LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR Y EL TRABAJO DECENTE. RETOS DE ... · RETOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL ......
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LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR Y EL TRABAJO DECENTE. RETOS DE LA SEGURIDAD
SOCIAL
PANEL. TRABAJO DOMÉSTICO, TRABAJO DECENTE.
CDMX, 26 MAYO 2017
Mtra. Inés GonzálezFundación Friedrich Ebert en México
TRABAJO DECENTE - OIT
• 1. Promoción de los derechos del trabajo, respetar, promover y
aplicar los principios y derechos fundamentales en el trabajo, no sólo
como derechos, sino también como condiciones propicias.
• 2. Creación de más y mejores empleos.
• 3. Protección social.
• 4. Diálogo social y tripartismo, fortalecimiento de la organización y
representación de actores en el ámbito laboral y el diálogo social
CONVENIO 189
• Artículo 14
• 1. Todo miembro, teniendo debidamente en cuenta las características
específicas del trabajo doméstico y actuando en conformidad con la
legislación nacional, deberá adoptar medidas apropiadas a fin de
asegurar que los trabajadores domésticos disfruten de condiciones no
menos favorables que las condiciones aplicables a los trabajadores en
general con respecto a la protección de la seguridad social, inclusive
en lo relativo a la maternidad.
LEY DEL IMSS. ARTÍCULO 11. EL RÉGIMEN OBLIGATORIO
• I. Riesgos de Trabajo;
• II. Enfermedades y Maternidad;
• III. Invalidez y Vida;
• IV. Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y
• V. Guarderías y Prestaciones Sociales.
LEY DEL IMSS: ARTÍCULO 13. RÉGIMEN VOLUNTARIO:
• I. Los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes
en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados;
• II. Los trabajadores domésticos;
• III. Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios;
• IV. Los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio, y
• V. Los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la federación, entidades
federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como
sujetos
África Asia y Pacífico Europa Central
y Oriental
América Latina
y el Caribe
Medio Oriente América del
Norte
Europa
Occidental
Argelia China (Hong
Kong)
Bulgaria Argentina Egipto Canadá Austria
Cabo Verde Fiji* República Checa Bolivia Israel Estados Unidos Bélgica
Gabón Indonesia Hungría Brasil Turquía Dinamarca
Kenia República de
Corea
Letonia Chile Finlandia
Mali Malasia* Lituania Colombia Francia
Mauritania Nueva Zelandia Polonia Costa Rica Alemania
Mauricio Filipinas Rumania Cuba Grecia
Senegal Singapur Federación de
Rusia
Ecuador Islandia*
Sudáfrica Vietnam El Salvador* Irlanda
Togo Guatemala* Italia
Túnez Honduras* Luxemburgo
Zambia México* Países Bajos
Nicaragua Noruega
Panamá Portugal
Paraguay España
Perú Suecia
Uruguay Suiza (Ginebra)
Venezuela Reino Unido
Lista de países con alguna disposición legal en seguridad social para cubrir el trabajador
*Cobertura voluntaria.
Fuente: Departamento de Protección Social de la OIT, Base de datos de trabajo doméstico. Tomado del Documento 16, Protección Social del Trabajo Doméstico. Tendencia y Estadística. OIT, 2016.