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LA GUÍA LEGAL QUE NECESITAS PARA PARTIR CON TU EMPRESA EN CHILE En esta guía encontrarás el conocimiento que necesitas para minimizar el riesgo de tu negocio y maximizar tus posibilidades de éxito. Redactada por el equipo de New Society Solutions SpA, Texto protegido por la ley de Derechos de Autor Nº 17.336. Prohibida su reproducción total o parcial sin el consentimiento escrito deNew Society Solutions SpA.

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LA GUÍA LEGAL QUE NECESITASPARA PARTIR CON TU EMPRESAEN CHILE

En esta guía encontrarás el conocimiento que necesitas para minimizar el riesgo de tu negocio y maximizar tus posibilidades de éxito.

Redactada por el equipo de New Society Solutions SpA,Texto protegido por la ley de Derechos de Autor Nº 17.336.

Prohibida su reproducción total o parcial sin el consentimiento escrito deNew Society Solutions SpA.

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Contar con una base legal sólida es un aspecto crítico que tu emprendimiento necesita

Lo sabemos, siempre lo “legal” puede sonar aburrido, pero los hechos son simples: Es más probable que tu emprendimiento sea exitoso si lo construyes sobre una base legal robusta, que le permita crecer sostenidamente en el tiempo.

Una buena base legal contempla:

• Elegir la forma societaria correcta.

• Utilizar los documentos corporativos adecuados.

• Manejardeformaconfiabletusfinanzas.

• Declarar y pagar tus impuestos a tiempo.

• Saber qué impuestos vas a pagar y por qué concepto, anticiparte a su ocurrencia.

• Usar contratos bien redactados y útiles.

• Proteger tu propiedad intelectual.

• Y mucho más.

Vamos a cubrir todo esto y más en este escueto, pero interesante E-Book. Lo más importante, te vamos a dirigir en la dirección correcta desde la cual partir legalmente con tu negocio y en un punto en el puedes continuar aprendiendo aún más.

¿Listo para darle con todo? ¡Aquí vamos!

ADVERTENCIA LEGAL:Este E-Book es muy general en su naturaleza y de ninguna forma constituye un consejo legal aplicable para tu negocio. Deberías hablar con un abogado acerca de tu situación particular antes de basarte en la información de este E-Book para proceder legalmente. La relación con un abogado es de confianza, por lo que es importante que su elección no se base en mera publicidad.

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ÍNDICECapítulo 1. PARTIENDO CON TU SOCIEDAD Parte I. ¿Por qué necesito una sociedad? . . . . . 4 Parte II. ¿Qué tipo de sociedad es la óptima para cada negocio? . 6 Parte III. Formas de constituir una sociedad . . . . 11 Parte IV. El estatuto de la sociedad. ¿Qué cláusulas componen un estatuto extraordinario? . . . 13

Capítulo 2. MANEJANDO LAS FINANZAS Y LOS IMPUESTOS Parte I. Aspectos tributarios a tener en cuenta a la hora de partir con tu emprendimiento . . . 16 Parte II. El inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) . . . . . . 20 Parte III. Obligaciones tributarias, pagando tus impuestos . . 23 Parte IV. Aspectos financieros a tener en cuenta . . . . 26

Capítulo 3. CONTRATANDO EMPLEADOS Y SERVICIOS Parte I. Contrato de trabajo . . . . . . . 30 Parte II. Boleta de honorarios . . . . . . . 31 Parte III. Relación de trabajo . . . . . . . 32 Parte IV. Responsabilidades tributarias laborales . . . . 33 Parte V. Cotizaciones previsionales . . . . . . 34 Parte VI. Subcontratación . . . . . . . 35

Capítulo 4. PROPIEDAD INTELECTUAL DE TU EMPRESA Parte I. ¿Qué es una marca y cuáles son los beneficios de su registro? . . . . . . . 36 Parte II. Procedimiento de registro de marca . . . . 38 Parte III. Protección laboral y societaria de tu propiedad intelectual . . . . . . . . 40 Parte IV. Otras consideraciones . . . . . . 41

Capítulo 5. CONTRATOS Parte I. ¿Por qué deberías utilizar contratos? . . . . 42 Parte II. ¿Qué es un contrato? . . . . . . . 43 Parte III. Consejos para tus contratos . . . . . 44

Capítulo 6. RECURSOS ADICIONALES

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PARTIENDO CONTU SOCIEDAD

Parte I. ¿Por qué necesito una sociedad?

Cuando una o más personas se juntan para llevar a cabo una empresa de la cual todos van a soportar los mismos riesgos y gozar de las utilidades y beneficios, se habla de una sociedad.

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Empresa y sociedad no son sinónimos. La empresa es una unidad económica y social que actúa en el mercado, mientras que la sociedad es un medio legal que permite la organización de la empresa.

En un mercado global y sin fronteras como el del siglo XXI, existen varias razones de orden económico, financiero y personal que evidencian la necesidad de contar con una sociedad para enfrentar en condiciones eficientes y competitivas la realidad del mundo de hoy.

Algunas de las ventajas de operar a través de una sociedad son:

1. Los recursos económicos de una persona natural resultan insuficientes para desarrollar competitivamente ciertas actividades.

2. La sociedad forma una persona jurídica, distinta de los socios individualmente considerados: ello permite separar el patrimonio de tu empresa de tu patrimonio personal, limitando tu responsabilidad y disminuyendo el riesgo que asumes.

3. Otorga mayor capacidad para acceder a subsidios estatales y créditos bancarios para el emprendimiento.

4. Te permite pactar con mayor o menor libertad la administración de la sociedad y el reparto de las utilidades obtenidas.

5. Existe un incentivo a la reinversión dentro de la sociedad, para hacerla crecer.

Capítulo 1.

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6. Te permite contratar empleados y reducirlo como un gasto necesario de la empresa, para efectos tributarios.

7. Obtención de una cuenta de banco propia de la empresa que te ayuda a manejar demejorformatusfinanzas.

8. Emprender como persona natural no es favorable, porque si quieres contar con beneficios previsionales o de seguridad social, deberás pagar las cotizaciones tú mismo.

“Como líder de tu empresa, tú decides si cumples o no la ley. Un líder fuerte, más reglas fuertes es igual a un negocio fuerte.”

- Robert T. Kiyosaki

WARNING - LEVANTAMIENTO DEL VELO CORPORATIVO:Si bien se limita la responsabilidad de los socios al monto de sus aportes en una sociedad, hay ciertas excepciones. Por ejemplo, si se utiliza una sociedad para el lavado de activos o simular un acto fraudulento, un tribunal puede “levantar el velo societario” y hacer que los socios sean personalmente responsables por las actuaciones fraudulentas de la sociedad.

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Parte II. ¿Qué tipo de sociedad es la óptima para cada negocio?

Existen distintos tipos societarios. Saber elegir el adecuado para tu negocio es esencial. Veremos las características de los tipos más utilizados en Chile, y determinaremos cuales son adecuadas según el negocio que quieras desarrollar.

A continuación, ofrecemos un cuadro comparativo de cada tipo, para luego profundizar en cada uno de ellos.

Administración Responsabilidad Razón social ¿Puedo ceder mis derechos?

1.Empresa individual deresponsabilidadlimitada (EIRL)

- Por el titular administrador.- Un gerente general.- Mandatario general o especial.

Limitada al monto del aporte.

Nombre de uno de los socios o objeto/giro+ “EIRL”.

No se pueden ceder derechos, es personal.

2.Sociedad deresponsabilidadlimitada

- Por todos los socios- Uno o varios socios.- Un tercero extraño.

Limitada al monto del aporte.

Nombre de uno o varios socios u objeto de la sociedad + “Ltda”.

Derechos no se ceden, sólo por acuerdo de todos los socios y reformando los estatutos.

3.Sociedad poracciones

Administrador/es, gerentes o un Directorio.

Limitada al monto del aporte de cada accionista.

Cualquier nombre social + “SpA.”.

Acciones son negociables y cedibles.

4.Sociedad anónima

Directorio Limitada al monto del aporte de cada accionista

Cualquier nombre social + “S.A”.

Acciones negociables y cedibles.

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1. Empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL)

Permiten a personas naturales constituirse como empresa y gozar de personalidad jurídica, sin tener que formar una sociedad.

Son personas jurídicas con patrimonio propio distinto del titular y con carácter comercial.Opera con un RUT distinto al del titular y su responsabilidad se torna limitada, es decir, el titular sólo responde con sus bienes personales hasta el monto del aporte de capital efectuado a la Empresa. La empresa, por su parte, responde con todos sus bienes. Por ejemplo “Nicolás Massú Actividades Deportivas EIRL”.

La administración corresponde a su propietario, pero éste puede dar poderes generales o especiales a un gerente o mandatario.

La EIRL puede eventualmente transformarse a sociedad, sea una SpA o SRL, dada esta característica, es una gran opción para que una persona inicie con su negocio.

Personas naturales que busquen emprender u organizar su patrimonio de forma individual.

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2. Sociedad de responsabilidad limitada

Son sociedades que se constituyen en base a la confianza recíproca entre los asociados, donde todos tienen derecho a administrarla. Como toda sociedad que veremos en este E-Book, los socios son sólo responsables de hacer sus aportes.

Como sociedad de personas, cada socio es considerado fundamental en sí mismo, y su participación en la sociedad se representa por un porcentaje o cuota del capital total. No existe libertad para ceder derechos sociales, justamente porque se considera a la persona como integrante fundamental de la sociedad.

Siempre debe estar formada por a lo menos 2 socios y puede incorporar hasta 50 socios. Esto es una limitación en comparación con las SpA.

Son más simples en su administración que las S.A.; pero mucho más limitadas que una SpA. Para modificar las sociedades limitadas siempre se debe hacer por Escritura Pública, lo que aumenta los costos del trámite.

Empresas que por distintos motivos consideren a la persona específica del socio como primordial, ya sea por sus habilidades o características, buscando la permanencia de ellos y su continua injerencia en la sociedad.

Por muchos años, este fue el tipo societario más usado en Chile. Hoy en día, las estadísticas muestran que la SpA es el tipo preferido a la hora de emprender.

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Creadas en el 2007, Las SpA son el tipo de sociedadmásmoderno y flexible. Sonsociedades de Capital destinadas a la organización del “capital de riesgo”, esto es, aquellas inversiones que se efectúan en empresas emergentes o pequeñas, que prometen un alto rendimiento, pero cuyo alto riesgo no les permite el acceso al crédito.

Pueden tener uno o más accionistas, gozan de libertad y flexibilidad para pactar la forma de administración de la sociedad.

Si los accionistas nada pactan, tienen libertad para vender y ceder sus acciones1. Requiere una Junta de Accionistas Anual.

Su constitución y modificación puede ser por instrumento privada protocolizado, lo que es más económico en términos de gastos notariales que una Escritura Pública.Son las preferidas de nuestros clientes, por las amplias libertades y ventajas tributarias de las que gozan.

1 Es importante que se regule de qué forma van a entrar nuevos accionistas y de qué forma van a salir los antiguos, no recomendamos plena libertad en este aspecto.

3. Sociedad por acciones

Emprendimientos que buscan crecer en el tiempo y manejar sus negocios de forma flexible y personalizada.

Las SpA son el único tipo societario en chile que permiten constituirse mediante un acuerdo privado de los accionistas, permitiendo reducir los costos hasta en un 30%. Además, permite que exista 1 solo accionista.

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4. Sociedad anónima abierta y cerrada2

Las empresas que requieren de grandes inversiones para su creación y funcionamiento necesitan una estructura que posibilite la reunión de grandes capitales, permitiendo recurrir al ahorro del público, limitando el riesgo y facilitando la libre transferencia de sus acciones. Están sometidas siempre a los sistemas de contabilidad completa, por lo que no son adecuadas para partir un pequeño negocio.

Está compuesta de 3 órganos:Una Junta General de Accionistas: A ella concurren los

accionistas para manifestar la voluntad esencial de la sociedad, decidiendo los asuntos más importantes dentro de ella.

Son Administradas por un Directorio compuesto de miembros designados por los mismos accionistas en la constitución de la sociedad o en una Junta posterior y sus facultades están reguladas legalmente.

Dependiendo de si es una S.A Abierta o Cerrada, pueden ser sometidas a la fiscalización de entes tanto privados como también públicos.

Estas sociedades deben ser constituidas por Escritura Pública y todamodificacióndebe ser acordada por un quorum mínimo de las acciones con Derecho voto, por regla general, en una junta de accionistas.

2Existen,además,SociedadesAnónimasespeciales,sometidasareglasespecíficassegúnsuactividad.Sonespeciales las compañías de seguros, las administradoras de fondos mutuos, los fondos de pensiones (AFP), bancos, entre otras.

Grandes emprendimientos y empresas que requieran de formas de financiamiento más complejas y necesiten de una estructura corporativa más sofisticada para desarrollar sus actividades económicas.

Lo que diferencia a una S.A Abierta de una Cerrada es que las primeras inscriben sus valores en el Registro de Valores que lleva la Comisión para el Mercado Financiero (ex SVS), quedando sometidas a su fiscalización y a reglas especiales.

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Parte III. Formas de constituir una sociedad

a) Sistema tradicional, escritura pública protocolizada

En pocas palabras, se requiere en primer lugar una escritura pública de constitución, redactadaporunabogadoyfirmadaantenotario,lacualdebeserprotocolizadayluegopublicada en extracto del Diario Oficial, luego debe serRegistrada en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces. Por último, el RUT se obtiene en la página web delSIIoenlasoficinasdelajurisdiccióndetuempresapresentandoelformulario4415.

Ventajas Desventajas

Los bancos e instituciones suelen considerar las sociedades constituidas de esta forma con mayor seriedad, mejorando las opciones de acceder a créditos, postular a beneficios o abrir cuentas bancariasy acceder a diferentes instrumentos financieros.

Los costos de realización del trámite son más altos, bordeando los $100.000 CLP. Además, toma más tiempo que el nuevo sistema.

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b) Sistema simplif icado, “empresa en un día”

Este nuevo e innovador sistema nace el 2015, junto con el Registro online de Empresas y Sociedades.

Los trámites principales se reducen a suscribir un “formulario” electrónico, donde se llenan lasdistintasopciones, y luego sedebefirmarel formulario anteNotarioobienmediante el empleo de la Firma Electrónica Avanzada.

Al ser aparentemente sencillo y “para todos”, el nuevo sistema permite crear sociedades básicas y riesgosas. Proteger tus intereses actuales y futuros depende de una buena redacción de estatutos, a través de una escritura casuística y realista. Por ello, recomendamos siempre buscar asesoría profesional para no poner en riesgo intereses y relaciones entre personas.

Muchas veces las cláusulas de prellenado de los estatutos traen problemas posteriores y son necesarias modificaciones a los estatutos, para que puedan operar, por ejemplo, con bancos.

En New Society Solutions recomendamos constituir tu sociedad bajo el sistema nuevo, ofreciendo escrituras de alta calidad que logramos ingresar al sistema con técnicas específicas. De esta forma, obtienes más valor por menos dinero.

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Ventajas Desventajas

Sistema es más rápido y económico, el precioporlafirmaennotaríanosuperalos$8.000.

Es más simple realizar una posterior modi-ficación a los estatutos societarios.

Falta de redacción legal precisa y técnica enlosestatutos,quetraedesconfianzaporparte de los bancos en el sistema.

Los socios que no se asesoran no se vinculan de una forma motivante para el desarrollo de sus negocios.

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Parte IV. El estatuto de la sociedad. ¿Qué cláusulas componen un estatuto?

Una buena redacción de estatutos sociales protege los intereses personales y logra motivar a todos los socios o accionistas, estableciendo los intereses de la sociedad y de qué forma se van a cumplir entre los socios y previniendo situaciones que puedan generar problemas en el futuro.

Es necesario verificar ladisponibilidad de constituir una sociedad con ese nombre y también analizar la factibilidad del registro de la marca de tu negocio. No quieres operar con un nombre que otra persona ya tiene el derecho exclusivo de explotar para sí mismo, yaqueestopuedegenerarconflictoslegales.

1. Nombre de tu sociedad

“Es mejor establecer como pelear cuando todavía somos amigos.”

Es el giro de los negocios a los cuales se va a dedicar la sociedad, esto es importante para determinar temas tributarios – por ejemplo si la sociedad está gravada con el pago de IVA o no – y determina los actos que los administradores pueden ejecutar en nombre de la sociedad.

2. Objetivo de la sociedad

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3. Domicilio de la sociedad

Es el lugar donde la sociedad ejerce sus actividades y se encuentra físicamente. Este punto cobra mucha importancia desde la arista tributaria, ya que el domicilio que elijas debe ser verificado porel SII, a través de un contrato que vincule a la sociedad con algún inmueble,yaseauncertificadodedominiovigentedelasociedad,un arrendamiento, subarrendamiento o cesión de uso.

4. Monto del capital aportado y cantidad de aporte de cada uno de los socios

Puede ser en dinero, trabajo, propiedades, servicios o una combinación de todas ellas.

Es importante incluirlas para prevenir que los socios divulguen información importante de la sociedad, y restringe a los socios de tener participación e intereses comprometidos con empresas de la competencia.

6. Cláusulas de no competencia entre los socios y de confidencialidad

La forma de administración varía por cada tipo de sociedad, siendo la con más libertad para pactar una forma de administración la SpA.

5. Forma de administrar tu sociedad

También es importante considerar agregar reglas que restrinjan a los socios vender sus acciones sin algún tipo de aceptación por parte de sus cofundadores. Te invitamos a investigar algunas de las formas de transferencia de acciones más usuales como los “Drag AlongRights”,“TagAlongRights”,“Rightoffirstrefusal”,cláusulasdecompra de acciones en caso de muerte de uno de los socios.

7. Métodos de entrada de nuevos socios y salida de antiguos

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Determina de qué forma se van a retirar las ganancias de la sociedad por cada uno de los socios o accionistas. En estos casos se puede considerar el monto de los aportes de cada uno de los socios, pero también se pueden establecer otros mecanismos: aconsejamos siempre que se valore de forma justa y racional la forma en que cadaparticipantegozarádelosbeneficiossociales.

Es importante establecer de qué forma los socios van a tomar decisiones y, en caso de conflictosdeintereses,dequémaneravanasolucionarsusdiferencias.Enlosnegocios,donde muchas veces se maneja dinero y se debe tomar decisiones importantes en torno a él, dejar claro este punto puede evitar discusiones dañinas que impliquen incluso término de tu emprendimiento y deterioren las relaciones entre personas. Asegúrate y evita que esto suceda.

10. Forma de reparto de utilidades

11. Forma de resolución de conflictos

Se pueden incluir cláusulas que dejen claro que todos los productos del trabajo de la sociedad, creado por los dueños o sus empleados serán de propiedad de la sociedad y no de los socios o accionistas.

9. Propiedad intelectual

Puedes crear una sociedad por un tiempo limitado o durante la duración de un proyecto en particular. Lo general es que la duración delasociedadseaindefinidaeneltiempo.

8. Duración de la sociedad

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MANEJANDO LASFINANZAS Y LOS IMPUESTOS

Capítulo 2.

Tus parámetros más importantes a la hora de proyectar lo exitoso que va a ser tu negocio sonlosdetusfinanzas.Tenerloclaro,tepermitirádefinirsivasaobteneronogananciasportunegocio,estoselograproyectandounflujodecajaesperadoconformealtiempode operación de la empresa.

Si bien este libro se enfoca en las aristas legales de tu emprendimiento, sentimos que es deimportanciaanalizarlostemasfinancieroseimpositivosbásicosparaayudarteahacerlas cosas de la forma correcta.

Parte I. Aspectos tributarios a tener en cuenta a la hora de partir con tu emprendimiento

Es necesario que tengas en cuenta una serie de elementos tributarios a la hora de iniciar a gestionar tus actividades para determinar cuál va a ser la carga impositiva de tu empresa y así agregarlo a tu proyección de gastos estimados.

Algunos de los aspectos que debes tener en mente son:

a) Qué impuestos se pagan:

En primer lugar, el impuesto de primera categoría (IDPC) o Impuesto a la renta que afecta a las empresas, sobre sus ganancias netas, las cuales se determinan de la siguiente forma:

+ Ingresos– Gastos necesarios para generar la renta

= Base imponible

La tasa de este impuesto para el 2018 es de 27% de las utilidades de la empresa, lo que es la base imponible.

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Desde Hasta Factor Cantidad a rebajarDe $ 0,00 7.481.646,00 Exento $0,007.481.646,01 16.625.880,00 0,04 299.265,8416.625.880,01 27.709.800,00 0,08 964.301,0427.709.800,01 38.793.720,00 0,135 2.488.340,0438.793.720,01 49.877.640,00 0,23 6.173.743,4449.877.640,01 66.503.520,00 0,304 9.864.688,866.503.520,01 83.129.400,00 0,355 13.256.368,3283.129.400,01 y más 0,4 16.997.191,32

Renta imponible anual

Unidad tributaria *Mes de Diciembre de 2016 = $46.183*Anual (12 x $46.183) = $554.196

En segundo lugar, el impuesto global complementario que afecta a las personas naturales. Este es un impuesto por tramo y progresivo. Entre mayor sea la ganancia, mayor es el impuesto. Grava las rentas provenientes del capital sea chileno o extranjero y se cobra de forma anual, en abril, durante la operación renta.

Para determinar el global complementario, de todas formas, el SII aplica una serie de créditos y rebajas que buscan incentivar el ahorro en las personas y empresas.

Estevaaserelimpuestofinalquepaguescomopersonanaturalporlasgananciasqueobtengas de todas tus inversiones, como arrendamiento de tus inmuebles, participación en sociedades por sus ganancias declaradas y boletas de honorarios que no provengan de un vínculo laboral. Es un impuesto por tramo, por eso se realiza una rebaja mayor conforme subes de tramo, con un gasto presunto del 30%, por las boletas de honorarios (con un máximo de 65UTA), y la posibilidad de deducir más gastos en la declaración anual de impuestos.

En tercer lugar tenemos el impuesto adicional que afecta a las personas naturales y jurídicas que no tienen residencia ni domicilio en Chile. Se aplica con una tasa general de 35% y opera sobre la base de retiros y distribuciones de dinero al exterior y que tengan su fuente en negocios realizados en Chile.

Por último el famoso IVA que afecta a las ventas y servicios, la empresa queda afecta al pago mensual de este impuesto dependiendo del giro en el que realice sus actividades.

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b) Los diferentes sistemas tributarios actuales, importantes para el momento de hacer inicio de actividades.

Renta presunta (Art. 34 Ley de impuesto a la renta):

Útil para los pequeños empresarios transportistas, agrícolas, pequeños comerciantes y mineros, se paga impuesto sobre la base de una renta presunta. Por ejemplo en los bienes raícesagrícolasesun10%delavalúofiscaldelpredio,paralostransportistasun10%delvalor corriente en plaza de su vehículo.

TributaciónSimplificada(Art14TerLetraA):

El favorito de los emprendedores. Es un sistema enfocado a las micro, pequeñas y medianas empresas, que tengan un promedio de ventas anuales menores a 50.000UF, la contabilidad se lleva en base a un registro de compras y ventas que el mismo SII lleva on-line y se basa en la información de los documentos tributarios electrónicos emitidos y recibidos por la sociedad. Además de un libro de compra y venta en caso de estar afectos a IVA. Van a pagar IDPC, IVA en caso de estar afectos. Las utilidades de la sociedad se entiendenretiradaspor lossociosalfinaldelperiodotributarioysegenerauncréditopor el IDPC pagado con anterioridad por la sociedad, generando la famosa “devolución de impuestos”.

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Sistema renta atribuida (Art 14 A LIR):

Sistema tributario que aplica a cualquier segmento de empresarios, sin limitaciones. Tienen que llevar contabilidad completa obligatoria. Se deben llevar todos los registros que corresponden, entre ellos: Libros de Caja, Diario, Mayor, Inventarios, Balances y los libros auxiliares como Libro de Ventas Diarias, de Remuneraciones, de impuestos retenidos. Es un sistema complejo y atribuye un 100% de las utilidades obtenidas en el periodo tributario. Los socios afectos al Impuesto Global Complementario tienen derecho a crédito del impuesto de primera categoría pagado por la empresa, y podrán obtenerlo en su devolución de impuestos.

Sistema Semi Integrado (Art 14B):

Es el sistema que la ley obliga a llevar a las grandes corporaciones, los que están sometidos a este sistema deben llevar contabilidad completa, todos los registros y libros que corresponden y una serie de libros auxiliares. Las sociedades anónimas abiertas en bolsa están obligadas a llevar este libro y las SpA y sociedades cuyos socios o accionistas sean personas jurídicas. La ventaja de este sistema es que los propietarios de las empresas pueden postergar su pago de impuestos al momento de efectivamente retirar las utilidades de la empresa. Tienen derecho a crédito por el 65% de lo pagado por Impuesto de primera categoría por la empresa.

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Parte II. El inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII)

Este es conocido por todos como el proceso de regularización tributaria de la empresa en virtud del cual quedará habilitado para emitir documentos tributarios como boletas o facturas electrónicas.

Todos los trámites se deben realizar ante la oficina del SII de la jurisdicción (lugar)donde la empresa tenga su domicilio.

a) Inscripción al rol únicotributario (RUT)

Una vez constituida la sociedad, con sus formalidades, en primer lugar, en caso de haber creado una sociedad a la antigua,

es decir, por escritura pública protocolizada, se debe realizar un proceso de obtención deRUT, el cuál es unnúmeroúnico enChile, que fue establecido como identificacióntributaria para personas naturales y jurídicas. Esto es efectuado muchas veces de forma simultánea al inicio de actividades.

Para realizar este trámite el representante legal de la empresa o quien tenga poder para realizar la gestión debe acercarse a la unidad del SII correspondiente al domicilio de la empresa y presentar los siguientes documentos:

• Formulario 4415.

• Escritura de constitución de la sociedad.

• Extracto de la escritura de constitución.

• Inscripción en el registro de comercio del

conservador de bienes raíces.

• PublicaciónenelDiarioOficial.

Este trámite ahora también se puede realizar de forma on-line en la página web del SII.

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c) Inicio de actividades

El inicio de actividades es una declaración jurada, realizada a través del portal del SII de alguno de los representantes legales de la empresa. En esta declaración se formaliza ante el SII la intención de emprender cualquier actividad que causa o pueda causar impuestos. El plazo para realizarlo es dentro de 60 días desde que se comienza con la actividad.

Las empresas siempre van a iniciar sus actividades por renta de primera categoría, provenientes de actividades comerciales, industriales, etc. A diferencia de las personas naturales que pueden iniciar actividades por renta de segunda categoría.

Antes de iniciar actividades es importante tener claridad en el código de actividad económica, lo cual es correspondiente al giro de la Empresa. Una empresa puede tener másdeungiro,loscualesdebenserclaramenteespecificados.Es importante determinar esto, ya que puede ser una actividad gravada o no con IVA (Impuesto Al Valor Agregado de 19%).

En algunas jurisdicciones del SII solicitan llevar fotocopia de la cédula firmada, por lo que puede ser útil llevarla.

En el caso de las empresas creadas por Empresa en un día, este trámite no es necesario, yaquealfirmarlaescrituradeconstituciónantenotario,elsistemainmediatamenteleatribuye un RUT a la empresa.

b) Obtención de la clave de internet de la empresa

Esnecesarioquesepresenteel representante legalde laempresaen laoficinadelSIIcorrespondienteasujurisdicción,identificándoseconsucéduladeidentidad.

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d) Acreditación de domicilio

Como lo dijimos en un principio, la sociedad tiene que tener alguna vinculación contractual con algún bien inmueble, el cual debe quedar individualizado en el inicio de actividades de la empresa y debe ser el domicilio que los socios estimen necesario para las notificacionesdelSII,siemprequepuedantenerunarelacióncontractualconelmismo.Los contratos aceptados son el de arrendamiento, subarrendamiento y cesión de uso para efectos comerciales y tributarios, También se acepta que uno de los socios sea dueño del inmueble. Estos documentos serán revisados por un funcionario del SII.

Es importante que el domicilio esté en un lugar que les resulte como a ustedes atender alSII,yaqueseránatendidosenlasoficinasdesujurisdicción.

Una vez realizadas estas cuatro gestiones en la unidad del SII, el contribuyente estará habilitado para poder emitir facturas, notas de crédito, podrá administrar los documentos emitidos y recibidos, revisar su registro de compras y ventas, entre otras funcionalidades.

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Parte III. Obligaciones tributarias, pagando tus impuestos

Hay diferentes factores que van a determi-nar cómo tu compañía va a pagar sus im-puestos.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) se entera de tus movimientos anuales a través del ingreso de la información en las decla-raciones juradas. Estas declaraciones per-miten alimentar cada declaración de renta de la persona jurídica, que se realiza anual-mente en el Formulario 22.

a) Impuestos mensuales

Las personas jurídicas tienen la obligación de declarar sus movimientos mensuales, afectos o exentos de IVA en el Formulario 29. Este formulario está disponible para los contribuyentes a través de internet y viene previamente rellenado con los códigos que mensualmente se deben declarar, determinado esencialmente a través de la información disponible en el Registro de Compras y Ventas. A través de este formulario se realiza el pago del IVA mensual, los Impuestos Adicionales, las retenciones del Impuesto a la Renta, como el 10% de las boletas de honorarios y los Pagos Previsionales mensuales (PPM) del Impuesto de Primera Categoría.

¡Atento!LanopresentacióndelasDDJJenlosplazosdefinidosocasionarámultaseintereses.Los plazos de cada declaración jurada dependerán de cada una de ellas. Es importante tener en mente que siempre se va a tener que pagar impuesto de primera categoría sobre las ganancias de la compañía, incuso si es que estas utilidades no se repartieron a tu cuenta de banco personal a forma de retiro. Es por eso que es importante declarar todos los gastos en los que haya incurrido la empresa, a efectos de deducirlos de los ingresos obtenidos en el periodo tributario, con respaldo de los documentos que avalan dichos gastos.

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Este formulario divide por bloques de conceptos, asociados a cada impuesto en particular. El plazo límite para declarar el F29 es hasta el día 20 del mes siguiente al cual se debe realizar la declaración, si eres contribuyente en el sistema de facturación electrónica. En caso de no estar en el sistema de factura electrónica, el plazo máximo es hasta el día 12 del mes siguiente.

b) Impuestos anuales, para el sistema de tributación simplif icada del art. 14 TER

En este e-book sólo vamos a abarcar este sistema (14TER), ya que es el que utilizan los emprendedores. El impuesto anual se realiza a través de la declaración del Formulario 22 y se tributa considerando la utilidad determinada a partir del libro de ingresos y egresos (Registro de Compras y Ventas) que el mismo SII lleva por ti de manera on-line. Es decir, el cálculo se realiza considerando todos los ingresos realizados durante el año (facturas emitidas, rebajando los egresos (facturas del giro recibidas).

El saldo está afecto al impuesto de primera categoría o impuesto a la Renta de 27%. En este momento cobran importancia los PPM (pago previsional mensual) pagado mensualmente en el F29, ya que este monto se reajustará, y se rebajará del impuesto anual que debe ser cancelado por la empresa.

El formulario 22 se alimenta de las declaraciones anuales que los contribuyentes del 14TER están obligados a proporcionar al SII en plazos anteriores a la declaración del F22

• Declaración 1924: rentas y créditos correspondientes a propietarios, socios, comuneros o accionistas de contribuyentes acogidos al 14 TER.

• Declaración 1879: Boletas de honorarios y remuneraciones a directores.

Una vez hayas rellenado estas declaraciones, al presentar tú F22, te aparecerán los campos prellenados con la información de las otras declaraciones. Con esta información se obtendrá tu base imponible y te dará una propuesta por parte del SII, para que realices el pago de tus impuestos.

Recomendamos en este proceso de declaración anual la asesoría de un contador profesional.

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c) Ejemplo pago de impuestos

Empresa Socio 1 Socio1

Ingresos: $32.000.000 Honorarios: $8.000.000 Utilidad de la empresa: $3.000.000

Gastos: $26.000.000 Sueldos: $5.000.000Utilidad: $6.000.000 Utilidad de la empresa:

$3.000.000Impuesto de primera categoría (25%): $1.500.000

Ganancias anuales: $16.000.000

Ganancias anuales: $3.000.000

PPM: $850.000 A las personas naturales se les da un gasto presunto de 30%

Crédito IDPC: $750.000

Impuesto a pagar: $650.000Supuestos: PPM 2 Socios 50% de participación c/u

11.200.000 x 0,04 (segundo tramo IGC) $448.000 menos rebaja por $304.378 Monto a pagar: $143.621

Está totalmente exento de pago de impuesto global complementario, ya que se encuentra en el primer tramo

Monto pagado por IDPC $750.000 (crédito pago)+ 10% Retención boleta de honorarios3: $800.000 Se le llama también PPM voluntario para las personas naturalesDevolución de impuestos: $1.406.379

Devolución de impuestos: $750.000

3 Las cotizaciones previsionales fueron devueltas solamente hasta el año 2018, para la declaración del año 2019 legalmente no se va a poder solicitar la devolución, sin perjuicio de que en virtud de una reinterpretación del director del SII, puede que se permita por una última vez la devolución de las boletas de honorarios a los que trabajan independiente el 2019, eso está por verse.

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Parte IV. Aspectos f inancieros a tener en cuenta

a) La cuenta de banco de tu empresa

En primer lugar, la elección de un banco es una decisión importante, te permite separar el dinero de tu negocio de tu dinero personal, lo que facilita las declaraciones ante el SII y es muy útil para ordenar la contabilidad de la empresa. Al momento de optar por una cuenta de banco, además de las consideraciones típicas como si están dispuestos a realizar préstamos o abrir una línea de crédito, te invitamos a tener otros factores prácticos en cuenta:

1. Cuáles son las tasas de mantención de cuenta que debes pagar. Algunos bancos van a ofrecer cuentas gratuitas, como la cuenta emprendedor del banco estado, y otros van a reducir sus tasas si realizas ciertas transacciones a través de ellos o gastas un mínimo en tu línea de crédito. Te invitamos a cotizar.

2. Como se evalúa la plataforma online del banco que cotizaste. Es importante determinar la facilidad con la cual puedes transferir fondos de una cuenta a otra y con la que puedes pagar tus cuentas. También deberías tener ojo con la seguridad cibernética del banco que utilices.

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Documentos que vas a necesitar para abrir una cuenta de bancoLos bancos generalmente para abrir una cuenta de banco de empresas requieren

una serie de documentación que tiene como antecedentes mínimos como lo son:

1. Escritura de constitución de la sociedad

2. Balances contables de la sociedad

3. Declaraciones de renta de los socios y la sociedad

4. Inicio de actividades de la sociedad

5. Clave del SII

6. Carnet de identidad de los socios

3. ¿El software del banco te permite conectar tu cuenta con tu aplicación de contabilidad? ¿Tiene limitaciones en el monto de depósitos? ¿Qué tal es la aplicación del teléfono celular de tu banco? Son otras preguntas que te puedes hacer a la hora de contratar un servicio bancario.

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c) Si tienes empleados te recomendamos la utilización de Payroll y Previred para el pago de las cotizaciones

Siyatienestusfinanzasordenadas,unacuentadebanco,ytienesempleados,omuchaspersonas con boleta de honorarios independientes, lo mejor para ahorrar tiempo es una plataforma de payroll. Esto es importante ya que parte de sus sueldos deben ser retenidos para pagar las cotizaciones previsionales en PreviRed, sin ningún costo asociado, para estimar los montos se pueden ingresar los totales a un payroll y ellos retendrán el monto necesario para el pago de los impuestos y de las cotizaciones.

b) Utiliza una buena plataforma de contabilidad

La mayoría de los emprendedores maneja sus propios libros de contabilidad, por lo menos cuando están iniciando, si ya tienes una cuenta de banco y el registro de compras y ventas del Servicio de Impuestos Internos, mientras tus actividades no se complejicen, puede bastar. De todas formas recomendamos hacer una investigación para encontrar una buena plataforma de contabilidad.

La plataforma virtual con la que trabajamos en NSS es Varus, pero también existen otras como Chipax, ambas te permiten ver cómo va tu negocio de forma instantánea y tomarelcontroldelasfinanzassintenerquerecurriracomplejasplantillasdeExcel,conrazonables cuotas mensuales y posibilidad de coordinación con el banco y el Servicio de Impuestos Internos. También ayudan a gestionar la cobranza de tus facturas, lo que es un importante recordatorio, ya que una de las tareas más difíciles para un emprendedor es la de cobrar a sus clientes. Estas plataformas lo facilitan.

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CONTRATANDO EMPLEADOS Y SERVICIOS

Capítulo 3.

Muchos empresarios o emprendedores no lo saben, pero la clasificación (empleado oindependiente a honorarios) de las personas que les prestan servicios es muy importante, tanto respecto de sus obligaciones con ellos como respecto de los impuestos que debe pagar la empresa.

¡Ojo con los Proveedores!Si contratas otra empresa para que te preste algún servicio determinado, esa compañía te debe emitir una factura y tus obligaciones con ella van a ser menores que si contratas a alguien tú mismo. Para que te emitan la factura debes mostrar el E-RUT de la empresa, que es una aplicación del SII, donde demuestras que eres el representante legal de la sociedad.

Ahora es muy importante como emprendedor que entiendas las diferencias entre un contrato de trabajo y un contrato a honorarios.

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Parte I. Contrato de trabajo

El artículo 7° del Código de trabajo nos dice que “Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquél a pagar por estos servicios una remuneración determinada”. Es decir que en este caso:

• La obligación del trabajador consiste en prestar servicios en la forma convenida al empleador.

• La obligación del empleador es la de pagar una remuneración determinada, incluyendo impuestos y cotizaciones, por los servicios realizados por el trabajador.

• Hay un vínculo de subordinación y dependencia del trabajador respecto del empleador.

¿Qué es este vínculo de subordinación y dependencia?

La doctrina y los tribunales lo establecen como una relación que se da entre dos partes que básicamente se compone de ciertos elementos clave, centrados en la idea de sometimiento a otro. Estos elementos son por nombrar algunos: Obligación de asistencia, cumplimiento de horario, subordinación a las órdenes y directivas del empleador. Prestación de serviciosdeformacontinuaypermanente,laboresdefiscalizaciónysupervigilanciadelasactividades realizadas, etc.

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Parte II. Boleta de honorarios

En los servicios remunerados muchas veces puede incluso no haber un contrato de por medio, que es la forma en la que generalmente se prestan esta clase de servicios. Estos se prestan a título de asesoría, consulta, obra, estudio, proyecto o función determinada.

Lo importante en este caso es que no recibe órdenes ni instrucciones con motivo de su trabajo y no está obligado a cumplir con un horario en la empresa.

A estos trabajadores no se les aplican las disposiciones del código del trabajo, se rigen por el derecho civil o común. Es decir no tienen límites de jornadas laborales, vacaciones, cotizaciones previsionales (sólo

se les retendrá el 10% de la boleta de honorarios, que eventualmente se transferirá a su AFP,alcualseafiliancomoindependientes),tampocoselesdebeampararporaccidentesdel trabajo.

De todas formas, un trabajador dependiente si podría emitir boletas de honorarios con la empresa, en el caso de que este preste un servicio extra para su empleador, que se encuentre fuera de su horario y obligaciones laborales y también podría hacerlo fuera de la empresa en la que trabaja, mientras no se haya pactado una cláusula de prohibición de ejecutar labores dentro del mismo giro del negocio de la empresa.

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Parte III. ¿Qué pasa si se celebra un contrato o se establece una relación a honorarios, cuando en la práctica concurren elementos para decir que se trata de una relación de trabajo?

Es importante que sepas que si tienes a una persona a honorarios, y esta persona:

• Cumpleconunhorariofijodetrabajo.

• Presta servicios de manera constante.

• Bajo las ordenes de a quien se le presta el servicio (vínculo de subordinación y dependencia).

Tener en cuenta que esa persona tiene una acción para demandar en un juicio en Juzgados del Trabajo, donde podría eventualmente probar que la naturaleza

del vínculo entre ambos era más bien una relación laboral que un trabajo a honorarios. Esto puede traer altas consecuencias económicas, como el pago de indemnizaciones

altas por parte de la empresa además de dar cumplimiento a todas obligaciones laborales pendientes por el periodo en que se dio esta situación.

Todo esto se encuentra amparado por el artículo 8 del código del trabajo en el cual se establece el principio de primacía de la realidad.

Si planeas realmente escalar en tus negocios es muy importante que tengas esto en cuenta y que lleves tus obligaciones laborales al pie de la letra legal, ya que los tribunales laborales suelen ser Pro trabajador y no es extraño que las indemnizaciones logren alcanzar sumas de varios millones de pesos.

Como en el levantamiento del velo societario que hablamos antes, muchas veces para lograr soluciones justas el derecho va a buscar que prime la realidad por sobre laficción,evitandoasí losabusos legales,enestecaso,encontrade losderechosdel trabajador.

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Parte IV. Responsabilidades tributarias laborales

El Impuesto único al trabajador

También conocido como el impuesto de segunda categoría es un factor importante a la hora de establecer el sueldo líquido del trabajador, ya que es un impuesto por tramo y progresivo, es decir, los que ganan más, pagan más impuesto.

De esta forma, por ejemplo, los que ganan menos de $643.693 pesos se encuentran exentos de este impuesto y los que ganan más de $5.721.720 pagan un 35% de impuesto. Todo esto se puede rebajar a través de APV (ahorro previsional voluntario). En esta página del SII puedes

ver las tasas y tramos de este impuesto.Para mantener todo en términos simples, debes saber que en tu declaración del F29

mensual, tienes la obligación en caso de tener trabajadores afectos a este impuesto único de declarar en la línea 51 código 48 de dicho formulario el monto total al que asciende este.

¡Ojo!Que es importante determinar bien la cantidad de impuesto que se debe pagar por cada trabajador, reduciendo el monto de rebaja, que puedes encontrar en la tabla.

Boletas de honorarios

Conforme al artículo 74 N° 2 de la Ley de Impuesto a la Renta los empleadores se encuentran obligados a retener el 10% de tasa previsional de las boletas de honorarios, lo cual se declara y paga en el formulario mensual de IVA (F29), en la línea 52, código 151, esto es un pago previsional mensual, que se agrega al Impuesto Global Complementario.

Hasta el 2017 se hacía la famosa devolución del 10% retenido por las boletas de honorarios, respecto de las rentas del 2018, esto está por verse ya que si bien se ha dicho queesteañofinalmenteese10%obligatoriamentevaairalascotizacionesprevisionalesde la AFP a través de una transferencia que realiza el SII a dichas instituciones.

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Parte V. Cotizaciones previsionales

Otra de las muchas obligaciones que tienen los empleadores es la de pagar las cotizaciones previsionales, es por esto que se distingue entre el sueldo líquido y el sueldo bruto que va a recibir una persona.

Cotizaciones Obligatorias:

• Fondo de pensiones que se paga a una AFP (10%) o al IPS (ex INP).

• Más un porcentaje correspondiente a la comisión de la AFP.

• 7% de Salud que se paga a Fonasa o Isapre.

• 1,41% de Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. Se paga a través de la planilla de AFP.

• 0,93% por Accidentes del trabajo que se paga a una mutualidad (CChC, ACHS, ISL o IST).

• 4,11% de Aporte de Indemnización Obligatoria. Se paga a través de la planilla de AFP. Esta cotización debe ser pagada de cargo del empleador si el trabajador tiene menos de 11 años con el mismo empleador (En caso de superar las 132 cotizaciones continuas, no debe ser pagado este concepto).

Es por esto, que al contratar a una persona para trabajar por ti, tienes que tener en cuenta que aproximadamente un 23.45% de su sueldo bruto va a ser cotizaciones previsionales y que el sueldo líquido, que es lo que generalmente se pacta en el contrato de trabajo y lo que el trabajador va a recibir, no será el monto total que debes desembolsar por dicho trabajador.

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Prohibida su reproducción total o parcial sin el consentimiento escrito deNew Society Solutions SpA.

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Parte VI. Subcontratación

Las cosas son bastante más fácil cuando subcontratas un servicio, por ejemplo el de limpieza, ya que el subcontratista es responsable del pago de todas las cotizaciones previsionales e impuestos de susempleados.Tepuedesahorrarfiniquitosy demandas por enfermedades laborales subcontratando servicios. Finalmente podrás deducir el gasto de tu base imponible de Impuesto a la Renta a través de la factura recibida. Sin embargo, es muy importante solicitar el formulario de pago de cotizaciones e impuestos de la empresa contratista para evitar responsabilidad en

el caso de incumplimiento. Este formulario es el F30-1, que se obtiene en la dirección del trabajo.

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LA PROPIEDAD INTELECTUAL

DE TU EMPRESA

Capítulo 4.

Antes de abordar cualquier temática en este sentido, es importante definir queentendemos por Propiedad Intelectual (P.I.), esta se relaciona con las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizadas en el comercio.

El derecho protege la P.I. mediante diferentes mecanismos como marcas, patentes y derechos de autor que te permiten obtener reconocimiento y ganancias económicas por las invenciones o creaciones, protegiéndolas del uso de terceros sin tu consentimiento.

La P.I. busca crear un ambiente propicio y motivador para que prosperen la creatividad e innovación de las personas.

Parte I. ¿Qué es una marca y cuáles son los beneficios de su registro?

Tu marca es tu identidad. Esta debe asociarse con el conjunto de atributos y valores inherentes a tu empresa, por la que esta será identificada rápidamente por supúblico, es lo que en definitiva le da una personalidad a tu empresa, hace sentir a tus clientes de una determinada forma y la asocian con toda una experiencia.

El diseño, lenguaje y visualización de tu marca debería darle vida a la personalidad de tu empresa, es lo que va a quedar en el corazón y mente de tus clientes.

¿Qué es una marca? El INAPI (Instituto nacional de propiedad intelectual), órgano ante el cual se tramita la inscripción de la

marcaladefinecomo“Todosignosusceptiblederepresentacióngráfica,capazdedistinguiren el mercado; productos, servicios o establecimientos comerciales o industriales.”

Es importante proteger tu marca, tu identidad y lo que proyectas al consumidor, es por esto que el registro de dicha marca te concede una protección Territorial y Temporal, se protege tu marca a nivel nacional y por un periodo de 10 años renovables.

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Las marcas pueden consistir en una palabra (marca denominativa) o combinación de palabras(marcamixta),cifras;letras;símbolos;dibujos(marcasfigurativas)yhastasignosauditivos (marcas sonoras).

Pueden inscribirse también las frases de propaganda o publicitarias, siempre que vayan adscritas a una marca registrada del producto, servicio o establecimiento para el que se vaya a utilizar.

Es una ventaja registrar tu marca, ya que tus clientes al elegir tu producto saben que tiene asociada una determinada calidad y características. Todo esto amparado por una protección jurídica al titular, quien puede impedir que terceros utilicen su marca sin su consentimiento, tanto en operaciones comerciales como en aquellos servicios para los cuales la tiene registrada. Se puede proteger tu marca a través de acciones penales porlosdelitostipificadosenlaleyademásdeacciones civiles para indemnizar perjuicios por el uso de tu marca.Hay diferentes causales por las cuales una marca no podría ser registrada establecidas en la ley 19.039 de propiedad industrial en su artículo 20, es clave tener las más importantes en mente:

• Que carezca de distintivos que la diferencien de otra empresa o es de uso común en el comercio para ese tipo de productos o servicios. Por ejemplo, tratar de registrar la marca Auto para una empresa de automóviles. Aquellos signos que sean derechos adquiridos para terceros.

• Cuando el signo consista en la forma o el color de los productos de los envases o consista en color en sí mismo.

• Que el signo sea contrario a la moral o al orden público. Por ejemplo registrar el nombre de una droga ilegal.

• Los que se presten para inducir al error, engaño o confusión respecto de la procedenciageográfica,cualidadogénerodelosproductosyservicios.

• Marcas que se asemejen fonéticamente a otras ya inscritas válidamente con anterioridad para productos o servicios idénticos o similares.

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Parte II. Procedimiento de registro de marca

El procedimiento de registro de marca es complejo y existe una gran posibilidad de ser sujeto de una demanda de oposición o de una observación de fondo por parte de INAPI. Es por estas razones que recomendamos contratar a un abogado para realizar exitosamente el proceso. Los pasos más importantes son:

• La presentación de la marca, la cual puede ser de forma online en la página del INAPI

• La publicación en el Diario Oficial, con un plazo máximo de 20 días

hábiles, si no se realiza se tiene por abandonada la solicitud.

• Examen de fondo, después de 30 días hábiles desde la publicación, el director del INAPI revisa que la marca no se encuentra en alguna causal de irregistrabilidad. Encasodehaberobservacionesdefondo,setenotificaysepuedeapelarladecisión del director dentro de los 15 días hábiles siguientes.

• Demandas de oposición. Otras marcas tienen el derecho de oponerse por alguna de las causales legales ante el registro de marca que se intenta, dentro de los 30 días desde la publicación en el diario oficial. Sedebe contestar patrocinadopor un abogado.

• Aceptación de la marca. Una vez aceptada la marca para su registro, sin juicio o con juicio, se debe pagar el segundo impuesto de 2UTM, dentro de los 60 días siguientes al registro de la marca.

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Pago de derechos

Pago de derechos

1. Presentación de solicitud

2. Examen formal

3. Publicacióndiariooficial

4. Examen de fondo

5. Resolucióndefinitiva

6. Marca registrada

Solicitud Observada

Solicitud Observada ¿Cumple?

¿Cumple?

Si

Si

No

No Se resuelve

Abandonada

Recurso reclamación

Rechazada

Rechazada Tribunal de Propiedad Industrial (TPI)

Tribunal de Propiedad Industrial (TPI)Revoca sentencia

Revoca sentencia

Aceptada

Aceptada

Aceptada

Solicitud sin oposición

Solicitud sin observación

Solicitud con observaciones Notificaciónal

solicitante

Proposición de fallo

Ejecutoriada

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Parte III. Protección laboral y societaria de tu propiedad intelectual

Si contratas a alguien para crear algo para ti, probablemente vas a querer proteger que otras personas no puedan utilizar aquello por lo que tuviste que pagar para que fuera tuyo. Es por eso que se establecen una serie de prácticas a través de las cuales puedes proteger tu propiedad intelectual si este es el caso, como por ejemplo en una empresa de software o de creación, esta parte de la guía te va a ser muy útil.

Empleados

Hablando generalmente, tu compañía va a ser la dueña de la propiedad intelectual

creada por tus empleados dentro del marco de sus funciones, y en el horario de trabajo, con el equipo de trabajo.

De todas formas siempre es mejor pactar esto en los contratos de trabajo de forma tal que no haya lugar a dudas respecto de este punto tan importante.

¡Ojo!Que esto no sucede con los que prestar servicios y por lo tanto se emite boleta de honorarios, ellos son los dueños de lo que creen, salvo que en el contrato mismo de prestación de servicios se establezca claramente que para ciertos trabajos creativos, de forma escrita y expresa, que los derechos de propiedad intelectual emanados del mismo le pertenecen a la empresa.

¡Atento!Siempre utiliza un acuerdo escrito con una cláusula de protección de propiedad intelectual cuando contrates un servicio a honorarios para que una persona cree o invente algo para tu empresa.

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Parte IV. Otras consideraciones

Independiente de si contratas independien-tes o trabajadores, deberías tener en mente algunas protecciones legales extras.

• Acuerdos de confidencialidad: Se pueden pactar en contratos anexos al contrato de trabajo final, el pacto de confidencialidad los obliga a proteger tu información confidencial y les prohíbe divulgar o usar tu información sin tu consentimiento.

• Cláusulas de no competencia: Quieres que las personas que

trabajan para ti y que te prestan servicios independientes, firmen una cláusula de este estilo para prevenir que ellos compitan directamente en el giro de tus negocios mientras que te prestan servicios a ti y por un periodo posterior, ya que esteconflictodeinteréspuedetraerampliosperjuiciosatucompañía.

• Cláusula de no captación de clientes: Puedes pactar que tus empleados e independientes no tomen y capten a tus clientes mientras que trabajan para ti y por un periodo de tiempo posterior al término de su vinculación.

Todos estos pactos pueden ir en el mismo contrato de trabajo de la persona que vas a contratar y en el caso de un independiente se puede pactar en el mismo contrato en el que se pacta la prestación de servicios. Así mismo con alguna compañía que te preste servicios que incluyan el uso de información sensible de la empresa puede contenerestospactosquebuscanevitarconflictosposteriores.

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CONTRATOSCapítulo 5.

Pronto vamos a escribir otro E-Book, donde se desarrolle en profundidad el uso de contratos. Sin embargo, al ser un tema tan importante, no quisimos dejar de mencionarlo en este E-Book.

Parte I. ¿Por qué deberías utilizar contratos?

Los contratos te pueden ayudar a crear mejores tratos y relaciones. El proceso de elaboración, negociación y firma de uncontrato refuerza a las partes a pensar a través de varios escenarios de “qué pasaría si….”.

Como resultado, los contratos usualmente vienen de un proceso de mejor entendimiento de las partes, de lo que esperan la una de la otra en la prestación del servicio y también del razonamiento por el que pasaron para llegar al acuerdo en primera instancia.

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Parte II. ¿Qué es un contrato?

En términos simples es un acuerdo entre dos o más partes. Para lograr ese acuerdo vas a necesitar tres cosas:

1) Una oferta realizada por una de las partes.

2) Aceptación de la otra parte del contrato.

3) Algo de valor entregado por ambas partes, pudiendo esto ser un servicio, un pago o una consideración.

EnChiletodosloscontratosdebenserfirmadosantenotarioparaasegurarelposteriorcumplimientodelmismoyquenosepongaendudalafirmadeaquellosquelosuscriben.

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Prohibida su reproducción total o parcial sin el consentimiento escrito deNew Society Solutions SpA.

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Parte III. Consejos para tus contratos

En primer mantén el lenguaje simple y evita ponerte pomposo con las palabras utilizadas. Lo más importante es plasmar la voluntad de las partes de la forma más clara posible, de esa forma evitas ambigüedades.

Individualiza correctamente a las partes.

1. Nombre o razón social.

2. Representante legal

3. RUT

4. Domicilio

5. Profesión

Todo esto debería estar presente en la individualización de las partes.Fírmalo de forma correcta, si estás representando a tu empresa, es muy importante

que lofirmesanombrede laempresaynoanombretuyopersonal.Enesecasovaacambiar la persona obligada a cumplir el contrato.

Si es posible obtén Firma Electrónica Avanzada, tepermitefirmardocumentosdemanera digital independientemente de tu ubicación. Utilízalas cuando sea posible.

Negocia y lee tu contrato. Siempre deberías negociar los términos de los contratos que suscribes si no estás de acuerdo con ellos. Siempre ten en cuenta que los contratos buscanelbeneficiodeambaspartes.

No te saltes detalles importantes. Por ejemplo, si tienes un calendario de pago, ponlo de la forma más simple posible, con fecha, monto de cada pago y la forma en la que se va a realizar el pago, cláusulas de aceleración en caso de no pago, entre otras.

Terminación. Siempre es importante pactar las formas en las cuales va a terminarse la relación entre las partes de manera anticipada. También deberías plantear las consecuencias de que eso ocurra.

Trabaja con un abogado. Lo sabemos, quieres evitar pagar los honorarios de los abogas. Pero es usualmente la mejor manera de manejar tus contratos comerciales importantes. Vale la pena la inversión en personas de calidad.

Page 45: LA GUÍA LEGAL QUE NECESITASque actúa en el mercado, mientras que la sociedad es un medio legal que permite la organización de la empresa. En un mercado global y sin fronteras como

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RECURSOS ADICIONALESCapítulo 6.

Es importante que no pares de aprender.Es por eso que estamos en un proceso constante de crear información para que

minimices tus riesgos y maximices tus oportunidades de éxito en el emprendimiento.

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