Ley Nº 29944 - Ventajas y Desventajas

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LEY Nº 29944 VENTAJAS Las escalas magisteriales son sumamente beneficiosas para los maestros. No existe exclusión en sectores del magisterio. La ley es sumamente meritocrática. Un profesor de la Ley del Profesorado es el más favorecido; quizás los que tengan menos carga académica no, pero la hora académica pedagógica es de 45 minutos. Por hora académica el maestro estaría ganando cerca de S/. 52, más alta de lo que pagan algunas universidades privadas y públicas. Un director de un colegio nacional estaría percibiendo más de S/. 4 mil, y se le están pagando todos los beneficios que señalan la Ley del Profesorado, como maestrías, doctorados, entre otros. Esta es una gran ventaja, probablemente no es la mejor, pero se han ampliado los recursos para el sector. DESVENTAJAS Desconoce el Principio de la Democracia. En un estado de derecho, las garantías y derechos establecidos por la Constitución Política y leyes que garanticen el bienestar de las personas, deben ser amparados o protegidos por las entidades públicas. En el presente, la Ley 29944 no respeta el Art. 8º inciso e de la Ley General de Educación 28044, que establece el principio de la democracia. En consecuencia, al no respetar dicho principio, se deduce que el gremio sindical o los profesores no tengan representantes en los diversos comités, como por ejemplo en los comités de evaluaciones. Para la LRM en los hechos, el profesorado no es parte de la comunidad educativa, como establecen los Arts. 52 y 56 de la Ley General de Educación 28044. ¿Dónde están los principios de transparencia, participación y entre otros, establecidos por la Ley 27806 y otras leyes? Igualmente, el Colegio de Profesores no tiene participación. Es más, no hay requisito de ser colegiado para ingresar al magisterio, cuando la Ley lo establece. En consecuencia, por doquier infringe el principio de la democracia y por tanto infringe el Art. 2º inciso 17 de la Constitución Política del Perú. Igualmente infringe el Art. 20º de la misma Constitución referido a la colegiación.

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LEY Nº 29944VENTAJAS

Las escalas magisteriales son sumamente beneficiosas para los maestros. No existe exclusión en sectores del magisterio. La ley es sumamente meritocrática. Un profesor de la Ley del Profesorado es el más favorecido; quizás los que tengan menos carga académica no, pero la hora académica pedagógica es de 45 minutos. Por hora académica el maestro estaría ganando cerca de S/. 52, más alta de lo que pagan algunas universidades privadas y públicas. Un director de un colegio nacional estaría percibiendo más de S/. 4 mil, y se le están pagando todos los beneficios que señalan la Ley del Profesorado, como maestrías, doctorados, entre otros. Esta es una gran ventaja, probablemente no es la mejor, pero se han ampliado los recursos para el sector.

DESVENTAJAS

Desconoce el Principio de la Democracia. En un estado de derecho, las garantías y derechos establecidos por la Constitución Política y leyes que garanticen el bienestar de las personas, deben ser amparados o protegidos por las entidades públicas. En el presente, la Ley 29944 no respeta el Art. 8º inciso e de la Ley General de Educación 28044, que establece el principio de la democracia. En consecuencia, al no respetar dicho principio, se deduce que el gremio sindical o los profesores no tengan representantes en los diversos comités, como por ejemplo en los comités de evaluaciones. Para la LRM en los hechos, el profesorado no es parte de la comunidad educativa, como establecen los Arts. 52 y 56 de la Ley General de Educación 28044. ¿Dónde están los principios de transparencia, participación y entre otros, establecidos por la Ley 27806 y otras leyes? Igualmente, el Colegio de Profesores no tiene participación. Es más, no hay requisito de ser colegiado para ingresar al magisterio, cuando la Ley lo establece. En consecuencia, por doquier infringe el principio de la democracia y por tanto infringe el Art. 2º inciso 17 de la Constitución Política del Perú. Igualmente infringe el Art. 20º de la misma Constitución referido a la colegiación.