Los Juicios Orales en Puebla

11
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES LICENCIATURA EN DERECHO MATERIA: DHTIC ¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS QUE OBTIENENLOS CIUDADANOS POBLANOS AL IMPLEMENTARSE LOS JUI-CIOS ORALES? CATEDRÁTICO: MANUEL MIRANDA QUIROZ ALUMNA: DANIELA MENDOZA Villavicencio

Transcript of Los Juicios Orales en Puebla

Page 1: Los Juicios Orales en Puebla

BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

LICENCIATURA EN DERECHO

MATERIA: DHTIC

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS QUE

OBTIENENLOS CIUDADANOS POBLANOS AL

IMPLEMENTARSE LOS JUI-CIOS ORALES?

CATEDRÁTICO: MANUEL MIRANDA QUIROZ

ALUMNA: DANIELA MENDOZA Villavicencio

Page 2: Los Juicios Orales en Puebla

Introducción

Roma se rigió por el procedimiento de las acciones de la ley, que utilizaba una

oralidad compuesta de palabras y gestos que debían ser realizados ante el

magistrado, para llegar a la solución del pleito, o bien como vías de ejecución.

A partir del siglo XII surgen los tribunales eclesiásticos y el proceso canónico

crea un nuevo régimen jurídico que se extiende por muchos países europeos.

Éste era dirigido por funcionarios; se caracterizaba por ser escrito, secreto, por

estar compuesto de diversas fases cerradas y exclusivas y estaba regido por el

sistema de la tarifa legal en la valoración de la prueba. Como reacción a la

escritura formal, se busca implementar a oralidad como medio fundamental,

para lograr una mayor agilidad en el proceso (Petit, 1986).

Page 3: Los Juicios Orales en Puebla

En México los Juicios Orales surgen como una necesidad de reformar

sustancialmente el sistema de justicia penal en el país, son un nuevo

sistema procesal judicial, en donde los principales fundamentos son del

juicio oral la inmediación, la contradicción, continuidad, concentración y

publicidad; otorgando la transparencia y eficacia necesaria.

La oralidad en la justicia es una forma judicial acusatoria, en donde

también son necesarios otros elementos para llevar acabo de forma eficaz

este procedimiento. En la implementación de este sistema el Estado de

Durango y Puebla fueron los primeros en llevarlos a cabo.

Se considera que con este nuevo sistema la justicia que se imparta en

nuestro país sea más justa, equitativa y transparente. Siendo el objetivo de

esta investigación la reflexión y analización de las ventajas de los juicios

orales en el Estado

Page 4: Los Juicios Orales en Puebla

Los Juicios Orales

Los Juicios Orales son es un nuevo sistema procesal judicial en los que reina

los principios fundamentales del juicio oral la inmediación, la

contradicción, continuidad, concentración y publicidad, rigen la

naturaleza de los actos que integran esta audiencia.

A través de la transparencia y la eficiencia, toda vez que los casos son

ventilados públicamente, frente a la presencia del Juez y de las partes, y

donde acusados y víctimas tienen la oportunidad de presentar sus

argumentos, frente a todos.

Guillermo Colín Sánchez, lo conceptúa como “el conjunto de normas internas

y públicas, que regulan y determinan los actos, las formas y formalidades que

deben observarse para hacer factible la Aplicación del Derecho Penal

Sustantivo

Page 5: Los Juicios Orales en Puebla

Los trámites a que se alude en el concepto anterior se determinan en el

artículo 1° del Código Federal de Procedimientos Penales, el cual indica

que en ese ordenamiento se contemplan los siguientes procedimientos: a)

El de averiguación previa a la consignación a los tribunales; b) El de

preinstrucción; c) El de instrucción; d) El de primera instancia; e) El de

segunda instancia ante el tribunal de apelación; f) El de ejecución; y g) Los

relativos a inimputables, a menores y a quienes tienen el hábito o la

necesidad de consumir estupefacientes o psicotrópicos. Por último y a

manera de conclusión, cabe destacar una sencilla diferenciación que

entre proceso y procedimiento hace Jorge Malváez Contreras, quien nos

indica que:

“El proceso tiene como característica principal, una finalidad

jurisdiccional compuesta de un litigio y el procedimiento por su parte se limita

a la coordinación de una serie de actos tendientes a dar paso a otro distinto

de manera progresiva, concatenados éstos entre sí, cuya finalidad es concluir

jurídicamente con el proceso mismo o como una fase de éste

Page 6: Los Juicios Orales en Puebla

El gobierno de México promulgó el nuevo Código Nacional de

Procedimientos Penales, legislación pendiente desde junio de 2008, en la

cual se fijan las reglas que deberán seguir los juicios orales en todo el país.

El documento firmado por el presidente Enrique Peña Nieto sustituirá a los 33

códigos actuales y entrará en vigor de forma gradual, sin que esto exceda el

18 de junio de 2016, según los artículos transitorios del decreto.

Esa es la fecha límite para poner en funcionamiento la reforma de justicia

penal aprobada en junio de 2008, con la que se busca reemplazar el actual

sistema inquisitorio (basado en expedientes) por uno acusatorio (basado en

juicios orales).

Page 7: Los Juicios Orales en Puebla

El nuevo código incluye las reglas que deberán seguir esos procesos, entre

ellas, que tendrán que realizarse en audiencias públicas, salvo cuando el

juez considere que esto pondría en riesgo a alguna de las partes, y que los

funcionarios tendrán que cerciorarse en todo momento de que el

acusado conoce sus derechos.

El presidente del Tribunal Superior de Justicia, David López Muñoz anunció

que a partir del mes de enero de 2015 “Dieron inicio los primeros juicios orales

en Puebla, con la instalación de un centro de justicia en el que por primera

vez se llevarán a cabo juicios orales que tendrán como principio máximo la

defensa de la presunción de inocencia del imputado”.

Puebla y Durango se convirtieron en las primeras entidades federativas del

país donde entró en vigor el Código Nacional de Procedimientos Penales

.Para ello, destacó que en la región oriente del estado con la instalación de 8

jueces que tendrán como cede Teziutlán. Indicó que ya se tiene la

infraestructura y diversas salas donde los jueces encargados iniciarán a

laborar en la zona de Libres y Ciudad Serdán.

Page 8: Los Juicios Orales en Puebla

El centro de justicia penal federal de Puebla cuenta con dos jueces que

operarán de manera simultánea los sistemas inquisitorio y acusatorio

mientras se culmina la implementación de la reforma de 2008, de acuerdo

con información de diarios nacionales.

Los jueces tendrán la tarea de dar término a los casos que iniciaron con el

anterior esquema y comenzarán a tramitar nuevos juicios bajo el sistema oral.

Los servidores públicos tienen a su disposición un manual de procesos y

procedimientos administrativos para poder orientar su labor. El objetivo del

manual es dotar a los centros de justicia penal con un instrumento normativo

de carácter técnico y administrativo que permita identificar y reflejar de

manera formal los procesos operativos en los que intervienen las áreas

internas que lo integran, así como los procedimientos administrativos de éstas.

Page 9: Los Juicios Orales en Puebla

Con la buena aplicación de los juicios orales se obtendrán las siguientes ventajas según Joseline Santos:

Las acusaciones ya no serán exclusivamente de manera oral sino que los jueces requerirán evidencia física

Disminución de encarcelamiento de inocentes

Respeto a los derechos humanos garantizado, ya que los detenidos por agentes policíacos deberán conocer la orden de aprehensión

Los acusados podrán ver al juez

Disminuirán las sentencias condenatorias

La procuración de justicia será ágil

Pero, todo esto solo se hará posible, impartiendo los cursos adecuados y reformando el plan de estudios de las universidades en donde se garantice esta nueva modalidad. Así nuestro Estado y país progresaran en pro de las sociedades mexicanas.

Page 10: Los Juicios Orales en Puebla

Conclusión Con la investigación realizada, se exponen algunos de los muchos beneficios

que obtenemos los poblanos con la implementación de los juicios orales,

siempre y cuando se lleven de la manera correcta.

Los juicios orales tendrán las mismas etapas de un juicio escrito, solo que en un

menor número de audiencias y de forma oral, esto se hace con el objetivo de

reducir tiempo y dinero. La reforma constitucional que fue aprobada por el

senado y el congreso constituyente en marzo del 2008 a la cual se dio un

margen de tiempo, es decir, hasta el año 2016 para que en los congresos

locales fueran reformadas a su vez los códigos de procedimientos penales de

31 estados y el Distrito Federal.

La propuesta de reforma del sistema procesal penal debe ser coherente con

los diversos elementos que integran el sistema jurídico mexicano, por lo que se

recomienda que en las propuestas de cambio institucional que se formulen,

se tomen en consideración tanto las circunstancias internas como externas de

nuestro país.

Claro, siempre viendo por el bienestar de los mexicanos y la del país,

embarcándolo a las modernas formas judiciales.

Page 11: Los Juicios Orales en Puebla

Referencias

*Gomora, D y Alcantarra, S. (2014) Durango y Puebla inician juicios orales federales [en línea] Recuperado el día 10 de marzo de 2015 de http://www.eluniversal.com.mx/nacion-mexico/2014/impreso/durango-y-puebla-inician-juicios-orales-federales-220613.html

* Camacho, M (2014) Inician en el estado de Puebla los juicios orales para los delitos del fuero federal [en línea] Recuperado el día 10 de marzo de 2015 de http://www.lajornadadeoriente.com.mx/2014/11/25/inician-en-el-estado-de-puebla-los-juicios-orales-para-los-delitos-del-fuero-federal/

* Referencia 1 Santos J. (2011) Destinado al fracaso el nuevo sistema judicial en Puebla. Recuperado el 19 de febrero de 2015[en línea]. De:http://ladobe.com.mx/2011/07/destinado-al-fracaso-el-nuevo-sistema-judicial-en-puebla/

* Mendez, A. (2014) Sin jueces suficientes, arrancan hoy en2 estados juicios orales de delitos federales. Recuperado el 20 de febrero de 2015. De http://www.jornada.unam.mx/2014/11/24/politica/015n1pol

1. Pacheco, R. (2013) Comienzan juicios orales. Recuperado el 20 de febrero de 2015. De http://www.oem.com.mx/elsoldepuebla/notas/n2862413.htm