Los préstamos o negocios crediticios
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Profesor Benito Cañate Ríos
Suponen la transferencia de la mera
detentación del bien y no de la posesión y
menos de la propiedad
Por regla general son gratuitos
Generan obligaciones unilaterales
Son de carácter real, es decir se
perfeccionan con la entrega de la cosa
Todos las cosas objeto del comercio son
susceptibles de constituir objeto de estos
negocios
Mutuo o Préstamo de consumo
Mutuo irregular o Préstamo de Dinero
Foenus Nauticum o Préstamo Marítimo
Comodato o Préstamo de Uso
Préstamos de Garantía:
1. Pignus o Prenda
2. Hypotheca o Pignus Conventum
Otros préstamos pretorios, Las dationes.
Mutu
oObjeto: Cosas Consumibles y
fungibles, genéricas
Obligación básica: La devolución de la cosa.
Partes: Mutuante, el que entrega la cosa y Mutuario quien
se obliga a devolver la cosa
Carácter gratuito
Se diferencia del mutuo regular en que su
objeto es el numeratio (monedas o dinero) y
puede ser oneroso si se pactan intereses o
usura.
El interés legal en el Derecho Romano era de
12% anual
Cobrar un interés superior al legal constituye
agiotismo.
Elementos diferenciadores
Riesgo
Condición: llegar a puerto seguro
Intereses pueden superiores al interés legal
Naufragio: Mutuante soporta
la perdida
Transporte
marítimo
Avituallamiento
Carga de mercancías
com
odato
Objeto: recae sobre cosas inconsumibles e infungibles,
especifica.
Obligación básica: devolver la cosa en el mismo estado y
condición
Partes: Comodante quien entrega la cosa y Comodatario quien esta obligado a devolver.
Es de carácter gratuito
Son aquellos que se emplean para garantizar el
cumplimiento de una obligación principal,
generalmente de un préstamo de dinero.
Consisten en la separación de un bien mueble o
inmueble con un valor equivalente al de la
obligación principal o superior al mismo
No suponen transferencia de la propiedad
Solamente mediante Pactos previamente
establecidos, el acreedor puede repetir contra el
bien dado en garantía en caso de darse el
incumplimiento de la obligación principal