Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

115
TEMA 12. Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización. La ejecución de los actos y resoluciones administrativas. Los recursos administrativos: concepto y clases. Recurso de alzada. Recurso potestativo de reposición. Recurso extraordinario de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa: objeto y plazos de interposición del recurso contencioso-administrativo.

Transcript of Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Page 1: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

TEMA 12.

Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

La ejecución de los actos y resoluciones administrativas.

Los recursos administrativos: concepto y clases.

Recurso de alzada. Recurso potestativo de reposición. Recurso extraordinario de revisión.

La jurisdicción contencioso-administrativa: objeto y plazos de interposición del recurso contencioso-administrativo.

Page 2: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

La Ley 39/2015 regula el procedimiento administrativo con las siguientes fases:

1.- Iniciación 2.- Ordenación 3.- Instrucción 4.- Finalización 5.- Ejecución

Page 3: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.

CLASES DE INICIACIÓN.- de oficio o a solicitud del interesado.

Información y ACTUACIONES PREVIAS Con anterioridad al inicio, el órgano competente podrá abrir un período de información o actuaciones previas con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciarlo.

En procedimientos sancionadores las actuaciones previas se orientarán a determinar, con la mayor precisión posible,

- los hechos susceptibles de motivar la incoación, - la identificación de la persona o personas que pudieran resultar responsables y - las circunstancias relevantes que concurran en unos y otros.

Las actuaciones previas serán realizadas por los órganos que tengan atribuidas funciones de investigación, averiguación e inspección en la materia y, en su defecto, por la persona u órgano administrativo que se determine por el órgano competente.

Page 4: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

MEDIDAS PROVISIONALES Iniciado el procedimiento, el órgano administrativo, podrá adoptar, de oficio o a instancia de parte y de forma motivada, las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existiesen elementos de juicio suficientes para ello, de acuerdo con los principios de proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad.

Las medidas provisionales deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a su adopción, el cual podrá ser objeto del recurso que proceda.

En todo caso, dichas medidas quedarán sin efecto si no se inicia el procedimiento en dicho plazo o cuando el acuerdo de iniciación no contenga un pronunciamiento expreso acerca de las mismas.

Page 5: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Podrán acordarse las siguientes medidas provisionales, en los términos de la L Enjuiciamiento Civil:

a) Suspensión temporal de actividades. b) Prestación de fianzas. c) Retirada o intervención de bienes productivos o suspensión temporal de servicios por razones de sanidad, higiene o seguridad, el cierre temporal del establecimiento por estas u otras causas previstas en la normativa reguladora aplicable. d) Embargo preventivo de bienes, rentas y cosas fungibles computables en metálico por aplicación de precios ciertos. e) El depósito, retención o inmovilización de cosa mueble. f) La intervención y depósito de ingresos obtenidos mediante una actividad que se considere ilícita y cuya prohibición o cesación se pretenda. g) Consignación o constitución de depósito de las cantidades que se reclamen. h) La retención de ingresos a cuenta que deban abonar las Administraciones Públicas. i) Aquellas otras medidas que, prevean expresamente las leyes, o que se estimen necesarias para asegurar la efectividad de la resolución.

Page 6: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

No se podrán adoptar medidas provisionales que puedan causar perjuicio de difícil o imposible reparación a los interesados o que impliquen violación de derechos amparados por ley.

Las medidas provisionales podrán ser alzadas o modificadas durante la tramitación del procedimiento, de oficio o a instancia de parte, en virtud de circunstancias sobrevenidas o que no pudieron ser tenidas en cuenta en el momento de su adopción.

En todo caso, se extinguirán cuando surta efectos la resolución administrativa que ponga fin al procedimiento correspondiente.

ACUMULACIÓN El órgano administrativo, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento. Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno.

Page 7: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE OFICIO POR LA ADMINISTRACIÓN

Iniciación de OFICIO. Se iniciarán de oficio por acuerdo del órgano competente, por propia iniciativa o por orden superior, a petición razonada de otros órganos.

Inicio del procedimiento a propia iniciativa del órgano Es por propia iniciativa, la actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento por el órgano que tiene la competencia de iniciación.

Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior.- Es una orden superior, la emitida por un órgano administrativo superior jerárquico del competente para la iniciación del procedimiento.

En procedimientos de naturaleza sancionadora, la orden expresará, en la medida de lo posible, la persona o personas presuntamente responsables; las conductas o hechos que pudieran constituir infracción administrativa y su tipificación; así como el lugar, la fecha, fechas o período de tiempo continuado en que los hechos se produjeron.

Page 8: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos Se entiende por petición razonada, la propuesta de iniciación del procedimiento formulada por cualquier órgano administrativo que no tiene competencia pero que ha tenido conocimiento de las circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento, bien ocasionalmente o bien por tener atribuidas funciones de inspección, averiguación o investigación.

La petición no vincula al órgano competente, si bien deberá comunicar al órgano que la hubiera formulado los motivos por los que, en su caso, no procede la iniciación.

Inicio del procedimiento por denuncia Se entiende por denuncia, el acto por el que cualquier persona, en cumplimiento o no de una obligación legal, pone en conocimiento de un órgano administrativo la existencia de un determinado hecho que pudiera justificar la iniciación de oficio de un procedimiento administrativo.

Page 9: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Especialidades en el inicio de los procedimientos de naturaleza sancionadora. Se iniciarán siempre de oficio por acuerdo del órgano competente y establecerán la debida separación entre la fase instructora y la sancionadora, que se encomendará a órganos distintos.

En ningún caso se podrá imponer una sanción sin que se haya tramitado el oportuno procedimiento.

No se podrán iniciar nuevos procedimientos de carácter sancionador por hechos o conductas tipificadas como infracciones en cuya comisión el infractor persista de forma continuada, en tanto no haya recaído una primera resolución sancionadora, con carácter ejecutivo.

Page 10: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

El ACUERDO DE INICIACIÓN deberá contener al menos:

a) Identificación de la persona o personas presuntamente responsables. b) Los hechos que motivan, su posible calificación y las sanciones que pudieran corresponder. c) Identificación del instructor y, en su caso, Secretario, con expresa indicación del régimen de recusación de los mismos. d) Órgano competente para la resolución y norma que le atribuya tal competencia, indicando la posibilidad de que el presunto responsable pueda reconocer voluntariamente su responsabilidad. e) Medidas provisionales que se hayan acordado por el órgano para iniciar el procedimiento sancionador. f) Indicación del derecho a formular alegaciones y a la audiencia en el procedimiento y de los plazos para su ejercicio, así como indicación de que, en caso de no efectuar alegaciones, éste podrá ser considerado propuesta de resolución.

Excepcionalmente, cuando al dictar el acuerdo de iniciación no existan elementos para la calificación inicial de los hechos, la citada calificación podrá realizarse en una fase posterior mediante la elaboración de un Pliego de cargos, que deberá ser notificado a los interesados.

Page 11: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Inicio de oficio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial.- Cuando las Administraciones Públicas decidan iniciar de oficio un procedimiento de responsabilidad patrimonial será necesario que no haya prescrito el derecho a la reclamación del interesado.

El acuerdo de iniciación del procedimiento se notificará a los particulares presuntamente lesionados, concediéndoles un plazo de 10 días para que aporten cuantas alegaciones, documentos o información estimen conveniente a su derecho y propongan cuantas pruebas sean pertinentes para el reconocimiento del mismo.

Page 12: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

SOLICITUDES DE INICIACIÓN -deberán contener:

a) Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, del representante.

b) Identificación del medio electrónico, o en su defecto, lugar físico en para la notificación. Adicionalmente, podrán aportar su dirección de correo electrónico y/o dispositivo electrónico con el fin de que las Administraciones Públicas les avisen del envío o puesta a disposición de la notificación.

c) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud. d) Lugar y fecha.

e) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

f) Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige y su correspondiente código de identificación.

Page 13: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Las pretensiones de una pluralidad de personas tengan un contenido y fundamento idéntico o sustancialmente similar, podrán ser formuladas en una única solicitud, salvo procedimientos específicos que digan otra cosa.

Solicitudes, comunicaciones y escritos que presenten los interesados electrónicamente o en las oficinas de asistencia, podrán éstos exigir el correspondiente recibo que acredite la fecha y hora de presentación.

Las AAPP establecerán modelos y sistemas de presentación masiva que permitan a los interesados presentar simultáneamente varias solicitudes. Estos modelos, de uso voluntario, estarán a disposición de los interesados en las sedes electrónicas y en las oficinas de asistencia.

Los solicitantes podrán acompañar los elementos que estimen convenientes para precisar o completar los datos del modelo, los cuales deberán ser admitidos y tenidos en cuenta por el órgano al que se dirijan.

Los sistemas normalizados de solicitud podrán incluir comprobaciones automáticas u ofrecer el formulario cumplimentado, todo o en parte, y que el interesado verifique la información y, en su caso, modifique y complete. Cuando la Administración en un procedimiento establezca expresamente modelos específicos de presentación de solicitudes, éstos serán de uso obligatorio por los interesados.

Page 14: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

SUBSANACIÓN Y MEJORA DE LA SOLICITUD Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos exigidos por esta Ley u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

Siempre que no se trate de procedimientos selectivos o de concurrencia competit iva, este plazo podrá ser ampliado prudencialmente, hasta 5 días, a petición del interesado o a iniciativa del órgano, cuando la aportación los documentos presente dificultades.

En los procedimientos iniciados a solicitud de los interesados, el órgano competente podrá recabar del solicitante la modificación o mejora voluntarias de los términos de aquélla. De ello se levantará acta sucinta, que se incorporará al procedimiento.

Si un sujeto obligado al uso de medios electrónicos presenta su solicitud presencialmente, las Administraciones Públicas requerirán al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica.Se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

Page 15: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

DECLARACIÓN RESPONSABLE y comunicación

Se entenderá por declaración responsable el documento suscrito por un interesado en el que éste manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de estas obligaciones durante el tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

Los requisitos anteriores deberán estar recogidos de manera expresa, clara y precisa en la correspondiente declaración responsable.

Las Administraciones podrán requerir en cualquier momento que se aporte la documentación que acredite el cumplimiento de los mencionados requisitos y el interesado deberá aportarla.

Page 16: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Se entenderá por comunicación aquel documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de la Admón competente sus datos identificativos o cualquier otro dato relevante para el inicio de una actividad o el ejercicio de un derecho.

Las declaraciones responsables y las comunicaciones permitirán, el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de una actividad, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección.

No obstante, la comunicación podrá presentarse dentro de un plazo posterior al inicio de la actividad cuando la legislación correspondiente lo prevea expresamente.

Page 17: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o la no presentación ante la Administración,

la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, o la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de responsabilidades penales, civiles o administrativas.

La resolución que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un período de tiempo determinado por la ley, todo ello conforme a los términos establecidos en las normas sectoriales de aplicación.

Page 18: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Las Administraciones Públicas tendrán permanentemente publicados y actualizados modelos de declaración responsable y de comunicación, fácilmente accesibles a los interesados.

Únicamente será exigible,

bien una declaración responsable, bien una comunicación

para iniciar UNA MISMA actividad u obtener el reconocimiento de un mismo derecho o facultad para su ejercicio,

sin que sea posible la exigencia de ambas acumulativamente.

Page 19: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

ORDENACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Expediente Administrativo Es el conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla.

Los expedientes tendrán formato electrónico y se formarán mediante la agregación ordenada de cuantos

documentos, pruebas, dictámenes, informes, acuerdos notificaciones y demás diligencias deban integrarlos,

así como un índice numerado de todos los documentos que contenga. Asimismo, deberá constar en el expediente copia electrónica certificada de la resolución adoptada.

Page 20: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

ORDENACIÓN DEL PROCEDIMIENTO - Expediente Administrativo -continuación-

Cuando sea preciso remitir el expediente electrónico, se hará de acuerdo con el Esquema Nacional de Interoperabilidad y en las correspondientes Normas Técnicas de Interoperabilidad, y se enviará

completo, foliado, autentificado y acompañado de un índice,

asimismo autentificado, de los documentos que contenga.

La autenticación del citado índice garantizará la integridad e inmutabilidad y permitirá su recuperación

siempre que sea preciso, siendo admisible que un mismo documento forme parte de distintos expedientes electrónicos.

No forma parte del expediente la información auxiliar. Los informes sólo forman parte del expediente si son preceptivos o facultativos y previos a la resolución que ponga fin.

Page 21: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

IMPULSO El procedimiento -principio de celeridad-, se impulsará de oficio en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad.

En el despacho de los expedientes se guardará el orden riguroso de incoación en asuntos de homogénea naturaleza, salvo que se dé orden motivada en contra.

El incumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior dará lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria del infractor y, en su caso, será causa de remoción del puesto de trabajo.

Las personas designadas como órgano instructor o, en su caso, los titulares de las unidades administrativas que tengan atribuida tal función serán responsables directos de la tramitación, en especial, de los plazos establecidos.

Page 22: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

CONCENTRACIÓN DE TRÁMITES Principio de simplificación administrativa, se acordarán en un solo acto todos los trámites que, por su naturaleza, admitan un impulso simultáneo y no sea obligado su cumplimiento sucesivo.

CUMPLIMIENTO DE TRÁMITES Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados:

deberán realizarse en el plazo de 10 días a partir del siguiente al de la notificación del acto, salvo que la norma fije plazo distinto. Cuando la Administración considere algún acto de los interesados no reúne los requisitos necesarios, lo pondrá en conocimiento de su autor, concediéndole un plazo de 10 días para cumplimentarlo.

A los interesados que no cumplan lo dispuesto anteriormente, se les podrá declarar decaídos en su derecho al trámite correspondiente. Se admitirá la actuación del interesado y producirá sus efectos legales, si se produjera antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo.

Page 23: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

CUESTIONES INCIDENTALES

Las que se susciten en el procedimiento, incluso si se refieren a nulidad de actuaciones, no suspenderán la tramitación, salvo la recusación.

Page 24: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO - DISPOSICIONES GENERALES-

ACTOS DE INSTRUCCIÓN Los actos de instrucción necesarios, se realizarán de oficio y a través de medios electrónicos,

Las aplicaciones y sistemas de información utilizados para el procedimiento deberán garantizar

- el control de los tiempos y plazos, - la identificación de los órganos responsables y - la tramitación ordenada de los expedientes,

así como facilitar la simplificación y la publicidad de los procedimientos.

Los actos de instrucción que requieran intervención de los interesados se practicarán en la forma más conveniente para ellos y que sea compatible, en la medida de lo posible, con sus obligaciones laborales o profesionales.

El instructor adoptará las medidas para lograr el pleno respeto a los principios de contradicción y de igualdad de los interesados en el procedimiento.

Page 25: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

ALEGACIONES Los interesados podrán, en cualquier momento anterior al trámite de audiencia,

- aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio. Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.

En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial,

- los que supongan paralización, - infracción de los plazos señalados o - la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto.

Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

Page 26: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

PRUEBA Medios y período de prueba Los hechos relevantes para la decisión, podrán acreditarse por cualquier medio de prueba admisible en Derecho.

Cuando la Administración no tenga por ciertos los hechos alegados por los interesados o la naturaleza del procedimiento lo exija, el instructor del mismo acordará la apertura de un período de prueba

por un plazo no superior a 30 días ni inferior a 10,

Cuando lo considere necesario, el instructor, a petición de los interesados,

podrá decidir la apertura de un período extraordinario de prueba por un plazo no superior a diez días.

El instructor sólo podrá rechazar las pruebas a los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada. En los procedimientos de carácter sancionador, los hechos declarados probados por resoluciones judiciales penales firmes vincularán a las AAPP.

Page 27: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Los documentos formalizados por los funcionarios a los que se reconoce la condición de autoridad y en los que, observándose los requisitos legales correspondientes se recojan los hechos constatados por aquéllos harán prueba de éstos salvo que se acredite lo contrario.

Cuando la prueba consista en la emisión de un informe de un órgano administrativo, organismo público o Entidad de derecho público, se entenderá que éste tiene carácter preceptivo.

Si las pruebas practicadas constituyen el fundamento básico de la decisión que se adopte en el procedimiento, por ser pieza imprescindible para la correcta evaluación de los hechos, deberá incluirse en la propuesta de resolución.

Page 28: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Práctica de prueba La Administración comunicará a los interesados, con antelación suficiente, el inicio de las actuaciones necesarias para la realización de las pruebas que hayan sido admitidas.

En la notificación se consignará el lugar, fecha y hora en que se practicará la prueba, con la advertencia, en su caso, de que el interesado puede nombrar técnicos para que le asistan.

En los casos en que, a petición del interesado, deban efectuarse pruebas cuya realización implique gastos que no deba soportar la Administración, ésta podrá exigir el anticipo de los mismos, a reserva de la liquidación definitiva, una vez practicada la prueba.

La liquidación de los gastos se practicará uniendo los comprobantes que acrediten la realidad y cuantía de los mismos.

Page 29: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

INFORMES Petición

Se solicitarán aquellos informes que: - sean preceptivos por las disposiciones legales, y - los que se juzguen necesarios para resolver,

citándo el precepto o fundamentando, la conveniencia de reclamarlos.

En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

Emisión de informes. Salvo disposición expresa en contrario,

los informes serán facultativos y no vinculantes.

Los informes serán emitidos: a través de medios electrónicos y

de acuerdo con los requisitos que señala esta Ley en el plazo de 10 días,

salvo que una disposición o el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento permita o exija otro plazo mayor o menor.

Page 30: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

De no emitirse el informe en el plazo señalado, y sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el responsable de la demora, se podrán proseguir las actuaciones salvo cuando se trate de un INFORME PRECEPTIVO, en cuyo caso se podrá suspender el transcurso del plazo máximo

Teniendo en cuenta que cuando se soliciten informes preceptivos a un órgano de la misma o distinta Administración, por el tiempo que medie entre la petición y la recepción del informe, que igualmente. Este plazo de suspensión no podrá exceder en ningún caso

de tres meses. En caso de no recibirse el informe en plazo, proseguirá el procedimiento.

Si el informe debiera ser emitido por una Administración distinta de la que tramita, y transcurriera el plazo sin que aquél se hubiera emitido, se podrán proseguir las actuaciones.

El informe emitido fuera de plazo podrá no ser tenido en cuenta al adoptar la resolución.

Page 31: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

SOLICITUD DE INFORMES Y DICTÁMENES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

En estos casos será preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de 10 días el plazo de su emisión.

Indemnizaciones reclamadas sean igual o superior a 50.000 euros será preceptivo solicitar dictamen del Consejo de Estado o, en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma.

El dictamen se emitirá en el plazo de 2 meses y deberá pronunciarse sobre la existencia o no de relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y la lesión producida y, en su caso, sobre la valoración del daño causado y la cuantía y modo de la indemnización de acuerdo con los criterios establecidos en esta Ley.

Page 32: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

PARTICIPACIÓN DE LOS INTERESADOS

Trámite de audiencia Instruidos los procedimientos, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución se pondrán de manifiesto a los interesados o, a sus representantes, para lo que se tendrán en cuenta la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

La audiencia a los interesados será anterior a la solicitud del informe del órgano competente para el asesoramiento jurídico o a la solicitud del Dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo de la CA.

Page 33: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Los interesados, en un plazo no inferior a 10 días ni superior a 15,

podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

Si antes del vencimiento del plazo los interesados manifiestan su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, se tendrá por realizado el trámite.

PARTICIPACIÓN DE LOS INTERESADOS Trámite de audiencia

Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas

que las aducidas por el interesado.

Page 34: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Información Pública

El órgano al que corresponda la resolución, cuando la naturaleza de éste lo requiera, podrá acordar un período de información pública.

Se publicará anuncio en Diario oficial correspondiente a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente, o la parte del mismo que se acuerde.

El anuncio señalará el lugar de exhibición, debiendo estar en todo caso a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica, y

determinará el plazo para formular alegaciones, que en ningún caso podrá ser inferior a 20 días.

PARTICIPACIÓN DE LOS INTERESADOS

Page 35: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Información Pública -continuación-

La incomparecencia en este trámite no impedirá a los interesados interponer los recursos procedentes.

La comparecencia en el trámite de información pública no otorga, por sí misma, la condición de interesado.

No obstante, quienes presenten alegaciones u observaciones en este trámite tienen derecho a obtener de la Administración una respuesta razonada, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales.

PARTICIPACIÓN DE LOS INTERESADOS

Page 36: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

DISPOSICIONES GENERALES

Terminación Pondrán fin al procedimiento:

la resolución el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, y la declaración de caducidad.

También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso.

Terminación en los procedimientos sancionadores Iniciado un procedimiento sancionador, si el infractor reconoce su responsabilidad, se podrá resolver el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda.

Page 37: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Cuando la sanción tenga únicamente carácter pecuniario o bien una sanción pecuniaria y otra de carácter no pecuniario pero se ha justificado la improcedencia de la segunda,

el pago voluntario por el presunto responsable, en cualquier momento anterior a la resolución, implicará la terminación, salvo en lo relativo a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por los daños y perjuicios causados. Cuando la sanción tenga únicamente carácter pecuniario, el órgano competente aplicará reducciones, de al menos, el 20 % sobre el importe de la sanción propuesta, siendo éstos acumulables entre sí.

Las citadas reducciones, deberán estar determinadas en la notificación de iniciación del procedimiento y su efectividad estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. El porcentaje de reducción podrá ser incrementado reglamentariamente.

Page 38: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Terminación convencional

Las AAPP podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos

de Derecho público o privado, siempre que no sean contrarios al ordenamiento jurídico ni versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que, en su caso, prevea la disposición que lo regule, pudiendo tales actos tener la consideración de finalizadores de los procedimientos o insertarse en los mismos con carácter previo, vinculante o no, a la resolución que les ponga fin.

Los citados instrumentos deberán establecer como contenido mínimo

la identificación de las partes intervinientes, el ámbito personal, funcional y territorial, y el plazo de vigencia,

debiendo publicarse o no según su naturaleza y las personas a las que estuvieran destinados.

Page 39: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

RESOLUCIÓN

Actuaciones complementarias Antes de dictar resolución, el órgano competente podrá decidir, mediante acuerdo motivado, la realización de las actuaciones complementarias indispensables para resolver el procedimiento.

No tendrán la consideración de actuaciones complementarias los informes que preceden inmediatamente a la resolución final del procedimiento.

El acuerdo de realización de actuaciones complementarias se notificará a los interesados, concediéndoseles un plazo de 7 días para formular las alegaciones tras la finalización de las mismas.

Las actuaciones complementarias deberán practicarse en un plazo no superior a 15 días.

El plazo para resolver el procedimiento quedará suspendido hasta la terminación de las actuaciones complementarias.

Page 40: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Contenido La resolución que ponga fin al procedimiento decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del mismo.

Cuando se trate de cuestiones conexas, no planteadas por los interesados,

el órgano competente podrá pronunciarse sobre las mismas, poniéndolo antes de manifiesto a aquéllos

por un plazo no superior a 15 días, para que formulen las alegaciones y aporten, en su caso, los medios de prueba.

En los procedimientos tramitados a solicitud del interesado, la resolución será congruente con las peticiones formuladas por éste. En ningún caso pueda agravar su situación inicial.

Sin perjuicio de la potestad de la Administración de incoar de oficio un nuevo procedimiento, si procede.

Page 41: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Contenido - continuación-

Las resoluciones contendrán la decisión, que, en su caso, serán motivadas.

Expresarán, además, los recursos que contra la misma procedan, órgano administrativo o judicial ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar el que estimen oportuno.

La resolución del procedimiento se dictará electrónicamente y garantizará:

la identidad del órgano competente, así como la autenticidad e integridad del documento.

En ningún caso podrá la Administración abstenerse de resolver so pretexto de silencio, oscuridad o insuficiencia de los preceptos legales aplicables al caso. Podrá acordarse la inadmisión de las solicitudes de reconocimiento de derechos no previstos o manifiestamente carentes de fundamento.

RESOLUCIÓN

Page 42: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador.

El órgano instructor resolverá la finalización, con archivo de las actuaciones, sin que sea necesaria propuesta de resolución, cuando en la instrucción se ponga de manifiesto que concurre alguna de las siguientes circunstancias:

a) La inexistencia de los hechos que pudieran constituir la infracción. b) Cuando los hechos no resulten acreditados. c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción administrativa. d) No exista o no se haya podido identificar a la persona o personas responsables o bien aparezcan exentos de responsabilidad. e) Cuando se concluyera, que ha prescrito la infracción.

Page 43: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

La propuesta de resolución deberá indicar la puesta de manifiesto del procedimiento y el plazo para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que se estimen.

En la PROPUESTA DE RESOLUCIÓN se fijarán de forma motivada los hechos que se consideren probados y

su exacta calificación jurídica, se determinará la infracción que constituyan, la persona o personas responsables y la sanción que se proponga, la valoración de las pruebas practicadas, en especial aquellas que constituyan los fundamentos básicos de la decisión, así como las medidas provisionales que, en su caso, se hubieran adoptado.

Cuando la instrucción concluya la inexistencia de infracción o responsabilidad,

la propuesta declarará esa circunstancia.

Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador.-continuación-

Page 44: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores

En estos casos, en la resolución no se podrán aceptar hechos distintos de los determinados en el curso del procedimiento, con independencia de su diferente valoración jurídica.

Cuando el órgano competente considere que la infracción o la sanción revisten mayor gravedad que la determinada en la propuesta de resolución,

se notificará al inculpado para que aporte cuantas alegaciones estime convenientes en el plazo de 15 días.

La resolución que ponga fin al procedimiento será ejecutiva cuando no quepa ningún recurso ordinario en vía administrativa, pudiendo adoptarse en la misma las disposiciones cautelares precisas.

Que podrán consistir en el mantenimiento de las medidas provisionales que en su caso se hubieran adoptado.

RESOLUCIÓN

Page 45: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Cuando la resolución sea ejecutiva, se podrá suspender cautelarmente, si el interesado manifiesta a la Admón su intención de interponer recurso contencioso-administrativo contra la resolución firme en vía administrativa.

Dicha SUSPENSIÓN CAUTELAR FINALIZARÁ cuando: a) Haya transcurrido el plazo sin que el interesado haya interpuesto recurso contencioso administrativo. b) Habiendo el interesado interpuesto recurso contencioso-administrativo:

1) No se haya solicitado en el mismo trámite la suspensión cautelar de la resolución impugnada. 2) El órgano judicial se pronuncie sobre la suspensión cautelar solicitada, en los términos previstos en ella.

Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores

Page 46: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

DESISTIMIENTO Y RENUNCIA

Desistimiento por la Administración En procedimientos iniciados de oficio, la Administración podrá desistir, motivadamente, en los supuestos y con los requisitos previstos en la Ley.

Desistimiento y renuncia por los interesados Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.

Si el escrito de iniciación se hubiera formulado por 2 o más interesados, el desistimiento o la renuncia sólo afectará a aquellos que la hubiesen formulado.

Tanto el desistimiento como la renuncia podrán hacerse por cualquier medio que permita su constancia, siempre que incorpore las firmas que correspondan.

Page 47: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

La Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento

salvo que, habiendo terceros interesados, instasen éstos su continuación en el plazo de 10 días desde que fueron notificados del desistimiento o renuncia.

Requisitos y efectos En procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su paralización por causa imputable al mismo, la Administración le advertirá que,

transcurridos 3 meses, se producirá la caducidad del procedimiento.

Consumido este plazo sin que el particular requerido realice las actividades necesarias para reanudar la tramitación, la Administración acordará el archivo de las actuaciones, notificándoselo al interesado.

Contra la resolución que declare la caducidad procederán los recursos pertinentes.

Page 48: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Requisitos y efectos No podrá acordarse la caducidad por la simple inactividad del interesado en la cumplimentación de trámites, siempre que no sean indispensables para dictar resolución

Dicha inactividad no tendrá otro efecto que la pérdida de su derecho al referido trámite.

La caducidad no producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la Administración, pero los procedimientos caducados no interrumpirán el plazo de prescripción.

Page 49: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

La ejecución de los actos y resoluciones administrativas.

EJECUCIÓN

Las AAPP no iniciarán ninguna actuación material de ejecución de resoluciones que limiten derechos de particulares sin que previamente haya sido adoptada la resolución que le sirva de fundamento jurídico.

Ejecutoriedad Los actos de las AAPP sujetos al Dcho. Adtivo serán inmediatamente ejecutivos, salvo que:

a) Se produzca la suspensión de la ejecución del acto. b) Se trate de una resolución de un procedimiento de naturaleza sancionadora contra la que quepa algún recurso en vía administrativa, incluido el potestativo de reposición. c) Una disposición establezca lo contrario. d) Se necesite aprobación o autorización superior.

Page 50: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Cuando de una resolución administrativa, o de otra forma de finalización del procedimiento prevista en esta ley, nazca una obligación de pago derivada de una sanción pecuniaria, multa o cualquier otro derecho que haya de abonarse a la Hacienda pública,

éste se efectuará preferentemente, salvo que se justifique la imposibilidad de hacerlo, utilizando alguno de los medios electrónicos siguientes:

a) Tarjeta de crédito y débito. b) Transferencia bancaria. c) Domiciliación bancaria. d) Cualesquiera otros que se autoricen por el órgano competente en materia de Hacienda Pública.

Page 51: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

EJECUCIÓN FORZOSA Las AAPP, a través de sus órganos, podrán proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de los actos administrativos, salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución. Medios de ejecución forzosa Se efectuará, respetando siempre el principio de proporcionalidad, por los siguientes medios:

Apremio sobre el patrimonio Ejecución subsidiaria Multa coercitiva Compulsión sobre las personas

Si fuese necesario entrar en el domicilio del afectado o en los restantes lugares que requieran la autorización de su titular, las AAPP deberán obtener el consentimiento del mismo o, en su defecto, la oportuna autorización judicial.

Si fueran varios los medios de ejecución admisibles se elegirá el menos restrictivo de la libertad individual.

Page 52: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Apremio sobre el patrimonio

Si hubiera de satisfacerse cantidad líquida se seguirá el procedimiento previsto en las normas reguladoras del procedimiento de apremio. No podrá imponerse a los administrados una obligación pecuniaria que no estuviese establecida con arreglo a una norma de rango legal.

Ejecución subsidiaria Habrá lugar a la ejecución subsidiaria cuando se trate de actos que por no ser personalísimos

puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado.

En este caso, las AAPP realizarán el acto, por sí o a través de las personas que determinen, a costa del obligado.

Page 53: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Multa coercitiva Cuando lo autoricen las Leyes, en la forma y cuantía que éstas determinen, las Administraciones pueden, para la ejecución de determinados actos, imponer multas coercitivas, reiteradas por lapsos de tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado, en los siguientes supuestos:

a) Actos personalísimos en que no proceda la compulsión directa sobre la persona del obligado. b) Actos en que, procediendo la compulsión, la Administración no la estimara conveniente. c) Actos cuya ejecución pueda el obligado encargar a otra persona.

La multa coercitiva es independiente de las sanciones que puedan imponerse y compatible con ellas.

Page 54: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Compulsión sobre las personas. Los actos administrativos que impongan una obligación personalísima de no hacer o soportar podrán ser ejecutados por compulsión directa sobre las personas en los casos en que la ley expresamente lo autorice, y dentro siempre del respeto debido a su dignidad y a los derechos.

Si, tratándose de obligaciones personalísimas de hacer, no se realizase la prestación, el obligado deberá resarcir los daños y perjuicios, a cuya liquidación y cobro se procederá en vía administrativa.

Prohibición de acciones posesorias

No se admitirán a trámite acciones posesorias contra las actuaciones de los órganos administrativos realizadas en materia de su competencia y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido.

Page 55: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

TRAMITACIÓN SIMPLIFICADA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN Razones de interés público o la falta de complejidad del procedimiento así lo aconsejen, las AAPP podrán acordar, de oficio o a solicitud del interesado,

la tramitación simplificada del procedimiento.

En cualquier momento del procedimiento anterior a su resolución, el órgano competente para su tramitación podrá acordar continuar con arreglo a la tramitación ordinaria.

Cuando la Administración acuerde de oficio la tramitación simplificada deberá notificarlo a los interesados.

Si alguno de ellos manifestara su oposición expresa, la Administración deberá seguir la tramitación ordinaria.

Page 56: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Los interesados podrán solicitar la tramitación simplificada del procedimiento. Si el órgano competente aprecia que no concurre alguna de las razones previstas para ello, podrá desestimar dicha solicitud, en el plazo de 5 días desde su presentación, sin que exista posibilidad de recurso por parte del interesado.

Transcurrido el plazo de 5 días se entenderá desestimada la solicitud.

En el caso de procedimientos de naturaleza sancionadora, se podrá adoptar la tramitación simplificada, cuando el órgano competente para iniciar el procedimiento considere que, de acuerdo con lo previsto en su normativa reguladora, existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como leve, sin que quepa la oposición expresa por parte del interesado citada anteriormente.

Page 57: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Salvo que reste menos para su tramitación ordinaria, los procedimientos tramitados de manera simplificada deberán ser resueltos en 30 días, a contar desde el siguiente al que se notifique al interesado el acuerdo de tramitación simplificada del procedimiento, y constarán únicamente de los siguientes trámites:

Inicio del procedimiento de oficio o a solicitud del interesado. Subsanación de la solicitud presentada, en su caso. Alegaciones al inicio del procedimiento durante el plazo de 5 días. Trámite de audiencia, únicamente cuando la resolución vaya a ser desfavorable para el interesado Informe del servicio jurídico, cuando éste sea preceptivo. Informe del C Gdel Poder Judicial, cuando éste sea preceptivo. Dictamen del Consejo de Estado en los casos en que sea preceptivo. Desde que se solicite el Dictamen al Consejo de Estado, u órgano equivalente, hasta que éste sea emitido, se producirá la suspensión automática del plazo para resolver. Resolución.

En el caso que un procedimiento exigiera la realización de un trámite no previsto en el apartado anterior, deberá ser tramitado de manera ordinaria.

Page 58: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS

CONCEPTO Son actos del ciudadano mediante los que éste pide a la propia Administración la revocación o reforma de un acto administrativo o de una disposición de carácter general de rango inferior a la Ley.

NUESTRO SISTEMA JURÍDICO Un doble sistema de recursos - ante la propia Administración o ante - Tribunales de Justicia, jurisdicción contencioso-administrativa.

Generalmente NO tiene carácter alternativo sino acumulativo o sucesivo. El acto o disposición, unas veces puede otras debe,

ser impugnado 1º ante Administración que lo dictó y sólo después, desestimada primera impugnación, puede plantearse una 2ª ante los Tribunales contencioso-administrativos.

Page 59: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Los rasgos fundamentales de los recursos administrativos y que caracterizan en nuestro sistema de recursos, son: - Finalidad impugnatoria de actos o disposiciones que se estimen contrarios a derecho. - Papel de garantía de los ciudadanos frente a la Administración. - Como trámite previo,

unas veces potestativo, otras preceptivo o previo

de la impugnación ante los Tribunales contencioso-administrativos.

Page 60: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

PRINCIPIOS GENERALES OBJETO Y CLASES

Contra las resoluciones y los actos de trámite, si estos últimos deciden el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable,

podrán interponerse los recursos de alzada y potestativo de reposición, que cabrá fundar en motivos de nulidad o anulabilidad, Ley 39/2015 (arts. 47 y 48).

La oposición a los restantes actos de trámite podrá alegarse por los interesados para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Las leyes podrán sustituir el recurso de alzada, por otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje.

Page 61: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

En las mismas condiciones, el recurso de reposición podrá ser sustituido por otros procedimientos, respetando su carácter potestativo para el interesado.

Contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa.

Los recursos contra un acto administrativo que estén fundados únicamente en la nulidad de alguna disposición administrativa de carácter general podrán interponerse directamente ante el órgano que la dictó.

Las reclamaciones económico-administrativas se ajustarán a procedimientos establecidos por su legislación específica.

Recurso extraordinario de revisión Contra los actos firmes en vía administrativa, sólo procederá el recurso extraordinario de revisión Si concurre alguna de las circunstancias previstas para su interposición.

Page 62: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

FIN DE LA VÍA ADMINISTRATIVA Ponen fin a la vía administrativa:

a) Resoluciones de los recursos de alzada. b) Resoluciones de procedimientos sustitutivos del recurso de alzada. c) Resoluciones de órganos adtivos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario. d) Acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan consideración de finalizadores del procedimiento. e) Resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, derive de relación, pública o privada. f) Resolución de los procedimientos complementarios en materia sancionadora (si las conductas sancionadas hubieran causado daños o perjuicios a las Administraciones y la cuantía destinada a indemnizar estos daños no hubiera quedado determinada en el expediente). g) Otras resoluciones adtivas cuando una disposición lo establezca.

Page 63: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Además, en el ÁMBITO ESTATAL ponen fin a la vía administrativa:

a) Actos administrativos de los miembros y órganos del Gobierno. b) De Ministros y Secretarios de Estado en el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos de los que son titulares. c) De los órganos directivos, nivel de Director general o superior, en relación con las competencias en materia de personal. d) De Organismos y entidades derecho público vinculados o dependientes de la AGE, emanados de los máximos órganos de dirección unipersonales o colegiados, salvo que por ley se establezca otra cosa.

Page 64: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Interposición de recurso

La interposición deberá expresar: Nombre y apellidos, así como la identificación personal. Acto que se recurre y la razón de su impugnación. Lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio y, en su caso, del lugar que se señale a efectos de notificaciones. Órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige y su correspondiente código de identificación. Las demás particularidades exigidas, por las disposiciones específicas.

El error o la ausencia de la calificación del recurso por parte del recurrente no será obstáculo para su tramitación,

siempre que se deduzca su verdadero carácter.

Los vicios y defectos que hagan anulable un acto no podrán ser alegados por quienes los hubieren causado.

Page 65: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Causas de inadmisión. Serán las siguientes: - Ser incompetente el órgano administrativo, cuando el competente perteneciera a otra AP. El recurso deberá remitirse al órgano competente, debiendo notificar esta circunstancia a los interesados.

- Carecer de legitimación el recurrente.

- Tratarse de un acto no susceptible de recurso.

- Haber transcurrido el plazo para la interposición del recurso.

- Carecer el recurso manifiestamente de fundamento.

Page 66: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Suspensión de la ejecución La interposición de cualquier recurso,

no suspenderá la ejecución del acto impugnado.

No obstante, el órgano a quien competa resolver el recurso, previa ponderación, suficientemente razonada, entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el ocasionado al recurrente por la eficacia inmediata del acto,

podrá suspender, de oficio o a solicitud del recurrente, la ejecución del acto cuando concurran alguna de estas circunstancias:

-Que la ejecución pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. -Que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de nulidad de pleno derecho previstas la Ley 39/2015 (art. 47.1).

La ejecución se entenderá suspendida, si transcurrido un mes desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro electrónico para decidir sobre la misma, el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto. En estos casos, no será aplicable la obligación de informar a los interesados del plazo máximo establecido para la resolución de los procedimientos y para la notificación de los actos que les pongan término, así como de los efectos que pueda producir el silencio administrativo.

Page 67: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

AUDIENCIA DE LOS INTERESADOS Cuando hayan de tenerse en cuenta nuevos hechos o documentos no recogidos en el expediente originario,

se pondrán de manifiesto a los interesados para que, en un plazo no inferior a 10 días ni superior a 15,

formulen alegaciones y presenten documentos y justificantes que estimen.

NO SE TENDRÁN EN CUENTA en la resolución de los recursos, hechos, documentos o alegaciones del recurrente, cuando habiendo podido aportarlos en el trámite de alegaciones no lo haya hecho.

Page 68: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

AUDIENCIA DE LOS INTERESADOS -CONTINUACIÓN-

Tampoco podrá solicitarse la práctica de pruebas, cuando su falta de realización en el procedimiento en el que se dictó la resolución recurrida fuera imputable al interesado.

Si hubiera otros interesados se les dará, en todo caso, traslado del recurso para que en el plazo antes citado, aleguen cuanto estimen procedente.

El recurso, los informes y las propuestas no tienen el carácter de documentos nuevos.

Tampoco lo tendrán los que los interesados hayan aportado al expediente antes de recaer la resolución impugnada.

Page 69: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

RESOLUCIÓN La resolución

estimará en todo o en parte o desestimará las pretensiones formuladas o declarará su inadmisión.

Cuando existiendo vicio de forma no se estime procedente resolver sobre el fondo se ordenará la retroacción del procedimiento al momento en el que el vicio fue cometido, sin perjuicio de que eventualmente, pueda acordarse la convalidación de actuaciones por el órgano competente para ello.

El órgano que resuelva el recurso decidirá todas las cuestiones, de forma y de fondo, plantee el procedimiento, hayan sido o no alegadas por los interesados.

En este último caso se les oirá previamente. No obstante, la resolución será congruente con las peticiones formuladas por el recurrente, sin que en ningún caso pueda agravarse su situación inicial.

Page 70: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Pluralidad de recursos administrativos Cuando deban resolverse una pluralidad de recursos administrativos que traigan causa de un mismo acto administrativo y se hubiera interpuesto un recurso judicial contra una resolución administrativa o bien contra el correspondiente acto presunto desestimatorio, el órgano administrativo podrá acordar la suspensión del plazo para resolver hasta que recaiga pronunciamiento judicial.

El acuerdo de suspensión deberá ser notificado a los interesados, quienes podrán recurrirlo.

La interposición del correspondiente recurso por un interesado, no afectará a los restantes procedimientos de recurso que se encuentren suspendidos por traer causa del mismo acto administrativo.

Recaído el pronunciamiento judicial, será comunicado a los interesados y el órgano administrativo competente para resolver podrá dictar resolución sin necesidad de realizar ningún trámite adicional, salvo el de audiencia, cuando proceda.

Page 71: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

RECURSO DE ALZADA Las resoluciones y actos de trámite (que decidan el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos), cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos en alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. Los Tribunales y órganos de selección del personal de las AAPP, se considerarán dependientes del órgano al que estén adscritos o del que haya nombrado al presidente.

El recurso podrá interponerse: ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo.

Si se hubiera interpuesto ante el órgano que dictó el acto impugnado, éste deberá remitirlo al competente en el plazo de 10 días, con su informe y una copia completa y ordenada del expediente.

El titular del órgano que dictó el acto recurrido será responsable directo del cumplimiento del párrafo anterior.

Page 72: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

RECURSO DE ALZADA Plazos

El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso.

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada

en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses.

Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso (salvo cuando el recurso se haya interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo de una solicitud por el transcurso del plazo). Contra la resolución de un recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el extraordinario de revisión, en los casos establecidos.

Page 73: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN Los actos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Si se interpone el recurso potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

PLAZOS El plazo para la interposición será de un mes, si el acto fuera expreso.

Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso,

de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

Si el acto no fuera expreso, En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, se produzca el acto presunto. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes. Contra la resolución de un recurso de reposición

no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

Page 74: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN Objeto y plazos

Contra los actos firmes en vía administrativa podrá interponerse el recurso extraordinario de revisión ante el órgano administrativo que los dictó, que también será el competente para su resolución, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente. Plazo 4 años.

b) Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error. Plazo 3 meses.

c) Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución. Plazo 3 meses.

d) Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme. Plazo 3 meses.

Page 75: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Resolución

El órgano competente para la resolución del recurso podrá acordar motivadamente la inadmisión a trámite, sin necesidad de recabar dictamen del Consejo Estado o equivalente,

cuando el mismo no se funde en alguna de las causas previstas para su interposición o que se hubiesen desestimado en cuanto al fondo otros recursos sustancialmente iguales.

El órgano al que corresponde conocer del recurso extraordinario de revisión debe pronunciarse no sólo sobre la procedencia del recurso, sino también, en su caso, sobre el fondo de la cuestión resuelta.

Transcurrido el plazo de 3 meses desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimado,

quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN

Page 76: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

LAS PARTES CAPACIDAD PROCESAL Tienen capacidad procesal ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, -las personas que la ostenten con arreglo a la Ley Enjuiciamiento Civil, -los menores de edad para la defensa de aquellos de sus derechos e intereses legítimos cuya actuación les esté permitida por el ordenamiento jurídico sin necesidad de asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. - Los grupos de afectados, uniones sin personalidad o patrimonios independientes o autónomos, entidades todas ellas aptas para ser titulares de derechos y obligaciones al margen de su integración en las estructuras formales de las personas jurídicas, también tendrán capacidad procesal ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo cuando la Ley así lo declare expresamente.

La jurisdicción contencioso-administrativa

Page 77: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

LEGITIMACIÓN Están legitimados ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo:

a) Las personas físicas o jurídicas. b) Las corporaciones, asociaciones, sindicatos y grupos. intereses legítimos colectivos. c) La Administración del Estado d) La Administración de las Comunidades Autónomas. e) Las Entidades locales territoriales. f) El Ministerio Fiscal en los procesos que determine la Ley. g) Las Entidades de Derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las AAPP. h) Cualquier ciudadano, en ejercicio de la acción popular. i) Para la defensa del derecho de igualdad de trato entre mujeres y hombres, además de los afectados y siempre con su autorización, también legitimados los sindicatos y las asociaciones legalmente constituidas. ii) Si los afectados son una pluralidad de personas indeterminada o de difícil determinación, la legitimación para demandar en juicio la defensa de estos intereses difusos corresponderá exclusivamente a los organismos públicos, sindicatos y a las asociaciones cuyo fin primordial sea la igualdad entre mujeres y hombres.

Page 78: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

La persona acosada será la única legitimada en los litigios sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo.

La Administración autora de un acto está legitimada para impugnarlo ante este orden jurisdiccional, previa su declaración de lesividad para el interés público según Ley.

El ejercicio de acciones por los vecinos en nombre e interés de las Entidades locales se rige por lo dispuesto en la legislación de régimen local.

Las Administraciones públicas y los particulares podrán interponer recurso contencioso-administrativo contra las decisiones adoptadas por los órganos administrativos a los que corresponde resolver los recursos especiales y las reclamaciones en materia de contratación a que se refiere la legislación de Contratos del Sector Público sin necesidad, en el primer caso, de declaración de lesividad.

Page 79: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

NO pueden interponer recurso contencioso-administrativo contra la actividad de una Administración pública:

a) Los órganos de la misma y los miembros de sus órganos colegiados, salvo que una Ley lo autorice expresamente. b) Los particulares cuando obren por delegación o como meros agentes o mandatarios de ella. c) Las Entidades de Derecho público que sean dependientes o estén vinculadas al Estado, las Comunidades Autónomas o las Entidades locales, respecto de la actividad de la Administración de la que dependan. Se exceptúan aquellos a los que por Ley se haya dotado de un estatuto específico de autonomía respecto de dicha Administración.

Page 80: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

A efectos de lo dispuesto en el párrafo a) danterior, cuando se trate de Organismos o Corporaciones públicos sujetos a fiscalización de una Administración territorial, se entiende por Administración demandada:

a) El Organismo o Corporación autores del acto o disposición fiscalizados, si el resultado de la fiscalización es aprobatorio. b) La que ejerza la fiscalización, si mediante ella no se aprueba íntegramente el acto o disposición.

Page 81: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LAS PARTES En sus actuaciones ante órganos unipersonales, las partes podrán conferir su representación a un Procurador y serán asistidas, en todo caso, por Abogado.

Cuando las partes confieran su representación al Abogado, será a éste a quien se notifiquen las actuaciones.

En sus actuaciones ante órganos colegiados, las partes deberán conferir su representación

a un Procurador y ser asistidas por Abogado.

Podrán, no obstante, comparecer por sí mismos los funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios,

cuando se refieran a cuestiones de personal que no impliquen separación de empleados públicos inamovibles.

Page 82: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

ACTOS IMPUGNABLES El recurso contencioso-administrativo

es admisible en relación con las disposiciones de carácter general y con los actos expresos y presuntos de la Administración pública que pongan fin a la vía administrativa,

ya sean definitivos o de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos.

También es admisible el recurso contra la inactividad de la Administración y contra sus actuaciones materiales que constituyan vía de hecho.

También es admisible la impugnación de actos que se produzcan en aplicación de las mismas.

Page 83: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

No es admisible el recurso contencioso-administrativo respecto de los actos que sean reproducción de otros anteriores

definitivos y firmes y los confirmatorios de actos consentidos por no haber sido recurridos en tiempo y forma.

Cuando la Administración, esté obligada a realizar una prestación concreta en favor de una o varias personas determinadas, quienes tuvieran derecho a ella pueden reclamar.

Si en el plazo de 3 meses desde la reclamación, la Administración no cumpla o no llegue a un acuerdo con los interesados, éstos pueden deducir recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración.

Cuando la Administración no ejecute sus actos firmes podrán los afectados solicitar su ejecución, y si ésta no se produce en el plazo de un mes desde tal petición, podrán los solicitantes formular recurso contencioso-administrativo, que se tramitará por el procedimiento abreviado regulado en el artículo 78.

Page 84: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO: CARACTERES Y ELEMENTOS

CARACTERES GENERALES

Control de la legalidad El sistema contencioso supone un control a posteriori previa impugnación de la actividad de las AAPP en vía administrativa.

El proceso contencioso es un sistema de fiscalización plenaria no meramente anulatoria.

Cuando se impugna un acto o disposición el petitum siempre coincide en la declaración de invalidez del acto o disposición impugnada.

Al tratarse de un proceso entre partes el proceso contencioso se sujeta al principio dispositivo del cual depende el fallo del Tribunal.

Page 85: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

SUJETOS

Demandante: Es la persona física o jurídica que ejercita la pretensión frente a una actuación administrativa ya sea impugnándola o solicitando que se realice en casos de inactividad.

Suelen ser personas ajenas a la Administración pero puede ser también una Administración cuando impugne actos de otra o bien cuando impugne sus propios actos en el proceso denominado de lesividad.

Demandado: Administración pública estatal, autonómica o local que es autora del acto o de la disposición impugnada.

La calidad de demandado corresponde a la Administración como persona jurídica no al órgano o funcionario concreto emisor del acto.

Page 86: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

LEGITIMACIÓN Para ser parte en un proceso contencioso-administrativo hay que estar legitimado para ello.

La legitimación es: el grado de relación o de conexión necesaria entre una persona y el objeto del proceso.

Legitimación activa: La tienen las personas físicas o jurídicas que ostentan un derecho o interés legítimo en relación con el acto que se recurre. Interés que ha de ser actual y cierto.

Legitimación pasiva: La ostentan aquéllos a los que debe demandarse o las personas que deben tener la oportunidad de defender sus intereses ante la demanda.

Page 87: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

La legitimación corporativa: Corresponde a corporaciones, asociaciones, sindicatos, grupos y entidades que resulten afectados o estén legitimados para la defensa de los derechos e intereses legítimos colectivos

La acción popular: Versa sobre materias determinadas dado su interés público (patrimonio histórico, costas, protección del ambiente atmosférico, suelo)

La acción vecinal: Propia de las EELL están obligadas a ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos, ya que si no lo hacen cualquier vecino puede requerirles para que lo hagan, y si no lo hacen en 30 días los vecinos podrán ejercitar dicha acción en nombre e interés de la EL.

Page 88: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

LOS PROCEDIMIENTOS CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOS Iniciación del procedimiento La vía administrativa previa Este recurso procede de una previa actividad administrativa que en unos casos es necesario impugnar obligatoriamente en vía administrativa (recurso de alzada) y en otros de manera potestativa (recurso de reposición) antes de interponer el recurso contencioso-administrativo.

Litigios entre administraciones Sin embargo, en relación con la vía administrativa previa para los supuestos de litigios entre Administraciones Públicas la LJCA introduce una regulación innovadora y, en sustitución de recursos administrativos, que se excluyen expresamente,

se establece una técnica de requerimiento previo a la Administración autora del acto para que derogue la disposición, anule o revoque el acto, cese o modifique la actividad material o inicie la actividad a la que está obligada (Art. 44.1 LJCA).

Page 89: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Este requerimiento deberá producirse en el plazo de 2 meses desde la publicación de la norma o desde que la AAPP hubiera conocido el acto, actuación o inactividad;

y se entenderá rechazado si dentro del mes siguiente a su recepción la Administración requerida no lo contestara.

Dicho requerimiento previo tiene carácter potestativo, por lo que la Administración impugnante puede instar directamente el recurso contencioso-administrativo.

Page 90: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO: FORMA Y PLAZOS La INICIACIÓN realizada por el demandante o recurrente puede producirse:

Presentando un escrito en el que se cita el acto, inactividad, vía de hecho o disposición impugnadas y la solicitud de que se tenga por interpuesto el recurso. Debe de presentarse acompañado de un poder de presentación del Procurador o Abogado y de la copia del acto o disposición impugnados Excepcionalmente, la presentación puede tener lugar mediante demanda - PLAZO para interponer el recurso

El plazo general es de 2 meses. Cuando se trate de un acto expreso o de una disposición general comenzará a contarse:

desde el día siguiente al de la notificación o publicación. Si el acto fue recurrido en vía administrativa el plazo se empezará a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución del recurso o del día en que éste deba entenderse presuntamente desestimado. En caso de INACTIVIDAD desde el día siguiente al vencimiento del plazo de 3 meses (inactividad prestacional) o de 1 mes (inejecución de actos administrativos) desde el requerimiento.

Page 91: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

En el RECURSO DE LESIVIDAD el plazo se contará desde el día siguiente a la fecha de declaración de lesividad.

En caso de litigios entre Administraciones desde el día siguiente a aquél en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado el requerimiento formulado a la Administración demandada.

El plazo es de 6 meses para la impugnación de los actos presuntos y se contará a partir del día siguiente en que se produzca el acto presunto.

En caso de la impugnación de las vías de hecho, si hubo requerimiento previo a la Administración el plazo es de 10 días y se computará desde el día siguiente al plazo de 10 días siguientes a la formulación del requerimiento.

Si no se hubiera practicado tal requerimiento el plazo para interponer será de 20 días contados desde aquél en que se inició la actuación administrativa en vía de hecho.

Page 92: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Una vez presentado el escrito o demanda interponiendo el recurso, el órgano jurisdiccional examinará la corrección formal del acto de interposición y en caso de defectos el demandante deberá subsanarlos en el plazo de 10 días, si no lo hace se ordenará el archivo de las actuaciones finalizando el proceso.

Page 93: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Actuaciones preparatorias: publicidad, emplazamiento y admisión PUBLICIDAD: Una vez interpuesto el recurso se publicará el acto de interposición en el boletín que corresponda. Publicidad que en caso de haberse iniciado por escrito, se producirá si el demandante lo pide y a su costa; Si se hubiere iniciado mediante demanda la publicación es preceptiva concediéndose un plazo de 15 días para que puedan comparecer en el proceso quienes lo deseen en calidad de codemandados.

Los emplazados dispondrán de un plazo de 9 días para comparecer en el proceso como codemandados.

Page 94: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

El juez o Tribunal requiere a la Administración la remisión del expediente administrativo que contenga la documentación relativa al acto o disposición que se impugna.

El órgano administrativo autor del acto o de la disposición impugnada o al que se le impute la vía de hecho o la inactividad debe remitir el expediente en el plazo de 20 días.

Si éste no se remite en plazo se vuelve a pedir y

si no se envía en el plazo de 10 días se impondrá una multa coercitiva de 300 a 1202€ a la autoridad o al empleado responsable.

El expediente se remitirá en original o en copia autentificada debiendo contener todos los documentos, numerados y con un índice. La Administración tiene que conservar un ejemplar. No es necesaria la reclamación del expediente en los casos en que el recurso se haya iniciado mediante demanda, pero se hará si lo pide el demandante o si el órgano judicial lo estima necesario.

Page 95: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

El órgano jurisdiccional puede declarar la INADMISIÓN del recurso cuando concurra alguna de las siguientes causas de inadmisión:

Falta de jurisdicción o incompetencia del juzgado o Tribunal Falta de legitimación del recurrente Haberse interpuesto recurso contra actividad no susceptible de impugnación Haber caducado el plazo de interposición del recurso Cuando se hubieran desestimado en el fondo otros recursos sustancialmente iguales por sentencia firme Cuando se impugne una vía de hecho si fuera evidente que no existe tal vía de hecho al haberse actuado por órgano competente y con arreglo al procedimiento legalmente establecido

En momento previo a que se declare la inadmisión, el órgano comunicará a las partes el motivo para que aleguen lo que estimen procedente en el plazo de 10 días.

El incidente de inadmisión se resuelve mediante auto que será recurrible si se acuerda la inadmisión, no en caso de admisión.

Page 96: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

LAS MEDIDAS CAUTELARES La potestad de autotutela ejecutiva de la Administración permite que un acto pueda ser ejecutado con independencia de que haya sido recurrido o no.

Regulación actual de las medidas cautelares está en los Art. 129-136 de la LJCA: Los interesados puedan solicitar en cualquier estado del proceso la adopción de cuantas medidas aseguren la efectividad de la sentencia (Art. 129.1 LJCA). Estas medidas pueden solicitarse en cualquier momento del proceso; aunque lo normal es que soliciten lo antes posible, es decir, en el escrito de interposición. Criterios por los que se decide el otorgamiento de la medida son: La valoración circunstanciada de los diferentes intereses en conflicto, la ponderación de los perjuicios que puede causar la adopción de la medida cautelar y su no adopción. Puede ser denegada si - con su adopción pudiera perturbarse gravemente a los intereses generales o de tercero - la ejecución del acto o la aplicación de la disposición pudieran hacer perder su finalidad legítima al recurso.

Page 97: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

- Régimen especial Impugnación de: INACTIVIDAD de la Administración y de las VÍAS DE HECHO:

La MEDIDA CAUTELAR se adoptará salvo que se aprecie con evidencia que no se dan las situaciones previstas o la medida ocasione una perturbación grave de los intereses generales o de tercero, que el juez ponderará de forma circunstanciada».

Pueden solicitarse en cualquier estado del proceso.

La petición se tramita en pieza separada, dando traslado de la misma a la parte contraria por plazo que no puede exceder de 10 dias.

Transcurrido el plazo de audiencia, la petición será resuelta mediante auto dentro de los 5 días siguientes y se comunicará al órgano administrativo correspondiente, el cual dispondrá su inmediato cumplimiento.

Page 98: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

MEDIDAS PROVISIONALÍSIMAS Son medidas similares pero distintas de las cautelares que también pueden adoptarse. La diferencia es que éstas se adoptaran con carácter de urgencia sin oír a la parte contraria, resolución que no es susceptible de recurso.

Para asegurar la debida contradicción, en la misma resolución, EL JUEZ O TRIBUNAL DEBE convocar a las partes a una comparecencia oral, que habrá de celebrarse dentro de los 3 días siguientes, y en la que se debatirá sobre el levantamiento, el mantenimiento o la modificación de la medida acordada.

Tras la comparecencia el órgano dictará la resolución definitiva (que si es recurrible).

Page 99: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

En los supuestos de impugnación de inactividad de la Administración o de vías de hecho, el Art. 136.2 LJCA autoriza al recurrente a solicitar las medidas cautelares antes incluso de la interposición del recurso, que podrán ser acordadas de plano (sin oír a la parte contraria).

Para mantener la medida habrá de pedir su ratificación al interponer el recurso, que habrá de hacerse en el plazo de 10 días desde la notificación de la adopción de medidas cautelares.

En los 3 días siguientes se convocará la comparecencia, y si el recurso no se interpusiera en dicho plazo, quedarán automáticamente sin efecto las medidas acordadas, debiendo el solicitante indemnizar de los daños y perjuicios que la medida cautelar haya producido.

Page 100: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DEMANDA Y CONTESTACIÓN La demanda se formaliza por iniciativa del órgano jurisdiccional una vez que se ha recibido el expediente administrativo y que se han practicado los emplazamientos a los interesados.

Si no se hubiese remitido el expediente el recurrente podrá solicitar plazo para formalizar la demanda sin consulta del expediente y que cuando se recibiera, se pusiera de manifiesto a las partes para presentar alegaciones complementarias a la vista del expediente.

Posteriormente, el órgano judicial mediante providencia emplazará al recurrente para que en 20 días formalice la demanda, si éste no lo hiciera en dicho plazo declarará de oficio la caducidad del recurso.

Si la demanda incurriera en defecto o vicio formal, el órgano requerirá al recurrente para que los subsane en 10 días y si no lo hace se ordenará el archivo de las actuaciones.

Page 101: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Formalizada la demanda, se dará traslado de la misma a las partes para que formalicen su contestación a la demanda.

Se emplazará para contestar a la demanda en primer lugar a la Administración demandada advirtiéndole de que si no ha remitido el expediente no se le admitirá contestación que no vaya acompañada del expediente.

Posteriormente se emplazará a los posibles codemandados que hubieran comparecido, si fueren varios se les emplazará simultáneamente para que contesten en el mismo plazo. Plazo común para todos: 20 días hábiles siguientes a la notificación del emplazamiento.

En los escritos las partes pueden solicitar los documentos que estimen necesarios si creen que el expedientes administrativo por ella remitido está incompleto, la solicitud suspenderá el plazo de presentación del escrito que se reanudará una vez recibidos los documentos.

Page 102: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

En los escritos deberán constar separadamente

los hechos, los fundamentos de derecho y las pretensiones que se deduzcan

y podrán aportarse cuantas circunstancias de hecho y de derecho se estimen convenientes, aunque no se hubiesen aportado en vía administrativa previa.

El petitum -las pretensiones- es inmodificable. Después de la demanda y contestación no se admitirán más documentos.

Page 103: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

ALEGACIONES PREVIAS En este trámite se enjuicia la admisibilidad formal del recurso, pudiendo incluso declararse su inadmisión y archivo.

El planteamiento de las alegaciones previas corresponde a la Administración demandada o a cualquiera de los codemandados, los cuales, dentro de los 5 primeros días de plazo que se le confiera para contestar a la demanda, podrán formular escrito pidiendo la inadmisibilidad del recurso en base a:

la incompetencia del órgano jurisdiccional o a algunas de las causas de inadmisión previstas en el Art. 69 LJCA.

Se trata de un escrito anterior al de la contestación y distinto del mismo, que se traslada al demandante para que en plazo de 5 días formule alegaciones o subsane el defecto formal que se le impute, resolviendo a continuación el Juez o Tribunal. Si desestima las alegaciones previas, la resolución no es susceptible de recurso. Si, las estima, se declarará la inadmisión del recurso.

Page 104: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Prueba Las partes pueden pedir el recibimiento a prueba del proceso en sus respectivos escritos de demanda y contestación indicando los puntos de hecho sobre los que debe versar.

También el demandante puede solicitarla dentro de los 3 días siguientes a los que se le de traslado del escrito de contestación, cuando de éste resulten nuevos hechos con trascendencia para el pleito.

Asimismo, el órgano judicial de oficio puede acordar el recibimiento del juicio a prueba y la práctica de las pruebas que estime oportuno.

Si el objeto del recurso es una sanción administrativa o disciplinaria y hubiese discrepancia en los hechos el recibimiento del juicio a prueba es un trámite obligatorio.

El plazo para proponer prueba será de 5 días y de 30 para practicarla.

Page 105: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Vista o conclusiones Es el último trámite del proceso, es la última posibilidad que tienen las partes presentar sus alegaciones antes de la sentencia. Es un trámite potestativo, si ambas partes piden que se prescinda del trámite no tendrá lugar y si ninguna de las partes lo solicita el órgano puede, excepcionalmente, acordarlo.

Si las partes lo solicitan será en sus escritos de demanda y contestación o dentro de los 3 días siguientes a la conclusión del periodo de prueba.

La celebración de la vista consiste en: dar la palabra a cada una de las partes para que expongan sus alegaciones.

Las conclusiones mediante escrito que deberá formularse en el plazo de 10 días.

Page 106: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Supuestos de terminación anticipada

- Desistimiento del demandante: Si el demandante declara su intención de poner fin al proceso. Lo puede pedir en cualquier momento antes de la sentencia. Antes de dictar el archivo del proceso el juez deberá oír a las demás partes y en los supuestos de acción popular al Ministerio Fiscal.

El órgano solamente rechazará el desistimiento cuando se opusiese la Administración, el Ministerio Fiscal o cuando se apreciase daño para el interés público.

Page 107: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Supuestos de terminación anticipada

- Allanamiento de los demandados: Se reconoce el petitum del demandante antes de la sentencia.

Puede producirse en cualquier estado del proceso y debe acreditarse fehacientemente mediante el documento oficial en el que conste la intención de la Administración demandada.

Después del allanamiento el órgano dictará sentencia de conformidad de acuerdo con las pretensiones del demandante,

pero si a su juicio tal conformidad es contraria al ordenamiento lo comunicará a las partes para que en 10 días presenten sus alegaciones,

a posteriori dictará sentencia que él mismo estime ajustada a Derecho.

Page 108: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

- Satisfacción extraprocesal de las pretensiones: se da en supuestos en los que, pese a haber sido interpuesto el recurso contencioso-administrativo. la Administración estima en vía administrativa algunas de las pretensiones del demandante.

El órgano oirá a ambas partes en el plazo de 5 días y dictará auto en el que se declare terminado el procedimiento; salvo que el reconocimiento infringiera el ordenamiento en cuyo caso dictará sentencia ajustada a Derecho.

Page 109: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

-Conciliación o transacción entre las partes: Sólo cabe en los procedimientos que se tramiten en primera o única instancia,

después de los escritos de demanda y contestación y antes de que el pleito fuese declarado concluso para sentencia.

El INTENTO DE CONCILIACIÓN podrá ser propuesto por el juez de oficio o a instancia de parte y siempre que el proceso se promueva sobre materias susceptibles de transacción.

Si las partes llegan a un acuerdo que suponga la desaparición de la controversia, el Juez o Tribunal dictará auto declarando terminado el procedimiento; salvo que lo acordado fuera manifiestamente contrario al ordenamiento jurídico o lesivo para el interés público o de terceros.

Page 110: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Terminación mediante sentencia La sentencia que se pronuncie sobre la estimación o desestimación de las pretensiones de las partes es la forma habitual de terminación del proceso contencioso-administrativo. Debe dictarse en el plazo de 10 días desde que el pleito se declare concluso para sentencia.

El contenido de la sentencia puede ser: - Declaración de inadmisibilidad del recurso. - Estimación del recurso. Dicha sentencia contendrá alguno de los siguientes pronunciamientos:

- anulación total o parcial del acto o disposición impugnada o que cese su eficacia. - derecho a la indemnización de daños y perjuicios señalando el obligado a indemnizar, el indemnizado y la cuantía

- Desestimación del recurso.

Page 111: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

Terminación mediante sentencia

Con relación a los efectos de las sentencias: Si es desestimatoria sólo produce efectos inter partes. Si es estimatoria puede producir efectos inter partes cuando se trata del reconocimiento de una situación jurídica individualizada.

En caso de que el fallo sea estimatorio y declare la anulación de una disposición o acto, la sentencia produce efectos erga omnes (sobre todas las personas afectadas) y deberá ser publicada en el Boletín correspondiente, igualmente los fallos que declaren la nulidad de parte o de toda una disposición.

Page 112: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

El régimen de ejecución de las sentencias Dictada la sentencia, se comunica en el plazo de 10 días al órgano administrativo autor del acto disposición para que en el plazo de 10 días indique al juez o tribunal, cuál es el órgano responsable del cumplimiento efectivo del fallo para que lo lleve a cabo, el cual dispone de un plazo de 2 meses.

El procedimiento abreviado Este procedimiento en asuntos cuyo objeto sea de cuantía inferior a 30.000 Euros o que se traten de cuestiones de personal que no se refieran al nacimiento o extinción de la relación funcionarial, extranjería, inadmisiones de peticiones de asilo político, asuntos de disciplina deportiva en materia de dopaje. Los procedimientos especiales Procedimiento para protección de los derechos fundamentales de la persona La cuestión de ilegalidad Casos de suspensión administrativa previa de actos u acuerdos de las Corporaciones locales.

Page 113: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

EL RÉGIMEN DE RECURSOS Recurso de suplica Se asemeja al administrativo de reposición porque se interpone ante y se resuelve por el mismo órgano jurisdiccional en relación con las providencias y autos que no sean susceptibles de apelación o casación. Debe interponerse en el plazo de 5 días a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución Carece de efecto suspensivo.

Recurso de apelación Se asemeja al recurso administrativo de alzada porque le corresponde conocer del mismo al órgano jurisdiccional superior.

Page 114: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

SON APELABLES los autos y sentencias dictados por los órganos unipersonales de la jurisdicción correspondiendo su resolución, respectivamente, a la Sala de lo contencioso de su Tribunal Superior de Justicia y de la Audiencia Nacional.

Los autos sólo son apelables cuando se refieran a medidas cautelares o a ejecución de sentencias, los que declaren la inadmisibilidad del recurso o hagan imposible la continuación, y los que autoricen la entrada en domicilios. Las sentencias son siempre apelables, a excepción de las que no excedan en su cuantía de 30.000 euros.

LEGITIMADOS PARA INTERPONER RECURSO Quienes hubieran sido parte en el proceso o procedimiento en el que hubiera recaído la resolución apelada.

Page 115: Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación ...

EFECTOS: Contra sentencias tendrán efecto suspensivo y devolutivo y contra los autos devolutivo. El efecto suspensivo del recurso de apelación no impide la ejecución provisional del auto o sentencia recurrido. Si pudieran derivarse perjuicios irreparables o irreversibles procederá la denegación, en los demás casos se podrá exigir una garantía o caución para responder de los posibles perjuicios. PROCEDIMIENTO: Debe interponerse ante el órgano que lo dictó en los 15 días siguientes.

RECURSO DE CASACIÓN Es un recurso extraordinario. No supone una segunda o tercera instancia contra resoluciones judiciales sino que se trata de comprobar si la sentencia impugnada ha aplicado o interpretado correctamente o no el derecho. Es un recurso contra la sentencia, no contra el acto.