La reforma

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Page 1: La reforma

La famosa:

“Reforma

Educativa”Mejor dicho, la

brevísima reforma

constitucional a

algunos artículos

relacionados con el

ámbito educativo

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Modificación 1Artículo 3ro.

III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundopárrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará losplanes y programas de estudio de la educación preescolar,primaria, secundaria y normal para toda la República. Paratales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de losgobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal,así como de los diversos sectores sociales involucrados en laeducación, en los términos que la ley señale. Adicionalmente,el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos confunciones de dirección o de supervisión en la educaciónbásica y media superior que imparta el Estado, se llevarán acabo mediante concursos de oposición que garanticen laidoneidad de los conocimientos y capacidades quecorrespondan. La ley reglamentaria de este artículo fijará lostérminos para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y lapermanencia en el servicio. Serán nulos todos los ingresos ypromociones que no sean otorgados conforme a la ley;

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Modificación 2En relación a nuevas facultades que le otorga al Congreso en materia educativa

Artículo 73

XXV. Para establecer, organizar y sostener en toda la Repúblicaescuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales;de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica,escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios,museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes ala cultura general de los habitantes de la nación y legislar en todo loque se refiere a dichas instituciones; para legislar sobre vestigios orestos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos,cuya conservación sea de interés nacional; así como para dictar lasleyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la Federación,los Estados y los Municipios el ejercicio de la función educativa y lasaportaciones económicas correspondientes a ese servicio público,buscando unificar y coordinar la educación en toda la República, ypara asegurar el cumplimiento de los fines de la educación y sumejora continua en un marco de inclusión y diversidad. Los Títulos quese expidan por los establecimientos de que se trata surtirán sus efectosen toda la República. Para legislar en materia de derechos de autor yotras figuras de la propiedad intelectual relacionadas con la misma;

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Ah, y la modificación más sustancial en cantidad

de texto es la adición de la fracción IX del

artículo 3ro, que declara al INEE como un

organismo público autónomo, señala sus

funciones, facultades y lineamientos generales

de operación. Especifica que serán 5 los

miembros de la Junta de Gobierno de dicho

organismo y que serán designados por el

ejecutivo y ratificados por el Senado, pero

tendrán “autonomía”.

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Bueno, si revisan los transitorios también encontrarán algunosnuevos elementos derivados de las modificaciones y laadición presentadas y que tienen que ver con la operaciónde estos nuevos mandatos.

Entre otras cosas reitera el procedimiento para nombrar a laJunta de Gobierno del INEE; que se creará un Sistema deInformación y Gestión Educativa, a través del cual se podráncomunicar las escuelas con la autoridad educativa; que elSistema Educativo deberá brindar al docente los apoyosnecesarios para superar sus debilidades; otorgar a lasescuelas autonomía de gestión; establecer de formapaulatina escuelas de tiempo completo, conforme elpresupuesto lo permita; prohibir en las escuelas alimentos queno favorezcan la salud de los educandos y bla, bla, bla, bla…

Pero como esto quedo señalado en los transitorios y no formaparte de ningún artículo de la Constitución, sólo da una ideade algunos programas federales que luego se veránfortalecidos

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Y esa es la gran “Reforma Educativa” que hará máscompetitivo a nuestro país, lo integrará a laeconomía del conocimiento y lo librará de todos susmales.

Con esto recuerdo las palabras que mencionó la

Dra. Guadalupe Moreno Bayardo recientemente, enun pseudo Foro de Consulta que organizó elGobierno Federal para legitimar su Plan Nacional deDesarrollo.

Ahí, la Dra. Bayardo, mencionó que a esto no se lepuede denominar Reforma Educativa, ya que noincide de forma estructural en las adecuaciones querequiere el Sistema Educativo Nacional para crecer ymejorar, es por eso mejor plantearlo como unareforma legal que modifica algunos artículosconstitucionales relacionados con la educación.