LA GACETA N° 56 de la fecha 20 03 2014 -...

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  • La Uruca, San Jos, Costa Rica, jueves 20 de marzo del 2014

    AO CXXXVI N 56 96 pginas

  • Pg 2 La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014

    PODER LEGISLATIVO

    LEYESN 9190

    LA ASAMBLEA LEGISLATIVADE LA REPBLICA DE COSTA RICA, DECRETA:

    LEY QUE DECLARA DE INTERS PBLICO ELDESARROLLO TURSTICO DEL DISTRITO DE

    PITTIER DEL CANTN DE COTO BRUSARTCULO 1.- Declaracin de inters pblico

    Se declara de inters pblico el desarrollo turstico del distrito de Pittier del cantn de Coto Brus; para ello, el Estado, por medio de sus instituciones pblicas, podr promover el desarrollo de la infraestructura y las inversiones en turismo en la zona, bajo un esquema de desarrollo sostenible y un manejo adecuado del medio ambiente, que fortalezcan la condicin social y econmica del distrito.ARTCULO 2.- Apoyo del Estado

    El Estado podr apoyar todas las iniciativas de desarrollo local y las actividades de la pequea y mediana empresa de los habitantes del distrito, vinculadas al desarrollo del turismo.

    Rige a partir de su publicacin.COMISIN LEGISLATIVA PLENA SEGUNDA.- Aprobado el trece de noviembre de dos mil trece.Vctor Hugo Vquez Chaverri Gloria Bejarano Almada

    PRESIDENTE SECRETARIAASAMBLEA LEGISLATIVA.- A los diecinueve das del mes de noviembre de dos mil trece.

    COMUNCASE AL PODER EJECUTIVOLuis Fernando Mendoza Jimnez

    PRESIDENTEMartn Alcides Monestel Contreras Annie Alicia Saboro Mora PRIMER SECRETARIO SEGUNDA SECRETARIA

    Dado en la Presidencia de la Repblica, San Jos, a los dos das del mes de diciembre del ao dos mil trece.

    Ejectese y publqueseLAURA CHINCHILLA MIRANDA.El Ministro de

    Turismo, Allan Flores Moya.La Ministra de Ambiente y Energa a. ., Ana Lorena Guevara Fernndez.1 vez.O. C. N 20394.Solicitud N 60626.C-20770.(L9190-IN2014016265).

    9207LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

    DE LA REPBLICA DE COSTA RICA, DECRETA:REFORMAS DE LA LEY N 7600, IGUALDAD DEOPORTUNIDADES PARA LAS PERSONAS CON

    DISCAPACIDAD, DE 2 DE MAYO DE 1996,Y SUS REFORMAS

    ARTCULO 1.- Se reforman la definicin de discapacidad contenida en el artculo 2 y los artculos 62 y 67, todos de la Ley N. 7600, Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de 2 de mayo de 1996, y sus reformas. Los textos dirn:

    Artculo 2.- DefinicionesSe establecen las siguientes definiciones:[]Discapacidad: condicin que resulta de la interaccin entre las personas con deficiencias fsicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo y las barreras debidas a la actitud y el entorno, que evitan su participacin plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las dems.[].Artculo 62.- Multa

    Ser sancionada con una multa igual a un salario base establecido en la Ley N. 7337, de 5 de mayo de 1993, la persona fsica o jurdica que cometa cualquier tipo de discriminacin determinada por distincin, exclusin o preferencias, por una discapacidad, que limite la igualdad de oportunidades, en cuanto a la accesibilidad o el trato en materia de trabajo, educacin, salud, transporte u otros campos.Artculo 67.- Sancin por desacato de las normas de accesibilidad

    Los encargados de construcciones que incumplan las reglas de accesibilidad general establecidas en esta ley o su reglamento podrn ser obligados, a solicitud del perjudicado, a realizar a costa de ellos las obras para garantizar ese derecho. No se tramitarn permisos de construccin y se suspendern los ya otorgados hasta que se realicen las remodelaciones.

    ARTCULO 2.- Se adiciona al artculo 2 de la Ley N. 7600, Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de 2 de mayo de 1996, y sus reformas, la definicin de accesibilidad que se transcribe a continuacin y se corren las definiciones subsiguientes segn corresponda. El texto dir:

    CONTENIDOPg

    NPODER LEGISLATIVOLeyes ...................................................................... 2

    PODER EJECUTIVO Acuerdos .................................................................. 3 Resoluciones ............................................................ 4 Edictos ..................................................................... 5DOCUMENTOS VARIOS ........................................ 8TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos .................................................................. 56 Avisos .................................................................... 58CONTRATACIN ADMINISTRATIVA .............. 58REGLAMENTOS ................................................... 64INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ........ 64RGIMEN MUNICIPAL ....................................... 76AVISOS..................................................................... 76NOTIFICACIONES ................................................ 81FE DE ERRATAS .................................................... 96

    Lic. Freddy Montero MoraMINISTERIO DE GOBERNACIN Y POLICA

    Jorge Luis Vargas EspinozaDIRECTOR GENERAL IMPRENTA NACIONAL

    DIRECTOR EJECUTIVO JUNTA ADMINISTRATIVA

    Lic. Isaas Castro VargasREPRESENTANTE MINISTERIO DE

    CULTURA Y JUVENTUD

  • La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014 Pg 3

    Artculo 2.- DefinicionesSe establecen las siguientes definiciones:Accesibilidad: son las medidas adoptadas, por las instituciones pblicas y privadas, para asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso, en igualdad de condiciones con los dems, al entorno fsico, el transporte, la informacin y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologas de la informacin y las comunicaciones y a otros servicios e instalaciones abiertos al pblico o de uso pblico. Estas medidas incluyen tambin la identificacin y eliminacin de dichas barreras.[].

    ARTCULO 3.- Se adiciona el artculo 45 bis a la Ley N. 7600, Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de 2 de mayo de 1996, y sus reformas. El texto dir:

    Artculo 45 bis.- Libertad de accesoLas personas con discapacidad que utilicen perros guas

    o animales de asistencia, as como productos para apoyar la movilidad, tendrn libre acceso a todos los medios de transporte pblico, as como a toda edificacin pblica o privada, sin que esto les genere gastos adicionales.Rige a partir de su publicacin.

    COMISIN LEGISLATIVA PLENA PRIMERA.- Aprobado el cinco de febrero de dos mil catorce.Carolina Delgado Ramrez Luis Alberto Rojas Valerio PRESIDENTA SECRETARIOASAMBLEA LEGISLATIVA.- A los diez das del mes de febrero de dos mil catorce.

    COMUNCASE AL PODER EJECUTIVOCarlos Avendao Calvo

    VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIAMartn Alcides Monestel Contreras Annie Alicia Saboro Mora

    PRIMER SECRETARIO SEGUNDA SECRETARIADado en la Presidencia de la Repblica, San Jos, a los

    veinticinco das del mes de febrero del ao dos mil catorce.Ejectese y publquese

    LAURA CHINCHILLA MIRANDA.La Ministra de Salud, Daisy Mara Corrales Daz.1 vez.O. C. N 21319.Solicitud N 2741.C-45675.(L9207-IN2014016277).

    PODER EJECUTIVO

    ACUERDOSPRESIDENCIA DE LA REPBLICA

    N 692-PEEL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA

    Con fundamento en los artculos 141 de la Constitucin Poltica y el artculo 28, incisos 1 y 2.a) de la Ley 6227, Ley General de la Administracin Pblica.

    ACUERDA:Artculo 1Autorizar al seor Esteban Sols Salazar,

    cdula de identidad N 2-425-982, para que viaje a la Ciudad de Tegucigalpa, Honduras con el propsito de participar el Seminario de Inteligencia, el cual se llevar a cabo en ese pas del 13 al 16 de febrero del ao en curso. La salida est prevista para el 13 de febrero del 2014 y el regreso para el 16 de febrero del 2014.

    Artculo 2Los gastos por concepto de alimentacin, transporte y alojamiento del funcionario, sern cubiertos por la Embajada de los Estados Unidos de Amrica.

    Artculo 3Rige a partir del 13 de febrero del 2014 y hasta el 16 de febrero del 2014.

    Dado en la Presidencia de la Repblica, al ser los doce das del mes de febrero del dos mil catorce.

    Gustavo Alvarado Chaves, Viceministro de la Presidencia.1 vez.Solicitud N 2933.O. C. N 21067.C-17000.(IN2014015879).

    MINISTERIO DE GOBERNACIN Y POLICAN 014-2014 MGP

    EL MINISTRO DE GOBERNACIN Y POLICACon fundamento en las atribuciones que le confieren los

    artculos 28, incisos J) de la Ley General de la Administracin Pblica N 6227 del 2 de mayo de 1978, artculo 3 de la Ley N 5394 del 5 de noviembre de 1973 y artculo 2 del Reglamento de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, Decreto Ejecutivo N 3937-G del 1 de julio de 1974.

    ACUERDA:Artculo 1Designar al seor Ricardo J. Mndez Alfaro,

    cdula 1-0314-0024, como delegado de la Editorial Costa Rica ante la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, en sustitucin de la seorita Sofa Gonzlez Barboza, cdula 1-1342-0867.

    Artculo 2Rige a partir de su publicacin. Dado en la ciudad de San Jos, a las ocho horas del tres de

    marzo del dos mil catorce.Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernacin, Polica, y

    Seguridad Pblica.1 vez.(IN2014017302).

    MINISTERIO DE HACIENDAN 0080-2013-H

    EL MINISTRO DE HACIENDAEn uso de las facultades que le confiere el artculo 28.1.2.a

    de la Ley General de Administracin Pblica, Ley N 6227 del 2 de mayo de 1978.

    Considerando:1Que el seor Luis Alonso Bonilla Guzmn, cdula de

    identidad nmero 1-610-984, ha sido nombrado a partir del 02 de setiembre del 2009, para ocupar el cargo de Director de la Polica de Control Fiscal.

    2Que este Despacho autoriz vacaciones al funcionario Bonilla Guzmn, el da 06 de diciembre del 2013. Por tanto,

    ACUERDA:Artculo 1Recargar las funciones atinentes al cargo del

    Director de la Polica de Control Fiscal, en la servidora Paula Marn Montero, cdula de identidad nmero 3-359-864, el da 06 de diciembre del 2013.

    Artculo 2El presente acuerdo rige el da 06 de diciembre del 2013.

    Dado en el Ministerio de Hacienda, a los cuatro das de diciembre de dos mil trece.

    Jos Luis Araya Alpzar, Ministro de Hacienda a. .1 vez.O.C. N 21618.Solicitud N 6109.C-15910.(IN2014015041).

    MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZN 005-JP

    LA PRESIDENTA DE LA REPBLICAY LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

    En uso de las facultades conferidas por los artculos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitucin Poltica, el artculo 11 de la Ley N 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N 36363-JP del cinco de noviembre de dos mil diez.

    ACUERDAN:Artculo 1Nombrar al seor Johnston Jr. Douglas Allen,

    pasaporte 077656826, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundacin El Refugio Jaco, cdula jurdica N 3-006-668127, inscrita en la Seccin de Personas de la Direccin de Personas Jurdicas del Registro Nacional.

    Artculo 2Una vez publicado este acuerdo los interesados debern protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Seccin de Personas Jurdicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripcin.

  • Pg 4 La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014

    Artculo 3Rige a partir de su publicacin.Dado en la Presidencia de la Repblica.San Jos, el da

    veintids de enero del dos mil catorce.LAURA CHINCHILLA MIRANDA.La Ministra de

    Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vlchez.1 vez.O. C. N 20733.Solicitud N 1706.C-18410.(IN2014015552).

    N 007-JPLA PRESIDENTA DE LA REPBLICAY LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

    En uso de las facultades conferidas por los artculos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitucin Poltica, el artculo 11 de la Ley N 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N 36363-JP del cinco de noviembre de dos mil diez.

    ACUERDAN:Artculo 1Nombrar a la seora Marta Eugenia Solano Arias,

    cdula de identidad nmero 1-0453-0311, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundacin Justicia y Genero, cdula jurdica N 3-006-307008, inscrita en la Seccin de Personas de la Direccin de Personas Jurdicas del Registro Nacional.

    Artculo 2Una vez publicado este acuerdo los interesados debern protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Seccin de Personas Jurdicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripcin.

    Artculo 3Rige a partir de su publicacin.Dado en la Presidencia de la Repblica. San Jos, el da

    veinticuatro; de enero del dos mil catorce.LAURA CHINCHILLA MIRANDA.La Ministra de

    Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vlchez.1 vez.O. C. N 21658.Solicitud N 1709.C-18885.(IN2014015565).

    N 008-JPLA PRESIDENTA DE LA REPBLICAY LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

    En uso de las facultades conferidas por los artculos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitucin Poltica, el artculo 11 de la Ley N 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

    ACUERDAN: Artculo 1Acoger la renuncia del seor Luis Alberto

    Acua Montero, cdula de identidad nmero: 1-0520-0394, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundacin Abrazos de Amor, cdula jurdica N 3-006-661117 y dejar sin efecto el acuerdo nmero 004-MJP de 15 de enero de 2013 publicado en la Gaceta N 41 del 27 de febrero de 2013.

    Artculo 2Nombrar al seor Juan Bautista Molina Salas, cdula de identidad N 2-0404-0003 como representante del Poder Ejecutivo en la Fundacin Abrazos de Amor, cdula jurdica N 3-006-661117, inscrita en la Seccin de Personas de la Direccin de Personas Jurdicas del Registro Nacional.

    Artculo 3Una vez publicado este acuerdo los interesados debern protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Seccin de Personas Jurdicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripcin.

    Artculo 4Rige a partir de su publicacin.Dado en la Presidencia de la Repblica.San Jos, el

    veinticuatro de enero de dos mil catorce.LAURA CHINCHILLA MIRANDA.La Ministra de

    Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vlchez.1 vez.O. C. N 21658.Solicitud N 1707.C-24240.(IN2014015556).

    RESOLUCIONESMINISTERIO DE HACIENDA

    N DGT-R-013-2014.San Jos, a las dos horas y treinta minutos del catorce de marzo de dos mil catorce.

    Considerando:I.Que el artculo 99 del Cdigo de Normas y

    Procedimientos Tributarios faculta a la Administracin Tributaria, para dictar normas generales para la correcta aplicacin de las leyes tributarias dentro de los lmites que fijan las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.

    II.Que mediante el inciso 1) del artculo 4 de la Ley N 9154, publicada en el Alcance Digital N 120, a La Gaceta N 133 del 11 de julio de 2013, denominada Aprobacin del acuerdo por el que se establece una asociacin entre Centroamrica, por un lado, y la Unin Europea y sus Estados miembros, por otro, y aprobacin por parte de la Repblica de Costa Rica de la enmienda al artculo XXI de la Convencin sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres, adoptada en reunin extraordinaria de la conferencia de las partes, en Gaborone, Botswana, el 30 de abril de 1983, se crea un impuesto de cinco dlares estadounidenses (US $5,00) cuyo contribuyente ser toda persona fsica que salga del territorio nacional por un puesto fronterizo terrestre.

    III.Que mediante Resolucin DGT-R-005-2014, del 10 de febrero del dos mil catorce, publicada en La Gaceta N 38 del 24 de febrero de 2014, se dispuso el sistema de pago del Impuesto de salida por va terrestre, a partir del 3 de marzo de 2014 y el mecanismo de verificacin del mismo a cargo de las autoridades de migracin.

    IV.Que mediante Resolucin DGT-R-008-2014, del 28 de febrero del dos mil catorce, publicada en La Gaceta N 47 del 7 de marzo de 2014, se prorrog hasta el 17 de marzo de 2014, la entrada en vigencia de la resolucin N DGT-R-005-2014.

    V.Que tomando en cuenta que la Ley N 9154, adolece de claridad en materia de exoneraciones, particularmente respecto al tratamiento fiscal que debe drsele a los estudiantes y trabajadores transfronterizos, esto es personas nacionales y extranjeras residentes en reas fronterizas con las Repblicas de Panam y Nicaragua, que ingresan a territorio nacional, con el fin de asistir al sistema de educacin pblica costarricense, o a laborar, en forma permanente, transitoria, o por temporadas, se ha evaluado con las autoridades migratorias los riesgos al orden pblico que acarreara el impedir a estas personas el libre trnsito por las fronteras condicionndolo al pago del impuesto, concluyendo, por recientes experiencias que, se podran organizar protestas como las acaecidas en el mes de diciembre, cuando se bloque el acceso a los puestos fronterizos y se infringieron daos a las instalaciones por parte de manifestantes. De manera que a efecto de evitar situaciones como estas, ya que constituyen un asunto de orden pblico en zonas fronterizas y de afectacin de la imagen del pas se considera conveniente prorrogar la verificacin del pago del Impuesto de salida por va terrestre. Por tanto,

    Resuelve:Artculo 1Se prrroga hasta el 1 de abril del 2014, la

    verificacin del pago del Impuesto de salida por va terrestre dispuesto por artculo 5 de la resolucin N DGT-R-005-2014 del 10 de febrero del dos mil catorce, en todos los dems aspectos que regula dicha resolucin entrar a regir a partir del 17 de marzo de 2014, conforme se dispuso mediante artculo 1 de la resolucin N DGT-R-008-2014, de febrero del dos mil catorce.

    Artculo 2Vigencia. Rige a partir del 17 de marzo de 2014.

    Publquese.Carlos Vargas Durn, Director General.1 vez.Solicitud N 10782.O. C. N 3400020856.C-39440.(IN2014017158).

  • La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014 Pg 5

    EDICTOSMINISTERIO DE HACIENDA

    EL MINISTRO DE HACIENDACon fundamento en las atribuciones que le confiere los

    artculos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitucin Poltica; los artculos 25 inciso 1), 27 inciso 1), y 28 inciso 2), acpite b) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administracin Pblica de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; los artculo 99 incisos a) y c) de la Ley No. 8131, Ley de la Administracin Financiera de la Repblica y Presupuestos Pblicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo No. 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; artculo 40 de la Ley de Contratacin Administrativa No 7494 de 2 de mayo de 1995, y el artculo 140 prrafos 4 y 5 del Reglamento a la Ley de Contratacin Administrativa, Decreto Ejecutivo No 33411 de 27 de setiembre de 2006 y sus reformas, el Decreto Ejecutivo No. 36242-MP-PLAN, Reglamento para la Utilizacin del Sistema Electrnico de Compras Pblicas Mercado en Lnea Mer-Link, el Decreto Ejecutivo N 37943-H-MICITT Creacin Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas y el Contrato Administrativo entre el Ministerio de Hacienda y el Instituto Costarricense de Electricidad para la implementacin y el uso del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, No. 2013000080 y su Addendum nmero 1 y la Directriz No. 063-H.

    Considerando:1Que el Poder Ejecutivo en el ejercicio de su potestad

    reglamentaria, conformado por una parte por la seora Presidenta y el seor Ministro de Hacienda, este ltimo como rector en materia de asignacin de los recursos pblicos, deben disponer las medidas necesarias que garanticen la adecuada implementacin del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas.

    2Que producto de lo anterior, el Poder Ejecutivo promulg el Decreto Ejecutivo No. 37943-H-MICITT, de 17 de setiembre de 2013, mediante el cual se crea el Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, como plataforma tecnolgica de uso obligatorio para toda la Administracin Central para la tramitacin de los procedimientos de contratacin administrativa y para los actos y contratos que de ellos se deriven.

    3Que el artculo 3 del Decreto precitado en lo de inters seala que La Administracin Central deber utilizar e implementar el Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, conforme a los lineamientos emitidos por el Ministerio de Hacienda. Para tal efecto se suscribir entre el Ministerio de Hacienda y el Instituto Costarricense de Electricidad, al que pertenece el Sistema Electrnico de Compras Pblicas Mercado en Lnea Mer-Link, el convenio respectivo, para regular los niveles de servicio y los trminos contractuales.

    4Que como producto de lo anterior, el Ministerio de Hacienda y el Instituto Costarricense de Electricidad suscribieron el respectivo Contrato Administrativo para la implementacin y el uso del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, No. 2013000080 y su Addendum nmero 1.

    5Que en la Clusula Quinta del Contrato Administrativo para la implementacin y el uso del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, N 2013000080 y su Addendum nmero 1, se establece que el Ministerio de Hacienda deber generar y publicar a ms tardar el 14 de febrero de 2014, la Directriz que obligue a los rganos y entidades de la Administracin Central a observar los lineamientos tcnicos, presupuestarios y legales requeridos para garantizar la utilizacin y consecuente pago de los servicios objeto del Contrato precitado.

    6Que de conformidad con el artculo 27 de la Ley de la Administracin Financiera de la Repblica y Presupuestos Pblicos, en relacin con el artculo 3 de su Reglamento, Decreto N 32988-H-MP-MIDEPLAN determinan que corresponde al Ministerio de Hacienda, como rgano rector del Sistema de Administracin Financiera del Sector Pblico, emitir normativa tcnica y disposiciones que estime pertinentes para el cumplimiento de los objetivos del Sistema.

    7Que el Poder Ejecutivo promulg la Directriz No. 63-H, publicada en La Gaceta N 36 del 20 de febrero del 2014, con la cual se estableci el marco de sujecin por parte de los rganos y entidades de la Administracin Central en materia de la normativa legal y tcnica aplicable al uso del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas.

    8Que el artculo N 1 de la Directriz precitada dispone que el Ministerio de Hacienda, en su calidad de rector del Sistema de Administracin Financiera, emitir y comunicara oportunamente a los rganos y entidades de la Administracin Central, los lineamientos tcnicos, presupuestarios, contables y legales que sean requeridos para la adecuada implementacin del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas as como de los pagos derivados de su uso, los cuales debern ser sufragados por la Administracin Central con arreglo a lo que en este sentido ordenar el rector del Sistema de Administracin Financiera.

    9Que se hace necesario promulgar los lineamientos tcnicos especficos, presupuestarios, contables y legales que sean requeridos para la adecuada implementacin del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas as como de los pagos derivados de su uso, conforme lo establecido en el artculo 2 de la Directriz N 63-H, publicada en La Gaceta N 36 del jueves 20 de febrero del 2014, que en lo de inters reza: Los lineamientos tcnicos, presupuestarios, contables y legales especficos a que se refiere el anterior artculo sern emitidos por el Ministerio de Hacienda a ms tardar en fecha 28 de febrero del 2014. Por tanto,

    Emite los siguientesLINEAMIENTOS TCNICOS ESPECFICOS EN MATERIAPRESUPUESTARIA, CONTABLE Y LEGAL DIRIGIDOS A

    LOS RGANOS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACINCENTRAL, PARA LA ADECUADA APLICACIN DE LO

    DISPUESTO EN EL CONTRATO ADMINISTRATIVON 2013000080 ENTRE EL MINISTERIO DE HACIENDA

    Y EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADPARA LA IMPLEMENTACIN Y EL USO DEL SISTEMAUNIFICADO ELECTRNICO DE COMPRAS PBLICAS

    Y SU ADDENDUM NMERO 1:1 De la Rectora: La Direccin General de Administracin de

    Bienes y Contratacin Administrativa (DGABCA), mantiene su calidad de rgano rector del Sistema de Administracin de Bienes y Contratacin Administrativa de la Administracin Central (ministerios y sus rganos adscritos), tal como lo establece el artculo 99 de la Ley N 8131, con todas las facultades otorgadas por la normativa que regula su accionar.

    2 De la Plataforma Tecnolgica: El Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, ser la plataforma tecnolgica de uso obligatorio para la ejecucin de los procedimientos de contratacin administrativa de las instituciones de la Administracin Central. Para su implementacin se han acordado las siguientes condiciones:2.1. Integracin con el sistema SIGAF, que permita dar el

    contenido presupuestario electrnicamente a los procesos de contratacin del Poder Ejecutivo (ministerios e instituciones y entes adscritos) que utilicen el SIGAF, para que ejecuten el proceso de pago.

    2.2. Capacitacin del personal de las instituciones compradoras de la Administracin Central, segn cronograma de implementacin aprobado por la Comisin de Compras Pblicas.

    2.3. Registro de las instituciones como compradoras en el Sistema Unificado.

    En lo referente a los convenios marco se adiciona la siguiente condicin: Inclusin en la nueva plataforma de los convenios marco

    actualmente vigentes para la Administracin Central, cuya expiracin vaya ms all del 2014. A partir del 2014, la renovacin de los nuevos convenios ser en la nueva plataforma, una vez que ste cuente con las condiciones y requerimientos tecnolgicos que as lo permitan, siempre y cuando las fechas de entrada en vigencia de dichos convenios marco, puedan ser ajustadas a esas condiciones y requerimientos.

  • Pg 6 La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014

    En el proceso de transicin, la plataforma Sistema de Compras Gubernamentales Comprared continuar operando hasta que los convenios marco de la Administracin Central sean operables en el Sistema Unificado.En lo referente a los contratos marco se adiciona la siguiente condicin: Inclusin en la nueva plataforma de los contratos marco

    actualmente vigentes para la Administracin Central, cuya expiracin vaya ms all del 2014. La renovacin de los nuevos contratos marco ser en la nueva plataforma, una vez que ste cuente con las condiciones y requerimientos tecnolgicos que as lo permitan.

    En el proceso de transicin, la plataforma Sistema de Compras Gubernamentales Comprared continuar operando hasta que los contratos marco de la Administracin Central, sean operables en la nueva plataforma.La automatizacin de los servicios incluye adems el Registro de Proveedores y el Catlogo de Mercancas (bienes y servicios) y stos homologados con los respectivos clasificadores presupuestarios, como instrumentos complementarios del proceso de compras.

    3 Del Traslado a la Nueva Plataforma: El inicio de la utilizacin de la plataforma tecnolgica del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, se llevar acabo gradualmente, considerando todos los aspectos tcnicos, legales, presupuestarios y otros que requiera el proceso, por lo que se ha establecido un cronograma, considerando lo dispuesto en el Decreto de cita, as como la capacitacin a impartir a los funcionarios de las instituciones de la Administracin Central y el suministro de los certificados de firma digital, los perfiles y accesos requeridos para el uso del sistema, conforme lo cual el proceso de transicin se realizar en el siguiente orden:a) rganos desconcentrados: Consejo Nacional de Vialidad;

    Junta Administradora del Registro Nacional, Comisin Nacional de Prevencin de Riesgos y Atencin de Emergencias; Direccin General de Aviacin Civil;

    b) El resto de rganos desconcentrados en un plazo mximo de seis meses a partir de la promulgacin del Decreto;

    c) Para los ministerios el proceso se iniciar en enero del 2014 con el Ministerio de la Presidencia; Ministerio de Ciencia, Tecnologa y Telecomunicaciones; Ministerio de Hacienda y Ministerio de Seguridad;

    d) El resto de ministerios se integrarn de forma paulatina de manera que durante el 2014, todos los ministerios y otras entidades que usan CompraRed, estn operando bajo el Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas.

    Con el propsito de que la implementacin del resto de instituciones de la Administracin Central sea un proceso ordenado, se har de manera paulatina, para lo cual se ha elaborado un cronograma, estableciendo 5 grupos conformado cada uno por 8 9 instituciones, que gradualmente se irn incorporando. El detalle de los grupos se observa en el Anexo 1 del presente lineamiento tcnico.Adems, se reitera que la Direccin General de Administracin de Bienes y Contratacin Administrativa est tomando las medidas pertinentes, tal como lo requiere el Contrato Administrativo suscrito entre el Instituto Costarricense de Electricidad y el Ministerio de Hacienda, as como el Decreto N 37943-H-MICITT, para garantizar que el proceso de adopcin de la nueva plataforma sea ordenado y exitoso.

    4 De los Contratos Marco y Convenios Marco. Los contratos y convenios marco que estn en desarrollo y ejecucin en el Sistema de Compras Gubernamentales CompraRed, sern migrados al Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, una vez que ste cuente con las condiciones y requerimientos tecnolgicos que as lo permitan; asimismo, los procesos de contratacin de nuevos convenios marco y la renovacin de los existentes.

    5 De la Capacitacin: Igualmente se ha elaborado un cronograma para la capacitacin de los funcionarios de las diferentes reas que participan en los procesos de contratacin administrativa de las instituciones (reas administrativas, proveeduras institucionales, reas financieras, asesoras legales, reas de tecnologas de informacin, auditoras) segn programacin establecida entre el periodo del 13 de enero al 25 de abril del 2014. Esta programacin podra sufrir cambios, si se presentan situaciones que as lo requieran.

    6 Sobre la Creacin de Nuevas Mercancas o Servicios. Cuando un usuario determine que en el catlogo de mercancas del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas no existe una mercanca o servicio que requiere adquirir, deber solicitar a la DGABCA la creacin de la ficha tcnica para que, siguiendo los procedimientos de administracin del Catlogo del Sistema Unificado, la DGABCA proceda a incorporarla en el catlogo de mercancas, utilizando la mesa de ayuda del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, cuando as se determine. De igual manera se proceder con la Clasificacin del Gasto Objeto de Sector Pblico con el Catlogo de Clasificacin de Naciones Unidas.

    7 Sobre la Asistencia Tcnica en el Uso del Sistema: La administracin de la plataforma tecnolgica cuenta con una infraestructura de soporte para la atencin oportuna de consultas, averas e incidentes que se presenten, las cuales debern ser canalizadas por los siguientes medios: Asistencia a Proveedores Comerciales.Las consultas generales que requieran realizar los proveedores

    comerciales sern atendidas a travs del telfono 800-MERLINK (6375465) 1 en el horario de lunes a viernes de 7 a.m. a 9 p.m., fines de semana y feriados de 7 a.m. a 6 p.m. Los servicios que se brindan son:

    Consultas informativas para incorporacin a la plataforma. Solicitudes de cita para firma digital Solicitudes de capacitacin presencial para proveedores.

    El soporte tcnico especializado a proveedores comerciales en el uso de la plataforma, se brindar a travs del nmero 900-0911-911, en el horario de lunes a viernes de 7 a.m. a 9 p.m., fines de semana y feriados de 7 a.m. a 6 p.m. Los servicios que se brindan, entre otros, son:

    Registro de empresa proveedora. Presentacin de ofertas. Registro de productos en el catlogo. Firma de contrato. Solicitudes de entrega de mercanca y trmite de pago. Atencin de incidentes:

    Cuando surjan incidentes en el Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, el usurario deber realizar el reporte a travs del sistema SUGAR, a la siguiente direccin electrnica: http://comprared.hacienda.go.cr/sugarcrm, para que los expertos de la DGABCA brinden la correspondiente asistencia. Para los efectos de atencin de incidentes se tiene la siguiente clasificacin de solicitudes de asistencia:

    Consultas: se clasifica como consulta cuando el usuario requiera informacin sobre un proceso, cmo ejecutar alguna funcionalidad del sistema, aclaraciones o dudas sobre alguna parte del procedimiento. Estos no cuentan con clasificaciones de criticidad. El tiempo de respuesta se fijar al momento de apertura del incidente.

    Incidentes: se clasifica como incidente cuando el servicio se ve afectado o comprometido, casos en los que se requiere hacer algn cambio en el sistema por alguna funcionalidad que no existe o requiera corregirse. Los tiempos de respuesta se detallan a continuacin:

    Crtico: Tiempo de resolucin 0 a 8 horas hbiles. Prdida completa de una funcionalidad crtica y/o datos que afectan mltiples usuarios, donde la prestacin de servicios se ve comprometida. Es fundamental para el da a da del negocio.

    1 El servicio 800-MERLINK est destinado nicamente para la atencin de provee- El servicio 800-MERLINK est destinado nicamente para la atencin de provee-dores comerciales y cuya duracin de llamada no supere los 10 minutos.

  • La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014 Pg 7

    Alta:Tiempo de resolucin 0 a 16 horas hbiles.Prdida parcial de funcionalidad crtica y/o datos.Los servicios esenciales pueden continuar pero con severas restricciones.

    Media:Tiempo de resolucin 0 a 24 horas hbilesNo afecta una funcionalidad crtica de aplicaciones y/o datos del servicio. Las operaciones del da a da de negocios pueden continuar de forma normal

    Baja: A acordar entre las partesNo afecta una funcionalidad crtica de aplicaciones y/o datos del servicio. Existe un workaround o solucin que puede ser entregado en los plazos acordados con el negocio que no afecta el funcionamiento del da a da del negocio. Servicio: se clasifica como servicio cuando el usuario

    solicita: instalacin de drivers y configuracin de equipos, solicitudes de reportes, solicitudes de cambios en el sistema por errores del usuario. El tiempo de respuesta se fijar al momento de apertura.

    8 Del pago por el uso del sistema: Se ha modificado el modelo de pago establecido para el uso del sistema, que ya no ser mediante el cobro de un porcentaje de las compras ejecutadas, sino un monto por transaccin, el cual se establecer posteriormente, y ser aplicable a compras superiores al milln de colones (1.000.000,00), estando exentas de pago las adquisiciones por montos menores o iguales a esta cifra.Inicialmente, durante el ao 2014, primer ao de uso de la plataforma, el Ministerio de Hacienda asumir el pago por todas las instituciones de la Administracin Central, ministerios y sus rganos adscritos; y posteriormente se aplicarn las imputaciones individuales a las instituciones usuarias del sistema, utilizando el procedimiento que se detalla en el siguiente punto; asimismo, para el ao 2015 y subsiguientes de ejecucin del contrato.

    9 Del Tratamiento Presupuestario y Contable de las Imputaciones Individuales de cada Institucin Conformante de la Administracin Central.9.1. Para el presente ao 2014, los rganos y entidades de la

    Administracin Central, con base en la informacin sobre los costos de utilizacin del Sistema precitado, que el Ministerio de Hacienda, a travs de la DGABCA, remitir oportunamente a los primeros, reintegrarn estos recursos al Ministerio de Hacienda, ordenando las modificaciones presupuestarias segn la legislacin vigente, y aplicando el procedimiento de transferencia de fondos que se describe en el siguiente punto.

    9.2. Para el ejercicio presupuestario 2015 y siguientes hasta por el trmino de duracin del contrato, los rganos de la Administracin Central debern presupuestar y depositar a travs de transferencia SINPE, a las cuentas de la Tesorera Nacional, los recursos para atender el costo de utilizacin del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, segn las estimaciones remitidas por el Ministerio de Hacienda sobre sus costos, en la sub-partida presupuestaria:1.03.06- Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales, en sus programas presupuestarios de Actividades Centrales o de Administracin Superior y dentro de los techos de gasto presupuestario comunicados segn la normativa legal y tcnica aplicables.

    9.3. La Contabilidad Nacional realizar el registro de los pagos que ejecuten las instituciones de la Administracin Central por el uso de la plataforma del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, y dar acceso al sistema para que la Direccin General de Administracin de Bienes y Contratacin Administrativa consulte el reporte de los pagos realizados, con el fin de que verifique el cumplimiento de esta disposicin.

    9.4. Para los efectos anteriores, tal como lo dispone la Clusula Primera del Addendum No 1 al Contrato Nmero 2013000080 Contrato Administrativo para la Implementacin y el Uso del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas en el Ministerio de Hacienda, el Contratista elaborar y remitir mensualmente a la Contabilidad Nacional por medio de una interface con el sistema SIGAF la actualizacin de las cuentas por cobrar, y a la Direccin General de Administracin de Bienes y Contratacin Administrativa, el reporte mensual de los procesos de contratacin realizados a travs del Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas por las instituciones usuarias de la Administracin Central.

    9.5. Se previene a los jerarcas de la Administracin Central que la inobservancia de lo dispuesto en los presentes lineamientos tcnicos especficos que en este sentido comunique el Ministerio de Hacienda podr convertirse en hechos generadores de responsabilidad administrativa, con sus consecuentes resultados.

    10 Definicin de roles y perfiles. La asignacin de los roles y perfiles para el uso del sistema estar a cargo de cada institucin, y se ejecutar conforme los parmetros que previamente se establezcan para los efectos. La institucin deber designar un funcionario con el perfil de Administrador, quien estar encargado de la asignacin y mantenimiento de los roles y perfiles, conforme las necesidades internas que se determinen en la institucin.La solicitud la har cada institucin a travs de la DGABCA, con indicacin del nombre del funcionario, nmero de cdula de identidad, correo electrnico y un nmero de telfono, informacin que deber registrarse y tramitarse en el formulario estandarizado que posteriormente ser implementado por esa Direccin General. Dicho servicio es parte del uso del sistema y como tal no representa costo para la institucin solicitante.

    11 Del Registro de Proveedores. Las instituciones que utilizan el Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, debern apoyarse en el Registro de Proveedores que provee esta herramienta, que ser la base de datos oficial y nica en la cual se inscribirn aquellos proveedores comerciales que deseen contratar con la Administracin Central.

    12 Consideraciones finales. Es importante reiterar las siguientes obligaciones establecidas en el Decreto N 37943-H-MICITT, las cuales entrarn en vigencia y debern cumplirse una vez que se verifique que el Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas rene los requerimientos tcnicos y funcionales necesarios: Publicidad del Programa de Adquisiciones: Todas las

    instituciones que utilicen el Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, debern divulgar el respectivo programa de adquisiciones y sus modificaciones en dicho Sistema.

    Verificacin del rgimen de prohibiciones: A los efectos de llevar a cabo esta verificacin, todas las instituciones de la Administracin Pblica, debern registrar y mantener actualizada la informacin en el Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, respecto a las personas fsicas que laboran en su dependencia, cubiertas por el Rgimen de Prohibiciones, establecido en los artculos 22 y 2 bis de la Ley de Contratacin Administrativa, Ley N 7494 y sus reformas, para lo cual debern cumplir con los procedimientos establecidos por la Direccin General de Administracin de Bienes y Contratacin Administrativa.

    Sanciones a particulares: A fin de mantener un registro de fcil acceso de los apercibimientos y las inhabilitaciones a particulares, impuestas por la Administracin y la Contralora General de la Repblica, los usuarios debern registrar y mantener actualizada la informacin en el Sistema Unificado Electrnico de Compras Pblicas, para lo cual debern cumplir con los procedimientos establecidos por la Direccin General de Administracin de Bienes y Contratacin Administrativa.

  • Pg 8 La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014

    Cuando se determine la necesidad de emitir lineamientos para implementar procesos especficos, la DGABCA emitir el correspondiente procedimiento, que ser comunicado por los canales acostumbrados de esa Direccin General.

    13. El presente Lineamiento rige a partir del veintiocho de febrero de 2014.Dado en San Jos, a los veintisiete das del mes de febrero

    de 2014.Jos Luis Araya Alpzar, Ministro de Hacienda a. .1

    vez.O.C. N 20991.Solicitud N 14141.C-470670.(IN2014015030).

    ANEXO1

    Grupo 1Presidencia de la RepblicaMinisterio de la PresidenciaMinisterio de Economa, Industria y ComercioMinisterio de EducacinMinisterio de HaciendaMinisterio de Ciencia, Tecnologa y TelecomunicacionesMinisterio de Seguridad PblicaMinisterio de Gobernacin y PolicaMinisterio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS)Grupo 2Ministerio de Comercio ExteriorMinisterio de Cultura y JuventudMinisterio de Justicia y PazMinisterio de DeportesMinisterio de AgriculturaMinisterio de Planificacin Nacional y Poltica EconmicaMinisterio Ambiente y Energa (MINAE)Ministerio de Vivienda y Asentamientos HumanosMinisterio de Obras Pblicas y Transporte (MOPT)Grupo 3Instituto Costarricense Sobre Drogas (ICD)Fondo Nacional de Becas (FONABE)Consejo de Seguridad Vial (COSEVI)Consejo de Transporte Pblico (CTP)Consejo Nacional de Concesiones (CNC)Imprenta NacionalDireccin General de Migracin y Extranjera (MSP)Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM)Grupo 4Direccin Nacional de Notariado (MJ)Procuradura General de la Repblica (MJ)Laboratorio Costarricense de Metrologa (LACOMET) Parque Marino del Pacfico (MINAET)Sistema Nacional de reas de Conservacin (SINAC) Instituto Costarricense de Investigacin y Enseanza en Nutricin y Salud (INCIENSA) Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) Patronato Nacional de Rehabilitacin (PANARE) Grupo 5Centro Nacional de la MsicaConsejo Nacional de Poltica Pblica de la Persona Joven

    Direccin General del Archivo NacionalMuseo de Arte CostarricenseMuseo Nacional de Costa RicaTeatro NacionalTeatro Popular Mlico Salazar (MC)Instituto Nacional de Innovacin Tecnolgica Agropecuaria (INTA)

    DOCUMENTOS VARIOSAGRICULTURA Y GANADERA

    SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMALDIRECTRIZ SENASA-DG-D002-2014

    Considerando:I.Que mediante Ley N 8495 del 6 de abril del 2006, se

    cre el Servicio Nacional de Salud Animal, (SENASA), como un rgano de desconcentracin y personera jurdica instrumental del Ministerio de Agricultura y Ganadera y le corresponde, entre otras competencias Administrar, planificar, dirigir y tomar las medidas veterinarias o sanitarias pertinentes sobre el control de la seguridad e inocuidad de los productos y subproductos de origen animal, en las etapas de captura, produccin, industrializacin y comercializacin, considerando aditivos alimentarios, residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y otros contaminantes qumicos, biolgicos o de origen biotecnolgico....

    II.Que el inciso t) del artculo 6 de la Ley N 8495, faculta al SENASA para autorizar, suspender o desautorizar el funcionamiento de los establecimientos indicados en el artculo 56 de dicha Ley a travs del Certificado Veterinario de Operacin.

    III.Que conforme al inciso 7.4.2 del artculo 7 del Decreto N 34859-MAG del 20 de octubre de 2008, Reglamento General para el Otorgamiento del Certificado Veterinario de Operacin, se estableci como parte de los requisitos para efectos de otorgamiento del Certificado Veterinario de Operacin, el contar con la Viabilidad Ambiental emitido por SETENA a las actividades que se encuentren enlistadas en el Anexo 1 y 2 del Decreto Ejecutivo N 31849 MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC del 24 de mayo del 2004, Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluacin del Impacto Ambiental (EIA), y que fueren posteriores a la publicacin de la Ley Orgnica del Ambiente, N 7574 del 13 de noviembre de 1995.

    IV.Que la SETENA mediante la Resolucin N 583-2008 de las doce horas treinta minutos del trece de marzo de 2008 estableci unas caractersticas y un listado de actividades que por su muy bajo impacto ambiental potencial no requeran ser sometidas a evaluacin ante SETANA, indicndose en lo que interesa en el punto 34 del artculo 4, la construccin, remodelacin o ampliacin de infraestructura para actividades agropecuarias, cuya rea de construccin no sea mayor de 1000 metros cuadrados, salvo que exista una regulacin especfica que establezca lo contrario.

    V.Que mediante la Resolucin N 2653-2008 de las ocho horas del veintitrs de setiembre de 2008, la SETENA ampli la lista de actividades, obras o proyectos que se excluyen del trmite de Viabilidad Ambiental enumeradas en el artculo 4 de la Resolucin N 583-2008 de las doce horas treinta minutos del trece de marzo de 2008, estableciendo dentro de dicha exclusin a aquellos proyectos que se encuentran en operacin desde antes del 04 de octubre de 1995, con la entrada en vigencia de la Ley Orgnica del Ambiente, N 7554, o bien despus de esa fecha pero hasta el 28 de junio de 2004, con la entrada en vigencia del Reglamento General sobre Procedimientos de Evaluacin de Impacto Ambiental (EIA N31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC) y sobre los cuales el MINSA, las municipales, o el SENASA les solicite dicho requisito para efectos de renovar el permiso correspondiente ante dichas autoridades.

    VI.Que al amparo de las anteriores dos Resoluciones resulta necesario establecer la lista de actividades sujetas al Certificado Veterinario de Operacin que no deben de cumplir con el 7.4.2 del artculo 7 del Decreto N 34859-MAG del 20 de octubre de 2008, a saber, la Viabilidad Ambiental emitida por SETENA. Por tanto,

  • La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014 Pg 9

    EL DIRECTOR GENERALDEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

    DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERAEmite la siguiente Directriz Institucional:1Eliminar la Viabilidad Ambiental emitida por SETENA

    como requisito para el otorgamiento del Certificado Veterinario de Operacin, para los siguientes establecimientos:

    a) Los que se encuentran en operacin desde antes del 28 de junio de 2004, fecha de la entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo N 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluacin de Impacto Ambiental (EIA).

    b) Los establecimientos nuevos dedicados a actividades agropecuarias, cuya rea de construccin no sea mayor de 1000 metros cuadrados, salvo que exista una regulacin especfica que establezca lo contrario.

    c) Los que no se encasillan en ninguno de los dos anteriores incisos, pero que a la fecha se encuentren en operacin y por ello el requisito de Viabilidad Ambiental resulta innecesario, sin perjuicio lo establecido en el artculo 93 del Decreto Ejecutivo N 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluacin de Impacto Ambiental (EIA). 2Rige a partir de su adopcin. Publquese en el Diario

    Oficial La Gaceta e igualmente en la pgina web del SENASA para efectos divulgativos.

    Dado en Barreal de Ulloa, a las trece horas del treinta y uno de enero del dos mil catorce.Dr. German Rojas Hidalgo.1 vez.O. C. N 02-2014.Solicitud N 9507.Crdito.(IN2014013902).

    SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMALEDICTOS

    La seora Karol Chaves Rivera con nmero de cdula 1-840-913, vecina de San Jos, en calidad de apoderada generalsima de la compaa Chaso del Valle S. A., con domicilio en San Jos, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Idexx PRRS Of, fabricado por Laboratorios Idexx Switzerland AG de Suiza, con los siguientes principios activos: cada placa reactiva contiene: placas tapizada con antgenos PRRSV y las siguientes indicaciones teraputicas: para la deteccin de anticuerpos frente al virus de sndrome respiratorio y reproductor porcino. Con base en el Decreto Ejecutivo N 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan valer en este departamento dentro del trmino de cinco das hbiles contados a partir del da siguiente de la publicacin de este edicto en el diario oficial La Gaceta. Heredia, a las 8 horas del 24 de diciembre del 2013. Direccin de Medicamentos Veterinarios.Dr. Luis Zamora Cheverri, Jefe.1 vez.(IN2014015450).

    La seora Karol Chaves Rivera con nmero de cdula 1-840-913, vecina de San Jos, en calidad de apoderada generalsima de la compaa Chaso del Valle S. A., con domicilio en San Jos, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Kit para la deteccin de anticuerpos frente al virus de la Leucosis Viral Bovina BLV en suero fabricado por Laboratorios Idexx Montpellier SAS, de Francia, con los siguientes principios activos: cada placa reactiva contiene: Antgenos de Leucosis Viral Bovina y las siguientes indicaciones teraputicas: Para la deteccin anticuerpos contra el virus de la Leucosis Bovina en suero. Con base en el Decreto Ejecutivo N 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan valer en este departamento dentro del trmino de cinco das hbiles contados a partir del da siguiente de la publicacin de este edicto en el diario oficial La Gaceta. Heredia, a las 10 horas del 24 de enero del 2014.Direccin de Medicamentos Veterinarios.Dr. Luis Zamora Cheverri, Jefe.1 vez.(IN2014015452).

    La seora Karol Chaves Rivera con nmero de cdula 1-840-913, vecina de San Jos, en calidad de apoderada generalsima de la compaa Chaso del Valle S. A., con domicilio en San Jos, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Kit para la deteccin de anticuerpos frente al virus de la Leucosis Viral Bovina BLV en leche fabricado por Laboratorios Idexx Montpellier SAS, de Francia, con los siguientes principios activos: cada placa reactiva contiene: Antgenos de Leucosis Viral Bovina y las siguientes indicaciones teraputicas: Para la deteccin anticuerpos contra el virus de la Leucosis Bovina en leche. Con base en el Decreto Ejecutivo N 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan valer en este departamento dentro del trmino de cinco das hbiles contados a partir del da siguiente de la publicacin de este edicto en el diario oficial La Gaceta. Heredia, a las 10 horas del 24 de enero del 2014.Direccin de Medicamentos VeterinariosDr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.1 vez.(IN2014015454).

    La seora Karol Chaves Rivera con nmero de cdula 1-840-913, vecina de San Jos, en calidad de apoderada generalsima de la compaa Chaso del Valle S. A., con domicilio en San Jos, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Prueba de deteccin de gestacin en leche fabricado por Laboratorios Idexx Switzerland AG, de Suiza, con los siguientes principios activos: cada placa reactiva contiene: Antgenos para la deteccin en leche de glicoprotenas asociadas a la preez bovina y las siguientes indicaciones teraputicas: para la deteccin de gestacin en bovinos. Con base en el Decreto Ejecutivo N 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan valer en este departamento dentro del trmino de cinco das hbiles contados a partir del da siguiente de la publicacin de este edicto en el diario oficial La Gaceta. Heredia, a las 9 horas del 24 de enero del 2014.Direccin de Medicamentos Veterinarios.Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.1 vez.(IN2014015456).

    La seora Karol Chaves Rivera con nmero de cdula 1-840-913, vecina de San Jos, en calidad de apoderada generalsima de la compaa Chaso del Valle S. A., con domicilio en San Jos, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Kit de Test para Perfil General de la Salud fabricado por Laboratorios Idexx Laboratories Inc., de Estados Unidos, con los siguientes principios activos cada placa reactiva contiene: Albmina (ALB), fosfatasa alcalina (ALKP), alanina tranferasa (ALT / AGPT), amilasa (AMYL), calcio (Ca), colesterol (CHOL), creatinina (CREA), glucosa (GLU), fosfatasa inorgnica (PHOS), bilirrubina total (TBIL), protena total (TP), nitrgeno ureico sanguneo (BUN / UREA) y las siguientes indicaciones teraputicas: Medicin cuantitativa en suero de enzimas, minerales y protenas. Con base en el Decreto Ejecutivo N 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan valer en este departamento dentro del trmino de cinco das hbiles contados a partir del da siguiente de la publicacin de este edicto en el diario oficial La Gaceta. Heredia, a las 10 horas del 27 de enero del 2014.Direccin de Medicamentos Veterinarios.Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.1 vez.(IN2014015459).

    El seor Manuel Bermdez Alvarado con de cdula 1-420-116, vecino de Cartago en calidad de apoderado generalsimo de la compaa Droguera Bayer S. A., con domicilio en Cartago, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Veraflox 2.5 % Suspensin Oral, fabricado por Laboratorios KVP Pharma + Veterinr Produkte GmbH, Alemania, con los siguientes principios activos: Contiene: Pradofloxacina 25 mg/ml y las siguientes indicaciones teraputicas: Tratamiento de infecciones cutneas, infecciones del tracto urinario, infecciones graves del tejido ginginal y tejidos periodontales en felinos. Con base en el Decreto Ejecutivo N 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a

  • Pg 10 La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014

    oponerse, para que lo hagan valer ante esta Direccin, dentro del trmino de 5 das hbiles, contados a partir del da siguiente de la publicacin de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.Heredia, a las15 horas del da 25 de julio del 2013.Direccin de Medicamentos Veterinarios.Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.1 vez.(IN2014015581).

    OBRAS PBLICAS Y TRANSPORTESDIVISIN MARTIMO PORTUARIA

    AVISA:A LOS INTERESADOS EN PRESTAR EL SERVICIO

    PBLICO DE CABOTAJE MENORModalidad lancha para el transporte remunerado de personas

    en la ruta denominada La Suerte-Tortugueroy viceversa, provincia de Limn

    QUE:Se estarn recibiendo solicitudes de prestacin del servicio

    pblico referido, el da 24 de marzo del 2014, a partir de las 8:00 a.m. hasta las 16:00 p. m., en las Oficinas Centrales de la Divisin Martimo Portuaria, ubicadas al costado oeste del edificio central del Ministerio de Obras Pblicas y Transportes, conforme a los siguientes requisitos:

    l. Presentacin de un documento, a nivel de perfil del proyecto del servicio de transporte para el que se solicita el permiso de explotacin; que contenga informacin al menos, sobre:

    i. Nombre completo de la persona que solicita la autorizacin para la explotacin del servicio (fsica o jurdica).

    ii. Identificacin del potencial permisionario: nombre completo; documento de identificacin (tipo y nmero); fecha de nacimiento (o constitucin; si se trata de persona jurdica); formacin (si se trata de persona fsica; ltimo nivel obtenido); nombre del apoderado generalsimo (si se trata de persona jurdica); capacitacin atinente (si se trata de persona fsica); direccin (si se trata de persona fsica; de trabajo y de residencia permanente); direccin (si se trata de persona jurdica; de oficina); nmeros telefnicos (si se trata de persona fsica; de trabajo y de residencia permanente); nmeros telefnicos (si se trata de persona jurdica; de oficina).

    iii. Nombre propuesto del servicio.iv. Definicin del servicio propuesto.v. Tipo de servicio.

    vi. Modalidad del servicio.vii. Ruta del servicio.

    viii. Trfico del servicio: puerto (lugar o sitio) de origen; de destino y escalas intermedias (s tiene).

    ix. Clase de servicio (transporte remunerado de personas o de carga).

    x. Embarcaciones a ser autorizadas en la explotacin del servicio: descripcin; nombre; nmero de matrcula; ao de construccin; certificado de navegabilidad; certificacin de inscripcin en el Registro de Bienes Muebles y del correspondiente certificado de propiedad; nmero de las placas de matrcula y el lugar designado de la embarcacin donde se portar.

    xi. Motor de las embarcaciones a ser autorizadas en la explotacin del servicio: tipo, modelo; caractersticas principales.

    xii. Equipo a ser utilizado en operacin del servicio: de seguridad mnimo y comunicacin.

    xiii. Plizas de las embarcaciones de los equipo y de las tripulaciones a ser autorizadas en la explotacin del servicio.

    xiv. Identificacin de la tripulacin a ser utilizada en la operac10n del servicio: nombre completo; documento de identificacin (tipo y nmero); fecha de nacimiento; formacin (ltimo nivel acadmico obtenido); capacitacin atinente; direccin (de residencia permanente); nmeros telefnicos.

    xv. Horario propuesto del servicio: horas de salidas y llegadas del trfico.

    xvi. Tarifa (s) propuesta (s) del servicio.xvii. Recorrido del servicio.

    xviii. Longitud aproximada de la de la travesa.xix. Descripcin de la infraestructura portuaria y martima (s

    hay) en los lugares en donde dara inicio la navegacinxx. Si la travesa tiene escala (s): el nmero, ubicacin y las

    distancias aproximadas en Kilmetros entre ellas.xxi. Caractersticas principales de la zona de influencia del

    servicio.xxii. Caractersticas principales de la ruta de explotacin.xxiii. Caractersticas principales de la demanda potencial del

    servicio.xxiv. Caractersticas principales de los usuarios del servicio.xxv. Descripcin general de la prestacin y operacin del

    servicio.xxvi. Definicin de la organizacin, administracin y

    operacin del servicio.xxvii. Principales conceptos de gastos, costos, inversiones y

    financiamiento del servicio.xxviii. Declaracin jurada de compromiso voluntario de

    asumir los principios, valores y requisitos legales, formales, ticos y empresariales que exige el marco de explotacin de este servicio pblico de transporte y de aceptar la fiscalizacin de la administracin.

    Cabe sealar que la prestacin del servicio se brindar de da de por medio, alternando semanalmente el horario y con tres viajes diarios, mediante un Permiso de Dominio Pblico, conforme a la Ley de Cabotaje de la Repblica de Costa Rica N 2220, su Reglamento General y la Ley General de la Administracin Pblica. Para cualquier consulta, puede comunicarse con la Direccin de Navegacin y Seguridad, al telfono: 2233-5022, fax: 2223-2697. Es todo.Lic. Luis Fernando Coronado Salazar, Director General.1 vez.O. C. N 21208.Solicitud N 0933.C-79620.(IN2014017292).

    EDUCACIN PBLICA

    DIRECCIN DE GESTIN Y EVALUACIN DE LA CALIDADREPOSICIN DE TTULO

    EDICTOSPUBLICACIN DE TERCERA VEZ

    Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 01, folio 48, ttulo N 195, emitido por el Colegio Tcnico Profesional Ambientalista Isaas Retana Arias, en el ao dos mil nueve, a nombre de Arguedas Monge Mario ngel, cdula 1-1492-0002. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San Jos, a los trece das del mes de febrero del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014013134).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el Tomo I, Folio 136, Ttulo N 1311, emitido por el Liceo Ing. Carlos Pascua Ziga, en el ao dos mil tres, a nombre de Alfaro Benavides Misael, cdula 1-1215-0508. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.Dado en San Jos, a los veintiocho das del mes de febrero del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014013808).

  • La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014 Pg 11

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 229, ttulo N 3156, emitido por el Liceo Len Corts Castro, en el ao dos mil siete, a nombre de Quesada Jimnez Ana Katherine, cdula 2-0664-0953. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.Dado en San Jos, a los veinticinco das del mes de febrero del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014013922).

    Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 128, ttulo 681, asiento N 10, emitido por Liceo Experimental Bilinge La Trinidad de Moravia, en el ao dos mil nueve, a nombre de Soto Rodrguez Eduardo Andrs, cdula nmero 1-1438-0257. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, diecisiete de diciembre del dos mil trece.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014013986).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 2, folio 320, ttulo N 2002, emitido por el Liceo de Coronado, en el ao dos mil nueve, a nombre de Montero Delgado Ivannia, cdula 1-1517-0936. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, once de setiembre del dos mil trece.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014014078).

    Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 115, ttulo N 833, emitido por el Liceo Diurno Jos Mart de Innovacin Tecnolgica, en el ao dos mil uno, a nombre de Chaves Daz Carlos Mauricio, cdula 6-0318-0934. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, cinco de marzo del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014014089).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, ttulo N 149, emitido por el Liceo Lic. Mario Vindas Salazar, en el ao mil novecientos noventa y uno, a nombre de Rauhdia Chinchilla Prez. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original y por correccin del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Rahudin Eduardo Chinchilla Prez, cdula N 1-0876-0309. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, a los seis das del mes de marzo del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014014335).

    Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 2, folio 03, ttulo N 174, emitido por el Liceo Innovaciones Tecnolgicas Venecia, en el ao dos mil doce, a nombre de Fajardo Chavarra Dennis Manuel, cdula 7-0234-0768. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, siete de marzo del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014014502).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 66, ttulo N 389, emitido por el Instituto Dr. Jaim Weizman, en el ao dos mil cuatro, a nombre de Ami Lebendiker Cheracov. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original y por correccin de apellidos, cuyo nombre y apellido correcto es: Ami Lebendiker, cdula de residencia permanente 137600018323. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, siete de marzo del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014014510).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, ttulo N 180, emitido por el Liceo de Tarraz, en el ao mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Vargas Barboza Gloriana, cdula 3-0354-0621. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, siete de marzo del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014014527).

    PUBLICACIN DE SEGUNDA VEZAnte este departamento se ha presentado la solicitud de

    reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 34, ttulo N 442, emitido por el Liceo Unesco, en el ao mil novecientos noventa y dos, a nombre de Carlos Eduardo Abarca Vargas. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original y por correccin del nombre, cuyo nombre y apellidos correctos son: Eduardo Abarca Vargas, cdula 1-0929-0259. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, cuatro de marzo del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014014928).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 280, ttulo N 976, emitido por el Colegio Acadmico Nocturno de Buenos Aires, en el ao dos mil doce, a nombre de Vargas Jimnez Katherine Adriana, cdula 1-1535-0920. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, 17 de mayo del 2013.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014014980).

    Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 44, Asiento 01,Ttulo N 176, emitido por el Liceo Jos Mara Gutirrez, en el ao dos mil siete, a nombre de Guzmn Rizo Juan Pablo, cdula 5-0377-0039. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San Jos, a los cuatro das del mes de marzo del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014015029).

    Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el Tomo II, Folio 30, Ttulo N 2510, emitido por el Liceo de Aserr, en el ao dos mil doce, a nombre de Mass Tercero Viviana Carolina, cdula 1-1588-0338. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir

  • Pg 12 La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014

    de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San Jos, a los seis das del mes de marzo del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014015044).

    Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 191, Ttulo N 1587, emitido por el Liceo de Esparza, en el ao dos mil cuatro, a nombre de Alfaro Carmona Jorge Isaac, cdula: 1-1250-0139. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San Jos, a los once das del mes de marzo del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014015142).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 2, folio 35, ttulo N 1420, emitido por el Colegio Nuestra Seora de Sin, en el ao dos mil cinco, a nombre de Freer Jimnez Sofa, cdula: 1-1369-0678. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, 12 de marzo del 2014.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014015631).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 22, asiento N 104, emitido por el Colegio Tcnico Profesional de Cartagena, en el ao mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Lpez Arrieta Silvia Jeana, cdula: 5-0294-0973. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, 12 de marzo del 2014.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014015633).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 26, ttulo N 223, emitido por el Liceo de Curridabat, en el ao mil novecientos noventa y tres, a nombre de Ulloa Tosso Christian Gerardo, cdula: 1-0915-0113. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, 12 de marzo del 2014.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014015660).

    PUBLICACIN DE PRIMERA VEZAnte este Departamento se ha presentado la solicitud de

    reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 70, ttulo N 748, emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregn Lizano, en el ao dos mil, a nombre de Marn Herrera Shirley, cdula 2-0546-0317. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.Dado en San Jos, a los cuatro das del mes de marzo del dos mil catorce.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.(IN2014015231).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 2, folio 79, ttulo N 565, emitido por el Colegio Nocturno de Naranjo, en el ao dos mil nueve, a nombre de lvarez Arrieta Julieth, cdula: 1-1330-0179. Se solicita la reposicin del ttulo

    indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.Dado en San Jos, a los doce das del mes de marzo del dos mil catorce.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.(IN2014015531).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 12, Ttulo N 42, emitido por el Liceo Nocturno de Paraso, en el ao mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Siles Soto Juan Leonardo, cdula 3-0355-0663. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.Dado en San Jos, a los seis das del mes de marzo del dos mil catorce.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa, Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.(IN2014015796).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 108, asiento N 599, emitido por el Liceo Nocturno de Grecia, en el ao dos mil dos, a nombre de Cordero Alfaro Mara Teresita, cdula 2-0604-0773. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, tres de marzo del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014016205).

    Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposicin del Ttulo de Bachiller en Educacin Media, inscrito en el tomo 1, folio 35, ttulo N 153, emitido por el Centro Educativo Adventista de Limn, en el ao dos mil siete, a nombre de Waless Lira Geykel Guillermo, cdula: 7-0196-0875. Se solicita la reposicin del ttulo indicado por prdida del ttulo original. Se publica este edicto para or oposiciones a la reposicin solicitada dentro de los quince das hbiles a partir de la tercera publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.San Jos, trece de marzo del dos mil catorce.Departamento de Evaluacin Acadmica y Certificacin.MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.(IN2014016212).

    TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

    PUBLICACIN DE SEGUNDA VEZDe conformidad con la autorizacin extendida por el seor

    Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripcin de la organizacin social denominada: Cooperativa Agro-Industrial y Servicios Mltiples del Caribe R.L., siglas: COOPEASEMULCA R.L., constituida en asamblea celebrada el 22 de mayo del 2013. Nmero de expediente cdigo 1474-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artculo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgnica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripcin y se enva un extracto para su publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.

    Presidente: Jos Alberto Hidalgo RodrguezVicepresidente: Cristbal Downs BernardSecretaria: Mayela Sequeira SnchezVocal 1: William Hidalgo MonteroVocal 2: Hctor Eduardo Durn BadillaSuplente 1: Wilberth Ponce LunaSuplente 2: Luis Alberto Castro UlateGerente: Benedicto lvarez Jimnez

    San Jos, 24 de febrero del 2014.Registro de Organizaciones Sociales.Lic. Jos Joaqun Orozco Snchez, Jefe.(IN2014012039).

  • La Gaceta N 5 de marzo del 2014 Pg

    JUSTICIA Y PAZ

    JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

    REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

    PARA VER EL CAPTULO DE MARCAS FAVOR DE HACER CLICK AQU

    http://www.imprentanacional.go.cr/pub/2014/03/20/LINK_2014_03_20.pdf

  • Pg 34 La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014

    Un conjunto para plegar una vlvula prosttica de corazn incluye un miembro de compresin, un miembro de soporte y un miembro de constriccin. El miembro de compresin tiene una pared que se estrecha entre su primer extremo abierto y su segundo extremo abierto, la pared cnica que define un espacio abierto adaptado para recibir la vlvula. La memoria descriptiva,

    reivindicaciones, resumen y diseos quedan depositados, la Clasificacin Internacional de Patentes Edicin es: B41J 11/00, B41J 13/00, B41J 13/12, cuyo inventor es Paolo Cappello. La solicitud correspondiente lleva el nmero 2013-0682 y fue presentada a las 07:10:48 del 20 de diciembre de 2013. Cualquier interesado podr oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicacin de este aviso. Publquese tres das consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un peridico de circulacin nacional.San Jos, 21 de febrero de 2014.Lic. Hellen Marn Cabrera, Registradora.(IN2014014866).

    El seor Federico Urea Ferrero, mayor, abogado, cdula 1-901-453, vecino de San Jos, en su condicin de apoderado especial de Sicpa Holding S. A., de Suiza, solicita la patente de invencin denominada DISPOSITIVO PARA IMPRESIN POR INYECCIN DE TINTA. Se describe un dispositivo de impresin por inyeccin de tinta, dicho dispositivo comprende una primera reserva diseada para contener un primer volumen de fluido de impresin a una primera altura con respecto a un plano de referencia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseos quedan depositados, la Clasificacin Internacional de Patentes es: B41J 2/18; B41J 2/175; cuyos inventores son Albertin, Alberto, Belforte, Guido, Benedetto, Francesco, Delacretaz, Charles-Henri, Ferrarotti, Rinaldo, Martinelli, Matteo, Raparelli, Terenziano, Sandri, Tazio, Sassano, Duccio Spartaco, Viktorov, Vladimir, Visconte, Carmen. La solicitud correspondiente lleva el nmero 20130683 y fue presentada a las 07:11:00 del 20 de diciembre del 2013. Cualquier interesado podr oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicacin de este aviso. Publquese tres das consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un peridico de circulacin nacional.San Jos, 21 de febrero del 2014.Lic. Melissa Sols Zamora, Registradora.(IN2014014869).

    El seor Federico Urea Ferrero, cdula 1-901-453, mayor de edad, vecino de San Jos, apoderado especial de Sicpa Holding S. A., de Suiza, solicita la patente de invencin denominada: CABEZAL DE IMPRESIN POR CHORRO DE TINTA QUE COMPRENDE UNA CAPA HECHA DE UNA COMPOSICIN DE RESINA CURABLE. La presente invencin se relaciona con un cabezal de impresin por inyeccin de tinta capaz de resistir tintas con base en solvente qumicamente agresivas, y con un proceso para la fabricacin de la misma, el cabezal de impresin por inyeccin de tinta comprende una capa de material polimrico que define caminos de paso de tinta formados en un sustrato, dicha capa de material polimrico se forma al curar una composicin de resina curable que comprende una resina epoxi disfuncional aromtica, una resina epoxi disfuncional aliftica cclica y un iniciador de polimerizacin. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseos quedan depositados, la Clasificacin Internacional de Patentes es: B41J 2/16, cuyo inventor es Davide Ciampini. La solicitud correspondiente lleva el nmero 20130681 y fue presentada a las 07:10:00 del 20 de diciembre del 2013. Cualquier interesado podr oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicacin de este aviso. Publquese tres das consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un peridico de circulacin nacional.San Jos, 21 de febrero del 2014.Lic. Fabin Andrade Morales, Registrador.(IN2014014875).

    PUBLICACIN DE SEGUNDA VEZEl seor Nstor Morera Vquez, cdula 1-1018-975,

    mayor, abogado, vecino de San Jos, en su condicin de Apoderado Especial de Glaxosmithkline Intellectual Property (N 2) Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invencin

    Cambio de Nombre N 90120Que Mara del Pilar Pla Rivel, cdula de identidad

    302020457, en calidad de apoderada generalsima de Lara Kameron Limitada, solicita a este Registro se anote la inscripcin de cambio de nombre de Lara Kameron Sociedad Annima por el de Lara Kameron Limitada, presentada el da 26 de febrero de 2014 bajo expediente 90120. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1997-0000484 Registro N 106085 C&B REUBICACION (C&B RELOCATION) en clase 35 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por nica vez, de conformidad con el artculo 32 de la Ley N 7978. A efectos de publicacin, tngase en cuenta lo dispuesto en el artculo 85 de la Ley 7978.5 de marzo de 2014.Mara Leonor Hernndez B., Registradora.1 vez.(IN2014015509).

    Marcas de GanadoN 2014-353.Fidel Eduardo Rodrguez Jimnez, cdula de

    identidad 2-0453-0688, solicita la inscripcin de:como marca de ganado, que usar preferentemente en Heredia, Sarapiqu, Puerto Viejo, del cruce de Valencia 3 km al norte. Presentada el 19 de febrero del 2014, segn el expediente N 2014-353. Publicar en La Gaceta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para

    hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 das hbiles contados a partir de la publicacin de este edicto.San Jos, 28 de febrero del 2014.Karol Claudel Palma, Registradora.1 vez.(IN02014015554).

    N 2014-351.Fulgencio de Jess Ordonez Urbina, cdula de identidad 8-0077-0927, solicita la inscripcin de:

    como marca de ganado, que usar preferentemente en Alajuela, San Carlos, Pocosol, Carrizal, de la escuela 5 kilmetros al noroeste camino a Banderas. Presentada el 19 de febrero del 2014. Segn el expediente N 2014-351. Publicar en La Gaceta. Se cita a terceros interesados

    en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 das hbiles contados a partir de la publicacin de este edicto.San Jos, 28 de febrero del 2014.Karol Claudel Palma, Registradora.1 vez.(IN02014015557).

    N 2014-226.Luis Diego Herrera Herrera, cdula de identidad 1-1060-0260, solicita la inscripcin de:

    como marca de ganado, que usar preferentemente en Alajuela, San Carlos, Venecia, Los Alpes, de la entrada finca Los Rojas 600 metros al este. Presentada el 6 de febrero del 2014, segn el expediente N 2014-226.

    Publicar en La Gaceta. Se cita a, terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 das hbiles contados a partir de la publicacin de este edicto.San Jos, 20 de febrero del 2014.Karol Claudel Palma, Registradora.1 vez.(IN02014015654).

    N 2014-403.Didier Rojas Salazar, cdula de identidad 0501160716, solicita la inscripcin de:

    como marca de ganado, que usar preferentemente en Limn, Pococ, Cariari, Campo Dos, 1 kilmetro norte y 1 kilmetro al este. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 das

    hbiles contados a partir de la publicacin de este edicto. Publicar en La Gaceta. Presentada el 25 de febrero del 2014, segn el expediente N 2014-403.San Jos, 12 de marzo del 2014.Viviana Segura De la O, Registradora.1 vez.(IN02014015754).

    Patentes de invencin

    PUBLICACIN DE TERCERA VEZEl seor Federico Urea Ferrero, mayor, abogado, cdula

    nmero 1-901-0453, vecino de San Jos, en su condicin de apoderado especial de Sicpa Holding S. A., con domicilio en Suiza, solicita la patente de invencin denominada SISTEMA PARA CARGAR UNA VLVULA CARDIACA PLEGABLE.

  • La Gaceta N 56 Jueves 20 de marzo del 2014 Pg 35

    anticuerpo, en donde cada dominio de unin de eptope es capaz de unirse a VEGF; a dmeros que comprenden dos construcciones de unin de antgeno de la invencin; composiciones farmacuticas que comprenden dichos dmeros, y su uso en el tratamiento de enfermedades asociadas con la sealizacin de VEGF, tales como edema macular diabtico (DME), degeneracin macular hmeda asociada con la edad (AMD hmeda), retinopata diabtica, oclusin de la vena retinal (RVO) y neovascularizacin corneal; y secuencias de polinucletido que codifican dichas construcciones de unin de antgeno. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseos quedan depositados, la Clasificacin Internacional de Patentes es: C07K 16/22; A61P 27/02; cuyos inventores son Ashman, Claire, Catchpole, Ian Richard, Hughes-Thomas, Zoe, Lewis, Alan Peter, Steward, Michael. La solicitud correspondiente lleva el nmero 20140047, y fue presentada a las 14:00:00 del 28 de enero del 2014. Cualquier interesado podr oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicacin de este aviso.Publquese tres das consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un peridico de circulacin nacional.San Jos, 29 de enero del 2014.Lic. Hellen Marn Cabrera, Registradora.(IN2014015091).

    El seor Nstor Morera Vquez, cdula 1-1018-975, mayor de edad, vecino de San Jos, apoderado especial de Pfizer Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invencin denominada INDAZOLES.

    La presente invencin se refiere a los compuestos de frmula (I): La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseos quedan depositados, la Clasificacin Internacional de Patentes es: C07D 471/04; A61K 31/437; A61K 31/55; A6lP 11/00; C07D 487/04; cuyos inventores son Coe, Jotham, Wadsworth, Dehnhardt, Christoph, Martin, Jones, Peter, Kortum, Steven Wade, Sabnis,

    Yogesh, Anil, Wakenhut, Florian, Michel, Whitlock, Gavin, Alistair. La solicitud correspondiente lleva el nmero 20140042, y fue presentada a las 13:58:10 del 27 de enero del 2014. Cualquier interesado podr oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicacin de este aviso. Publquese tres das consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un peridico de circulacin nacional.San Jos, 28 de enero del 2014.Lic. Fabin Andrade Morales, Registrador.(IN201401592).

    El seor Nstor Morera Vquez, mayor, abogado, cdula 1-1018-975, vecino de San Jos, en su condicin de apoderado especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita el Diseo Industrial denominado CONTENEDOR.

    El diseo ornamental para un contenedor tal como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseos quedan depositados, la Clasificacin Internacional de Diseos Industriales es: 9/01; cuyos inventores son Sharpe, Tim, Stewart, Jonathan, Cole, Stuart. La solicitud correspondiente lleva el nmero 20130606, y fue presentada a las 11:20:45 del 21 de noviembre del 2013. Cualquier interesado podr oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicacin de este aviso. Publquese tres das consecutivos en el

    diario oficial La Gaceta y una vez en un peridico de circulacin nacional.San Jos, 06 de febrero del 2014.Lic. Melissa Sols Zamora, Registradora.(IN2014015093).

    La seora Alejandra Castro Bonilla, cdula 1-0880-0194, mayor de edad, vecina de San Jos, apoderada especial de University Of Washington, de E.U.A., solicita la Patente de Invencin denominada COMPOSICIONES DE NUCLEASA TERAPUTICAS Y MTODOS. Molculas de nucleasa hbridas y mtodos para tratar en un mamfero una enfermedad o trastorno relacionado con el sistema inmunolgico, y una composicin farmacutica para tratar en un mamfero una enfermedad relacionada con el sistema inmunolgico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseos quedan depositados, la Clasificacin Internacional de

    denominada CICLOPROPILAMINAS COMO INHIBIDORES DE DESMETILASA 1 ESPECFICA DE LISINA. Esta invencin se relaciona al uso de derivados de ciclopropilamina para la modulacin, en particular la inhibicin de la actividad de desmetilasa 1 especifica de Lisina (LSD1); convenientemente, la presente invencin se relaciona al uso de ciclopropilaminas en el tratamiento de cncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseos quedan depositados, la Clasificacin Internacional de Patentes es: A61K 31/445; cuyos inventores son Johnson, Neil, W., Kasparec, Jiri, Miller, William, Henry, Rouse, Meagan, B., Surez, Dominic, Tian, Xinrong. La solicitud correspondiente lleva el nmero 20130550, y fue presentada a las 12:46:08 del 25 de octubre del 2013. Cualquier interesado podr oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicacin de este aviso. Publquese tres das consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un peridico de circulacin nacional.San Jos, 13 de febrero del 2014.Lic. Hellen Marn Cabrera, Registradora.1 vez.(IN2014015087).

    El seor Nstor Morera Vquez, cdula 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de Apoderado Especial de