18. unidad v. tema 18.- los ilicitos tributarios y las penas
Los ilicitos tributarios
-
Upload
franyeliths -
Category
Law
-
view
25 -
download
0
Transcript of Los ilicitos tributarios
Franyelith SalazarDerecho TributarioSaia C
Ilícitos Tributarios
Ilícitos Tributarios
Son todos aquellos actos u omisiones, que tipificados en el código Orgánico tributario, constituyen una infracción de las normas tributarias y originan la aplicación de una sanción por parte de los organismos competentes.
Su naturaleza es de castigar los actos a las personas tanto naturales como jurídicas que atenten contra el ordenamiento jurídico de manera que afecten bienes fundamentales de la sociedad.
Clasificación de los ilícitos tributarios
Según el articulo 81 del Código Orgánico Tributario, se establecen:1. Ilícitos formales2. Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas.3. Ilícitos materiales4. Ilícitos sancionados con pena restrictiva de libertad.
Ilícitos Tributarios Formales
Son violaciones al Derecho Tributario Formal, manifestado en los mecanismos administrativos de control del cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Inscripción en el Registro de la Administración
Tributaria
Permitir el control de la
administración tributaria
Emisión o exigir comprobantes
Llevar libros de contabilidad
Información y comparecencia
Presentación de la declaración
Ilícitos Tributarios materiales
Son violaciones al Derecho Tributario Sustantivo, manifestados en la disminución ilegítima de los ingresos legalmente debidos al sujeto activo tributario.
Ilícitos Tributarios Materiales
Retraso u Omisión del
Pago de anticipos
Retraso u omisión en el pago de anticipos
Incumplimiento de la
obligación de retener o percibir
Obtención de devoluciones
indebidasComercializar o expender en el
territorio especies gravadas a la exportación o
importadas para el consumo en el
territorio.
Comercializar especies
gravadas a establecimientos o personas no autorizados
para su expendio.
Ilícitos Tributarios Penales
Son violaciones al Derecho Tributario Material, manifestadas en la disminución fraudulenta del producido tributario, con mecanismos delictivos propiamente dichos.
Defraudación Tributaria
Falta de enteramiento de
anticipos por parte de los agentes de
retención o percepción
Insolvencia fraudulenta con fines tributarios
Instigación pública al incumplimiento de la normativa tributaria
Divulgación y uso de información confidencial
Concurrencia de ilícitos tributarios
De acuerdo con el artículo 82 del COT, la cuantía de las sanciones por la comisión de varios ilícitos sancionados con penas pecuniarias, aplicadas en un mismo procedimiento deberá fijarse aplicando la pena más grave, aumentada con la mitad de las otras sanciones.
Supone igualmente este artículo, la concurrencia de ilícitos tributarios sancionados con penas restrictivas de libertad y otro delito no tipificado en el Código.
Sanciones
Prisión
Multa
Comiso y destrucción de los efectos materiales
Clausura temporal
Inhabilitación para el
ejercicio de oficio o
profesión
Suspensión o
revocación de la
autorización de
industrias
Los órganos judiciales podrán resolver la suspensión condicional de la ejecución de la pena restrictiva de libertad, cuando se trate de infractores no reincidentes, atendiendo a las circunstancias del caso y previo el pago de las cantidades adeudadas al Fisco. La suspensión de la ejecución de la pena quedará sin efecto en caso de reincidencia.
Circunstancias Atenuantes
Art 95 COT Son circunstancias atenuantes:-El grado de instrucción del infractor.-La conducta que el autor asuma en el esclarecimiento de los hechos.-La presentación de la declaración y pago de la deuda para regularizar el crédito tributario.-El cumplimiento de los requisitos omitidos que puedan dar lugar a la imposición de la sanción.-Las demás circunstancias atenuantes que resulten de los procedimientos administrativos o judiciales previstas por la ley.
Circunstancias Agravantes
Art 96 COT Son circunstancias agravantes:-La reincidencia.-La cuantía del perjuicio fiscal-La obstrucción del ejercicio de las facultades de fiscalización de la administración.
Eximentes de la Responsabilidad por ilícitos Tributarios
Minoría de edad
Incapacidad Mental
debidamente comprobada
Caso fortuito o fuerza mayor
Error de hecho y error
excusable
Reincidencia
Ocurre cuando el imputado después de una sentencia o resolución firme sancionatoria, cometiere una o varios ilícitos tributarios de la misma o de diferente Ín dole durante los seis (6) años contados a partir de aque llas.
Referencias
Código Orgánico Tributario (2001). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.305, Fecha: Octubre 17 de 2001.
Molla, E. (2009). Elementos de Finanzas Públicas y Derecho Tributario. Caracas: Mobilibros.
Material Subido a la plataforma de SAIA Derecho Tributario.