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Sustancias Toxicas Sustancias Infecciosas

Integrantes:Brbara Andrea Lara LatorreKatherine Cecilia Molina SaavedraLuis Marco Meza MndezSergio Nicols Cerda Reyes

Sustancias ToxicasSustancias Infecciosas

Introduccin.Las sustancias peligrosas poseen un riesgo para la salud o seguridad de los trabajadores. Si no tienen un adecuado manejo, los riesgos perjudicarn de diversas formas y los efectos pueden incluir desde irritaciones leves de los ojos y la piel. Estos efectos puede deberse a una nica exposicin leve o a mltiples exposiciones y a al acumulacin a largo plazo de sustancias en el organismo.

Sustancias Toxicas e Infecciosas.Las sustancias de clase 6 son aquellas que al ser ingeridas, inhaladas o por el simple contacto con la piel pueden causar perjuicios para la salud del hombre: lesiones o incluso la muerte.

La Clase 6 se subdivide :Clase 6.1 Sustancias txicas

Clase 6.2 Sustancias infecciosas

Clase 6.1 Sustancias txicasEn cantidades relativamente pequeas, por inhalacin , absorcin cutnea o ingestin pueden daar la e incluso causar su muerte

Por su propia naturaleza estas mercancas encierra el riesgo de envenenamiento si entran en contacto con el cuerpo humano.

Casi todas las sustancias toxicas desprenden gases txicos si un incendio las afecta o si se calientan hasta su descomposicin. Ejemplos: Cianuros, sales de metales pesados y plaguicidas.

Requisitos para el Transporte. Clase 6.1No deben transportarse en el mismo vehculo con alimentos o sustancias comestibles

Las sustancias pertenecientes a esta clase, como abonos, fertilizantes y semillas tratadas, deben ser transportadas separadas de alimentos y medicamentos, en unidades de transportes diferentes .Antes de iniciar el descargue se debe ventilar la unidad de transporte.

Todo vehculo que transporte sustancias toxicas debe disponer de los documentos requeridos para su transporte, entre los cuales debe estar la tarjeta de emergencia y el plan de ruta.

Ningn vehculo que transporte sustancias toxicas podr ser utilizado para transportar otras mercancas, a no ser que se garantice la descontaminacin del mismo.

Clase 6.2 Sustancias infecciosasSon sustancias que contienen agentes patgenos(tales como bacterias, virus, parsitos y hongos), y otros agentes tales como priones (partcula infecciosa), que pueden causar enfermedades infecciosas en los animales o en los seres humanos.

Los residuos derivados del tratamiento medico sern transportadas con un nmero UN 3291

Las sustancias infecciosas de desecho que se puedan identificar se asignara al numero UN 2814 o un numero UN 2900.

Adicional se presenta la clasificacin realizada por el ministerio de ambiente vivienda y desarrollo territorial y el Ministerio de la Proteccin Social, en la cual se presenta la definicin y clasificacin de los residuos infecciosos o de riesgo biolgicos.

Divisin:Biosanitarios: Son elementos o instrumentos utilizados durante la atencin medica, aqu se encuentra las gasas aplicadores, algodones, guantes, etc. Cortopunzantes: Todos los que por sus caractersticas punzantes o cortantes pueden dar origen a un accidente de riesgo biolgico. Dentro de estos se encuentran agujas, lminas de bistur, lancetas, etc.

Anatomopatologicos: Provenientes de restos humanos muestras para la anlisis incluyendo biopsias, tejidos orgnicos amputados, entre otros.

Animales: Provenientes de animales de experimentacin, inoculados con microorganismos patgenos y/o los provenientes de animales con enfermedades infectocontagiosas

Requisitos para el transporte.1.- Verificar las condiciones operativas del vehculo.2.- verificar las condiciones fsicas de la unidad de transporte.3.- Cumplir con la ruta de recoleccin asignada.4.- Cumplir la norma de transito.5.- Portar todos los documentos exigidos por las autoridades de transito, sanitarias y ambientales.6.- Verificar que el equipo de emergencia corresponda al tipo de carga a transportar.7.- Portar siempre los elementos de proteccin personal.8.- Portar en buenas condiciones el sistema de pesaje.9.- No abrir ni compactar las bolsas recolectadas.10.- Tratar con respecto a los generadores y comunidadNormas de Transportes.Transporte nacionalNCh2120/6de89, se efecta desde la bodega del distribuidor, fabricante o importador en Chile y hasta el punto de comercializacin o uso.Sustancias txicas para controlar plagas y enfermedades en el campo agrcola, industrial y domstico y otras sustancias venenosas de uso agrcola. La clasificacin de embalaje /envase debe estar de acuerdo a las recomendaciones del fabricante o distribuidor y, en todo caso, de acuerdo con las disposiciones legales nacionales, excepto en aquellos casos especiales en que exista legislacin nacional especfica para estas sustancias.

Transporte internacional.

Para los efectos de la NCh2120/6de89, transporte internacional comprende desde el punto de origen en el extranjero hasta la bodega del distribuidor, fabricante o importador en Chile.

Las sustancias txicas se han dividido en grupos de embalaje/envase:

Grupo de embalaje/envase I: Sustancias y preparados que entraan un riesgo muy grave de intoxicacin.

Grupo de embalaje/envase II: Sustancias y preparados que entraan un riesgo grave de intoxicacin.

Grupo de embalaje/envase III: Sustancias y preparados que entraan un riesgo relativamente leve de intoxicacin.

Almacenamiento Sustancias Toxicas e Infeccionas.Ventilacin suficiente, para evitar concentraciones de vapores, gases y/o aerosoles.En caso de almacenamiento junto con otras sustancias qumicas peligrosas, deber existir una distancia de 2.4 m. entre ellos y una distancia de 1.2 m de cualquier otro producto no peligroso.

En caso que un producto txico sea adems inflamable, las condiciones de almacenamiento se regir por las indicadas para los lquidos y/o slidos inflamables. Adems, la cantidad mxima de almacenamiento de este tipo de sustancias (inflamables-venenosas) por bodega es de 500 toneladas.Altura mxima por pila en tambores : 3 PALLETAltura mxima por pila en sacos : 2 PALLET

Condiciones de proteccin contra incendio.Sistema de deteccin automtico de incendio sobre 5000 kg de producto, cuya instalacin debe ser de acuerdo a lo establecido en NFPA 72.