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La Normativa como marco de desarrollo e innovación tecnológica en la edificación

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La Normativa como marco de desarrollo e innovación tecnológica en la edificación

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1. DATOS DE PARTIDA DERIVADOS DE LA SITUACIÓN ACTUAL (I)

• Empleo: El sector de la construcción ha perdido cerca de un millón y medio de puestos de trabajo durante el período 2007-2012.

• Vivienda: Hoy se construye un 73% menos que en el año 2006. Aún así, según el Censo 2011, hay un total de 3.443.365 millones de viviendas vacías, sufriendo un incremento del 10,8% en la última década. De las viviendas construidas en la última década, existen 723.043 viviendas vacías (un 17% de aquéllas).

• Suelo: Según datos del Sistema de Información Urbana, existe suelo residencial ya clasificado para crecer durante los próximos 45 años.

Información General (I)

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1. DATOS DE PARTIDA DERIVADOS DE LA SITUACIÓN ACTUAL (II)

• Antigüedad del parque de vivienda: de los 25.208.623 millones que tenemos en España (Censo 2011), más de 5 millones de viviendas se construyeron hace más de 50 años y más de 8,5 millones tienen entre 30 y 50 años. Y sin embargo, la rehabilitación en España, aunque está convergiendo con Europa a consecuencia del desplome del sector de la construcción, aún está 13 puntos por detrás de la media europea en términos globales (28,7 %, frente al 41% del total de la construcción) y 10,6 puntos por detrás si sólo se hace referencia a la rehabilitación “residencial”. (Fuente: Euroconstruct 2011).

• El modelo de la legislación urbanística española: está planteado sobre la base del crecimiento expansivo de las ciudades y presenta importantes lagunas y obstáculos para permitir la ejecución de actuaciones sobre la ciudad ya hecha.

• Eficiencia energética: casi el 60% de las viviendas españolas se construyeron sin ninguna normativa mínima de eficiencia energética -la primera es de 1979-, lo que nos sitúa en una posición difícil de cara al cumplimiento de nuestros compromisos con Europa (Estrategia Europea 2020) salvo que seamos capaces de poner en marcha, en los próximos años, instrumentos que permitan mejorar la eficiencia energética de nuestros edificios, y con ellos, de las ciudades.

Información General (II)

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(I)

Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas

Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas (2013-2016)

Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.

2. NECESIDAD DE UN CAMBIO DE MODELO (I)

Medidas normativas (I)

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(I)

EN MATERIA DE REHABILITACIÓN:

potenciar la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, eliminando trabas actualmente existentes y creando mecanismos específicos que la hagan viable y posible.

ofrecer un marco normativo idóneo para permitir la reconversión y reactivación del sector de la construcción, encontrando nuevos ámbitos de actuación, en concreto, en la rehabilitación edificatoria y en la regeneración y renovación urbanas.

fomentar la calidad, la sostenibilidad y la competitividad, tanto en la edificación, como en el suelo, acercando nuestro marco normativo al marco europeo, sobre todo en relación con los objetivos de eficiencia y ahorro energéticos.

2. NECESIDAD DE UN CAMBIO DE MODELO (II)

Nuevos objetivos en la política de vivienda / sector de la construcción

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3. LA POSICIÓN DE LA REHABILITACIÓN EN ESPAÑA Y EUROPA (I)

La rehabilitación residencial representa la primera rama de actividad de la construcción en Europa en volumen de producción...

Producción en millones de € de la industria de la construcción en la Europa de los quince, por ramas de actividad. Datos previstos en 2012. Fuente: Euroconstruct 2012.

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3. LA POSICIÓN DE LA REHABILITACIÓN EN ESPAÑA Y EUROPA (II)

La rehabilitación, antes de la crisis, era insignificante en el total de la construcción en España y sigue manteniendo un peso muy débil…

Producción total de la industria de la construcción y producción en rehabilitación residencial en España (millones de €). Fuente: Euroconstruct 2012.

SPAIN 2008 2009 2010 2011 2012

PRODUCTION (million euro at 2011

prices)

New residential construction 66 046 34 344 24 899 19 770 17 398

Residential renovation 32 052 26 026 24 699 22 970 20 673

New non-residential

construction 35 566 26 817 19 952 16 480 13 431

Non-residential renovation 18 656 18 059 16 542 15 715 13 358

Civil engineering new 42 898 43 198 35 952 22 700 13 166

Civil engineering renovation 11 181 11 774 9 996 7 660 5 056

TOTAL 206 399 160 218 132 040 105 295 83 081

RATIOS

New residential construction 32,00% 21,44% 18,86% 18,78% 20,94%

Residential renovation 15,53% 16,24% 18,71% 21,81% 24,88%

New non-residential

construction 17,23% 16,74% 15,11% 15,65% 16,17%

Non-residential renovation 9,04% 11,27% 12,53% 14,92% 16,08%

Civil engineering new 20,78% 26,96% 27,23% 21,56% 15,85%

Civil engineering renovation 5,42% 7,35% 7,57% 7,27% 6,09%

TOTAL 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% 100,00%

Source: Euroconstruct, June

2012

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Y sin embargo, el parque edificado español es especialmente apropiado para optimizar la rehabilitación residencial a gran escala, porque tenemos un peso muy importante de vivienda colectiva, frente a la media europea, y ésta vivienda se sitúa mayoritariamente en municipios de carácter urbano...

Fuente: BPIE (Buildings’ Performance Institute Europe). Octubre, 2011. “Europe’s Buildings under the microscope”. Pág. 31.

Fuente: BPIE (Buildings’ Performance Institute Europe). Octubre, 2011. “Europe’s Buildings under the microscope”. Pág. 42.

3. LA POSICIÓN DE LA REHABILITACIÓN EN ESPAÑA Y EUROPA (III)

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Fuente

: BPIE

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Pág. 36.

• Parque edificado español: 25.208.623 millones de viviendas.

• Mas del 55% (13.759.266) tienen más de 30 años.

• Y casi el 21 % (5.226.133) tienen más de 50 años.

…y en tipologías de bloques construidos entre 1940 y 1980, antes de la existencia de una normativa de eficiencia energética mínima.

3. LA POSICIÓN DE LA REHABILITACIÓN EN ESPAÑA Y EUROPA (IV)

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…y en régimen de tenencia en propiedad, mayoritariamente sin pagos pendientes…

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3. LA POSICIÓN DE LA REHABILITACIÓN EN ESPAÑA Y EUROPA (V)

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Frente a la caída de actividad experimentada en toda Europa en el sector de la construcción con la crisis, la rehabilitación residencial parece mantener e incrementar levemente su actividad productiva...

Producción en millones de € de la industria de la construcción en la Europa de los quince, por ramas de actividad (los datos de 2011 son estimados y los datos de 2012 y 2013 son previsiones). Fuente: Euroconstruct 2012.

3. LA POSICIÓN DE LA REHABILITACIÓN EN ESPAÑA Y EUROPA (VI)

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4. TIPOS DE OPERACIONES (I): REHABILITACIÓN

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4. TIPOS DE OPERACIONES (II): REGENERACIÓN URBANA

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4. TIPOS DE OPERACIONES (III): RENOVACIÓN URBANA

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4. TIPOS DE OPERACIONES (III): RENOVACIÓN URBANA

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5. LEY DE REHABILITACIÓN, REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS (I)

Problemas actuales de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de los edificios en España

Accesibilidad: • Según datos del Censo 2001, de los 10,7 millones de viviendas en edificios de 4 o más plantas, 4 millones todavía no tienen ascensor y la decisión de si en un edificio se pone o no un ascensor la toma la Comunidad de Propietarios por acuerdo de las

3/5 partes.

Estado de conservación: • De acuerdo con los datos, aún provisionales, del Censo 2011, existen 83.532 viviendas en edificios ruinosos (apuntalados, declarados oficialmente en ruina o con declaración de ruina en tramitación), 265.788 en mal estado (tienen grietas acusadas, abombamientos en fachada, hundimientos o falta de horizontalidad en techos, suelos o escaleras, o ha cedido la sustentación del edificio) y 1.380.531 en estado deficiente (con bajantes de pluviales o evacuación de aguas residuales en mal estado, humedades en la parte baja del edificio o filtraciones en los tejados o cubiertas). • 156.208 viviendas carecen de servicio o aseo en su interior, según datos del Censo de 2001, pendiente de actualización.

Eficiencia energética: • Las viviendas consumen en España el 17% de toda la energía del país y las emisiones de gases de efecto invernadero causadas por los edificios han crecido más de un 20% desde 1990. (Según datos del Instituto de Diversificación y Ahorro de la Energía). • El 38% de los españoles están poco o nada satisfechos con el aislamiento contra el calor y el frío de sus viviendas y el 42% con el aislamiento contra el ruido (CIS septiembre de 2005). • 20 de los 29 países a los que afectan las dos Directivas comunitarias que exigen el certificado de eficiencia energética para vender o alquilar una vivienda, ya las tienen traspuestas. España era, junto con Grecia, Rumanía, Luxemburgo, Lituania, Hungría, Letonia y Eslovenia uno de los nueve países que había incumplido los dos plazos máximos para incorporarlas a su derecho interno. Se acaba de aprobar el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

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LEGISLACIÓN ACTUAL

La actual Ley del Suelo de 2008 impone a las actuaciones en suelo urbano casi las mismas cargas que al suelo urbanizable: entregas de suelos para rescatar plusvalías, con destino a zonas verdes, equipamientos, etc. Además, las plusvalías deben dedicarse prioritariamente a la construcción de nueva vivienda protegida. No responde a la realidad de las actuaciones necesarias sobre la ciudad ya existente, en las que el equilibrio entre cargas y beneficios es más complicado y dónde encontrar nuevos suelos para equipamientos y dotaciones no siempre es posible y debe buscarse alguna alternativa.

La vigente Ley de Propiedad Horizontal penaliza la rehabilitación sometiendo a acuerdos unánimes o amplias mayorías las posibles actuaciones de rehabilitación, incluso aquéllas que podrían venir demandadas por la Administración urbanística competente.

La Ley de Economía Sostenible y el Real Decreto-ley 8/2011 contienen legislación dispersa y asistemática, dedicada a la rehabilitación.

La Ley de Ordenación de la Edificación y el Código Técnico de la Edificación no explicitan cómo resultan de aplicación a la edificación ya existente.

LEY RRR

Se modifican todas las normas anteriormente mencionadas para sistematizar y aclarar el régimen jurídico aplicable a las operaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Allí dónde existen trabas injustificadas, se eliminan, dónde el vigente régimen jurídico requiere de normas flexibles, se incorporan y, además, se llenan las lagunas observadas.

5. LEY DE REHABILITACIÓN, REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA(II)

Flexibiliza la normativa vigente para favorecer y hacer viable LA REHABILITACIÓN: LEY 8/2013

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LEGISLACIÓN ACTUAL

La Ley 26/2011 sobre derechos de las personas con discapacidad obliga a garantizar la accesibilidad (ascensor, salva-escaleras, rampas…) mediante “ajustes razonables” en todas las edificaciones ya existentes antes del 1 de enero de 2016. Pero no se definen dichos ajustes, por lo que en la práctica es difícil su aplicación.

La Ley de Propiedad Horizontal faculta a cualquier discapacitado, persona mayor de 70 años o persona que preste servicios de voluntariado a exigir la instalación de un ascensor.

Cuando la decisión de hacer ajustes de accesibilidad es voluntaria, la mayoría exigible en comunidades de propietarios es de 3/5 partes.

LEY RRR

La ley define los “ajustes razonables” como aquellos que no supongan una carga desproporcionada o indebida teniendo en cuenta: su coste, las personas que deban pagarlo y los efectos discriminatorios que causa su ausencia.

Cuando no sea obligatorio realizarlos, se facilita la decisión voluntaria para garantizar la accesibilidad en las Comunidades de Propietarios, mediante la adopción del acuerdo por mayoría simple.

5. LEY DE REHABILITACIÓN, REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA(III)

Garantiza el cumplimiento de la ACCESIBILIDAD

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LEGISLACIÓN ACTUAL Todo propietario que vaya a vender o alquilar su vivienda debe entregar el Certificado de Eficiencia Energética, con carácter informativo, (Real Decreto 235/2013, de 5 de abril y Directivas comunitarias 91/2002 y 31/2010).

Es obligatorio realizar obras de eficiencia energética cuando se renueva la fachada o la cubierta de un edificio en más de un 25% (Código Técnico de Edificación).

Está prohibido realizar obras de aislamiento térmico por el exterior o cerrar terrazas y balcones si se supera la edificabilidad ya autorizada.

LEY RRR

Se facilita la realización voluntaria de obras para mejorar el aislamiento térmico y reducir la factura energética de hogares y ciudades:

oSe podrán cerrar terrazas y balcones de manera uniforme, si con ello se consigue mejorar la eficiencia energética de todo el edificio en más de un 30%. oPara la realización de obras de aislamiento térmico por el exterior(envolvente del edificio) se podrán ocupar superficies de espacios libres o de dominio público, si técnicamente no existiera otra opción.

5. LEY DE REHABILITACIÓN, REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA(IV)

Busca la mejora de LA EFICIENCIA ENERGÉTICA.

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LEGISLACIÓN ACTUAL

Los propietarios tienen el deber de mantener sus inmuebles en condiciones de seguridad, habitabilidad, salubridad y ornato. Este deber, de conformidad con la legislación urbanística autonómica está limitado para el propietario en un 50% del valor de reposición del inmueble (descontando el suelo), límite económico de la ruina, y juega también en las obras que se ordenen por motivos turísticos y culturales.

La Ley de Economía Sostenible 2011 incluyó un nivel adicional de conservación: la mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano, limitándola a determinados niveles de renta (en ella están las obras de accesibilidad o de adaptación de las instalaciones).

LEY RRR

No existen nuevos deberes de conservación que no se exijan ya, de conformidad con la legislación vigente, pero se definen con carácter uniforme, se facilita su cumplimiento mediante alicientes derivados de posibles modificaciones urbanísticas (edificabilidad, densidad, cambios de uso), la aplicación de economías de escala, la entrada de iniciativa privada ajena a la propiedad, con recursos propios y la flexibilización de las cesiones.

La Memoria de Viabilidad Económica para cada actuación permitirá equilibrar los beneficios y las cargas, así como reinvertir en la propia operación las posibles plusvalías.

5. LEY DE REHABILITACIÓN, REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA(V)

Se hacen viables las reformas que mejoran EL ESTADO DE CONSERVACIÓN DE LOS EDIFICIOS

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LEGISLACIÓN ACTUAL El Real Decreto-ley 8/2011 exige la Inspección Técnica de Edificios (ITE) para cualquier

edificación residencial con más de 50 años (incluye la vivienda unifamiliar), situada en un municipio con más de 25.000 habitantes, antes del 1 de enero de 2015. Algunas CC.AA. y Ayuntamientos tienen su propia regulación, que es incluso más exigente que la estatal.

La ITE se limita a las competencias urbanísticas de inspección y policía: revisa el estado de conservación del inmueble a los efectos de exigir la realización obras. No entra, generalmente en la accesibilidad, ni informa sobre la eficiencia o ineficiencia energética del edificio.

LEY RRR

Se deroga la ITE del RDL 8/2011 y se sustituye por un Informe de Evaluación del Edificio (IEE) que será obligatorio para edificios de tipología residencial colectiva, con más de 50 años, en el plazo de 5 años desde que alcancen tal antigüedad. El IEE analiza la conservación, la accesibilidad y la eficiencia energética del edificio, a efectos informativos y no produce duplicidades con las ITEs reguladas por CC.AA. Y Ayuntamientos.

3. LEY DE REHABILITACIÓN, REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA(VI)

La información sobre la situación del parque edificado español: El Informe de Evaluación del Edificio

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• La rehabilitación tiene efectos dinamizadores de la economía y generadores de empleo. Por cada millón de

euros públicos invertidos se generan 56 puestos de trabajo.

1º.- EFECTOS SOCIO-ECONÓMICOS

2º.- EFECTOS URBANÍSTICOS Y MEDIOAMBIENTALES

• Se conservará mejor el parque ya edificado.

• Se fomentará la calidad, la sostenibilidad y la competitividad, tanto en la edificación como en el suelo.

• Se aumentará la eficiencia energética, disminuyendo la factura energética de hogares y ciudades.

• Se reducirán las emisiones de Gases de Efecto Invernadero.

3º.- EFECTOS JURÍDICOS

• La modificación de la Ley de Suelo equilibrará los derechos de los propietarios y sus deberes, en el suelo urbano.

• La modificación de la Ley de Propiedad Horizontal flexibilizará y facilitará la adopción de acuerdos en las Comunidades de Propietarios.

• Las Administraciones Públicas podrán velar por la calidad y la sostenibilidad del parque edificado y de la ciudad, con información precisa y necesaria para ello.

5. LEY DE REHABILITACIÓN, REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA(VII)

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6. PLAN ESTATAL DE VIVIENDA (2013-2016) (I)

OBJETIVOS

Conseguir la máxima rentabilidad y eficacia posible con los recursos disponibles, facilitando una vivienda digna a quiénes más lo necesitan:

• Programa 1 Subsidiación préstamos convenidos

• Programa 2 Ayudas al alquiler

• Programa 3 Fomento parque público viviendas

• Programa 4 Fomento rehabilitación edificatoria

• Programa 5 Fomento de la regeneración urbana

• Programa 6 Apoyo a la implantación IEE

• Programa 7 Fomento de ciudades sostenibles

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6. PLAN ESTATAL DE VIVIENDA (2013-2016)

PROGRAMAS (I) DE FOMENTO DE LA REHABILITACION EDIFICATORIA

OBJETO

Impulso de las actuaciones de intervención en edificios e instalaciones para mejorar su estado de conservación, garantizar la accesibilidad y mejorar la eficiencia energética. Los inmuebles deberán tener una antigüedad anterior a 1981 y al menos el 70% de su superficie debe tener uso residencial de vivienda y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

BENEFICIARIOS: Comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de viviendas.

AYUDAS

• Hasta 4.000 € por vivienda para conservación

• Hasta 2.000 € por vivienda para mejora de la eficiencia energética (5.000 € si se reduce en un 50% la demanda energética del edificio)

• Hasta 4.000 € por vivienda para mejora de accesibilidad

Límite: la cuantía no podrá superar el 35% del presupuesto; excepcionalmente en el caso de mejora de la accesibilidad el 50% y en todo caso11.000 € como máximo por vivienda.

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6. PLAN ESTATAL DE VIVIENDA(2013-2016)

PROGRAMAS (II) DE FOMENTO DE LA REGENERACIÓN URBANA

OBJETO

Financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, de urbanización o reurbanización del espacio público o de edificación en sustitución de edificios demolidos, dentro de un ámbito delimitado: mínimo 100 viviendas, salvo excepciones (Ej: cascos históricos o núcleos rurales)

BENEFICIARIOS

Quienes asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación: Administraciones Públicas, comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades, consorcios, entes o empresas privadas.

AYUDAS

Máximo del 35% del presupuesto, con un tope de:

• Hasta 11.000 € por vivienda rehabilitada,

• Hasta 30.000 € por vivienda construida en sustitución de otra demolida y

• Hasta 2.000 € por vivienda para la obra de urbanización.

• Se podrán añadir 4.000 € anuales por unidad de convivencia a realojar.

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5. PLAN ESTATAL DE VIVIENDA(2013-2016)

PROGRAMAS (III) DE APOYO A LA IMPLANTACION DEL INFORME DE EVALUACION DE LOS

EDIFICIOS

OBJETO

Impulso a la implantación y generalización de un Informe de evaluación de los edificios (IEE) que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación, mediante una subvención que cubra parte de los gastos de los honorarios profesionales por su emisión.

BENEFICIARIOS

Comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos que realicen el informe de evaluación antes de que finalice el año 2016.

Subvención máxima: 50% del coste del informe del edificio

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6. PLAN ESTATAL DE VIVIENDA(2013-2016)

PROGRAMAS (IV) PARA EL FOMENTO DE CIUDADES SOSTENIBLES Y COMPETITIVAS

OBJETO

Financiación de la ejecución de proyectos de especial transcendencia:

o Mejora de barrios,

o Centros y Cascos históricos,

o Sustitución de infraviviendas,

o Eco-barrios y

o Zonas turísticas.

BENEFICIARIOS

Administraciones públicas territoriales, propietarios de edificios de viviendas, comunidades de propietarios, consorcios, entes asociativos de gestión.

AYUDAS

• Máximo del 40% del presupuesto, con un tope de:

• Hasta 11.000 € por vivienda rehabilitada,

• Hasta 30.000 € por vivienda construida en sustitución de otra demolida y

• Hasta 2.000 € por vivienda para la obra de urbanización.

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7. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN.

ACTUALIZACIÓN DEL DB-HE (I)

• el consumo de energía final del sector residencial es superior a 15.000 ktep, lo que

significa en torno al 17% del consumo final total;

• las emisiones totales del sector residencial son superiores a 17.000 kt de CO2, (algo más de una tonelada anual por hogar);

• el hogar medio español consume unos 10.000 kWh al año (0,85 tep anuales).

• la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios, según la cual los Estados Miembros deben fijar unos requisitos mínimos de eficiencia energética en los edificios con el fin de alcanzar niveles óptimos de rentabilidad, y los nuevos edificios que se construyan a partir de 2020 (2018 en edificios públicos) deberán tener un consumo de energía casi nulo.

• Esta actualización normativa se enmarca en el objetivo comunitario 20-20-20 en materia de clima y energía, entre cuyas medidas se incluye la mayor utilización de fuentes de energía renovables, el ahorro energético y la eficiencia energética, y el apoyo del cambio hacia una economía con bajas emisiones de carbono. Estas medidas sirven para disminuir nuestra dependencia energética y para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, en una aproximación al cumplimiento del Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

¿POR QUÉ ES NECESARIA UNA ACTUALIZACIÓN DEL DOCUMENTO BÁSICO DB HE DE AHORRO DE ENERGÍA?

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7. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN.

ACTUALIZACIÓN DEL DB-HE (II)

Una normativa más prestacional El nuevo DB-HE 2013 profundiza en el modelo prestacional del CTE, ya que emplea indicadores globales representativos de la eficiencia energética de los edificios. De este modo se flexibiliza la aplicación de la normativa, se permite a los proyectistas una mayor libertad para adaptarse a las condiciones de proyecto, y además se avanza en el uso de unos indicadores que puedan emplearse en un futuro para la definición de ámbito nacional de los edificios de consumo de energía casi nulo.

Un nuevo indicador: el consumo de energía primaria no renovable Además de las exigencias reglamentarias establecidas en el año 2006, se introduce como novedad importante la limitación del consumo energético para los edificios nuevos y para las ampliaciones de los edificios existentes, que se recoge en una nueva sección HE 0 que está relacionada con el resto de las secciones del documento, a las que en cierta forma engloba. En el Documento Básico se establecen otra serie de exigencias adicionales, entre las que cabe mencionar las relativas a la demanda energética de calefacción y refrigeración, a las descompensaciones térmicas en edificios de viviendas, a la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación en edificios de otros usos, a la contribución solar mínima de agua caliente sanitaria, y a la contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica en determinados edificios de usos específicos.

El tratamiento de las intervenciones sobre edificios existentes Otra novedad importante del DB HE 2013 es el tratamiento específico de las intervenciones en edificios existentes, para las que se incluyen exigencias concretas en la Sección HE 1 de limitación de la demanda energética, independientes de las establecidas para edificaciones de nueva planta. Sin embargo, y como norma general, en los edificios existentes el DB-HE sólo resulta de aplicación cuando el usuario decide llevar a cabo una intervención o cambiar el uso del edificio

¿CUÁLES SON LAS CLAVES DEL NUEVO DOCUMENTO BÁSICO DB HE DE AHORRO DE ENERGÍA?

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7. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN.

ACTUALIZACIÓN DEL DB-HE (III)

Una normativa más directa y trasparente Además de los aspectos puramente energéticos, en la nueva revisión se ha cuidado especialmente la facilidad de uso de la norma, procurando hacerla más clara y concisa, al tiempo que se han elaborado documentos de apoyo y herramientas que facilitan su interpretación, comprensión y aplicación práctica. Finalmente, se ha procurado hacer más transparente la norma, expresando de forma más directa sus objetivos con indicadores más claros y diferenciando dichos objetivos de la forma de alcanzarlos.

Un objetivo final: la disminución del consumo energético y la mejora de la eficiencia energética de los edificios Confiamos en que estos cambios conducirán a un cumplimiento de la norma más sencillo y eficaz y estimulará la innovación por parte de los agentes implicados, favoreciendo el desarrollo de herramientas, sistemas y estrategias de diseño que mejoren de forma sustantiva la eficiencia energética de los edificios.

¿CUÁLES SON LAS CLAVES DEL NUEVO DOCUMENTO BÁSICO DB HE DE AHORRO DE ENERGÍA?

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8. CONCLUSIONES

Las reformas abordadas apoyan un cambio de modelo en la política del sector de la construcción y de la vivienda, en un momento de crisis económico-financiera que afecta con especial gravedad al sector.

La rehabilitación residencial forma parte de un subsector de la economía española que cuenta con un gran potencial de desarrollo, hasta hoy desaprovechado.

Con la nueva Ley se posibilita la reactivación del sector de la construcción, contribuyendo así a la competitividad, al crecimiento de la economía y a la generación de empleo.

Se mejorarán las edificaciones en mal estado de conservación y se resolverán muchos de los problemas de accesibilidad en los edificios.

Se sentarán las bases para ir reduciendo paulatinamente la factura energética de los hogares y las ciudades,

Asimismo, se posibilitan nuevas fórmulas de financiación privada que hagan viable financieramente la rehabilitación, reduciendo las aportaciones de las familias beneficiadas y las del conjunto de los contribuyentes.

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La Normativa como marco de desarrollo e innovación tecnológica en la edificación