cómputo, áreas de captura y consulta, Site (servidor del sistema de red de datos). En segundo nivel, con un área de 541.73 m2, para el SAC (Centro de autoacceso e idiomas), áreas de video, audio, áreas de conversación y de computo, de trabajo grupal. Una oficina departamental.

Puente de Edificio A y Edificio D.

Áreas exteriores, pasillos, escaleras, plazoletas, áreas ajardinadas, y Estacionamiento para 80 automóviles.

La inversión requerida para el desarrollo de la cuarta etapa de la Universidad fue de $27, 501,810.00.

La inversión total para la construcción de los cuatro edificios fue de $100, 437,620.00

Áreas de desplante de los cuatro edificios

Edificio A: 2,100m2 Edificio B: 1,485.17m2 Edificio C: 1,881. 52m2 Edificio D: 1,963.50m2

Total: 7,430.19 m2

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Como ya se menciono anteriormente se tiene contemplado el área de Conservación Ecológica con una superficie de 15.31 Has (153,105.93m2) lo que equivale al 67.49% del total del área del proyecto.

II.1.2 Selección del sitio

Las variables ambientales, económicas y sociales, constituyeron los principales criterios de selección, resaltando aspectos tales como ubicación, urbanización, servicios básicos, etc.

El criterio económico consistió en la titularidad y posesión del terreno, que reduce los costos del proyecto. La variable social fue la disponibilidad de mano de obra en la región. Otros factores considerados, consistieron en la disponibilidad de energía eléctrica y suministro de agua potable y la presencia de una red de carreteras y caminos eficientes.

Desde el punto de vista técnico operacional, se consideró que el proyecto no requiere de la aplicación de una tecnología sofisticada para su implementación, operación o bien, para el mantenimiento, por lo que esta variable interviene sobre el criterio de selección del sitio.

Cabe señalar que se contó con la autorización del proyecto, considerando el resolutivo en Materia de Impacto Ambiental No DFQR/0056/2002, con fecha 28 de enero del 2002 donde se otorga a la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo, emitido por la SEMARNAT, dicha autorización fueron para las etapas de preparación del sitio, construcción y operación.

II.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización La ubicación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4 y el área de Conservación Ecológica, se encuentran ubicados en el Lote numero 01, Manzana 01, Supermanzana 78, en el cruce de las Avenidas Bonampak y Vialidad a futuro de la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, en Quintana Roo. Se localiza en la figura siguiente.

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Figura 1. Localización y colindancias del predio.

En el anexo B2 de este estudio se incluye el plano topográfico con coordenadas UTM WGS 84 señalando los vértices del predio en comento.

Tabla 1.- Cuadro de Construcción del Área Construida

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Tabla 2.- Coordenadas del Área de Conservación Ecológica

El proyecto “MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4”, no se encuentra dentro de ninguna área natural protegida; sin embargo se encuentra cercano de las siguientes áreas naturales protegidas:

• La Región denominada Sistema Lagunar Chacmuchuch decretada como Área Natural Protegida, con la categoría de Zona sujeta a Conservación Ecológica, Refugio Estatal de Flora y Fauna, ubicada en los municipios de Benito Juárez e Isla Mujeres, Quintana Roo, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el día 9 de agosto de 1999.

• La laguna Manatí decretada como Área Natural Protegida con la categoría de Zona Sujeta a Conservación Ecológica, ubicada en los municipio de Benito Juárez e Isla Mujeres, Quintana Roo, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el día 9 de septiembre de 1999.

Figura 2. Ubicación de la Laguna Manatí y Chacmuchuch.

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II.1.4. Inversión requerida El monto de inversión requerida para el desarrollo del proyecto “MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4”, tuvo un costo total de 98.4 millones de pesos, incluyendo las acciones ambientales y las medidas de mitigación y compensación de impactos ambientales. Para el año 2009 el costo de operación será de $9, 115,699 (57.5%) y las medidas de mitigación tendrán un costo de $6, 750,000 (42.5%) lo que representa un costo total de $15, 865,699.

II.1.5 Dimensiones del proyecto

El proyecto ”MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4” que incluye el área de Conservación Ecológica se encuentra en un terreno con una superficie total de 22.68 has (226,866.51m2), en la tabla siguiente, se presentan las dimensiones del proyecto.

Tabla 3. Superficies del proyecto.

CONCEPTO M2

SUPERFICIE TOTAL

226,866.5100

SUPERFICIE DE DESPLANTE EDIFICIOS 7,425.9200

AREA DE PROTECCION A EDIFICIOS 5,387.6400

SUPERFICIE DE ESTACIONAMIENTO, TERRAZAS, ANDADORES Y CAMELLONES, AREA DEPORTIVA Y OTROS SERVICIOS

14,299.1100

SUPERFICIES DE AREAS VERDES

46,647.9100

AREA DE CONSERVACION ECOLOGICA

153,105.9300

II.1.6 Uso actual de suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias

Actualmente el predio no cuenta con un uso de suelo establecido, sin embargo fue entregado legalmente por el Gobierno del Estado a la Universidad del Caribe para la construcción de sus instalaciones, y se otorgo el permiso por parte de la Dirección General de Desarrollo Urbano del Municipio de Benito Juárez para el desarrollo del proyecto original.

Es importante mencionar que el Plan Director de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Cancún, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 12 de enero de 1993, no

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contempló a futuro el desarrollo de la Supermanzana 78, por lo que únicamente regula hasta la Supermanzana 77, en la que se han desarrollado fraccionamientos o unidades habitacionales tales como las de Corales y Tabachines. Se sabe que el Municipio ha marcado esta área como una zona para desarrollar un Plan Parcial, área en la cual se autorizó previamente y se desarrolla actualmente el proyecto. Por ello, Catastro Municipal ha lotificado dicha zona y de esta manera le asigno al predio en cuestión el lote 1, Manzana 1 de la Supermanzana 78.

El uso actual del suelo en la colindancia Norte del predio en el cual se encuentra el proyecto es urbano y protección, recayendo las obras totalmente en el uso urbano; en el límite Norte colinda con terrenos de humedal costero y más al Norte con el área natural protegida denominada Sistema Lagunar Chacmuchuch, cabe mencionar que se prevé que a futuro el límite Norte del predio colindará con una vialidad intermunicipal; al Oriente se encuentra el área natural protegida denominada Laguna Chacmuchuch; en el límite Sur colinda con una zona con uso de suelo habitacional, en donde se ubican viviendas particulares y la unida habitacional Tabachines; y en el límite Poniente, el predio colinda con terrenos de la propia Universidad y posteriormente con un camino de terracería que conduce al relleno sanitario y asentamientos irregulares, observándose también al margen de este camino viviendas particulares, así como diversos predios lotificados.

II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos

La zona donde se encuentra el proyecto cuenta con todos los servicios e infraestructura urbana básica y necesaria (el servicio de agua potable, alcantarillado y energía eléctrica).

Se cuenta con el servicio de Agua Potable y drenaje que son otorgado por la empresa Desarrollos Hidráulicos de Cancún, S.A de C.V, a través de su organismo AGUAKAN. Por otro lado se cuenta con el servicio de energía eléctrica otorgado por la Comisión Federal de Electricidad (se anexa copia de recibos de pago).

II.2 Programa general de trabajo

II.2.1 Programa

La operación del proyecto se basa en el mantenimiento de los edificios 1, 2, 3 y 4 en sus diferentes actividades, como se señala en el siguiente cronograma:

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II.2.4 Etapa de construcción

En la actualidad la Universidad del Caribe cuenta con cuatro edificios, contando con la autorización ambiental No DFQR/0056/2002 de fecha 28 de enero del 2002 emitida por SEMARNAT, por ello, no se requiere de la Etapa de Construcción.

II.2.4 Etapa de operación y mantenimiento

En esta etapa del proyecto, objeto del presente estudio, se consideraron las instalaciones de la red de drenaje municipal, ya que los residuos líquidos que se generan serán canalizados a dicha red, siendo su destino final la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales “Norte”, ubicada a escasos 400 metros del proyecto, en dirección Norte (camino al relleno sanitario); para el control de residuos sólidos, se reforzará el programa de reciclaje de basura mediante la separación de los residuos sólidos que son generados, para lo cual se elaboró y se puso en marcha el Programa Integral de Manejo de Residuos Sólidos y Líquidos (se anexa Manual de Procedimientos de Separación de Residuos Sólidos), entregando finalmente los desechos no reciclables al servicio de limpia municipal, siendo el destino final el relleno sanitario; por lo que hace a los desechos reciclables, estos serán trasladados al reciclatón que se lleva acabo mensualmente bajo la coordinación de la Dirección General de Ecología Municipal, cumpliendo así con lo indicado en la Ley para la Prevención y la Gestión Integral de Residuos del Estado de Quintana Roo.

Tabla 6. Calendario de reciclatón 2009

CALENDARIO RECICLATON 2009 Papel, cartón, plásticos (PET 1 y 2),

electrónicos y electrodomésticos 31 de Enero

28 de Febrero 28 de Marzo 25 de Abril 30 de Mayo 27 de Junio 25 de Julio

29 de Agosto 26 de Septiembre

31 de Octubre 28 de Noviembre

Nota: El reciclatón se continuará llevando a cabo el cuarto sábado de cada mes durante toda la etapa de operación.

En las áreas verdes del proyecto se controlará a las malezas y plagas, aplicando de forma manual productos químicos elaborados con piretroides sintéticos o piretrinas orgánicas, los cuales tienen un bajo rango de toxicidad y son biodegradables. En las actividades de

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jardinería y mantenimiento, se evitará el uso de plaguicidas, de acuerdo con lo expresado en el Catálogo de Plaguicidas en vigencia publicados por CICOPLAFEST (se anexan formatos de bitácoras del proyecto relativo al programa de mantenimiento de los edificios 1, 2, 3 y 4, producto de los informes anuales de operación).

Para el control de fauna nociva (mosquitos) se realizaran fumigaciones con insecticidas elaborados a partir de piretrinas. Solo en casos excepcionales se solicitará apoyo a S.E.S.A., para que sean ellos los encargados de realizar nebulizaciones, para el control de dicha fauna nociva.

De acuerdo a las necesidades se otorgara el mantenimiento requerido a las instalaciones en general, como se señala en la tabla No 7.

Tabla 7. Programa calendarizado de ejecución de los trabajos de operación y mantenimiento del área de conservación.

Por lo que se refiere al consumo de agua potable se prevé un consumo promedio mensual de 492 m3 lo que arroja un total anual de 5,907 m3

Se prevé que con el desarrollo del proyecto sean utilizados 50.85 Kw/hr por mes.

II.2.5 Descripción de obras asociadas al proyecto No se requiere de ninguna obra asociada.

II.2.6 Etapa de abandono del sitio

Dado el tipo de proyecto, no se contempla una etapa de abandono.

II.2.7 Utilización de explosivos

No aplica para esta etapa del proyecto.

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II.2.8 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la atmósfera

Durante esta etapa, se llevará a cabo la recolección y concentración de residuos, para lo cual se elaboró, poniéndose en marcha, el Manual de Procedimientos de Separación de Residuos Sólidos apegado al Sistema de Manejo Ambiental, contemplado en la Ley para la Prevención y Gestión Integral de Residuos del Estado de Quintana Roo.

Aguas Residuales

En esta etapa de operación, la cantidad de aguas residuales serán conducidas al sistema de drenaje de la ciudad (se anexa comprobantes de pago), cumpliendo con la indicación de los criterios relativos y la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

Emisiones a la atmósfera

Por lo que hace a este apartado, de acuerdo a las características del proyecto, no se emiten ni emitirán humos, gases o ruidos a la atmósfera por motivos de construcción; excepto lo referente a las cocinas (que cuentan con extractores de humos y gases) y los vehículos de los usuarios de la Universidad.

II.2.9 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos Los residuos que se generarán durante operación de la Universidad del Caribe, serán aguas residuales de sanitarios, las cuales se canalizarán hacia el sistema de drenaje municipal. En este caso, el control estará en función de la operación de las instalaciones sanitarias de la ciudad.

En relación a las posibles sustancias peligrosas, esta será la siguiente:

Tabla 8. Sustancia peligrosa que se utilizará durante la operación del proyecto

I.2.10 Materiales y sustancias

C R E T I B

Cantidad de uso

mensual

Cantidad de reporte (por

etapa constructiva)

Caracteristicas del CRETIB2

IDLH5Nombre comercial

Nombre técnico CAS1 Estado

físicoTipo de envase

Etapa o proceso en

que se emplea

TLV6 Destino o uso final

Gas L.P.Mezcla de butano y propano

Dimetilmetano Gaseoso Tanque

5,000 lts Operación 1,000 lts 1,000 lts NO

NO SI NO SI NO

Para ser usado en las

cocinas.

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Tabla 9. Materiales utilizados en la etapa de operación

MATERIALES PROPÓSITO

Equipo de jardinería, productos de limpieza biodegradables, equipo de primeros auxilios, equipos contraincendios, equipo hidráulico, eléctrico y sanitario; equipo para el mantenimiento de pintura y aire acondicionado; plaguicidas (de acuerdo con lo expresado en el Catálogo de Plaguicidas en vigencia publicados por CICOPLAFEST), en jardinería se aplicarán de forma manual los productos químicos elaborados con piretroides sintéticos o piretrinas orgánicas, los cuales tienen un bajo rango de toxicidad y son biodegradables; bitácoras de mantenimiento preventivo y correctivo.

Mantenimiento permanente consistente en: limpieza de inmuebles, en las actividades de jardinería y mantenimiento, se fumigará en general haciendo uso de plaguicidas, instalación eléctrica e hidrosanitaria, servicios generales, pintura en los inmuebles, en jardinería se dará control a las malezas y plagas, aires acondicionados, desasolve de registros, limpieza de áreas exteriores e interiores y limpieza de azoteas de los edificios 1, 2, 3 y 4 de la Universidad del Caribe.

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III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN SOBRE USO DEL SUELO.

La vinculación del proyecto “MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4” con los ordenamientos jurídicos aplicables en la materia ambiental y uso del suelo, durante la operación del proyecto se referirá principalmente a lo señalado en:

a) La Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

b) Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Impacto Ambiental.

c) El programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo.

d) El Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de la Ciudad de Cancún de Benito Juárez, Quintana Roo.

e) El Programa de Desarrollo Urbano.

f) Áreas Naturales Protegidas.

g) Normas oficiales mexicanas aplicables al proyecto.

III.1 Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente

(Publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de enero de 1998)

Comentario: De conformidad con lo establecido por los Artículos 5 Fracción X y 28 Fracciones X de la LGEEPA, es facultad de la federación, a través de esa H. Secretaría, conocer de la evaluación del proyecto “MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4” en Materia de Impacto Ambiental.

Es por lo anterior, que en cumplimiento a lo dispuesto por los Artículos 30 de la LGEEPA, se somete ante esa H. Secretaría la presente Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente al Proyecto “MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4” con objeto de que sea evaluado en Materia de Impacto Ambiental de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 35 y 35 BIS de la LGEEPA y 49 del Reglamento.

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En virtud de que el proyecto “MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4” se encuentra concluido en sus etapas de preparación y construcción, lo cual fue autorizado mediante el oficio No. DFQR/0056/2002 otorgado a la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo, la presente Manifestación de Impacto Ambiental modalidad particular se refiere únicamente a la etapa de operación.

III.2 Reglamento de la a Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Impacto Ambiental

(Publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 30 de mayo de 2000)

Una vez determinado el tipo de proyecto que debe ser sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, se requiere que sea analizado de acuerdo a lo señalado por el Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, mediante el cual se define si la operación del proyecto, requiere de ser sometido a dicho procedimiento, de lo cual se determina lo siguiente: “Artículo 4: Compete a la Secretaría: I. Evaluar el impacto ambiental y emitir las resoluciones correspondientes para la

realización de proyectos de obras o actividades a que se refiere el presente Reglamento.”

II. “Artículo 5: Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental:

(...)

R) Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales:

I. Cualquier tipo de obra civil, con excepción de la construcción de viviendas unifamiliares para las comunidades asentadas en estos ecosistemas, y

II. Cualquier actividad que tenga fines u objetivos comerciales, con excepción de las actividades pesqueras que no se encuentran previstas en la fracción XII del artículo 28 de la Ley y que de acuerdo con la Ley de Pesca y su reglamento no requieren de la presentación de una manifestación de impacto ambiental, así como de las de navegación, autoconsumo o subsistencia de las comunidades asentadas en estos ecosistemas.”

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“Artículo 49.- Las autorizaciones que expida la Secretaría solo podrán referirse a los aspectos ambientales de las obras o actividades de que se trate y su vigencia no podrá exceder del tiempo propuesto para la ejecución de estas.”

Comentario: Como se ha señalado previamente, el presente estudio se refiere a la etapa de operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4, por tal motivo debe sujetarse al Procedimiento de Evaluación en Materia de Impacto Ambiental, ya que debido a que la autorización emitida con oficio No 04/SGA/1462/07, según la SEMARNAT se extinguió de pleno derecho por expiración de plazo. De conformidad con el oficio No 04/SGA/1675/08 de fecha 21 de noviembre de 2008 emitido por la Delegación Federal de SEMARNAT en el Estado de Quintana Roo, donde señala a la Comisión de Infraestructura educativa del Estado de Quintana Roo que la operación del presente proyecto deberá ser sometido al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, a través de la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental de acuerdo a lo establecido en los artículo 30 de la Ley General de equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente y 12 de su Reglamento en Materia de Evaluación de Impacto Ambiental.

Por ello conforme a lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y en el Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, el motivo del presente estudio es la solicitud de autorización en materia de impacto ambiental para la operación del proyecto, ya que es una obra que corresponde a un bien inmueble en un ecosistema costero. III.3 Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo

(Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo el 21 de julio de 2005, en el Tomo II, Número 49 Extraordinario, Séptima Época)

Comentario: La ubicación del proyecto “MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4”, dentro del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio Benito Juárez (POEL BJ) lo sitúa en las UGA’s O6 y 08 denominadas Zona urbana de la ciudad de Cancún, con Política Ecológica de Aprovechamiento Urbano, Vocación de Uso del Suelo Predominante Urbano; Área Natural Protegida Laguna Manatí y sección sur del Área Natural Protegida Sistema Lagunar Chacmuchuch con política de protección, Uso del Suelo de Área Natural, respectivamente, teniendo los siguientes criterios

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de ordenamiento ecológico.

Tabla 10. Vinculación del proyecto con el POEL BJ, UGA 06.

Tabla 11. Vinculación del proyecto con el POEL BJ, UGA 08.

No. UGA

Nombre de la UGA Política de Ordenamiento

Ecológico

Uso de Suelo Predominante Predominante Condicionado Compatible

06 Zona Urbana de la ciudad de Cancún

Aprovechamiento urbano

Urbano Turístico, golf, Industrial, UMA’s, Centro recreativo,

Funerario, Horticultura,

Embarcaderos y muelles, Marinas

Comercial equipamiento

Criterios Ecológicos: - Generales: Todos sin excepción. - Criterios Ecológicos de aplicación específica: Solo los referidos. Generales: CG 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56,57, 58 Para Actividades Agropecuarias y Acuícolas: AA 5, 6, 10 Para Asentamiento Humanos: AH 5, 6, 7, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 Para Construcción: CO 1, 5, 6, 7, 9, 10, 13, 15 Para Aprovechamientos Turísticos: DT 1, 12, 13, 18, 21 Para Equipamiento e Infraestructura: EQ 5, 6, 7, 9, 17, 18 Para Protección de Flora y Fauna: FF 1, 2, 4, 5, 9, 10 Para Actividades Industriales: IN 1, 2, 3, 4 Para Manejo de Ecosistemas: MAE 2, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 18, 22, 36

No.

UGA

Nombre de la UGA Política de Ordenamiento

Ecológico

Uso de Suelo Predominante

Predominante Condicionado Compatible

08 Área Natural Protegida Laguna Manatí y sección sur del Área Natural Protegida Sistema Lagunar Chacmochuch

Protección

Área Natural

Acuacultura, Actividades acuáticas y

subacuáticas, Embarcaderos y

muelles, Ecoturismo

UMA’s

Criterios Ecológicos: - Generales: Todos sin excepción. - Criterios Ecológicos de aplicación específica: Solo los referidos. Generales: CG 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56,57, 58 Para Actividades Agropecuarias y Acuícolas: AA 11 Para Construcción: CO 4, 7, 8, 9, 10, 11, 13 Para Aprovechamientos Turísticos: DT 2, 3, 10, 11

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En la figura 3 se muestra el sitio con las UGA’s donde se ubica el predio del estudio:

Figura 3. Localización del predio dentro del POEL BJ.

Los criterios ecológicos aplicables se relacionan a continuación:

Para Equipamiento e Infraestructura: EQ 2, 11, 12, 13 Para Protección de Flora y Fauna: FF 6, 9, 10 Para Manejo de Ecosistemas: ME 9, 10, 20, 21

CRITERIOS ECOLÓGICOS DE APLICACIÓN GENERAL

CRITERIO COMENTARIO

CG-01 .- Como lo establece la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al ambiente del estado, en su articulo 132, las personas físicas o morales quedan obligadas a proporcionar un porcentaje del terreno a construir, preferentemente como área verde, lo que en su caso siempre será permeable, con los siguientes porcentajes:

En predios con áreas menores a 100 metros cuadrados se destinará como mínimo 10% de la superficie total del predio. En predios de 101 hasta 500 metros cuadrados se destinará como mínimo 20% de la superficie total del predio. En lotes de 501 hasta 3000 metros cuadrados se destinará como mínimo 30% de la superficie total del predio. En lotes de 3,001 metros cuadrados en adelante se destinará como mínimo 40% de la superficie del predio.

Se cumple con este criterio ya que del total de la superficie del terreno 22.68 Has (226,866.51m2) se dejó un área de conservación de 15.31 Has (153,105.93 m2), lo que equivale al 67.49%, por tanto se da cabal cumplimiento a este criterio ecológico (ver plano anexo).

CG-02.- La superficie que se permite desmontar, es el área de aprovechamiento máxima permitida para el desplante del proyecto, incluyendo la totalidad de las obras consideradas, las

Se cumple con este criterio ecológico. El presente proyecto comprende la etapa de operación del proyecto anteriormente

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vialidades e infraestructura, el equipamiento y las áreas verdes. autorizado. Del total de la superficie del terreno 22.68 has (226,866.51m2), se desglosa una superficie de construcción de los cuatro edificios de 17,189.72 m2 y un área de desplante de 7,430.19 m2.

CG-03.- En los predios donde no exista cobertura arbórea en caso de que exista una superficie mayor desmontada a la señalada para la unidad de gestión ambiental, ya sea por causas naturales o usos previos, el proyecto solo podrá ocupar la superficie máxima permitida de desmonte que se indica para la política ambiental de la unidad de gestión ambiental, ubicándose el desplante del proyecto en el área con vegetación mas afectada. En la superficie restante del predio que queda fuera del porcentaje de desmonte establecido por la unidad de gestión ambiental, debe ejecutarse un programa de reforestación con especies nativas.

Se cumple ya que en el proyecto original y autorizado ambientalmente mediante el oficio No. DFQR/0056/2002 de fecha 28 de enero de 2002 otorgado a la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo, se dio cumplimiento a este criterio para todas las etapas, elaborando y presentando el programa de reforestación a la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente el día 28 de junio de 2002 (se anexa copia).

CG-04.- Para la zonificación del proyecto, deberán plantearse como primera opción de ocupación, los potreros, bancos de materiales para la construcción, abandonados, las áreas desmontadas o con vegetación secundaria.

No aplica, el proyecto original fue autorizado ambientalmente a la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo mediante el oficio No. DFQR/0056/2002 de fecha 28 de enero de 2002, por lo que el presente proyecto es solamente para la etapa de operación de las instalaciones ya permitidas oficialmente.

CG-05.- Deberá obtenerse el cambio en el uso de suelo en terreno forestal, cuando se pretenda la remoción total o parcial de la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no forestales, de acuerdo con el inventario Nacional Forestal y de Suelos.

Para el proyecto original se contó con las autorizaciones respectivas razón por la cual el proyecto fue autorizado ambientalmente a la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo mediante el oficio No. DFQR/0056/2002 de fecha 28 de enero de 2002.

CG-06.- El promovente de un proyecto deberá cumplir con los estudios ecológicos especiales, que a juicio de la autoridad evaluadora se requieran para identificar y valorar los impactos que podría generar el proyecto sobre los recursos naturales y/o de las poblaciones o comunidades de flora y/o fauna de las especies incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, durante la ejecución y operación del proyecto, a fin de determinar las medidas de prevención, control y/o mitigación que se requieren introducir al proyecto y que permitan a la autoridad dictaminar su viabilidad. Los términos de referencia para los estudios ecológicos especiales serán especificados por la autoridad ambiental competente.

Durante la operación se seguirá protegiendo aquellos individuos de las especies regulado en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001 que se encuentre dentro del área del proyecto.

CG-07.- Para el aprovechamiento de predios en los que se encuentren vestigios arqueológicos deberá contarse con autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

No aplica. No se encuentran vestigios arqueológicos dentro del predio.

CG-08.- Se consideran como equivalentes : Un cuarto de Motel a 1.0 cuarto de hotel.

No aplica. No se trata de un proyecto habitacional, sino de una Institución Educativa

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Una júnior suite a 1.5 cuartos de hotel Un departamento, estudio o llave hotelera, un camper sencillo, un cuarto de clínica, una cabaña rústica o una suite a 2.0 cuartos de hotel.

Una villa o residencia turística a 2.5 cuartos de hotel Se define como cuarto hotelero tipo al espacio de alojamiento destinado a la operación de renta por noche, cuyos espacios permiten brindar al huésped servicios sanitarios, área dormitorio para dos personas, guarda de equipaje y área de estar. No incluye locales para preparación o almacenamiento de alimentos y bebidas. La cuantificación del total de cuartos turísticos incluye las habitaciones necesarias del personal de servicio, sin que esto incremente su número total.

de Nivel Superior.

CG-09.- El material pétreo, sascab, calizo, tierra negra, tierra de despalme, madera, materiales vegetales y/o arena, que se utilice en la construcción de un proyecto deberá provenir de fuentes y/o bancos de material autorizados.

No aplica este criterio, debido a que el presente proyecto es únicamente para la etapa de operación.

CG-10.- Deberán de eliminarse todos los ejemplares de especies exóticas consideradas como invasoras por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) entre ellas Casuarina spp, Schinus tereben thifolius y Eichornia Crassipies o que afecten por su forma de crecimiento la infraestructura urbana, entre ellas Terminalia cattapa, Delonix regia y Ficus benjamina. El manejo y disposición final del material vegetal deberá ser autorizado y supervisado por la Dirección General de Ecología Municipal.

No aplica. Como se señaló anteriormente el presente estudio se refiere a la etapa de operación de la Universidad del Caribe etapas 1, 2, 3 y 4, no existiendo las especies citadas en esta condicionante.

CG-11.- En la construcción del proyecto en forma previa al desmonte y/o a la nivelación del terreno, deberá de realizarse un programa de colecta selectiva de flora y de material de propagación dentro del predio, este programa deberá incluir la información señalada en el anexo Consideraciones para la Realización de Colecta Selectiva de Flora y Material de Propagación.

No aplica. El presente estudio se refiere a la etapa de operación de la Universidad del Caribe etapas 1, 2, 3 y 4, no habrá construcción.

CG-12.- Las actividades recreativas que se desarrollen en zonas de anidación y reproducción de fauna silvestre con estatus de protección señaladas en la normatividad federal aplicable requieren de un programa cuyo objetivo sea el de preservar los sitios de anidación y reproducción.

No aplica. El proyecto “MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4”, no se refiere a actividades recreativas.

CG-13.- Previo al desarrollo de cualquier obra, se deberá ejecutar un programa de colecta selectiva de fauna, poniendo especial atención a la de lento desplazamiento, según lo establecido en el anexo Consideraciones para la Colecta Selectiva de Fauna.

No aplica. El presente estudio se refiere a la operación de la Universidad del Caribe etapas 1, 2, 3 y 4, no habrá obras civiles.

CG-14.- El chapeo y desmonte previo deberá realizarse de acuerdo a lo indicado en el anexo Consideraciones para la Realización de Chapeo y Desmonte.

No aplica. El presente estudio se refiere a la operación de la Universidad del Caribe etapas 1, 2, 3 y 4, no habrá chapeo y desmonte.

CG-15.- En las unidades de gestión ambiental urbanas o suburbanas, al concluir la etapa de construcción del proyecto deberá de ejecutarse un programa de arborización y jardinado que se apegue a lo señalado en el anexo Programa de

Se da por cumplido este criterio. El programa de reforestación, se llevo acabo en las áreas ajardinadas de las etapas 1, 2, 3 y 4 de la Universidad. En el área de estacionamientos

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arborización y jardinado. construidos durante estas etapas se han acondicionando camellones centrales, en los que se han sembrado árboles y plantas recomendadas en el programa de reforestación. Estos camellones con un total de 659.61 m de largo y un ancho de 1.40m, dan un total de 923,450m2 de áreas reforestadas. Así mismo, en el total de superficies de áreas jardinadas se han sembrado 10,706 plantas en diferentes áreas del plantel y reportadas oficialmente (se anexa informe presentado ante la PROFEPA)

CG-16.- El derribo del estrato arbóreo deberá de ser direccionado para evitar daños a la vegetación que se conservará en pie. No aplica. El presente estudio se refiere

solamente a la etapa de operación de la Universidad del Caribe etapas 1, 2, 3 y 4.

CG-17.- No se permite la disposición de materiales derivados de obras, excavaciones o rellenos sobre la vegetación nativa, áreas naturales de reforestación, de arborización, Zona Federal Marítimo Terrestre, cuerpos de agua y áreas marinas.

CG-18.- La introducción y manejo de la palma de coco debe restringirse a las variedades que sean resistentes a la enfermedad conocida como “amarillamiento letal del cocotero”.

Se dio cumplimiento a este criterio. Además, el proyecto mantendrá el ajardinado con especies nativas de la región y otras recomendadas por la Dirección General de Ecología Municipal.

CG-19.- En los hoteles, campos de golf y clubes deportivos, los desechos orgánicos deberán emplearse en la generación de composta para fertilizar sus áreas verdes, en un área acondicionada para tal efecto dentro del predio.

No aplica. No se trata de un proyecto de hoteles, campos de golf o clubes deportivos.

CG-20.- Sólo podrá removerse suelo en el área de desmonte autorizada.

No aplica este criterio. El presente estudio se refiere únicamente a la operación de la Universidad del Caribe etapas 1, 2, 3 y 4.

CG-21.- Los proyectos deberán incluir acciones para el ahorro del recurso agua, así como medidas de prevención de contaminación del manto freático.

Se da cumplimiento a este criterio.se cuenta con sistemas de ahorro de agua en los grifos de los sanitarios.

CG-22.- Se debe promover la instrumentación de proyectos productivos alternativos a través de la instalación de Unidades de Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre (UMA´s) y/o sistemas agroforestales.

No aplica. No se trata de proyectos productivos, caminos sobre humedales o aprovechamiento de actividades primarias.

CG-23.- Los caminos sobre humedales deberán adecuarse con alcantarillas, puentes u otras obras que reestablezcan y garanticen los flujos hidrodinámicos. CG-24.- Se permite la utilización de desechos orgánicos derivados de las actividades agrícolas, pecuarias y forestales para la restauración de suelos y fertilización orgánica de cultivos y áreas verdes previo composteo y estabilización.

CG-25.- Deberá favorecerse la captación de agua de lluvia como fuente alterna de agua para riego y actividades agropecuarias, lavado de instalaciones, suministro sanitario u otros potenciales

Como fue señalado previamente el proyecto fue autorizado ambientalmente para las etapas de preparación y construcción, por lo que el presente estudio abarca la etapa de operación.

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CG-26.- Los proyectos que pretendan establecerse dentro de los centros de población, que impliquen la afectación o alteración de poblaciones de especies incluidas en los listados de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, deberán incluir en la fase operativa el monitoreo de dichas poblaciones a fin de garantizar la permanencia de las mismas y de las condiciones que hagan posible su presencia.

En su momento, se dio cumplimiento a esta disposición, por lo que en esta etapa se llevara cabo el Plan de Manejo del Área de Conservación que comprende el monitoreo respectivo tendiente al desarrollo de acciones para la protección y conservación del manglar.

CG-27.- Las áreas ajardinadas en zonas urbanas, suburbanas, turísticas, recreativas, residenciales e industriales, deberán incluir especies nativas. No podrán utilizarse especies conocidas como invasoras por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) o que afecten por su forma de crecimiento la infraestructura urbana. Ver anexo Programa de arborización y ajardinado.

Se dio total atención a esta disposición. Las áreas ajardinadas se han reforestado con especies nativas como: Ceiba (Ceiba aesculifolia), Plama chit (Thrinax radiata), Cocotero (Cocos nucifera), así como especies permitidas por la autoridad local, como Salvia azul (Vitex trifoliata), Aralia concha y Pasto San Agustin (Stenotaprhum secudatum). En el área de estacionamiento se construyeron los camellones los cuales fueron reforestados con árboles de especies nativas como Uva de mar, Uaxim, Siricote, Lirio de mar, Jabin, Capulin, Chaca y mangle blanco.

A todas ellas se les continuara dando el mantenimiento respectivo.

CG-28.- Se permite el manejo de especies exóticas cuando:La especie no esté catalogada como invasora por la Comisión Nacional Para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad. La actividad no se proyecte en cuerpos de agua. El proyecto incluya por lo menos el tratamiento secundario de las aguas residuales previamente a su inyección al subsuelo y/o cuerpos de agua. Se garantice el confinamiento de los ejemplares y se impida su dispersión al medio natural. Se garantice y se obtenga la autorización de las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. CG-29.- En zonas de litoral el uso, goce y disfrute de las playas de arribo de tortugas, durante el periodo de anidación de tortugas, deberá apegarse al programa municipal para la protección a la tortuga marina.

No aplica. No se cuenta con playa.

CG-30.- No se permite verter hidrocarburos y productos químicos no biodegradables al suelo, cuerpos de agua y/o mar.

Por lo que respecta al suelo, se cumplirá con la indicación; en los otros ambientes, no aplica.

CG-31.- La disposición final de los residuos únicamente podrá realizarse en los sitios previamente aprobados para tal fin.

Se continuara dando el debido cumplimiento y se cuenta con el servicio municipal.

CG-32.- Se promoverá la reutilización de las aguas residuales previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia de calidad del agua.

El presente proyecto se refiere únicamente a la etapa de operación, sin embargo, todas las etapas del proyecto original fueron autorizadas previamente por la Semarnat.

CG-33.- Durante las diferentes etapas del proyecto deberán contar con un programa integral de manejo ambiental (minimización, separación, recolección y disposición final) de desechos sólidos y líquidos, que incluya medidas preventivas para el manejo y disposición adecuados de grasas, aceites e hidrocarburos.

Se cuenta con el Programa Integral de Manejo Ambiental (Manual de Procedimientos de Separación de Residuos Sólidos) y el Plan de Manejo del Área de Conservación.

CG-34.- Todas las obras y proyectos deberán considerar áreas específicas para el almacenamiento de residuos.

Se cuenta con sitios de acopio y almacenamiento de residuos producto de la separación de los mismos (ver anexo fotográfico); además, se participará en varios

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eventos de Reciclatón (cartón, pet, etc.) en coordinación de la Dirección General de Ecología del municipio de Benito Juárez. Se cumple con el programa de separación de basura.

CG-35.- No se permite el uso de fuego para la disposición final de los residuos sólidos municipales.

No aplica. La disposición de residuos se hace mediante el servicio municipal, no se hace el uso de fuego.

CG-36.- No se permite el uso de fuego en actividades de chapeo y desmonte.

No aplica para la presente etapa.

CG-37.- En el tratamiento de plagas y enfermedades deben manejarse productos que afecten específicamente la plaga o enfermedad que se desea controlar, que sean preferentemente orgánicos y estrictamente autorizados por la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Toxicas (CICLOPAFEST).

Se continuara dando el cumplimiento a la disposición (se anexan copias del servicio otorgado por empresa autorizada). CG-38.- El uso de agroquímicos y la disposición final de sus

envases deberá seguir las indicaciones de la ficha técnica del producto en cuanto a dosis y frecuencia de aplicación, así como lo que establezca la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Toxicas (CICLOPAFEST). CG-39.- En todas las etapas del proyecto (construcción, operación y mantenimiento) únicamente se permite el uso de agroquímicos autorizados por la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Substancias Toxicas (CICOPLAFEST).

Se continuara dando cumplimiento al criterio y se entregaran reportes periódicos.

CG-40.- Los proyectos que en su fase operativa involucren el uso de agroquímicos deberán incluir un programa de monitoreo de la calidad del agua del subsuelo a fin de prevenir y detectar la contaminación del recurso.

Se continuara dando cumplimiento en caso de usar agroquímicos.

CG-41.- Los proyectos que generen aguas residuales (negras, azules, grises, jabonosas), deberán disponerlas a través del sistema de drenaje municipal o bien a través de algún sistema de tratamiento de aguas residuales cumpliendo en todo momento con la normatividad vigente aplicable.

Se continuara dando cabal cumplimiento, ya que la zona donde se encuentra el predio, cuenta con todos los servicios municipales.

CG-42.- El drenaje de aguas residuales debe ser canalizado a sistemas de tratamiento que garanticen la no contaminación del suelo y subsuelo. No debe de canalizarse a pozos de absorción de agua pluvial. La disposición final del efluente deberá cumplir con la normatividad vigente.

Se continuara dando cumplimiento.

CG-43.- En la planeación de zonas o proyectos turísticos en predios colindantes con unidades de gestión ambiental con política de protección, deberá contemplarse un área de amortiguamiento de al menos 20 metros a lo largo de la colindancia, dentro de la unidad de gestión ambiental que recibe el proyecto turístico.

No aplica, no se trata de un proyecto turístico, no obstante, el plantel cuenta con 15.31 Has de Área Conservación como amortiguamiento a la zona de protección cercana al predio

CG-44.- En las zonas con uso de suelo urbano que colinden con algún área natural protegida deberán establecerse zonas de

Se da cumplimiento a la disposición. Además el proyecto contempla un Área de

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amortiguamiento de 30 metros entre ambas a partir del límite del área natural protegida hacia la zona de aprovechamiento. En dichas zonas de aprovechamiento no podrán establecerse viviendas.

Conservación en donde no habrá construcción.

CG-45.- Los proyectos que pretendan establecerse en predios colindantes a las carreteras federales deberán dejar un área de amortiguamiento vegetal de al menos 20 metros de ancho a lo largo de las colindancias con dicha vía.

Se da cumplimiento.

CG-46.- La construcción de obras e infraestructura para el drenaje pluvial deberá ser diseñada de conformidad con la normatividad de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado y autorizada por esa dependencia.

No aplica, no se trata de obras e infraestructura para el drenaje pluvial.

CG-47.- La canalización del drenaje pluvial hacia el mar o cuerpos de agua superficiales o pozos de absorción, debe realizarse previa filtración de sus aguas con sistemas de decantación, trampas de grasa y sólidos, u otros que garanticen la retención de sedimentos y contaminantes. Dicha canalización debe ser autorizada por la Comisión Nacional del Agua.

Se da total cumplimiento a la disposición ya que se cuenta con pozos de absorción autorizados por CNA, se anexa comprobante de autorización.

CG-48.- En cualquier obra deberá estar separada la canalización del drenaje pluvial del drenaje sanitario.

Se cumple con este criterio, se cuenta con pozos de absorción de agua pluvial.

CG-49.- Los campamentos de construcción deben sujetarse al reglamento de Construcción del Municipio de Benito Juárez.

No aplica para esta etapa de operación. CG-50.- Los campamentos de construcción deben ubicarse sobre los sitios de desplante del proyecto, nunca sobre humedales, zonas federales, áreas de donación, áreas naturales, áreas de reforestación o áreas de arborización. CG-51.- No se permite en el territorio municipal de las siguientes ramas industriales: Refinación de petróleo, Industria básica del hierro y del acero, Petroquímica básica, Fabricación de productos químicos, Fabricación de sustancias químicas básicas, Manufactura de celulosa, papel y sus productos, Fabricación de productos metálicos (acabados metálicos), Industria farmacéutica, Industria de fibras artificiales y/o sintéticas, Industria del coque; debido a que involucran el manejo de grandes volúmenes de sustancias peligrosas.

No aplica, no se pretende la instalación de ningún tipo de industria.

CG-52.- Solo se permite la infraestructura y el equipamiento privado asociado a los usos permisibles.

Se cumple con esta indicación.

CG-53.- El equipamiento no se permite en las áreas sujetas a política de protección.

La etapa actual fue autorizada mediante oficio DFQR/0056/2002 de fecha 28 de enero de 2002, así mismo, el área sujeta a política de protección del proyecto, comprende el área de conservación integra por lo que no se contraviene la presente indicación.

CG-54.- El establecimiento de nuevos asentamientos humanos se deberá sujetar a un programa de desarrollo urbano aprobado conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

No aplica no se trata de un proyecto para nuevo asentamiento humano.

CG-55.- Para optimizar el uso de suelo en la zona urbana se aumentará el coeficiente de utilización del suelo y se disminuirá proporcionalmente el coeficiente de ocupación del suelo. No se densificaran las áreas urbanas a costa de la ocupación de las áreas naturales y/o áreas verdes arborizadas.

No aplica, no se pretende un nuevo proyecto, el presente estudio es para la etapa de operación.

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CG-56.- El derecho de vía de los tendidos de alta tensión solo podrá ser utilizado conforme a la normatividad aplicable, y en apego a ella no podrá ser utilizado para asentamientos humanos.

No aplica. No es proyecto para asentamiento humano.

CG-57.- La densidad autorizable en las unidades de gestión ambiental dentro de los centros de población será la que establezca el Programa Parcial o el Programa de Desarrollo Urbano vigente en el centro de población.

No aplica. No es proyecto para asentamiento humano.

CG-58.- Los lineamientos de ocupación para predios de una hectárea o menos de una hectárea, fuera de los centros de población, los parámetros urbanos para los usos del suelo previstos en este ordenamiento se indican en la siguiente tabla:

LOTE

US

O D

EL

SU

ELO

DES

TIN

O D

EL

SUE

LO

SU

PE

RFI

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ESPA

CIO

LIB

RE

MÍN

IMO

(%)

ÁR

EA

NA

TUR

AL

MÍN

IMA

(%)

CO

S

CU

S

ALTURA MÁXIMA

Metros Niveles

Tipo Residencial 800 20 60% 30 0.4 0.8 12 3

Suburbano Tipo Explotación Agropecuaria

1,500 25 90 15 0.1 0.1 7 2

Turístico

Hotelero 1,000 25 40 20 0.6 1 14 4

Mixto Hotelero-Habitacional

300 12 30 10 0.7 1 11 3

Hotelero de Densidad Mínima

1,000 20 65 30 0.35 0.7 7 2

No aplica. No es proyecto para centro de población.

CRITERIOS ECOLÓGICOS ESPECÍFICOS UGA CRITERIO COMENTARIO

ACTIVIDADES AGROPECUARIAS Y ACUÍCOLAS

06 AA-05.- Se permite la instalación de viveros para la protección y comercialización de plantas de ornato. La producción y comercialización de plantas nativas y de aquellas especies incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001 deberá hacerse bajo el esquema de Unidad de Manejo Ambiental.

No aplica. No se trata de un proyecto de viveros.

06 AA-06.- No se permite la producción o comercialización de plantas consideradas como invasoras por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) o que afecten por su forma de crecimiento la infraestructura urbana.

No aplica. No se trata de producción de plantas, invasoras, ni granjas porcícolas ni se pretende el desarrollo de acuacultura.

06 AA-10.- Se permiten las granjas porcícolas cuando: a) La actividad se proyecte en condiciones de confinamiento. b) La granja incluya un sistema de tratamiento de aguas residuales que por lo menos garantice la desinfección de excretas y el tratamiento secundario de las aguas negras. c) El predio cuente con una franja perimetral arbolada de al menos 100 metros de ancho. d) Las granjas se localicen al menos 1,000 metros de distancia de zonas urbanas.

08 AA-11.- Se permite la acuacultura cuando:

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a) La actividad se proyecte en los afloramientos del manto freático y contemple exclusivamente el uso o manejo de especies nativas,

b) La actividad no se proyecte en cuerpos naturales de agua sino en estanques,

c) Los estanques se construyan sobre el nivel del piso o éstos cuenten con una membrana impermeable que impida el intercambio de aguas con el acuífero,

d) Los estanques de crecimiento y reproducción cuenten con un sistema que evite la fuga de larvas o alevines hacia cuerpos naturales de agua o al acuífero, e) El proyecto incluya por lo menos el tratamiento secundario de las aguas residuales previamente a su inyección al subsuelo y/o cuerpos de agua.

ASENTAMIENTOS HUMANOS

06 AH-05.- Se permiten los fraccionamientos turísticos hoteleros. Los lotes deberán tener como mínimo 25 metros de frente y 1,000 metros cuadrados de superficie, en los términos y condicionantes establecidos en la Ley de Fraccionamientos del Estado de Quintana Roo.

No aplica. No se pretende fraccionamiento turístico hotelero.

06 AH-06.- Se permiten los fraccionamientos turísticos del tipo mixto hotelero habitacional en los términos y condicionantes establecidos en la ley de Fraccionamientos del Estado de Quintana Roo.

No aplica. No se pretende fraccionamiento turístico hotelero.

06 AH-07.- En los programas de desarrollo urbano de centros de población, así como en los programas parciales de desarrollo urbano, se deberá cumplir con el indicador internacional recomendado de 12 m² por habitante.

No aplica. No se pretende centro de población.

06 AH-12.- Las reservas territoriales para el crecimiento urbano deberán mantener su cubierta vegetal original en tanto no se incorporen al desarrollo a través de un programa parcial de desarrollo urbano, en apego a las disposiciones jurídicas aplicables.

No aplica. No se trata de una reserva territorial.

06 AH-13.- El aprovechamiento de los predios comprendidos en las unidades de gestión ambiental con uso urbano, estará regulado por la zonificación del uso y destino del suelo, los parámetros urbanos y las densidades de población establecidas en los programas de desarrollo urbano, así como a los criterios de regulación ecológica aplicables del presente instrumento. Cualquier modificación a los parámetros urbanos referidos deberá apegarse a las disposiciones jurídicas correspondientes.

No aplica, el proyecto original fue autorizado ambientalmente a la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo mediante el oficio No. DFQR/0056/2002 de fecha 28 de enero de 2002, por lo que el presente proyecto es solamente para la etapa de operación de las instalaciones ya permitidas oficialmente.

06

AH-16.- Los Programas de Desarrollo Urbano no deben permitir el establecimiento de industrias o talleres de servicios, ni actividades de comercio o de servicios de cualquier tipo, en las zonas con uso del suelo habitacional.

No aplica, no se pretende establecer industrias o talleres de servicio, ni actividades de comercio o de servicios de algún tipo.

06 AH-17.- Los talleres de servicios dentro de las zonas urbanas o turísticas dentro de los centros de población deberán contar con

No aplica, no se pretende establecer talleres de servicio.

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zonas de amortiguamiento delimitadas por barreras naturales o artificiales, que disminuyan los efectos de ruido y contaminación ambiental, incluida la visual.

06 AH-18.- Sólo se permiten los asentamientos humanos y/o los desarrollos turísticos cuando el proyecto incluya la construcción, por parte del promovente, y la operación por parte del usuario final, de las obras de infraestructura y equipamiento necesarios y suficientes para: Extracción, potabilización y distribución de agua potable a los lotes individuales, con la autorización de la Comisión Nacional del Agua. Colecta, manejo y disposición temporal de residuos sólidos con la autorización del H, Ayuntamiento Benito Juárez. Colecta, tratamiento y disposición de aguas residuales con la autorización de la Comisión Nacional del Agua.

No aplica, no se trata de un asentamiento humano.

06 AH-19.- En los proyectos habitacionales deberá considerarse un ancho de banqueta mínimo, que por lo menos incluya 60 centímetros de jardinera y un metro de ancho para el paso del peatón.

No aplica a la actividad por no ser un proyecto habitacional.

06 AH-20.- En los proyectos comerciales los estacionamientos deberán contar con áreas verdes en forma de camellones continuos y deberán colocarse por lo menos un árbol por cada dos cajones de estacionamiento.

No se trata de un proyecto comercial, sin embargo se atiende la indicación, se cuenta con dos árboles por casa cajón.

06

AH-21.- Los proyectos que incluyan la conformación de camellones deberán mantener la vegetación arbórea en estos espacios y en caso de que esté desprovista de vegetación arbórea se deberá arborizar siguiendo las recomendaciones del anexo Programa de Arborización y Jardinado.

En el área de estacionamientos del proyecto se han acondicionando camellones centrales, en los que se han sembrado árboles y plantas recomendadas en el programa de reforestación municipal. Estos camellones con un total de 659.61 m de largo y un ancho de 1.40 m, dan un total de 923,450m2 de áreas reforestadas. Así mismo, en el total de superficies de áreas jardinadas se han sembrado 10,706 plantas en diferentes áreas del plantel.

06 AH-22.- En las zonas urbanas, independientemente del proyecto de que se trate, se deberá garantizar en todo momento la permanencia de palmas a partir de 1 metro de altura, así como los árboles nativos mayores a 3 metros de altura y/o 25 centímetros de diámetro del tronco a 1.30 metros de altura que no interfieran con el desplante de las obras por ubicarse en zona proyectadas como áreas verdes, estacionamientos, patios, banquetas o camellones. Previo al inicio de las actividades de desmonte se deberán marcar los troncos a fin que puedan ser identificados y se protegerán sus raíces para evitar que sean afectadas por la maquinaria durante los trabajos.

No aplica. El presente estudio se refiere a la operación de la Universidad del Caribe etapas 1, 2, 3 y 4.

CONSTRUCCIÓN 06 CO-01.- Dentro de la temporalidad autorizada para la edificación

del proyecto se permitirá la instalación y operación de plantas de premezclados, dosificadoras, bloqueras o similares, que se establezcan con la finalidad de abastecer específicamente el

No aplica. Como se señaló anteriormente el presente estudio se refiere a la etapa de operación.

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proyecto de construcción. 08 CO-04.- No se permite la instalación de marinas. No aplica, no se trata de un proyecto

con marina. 06 CO-05.- Las vías que se pretendan construir para acceder a la

playa, deberán consistir en andadores elevados de madera perpendiculares a la línea de costa.

No aplica. No se cuenta con playa.

06 CO-06.- En terrenos inundables la estructura de las vialidades debe construirse con materiales permeables que permitan el drenaje y flujos naturales del agua.

No aplica. Como se señaló anteriormente el presente estudio se refiere a la etapa de operación.

06, 08

CO-07.- Durante la etapa de construcción de un muelle, así como en obras de canalización y dragado, debe colocarse malla geotextil u otra tecnología para contener la suspensión y dispersión de sedimentos y contaminantes.

No aplica. No se pretende muelle.

08 CO-08.- Toda actividad o proyecto de obra pública o privada, que se pretenda realizar dentro de un Área Natural Protegida deberá ser congruente con lo dispuesto en el decreto de creación y el programa de manejo de la misma.

No aplica, no se trata de un área natural protegida.

06, 08

CO-09.- No se permite la disposición de ningún desecho de construcción o de demolición, excepto como relleno para construcciones.

No aplica. Como se señaló anteriormente el presente estudio se refiere a la etapa de operación de la Universidad del Caribe.

06, 08

CO-10.- Se permitirá la construcción de estructuras rústicas como andadores, escaleras para acceso a cuerpos de agua, puentes elevados, terrazas y otras estructuras de madera cuando: a) Se utilice madera dura de la región cuya procedencia sea de

una zona cuyo aprovechamiento forestal esté autorizado y vigente,

b) Cuando en el tratamiento de la madera que quede sumergida en cuerpos naturales de agua no se utilice aceite quemado ni de otras sustancias tóxicas.

No aplica. No habrá construcciones.

08 CO-11.- Sólo se permite la construcción de obras y/o la instalación de estructuras de apoyo para la realización de las actividades permisibles cuando dichas obras o estructuras: a) sean removibles, b) de carácter temporal, c) preferentemente constituidas con materiales de la región, nunca

de concreto, d) no generen contaminación visual.

No aplica. No habrá construcción.

06, 08

CO-13.- Los muelles solo podrán construirse en aquellas áreas en las que exista en forma natural la profundidad requerida por las embarcaciones que se pretende albergar.

No aplica. No se trata de proyecto de muelle.

06 CO-15.- En la construcción de los caminos, así como en los existentes, se deben incluir obras y/o mecanismos para garantizar el paso de fauna silvestre a través de los mismos, tales como señalamientos, reductores de velocidad, túneles, puentes u otros que cumplan con dicho fin.

No aplica, no se requiere de construcción de caminos.

APROVECHAMIENTOS TURISTICOS

06 DT-01. Sólo se permiten los desarrollos de campo de Golf cuando: a) La selección del tipo de pasto a utilizar sea de la variedad o

variedades que tengan menor demanda de agua y que sean

No aplica este criterio a la actividad ya que no se trata de ningún campo de golf.

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capaces de tolerar el riego con agua salobre y/o aguas tratadas,

b) El suministro de agua para riego incluya aguas tratadas y la fuente complementaria esté autorizada por la Comisión Nacional del Agua,

c) El sistema de riego incluya dispositivos de control que aseguren la optimización del uso del agua y de los agroquímicos que se utilicen, evitando la saturación del terreno y la contaminación del subsuelo y cuerpos naturales de agua,

d) Los lagos artificiales se proyecten totalmente aislados del manto freático y se distribuyan en función de la demanda de agua de las distintas áreas del proyecto,

e) La fuente de abasto de los lagos artificiales sean aguas tratadas, salobres y/o pluviales,

f) Se prevea mantener o en su caso reforestar con especies nativas las zonas adyacentes a las pistas.

08 DT-02. En forma previa a la autorización de las actividades acuáticas el promovente deberá presentar un reglamento de operación que minimice la generación de impactos ambientales.

No aplica, no se contemplan actividades acuáticas.

08 DT-03. No se permite el abandono de embarcaciones. No aplica. 08 DT-10. Se permite la construcción de obras y/o la instalación

estructuras de apoyo para actividades de ecoturismo, tales como senderos de interpretación de la naturaleza, miradores, torres para observación de aves, puentes u otras semejantes.

No aplica por no ser proyecto de actividades de ecoturismo.

08 DT-11. Se permite el ecoturismo, únicamente en sus modalidades de observación de la naturaleza, caminatas y paseos fotográficos que no impliquen el desmonte, salvo para la conformación de senderos interpretativos.

No aplica por no ser proyecto de actividades de ecoturismo.

06 DT-12.- El uso del fuego en actividades recreativas, estará restringido a las áreas especialmente destinadas para ello y con las medidas de seguridad indicadas por la Dirección de Protección Civil Municipal.

El presente criterio no aplica al proyecto, por no tratarse de una actividad recreativa. Sin embargo, no se usara fuego.

06 DT-13.- El cuidado, conservación y mantenimiento de la vegetación en las áreas verdes y en las áreas naturales al interior de los predios, es obligación de los dueños del desarrollo y del responsable de las actividades que le sean autorizadas.

Se dará cumplimiento, a las actividades de mantenimiento que las áreas verdes o reforestadas requieran (riego, poda, fertilización, fumigación).

06 DT-18.- Los desarrollos turísticos, centros recreativos y obras de equipamiento deberán incluir en sus áreas verdes la variedad o variedades de pastos que tengan menor demanda de agua y que sean capaces de tolerar el riego con agua salobre y/o aguas tratadas.

Se da cumplimiento a dicha indicación, se ha sembrado pasto Bermuda, ingles y San Agustín.

06 DT-21.- En las zonas turísticas dentro de los centros de población sólo se permiten los usos habitacionales en las zonas y con las densidades que al respecto establezca el Programa de Desarrollo Urbano vigente, en el cual la zona habitacional no podrá exceder del 10 % de la superficie establecida en dicho Programa.

No aplica por no tratarse de un proyecto habitacional.

EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA 08 EQ-02.- No se permite la apertura de nuevos caminos. No aplica. Como se señaló

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anteriormente el presente estudio se refiere a la etapa de operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4.

06 EQ-05.- No se permite la ubicación de rellenos sanitarios ni de

tiraderos a cielo abierto. No se trata de ningún relleno sanitario.

06 EQ-06.- No se permite la infraestructura ni las obras de equipamiento para el manejo y disposición final de residuos.

No aplica. No se trata de obras de equipamiento para manejo y disposición final de residuos.

06 EQ-07.- En el establecimiento de las fosas sépticas autorizadas deberá favorecerse su ubicación en la parte frontal del predio para facilitar el desazolve de las misma y su conexión a la red municipal de drenaje sanitario, o bien dejar lista la preparación para dicha conexión.

El sistema hidrosanitario de la Universidad del Caribe se encuentra conectado al sistema de alcantarillado municipal.

06 EQ-09.- En los desarrollos habitacionales de densidad media y baja, la instalación de infraestructura de conducción de energía eléctrica de baja tensión, así como la de comunicación debe ser subterránea, con la finalidad de evitar la contaminación visual, definida en el articulo 4, fracción IX de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente de Estado de Quintana Roo.

No aplica. Como se señaló anteriormente el presente estudio se refiere a la etapa de operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4.

. 08 EQ-11.- Sólo se permite el establecimiento de infraestructura en

zonas con manglar cuando dicha obra se realice en menos del 5 % de la superficie ocupada por este tipo de vegetación.

No aplica, el proyecto original fue autorizado ambientalmente a la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo mediante el oficio No. DFQR/0056/2002 de fecha 28 de enero de 2002, por lo que el presente proyecto es solamente para la etapa de operación de las instalaciones ya autorizadas y permitidas oficialmente.

08

EQ-12.- Se permiten los accesos elevados, colgantes o piloteados a través del manglar

08 EQ-13.- Las líneas de conducción eléctrica y telefónica deberán ser subterráneas con la finalidad de evitar la contaminación visual, definida en el Artículo 4, fracción IX de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo.

Las instalaciones de conducción eléctrica y telefónica son subterráneas.

06 EQ-17.- No se permite el almacenamiento de hidrocarburos para su expendio comercial, con excepción de las estaciones de servicio autorizadas por PEMEX y que cumplan con las disposiciones del Acuerdo para reglamentar la ubicación, construcción y funcionamiento de las Estaciones de Servicio de Almacenamiento y Venta de Gasolina y Diesel para vehículos automotores terrestres y acuáticos en el Municipio Benito Juárez, Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo el 11 de febrero de 2002.

No aplica. No se pretende almacenar hidrocarburos para su expendio comercial.

06 EQ-18.- Se permite la infraestructura no comercial para el depósito, conducción y manejo de hidrocarburos, autorizada por las instancias competentes.

No se manejaran hidrocarburos. Salvo Gas LP utilizado en las cocinas.

PROTECCIÓN DE FLORA Y FAUNA 06 FF-01.- En desarrollos habitacionales, turísticos, industriales,

comerciales, agropecuarios, no se permite la comercialización de madera, leña, turba o tierra vegetal, producto de la superficie

No aplica. No habrá comercialización de especies de flora.

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autorizada de desmonte. Sin embargo se permite su utilización en las áreas verdes proyectadas o en obras públicas en coordinación con la autoridad municipal.

06 FF-02.- Los proyectos que se pretendan establecer en predios cuya vegetación original sea el manglar, deberán incluir en las áreas de jardinería, reforestación y/o arborización ejemplares de especies de mangle, cuya presencia deberá ser, al menos, del 50% de la totalidad de los ejemplares utilizados.

En las áreas de jardinería y de reforestación de la Universidad del Caribe se ha incluido el sembrado de las siguientes especies: Mangle Rojo (Rizophora mangle), Mangle Blanco, (Laguncularia racemosa) y Botoncillo (Conocarpus erecta).

06 FF-04.- Los promoventes de desarrollos o actividades que se realicen en área de humedales o próximas a éstos, deberán coordinarse con la autoridad para la conservación de las especies asociadas, particularmente las de los cangrejos Cardisoma guanumi y Geocarcinus lateralis y las de cocodrilos Crocodylus moreletii y Crocodylus acutus.

Se seguirá dando cumplimiento.

06 FF-05.- Del mes de mayo al mes de septiembre, los propietarios de predios colindantes con playas arenosas y los concesionarios de la zona federal marítimo terrestre en playas arenosas, a fin de proteger las poblaciones de tortugas marinas deberán: a) Asesorarse y coordinarse con la autoridad competente para la

protección de los sitios de anidación de la tortuga marina, b) Evitar la iluminación directa al mar y zona de playa. La

iluminación deberá ser color ámbar, de baja intensidad y estar cubierta por un difusor,

c) La limpieza de playas únicamente podrá realizarse en forma manual utilizando rastrillos con penetración máxima de 5 centímetros de profundidad en la zona de anidación,

d) Retirar del área de playa, de las 18:00 a las 6:00 horas del día siguiente, todos los bienes móviles que puedan constituir un obstáculo para el arribo de la tortuga,

e) Abstenerse de encender fogatas en el área de playa.

No aplica. El sitio no cuenta con playa.

08 FF-06.- El control de malezas se hará únicamente en forma manual.

Se tomara en cuenta en las recomendaciones para las actividades de jardinería.

06, 08

FF-09.- Las actividades cinegéticas y los criaderos de fauna silvestre solo se permiten bajo el esquema de Unidad de Manejo Ambiental.

No se pretenden actividades cinegéticas ni criaderos de fauna silvestre.

06, 08

FF-10.- El uso de especies de flora ornamental exótica autorizada, queda restringido a las áreas verdes.

Se tomara en cuenta este criterio para las actividades de jardinería.

ACTIVIDADES INDUSTRIALES 06

IN-01.- Las actividades cinegéticas y los criaderos de fauna silvestre solo se permiten bajo el esquema de Unidad de Manejo Ambiental.

No se pretenden actividades cinegéticas ni criaderos de fauna silvestre.

06

IN-02.- Solo se permite el uso de suelo industrial en las zonas que al respecto establezca el Programa de Desarrollo Urbano vigente, en el cual la zona o parque industrial no podrá exceder 10% de la superficie regulada por dicho programa.

No aplica. No se trata de parque industrial.

06 IN-03.- Las zonas o parque industriales deberán contar con franjas No aplica. No se trata de parque

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arboladas de amortiguamiento perimetral de ala menos metros de ancho, delimitadas por barreras naturales o artificiales que disminuyan los efectos del ruido y contaminación ambiental, incluida la visual. La franja de amortiguamiento debe formar parte de la zona industrial.

industrial.

06

IN-04.- En las zonas o parques industriales no se permite en uso habitacional, excepto el de las viviendas destinadas a veladores y cuidadores.

No aplica. No se trata de parque industrial.

MANEJO DE ECOSISTEMAS 06 ME-02.- En las obras que se proyecten en la franja costera:

a) Se deberá conservar o en su caso restaurar, en la zona de dunas, la vegetación nativa halófila con el fin de contrarrestar la erosión natural de las playas y preservar su biodiversidad,

b) Se deberán incluir en el diseño de las áreas verdes las especies de flora nativa propias de duna costera,

c) En la conformación de accesos a la playa sólo se permite la remoción de la vegetación natural en la zona de dunas para la apertura de senderos peatonales, los cuales podrán tener un ancho máximo de 1.5 metros y sólo podrán ser perpendiculares a la costa. Se permiten los andadores elevados,

d) La construcción de cualquier tipo de obra con materiales permanentes, debe llevarse a cabo al menos 5 metros tierra adentro, atrás de la cresta de la primera duna, no enfrente ni encima de ella,

e) No se permite la construcción de muros paralelos a la costa para evitar la erosión de la playa,

f) No se permite la apertura de canales, bocas y cualquier obra o acción que afecte a la comunidad coralina y la línea de costa,

g) Las cimentaciones no deben interrumpir la circulación del agua subterránea entre el humedal y el mar,

h) En las zonas no sujetas a programa de desarrollo urbano, la altura máxima permitida de las construcciones es de 7 metros o 2 niveles,

i) Los caminos que sean paralelos a la costa deben construirse en el ecotono entre la duna posterior y el humedal, dejando pasos y accesos para la fauna,

j) Se deberán considerar accesos públicos a la playa en los términos que marca la legislación aplicable.

No aplica a la actividad ni al sitio, toda vez que el predio no se ubica en la franja costera de playa.

06 ME-07.- La extracción de recursos minerales y la remoción de arena de las playas, así como el uso o aprovechamiento de lajas de la zona rocosa, únicamente podrá realizarse con motivo de obras de restauración de playas y previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

No aplica. No se pretende extracción de recursos.

06 ME-08.- La autorización ambiental para la construcción e instalación de marinas y/o de muelles debe sustentarse en los estudios batimétricos, topográficos, de mecánica de suelos, geohidrológicos, u otros que a criterio de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales sean necesarios para garantizar el mantenimiento de los procesos de transporte de litoral y la calidad del agua.

No aplica. No se trata de proyecto para marinas o muelles.

06, ME-09.- El aprovechamiento de los cenotes, rejolladas o petenes No aplica. No se pretende aprovechar

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08 deberá sujetarse a las siguientes condiciones: a) Requiere autorización a través de la evaluación de la

manifestación de Impacto ambiental tal como lo establece la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a fin de determinar si el proyecto incluye medidas que garanticen su preservación,

b) Únicamente se permite la colocación de accesos al espejo de agua tipo rustico y sostenidos por pilotes de madera,

c) No se permite la instalación de estructuras flotantes, fijas o móviles, dentro de ellos, con la finalidad de evitar la contaminación visual y ambiental del cenote,

No se permite la construcción de tipo permanente en sus bordes, así como el desmonte, despalme o modificaciones a la topografía en una franja de 40 metros de ancho a partir de sus bordes, salvo en caso de actividades de restauración ambiental autorizadas o para la apertura del sendero de acceso a los mismos.

cenotes, rejolladas o petenes.

06, 08

ME-10.- En las actividades de mantenimiento de áreas verdes e infraestructura se favorecerá como primera alternativa el control biológico de plagas y el uso de insumos orgánicos.

En las actividades de mantenimiento de áreas verdes e infraestructura de la Universidad del Caribe, se usarán agroquímicos permitidos por la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST).

06 ME-11.- El promovente deberá elaborar e instrumentar un programa con el objetivo de proteger y preservar el área de manglar que no haya sido autorizada para aprovechamiento. Dicho programa deberá ser incluido en la Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente para su valoración y en su caso aprobación de la autoridad competente.

Con el fin de proteger y preservar el área de manglar se realizo el Plan de Manejo del Área de Conservación. (Se anexa).

06 ME-12.-En las zonas urbanas y suburbanas, los cenotes, rejolladas o petenes que se encuentren dentro del predio deberán ser preservados pudiendo ser integrados a las áreas verdes del proyecto considerando las medidas de seguridad que indique la Dirección de Protección Civil Municipal.

No aplica. No se tiene la presencia de cenotes.

06 ME-13.- En las zonas inundables, las vías de acceso terrestre vehicular deberán permitir los flujos y reflujos de agua superficial y subterránea de los ecosistemas. El cálculo del diámetro para los pasos de agua debe tomar en cuenta el volumen máximo que circula durante eventos extraordinarios de precipitación.

No habrá construcción de pasos de agua, ni dragados ya que se trata de un proyecto para la etapa de operación.

06 ME-14.- En tanto sean trasladados a su ubicación final, los materiales producto del dragado, obtenidos en la fase de preparación y construcción de cualquier obra, deberán ser dispuestos en áreas donde se evite que los sedimentos invadan los cuerpos de agua y áreas inundables.

06 ME-15.- Cuando el aprovechamiento de áreas degradadas, sascaberas agotadas o en abandono, el proyecto a realizar no pueda construirse por motivo de su cercanía al manto freático (menos de 1 metros), se podrá autorizar el desmonte de nuevas áreas de vegetación, evitando la afectación de las zonas mejor conservadas, siempre y cuando se ejecuten acciones de

No aplica. No se cuenta con áreas degradas o sascaberas.

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III.4 Cumplimiento a los lineamientos y criterios establecidos en los planes y programas de Desarrollo Urbanos estatales y municipales.

De acuerdo al Programa de Desarrollo Urbano el Centro de Población de la Ciudad de Cancún. Actualización 2005, publicado el 30 de noviembre de 2005 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, no se contempló a futuro el desarrollo de la Supermanzana 78, por lo que únicamente regula hasta la Supermanzana 77, en la que se han desarrollado fraccionamientos o unidades habitacionales tales como Corales y Tabachines. Se sabe que el Municipio ha marcado esta región como una zona para

restauración o mejoramiento ambiental de las áreas degradadas que no pueden aprovecharse.

06 ME-17.- Las aguas residuales deberán cumplir con la normatividad aplicable para su reutilización o aprovechamiento fuera de la zona de generación.

Como ya se señalo previamente, se da cabal cumplimiento a esta disposición, ya que se cuenta con red de drenaje municipal.

06 ME-18.- Las zonas impactadas de los predios afectados por actividades extractivas de material pétreo, deberán ser rehabilitadas en su totalidad, aun cuando el desplante del proyecto no se realice en ellas. Dichas zonas deberán ser rehabilitadas a través de su reforestación y/o incorporación como área verde del proyecto, respetando en esto ultimo el porcentaje de área natural, presente o inducida, que indica el presente instrumento para la unidad de gestión ambiental que corresponda a la ubicación del predio.

No aplica. No se cuenta con área afectada por actividades extractivas.

08 ME-20.- No se permite el tránsito de vehículos motorizados salvo en caso de emergencia, en cuyo caso serán los autorizados por la instancia competente.

No aplica. No se pretende el transito de vehículos, embarcaciones ya que no se cuenta con playa en el área del proyecto.

08 ME-21.- Sólo se permite la navegación en embarcaciones sin motor, salvo las que se utilicen para la vigilancia y atención de emergencias, con motores de cuatro tiempos.

06 ME-22.- En las playas y zona de dunas del Municipio Benito Juárez: a) No se permiten las actividades que involucren el uso de fauna

doméstica, ganado vacuno, porcino, ovino o de cualquier otra índole y tampoco las que involucren especies animales exóticas,

b) No se permite el acceso de equinos a fin de evitar la transmisión a los humanos de enfermedades zoóticas vinculadas con las excretas de estos animales, así como para evitar el efecto de sus cascos sobre los sitios de anidación de la fauna,

c) No se permite la extracción de arena. 06 ME-36.- Para la operación de los campos de golf, de manera

conjunta con la Dirección General de Ecología Municipal, se deberá abrir un registro o bitácora de información que permita dar seguimiento a la aplicación de agroquímicos y a los monitoreos de calidad de agua en cuerpos de agua.

No aplica el criterio por no tratarse el proyecto de un campo de golf.

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desarrollar un Plan Parcial, que es donde se encuentra el área del proyecto. Por lo tanto, Catastro Municipal ha lotificado dicha zona y de esta manera le asigna al predio en cuestión el lote 1, Manzana 1 de la Supermanzana 78, en Cancún, Municipio de Benito Juárez.

De esta manera, este instrumento urbano le asigna al sitio, en la Tabla 1 de Usos Permitidos, Condicionados y Prohibidos, en lo referente a Educación y Cultura, donde le permite a las instalaciones de las universidades un Uso Comercial C1 (Comercial de Centro Urbano, da servicio a nivel centro de población) y C2 (Comercial de Subcentro Urbano, da servicio a un sector del centro de población). III.5 Áreas Naturales Protegidas y Programas de Manejo

No aplica ya que el proyecto no se encuentra dentro de ningún Área Natural Protegida. Las áreas naturales protegidas más cercanas son la de Manatí, Chacmuchuch y el Parque Nacional Costa Occidental de Isla Mujeres, Punta Cancún y Punta Nizuc, sin colindar con ellas. III.6 Concordancias de las actividades del proyecto con las Normas Oficiales Mexicanas.

No obstante lo relativo a que no se aprovechará o afectará a los individuos del humedal costero del sitio del proyecto y que se ubican en el sitio del área de conservación de 15.31 has, a continuación se efectúa la vinculación y cumplimiento con las disposiciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-022 SEMARNAT-2003, Que establece las especificaciones para la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zonas de manglar, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de abril de 2003; así como el ACUERDO que adiciona la especificación 4.43 a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003, Que establece las especificaciones para la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zonas de manglar publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 2004.

Especificación Cumplimiento del proyecto

4.0 El manglar deberá preservarse como comunidad vegetal. En la evaluación de las solicitudes en materia de cambio de uso de suelo, autorización de aprovechamiento de la vida silvestre e impacto ambiental se deberá garantizar en todos los casos la integralidad del mismo, para ello se contemplarán los siguientes puntos: − La integridad del flujo hidrológico del humedal costero; − La integridad del ecosistema y su zona de influencia en la plataforma continental; − Su productividad natural;

El proyecto original fue autorizado ambientalmente a la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo mediante el oficio No. DFQR/0056/2002 de fecha 28 de enero de 2002, por lo que el presente proyecto es solamente para la etapa de operación de las instalaciones ya permitidas oficialmente. Además, la

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− La capacidad de carga natural del ecosistema para turistas; − Integridad de las zonas de anidación, reproducción, refugio, limentación y alevinaje; − La integridad de las interacciones funcionales entre los humedales costeros, los ríos (de superficie y subterráneos), la duna, la zona marina adyacente y los corales; − Cambio de las características ecológicas; − Servicios ecológicos; - Ecológicos y eco fisiológicos (estructurales del ecosistema como el agotamiento de los procesos primarios, estrés fisiológico, toxicidad, altos índices de migración y mortalidad, así como la reducción de las poblaciones principalmente de aquellas especies en status, entre otros).

superficie del área de conservación planteada originalmente se ha visto incrementada de 5.7 Has a 15.31 Has, considerando que no se altero ni se daño este tipo de vegetación por lo que en función de la política de conservación de la Universidad se incremento dicha superficie como fue señalado previamente.

4.1 Toda obra de canalización, interrupción de flujo o desvío de agua que ponga en riesgo la dinámica e integridad ecológica de los humedales costeros, quedará prohibida, excepto en los casos en los que las obras descritas sean diseñadas para restaurar la circulación y así promover la regeneración del humedal costero.

No habrá construcción de canales ni desvió de interrupción del flujo de agua.

4.2 Construcción de canales que, en su caso, deberán asegurar la reposición del mangle afectado y programas de monitoreo para asegurar el éxito de la restauración. 4.3 Los promoventes de un proyecto que requieran de la existencia de canales, deberán hacer una prospección con la intención de detectar los canales ya existentes que puedan ser aprovechados a fin de evitar la fragmentación del ecosistema, intrusión salina, asolvamiento y modificación del balance hidrológico. 4.4 El establecimiento de infraestructura marina fija (diques, rompeolas, muelles, marinas y bordos) o cualquier otra obra que gane terreno a la unidad hidrológica en zonas de manglar queda prohibida excepto cuando tenga por objeto el mantenimiento o restauración de ésta.

No aplica, puesto que el proyecto no está relacionado con la construcción de infraestructura marina.

4.5 Cualquier bordo colindante con el manglar deberá evitar bloquear el flujo natural del agua hacia el humedal costero.

No habrá construcción de bordos colindantes con el manglar.

4.6 Se debe evitar la degradación de los humedales costeros por contaminación y asolvamiento.

No habrá degradación del manglar, por el contrario 15.31 has serán destinadas como Área de Conservación Ecológica.

4.7 La persona física o moral que utilice o vierta agua proveniente de la cuenca que alimenta a los humedales costeros, deberá restituirla al cuerpo de agua y asegurarse de que el volumen, pH, salinidad, oxígeno disuelto, temperatura y la calidad del agua que llega al humedal costero garanticen la viabilidad del mismo. No se verterá ningún tipo de fluido o

desecho líquido, ni se hará uso de agua para alguna otra actividad; por ello, no se usaran y/o verterán metales pesados o contaminantes de ningún tipo ya que, además, se cuenta con el servicio de drenaje y alcantarillado municipal en esta zona donde se ubica el proyecto.

4.8 Se deberá prevenir que el vertimiento de agua que contenga contaminantes orgánicos y químicos, sedimentos, carbón metales pesados, solventes, grasas, aceites combustibles o modifiquen la temperatura del cuerpo de agua; alteren el equilibrio ecológico, dañen el ecosistema o a sus componentes vivos. Las descargas provenientes de granjas acuícolas, centros pecuarios, industrias, centros urbanos, desarrollos turísticos y otras actividades productivas que se viertan a los humedales costeros deberán ser tratadas y cumplir cabalmente con las normas establecidas según el caso.

4.9 El permiso de vertimiento de aguas residuales a la unidad hidrológica debe ser solicitado directamente a la autoridad competente, quien le fijará las condiciones de calidad de la descarga y el monitoreo que deberá realizar.

No se pretende verter aguas residuales a al humedal, toda vez que se cuenta con la red de drenaje municipal en el área de ubicación del proyecto.

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4.10 La extracción de agua subterránea por bombeo en áreas colindantes a un manglar debe de garantizar el balance hidrológico en el cuerpo de agua y la vegetación, evitando la intrusión de la cuña salina en el acuífero.

No se pretende acciones de extracción de agua subterránea dentro del sitio.

4.11 Se debe evitar la introducción de ejemplares o poblaciones que se puedan tornar perjudiciales, en aquellos casos en donde existan evidencias de que algunas especies estén provocando un daño inminente a los humedales costeros en zona de manglar, la Secretaría evaluará el daño ambiental y dictará las medidas de control correspondientes.

Se da por cumplido este criterio. El programa de reforestación, se llevo a cabo en las áreas ajardinadas de las etapas 1, 2, 3 y 4 de la Universidad. En los sitios de áreas verdes, estacionamientos y camellones, se han sembrado árboles y plantas recomendadas en el programa de reforestación.

4.12 Se deberá considerar en los estudios de impacto ambiental, así como en los ordenamientos ecológicos el balance entre el aporte hídrico proveniente de la cuenca continental y el de las mareas, mismas que determinan la mezcla de aguas dulce y salada recreando las condiciones estuarinas, determinantes en los humedales costeros y las comunidades vegetales que soportan.

No aplica. El proyecto solamente comprende la etapa de operación y no colinda con el mar.

4.13 En caso de que sea necesario trazar una vía de comunicación en tramos cortos de un humedal o sobre un humedal, se deberá garantizar que la vía de comunicación es trazada sobre pilotes que permitirán el libre flujo hidráulico dentro del ecosistema, así como garantizar el libre paso de la fauna silvestre. Durante el proceso constructivo se utilizarán métodos de construcción en fase (por sobre posición continua de la obra) que no dañen el suelo del humedal, no generen depósito de material de construcción ni genere residuos sólidos en el área.

No se trazará ninguna vía de comunicación.

4.14 La construcción de vías de comunicación aledañas, colindantes o paralelas al flujo del humedal costero, deberá incluir drenes y alcantarillas que permitan el libre flujo del agua y de luz. Se deberá dejar una franja de protección de 100 m (cien metros) como mínimo la cual se medirá a partir del límite del derecho de vía al límite de la comunidad vegetal, y los taludes recubiertos con vegetación nativa que garanticen su estabilidad.

No aplica. Como se señaló en el numeral anterior, no se trazará ninguna vía de comunicación.

4.15 Cualquier servicio que utilice postes, ductos, torres y líneas, deberá ser dispuesto sobre el derecho de vía. En caso de no existir alguna vía de comunicación se deberá buscar en lo posible bordear la comunidad de manglar, o en el caso de cruzar el manglar procurar el menor impacto posible.

El proyecto no implica la contratación de servicios de comunicación.

4.16 Las actividades productivas como la agropecuaria, acuícola intensiva o semi-intensiva, infraestructura urbana, o alguna otra que sea aledaña o colindante con la vegetación de un humedal costero, deberá dejar una distancia mínima de 100 m respecto al límite de la vegetación, en la cual no se permitirá actividades productivas o de apoyo.

No obstante que el proyecto no pretende la remoción, despalme o desmonte de mangle, el promovente se apega a la especificación 4.43, del Acuerdo que adiciona la especificación 4.43 a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003, que establece las especificaciones para la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zonas de manglar.

4.17 La obtención del material para construcción, se deberá realizar de los bancos de préstamo señalados por la autoridad competente, los cuales estarán ubicados fuera del área que ocupan los manglares y en sitios que no tengan influencia sobre la dinámica ecológica de los ecosistemas que los contienen.

No aplica. Ya que se refiere a la etapa de operación del proyecto.

4.18 Queda prohibido el relleno, desmonte, quema y desecación de Se atenderá esta disposición.

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vegetación de humedal costero, para ser transformado en potreros, rellenos sanitarios, asentamientos humanos, bordos, o cualquier otra obra que implique pérdida de vegetación, que no haya sido autorizada por medio de un cambio de utilización de terrenos forestales y especificada en el informe preventivo o, en su caso, el estudio de impacto ambiental. 4.19 Queda prohibida la ubicación de zonas de tiro o disposición del material de dragado dentro del manglar, y en sitios en la unidad hidrológica donde haya el riesgo de obstrucción de los flujos hidrológicos de escurrimiento y mareas.

No habrá estas actividades.

4.20 Queda prohibida la disposición de residuos sólidos en humedales costeros.

Se da total cumplimiento a esta disposición, ya que se cuenta con sitios de acopio y almacenamiento de residuos producto de la separación de los mismos, para su disposición en sitios autorizados. Con el fin de cumplir con la Ley para la Prevención y la Gestión Integral de Residuos del Estado de Quintana Roo, se cuenta con el Programa Integral de Manejo de Residuos Sólidos y Líquidos (Manual de Procedimientos de Separación de Residuos Sólidos).

4.21 Queda prohibida la instalación de granjas camaronícolas industriales intensivas o semintensivas en zonas de manglar y lagunas costeras, y queda limitado a zonas de marismas y a terrenos más elevados sin vegetación primaria en los que la superficie del proyecto no exceda el equivalente de 10% de la superficie de la laguna costera receptora de sus efluentes en lo que se determina la capacidad de carga de la unidad hidrológica. Esta medida responde a la afectación que tienen las aguas residuales de las granjas camaronícolas en la calidad del agua, así como su tiempo de residencia en el humedal costero y el ecosistema.

En este caso no aplican las especificaciones, ya que no es un proyecto de acuacultura.

4.22 No se permite la construcción de infraestructura acuícola en áreas cubiertas de vegetación de manglar, a excepción de canales de toma y descarga, los cuales deberán contar previamente con autorización en materia de impacto ambiental y de cambio de utilización de terrenos forestales. 4.23 En los casos de autorización de canalización, el área de manglar a deforestar deberá ser exclusivamente la aprobada tanto en la resolución de impacto ambiental y la autorización de cambio de utilización de terrenos forestales. No se permite la desviación o rectificación de canales naturales o de cualquier porción de una unidad hidrológica que contenga o no vegetación de manglar.

En este caso no aplica, toda vez que no se trata de ninguna canalización.

4.24 Se favorecerán los proyectos de unidades de producción acuícola que utilicen tecnología de toma descarga de agua, diferente a la canalización.

Debido a las características del proyecto, no le aplican estas especificaciones, ya que no es un proyecto acuícola.

4.25 La actividad acuícola deberá contemplar preferentemente post-larvas de especies nativas producidas en laboratorio. 4.26 Los canales de llamada que extraigan agua de la unidad hidrológica donde se ubique la zona de manglares deberá evitar, la remoción de larvas y juveniles de peces y moluscos.

No aplica, ya que el proyecto no contempla la instalación de canales de llamada que extraigan agua de la unidad hidrológica.

4.27 Las obras o actividades extractivas relacionadas con la producción de sal, sólo podrán ubicarse en salitrales naturales; los bordos no deberán exceder el límite natural del salitral, ni obstruir el flujo natural

No aplica. No se pretende la extracción de sal.

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de agua en el ecosistema. 4.28 La infraestructura turística ubicada dentro de un humedal costero debe ser de bajo impacto, con materiales locales, de preferencia en palafitos que no alteren el flujo superficial del agua, cuya conexión sea a través de veredas flotantes, en áreas lejanas de sitios de anidación y percha de aves acuáticas, y requiere de zonificación, monitoreo y el informe preventivo.

No aplica por no ser un proyecto turístico.

4.29 Las actividades de turismo náutico en los humedales costeros en zonas de manglar deben llevarse a cabo de tal forma que se evite cualquier daño al entorno ecológico, así como a las especies de fauna silvestre que en ellos se encuentran. Para ello, se establecerán zonas de embarque y desembarque, áreas específicas de restricción y áreas donde se reporte la presencia de especies en riesgo.

En este caso no aplica, no habrá turismo náutico, solamente se trata de instalaciones para la impartición de la docencia y educación a nivel de licenciatura y postgrado.

4.30 En áreas restringidas los motores fuera de borda deberán ser operados con precaución, navegando a velocidades bajas (no mayor de 8 nudos), y evitando zonas donde haya especies en riesgo como el manatí.

No aplica, ya que no es posible usar embarcaciones dado las condiciones del humedal (no hay cuerpos de agua).

4.31 El turismo educativo, ecoturismo y observación de aves en el humedal costero deberán llevarse a cabo a través de veredas flotantes, evitando la compactación del sustrato y el potencial de riesgo de disturbio a zonas de anidación de aves, tortugas y otras especies.

En su caso se tomará en cuenta esta disposición.

4.32 Deberá de evitarse la fragmentación del humedal costero mediante la reducción del número de caminos de acceso a la playa en centros turísticos y otros. Un humedal costero menor a 5 km de longitud del eje mayor, deberá tener un solo acceso a la playa y éste deberá ser ubicado en su periferia. Los accesos que crucen humedales costeros mayores a 5 km de longitud con respecto al eje mayor, deben estar ubicados como mínimo a una distancia de 30 km uno de otro.

No aplica. Ya que no habrá fragmentación del humedal ni accesos a playa.

4.33 La construcción de canales deberá garantizar que no se fragmentará el ecosistema y que los canales permitirán su continuidad, se dará preferencia a las obras o el desarrollo de infraestructura que tienda a reducir el número de canales en los manglares.

No habrá construcción de canales.

4.34 Se debe evitar la compactación del sedimento en marismas y humedales costeros como resultado del paso de ganado, personas, vehículos y otros factores antropogénicos.

No se pretende la compactación del sedimento del sitio aledaño donde se tiene mangle.

4.35 Se dará preferencia a las obras y actividades que tiendan a restaurar, proteger o conservar las áreas de manglar ubicadas en las orillas e interiores de las bahías, estuarios, lagunas costeras y otros cuerpos de agua que sirvan como corredores biológicos y que faciliten el libre tránsito de la fauna silvestre.

Con el fin de dar cumplimiento a este criterio, se pretende dejar en el predio del proyecto un área de conservación Ecológica de 15.31Has (153,105.93 m2) lo que equivale al 67.49% del área total del proyecto.

4.36 Se deberán restaurar, proteger o conservar las áreas de manglar ubicadas en las orillas e interiores de las bahías, estuarios, lagunas costeras y otros cuerpos de agua que sirvan como corredores biológicos y que faciliten el libre tránsito de la fauna silvestre, de acuerdo como se determinen en el Informe Preventivo. 4.37 Se deberá favorecer y propiciar la regeneración natural de la unidad hidrológica, comunidad vegetales y animales mediante el restablecimiento de la dinámica hidrológica y flujos hídricos continentales (ríos de superficie y subterráneos, arroyos permanentes y temporales, escurrimientos terrestres laminares, aportes del manto freático), la eliminación de vertimientos de aguas residuales y sin tratamiento protegiendo las áreas que presenten potencial para ello. 4.38 Los programas proyectos de restauración de manglares deberán estar fundamentados científica y técnicamente y aprobados en la resolución de impacto ambiental, previa consulta a un grupo colegiado. Dicho proyecto deberá contar con un protocolo que sirva de línea de base para determinar las acciones a realizar.

No obstante que no es un proyecto de restauración de manglares se tomara en cuenta este criterio ya que la Universidad del Caribe cuenta con un grupo académico y de investigación.

4.39 La restauración de humedales costeros con zonas de manglar No obstante de no ser un proyecto de

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deberá utilizar el mayor número de especies nativas dominantes en el área a ser restaurada, tomando en cuenta la estructura y composición de la comunidad vegetal local, los suelos, hidrología y las condiciones del ecosistema donde se encuentre.

restauración de humedales, así como no hacer afectación del humedal costero, se pretende continuar con el Plan de Manejo del Área de Conservación ya existente y ampliado en el presente.

4.40 Queda estrictamente prohibido introducir especies exóticas para las actividades de restauración de los humedales costeros.

Se dará el debido cumplimiento a esta indicación, ya que no se considera introducir especies exóticas en la zona del humedal y el área ya reforestada.

4.41 La mayoría de los humedales costeros restaurados y creados requerirán de por lo menos de tres a cinco años de monitoreo, con la finalidad de asegurar que el humedal costero alcance la madurez y el desempeño óptimo.

Se cuenta con un Plan de Manejo del Área de Conservación por lo que en su caso se tomara en cuenta dicho criterio.

4.42 Los estudios de impacto ambiental y ordenamiento deberán considerar un estudio integral de la unidad hidrológica donde se ubican los humedales costeros.

No aplica al presente proyecto toda vez que el proyecto original fue autorizado ambientalmente a la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo mediante el oficio No. DFQR/0056/2002 de fecha 28 de enero de 2002, por lo que el presente proyecto es solamente para la etapa de operación de las instalaciones ya permitidas y realizadas con anterioridad.

En relación al Acuerdo que Adiciona la Especificación 4.43 a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 2004, el cual establece las especificaciones para la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zonas de manglar, se señala lo siguiente.

Artículo Único.- Se adiciona la especificación 4.43 a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003, que establece las especificaciones para la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zonas de manglar, para quedar como sigue: "4.43 La prohibición de obras y actividades estipuladas en los numerales 4.4 y 4.22 y los límites establecidos en los numerales 4.14 y 4.16 podrán exceptuarse siempre que en el informe preventivo o en la manifestación de impacto ambiental, según sea el caso se establezcan medidas de compensación en beneficio de los humedales y se obtenga la autorización de cambio de uso de suelo correspondiente."

El proyecto no pretende aprovechar ninguna ejemplar de humedal costero, toda vez que las etapas de preparación y construcción ya han sido ejecutadas y sin afectar a la vegetación de manglar existente en el área del proyecto ya que, por el contrario, se ha incrementado el área de conservación que en un primer planteamiento (proyecto anterior ya autorizado ambientalmente) fue de 57,230.22 m2 y actualmente es de 153,105.93 m2, lo que equivale al 67.49% de la superficie total del terreno, considerando la política de conservación ecológica de la Universidad; por ello, por no ser infraestructura marina o una actividad productiva, para su ejecución, el proyecto, no se sujeta a lo establecido en los puntos 4.4 y 4.16 de la presente norma; ni a la especificación 4.14. Por lo que se refiere a la especificación 4.16, la Universidad se apega al Acuerdo que Adiciona la Especificación 4.43 a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003, no obstante que, como ha sido planteado repetidamente, no se pretende dañar, perturbar o impactar la vegetación de humedal costero existente y que el proyecto original, donde se contemplaba esta etapa, ya ha sido autorizado (con Resolutivo en Materia de Impacto Ambiental No DFQR/0056/2002, de fecha 28 de enero del 2002), se hace el presente planteamiento a solicitud de la propia SEMARNAT. Como parte de las disposiciones establecidas y como medidas de compensación, el promovente propone someter a consideración de la autoridad la propuesta del incremento del área de conservación en los

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términos arriba señalados y continuar con el Plan de Manejo del Área de Conservación ya existente y ampliado en el presente, donde se tiene contemplada la limpieza, mantenimiento y conservación. Todo ello como medida de compensación en beneficio del humedal. Asimismo, se pretende participar con el H. Ayuntamiento de Benito Juárez en el Programa de Educación Ambiental a través del cual se concientice al público en general sobre la importancia de la preservación y conservación de los ecosistemas de manglar en la región. Por otra parte, debido a que como se señaló, el proyecto ya fue autorizado para las etapas iníciales (mismas que ya han sido terminadas), motivo por el cual, para la presente etapa no se hace necesario contar con la autorización cambio del uso del suelo. Con todo lo anteriormente expuesto, se da cumplimiento a lo establecido por el Acuerdo que Adiciona la Especificación 4.43 a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003.

Norma Oficial Mexicana NOM-080-SEMARNAT-1994, que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido provenientes del escape de los vehículos automotores, motocicletas y triciclos motorizados en circulación, y su método de medición.

Esta Norma se aplicará en los niveles de ruido que se emitirán a la atmósfera por la operación de los vehículos que serán utilizados durante la operación del proyecto, como son los automóviles de profesores, empleados y estudiantes, así como de los vehículos encargados del transporte del estudiantes y personal en general, además de que serán puntuales, estas acciones se realizarán al aire libre, lo que permitirá una dispersión de los sonidos generados por estas actividades.

Los propietarios de las unidades son los responsables de cumplir con lo establecido, a quienes se darán las indicaciones pertinentes.

Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEMARNAT-1996, que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal.

Al respecto, las aguas residuales generadas durante la operación de la Universidad del Caribe, serán vertidas mediante red hidrosanitaria hacia el sistema de alcantarillado municipal, por lo que deberán sujetarse a esta Norma.

Norma Oficial Mexicana NOM-041-SEMARNAT-1999, que establece los límites niveles máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible.

Esta norma aplica para los vehículos que transporten al los profesores, estudiantes en general, trabajadores, empleados y público visitante. Será considerada esta indicación de la Norma para señalarla a los propietarios de los vehículos.

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Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, en el predio en comento se encuentra vegetación de manglar conformada por las especies de mangle rojo (Rizophora mangle), mangle blanco (Laguncularia racemosa), mangle negro (Avicennia germinans) y botoncillo (Conocarpus erecta) catalogadas como protección especial, con una superficie originalmente planteada de 5.7 Has y que actualmente, debido a la reubicación de las instalaciones del proyecto se ha visto incrementada el Área de Conservación Ecológica a una superficie total de 15.31 Has, asimismo, la palma chit seguirá siendo objeto de cuidados y protección. Por otro lado se tiene la presencia de la iguana rayada (Ctenosaura similis) de la cual se tomará las medidas para continuar con su protección.

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IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO

IV.1 Delimitación del área de estudio

El municipio de Benito Juárez, se encuentra situado en el paralelo 21º 10’ de latitud Norte y meridiano 86º 56’ de longitud Oeste. Limita al Norte con los municipios de Lázaro Cárdenas e Isla Mujeres, y el Mar Caribe; al Este y al Sur con el Mar Caribe y municipio de Solidaridad y al oeste con el municipio de Lázaro Cárdenas. Al Sureste de Cancún se ubican las lagunas de Nichupté y de Bojorquez, delimitadas por dos barras, de 12 km. al Este y de 6 km aproximadamente al Norte. En la porción Norte se encuentra el Sistema Lagunar Chacmuchuch, colindando con el municipio de Isla Mujeres. En esta gran región, la Universidad del Caribe se encuentra ubicada en un predio de 284,733 m2 ó 28-47-33 Has (donde se ubica el polígono del presente proyecto), ubicado en SM 78, Mza.1, Lote 1, Esquina Fraccionamiento Tabachines el cual se localiza en la parte Norte de la ciudad de Cancún.

Para el caso del presente proyecto, se consideró la información presentada en la MIA originalmente planteada y que fue objeto de la emisión de la autorización ambiental por parte de la SEMARNAT, de esta manera, el área de estudio se delimitó con base a criterios ambientales, conforme al elemento del ambiente que se considere. Así, en el caso de la vegetación y la fauna, el reconocimiento fue puntual, debido a las condiciones actuales, realizándose a nivel de predio (y del área en caso de la fauna); mientras que para los factores físicos como el clima, suelo, hidrología y geología, se consideró una superficie mayor a nivel regional, estatal y/o municipal conforme a la disponibilidad de la información de las fuentes oficiales, de tal manera que el sistema ambiental que se tiene es el que se circunscribe a la porción regional, y que debido a la situación del predio, el área de influencia del proyecto esta enmarcada en la parte Norte por el Sistema Lagunar de Chacmuchuch, al Sur por la parte urbana de la ciudad de Cancún, al Este por el Mar Caribe

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y al Oeste con una fracción del terreno de la propia Universidad, una porción urbana de la propia ciudad de Cancún y el área del relleno sanitario municipal, todo ello significa una serie de barreras ecológicas que lo sitúan y aislan marcadamente y que, no obstante de estar integrada en el ecosistema costero, presenta características particulares de los factores bióticos.

IV.2 Caracterización y análisis del sistema ambiental

IV.2.1 Aspectos abióticos IV.2.1.1 Clima

La latitud geográfica de la península de Yucatán provoca que durante el periodo de verano, cuando el sol alcanza su mayor altura sobre el horizonte, la región esté bajo la influencia del aire marítimo templado y húmedo que se genera en la Zona de Convergencia Intertropical (ZCI); mientras que en la época de invierno, cuando la altura del sol es menor, predominan los vientos alisios del Este-Sureste. Esta variación produce dos periodos climáticos bien definidos que son los que caracterizan a la Península de Yucatán:

La estación seca, se extiende desde enero hasta mayo y la húmeda, va de mayo a octubre, con un periodo invernal intermedio denominado de “nortes”. En términos generales, el régimen estacional de la lluvia y la alta temperatura media del aire se combinan para producir un clima de sabana tropical en la mayor parte de la región.

Los huracanes son frecuentes durante la última parte del verano y el comienzo del otoño (agosto-octubre e incluso noviembre). Cuando se generan estas perturbaciones atmosféricas afectan a las costas de Quintana Roo en dos matrices: una en el Mar Caribe, frente a las costas de Venezuela y Trinidad; la segunda, forma huracanes en el Atlántico oriental que, después de atravesar América Central y las Antillas Menores, doblan hacia el Norte para dirigirse a la costa de Florida. Los fuertes vientos, el oleaje generado por los mismos y las ondas de tormenta que elevan considerablemente el nivel del mar pueden causar efectos destructivos en los corales. Los vientos generados por estos fenómenos suelen alcanzar velocidades superiores a 120 nudos (222 km/h). El huracán Gilberto registró ráfagas cercanas a los 180 nudos (alrededor de 320 km/h). Virtualmente cada huracán que afecta el norte de la península se mueve a través del Canal de Yucatán o sobre la esquina noreste de la península.

Los vientos invernales del norte representan otro fenómeno hidro-meteorológico que afecta de manera determinante las condiciones climáticas del área, con efectos semejantes a los huracanes (lluvias, marejadas, etc.), sólo que en menor grado.

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En cuanto a la precipitación en el estado, llueve alrededor de 1,000 mm en promedio, concentrándose en el periodo de mayo a octubre, con máximos en junio y septiembre, y presentando una disminución importante en agosto, originando una sequía intraestival o canícula. Las precipitaciones en esa época se atribuyen al movimiento de la zona intertropical de convergencia, relacionado con los movimientos aparentes del sol a lo largo del año (equinoccio de primavera, solsticio de verano y equinoccio de otoño), provocando que las zonas de baja y alta presión cambien de posición y el cinturón de Bermudas- Azores de alta presión afecte al estado.

El clima en la región y en el área de estudio, es cálido subhúmedo con lluvias en verano, categoría que incluye a los subtipos menos húmedos de los cálidos subhúmedos cuya precipitación del mes mas seco es menor de 60 mm. De acuerdo con la clasificación de Köppen modificada por García (1988) corresponde al subtipo climático es Aw0(x´))(i’)g. Dentro del grupo de climas del Estado de Quintana Roo, este clima se caracteriza por ser de los más cálidos, con temperatura media mayor a los 22 ºC y la del mes más frío superior a los 18ºC, isoyetas cercanas a los 1,500 mm y cociente precipitación/ temperatura mayor que 55.3.

• Temperaturas promedio anuales, mensuales y extremas. A manera de contar con una aproximación de la temperatura en el área del proyecto, se han recopilado registros de diversas fuentes y periodos correspondientes a zonas circunvencinas al predio. Así, se consideraron los datos mas recientes, de 1991 a 2005, registrados en la Estación Climática en Cancún y los indicados para la zona continental del Municipio Isla Mujeres en el Programa del Centro de Población.

Los datos registrados en la Estación Climatológica de Cancún, de la Comisión Nacional del Agua (CNA), referentes a los promedios mensuales de lluvia y temperatura en un lapso de 10 años, de 1991 al 2005, indican que los rangos de temperaturas promedio mensuales van de 23.1 a 30.8 ºC y la temperatura anual media fue de 27.2 ºC.

Las temperaturas promedio extremas para el área van de 19.0 ºC la mínima y 35.2 ºC la máxima.

Durante este periodo la temperatura más baja fue de 9.5 ºC y se registró en marzo de 1996, mientras que la más alta fue en agosto de 1998 con 39.5 ºC. De acuerdo con las temperaturas promedio registradas en este periodo, el mes más frío es enero con 24.1 ºC y julio el más caluroso con 29.3 ºC, con una oscilación térmica de 5.2 ºC.

• Precipitaciones promedio mensuales, anuales y extremas (mm).

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Por lo que hace a los registros de la precipitación pluvial reportados por la Estación Climatológica en Cancún, indican que la precipitación pluvial promedio anual registrada a lo largo del periodo de 1991-2005 fue de 1,338.4 mm. El año de mayor precipitación fue 2005, con la llegada del Huracán Wilma. El promedio de precipitación mensual más alto ocurre en el mes de septiembre, con 231.0 mm de lluvia mensual; mientras que abril, que presenta la menor precipitación mensual promedio, se registro 39.2 mm.

• Humedad relativa. En la zona, los valores medios de humedad van del 80 al 90% como consecuencia del régimen de lluvias presente. La temporada de lluvias dura casi todo el año, pues la temporada de secas únicamente incluye los meses de febrero a mayo. Los registros indican que los valores máximos se presentan durante los meses de julio a octubre, principalmente durante septiembre, coincidiendo con la época de lluvias; mientras que los valores más bajos ocurren en los meses de secas, principalmente marzo, abril y mayo.

• Balance Hídrico (Evaporación y Evapotranspiración). El balance de escurrimiento medio anual es de 0-20 mm mientras que el déficit por evapotranspiración para la zona es de 600 a 700 mm anuales.

• Precipitación promedio mensual, anual y extrema (mm). Por lo que hace a la precipitación pluvial, el promedio anual en el periodo de 1991-2005 fue de 1,336.9 mm. El año de mayor precipitación fue 1998, en él se registró 1,955.3 mm; mientras que 1996 presentó la menor cantidad con 1,032.0 mm de lluvia. De acuerdo con los datos, la mayor precipitación mensual ocurre en el mes de septiembre, el cual tiene un promedio de 231.0 mm de lluvia mensual; mientras que abril es el mes que presenta la menor precipitación mensual promedio, con un registro de 39.2 mm. En este periodo, la precipitación máxima registrada en 24 horas ocurrió en el mes de agosto del 2001 y fue de 300.5 mm, mientras que la precipitación promedio mensual máxima, de 499.4 mm, se registró en agosto de 2001.

• Vientos dominantes (dirección y velocidad) mensual y anual. Los vientos alisios predominan durante todo el año con vientos NNE y ESE. En el Programa del Centro de Población de la Zona Continental de Isla Mujeres (1999), se indica que la dirección del viento tiene orientación SE-NW con velocidad promedio de 2 m/s, alcanzando una velocidad máxima de 7.5 m/s durante el otoño, cuando tiene componentes del Este, Noreste y Norte. Con base a los registros para 1998 y 1999 de la Estación Climática en Cancún, en los meses de noviembre y diciembre, la dirección del viento cambia hacia el Norte y presenta velocidades de 2 n/s, etapa conocida como temporada de “Nortes”.

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Los datos de esta Estación fueron considerados debido a su cercanía con el predio del proyecto.

• Nubosidad. Durante la mayor parte del año el cielo presenta características de medio nublado a nublado con formaciones columbiformes (con desarrollo vertical) que ocasionan chubascos frecuentes y algunas tormentas eléctricas, principalmente por las tardes y noches.

En invierno, el arribo de líneas frontales boreales (nortes) origina nubes estratiformes (en capas o mantos y sin desarrollo vertical) que dan lugar a lluvias ligeras intermitentes. Las nieblas son escasas en la región y aparecen principalmente entre noviembre y febrero, casi siempre como consecuencia del paso de un frente frío (norte). Por lo general estas nieblas se forman después de las 22:00 horas y desaparecen antes de las 08:00 horas.

• Presión atmosférica. Los valores mínimos se tienen en los meses de septiembre y octubre, también de máximas lluvias, mientras que los valores máximos de presión se presentan en los meses más fríos (enero y febrero).

IV.2.1.2 Viento

Los vientos dominantes de febrero a julio son alisios, provenientes del sureste con velocidades de 10 km/h en promedio y hasta 30 Km/h durante perturbaciones tropicales. Se presentan vientos del norte durante los meses de invierno, particularmente de noviembre a marzo. Estos vientos, los llamados “nortes”, son masas de aire húmedas y frías que provienen del norte del Océano Atlántico, así como del continente y que alcanzan altas velocidades. Provocan fuertes lluvias, acompañadas de vientos con rachas de hasta 100 km/h, lo que hace descender la temperatura local considerablemente. Estos fenómenos se presentan en los meses de noviembre a febrero, y eventualmente hasta marzo.

IV.2.1.3 Huracanes y tormentas tropicales.

El Caribe Oriental es la segunda zona matriz que se establece en julio cuando el calentamiento de la zona es elevado, dando origen a huracanes de gran recorrido y potencia. La tercera zona se ubica en la porción atlántica formando huracanes aún más potentes que la anterior. Estas zonas matrices pueden desarrollar desplazamientos ya que están en función de la formación de centros de máximo calentamiento marino asociados a la deriva de la “Corriente del Golfo”.

Los huracanes en el Mar Caribe formados en la región occidental durante junio y julio se repiten a finales de septiembre, octubre y noviembre, generalmente viajan hacia el Noroeste

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o hacia el Noreste atravesado la Península de Yucatán hacia el Golfo de México y desapareciendo sobre las costas de Estados Unidos. Los ciclones tropicales originados durante octubre y noviembre generalmente siguen su curso al este de Centroamérica recurvando hacia el Noreste pasando sobre Cuba.

Vientos ciclónicos.- Los vientos generados por huracanes pueden alcanzar y sobrepasar los 250 km/h en el límite del radio de máximos vientos ciclostróficos, con rachas de más de 300 km/h. El poder destructivo del viento aumenta con respecto al cuadrado de la velocidad, esto significa que al triplicar la velocidad del viento el factor destructivo aumenta hasta nueve veces.

El viento, ya sea por su impacto directo o por objetos arrastrados por él, es el fenómeno que produce la máxima destrucción en infraestructura en zonas costeras (Díaz, 2001).

Lluvias e inundaciones.- Las lluvias que acompañan a los huracanes varían e forma dramática y son muy difíciles de predecir. Estas pueden ser muy intensas y durar varios días o simplemente se pueden disipar en cuestión de horas. La topografía local, la humedad y la velocidad del viento ciclónico son factores que las afectan directamente.

Las destrucciones que pueden ocurrir debido a la presencia de lluvias extraordinarias se pueden dividir en:

Infiltración de lluvia en estructuras sólidas causando daños estructurales internos.

Inundaciones, con los consecuentes daños en infraestructura (vías de comunicación, líneas telefónicas, instalaciones eléctricas) y por tanto a la población.

Vulnerabilidad de la Península de Yucatán.- La presencia y acción de los huracanes sobre las costas mexicanas se traduce en un riesgo inminente para las poblaciones e infraestructura costera, con pérdidas millonarias a lo largo de las costas del Mar Caribe. Comúnmente, la mayor parte del daño causado por la presencia y acción de los huracanes, cuando se aproximan a tierra, ocurre dentro de las primeras seis horas a partir de que se manifiestan las tormentas.

El hecho de que un huracán cruce el territorio continental, se debe no sólo a su intensidad, sino también a la orografía, este factor que actúa como medio disipador de la energía de los huracanes, en ocasiones no alcanza a disipar totalmente la energía de éstos. En el caso de los estados de la Península de Yucatán, están ubicados en una zona de planicie, que no presenta grandes ondulaciones ni macizos, su elevación máxima no supera los 300 msnm (Soriano, 1991).

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La destrucción ocasionada por los huracanes en los últimos años, especialmente en las zonas del Caribe Mexicano, se ha caracterizado por cambiar constantemente las configuraciones costeras. El peligro aumenta al crearse una combinación de factores que acompañan a un huracán; tales como aumento del nivel del mar, vientos extraordinarios y lluvias intensas. La información relacionada con daños asociados a la presencia de huracanes se ha recopilado desde finales de los años 30’s; es notorio que mientras que la magnitud y fuerza destructiva parece no cambiar con el transcurso del tiempo, las poblaciones y asentamientos humanos han aumentado considerablemente en las zonas costeras de alto riesgo.

El huracán Gilberto (1988) que fue, el más intenso del siglo XX registrado en el hemisferio tropical occidental (Rodríguez, 1998), y que azotó las costas mexicanas; causó pérdidas millonarias en infraestructura y cobró un gran número de vidas humanas probando que, inclusive en Cancún, un importantísimo polo de desarrollo nacional, el diseño de la infraestructura es insuficiente para resistir los embates de huracanes de gran magnitud.

IV.2.1.4 Geología y geomorfología

• Características litológicas del área. La porción del sitio del proyecto, corresponde a la región Nororiental del Estado de Quintana Roo. Los materiales del basamento corresponden a calizas arrecifales de amplia distribución regional formado por bancos macizos de rocas calizas marinas, densos, poco fracturados y con moderada cavernosidad, que corresponden a la Formación Carrillo Puerto, que data del terciario (Butterlin, 1985).

Con base a la Carta Geológica (1:1’000,0000) la zona del proyecto sobreyace a la unidad geológica denominada Q(cz), cuyo origen y consolidación data del cuaternario. La composición lítica de la unidad consiste básicamente en rocas calizas.

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• Características geomorfológicas más importantes. El área del proyecto corresponde a la unidad geohidrológica A, de material consolidado con posibilidades bajas de funcionar como acuífero. El suelo está constituido por depósitos detríticos cuaternarios formados por arcillas, limos, arenas y gravas. Esta unidad se encuentra sobreyaciendo a las rocas calcáreas que funcionan como acuíferos de tipo libre.

• Características del relieve. El estado de Quintana Roo pertenece a la Provincia Fisiográfica de Yucatán, la cual la divide a su vez en tres subprovincias denominadas: Plataforma de Yucatán, Llanuras con Dolinas y Costa Baja (Raisz, 1959).

De esta manera el área, por su relieve casi plano, es considerada como zona de lomeríos bajos, correspondiendo a la subprovincia “Llanura con Dolinas”, que incluye las porciones norte y oriente de la entidad.

• Presencia de fallas y fracturamientos. El sitio se ubica en la Zona de Fallas de Oriente, la cual constituye una franja de 80 Km de ancho y se extiende desde Cabo Catoche hasta Belice. Presenta rocas calcáreas afectadas por una serie de fallas y con orientación Nornordeste que han provocado la existencia de horst y gravens.

En la zona costera el fracturamiento ha ocasionado canales de flujo preferencial de agua subterránea, a lo largo de los cuales existe una fuerte erosión química que da origen a la formación de caletas y lagunas costeras (Back, 1979). Este se puede señalar como uno de los problemas naturales que se tiene en el área.

• Susceptibilidad de la zona a: Sismicidad. Por las características geológicas que presenta toda la Península de Yucatán, es poco factible la ocurrencia de movimientos sísmicos. Sin embargo, en el mes de junio de 2002 se presentó un movimiento telúrico con epicentro en el Sur del Estado, en Chetumal.

Deslizamiento. La ausencia de movimientos tectónicos en la Península de Yucatán, hace difícil la ocurrencia de deslizamientos.

Derrumbes. Debido a la naturaleza caliza de la roca de la península e Isla Mujeres, la acción de las lluvias y las corrientes subterráneas originan cavernas, que en ocasiones adelgazan la capa rocosa causando derrumbes y formación de cenotes.

Otros movimientos de tierra o de roca. Aparte de los movimientos mencionados, existe la posibilidad de hundimientos en el terreno, debido a la naturaleza cárstica de la zona.

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Actividad volcánica. En la península no existen cordilleras volcánicas por lo que no existe la posibilidad de fenómenos de este tipo.

IV.2.1.5 Suelos

El suelo es un elemento del medio físico que se encuentra en continua transformación, su desarrollo se debe a la historia geológica que generó la roca madre, al clima, al relieve, orientación, flora y fauna del sitio entre otros factores.

• Tipo de suelos presentes en el área y zonas aledañas. Desde el punto de vista geológico, la reciente formación de la Península de Yucatán, no ha permitido que los suelos que la conforman alcancen su madurez edáfica, ya que carecen de horizonte “B”, son permeables, ricos en materia orgánica, poco evolucionados y descansan sobre una laja calcárea.

Considerando la clasificación de la Food and Agricultural Organization (FAO), y con las cartas edafológicas del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), se puede decir que las unidades de suelo corresponden al tipo E + l +Rc/2, Rendzina como suelo predominante, litosol como secundario y, en Regosol calcárico con clase textural media.

• Capacidad de saturación. Debido a que se trata de suelos permeables, la capacidad de saturación es baja; aún, durante la temporada de lluvias cuando se presentan fuertes precipitaciones que propician encharcamientos o inundaciones en algunas áreas, el agua se infiltra rápidamente.

• Grado de erosión del suelo. En términos generales, puede decirse que los suelos de la Península son muy inestables, pues presentan alto grado de erosión debido a que no se encuentran bien consolidados.

• Estabilidad edafológica. La estabilidad del suelo se relaciona con su antigüedad. En el caso de los suelos de la Península de Yucatán, la estabilidad es muy poca debido a su reciente formación geológica.

De esta forma, los suelos que se tienen en el área de influencia, se han creado debido a la combinación del clima sobre los estratos geológicos, de tal manera que la interacción de estos dos elementos: rocas calizas afectadas por las altas temperaturas y la gran cantidad de lluvia, han creado suelos delgados, pedregosos y con poca materia orgánica. De acuerdo a la UNESCO y la FAO este tipo de suelo se conoce como litosoles y redzinas pero de acuerdo a la clasificación maya se le denominan tzekel.

Los suelos denominados Tzequel y el Box-luum, que dominan, sobre todo en la mitad Norte del estado donde queda comprendido el municipio y el predio, se pueden describir como

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suelos pedregosos, incipientes, de origen fundamentalmente orgánico, derivados del efecto de la vegetación que lentamente, en el lapso de siglos, rompe la roca y aporta materia orgánica que lo enriquece. Estos suelos resultan extraordinariamente sensibles y degradables.

En el municipio, el Tzequel, al igual que el K’ankab, se encuentran en las zonas de deslave, y son resultado del proceso de erosión-acumulación de suelo originada por deslave de promontorios. Como se señaló, en la clasificación de la FAO consisten de Rendzina y Litosol.

IV.2.1.6 Hidrología superficial y subterránea

• Hidrología superficial.

En el Estado de Quintana Roo se encuentran dos regiones hidrológicas (RH), la RH32 o Yucatán Norte y la RH33 o Yucatán Este.

En base a ello, el municipio de Benito Juárez, forma parte de la RH32, de la cuenca 32 Quintana Roo y de la subcuenca b. Esta cuenca se ubica al Norte del estado, ocupa 31 % de la superficie estatal (17,497.33 km2) e incluye las islas Cozumel y Contoy; tiene como límites, al Norte el Golfo de México, al Este el Mar Caribe, al Sur la división con la RH33 que coincide aproximadamente con el paralelo 20º de latitud Norte y al Oeste con el límite de Yucatán donde continúa, excepto en una pequeña porción que corresponde a la cuenca 32B. La temperatura media anual es de 26 ºC con una precipitación que va de 800 mm en el Norte a más de 1,500 mm al Sureste de la cuenca y con un rango de escurrimiento de 0 a 5 % que la abarca prácticamente toda, excepto en las franjas costeras que tienen 5 a 10 % o 10 a 20 % debido a la presencia de arcillas y limos.

En esta cuenca no hay corrientes superficiales ni cuerpos de agua de gran importancia. Sin embargo, al nivel local, en la zona Norte del estado de Quintana Roo se presentan depresiones topográficas que en épocas pasadas constituyeron una antigua laguna costera y que en la actualidad se manifiesta como una laguna fósil o paleolaguna, que se encuentra delimitada por la actual línea de costa y la loma del Pleistoceno que se ubica a unos 700 m de ésta y que corresponde al antiguo litoral (Villasuso, 2000).

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Las unidades geohidrológicas en la clasificación de materiales forman dos grupos: a) consolidados y b) no consolidados, con posibilidades de funcionar como acuífero alta, media y baja.

En la zona se presentan dos unidades: la primera, de material consolidado con posibilidades bajas, que se localiza en las islas Contoy y Mujeres, formada por rocas calcáreas y arrecifes que manifiestan disolución originada por permeabilidad alta; por sus características estructurales, morfológicas y potencia restringida de los estratos, no es posible la formación de un acuífero.

La segunda unidad corresponde a material no consolidado con posibilidades bajas, se sitúa a lo largo de la costa y lo conforman depósitos eólicos, litorales y lacustres; los primeros son de arena de grano fino y medio, y el último de lodo calcáreo, arena fina y materia orgánica en descomposición; manifiestan permeabilidad alta, a excepción del lacustre, donde es baja.

Dentro del municipio de Isla Mujeres, con el cual colinda el proyecto, no presentan corrientes superficiales pero teniéndose la Laguna Chacmuchuch y Laguna Manatí como cuerpos de agua cercanos.

Por lo que hace al área de estudio del presente proyecto, el agua de lluvia se infiltra inmediatamente en el subsuelo, lo que conjuntamente con el escurrimiento superficial, el cual, se sabe, se dirige hacia el área del humedal y posteriormente al Mar Caribe.

• Hidrología subterránea. Si bien las características geomorfológicas de la Península de Yucatán, que consisten en una losa plana, con escaso relieve y formada por rocas de alta permeabilidad que no retienen el agua, no han permitido la formación de corrientes superficiales, con excepción del Río Hondo, al Sur del Estado de Quintana Roo, esta característica ha favorecido la infiltración de grandes volúmenes de agua, formando corrientes subterráneas que dan origen a un acuífero de tipo libre. El movimiento de las corrientes subterráneas que fluyen hacia la costa sigue la inclinación del terreno, que va en dirección Oeste-Este a través de cavernas y ríos subterráneos a una profundidad de 2 m en las partes más altas y hasta los 9 m en las más bajas.

Existen cuatro zonas geohidrológicas propuestas en la reglamentación del acuífero del estado de Quintana Roo, denominadas Cerros y Valles, Cuencas Escalonadas, Planicie Interior y Costas Bajas.

La ubicación del predio de interés se localiza en el municipio de Benito Juárez, en la zona geohidrológica Costas Bajas, que se encuentra en los alrededores de las bahías de Chetumal, Espíritu Santo y Ascensión, también comprende las áreas de playa que va desde

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Playa del Carmen hasta Cancún y de la costa Norte del Estado. Colinda al Sur del estado con las Cuencas Escalonadas y al Norte con la Planicie Interior. Cubre una superficie que representa 26.81% del estado, es decir, 11,403.63 km2 (INEGI, Gobierno del Estado de Quintana Roo, 2002).

Esta zona geohidrológica está conformada por rocas calizas Mioceno, Terciario Superior y del Cuaternario, e incluye depósitos recientes sin consolidar tales como arenas de playa, arcillas, turbas y calizas de moluscos. Estas zonas se consideran de alta permeabilidad donde se manifiesta un espesor delgado de agua dulce sobre la salada.

En esta zona geohidrológica el acuífero es del tipo libre, con veda geohidrológica rígida y condición de sobreexplotación (CNA, 1995).

El cuerpo de agua del predio donde se ubica la edificación de la Universidad del Caribe tiene alguna influencia del Sistema Lagunar Chacmuchuch y Laguna Manatí que se alimenta de las corrientes subterráneas, la precipitación pluvial y el agua de mar. El sistema se localiza en los paralelos 21º 06’ N y 86º 47’ W, formado por siete cuerpos de agua que en conjunto abarcan un área de 12 Km. de ancho por 21 Km. de largo.

IV.2.2 Aspectos bióticos

IV.2.2.1 Vegetación

En el capítulo de descripción del medio biológico (biótico) de la manifestación ambiental realizada en el año 2001 (el cual fue autorizado ambientalmente por la Delegación de SEMARNAT en el estado de Quintana Roo) se señala que la cubierta vegetal de la Supermanzana 78 de la ciudad de Cancún, corresponde al tipo de vegetación de Manglar de acuerdo con carta topográfica y de uso del suelo y vegetación editada por el INEGI, sin embargo durante las visitas de campo realizadas al predio en estudio se observó solamente un tipo de asociaciones vegetales: Vegetación de manglar en estado natural y la porción del polígono donde se ubican los edificios, estacionamientos, terrazas y andadores se ha reforestado con especies las cuales se relacionan a continuación.

Tabla 12. Relación de especies encontradas en el área construida.

NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO Uva de mar Coccoloba uvifera

Uaxim Leucaena leucocephala Roble Ehretia tinifolia Ceiba Ceiba pentandra

Henequén Agave fourcroydes Chaca Bursera simaruba Plátano Musa paradisiaca

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Noni morinda citrofolia Palma caribeña Veitchia merrilli Palma de coco Cocos nucifera Chicozapote Manilkara zapota Flor de mayo Plumeria rubra

Ziricote Cordia dodecandra Mangle blanco Laguncularia racemosa

Palma real Roystonea regia Maguey morado Rhoeo discolor

Lirio de mar Hymenocallis littoralis Jabin Piscidia piscipula

Palmera kerpis Roystonea oleraceae Higo Ficus tecolutensis

Tzalam Lysiloma bahamensis Capulin Prunus serotina

Palmera Washingtonia Washingtonia filifera Pasto bermuda (ingles) Cynodon Dactylon

Pasto chino Buchloe dactyloides Pasto san Agustín Stenotaphrum secundatum

Salvia Azul Salvia farinacea

Actualmente y con base a los recorridos realizados en el área del predio donde se desplantaron los edificios 1, 2, 3 y 4 del proyecto actual, se puede determinar que:

El área del polígono de 22.68 Has donde se ubicaron las edificaciones de la Universidad del Caribe y el área de conservación (15.31 Has), se localizan al poniente del mar Caribe pero sin colindar con el, cuya cubierta vegetal, consiste en vegetación de manglar en estado natural así como especies reforestadas dentro de las que sobresale la palma de coco y los pastos introducidos. Las especies dominantes que se encuentran presentes en el mismo son:

Tabla 13. Especies de manglar encontradas

NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO Mangle Rojo Rizophora mangle

Mangle Negro Avicennia germinansMangle Blanco Laguncularia racemosa

Botoncillo Conocarpus erecta

Actualmente dicha asociación vegetal, se encuentra impactada, debido a diferentes causas naturales (huracán Wilma en 2005) y actividades antropogénicas debido a la cercanía con vialidades.

IV.2.2.2 Especies de interés comercial

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Como se menciono previamente, en el predio solamente se encuentra vegetación de manglar de las especies ya mencionadas.

IV.2.2.3 Vegetación endémica y/o en Peligro de Extinción

En el área del predio se encuentra vegetación de manglar conformada por las especies de mangle rojo (Rizophora mangle), mangle negro (Avicennia germinans), mangle blanco, (Laguncularia racemosa) y botoncillo (Conocarpus erecta) catalogadas como protección especial, con una superficie originalmente planteada de 5.7 Has y que actualmente, debido a la reubicación de las instalaciones del proyecto se ha visto incrementada a una superficie total de 15.31 Has. Dichas especies se encuentran enlistadas dentro de la Norma Oficial Mexicana 059-SEMARNAT-2001 como:

Tabla 14. Especies incluidas en la NOM-059-SEMARNAT-2001.

NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO ESTATUS DE PROTECCIÓN

Mangle Rojo Rizophora mangle Protección especial Mangle Negro Avicennia germinans Protección especial Mangle Blanco Laguncularia racemosa Protección especial Botoncillo Conocarpus erecta Protección especial

Asimismo, se encuentra la palma chit (Thrinax radiata) que ha sido sembrada en el área de jardín.

IV.2.2.4 Especies factibles de rescatar

Debido al tipo de proyecto (etapa) no aplica este numeral, toda vez que solo se pretende la operación y mantenimiento de las instalaciones autorizadas ambientalmente por la SEMARNAT previamente, además que no se pretende remover, perturbar o afectar la vegetación existente.

IV.2.2.5 Fauna

Ídem al numeral anterior.

Además, se puede señalar que la zona en la cual se pretende desarrollar el proyecto, ha sido alterada por los siguientes motivos:

• Huracanes y tormentas tropicales • Actividades antropogénicas (vías de comunicación, desarrollos habitacionales,

asentamiento irregulares, tiraderos clandestinos de basura). • Realización de las etapas de preparación y construcción del proyecto, del cual el

presente estudio forma parte.

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Por tales razones, se considera que la fauna existente en el predio es mínima y se circunscribe fundamentalmente a la porción del mangal, aunque en la vegetación de las áreas verdes y vegetación arbórea del área de estacionamientos también se puede observar la avifauna lugareña y la iguana rayada (Ctenosaura similis); por todo ello, la fauna presente esta conformada principalmente por aves canoras de paso, los que se refugian en las áreas del predio donde se conserva y se tiene en mejor estado la vegetación.

Así, las especies más representativas en esta zona son aquellas asociadas a las áreas perturbadas y suburbanas.

En el caso de las aves, estas pueden estar de paso o sobrevolando el área del proyecto, para lo cual se contó con guías de campo para su identificación.

Las especies observadas se enlistan a continuación:

Tabla 15. Aves encontradas en el predio.

NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO ESTATUS

Cenzontle Mimus gilvus ------------

Zanate Quiscalus mexicanus ------------

Chachalaca Ortalis vetula ------------

Calandria Icterus gularis ----------

Paloma de alas blancas

Zenaida asiática ----------

Tortolita Columbina passerina ------------

Calandria Icterus guiaris ----------

Luis Grande Pitangus sulphuratus ----------

Debido a que como fue señalado anteriormente (ubicación del predio en una zona urbana y perturbación del mismo), la fauna ha emigrado a otros sitios, pero lográndose observar la avifauna marina como son el pelicano café (Pelecanus occidentalis), la fragata o tijereta (Fregata magnificens), garcita blanca (Egreta caerulea), cormorán (Phalacrocorax sp.) y charrán (Sterna sp.).

IV.2.2.6 Especies de interés comercial

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La especie encontrada en el predio y que en la región tiene valor comercial como ave canora, es el cenzontle (Mimus gilvus), sin que esto signifique que por algún motivo, es objeto de captura, solo se cuenta con su presencia.

IV.2.2.7 Especies endémicas o en peligro de extinción

De las especies de flora aún existentes en el predio, se cuenta con las especies de mangal tales como mangle rojo (Rizophora mangle), mangle negro (Avicennia germinans), mangle blanco (Laguncularia racemosa) y mangle botoncillo (Conocarpus erecta), listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, como especies amenazadas.

IV.2.3 Paisaje La vegetación nativa aún existente en el predio (polígono de 15.31 has) corresponde a Vegetación de Mangal, la cual esta siendo considerada como área de conservación; así mismo, en el área el donde se ubican los edificios, estacionamientos, terrazas y andadores conformados por una superficie de 7.3 has., se ha reforestado con especies autorizadas por la autoridad ambiental tales como palma de coco, palma real, palma chit, ceiba y pasto San Agustín, entre otras especies de ornato.

Las fuentes de alteración presentes en el sitio (fundamentalmente al mangal existente en el área de conservación), han sido de origen natural como son los fenómenos naturales (huracanes, nortes y tormentas tropicales) que han ocasionado la caída de los árboles enteros y ramas, hay que recordar que anualmente la Península de Yucatán sufre los impactos de este tipo de fenómenos ya sea por su acercamiento a las costas o por la entrada inminente de los mismos a la zona continental y que es donde la porción terrestre de la entidad es protegida por este tipo de vegetación pero que por las mismas razones, es golpeado, teniendo fuertes impactos en su desarrollo. El más reciente de éstos fenómenos y cuyo paso generó un fuerte impacto a la flora en Quintana Roo y principalmente en el Norte del estado, fue el Huracán Wilma, en Octubre de 2005. Sin embargo los impactos generados por estos eventos sobre la vegetación es mínima comparada con los consecuentes impactos ocasionados por las actividades antropogénicas, entre ellas el crecimiento no planificado de la mancha urbana; además, actualmente se ha incrementado el flujo vehicular por las vialidad que conducen al relleno sanitario y a Isla Blanca, así como por incremento en los asentamientos poblacionales colindantes al predio, de aquí la importancia de continuar conservando esta zona de mangal por parte de la Universidad.

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Figura 4. Áreas de distribución del proyecto mostrando el área de conservación.

IV.2.4. Medio socioeconómico El municipio de Benito Juárez ocupa el sexto lugar en extensión territorial con respecto a los 9 municipios que conforman el estado de Quintana Roo, tiene un área de 1,664 Km2.

La población en su dinámica de crecimiento natural, en su movilidad y en su patrón de distribución territorial es objeto y sujeto fundamental del desarrollo. De acuerdo al INEGI, el Municipio de Benito Juárez, posee, para el año 2005, una población total de 572,973 habitantes (datos del municipio de Benito Juárez, 620,000, para 2008), que representan el 50.46% de la totalidad de la población del Estado de Quintana Roo. Del total de esa población el 50.5% corresponde a población masculina y el 49.5% a población femenina; siguiendo la tendencia de la entidad, en donde hay un predominio numérico masculino en la población. Esta población ha mostrado un crecimiento absoluto para el período comprendido entre el año 1980 y el año 2005, de 535,783 habitantes (Fig. 5). El crecimiento poblacional del municipio ha mostrado como tasas de crecimiento anual un 17,3 para el período 1980-1990; una tasa del 9.1 para el período 1995-2000 y un tasa del 5.3 para el período 2000-2005; en donde se denota una desaceleración de la tasa de crecimiento en Benito Juárez.

Figura 5. Crecimiento de la población del Municipio de Benito Juárez, 1980-2005.

5 6

5

3

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91,9

162,86

218,44

298,13

19,35

a) Densidad y distribución El crecimiento poblacional se ha visto reflejada en el incrementado la densidad de población del Municipio Benito Juárez (Fig. 6), de 19.35 habitantes por kilómetro cuadrado en el año 1980 a los 298.13 habitantes por kilómetro cuadrado para el año 2005.

Figura 6. Densidad de Población del Municipio Benito Juárez, 1980-2005.

La distribución de la población del municipio en cuanto a la característica de las localidades (rurales o urbanas), se distribuye de acuerdo al siguiente cuadro:

Tabla 16. Distribución de población por característica de la localidad, periodo 1980-2005.

Año Rural Urbano

1980 10,5 89,5

1990 3,6 94,4

1995 1,8 98,2

2000 1,7 98,3

2005 3,6 95,4

Se observa que las más altas concentraciones de población a lo largo del periodo 1980-2005 en localidades urbanas y con un crecimiento en el asentamiento en localidades urbanas del 5.9% en este mismo periodo, que van a corresponder a la actividad económica más importante del municipio que se analizará en el apartado de características socio económicas.

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b) Tasas demográficas

La tasa de fecundidad para el año 2005 alcanza el 75.8% demostrando una reducción del 20.5% en la relación al año 2000 en donde esta se ubica en un 96,3%; de igual manera se manifiesta una reducción en la tasa de natalidad en un 8.3% en el mismo período, ya que, en el año 2000 la misma era de 27.3% siendo para el 2005 de un 19%.

Para el período 2000-2005, se observa un aumento en la tasa de mortalidad general en un 0.4%, pasando de un 2.3% en el 2000 a un 2.4% en el 2005; en relación a la tasa de mortalidad infantil esta decrece en un 0.6% en este período, pasando de 15.8% en el 2000, a un 15.2% en el 2005.

c) Migración

Del total de la población, para el año 2005 el 84.6% de la misma corresponde a habitantes no inmigrantes, mientras; mientras el 15.4% obedece a población inmigrante; de este porcentaje, el 14.4% provienen de otras entidades de la federación, el 0.4% de otro país, el 0.4% no especifica su origen y un 0.2% provienen de los Estados Unidos de Norteamérica.

De la migración proveniente de otras entidades, el 33% provienen de entidades limítrofes o vecinas al Municipio (Yucatán y Tabasco), 14% del Distrito Federal, 13% de Veracruz y el restante 40% de otras entidades de la federación.

d) Estructura familiar

Del total de hogares en el Municipio (479,351), el 92.26% se consideran hogares familiares y el 3.74% son hogares no familiares.

Dentro de esta estructura y que aplica al total de la población mayor de 14 años, el 22.33% corresponde a jefes del hogar (128,002 habitantes), de los cuales el 78.78% son hombres y el 21.22% son mujeres.

e) Acceso a bienes y servicios

Vivienda

La disponibilidad de vivienda en el Municipio de Benito Juárez ha sufrido variaciones de acuerdo a lo observado en la Figura 7; un aumento absoluto de 139,434 viviendas en el período 1980-2005.

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Figura 7. Crecimiento del Número de Viviendas, Municipio de Benito Juárez, 1980-2005.

Este aumento del número de viviendas está relacionado al crecimiento de número de habitantes, que ha variado de 37,179 en 1980 a los 572,973 habitantes para el 2005 del municipio; lo que ha representado una variación del promedio de habitantes por vivienda, que se reflejan en el siguiente gráfico; donde se denota una reducción del promedio de habitantes por vivienda de 4.4 en el año 1980 a 3.8 para el año 2005.

Del total de las viviendas, se manifiesta una disminución en cuanto a la tenencia de la vivienda en la forma tenencia, que en el año 1980 correspondía a un 68.7% y para el año 2000 ésta es de un 63.1%, con una reducción de propietarios de un 5.6%.

Figura 8. Tipo de vivienda. Municipio Benito Juárez. 2005.

De acuerdo a la Figura anterior, se observa que el predominio del tipo de vivienda corresponde a viviendas independientes, seguido de la vivienda (apartamento) en edificio; reduciéndose todos los otros tipos a un 10.8%, con excepción del 17.2% no especificado.

Salud

52,4

19,6

17,2

10,2 0,3 0,2 Independiente

Depto en edificio

No especificadoVive en vecindad

Local no construido Cuarto en azotea Otros

8429 41514

78794106814

47863

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Los servicios asistenciales son proporcionados básicamente por los Servicios Estatales de Salud (SESA), IMSS, ISSTE, DIF y Cruz Roja. En la ciudad de Cancún existen varias clínicas particulares de primer y segundo nivel. Servicios Estatales de Salud es la única institución que ofrece servicio médico a la población rural del Municipio. En el Municipio de Benito Juárez, el servicio de salud es proporcionado por diversas instituciones públicas, tales como la Secretaría estatal de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Social de los Trabajadores al Servicio del Estado, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, la Fuerza Aérea Mexicana, la Cruz Roja Mexicana y el Desarrollo Integral de la Familia, así como consultorios, clínicas y hospitales particulares.

Las unidades existentes proporcionan los servicios correspondientes al primer y segundo niveles de atención a la salud (consulta externa y hospitalización respectivamente), mientras que la atención en especialidades tiene su sede regional en la ciudad de Mérida principalmente, salvo que el IMSS cuenta con una unidad de la especialidad de Ginecobstetricia, así como un hospital regional de especialidades.

Tabla 17. Población Derechohabientes de las Instituciones de Seguridad Social, por Institución.

MUNICIPIO TOTAL IMSS ISSSTE SDN,MARINA Y PEMEX OTRA INSTITUCIÓN

ESTADO 404,334 332,342 63,996 8,434 2,246

BENITO JUÁREZ

224,828 208,128 14,085 1,367 1,926

Para el año 2005, del total de los habitantes del municipio, un 49,3% son derechohabientes en las diferentes modalidades, de los cuales, un 50.3% son hombres y el 49.7% son mujeres; un 34.1% no son derechohabientes y el 16.6% no están especificados.

Educación. Dentro de los Municipios de Quintana Roo, el de Benito Juárez es uno de los cuatro municipios cuyos servicios educativos cubren todos los niveles, desde preescolar hasta educación superior e incluso, postgrado. Esta se realiza bajo los sistemas formales o escolarizados y de cursos comunitarios, este último, en las pequeñas localidades del medio rural. Así mismo han surgido colegios particulares de todos los niveles educativos. Como se observa en el gráfico de la Fig. 9, el porcentaje de analfabetismo del municipio se ha reducido en los últimos 20 años pasando de un 10.3% a un 4.2 en el año 2000 con una reducción del 6.1%; este porcentaje de analfabetismo en el municipio se encuentra por debajo del promedio general de la entidad, que es del 7%.

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Figura 9. Analfabetismo en el Municipio Benito Juárez, 1980 2000.

En cuanto a la escolaridad el municipio presenta una elevada escolaridad en donde el 70.1% de la población posee una escolaridad superior a la primaria en donde llama es notorio que el 29,4% de ésta, posee estudios superiores o educación postbásica.

Figura 10. Escolaridad de la población mayor de 5 años Municipio Benito Juárez, 2005.

f) Servicios públicos

De acuerdo al Tabla 17, se puede observar que el acceso a los servicios público en el municipio han mostrado una tendencia de mayor cobertura en relación al número de viviendas particulares, mostrando algunos momentos de inflexión probablemente provocado por el aumento del número de viviendas en relación a la capacidad de respuesta de las instituciones para dotar de este servicio.

3,5 3,920,4

13,4 27,5

0,06

29,4 1,8 Sin escolarida

Preescolar

Primaria incompleta Primaria completa Secundaria

Técnico/Comercial Educación postbásica No especificada

10,3

6,5

5,3

4,2

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Se observa que del total de viviendas particulares reportadas para el año 2005, el 92.2% poseen acceso a servicio público de agua, mostrando este porcentaje un aumento significativo en relación al año 1980, en donde apenas el 51.2% poseían acceso a este servicio.

En cuanto a la disposición de drenaje, en el año 2005, se reportan que el 97.7% de las viviendas poseen este servicio, que en relación al año de 1980 se manifiesta una aumento del 52% ya que para ese año apenas el 45.3% tenían acceso al servicio.

Tabla 18. Disponibilidad de servicios públicos. Municipio Benito Juárez, 2005.

Años Agua Drenaje Electricidad

1980 51,2 45,3 68,7

1990 94,4 71,7 81,7

1995 86,5 93,6 95,6

2000 95 96,4 98,5

2005 92,2 97,7 97,1

g) Bienes

El acceso a bienes, en particular electrodomésticos en el municipio, para el año 2005, se obtiene que el 95.6% de las viviendas poseen al menos alguno de los bienes que a continuación se detalla: el 94.1% posee televisión, el 86.9% tiene refrigerador, el 72.8% posee lavadora y el 23.7% tienen computadora.

h) Zonas de recreo

Una importante área de recreo del municipio Benito Juárez lo constituyen las playas de la Zona Hotelera de Cancún (al igual que el Sistema Lagunar Nichupté), en donde se practican diversos deportes acuáticos.

La ciudad cuenta con infraestructura recreativa familiar, como lo son algunos parques recreativos y áreas verdes distribuidas en distintos puntos de la ciudad; establecimientos recreativos infantiles, canchas y campos deportivos, salas de cine, teatro, salones de boliche, pistas de patinaje sobre ruedas e inclusive el Parque Ecológico “Kabah”.

En Puerto Morelos, cabe resaltar la existencia del “Jardín Botánico Alfredo Barrera Marín”, a beneficio de la población local y visitantes.

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Tabla 19. Unidades de Recreación y Esparcimiento.

MUNICIPIO ESTADO BENITO JUÁREZ

Parques de juegos infantiles 193 58

Jardines vecinales 457 183

Centros deportivos a/ 717 130

Unidades deportivas 38 31

Salas de cine 37 30

Teatros 8 3

Balnearios públicos 74 10

i) Aspectos culturales y estéticos

En el municipio de Benito Juárez se encuentra una Casa de la Cultura, fundada por un Patronato Particular, pero a la fecha administrada por el Gobierno del Estado con participación del Gobierno Municipal. Existe además la promoción de la cultura por el mismo gobierno municipal, que realiza actividades culturales permanentemente para beneficio directo de la población, cuenta con un pequeño teatro (Teatro 8 de Octubre).

Además de que la iniciativa privada y diversos grupos sociales organizan eventos culturales de diversos tipos, se ha instalado el teatro El Forito y el Teatro de Cancún y un próximo Teatro de la Ciudad, así como actividades constantes de promoción de la cultura y el arte en salas de los hoteles de Cancún.

Por otra parte, el gobierno (de los tres niveles) organiza diversos eventos culturales y deportivos de importancia internacional, tales como el Festival del Caribe, el Festival de Jazz, la Muestra Internacional de Cine, el Maratón Internacional, el Triatlón, entre otros.

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V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES

Los diversos autores y los variados métodos para el análisis y evaluación de los impactos ambientales, señalan la conveniencia de identificar las acciones que fueran objeto de originar dichos impactos sobre uno o más factores del medio, así como valorar los impactos detectados a efecto de establecer el grado de significancia y de esta manera estar en condiciones de proponer las medidas preventivas, de mitigación o compensatorias adecuadas, por ello, en la elaboración del presente estudio, no obstante que solamente comprende la etapa de operación y mantenimiento del proyecto (en virtud de que el proyecto original donde quedaba comprendida esta etapa fue autorizado ambientalmente pero que por motivos de término del tiempo para la notificación de esta etapa es requerido por la autoridad ambiental federal el estudio de la presente etapa), fueron escogidas las metodologías propuestas por Conesa (1997, 2000), Gómez Orea (1999 y 2003) y Garmendia et al. (2006) por lo que fue conveniente identificar las acciones que fueran objeto de originar impactos sobre uno o más factores del medio, así como valorar la acción de los impactos detectados a efecto de establecer el grado de significancia y de esta manera, estar en condiciones de proponer las medidas preventivas, de mitigación o compensatorias adecuadas para la etapa de operación.

V.1 Metodología para evaluar los impactos ambientales

La evaluación de los impactos ambientales debe estar orientada a identificar cuales son los impactos ambientales relevantes, para posteriormente proponer las medidas de mitigación, prevención y compensación pertinentes.

Teniendo muy presentes las consideraciones referidas, en el presente estudio es utilizado el método cualitativo y cuantitativo para la identificación y evaluación de impactos, establecido por Conesa (1997, 2000) y Garmendia et al. (2006), que proponen y desarrollan un modelo de evaluación de impacto ambiental basado en el método de las matrices causa-efecto, que consiste en una matriz de doble entrada en cuyas filas figuran las acciones impactantes y en las columnas los componentes ambientales susceptibles de recibir impactos.

En este contexto, estaremos en condiciones de iniciar un estudio provisional de impactos. Se trata de una primera visión de la relación Proyecto-Entorno. En este punto desarrollaremos una primera aproximación al estudio de acciones y efectos, sin entrar en detalles, de manera que, gracias a esta primera visión de los efectos que el proyecto descrito producirá sobre el sistema ambiental estudiado, podremos prever de manera inicial, qué consecuencias acarrearán las acciones emprendidas para la consecución del proyecto sobre los parámetros medioambientales, así como vislumbrar aquellos factores que serán los más afectados.

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Por lo tanto, esta primera relación de acciones-factores proporcionará una caracterización inicial de aquellos efectos NEGATIVOS (-) o POSITIVOS (+) que pueden resultar mas sintomáticos debido a su importancia para el sistema ambiental. Estos factores y acciones serán posteriormente dispuestos en filas y columnas respectivamente y formarán el esqueleto de la matriz de interacción que se presenta mas adelante, para esta etapa del proyecto.

Se desarrolla así, pues, la configuración de la matriz que servirá para realizar la valoración cualitativa, en la que se analizarán en primer lugar las principales acciones que puedan causar impactos en esta etapa y en una fase posterior los factores susceptibles de recibirlos.

Una vez identificadas las acciones y los factores del medio que, presumiblemente, serán impactados por aquellas, se conforma la matriz de importancia que nos permitirá obtener una valoración cualitativa, la cual se efectuará a partir de una matriz de impactos, en la que cada casilla de cruce dará una idea del efecto de cada acción impactante sobre cada factor ambiental impactado. Las acciones y sus impactos quedarán determinados al menos en importancia, la cual está dada por su signo, intensidad, extensión, reversibilidad, duración, momento, sinergia, acumulación, efecto y periodicidad como se detalla más adelante.

Al ir determinando la importancia del impacto de cada cruce, se está construyendo la matriz de importancia. En esta etapa de la valoración, se medirá el impacto con base en el grado de manifestación cualitativa del efecto que quedará reflejado en lo que definimos como importancia del impacto.

La importancia del impacto es la proporción mediante la cual medimos cualitativamente el impacto ambiental, en función, tanto del grado de incidencia o intensidad de la alteración producida, como de la caracterización del efecto, que responde a su vez a una serie de atributos de tipo cualitativo tales como extensión, duración, reversibilidad, tipo de efecto, etc. Todo lo cual nos permitirá establecer los impactos relevantes, en términos del artículo 30 de la LGEEPA y el artículo 12 de su Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

Las casillas de cruce de la matriz estarán ocupados por la valoración correspondiente de por lo menos doce símbolos: (+) o (-) signo, (I) Intensidad, (EX) Extensión, (MO) Momento; (DU) Duración, (RV) Reversibilidad, (SI) Sinergia, (AC) Acumulación, (EF) Efecto, (PR) Periodicidad, (RC) Recuperabilidad e (IM) Importancia.

Hay que advertir que la importancia del impacto no debe confundirse con la importancia del factor afectado. El significado y valor asignado a los símbolos mencionados que conforman las casillas de cruce de la matriz cualitativa se describe a continuación.

• Signo: Se refiere al carácter beneficioso (+) o perjudicial (-) de los distintos impactos.

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• Intensidad (I): Se refiere al grado de incidencia del impacto sobre el factor ambiental. El rango de valoración estará comprendido entre 1 y 12, en el que 12 expresará una destrucción total del factor en el área en la que se produce el efecto y el 1 una afectación mínima. Evidentemente existen valores intermedios que reflejan a su vez situaciones intermedias.

• Extensión (EX): Se refiere al área de influencia teórica del impacto en relación con el entorno del proyecto. Si el efecto es muy localizado el impacto vale 1 y si tiene una influencia generalizada en el entorno del proyecto valdrá 8. De manera intermedia existirá el impacto parcial que vale 2 y el extenso que vale 4.

• Momento (MO): Tiempo en que transcurre entre la aparición de la acción y el comienzo del efecto sobre el factor del medio considerado. Cuando el tiempo transcurrido inferior a 1 año se le asigna un valor de 4, si va de 1 a 5 años vale 2 y si tarda más de 5 años vale 1.

• Duración (DU): Se refiere al tiempo que supuestamente permanecería el efecto desde su aparición y a partir del cual el factor afectado retornaría a las condiciones iniciales. Si dura menos de 1 año el efecto es fugaz y vale 1. Si dura entre 1 y 10 años es temporal y vale 2. Si es superior a los 10 años se considera permanente asignándole un valor de 4. La duración es independiente de la reversibilidad.

• Reversibilidad (RV): Se refiere a la posibilidad de reconstrucción del factor afectado por el proyecto por medios naturales una vez que el impacto ha dejado de actuar sobre el medio. Si es a corto plazo se le asigna un valor de 1, si es a plazo medio un valor de 2 y si es irreversible 4.

• Recuperabilidad (RE): se refiere a la posibilidad de reconstrucción, total o parcial del factor afectado por medio de la intervención humana, con los siguientes valores:

Totalmente recuperable de manera inmediata 1 Totalmente recuperable a mediano plazo 2 Parcialmente recuperable 4 Irrecuperable 8 Irrecuperable con medidas compensatorias 4

• Sinergia (SI): Se refiere a la acción conjunta de dos o más efectos simples cuyo resultado es superior a lo que cabría esperar con las acciones independientes y no simultáneas de cada efecto, con los siguientes valores:

Acción actuando sobre un factor de manera no sinérgica 1 Acción que presenta un sinergismo moderado 2

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Acción altamente sinérgica 4

Cuando se presenten casos de debilitamiento la valoración del efecto presentará valores de signo negativo.

• Acumulación (AC): Se refiere al incremento progresivo del efecto, cuando persiste de forma continuada o reiterada la acción que lo genera o que lo ha generado desde antes del inicio del proyecto. Presenta los siguientes valores:

Acción que no produce efectos acumulativos 1 Acción que si produce efectos acumulativos 4

• Efecto (EF): Se refiere a la relación causa – efecto, o sea a la forma de manifestación del efecto sobre un factor. Se le asignan los siguientes valores:

Efecto indirecto 1 Efecto directo 4

• Periodicidad (PR): Se refiere a la regularidad de manifestación del efecto con los siguientes valores:

Efectos contínuos 4 Efectos periódicos 2 Efectos irregulares o descontínuos 1

• Importancia (IM): La importancia del impacto es un número que representa la suma algebraica del valor asignado a los símbolos considerados de a cuerdo a la siguiente fórmula:

IM = + (3I+2EX+MO+DU+RV+ SI+ AC+EF+ PR+RE).

Los impactos con valores de importancia inferiores a 25 se consideran irrelevantes. Los impactos moderados se sitúan entre 25 y 50. Serán severos cuando la importancia se encuentre entre 50 y 75, y serán críticos cuando el valor sea superior a 75. La suma algebraica de la importancia del impacto de cada casilla por fila, identifica las acciones más agresivas (altos valores negativos), las poco agresivas (bajos valores negativos) y las beneficiosas (valores positivos). Para efectos del presente estudio, y teniendo en cuenta el tipo de proyecto y toda la información anterior, particularmente la presencia de dos especies vegetales protegidas, consideraremos como impactos ambientales relevantes a todos aquellos impactos cuya evaluación los ubique como impactos no relevantes, es decir todos los impactos moderados, severos o críticos.

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La suma algebraica de la importancia del impacto de cada casilla por columna, indica los factores ambientales que sufren en mayor o menor medida las consecuencias de la realización del proyecto.

Los efectos residuales serán identificados con una letra R y su importancia total se expondrá en la fila “total de efectos residuales”. El impacto final se obtiene de la suma algebraica de la fila “total” y la fila “total de efectos residuales”.

Los valores de los distintos símbolos y de las distintas cuadrículas de una matriz no son comparables.

Para dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 28 y 30 de la LEGEPPA y el artículo 5 inciso R) del Reglamento en Materia de Impacto Ambiental, en esta metodología se considera:

Impacto acumulativo. Como se menciono anteriormente, en el procedimiento se considera este tipo de impacto y coincide con la definición del Reglamento, es decir, el efecto en el ambiente que resulta del incremento de los impactos de acciones particulares ocasionado por la interacción con otros que se efectuaron en el pasado o que están ocurriendo en el presente.

Impacto residual. El impacto que persiste después de la aplicación de medidas de mitigación.

- Necesidad de aplicación de medidas correctoras.

Serán identificadas claramente aquellas casillas que indiquen impactos identificados como moderados, severos o críticos para identificar la necesidad de aplicación de medidas correctoras, de mitigación y/o de compensación que se propondrán posteriormente en una tabla. Los valores irrelevantes pueden ser eliminados del proceso.

- Determinación y valoración de los factores ambientales del entorno susceptibles de recibir impactos.

Como se sabe, se denomina entorno a la parte del medio ambiente que interacciona con un determinado proyecto en términos de fuente de recursos y materias primas (recursos naturales, energía, mano de obra, etc.), soporte de elementos físicos (edificios, instalaciones, etc.) y receptor de efluentes a través de los vectores ambientales, aire, agua y suelo, así como de otras salidas: empleo, conflictividad social, etc. (Gómez Orea, 1999 y 2003).

De esta manera, es importante señalar que el ámbito geográfico del entorno corresponde al área de extensión de las interacciones que surjan entre las acciones del proyecto y los factores del medio que reciban los impactos provenientes de aquellas. Cabe señalar que en muchos casos, el área se circunscribe a las inmediaciones del proyecto, dependiendo de su

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ubicación, situación del entorno, etc., sin embargo, en otras, se extiende mucho más allá en áreas lejanas, dando lugar a un entorno discontinuo y no restringido al área del proyecto.

Por ello, los factores del medio susceptibles de recibir impactos derivados de las acciones del proyecto están representadas mediante un árbol de acciones o mapa conceptual. A la derecha de cada componente ambiental se ha asignado un valor de importancia estimado a partir de su grado de caracterización cualitativo, siguiendo los criterios de Conesa (1997, 2000).

A continuación, se relacionan y se indican los elementos del ambiente susceptibles de ser afectados, agrupados en dos sistemas: Biofísico y socioeconómico y cultural, así como el valor de importancia estimado para el factor ambiental determinado a partir de la caracterización ambiental descrita previamente.

Tabla 20. Factores ambientales

ENTORNO SISTEMA SUBSISTEMA COMPONENTEAMBIENTAL

FACTOR AMBIENTAL AFECTADO

UIP

Entorno

Medio Biofísico

Medio Inerte

Clima Microclima 0Aire Calidad del aire 15

Niveles de ruido 10Agua Modificación hidrología 0

Contaminación 5

Suelo Recursos minerales

0

Contaminación 10TOTAL 40

Medio Biótico

Flora Importancia 0Cobertura 0

Fauna Importancia 0Abundancia 10

Procesos Dinámica costera lagunar 0Recursos bióticos Uso potencial agua humedal 0

TOTAL 10 Medio Perceptual

Paisaje natural Calidad y valor escénico 40Paisaje urbano Calidad y valor escénico 90

TOTAL 130

Medio de Núcleos Urbanos

Estructura urbana y equipamientos

Uso de suelo 0Turismo y pesca 0Comercio 70Vivienda 0Equipamientos 0

TOTAL 70 Infraestructura y

Red de comunicaciones y transporte

80

Red de abastecimiento 50Red de saneamiento 50

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Medio Socioeconó-mico y Cultural

servicios Transito y seguridad pública 20Servicios de salud 30

TOTAL 150 Medio Sociocultural

Población

Calidad de vida 200Aceptabilidad social 80Dinámica poblacional 40

TOTAL 320 Medio Económico

Economía

Empleo y relaciones laborales

200

Sector Construcción 0Comercio Organizado 70Finanzas / sector público 10

TOTAL 280

TOTAL DE AFECTACIÓN AL AMBIENTE 1,000

UIP= Unidad de Impacto Potencial

V.2 Lista de indicadores de impactos generados

La introducción del proyecto en el sistema ambiental, ha involucrado procesos de aprovechamiento como la presencia de infraestructura (física y humana) para apoyo a la capacitación de estudiantes de nivel licenciatura y postgrado, en general, así como de eventos culturales y deportivos de todo tipo y para toda la población de Cancún y lugares circunvecinos. Las consecuencias de estas actividades se verán reflejadas en un futuro inmediato y mediato en bienestar de la población estudiantil dentro del crecimiento social y económico que se observa en el municipio y la entidad, así como el incremento en la generación de empleos temporales y permanentes, donde no se vislumbran afectaciones ambientales al ecosistema; ya que, considerando el tipo de proyecto (etapa) se estima que no producirá desequilibrios ecológicos, ni daños en el ambiente, principalmente por tratarse de un proyecto ya autorizado ambientalmente con anterioridad y que el presente proyecto se refiere solamente a la etapa de operación y mantenimiento del inmueble, donde los principales impactos ya han sido efectuados y actualmente se están aplicando las medidas de mitigación correspondientes, así como por estar en un área urbanizada y ser diseñada para ello de acuerdo a los usos y destinos del suelo, además de incluir 15.31 has de cómo área de conservación por el humedal existente.

Observando las tendencias de desarrollo de esta región, las acciones inducidas hacia el futuro necesariamente implican el desarrollo de nuevos proyectos de desarrollo del área, turísticos, posiblemente hoteleros, restauranteros, de recreación, habitacionales y más infraestructura, crecimiento (acondicionamiento) del relleno sanitario, etc., lo que representa en si, la capacidad de acogida (Gómez Orea). En este sentido habrá que considerar los impactos residuales y acumulativos en el futuro que estas acciones de desarrollo producirán en el ambiente de la zona.

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Con respecto a los factores abióticos y bióticos que se verán afectados por las actividades que se desarrollarán durante esta etapa del proyecto, estos serán: calidad del aire, ruido, residuos sólidos, residuos líquidos, paisaje y el medio socioeconómico que serán afectados por el cambio que sufrirán, derivado del proceso de operación del inmueble, destacando que por el tipo de proyecto no se alterará en lo absoluto la vegetación de mangal existente (en el área de conservación y el aledaño al sitio del proyecto), debido a que no se intervendrá en esa área y solo se dejará como relicto de conservación1 en acción de sinergia a la vegetación de humedal costero existente en la región.

Tomando en consideración lo anterior, así como el tipo de proyecto y su finalidad, como es el tamaño, proceso constructivo terminado, materiales y sustancias a utilizar, el escenario ambiental futuro implica un mayor número de población (profesores, alumnos y trabajadores) en el sitio concentrados en el sitio, con el consecuente incremento en la presión de actividades humanas sobre la zona.

Es previsible que no haya mayores consecuencias, debido a que como se mencionó, el tipo y magnitudes del proyecto, ya que actualmente se cuenta con la infraestructura de servicios educativos, tecnológicos y deportivos, con los que no se causan impactos al entorno ambiental; además de que en el presente documento se especificarán todas aquellas medidas preventivas, de mitigación y/o de compensación pertinentes a esta etapa.

A continuación se presenta la matriz de interacción de los impactos adversos (-) y benéficos (+) identificados, así como de los factores ambientales afectados por esta etapa y actividad de proyecto. En ella se identifican y describen brevemente los efectos y procesos de cambio que se producirán con el proyecto.

Cabe recordar que el proyecto original donde se observan las etapas de preparación, construcción y operación de este tipo de proyecto, ya han sido analizadas, sancionado por la SEMARNAT y que por indicaciones de la propia Dependencia Oficial, se plantea el presente estudio solamente para la etapa de operación y mantenimiento.

Para lograr la integración de la información, destacaremos los componentes ambientales relevantes y críticos identificados en el sistema ambiental como sigue:

1 Relicto. Ecosistema o área reducida de importancia ecológica que ha sobrevivido inalterada y rodeada de áreas con sistemas modificados por el hombre o la misma naturaleza. Por ejemplo, una isla. (Mata & Quevedo 1998). DICCIONARIO DE LA BIODIVERSIDAD.

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Tabla 21. Matriz de interacción.

ACTIVIDADES POSIBLE IMPACTO EN EL MEDIO (YA ALTERADO)

POSIBLE ELEMENTO AMBIENTAL IMPACTADO.

ETAPA DE OPERACIÓN LAVADO Y USO DE BAÑOS EVACUACIÓN DE AGUAS NEGRAS EN EL MEDIO - Agua

CONSUMO DE PRODUCTOS PRODUCCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS - Suelo

ACTIVACIÓN MENOR DE LA ECONOMÍA + Economía local

INCREMENTO DE PERSONAS EN EL ÁREA

AUMENTO DE PRESIÓN SOBRE ECOSISTEMA COSTERO - Fauna (aves terrestres y marinas).

ILUMINACIÓN DE HUMEDAL ALTERACIÓN DE COMPORTAMIENTO PARA FAUNA - Fauna

OFERTA PERMANENTE DE EMPLEOS

MAYOR NÚMERO Y NIVEL DE EMPLEO

+ Calidad de vida

+Economía local

+Empleo

USO PERMANENTE DE ESTACIONAMIENTOS

DESECHOS SÓLIDOS -Suelo

- Mangal

USO DE COCINAS

DESECHO SÓLIDOS

DESECHOS LÍQUIDOS

HUMOS

- Suelo

- Aire

CONSERVACIÓN DE MANGAL IMPACTOS A LA VEGETACIÓN - Vegetación de humedal

ÁREAS VERDES IMPACTOS A LA VEGETACIÓN -Vegetación de áreas verdes

MAS Y MEJORES OPCIONES DE PREPARACIÓN A NIVEL

LICENCIATURA Y POSTGRADO MAYOR CALIDAD

+ Turismo, Ingeniería, Negocios Internacionales,

Telemática, etc.

MAS OPCIONES DE CULTURA Y DEPORTES

MEJOR CALIDAD DE VIDA + Cultura en general

+ Deportes

V.3 Caracterización de impactos

Este procedimiento se inicia con el apartado anterior, al clasificar los impactos como benéficos (+) o perjudiciales (-) en la matriz de interacción con los factores del ambiente. Adicionalmente, cada uno de los impactos es medido cualitativamente de acuerdo al método propuesto por Conesa (1997, 2000) y Garmendia et al. (2006).

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La medición es realizada en la evaluación del impacto ambiental, a través del conocimiento amplio del sitio las visitas de campo y análisis detallado y en conjunto del proyecto a desarrollar, considerando toda la información de campo, cartográfica y bibliográfica obtenida, así como la discusión, también detallada, de cada uno de los impactos identificados y sus efectos en cada uno de los factores ambientales sobre los que incide.

V.4 Evaluación de los impactos

Se procedió a desarrollar las matrices de importancia de impactos por etapa de proyecto, teniendo en cuenta la siguiente simbología y rangos de evaluación:

Simbología y rangos de valores para las matrices de evaluación de impactos.

SIN IMPACTO IDENTIFICADO

A EFECTO ACUMULATIVO

DE 0 A 24 IMPACTO IRRELEVANTE

DE 25 A 50 IMPACTO MODERADO

DE 51 A 75 IMPACTO SEVERO

DE 76 A 100 IMPACTO CRÍTICO

R IMPACTO RESIDUAL

En la sección de anexos, se adjunta la Matriz de Importancia, donde se señalan los impactos en el medio sobre los factores ambientales. En ella, se anotan los que se han considerado residuales.

De esta manera, los principales cambios que sufrirá el sistema ambiental por la operación del desarrollo del proyecto “MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4”, han sido identificados y evaluados mediante el procedimiento descrito y la exposición de los impactos ambientales en la matriz anterior, de tal suerte que aquellos que alcanzaron mayores evaluaciones son los que tendrán una mayor relevancia y participación negativa o positiva en los procesos de cambio, motivo de mayor atención.

Los impactos individuales que alcanzaron una evaluación negativa, son considerados como impactos relevantes y tendrán una especial atención ya que para ellos se propondrán las medidas de prevención, mitigación y compensación de acuerdo a lo establecido por el artículo 30 de la LGEEPA y el artículo 12 de su Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

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Es importante mencionar que los posibles impactos a generarse sobre los componentes ambientales identificados como irrelevantes (agua, aire, suelo y vegetación nativa) se refiere, en los primeros tres al medio abiótico y el último al biótico, que no serán afectados por las actividades que se desarrollaran en las instalaciones de la Universidad y que se refieren solamente a la enseñanza de las áreas de humanidades y técnica en las aulas, diseñadas ex profeso para ello, por lo que no se prevén impactos ambientales.

En lo que se refiere a fauna silvestre no se tendrá ningún impacto, puesto que en el área y/o sitio del proyecto es escasa debido y además las actividades a desarrollar y el tipo de usuarios de las instalaciones no permitirán ninguna acción contra la fauna.

En lo que se refiere a vegetación también se considera que no se tendrá ningún impacto, ya que el área donde se encuentra la vegetación de humedal costero esta diseñado como área de Conservación que incluso, fue señalado en el anterior estudio ambiental y autorizado por la SEMARNAT, con una superficie de 5.7 Has que se ha visto incrementada a 15.31 Has, lo que significa un incremento de 9.61 Has. Con ello, se contribuye decididamente a la conservación de este tipo de vegetación que se encuentra listada en la Norma Oficial Mexicana Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001 y protegido por la Norma Oficial Mexicana Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003, no realizando ninguna obra o actividad que afecte la integralidad del posible flujo hidrológico del mangal, del ecosistema en su contexto general y su zona de influencia. Para ello, se contempla la continuación del Plan de Manejo del Área de Consevación, en donde uno de los puntos relevantes es el apartado de mantenimiento del área.

Los componentes socioeconómicos identificados como relevantes (Infraestructura escolar, Servicios profesionales y Calidad de vida), estos se verán beneficiados por el desarrollo del proyecto.

Asimismo, es posible identificar a los componentes ambientales que mayor impacto perjudicial o benéfico sufrirán con el proyecto, destacando los que son relevantes como el suelo, agua y los que son críticos, así como la infraestructura y servicios escolares educativos y calidad de vida.

De esta manera, a continuación se presenta, en forma de tabla, el resumen con los principales resultados obtenidos para esta etapa en la matriz correspondiente, de acuerdo al criterio del análisis que podrían afectar el sitio del proyecto y por ende, el sistema.

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Tabla 22. Posibles afectaciones etapa de operación ETAPA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO COMPONENTE O ACTIVIDAD EVALUACIÓN

IMPACTO GENERAL DE LA ETAPA +365

FACTOR AMBIENTAL MAS AFECTADO DE LA ETAPA SUELO -10

FACTORES AMBIENTALES MAS BENEFICIADOS DE LA ETAPA

EDUCACIÓN +160

CALIDAD DE VIDA +100

ACTIVIDAD CON LA MAYOR EVALUACIÓN POSITIVAMAS Y MEJORES OPCIONES DE

PREPARACIÓN A NIVEL LICENCIATURA Y POSTGRADO

+120

IMPACTOS INDIVIDUALES CON EVALUACIONES MAS NEGATIVAS DE LA ETAPA

FLORA -15

IMPACTOS INDIVIDUALES CON EVALUACIONES MAS POSITIVAS DE LA ETAPA

EDUCACIÓN +160

TIPO DE IMPACTOS IDENTIFICADOS SEGÚN SU RELEVANCIA

POSITIVOS: CRÍTICOS. NEGATIVOS: IRRELEVANTES.

El impacto individual con mayor evaluación negativa de la etapa, es el suelo, considerando que puede ser objeto de los residuos sólidos en el área de estacionamiento y jardines, no obstante su impacto es sumamente irrelevante alcanzando una valoración sumamente baja; siendo la educación, por otra parte, la que obtiene el valor mas alto, debido a que serán los educandos los más favorecidos, obteniendose entonces una valoración crítica.

En relación a los impactos finales, considerando la sumatoria de los efectos permanentes tanto positivos como negativos, se obtiene que el factor más afectado será el suelo con -10 y aire con –10. Los factores mas beneficiados serán la educación con 160, la calidad de vida con 100 y la economía local con 80 (ver matriz).

Se puede considerar que el desarrollo del proyecto está ubicado en una zona cuya vocación y uso autorizado es precisamente el de aprovechamiento urbano, protección y restauración, recayendo las obras construidas en el terreno en la primera de ellas en un 100%.

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En un análisis del proyecto, se puede decir que en la etapa se producirán impactos negativos (irrelevantes) y positivos (críticos).

Actualmente el predio se encuentra en un nivel de no afectación a los factores ambientales, toda vez, que, como ya ha sido descrito, las primeras etapas del proyecto (preparación y construcción) ya han sido ejecutadas. Asimismo, por lo que se refiere a la vegetación, se ha tomada la determinación por parte de las autoridades de la Universidad, como parte de la política de protección y conservación de los recursos naturales, ampliar la superficie del área de Conservación, pasando de una superficie original de 5.7 Has. a 15.31 Has., con lo que se incrementa a un 67.49%.

Se puede señalar que el desarrollo del proyecto, genera una mayor calidad de vida para los pobladores de la localidad, de la ciudad de Cancún y en general del estado de Quintana Roo, al contar con mayores opciones de educación superior y de postgrado. Asimismo, permitirá la generación de empleos temporales y permanentes.

Como se puede prever, el desarrollo del proyecto no implica afectaciones al sistema, ni a los factores ambientales como son agua, aire, suelo, flora y fauna, toda vez que como se ha señalado reiteradamente, las primeras etapas del proyecto original ya fue autorizado ambientalmente por la autoridad ambiental federal, ya ha sido realizado y fueron ahí donde se tuvieron las principales afectaciones pero que con las medidas de prevención, mitigación y compensación, estas fueron minimizadas; sin embargo se advierte que en la presente etapa y motivo del presente estudio, solo se tendrán afectaciones ambientales totalmente irrelevantes, pero que con las medidas adoptadas para su prevención, mitigación y compensación, se pretende subsanar totalmente los efectos adversos que pudieran presentarse en el agua, suelo, aire, flora y fauna; así como las afectaciones por residuos sólidos, líquidos; un aspecto importante es la calidad escénica que se conservará, así como la generación de empleos temporales y permanentes que se generan, contribuyendo de esta manera al aprovechamiento sustentable de la región.

Por todo lo anotado anteriormente en este caso, así como que el proyecto no implicará alteración ambiental en lo absoluto; y, por lo que hace al área de influencia así como el sistema ambiental en el cual se inserta el proyecto, se puede señalar que, el área de influencia de dicho predio se circunscribe prácticamente a una fracción del propio humedal el cual será conservado totalmente, toda vez que, por una parte, no se interfiere con ningún corredor biológico, sistema hidrológico superficial o subterráneo, no habrá ningún tipo de aprovechamiento y no se verterá ningún tipo de residuo al subsuelo o al Mar Caribe que pudiera ocasionar repercusiones en el ecosistema costero ya que su impacto en el sistema será totalmente irrelevante, puesto que con el análisis realizado del mismo, se prevé que no se producirán desequilibrios ecológicos ni daños en el ambiente, no alterará los atributos y los servicios ambientales del sitio ni del ecosistema del humedal en lo particular y en su

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conjunto, por lo que con el desarrollo de este proyecto no se comprometerá por ningún motivo la integridad funcional de los ecosistemas presentes en la región ni se generarán impactos ambientales a las actividades funcionales de los mismos.

Derivado de la Matriz de importancia, se puede señalar que para esta etapa se tendrá un total de 33 impactos ambientales, de los cuales 10 son negativos y 23 positivos o benéficos, distribuidos de la siguiente manera:

Tabla 23. Impactos del proyecto

ETAPA OPERACIÓN

IMPACTOS TOTALES NEGATIVOS POSITIVOS

10 23

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VI. MEDIDA PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES

VI.1 Descripción de la medida o programa de medidas de mitigación o correctivas por componente ambiental

A efecto de poder cumplir con el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 5 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, es conveniente señalar que algunos de los impacto ambientales pueden ser prevenidos o bien, mitigados, y en caso de ser inevitable, realizar las medidas compensatorias y/o correctivas que atenúen el efecto a manera de que contribuyan a que el proyecto sea amigable con el entorno, procurando hacer el proyecto ambientalmente viable.

Como se sabe, se denomina entorno a la parte del medio ambiente que interacciona con un determinado proyecto en términos de fuente de recursos y materias primas (recursos naturales, energía, mano de obra, etc.), soporte de elementos físicos (edificios, instalaciones, etc.) y receptor de efluentes a través de los vectores ambientales, aire, agua y suelo, así como de otras salidas: empleo, conflictividad social, etc. (Gómez Orea, 1999 y 2003). De la misma manera, de acuerdo con Conesa (1997, 2000), el término prevenir, atenuar o corregir el impacto ambiental significa introducir medidas preventivas, de mitigación y/o correctoras antes, durante y después de realizar el proyecto con objeto de:

o Utilizar en mayor medida las oportunidades que ofrece el medio, en pro del mejor logro ambiental del proyecto.

o Invalidar, frenar, mitigar, corregir o compensar los efectos negativos derivados del desarrollo del proyecto y que afectan el medio ambiente.

o Aumentar, mejorar y fortalecer los efectos positivos que se pudieran presentar.

Pueden llevarse a cabo diversas medidas, las cuales pueden ser de diversos tipos:

• Protectoras: las que evitan la creación del efecto, modificando los elementos que definen la actividad a desarrollar.

• Las correctoras de impactos recuperables, canalizadas a invalidar, atenuar, corregir o modificar las acciones y efectos sobre los procesos productivos, condiciones de funcionamiento, factores del medio como agente transmisor, factores del medio como agente receptor u otros parámetros, como la modificación del efecto hacia otro de menos magnitud o importancia.

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• Las compensatorias de impactos irrecuperables e ineludibles, que son las que no impiden la aparición del efecto, ni lo anulan o atenúan, pero equilibran la alteración de determinado factor.

En virtud de optar por cualquiera de los casos señalados, es conveniente contemplar un apartado en el cual se indiquen las medidas que se aplicarán, constituyendo un informe donde se incluyan los siguientes puntos:

• Impacto al que se dirige o efecto que pretende corregir, prevenir o compensar. • Definición de la medida. • Objetivo. • Lapso óptimo para la introducción de la medida. Prioridad y urgencia. • Eficacia y/o eficiencia.

Después de todo ello, no se debe pasar a las conclusiones respecto de la evaluación de los impactos, sin tomar en cuenta que éstos pueden ser mitigados o compensados por las acciones propuestas. Sin embargo, la eficiencia y eficacia de tales medidas, dependerá de la adecuada y oportuna aplicación de las mismas en los momentos sugeridos.

De esta manera, dentro del análisis ambiental por el desarrollo del proyecto (etapa de operación y mantenimiento), se han detectado 33 impactos potenciales totales, de los cuales, 23 son positivos y 10 resultaron ser negativos; de estos últimos, todos son prevenidos, mitigados y/o controlados mediante un cúmulo de acciones a realizar, las cuales son descritas en la tabla 24.

La ponderación realizada de las medidas de prevención o mitigación, se fundamenta en todo el procedimiento desarrollado, particularmente en las matrices de evaluación de impactos y de importancia contenidas en este estudio. Esto implica un énfasis en el establecimiento de medidas de mayor significancia para los impactos adversos que alcanzaron una mayor evaluación (aunque irrelevantes), sin relegar, desde luego, los impactos adversos menores, para los cuales también se hacen las propuestas de medidas pertinentes, no obstante el tipo y magnitud del presente proyecto.

Como resultado de la evaluación de los impactos esperados y de acuerdo con el procedimiento de evaluación desarrollado, a continuación se presenta la tabla de medidas de prevención o mitigación para esta etapa.

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Tabla 24. Medidas preventivas y de mitigación.

ACTIVIDAD IMPACTO EN EL MEDIO (predio) (ACTUALMENTE ALTERADO)

MEDIDAS PREVENTIVAS, MITIGACIÓN O COMPENSACIÓN.

LAVADO Y USO DE BAÑOS E INSTALACIONES EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES

1. Las instalaciones que sean lavadas deberán hacer uso de detergentes biodegradables.

2. Todas las aguas residuales deberán ser canalizadas invariablemente al drenaje municipal.

3. Las aguas pluviales no se deberán mezclar con las residuales, canalizándose a pozos de absorción pluvial.

CONSUMO DE PRODUCTOS DIVERSOS

GENERACIÓN DE TODO TIPO DE RESIDUOS SÓLIDOS

4. Colocar depósitos rotulados, para basura, en sitios estratégicos.

5. Llevar a cabo una separación de los residuos, con el fin de que sean reutilizados, transformados o dispuestos en los sitios adecuados (reciclaje, composta o relleno sanitario municipal). Ello en base al Manual de Procedimientos de Separación de Residuos Sólidos presentado en anexo.

INCREMENTO DE PERSONAS EN EL ÁREA

AUMENTO DE PRESIÓN SOBRE EL ECOSISTEMA HUMEDAL

6. Instalación de botes rotulados, para el depósito de los residuos, de manera clasificada.

7. Mantener limpia la zona del humedal, en base al Plan de Manejo del Área de Conservación.

8. Por ningún motivo se deberán verter o descargar aguas residuales, aceites, grasas, combustibles, así como desechos sólidos, líquidos o cualquier otro tipo de sustancia que pudiera poner en riesgo a la flora y fauna silvestres.

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ILUMINACIÓN DE HUMEDAL ALTERACIÓN EN EL COMPORTAMIENTO PARA LA FAUNA

9. Evitar la iluminación hacia el humedal.

10. Colocación de letreros alusivos a la protección de la fauna silvestre.

USO PERMANENTE DE ESTACIONAMIENTOS

GENERACIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS Y ACEITE

11. Divulgar entre la comunidad universitaria (estudiantes, profesores y empleados) el cuidado al medio ambiente, depositando la basura en sitios dispuestos para ello, así como del posible derrame de aceite de vehículos.

12. Llevar a cabo más campañas de acopio de residuos sólidos, separación de ellos y campañas de Riciclatón (ver anexo fotográfico).

13. Colocación de más recipientes para depósito de residuos sólidos indicando su separación en orgánicos e inorgánicos.

USO DE COCINAS

GENERACIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS

DESECHOS LÍQUIDOS

HUMOS

14. Divulgar entre la comunidad universitaria (estudiantes, profesores, empleados y visitantes) el cuidado al medio ambiente, depositando los residuos sólidos en sitios dispuestos para ello.

15. Todos los residuos líquidos deberán ser canalizados al drenaje municipal, previo a lo cual deberán pasar por una trampa para grasas y aceites (ver formatos de control, anexo).

16. Se deberá mantener en óptimas condiciones el sistema de filtrado de humos en las áreas de preparación de alimentos y trampas para grasas.

CONSERVACIÓN DEL ÁREA DE MANGAL

IMPACTOS A LA VEGETACIÓN DE MANGLE

17. En el área de vegetación de humedal costero, se continuara llevando a cabo el Plan de manejo del Área de Conservación el cual comprende tanto el mantenimiento y limpieza del área de mangal como del área verde.

18. No se realizara ningún tipo de chapeo.

19. En caso de tener la presencia de fauna peligrosa a la comunidad de la universitaria y público en general, se deberá

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coordinar con las autoridades de la Dirección de Ecología Municipal y el H. cuerpo de Bomberos para el programa particular a desarrollar.

JARDINERIA EN ÁREA VERDES

VEGETACIÓN SEMBRADA EN LAS ÁREAS VERDES

20. Se deberá llevar control biológico de plagas y uso de insumos orgánicos.

21. En caso de enfermedades, se deberá usar productos específicos para ese mal y que sean orgánicos y autorizados por la CICOPLAFEST.

22. Los envases de agroquímicos que sean usados, deberán seguir las indicaciones de la ficha técnica del producto.

PREPARACIÓN A NIVEL

LICENCIATURA Y POSTGRADO

MAYOR CALIDAD 23. Se deberá incrementar y ampliar las opciones para otorgar mejor capacitación al estudiantado en general.

OFERTA PERMANENTE DE EMPLEOS MAYOR NUMERO Y NIVEL DE EMPLEOS 24. Se incrementará la plantilla de empleados y profesores, así

como del área administrativa.

MAS OPCIONES DE CULTURA Y DEPORTES MEJOR CALIDAD DE VIDA 25. Realización de eventos culturales y deportivos de todo tipo

(nacional e internacional).

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VI.2 Impactos residuales

Se prevé que los impactos residuales que se presentaran en el sitio del proyecto, pudieran ser:

Tabla 25. Impactos residuales

Impacto residual Características principales

Plan de Manejo del Área de Conservación. Permanente, puntual, positivo, irreversible y sinérgico.

Mejoramiento del escenario urbano. Permanente, positivo y sinérgico. Generación de empleos temporales y permanentes. Permanente, positivo y sinérgico. Demanda de servicios públicos. Permanente, controlable, mitigable y no significativo.

Considerando la evaluación de impactos y medidas de mitigación propuestas para el presente proyecto, se prevé que los impactos residuales que se pudieran generar, se refieren solamente a las acciones positivas producto del mantenimiento de la vegetación, la generación de empleos y la demanda de los servicios públicos municipales. Por ello, los factores físico-biológicos no se verán alterados o impactados ya que este proyecto se refiere a la etapa de operación donde los impactos obtenidos finalmente presentan un carácter positivo y que además, con la adecuada aplicación de las medidas que se proponen, aunadas a las que en su momento determine la autoridad ambiental, se llevara a cabo un control de las probables afectaciones que permita mantenerlas dentro de los márgenes de asimilación del sistema ambiental, no obstante que estas, como se ha señalado, son insignificantes e irrelevantes .

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VII. PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS

VII. 1.Pronóstico del escenario

Debido a las características del proyecto su desarrollo no introduce cambios de ningún tipo en el ambiente o en la composición, distribución o riqueza de especies, mucho menos de aquellas incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001 y la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003, tampoco pone en riesgo la integralidad, características, funciones y capacidades de los distintos tipos de vegetación presentes en la zona de estudio.

Con la instrumentación del Plan de Manejo del Área de Conservación y el Manual de Procedimientos de Separación de los Residuos Sólidos, se incrementa la protección y recuperación de este sistema y se permite el restablecimiento de los procesos ecológicos del sitio, así como su biodiversidad y abundancia; por todo ello, y por el tipo de proyecto, no se cuenta con escenarios alternos que pudieran servir para comparar, realizar y presentar los pronósticos ambientales correspondientes a fin de predecir el comportamiento del sistema ambiental sin el desarrollo del proyecto, el pronóstico con el desarrollo del proyecto pero sin medidas de mitigación y por último con el desarrollo del proyecto incluyendo las medidas de mitigación.

De esta manera, considerando entonces su estado actual, en el escenario de continuar con su proceso, se puede señalar que la limpieza permanente del sitio y el buen manejo de los residuos generados impedirían depósitos y vertidos de contaminantes en el suelo del plantel y del área con vegetación de humedal costero ubicada dentro del polígono de la UNICARIBE el cual esta asignado como área de Conservación.

En relación al sistema ambiental, no se prevé ningún tipo de cambios en las condiciones del mismo debido a la magnitud y etapa de operación del presente estudio. La situación que se prevé es la de continuar de manera puntual con la presencia de una comunidad vegetal y posiblemente de fauna más rica tanto en el área de Conservación como en el resto del predio y sin residuos sólidos depositados por personas ajenas a la propia institución; entre la biota mas significativa que puede beneficiarse en la que visita ocasionalmente este sitio y que es la avifauna (terrestre y marina) y la iguana espinosa rayada que pulula en el sitio.

De esta manera, partiendo de las premisas que la asociación de mangal está conformada por mangle rojo (Rhizophora mangle), negro (Avicennia germinans), botoncillo (Conocarpus erectus) y mangle blanco (Laguncularia racemosa) misma que no ha sido ni será perturbada en lo absoluto y que tiene cierto nivel de recuperación del daño ocasionado por la acción del

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huracán Wilma, que el sitio se encuentra protegido de posibles impactos generados por actividades antropogénicas, y que es la vía de paso hacia Isla Blanca, con el desarrollo del proyecto se protegerá toda el área a efecto de no permitir que se tengan los impactos ocasionados en el pasado, mejorando sustancialmente la calidad ambiental y escénica de la zona.

Por otra parte, el proyecto es compatible con el desarrollo del área ya que se pretende llevar a cabo en un sitio cuyas condiciones naturales y de ordenamiento, permiten desarrollar este tipo de infraestructura y que, además, ya fue autorizado ambientalmente en el pasado.

Finalmente, es importante recalcar que por lo que se refiere a la flora y fauna, no se pretende generar cambios en la riqueza de la biota lugareña, dañar a las especies protegidas por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001 y la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003 ni poner en lo absoluto en riesgo la integridad funcional de los ecosistemas presentes en la región, ni tampoco generará impactos ambientales a las actividades funcionales de dichos ecosistemas, debido a que el presente proyecto comprende solamente la etapa de operación y mantenimiento2. Por ello, la culminación de este proyecto se considera necesaria para su desarrollo pues se cree totalmente interesante y conveniente no solamente para la población de Cancún sino para el estado de Quintana Roo ya que durante su ejecución se crearán empleos temporales y permanentes que contribuirán a la utilización de mano de obra de la población cancunense. De igual manera, un aspecto sumamente importante es que este proyecto pretende tener un ofrecimiento a la demanda de tener mas y mejores instituciones educativas que ofrezcan la alternativa de educación superior que propongan las bases para que la población en general tenga las opciones de superación personal y académica y así, de esa manera, optar a tener una mejor calidad de vida en su futuro. Con todo ello, la población de Cancún y lugares aledaños serán totalmente beneficiados con la operación de este proyecto.

VII.2 Programa de vigilancia ambiental

Este programa se propone a efecto de garantizar el cumplimiento de los principios ambientales y de las medidas de prevención, mitigación y compensación de impacto ambiental aquí señalados, así como de los términos y condicionantes que en su momento sean determinados por la autoridad competente, de tal manera que se efectúe lo estrictamente autorizado. Para ello se pretende la realización del programa particular de 2 El proyecto original fue previamente autorizado por la SEMARNAT para todas las etapas bajo la autorización emitida con oficio No 04/SGA/1462/07.

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flora, no obstante que no se tocará a la vegetación de manglar. Para ello, se cuenta con el siguiente,

Objetivo. Evaluar periódicamente las acciones del proyecto y las condiciones ambientales, así como el cumplimiento de las indicaciones y medidas de prevención para reevaluar y en su caso proponer nuevas medidas para prevenir, minimizar, mitigar, corregir o evitar posibles afectaciones al ambiente ya que se pretende que las acciones de la Universidad sean amigables con el entorno.

A manera de cumplir con los términos y condicionantes que se señalen, el presente Programa de Vigilancia Ambiental, será llevado a cabo por un coordinador, el cual será nombrado y designado oportunamente para el seguimiento de los términos y condicionantes ambientales. Dicho responsable del seguimiento ambiental será el responsable de llevar a cabo las siguientes acciones:

Efectuar recorridos al predio donde se realiza el proyecto, durante la operación del proyecto, constatando el desarrollo de las actividades y el cumplimiento de los términos y condicionantes.

Contar con una bitácora donde se registren todos los asuntos ambientales relacionados con la obra y que requieren alguna medida preventiva o correctiva, así como las acciones llevadas a cabo, con registros de las medidas llevadas a cabo para contrarrestarlas (medidas preventivas).

Crear un anexo fotográfico del desarrollo del proyecto.

Generar un registro documental conteniendo toda la documentación referente a los oficios, autorizaciones, facturas y recibos de compra de los diversos materiales, vegetación, insumos, etc. que tengan relevancia en los aspectos ambientales del proyecto.

En caso de ser necesario, presentar sugerencias y recomendaciones a la autoridad ambiental ante posibles situaciones especiales que se llegaran a presentar.

Recabar, integrar y analizar la información, a efecto de elaborar los informes de seguimiento ambiental correspondientes, en los cuales se plasmará la forma en que se ha llevado a cabo el cumplimiento de los términos y condicionantes señalados en el resolutivo respectivo e informar al Responsable Técnico de la Universidad del Caribe (Rectoría).

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Para los reportes al Responsable Técnico, se considerarán las medidas de prevención y mitigación que sean empleadas, así como las condicionantes que se incluyan en el resolutivo de impacto ambiental las cuales serán emitidas por las autoridades competentes.

Este Programa de Vigilancia Ambiental, observará los puntos anteriormente señalados, así como varios mas que en su momento serán contemplados en el Programa (tales como las acciones encaminadas a la protección del suelo, vegetación, aire; vigilar que se cumpla la utilización de material de limpieza biodegradable, materiales fuera de especificación, así como su adecuada disposición final), el cual, como ya fue señalado, será elaborado y presentado a las autoridades ambientales para contar con la aprobación en el desarrollo de las acciones a llevar a cabo, a efecto de seguir manteniendo la calidad del ecosistema, teniendo en consideración todas las medidas de mitigación y/o prevención de los posibles escenarios de impactos que se pudieran generar durante la ejecución del presente proyecto. Cabe señalar que en dicho Programa se presentaran los mecanismos de verificación para las medidas en el presente estudio.

Debido a que en diferentes partes del escrito, se ha señalado la necesidad de contar con el Plan de Manejo del Área de Conservación, en la sección de anexos se hace el planteamiento respectivo, a manera de establecer el compromiso formal con la autoridad para su cabal cumplimiento.

Se puede señalar que el Programa de Vigilancia Ambiental incluirá tres componentes específicos que se señalan a continuación y que cubren los aspectos de mayor relevancia para atender la generación de impactos:

Plan de Manejo del Área de Conservación. Manual de Procedimientos de Separación de Residuos Sólidos y, Bitácora de cumplimiento de condicionantes.

De esta manera, debido a las características y magnitud del proyecto, y mediante este Programa, se llevará a cabo un seguimiento particular en lo referente a los residuos sólidos, líquidos, verificar la correcta aplicación de las medidas contenidas en el Plan de Manejo del Área de Conservación y atender lo referente a las indicaciones que en su momento realice la autoridad ambiental.

Asimismo, se observará que se evite el generar contaminación por un inadecuado manejo y disposición de residuos sólidos y líquidos durante la etapa del proyecto. Los residuos sólidos deberán ser destinados al relleno sanitario municipal de la localidad y los residuos líquidos se canalizarán al drenaje municipal.

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Se considera que este Programa de Vigilancia Ambiental es un componente operativo fundamental para el adecuado cumplimiento de las condicionantes ambientales aquí descritas, sumadas a las que indique la autoridad ambiental, así como contemplar y actuar en caso de detectar impactos ambientales no considerados.

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VII.3 Conclusiones

a. Tal y como se ha señalado en el presente proyecto, sus etapas de preparación y construcción ya han sido evaluadas y autorizadas por la SEMARNAT mediante oficio No DFQR/0056/2002 de fecha 28 de enero de 2002 por lo que las obras ya han sido edificadas y en este estudio solamente se solicita la autorización para la operación por 50 años. b. El sitio del proyecto se encuentra ubicado en una zona adecuada y diseñada para ello. Por lo cual, y de acuerdo con el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio Benito Juárez, que fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo el 21 de julio de 2005, la poligonal tiene una política de Aprovechamiento Urbano y de Protección. Dentro de esta poligonal, las obras del proyecto se desarrollaron solamente en la UGA 06 (Zona Urbana de la ciudad de Cancún, Aprovechamiento Urbano), por lo que se aduce que el presente proyecto cumple con lo indicado en la normatividad respectiva. Además, los criterios ecológicos de este instrumento de planeación se cumplen totalmente con el desarrollo del presente proyecto. c. Considerando que el Programa de Desarrollo Urbano el Centro de Población de la Ciudad de Cancún. Actualización 2005, publicado el 30 de noviembre de 2005 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, no contempla el desarrollo urbano del sitio del proyecto, ya que solo regula hasta la Supermanzana 77, se presupone, entonces, que no existe inconveniente para la realización del presente proyecto (el cual, como fue señalado previamente, fue autorizado el proyecto original donde se contemplaba la presente etapa) no comprende el aspecto habitacional, pues se trata de una actividad para el desarrollo e impartición de la Educación Superior y de Postgrado, cultura y deportes. d. El área se encuentra en una zona completamente urbana y se cuenta con los servicios urbanos necesarios para el desarrollo del proyecto. e. Debido a que con el desarrollo del proyecto no se pretende remover ningún ejemplar del mangle existente en el sitio del proyecto, no se impactará la comunidad de mangal (área de Conservación). f. Por la operación del presente estudio, no se modificará el sistema ambiental, ni se ocasionarán daños a las especies de fauna de la zona, no obstante, se contará, con un Plan de Manejo del Área de Conservación donde se contempla el mantenimiento del humedal. g. Respecto a la Norma Oficial Mexicana NOM-059 SEMARNAT-2001, Norma Oficial Mexicana NOM-022 SEMARNAT-2003 y el ACUERDO que adiciona la especificación 4.43 a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003, así como a la Ley General de Vida Silvestre (Decreto por el que se adiciona un artículo 60 TER), se advierte que el proyecto no pretende la remoción, relleno, trasplante, poda, o cualquier obra o

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actividad que afecte la integralidad del flujo hidrológico del manglar, del ecosistema y su zona de influencia; de su productividad natural, de la capacidad de carga natural del ecosistema; de las zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje; o bien de las interacciones entre el manglar, los ríos, la duna, la zona marítima cercana, o que provoque cambios en las características y servicios ecológicos, razón por lo cual se considera viable al no contravenir ninguna de esas disposiciones legales ambientales. h. Una de las características socioeconómicas del proyecto, en sus diversas etapas de desarrollo es que brindará beneficios socioeconómicos y de Educación Superior, Postgrado, cultura y deporte a la población de Cancún y otras poblaciones del Caribe. i. Con la presente Manifestación de Impacto Ambiental se cumple con lo señalado en el Artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como con el Artículo 5; inciso R) del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental y la normatividad ambiental municipal en la materia; la Ley General de Vida Silvestre (Decreto por el que se adiciona un artículo 60 TER), la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001; la Norma Oficial Mexicana NOM-022 SEMARNAT-2003 y el Acuerdo que Adiciona la Especificación 4.43 a la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003; de la misma manera, es compatible con los planes del gobierno federal, estatal y municipal. j. Del total de impactos se ha obtenido una valoración totalmente positiva, motivo por el cual el proyecto se considera viable ambientalmente. k. Se prevé que la mayor parte de los impactos ambientales negativos potenciales a generarse, son puntuales, reversibles y totalmente irrelevantes; además, el proyecto propone una serie de medidas preventivas (25) para los impactos potenciales detectados, los cuales atenúan los posibles impactos previstos. l. Por tanto, se puede decir que el proyecto es compatible con el desarrollo general del municipio de Benito Juárez, toda vez que se trata de un proyecto acorde a las urgentes necesidades de infraestructura que se requiere en la zona para la educación de la juventud de Quintana Roo, relativo a la operación del proyecto de los edificios 1, 2, 3 y 4.

Por todo lo anteriormente expuesto, el promovente somete a consideración de la autoridad la presente MIA-Particular del presente proyecto: “MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4”, debidamente fundada y motivada, la cual se considera ambientalmente viable bajo las condiciones señaladas en el presente estudio y para lo cual el promovente deberá cumplir con las medidas preventivas propuestas en el mismo, así como de aquellas que en su momento, las Autoridades correspondientes determinen.

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VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES

VIII.1 Literatura consultada

Anónimo, 2005. Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. 45 pp.

Anónimo, 2005. Programa de Desarrollo Urbano del Centro de población de la Ciudad de Cancún. Actualización 2005. Gaceta Oficial del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo de fecha 31 de marzo de 2005, Tomo 1, Número 2, Época Primaria. 176 pp.

Anónimo, 1988. Decreto de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Ultima reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 13 de diciembre de 1996. 91 pp.

Anónimo, 1989. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente de Quintana Roo. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo. Tomo V. No. 7, 4ª. Época. Publicado en Decreto 57. Chetumal, Quintana Roo. 14 de abril de 1989.

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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ”MIA para la operación de la Universidad del Caribe para las etapas 1, 2, 3 y 4”

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Promovente: Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo. Consultor: Planeación Ambiental de Proyectos en Desarrollo, S.C.

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VIII.2 Índice de anexos A) Documentación legal. 1. Cedula de identificación fiscal de la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo. 2. Documento que acredita la legal constitución de la Comisión de Infraestructura Educativa del Estado de Quintana Roo. 3. Registro Federal de Contribuyentes y CURP del representante legal. 4. Copia fotostática de identificación oficial del Representante Legal 5. Copia del poder legal o nombramiento por parte del Gobierno del Estado de Quintana Roo. 6. Cedula Profesional de Bióloga N° 650985 y Maestra en Ciencias N°. 743011 de la C. Lilia Salome Mandujano Wild y copia de Registro Estatal de Prestador de Servicios en Materia de Impacto Ambiental. 7. Documento que acredita la legal posesión del predio, Orden de Ocupación Provisional de fecha 02 de agosto del 2001, emitida por el Instituto de Vivienda del Estado de Quintana Roo y Convenio que acredita el otorgamiento del poder a CIEQROO para realizar el trámite de operación de las instalaciones de la Unicaribe. 8. Copia simple del nombramiento del rector de la Universidad del Caribe.

B) Planos 1. Croquis de localización y colindancias del predio. 2. Plano topográfico del proyecto y cuadros de construcción 3. Plano de áreas verdes 4. Fachadas arquitectónicas

C) Otros 1. Memoria descriptiva etapas 1, 2, 3, y 4. 2. Matriz de evaluación de impactos 3.- Plan de Manejo del área del Área de Conservación. 4.- PIMA (Manual de Procedimientos de Separación de los Residuos Sólidos) 5.- Tipo de bitácoras de trabajo anual a emplear, para registro en la etapa de operación de los edificios 1, 2, 3 y 4. 6.- Copia de acuse de recibido a PROFEPA del Programa de Reforestación. 7.- Copia de acuse de recibido del informe de cumplimiento al resolutivo. 8.- Copias de la empresa autorizada en el servicio de control de plagas. 9.- Formatos de control de limpieza de trampas de grasa de cocinas 10.- Copias de facturas de la empresa autorizada encargada del retiro de las grasas. 11- Memoria fotográfica. 12. Comprobantes de pago de conexión del drenaje y alcantarillado. 13. Autorización de perforación de pozos de absorción de aguas pluviales, CNA.