Los Regímenes Tributarios de La SUNAT

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RÉGIMEN TRIBUTARIO Los Regímenes Tributarios de la SUNAT: Son aquellas categorías en las cuales toda persona natural o jurídica que posea o va a iniciar un negocio deberá estar registrada en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, que establece los niveles de pagos de impuestos nacionales. La SUNAT tiene establecido tres regímenes donde todo profesional independiente o negocio deben estar contemplados. I. NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO _ (RUS) : Concepto: Es el primer régimen donde se encuentran las personas o negocios de menor movimiento económico establecido dentro de los rangos establecidos por la SUNAT. Se creó Con la finalidad de formalizar masivamente a las pequeñas y micro empresas. ¿Qué impuestos comprende el RUS? Este Régimen comprende. el Impuesto a la Renta. el Impuesto General a las Ventas el Impuesto de Promoción Municipal que deben pagar, en su calidad de contribuyentes, los sujetos que se hayan acogido al nuevo RUS. Es importante señalar que los sujetos comprendidos en dicho Régimen están infectos al Impuesto Extraordinario de Solidaridad (IES). ¿Quiénes pueden acogerse a este régimen? Pueden acogerse a este Régimen: Personas Naturales y Sucesiones Indivisas que contemplen lo siguiente: Los Ingresos Brutos y el monto de las compras no sean mayor a S/ 360,000 El valor de los activos fijos no sean mayor a S/ 70,000 Deben realizar actividades en un solo establecimiento o sede productiva. Impedidos a acogerse a Nuevo RUS 1

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Los Regímenes Tributarios de La SUNAT

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RGIMEN TRIBUTARIO

Los Regmenes Tributarios de la SUNAT:

Son aquellas categoras en las cuales toda persona natural o jurdica que posea o va a iniciar un negocio deber estar registrada en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria - SUNAT, que establece los niveles de pagos de impuestos nacionales.

La SUNAT tiene establecido tres regmenes donde todo profesional independiente o negocio deben estar contemplados.

I. NUEVO RGIMEN NICO SIMPLIFICADO _ (RUS) :

Concepto: Es el primer rgimen donde se encuentran las personas o negocios de menor movimiento econmico establecido dentro de los rangos establecidos por la SUNAT. Se cre Con la finalidad de formalizar masivamente a las pequeas y micro empresas. Qu impuestos comprende el RUS?Este Rgimen comprende. el Impuesto a la Renta. el Impuesto General a las Ventas el Impuesto de Promocin Municipal que deben pagar, en su calidad de contribuyentes, los sujetos que se hayan acogido al nuevo RUS.Es importante sealar que los sujetos comprendidos en dicho Rgimen estn infectos al Impuesto Extraordinario de Solidaridad (IES).Quines pueden acogerse a este rgimen?

Pueden acogerse a este Rgimen: Personas Naturales y Sucesiones Indivisas que contemplen lo siguiente: Los Ingresos Brutos y el monto de las compras no sean mayor a S/ 360,000 El valor de los activos fijos no sean mayor a S/ 70,000 Deben realizar actividades en un solo establecimiento o sede productiva.

Impedidos a acogerse a Nuevo RUS

No pueden acogerse al RUS, aquellos que:Presten el servicio de transporte de carga de mercancas utilizando sus vehculos que tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 TM.Presten el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.

Efecten y/o tramiten algn rgimen, operacin o destino aduanero; excepto que se trate de contribuyentes:Cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, que realicen importaciones definitivas que no excedan de US $ 500 por mes, de acuerdo a lo sealado en el Reglamento.Que efecten exportaciones de mercancas a travs de los destinos aduaneros especiales o de excepcin previstos en los incisos b) y c) del artculo 83 de la Ley General de Aduanas, con sujecin a la normatividad especfica que las regule.Que realicen exportaciones definitivas de mercancas, a travs del despacho simplificado de exportacin, al amparo de lo dispuesto en la normatividad aduanera.Realicen venta de inmuebles.Desarrollen actividades de comercializacin de combustibles lquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercializacin de Combustibles Lquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.Entreguen bienes en consignacin.Presten servicios de depsitos aduaneros y terminales de almacenamiento.Realicen alguna de las operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo.Realicen operaciones afectas al Impuesto a la venta del Arroz Pilado.Organicen cualquier tipo de espectculo pblico.Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana y los intermediarios de seguros.Sean titulares de negocios de casinos, mquinas tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.

Tipo de Comprobantes a emitir:

Boleta de venta. Ticket o cinta emitidos por mquinas registradoras que no dan derecho al crdito fiscal ni pueden utilizarse para sustentar gasto o costo con efectos tributarios.

Tributos a Pagar:

CategoraIngresos Hasta S/.Compras Hasta S/.Cuota por Pagar

15,0005,00020

28,0008,00050

313,00013,000200

420,00020,000400

530,00030,000600

Qu libros financieros llevan?

No estn obligados a llevar ningn tipo de libro contable por ser un rgimen de pequeas empresas.

Cundo se debe cambiar de Rgimen (salir del Nuevo RUS)?

El cambio del rgimen puede ser voluntario u obligatorio

Voluntario: Se puede dar en cualquier mes del ao. El contribuyente se podr incorporar al RER o al RGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA.

Obligatorio:Se produce si durante el ao, el contribuyente incumple con algunos de los requisitos establecidos para el NUEVO RUS.En este caso el contribuyente ingresar al RGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTAQu ventajas ofrece? Slo debe efectuar un pago al mes. No tiene la obligacin de presentar declaracin mensual por el IGV ni por el Impuesto a la Renta, ni presentar declaracin jurada anual por el Impuesto a la Renta - Tercera Categora. No est obligado a llevar libros contables.

II. RGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA RER:

ConceptoEl RER es un rgimen tributario dirigido a personas naturales y jurdicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el pas que obtengan rentas de tercera categora provenientes de: Actividades de comercio y/o industria,como la venta de bienes que se adquieren, produzcan o manufacturen , as como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cra y el cultivo.

Actividades de servicio,es decir, cualquier actividad no sealada anteriormente o que slo se lleve a cabo con mano de obra. Su tasa es de 1.5% de los ingresos netos mensuales.

Quines pueden adoptar el RER?

Personas Naturales. Sucesiones Indivisas. Asociaciones de Hecho de Profesionales. Personas Jurdicas. Sociedades irregulares. Contratos asociativos que lleven contabilidad independiente.

Actividades comprendidas Cualquier tipo de actividad econmica y/o explotacin comercial. Prestacin de servicios. Contratos de construccin. Notarios. Agentes mediadores de comercio, rematadores y martilleros.

Requisitos para acogerse al RER

El monto de sus ingresos netos no debe superar los S/. 525,000 en el transcurso de cada ao. El valor de los activos fijos afectados a la actividad con excepcin de los predios y vehculos, no debe superar los S/. 126,000 Se deben desarrollar las actividades generadoras de rentas de tercera categora con personal afectado a la actividad que no supere las 10 personas por turno de trabajo. El monto acumulado de sus adquisiciones afectadas a la actividad, no debe superar los S/. 525,000 en el transcurso de cada ao. No realizar ninguna de las actividades que estn prohibidas en el RER.

Impedidos a acogerse a RERNo pueden acogerse aquellos que:Realicen actividades que sean calificadas como contratos de construccin segn las normas del Impuesto General a las Ventas, aun cuando no se encuentren gravadas con referido impuesto.Presten servicios de transporte de carga de mercancas, cuya capacidad de carga sea mayor o igual a 2TM. (Dos toneladas mtricas).Servicios de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.Organicen cualquier tipo de espectculo publico.Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores: agentes corredores de productor, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agente de aduanas y los intermediarios de seguros.Sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.Sean titulares de agencia de viajes, propaganda y/o publicidad.Desarrollen actividades de comercializacin de combustibles lquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos.Realicen venta de inmuebles.Presten servicios de depsito aduaneros y terminales de almacenamiento, gestin.Actividades de mdicos y odontlogo.Actividades veterinarias.Actividades jurdicas.Actividades de contabilidad, teneduras de libros y auditorias, asesoramiento en materia de impuestos.Actividades de Arquitectura e Ingeniera y relacionadas con el Asesoramiento Tcnico.Actividades Informticas y Conexas. Actividades de Asesoramiento Empresarial y en materia de gestin.

Qu impuestos se paga a RER?

Impuesto a la Renta: pago de cuota mensual equivalente al 1.5% de tus ingresos netos mensuales. Impuesto General a las Ventas (IGV): Tasa del 18% (incluye el IPM). Retenciones del IGV y Renta (contribuyentes no domiciliados, rentas de 2da. y 5ta. categora). Essalud (9%) y ONP (13%)

Qu comprobantes de pago emite el RER?

Factura o boleta de venta. Ticket o cinta emitidos por mquinas registradoras que no dan derecho al crdito fiscal ni pueden utilizarse para sustentar gasto o costo con efectos tributarios. Gua de remisin remitente y transportista. Ticket o cinta emitidos por mquinas registradoras que sustentan gasto o costo y dan derecho a crdito fiscal. Otros comprobantes autorizados por el Reglamento de comprobante de pago.

Qu libros de contabilidad lleva?

Registro de ventas. Registro de compras.

Cmo acogerse al RER?

Para incorporarse al este Rgimen, hay que tener presente lo siguiente:a. Tratndose de contribuyentes que inicien actividades en el transcurso del ejercicio:

El Acogimiento se realiza nicamente con ocasin de la declaracin y pago de la cuota que corresponde al perodo de inicio de actividades declarado en el Registro nico de Contribuyentes, y siempre que se efecte dentro de la fecha de su vencimiento.

b. Tratndose de contribuyentes que provengan del Rgimen General o del Nuevo Rgimen nico Simplificado:

El acogimiento se realizar nicamente con ocasin de la declaracin y pago de la cuota que corresponde al perodo en que se efecta el cambio de rgimen, y siempre que se efecte dentro de la fecha de su vencimiento.

caractersticas principales:

Es rgimen con un impuesto que grava las utilidades: diferencia entre ingresos y gastos aceptados.Es fuente generadora de renta: Capital y Trabajo.Se tiene que sustentar sus gastos.Se debe realizar pagos a cuenta mensuales por el Impuesto a la Renta.Se presenta Declaracin Anual.

III. Rgimen General (RG):

Concepto:

Este es un rgimen tributario que comprende a las personas naturales y jurdicas que generan rentas de tercera categora (por ejemplo, utilidades a fin de ao).

Quines pueden adoptare al RG?

Aeste rgimen tributario se pueden acoger todo tipo de empresas de cualquier volumen o tamao. Asimismo, pueden inscribirse las pequeas empresas conducidas por Personas Naturales o por Personas Jurdicas.Las MYPE pueden elegir esta opcin desde el inicio de sus actividades econmicas.

Requisitos:Si eres un contribuyente que proviene del Nuevo Rgimen nico Simplificado (NRUS) o del Rgimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) puedes trasladarte al Rgimen General (RG) en cualquier momento del ao. Para ello, debes presentar la declaracin de pago correspondiente al mes en el que te incorporas utilizando el PDT N 621 o el Formulario N 119, segn corresponda.

Impuestos que se tiene que pagar en la RG?

Impuesto a la Renta con pagos mensuales a cuenta del impuesto anual. Si al final resulta que pagaste ms de lo estimado, habr un saldo a tu favor como contribuyente. 19% por el IGV(incluye el 2% por el IPM - Impuesto de Promocin Municipal). Si hiciste compras vinculadas a tu negocio, el IGV que pagaste como comprador se deduce del que tienes que pagar como vendedor. En el caso de no tener ingresos, se declara S/. 0.0.

Qu Comprobantes de pago se emiten?

En este rgimen se pueden emitir los siguientes comprobantes de pago: Facturas. Boletas de venta. Liquidaciones de compra. Tickets o cintas emitidas por mquinas registradoras. Documentos complementarios a los comprobantes de pago, tales como: Notas de crdito y notas de dbito. Guas de Remisin para sustentar el traslado de mercaderas o Guas de Remisin como transportista, si la actividad que realizas es el transporte de mercaderas.

Qu Libros de Contabilidad que se deben llevar?

Las empresas que tengan ingresos brutos anuales menores a las 150 UITs (equivalentes a S/. 540,000, segn UIT 2010) deben llevar como mnimo los siguientes libros:

Registro de Compras. Registro de Ventas. Libro Diario de Formato Simplificado.

Las que tengan ingresos mayores deben llevar contabilidad completa, que incluye:

Libros, Caja y Bancos. Inventarios y Balances. Libro Diario. Libro Mayor. Registro de Compras. Registro de Ventas. Libros de Registro de Activos Fijos. Registro de Costos. Registro de Inventario Permanente en unidades fsicas. Registro de Inventario Permanente Valorizado (en caso se encuentre obligado a llevarlos de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta). Libro de Actas. Libro de Matricula de Acciones (si fuese el caso).

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