LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA DEMARCACIÓN Y …
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LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA
DEMARCACIÓN Y REPINTADO DE PAVIMENTO CON
PINTURA TERMOPLÁSTICA EN EL DEPARTAMENTO
DE MALDONADO
DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE.
MEMORIA DESCRIPTIVA QUE REGIRÁ EL LLAMADO A
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA DEMARCACIÓN Y REPINTADO
EN TERMOPLÁSTICA DEL PAVIMENTO.
ARTÍCULO 1- OBJETO
El objeto del presente llamado es la contratación de trabajos de demarcación y repintado
de pavimento incluyéndose el suministro de la pintura y el aporte del equipo necesario
para su aplicación en caminos y calles del Departamento de Maldonado . Esta
demarcación se llevará a cabo de acuerdo a directivas impartidas por la Dirección General
de Tránsito, quien suministrará detalle de los sitios a señalizar, conforme a la norma de
señalización dispuesta por el Manual Interamericano de dispositivos para el Control de
tráfico en Calles y Carreteras Decreto Ley 15223 Ley de Tránsito y Seguridad Vial N.º
18191 Art. 34.
Los trabajos a realizar serán en rutas , avenidas, calles ,caminos , ramblas, Bulevares,
Incluye, cruces, cebras, figuras, ( cebrados, flechas, líneas, etc.) en Zona urbana ,
suburbana y rural; dichas demarcaciones podrán ser aplicadas sobre pavimentos de
hormigón o carpeta asfáltica.-
El plazo máximo para la ejecución de la totalidad de los trabajos será hasta el final del
período del Gobierno, pudiendo los oferentes proponer un plazo menor, sin que ello
condicione a la administración .
ARTÍCULO 2 - METRAJE
Rubro 1: Marcas transversales, cruces, cebras , símbolos , flechas, isletas , cebrados ,
etc., por extrusion de 3mm de espesor por hasta 6.400 m2.
Rubro 2: Marcas separadores longitudinales – separadores de carriles, media calzada ,
líneas de eje central, líneas de borde, cruces, etc. por pulverización spray de 1,5 mm de
espesor por hasta 8.200 m2.
ARTÍCULO 3 – EL PINTADO
3.1.Por Extrusión
3.1.1. El marcado de cebras, flechas e isletas se hará de acuerdo con la Dirección Gral.
de Tránsito y Transporte, del color y figura que corresponda conforme a la norma de
señalización . El espesor de la película seca de material será de 3mm.
3.1.2. El Contratista procederá al replanteo de la marcación a pintar por intermedio de un
técnico universitario y personal competente, conjuntamente y de acuerdo con un
representante de la Dirección General de Tránsito.
El replanteo consistirá en marcas de pintura o similar que constituya una guía de
precisión a las máquinas marcadoras.
3.1.3. El Contratista deberá resolver técnicamente la adecuada condición del
pavimento previo a la aplicación del producto, siendo la limpieza y el barrido de su
cuenta y cargo. Por lo tanto , deberá contar con todos los medios necesarios para
realizar dicha tarea, sin que por ello se genere costo adicional alguno, el que deberá
estar incluido en los rubros a presupuestar.
3.1.4. Las tareas de premarcado serán realizadas por el Contratista , con un día de
anticipación al inicio del pintado, a los efectos de que la inspección pueda realizar las
verificaciones necesarias.
3.1.5. En lo que respecta al ancho promedio, no se admitirá tolerancia alguna en menos;
en más , se aceptará hasta 0.01m. En lo que respecta a las longitudes promedio, ya sean
de trazos o espacios, la tolerancia será del 2% en más o menos de lo indicado.
3.1.6. Se cuidará de obtener que los bordes de los trazos pintados sean rectos y
nítidos.Toda irregularidad se corregirá dentro de la tolerancia especificada anteriormente.
3.1.7. El material a utilizar será reflectante del tipo que se indica más adelante en las
respectivas especificaciones .
3.1.8. Cuando se realicen trabajos de marcación , los mismos deberán efectuarse bajo
las condiciones climáticas de temperatura y humedad que recomiende el fabricante del
material a emplear , en coordinación con la Dirección General de Tránsito y Transporte.
3.1.9. Se extraerán todas las muestras que la Dirección General de Tránsito y Transporte
crea necesario para verificar el espesor de la película del material y/o su calidad. No se
aceptarán diferencias en menos del espesor indicado.
3.1.10. Al iniciar los trabajos de pintado se efectuará conjuntamente por la Dirección
General de Tránsito y Transporte y el Contratista una prueba de rendimiento del material
a fin de fijar la cantidad necesaria para lograr el efecto de cubrir toda la superficie,
respetando los espesores indicados, utilizando para ello el equipo que la empresa
empleará en los trabajos.
3.1.11. Las zonas de pavimento en las que se realizará la marcación deberán
encontrarse bién secas , limpias, libres de aceites y a una temperatura superior a 5 º C ,
de manera de eliminar toda suciedad que perjudique la buena adherencia del material. A
tales efectos el Contratista deberá contar con los elementos mecánicos y químicos
adecuados para cumplir con dichos requisitos.
3.1.12. El Contratista procederá a señalizar convenientemente la zona de trabajo a fin de
prevenir accidentes y provocar el mínimo de inconvenientes al tránsito. Se deberán
proteger también en forma adecuada los trazos marcados, hasta que se haya secado
suficientemente la pintura , para que no sea afectada por el paso de los vehículos . De
ninguna manera se podrá impedir en forma total, ni aún en forma momentánea, el
tránsito en ningún tramo. Salvo autorización expresa de la Dirección General de Tránsito
y Transporte.
3.1.13. El material se utilizará en las condiciones que sea provisto por el fabricante. No
se permitirá el agregado al mismo de sustancias de ninguna naturaleza que modifiquen
su composición o características originales.
3.2. Por pulverización
3.2.1. Riego del material de imprimación. Se utilizará material a base de resinas
sintéticas, de secado instantáneo o derivados de productos asfálticos.
Consistirá en dar una aplicación previa de un imprimador sobre el pavimento, con un
sobreancho de 5 cm. al establecido por y para la demarcación. Este sobreancho deberá
quedar repartido por partes iguales,a ambos lados de la franja demarcada con material
termoplástico reflectante. La superficie a imprimir o señalizar deberá ser cuidadosamente
limpiada a fondo hasta quedar totalmente libre de sustancias extrañas y completamente
secas, debiendo destacarse lo fundamental del correcto cumplimiento de esa tarea.
Después de estos trabajos preparatorios y procediendo con rapidez, antes que las
superficies puedan volver a ensuciarse, se procederá a recubrirlas con el imprimador,
conveniente y uniformemente aplicado, de manera de obtener una adherencia óptima del
material termoplástico sobre el pavimento.
No se autorizará la aplicación del imprimador cuando la temperatura del pavimennto sea
inferior a 5 º C y cuando las condiciones climáticas adeversas ( lluvia, humedad,
polvareda,niebla, etc,) no lo permitan.
3.2.2. Riego del material termoplástico reflectante; termoplástico de aplicación en
caliente de color correspondiente a la figura según Norma de Señalización, con adición de
esferas de vidrio transparente.
Se aplicará en caliente a la temperatura y presión adecuadas para lograr su
pulverización – por sistema neumático -, con el fin de obtener una buena uniformidad en
distribución y las dimensiones – espesor y ancho de las franjas – que se indican en el
Pliego. El riego del material se efectuará únicamente sobre pavimentos previamente
imprimados con el material que se determine más adecuado.
El ancho de las franjas no presentará variaciones superiores al 5% en más o en menos y
si las hubiera dentro del porcentaje indicado,éstas no se manifestarán en forma de
escalones que sean apreciables a simple vista. Cuando se pinten dobles franjas en el eje
de la calzada, las mismas mantendrán el paralelismo,admitiéndose desplazamientos que
no excedan de 0.01m. cada 100 m;la variación del paralelismo dentro de los límites
indicados no será brusca, al fin de que no se noten a simple vista.
El paralelismo entre las líneas centrales y las de borde de calzada o demarcadores de
carriles no tendrán diferencias en más o en menos, superiores al 5% del semiancho de la
calzada, por kilómetro.
El espesor de las franjas de 1,5 mm, no debiendo resultar superior a 1,7 mm.
3.2.3. Distribución de esferas de vidrio: se distribuirán sobre el material termoplástico,
inmediatamente después de aplicado y antes de su endurecimiento, a los efectos de
lograr adherencia en aquel.
La aplicación de las esferas se hará a presión , proyectándolas directamente sobre las
franjas pintadas, mediante un sistema que permita, como mínimo, retener el 90% de las
esferas arrojadas.
ARTÍCULO 4 – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE PINTURA
REFLEJANTE DEL TIPO DE COLOCACIÓN EN CALIENTE PARA
DEMARCACIÓN DE PAVIMENTO.
El objetivo de esta especificación es fijar las características mínimas exigibles a la
masa termoplástica en color correspondiente destinadas para la demarcación vial de
pavimentos de hormigón y asfalto, sin perjuicio de los parámetros de reflectividad, así
como detallar las muestras que deben presentar los oferentes a efectos de someter el
material a los ensayos de laboratorio (LATU) y de otros servicios que pueda disponer la
Administración.
La masa termoplástica aquí especificada consistirá de una mezcla de resinas naturales
y/o sintéticas, micro esferas de vidrio, plastificantes y materiales granulares, teniendo la
siguiente composición:
• Vehículo: Compuesto de resinas naturales y sintéticas,mínimo 18%,máximo 30%
• Dióxido de titanio: 10%
• Esferas de Vidrio: 30%
• Pigmento:Blanco o amarillo( según color que se requiera).
Los espesores mínimos serán de 1,5 mm y de 3 mm no aceptándose espesores
menores.
La temperatura de aplicación será de alrededor de 160 º C , no pudiendo ser inferior a
150 º C ni mayor a 200º C , para no alterar las propiedades fisicoquímicas del material,
inclusive el color en la tonalidad exigida.
El material depositado sobre el pavimento deberá solidificarse inmediatamente y perder
rápidamente su pegajosidad superficial, para poder liberar el tránsito lo más rápido
posible.
El contenido de esferillas incorporado al material no será inferior al 30%.
ARTÍCULO 5 – MUESTRAS Y CERTIFICACIONES DE LOS MATERIALES.
5.1. Muestras: Se deberán presentar muestras de diferentes tonos de amarillo y blanco
para así poder elegir el tono a utilizar . Las muestras serán de 40 cm x 20 cm. sobre
chapa, o algún otro elemento de idénticas dimensiones para que la Administración
disponga, si lo considera necesario la realización de los ensayos de control de calidad .
Aquellas firmas que nunca hayan trabajado, con este material, para la Intendencia de
Maldonado, a los efectos de poder realizar un control comparativo de los materiales y del
procedimiento a emplear, deberán ejecutar con una anticipación de hasta 10 días hábiles
al Acto Apertura una muestra (mínimo 20 m2) con material, equipo y personal a emplear
en la obra, a su entero costo. La autorización para realizar dicha muestra deberá ser
gestionada en la Dirección General de Transito y Transporte y deberá certificarse
mediante Acta Oficial. Se verán exonerados de realizar la muestra aquellas empresas que
adjunten constancia de otra Intendencia o MTOP de que han realizado las mismas tareas,
metraje y calidad del trabajo.
5.2. Certificados: Los oferentes deberán presentar al momento de la licitación , un
certificado del fabricante, avalado por el oferente, de que el material ofrecido responde a
los requerimientos contenidos en estas especificaciones, así como certificado que
indique las condiciones ambientales de aplicación.
5.3. Envasado y marcas: El material vendrá envasado de fábrica. Cada envase tendrá
claramente marcado, con tinta o pintura resistente a la intemperie, consignando el
nombre y dirección del fabricante y/o vendedor , número de partida, fecha de fabricación
y vencimiento, volumen y peso del contenido, tipo y color de la masa termoplástica. Si se
utiliza material importado, la Administración solicitará documentación correspondiente, a
los efectos de comprobar si se ajusta a las normas vigentes.
ARTÍCULO 6 – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA MICRO ESFERAS
DE VIDRIO DE SEMBRADO EN PINTURAS PARA DEMARCACIÓN DE
PAVIMENTO.
6.1. Generalidades: El objeto de estas especificaciones es fijar las características
exigibles a las micro esferas de vidrio destinadas para la demarcación de pavimento, así
como detallar las muestras que deben presentar los oferentes a efectos de someter el
material a los ensayos de laboratorio y de servicio que pueda disponer la Administración.
Si se utiliza material importado, la Administración podrá hacer las pruebas
correspondientes a los efectos de comprobar si se ajustan a las normas vigentes.
6.2. Muestras y certificados: Cada oferente deberá entregar 1 kg. de esferas tipo “
pre-mix”, para que la Administración disponga si lo considera necesario, la realización de
los ensayos de control de calidad. Dichos ensayos son los previstos en el artículo de
especificaciones.
Los oferentes al momento de la presentación de su oferta deberán presentar un
certificado que avale que el material ofrecido responde a los requerimientos contenidos en
estas especificaciones.
6.3. Envasado y marcado: Las esferas de vidrio, deberán venir en sacos o tambores de
no más de 30 kg de capacidad. Deben ser suficientemente fuertes para poder ser
manejados sin romperse, ni perder esferas y tener suficiente resistencia a la humedad
para evitar que el contenido se moje durante su transporte hasta la obra.
Cada envase será claramente marcado, con tinta o pintura resistente a la intemperie,
consignando el nombre, dirección del fabricante y/o vendedor, número de partida, fecha
de fabricación y vencimiento, peso del contenido, tipo de esferas.
6.4. Especificaciones
. Las esferas tienen que ser transparentes e incoloras, de tal forma que la luz solar no
modifique estas características . Al mismo tiempo tienen que estar libres de opacidad,
partículas o tener un exceso de inclusiones de aire.
. Tienen que tener una forma esférica y las ovaladas y/o fundidas no deben exceder del
10%.
. Su índice de refracción por el método de inmersión , con el empleo de la luz de
tungsteno debe ser superior a 1.50.
. La alcalinidad debe ser neutra ( phi neutro).
. La granulometría en los tamices U.S.A estándar han de concordar con la clasificación
siguiente:
Premezclado ( pre-mix)
Tamiz Pasa
70 100%
80 85/100%
140 15/55%
230 0/10%
Las esferas deben ser incorporadas a la pintura en forma homogénea.
ARTÍCULO 7 – FORMAS DE PAGO.
El adjudicatario deberá presentar dentro de los diez días hábiles siguientes a la
terminación de cada mes, una factura debidamente conformada sin observaciones por el
representante técnico de la Intendencia y por el Director correspondiente.
ARTÍCULO 8 – REPRESENTANTE TÉCNICO.
El contratista deberá asignar un representante técnico con título de Ingeniero Civil de la
Universidad de la República o revalidado legalmente, a cuyo cargo estará realizar todas
las gestiones y el recibir todas las comunicaciones de carácter técnico atinentes al
Contratista, pudiendo ser requerida su presencia en obra en cualquier momento por la
Dirección General de Tránsito y Transporte. Por ello el Representante Técnico deberá
constituir domicilio en la ciudad de Maldonado.
ARTÍCULO 9 - MEDIDAS DE SEGURIDAD.
Durante el desarrollo de las tareas los operarios deberán estar perfectamente
identificados y visibles al tránsito, y contarán con los elementos de seguridad exigidos
legalmente a tales efectos según Manual de Señalización para obras del MTOP, siendo
el contratante absoluto responsable por la seguridad de los mismos y del resto de los
usuarios de la vía, no ocasionar peligros y evitar trastornos innecesarios en la circulación.
Medidas:
a) Para toda máquina o personal que se encuentre trabajando, se delimitará una
ZONA DE TRABAJO con conos y cartelería . A tales efectos se instrumentará una
señalización, según los criterios establecidos.
b) Todo personal que se encuentre en la ruta trabajando, además de los equipos de
seguridad dispuestos por el Banco de Seguros , vestirá una camisa o chaleco
reflectivo de color naranja vivo.
c) De acuerdo al Manual Interamericano de Dispositivos de Señalización , todo
elemento que se emplee como señalización diurna deberá ser de color naranja
vivo. En particular, todos los carteles y señales de prevención deberán ser de
fondo naranja vivo con los diseños gráficos usuales en señalización carretera para
obras viales.
d) Todo elemento que se emplee como señalización nocturna , aparte de cumplir los
requisitos de la señalización diurna , deberá contar con un porcentaje de la
superficie iluminada y/o reflectiva de forma que el mensaje sea visible.
e) La iluminación deberá ser en base a energía eléctrica o balizamiento de destello
no se admitirá mechas.
f) La reflectividad podrá ser obtenida con pintura papel u otro material retroreflectante
de probada calidad de reflectividad.
g) Si debido a las dimensiones del firme , no es posible habilitar tránsito en las dos
direcciones simultáneamente, se utilizarán dos “banderilleros “ y se balanceará en
las dos direcciones.
h) El banderillero deberá usar chaleco reflectivo y dirigir el tránsito con un cartel
doble, que de un lado lucirá el hexágono rojo de PARE y del otro un círculo de
REDUCCIÓN DE VELOCIDAD A 20 Km/h.
i) Si debido al terreno entre los dos “ banderilleros “ no hay visibilidad, se deberá
organizar la intercomunicación radial.
j) Toda máquina que se encuentre trabajando mantendrá las luces destellantes
encendidas y elementos sonoros al efectuar su desplazamiento,particularmente
cuando retroceda.
k) Al iniciarse un tramo en obra se colocará un cartel de fondo naranja vivo, con el
pictograma de gente en obra y un texto que informe:PROXIMOS.....Kms. GENTE
EN OBRA. Al finalizar el tramo se colocará un cartel de características similares
que indique FIN DE TRAMO EN OBRA..
l) Se trabajará en esas zonas creando darsenas para canalizar el tránsito , reducir la
calzada y disminuir la velocidad de los rodados .
El contratista cumplirá con todas las leyes laborales vigentes durante el plazo de la
contratación, así como con todas sus obligaciones fiscales y contratación de seguros para
el personal.
La constatación del incumplimiento de cualquiera de los extremos aquí previstos
podrá dar lugar a la rescisión de la contratación con el cobro automático de la garantía de
cumplimiento. El adjudicatario tomará a su cargo la protección del personal que realiza el
trabajo, adoptando las medidas precautorias reglamentarias respecto a la ejecución de
los trabajos en la vía pública. Se dará preferencia a los sistemas de ejecución que
impliquen menores interrupciones de tránsito.
ARTÍCULO 10 – INSTALACIONES EXISTENTES.
Todas las instalaciones de servicio público existentes en la zona de trabajo deberán ser
rigurosamente resguardadas por el Contratista que será responsable por cualquier daño
que les pudiere suceder y de los accidentes derivados sobre personas . En caso de ser
necesario la remoción o traslados de estas instalaciones , el Contratista deberá coordinar
las operaciones con los correspondientes entes del Estado, quedando obligado al
suministro de las ayudas necesarias. Las señales viales que se renuevan deberán
protegerse e instalarse en iguales condiciones en la primer oportunidad posible o antes
de finalizar la obra, siempre que no afecte preferencias o la Seguridad Vial en cuyo caso
deberá mantenerse al momento de realizar los trabajos.
ARTÍCULO 11 – CALIFICACIÓN DEL OFERENTE.
Los oferentes deberán incluir en sus ofertas la siguiente documentación en su totalidad
sin la cual no sera admisible las mismas:
11.1. Experiencia en obras de naturaleza similar, en los últimos 5 años . Se deberá
detallar todas las obras ejecutadas, indicando fechas, organismos contratantes y montos
de las mismas. Así como presentar certificados de estar inscriptos.
11.2. Listado con los principales equipos , maquinaria y vehículos que el oferente prevé
utilizar para cumplir el contrato y certificado de propiedad de los mismos. (Ver articulo 13)
11.3. El contratista deberá asignar un Representante Técnico con título de Ingeniero Civil
de la Universidad de la República o revalidado legalmente,que acredite experiencia en
los trabajos a realizar a cuyo cargo estará la realización de todas las gestiones y el recibir
todas las comunicaciones de carácter técnico atinentes al Contratista, pudiendo ser
requerida su presencia en obra en cualquier momento por la Dirección General de
Tránsito y Transporte.
11.4. Listado del personal técnico y de obra, con calificación y experiencia, propuesto
para desempeñarse en las obras.
11.5. Deberán presentar, en caso de poseerlos, antecedentes comerciales de la firma,
certificados por Contador o Escribano.
11.6. Certificado de inscripción del Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas
en la Sección Constructoras ítem II D “ Especialización en Señalización Vial “, donde
figure el VECA disponible.
ARTICULO 12 - AVANCE DE OBRA.
El contratista presentará un avance de obras en soporte magnético que conste:
. El porcentaje de cada uno de los rubros que se ejecutó en el mes correspondiente.
. Ubicación y características de la superficie pintada ( km, esquina, entre etc, ) , fecha,
metros cuadrados, color y tipo.
ARTÍCULO 13 – EQUIPO.
Se deberá presentar un listado en formato magnético indicando unidad por unidad el
equipo destinado a esta obra expresando:marca, modelo, año de fabricación ,sitio donde
se encuentra a la fecha propuesta ,datos técnicos de catálogos oficiales que permitan
determinar el rendimiento de cada unidad en su tarea especifica.
ARTÍCULO 14 – DIRECCIÓN DE OBRA.
La dirección y fiscalización de los trabajos estarán a cargo de la Dirección General de
Tránsito, quien realizará la inspección técnica detallada y permanente de las obras, con
amplias facultades para exigir el cumplimiento de todas las disposiciones que estime
necesario y conveniente para la buena ejecución de los trabajos de acuerdo con el
contrato, quedando facultada para destinar el personal idóneo adecuado a tales efectos
así como otras facultades que se les asigne.
En la ejecución de las obras, el contratista se deberá ajustar al contrato, así como a las
órdenes de servicio, planos de detalle de obra e instrucciones que expida por escrito a la
Dirección General de Tránsito y Transporte y de las que aquel dará recibo.
La Dirección tendrá acceso e inspeccionará en cualquier momento el trabajo en fábrica ,
taller y obradores; fiscalizará la cantidad y la calidad de los materiales empleados,
controlará las tomas de muestra, los exámenes, ensayos, pruebas y análisis de los
materiales, conforme a las especificaciones técnicas; revisará y comprobará los
certificados de obra y prestará su aprobación a los efectos del pago.
ARTICULO 15 – INSPECCIONES.
Toda obra hecha y todo material empleado estará sujeto a inspecciones, pero el hecho
de que ésta no se realice, no exime al contratista de su obligación de realizar las obras y
suministrar los materiales de conformidad con el contrato.
ARTÍCULO 16 – ÓRDENES DE SERVICIO.
Toda disposición referente a la ejecución de la obra, será comunicada por la Dirección
General de Tránsito al contratista mediante órdenes de servicio dadas por escrito con sus
correspondientes copias, las cuales estarán debidamente numeradas y se consignarán
por orden de fecha.
Dentro de las veinticuatro horas de requerírselo la Dirección, el contratista deberá
notificarse de cada orden de servicio que aquella imparta.
Comunicación del contratista: todas las comunicaciones o peticiones que el contratista
deba hacer sobre la ejecución de los trabajos, la dirigirá a la Dirección.
ARTÍCULO 17 – RECUSACIÓN DE PERSONAL DE DIRECCIÓN
GENERAL.
El contratista no podrá recusar el personal de fiscalización e inspección ,ni a los
técnicos destinados por la Dirección General de Tránsito.
Cuando el contratista se considere injustamente perjudicado por los procedimientos
empleados por la Dirección General de Tránsito, o por el personal de inspección y
fiscalización recurrirá, en queja fundada por escrito. El recurso se resolverá en definitiva
por el Intendente, sin que por ello se interrumpan los trabajos.
ARTÍCULO 18 – DISCREPANCIA ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
TRÁNSITO Y TRANSPORTE Y EL CONTRATISTA.
No estando conforme el contratista con alguna orden de servicio o decisión de la
Dirección , dentro del término de los diez días calendario, expondrá por escrito los
fundamentos de su disconformidad a la referida Dirección General de Tránsito y
Transporte al que dictará resolución en los quince días calendario subsiguientes. Si
dejara transcurrir el plazo sin presentar reclamación entenderá que acepta lo resuelto por
la Dirección y no le será admitido ningún recurso anterior. En ningún caso este
procedimiento tendrá efecto suspensivo con respecto al cumplimiento por parte del
contratista de las órdenes impartidas por la Dirección General.
Si el contratista no estuviera de acuerdo con la resolución que se adoptara, podrá recurrir
a los procedimientos administrativos previstos para presentar su discrepancia.
ARTÍCULO 19 – VICIOS DE CONSTRUCCIÓN.
Si durante la ejecución de las obras , o una vez terminadas, antes de su recepción
definitiva, se advierten vicios de calidad o ejecución en ellas, la Dirección de la obra
dispondrá su despintado y repintado, fijando un plazo prudencial para ello, aún cuando
hubieran sido examinadas y aceptadas con anterioridad.
Transcurrido el plazo establecido sin que el contratista de cumplimiento a las órdenes
impartidas, la Intendencia podrá proceder a realizar los trabajos necesarios por cuenta de
aquél, a quien le será impuesta además una multa equivalente al 25 %( veinticinco por
ciento) del monto de dichos trabajos.
El importe de éstos, así como la multa impuesta serán descontados del pago inmediato a
efectuarse por parte de la Intendencia.
Si la Dirección General de Tránsito tuviera motivos fundados para creer en la existencia
de vicios ocultos en la obra ejecutada, podrá ordenar en cualquier momento antes de la
recepción definitiva,la remoción de la pintura a fin de verificar la existencia de tales vicios.
El contratista esta obligado a cumplir las órdenes recibidas en tal sentido en el plazo que
le sea fijado, transcurrido el cual, sin cumplimiento de su parte, la Intendencia podrá
proceder a ejecutar por sí misma o por intermedio de terceros los trabajos necesarios,
cumpliendo con la multa mencionada en el punto anterior.-
ARTÍCULO 20 - OMISIONES Y ERRORES
En caso de que algún aspecto del servicio no se adecue a lo establecido, el proveedor, a
su costo y dentro del plazo que se estipule por el responsable técnico municipal, deberá
corregirlo, no dándose trámite a la conformidad hasta que no se haya cumplido la
exigencia precedente, sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes.-
Si vencido dicho plazo el adjudicatario no hubiese dado cumplimiento a lo
solicitado, ni justificado a satisfacción de la Administración la demora originada, la
Intendencia podrá determinar la rescisión del contrato
ARTÍCULO 21 - RECEPCION DEFINITIVA
La recepción definitiva de la obra ocurrirá transcurrido doce meses de la recepción
provisoria . Esta última se realizará inmediatamente de terminada la obra y requerirá la
conformidad de la Dirección General de Tránsito y Transporte.
ARTÍCULO 22 – CONSERVACIÓN DE LA OBRA.
La conservación de las obras será de 36 meses, no admitiéndose fallas de la superficie
superiores a:
. 10 % al cabo de 12 meses
. 20% al cabo de 24 meses
. 40% al cabo de 36 meses
ARTÍCULO 23 – CALIDAD DE MATERIALES.
Todos los materiales deben ser de la mejor calidad dentro de la especie. Los materiales
defectuosos o que no estén de acuerdo con las especificaciones de la memoria, o con
las instrucciones de la Dirección General serán rechazados debiendo el contratista
eliminarlos dentro del plazo que se les fije.
ARTÍCULO 24 – FORMA DE ENTREGA DE LA GARANTÍA.
24.1. El trabajo será recibido de forma provisoria luego de verificado el cumplimiento de
las especificaciones.
24.2. Los trabajos que no sean de recibo, deberán ser eliminados, sin marcas visibles,
de forma definitiva.
24.3. Se establece un período total de garantía de buena ejecución de los trabajos de 12
meses, a partir de la recepción provisoria.
24.4. La marcación del pavimento deberá ser garantizada por la firma oferente contra
fallas debidas a una adhesión deficiente o a otras causas atribuíbles a un mal
acondicionamiento del pavimento o de la pintura en el momento de su aplicación.
ARTÍCULO 25 - PLAZO DE EJECUCIÓN DEL TRABAJO.
Los oferentes deberán comprometerse a efectuar los trabajos, a ritmo continuo, en un
plazo que concluirá a los 30 días calendarios a partir de recibir el detalle y la
comunicación de efectuar los mismos. Podrá justificarse un vencimiento de plazos por
razones de fuerza mayor y con la opinión favorable al respecto de la Dirección Gral de
Tránsito y Transporte.( ejemplo: condiciones meteorológicas adversas)
En caso de impedimento para cumplir en tiempo las tareas por las causas antes
mencionadas, el contratista deberá comunicar por escrito a la Dirección tal situación y la
razon.
ARTÍCULO 26 - COTIZACIÓN.
Las cotizaciones de precios se formularán en pesos uruguayos, por unidad de metros
cuadrados.
Se aclara que los precios son por los trabajos totales terminados con el suministro
necesario de materiales y aporte de equipos para su realización, incluyendo Leyes
Sociales (que serán de cargo de la Empresa) e Impuesto al Valor Agregado.
ARTÍCULO 27 - CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cada oferta se
ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación. Para los fines de esta cláusula,
se considera que una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación
cuando satisfaga las condiciones esenciales estipuladas en dichos documentos.
Será rechazada la oferta que no se ajuste sustancialmente a los documentos de la
licitación, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los
documentos de la licitación, de acuerdo a los siguientes criterios:
• Precio : se evaluará la sumatoria de los rubros por oferta considerando el costo
global del metraje máximo de todos los rubros.
Donde al menor precio ofertado se le dará 70 puntos y los restantes se calcularán de
la siguiente manera:
Puntaje = (Px / Po) * 80
Donde Po es el precio de la oferta y Px es el menor precio ofertado.
• Antecedentes: se otorgará 1 punto por antecedente registrados en el país en los
últimos 5 años hasta un máximo de 20 puntos.
La Intendencia se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de
anular el proceso de licitación y de rechazar todas las ofertas en cualquier momento con
anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a
los oferentes.
ARTÍCULO 28 - OMISIÓN O ERRORES DE CÁLCULO.
El adjudicatario está obligado a la ejecución de todos los trabajos establecidos en su
propuesta. La omisión o errores de cálculo en la presentación de la misma no le otorgarán
derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
ARTÍCULO 29 - SANCIONES.
La falta de cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas por los
proponentes o adjudicatarios, habilitará a la Intendencia Departamental de Maldonado a
proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin
perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o
los antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la
anotación negativa del Registro de Proveedores.
ARTÍCULO 30 - INCUMPLIMIENTO.
Cuando el contratista incurriera en incumplimientos parciales o totales a lo dispuesto en el
presente pliego particular de Condiciones, así como en cualquier otro aspecto que a juicio
de la Dirección General de Tránsito y Transporte esté perjudicando a la Administración
Municipal, esta podrá aplicar las siguientes sanciones:
• Primer incumplimiento al P.P.C. observación.
• Segundo incumplimiento: descuento de hasta el 2% (dos por ciento) del monto de
la facturación mensual.
• Tercer incumplimiento: descuento de hasta el 6% (seis por ciento) del monto de la
facturación mensual.
• Cuarto incumplimiento y posteriores: descuento de hasta el 10% (diez por ciento)
del monto de la facturación mensual.
• Quinto incumplimiento: suspensión y/o revocación de la adjudicación.
• Estos incumplimientos se acumularán durante todo el período del contrato.
En todos los casos el descuento de la facturación mensual incluirá el ajuste
paramétrico que correspondiere y se hará efectivo de la facturación correspondiente al
mes en que se produjo la omisión sancionada.
INTENDENCIA DE MALDONADO
LICITACION PUBLICA Nº 43 / 2021
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES
CONTRATACIÓN DE TRABAJOS DE DEMARCACIÓN Y REPINTADO DE PAVIMENTO,
INCLUYENDO SUMINISTRO DE LA PINTURA Y MANO DE OBRA
OBJETO
1). La Intendencia de Maldonado, en adelante "la Intendencia", llama a Licitación Pública
para la contratación de trabajos de demarcación y repintado de pavimento
(señalización horizontal de tránsito), que incluye suministro de la pintura y el aporte
del equipo necesario para su aplicación en vías de circulación de tránsito del
Departamento de Maldonado, de acuerdo a las condiciones técnicas contenidas en la
Memoria Descriptiva adjunta, y a las condiciones del presente Pliego.
ADQUISICION DE PLIEGOS
2). Los interesados deberán adquirir el Pliego Particular de Condiciones previo pago de la
suma de $ 15.000,00 (pesos uruguayos quince mil) más 2% (dos por ciento) de timbres y
derechos de expedición, en Mesa de Licitaciones de la Intendencia, Planta Baja Sector B
del Edificio Comunal, hasta 1 día antes del acto de apertura, condición ineludible para
ofertar en el presente procedimiento licitatorio.
CONSULTAS
3). Las consultas se deberán al correo electrónico [email protected],
debiendo ser formuladas por escrito, hasta 5 días hábiles antes de la fecha de apertura de
la licitación.
4). Las preguntas serán contestadas por escrito quedando las respuestas en Mesa de
Licitaciones a disposición de quienes justifiquen haber adquirido el Pliego Particular de
Condiciones, hasta 2 días hábiles antes de la apertura de la licitación. Dentro del mismo
plazo, la Intendencia podrá emitir de oficio, circulares con las aclaraciones, información
ampliatoria y modificaciones que estime del caso, los que pasarán a formar parte de la
documentación de la licitación.
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PARTICIPANTES
5). Están capacitados para contratar con la Intendencia las personas físicas o jurídicas
legalmente constituidas, nacionales o extranjeras, que teniendo el ejercicio de la
capacidad jurídica que señala el derecho común, no estén comprendidas en alguna
disposición que expresamente se lo impida o en los casos previstos en los numerales 1) a
5) del art. 46 del T.O.C.A.F.
INSCRIPCION
6). Los oferentes deberán estar registrado en el Registro Único de Proveedores del
Estado (R.U.P.E.), en estado “INGRESO” al momento de recepción y apertura de ofertas.
DOMICILIO
7). Los oferentes deberán constituir domicilio en el departamento de Maldonado a los
efectos de la licitación y actos posteriores de la misma, asimismo deberán constituir un
domicilio electrónico el cual será el medio válido para notificar, las diferentes etapas del
proceso licitatorio.
Las firmas extranjeras que no se encuentren instaladas en el país deberán actuar por
medio de un representante que deberá ser una firma instalada en el país, con domicilio
constituido en el departamento de Maldonado.
8). La sola presentación implica autorizar a la Intendencia a recabar informes del oferente
en cualquiera de las áreas licitadas y verificar los datos que haya ofrecido en apoyo de su
propuesta.
GARANTIAS
9). Los oferentes deberán garantizar el mantenimiento de su oferta y el adjudicatario el
cumplimiento del contrato, mediante depósito en efectivo o en valores públicos, fianza o
aval bancario, o póliza de seguro de fianza.
La garantía de mantenimiento de oferta será de $ 200.000 (pesos uruguayos doscientos
mil) y la de fiel cumplimiento de contrato será equivalente al 10% del precio adjudicado
por la totalidad del período licitado. Esta última, se reajustará en la misma oportunidad y
porcentaje en que reajuste el precio ofertado.
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10). Los depósitos en efectivo, el aval bancario y el seguro de fianza, se acreditarán
directamente en la Tesorería de la Intendencia. Los valores públicos se depositarán en el
Banco de la República Oriental del Uruguay a nombre del oferente y a la orden de la
Intendencia, debiéndose entregar el recibo correspondiente en la Tesorería de la
Intendencia.
11). Los depósitos de garantía de mantenimiento de propuesta deberán realizarse en
forma previa al acto de apertura y recepción de ofertas, y los de garantía del fiel
cumplimiento de contrato en forma previa a la firma del mismo. El depósito de garantía de
fiel cumplimiento del contrato podrá complementarse al depósito de garantía de
mantenimiento de propuesta, excepto si se trata de póliza de seguro de fianza.
Para el caso de los depósitos mediante póliza de seguro de fianza, el adjudicatario deberá
garantizar el fiel cumplimiento de contrato por el total del periodo previsto, o en su defecto,
si se estableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por
periodos sucesivos hasta la extinción del contrato.
12). Las garantías de mantenimiento de propuestas serán devueltas a los interesados
mediante la presentación del recibo correspondiente una vez adjudicada la licitación o
rechazadas todas las ofertas.
PROPUESTAS
Presentación, confidencialidad y apertura de ofertas
13). Presentación
Las ofertas se presentarán por escrito, redactadas en forma clara y precisa, en idioma
castellano y firmadas por el oferente o su representante. Deberán presentar un original y
dos copias (idénticas al original). Sus hojas serán numeradas correlativamente.
Las ofertas deberán presentarse personalmente en Mesa de Licitaciones, Planta Baja,
Sector B del Edificio Comunal.
Un mismo licitante no podrá presentar más de una oferta, con excepción de aquellos
casos de servicios adicionales conexos a la oferta básica.
13.1). La redacción de las propuestas se ajustará a los siguientes requerimientos:
a) El texto modelo: " Maldonado, ………….. de 2021.
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NN ………………. domiciliado a los efectos legales en la calle …………….. N.º ……. de
esta ciudad, se compromete a realizar el servicio licitado de acuerdo a las
especificaciones que se indican en las cláusulas siguientes:
PRIMERA) Objeto de la Licitación en línea con las características de la oferta, que deben
ajustarse al Pliego Particular de Condiciones, la Memoria Descriptiva adjunta y restantes
documentos de la Licitación Pública Nº. …/2021, que ha tenido a la vista, en los términos
que surgen de la Propuesta de Trabajo que se adjunta a la presente.
SEGUNDA) Precio, Los precios que se detallan en la Propuesta Económica que se
adjunta a la presente e incluyen todos los impuestos vigentes al día de la fecha.
TERCERA) Plazo de mantenimiento de la oferta, el que no podrá ser inferior a 90 días
corridos contados a partir del día siguiente al de la apertura de la Licitación.
b) Declara conocer y aceptar en todas sus partes el Pliego Particular de Condiciones, la
Memoria Descriptiva adjunta y demás documentos que rigen esta Licitación y a todos los
efectos se establece la prórroga de competencia a favor de los Juzgados de Maldonado.
14). Documentos a agregar.
La oferta deberá ser acompañada de los siguientes documentos:
a) Formulario de Identificación del Oferente que se acompaña.
b) Comprobante de depósito de garantía de mantenimiento de oferta.
15) Confidencialidad
Cuando los oferentes incluyan información considerada confidencial, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 10 numeral I) de la Ley N° 18.381 de Acceso a la Información
Pública de 17 de octubre de 2008, la misma deberá ser presentada indicando
expresamente tal carácter y en archivo separado a la parte pública de su oferta.
La clasificación de la documentación en carácter de confidencial es de exclusiva
responsabilidad del proveedor. La Administración podrá descalificar la oferta o tomar las
medidas que estime pertinentes, si considera que la información ingresada en carácter
confidencial no reúne los requisitos exigidos por la normativa referida.
El oferente deberá realizar la clasificación en base a los siguientes criterios:
a) Se considera información confidencial:
- la información relativa a sus clientes,
- la que pueda ser objeto de propiedad intelectual,
- la que refiera al patrimonio del oferente,
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- la que comprenda hechos o actos de carácter económico, contable, jurídico o
administrativo, relativos al oferente, que pudiera ser útil para un competidor,
- la que esté amparada en una cláusula contractual de confidencialidad, y
- aquella de naturaleza similar conforme a lo dispuesto en la Ley de Acceso a la
Información Pública (Ley Nº 18.381), y demás normas concordantes y
complementarias.
b) No se considera información confidencial:
- la relativa a los precios,
- la descripción de bienes y servicios ofertados, y
- las condiciones generales de la oferta.
Los documentos que entregue un oferente en carácter confidencial, no serán divulgados a
los restantes oferentes. El carácter de confidencialidad otorgado a la información
presentada, no será de aplicación para el Tribunal de Cuentas ni para otras entidades
públicas que deban participar en el presente proceso de contratación a fin de cumplir con
sus respectivos cometidos. El oferente deberá incluir en la parte pública de la oferta un
resumen no confidencial de la información confidencial que ingrese que deberá ser breve
y conciso (artículo 30 del Decreto N° 232/010 de 2 de agosto de 2010).
Para el caso que las ofertas contengan datos personales cuyo titular no sea el oferente,
este último, si correspondiere, deberá recabar el consentimiento de los titulares de los
mismos, conforme a lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y Acción
de Habeas Data Nº 18.331 de 11 de agosto de 2008, normas concordantes y
complementarias. Asimismo, se deberá informar a los titulares de los datos personales
que se incluyen en la oferta, de los derechos reconocidos por el artículo 13 de la
mencionada Ley.
16). Apertura.
La apertura de las ofertas se hará en Sala de Conferencias, 5to Piso Sector “A” del
Edificio Comunal, el día 24 de agosto de 2021 a la hora 11.
Las ofertas quedarán disponibles para todos los oferentes, con excepción de aquella
información ingresada con carácter confidencial.
Los oferentes podrán hacer observaciones dentro de un plazo de 2 días hábiles desde el
día siguiente a la fecha de apertura. Las observaciones deberán ser enviadas a la
dirección de correo electrónico [email protected].
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EVALUACION
17). Las ofertas serán estudiadas por la Comisión Asesora de Adjudicaciones, la que
dictaminara respecto de cuál es la oferta más conveniente a los intereses de la
Intendencia.
El dictamen de la Comisión no generara ningún derecho a favor de los oferentes.
18). A los efectos de evaluar las ofertas, se considerarán los factores indicados y
desarrollados en el capítulo “Criterio de evaluación de las ofertas” de la Memoria
Descriptiva adjunta.
19) Para ser adjudicatario, el oferente deberá estar registrado en el Registro Único de
Proveedores del Estado (R.U.P.E.), en estado “ACTIVO”; si al momento de la
adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en RUPE,
la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho
estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de
no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
20). La adjudicación de esta licitación no excluye ni afecta los derechos de la Intendencia
en sus atribuciones específicas por lo que el adjudicatario queda sometido al
cumplimiento de todas las normas nacionales y municipales que lo obliguen al
cumplimiento de las mismas.
21). La Intendencia se reserva el derecho de dejar sin efecto este llamado a licitación o
rechazar todas las propuestas presentadas sin que estos actos impliquen responsabilidad
de ninguna naturaleza para ello.
22). Si se presentaran dos o más ofertas similares, podrán aplicarse las disposiciones que
al efecto contiene el art. 66 del TOCAF.
CONTRATO
23). El adjudicatario será notificado y deberá concurrir a firmar el contrato dentro del plazo
de diez días hábiles a partir de la fecha de la notificación por parte de la Sub Dirección
General de Asesoría Notarial. El vínculo contractual no quedará perfeccionado hasta tanto
no se dé cumplimiento a esta obligación.
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24). La no concurrencia del adjudicatario al acto de la firma del contrato en la fecha fijada
dará mérito para revocar la adjudicación con pérdida de la garantía de mantenimiento de
propuesta, salvo caso fortuito o fuerza mayor acreditado en forma, a juicio de la
Intendencia.
25). El contrato se formalizará por duplicado, ambos ejemplares serán firmados por las
partes y quedará uno en poder de la Intendencia y otro en poder del adjudicatario.
26). Formarán parte del contrato que se suscribirá, los siguientes elementos:
a) El Pliego Particular de Condiciones, la Memoria Descriptiva adjunta y demás
documentos que integren el llamado a Licitación.
b) La oferta del adjudicatario.
c) Las cláusulas y documentación que la Intendencia y el adjudicatario consideren
necesarias de común acuerdo para cumplir con la letra y el espíritu de la licitación.
d) Las cláusulas de estilo.
PAGOS
27). Los pagos se efectuarán a 30 días de conformadas las facturas correspondientes.
28). Los precios se ajustarán anualmente de acuerdo a la variación del Índice de Precios
del Consumo medido por el Instituto Nacional de Estadística, tomando como base el valor
correspondiente al 30 de junio de 2021.
29).- Serán de exclusivo cargo del contratista el cumplimiento del pago de los rubros de
naturaleza salarial e indemnizatoria, respecto del personal contratado, de acuerdo con los
convenios colectivos y laudos vigentes aplicables al caso.
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
30). Al formular su cotización, el oferente deberá tener presente que todos los tributos,
cargas sociales y obligaciones de cualquier naturaleza que graven el objeto del contrato, o
se generen a causa o en ocasión de su ejecución, serán de cargo del adjudicatario.
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PREFERENCIA A MIPYMES
31). De acuerdo a lo dispuesto por el Art. 59) del TOCAF y el Decreto Reglamentario
371/2010 del 14/12/2010, el oferente que desee acogerse al Régimen de Preferencia
MIPYME, deberá presentar el certificado expedido por la DINAPYME del Ministerio de
Industria, Energía y Minería (art 5º del decreto 371/2010) conjuntamente con su oferta. La
mera presentación del certificado de DINAPYME implica la declaración expresa del
oferente prevista por el Decreto Reglamentario.
32). De resultar pre-adjudicatario por aplicación de los mecanismos de preferencia, el
oferente dispondrá de un plazo no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la
notificación del dictamen de la Comisión Asesora de Adjudicación, para presentar el
certificado de origen emitidos por las Entidades Certificadoras. En caso de que el
certificado no fuera presentado dentro del plazo previsto o fuera denegado se dejará sin
efecto la aplicación del mecanismo de preferencia.
33). La Intendencia de Maldonado se reserva el derecho de aplicar el referido beneficio
para las contrataciones, adquisiciones de bienes, servicios u obras públicas que se
encuentren acogidas al sub - programa de Contratación para el Desarrollo, hasta el monto
máximo fijado para cada ejercicio por el Poder Ejecutivo (art 3 del Decreto Reglamentario
371/2010 art 43 de la ley 18.362).
34). El régimen de preferencia de industria nacional no es acumulable con el de
preferencia MIPYME, debiendo la Intendencia de Maldonado optar por aquel que resulte
más beneficioso para el oferente.
INCUMPLIMIENTOS
35). En materia de incumplimientos se estará a lo que establece la memoria descriptiva
en el Artículo Nro. 29 Capítulo “Sanciones” y en el Artículo 30 Capítulo “Incumplimiento”.
36). La falta de cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas por el
adjudicatario lo hará pasible de sanciones y habilitará a la Intendencia a proceder a su
aplicación, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, sin
perjuicio de llegar a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, en
los términos que se desarrolla en la Memoria Descriptiva adjunta.
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37). La aplicación de sanciones por incumplimiento no excluye la acción que pudiera
corresponder por daños y perjuicios, si estos existieran.
38). El incumplimiento total o parcial del contrato será causal de rescisión unilateral de
este por parte de la Intendencia la que también podrá optar por solicitar judicialmente la
rescisión rigiendo para este caso lo dispuesto por el Articulo 1737 y siguientes del Código
Civil.
Todo ello sin perjuicio de la acción de la Intendencia para, además de la pérdida del
depósito de garantía, exigir por la vía correspondiente los daños y perjuicios emergentes
del incumplimiento.
CONDICIONES PARTICULARES
39). El adjudicatario se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios
colectivos vigente para la rama de la actividad laboral correspondiente en materia de
salarios, categorías de labor, pagos y suplementos por horas extraordinarias, primas por
nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y
beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así
como las demás normas de trabajo vigentes, y las contenidas en los convenios
internacionales y sus reglamentaciones. En este sentido, si se constatare que el
adjudicatario no cumpliera con lo exigido precedentemente, la Intendencia se reserva el
derecho de rescindir el contrato.
40). El adjudicatario responderá en forma exclusiva por cualquier daño que pudiere
ocasionarse a terceros con motivo de la prestación de los servicios.
41). Todas las instalaciones existentes de servicio público en la zona de trabajo deberán
ser rigurosamente resguardadas por el contratista, que será responsable por cualquier
daño que les pudiera suceder y de los accidentes derivados sobre personas.
42) Se prohíbe en forma expresa la cesión del contrato. La cesión sólo podrá ser viable de
mediar previa resolución de la Intendencia que la autorice.
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FORMULARIO DE IDENTIFICACION DEL OFERENTE
Licitación Pública Nro. 43 / 2021
Razón Social de la Empresa:.................................................................................... .............
Nombre Comercial de la Empresa.:........................................................................................
RUC.:.................................................................................................……................
Domicilio a los efectos de la presente Licitación.
Calle:..............................................................................Nro.:.............……...............
Localidad:.........................................................................................…….................
País :.......................................................................................……….......................
Correo electrónico:....................................................................................................
Teléfono:....................................……............Fax:..................................…...........….
Declaro estar en condiciones legales de contratar con el Estado.
Firma/s: ...........................................................................................................……….
Aclaración de firmas: ….............................................................................................
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Resolución Expediente Acta Nº
Nº 04216/2021 2021-88-01-06875 01010/2021
VISTO: la solicitud formulada en las presentes actuaciones, por la Dirección General de Tránsito y Trasporte,a los efectos de que se instrumente un llamado a Licitación Pública para la contratación de trabajos dedemarcación y repintado de pavimento (señalización horizontal de tránsito), que incluye suministro de lapintura y el aporte del equipo necesario para su aplicación en vías de circulación de tránsito delDepartamento de Maldonado;
CONSIDERANDO: I) que se confeccionó Memoria Descriptiva y Pliego Particular de Condiciones paraatender las necesidades antes argumentadas (actuaciones 9 y 7);
II) que en actuación 5, se controló por parte de la Dirección de Contaduría la Solicitud de Compra SC 20212611;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en los artículos 50, 51 y 55 del TOCAF;
EL INTENDENTE DE MALDONADO
RESUELVE:
1º) Préstese aprobación a la Memoria Descriptiva y al Pliego Particular de Condiciones que regirá el llamadoa Licitación Pública Nº 43/21 para la contratación de trabajos de demarcación y repintado de pavimento(señalización horizontal de tránsito), que incluye suministro de la pintura y el aporte del equipo necesariopara su aplicación en vías de circulación de tránsito del Departamento de Maldonado, anexos en actuaciones9 y 7 respectivamente.
2º) Pase a Dirección de Adquisiciones y Almacenes -Mesa de Licitaciones- para dar cumplimiento a loprevisto en los artículos 50, 51 y 55 del TOCAF.
Resolución incluída en el Acta firmada por Luis Eduardo Pereira el 20/07/2021 15:46:08.Resolución incluída en el Acta firmada por Enrique Antia el 20/07/2021 17:03:53.