Lilian Jijena Oddo - Abogado1 “Responsabilidad Administrativa de los Agentes Públicos”
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Lilian Jijena Oddo - Abogado 1
““Responsabilidad Responsabilidad Administrativa de los Administrativa de los
Agentes PúblicosAgentes Públicos””
Lilian Jijena Oddo - Abogado 2
““Seamos o no funcionarios, todos debemos Seamos o no funcionarios, todos debemos responder de aquellos actos ejecutados deliberada y responder de aquellos actos ejecutados deliberada y libremente y, por lo mismo, cuanto mayor sea la libremente y, por lo mismo, cuanto mayor sea la autoridad de que estamos investidos, mayor será la autoridad de que estamos investidos, mayor será la responsabilidad de que estaremos amenazadosresponsabilidad de que estaremos amenazados
Dictamen del Tribunal de Cuentas, del 20 de Julio Dictamen del Tribunal de Cuentas, del 20 de Julio de 1886, siendo su fiscal Don Valentín Letelierde 1886, siendo su fiscal Don Valentín Letelier
Lilian Jijena Oddo - Abogado 3
Estado de DerechoEstado de Derecho
Principios
Legalidad
Responsabilidad
Control
Institución Pública Servidores Públicos
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Responsabilidad de los Agentes PúblicosResponsabilidad de los Agentes Públicos Potestad disciplinaria del Estado
Ley N° 18.883, artículo 118
El empleado que infringiere sus obligaciones o El empleado que infringiere sus obligaciones o deberes funcionarios podrá ser objeto de anotaciones deberes funcionarios podrá ser objeto de anotaciones de demérito en su hoja de vida o de medidas de demérito en su hoja de vida o de medidas disciplinarias.disciplinarias.
Los funcionarios incurrirán en responsabilidad Los funcionarios incurrirán en responsabilidad administrativa cuando la infracción a sus deberes y administrativa cuando la infracción a sus deberes y obligaciones fuere susceptible de la aplicación de una obligaciones fuere susceptible de la aplicación de una medida disciplinaria, la que deberá ser acreditada medida disciplinaria, la que deberá ser acreditada mediante investigación sumaria o sumario mediante investigación sumaria o sumario administrativo.administrativo.
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Responsabilidad de los Agentes PúblicosResponsabilidad de los Agentes Públicos
Responsabilidad
Concepto:Concepto:Obligación de responder por el daño Obligación de responder por el daño que produce un hecho o una omisión.que produce un hecho o una omisión.
Clases:Clases:CivilCivilPenalPenalAdministrativaAdministrativa
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Responsabilidad de los Agentes PúblicosResponsabilidad de los Agentes Públicos
Responsabilidad AdministrativaLey N° 18.883, artículo 118 al 143
Concepto:Concepto:
Aquella en que incurre un Aquella en que incurre un empleado público que infringe empleado público que infringe sus deberes funcionarios.sus deberes funcionarios.
Para que exista debe mediar dolo, Para que exista debe mediar dolo, culpa o infracción objetiva. culpa o infracción objetiva. (Dictámen N° 11.510/91)(Dictámen N° 11.510/91)
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Responsabilidad de los Agentes PúblicosResponsabilidad de los Agentes Públicos
Principios que rigen la Responsabilidad Administrativa
a)a) De legalidadDe legalidad
b)b) Del debido juzgamientoDel debido juzgamiento
c)c) De la inexcusabilidadDe la inexcusabilidad
d)d) Pro-reoPro-reo
e)e) Independencia de las sancionesIndependencia de las sanciones
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Responsabilidad Responsabilidad de los Alcaldes, de los Alcaldes, concejales y concejales y funcionarios funcionarios municipalesmunicipales
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Responsabilidad de los Alcaldes, Responsabilidad de los Alcaldes, Concejales y Funcionarios MunicipalesConcejales y Funcionarios Municipales
Fuente Legal
Constitución Política
Ley 18.575 Ley 18.695 Ley 18.883
Conductas por las que Responde
Esfera Estatuaria Esfera Política Esfera Directiva
Obligaciones Funcionarias
IncumplimientoFunciones legalesrepresentatividad
Ejercicio RolDirectivo
PlanificaciónEjecución
Control
Evaluación
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Responsabilidad Política AlcaldeResponsabilidad Política Alcalde (LOCM art.60)(LOCM art.60)
Pérdida calidad de ciudadano: acción pública Pérdida calidad de ciudadano: acción pública art. 17 C.P.R.art. 17 C.P.R.
Inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente: Inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente: Declaración: denuncia a lo menos 2 concejales Declaración: denuncia a lo menos 2 concejales (Alcalde debe informar su existencia a (Alcalde debe informar su existencia a Concejo)Concejo)
Remoción por:Remoción por:
Causales de Cese
Como se hace Efectiva:
1° Instancia Tribunal Electoral Regional
2° Instancia Tribunal Calificador de Elecciones
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Responsabilidad Política AlcaldeResponsabilidad Política Alcalde
Impedimento grave: denuncia a lo menos 1/3 Concejales en Impedimento grave: denuncia a lo menos 1/3 Concejales en ejercicioejercicio
Contravención grave a normas de probidad (Ley 19.653): Contravención grave a normas de probidad (Ley 19.653): denuncia 1/3 de Concejalesdenuncia 1/3 de Concejales
Notable abandono (incide en infracciones administrativas) Notable abandono (incide en infracciones administrativas) denuncia 1/3 Concejalesdenuncia 1/3 Concejales
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Responsabilidad Política AlcaldeResponsabilidad Política Alcalde
Situación especialSituación especial
Causal específica
Causal específica
Infracción art. 56, inc.2º
Infracción art. 56, inc.2º
DenunciaConcejo
Notable Abandono
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Responsabilidad Política - Administrativa Responsabilidad Política - Administrativa AlcaldeAlcalde
Precisión sobre causales de remociónPrecisión sobre causales de remoción
1) Contravención grave a normas sobre Probidad 1) Contravención grave a normas sobre Probidad AdministrativaAdministrativa
Lilian Jijena Oddo - Abogado 14
Responsabilidad Política-Administrativa Responsabilidad Política-Administrativa AlcaldeAlcalde
- Origen: Leyes Nº 19.653, sobre Probidad Administrativa Origen: Leyes Nº 19.653, sobre Probidad Administrativa (modifica Ley 18.575, e incorpora Título III); 18.695 (modifica Ley 18.575, e incorpora Título III); 18.695 LOCM, y 18.883, Estatuto Funcionarios MunicipalesLOCM, y 18.883, Estatuto Funcionarios Municipales
- Ley 18.575:Ley 18.575: Las autoridades de la Administración del Estado, Las autoridades de la Administración del Estado,
“cualquiera sea la denominación con que las designen la “cualquiera sea la denominación con que las designen la Constitución y las leyes, deberán dar estricto cumplimiento Constitución y las leyes, deberán dar estricto cumplimiento al principio de la probidad administrativaal principio de la probidad administrativa””
Lilian Jijena Oddo - Abogado 15
Responsabilidad Política-Administrativa Responsabilidad Política-Administrativa AlcaldeAlcalde
Efecto sentencia condenatoria: (LOCM Art.60., oración Efecto sentencia condenatoria: (LOCM Art.60., oración final)final)
ALCALDE INHABILITADOALCALDE INHABILITADO
PARA EJERCER CUALQUIERPARA EJERCER CUALQUIER
CARGO PÚBLICO POR EL CARGO PÚBLICO POR EL
TÉRMINO DE 5 AÑOSTÉRMINO DE 5 AÑOS
Lilian Jijena Oddo - Abogado 16
¿Responsabilidad Política-Administrativa Concejales? Ley 19.653
Incorpora título III a Ley N° 18.575
Cobertura
Autoridades y FuncionariosAdministrativos del Estado
Modifica Ley 18.695
Articulo 40 inc 3°: normas Sobre probidad seránAplicadas a Alcaldes yConcejales
Art. 76 letra fCausal deCese de Concejales
Incurrir en contravención graveAl Principio de probidadAdministrativa
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Responsabilidad PolíticaResponsabilidad Política ConcejalesConcejales
Causales Remoción Causales Remoción (LOCM art. 76)(LOCM art. 76)
A)A) Incapacidad física o psíquicaIncapacidad física o psíquica
B) Inasistencia injustificada a más del 50% sesiones B) Inasistencia injustificada a más del 50% sesiones ordinarias a que se ordinarias a que se CITE CITE en el año calendarioen el año calendario
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Responsabilidad Política Responsabilidad Política ConcejalesConcejales
C) Inhabilidad sobreviniente por causales C) Inhabilidad sobreviniente por causales letras a) y b) articulo 75 letras a) y b) articulo 75
D) Pérdida requisitos exigidos para ser D) Pérdida requisitos exigidos para ser elegidos: salvo: suspensión del derecho a elegidos: salvo: suspensión del derecho a sufragio: incapacitación temporalsufragio: incapacitación temporal
E) Incurrir en contravención grave a la E) Incurrir en contravención grave a la probidad administrativa o en alguna probidad administrativa o en alguna incompatibilidad prevista en el articulo 75 incompatibilidad prevista en el articulo 75 inciso 1°inciso 1°
Lilian Jijena Oddo - Abogado 19
Responsabilidad Concejales PolíticaResponsabilidad Concejales Política
Como se hace efectiva Como se hace efectiva (LOCM, art. 77)(LOCM, art. 77)
1° Instancia:1° Instancia: Tribunal Electoral RegionalTribunal Electoral Regional
2° Instancia:2° Instancia: Tribunal Calificador de Tribunal Calificador de EleccionesElecciones
Procedimiento: Procedimiento: Ley 18.593, Artículos 17 yLey 18.593, Artículos 17 y
siguientessiguientes
Tribunal
Lilian Jijena Oddo - Abogado 20
Responsabilidad PolíticaResponsabilidad PolíticaConcejalesConcejales
DenunciaDenuncia El propio Concejal: Declara causal de El propio Concejal: Declara causal de
inhabilidadinhabilidad Cualquier Concejal de la MunicipalidadCualquier Concejal de la Municipalidad Momento de ceseMomento de cese
Una vez ejecutoriada sentencia que declare su Una vez ejecutoriada sentencia que declare su existenciaexistencia
Lilian Jijena Oddo - Abogado 21
Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Alcaldes, Concejales, FuncionariosAlcaldes, Concejales, Funcionarios
CausalCausal Daño avaluado en dinero ocasionado al patrimonio Daño avaluado en dinero ocasionado al patrimonio
municipal por sus actuaciones u omisionesmunicipal por sus actuaciones u omisiones Situación especial:Situación especial: Déficit presupuestario Déficit presupuestario Acción públicaAcción pública
Lilian Jijena Oddo - Abogado 22
Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Alcalde, Concejales, FuncionariosAlcalde, Concejales, Funcionarios
Como se hace efectiva
Tribunal: Contraloría General de la República
Asimilación
Se le aplicanIguales normasque a los funcionario
Procedimiento: Juicio de cuentas
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Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Alcaldes, Concejales y FuncionariosAlcaldes, Concejales y Funcionarios
Fuente
Actos que se ejecuten u omisiones en que se incurraque causen daños pecuniarios al patrimonio municipal
Inconductas
Estatutarias
Directivas
Lilian Jijena Oddo - Abogado 24
Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Alcaldes, Concejales y FuncionariosAlcaldes, Concejales y Funcionarios
Forma de Hacerla Efectiva
Juicio de Cuentas
Procedimiento contencioso especial de doble instancia cuyo objetivo es perseguir la responsabilidad civil de los funcionarios y autoridades políticas, en su caso, a quienes corresponde o se le halla en cargado la tenencia, uso, custodia o administración de fondos o bienes del Estado, o de aquellos servidores municipales que la Contraloría General declare cuenta dantes
Lilian Jijena Oddo - Abogado 25
Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Alcaldes, Concejales y FuncionariosAlcaldes, Concejales y Funcionarios
Juicio de Cuentas
Naturaleza
Contencioso Administrativo
Tribunal
Contraloría General de la República
Lilian Jijena Oddo - Abogado 26
Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Alcaldes, Concejales y FuncionariosAlcaldes, Concejales y Funcionarios
Juicio de Cuentas
Proceso Doble Instancia
Primera InstanciaSub Contralor
Segunda InstanciaContralor más dos Abogados
Secretaría - Fiscalía
Lilian Jijena Oddo - Abogado 27
Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Responsabilidad Civil o Pecuniaria, Alcaldes, Concejales y FuncionariosAlcaldes, Concejales y Funcionarios
Juicio de CuentasJuicio de Cuentas
• Cumplimiento sentencia ejecutoriada:
• Apremios administrativos
Acción judicial ante Tribunales de Justicia: Titular:
A.- Contraloría General o Consejo de Defensa del Estado
B.- Municipalidad
Lilian Jijena Oddo - Abogado 28
Responsabilidad Administrativa Responsabilidad Administrativa Funcionarios MunicipalesFuncionarios Municipales
Fuentes LegalesFuentes Legales
Ley 18.695 Ley 18.575Ley 18.695 Ley 18.575
Ley 18.883 Ley 18.883
Título IIITítulo III
Lilian Jijena Oddo - Abogado 29
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVARESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVAFUNCIONARIOS MUNICIPALES FUNCIONARIOS MUNICIPALES
Ley Nº 18.883, artículos 118 al 143
Los funcionarios incurrirán en responsabilidad Los funcionarios incurrirán en responsabilidad administrativa cuando la infracción a sus administrativa cuando la infracción a sus deberes fuere susceptible de una medida deberes fuere susceptible de una medida disciplinaria.disciplinaria.
La sanción administrativa es independiente de La sanción administrativa es independiente de la responsabilidad civil o penal.la responsabilidad civil o penal.
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Lilian Jijena Oddo - Abogado 30
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVARESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVAFUNCIONARIOS MUNICIPALESFUNCIONARIOS MUNICIPALES
Ley Nº 18.883, artículos 118 al 143 Los funcionarios podrán ser objeto de las Los funcionarios podrán ser objeto de las siguientes medidas disciplinarias:siguientes medidas disciplinarias:•CensuraCensura•MultaMulta•Suspensión del empleo desde 30 días a 3 meses Suspensión del empleo desde 30 días a 3 meses •DestituciónDestitución
Se extingue por: Se extingue por: (Artículo 153).(Artículo 153).•Muerte Muerte •Cumplimiento de la sanciónCumplimiento de la sanción•Prescripción de 4 añosPrescripción de 4 años•Cese de funcionesCese de funciones
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Lilian Jijena Oddo - Abogado 31
Responsabilidad Administrativa Responsabilidad Administrativa Funcionarios MunicipalesFuncionarios Municipales
Forma de hacerla efectiva
Principio Garantía Constitucional
Debido Proceso
Lilian Jijena Oddo - Abogado 32
Responsabilidad de los Agentes PúblicosResponsabilidad de los Agentes Públicos
Procedimientos que hacen efectiva la Responsabilidad Administrativa
a)a) Investigación SumariaInvestigación Sumaria
b) b) Sumario AdministrativoSumario Administrativo(Dictamen 13112/2001) .(Dictamen 13112/2001) .
Lilian Jijena Oddo - Abogado 33
Responsabilidad AdministrativaResponsabilidad Administrativade los Agentes Públicosde los Agentes Públicos
Extinción
Muerte
Cese de Funciones
Cumplimiento - Sanción
Prescripción accióndisciplinaria: cuatro años desde el día en que el funcionario hubiere incurrido en la acción u omisión infractora.