Legislación y organismos de protección ambiental en el Perú.

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1. Señala y explica sintéticamente los principios de la Política Nacional del Ambiente La Política Nacional del Ambiente se sustenta en los principios contenidos en la Ley General del Ambiente: Artículo V.- Del principio de sostenibilidad La gestión del ambiente y de sus componentes, se sustenta en la integración equilibrada de los aspectos sociales, ambientales y económicos, así como en la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones. Artículo VI.- Del principio de prevención La gestión ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental. Artículo VII.- Del principio precautorio Precautorio, de modo que cuando haya indicios razonables de peligro de daño grave o irreversible al ambiente o, a través de este, a la salud, la ausencia de certeza científica no debe utilizarse como razón para no adoptar o postergar la ejecución de medidas eficaces y eficientes destinadas a evitar o reducir dicho peligro. Artículo VIII.- Del principio de internalización de costos Toda persona natural o jurídica, pública o privada, debe asumir el costo de los riesgos o daños que genere sobre el ambiente. Artículo IX.- Del principio de responsabilidad ambiental El causante de la degradación del ambiente y de sus componentes, sea una persona natural o jurídica, pública o privada, está obligado a adoptar inexcusablemente las medidas para su restauración, o a compensar en términos ambientales los daños generados. Artículo X.- Del principio de equidad El diseño y la aplicación de las políticas públicas ambientales deben contribuir a erradicar la pobreza y reducir las inequidades sociales y económicas existentes; y al desarrollo económico sostenible de las poblaciones menos favorecidas. Artículo XI.- Del principio de gobernanza ambiental

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1. Señala y explica sintéticamente los principios de la Política Nacional del AmbienteLa Política Nacional del Ambiente se sustenta en los principios contenidos en la Ley General del Ambiente:Artículo V.- Del principio de sostenibilidad La gestión del ambiente y de sus componentes, se sustenta en la integración equilibrada de los aspectos sociales, ambientales y económicos, así como en la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones. Artículo VI.- Del principio de prevención La gestión ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental.Artículo VII.- Del principio precautorio Precautorio, de modo que cuando haya indicios razonables de peligro de daño grave o irreversible al ambiente o, a través de este, a la salud, la ausencia de certeza científica no debe utilizarse como razón para no adoptar o postergar la ejecución de medidas eficaces y eficientes destinadas a evitar o reducir dicho peligro. Artículo VIII.- Del principio de internalización de costos Toda persona natural o jurídica, pública o privada, debe asumir el costo de los riesgos o daños que genere sobre el ambiente. Artículo IX.- Del principio de responsabilidad ambiental El causante de la degradación del ambiente y de sus componentes, sea una persona natural o jurídica, pública o privada, está obligado a adoptar inexcusablemente las medidas para su restauración, o a compensar en términos ambientales los daños generados.Artículo X.- Del principio de equidad El diseño y la aplicación de las políticas públicas ambientales deben contribuir a erradicar la pobreza y reducir las inequidades sociales y económicas existentes; y al desarrollo económico sostenible de las poblaciones menos favorecidas. Artículo XI.- Del principio de gobernanza ambiental El diseño y aplicación de las políticas públicas ambientales se rigen por el principio de gobernanza ambiental, que conduce a la participación efectiva e integrada de los actores públicos y privados, en la toma de decisiones, manejo de conflictos y construcción de consensos.La Política Nacional del Ambiente también se sustenta adicionalmente en los siguientes principios:1. Transectorialidad. Implica que la actuación de las autoridades públicas con competencias ambientales debe ser coordinada y articulada a nivel nacional, sectorial, regional y local.2. Análisis costo-beneficio. Las acciones públicas deben considerar el análisis entre los recursos a invertir y los retornos sociales, ambientales y económicos esperados.3. Competitividad. Las acciones públicas en materia ambiental deben contribuir a mejorar la competitividad del país en el marco del desarrollo socioeconómico y la protección del interés público.4. Gestión por resultados. Las acciones públicas deben orientarse a una gestión por resultados e incluir mecanismos de incentivo y sanción para asegurar el adecuado cumplimiento de los resultados esperados.

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5. Seguridad jurídica. Las acciones públicas deben sustentarse en normas y criterios claros, coherentes y consistentes en el tiempo.6. Mejora continua. La sostenibilidad ambiental es un objetivo de largo plazo que debe alcanzarse a través de esfuerzos progresivos, dinámicos y permanentes, que generen mejoras incrementales.7. Cooperación público-privada. Debe propiciarse la conjunción de esfuerzos entre las acciones públicas y las del sector privado, incluyendo a la sociedad civil, a fin de consolidar objetivos comunes y compartir responsabilidades en la gestión ambiental.

2. Hacer un cuadro de registro de las leyes dadas con respecto al medio ambiente. Hacerlo en orden cronológico y refiriéndose al espíritu de cada ley

Ley Nº 26821. Ley orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.Publicada el 26 de junio de 1997

Los RR. NN. deben aprovecharse en forma sostenible teniendo en cuenta su capacidad de renovación, evitando su sobre-explotación y reponiéndolos cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso.

Ley N° 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas. Publicada el 04 de julio de 1997

Establecer un sistema de áreas protegidas o áreas donde haya que tomar medidas especiales para conservar la diversidad biológica.

Ley N° 26839 - Ley sobre la Conservación y el Aprovechamiento Sostenible de la DiversidadBiológica. Publicada el 16 de julio de 1997

Conservación de la biodiversidad, el uso sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa de los beneficios resultantes de la utilización de los recursos genéticos.

Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca. Publicada el 15 de Septiembre de 1998

Normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos.

Ley N° 27308 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Publicado el 16 de julio 2000

Norma, regula y supervisa el uso sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre del país.

Decreto Supremo Nº 086-2003-PCM - Estrategia Nacional Sobre Cambio Climático.Publicada el 24 de Octubre de 2003

El aire como recurso natural, constituye Patrimonio de la Nación. Todos tienen la obligación de proteger la calidad del aire.

Ley Nº 28611- Ley General del Ambiente. Publicada el 15 de octubre de 2005

El Estado promueve la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales a través de políticas, normas, instrumentos y conforme a los límites y principios expresados en la presente Ley.

Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos. Publicada el 31 de marzo 2009

Ley de Recursos Hídricos, busca modernizar y hacer más eficiente el uso del agua tanto enlos sectores productivos, como en el doméstico.

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3. Hacer un organigrama del Ministerio del Ambiente y sus organismos establecidos o creados jerárquicamente. En una leyenda identificar funciones básicas de cada organismo.

Leyenda

OEFA: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - garantiza que las actividades económicas se desarrollen en equilibrio con el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano.

SENAMHI: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - Provee productos y servicios meteorológicos, hidrológicos y climáticos confiables y oportunos.

IIAP: Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - Institución de investigación científica y tecnológica para el desarrollo y uso sostenible de la diversidad biológica en la región amazónica.

IGP: Instituto Geofísico del Perú - Creado con la finalidad de estudiar todos los fenómenos relacionados con la estructura, condiciones físicas e historia evolutiva de la Tierra.

SERNANP: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - Misión de asegurar la conservación de las Áreas Naturales Protegidas del país, su diversidad biológica y el mantenimiento de sus servicios ambientales.