La Reforma Integral de la Educación Media Superior
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La Reforma Integral de la La Reforma Integral de la
Educación Media SuperiorEducación Media Superior
INGRESO AL SISTEMA NACIONAL DE BACHILLERATO
JUNIO 2009
Atender los retos que enfrenta la EMS mediante la integración de un
Sistema Nacional de Bachillerato (SNB)
El SNB se estructura mediante la definición de un perfil del egresado, organizado a partir de competencias que conforman un Marco Curricular Común.
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Acuerdo 480 Acuerdo 480 por el que se establecen los por el que se establecen los lineamientos para el ingreso de lineamientos para el ingreso de instituciones educativas al Sistema instituciones educativas al Sistema Nacional del Bachillerato.Nacional del Bachillerato.
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Formación de un Comité que tendrá entre sus propósitos la responsabilidad de establecer los criterios, parámetros, metodologías, indicadores y en general las reglas que se aplicarán a los planteles para su ingreso, permanencia y, en su caso, salida delSistema Nacional de Bachillerato.
LINEAMIENTOS PARA EL INGRESO AL SNB.
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Los planteles deberán acreditar:
I. La adopción del marco curricular común.
El plantel deberá contar con las bibliotecas, laboratorios, talleres y en general con las instalaciones y equipamiento necesario para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje, así como el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, acordes a la modalidad.
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II. La existencia de una planta docente suficiente y que cumpla con las competencias que marca el perfil de la EMS.II. La existencia de una planta docente suficiente y que cumpla con las competencias que marca el perfil de la EMS.
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Los planteles deberán acreditar:
El plantel público será responsable del desarrollo, capacitación y certificación de su personal docente conforme a lo previsto en el Programa de Formación Docente de la Educación Media Superior(PROFORDEMS)
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Los planteles deberán acreditar:
III. Las instalaciones que satisfagan las condiciones de higiene, de seguridad y pedagógicas adecuadas para los servicios que se ofrezcan.
III. Las instalaciones que satisfagan las condiciones de higiene, de seguridad y pedagógicas adecuadas para los servicios que se ofrezcan.
IV. Los requisitos aplicables en función de la modalidad educativa en la que se imparta el servicio.
I. Compatibles con la naturaleza de los
estudios de que se trate.
El plantel deberá acreditar que la o las modalidades en las que se encuentre operando sean:
II. Operables en cuanto al desarrollo
del plan y programas de estudio
III. Funcionales con el material y
equipamiento que para tal efecto cuente
IV. Factibles en cuanto al logro de las competencias
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V. La generación de espacios de orientación y tutoría para la atención de las necesidades de los alumnos.
Es necesario que el MMC se acompañe de
esquemas de orientación y tutoría
para la atención de las necesidades de los
alumnos
Apoyo psicosocial para el desarrollo de actitudes,
comportamientos y habilidades favorables para
el autoconocimiento, la autoestima y la comunicación.
Apoyo y seguimiento individual o grupal de
alumnos en relación con los procesos de
aprendizaje y su trabajo académico.
Desarrollo de estrategias para fortalecer hábitos y técnicas de estudio que contribuyan a elevar el
aprovechamiento académico.
Implementación de acciones preventivas y
remediales.
Apoyo pedagógico para atender problemáticas particulares, mediante atención individual o
grupal.
Orientación vocacional para que los alumnos
identifiquen y elijan con mayor certeza las
opciones educativas, profesionales y laborales
VI. La participación en los procesos de evaluación que determine la Secretaría .
Evaluación del aprendizaje.
Evaluación de planes y programas de estudio.
Evaluación de apoyo a estudiantes.
Evaluación docente.
Evaluación de las instalaciones y equipamiento.
Evaluación de la gestión.
Evaluación institucional.
La evaluación integral comprende:
VII. La operación de la gestión escolar con base en el establecimiento de metas, objetivos, priorización, transparencia y planes de mejora continua del SNB.
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VIII. La adopción del sistema de control escolar del Sistema Nacional de Bachillerato.
IX. El facilitar el tránsito de alumnos de tal manera que sólo esté condicionado a la disponibilidad de espacios en los planteles.
X. La expedición de una certificación complementaria a la conclusión de los estudios en el SistemaNacional de Bachillerato.
El plantel que cumpla con lo establecido en la Ley, el Acuerdo 480 y demás disposiciones legales y administrativas aplicables, pasará a formar parte del SNB.La Subsecretaría difundirá, mantendrá actualizado y tendrá a disposición del público en general el registro pormenorizado de los planteles pertenecientes al SNB.
LINEAMIENTOS PARA EL INGRESO AL SNB
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Los planteles deberán solicitar su ingreso al Sistema Nacional del
Bachillerato a través del Sistema de Registro que para tales efectos
la Subsecretaría ponga a su disposición.
Del procedimiento de ingreso y registro en el Sistema Nacional de Bachillerato..
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Reforma Integral de la Educación Media Superior
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