Los bienes de dominio público y de dominio privado
-
Upload
nereyda-josefina-perez-garcia -
Category
Education
-
view
125 -
download
2
Transcript of Los bienes de dominio público y de dominio privado
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERREPTORADO ACADEMICO
ESCUELA DE DERECHO
LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO Y PRIVADO
PEREZ, NEREYDA
DERECHO CIVIL
TUTORA: ELEANA SANTANDER
NATURALEZA DE LOS BIENES DE
DOMINIO PUBLICO Y PRIVADO
Su Clasificación depende de la relación de pertenencia con
respecto a la persona que los posee.
Son Públicos los bienes del Estado como: Edificios, Playas,
Parques, museos, escuelas, universidades y todos aquellos que no sean
de propiedad privada.
BIENES DE DOMINIO
PÚBLICO
Son todos aquellos bienes muebles o inmuebles afectados por la autoridad
competente destinados a la utilidad general de la ciudadanía pero además
pueden ser de uso publico o privado
Los bienes de dominio Público son Inalienables (Art.543 C.C.)
No pueden ser usucapidos por terceros.
BIENES DE DOMINIO
PRIVADO
Son todos aquellos bienes muebles o inmuebles que se
caracterizan por pertenecer a uno o varios particulares
quienes por derecho pueden disponer de ellos.
BIENES DE DOMINIO
PRIVADO
Pertenecen a particulares
Son aquellos que siendo de la Nación, Estado o
municipalidades son patrimoniales y no de uso público.
Por ser de particulares son Enajenables
Pueden ser Usucapidos por terceros (con excepciones de la
ley)
No son de uso colectivo
BIENES
Son todos aquellas cosas y derechos objetos de comercio y que
otorgan alguna utilidad a sus propietarios o dueños.
BIENES MUEBLES
Son todos aquellos que pueden desplazarse de un lugar a otro e
incluso por su propios medios. Ejemplos: Muebles, lámparas, joyas,
carros, yates, motos o bicicletas, computadores, etc.
BIENES INMUEBLES
Son aquellos bienes que no pueden ser desplazados o trasladaos de un
lugar a otro.Ejemplo: Terrenos, edificios, casas, etc.
Por su naturaleza pueden trasladarse de un lugar
a otro (Art.532 C.Civil).
Los bienes muebles por anticipación son
aquellos adheridos al suelo pero con antelación se
presume que serán separados. Ej.las frutas, cosechas
El Art. 533 del C.Civil regula cuales son los
bienes muebles por el objeto a que se refieren o por
determinarlo la Ley; los derechos, obligaciones y las
acciones que tiene por objeto cosas muebles.
Por su naturaleza no es posible su
desplazamiento.
Por su destinación (Art.528 y 529 C.Civil)
lo son las cosas que el propietario del suelo
ha puesto en él para su uso, cultivo, beneficio.
Por el Objeto (Art.530 C.C.) Son los
derechos de los propietarios del enfiteuta
sobre los predios sujetos a enfiteusis y los
derechos de usufructo.
CLASIFICACIÓN REAL BIENES
MUEBLES INMUEBLES