Ley general de cultura clase 1

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Ley General De Cultura Diana Firavitova Jorge Cediel. Javier A. cubillos B. Semestre XI Admon. Turístico Y Hotelero LEY 397 DE 1997

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Ley General De Cultura

Diana Firavitova

Jorge Cediel.

Javier A. cubillos B.

Semestre XI Admon. Turístico Y Hotelero

LEY 397 DE 1997

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TITULO IPrincipios fundamentales y definiciones

Artículo 1º

1. Cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales,

intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que

comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos

humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias.

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2. La cultura, en sus diversas manifestaciones, es fundamento de la

nacionalidad y actividad propia de la sociedad colombiana en su conjunto,

como proceso generado individual y colectivamente por los colombianos.

Dichas manifestaciones constituyen parte integral de la identidad y la

cultura colombianas.

TITULO IPrincipios fundamentales y definiciones

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3. El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades

culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y

variedad cultural de la Nación colombiana.

TITULO IPrincipios fundamentales y definiciones

4. En ningún caso el Estado ejercerá censura sobre la forma y el contenido

ideológico y artístico de las realizaciones y proyectos culturales.

5. Es obligación del Estado y de las personas valorar, proteger y difundir el

Patrimonio Cultural de la Nación.

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6. El Estado garantiza a los grupos étnicos y lingüísticos, a las comunidades

negras y raizales y a los pueblos indígenas el derecho a conservar,

enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural, a generar el

conocimiento de las mismas según sus propias tradiciones y a beneficiarse

de una educación que asegure estos derechos. El Estado colombiano reconoce la especificidad de la cultura caribe y

brindara especial protección a sus diversas expresiones.

El Estado protegerá el castellano como idioma oficial de Colombia

TITULO IPrincipios fundamentales y definiciones

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TITULO IPrincipios fundamentales y definiciones

8. El Desarrollo Económico Y Social

Cultural, científico y tecnológico.

Ejecución

El Plan Nacional de Desarrollo

Recursos públicos

9. El respeto de los derechos humanos, la convivencia, la solidaridad, la interculturalidad,

el pluralismo y la tolerancia son valores culturales fundamentales y base esencial de

una cultura de paz.

10. El Estado garantizará la libre investigación.

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11. El Estado fomentará la creación, ampliación y

adecuación de infraestructura artística y cultural y garantizará el

acceso de todos los

colombianos a la misma.

TITULO IPrincipios fundamentales y definiciones

12. El Estado promoverá la interacción de la cultura nacional con la culturauniversal.

13. formular su política cultural

Creador, Al Gestor, Receptor

Garantizándola accesibilidad a todos colombianoHasta, los limitados físicamente.

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Artículo 2º

Artículo 3º

TITULO IPrincipios fundamentales y definiciones

Del papel del Estado “Cultura”

Las funciones y los servicios

cumplirán en conformidad

Objetivo

preservación del Patrimonio Cultural de la Nación

El Apoyo y el estímulo

El Ministerio de Cultura coordinará la acción del Estado para la formación del nuevo ciudadano según lo establecido por los artículos 1º al 18 de la Ley 188 de 1995, Plan Nacional de Desarrollo.

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TITULO IIPatrimonio cultural de la Nación

Artículo 4°Integración del patrimonio cultural de la Nación. El patrimonio cultural de la Nación

Bienes materiales Manifestaciones inmateriales Productos Representaciones Culturales.

Expresión de la nacionalidad colombiana

Régimen especial de salvaguardia, protección, sostenibilidad, divulgación

Parágrafo. Se reconoce el derecho de las iglesias y confesiones religiosas de serpropietarias del patrimonio cultural que hayan creado, adquirido con sus recursoso que estén bajo su legítima posesión

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Artículo 5°. Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación.

TITULO IIPatrimonio cultural de la Nación

El Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación está constituido por el conjunto de instancias públicas del nivel nacional y territorial que ejercen competencias sobreel patrimonio cultural de la Nación.

Régimen especial de salvaguardia, protección, sostenibilidad, divulgación

Coordinado por

Ministerio de Cultura- Políticas generales - Dictará normas técnicas

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Patrimonio Arqueológico – Articulo 6,7,8 Y 9 Toda Persona que encuentre restos arqueológicos, debe avisar a las

autoridades, no en un tiempo mayor de 24 horas, después del hallazgo. Artículo 9º

Artículo 7° Consejo Nacional de Patrimonio Cultural.

El Consejo de Monumentos Nacionales Consejo Nacional de Patrimonio Cultura

1. El Ministro de Cultura 2. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo

3. El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial 4. El Decano

de la Facultad de Artes de la Universidad Nacional de Colombia 5. El Presidente de la Academia Colombiana de Historia.6. El Presidente de la Academia Colombiana de la Lengua

7. El Presidente de la Sociedad Colombiana de Arquitectos.8. Un representante de las Universidades Departamentos encargados9. Tres (3) expertos distinguidos en el ámbito de la salvaguardia o conservación10. El Director del Instituto Colombiano de Antropología e Historia11. El Director del Instituto Caro y Cuervo o su delegado.12. El Director de Patrimonio del Ministerio de Cultura, Nacional de Patrimonio Cultural.

TITULO IIPatrimonio cultural de la Nación

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Artículo 11. Régimen Especial de Protección de los bienes de interés cultural

TITULO IIPatrimonio cultural de la Nación

Plan Especial de Manejo y Protección Bien de interés cultural El Plan Especial de Manejo y Protección.

Registro de Instrumentos Públicos

Planes Especiales de Manejo y Protección

Plan de Manejo Arqueológico Prevalencia de las normas sobre conservación

2 del artículo 10 y 4° del artículo 28 de la Ley 388 de 1997

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constituyen faltas administrativas y/o disciplinarias.

Exportar desde el territorio aduanero nacional bienes de interés cultural sin

Autorización. “(500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.” Art,15

De cumplimiento sobre los bienes de interés cultural – Demandar. Art,16

TITULO IIPatrimonio cultural de la Nación

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GRACIAS…