LA GACETA N° 245 de la fecha 17 12 2015 - Portal Imprenta … · de los proyectos que cobija este...

48
La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 17 de diciembre del 2015 AÑO CXXXVII Nº 245 48 páginas

Transcript of LA GACETA N° 245 de la fecha 17 12 2015 - Portal Imprenta … · de los proyectos que cobija este...

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 17 de diciembre del 2015

AÑO CXXXVII Nº 245 48 páginas

Pág 2 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

PODER EJECUTIVO

DECRETOSN° 39387-C

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 3), 8) y 18) y 146 de la Constitución Política; 25.1 y 28.2.b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; la Ley Nº 6158, Ley de Creación del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, del 25 de noviembre de 1977; el Decreto Ejecutivo Nº 34024-C, Declaratoria de Interés Público Nacional la industria cultural cinematográfica y audiovisual en Costa Rica, del 31 de julio de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 196 del 11 de octubre de 2007, el Decreto Ejecutivo Nº 38120-C Política Nacional de Derechos Culturales 2014-2023, del 17 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 6 del 9 de enero de 2014 y el Decreto Ejecutivo N° 39117-C del 28 de julio de 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°. 160 del 18 de agosto de 2015, denominado Reglamento del Fondo para el fomento audiovisual y cinematográfico-El Fauno; y

Considerando:I.—Que por Decreto Ejecutivo N°. 39117-C del 28 de julio

de 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 160 del 18 de agosto de 2015, se constituyó y reglamentó el Fondo para el fomento audiovisual y cinematográfico - El Fauno, para cumplir los siguientes objetivos:

a. Fomentar, promover y facilitar el desarrollo de las manifestaciones culturales y el arte cinematográfico y audiovisual, como medio para impulsar el movimiento cultural del país,

b. Promover la creación audiovisual costarricense y su divulgación a nivel nacional e internacional, como vínculo para la diversidad cultural y como medio generador de externalidades económicas de impacto positivo,

c. Reconocer, estimular y apoyar la libre creación artística como expresión máxima de la individualidad, en un entorno de libertad y realización plena del ser humano, contribuyendo a la generación de productos audiovisuales y cinematográficos,

d. Potenciar el alcance de la oferta cultural para los costarricenses, mediante la democratización de la inversión pública con impacto nacional,

e. Promover la competitividad regional e internacional de nuestro país en el sector audiovisual y fomentar la alianza y cooperación con otros países, en materia de coproducción y desarrollo de servicios cinematográficos.II.—Que en aras de cumplir con los objetivos planteados,

es indispensable autorizar al Centro Costarricense de Producción Cinematográfica para que, además de utilizar su presupuesto ordinario, pueda utilizar el superávit que genera, en el financiamiento de los proyectos que cobija este Fondo, maximizando el número de proyectos que podrían ser sus beneficiarios y por ende el impacto en la vida socio cultural del país.

III.—Que por acuerdo firme Nº 2 de la sesión extraordinaria Nº 36-2015 celebrada a las 11:00 horas del día 1° de diciembre de 2015, el Consejo Nacional de Cinematografía aprobó la presente modificación al Reglamento de cita. Por tanto,

Decretan:REFORMA AL DECRETO EJECUTIVO N° 39117-C DEL 28DE JULIO DE 2015, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL

LA GACETA N° 160 DEL 18 DE AGOSTO DE 2015,DENOMINADO REGLAMENTO DEL FONDO

PARA EL FOMENTO AUDIOVISUAL YCINEMATOGRÁFICO - EL FAUNO

Artículo 1º—Modifíquese el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 39117-C del 28 de julio de 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 160 del 18 de agosto de 2015, acto administrativo que constituyó y reglamentó el Fondo para el fomento audiovisual y cinematográfico - El Fauno, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente forma:

“Artículo 1º—Objeto. La presente normativa tiene por objeto constituir y reglamentar el funcionamiento del Fondo para el Fomento Audiovisual y Cinematográfico — EL FAUNO (en adelante denominado el Fondo), definiendo los procedimientos, requisitos y pautas que ejecutará el Centro Costarricense de Producción Cinematográfica (en adelante denominado CCPC), para cofinanciar proyectos cinematográficos y audiovisuales.Además del presupuesto ordinario que se destine a este fin, este Fondo podrá ser financiado con el superávit del CCPC, de acuerdo con la justificación presupuestaria que genere el proceso de selección de beneficiarios. Competerá a esta institución, gestionar lo correspondiente al aumento del límite de gasto presupuestario con este fin.”

CONTENIDOPág

NºPODER EJECUTIVO Decretos .................................................................. 2 Acuerdos ................................................................. 3

DOCUMENTOS VARIOS........................................ 3TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos .................................................................. 19 Avisos ................................................................... 19CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA .............. 20REGLAMENTOS ................................................... 28INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ....... 30RÉGIMEN MUNICIPAL ....................................... 34AVISOS .................................................................... 35NOTIFICACIONES ............................................... 43

Carlos Alberto Rodríguez Pérez DIRECTOR GENERAL IMPRENTA NACIONAL

DIRECTOR EJECUTIVO JUNTA ADMINISTRATIVA

Carmen Muñoz Quesada MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Dorelia Barahona RieraREPRESENTANTE EDITORIAL COSTA RICA

Said Orlando de la Cruz BoschiniREPRESENTANTE MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 3

Artículo 2º—En todo lo demás, el Decreto Ejecutivo N°. 39117-C del 28 de julio de 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 160 del 18 de agosto de 2015, que constituyó y reglamentó el Fondo para el fomento audiovisual y cinematográfico - El Fauno, permanece incólume.

Artículo 3º—Vigencia: Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República. San José, el primer día del mes de diciembre del año dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Cultura y Juventud, Sylvie Durán Salvatierra.—1 vez.—O. C. N° 0180.—Solicitud N° 6316.—(D39387-IN2015086711).

ACUERDOSMINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Nº 123-MEIC-2015

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República y sus reformas.

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), participar en el evento Reunión de Coordinación de los Organismos de los Sistemas de Calidad en Centroamérica, para atender acciones de ejecución, seguimiento y monitoreo del Proyecto “Fomento de una Infraestructura de la Calidad Apropiada para la Demanda y Armonizada Regionalmente en Centroamérica” y del Programa de “Apoyo a la Calidad y a la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias en Centroamérica”, de la cooperación regional de la Unión Europea con Centroamérica, ejecutados por medio de la Secretaría de Integración Económica de Centroamérica (SIECA) y el Physikalisch-Technische Bundesanstalt (PTB).

II.—Que dicha actividad se llevará a cabo en la Ciudad de Guatemala, Guatemala, del día 23 al día 24 de noviembre del 2015. Por tanto,

ACUERDA

Artículo 1º—Autorizar a Yira Rodríguez Pérez, portadora de la cédula de identidad 1-1026-0314 en su condición de Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional para la Calidad y Asesora del Despacho del Viceministro Mora Gómez del MEIC, para que participe en las misiones internacionales que tendrán lugar en Ciudad de Guatemala, Guatemala, del día 23 al día 24 de noviembre del 2015.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje, alimentación y transporte local serán asumidos por la Unión Europea. El millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Economía, Industria y Comercio

Artículo 3º—Rige a partir del día 22 al día 25 de noviembre de 2015, devengando la funcionaría el 100% de su salario.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, en la ciudad de San José a los trece días del mes de noviembre del dos mil quince.

Publíquese.—Carlos Mora Gómez, Ministro de Economía, Industria y Comercio a. í.—1 vez.—(IN2015085599).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICADIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDADREPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZAnte esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición

del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 11, asiento 4, título N° 77, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Agua Buena, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Solano Vargas Erick Diego, cédula: 6-0287-0912. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintinueve días del mes de julio del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud N° 45078.—(IN2015084909).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Área de Ciencias”, inscrito en el tomo V, folio 120, título N° 955, emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique Menzel, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Quirós Gutiérrez Carlos Luis, cédula 3-0262-0124. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diecinueve días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015085358).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 4, título N° 36, emitido por el Liceo Carrillos de Poás, en el año dos mil dos, a nombre de María Alejandra Cortés Herrera, cédula 205950523. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de julio del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015085389).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZAnte esta Dirección se ha presentado la solicitud de

reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 41, asiento 8, título Nº 1179, emitido por el Liceo San José de Alajuela, en el año dos mil siete, a nombre de Barrantes Portuguez Daniela María, cédula Nº 2-0675-0573. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de diciembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015085228).

Ante esta Dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 88, título Nº 807, emitido por el Liceo Monseñor Rubén Odio Herrera, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Cabrera Burgos Sarita, cédula Nº 1-0872-0496.

Pág 4 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del mes de abril del dos mil quince.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015085233).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 4, folio 120, título: 2696, emitido por el Liceo Mauro Fernández Acuña, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Vargas Alcócer Juan C., cédula 106940608. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de noviembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015085494).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZAnte esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición

del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 290, Título N° 2782, emitido por el Liceo de Heredia, en el año dos mil seis, a nombre de Vargas Chaves Jairo Jesús, cédula 4-0197-0187. Se solicita la reposición del título indicado por perdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiséis días del mes de noviembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—1 vez.—(IN2015085668).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 32, título N° 107, emitido por el Liceo Canaán, en el año dos mil nueve, a nombre de Rodríguez Ortiz Viviana Natalia, cédula 1-1464-0475. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de noviembre del 2015.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud 44723.—(IN2015086038).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio 70, asiento N° 2189, emitido por el Liceo Diurno José Martí, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Elliott Salazar Lady Carol, cédula 6-0228-0192. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de junio del 2015.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015086049).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 100, título Nº 1035, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Limón, en el año dos mil, a nombre de Kelly Baylis Shantey Arusha, cédula Nº 7-0143-0235. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de diciembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud Nº 45037.—(IN2015086083).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 333, título Nº 3688, emitido por el Liceo de Escazú, en el año dos mil once, a nombre de Gutiérrez Arroyo Jennifer Estela, cédula Nº 1-1568-0793. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, al primer día del mes de diciembre del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud Nº 45067.—(IN2015086089).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 125, título Nº 1348, emitido por el Liceo de Tarrazú, en el año dos mil nueve, a nombre de Samuel Fernando Moya Sánchez. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Samuel Fernando Valverde Sánchez, cédula Nº 3-0592-0454. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, al primer día del mes de diciembre del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud Nº 45088.—(IN2015086094).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 02, folio 90, título N° 1840, emitido por el Colegio Nocturno de Limón, en el año dos mil once, a nombre de Marissa Mayela López Spencer, cédula Nº 701330624. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diecisiete días del mes de noviembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015086135).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTEY LA RECREACIÓN

El Consejo Nacional del Deporte y la Recreación en su sesión ordinaria 966-2015, celebrada el 3 de diciembre del 2015, acordó designar a señor Roberto Solano Venegas, Director del Área de Deportes como Director Nacional del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación del 13 al 18 de diciembre del 2015.

Lic. Alba Quesada Rodríguez, Directora Nacional.—1 vez.—(IN2015085661).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-2352-2015 de las 9:00 horas del 13 de octubre del 2015. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-1920-2015, de sesión celebrada en San José a las 09:00 horas del 24 de setiembre del 2015, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Arrieta Vallejos Myriam, cédula de identidad N° 5-135-420, a partir del día 01 de agosto del 2015; por la suma de ciento dieciocho mil novecientos setenta y cuatro colones con cuarenta y un céntimos (¢118.974,41), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015085464).

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 5

JUSTICIA Y PAZJUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALPUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Fernando Fernández Centeno, divorciado una vez, pasaporte XDC044236, con domicilio en Condominio Sausalito, casa N° 3, Barrio Jesús, Orotina, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad, gestión de negocios con fines publicitarios. Reservas: De los colores: rojo y blanco, No se hace reserva de la palabra:

“COSTA RICA”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0009724. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de noviembre del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015080463).

Giselle Reuben Hatounian, cédula de identidad 1-1055-0703, en calidad de apoderada especial de Cimentaciones Terratest Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-671643, con domicilio en Santa Ana, radial Santa Ana San Antonio de Belén, kilómetro 3, Centro Empresarial Vía Lindora, Edificio BLP Abogados, cuarto piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de construcción, servicios de reparación, servicios de instalación; mantenimiento, demolición de construcciones, servicios de consultoría en construcción y servicios de asesores de construcción; consultas en materia de supervisión

de construcción; dirección de obras de construcción; (supervisión); dirección de proyectos de construcción en situaciones relativas a la construcción; impermeabilización de construcciones. Reservas: De los colores: anaranjado, blanco y azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de setiembre del 2015. Solicitud Nº 2015-0008664. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de noviembre del 2015.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—(IN2015080831).

María del Pilar López Quirós, cédula de identidad Nº 1-1066-0601, en calidad de apoderado especial de Foragro Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-382649 con domicilio en Escazú, de la Shell de San Rafael, 700 metros sur y 180 metros oeste, condominio Luna Azul, Nº 4, cuarto piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PH CONTROL, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2015. Solicitud N° 2015-0008395. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 29 de octubre del 2015.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2015083177).

Edward Drew Espinal, casado una vez, cédula de identidad Nº 11068443, en calidad de apoderado generalísimo de Kato Mutiny Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102311766 con domicilio en San Rafael de Escazú, de la antigua fábrica Paco, 500 metros al norte, edificio de dos plantas, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un coctel triple sec de licor de naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera

publicación de este edicto. Presentada el 28 de julio del 2015. Solicitud N° 2015-0007192. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de setiembre del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015083219).

Edward Drew Espinal, casado una vez, cédula de identidad Nº 110780443, en calidad de apoderado generalísimo de Kato Mutiny Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102311766 con domicilio en San Rafael de Escazú, de la antigua fábrica Paco, 500 metros al norte, edificio de 2 plantas, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un coctel de licor de café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de julio del 2015.

Solicitud N° 2015-0007193. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de setiembre del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015083220).

Edward Drew Espinal, casado una vez, cédula de identidad Nº 110780443, en calidad de apoderado generalísimo de Kato Mutiny Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102311766 con domicilio en San Rafael de Escazú, de la antigua fábrica Paco, 500 metros al norte, edificio de 2 plantas, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un coctel a base de licor. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de julio

del 2015. Solicitud N° 2015-0007194. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de setiembre del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015083221).

Joseph Daniel Espinoza Flores, cédula de identidad Nº 901160697, en calidad de apoderado generalísimo de Providence Valley School Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-692130 con domicilio en distrito primero Orotina, cantón noveno Orotina, Alajuela, doscientos metros al oeste del edificio del I.C.E., Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: educación. Reservas: de los colores verde, naranja, amarillo, celeste, café, rojo, blanco, azul y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera

publicación de este edicto. Presentada el 27 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0010316. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 3 de noviembre del 2015.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2015083262).

Pablo Antonio Solano Molina, divorciado, cédula de identidad Nº 303480536, en calidad de apoderado generalísimo de Legal Center Costa Rica CLJ S. A., cédula jurídica Nº 3101704375 con domicilio en cantón Central, distrito Oriental, 200 metros sur y 75 metros al oeste de la esquina sureste del edificio de los Tribunales de Justicia, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial

dedicado a Servicios Jurídicos de educación, gestión de negocios comerciales y trabajos de oficina. Ubicado en San José, San Pedro, Barrio La Granja, de la Gasolinera El Higuerón, 350 metros sur y 150 metros este, diagonal al Parque El Retiro. Se cita a terceros interesados

Pág 6 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010650. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de noviembre del 2015.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2015083264).

Carolina Arguedas Millet, casada, cédula de identidad Nº 113110258, en calidad de apoderada especial de Juan Carlos Arguedas Tinejero, casado, cédula de identidad Nº 105260104 con domicilio en Curridabat, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clases 35 y 38 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:

servicios de publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina y en clase 38: servicios de telecomunicaciones, principalmente los servicios que permitan la comunicación, por medios sensoriales, entre dos o más personas, tales como, pero sin limitarse a la conversación entre dos personas; la transmisión de mensajes entre dos personas; y la comunicación oral o visual (radio y televisión). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0009998. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de noviembre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015083283).

Jennie Morera Esquivel, cédula de identidad Nº 4-0151-0905, en calidad de apoderado generalísimo de Pilarte y Morera Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-686073 con domicilio en San Francisco, 600 metros oeste de Walmart, casa esquinera color vino a mano derecha, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 21 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: utensilio para uso doméstico y culinario no eléctrico (calentador térmico de alimentos). Reservas: de los colores beige, café, celeste, blanco, rojo, rosado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los

dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0009773. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 11 de noviembre del 2015.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—(IN2015083306).

Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado, cédula de identidad Nº 102990846, en calidad de apoderado especial de Motorola Trademark Holdings LLC con domicilio en 222 W. Merchandise Mart Plaza Suite 1800 Chicago, IL 60654, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SHATTERSHIELD, como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; equipo de procesamiento de datos y ordenadores; hardware de exhibición para dispositivos electrónicos, exhibidores para dispositivos electrónicos, pantallas de exhibición para dispositivos electrónicos, hardware para dispositivos electrónicos, aparatos de exhibición; software; aparatos e instrumentos para la conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0011132. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de noviembre del 2015.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2015083315).

Héctor Betancur Estrada, casado una vez, cédula de residencia Nº 117001223823, en calidad de apoderado generalísimo de Intermedia Group Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101699208 con domicilio en cantón Central, distrito Carmen, del Automercado San José, 130 metros al norte mano izquierda, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a Servicio de restaurante en

general de comida peruana, ubicado en San José, cantón Central, distrito Carmen del Automercado San José 130 metros norte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010850. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 19 de noviembre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015083331).

Paola María Pereira Vargas, casada una vez, cédula de identidad Nº 1-0095-0900 con domicilio en Desamparados de la Escuela del Porvenir 2 cuadras oeste 175 metros sur casa Nº 58 de dos plantas, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papelería y productos de imprenta. Se cita a terceros interesados en

defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2015. Solicitud N° 2015-0008376. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 7 de setiembre del 2015.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2015083336).

Lothar Volio Volkmer, cédula de identidad 109520932, en calidad de apoderado especial de Empresas Tres Sesenta Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-458485 con domicilio en Mata Redonda, Sabana Sur, de la Contraloría cien metros oeste y trescientos metros sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

EL BARBEROGentlemen’s Shop

como marca de comercio en clases 3 y 44 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 03: champú, gel, cera, fijadores, bálsamo para el cabello o barba, jabones, para caballeros y en clase 44: servicios de belleza para caballeros. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010572. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 25 de noviembre del 2015.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2015083351).

Lisa Francine Foulger, casada una vez, cédula de residencia Nº 184000556408, en calidad de apoderada generalísima de Lisa Foulger Leadership Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-693012 con domicilio en cantón San Isidro, distrito San José, residencial Lomas del Zurquí, casa C-9, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clases 35 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: servicios de consultorías y entrenamiento en desarrollo y soluciones en liderazgo y en clase 41: servicios de capacitación, entrenamiento, educación, y formación para desarrollo y soluciones en liderazgo. Se cita a

terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0010347. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de noviembre del 2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2015083357).

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 7

Rodolfo Delgado Bonilla, cédula de identidad Nº 105680324, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Decadebo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-581090 con domicilio en Escazú, San Rafael, Urbanización Miravalles, Condominio Alicante, número dos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: kbNET, como marca de servicios en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos de control (Inspección). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de setiembre del 2015. Solicitud N° 2015-0008684. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 19 de octubre del 2015.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2015083378).

Rodolfo Delgado Bonilla, cédula de identidad Nº 105680324, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Decadebo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-581090 con domicilio en Escazú, San Rafael, urbanización Miravalles, Condominio Alicante número dos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: idTRACK, como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos de control (Inspección). Reservas: no. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de setiembre del 2015. Solicitud N° 2015-0008685. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 29 de octubre del 2015.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(IN2015083383).

Claudio Quirós Lara, casado una vez, cédula de identidad Nº 103890572, en calidad de apoderado especial de BMA Pharma S. A. con domicilio en Buenos Aires 484, piso 2, escritorio 10, Montevideo, Uruguay, solicita la inscripción de: ORALSONE TOPIC, como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos de uso externo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0010016. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 11 de noviembre del 2015.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2015083394).

Efrén Murillo Vargas, casado una vez, cédula de identidad Nº 204100715, en calidad de apoderado generalísimo de Agrocomercial Frenfur Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101586770 con domicilio en San Pedro de Poás, 400 metros sur del templo católico, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado al reempaque, venta y distribución al detalle y al por mayor de diferentes tipos

de Sarán, según sus funciones de sombreo, protección solar, protección de plantaciones, disminución de temperatura y con base al tamaño que necesiten los consumidores, tales como viveros agrícolas, invernaderos, y productores agrícolas en general, ubicado en San Pedro de Poás, Alajuela, 400 metros sur del templo católico. Reservas: de los colores: verde y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010679. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de noviembre del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2015083400).

Cinthia Ulloa Hernández, soltera, cédula de identidad 112010235, en calidad de apoderada especial de Stora Enso OYJ con domicilio en Kanavaranta 1, 00160 Helsinki, Finlandia, solicita

la inscripción de: AVANTLINER como Marca de comercio en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Papel y cartón; papel y cartón industrial; cartón corrugado; papel acanalado (corrugado); materiales de cartón para embalar; cartón para contenedores. Prioridad: Se otorga prioridad N° 013730031 de fecha 11/06/2015 de España (OAMI). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de octubre del 2015, solicitud Nº 2015-0009823. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de octubre del 2015.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2015083814).

Cinthia Ulloa Hernández, cédula de identidad 112010235, en calidad de apoderado especial de Stora Enso OYJ con domicilio en Kanavaranta 1, 00160 Helsinki, Finlandia, solicita la inscripción de: AVANTKRAFT como marca de comercio en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Papel y cartón; papel y cartón industrial; cartón corrugado; papel acanalado (corrugado); materiales de cartón para embalar; cartón para contenedores. Prioridad: Se otorga prioridad N°013730056 de fecha 29-06-2015 de España (OAMI). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de octubre del 2015, solicitud Nº 2015-0009824. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de octubre del 2015.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2015083815).

Cinthia Ulloa Hernández, soltera, cédula de identidad 112010235, en calidad de apoderado especial de Stora Enso OYJ con domicilio en Kanavaranta 1, 00160 Helsinki, Finlandia, solicita la inscripción de: AVANTFLUTE como marca de comercio en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Papel y cartón; papel y cartón industrial; cartón corrugado; papel acanalado (corrugado); materiales de cartón para embalar; cartón para contenedores. Prioridad: Se otorga prioridad N° 013729975 de fecha 11/06/2015 de España (OAMI). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de octubre del 2015, solicitud Nº 2015-0009822. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de octubre del 2015.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2015083819).

Cinthia Ulloa Hernández, soltera, cédula de identidad 112010235, en calidad de apoderada especial de Suzhou Dake Machinery Co., Ltd. con domicilio en Room 618, Building number 1, Lucky City Commercial Center, Suzhou Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Instrumentos y aparatos de peso, escalas electrónicas, instrumentos y aparatos

de medida, cinta métrica, niveladoras, niveladoras láser, calibrador, multímetro digital, medidores de pinzas, medidores de prueba, aparatos e instrumentos de seguridad para la prevención de accidentes o lesiones, ropa de seguridad, cascos de seguridad, guantes de seguridad, máscaras protectoras, máscaras respiratorias, botas de seguridad, gafas de protección, rodilleras, audífonos, chalecos reflectores, paquetes de baterías, cargadores de baterías, cables eléctricos, alambre eléctrico, interruptores eléctricos, transformadores eléctricos, enchufes y toma corrientes eléctricos, conmutadores, relays eléctricos, placas o marcos de los interruptores eléctricos, rectificadores de corriente, cubiertas para enchufes eléctricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2015, solicitud Nº 2015-0008418. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de setiembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015083822).

Pág 8 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

Cinthia Ulloa Hernández, soltera, cédula de identidad 112010235, en calidad de apoderado especial de Suzhou Dake Machinery Co., Ltd. con domicilio en Room 618, Building number 1, Lucky City Commercial Center, Suzhou Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clase 7 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Herramientas y máquinas

eléctricas a saber; taladros de minería, destornilladores eléctricos, martillos eléctricos, tijera eléctrica, máquina para lijar (herramienta motorizada para superficies de alisado), máquinas y aparatos eléctricos de pulir, trituradora de residuos, cepilladoras, fresadora, máquinas de grabado, ensambladoras, pistolas de aire caliente, pistolas de pegamento caliente, pistolas de aerosol (spray) para pintura, pistolas para clavos, pistola para grapas, taladradora de mano eléctrica, torneadoras para madera, montacargas eléctrico, herramientas o aparatos para clavos, máquina grapadora eléctrica, vibradores de concreto, mezcladoras de concreto, taladro para demolición, plancha compactadora, cortadoras de troncos, máquinas para carpintería, herramientas de aire potente, compresores de aire, herramientas eléctricas de césped y jardín a saber: sopladores, cortadores de césped, podadoras, bordeadoras de césped, trituradoras, bombas, lavadoras de alta presión, aspiradoras; maquinaria de agricultura, generadores, todo tipo de motores excepto para vehículos terrestres, tecles de cadenas, máquinas eléctricas para soldar, accesorios para herramientas eléctricas tales como: brocas para herramientas, brocas para taladros, brocas para buriladoras, brocas para desatornilladores, cuchillas para serruchos, discos de amolar, almohadillas para pulir, discos abrasivos, láminas de lija, discos para cortar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2015, solicitud Nº 2015-0008417. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de setiembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015083825).

Cinthia Ulloa Hernández, soltera, cédula de identidad 112010235, en calidad de apoderado especial de Suzhou Dake Machinery Co., Ltd. con domicilio en Room 618, Building number 1, Lucky City Commercial Center, Suzhou Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clase 8 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Herramientas e instrumentos manuales, es decir, herramientas de mano

accionadas manualmente; taladros; destornilladores; serruchos; llaves (herramientas de mano); alicates; pinzas (herramientas de mano) ; martillos de remachar; hachas; cinceles: cepillo de carpintero; discos de corte; cuchillas; clavadoras; grapadoras de carpintero; limas; alicate; perforadoras; remachadoras; cuchara de albañilería; palas; llaves hexagonales; llaves; tenazas; gatas de mano; bolsas de herramientas; portaherramientas; herramientas agrícolas; herramientas de jardín; tijeras para podar; rastrillos; tijeras para césped; bordeadora de césped; navajas de podar; herramientas de abrasión; pistolas de goma; cuchillos; herramientas de afilar; brocas cara herramientas de mano; discos de molido; discos de corte; discos de pulido; discos de lijado; hojas de sierra. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2015, solicitud Nº 2015-0008416. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de setiembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015083827).

Julio Petra, casado una vez, pasaporte 231803180528NO, en calidad de apoderado generalísimo de Centro Médico de Radioterapia Irazú S. A. con domicilio en La Uruca, detrás de las bodegas de la Imprenta Nacional, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Los servicios médicos de radioterapia y tratamientos contra el

cáncer. Reservas: gris y azul. Se cita a terceros interesados en defender

sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de noviembre del 2015, solicitud Nº 2015-0010774. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de noviembre del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2015083839).

Cecilia Monge Bonilla, casada una vez, cédula de identidad 1-0985-0391, en calidad de apoderada generalísima de Grupo Bint Sociedad Anónima con domicilio en Santa Ana, Urbanización Río Oro, de la entrada 300 metros norte, 200 metros oeste y 50 metros sur, frente a casa San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de educación y formación a empresas en temas relacionados al bienestar físico y mental de sus colaboradores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,

contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre del 2015, solicitud Nº 2015-0010209. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de noviembre del 2015.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2015083849).

Eduardo Armando Gaetan, casado una vez, pasaporte AAC 736647 con domicilio en Uvita De Osa, 50 metros sur de la Gasolinera de Uvita, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: panes, pastas, café, repostería. Reservas: De los colores: café y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de octubre del 2015, solicitud Nº 2015-0009940. A efectos de

publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de noviembre del 2015.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(IN2015083860).

Roy Lorenzo Vargas Solano, soltero, cédula de identidad 107360947 con domicilio en Tejar, barrio Nuevo, Tejar Fundación C-30, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: MANGOSTAN T-SHIRT como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Camisetas para hombres, mujer, niño, niña. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del 2015, solicitud Nº 2015-0011461. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de diciembre del 2015.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2015083987)

Carlos Alberto Rivera Chavarría, casado una vez, cédula de identidad 107160796, en calidad de apoderado generalísimo de Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples de Tarrazú R. L., cédula jurídica 3004045083 con domicilio en San Marcos de Tarrazú, 1,5 km al sur del parque, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café en grano tostado, o en oro molido, instantáneo o en granel para la exportación o consumo nacional. Reservas: De los colores verde oscuro y verde limón. Se cita

a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de octubre del 2015, solicitud Nº 2015-0010348. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de noviembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015083996).

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 9

Lilliana González Miranda, casada dos veces, cédula de identidad 104680753, en calidad de apoderada generalísima de Chemtica Internacional S. A., cédula jurídica 3101117364 con domicilio en 100 metros oeste y 300 al sur de Gasolinera Ruta 20 Santa Rosa, Santo Domingo, 40306, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Pollinate como marca de fábrica y comercio en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Atrayente químico (semioquímico) formulado en dispersores de uso en agricultura para atraer insectos polinizadores de las palmas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de octubre del 2015, solicitud Nº 2015-0010483. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de noviembre del 2015.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2015084005).

Leonora Carboni Álvarez, divorciada, cédula de identidad 302630099, en calidad de apoderada generalísima de Lisan Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-039877 con domicilio en San Francisco de Dos Ríos, contiguo a las bodegas de Cervecería Costa Rica Fifco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: REFLUNAT como marca de fábrica en el clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico en cualquier tipo de presentación, tabletas, cápsulas, líquida, gel y spray. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de noviembre del 2015, solicitud Nº 2015-0010727. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de noviembre del 2015.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2015084066).

Adriana Yock Avellán, divorciada 1 vez, cédula de identidad 205710416 con domicilio en Nicoya, Quebrada Honda, San Juan 300 N casa de la Familia Trejos, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Jabones, productos de perfumería, aceites escenciales, lociones capilares. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos

para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2015, solicitud Nº 2015-0005335. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2015084067).

Francisco Javier Urcuyo Chaves, casado, cédula de identidad 109130884 con domicilio en Santa Ana 120 metros este del Hotel Louissiana casa a mano derecha, portón de madera, Costa Rica, solicita la inscripción de:

para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a paisajismo, jardinería, distribución y venta de productos relacionados con jardines y huertas así como el mantenimiento de los mismos, asesorías y capacitaciones relacionadas, ubicado en San

José, Santa Ana, distrito Uruca, 120 metros oeste del Hotel Luissiana, casa a mano derecha portón de madera. Reservas: Del color verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de mayo del 2015, solicitud Nº 2015-0004814. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de julio del 2015.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(IN2015084068).

María Eugenia Acuña Delgado, soltera, cédula de identidad 700420106, en calidad de apoderada generalísima de Infarma Especialidades Farmacéuticas S. A., cédula jurídica 3-101-316867 con domicilio en de la Clínica Dr. Carlos Durán, 700 metros al

este, autopista radial Zapote, Costa Rica, solicita la inscripción de: DIGESPLEN-N como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para proteger productos para corregir la deficiencia de enzimas digestivas y problemas en la absorción de los nutrientes fundamentales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2015, solicitud Nº 2015-0010982. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de noviembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084069).

María Eugenia Acuña Delgado, soltera, cédula de identidad 700420106, en calidad de apoderada generalísima de Infarma Especialidades Farmacéuticas S. A., cédula jurídica 3101316867 con domicilio en de la Clínica Dr. Carlos Durán, 700 metros al este, autopista radial Zapote, Costa Rica, solicita la inscripción de: BOMTONIC-SD como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para proteger soluciones que incrementan la energía y las funciones metabólicas del organismo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2015, solicitud Nº 2015-0010983. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de noviembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084070).

María Eugenia Acuña Delgado, soltera, cédula de identidad 700420106, en calidad de apoderada generalísima de Infarma Especialidades Farmacéuticas S. A., cédula jurídica 3101316867 con domicilio en de la Clínica Dr. Carlos Durán, 700 metros al este autopista radial a Zapote, Costa Rica, solicita la inscripción de: DENALGEX como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para proteger productos analgésicos, antipiréticos y antiinflamatorios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2015, solicitud Nº 2015-0010985. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de noviembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084072).

María Eugenia Acuña Delgado, soltera, cédula de identidad 700420106, en calidad de apoderada generalísima de Infarma Especialidades Farmacéuticas S. A., cédula jurídica 3101316867 con domicilio en de la Clínica Dr. Carlos Durán, 700 metros al este autopista radial a Zapote, Costa Rica, solicita la inscripción de: REXPIRAR como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para proteger productos para la prevención y el tratamiento de afecciones broncopulmonares, EPOC. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2015, solicitud Nº 2015-0010986. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de noviembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084073).

María Eugenia Acuña Delgado, soltera, cédula de identidad 700420106, en calidad de apoderada generalísima de Infarma Especialidades Farmacéuticas S. A., cédula jurídica 3101316867 con domicilio en de la Clínica Dr. Carlos Durán, 700 metros al este autopista radial a Zapote, Costa Rica, solicita la inscripción de: LACTIOF como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para proteger productos para el tratamiento de padecimientos por contracturas musculares y

Pág 10 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

músculo tendinosas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2015, solicitud Nº 2015-0010987. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de noviembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084074).

María Eugenia Acuña Delgado, cédula de identidad 700420106, en calidad de apoderada generalísima de Infarma Especialidades Farmacéuticas S. A., cédula jurídica 3101316867 con domicilio en de la Clínica Dr. Carlos Durán, 700 metros al este autopista radial a Zapote, Costa Rica, solicita la inscripción de: COX-TU como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para proteger productos analgésicos, antipiréticos y desinflamantes (AINES). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2015, solicitud Nº 2015-0010988. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de noviembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084075).

María Eugenia Acuña Delgado, soltera, cédula de identidad 700420106, en calidad de apoderada generalísima de Infarma Especialidades Farmacéuticas S. A., cédula jurídica 3101316867 con domicilio en de la Clínica Dr. Carlos Durán, 700 metros al este autopista radial a Zapote, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALERCAP como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para proteger productos para el tratamiento de alergias y reacciones producidas por liberación de histamína (anhihistamínico). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2015, solicitud Nº 2015-0010989. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de noviembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084076).

María Eugenia Acuña Delgado, soltera, cédula de identidad 700420106, en calidad de apoderada generalísima de Infarma Especialidades Farmacéuticas S. A., cédula jurídica 3101316867 con domicilio en de la Clínica Dr. Carlos Durán, 700 metros al este autopista radial a Zapote, Costa Rica, solicita la inscripción de: FUSION-A como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas de uso humano para proteger preparados para problemas infecciosos de la piel y mucosas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2015, solicitud Nº 2015-0010990. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de noviembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084078).

Ronald Soto Arias, soltero, cédula de identidad 100870344, en calidad de apoderado especial de Carlos Buitrago Buitrago, pasaporte 79421317 con domicilio en Bogotá D.C., dirección comercial: CL 21 A NO. 69B-86, Colombia, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Dentífricos; champús; acondicionadores; fijadores para el cabello; jabones; jabones de tocador; detergentes que no sean para procesos

de fabricación ni para uso médico; preparaciones para limpiar y pulir; perfumes; productos de perfumería; maquillaje; productos de maquillaje; preparaciones cosméticas para el baño; cosméticos; removedores de esmalte de uñas; removedores de maquillaje; lociones capilares; preparaciones para tratamientos capilares; lociones para uso cosmético; cremas cosméticas; geles para uso

cosmético; talco de tocador; productos de tocador. Reservas: No se hace reserva del término: “LINEA PROFESIONAL”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de noviembre del 2015, solicitud Nº 2015-0010740. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de noviembre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084104).

Mario Riba Zeledón, divorciado, cédula de identidad Nº 103740287, en calidad de apoderado generalísimo de Pesca Deportiva El Jaular Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101287232 con domicilio en calle 5 avenidas 1 y 3 edificio Lines, segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: agua. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses

siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010798. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 01 de diciembre del 2015.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2015084105).

Ronald Soto Arias, soltero, cédula de identidad Nº 100870344, en calidad de apoderado especial de Carlos Buitrago Buitrago, pasaporte Nº 79421317 con domicilio en Bogotá D.C., dirección comercial; CL 21 A Nº 69B-86, Colombia, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: dentífricos; champús; acondicionadores; fijadores para el cabello; jabones; jabones de tocador; detergentes que no sean para procesos de fabricación ni para uso médico; preparaciones para limpiar y pulir;

perfumes; productos de perfumería; maquillaje; productos de maquillaje; preparaciones cosméticas para el baño; cosméticos; removedores de esmalte de uñas; removedores de maquillaje; lociones capilares; preparaciones para tratamientos capilares; lociones para uso cosmético; cremas cosméticas geles para uso cosmético; talco de tocador; productos de tocador. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010739. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 17 de noviembre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084107).

Ronald Soto Arias, soltero, cédula de identidad Nº 100870344, en calidad de apoderado especial de Carlos Buitrago Buitrago, pasaporte 79421317 con domicilio en Bogotá D.C., dirección comercial; CL 21 A Nº 69B-86, Colombia, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: dentífricos; champús; acondicionadores; fijadores para el cabello; jabones; jabones de tocador; detergentes que no sean para

procesos de fabricación ni para uso médico; preparaciones para limpiar y pulir; perfumes; productos de perfumería; maquillaje; productos de maquillaje; preparaciones cosméticas para el baño; cosméticos; removedores de esmalte de uñas; removedores de maquillaje; lociones capilares; preparaciones para tratamientos capilares; lociones para uso cosméticos; cremas cosméticas; geles para uso cosmético; talco de tocador; productos de tocador. Reservas: no se hace reserva de los términos “CUIDADO SALUD Y BELLEZA”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010738. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 17 de noviembre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084108).

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 11

Ronald Soto Arias, soltero, cédula de identidad Nº 100870344, en calidad de apoderado especial de Carlos Buitrago Buitrago con domicilio en Bogotá D.C., Colombia, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3 dentífricos; champús; acondicionadores; fijadores para el cabello;

jabones; jabones de tocador; detergentes que no sean para procesos de fabricación ni para uso médico; preparaciones para limpiar y pulir; perfumes; productos de perfumería; maquillaje; productos de maquillaje; preparaciones cosméticas para el baño; cosméticos; removedores de esmalte de uñas; removedores de maquillaje; lociones capilares; preparaciones para tratamientos capilares; lociones para uso cosmético; cremas cosméticas; geles para uso cosmético; talco de tocador; productos de tocador. Reservas: no se hace reserva de la frase “BEAUTY LINE FROM”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010737. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de noviembre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084109).

Arnoldo López Echandi, casado una vez, cédula de identidad Nº 102870927, en calidad de apoderado especial de Connolly Corporation con domicilio en 50 Danbury Road, Wilton, Connecticut 06897, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COTIVITI, como marca de servicios en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: suministro de soporte en caso de fraude y abuso en la industria de atención de la salud; servicios de detección de fraudes en el campo de seguros de atención de la salud. Reservas: Prioridad: Se otorga prioridad N° 86656908 de fecha 09/06/2015 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0009942. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de octubre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084122).

Arnoldo López Echandi, casado una vez, cédula de identidad Nº 102870927, en calidad de apoderado especial de Connolly Corporation con domicilio en 50 Danbury Road, Wilton, Connecticut 06897, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COTIVITI, como marca de fábrica y comercio en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: materiales impresos, incluyendo folletos, libros, boletines informativos, revistas, informes, periódicos, manuales, panfletos, diarios y guías impresas en el campo de servicios de auditoría de cuentas, consultoría, software, soporte de negocios y análisis. Reservas: Prioridad: se otorga prioridad N° 86656908 de fecha 09/06/2015 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0009947. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de octubre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084124).

Arnoldo López Echandi, casado una vez, cédula de identidad Nº 102870927, en calidad de apoderado especial de Connolly Corporation con domicilio en 50 Danbury Road, Wilton, Connecticut 06897, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COTIVITI, como marca de servicios en clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicio de intercambio electrónico de datos en el campo de transacciones de atención de la salud, tales como reclamos, elegibilidad, situación de los reclamos, asesoría sobre remesas electrónica, autorizaciones previas, anexos y referencias que permiten transacciones directas y comunicaciones de pago entre pagadores y proveedores de atención de la salud. Prioridad: se otorga prioridad N° 86656908 de fecha 09/06/2015

de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0009944. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de octubre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084126).

Arnoldo López Echandi, casado una vez, cédula de identidad Nº 102870927, en calidad de apoderado especial de Connolly Corporation con domicilio en 50 Danbury Road, Wilton, Connecticut 06897, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COTIVITI, como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: software de auditoría de recuperación; software de cómputo para rastreo de reclamos de sobrepagos a vendedores; software de exploración de datos; software de análisis de datos. Prioridad: se otorga prioridad N° 86656908 de fecha 09/06/2015 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0009948. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de octubre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084128).

Arnoldo López Echandi, casado una vez, cédula de identidad Nº 102870927, en calidad de apoderado especial de Connolly Corporation con domicilio en 50 Danbury Road, Wilton, Connecticut 06897, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COTIVITI, como marca de servicios en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de ajuste de reclamos de seguros y de revisión de utilización y casos de seguros médicos para compradores, pagadores y proveedores de atención de la salud y beneficiarios de medicare; servicios de revisión de reclamos de seguros médicos, incluyendo análisis de reclamos de pacientes internados, servicios de revisión de codificación y clínicos y de optimización de redes, así como gestión y evaluación de reclamos médicos; servicios de coordinación y gestión de beneficios de atención de la salud; prestación de servicios de administración de beneficios de atención de la salud; suministro de orientación y consultoría en el campo de beneficios de atención de la salud; servicios de consultas sobre administración de reclamos de seguros para PPOs (organizaciones proveedoras participantes) propiedad de los pagadores con el fin de eliminar reclamos fuera de la red. Prioridad: se otorga prioridad N° 86656908 de fecha 09/06/2015 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0009945. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de octubre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084131).

Arnoldo López Echandi, casado una vez, cédula de identidad Nº 102870927, en calidad de apoderado especial de Connolly Corporation con domicilio en 50 Danbury Road, Wilton, Connecticut 06897, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COTIVITI, como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: suministro de un sitio en Internet para uso en tecnología de auditoría de recuperación, que le permita a usuarios almacenar, rastrear, analizar, comunicar y reportar sobre información proveniente de múltiples fuentes de auditoría de recuperación y esfuerzos de auditoría; servicios de consultoría en tecnología de la información; suministro de una aplicación de software en Internet, en línea y no descargable para facturación médica de médicos e instituciones de atención de la salud; servicios de atención de la salud tal como suministro de información sobre el tema de desarrollo de perfiles de proveedores de atención de la salud; desarrollo de aplicaciones para teléfonos celulares; suministro de un sitio en Internet con tecnología que le permita a usuarios gestionar el proceso de aprobación de reclamos de vendedores; suministro de

Pág 12 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

software en línea no descargable para uso en el campo de análisis de datos; servicios de cómputo, incluyendo el “hosting” de un sitio interactivo que permita almacenar, rastrear, analiza, comunicar y reportar sobre una actividad de auditoría de recuperación y los resultados de análisis de cuentas por pagar, transacciones del sistema de compras y de facturación de reclamos médicos; prestación de servicios de aplicación con software para suministrar una base de datos en línea en el campo de procesamiento de transacciones con el fin de descargar datos de transacciones, suministro de análisis estadístico y producción de notificaciones e informes; prestación de servicios de aplicación, incluyendo suministro, “hosting”, gestión, desarrollo, investigación, análisis, reportes y mantenimiento de aplicaciones, software, sitios en Internet, programas de beneficios de atención de la salud, gestión de riesgos y productividad de empleados; desarrollo de software personalizado en el campo de auditoría de recuperación para otros; suministro de un sitio interactivo en Internet de contabilidad de clientes de negocios que le permita a los propietarios de negocios recuperar datos de los clientes y auditar las cuentas de clientes. Prioridad: se otorga prioridad N° 86656908 de fecha 09/06/2015 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0009943. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de octubre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084133).

Arnoldo López Echandi, casado una vez, cédula de identidad Nº 102870927, en calidad de apoderado especial de Connolly Corporation con domicilio en 50 Danbury Road, Wilton, Connecticut 06897, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COTIVITI, como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de auditoría de cuentas, incluyendo servicios de auditoría de recuperación como revisión de cuentas por pagar, sistemas de compras, pagos por equipo médico durable, transacciones y reclamos de farmacia, registros de vendedores y flete, y sistemas de facturación en reclamos médicos para detectar utilidades pérdidas debido a sobrepagos, cálculos erróneos, descuentos perdidos, errores en precios, pagos duplicados, facturas incorrectas y créditos perdidos, pasivos por impuestos de ventas y uso, y cumplimiento con contratos y proveedores; servicios de consultoría de negocios, incluyendo dar recomendaciones para mejorar procesos de adquisición a pago, y suministro de referencias de la industria para medir el rendimiento y guiar las decisiones sobre políticas; asistencia de negocios, servicio de asesoría y consultoría en el campo de codificación de reclamos en el campo de atención de la salud, análisis de patrones de facturación, controles de costos, políticas de pago, análisis de patrones de utilización de proveedores, análisis y revisión de cumplimiento con facturas de proveedores, análisis integrado de reclamos médicos, expedientes médicos, análisis de responsabilidad por productos, gestión de terapia de medicación y análisis y revisión de reclamos de “retroterminación”; suministro de análisis de costos y oportunidades financieras de negocios; análisis de utilización de redes para gestión de negocios de atención de la salud; prestación de servicios de revisión de expedientes como parte de la gestión de negocios en el campo de atención de la salud; servicios de consultoría en la gestión de costos y pagos en el campo de atención de la salud; servicios de gestión de reclamos médicos, incluyendo recibo y entrada de datos y revisión de precios de transacciones que son originadas por médicos, hospitales, y proveedores de atención médica complementarios; gestión de costos médicos; servicios de consultoría, asesoría y asistencia de negocios en el campo de gestión de raes de atención de la salud: servicios de optimización de procesos clínicos y de negocios; servicios de valoración de operaciones, análisis y respaldo de decisiones de negocios en el campo de ventas al detalle y de atención de la salud; servicios de análisis y reporte de tendencias comparadas de negocios y de la industria; servicios de gestión de procesos de pagos clínicos; servicios de revisión de precios, promociones y transacciones al detalle; consultoría de gestión y negocios para

proveedores de atención de la salud, compañías de ventas al detalle y negocios relacionados; servicios de análisis de datos; consultoría de administración de negocios; consultoría de negocios; servicios de presentación y recopilación electrónicas de datos para propósitos de negocios en los campos de medicina y atención de la salud; información de negocios para empresas; gestión de costos para planes de beneficios de atención de la salud de otros. Prioridad: se otorga prioridad N° 86656908 de fecha 09/06/2015 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0009946. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de octubre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084135).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad Nº 110140725, en calidad de gestor oficiosa de Froztec International INC con domicilio en 11,271 Interchange Circle South, Miramar Florida, código postal 33,025, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios en clases 7; 35 y 37 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 7 productos de máquinas y motores; 35: servicios de

publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina y 37: servicios de construcción, reparación e instalación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de setiembre del 2015. Solicitud N° 2015-0009061. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 22 de octubre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084170).

Adriana Calvo Fernández, cédula de identidad Nº 1-1014-0725, en calidad de apoderada especial de Delton Holdings Inc., con domicilio en calle 2da. PH BMW Center, nivel 400, oficina Nº 9, Costa del Este, ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clases 35 y 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: servicios de venta de artículos de iluminación; publicidad; gestión

de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina y en clase 39: distribución de artículos de iluminación. Reservas: de los colores verde oscuro (Pantone Nº 1B440C), verde claro (Pantone Nº B1C800), negro (Pantone Nº 1E13OF) y blanco (Pantone Nº FEFEE). No hace reserva del término “HOLDINGS”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de junio del 2015. Solicitud N° 2015-0005732. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de setiembre del 2015.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2015084172).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad Nº 110140725, en calidad de apoderado especial de Delton Holdings Inc. con domicilio en calle 2da. PH BMW Center, nivel 400, oficina Nº 9, Costa del Este, ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 11 productos de aparatos de iluminación con diodos electroluminiscentes (Led); bombillas de iluminación y aparatos de iluminación en general; aparatos de

alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, así como instalaciones sanitarias. Reservas: de los colores: azul oscuro, azul claro, verde oscuro y verde claro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 13

edicto. Presentada el 10 de setiembre del 2015. Solicitud N° 2015-0008839. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 6 de octubre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084174).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad Nº 110140725, en calidad de apoderada especial de Biomercy International Industry (Panamá) S. A. con domicilio en calle 59 y Elvira Méndez, edificio Tower Financial Center, piso 35, Bella Vista, ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos de aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos,

odontológicos y veterinarios, así como miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2015. Solicitud N° 2015-0006309. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 17 de agosto del 2015.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2015084176).

Roselym Allem Brown, soltera, cédula de identidad Nº 109920670 con domicilio en Hatillo, Sagrada Familia, de la iglesia católica 200 metros al oeste y 50 metros al norte, tercera casa de alto color terracota, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un

establecimiento comercial dedicado a prendas de vestir, calzado, artículos de sombrería, ubicado en San José, Hatillo, Sagrada Familia, de la iglesia católica 200 metros al oeste y 50 metros al norte, tercera casa de alto color terracota. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0010270. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 2 de noviembre del 2015.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2015084180).

Rosilyn Allem Brown, soltera, cédula de identidad Nº 109920670 con domicilio en Hatillo, Sagrada Familia, de la iglesia católica 200 metros al oeste y 50 metros al norte, 3 era casa de alto color terracota, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: toda prenda de vestir como camisas, camisetas, blusas, pantalones de todo tipo, zapatería, bufandas, sombreros. Se cita a terceros interesados en defender sus

derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0010271. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 2 de noviembre del 2015.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2015084182).

Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad Nº 1-0392-0470, en calidad de apoderado especial de Fernando Gutiérrez Calderón, casado una vez, cédula de identidad Nº G12916694 con domicilio en Aluminio Nº 7, Colonia Esfuerzo Nacional, en Xalostoc, Estado de México, C.P. 55320, México, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 4 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: combustibles; combustible a base de alcohol; alcohol [combustible]. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este

Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de setiembre del

2015. Solicitud N° 2015-0008728. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de setiembre del 2015.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2015084184).

Fernando Contreras López, casado, cédula de identidad Nº 900440264, en calidad de apoderado generalísimo de Representaciones Televisivas Repretel S. A., cédula jurídica Nº 3-101-139097 con domicilio en La Uruca, del Hospital México, 300 metros al oeste, edificio Repretel, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: programas televisivos de noticias. Reservas: de los colores: azul, rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este

edicto. Presentada el 21 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0010109. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 19 de noviembre del 2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2015084228).

Fernando Contreras López, casado, cédula de identidad Nº 900440264, en calidad de apoderado generalísimo de Representaciones Televisivas Repretel S.A., cédula jurídica Nº 3-101-139097 con domicilio en La Uruca, del Hospital México, 300 metros al oeste, edificio Repretel, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: programas televisivos de Deportes. Reservas: de los colores: negro, blanco y azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de

octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0010107. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 19 de noviembre del 2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2015084232).

Blanca María Coto Rodríguez, casada una vez, cédula de identidad Nº 900120318 con domicilio en Sabana Sur, 175 metros este del Colegio La Salle, Costa Rica, solicita la inscripción de: Lantis Art, como marca de fábrica y comercio en clase 14 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: joyería, bisutería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010837. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 01 de diciembre del 2015.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2015084259).

Warner Rodríguez Murillo, casado una vez, cédula de identidad Nº 204750076 con domicilio en San Isidro, San Ramón, 200 metros norte de la Escuela Central, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de julio del 2015. Solicitud N° 2015-0006769. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de julio

del 2015.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2015084272).

Álvaro Argüello Marenco, casado dos veces, cédula de identidad Nº 103120991, en calidad de apoderado especial de Sesderma S.L. con domicilio en calle Massamagrel-5.46138 Rafaelbuñol, Valencia, España, solicita la inscripción de:

Pág 14 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos de uso médicos para la piel. Reservas: no se hace reserva del

término: “MEDI Y DERMA”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010621. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 2 de diciembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084277).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderada especial de Alticor INC. con domicilio en 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan, 49355, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 32 bebidas energéticas; bebidas deportivas; bebidas isotónicas y mezclas de

bebidas; bebidas a base de frutas; preparaciones para elaborar agua saborizada o bebida sin alcohol, a saber, bebidas de jugos de frutas sin alcohol, ponche sin alcohol; bebidas frutales no carbonatadas sin alcohol y bebidas refrescantes no carbonatadas sin alcohol; aromatizadas hechas a base de frutas, proteínas, licor, azúcar y otros nutrientes líquidos, a saber, bebidas con proteínas para utilizar como aditivos alimenticios y no sustitutos de las comidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010644. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 13 de noviembre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084279).

Álvaro Argüello Marenco, casado dos veces, cédula de identidad Nº 103120991, en calidad de apoderado especial de Sesderma. SL con domicilio en calle Massamagrel 5, 46138 Rafaelbuñol Valencia, España, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cosméticos, dermo cosméticos. Se cita a terceros interesados en defender

sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010622. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 2 de diciembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084280).

Silvia Elena Tellez Laguna, casada una vez, cédula de identidad Nº 800730291 con domicilio en Atenas Los Ángeles calle Víquez 375 sur AYA, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 25: prendas de vestir. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de

noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010832. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de noviembre del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015084285).

León Weinstok Mendelewicz, casado una vez, cédula de identidad Nº 1-1220-0158, en calidad de apoderado especial de Cienciagroep, C.V. con domicilio en fred. Roeskestraat 100, 1076 ED Amsterdam, Amsterdam, Países Bajos, solicita la inscripción de: EUROCAST, como marca de fábrica y comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos

e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de setiembre del 2015. Solicitud N° 2015-0009269. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 17 de noviembre del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2015084286).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderada especial de Soluciones Empresariales Solem S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-642011 con domicilio en Santa Ana, radial Santa Ana-San Antonio de Belén, kilómetro 3, Centro Empresarial Vía Lindora, edificio BLP Abogados, cuarto piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 42: servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de

investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigaciones industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software, creación, desarrollo, diseño, Instalación, mantenimiento y reparación de software y programas informáticos, actualizaciones y mejoras de software, alquiler y arrendamiento de software, diseño de software para terceros, diseño, desarrollo, Implantación, mantenimiento de software, asesoría y consultoría en materia de software, configuración de software. Reservas: de los colores azul, anaranjado y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010828. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 19 de noviembre del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015084289).

León Weinstok Mendelewicz, casado una vez, cédula de identidad Nº 1-1220-0158, en calidad de apoderado especial de Colgate Palmolive Company, con domicilio en 300 Park Avenue, New York, N.Y., 10022, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3 detergente para lavar platos con limón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0010244. A

efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de noviembre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084290).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderada especial de Alticor Inc., con domicilio en 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan, 49355, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TRUVIVITY como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: complementos alimenticios y nutricionales compuestos de vitaminas y minerales; complementos alimenticios y nutricionales ingeribles en la forma de una sola toma líquida; complementos alimenticios y nutricionales en forma de tableta y polvo para uso en la elaboración de bebidas al añadírseles agua. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de noviembre del 2015. Solicitud Nº 2015-0011209. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de noviembre del 2015.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2015084291).

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 15

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderada especial de Alticor Inc., con domicilio en 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan, 49355, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TRUVIVITYcomo marca de fábrica y comercio, en clase: 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: polvos utilizados en la preparación de bebidas a base de frutas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de noviembre del 2015. Solicitud Nº 2015-0011208. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de noviembre del 2015.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2015084293).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderada especial de Soluciones Empresariales Solem S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-642011, con domicilio en Santa Ana, Radial Santa Ana-San Antonio de Belén, kilómetro 3, Centro Empresarial Vía Lindora, Edificio BLP Abogados, cuarto piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 9: aparatos e instrumentos científicos, náuticos,

geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores, interfaces, paquetes de software, plataformas de software, software, programas informáticos, programas de ordenador, programas de software, software, software para recuperación de deudas, software para servicios de cobro. Reservas: de los colores: azul, anaranjado y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del 2015. Solicitud Nº 2015-0010827. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de noviembre del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015084294).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderada especial de Auto Mercado Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101007186, con domicilio en avenida tres, calles tres y cinco, Edificio Victoria, cuarto piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 35: publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina; servicios de supermercado, incluyendo la venta de todo

tipo de productos comestibles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de setiembre del 2015. Solicitud Nº 2015-0008634. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de noviembre del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015084296).

León Weinstok Mendelewicz, casado una vez, cédula de identidad Nº 1-1220-0158, en calidad de apoderado especial de Cienciagroep C.V., con domicilio en Fre. Roeskestraat 100, 1076 Ed, Amsterdam, Países Bajos, solicita la inscripción de: RAYPAQUE como marca de fábrica y comercio, en clase: 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos e instrumentos

quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de setiembre del 2015. Solicitud Nº 2015-0009267. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de noviembre del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2015084298).

Pamela Mora Soto, casada una vez, cédula de identidad Nº 112460002, en calidad de apoderada especial de Grupo Prival S. A., con domicilio en Edificio Torre de las Américas, torre C, piso 30, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento

comercial dedicado a servicios bancarios y otras actividades asociadas. Ubicado en San José, Montes de Oca, San Pedro, costado norte del Mall San Pedro, edificio esquinero de dos plantas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0009782. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de noviembre del 2015.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2015084300).

Luis Fernando Castro Gómez, cédula de identidad Nº 1-0716-0301, en calidad de apoderado especial de Productos Sarita Sociedad Anónima, con domicilio en 1 avenida 2-51 zona 1 interior 16, Boca del Monte Villa Canales, Guatemala, solicita la inscripción de:

como señal de propaganda, para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar helados. Relacionado con el signo SARITA, registro Nº 142277. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de noviembre del 2015.

Solicitud Nº 2015-0010717. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de noviembre del 2015.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2015084309).

José Carlos Reyes Azofeifa, soltero, cédula de identidad Nº 113870384, en calidad de apoderado generalísimo de CR Audio Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101703903, con domicilio en San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica 400 metros este, 200 metros norte, Bodegas Arcom número siete, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: AMPERIO 506 como nombre comercial, en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: para proteger y distinguir un establecimiento comercial dedicado a la venta y comercialización de equipos de audio, video y tecnología en general. Ubicado en San José, San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica 400 metros este, 200 metros norte, Bodegas Arcom Nº 7. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2015. Solicitud Nº 2015-0010914. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de noviembre del 2015.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2015084323).

Trycia Zúñiga Castro, soltera, cédula de identidad Nº 107800102, en calidad de apoderada generalísima de Makila Mi Chema Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101695670, con domicilio en Escazú, San Rafael, frente al Supermercado Más X Menos, Plaza Rojas, oficina 6, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 25 prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería. Se cita a terceros

Pág 16 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0009819. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de octubre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084325).

Juan Ignacio Jiménez Madrigal, casado una vez, cédula de identidad Nº 106140714, en calidad de apoderado generalísimo de Estructuras y Construcciones Jiménez (ESCOJISA), cédula jurídica Nº 3101099898, con domicilio en Piedades de San José, de ABOPAC 300 metros al sur, Condominios Bosque Dorado, casa C-3, Costa Rica, solicita la inscripción de: ESCOJISA como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la construcción de estructuras, puentes y todo lo relacionado con edificaciones de todo tipo. Ubicado en Piedades de Santa Ana de San José, de ABOPAC 300 metros al sur, Condominios Bosque Dorado, casa C-3. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de marzo del 2015. Solicitud Nº 2015-0002513. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de octubre del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(IN2015084373).

Álvaro Enrique Dengo Solera, casado una vez, cédula de identidad Nº 105440035, en calidad de apoderado generalísimo de Laboratorios Arsal Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en calle Modelo, Nº 512, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: RITARSAL como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 productos farmacéuticos especialmente para el sistema nervioso central. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0010378. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 02 de noviembre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084390).

Álvaro Enrique Dengo Solera, casado una vez, cédula de identidad Nº 105440035, en calidad de apoderado generalísimo de Laboratorios Arsal Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en calle Modelo, Nº 512, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: FOLIUM FORTE como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 servirá para amparar un producto farmacéutico para combatir la anemia megaloblástica de cualquier etiología, esprue, anemia hemolítica, talasemia, en el embarazo (prevención de deficiencias del tubo neural, prevención de labio leporino) en la lactancia en el crecimiento y en otras situaciones debidas a deficiencias de ácido fólico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0010375. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 02 de noviembre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084393).

Álvaro Enrique Dengo Solera, casado una vez, cédula de identidad Nº 105440035, en calidad de apoderado generalísimo de Laboratorios Arsal Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en calle Modelo, Nº 512, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: ES-AXOPRAM como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 productos farmacéuticos especialmente para el sistema nervioso central. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los

dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0010376. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 02 de noviembre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084395).

Álvaro Enrique Dengo Solera, casado una vez, cédula de identidad Nº 105440035, en calidad de apoderado generalísimo de Laboratorios Arsal Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en calle Modelo, Nº 512, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: GABA-B12 como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 productos farmacéuticos especialmente para el sistema nervioso central. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0010377. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 02 de noviembre del 2015.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2015084398).

Juan Carlos Ruiz Guevara, casado una vez, cédula de identidad Nº 110170349, con domicilio en San Francisco, 100 este Más x Menos, Condominio Los Sauces, casa 5A, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de restauración. Reservas: de los colores: negro y dorado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la

primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de noviembre del 2015. Solicitud Nº 2015-0010876. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de noviembre del 2015.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2015084415).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad Nº 111610034, en calidad de apoderada especial de Grupo Bimbo S.A.B. de C.V., con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma Nº 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, México, Distrito Federal, México, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: pan con semillas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0010241. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de octubre

del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2015084417).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de 3G office S. L. con domicilio en C/ Eloy Gonzalo, 18 (Madrid), código postal: 28010, España, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: educación; formación; organización de exposiciones con fines culturales o educativos; simposios, congresos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos

para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de setiembre del 2015. Solicitud Nº 2015-0009461. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de noviembre del 2015.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—Solicitud N° 44267.—(IN2015085093).

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 17

Marca de GamadoSolicitud Nº 2015-1986.—Rafael Ángel Gamboa Miranda,

cédula de identidad Nº 0202180711, solicita la inscripción de:G N

4como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San Carlos, Aguas Zarcas, Caño Negro, 1 kilómetro al norte y 3 kilómetros al oeste de la escuela Altamira. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 16 de octubre del 2015. Según el expediente N° 2015-1986.—San José, 25 de noviembre del 2015.—Viviana Segura De La O, Registradora.—1 vez.—(IN2015084127).

Cambio de Nombre Nº 98327Que Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 1-0392-0470,

en calidad de apoderado especial de Polypipe, INC, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Rinker Materials Polypipe, Inc por el de Polypipe, Inc, presentada el día 18 de agosto de 2015 bajo expediente 98327. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1994-0003360 Registro N° 89888 POLY PIPE en clase 17 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—21 de agosto de 2015.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2015085168).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICASAsociaciones civiles

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Iglesia Misionera del Gran Mandamiento, con domicilio en la provincia de: San José-San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: fundar, constituir, mantener y administrar una iglesia, en donde se propague la Palabra de Dios y la Fe Cristiana. Cuyo representante, será la presidenta: María Auxiliadora Figueroa, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014, asiento: 301995.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 0 minutos y 17 segundos, del 11 de junio del 2015.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—(IN2015085236).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALPatentes de invención

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZEl señor Luis Diego Ordónez Robles, de Costa Rica soltero,

cédula de identidad 1-1477-0762, solicita el Modelo de Utilidad denominada CAMA MÉDICA CON SISTEMA DE EVACUACIÓN ELECTROMECÁNICA DE DESECHOS ORGÁNICOS. Cama médica con sistema de evacuación electromecánica de desechos orgánicos para pacientes en rehabilitación, personas discapacitadas y adultos mayores. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: A6lG 7/02; cuyo inventor son Ordónez Robles, Luis Diego. Prioridad. La solicitud correspondiente lleva el número 20150624, y fue presentada a las 11:50:42 del 24 de noviembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 02 de diciembre del 2015.—Walter Campos Fernández, Registrador.—(IN2015084575).

El señor Francisco Guzmán Ortiz, cédula Nº 1-434-595, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Bticino S.P.A, de Italia, solicita el Diseño Industrial denominada:

PLACAS COBERTORAS PARA DISPOSITIVOS ELÉCTRICOS. El presente diseño y el cuerpo de las placas cobertoras pueden hacerse en cualquier color o combinación de colores. En especial los lados superiores e inferiores de las placas cobertoras pueden hacerse en diferentes colores respecto del color del lado

frontal o lateral de la placa cobertora. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 13/03; cuyo(s) inventor(es) es(son) Milka Eskola. Prioridad: 29/04/2015 IT RM2015O000026. La solicitud correspondiente lleva el número 20150535, y fue presentada a las 09:05:05 del 13 de octubre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de noviembre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015084724).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZEl señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, vecino de

San José, cédula 1-669-228, en calidad de apoderado general de Pfizer Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE TRIAZINA. La presente invención se refiere a una nueva clase de derivados de triazina, como se describen en la siguiente Fórmula I, en donde A, X, R1, R2, R3 y R4 son como se definen en la presente, y al uso de los compuestos como inhibidores de PDE10. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 487/04; A61K 31/53; A61P 25/18; cuyos inventores son Chappie, Thomas, Allen, Helal, Christopher, John, Kormos, Bethany, Lyn, Tuttle, Jamison, Bryce, Verhoest, Patrick, Robert. Prioridad: 02/05/2013 US 61/818,650; 23/04/2014 WO 2014IB060945. Publicación Internacional: 06/11/2014 WO2014/177977. La solicitud correspondiente lleva el número 20150591, y fue presentada a las 14:08:25 del 27 de octubre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de noviembre del 2015.—Walter Campos Fernández, Registrador.—Solicitud N° 45003.—(IN2015086058).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, vecino de San José, cédula 1-669-228, en calidad de apoderado especial de Bio Blast Pharma Ltd., de Israel, solicita la Patente de Invención denominada CONSTRUCCIONES DE PROTEÍNAS MITOCONDRIALES Y SUS USOS. Se divulgan construcciones de proteína de fusión que comprenden una proteína mitocondrial funcional, que pueden ingresar a la mitocondria dentro de las células intactas. Además se divulgan métodos de tratamiento de los trastornos mitocondriales por las proteínas de fusión divulgadas y las composiciones correspondientes. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 14/435; A61K 48/00; C12N 1/00; cuyos inventores son Lorberboum-Galski, Haya, Greif, Hagar. Prioridad: 15/04/2013 US 61/811,934; 26/08/2013 US 61/869,981; 23/09/2013 US 14/034,224; 10/04/2014 WO 2014IL050354. Publicación Internacional: 23/10/2014 WO2014/170896. La solicitud correspondiente lleva el número 20150614, y fue presentada a las 13:56:25 del 13 de noviembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de noviembre del 2015.—Walter Campos Fernández, Registrador.—Solicitud N° 45004.—(IN2015086061).

Pág 18 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, vecino de San José, cédula 1-669-228, en calidad de apoderado especial de Incyte Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada HETEROCICLOS TRICÍCLICOS COMO INHIBIDORES DE LA PROTEÍNA BET. La presente invención se refiere a heterociclos tricíclicos los cuales son inhibidores de las proteínas BET tales como BRD2, BRD3, BRD4, y BRD-t y son útiles en el tratamiento de enfermedades tal como el cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/06; A61K 31/437; A61K 31/538; A61P 29/00; A61P 31/00; A61P 35/00; C07D 498/06; cuyos inventores son Combs, Andrew P, Sparks, Richard B, Maduskuie, Thomas P. Jr, Rodgers, James D. Prioridad: 15/03/2013 US 61/794,812;14/03/2014 WO 2014US027872. Publicación Internacional: 18/09/2014 WO2014/143768. La solicitud correspondiente lleva el número 20150513, y fue presentada a las 10:39:00 del 30 de Septiembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de noviembre del 2015.—Walter Campos Fernández, Registrador.—Solicitud N° 45006.—(IN2015086064).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Incyte Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PROCESOS E INTERMEDIOS PARA HACER UN INHIBIDOR DE JAK. Esta invención se refiere a procesos e intermedios para hacer {1-{1-[3-fluoro-2-(trifluorometil)isonicotinoil]piperidin-4-il}-3-[4-(7H-pirrolo [2,3-d]pirimidin-4-il)-1H-pirazol-1-il]azetidin-3-il}acetonitrilo, útil en el tratamiento de enfermedades relacionadas con la actividad de cinasas Janus (JAK) incluyendo trastornos inflamatorios, trastornos autoinmunes, cáncer y otras enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 487/04; C07D 401/14; C07F 5/04; cuyos inventores son Liu, Pingli, Wang, Dengjin, Wu, Yongzhong, Cao, Ganfeng, Xia, Michael. Prioridad: 06/03/2013 US 61/773,659; 05/03/2014 WO 2014US020554. Publicación Internacional: 12/09/2014 WO2014/138168. La solicitud correspondiente lleva el número 20150471, y fue presentada a las 11:35:00 del 10 de setiembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de noviembre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar Registrador.—Solicitud N° 45010.—(IN2015086069).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula Nº 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Incyte Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: USO DE DERIVADOS DE PIRAZOLOPIRIMIDINA PARA EL TRATAMIENTO DE TRANSTORNOS RELACIONADOS CON LA PI3Kd. La presente solicitud proporciona métodos para tratar trastornos relacionados con PI3Kd utilizando compuestos de la fórmula I, o sales farmacéuticamente aceptables de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/519; A61K 31/537; A61P 35/00; cuyos inventores son Li, Yun-Long, Yao, Wenqing, Combs, Andrew P., Yue, Eddy W., Mei, Song, Zhu, Wenyu, Glenn, Joseph, Maduskuie, Jr., Thomas P., Sparks, Richard B., Douty, Brent, He, Chunhong. Prioridad: 01/03/2013 US 61/771,480; 28/02/2014 WO 2014US019372. Publicación internacional: 04/09/2014 WO2014/134426. La solicitud correspondiente lleva el número 20150472, y fue presentada a las 11:47:00 del 10 de setiembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de noviembre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—Solicitud Nº 45011.—(IN2015086073).

El señor Luis Pal Hegedus, cédula Nº 1-558-219, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Forma Therapeutics Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: COMPUESTOS Y COMPOSICIONES NUEVOS PARA LA INHIBICIÓN DE FASN. La presente invención se refiere a compuestos y composiciones para la inhibición de FASN, su síntesis, aplicaciones y antídotos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/496; cuyos inventores son Bair, Kenneth, W., Lancia, David, R., Li, Hongbin, Loch, James, Lu, Wei, Martín, Matthew, W., Millan, David, S., Schiller, Shawn, E.r, Tebbe, Mark, J. Prioridad: 13/03/2013 US 61/779,962; 13/03/2013 US 61/779,908; 11/03/2014 WO 2014US023388. Publicación internacional: 09/10/2014 WO2014/164749. La solicitud correspondiente lleva el número 20150541, y fue presentada a las 12:19:00 del 13 de octubre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de noviembre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—Solicitud Nº 45012.—(IN2015086075).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZSe hace saber que la Licda. Ana Catalina Monge Rodríguez,

mayor, abogada, vecina de San José, solicita a este Registro se inscriba el traspaso efectuado por la compañía Bayer Cropscience AG., a favor de la compañía Bayer Intellectual Property GMBH., sobre la solicitud de Patente de Invención denominada “Uso como bactericidas de análogos ácidos heteroaromáticos que contienen azufre”, de conformidad con el documento de traspaso presentado el veintidós de octubre de dos mil quince. Exp. Nº 2011-0413.—San José, a las nueve horas cinco minutos del veintiséis de octubre del dos mil quince.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—(IN2015085521).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADOINSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A)

PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ADRIANA GONZÁLEZ SOTO con cédula de identidad número 2-0546-0727, carné número 22536. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp. N° 15-002112-0624-NO.—San José, 4 de diciembre del 2015.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—(IN2015085570).

AMBIENTE Y ENERGÍADIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 992H.—Empresa de Servicios Públicos de Heredia S. A., solicita concesión de: 23424 litros por segundo del Río Caño Negro, efectuando la captación en finca de Hidroeléctrica Cuatro Bocas S. A., en Aguas Claras, Upala, Alajuela para fuerza hidráulica a ser usada en Generación Hidroeléctrica para venta a terceros. Coordenadas 315.800 / 403.700 hoja Upala. Caída bruta (metros): 137 y potencia teórica (kw): 27800. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de agosto de 2015.— Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015084878).

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 19

Exp. 7076P.—Cooperativas de Productores de Leche R.L., solicita concesión de: 20 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-312 en finca de su propiedad en San José, Alajuela, Alajuela, para uso industria-alimentaria lácteos. Coordenadas 219.703 / 507.696 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 05 de noviembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015084897).

Exp. N° 10766A.—Cerro Púas MM S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 234.500/494.000 hoja Naranjo. 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 234.550/494.000 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de julio del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—Solicitud N° 44012.—(IN2015085335).

Exp. 8230P.—Condominios Doña Emma, solicita concesión de: 1,65 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BA-463 en finca de su propiedad en San Jerónimo, Moravia, San José, para autoabastecimiento en condominio y piscina. Coordenadas 220.340/533.770 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de noviembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015085348).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZExp. Nº 10118A.—Plantex S. A., solicita concesión de:

9,75 litros por segundo del nacimiento La Chayotera, efectuando la captación en finca de Agroindustrial Las Marías S. A. en San Pedro, Barva, Heredia, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 227.150 / 521.850 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de octubre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas. Coordinador.—Solicitud Nº 43557.—(IN2015077967).

Exp. Nº 10597A.—Sociedad de Usuarios de Agua Hermanos Vásquez Salas y Familia, solicita concesión de: 0,03 litros por segundo del nacimiento sin nombre 3, efectuando la captación en finca de Inmobiliaria Invenio S. A., en Concepción, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano - doméstico y agropecuario abrevadero - lechería - riego. Coordenadas: 217.150 / 496.750, hoja Río Grande. 0,03 litros por segundo del nacimiento sin nombre 1, efectuando la captación en finca de Inmobiliaria Invenio S. A., en Concepción, Atenas, Alajuela, para uso, consumo humano - doméstico y agropecuario abrevadero - lechería - riego. Coordenadas: 217.310 / 496.680, hoja Río Grande. 0,85 litros por segundo del nacimiento sin nombre 2, efectuando la captación en finca de Inmobiliaria Invenio S. A., en Concepción, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano - doméstico y agropecuario abrevadero - lechería - riego. Coordenadas: 217.300 / 496.710, hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de agosto del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015085222).

Exp. N° 16645A.—Eduardo Moya Zúñiga, solicita concesión de: 0,04 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 131.571/562.437 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de agosto de 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015085548).

Exp. N° 16729A.—Astro Tranquilo S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 126.757/568.299, hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de setiembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015085551).

Exp. N° 16533A.—Inversiones M Azatepe del Sur SRL, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Inversiones Mazatepe del Sur SRL en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano, doméstico. Coordenadas 351.595/489.540 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015085554).

Exp. N° 16354A.—Darcon Group One Inc S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Rancho D Andrew S. A., en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 351.095/489.910 hoja Dominical. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de agosto del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015085556).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZExp. N° 16830-P.—Annika B.P.D. S. A., solicita concesión

de: 1,57 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-605 en finca de Annika B.P.D. S. A. en Turrúcares, Alajuela, Alajuela, para uso industria envasado y venta de agua. Coordenadas 212.562 / 498.309 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de diciembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015085663).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOSRegistro Civil - Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOSSe hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Paula

Yolanda Buitrago Pravia, se ha dictado la resolución N° 2543-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas treinta y seis minutos del primero de junio de dos mil quince. Exp. N° 27041-2014. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Paula Elizabeth Hernández Buitrago, en el sentido que el segundo apellido de la madre es Pravia.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015085226).

AVISOSSECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalizaciónShunxiang Lian Huang, mayor, soltera, estudiante, china,

cédula de residencia número 115600117214, vecina de del KFC, 25 norte, Paseo Colón, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 131849-2014.—San José, a las 1:41 horas del 27 de octubre de 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.— (IN2015085135).

Pág 20 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONESCULTURA Y JUVENTUD

CENTRO NACIONAL DE LA MÚSICADEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Centro Nacional de la Música informa que el programa de compras para el año 2016 se encuentra publicado en el portal del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) así como en la página de la Orquesta Sinfónica Nacional, www.osn.go.cr .

San José, 15 de diciembre 2015.—Licda. Marianella Sandí, Directora Administrativa.—Licda. Olga Robles Gamboa, Proveedora.—1 vez.—O.C. Nº 051-2015.—Solicitud Nº 45616.—(IN2015086521).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL DR. MAX PERALTA JIMÉNEZ DE CARTAGO

PLAN DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2016UNIDAD PROGRAMÁTICA 2306

Se avisa a todos los potenciales oferentes que el Plan de Adquisiciones del Hospital Dr. Max Peralta Jiménez para el año 2016, se encontrará a disposición de los interesados en la página web de la Caja Costarricense de Seguro Social a partir del 04 de enero de 2016, ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr, teléfono: 2550-1800, ext. 2000 y telefax: 2592-3533.

Cartago, 14 de diciembre de 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Coto Arias, Coordinador.—1 vez.—(IN2015086541).

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍASDIRECCIÓN DE ARQUITECTURA E INGENIERÍALa Dirección de Arquitectura e Ingeniería de la Caja

Costarricense de Seguro Social, en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 6° de la Ley de Contratación Administrativa y 7° de su Reglamento, hace del conocimiento, su programa de adquisiciones y sus modificaciones, proyectado para el período comprendido de enero a diciembre del 2016. Se comunica que este programa con mayor nivel de detalle, está disponible en la página web: www.ccss.sa.cr. A partir del 04 de enero del 2016.

San José, 15 de diciembre del 2015.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Licda. Carla Salgado Reina, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 45582.—(IN2015086571).

LICITACIONESBANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000089-01Compra e instalación del sistema de CCTV

para la Sucursal de HerediaLa Proveeduría General del Banco Nacional les invita a

participar de la Licitación Abreviada N° 2015LA-000089-01 según el siguiente detalle:

Fecha y lugar de recepción de ofertas.El cartel estará disponible a partir del viernes 18 de diciembre

del 2015, todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría General del Banco, situada en La Uruca, a más tardar a las diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este Despacho, del día 13 de enero del 2016, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir. Si por la naturaleza de la contratación existiera la posibilidad de haber problemas de espacio, solo se permitirá el acceso primeramente de un representante por oferente y de haber subcontratista, en caso que haya espacio para todos, se permitirá su ingreso, so pena que en caso de que alguno no tenga posibilidad de entrar, se restringirá el acceso de todos en general, aplicando el principio de igualdad.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.La Uruca, 17 de diciembre del 2015.—Proveeduría General.—

Ing. Douglas Noguera Porras.—1 vez.—O. C. N° 521651.—Solicitud N° 45603.—(IN2015086448).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN PRODUCCIÓN INDUSTRIALLICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2015LN-000011-8101Servicio continuo de dotación de gas licuado de petróleo

La Dirección de Producción Industrial de la Caja Costarricense de Seguro Social, recibirá ofertas por escrito en sobre cerrado hasta las 9:00 horas del día 26 de enero del 2015, para la compra de “Servicio continuo de dotación de gas licuado de petróleo”, los interesados en participar en el concurso indicado podrán adquirir el cartel completo en la fotocopiadora de la Institución, ubicada en las Oficinas Centrales de la CCSS, Edificio Genaro Valverde Marín. Ver detalles http://www.ccss.sa.cr

San José, 10 de diciembre de 2015.—Ing. Felipe López Chévez, Jefe de Compras.—1 vez.—Solicitud N° 45345.—(IN2015086508).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

UNIDAD REGIONAL HUETAR NORTELICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-0000010-06

Compra de equipo para confección, monitoreo y certificaciónde cableado estructurado y fibra óptica para redesEl Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar

Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 18 de enero del 2016.

Los interesados podrán retirar el “Pliego de Condiciones”, el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sito en La Marina de La Palmera de San Carlos, 150 metros al norte de RTV; o bien, ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 24246.—Solicitud N° 45544.—(IN2015086406).

AVISOSREFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000053-02Suministro de repuesto genuinos para bombas

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000053-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón norte San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 22 de enero del 2016.

Se les informa a los proveedores y demás interesados que los carteles únicamente estarán disponibles a través de la página Web de RECOPE www.recope.go.cr.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio Web www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2014003942.—Solicitud Nº 45576.—(IN2015086421).

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 21

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICADIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO

DE BIENES Y SERVICIOSÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOSLÍNEA DE PRODUCCIÓN DE REACTIVOS Y OTROS

CONCURSO N° 2015LN-000027-05101A todos los interesados se les informa que el concurso

2015LN-000027-05101, promovido para la adquisición de:Ítem Nº 01

Cantidad estimada 1.200 ud, gel anti adherencias, adjudicado a la empresa: Meditek Services S. A. por un precio unitario de $250,00 (doscientos cincuenta dólares exactos)

Ítem Nº 02Cantidad estimada 12.000 ud de compresas hemostáticas de 5 cms, adjudicado a la empresa: Cefa Central Farmacéutica S. A. por un monto total de $13,47 (trece dólares con 47/100).San José, 14 de diciembre del 2015.—Licda. Andrea Vargas

Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 12518.—(IN2015086337).

DIRECCIÓN EQUIPAMIENTO INSTITUCIONALLICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000001-3110

Equipos de rayos tipo arcos en CSe comunica que por resolución de la junta directiva en,

artículo 10, sesión Nº 8815, celebrada el 7 de diciembre de 2015, se adjudica: ítem 1, a Siemens S. A., $1.470.999,26 y el ítem 2, a Elvatron S. A., $720.400,68.

Ver detalle en: http://www.ccss.sa.cr Dirección Equipamiento Institucional.

San José, 14 de diciembre del 2015.—Lic. Jorge Hidalgo Moraga- Subárea Gestión Administrativa y Logística.—1 vez.—(IN2015086374).

DIRECCIÓN PRODUCCIÓN INDUSTRIALLICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2015LN-000010-8101

360.000 uds. de bolsas internas PVCde 1000 ml código 4-60-07-0080

Se comunica a los interesados en el concurso Nº 2015LN-000010-8101, que por resolución de la Dirección de Producción Industrial DPI-C-2092-2015 de las 15:00 horas del día 10 de diciembre del 2015, que se adjudica el ítem único de la compra, por una cantidad aproximada de “360.000 uds. de bolsas internas PVC de 1000 ml código 4-60-07-0080”, a la firma Baxter Export S.R.L., por un costo unitario de $0.45, con entrega según demanda. Ver detalles http://www.ccss.sa.cr

San José, 14 de Diciembre de 2015.—Ing. Felipe López Chévez, Jefe de Compras.—1 vez.—Solicitud Nº 45489.—(IN2015086510).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOSDE SALUD CHOROTEGA U.P. 2599

CONCURSO Nº 2015LA-000005-2599Servicios de seguridad operativa

para el EBAIS de San MartínInforma que la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000005-

2599 se declara infructuosa. Ver detalle en la página web de la Caja Costarricense de Seguro Social, dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr, en el enlace “Transparencia-Licitaciones”.

Liberia, Guanacaste, 14 diciembre, 2015.—Área Gestión de Bienes y Servicios, DRSSCH.—Licda. Evelyn Hernández Navarrete.—1 vez.—Solicitud Nº 45498.—(IN2015086513).

ADJUDICACIONESJUSTICIA Y PAZ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000005-78300Contrato de entrega según demanda: suministrode espumas de uretano para uso de la población

privada de libertad de los centros penalesdel Sistema Penitenciario Nacional

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia y Paz avisa a todos los interesados en esta licitación que de acuerdo a Resolución de Adjudicación Nº 0330-2015 de las diez horas del catorce de diciembre del dos mil quince, se adjudica de la siguiente manera:

Oferta Nº 3Productos de Uretano Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-013498Línea 1Cantidad: 1 unidad.Descripción: Lámina individual de espuma de poliuretano (uretano) de primera calidad, marca Proursa, densidad 15 kg / m3, con aditivo retardante de llama Fyrol 38, la cual cumple con la Norma California 117, color blanco, medida especial de 81 cm de ancho x 193 cm de largo x 7.6 cm de grosor. Empaque: Individual en bolsa plástica transparente, para evitar el deterioro y protegerla del polvo y humedad. Producida en Costa Rica por Productos de Uretano Sociedad Anónima.Precio unitario: diez dólares con quince centavos ($10,15).San José, 15 de diciembre de 2015.—Lic. Verny A.

Rodríguez Martínez, Proveedor Institucional a. í —1 vez.—O.C. Nº 3400025384.—Solicitud Nº 45617.—(IN2015086566).

BANCO CENTRAL DE COSTA RICAVENTA 2015VE-000004-BCCR

Venta de tres vehículos del BCCRSe avisa a los interesados en esta venta que según acta N°

1066-2015, de las 12:00 horas del 7 de diciembre del 2015, que se adjudica de la siguiente manera:

Al señor Carlos Delgado Cárdenas, el renglón N° 1, vehículo marca Neón, estilo Chryster, tipo sedán, modelo 2001, Placas 052-58, por un monto de ¢1.275.000,00, Renglón N° 2, vehículo marca Neón, estilo Chryster, tipo sedán, modelo 2001, placas 052-100, por un monto de ¢1.275.000.00 y renglón N° 3, vehículo marca Neón, estilo Chryster, tipo sedán, modelo 2001, placas 052-101, por un monto de ¢1.275.000.00.Departamento de Proveeduría.—Rafael Ramírez A., Director

a. i.—1 vez.—O. C. N° 2015014314.—Solicitud N° 45554.—(IN2015086418).

BANCO DE COSTA RICALICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000038-01

Contratación de 2500 horas profesionales (por demanda),para el soporte preventivo, correctivo y evolutivodel sistema encargado de consolidar y procesar

los datos de la Cartera CrediticiaEl Banco de Costa Rica, informa que la Comisión de

Contratación Administrativa en reunión 42-2015 CCADTVA del 24 de noviembre del 2015, acordó adjudicar la licitación en referencia según el siguiente detalle:

Adjudicatario: Servicios Computacionales Nova Comp S. A.Máximo de horas a demandar al año: 2.500Costo por hora profesional: US $28,78Monto máximo a demandar: US $71.950.00

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 64891.—Solicitud Nº 45585.—(IN2015086430).

Pág 22 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

a. Anular el acto de adjudicación tomado en la sesión 037-2015, artículo II, celebrada el 28 de octubre del 2015, según consta en el acta de esa sesión, concerniente a la Licitación Abreviada N° 2015LA-000022-02 para el “Servicio de mantenimiento de cubierta del Centro de Formación Desamparados”.Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano

Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 24246.—Solicitud N° 45548.—(IN2015086413).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000005-06Servicios de mantenimiento de edificios: sustitución

de loza sanitaria del Centro de FormaciónProfesional de Ciudad Quesada

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, en su acta Nº 19-2015, del día 14 de diciembre del 2015, artículo II, tomó el siguiente acuerdo de conformidad con los criterios técnicos, jurídicos y administrativo, según detalle:

• Adjudicar la única línea del Concurso de la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000005-06, para “Servicios de Mantenimiento de Edificios: Sustitución de Loza Sanitaria del Centro de Formación Profesional de Ciudad Quesada”; a la empresa Corporación Agroindustrial del Caribe S. A., por un monto de ¢46.345.006,94 (cuarenta y seis millones trescientos cuarenta y cinco mil seis colones con noventa y cuatro), por cumplir técnicamente con lo solicitado en el cartel de licitación y obtener el mayor puntaje de acuerdo a los elementos de adjudicación y metodología de comparación de ofertas. Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano

Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 24246.—Solicitud N° 45644.—(IN2015086624).

INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPALLICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000010-01

Contratación de servicios profesionales para el desarrollodel Sistema de Capacitación y Formación Municipal

(SICAM) del IFAMSe avisa a todos los interesados en la Licitación Abreviada

arriba señalada, que por medio de acuerdo quinto, artículo siete de la sesión extraordinaria N° 4367 celebrada el 07 de diciembre de 2015, la junta directiva adjudicó el proceso a la oferta presentada en Consorcio: María Eugenia Pérez Bonilla; Gabriel Coronado Guardia; Fanny García Brenes y Federico González Piedra, por la suma de ¢37.400.000,00.

Moravia, 10 de diciembre del 2015.—Sección de Proveeduría.—Licda. Inés Vásquez Sánchez, Jefa.—1 vez.—(IN2015086388).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000034-01Compra de equipo topográfico para el Departamento

de Unidad Técnica de Gestión VialLa Oficina de Contratación Administrativa de la Municipalidad

de San Carlos comunica a los interesados que mediante artículo Nº 10, ítems 1 y 2, acta Nº 71. El Concejo Municipal de San Carlos acordó: adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000034-01, proceso denominado “De equipo topográfico para el Departamento de Unidad Técnica de Gestión Vial”, de la siguiente manera:

Ítem 1: Compra de sistema global de navegación por satélite de doble frecuencia, base y rover.• Adjudicación para el oferente Geotecnologías S. A. por

la suma de ¢9.449.068,85 (nueve millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil sesenta y ocho colones con ochenta y cinco céntimos), por compra sistema global de navegación por satélite de doble frecuencia, base y rover, referente a la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000034-01, “Compra de equipo topográfico para el Departamento de Unidad Técnica de Gestión Vial”

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOSY ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍALICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000069-PRI

Servicio de software para la administración de archivos(modalidad SAAS)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Gerencia Nº GG-2015-1340 del 14 de diciembre del 2015, se adjudica la presente licitación a:

Oferta única: SPC Internacional S. A. Posición 1 por un monto total de $254.095,56 dólares.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº

6000000728.—Solicitud Nº 45581.—(IN2015086427).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJEPROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000008-06Compra de partes para maquinaria y vehículos pesados

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, en su acta Nº 18-2015, del día 9 de diciembre del 2015, artículo II, tomó el siguiente acuerdo de conformidad con los criterios técnicos, jurídicos y administrativo, según detalle:

• Adjudicar las líneas del Concurso de la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000008-06, para la “Compra de partes para maquinaria y vehículos pesados”; las líneas 1, 3 y 4 a la empresa Componentes Hidráulicos y Servicios S. A., por un monto de ¢11.920.043,44 (once millones novecientos veinte mil cuarenta y tres colones con cuarenta y cuatro), por cumplir técnicamente con lo solicitado en el Cartel de Licitación y obtener el mayor puntaje de acuerdo a los elementos de adjudicación y metodología de comparación de ofertas. Además se declara infructuosa la línea: 2, debido a que el oferente no cumplió técnicamente con lo solicitado en el Cartel de LicitaciónUnidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano

Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 24246.—Solicitud N° 45542.—(IN2015086404).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000010-07Servicio de recolección y transporte de residuosdel Centro Regional Polivalente de Puntarenas

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica que el concurso de la Licitación Abreviada 2015LA-000010-07 “Servicio de recolección y transporte de residuos del Centro Regional Polivalente de Puntarenas”, según acta de la Comisión Local Regional de Adquisiciones Nº 11-2015 del 14 de diciembre de 2015, se adjudica conforme dictamen técnico URMA-PSG-1133-2015 y dictamen legal URPC-AL-092-2015, según se detalla:

Oferta N° 2:Javier Villalobos Araya

Líneas:1

Monto anual:¢2.817.000,00

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 24246.—Solicitud N° 45545.—(IN2015086409).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000022-02(Anulación)

Servicios de mantenimiento de cubiertadel Centro de Formación Desamparados

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 042-2015, celebrada el 10 de diciembre del 2015, artículo II tomó el siguiente acuerdo:

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 23

como “Contratación de proveedores de alimentos para el comedor estudiantil período 2016, en las modalidades de abarrotes, cárnicos, lácteos, frutas y verduras, detallada como:

Abarrotes: adjudicado a Súper PaikaCárnicos: adjudicado a Súper PaikaVerduras: adjudicado a Verdulería GonzálezLácteos: adjudicado a Súper PaikaLa fecha para revocatoria de apelación se recibirá hasta las

14:00 horas de los cinco días hábiles posteriores a la publicación en el Diario La Gaceta, al correo: [email protected].

Alajuela, Upala, 15 de diciembre 2015.—José Rafael León Benavidez, Presidente.—1 vez.—(IN2015086537).

RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.PROCEDIMIENTO DE 1° REMATE HACIA LA BAJA

Nº 2015PP-000271-DGCMRACSARemate a la baja de la plataforma satelital

VSAT SKY EDGE IIRadiográfica Costarricense S. A., se permite comunicar a los

interesados en el Procedimiento arriba indicado, que el mismo se declara infructuoso al no haber participación.

MBA. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor Empresarial.—1 vez.—(IN2015086554).

JUNTA DE EDUCACIÓN JARDÍNDE NIÑOS FINCA LA CAJA

CONTRATACIÓN PÚBLICA N° 01-2015Se avisa conforme al acta N° 70 con fecha 9 de diciembre del

2015, se adjudica a la empresa Distribuidora de Frutas, Carnes y Verduras 3 M S. A., cuyo representante legal es el señor Alberto Monge Rivera, cédula N° 1483092 proveedores de alimentos del comedor.

San José 14 de diciembre del 2015.—José Luis Guevara, Presidente.—1 vez.—(IN2015086512).

REGISTRO DE PROVEEDORESBANCO DE COSTA RICA

SISTEMA DE PRECALIFICACIÓN ALTERNATIVODE CORREDORES DE BIENES PARA LA VENTA

DE BIENES INMUEBLES ADQUIRIDOSSe indica que en resolución DCA-2765 del 30 de octubre de

2015, emitida por la Contraloría General de la República, se concede autorización para prorrogar el uso y aplicación del “Sistema de Precalificación Alternativo de Corredores de Bienes para la Venta de Bienes Inmuebles Adquiridos del Banco de Costa Rica”, por un plazo de dos años, a partir de esta comunicación.

Asimismo, en dicha resolución se autoriza modificar el artículo 6 del sistema antes mencionado, a efecto que se permita la inscripción de corredores en cualquier momento del año, siempre y cuando, se cumplan con los requisitos para ese propósito.

Por lo anterior, se le informa a los interesados en integrar el registro de elegibles señalado en la referencia, que el documento con los requisitos que deben cumplir los corredores fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 179 del día 19 de setiembre del 2011.

Adicionalmente, en caso de requerirlo, el documento está disponible en la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales del Banco de Costa Rica sita: avenidas central y segunda, calles 4 y 6, con un horario de 9:00 a. m., a 3:00 p. m.

La información podrá ser entregada en la recepción de la Oficina de Compras y Pagos, todos los días hábiles de la semana; no obstante, la apertura, verificación de los requisitos e inclusión en el sistema precalificado se realizará los días viernes.

Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—O. C. Nº 45601.—Solicitud Nº 45601.—(IN2015086446).

Ítem 2: Compra de estación total con colector de datos interno y pantalla QVGA• Adjudicación para el oferente Geotecnologías S. A. por la

suma de ¢3.715.318,75 (tres millones setecientos quince mil trescientos dieciocho colones con setenta y cinco céntimos), por la compra de estación total con colector de datos internos y pantalla QVGA, referente a la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000034-01, “Compra de equipo topográfico para el Departamento de Unidad Técnica de Gestión Vial”

La adjudicación es firme transcurrido el plazo para la interposición de los recursos respectivos (05 días hábiles).

San Carlos, 14 de diciembre del 2015.—Lic. Luis Miguel Vargas Hernández, Encargado de Licitaciones.—1 vez.—(IN2015086529).

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMOLICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000002-01

Remodelación del edificio administrativode la Municipalidad de Guácimo

El departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Guácimo, informa a los interesados en este concurso que, mediante acuerdo N° Mil trescientos sesenta y cuatro, en sesión ordinaria N° 49-15, celebrada el 7 de diciembre del 2015, el Concejo Municipal del cantón de Guácimo, adjudicó este proceso de licitación a Constructora Joher S. A., cédula jurídica 3-101-158084, por un monto de ¢398.893.311,82, y un plazo de ejecución de 150 días naturales.

Zilenia Venegas Vargas, Proveedora.—1 vez.—(IN2015086471).

AVISOS

JUNTA DE EDUCACIÓN JARDÍN DE NIÑOSRINCÓN GRANDE, PAVAS

CONTRATACIÓN PUBLICA N° 01-2015Se avisa conforme al acta N° 49, artículo 3, con fecha

10 de diciembre del 2015, se adjudica la Contratación Pública JNRGP-01-2015, a la empresa La Amistad, cuyo representante legal es el señor Wilberth Dimas Berrocal Alfaro, cédula 9-065-075, proveedor de alimentos del comedor escolar para el curso lectivo 2016, del Jardín de Niños de Rincón Grande.

San José, 15 de diciembre del 2015.—María Cecilia Alvarado González, Presidenta.—1 vez.—(IN2015086475).

COLEGIO DE ABOGADAS Y ABOGADOS DE COSTA RICALICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000002-UL-CAB

Ampliación y remodelación del EdificioAcadémico Eduardo Ortiz Ortiz

La Junta Directiva, en sesión ordinaria 45-15 del 7 de diciembre 2015, con acuerdo 2015-45-005 aprobó adjudicar la Licitación Pública N° 2015LN-000002-UL-CAB a favor de: Oferta N° 01 Vidalco S. A., por un monto de US$596.500,00.

San José, 14 de diciembre 2015.—Dirección Financiera.—Licda. Mayela Guillén Garro, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 360.—Solicitud N° 45593.—(IN2015086491).

JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA TEODOROPICADO MICHALSKY

LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2015Contratación de proveedores de alimentos para el comedor

estudiantil período 2016, en las modalidades de abarrotes, cárnicos, lácteos, frutas y verduras

La Junta de Educación de la Escuela Teodoro Picado Michalsky, cédula jurídica: Nº 3-008-097201-Código: 3908, informa adjudicación de Licitación Pública Nº 01-2015, detallada

Pág 24 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

4. Se modifica la redacción actual del Punto 30 del cartel, el cual deberá leerse de la siguiente manera:

“30. No se aceptarán ofertas de oferentes que tengan cuentas pendientes con la Institución, de contratistas actuales que no hayan rendido las garantías de cumplimiento de sus respectivos contratos a pesar de haber sido requeridos por el Banco para aportarlas o que se encuentren en cobro administrativo o judicial, salvo que exista un arreglo de pago con el Banco y éste haya sido atendido correctamente, de lo cual deberá dar razón mediante la presentación de una declaración jurada en tal sentido. Esta norma se aplicará a cada uno de los abogados propuestos en caso de ofertas de personas jurídicas o de consorcios.

Tampoco se aceptarán ofertas de profesionales, personas jurídicas o consorcios que mantengan litigios en contra del Banco ya sea a título personal o patrocinando a terceros. Si durante la ejecución del contrato el o los adjudicatarios o los profesionales ofrecidos por éstos incurren en alguna situación de las indicadas anteriormente, el Banco podrá poner fin al contrato sin más trámite que la sola comunicación al contratista.”

5. Se modifica la redacción actual del Punto 31 del cartel, el cual deberá leerse de la siguiente manera:

“31. Los oferentes deberán indicar en la oferta una única zona para la cual ofrecen sus servicios, siendo condición indispensable que el abogado, persona jurídica o consorcio tenga oficina abierta permanentemente en la zona ofertada, con un horario de atención de lunes a viernes de 8.30 a.m. a las 5:00 p.m. No es permitida la subcontratación. Deberán indicar la dirección exacta de la oficina y los números telefónicos de ésta ya que el Banco podrá verificar mediante visita que esta condición se cumpla.

Solo se admitirán ofertas para la zona o ítem en la que el oferente tenga reportada y abierta su oficina ante el Colegio de Abogados. Tratándose de ofertas de personas jurídicas o consorcios todos los profesionales ofrecidos deberán tener abierta y reportada su oficina ante el citado Colegio en la zona en la cual se ofrezcan sus servicios. En caso de que un oferente ofrezca sus servicios para dos o más zonas solo se considerará su oferta para la zona en la cual tenga abierta su oficina principal al público. En estos casos el oferente deberá indicar en su oferta cuál es su oficina principal; si omite hacer esta indicación su oferta no será considerada para efectos de adjudicación en ninguna de las zonas ofrecidas.”

6. Se modifica la redacción actual del tercer párrafo del Punto 39.1 del cartel, el cual deberá leerse de la siguiente manera:

“Nota: en el caso de ofertas de personas jurídicas o de consorcios se sumarán los años de experiencia de cada abogado y se dividirán entre el número total de abogados para obtener la experiencia promedio, dato éste último que se utilizará para efectos de la respectiva calificación.”

En esta misma cláusula, luego del establecimiento de la información mínima que han de contener las cartas de recomendación, en el punto cuarto referido a la calidad del servicio, se adiciona el siguiente párrafo:

“Si en las cartas de recomendación o de referencia extendidas por las instituciones o empresas mencionadas en esta cláusula y aportadas para demostrar la experiencia del oferente, dichas entidades acreditan fehacientemente la imposibilidad para calificar las labores profesionales correspondientes, según lo aquí solicitado, se entenderá cumplido el requisito cartelario sólo y en tanto dichas instituciones y entidades manifiesten de manera expresa en aquellas que las labores profesionales fueron ejecutadas ajustándose a los términos del cartel de la contratación respectiva.”

7. Se modifica la redacción actual del Punto 40 del cartel, el cual deberá leerse de la siguiente manera:

“40.- La adjudicación recaerá a favor de la o las ofertas que obtengan la mayor calificación. En caso de presentarse empate en la calificación de las ofertas y de existir entre ellas oferentes que hayan demostrado en su oferta ostentar la condición de Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) en la actividad objeto del presente concurso, se aplicará como

FE DE ERRATASOBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDADLICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000011-0GCTT

Trabajos para la atención de la Ruta Nacional Nº 405(en lastre) y Ruta de Travesía Nº 30703 (en lastre),

La Fuente-Boquerón, Zona 1-7Se comunica a las empresas interesadas en participar en la

Licitación Pública en referencia, que el plazo para la recepción de ofertas se suspende hasta nuevo aviso, debido a Recurso de Objeción en contra del cartel, presentado ante la Contraloría General de la República por un potencial oferente.

San José, 14 de diciembre del 2015.—Proveeduría Institucional.—MBA. Luis Gerardo Leiva Mora, Director a. í.—1 vez.—O. C. Nº 4318.—Solicitud Nº 45577.—(IN2015086423).

BANCO DE COSTA RICAOFICINA DE COMPRAS Y PAGOS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000010-01Contratación de servicios profesionales de abogados

para la atención del cobro judicial paradiferentes zonas a nivel nacional

Se avisa a todos los interesados en participar en la presente Licitación Pública que de conformidad con lo establecido por los artículos 42 de la Ley de Contratación Administrativa y 60 y 172 de su Reglamento, y en cumplimiento de lo dispuesto por la Contraloría General de la República en su Resolución Nº R-DCA-1002-2015 de las quince horas veintisiete minutos del 4 de diciembre de 2015, se ha dispuesto realizar las siguientes modificaciones al cartel de esta licitación pública:

1. Se modifica la redacción actual del Punto 2.1 del cartel, el cual deberá leerse de la siguiente manera:

“2.1. Los participantes, sean personas físicas, personas jurídicas o consorcios constituidos conforme con las regulaciones pertinentes de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, deben tomar en cuenta que las respuestas en la oferta, se deben ajustar al orden presentado en el cartel, haciendo referencia a la numeración especificada, respondiendo a todos y cada uno de los requerimientos señalados. Sin embargo para facilitarles la presentación de su oferta, en los puntos que así se considera conveniente (excepto en las especificaciones del servicio y en aquellas cláusulas que requieren una manifestación expresa del participante), el oferente puede indicar que se da por enterado, acepta y cumple con lo señalado.”

2. Se modifica la redacción actual del Punto 22 del cartel, el cual deberá leerse de la siguiente manera:

“22. Los servicios requeridos son para llevar a cabo el proceso de cobro judicial que interesa a las oficinas del Banco de Costa Rica para operaciones de cobro con un saldo indicado en normativa del BCR, todo de conformidad con el Reglamento de Servicios Legales de Cobro Judicial del BCR (Ver Anexo 3) y demás instrumentos legales y reglamentarios aplicables.”

3. Se modifica la redacción actual del Punto 28 del cartel, el cual deberá leerse de la siguiente manera:

“28.- En el caso de ofertas de personas jurídicas o de consorcios constituidos conforme a la ley, deberán indicar la composición del equipo humano de trabajo con que cuenta y que se ofrece al Banco para la prestación de los servicios objeto de esta licitación. La persona jurídica oferente o los integrantes del consorcio en su caso, deberán aportar el currículo y cédula de identidad de cada uno de los profesionales ofrecidos de su equipo de trabajo, así como las declaraciones juradas y certificaciones antes enumeradas de cada uno de ellos. De igual manera, deberán aportar con la oferta los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en las cláusulas 7, 8, 9, 10 y 11 de las condiciones generales de este cartel, tanto por el oferente como por los profesionales propuestos como parte del equipo humano ofrecido.”

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 25

a la respectiva Municipalidad conceder los permisos, regular y controlar todo lo relacionado con la materia del diseño de dichas estructuras.Aspectos relacionados a la instalación y permanencia de parabuses y mupis en las vías nacionales deben ser consultados al Ministerio de Obras Públicas y Transportes.Se modifica el Apartado 5.3 de la forma de pago del cartel de licitación:5.3 El pago de la suma de dinero correspondiente a los

primeros tres años de vigencia del contrato se deberá realizar en pagos trimestrales por adelantado. El primer pago trimestral deberá ser realizado al concluir el plazo de ejecución de 120 días naturales establecido para el suministro y la instalación del mobiliario urbano objeto de esta contratación. Los siguientes pagos trimestrales se deberán realizar el mismo día pero en los trimestres sucesivos hasta completar tres años de vigencia del contrato. En los siete años de vigencia del contrato restantes, los pagos de deberán realizar por año adelantado, en la misma fecha en la que se haya dado la cancelación del primer pago. Si el Contratista incumple con el pago de alguno de los tractos mencionados, se generará a favor de la Administración por concepto de intereses, el cobro correspondiente a la tasa básica pasiva que define el Banco Central de Costa Rica más un 3%, el plazo en el que aplicará el cobro de intereses será de un mes, transcurrido ese plazo, el incumplimiento en el pago semestral se convierte en una causal de resolución de contrato.

Se modifica el apartado 6.1 del Plazo del Contrato del cartel de licitación:6.1 El plazo del contrato se define en DIEZ años a partir

de la conclusión del plazo de ejecución de 120 días naturales establecido para el suministro y la instalación del mobiliario urbano.

Se aclara el Apartado 7.2 del Plazo de ejecución del cartel de licitación:7.2 El Contratista cuenta con 120 días naturales a partir de

girada la orden de inicio para realizar, en su totalidad, el suministro y la instalación de 100 parabuses, 100 mupis y 40 módulos de basureros de tres unidades cada uno, vencido ese plazo el mobiliario urbano deberá estar disponible para su uso.

Se adiciona al Apartado 17. Multas del cartel de licitación lo indicado a continuación:17.6 Se establece un monto máximo para el cobro de multas

del 25% del monto del contrato. Se modifica el Apartado 21. Especificaciones Técnicas del cartel de licitación:El alcance de la contratación comprende el suministro y la instalación de 100 parabuses o escampaderos, 100 mupis y 40 módulos de basureros de tres unidades cada uno en las paradas de buses sobre vías locales del cantón de San José que establece el Consejo de Transporte Público (CTP) del MOPT, además, el mantenimiento preventivo y correctivo de dicho mobiliario y el pago de un canon anual a cambio de la explotación comercial del 90% de los mupis instalados por un plazo de diez años. La Municipalidad de San José se reserva el uso del 10% de los mupis, su ubicación será 50% de las caras en flujo (en el sentido del tránsito vehicular) y 50% de las caras en contraflujo (contrario al sentido del tránsito vehicular) y estarán situados en puntos a definir por la Administración.La ubicación de las 100 paradas de buses en vías locales, de sus respectivos mupis y de los 40 módulos de basureros se detalla en un mapa del cantón de San José que los interesados podrán consultar en el sistema Compra red en formato pdf o bien puede retirarse en el Área de Licitaciones del Departamento de Recursos Materiales y Servicios, o al correo electrónico [email protected]

primer criterio de desempate lo dispuesto por el Artículo 55 bis del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. De darse el caso de que el número de oferentes que ostenten la condición de PYMES sea mayor al número de plazas requeridas en la zona correspondiente, se hará un sorteo entre sus ofertas, en presencia de quienes quieran asistir, previa convocatoria. De ser menor el número de oferentes que ostenten la condición de PYMES, o bien que no existan oferentes con tal condición, para las restantes plazas se dará prioridad a los oferentes que no hayan sido sancionados y, por último, si el empate continúa se recurrirá a un sorteo al azar entre los participantes que se encuentren empatados, en presencia de quienes quieran asistir, previa convocatoria.”

8. Se modifica la redacción actual del Punto 43 del cartel, el cual deberá leerse de la siguiente manera:

“43. El participante persona física que esté incluido en la nómina como socio o empleado de un Oferente persona jurídica o consorcio no podrá participar a título personal, lo anterior a fin evitar conflictos de interés o competencia desleal respecto a otros oferentes y en cumplimiento de las normas de control interno.”

9. Se modifica la redacción actual del Punto 49 del cartel, el cual deberá leerse de la siguiente manera:

“49.- A fin de agilizar su curso y una asignación inmediata del número de expediente todas las demandas deberán ser presentadas de forma electrónica (gestión en línea), salvo que se tenga por acreditado que existe una limitación técnica atribuible a las instancias judiciales para cumplir con esta condición, en cuyo caso aquellas o cualquier otro documento relacionado con el expediente podrán ser presentadas por medios físicos. De igual manera podrán presentarse al juzgado correspondiente en forma física documentos urgentes o bien prevenciones con término, lo anterior con el propósito de garantizar una tramitación más expedita de los respectivos procesos.”En todo lo demás el cartel permanece invariable. Asimismo, la

fecha y hora para la recepción de las ofertas se mantiene para el día martes 19 de enero de 2016 a las 10:00 horas.

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 64891.—Solicitud N° 45613.—(IN2015086485).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000003-99999(Prórroga aclaraciones, modificaciones

y cambio de fecha de apertura)Suministro, instalación y mantenimiento de parabuses,mupis y basureros y explotación comercial de espacios

publicitarios e informativos por diez añosapertura de ofertas

El Departamento de Recursos Materiales y Servicios, Área de Licitaciones, ubicado en el sótano del edificio Municipal José Figueres Ferrer, avenida 10, comunica a los interesados en el presente concurso, las siguientes aclaraciones, modificaciones y cambio de fecha de apertura, lo anterior según el oficio GPS-2427-2015:

Aclaraciones y modificaciones al cartel. En virtud de la Resolución R-DCA-838-2015 emitida por la Contraloría General de la República, y solicitudes de aclaraciones.Aclaración sobre la competencia de la Municipalidad de San José en la instalación de mobiliario urbanoConforme al criterio emitido por el Departamento de Inspección Vial y Demoliciones del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, mediante oficio IVD-569-2015, concordante con la Ley General de Caminos Públicos N° 5060, compete al MOPT conceder permisos de casetas parabuses en rutas nacionales, y respecto a rutas cantonales, compete

Pág 26 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

Se modifica todo el Apartado 21.9 Pólizas, Permisos y Trámites Administrativos del cartel de licitación de la siguiente forma:21.9. Pólizas, Permisos y Trámites Administrativos

La Municipalidad de San José será la responsable de conceder permisos, regular y controlar todo lo relacionado con el mobiliario urbano ubicado en vías locales y su explotación comercial, sujetándose a los sitios de parada de bus que defina el Consejo de Transporte Público del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

Queda bajo responsabilidad del Contratista la coordinación y cumplimiento de las disposiciones que sean atinentes a las instituciones públicas para la debida ejecución del contrato en todas sus etapas.Se modifica el Apartado 22. Elementos de evaluación del cartel de licitación:Criterios de Evaluación: Se realizará sobre la base al mayor puntaje de acuerdo con lo indicado a continuación:a) Precio (65%)El mayor monto ofertado tendrá un puntaje en el sistema de evaluación de 65% del valor total. El mayor monto ofertado obtendrá el total del porcentaje asignado a este elemento, las demás ofertas obtendrán el valor que corresponda de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula:

Monto oferta i =Monto oferta i

X 65Mayor monto ofrecido

b) Experiencia nacional comprobada en diferentes tipos de mobiliario urbano que persiga el cumplimiento de un fin público (25%)

Experiencia que incluye el mantenimiento de equipamientos urbanos que cumplen un fin público. La experiencia nacional debe ser acreditada mediante contratos de licitaciones que hayan sido debidamente adjudicados y refrendados, y que hayan cumplido a cabalidad la normativa nacional.El mayor número de contratos tendrá un puntaje en el sistema de evaluación de 25% del valor total. El mayor número de contratos obtendrá el total del porcentaje asignado a este elemento, las demás ofertas obtendrán el valor que corresponda de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula:

Experiencia nacional Oferta i =

Contratos adjudicados como experiencia comprobada oferta i

X 25Mayor cantidad de contratos adjudicados como experiencia nacional

c) Experiencia internacional comprobada en proyectos de mantenimiento de mobiliario urbano (10%)

Experiencia internacional Oferta i =

Países en los que ha operado proyectos de mobiliario urbano con publicidad. X 10Mayor cantidad de países aportados como experiencia

Aclaraciones y modificacionesDefinicionesParabus y escampadero tienen el mismo significado para efectos de esta contratación, corresponden a las estructuras ubicadas en el derecho de vía para ser utilizadas por los usuarios del servicio público de transporte remunerado de personas en paradas autorizadas y debidamente señalizadas por la Dirección General de Ingeniería de Tránsito.AlcanceEl alcance de la contratación comprende el suministro y la instalación de 100 parabuses o escampaderos, 100 mupis y 40 módulos de basureros de tres unidades cada uno en las paradas de buses sobre vías locales del cantón de San José que establece el Consejo de Transporte Público (CTP) del MOPT, además, el mantenimiento preventivo y correctivo de

Los puntos de ubicación indicados corresponden a paradas de buses sobre vías locales con las siguientes características:• Puntos sobre vías locales donde no se localiza ningún

tipo de mobiliario, la parada se encuentra identificada únicamente por la demarcación sobre la superficie de rodamiento de las siglas CTP con pintura amarilla.

• Puntos sobre las vías locales donde existe mobiliario urbano del contrato anterior con la empresa Equipamientos Urbanos S. A., dicho mobiliario será retirado en su totalidad previamente a la instalación del mobiliario objeto de esta contratación, el retiro del mobiliario existente no forma parte del alcance de esta licitación. Se aclara que la Administración ha clausurado y prohibido la exhibición de publicidad en la totalidad de los mupis existentes sobre las vías locales del cantón.

• Puntos sobre las vías locales donde actualmente existen parabuses de diferentes tipos y procedencias, los mismos serán retirados por la Administración previamente a la instalación del mobiliario objeto de esta licitación.

Se aclara el Apartado 21.1 Mobiliario Urbano del cartel de licitación:• La reducción de la cantidad de parabuses y mupis definidos

por la Administración correspondería a una disposición del Consejo de Transporte Público del MOPT, ente que regula el transporte público y la ubicación de paradas de bus.

• El mobiliario urbano deberá ser fabricado mediante un proceso industrial que garantice la uniformidad de sus medidas y acabados. Se llevará a cabo una inspección minuciosa de las líneas, los dobleces, las curvas, las esquinas, las juntas entre elementos y del acabado final de la totalidad de las piezas, con el objetivo de garantizar que el suministro de mobiliario que realiza el contratista es de primera calidad. No se permitirá la instalación de mobiliario con defectos o deficiencias en su materia prima y acabados, los elementos rechazados deberán ser sustituidos por el contratista sin afectar el plazo de entrega definido.

Se aclara en el Apartado 21.3 Escampaderos o Parabuses del cartel de licitación:La recolección y transmisión de la información referente a la aproximación de los autobuses a las paradas no es responsabilidad del contratista.La información transmitida por las pantallas será definida por la Administración y no se limita al tiempo de aproximación de los autobuses a las paradas.En el plazo de vigencia del contrato se implementarán los sistemas para transmitir la información de la localización de autobuses mediante dispositivos GPS.El Contratista será el responsable por la pérdida de pantallas y su mantenimiento. Se adiciona al Apartado 21.4 Mobiliario Urbano Para Información (MUPI) del cartel de licitación:Los mupis a suministrar e instalar serán de dos tipos:• Mupi con base central de una sola pieza de 0,4 m a 0,5 m

de altura.• Mupi tipo bandera, colocado de 2,3 - 2,5 m de altura, con

columna de soporte y cimentación debidamente diseñada para resistir las cargas a las que estará sometido, conforme lo establece el Código Sísmico de Costa Rica. Las columnas deberán estar recubiertas con acero inoxidable AISI 304 de 1,5 mm de espesor como mínimo, para dar la misma apariencia a toda la estructura del mupi.

El criterio para la definición del tipo de mupi a instalar se establecerá de acuerdo al espacio físico disponible en el sitio y las características del mobiliario a instalar. Preliminarmente, el mapa con la ubicación de parabuses, mupis y basureros señala el tipo de mupi a instalar, sin embargo, el tipo de mupi a colocar será definido por la Administración al contar con los planos y características físicas de las estructuras ofrecidas.

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 27

b) Precio (65%)El mayor monto ofertado tendrá un puntaje en el sistema de evaluación de 65% del valor total. El mayor monto ofertado obtendrá el total del porcentaje asignado a este elemento, las demás ofertas obtendrán el valor que corresponda de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula:

Monto Oferta i =Monto oferta i

X 65Mayor monto ofrecido

b) Experiencia nacional comprobada en diferentes tipos de mobiliario urbano que persiga el cumplimiento de un fin público (25%)

Experiencia que incluye el mantenimiento de equipamientos urbanos que cumplen un fin público. La experiencia nacional debe ser acreditada mediante contratos de licitaciones que hayan sido debidamente adjudicados y refrendados, y que hayan cumplido a cabalidad la normativa nacional.El mayor número de contratos tendrá un puntaje en el sistema de evaluación de 25% del valor total. El mayor número de contratos obtendrá el total del porcentaje asignado a este elemento, las demás ofertas obtendrán el valor que corresponda de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula:

Experiencia nacional Oferta i =

Contratos adjudicados como experiencia comprobada oferta i

X 25Mayor cantidad de contratos adjudicados como experiencia nacional

c) Experiencia internacional comprobada en proyectos de mantenimiento de mobiliario urbano (10%)

Experiencia internacional Oferta i =

Países en los que ha operado proyectos de mobiliario urbano con publicidad. X 10Mayor cantidad de países aportados como experiencia

En virtud de lo anterior se prorroga la fecha de apertura para el día 2 de febrero del año 2016 a las 10 a.m.

San José, 15 de diciembre de 2015.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O.C. Nº 137164.—Solicitud Nº 45590.—(IN2015086564).

MUNICIPALIDAD DE ACOSTALICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000001-02

(Aviso N°1)Adquisición de una motoniveladora nueva

La Municipalidad de Acosta les comunica a los interesados en el concurso antes mencionado, que la fecha de apertura se prorroga para el día viernes 22 de enero del 2016 a las 14:00 horas en sus oficinas, ubicadas al costado norte del templo católico.

Luis Durán Gamboa, Alcalde.—1 vez.—(IN2015086472).

AVISOSFEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE CANTONES

PRODUCTORES DE BANANO DE COSTA RICA La Federación de Municipalidades de Cantones Productores

de Banano de Costa Rica (CAPROBA) Aclara

La apertura de la Licitación Pública N° 2015LN-000001-01, se estará realizando el día 31 de diciembre del 2015, al ser las 10:00 a. m., en las oficinas de la Federación.

Esta apertura corresponde aLicitación Pública Nº 2015LN-000001-01, Construcción de

edificio; centro de capacitación y conferencias Intermunicipal de la Federación CAPROBA, área de construcción 480 m2 de dos niveles.

Siquirres, Barrio El Mangal.—Johnny Alberto Rodríguez Rodríguez, Director Ejecutivo.—1 vez.—Solicitud N° 45211.—(IN2015086438).

dicho mobiliario y el pago de un canon anual a cambio de la explotación comercial del 90% de los mupis instalados por un plazo de diez años. La Municipalidad de San José se reserva el uso del 10% de los mupis, su ubicación será 50% de las caras en flujo (en el sentido del tránsito vehicular) y 50% de las caras en contraflujo (contrario al sentido del tránsito vehicular) y estarán situados en puntos a definir por la Administración.La ubicación de las 100 paradas de buses en vías locales, de sus respectivos mupis y de los 40 módulos de basureros se detalla en un mapa del cantón de San José que los interesados podrán solicitar en formato pdf al Área de Licitaciones del Departamento de Recursos Materiales y Servicios, o al correo electrónico [email protected] de ejecuciónSe aclarará el Apartado 7.2 del Plazo de ejecución del cartel de licitación:7.2 El Contratista cuenta con 120 días naturales a partir de

girada la orden de inicio para realizar, en su totalidad, el suministro y la instalación de 100 parabuses, 100 mupis y 40 módulos de basureros de tres unidades cada uno, vencido ese plazo el mobiliario urbano deberá estar disponible para su uso.

El plazo de diez años de vigencia del contrato iniciará al momento de concluir el plazo para el suministro y la instalación de mobiliario definido en 120 días naturales se y realice el primer pago establecido en el cartel de licitación.Sobre el diseño de los basurerosLos basureros especificados cumplen con las características de basureros instalados en otros sectores de la ciudad, de acuerdo con el volumen de desechos que se depositen en los mismos será definida la frecuencia de recolección de dichos desechos.Sobre la póliza de seguroEl monto de la póliza de seguro deberá guardar proporcionalidad con el precio anual.Garantía vicios ocultosEl plazo de 10 años empieza a regir en la fecha en la que el contratista concluya el suministro y la instalación de la totalidad del mobiliario urbano objeto de esta contratación.GarantíasSe podrán rendir garantías según lo definido en el numeral 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.Sobre la verificación de uso de materias primasLa Administración será la encargada de contratar y financiar las pruebas de verificación de la calidad y características de la materia prima utilizada en la fabricación del mobiliario urbano.MultasEn cuanto a las multas definidas en el cartel de licitación, se incorporará al expediente administrativo la justificación de los montos señalados. Las multas establecidas para la presente licitación no fueron definidas con base en contrataciones anteriores, se basan en las obligaciones definidas para el contratista de acuerdo a los términos y especificaciones técnicas de esta licitación.Sobre la posibilidad real de ejecución del contratoSe sustituirá el tercer párrafo del Apartado 21.9 Pólizas, Permisos y Trámites Administrativos del cartel de licitación por lo indicado a continuación:La Municipalidad de San José será la responsable de conceder permisos, regular y controlar todo lo relacionado con el mobiliario urbano ubicado en vías locales y su explotación comercial, sujetándose a los sitios de parada de bus que defina el Consejo de Transporte Público del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.Elementos de evaluaciónSe modificará el Apartado 22. Elementos de evaluación del cartel de licitación de la siguiente forma:Criterios de Evaluación: Se realizará sobre la base al mayor puntaje de acuerdo con lo indicado a continuación:

Pág 28 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

REGLAMENTOS

SALUDINSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE

Y LA RECREACIÓNEl Consejo Nacional del Deporte y la Recreación en su sesión

ordinaria 965-2015, celebrada el 26 de noviembre del 2015, acordó derogar el artículo 8 del Reglamento del Programa de Becas Deportivas para atletas Seleccionados Nacionales o Atletas de Proyección Deportiva hacia el Alto Rendimiento, publicado en La Gaceta Nº 35 del 19 de febrero de 2015, en el cual se establece un subsidio para el entrenador del atleta becado.

Lic. Alba Quesada Rodríguez, Directora Nacional.—1 vez.—(IN2015085660).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCAY ACUICULTURA

Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura.—AJDIP/440-2015.—Puntarenas, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil quince.

Considerando:1º—Que en atención con lo dispuesto por este Órgano Colegiado,

mediante Acuerdos AJDIP/312-2015 y AJDIP/374-2015, proceden a presentar los Sres. Edwin Fallas Quirós y Heiner Méndez Barrientos, la propuesta de arreglos de pago para el sector pesquero y acuícola nacional.

2º—Que debidamente analizada la misma, estiman los Sres. miembros de junta directiva, que ésta se ajusta a los requerimientos, fines objetivos y propósitos perseguidos, como una herramienta dinamizadora de los sectores pesqueros y acuícolas, otorgándoles una oportunidad para continuar desarrollando sus actividades normales, en aquellos casos en los cuales por diversas situaciones deban enfrentar crisis financieras producto del giro normal de la actividad; razón por la cual, la junta directiva, Por tanto;

ACUERDA:1º—Aprobar el Reglamento para el Procedimiento de Arreglo de

Pago, Cobro Administrativo y Judicial del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, en los siguientes términos y condiciones:

REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO DE ARREGLODE PAGO, COBRO ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL DEL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCAY ACUICULTURA.

CAPÍTULO IDisposiciones generales

Artículo 1º—Objetivo. El presente Reglamento tiene por objetivo establecer las normas que regulan el procedimiento a seguir para que aquellos administrados que requieran llegar a un arreglo de pago, por deudas contraídas con el INCOPESCA, por concepto de venta de servicios, así como el pago de licencias, permisos y autorizaciones, de conformidad con los lineamientos establecidos en el presente reglamento.

Artículo 2º—Definiciones. Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

a) Actualización de la licencia, permiso o autorización: Pago del canon anual por concepto del costo de la licencia, permiso o autorización de pesca que debe llevar a cabo un sujeto pasivo en cualquiera de las Unidades de Gestión de Arreglos de Pago que posee la Institución en diferentes partes del territorio nacional.

b) Administrado: Persona física o jurídica a quien el INCOPESCA brinda sus servicios o le otorga licencias permisos o autorizaciones de conformidad con las competencias y atribuciones fijadas en la legislación nacional vigente, así como por aquellas normas establecidas mediante acuerdos de su junta directiva.

c) Arreglo de pago: Es el compromiso que adquiere el sujeto pasivo con el INCOPESCA, de pagar deudas pendientes por concepto de haber recibido licencias, autorizaciones o concesiones, así como venta de bienes y servicios.

d) Cobro judicial: Las acciones que se realicen por parte de los abogados de la institución, en vía judicial, en aras de obtener la recuperación de las cuentas morosas trasladadas a éstos para su respectivo cobro.

e) Cuentas morosas: Los créditos exigibles de plazo vencido a favor del INCOPESCA, por concepto de pago del canon anual por concepto del costo de la licencia de pesca adeudados por los permisionarios.

f) INCOPESCA: Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura.g) Interesado: Entiéndase como el usuario, permisionario,

licenciatario o autorizado que hubiese recibido un servicio o figure como titular en el caso de personas físicas o apoderado especial, general o generalísimo en caso de persona jurídica, todos debidamente acreditados ante el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura.

h) Importe adeudado: Monto que se encuentra pendiente de pago al INCOPESCA por parte del administrado por la venta de bienes y servicios establecidos en el Acuerdo de Tarifas correspondiente.

i) Importe adeudado sobre arreglo de pago: Monto que se encuentra pendiente de pago y en estado de morosidad, correspondiendo al monto de la deuda sometida a arreglo de pago y el porcentaje de interés por incumplimiento de éste.

j) Permisionario: Persona física o jurídica, en cuyo nombre se encuentra registrada una licencia de pesca comercial o deportiva.

k) Sujeto pasivo: La persona física o jurídica obligada al cumplimiento de la cuenta morosa, en caso de que requiera seguir explotando una licencia de pesca vigente a la fecha de la actualización de la licencia.

CAPÍTULO IIOrganización y funcionamiento de los arreglos de pago

Artículo 3º—Órganos Competentes. Corresponde al Departamento de Protección y Registro, en Puntarenas; Oficina Subregional de Cuajiniquil, en la Cruz Guanacaste; Dirección Regional de Guanacaste, en Playas del Coco; Oficina Subregional de Nicoya; Oficina Regional de Quepos; Oficina Regional de Golfito y Dirección Regional de Limón y cualquier otra que la junta directiva autorice en el futuro, recibir y aprobar la gestión de arreglo de pago presentada por los usuarios ante el INCOPESCA, misma que deberán remitir a la sección de contabilidad para su registro respectivo.

Artículo 4º—Documentación a presentar. Las gestiones de arreglo de pago, se tramitarán previa solicitud formal del interesado ante la oficina respectiva, por escrito y cumplimiento con las formalidades de ley, en el caso de personas jurídicas deberán hacerlas por medio de sus apoderados debidamente inscritos, las personas físicas que se presenten personalmente no requerirán que se autentique la firma de su solicitud.

Artículo 5º—Procedencia de los arreglos de pago.Entiéndase por arreglo de pago el compromiso que asume el INCOPESCA, previo consentimiento por parte de la jefatura de la oficina respectiva, de aceptar la propuesta de arreglo de pago, presentada según lo estipulado en artículo anterior, por parte del administrado que se encuentre en estado de morosidad.

Solo podrá aceptar una propuesta de pago por administrado, bajo ningún concepto se permitirá más de una.

El arreglo de pago incluirá el monto principal adeudado con sus respectivos intereses.

La autorización de arreglo de pago no exime de la obligación de honrar los pagos inmediatos siguientes que sobrevengan, el incumplimiento de estos dará por extinguida la autorización de arreglo de pago autorizada y hará exigible la deuda total por la vía judicial.

Artículo 6º—Del proceso del arreglo de pago. Se podrán autorizar arreglos de pago de conformidad con los siguientes parámetros:

1. Pago inicial para todos los casos mínimo con un 15% sobre el pago total adeudado, entiéndase principal más intereses, mismos que se establecerán según la tasa básica pasiva del Banco Central de Costa Rica.

2. Del plazo para cancelar el saldo adeudado resultante (85% de la deuda):a. Montos iguales o superiores a quinientos mil colones en 36

pagos mensuales de montos igual.b. Montos inferiores a quinientos mil colones 24 pagos

mensuales de montos iguales.

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 29

c. Quedará a criterio de la administración y de previo acuerdo con el administrado si el monto de los pagos mensuales se podrá realizar por trimestre o semestre vencido sin exceder el plazo concedido.

Artículo 7º—Condiciones para otorgar arreglos de pago.El arreglo de pago se otorgará por parte del INCOPESCA, bajo el cumplimiento de que el solicitante presente solicitud expresa que contenga el plan de pagos proyectado, de conformidad con los plazos y porcentajes establecidos en el presente reglamento. Así como las explicaciones de las motivaciones que le llevaron a caer en estado de morosidad.

Artículo 8º—Formalización del arreglo de pago. El jefe respectivo que esté autorizado para aprobar arreglos de pago, procederá a emitir resolución motivada donde se concede el arreglo de pago correspondiente, misma que será remitida a la sección de contabilidad para su registro.

Para todos los efectos, quien solicita arreglo de pago deberá firmar el compromiso de pago conjuntamente con el funcionario que lo aprueba, así como rendir garantía de pago por medio de título ejecutivo que será confeccionado por la jefatura que aprueba el arreglo de pago basada en los cálculos que registró la unidad de contabilidad. Dicho documento consignará, la renuncia de domicilio del deudor, requerimientos de pago y trámite del proceso ejecutivo.

La jefatura que autoriza el arreglo de pago de pago deberá remitir a la unidad de tesorería los títulos de garantía ejecutiva rendidos, siendo su responsabilidad custodiar dichos títulos ejecutivos.

Artículo 9º—Condiciones para exonerar insumos pesqueros y combustible. Aquel administrado que se encuentre en condición de arreglo de pago, gozará de pleno derecho de los beneficios que la Ley le otorga para el ejercicio de la actividad pesquera y acuícola.

Artículo 10.—Traslado de los saldos resultantes por concepto de arreglo de pago. Las jefaturas correspondientes, se verán obligados a presentar un informe trimestral a la presidencia ejecutiva del INCOPESCA para que sea de conocimiento de la junta directiva de los arreglos de pago autorizados por parte de la administración.

Dicho informe deberá indicar lo siguiente:a) Nombre, cédula y dirección de la persona que hizo arreglo de

pago con la institución.b) Monto del arreglo de pago convenido.

Artículo 11.—Del Registro del saldo producto de los arreglos de pago. La jefatura de la sección de contabilidad del INCOPESCA, una vez recibido el informe que hace mención el artículo ocho, procederá a registrar en el sistema la cuenta por cobrar proporcionada, de tal manera que esos saldos afecten los estados financieros de la Institución y se muestren en dichos estados tal y como lo establecen las normas internacionales que rigen esta materia. Una vez registrado el arreglo de pago procederá a remitir constancia de dicho registro a la oficina respectiva para que se deje constancia en el expediente administrativo respectivo.

CAPÍTULO IIICobro administrativo y judicial de saldos pendientesArtículo 12.—Del cobro administrativo de los saldos

pendientes de pago. El incumplimiento del arreglo de pago, dará por fenecida dicha autorización de pago, haciendo exigible la deuda total, por medio del proceso de cobro administrativo o judicial según corresponda.

Asimismo, en caso de que un administrado que se encuentra sometido a un proceso de arreglo de pago, incurriera en un nuevo estado de morosidad en el pago de servicios, así como licencias, permisos o autorizaciones con el INCOPESCA, sobre deudas no contempladas en aquellas sometidas a ésta figura de arreglo, se tendrá por resuelto el arreglo de pago, tornándose exigible la totalidad de lo adeudado, por las vías indicadas en el presente artículo y el precedente.

En todo caso es obligación del interesado aportar los comprobantes de pago hechos al INCOPESCA ante la oficina respectiva.

Artículo 13.—Del cobro judicial. Transcurridos los plazos señalados, la asesoría legal del INCOPESCA, procederá de conformidad a lo establecido por la Ley 8624, Ley de Cobro Judicial en Costa Rica, solicitando a la autoridad jurisdiccional competente, el pago de la suma adeudada, más los intereses que correspondan.

Para lo cual deberá la sección contabilidad remitir la certificación contable respectiva de la deuda total así como el expediente administrativo respectivo.

CAPÍTULO IVDisposiciones finales

Artículo 14.—Aplicación supletoria. En lo no previsto por el presente Reglamento, se aplicarán supletoriamente lo estipulado en la Ley General de la Administración Pública, Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativo, Código de Comercio y el Código Procesal Civil.

Artículo 15.—Interpretación reglamentaria. En caso de duda, corresponderá a la junta directiva de INCOPESCA, aclarar e interpretar correctamente las disposiciones aquí contenidas.

Artículo 16.—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Acuerdo firme.Gustavo Meneses Castro, Presidente Ejecutivo.—Secretaría

Técnica de Junta Directiva.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe.—1 vez.—(IN2015084860).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIALDe conformidad con el acuerdo de Junta Directica JD-901

correspondiente al artículo V), inciso 4) de la sesión ordinaria 43-2015 celebrada el 30 de noviembre del 2015, que en lo conducente dice:

La Junta Directiva, acuerda:Se modifica el primer párrafo del artículo Nº 9 del Reglamento

de Nuevos Tiempos, para que se lea de la siguiente manera:Artículo 9º—De la fecha y los horarios de los sorteos. Los sorteos de Nuevos Tiempos se realizarán de lunes a domingo conforme al Calendario de Sorteos aprobado por la Junta Directiva en el horario y frecuencia que esta lo determine, en las instalaciones de la Junta.De conformidad con lo expuesto en los oficios GG-4538 del

24 de noviembre del 2015, suscrito por el Lic. Milton Vargas Mora, Gerente General y GPC-865 del 23 de noviembre del 2015 del Lic. Claudio Madrigal Guzmán, Gerente Producción y Comercialización. Acuerdo firme.

Vanessa María Campos Sáenz, Responsable.—Departamento de Sorteos.—Shirley Chavarría Mathieu, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 20048.—Solicitud Nº 44775.—(IN2015086452).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE TALAMANCA

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Talamanca, mediante sesión ordinaria N° 267 celebrada el día 27 de noviembre del 2015, adoptó el acuerdo N° 02, que dice: Moción presentada por el Regidor George Brown Hudson, secundada por el señor Presidente Municipal, Hernán Carlos Cascante Layan, que dice:

Asunto: Ampliación del plazo Reglamento Transitorio punto 1.1Revisado y discutido el acuerdo 2 de la Comisión de

Planificación y Ordenamiento Territorial de Talamanca, este Concejo Municipal acuerda:

Considerando:1º—Que el Instituto Geográfico Nacional no ha publicado la

línea de mojones existentes en la demarcación de los 50 metros de la zona inalienable de la zona pública de la zona marítima terrestre.

2º—Que los topógrafos no han podido inscribir los planos catastrados por no contar con la línea de mojones.

3º—Que muchos contribuyentes no han podido presentar sus planos catastrados por no contar con ellos.

Por lo tanto se acuerda ampliar el plazo establecido en el punto 1.1 del Reglamento transitorio para la regulación de los usos de suelo y permisos de construcción dentro de la Zona Marítima Terrestre del cantón de Talamanca en concordancia a la Ley 6043. El plazo es de 3 meses a partir del 28 de noviembre de 2015 hasta el 28 de febrero de 2016. Publíquese en La Gaceta. Acuerdo aprobado por unanimidad.

Ciudad de Bribrí, Talamanca, 1° de diciembre de 2015.—Yorleny Obando Guevara, Secretaria.—1 vez.—Solicitud N° 44687.—(IN2015085935).

Pág 30 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICASUPERINTENDENCIA GENERALDE ENTIDADES FINANCIERAS

Publicación de la Superintendencia General de Entidades Financieras con base en la información suministrada por los intermediarios financieros

BALANCE DE SITUACIÓN COMBINADODEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL

Al 31 de octubre del 2015(en miles de colones)

ACTIVO PASIVO - ContinúaDisponibilidades 2.941.472.189 Otras cuentas por pagar y provisiones 412.153.964 Inversiones en instrumentos financieros 3.259.892.621 Otros pasivos 131.860.527 Cartera de créditos 13.832.067.874 Obligaciones subordinadas 136.838.409 Cuentas y comisiones por cobrar 18.372.542 TOTAL PASIVO 18.435.098.214 Bienes realizables 58.133.262 PATRIMONIOParticipaciones en el capital de otras empresas 220.273.678 Capital Social 1.103.576.299 Inmuebles, mobilidario y equipo en uso 382.540.026 Aportes patrimoniales no capitalizados 154.180.267 Otros activos 190.213.621 Ajustes al patrimonio 162.876.979 TOTAL ACTIVO 20.902.965.813 Reservas patrimoniales 530.613.006 PASIVO Y PATRIMONIO Resultados acumulados de ejercicios anteriores 352.944.184 PASIVO Resultado del periodo 117.245.034 Obligaciones con el público 13.195.066.061 Patrimonio del fondo de financiamiento para el desarrollo 46.431.830 Obligaciones con el Banco Central de Costa Rica 33.431.603 TOTAL PATRIMONIO 2.467.867.599 Obligaciones con entidades 4.525.747.651 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 20.902.965.813

Notas:1.

2. En el sitio Web de la SUGEF (www.sugef.fi.cr) se puede consultar los estados financieros individuales de los bancos con un mayor nivel de detalle, de este periodo y de periodos anteriores, asícomo otra información adicional.

______________________________________Javier Cascante Elizondo, Superintendente

Pubicación de la Superintendencia General de Entidades Financierascon base en la información suministrada por los intermediarios financierosBALANCE DE SITUACION COMBINADO DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL

Al 31 de octubre del 2015(en miles de colones)

Esta publicación se realiza en acatamiento de lo dispuesto en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y se ha elaborado con base en la información suministrada por lasentidades financieras disponibles en nuestras bases de datos al 16/11/2015.

Firmado por: JAVIER CASCANTE ELIZONDO(FIRMA)Fecha y hora: 02.12.2015 13:04:05

NOTAS:1. Esta publicación se realiza en acatamiento de lo dispuesto en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y se ha

elaborado con base en la información suministrada por las entidades financieras disponibles en nuestras bases de datos al 16/11/2015.2. En el sitio Web de la SUGEF (www.sugef.fi.cr) se puede consultar los estados financieros individuales de los bancos con un mayor

nivel de detalle, de este periodo y de periodos anteriores, así como otra información adicional.San José, 2 de diciembre del 2015.—Javier Cascante Elizondo, Superintendente.—1 vez.—Solicitud N° 44760.—(IN2015086034).

UNIVERSIDAD NACIONALREPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por: destrucción. Correspondiente al título de: Bachillerato en Administración, grado académico Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo tomo Nº 10, folio 316, asiento: 5853, a nombre de Francisco Lostalo Álvarez, con fecha: 15 de diciembre de 1995, cédula de identidad 6-0157-0448. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 11 de noviembre del 2015.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(IN2015084590).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICAEDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZEl señor Henry Bonilla Cordero, cédula de identidad Nº

401170868 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título Maestría en Administración de Negocios con énfasis en Comercio Internacional, obtenido en National University. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 03 de diciembre 2015.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O.C. Nº 20150003.—Solicitud Nº 44868.—(IN2015086148).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOSEl Consejo Directivo del Instituto Nacional de Estadística y

Censos, en uso de las facultades que le confiere el artículo 22, literal b) de la Ley N° 7839 de 15 de octubre de 1998 y en cumplimiento de la Ley N° 8220 de 4 de marzo de 2002 Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, publicado en el Alcance N° 22 de La Gaceta N° 49 del 11 de marzo del 2002 y al Decreto Ejecutivo N° 37045- MP-MEIC del 22 de febrero de 2012 Publicado en el Alcance N° 36 a La Gaceta N° 60 de 23 de marzo de 2012, establece lo siguiente:

Considerando:I.—Que el Estado Costarricense, consciente del compromiso

ante la ciudadanía y el interés público que debe privar en su actuación –al velar por sus actos-, propone la Mejora Regulatoria y la Simplificación de Trámites como una política pública integral, cuyo objetivo es promover la transparencia en la elaboración y la aplicación de las regulaciones y los procedimientos que rigen su accionar; previendo que estas generen beneficios superiores a sus costos, tanto para la administración como para el administrado.

II.—Que la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, su reforma y reglamento se interpretan como una herramienta eficaz para el cumplimiento de los fines del INEC, en la divulgación de los productos y servicios que genera y que a través del Área de Servicios de Información y Divulgación Estadística hace llegar a sus usuarios;

III. Que el presente Acuerdo se encuentra acorde con las disposiciones de la Ley 8220 y sus reformas, así como los Planes de Mejora Regulatoria establecidos por la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, por tanto

ACUERDA;Los siguientes:

Trámites, requisitos y procedimientos que regularán en adelante la prestación de servicios que brinda el Instituto Nacional de Estadística y Censos a través del Área de Servicios de Información y Divulgación Estadística,

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 31

1. Nombre del Trámite: Acceso a bases de datosDependencia responsable del Trámite: Área de Servicios de Información y Divulgación Estadística (ASIDE/Centro de Información)Licencia, autorización o permiso: no aplicaProcedimiento: El usuario(a): Manifiesta la necesidad de acceder a archivos de microdatos, por medio de teléfono, en sala, web o correo electrónico.

1. Identifica que tipo de base de datos requiere. ¿Es archivo de microdatos de uso público?Si, continúa en el punto 3, No, continúa en el punto 6

2. Ingresa al sitio web del INEC en la siguiente dirección: http://www.inec.go.cr/anda4/index.php/auth/login/?destination=catalog/148/get_microdata

3. Hace el registro en línea o ingresa con su usuario y contraseña, y llena el formulario solicitud de acceso a archivos de microdatos de uso público.

4. Descarga el archivo de microdatos de uso público solicitado. Finaliza el procedimiento.

5. Envía correo electrónico solicitando archivo de microdatos con licencia.

6. Recibe los requisitos para el acceso a base con licencia. ¿Está de acuerdo con los requisitos?, SI, continúa en el punto 8. NO, finaliza el procedimiento.

7. Recibe y llena el formulario de solicitud de acceso a un archivo de microdatos con licencia.

8. Remite el formulario de solicitud de acceso a un archivo de microdatos con licencia al Centro de Información, firmado por el Representante Legal de la Institución Receptora, si es electrónico se solicita con firma digital.¿El INEC requiere aclaraciones de la solicitud?SI, continúe en el punto 10. NO, ¿procede la entrega del archivo de microdatos con licencia?SI, continúe en el punto 12. NO, continúe en el punto 11.

9. Envía nota o correo con aclaraciones de solicitud, si procede la entrega del archivo de microdatos con licencia, continúa en el punto 12, de lo contrario continúa en el punto 11.

10. Recibe comunicado de no aprobación de entrega de base de datos con licencia. Finaliza el procedimiento.

11. Remite acuerdo de acceso a un archivo de microdatos con licencia firmado por el representante legal de la Institución receptora.¿Procede el cobro por la preparación de archivos de microdatos con licencia?SI, continúa en el punto 13. NO, continúa en el punto 15.

12. Recibe información del costo y la gestión de pago.13. Cancela el monto correspondiente con la persona

encargada, o por medio de transacción bancaria. Presenta la factura o envía el comprobante de pago.

14. Recibe archivo de microdatos con licencia, puede ser en sala, por medio de un dispositivo electrónico o se acuerda la descarga del archivo en una dirección ftp.

Finaliza el procedimiento.Base Legal: Sistema de Estadística Nacional, Ley N° 7839 de 15 de octubre de 1998.Publicado en el Alcance N° 77-B a, La Gaceta N° 77 de 4 de noviembre de 1998. Últimas reformas: Ley N° 7963 de 17 de diciembre de 1999. La Gaceta N° 11 de 17 enero del 2000. Ley N° 8284 de 28 de mayo del 2002. La Gaceta N° 114 de 14 de junio del 2002.Plazo de resolución: 15 a 22 días hábiles.Costo del trámite: Nueve mil colones (¢ 9 100.00) por hora, tiempo de preparación de la base.Formulario: Solicitud de Acceso a bases de datos con licencia.Formulario: Acceso a bases de datos de usuarios (con licencia).

Detalle del formulario: InstruccionesEnviar por correo o por fax este formato al Área de Sistemas

de Información Estadística y Divulgación del INEC, con la carátula impresa y con el membrete de la institución que lo respalda. Enviar por correo a la dirección:

Área de Sistemas de Información y Divulgación Estadística, Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)

Apartado 10163, San José 1000, Costa Rica, Enviar por fax a: (506) 2224-2221

Enviar por correo una copia escaneada, o el original en caso de firma digital a la dirección: información@ inec.go.cr.

El acceso a estas bases de datos se otorga únicamente cuando existe una institución que lo respalda (ministerio, universidad, centro de investigación, organización estatal o internacional) debidamente registradas o acreditadas.

La Comisión de Divulgación del INEC revisa cada una de las solicitudes en el caso de que la solicitud se autorice, se le proporcionarán los datos y documentación en CD-ROM/DVD o a través de un servidor FTP seguro.

La información que se proporciona en este formato no será compartida con otros. Si se confirma una violación al acuerdo legal, el INEC podrá denunciarlo en las instancias civiles o penales que procedan.

Términos del RECEPTOREn el presente acuerdo: a. Investigador Primario de Datos:

Persona que funge como el contacto principal para todas las comunicaciones relacionadas con este acuerdo. El Investigador Primario de Datos asume toda la responsabilidad del cumplimiento de los términos de este acuerdo de acceso de microdatos por parte de los empleados de la Institución Receptora. b. Otros investigadores: Personas diferentes al Investigador Primario de Datos, incluyendo asistentes de investigación, que tendrán acceso a los microdatos restringidos. c. Institución Receptora: Hace referencia a la institución, universidad, organización u otra que emplea al Investigador Primario de datos. d. Representante de la Institución Receptora: Persona facultada para representar a la Institución Receptora en acuerdos de esta clase.

Nombre del archivo de microdatos, Mes y año de los resultados:

4. Investigador Primario de Datos Nombre y Apellidos: Cargo: Título (Sr., Sra., PhD., Lic., etc.) Institución: Cargo en la Institución: Apartado postal: Teléfono (con código de país), Fax (con código de país), Correo electrónico.

5. Otros investigadores:5.1 Nombre y Apellidos del o los investigadores, cargos y relación con la Institución.

6. Institución receptora, nombre de la institución, tipo de institución (gobierno central, institución autónoma, universidad nacional, otra.

7. Sitio web de la organización (URL)8. Apartado postal, Representante de la Institución Receptora,

nombre y apellido, cargo, Título (Sr., Sra., PhD., Lic.), Institución, Cargo en la Institución, Apartado Postal, teléfono, fax, correo electrónico.

9. Descripción del uso destinado de los datos: Se solicita muy atentamente proporcionar la descripción de su Proyecto de Investigación (PI): objetivos, metodología utilizada, resultados esperados, lista de política de divulgación. Esta información debe ser proporcionada en un apéndice adjunto a esta solicitud. Si la información no es suficiente, es posible que se rechace su solicitud o que se soliciten datos adicionales.

10. Identificación de archivos de datos y variables requeridas El INEC proporciona los metadatos detallados en su sitio web así como la descripción de archivos de datos y variables para cada serie. Los investigadores que no necesitan

Pág 32 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

acceder a toda la información, pueden indicar cuál subserie de variables o casos les interesan para disminuir el riesgo de divulgación y aumentar la probabilidad de que los datos sean suministrados. Esta solicitud se remite con el objetivo de que se pueda acceder a:

1. A toda la serie de datos (incluye todos los archivos y todos los casos de la serie de datos)

2. Una subserie de variables y casos, (considere que una subserie siempre incluye variables como los coeficientes de ponderación de la muestra e identificadores de registro).

11. Acuerdo de Acceso a un archivo de Microdatos con Licencia (AAAML), El Investigador Primario de Datos, los Otros Investigadores y el Representante de la Institución Receptora aceptan cumplir con lo siguiente:

a. El acceso a los datos restringidos estará limitado al Investigador Primario de Datos y a los Otros Investigadores.

b. Copias de los datos restringidos u otros datos creados con base en los datos originales no serán copiados, redistribuidos, cedidos, donados, prestados, facilitados ni enajenados por ningún medio, para uso de otras personas o puestos a disposición de otra persona diferente a las que menciona este AAAML, a menos que EL INEC lo haya autorizado de manera previa y formal.

c. Los datos serán tramitados únicamente para los efectos estadísticos manifestados.

d. Los datos deberán utilizarse únicamente para reportar la información agregada y no para investigar a personas u organizaciones específicas. Los datos no podrán utilizarse en ninguna forma para efectos administrativos, de propiedad exclusiva o para la ejecución de alguna ley.

e. El Investigador Primario de Datos se compromete a que no se intentará identificar a ningún individuo, familia, negocio, empresa u organización, y del archivo de microdatos. Si dicha identificación única se hace inadvertidamente, no se hará ningún uso de la identidad de cualquier persona o establecimiento descubierto y los detalles completos serán informados al INEC. La identificación no será revelada a ninguna otra persona no incluida en el AAAML.

f. El Investigador Primario de Datos establecerá medidas de seguridad para privilegiar la confidencialidad de la información y evitar el acceso no autorizado a microdatos con licencia del INEC. Los microdatos deben destruirse al concluir esta investigación. Con este propósito, el Investigador Primario de Datos deberá confirmar por escrito al INEC la destrucción de los microdatos, con la consecuente responsabilidad civil o penal en caso de falsedad sobre dicha confirmación para destruir los microdatos en un periodo no mayor de ( ) mes, meses. Los microdatos no se destruirán al concluir esta investigación cuando el INEC obtenga una garantía satisfactoria de que los microdatos estarán seguros y además de que el INEC proporcione a la Institución Receptora, la autorización por escrito de conservarlos.

g. Cualquiera de los libros, artículos, documentos de conferencias, tesis, disertaciones, informes u otras publicaciones que utilizan datos obtenidos de la base entregada, deben citar la fuente de los datos del INEC.

h. Se debe enviar copia electrónica al INEC de todos los informes y publicaciones basados en datos solicitados, en un plazo no mayor de ( ) mes o meses. Si en el plazo indicado no se ha enviado esa información, un colaborador de la Biblioteca lo contactará para acordar esa entrega.

i. El INEC no es responsable del uso de datos o de las interpretaciones o inferencias basadas en dichos usos.

13. El presente contrato entrará en vigor en la fecha que se otorgue la autorización de acceder a la serie de datos restringida y continuará vigente hasta la fecha final del proyecto o antes si el proyecto se concluye antes del plazo dispuesto para ese efecto.

14. En el caso de que algún término (factor) de los establecidos en esta solicitud para realizar el AAAML variara (el PI, el acuerdo de seguridad, el Investigador Primario de Datos y/o los Otros Investigadores, la Institución, otro), es responsabilidad del Investigador Primario de Datos solicitarle al INEC que acepte la (as) modificación (es). Lo anterior implicará que se debe realizar una nueva solicitud del AAAML y que la solicitud original ya caducó (ya no está vigente).

15. Las violaciones a este acuerdo se considerarán como graves y el INEC tomará acciones en contra de las personas responsables por el error, sea intencional o accidental, incluido la negligencia, imprudencia o impericia. La omisión de seguir las instrucciones del INEC se considerará como incumplimiento importante del acuerdo, y puede involucrar recurrir al procedimiento que corresponda. El INEC conservará y mantendrá un registro de las personas y organizaciones responsables de violar los términos del AAAML, e impondrá sanciones sobre la liberación de datos futuros a estas partes.

Firmantes Los siguientes firmantes han leído y aceptan el AAAML: El Investigador Principal de Datos: nombre y firmas, fecha, el Representante Legal de la Institución Receptora, nombre, firma y fecha.Se puede accesar a través la página Web (www.inec.go.cr). Responsables: Marlene Sandoval [email protected], Manuel Chávez [email protected], Rocío Portilla [email protected], teléfonos 22 80 92 80 extensiones 323, 327.

2. Nombre del Trámite: Acceso a certificaciones o ConstanciasProcedimiento: El usuario(a): Manifiesta la necesidad de acceder a certificaciones o constancias, por medio de teléfono, en sala, web o correo electrónico.¿La solicitud es vía web?, SI, continúa en el punto 2, NO, continúa en el punto 3

1. Ingresa al sitio web del INEC en la siguiente dirección: www.inec.go.cr/Web/Home/Constancias.aspx

2. Recibe información del trámite para gestionar la certificación o constancia.

3. Llena formulario de solicitud de certificación o constancia.4. Recibe información sobre el costo y la gestión de pago.5. Cancela el monto correspondiente con la persona

encargada, o por medio de transacción. Presenta la factura o envía el comprobante de pago correspondiente.

6. Retira certificación en sala previa presentación de la factura o recibe constancia previo envío del comprobante de depósito.

Fin del procedimientoRequisito: Presentar Cédula de IdentidadPlazo de resolución: 3 días hábilesCosto del trámite: Dos mil cuatrocientos colones (¢ 2 400.00)Responsables: Marlene Sandoval [email protected], Manuel Chávez [email protected], Rocío Portilla [email protected], teléfonos 22 80 92 80 extensiones 323, 327.Formulario: bajarlo de la web o se entrega en sala.Descripción del formulario acceso a Constancias y/o Certificaciones.Nombre y apellidos del solicitante, correo electrónico, teléfono, fax, tipo de información (índice de precios del consumidor, Índice de Precios de los Insumos Básicos de la Industria de la Construcción, Canasta Básica Alimentaria, Estimaciones y Proyecciones de Población, Otros (especifique), periodo, certificado a nombre de: cédula física o jurídica, requisitos: costo de certificación o constancia: ¢2400.00 (dos mil cuatrocientos colones), Depósito en cuentas: BNCR:209 701-2, BCR: 218695-0 a favor del INEC. Nota: -- La certificación incluye timbres fiscales. -- Se retira en el Centro de Información del INEC. -- Se entregará cuatro días hábiles después de enviar el comprobante de pago al fax: (506) 2224-2221 o escanear y enviar al correo electrónico: [email protected]

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 33

3. Nombre del Trámite: Acceso a estadísticasEl usuario(a): Manifiesta la necesidad de obtener estadísticas o información a la medida, por medio de teléfono, correo electrónico o en forma presencial.

1. Recibe información de las diferentes opciones e identifica que tipo de información o datos requiere. ¿La información está elaborada?SI, continúa en el punto 3, NO, continúa en el punto 4

2. Recibe o descarga la información y finaliza el procedimiento.

3. Llena formulario de solicitud de información a la medida, si requiere la actualización de un cuadro debe enviar el código o información del cuadro que requiere actualizar al Centro de información.¿El INEC requiere aclaraciones a la solicitud?, SI, continúa en el punto 5.NO, continúa en el punto 6. Aclara la solicitud.

4. Recibe información del costo y trámite de pago.5. Cancela el monto correspondiente, presenta factura o

envía comprobante de pago.6. Recibe el cuadro o la información a la medida.

Finaliza el procedimiento.Plazo de resolución: De 3 a 8 días hábilesCosto del trámite: Nueve mil cien colones (9 100.00) por hora de procesamiento.Responsables: Marlene Sandoval [email protected], Manuel Chávez [email protected], Rocío Portilla [email protected], teléfonos 22 80 92 80 extensiones 323, 327.Formulario: bajarlo de la web o se entrega en sala.Descripción del Formulario Acceso a EstadísticasNombre, correo electrónico, nombre de la institución tipo de institución pública o privada, teléfono y fax de la institución, tipo de información, información requerida a partir de (censos, encuestas, otros), se debe especificar la medida de lo que se requiere, de ser posible enviar formato de cuadro solicitado, periodo: desde-hasta, requisitos: costo, el Costo y el plazo de entrega del procesamiento se le enviarán a su dirección electrónica y luego deberá depositar la suma indicada a favor del INEC, depósito en las cuentas: BNCR: 209 701-2 y BCR: 218695-0. Posterior al depósito es necesario que envié el comprobante de pago al fax número 2224-2221.

4. Nombre del Trámite: Acceso a productos cartográficosProcedimiento: El usuario(a): Manifiesta la necesidad de obtener el acceso a productos cartográficos por medio de la web, teléfono o correo electrónico.Recibe información de las diferentes opciones. ¿El producto cartográfico está elaborado?SI, continúa en el punto 5. NO, continúa en el punto 3.Llena formulario de solicitud de productos cartográficos a la medida. Para ese efecto, es indispensable presentarse al Centro de Información para describir al especialista cuál es su necesidad y verificar si es posible elaborar el producto con los insumos existentes. Si el producto cartográfico a la medida no se puede elaborar no se tramita la solicitud y finaliza el procedimiento.¿El INEC requiere aclaraciones de la solicitud?SI, continúa en el punto 4. NO, continúa en el punto 7. Aclara solicitud y continúa en el punto 7.Selecciona la opción y el formato de salida adecuado a su necesidad.Llena y envía al Centro de Información el formulario de solicitud de productos cartográficos.Recibe información sobre el costo y la gestión de pago. Cancela el monto correspondiente con la persona encargada, o por medio de transacción bancaria. Presenta la factura o envía el comprobante de pago. Recibe el producto cartográfico solicitado. Finaliza el procedimientoPlazo de resolución: De 30 minutos a 5 días (depende de tipo de mapa solicitado y de la cantidad)Costo del trámite: Varios montos (depende del tipo de mapa solicitado)

Formulario: bajarlo de la web o se entrega en sala. Responsables: Marlene Sandoval [email protected], Manuel Chávez [email protected], Rocío Portilla [email protected], teléfonos 22 80 92 80 extensiones 323, 327.

5. Nombre del Trámite: Adquisición de publicacionesProcedimiento: El usuario(a):

1. Manifiesta la necesidad de obtener una publicación por medio de la web, teléfono o correo electrónico. ¿Requiere publicación impresa? SI, continúa en el punto 5. NO, continúa en el punto 2.

2. Consulta la disponibilidad de publicaciones digitales.¿La publicación está disponible en digital?

SI, continúa en el punto 4.NO, continúa en el punto 3.

3. Consulta procedimiento de préstamos de publicaciones, finaliza el procedimiento.

4. Solicita la publicación en formato digital y continúa en el punto 8.

5. Revisa y solicita publicaciones disponibles para la venta.

6. Recibe información del costo y la gestión de pago.7. Cancela el monto correspondiente con la persona

encargada y presenta la factura.8. Recibe la publicación

Finaliza el procedimiento.Plazo de resolución: Publicaciones digitales: 1 día hábil/Publicaciones impresas: 8 días hábilesCosto del trámite: Cada publicación tiene un costo publicado en el catálogo de productos y servicios.Formulario: no tiene.Responsables: Marlene Sandoval [email protected], Manuel Chávez [email protected], Rocío Portilla [email protected], teléfonos 22 80 92 80 extensiones 323, 327.6. Nombre del Trámite: Préstamo de publicaciones

Procedimiento: El usuario(a):1. Selecciona el libro, tesis o documento de su interés

(presencial o de la base de datos en línea). 2. ¿Es para préstamo en sala?3. SI, continúa en el punto 2, 4. NO, continúa en el punto 65. Llena y entrega Boleta de Registro de usuarios.6. Recibe documento para consulta en sala.7. Consulta documento en sala.8. Devuelve documento a bibliotecólogo(a) y finaliza el

procedimiento.9. Anota número de clasificación y título del documento.

10. Lleva información del documento (clasificación y título) a la biblioteca a la que pertenece.

11. Indica a su bibliotecólogo(a) el documento de su interés para que lo solicite a la biblioteca del Instituto Nacional de Estadística y Censos.

12. Retira documento en la biblioteca a la que pertenece.13. Devuelve el documento a su bibliotecólogo.

Fin el procedimiento.Plazo de resolución: Préstamo en sala o Préstamo interbibliotecario:Costo del trámite: No tiene costo. Formulario: bajarlo de la web o se entrega en sala.Formulario: No tiene.Responsable: Biblioteca INEC [email protected], Elia Ruiz [email protected]úmero de Teléfono: 22 80 92 80 extensiones 324 o 148

7. Nombre del Trámite: Servicios de muestreoProcedimiento: El usuario(a):

1. Manifiesta la necesidad de obtener el acceso a servicios de muestreo por medio de la web, teléfono o correo electrónico.

2. Recibe información de los servicios de muestreo.

Pág 34 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

3. Llena el formulario de Solicitud de servicios de muestreo y lo remite al Centro de Información, si el servicio de muestreo no se puede elaborar no se tramita la solicitud y finaliza el procedimiento. Si requiere productos cartográficos debe indicarlo en la solicitud.¿El INEC requiere aclaraciones de la solicitud?SI, continúa en el punto 4NO, continúa en el punto 5

4. Aclara la solicitud.5. Recibe información del costo y la gestión de pago.6. Cancela el monto correspondiente con la persona

encargada, o por medio de transacción bancaria. Presenta la factura o envía el comprobante de pago.

7. Recibe el servicio de muestreo solicitado.Fin del procedimiento

Plazo de resolución: 8 días hábiles para la selección de muestra de 10 a 15 días para la impresión de los mapas (Si los solicitan)Vigencia de la licencia, autorización o permiso: Solo en caso de muestras del Directorio de Establecimientos se necesita un permiso previo para ser brindada la muestra.Costo del trámite: Se calcula con base a definir si es una muestra simple o compleja.Responsables: Marlene Sandoval [email protected], Rocío Portilla [email protected], teléfonos 22 80 92 80 extensiones 323, 327.Formulario: Formulario solicitud de servicios de muestreoInformación que contiene el Formulario para la Selección de Muestras: Nombre, correo electrónico, nombre y tipo de institución, teléfono y fax de la institución, tipo de información si es una muestra o un procesamiento de datos, objetivo de la investigación, población objeto, dominios geográficos (nacional, urbano, rural, otros), especifique (se debe tomar en cuenta que a mayor nivel de desagregación mayor será el tamaño de muestra y los costos del estudio. Se debe indicar el Tamaño de Muestra: Variable que desea estimar, estimación de estudios anteriores, margen de error de estimación esperado: porcentaje esperado de no respuesta, Subpoblaciones o estratos que considera importantes que se representen en la muestra: Requisitos: El costo y el plazo de entrega del procesamiento se le enviarán a su dirección electrónica y luego deberá depositar la suma indicada a favor del INEC. Depósito en cuentas: BNCR: 209-701-2 y BCR: 218695-0. Nota: Posterior al depósito es necesario que envíe el comprobante de pago al fax número 2224-22-21.Los trámites antes descritos han sido debidamente aprobados

por el Consejo Directivo del INEC, en la sesión ordinaria N° 790-2015 del 10 de noviembre de 2015; de esta forma se deroga el Reglamento sobre trámites que fue publicado en La Gaceta N° 202 del 23 de octubre del 2006.

San José, 2 de diciembre del 2015.—Despacho Gerencial.—Licda. Floribel Méndez Fonseca, Gerente.—1 vez.—O. C. N° 4461.—Solicitud N° 44947.—(IN2015085802).

RÉGIMEN MUNICIPALMUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

FECHAS PARA LA REALIZACIÓN DE LAS FIESTAS DESAN JOSÉ 2015- 2016 EN EL CAMPO FERIAL

DE ZAPOTE Y AZUETOEl Concejo Municipal del Cantón Central de San José acordó lo

siguiente para las fiestas de fin y principio de año, y el día del Asueto:PRIMERO: Realizar las Fiestas de San José 2015-2016 en las fechas comprendidas entre el 25 de diciembre 2015 al 3 de enero del 2016, en el Campo Ferial de Zapote, ambas fechas inclusive.SEGUNDO: Que el horario para el funcionamiento del Campo Ferial de Zapote será: inicio 12:00 md y finaliza a las 2:00 horas (1:00 a. m. se apagará el sonido, 1:30 a. m. se suspende el expendio de alimentos y bebidas y a las 2:00 a. m. será el cierre total del campo ferial).

TERCERO: La aprobación para utilizar 11 (once) patentes temporales de licor con el fin de ser usadas en el Campo Ferial de Zapote, en el periodo comprendido entre el 25 de diciembre del 2015 al 3 de enero del 2016.CUARTO: La realización de la solicitud respectiva ante el Ministerio de Gobernación, según lo dispone el artículo 2° de la Ley 6725, a fin de que sea declarado el asueto correspondiente el día jueves 31 de diciembre 2015, instruyéndose al Departamento de Secretaría Municipal para que sea enviado con carácter urgente este comunicado a dicho Ministerio, adjuntando nota de remisión con la expresa solicitud.QUINTO: Publíquese el presente acuerdo en el diario oficial La Gaceta. Notifíquese al Ministerio de Gobernación y Policía, Departamento de Asesoría Jurídica, a la señora Alcaldesa de San José y a los miembros de la Comisión de Festejos Populares 2015-2016.Acuerdo definitivamente aprobado. Acuerdo 1°, artículo IV,

de la sesión ordinaria 287, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el 27 de octubre del año 2015.

San José, 11 de diciembre del 2015.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 137164.—Solicitud N° 45431.—(IN2015086015).

MUNICIPALIDAD DE UPALASe transcribe artículo 8° que corresponde al capítulo VI según

acta N° 62-2015, de sesión ordinaria celebrada por el Concejo Municipal el día viernes cuatro de diciembre año dos mil quince, el cual contiene lo siguiente:

Acuerdo ocho definitivamente aprobado en firme:El Concejo Municipal acuerda en definitiva y en firme, si fuere del caso urgente o necesario previendo cualquier eventualidad, reprograma la sesión ordinaria correspondiente al día viernes 25 de diciembre de dos mil quince por la celebración de la Navidad y la anticipa para el día miércoles 23 del mismo mes año y horario establecido para las sesiones ordinarias.A partir del mes de enero de dos mil dieciséis se retorna a la normalidad del calendario establecido para las sesiones ordinarias.Upala, 7 de diciembre del 2015.—Alejandro Ubau

Hernández, Alcalde Municipal.—1 vez.—Solicitud N° 44994.—(IN2015086055).

MUNICIPALIDAD DE TALAMANCAEl Concejo Municipal de la Municipalidad de Talamanca,

mediante sesión ordinaria N° 249 celebrada el día 24 de julio de 2015, adoptó el acuerdo N° 09, que dice:

El Concejo Municipal de Talamanca acuerda declarar un camino público ubicado en la comunidad de Carbón 1, Cahuita, Talamanca, con un ancho de 7 metros y una longitud de 150 metros, denominado camino Memo, el cual es con el fin de contar con el servicio eléctrico de parte del ICE; el mismo es solicitado por el señor Adenil Peralta Cruz. La Unidad Técnica de Gestión Vial no ve inconveniente para esta declaratoria de acuerdo al informe presentado, el cual contiene fotografías de la ruta a declararse. Acuerdo aprobado por unanimidad. La Comisión Nacional de Nomenclatura mediante sesión 380, artículo cuarto, del jueves 27 de agosto de 2015, aprobó el bautizo del mismo y le asigna el nombre “Dennis Guillermo Matarrita Peralta” a dicho camino. Nombre propuesto por esta comisión en oficio DTO-IGN-RN-00246-2015 del 6 de agosto de 2015 y acogido por este Concejo en sesión ordinaria 252 del 14 de julio de 2015.Ciudad de Bribrí, Talamanca, 4 de setiembre del 2015.—

Yorleny Obando Guevara, Secretaria.—1 vez.—Solicitud N° 44748.—(IN2015086030).

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 35

AVISOSCONVOCATORIAS

KASTY INTERNACIONAL S. A.Se convoca a los socios de la sociedad Kasty Internacional S.

A., a una asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrarse en las instalaciones del Bufete González y Uribe ubicado en Oficentro La Sabana, Sabana Sur, detrás de la Contraloría General de la República, edificio seis, piso cinco, a las nueve horas del día veintinueve de enero del año dos mil dieciséis con la siguiente agenda: acordar o no la construcción y el desarrollo inmobiliario o venta de los inmuebles propiedad de la compañía en la zona de Rohrmoser, Pavas, provincia de San José.—14 de diciembre del año 2015.—Arquitecto Avy Nadab Aviram Neuman, Presidente.—1 vez.—(IN2015086442).

CONSULTORES FINANCIEROSY ADMINISTRATIVOS ZAFISAL

Por este medio, se emplaza a las personas que integraron la Sociedad Anónima Laboral Consultores Financieros Y Administrativos Zafisal, cédula jurídica 3-101-189790, para que concurran a hacer valer sus derechos y deberes en un plazo de 30 días naturales y se les cita a conformar Asamblea de accionistas conforme al artículo 19 de la Ley 7407, para ver como único punto de agenda la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo dentro del expediente 05-000098-0163-CA, para lo cual se celebrará sesión extraordinaria el día lunes 15 de febrero de 2016, a las 10:00 horas, en la oficina del licenciado Rubén Gerardo Chaves Ortiz, cita en la provincia de San José, cantón de Goicoechea, distrito Mata de Plátano, barrio Las Américas, segunda entrada al final de la calle. Óscar Campos Castro.—San José, 14 de diciembre del 2015.—Lic. Rubén Gerardo Chaves Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2015086473).

ASOCIACIÓN PARA EL BIENESTARY AMPARO DE LOS ANIMALES (A.B.A.A.)

La Asociación para el Bienestar y Amparo de los Animales, por este medio convoca, a la asamblea general ordinaria N° 1-2016, que se celebrará el sábado 9 de enero de 2016, a las 16:00 horas, 16:30 horas y 17:00 horas en primera, segunda y tercera convocatoria respectivamente, en casa del asociado Silvian Hogg, ubicada de la Pops, Curridabat, 200 sur y 50 este San José, para conocer los siguientes puntos:

1. incorporación, exclusión y ratificación de asociados.2. Informes de presidente, tesorero y fiscal del 2013.3. Plan de trabajo y presupuesto para el 2013.4. Elección de junta directiva y fiscal para el 2013.

Juan Carlos Peralta Víquez.—1 vez.—(IN2015086501).

AVISOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.Centro Vacacional Bancosta S. A. hace constar que

revisado el libro de accionistas, aparece como socia, Gabriela Montero Zeledón, cédula 1-1172-0743, con la acción 061, la que se reporta como extraviada, por lo que solicita su reposición.—San José, 07 de diciembre del 2015.—Alfonso Redondo Álvarez.—(IN2015084608).

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORESEN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros, se encuentran morosos. Dicha publicación se realiza conforme con el artículo 981 del Código de Comercio.

Nombre ColegiadoAbdelnour Granados Ana Lorena 105960960Acosta Carvajal Fernando 103230130Agüero Chinchilla Laura 110270372

Nombre ColegiadoAgüero García Javier 108080299Agüero Jiménez María Lilliana 108430546Aguilar Angulo Maricela Del Carmen 602470425Aguilar Avilés Ana Delfa 12078410346Aguilar López Ana Cecilia 501070665Aguilar Morales Norma Isabel 105020970Aguilar Ulloa Vera Violeta 301850525Aguilar Villalobos Viviana 109820777Alfaro Artavia Silvia Patricia 105790363Alfaro Bolaños Fernando 202791104Alfaro Fernández Enrique José 202000488Alfaro Piedra Jorge Erick 110540682Alfaro Rojas Gerardo 205450827Alfaro Sánchez Marvin Geovanni 112230244Alfaro Vargas Víctor Hugo 202771290Alfaro Vega Javier 202920922Almanzar Villar Luis Alberto 28001886380006174Alpízar Núñez Juan Carlos 202910626Alpízar Quesada Elisa María 202650425Alvarado Herrera Guido 500540494Alvarado Mayorga Kristy Karina 503020491Alvarado Ocampo Ana Cecilia 104010835Alvarado Rodríguez Ingrid 112060865Álvarez Bogantes Carlos 401170515Álvarez Fuentes Adriana 603610793Alzate Quintero Bertah Gladys 4201297840028Amén Chen Rosa 203150298Anderson Rodríguez Maximiliano 104540853Apú Angulo Dani José 110820225Arana Oporta José Abel 203540083Araya Ruiz Angie 111530903Araya Vargas Gerardo 202370565Arce Bazan Raquel 104100423Arce González María Cecilia 202270902Arce Ovares Heidi Lucía 106460211Arellano Galdames Felipe 12175027544Arguedas Rojas Víctor Hugo 205190867Arias Araya Guiselle 203890843Arias Chuquen Ana María 301540385Arias Medina German 502050709Arias Solera Olga Lidya 109270165Arnesto Moya Silvia 106880683Arrieta Vargas Edwin 202550518Arroyo Saborío Ana Cecilia 202830063Arroyo Ugarte Arnoldo 600730360Artavia Aguilar Cindy Vanessa 111330889

Artavia Murillo Natalia 109090387

Asch Hayling Gerald 700490733Asenjo Guzmán María 12178609940Astorga Monge Ana Isabel 302240205Badilla Chamberlain Martha Eugenia 104150855Badilla Herrera Carlos Julio 107860124Badilla Mesen María del Carmen 105010875Baltodano Villarreal Martín 502600648Barboza Garro Rodolfo 104340722Barboza Granados Natalia María 112410320Baro Borroto Pedro Gerardo 3321731501000Barrantes Carvajal Guillermo 400920362

Pág 36 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

Nombre ColegiadoBarrantes Quirós María Priscila 113120708Barrantes Vega Carmen 104171170Barrientos Porras Carolina 108510804Bartoszek Pleszko Katarzyna 800750663Beaubien Coe Elizabeth 10073812723Bejarano Hernández Flory 104001316Bermúdez Alfaro Cynthia 700870064Bernal del Mar Petronila 8345451Betancourt Canales Gerardo 501390405Betancourt Murillo María Paula 105410297Blanco Brenes Óscar 600610301Bogantes Bonilla Guillermo Antonio 401200494Bolanos Vargas Yenny 105670112Bolaños Alfaro Rodolfo 104340839Bolaños Montero María Rosa 203040009Bolaños Rivera Maureen Vanessa 112140349Bonilla Garita Eduardo 103990858Bonilla Montero Carlos Eduardo 103590490Bonilla Moya Martín 303120328Bonilla Sandoval Lastenia 302090542Boza Venegas Yéssica 111360702Bravo Durán Lisette 203180142Brenes Gómez Marta Lorena 301730464Brenes Piedra Geovanny 302810970Brown Vega Deily 303150847Brugman Redfern Bárbara Lynn 100719837030Burt Edwards Mary Constance 0336504Bush Bush Ina Magdalena 800300195Cabezas Caggiano Ana Isabel 103280963Cabezas Garita Roger 301890585Calderón Mora Hilda Cristina 109720267Calderón Ortega Freddy Alonso 304180541Calderón Vega Porfirio 301860607Calvo Calvo Elena 111200187Calvo Calvo Miguel Ángel 103700867Calvo Díaz Andrea 303950397Calvo González José Joaquín 202190119Cambronero Carvajal José Alberto 202230699Cambronero Chacón Álvaro Enrique 401200630Cambronero Marín Ana Iris 202720510Campos Arce Stefanie Patricia 901130368Campos Argüello Ana Catalina 110390314Campos Hernádez Rodrigo Humberto 302670462Campos Méndez Marta 202460510Campos Quesada Ronald 107320146Campos Sandí Eduardo 400880709Canales Barrantes Carlos Luis 302520925Cantillo Vargas Rocío 501430311Caravaca Morales Christian Fernando 110030676Carballo Murillo Karla 108740011Cárdenas Durán Jesús 205340719

Carguil Carguil Moisés Dionisio 280623632384

Carmiol Jiménez Ana Isabel 107630651Carmona Castro Carlos Alberto 302680640Carmona Ortega Allan José 502950005Carranza Guzmán Osvaldo 203430647Carrillo Santacruz Juan Israel 800610412Cartín Herrera Betty 202400236

Nombre ColegiadoCartín Ujueta María Cecilia 106040521Cascante Fernández Luis 113040508Castillo Masís Juana Margarita 800580376Castillo Valle Nelson Douglas 103490538Castro Arias Cinthia 103600705Castro Castro Lilliam 203320880Castro Corrales Ana Lorena 203580461Castro González Luz Elena 107370622Castro Herrera María de los Ángeles 100732557168Castro Hidalgo Grace Yuriana 113640724Castro Marín Karol Vanessa 112640562Castro Murillo Leticia 103520951Castro Villalobos Ariana 206270354Cedeño Molinari Cristina 109670970Cerdas Sáenz Gustavo Adolfo 302420266Cersosimo Guzmán Gaetano 102770646Céspedes Rojas Rosa María 202340483Chacón Acuña María de los Ángeles 104030955Chacón Hidalgo Manuel Benito 106380391Chacón Valverde Dollybeth 700670577Chan Chen Yamileth 501340345Chavarría Jiménez Sandra María 900310318Chavarría López Mayra 202760048Chavarría Monge Francisco Javier 106480288Chavarría Montero Ingrid 502980349Chaverri Carballo Gilberto 400570574Chaves Araya Adriana 110230153Chaves De La O Agueda 104840852Chaves Esquivel María Elena 400910517Chaves Jiménez Silvia Marcela 108050600Chaves Lépiz Sonia 103391067Chaves Mata Juanita 301880307

Chaves Mejías Geovanny 108520556

Chaves Morales Alejandro 900100176Chaves Torres Bary 104710351Chaves Zúñiga Ronald 103921404Chinchilla Jiménez Roxana 105770561Chinchilla Mata Abel Nicolás 800610300Chinchilla Sánchez Kattia 106710518Ching Chan Ancio 900180776Cisneros Rodríguez Gabriela 303930393Con Vega Carmen María 601060628

Con Víquez Rafael Ángel 103280280

Córdoba Mena Laura 105790795Córdoba Rodríguez Franklin 900320194Corella Arce Aurora Aracelly 301670665Corella Madrigal Martha Eugenia 203060141Coronado Alcocer Ruth 800720569Coronado Coto Gabriela 108830387Corrales Barrantes María de los Ángeles 203160595

Corrales Madrigal Josefa 600840309

Cortés Angulo Genaro 501570538Cortes García Isela 204660468Cortés Morales Óscar 106770152Cortés Ramírez William 602150339Cortinez Torres Eloy Alejandro 1213276pCoto De Mezerville Enrique 301680018

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 37

Nombre ColegiadoCoto Loría María del Carmen 302990419Cruz Vargas María Vanessa 110870585Culo Toratolo Elsa Beatriz 478192Curbelo Morales Alicia 800350551Dávila Chavarría Filonil 500840535Dávila Cubero Eda Isabel 500420249Dávila Haas Yolanda 900870117De Castilla Berroteran Roger 800540443De Castro Sarria Oscar Manuel 800510123De Paz Vigal María Luz 10668182649Delgado Esquivel Damaris 401260666Delgado Montero Maximiliano 108770793Deusa Llopis Salvador 172400101527Dormond Herrera Cynthia 202820640Duran Luzio Juan 121800961065Elizondo Oliverio Carlos Batista 601080213Esch Ashley John Wendell 100643416623Escobar Urrego Henry León 355784200Espinoza Rodríguez Sonia María 900590667Espinoza Vergara Mario Santiago 12173796402Esquivel Jiménez Milena 109850866Estrada Molina Ligia 307183Falcón Calero Eustacio 600590885Fallas Escobar Cristhian 701450241Fernández Álvarez Delia 202060804Fernández Bailey Alicia 700680475Fernández Chaves Higinio 104051459Fernández Molina José Antonio 301900253Fernández Solera Flora María 202810061Fernández Suarez Ricardo 202169Fernández Tercero David Ricardo 108500124Fernández Vílchez Manuel 58368Fernández Villalobos Hilda Carmen 103750200Ferrandino Bustos Rosa Eugenia 900120387Ferreiro Santamaría Graciela 800530096Figueredo González Simón 110550835

Figueroa Mac-Ginty Patricio 42701210175

Flores Astorga Rita 900260152Flores Meléndez Carlos 800430923Flores Montero Corina 103920151Flores Naranjo Shirley Cecilia 108320506Flores Sandí María del Pilar 204880546Flores Silva Eusebio 2552Fonseca Cabezas Francisco 700471308Fonseca Chacón Nuria 104910076Fuentes Acosta Rodrigo 103800068Futch Trigpen Carl Franklin 175782828043Gallardo Escobar Sonia Mirna 401760479Gallardo Martínez Helio César 42576057Gallegos Solís José María 900120901Gamboa Sojo Braulio Vinicio 112820203Gamboa Umaña María del Carmen 106140974Gamboa Víquez Edgardo 105770697García García-Dubert Isidro 800390350García Jiménez Jeannette M 103820047García Langerak Olga 502910219García Valverde Priscilla 103540122García Vindas Carlos Alberto 204440083

Nombre ColegiadoGarron Figuls Maricela 103140187Gatgens López Sara 601050179Goebel Mc.Dermott William Anthony 107920102Gómez Blanco Annia Jéssica 206300848Gómez Cordero Martha Isabel 301520657Gómez Jara Manuel Antonio 103961377Gómez Jiménez Aurora 303620796Gómez Jiménez Hilda 101880911Gómez Martínez Silvia Verónica 270159542092318Gómez Navarrete Daniela 112540035Gómez Salguero Ida Elena 900510144Gonzaga Martínez Sandra 502440796González Araya Gabriela 401830322González Barrantes Gladys 203160619González Calderón Olman 900360181González Gamboa Maribel 203590313González Gutiérrez Sally María 106520882González León Patricia Eugenia 107580180González Mora José Fabricio 602900176González Mora María Gabriela 113520413González Vargas Rosa María 105000775González Vásquez María del Rocío 105070094González Vásquez Maritza 503040881Goñi Vindas Alexandra 105980708Granados Cáceres Ana María 106910667Grant Manning Alfredo Donal 700430275Grant Samuels Errol 700440761Grillo Abdelnour Laura 109120934Gromilina Gromilin Olga 6949428175Grunberg García Kirsten 900620670Guerrero Ugalde Liseth 303020629Guevara Umaña Jéssica 109380716Guier Almanza Ana Cristina 104090587Guirola Zelaya María Josefina 90673Gutiérrez Camacho Mayra 104000489Gutiérrez Carrillo Rosa Iris 900680489Gutiérrez Elías Roxana 204890419Gutiérrez Gómez María Agdalia 601230814Guzmán Arguedas Mariam Elvethia 108810682Guzmán Rodríguez Lillian 602490791Hamilton Henry Mirna 900380226Hansen Christoffersen Lois Jean G1116955Haug Umana Luis Roberto 102780710Heidemann Curschmann Ute Irmgard 102077018Hernández Alfaro Javier 503130076Hernández Arce Amira 400980351Hernández Arias Mauricio Alejandro 111510433

Hernández Baldares Raquel 111100939

Hernández Castro Andrea María 401830200

Hernández Cerdas Víctor Manuel 302070305Hernández Durán Susana 107530884Hernández Herrero Anabelle 103911033Hernández Martínez Napoleón 106030529Hernández Muñoz German 12175462611Hernández Páez Pablo 107060851Hernández Poveda Rose Mary 301941187Hernández Rivera María Nelys 112290673

Pág 38 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

Nombre ColegiadoHernández Vargas Arnulfo 400840516Hernández Viales Cynthia 900640618

Herrera Garro Arellys Tatiana 111560352Herrera Sancho Yolanda María 900590775Herrera Sotillo María Asunción 103890813Herrera Soto Wilberth 203320219Hidalgo Solís Maricruz 113270699

Hood Mann Kenneth 1007283428

Huertas Umaña Manuel Ángel 101900891

Ibarra Bejarano Georgina 1214925Iglesias Iñigo José Marcos 1406044745Izaguirre Santamaría Ricardo 800250342Jara Amores Grethel 205140232Jiménez Céspedes Karla Melissa 113620231

Jiménez Chacón Yamileth 501950995

Jiménez Coronado Michelle 109150006Jiménez García Rosibeth 104820366Jiménez Moya María Gabriela 108090588Jiménez Murillo Fernando 106620046Jiménez Ocampo Lidieth 501860257Jiménez Ortega Adriana Cristina 111520490Jiménez Pérez Carmencita 110880280Jiménez Solano María Isabel 900490829Jiménez Vindas Alexandra 107780508Jiménez Volio Norma 104001339Jones León Sonia 103670219Joraholmen Mariani Anita 800510116Justavino Madrid Rosa Amelia 800340861Keen Greenfield Lorraine Judith 15172Kingsbury Austin Donald 100779207979Kohn Gudes Eleonor 103460221Kostelnik Mlynkova Marta 800730088Lagos Sánchez Angélica 108180521Lara Jiménez Rocío 109120121Latino Pérez Mireya Indiana 800660785Leandro Marín Cesar 303040239Leitón Arrieta Karol 109310991Lemistre Pujol Annie 800470793León Chaverri Lilliana 107800335León Morgan Carolina 109080920Lobato Del Blanco Alfredo Z5143544Lombana Tovar Sandra 117000791304López Baldioceda Karolina 502860592López Chaverri Susana 108110677López López Rogelio 600840698López Matarrita Martha Eugenia 503310803López Montero Patricia 105430090López Rodríguez Ester 10659144López Ureña Víctor Guillermo 102900987López Yong Marta Elena 501480955Lorenzo Blanco Purificación 106722332692Loría Chaverri Liliana 400920164Madrigal Badilla Ana María 111440287Madrigal Ocana Oldemar 104790714Madrigal Víquez Eva María 900250392Madriz González Johan 109000919Madriz Quirós Mariela 109560482

Nombre ColegiadoMarchena Venegas Carlos Eduard 106590138Marenco Marrocchi Álvaro 103070262Marín Álvarez Andrea 503170803Marín Cedeño Leda Patricia 110680489Marín Quesada Marianela 111400574Marín Rodríguez Emilia 202760862Marín Rojas Allan Roberto 110800281Maroto Jiménez Luisa 202350512Martínez Bolívar Margarita 103990604Martínez Rodríguez María de los Ángeles 600950479Masís Vindas Silvia Irene 112520485Mata Montero José Roberto 104310943Mata Rivera Enrique Javier 302210654Matarrita Álvarez Leda 502590496Mathieu Mailloux Pierre 331076Mayorga Motta Michel Nalina 27011102847248Mc Donald Hynes Erika 701190980Medina Mendoza Wilfredo 135re071164Méndez Barrantes Ana Cecilia 202300284Méndez Salazar Hazel 303650118Meneses Núñez Nancy Sarita 303700837Merino Carmona Pablo 103810656Mesen Vega Ana Rocío 106680744Meza Silva Pedro Darío 800650289Milán Cadet Guiselle 700380261Miller Wright José Gilberto 103090739

Mojica Ajun Rosa María 104131167

Molina Castro Carmen María 105080488Molina Gómez Julia Yadira 501361272Monge Agüero Mercedes M 104011497Monge Monge Nelson José 103160255Monge Moya José Jorge 301810173

Monge Pereira Claudio Enrique 202820007

Montalvo Roncero Narciso 5398280

Montanaro Meza Oscar 102800391

Montero Barrantes Juan José 203140523Montero Ramírez Harold 110150384Montes de Oca Castellanos Elpidio Luis 800560405Mora Aguilar Ana Isabel 104270326Mora Alfaro Johnny 202920519Mora Araya Ana María 900670654Mora Bolaños Ana Grace 110540319Mora Cordero Danny Steven 112840747Mora Fallas Gregory 106580177Mora Goñi Rafael Enrique 109110767Mora Hernández Marco Antonio 700440661Mora Rodríguez Anabelle 103860914Mora Salas María Eugenia 202760332Mora Sánchez Hazel María 105370968Morales Castro Elgin Rolando 105350021Morales Fernández Evelyn 108520584Morales Navarro Manuel Guillermo 104580696Morales Rosales Cindy 603670703Morera Vargas Idannia 205200694Moya Sandoval Ingrid 109540317Muir Quinn Andrea Matilde 901120946Muñoz Chaves Andrea 603260306

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 39

Nombre ColegiadoMuñoz Escalona Francisco 4250198240001Muñoz Piedra Iván Danilo 112330253Murillo Alfaro Marcos 202480363Murillo López Marlene 106520396Murillo Madrigal Óscar 105740865Murillo Palacios Ileaneth 111090851Murillo Ramírez Alexander 303060764Murillo Vásquez María Farina 206160162

Murray Mackenzie Sandra 104160478Navarro Barrantes Minor Eduardo 111270663Navarro Mata Jacqueline 106120395

Navarro Prado Mileidy 503190720Navarro Varela José Andrés 111520777Nelson Banton Carlos 700481463Noguera Salgado Norman 111420631Núñez Molina Edelma 800420765Núñez Mora Dimas 105180424

Núñez Baroni Viria María 105270494

Núñez López Lesterh 503410741Obando Cairol Emilio Gerardo 103370854Obando Fonseca Adalberto 107750530Ocampo Ruiz María Eugenia 202210058Oliva Torres Mauricio Alfredo 800560065Orias Arguedas Javier 106830105Ortega Elizondo Carlos Manuel 104010347Ortiz Anaya Samuel F. 11540770674Ortiz Cubillo Nelly Elvira 503430588Ortiz Ortiz María 104011251Ortuno Castro Jenny 900260293Pacheco Hernández Daniel 112150789Pacheco Salazar Viria 301660380Padilla Rivera Flor de María 301850037Padilla Sibaja María Cecilia 202280745Palacios Palacios Sandra 110070877Pane Sánchez Bernal Alonso 106230496Paniagua Gamboa Carlos German 301700572Paniagua Vega Esteban 401850446Pastraña Castillo Hilda 104680414Pattison Mathes Cathryn 100415813577Peña Flores Hugo Alberto 103780301Peña Ruiz Rosa Lidia 501280531Peñaranda Matamoros Eliza María 401040627Pereira Esteban Carmen María 105900905Pérez Jiménez Jadira 105240601Pérez Moreno Patricia Deyanira 113150481Piatkina Irina 69493724678Picado Rodríguez Yorlene 105750523Picado Sanabria Sergio 107140950Piedra Garita Edgardo 303190787Piedra Vargas Zianny 105320232Pinnock Allen Di Marie 700860089Pinto González Julieta 101420247Porras Arias Maritza 105640854Porras Bolívar Beranice cc Berenice 502270586Porras Cascante Indira 112070026Porras Zúñiga Carmen María 203880182Portugués Sánchez Virginia 104070860

Nombre ColegiadoPortugués Galerín Ana maría 700350212Pryce Pryce Del Roy 700280502Pudder Badilla Laura 702850102Puro María 7480197394000Quesada Arce Dulce 106600045Quesada Barboza Ana Isabel 103680140Quesada Contreras Mercedes 203350467Quesada Gutiérrez Edwin 401140591Quesada Hidalgo Anabelle 104710154Quesada Madrigal Paola 205940368Quesada Monge Lindy Susana 109770891Quesada Montiel Edwin 602950040Quesada Sancho Rolando 203010075Quesada Solano María Eugenia 104130919Quintero Zorita Fidel Ernesto 28013302005119Quirós Álvarez Guillermo Eladio 103540194Quirós Chaverri Roxana María 202610401

Quirós Hernández Laura 103870183Quirós Jiménez Pilar María 103870269Quirós Solano María Ruth 301710298Ramírez Bravo Jorge Eduardo 110470251Ramírez Caro Jorge 4201270402765Ramírez Fernández Luis Enrique 204190486Ramírez Pizarro Rigo 206090232Raventós López Nury 102440068Redondo Zúñiga María Lourdes 108810094Reid Williams Nelva Aneer 700390388Retana Guido Juan Carlos 601540090Retana Jiménez Carlos Luis 105240869Retana Mata Joan Carlo 108780325Reyes Ulate Jeanette 202810273Reynolds Vargas Jenny 104080037Richards Bolaños Rosaura 701160224Richards Colley Ruth 04027200023Richards Headley Eric Lawrence 700350270Rivas Bascon Marlidian 106800002211Rivas Marchena Diomar 601650297Rivas Pérez Mario Miguel 12379415146Rivera Rivera Ronald 107350491

Rocha Gutiérrez Raúl Ernesto 800480543

Rodríguez Barrantes Francisco Javier 600660027

Rodríguez Castro Flory Luz 104860735

Rodríguez Chacón Sonia 108940570Rodríguez Delgado Jeannette 600870218Rodríguez Jara María Eugenia 103810331Rodríguez Otero Victoriano 04010201060Rodríguez Vargas Nuria 205050555Rojas Cerdas Rafael Gerardo 303190311Rojas Gamboa Toribio 202350687Rojas Mora Katya Patricia 107570858Rojas Robles Roxana 111000449Román Duarte Belkis Mirtha 800460790Romano Chaves Marisol Mayela 602640755Romero Espinoza Javier 111620148Romero Romero Flory Leda 301920539Rosabal Vitoria Satya 108690842Rosales Corrales Silvia Elena 113580671

Pág 40 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

Nombre ColegiadoRosales Rodríguez Aman Alberto 105160325Rosales Rosales Elvis José 503390754Ruiz Bravo Rose Mary 900050486Ruiz Calderón Ronald 109220468Ruiz Calvo Randall 109880420Ruiz González Álvaro Alexander 602500707Ruiz Martínez César Jesús 601570438Ruiz Muñoz María del Rocío 205320915Ryder Matthews Roy Henry C447992Sadler Jordan Jack Jordan 100758757529Sáenz Torres Ana Margarita 110070210Sáenz Umaña Randall 108260293Saint Louis Adelson Jean Adelson 3359663263Salas Chaves María Cecilia 104430568Salas Gómez Agnes Guiselle 502480541Salas Herrera Mario Gerardo 601050446Salas Huertas Óscar 109880706Salas Muñoz Marta Irene 203030103Salazar Jiménez Sonia María 103570020Salazar Mora Arnoldo 103520247Salazar Oses Luis Ángel 202580908Salazar Soto Deyanira 103580385Salgado Chavarría Johnny 107290915Sanabria Delgado Iris 701080386Sanabria Montenegro Maureen 303540839Sanabria Mora María Gabriela 106890662Sanabria Sing Carolina 107040974Sánchez Alan Omar Steven 113570353Sánchez Cervantes Roger 105840601

Sánchez Corrales Víctor 103470529

Sánchez del Río Alicia 10776649814Sánchez Flores Gabriela 602450164Sánchez Marín Fanny 601230259Sánchez Méndez Cynthia 109110457Sánchez Pérez Julio Enrique 301630102Sánchez Romelis Jonathan Eliecer 159100216736Sánchez Shi Justina 600860723Sánchez Sibaja Sira María 106320909Sánchez Sotomayor María Auxiliadora 800790891Sánchez Tercero Marvin 502520814Sánchez Wong Julia 501330066Sandoval Rueda Douglas Francisco 104720850Sandoval Zumbado Dagoberto 502410323Sauma Fait Cecilia Rebeca 105560980Scott Ávila Juan José 502570280Scott Lobo Ivonne 202730513Sellers Edwards Catherine Ann 100817238637Senior Grant Alder 104010104Sequeira Barquero Marco Antonio 301940649Sequeira Gómez Iriabel 501590867Sibaja Jiménez Ginnette 202690271Smith King Raymond Lewilmer 100789098164Smith Sharp Heidi Ann 100749127390Solano Castro Franklin 203720324Solano Cervantes Lidiethe 301590187Solano Delgado Cindy Alejandra 401670913Solano Martínez Carmen María 900790622Solano Rojas Manuel 204340605

Nombre ColegiadoSolano Solano Julio Antonio 302120637Solano Solano Luis Gerardo 105480691Solís Alfaro Eney 400940440Solís Carmiol Luis Felipe 109820570Solís Rodríguez Virginia 202470479Solís Sánchez Nancy María 112470216Solórzano Loaiza Luis Enrique 11475255929Somarribas Chavarría Leonel 501290375Soto Acosta Marco Tulio 107800124Soto Chaves María de los Ángeles 103310720Soto León Jeimy H. 502940859Soto Morera María Odili 101000116Soto Suarez Elisa María 202340251Soto Suarez Nydia María 201970380Stark Stables Dorothy 100455324083Stavrinides Evangleos Panayioiui 90775Stepke Muñoz Magdalena Emilia 121877281294Suarez Toro María del Rosario 1397546049Tapiero Candanedo Ygory Giovanni 280133226Taylor Rieger Elizabeth 103160236Tejada Álvarez Luimar Ysabel 4800196279000Teruel Fernández Hernán 88183Tortos Pérez Vanessa 303500361Traverse de Cruz Danielle Marie 28089736Trejos Quesada Cilene 107470321Trejos Salas Georgina 900260390Triana Cabrera Dailin 3151747040047Ugalde Calvo Luz Estrella 301901149Ugalde Jiménez Alice Mabel 602150495Ugalde Sánchez Sheila 203360963Ugarte Pena Elsa Ruth 1167308830884Ulloa Ramírez Blanca Iris 400520357Umaña Morales Carmen 103780444Urbina Vargas María Soledad 105650258Valerín Guzmán Ana Gabriela 110680913Valerio Alfaro Lidia 401010708Valverde Tobal Graciela 401640116Valverde Valverde Alex Hernando 104140060Valverde Vargas Aillyn 110420765Van-Baelen Picado Eduardo 601780254Vargas Álvarez Mayela 105810770Vargas Chaves Johnny 502560867

Vargas Gamboa Alba María 104060054

Vargas Guzmán Rosario 107690297Vargas Montero Ana Lorena 401070984Vargas Mora Eduardo 103730170Vargas Núñez Kattia Patricia 108190951Vargas Protti Ligia 600900223Vargas Ramírez Walter 108120115Vargas Sánchez Gil 401021225

Vargas Villalobos Martha Elena 401120294

Varona Gutiérrez José 11475349934

Vásquez Solano Lilliam 301560344Vásquez Valverde Damaris 701050800Vega Alvarado Policronio 301240630

Vega Soto Sileny 900130356

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 41

Nombre ColegiadoVilas Siri Josefa 11172429254Vílchez Sánchez Rafael Ángel 202740884Villalobos Alvarado Carlos David 401870356Villalobos Brenes Ana Irene 104780114Villalobos Rodríguez Guillermo 400460319Villalobos Rubí Gilda Jeanette 401170897Villalobos Valderramos José Antonio 602220997Villalobos Vargas Luz Marina 203010429Villalobos Vargas Soledad 401040717Villamedina Tovar Nelly 11963097585Villanueva Barbaran Ruth 800730585Villanueva Villalobos Danilo 602320740Villarreal Montoya Cecilia 104160544Vindas Smith Rosa María 401021491Volio Brenes Marina 103190580Waite Arnold Mayely 6493226Wallace Campbell Daisy 700520051Yataco Villavicencio Julio 800770744Zamora Gutiérrez Carlos Eduardo 103100354Zamora León María Eugenia 401040028Zamora Solís Irene 203210305Zappelli Cerri Gabrio 7580198929000Zavala González Magda 900240108Zeledón Gómez Rosa María 700511250Zumbado Montejo Hugo Gerardo 103610845Zúñiga Porras Marianela 110760585

M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta Junta Directiva.—(IN2015085827). 2 v. 2.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

MARTÍNEZ CASTILLO S. A.Martínez Castillo S. A., cédula de persona jurídica 3-101-

235325 solicita la reposición por extravío del siguiente libro legal: Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición, dentro del término de ocho días habites a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, 2 de diciembre del 2015.—Lic. Juan Carlos Martínez Castillo, Presidente.—1 vez.—(IN2015085241).

ECOLOGIC WASH ANANDRE SOCIEDAD ANÓNIMAMediante escritura ciento cincuenta y uno-tres, solicita

la presidenta de la sociedad Ecologic Wash Anandre Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seis cuatro siete siete seis cero, la reposición de libros ante el Registro Público de la Propiedad, en virtud de su extravío.—San José, ocho de diciembre del dos mil quince.—Lic. Roberto Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—(IN2015085273).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZSe avisa que mediante la escritura número ciento cuarenta del

tomo veintiocho, otorgada a las catorce horas del veinte de noviembre de dos mil quince ante los notarios Alejandro Batalla Bonilla y Mariela Solano Obando, actuando en conotariado en el protocolo del primero, Campos y Charpentier Limitada, una sociedad costarricense con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cero treinta y seis mil ochocientos noventa y dos, vendió a Total Petróleo Costa Rica Sociedad Anónima, una sociedad costarricense con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y un mil seiscientos setenta, un establecimiento mercantil e industrial en marcha, denominado estación de suministro de combustible El Arroyo del Sur, dedicado al suministro de hidrocarburos y de gas licuado del petróleo (GLP) al público, lubricentro y tienda de conveniencia, ubicada en Jacó, Puntarenas, doscientos metros al sur del cementerio general. Se cita a los acreedores e interesados de Campos y Charpentier, Limitada para que se presenten dentro del término de un mes calendario a partir

de la primera publicación a hacer valer sus derechos, a las oficinas de la sociedad adquirente, situadas en Cartago, La Unión, Tres Ríos, costado este de Terramall, Terracampus Corporativo, edificio uno, piso uno, oficinas ciento dieciocho, ciento diecinueve y ciento veinte. Todo lo anterior de conformidad con los artículos cuatrocientos setenta y ocho y siguientes del Código de Comercio.—San José, 30 de noviembre de 2015.—Licda. Mariela Solano Obando y Lic. Alejandro Batalla Bonilla, Notarios.—(IN2015083638).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZPor escritura otorgada el día de hoy, a las ocho horas, la

empresa Inversiones Echeverría Alvarado S. A., protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria mediante la cual modifica las cláusulas segunda y sétima del pacto social. Se revocan nombramientos y se hacen nuevos de junta directiva.—San Pedro de Montes de Oca, primero de diciembre del año dos mil quince.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—(IN2015084952).

Por escritura otorgada el día de hoy, a las trece horas, la empresa Comercial Maggio de Costa Rica S. A., protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, mediante la cual modifica la cláusula sexta del pacto social, revocan cargos de junta directiva y hace nuevos nombramientos.—San Pedro de Montes de Oca, siete de diciembre de dos mil quince.—Lic. Juan José Echeverría Brealy, Notario.—1 vez.—(IN2015084955).

El suscrito notario, hago constar que en mi notaría, mediante la escritura número ciento cuarenta y dos (nueve), del siete del diciembre del dos mil quince, se reforma la cláusula primera y segunda del pacto constitutivo de la sociedad Comidas Ivairu S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno- trescientos setenta y siete mil setecientos veintidós.—San José, siete de diciembre del dos mil quince.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.—(IN2015084958).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las siete horas del día cuatro de diciembre del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de las sociedades Viviendas y Desarrollos S. A. y Fomento Urbano S. A.. Donde se acuerda la fusión por absorción prevaleciendo Fomento Urbano S. A..—San José, cuatro de diciembre del dos mil quince.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2015084959).

Por escritura número 142-12, otorgada, a las catorce horas veinte minutos del treinta de noviembre del dos mil quince, ante esta notaría Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad de esta plaza denominada Descanso Perpetuo del Mar LS Limitada, en donde se acuerda reformar la cláusula segunda de los estatutos.—Puntarenas, 1 de diciembre del 2015.—Licda. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—(IN2015084960).

Por escritura número 144-12, otorgada, a las quince horas del primero de diciembre del 2015, ante esta notaría Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Coastal Real Estate Investments Limitada, donde se acuerda la disolución de la compañía. Es todo.—Puntarenas, 01 de diciembre del 2015.—Licda. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—(IN2015084961).

Por escritura de las 09:00 horas del 05 de diciembre del 2015, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Irari Educativo Aca S. A., cédula 3-101-664959, para reformar la cláusula de la administración.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2015084964).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las once horas del dieciséis de setiembre del dos mil quince, protocolicé un acta de asamblea general ordinaria de la Derifish de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- doscientos treinta y seis mil ciento noventa y seis.—Palmares, cuatro de diciembre del 2015.—Lic. Xinia María Chaves Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2015084978).

Pág 42 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

En esta notaría mediante escritura doscientos veintidós otorgada en San José, a las ocho horas del veinticinco de noviembre del dos mil quince, Comercial Adra del Dos Mil Tres y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- trescientos cuarenta y dos mil setecientos veinte, reforma clausulas: primera, segunda, tercera, sétima de los estatutos.—Licda. Mireya Elizondo Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2015084987).

Por escritura otorgada ante esta notaria, Elvis Solano Porras disuelve la sociedad denominada Grupo Comercial S & M Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seis ocho cuatro uno siete nueve. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del uno de agosto del año dos mil quince.—Lic. Alonso José Pacheco Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2015084993).

Por escritura otorgada ante esta notaría, Marianela Hernández Sánchez, disuelve la sociedad denominada Cold Bag Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres- ciento dos- seis tres uno ocho cero seis. Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del veinte de octubre del año dos mil quince.—Lic. Alonso José Pacheco Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2015084996).

En mí notaría, a las dieciséis horas del cuatro de diciembre de dos mil quince, protocolicé acta de asamblea de socios de Insumos Agrícolas La Troja S. A., por medio de la cual se modificó la cláusula del domicilio y se modificó el cargo de secretario y fiscal.—Lic. Édgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—(IN2015084999).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Penabad Bustamante S. A., mediante la cual se reformó la cláusula segunda de sus estatutos, trasladando su domicilio a Pavas, San José; y su cláusula sexta, modificando la integración de su junta directiva, y nombrando nuevos directivos.—Guadalupe, San José, ocho de diciembre del dos mil quince.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—(IN2015085000).

Por escritura de las 12 horas 30 minutos del 8 de diciembre del 2015, protocolicé asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Bouman Dos Mil Diez S. A. Se reforma cláusulas del domicilio y la administración y se nombra junta directiva.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2015085005).

Se protocolizan los acuerdos de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Century Metals and Supplies CRC S. A., visibles al folio setenta y seis frente del tomo primero del protocolo del notario Javier Andrés Delgado Villalobos, en la cual se reforma la cláusula segunda.—San José, cuatro de diciembre de dos mil quince.—Lic. Javier Andrés Delgado Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015085006).

Por escritura número ciento veintiocho otorgada a las diez horas del día siete de diciembre del dos mil quince, visible al folio ciento veintitrés frente del tomo trece de mi protocolo, se protocoliza acta número ciento sesenta y siete de la sociedad ANC CAR Sociedad Anónima, donde se procede a realizar aumento de capital.—Heredia, siete de diciembre del dos mil quince.—Licda. Xiomara Brenes Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2015085014).

Por escritura ciento sesenta-veinticinco, otorgada en esta notaría, el día siete de diciembre del dos mil quince, a las dieciocho horas, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria de la empresa: Inmobiliaria Agrícola de Cartago Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero quince mil diecisiete, la modificación del pacto constitutivo en cláusula décimo segunda y décimo sétima.—Lic. Belisario Antonio Solano Solano, Notario.—1 vez.—(IN2015085017).

El señor Jean Carlo Matarrita Fonseca, hace saber que mediante escritura Nº 55, otorgada en la notaría del Lic. Jafet Alberto Suarez Madrigal, de las 08:00 horas del 08 de diciembre del 2015, se modificó la cláusula VII, de los estatutos de la empresa: Desarrollos Estructurales Desa S. A., cédula jurídica Nº 3-101-648199.—Lic. Jafet Alberto Suarez Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015085018).

Por escritura ciento cincuenta y nueve-veinticinco, otorgada en esta notaría, el día siete de diciembre del dos mil quince, a las diecisiete horas, se protocolizan acuerdos de asambleas generales ordinarias de la empresa: Agricultores Unidos de Cartago Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setenta y tres mil doscientos cuarenta, la modificación del pacto constitutivo en su cláusula quinta de los estatutos, y se eligen directores y fiscal.—Lic. Belisario Antonio Solano Solano, Notario.—1 vez.—(IN2015085019).

Por escritura otorgada ante el notario Ernesto Azofeifa Cedeño, bajo escritura Nº 150, en protocolo 9, a las 08:00 horas del 08 de diciembre del 2015, se constituyó la sociedad anónima denominada: Nukleo SL Technical Services Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Presidente: Silvio Amilkar Mora Cruz.—San José, 08 de diciembre del 2015.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—(IN2015085026).

Por escritura otorgada ante el notario Ernesto Azofeifa Cedeño, bajo escritura Nº 76, en protocolo 9, a las 11 horas y 30 minutos del 27 de octubre del 2015, se aumentó el capital social de la sociedad anónima denominada: Auto Seguro de Costa Rica RYA Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: veinte millones diez mil colones. Presidente: Ronny Alvarado Mora.—San José, diciembre del 2015.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—(IN2015085027).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria pública Silvia Muñoz García, al ser las 08:00 horas del día 08 de diciembre del 2015, se protocolizaron acta de asamblea de accionistas de: Roma Prince Sociedad Anónima, mediante la cual modifican la cláusula cuarta del plazo social, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 08 de diciembre del 2015.—Licda. Silvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—(IN2015085031).

Por escritura otorgada en la ciudad de Cartago, a las doce horas del cuatro de diciembre del dos mil quince, de la sociedad denominada: Ingpro Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-629356, modifica la cláusula quinta del capital social, en la notaría del Lic. Jorge Monge Jiménez.—Cartago, 08 de diciembre del 2015.—Lic. Jorge Monge Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2015085038).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del 17 de noviembre del 2015, Astrid Thoennissen y Lissette Sabine Juffermans, constituyeron la sociedad: Cacaoco S. A., y además se otorgó poder generalísimo sin límite de suma a: Dalys Estela López.—Turrialba, 17 de noviembre del 2015.—MSc. Carmen Ma. Achoy Arce, Notaria.—1 vez.—(IN2015085040).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y cuatro, de las trece horas treinta minutos del 30 de noviembre del 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad: HP INC Costa Rica Ltda., mediante la cual se modifica la cláusula sétima del pacto social, se revoca nombramiento de gerente y se otorgan poderes generalísimos.—San José, 03 de diciembre del 2015.—Licda. Andrea Sáenz Mederas, Notaria.—1 vez.—(IN2015085042).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y tres, de las trece horas del 30 de noviembre del 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad: HP PPS Costa Rica Ltda., mediante la cual se modifica la cláusula sétima del pacto social, se revoca nombramiento de gerente y se otorgan poderes generalísimos sin límite de suma.—San José, 03 de diciembre del 2015.—Licda. Andrea Sáenz Mederas, Notaria.—1 vez.—(IN2015085045).

Mediante escritura número doscientos cincuenta y ocho, visible a folio 182 y 183 ambos frente de tomo 11 de mí protocolo, de 13:00 horas del 08 de diciembre del 2015, Tulio Augusto Hidalgo Sampedro y Napoleón Gracia Martínez, constituyen una sociedad anónima cuya razón social será el número de cédula jurídica que se le asigne. Presidente: Tulio Augusto. Capital: $2000. Domicilio: Pozos de Santa Ana, Condominio Almería, casa Nº 70.—Lic. José Miguel Solórzano Morera, Notario.—1 vez.—(IN2015085051).

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 43

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del 08 de diciembre del 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de: Zumba del Mar S. A., en virtud de la cual se reformaron las cláusulas primera, segunda, octava y décima tercera del pacto social.—San Juan de Tibás, 09 de diciembre del 2015.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015085053).

En esta notaría, a las dieciséis horas del día 07 de diciembre del 2015, acta número dos de la sociedad denominada: Samoni de Costa Rica Sociedad Anónima, se reforma la cláusula tercera: del objeto.—San José, siete de diciembre del dos mil quince.—Licda. Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—(IN2015085067).

Sociedad: Oliva & Oliva S. A., cédula jurídica Nº 3-101-633385, modifica cláusula quinta de la administración, se nombra nueva junta directiva. Domiciliada: Río Oro de Santa Ana, San José. Presidenta: Zayra Barboza Mesén. Escritura Nº 10-190 de las 11:00 horas del 11 de junio del 2015, tomo 10, folios 90 frente y 91 vuelto.—Lic. Henry Manuel Palomo Palavicini, Notario.—1 vez.—(IN2015085068).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 01 de diciembre del 2015, se protocolizó acta de la sociedad Balneario Tropical Limitada, en el la cual se modifica la cláusula dos del pacto constitutivo referida al domicilio y se nombra gerente y subgerente.—Heredia, 02 de diciembre de 2015.—Lic. Braulio Enrique Sánchez González, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 44724 .—(IN2015085069).

Por escritura otorgada ante esta notaría, de las diez horas del diecisiete de noviembre del dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea socios de: Tybaya S. A. Se reforma estatuto primero y sexto del pacto social, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Licda. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2015085071).

Que en la notaría del suscrito notario, se ha realizado la escritura número veinticuatro, que corresponde a protocolización de acta de la sociedad anónima: Discover Vip Travel And Real Estate S. A.—San José, 07 de diciembre del 2015.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2015085075).

Por escritura 195, otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 05 de diciembre del 2015, se nombró presidenta a la señorita: Mariela Fonseca Vargas, de la sociedad anónima: Fvsalud S. A., quien ostenta la presidencia con las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Domicilio social: San José, Mozotal de Guadalupe, Urbanización La Trinidad, casa 41 A.—San José, 08 de diciembre del 2015.—Lic. José Alberto Delgado Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2015085077).

Por escritura otorgada a las diez horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de: Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Ochenta y Ocho Mil Doscientos Treinta y Tres Sociedad Anónima, por la que se reforma la cláusula sétima de los estatutos de constitución en cuanto a la administración, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2015085080).

NOTIFICACIONESGOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓNY EXTRANJERÍA

JUNTA ADMINISTRATIVAPUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Incidente de nulidad absoluta interpuesto contra la resolución JADGME-201-11-2015, resolución N° JADGME-206-12-2015, empresa: Oberthur Technologies S. A., sede Francia, cédula jurídica Nº 340-709-534 (Registro de Comercio y Sociedades de París), concurso: Nº 2011LN-000002-05401, objeto contractual: compra de libretas para pasaportes modalidad entrega según demanda.

Junta Administrativa Dirección General de Migración y Extranjería. Al ser las trece horas con quince minutos del primero de diciembre de dos mil quince.

Se conoce incidente de nulidad absoluta interpuesto por el señor Alejandro Matamoros Bolaños, cédula de identidad Nº 1 0655 0370 contra la resolución Nº JADGME-201-11-20, la cual aceptó el recurso de revisión interpuesto por la señora Kathya Rodríguez Araica contra el acuerdo 2 de la sesión ordinaria Nº 55, todo lo anterior dentro del procedimiento sumario Nº 21-2015 “Cláusula Penal”, seguido dentro del proceso de contratación Nº 2011LN-000002-05401, promovido en el año dos mil once, por la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería, en el cual, figura como empresa contratista: Oberthur Technologies S. A., sede Francia, cédula jurídica número trescientos cuarenta-setecientos nueve-quinientos treinta y cuatro.

Resultando:1º—Mediante acuerdo Nº 17 de la sesión ordinaria Nº 64

celebrada el primero de diciembre de dos mil quince, se autorizó a la suscrita para que firme la presente resolución, en calidad de Presidenta de la Junta Administrativa.

2º—Mediante resolución Nº JADGME-201-11-2015 de las quince horas con nueve minutos del cinco de noviembre de dos mil quince, esta Junta Administrativa resolvió recurso de revisión interpuesto por la señora Kathya Rodríguez Araica, Directora General de Migración y Extranjería y miembro de esta Junta Administrativa; en contra del acuerdo Nº 2 de la sesión ordinaria 55 celebrada el quince de octubre de dos mil quince, acogiendo el mismo, anulando el citado acuerdo y el acuerdo Nº 25 de la sesión ordinaria Nº 56 celebrada el veinte de octubre de dos mil quince, por ser consecuencia directa del primer acuerdo citado, además de rechazar la solicitud de recusación del órgano director presentada por el señor Nicanor Isaza Restrepo, en virtud de que dicha persona no contaba con legitimación para representar a la empresa Oberthur Technologies S. A., sede Francia.

Dicha resolución fue debidamente notificada, al fax aportado para tales efectos por la empresa Oberthur Technologies S. A., sede Francia.

3º—El veintisiete de noviembre de dos mil quince, se recibió en la Secretaría de la Junta Administrativa de este Órgano Colegiado, escrito firmado por el señor Alejandro Matamoros Solanos mediante el cual interpone incidente de nulidad absoluta contra la resolución descrita en el resultando anterior, para lo cual alega que existieron vicios jurídicos al momento del dictado de la misma.

Adjunto a dicho documento el señor Matamoros Solanos aportó la siguiente documentación:

- Poder especial otorgado a su persona por el señor Christophe Fontaine, Miembro del Comité Ejecutivo de Oberthur Technologies S. A., con el fin de que responda a nombre de esa compañía dentro del Procedimiento Administrativa de ejecución de cláusula penal derivado dentro del proceso de contratación seguido bajo el expediente Nº 2011LN-000002-05401.

- Documento que consta de dos columnas tituladas respectivamente “POWER OR ATTORNEY” (la cual se encuentra en idioma inglés) y “DELEGACIÓN DE POUVOIRS” (la cual se encuentra en idioma francés).

- Traducción oficial confeccionada por la señora Marilaura González González, traductora oficial del Ministerio de Relaciones exteriores, donde consta que el documento indicado en el aparte anterior consiste en un mandato otorgado por el señor Didier Lamouche, Director Ejecutivo de la empresa Oberthur Technologies S. A. al señor Christophe Fontaine, Miembro del Comité Ejecutivo de Oberthur Technologies S. A., sede Francia, con el fin de que realice las siguientes actuaciones:a. Firmar y presentar todas las ofertas emitidas por Oberthur

para licitaciones y convocatorias de licitaciones;b. Asumir y efectuar todas las negociaciones y procedimientos

para celebrar, firmar, ejecutar, variar, alterar, terminar y/o suspender cualquier contrato.

c. Emitir todo tipo de documentos y cumplir con todo requisito necesario incluyendo correspondencia con personas y autoridades.

Pág 44 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

- Documento emitido en idioma francés titulado “EXTRAIT D’IMMATRICULATION PRINCIPALE AU RESGISTRE DU COMMERCE ET DES SOCIETES”

- Traducción oficial confeccionada por la señora Marilaura González González, traductora oficial del Ministerio de Relaciones exteriores, donde consta que el documento indicado en el aparte anterior es una certificación de inscripción de la empresa Oberthur Technologies S. A.

4º—Dicho documento fue conocido por este órgano colegiado el primero de diciembre de dos mil quince, en la sesión Nº 64, en la que se acordó emitir la presente resolución.

5º—En el dictado de la presente resolución se observaron las prescripciones de ley.

Considerando:I.—Sobre la potestad de esta Junta Administrativa en

el conocimiento del presente asunto. El artículo 246 de la Ley Nº 8764 denominada Ley General de Migración y Extranjería, establece lo siguiente:

“Artículo 246.—Se crea la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería, en adelante denominada la Junta Administrativa.La Junta Administrativa tendrá desconcentración mínima del Ministerio de Gobernación y Policía, y contará con personalidad jurídica, instrumental y presupuestaria, para administrar el presupuesto de la Dirección General, el Fondo de Depósitos de Garantía, el Fondo Especial de Migración y el Fondo Social Migratorio, creados mediante esta ley, así como el Fondo Nacional contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes (Fonatt).La Junta Administrativa podrá adquirir bienes y servicios, y suscribir los contratos respectivos, todo para el cumplimiento de los fines de la Dirección General, de conformidad con la presente ley. “ (El resaltado no corresponde al original).Del texto transcrito se logra desprender que esta Junta

Administrativa es la encargada de la administración del presupuesto de la Dirección General, así como de la adquisición de los bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de los fines de la Dirección General de Migración, de manera tal que todos los asuntos relacionados con la materia presupuestaria y los derivados de asuntos de contratación administrativa, deben ser conocidos por este Órgano Colegiado.

Así las cosas, siendo que el presente proceso de aplicación de cláusula penal emana como consecuencia de la relación contractual existente entre esta Junta Administrativa y la empresa Oberthur Technologies, como resultado de las obligaciones adquiridas dentro del proceso de contratación Nº 2011LN-000002-05401, las peticiones realizadas en torno a ese proceso de contratación deben ser conocidas por este Órgano Colegiado.

Aunado a ello, la resolución Nº JADGME-201-11-2015, impugnada por el señor Alejandro Matamoros Bolaños, fue emitida por este Órgano Colegiado, por lo cual, esta Junta Administrativa es la legitimada para resolver el presente asunto, según lo indica el artículo 180 de la Ley General de la Administración Pública.

II.—Sobre la legitimación del señor Alejandro Matamoros Bolaños para representar a la empresa Oberthur Technologies S. A. Como se indicó con anterioridad el pasado veintisiete de noviembre se recibió escrito firmado por el señor Alejandro Matamoros Bolaños, mediante el cual presentó incidente de nulidad absoluta contra la resolución JADGME-201-11-2015 de las quince horas con nueve minutos del cinco de noviembre de dos mil quince.

A dicho incidente se adjunta, poder especial otorgado por el señor Christophe Fontaine, Miembro del Comité Ejecutivo de Oberthur Technologies S.A, quien a su vez, figura como apoderado de dicha empresa, en razón de un mandato suscrito por el señor Didier Lamiuche, Director Ejecutivo de la empresa Oberthur Technologies S.A, para los siguientes fines:

a. Firmar y presentar todas las ofertas emitidas por Oberthur para licitaciones y convocatorias de licitaciones;

b. Asumir y efectuar todas las negociaciones y procedimientos para celebrar, firmar, ejecutar, variar, alterar, terminar y/o suspender cualquier contrato.

c. Emitir todo tipo de documentos y cumplir con todo requisito necesario incluyendo correspondencia con personas y autoridades.A pesar de lo anterior, como se puede observar el mandato

otorgado al señor Didier Lamiuche, se encuentra limitado para ciertas actuaciones, dentro de las cuales no se encuentra el apersonamiento a procesos sanciónatenos de cláusula penal, sino que según se desprende del mismo documento, se encuentra legitimado solamente para actos tendientes a la adjudicación de licitaciones y algunos aspectos de la ejecución contractual (firma del contrato, posibles modificaciones y resolución contractual), sin poder extender el mismo a otros procesos como la cláusula penal que es un procedimiento ajeno al proceso contratación que deriva de un supuesto incumplimiento de lo acordado por las partes al momento de la suscripción de un contrato.

El ordenamiento jurídico costarricense en los numerales 1253, 1254, 1255 y 1256 del Código Civil establecen las actuaciones que puede realizar el mandatario respecto a los negocios del mandante, según se otorgue poder generalísimo, general o especial, aunado a lo anterior el artículo 1261 de dicho cuerpo normativo establece:

“Artículo 1261.- El mandatario se ceñirá a los términos del mandato excepto en los casos en que las leyes lo autoricen para obrar de otro modo.”Respecto al tema, el poder especial es aquel que se otorga

para determinados actos jurídicos, sin poder extenderse no siquiera a los que se consideren consecuencia natural de los indicados en el mandato.

Así las cosas, si bien es cierto, el poder otorgado al señor Chritophe Fontaine no indica el tipo de poder al que refiere, de la simple redacción del mismo, podemos desprender que tal mandato se encuentra limitado a las actuaciones taxativamente indicadas en el documento, por lo cual puede entenderse como un poder especial, de manera tal que dicha persona no se encuentra legitimada para actuar dentro del presente procedimiento de cláusula penal, pues no se encuentra legitimado para ello, de manera tal que no puede suscribir un mandato para que un tercero lo represente en dicho proceso.

Aunado a todo lo anterior, el Código Civil establece en su artículo 1264 en lo que nos interesa:

“Artículo 1264.- El mandatario podrá sustituir el encargo, si en el poder se le faculta expresamente para ello (...).”En el poder otorgado al señor Christope Fontaine, no se especifica

expresamente que pueda delegar sus funciones en una tercera persona, por lo cual, también carece de valor jurídico el poder otorgado por dicha persona al señor Alejandro Matamoros Solanos, de manera tal que el señor Matamoros Bótanos no se encuentra legitimado para actuar en nombre de la empresa Oberthur Technologies S. A., por lo tanto no puede esta Junta Administrativa entrar a conocer el incidente de nulidad presentado por el señor Matamoros Solanos dentro del presente procedimiento.

III.—Sobre el resto de alegatos realizados por el señor Alejandro Matamoros Bolaños. Respecto a los demás alegatos presentados por el señor Alejandro Matamoros Bolaños, en su escrito recibido en la Secretaría de esta Junta Administrativa en fecha veintisiete de noviembre de dos mil quince, este órgano colegiado no se pronunciará, siendo que dicha persona carece de legitimación para actuar en nombre de la empresa Oberthur Technologies S. A., sede Francia. Por tanto,

Con fundamento en los artículos Nos. 11, 39 y 41 de la Constitución Política; los artículos 11 y 180 de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227, artículos 1253, 1254, 12555, 1256, 1251 y 1264 del Código Civil, artículo 246 de la Ley General de Migración y Extranjería Nº 8764 y demás obligaciones que impone a esta Junta Administrativa el ordenamiento jurídico, se resuelve: 1) Rechazar de plano el incidente de nulidad absoluta presentado por el señor Alejandro Matamoros Bolaños, contra la resolución Nº JADGME-201-11-2015 de las quince horas con nueve minutos del cinco de noviembre de dos mil quince, en virtud de que carece de legitimación para impugnar tal resolución. Comuníquese al señor Alejandro Matamoros Bolaños.

Notifíquese: A la empresa Oberthur Technologies S. A. sede Francia, al fax Nº 2253-5450 ó 2202-2600, los cuales fueron estipulados por dicha empresa como medio para recibir notificaciones, según consta en el contrato firmado por las partes.

Carmen Muñoz Quesada, Presidenta.—O.C. Nº 25313.—Solicitud Nº 5346.—(IN2015084986).

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 45

SEGURIDAD PÚBLICAPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ministerio de Seguridad Pública. Departamento Disciplinario Legal. Sección de Inspección Policial. Auto de apertura, causa administrativa disciplinaria Nº 94-IP-2015-DDL. San José a las catorce horas del 20 de noviembre del 2015. De conformidad con los artículos 211, 214, 218, 221, 222, 225, 239, 240, 241, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 308 inciso a), 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318, 319 de la Ley General de la Administración Pública; 57, 78, 84 de la Ley General de Policía, 108, 109, 110, 111 del Reglamento de Organización de este Ministerio, 74, 80, 91, 95, 96 inciso c) y d) del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, procede este Despacho en esta vía a iniciar Procedimiento Administrativo Ordinario Laboral, bajo el expediente 94-IP-2015-DDL-AC, en contra de la servidora Lidiette Durán Fernández, cédula de identidad Nº 1-0992-0303, funcionaria destacada en la Delegación Policial de La Unión, Cartago, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria y de otra índole, que le pueda caber por los hechos que se le imputan, a saber: 1. “Actuación irregular en el manejo de la Cadena de Custodia de 8 partes policiales, anotando en el libro de novedades que esos 8 partes fueron entregados a la oficial de policía Yensi Varela, lo cual esta última desmiente no constando nueva entrega formal de los mismos. 2. Negligencia en la custodia de la evidencia relacionada con 8 partes policiales, de la cual se desconoce su paradero y corresponde a: 118 piedras de aparente droga crack, 43 puchos, 8 cigarrillos de aparente marihuana, 8 envoltorios de aparente marihuana y ¢49 200 en efectivo. Hechos ocurridos el 6 de enero del 2015 a eso de las 07:00 horas en la Delegación Policial de La Unión, Cartago”. Lo cual en caso de comprobarse, le podría acarrear la imposición de una sanción disciplinaria de uno a treinta días de suspensión sin goce salarial o inclusive hasta el despido sin responsabilidad patronal, así como compelerla al pago de los salarios percibidos durante esas fechas, así como al pago de los gastos en que ha tenido que incurrir la Administración para poder comunicarle el presente Auto de Apertura. Lo anterior con sustento en lo previsto en los artículos, 8 incisos i), l) y o), 55 inciso d), 57, 77, 78 y 79 de la Ley General de Policía, 81 del Código de Trabajo; artículo 74 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública; artículo 8 incisos b) y l) del Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Seguridad Pública. Para los anteriores efectos, recábese la prueba pertinente a

fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encausado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Departamento Disciplinario Legal del Ministerio de Seguridad Pública, situado en San José, Zapote, de los semáforos sobre el puente de Casa Presidencial 100 metros al sur, edificio a mano derecha color azul con ventanales, a partir de las 08:30 horas del decimosexto día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por la Licenciada Laura Guillén Araya, funcionaria de esta Oficina asignada para tal efecto. El mencionado inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al encausado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba y los alegatos pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de ésta resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano director que dicta ésta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de éste acto. Se le advierte igualmente a la señora Durán Fernández que debe señalar lugar donde atender futuras notificaciones, caso contrario se le tendrán por notificadas las resoluciones emitidas por este Despacho en el transcurso de 24 horas. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y copiada en este Despacho en días y horas hábiles, para lo cual se le recuerda al investigado que en el momento en que solicite copia del expediente, debe presentar a este Departamento, un dispositivo de almacenamiento digital (llave maya) o disco, libre de virus para tal efecto. Se le, advierte al encausado que por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 272, 273 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para éste Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Departamento Disciplinario Legal.—Raisa Bravo García, Jefe.—O. C. Nº 3400024678.—Solicitud Nº 44987.—(IN2015085317).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCAIMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

La Municipalidad de Montes de Oca de conformidad con las facultades que confiere a la Administración Tributaria el párrafo tercero del artículo 17 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles (Ley 7509 del 7 de marzo de 1995 y sus reformas) y artículo 137 inciso d. del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Ley 4755 del 29 de abril de 1971 sus reformas) por desconocerse el domicilio fiscal de los contribuyentes es necesario notificar por este medio la siguiente información correspondiente a los avalúos realizados por nuestra Corporación Municipal para efectos del impuesto de bienes inmuebles de las propiedades ubicadas en la jurisdicción del cantón de Montes de Oca que no presentaron la declaración de bienes inmuebles.

Finca D H D Cédula Nombre Valordel terreno ¢

Valor deconstrucciones

¢

Valortotal ¢

Valorderecho ¢

Nº avalúo

1 7106 F 0 109080814 Vargas González Raúl 5.800.160,00 6.000.686,10 11.800.846,10 11.800.846,10 10977

2 7089 F 0 3101509300 Kase Dian Eca Inversiones S. A.

5.657.440,00 5.795.265,64 11.452.705,64 11.452.705,64 11001

3 7102 F 0 105960288 Ospino Campos José 5.769.600,00 5.635.254,93 11.404.854,93 11.404.854,93 10995

4 7097 F 0 3101251988 Karinbuc Productos R.S.S. A.

5.845.080,00 5.834.195,59 11.679.275,59 11.679.275,59 10998

5 7094 F 0 800480020 WittmannStengel Susana

5.256.704,00 6.032.774,02 11.289.478,02 11.289.478,02 10989

6 7087 F 0 3101394265 Auditoría Gisa S. A. 5.382.576,00 5.176.748,03 10.559.324,03 10.559.324,03 10993

7 7086 F 0 303300056 Quintanilla Retana Lorna Andrea

5.382.576,00 5.665.636,88 11.048.212,88 11.048.212,88 10992

8 7109 F 0 600700423 Arana Guadamuz Emilio

5.592.912,00 4.918.727,71 10.511.639,71 10.511.639,71 10985

9 7108 F 0 204830793 Paniagua Bolaños Ana Patricia

5.592.912,00 4.918.727,71 10.511.639,71 10.511.639,71 10984

Pág 46 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

Finca D H D Cédula Nombre Valordel terreno ¢

Valor deconstrucciones

¢

Valortotal ¢

Valorderecho ¢

Nº avalúo

10 408659 1 105350876 Elizondo Ugalde Adrían

11.628.000,00 22.049.297,73 33.677.297,73 16.838.648,87 9700

11 408659 2 501930896 Clachar Rivas Marisol

11.628.000,00 22.049.297,73 33.677.297,73 16.838.648,87 9700

12 7075 F 0 3101434957 Diseño y Estilo Floral S. A.

5.741.280,00 5.107.975,01 10.849.255,01 10.849.255,01 11004

13 7077 F 0 700660147 WingChing Jones Jorge Felipe

5.738.112,00 4.935.313,07 10.673.425,07 10.673.425,07 10982

14 13051 F 0 103070198 Vega Avila Carlos Alberto

65.893.378,42 47.441,81 65.940.820,23 65.940.820,23 10865

15 376693 0 115600159228 HsiChungYuSung 24.578.333,50 26.541.649,99 51.119.983,49 51.119.983,49 10544

16 599336 0 800830816 Kessler Payne Deborah Jane

411.499.200,00 0,00 411.499.200,00 411.499.200,00 10636

17 634762 0 3101662183 W&E La Toscana de Sabanilla S. A.

17.424.000,00 39.842.035,13 57.266.035,13 57.266.035,13 10881

18 634761 0 3101662183 W&E La Toscana de Sabanilla S. A.

17.280.000,00 39.842.862,45 57.122.862,45 57.122.862,45 10880

19 188637 0 203390070 Alfaro Quesada Carlos Luis

19.066.248,00 30.383.346,24 49.449.594,24 49.449.594,24 10899

20 158483 3 101680467 León Pacheco Mario Enrique

29.686.020,00 6.826.460,80 36.512.480,80 18.256.240,40 10901

21 158483 4 103800136 Soto Salazar Virginia 29.686.020,00 6.826.460,80 36.512.480,80 18.256.240,40 10901

22 436431 3 104430706 Durán Garro Lupita María

15.180.804,00 7.366.889,64 22.547.693,64 22.547.693,64 10885

23 60029 4 101900115 Solís Cordero María Joaquina

28.152.765,00 12.025.610,08 40.178.375,08 40.178.375,08 11026

24 373983 3 109210461 Ramírez Ruíz Paola 11.432.610,00 43.785.902,46 55.218.512,46 18.409.852,05 10009

25 373983 4 110390579 Ramírez Ruíz María Lourdes

11.432.610,00 43.785.902,46 55.218.512,46 18.404.330,20 10009

26 373983 5 111740066 Ramírez Ruíz William Andrés

11.432.610,00 43.785.902,46 55.218.512,46 18.404.330,20 10009

27 358166 2 106220285 Lizano Barboza William Eduardo

30.820.888,00 25.495.375,62 56.316.263,62 56.316.263,62 11039

28 359978 0 3101279759 Robefalo Sociedad Anónima

24.920.000,00 27.883.427,11 52.803.427,11 52.803.427,11 11029

29 217698 0 103070264 Ulate Salas William 43.562.288,00 22.316.354,21 65.878.642,21 65.878.642,21 11242

30 270390 0 3102130840 Ilamqui S.R.L. 290.255.784,00 0,00 290.255.784,00 290.255.784,00 10662

31 415784 1 301940466 Gómez Salgado Jesús Alberto

8.908.800,00 12.031.459,42 20.940.259,42 10.470.129,71 11248

32 415784 2 203180857 Bolaños López Bernarda

8.908.800,00 12.031.459,42 20.940.259,42 10.470.129,71 11248

33 247840 0 3101232716 Las Brisas del Zelsig S. A.

17.083.299,00 1.992.651,51 19.075.950,51 19.075.950,51 10377

34 374000 0 800650966 Flores Méndez Sandra

7.754.805,00 15.323.655,69 23.078.460,69 23.078.460,69 9976

35 415588 0 105960458 Muñoz Montes Adrian

20.105.256,00 26.959.985,29 47.065.241,29 47.065.241,29 11245

36 300754 0 401580216 Benavides Camacho Kerlim Fiorella

42.329.232,00 2.865.740,93 45.194.972,93 45.194.972,93 11239

37 386818 0 3101329937 Torre San Marino S. A.

19.683.382,50 48.944.896,72 68.628.279,22 68.628.279,22 10934

38 388684 0 3101289269 El Nuevo Domicilio S. A.

49.574.602,50 53.814.948,29 103.389.550,79 103.389.550,79 11271

39 291533 0 102830608 Fernández Vargas María Eugenia

10.485.900,00 43.393,35 10.529.293,35 10.529.293,35 10514

40 525929 0 301730054 Vargas Muñoz Emilio 120.433.740,00 758.037,20 121.191.777,20 121.191.777,20 10515

41 291539 0 3101289269 El Nuevo Domicilio S. A.

47.751.285,00 245.518,16 47.996.803,16 47.996.803,16 12076

42 239782 0 3101240026 Servicios Médicos Gago S. A.

16.759.995,00 55.875.135,79 72.635.130,79 72.635.130,79 11042

43 264632 1 601330728 Castro Arce Oliva 18.049.500,00 8.056.099,67 26.105.599,67 13.052.799,84 10288

44 264632 2 308855024 Pardo Arce Felicia 18.049.500,00 8.056.099,67 26.105.599,67 13.052.799,84 10288

45 121884 0 3101010300 DEFOE S. A. 166.285.449,00 38.297.244,79 204.582.693,79 204.582.693,79 11345

46 48005 0 106140508 Bravo Astua Carlos Alberto

101.882.700,00 51.026.023,41 152.908.723,41 152.908.723,41 10943

47 17861 F 0 3101079260 Ralfaro S. A. 7.392.038,68 24.009.327,73 31.401.366,41 31.401.366,41 11311

La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015 Pág 47

Finca D H D Cédula Nombre Valordel terreno ¢

Valor deconstrucciones

¢

Valortotal ¢

Valorderecho ¢

Nº avalúo

48 17862 F 1 106880469 Goñi Meléndez María del Rosario

7.661.170,64 22.770.212,86 30.431.383,50 15.215.691,75 11312

49 17862 F 2 106100288 Ramírez Alfaro Luis Arnoldo

7.661.170,64 22.770.212,86 30.431.383,50 15.215.691,75 11312

50 13179 F 0 3101093700 Romikri S. A. 11.413.261,13 7.036.281,41 18.449.542,54 18.449.542,54 11295

51 327520 0 3102475189 Tutu y Nani Sociedad de R.L.

46.106.388,00 40.538.885,75 86.645.273,75 86.645.273,75 10728

52 229725 0 3101662183 W & F La Toscana de Sabanilla S. A.

41.325.600,00 190.663.560,37 231.989.160,37 231.989.160,37 10701

53 117186 2 201320412 Ramírez Sibaja Ismael

91.549.375,00 25.526.491,85 117.075.866,85 117.075.866,85 11276

54 283376 5 104650669 Barahona Castro Marcela

20.630.655,00 10.638.840,05 31.269.495,05 15.634.747,53 10833

55 283376 6 401000111 Campos Hernández Luis Gerardo

20.630.655,00 10.638.840,05 31.269.495,05 15.634.747,53 10833

ObservacionesPara el cálculo del impuesto de bienes inmuebles, se aplicará el porcentaje de copropiedad al valor total del inmueble.En caso de bienes inmuebles inscritos como fincas filiales en condominio, se considera el porcentaje de condominio para determinación

del valor.Para los efectos de lo que establecen los artículos 16 y 17 de la Ley sobre Bienes Inmuebles (Ley 7509 y sus reformas), los avalúos

que se comunican por este medio se consideran notificados a partir del tercer día de la presente publicación.San José, Montes de Oca, San Pedro.—Departamento de Bienes Inmuebles y Valoraciones.—Ing. Emilio Barrantes Suárez,

Jefe.—1 vez.—(IN2015086177).

MUNICIPALIDAD DE ZARCERODe conformidad con los artículos 137, inciso d) y 53 inciso

a) y b) del Código de Normas y Procedimientos Tributarios vigente y artículo 192 de la Ley Nº 9069 (Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria), así como los artículos 73 del Código Municipal y artículo 8 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles y sus reformas, por este medio La Municipalidad de Zarcero se permite en notificar por edicto a los contribuyentes que no quisieron recibir notificación o por no existir dirección o la misma es inexacta, del estado de morosidad de sus cuentas y del propósito de esta Corporación de interrumpir el término de prescripción: 202761245 ALFARO RODRIGUEZ CLAUDIO, 203030604, ALPIZAR VALENCIANO RIGOBERTO, 201260998 ALVARADO BLANCO JESUS, 203840681 ALVARADO CARRANZA MARIO, 203940897 ALVARADO CARRANZA ORLANDO, 204570621 ALVAREZ CORDOBA ANGEL GUILLERMO, 202250854, ARAYA CASTRO ENOC, 205130770 ARAYA MENA KENDAL RODRIGO, 201840919 ARAYA MONTOYA MIREYA, 202821332 ARAYA SALAZAR OLGER, 203490874 ARGUELLO SOLANO MARCO ANTONIO, 205630296 ARIAS ALVARADO YENSI, 206680918 ARIAS BLANCO ADRIAN, 203640077 ARIAS LORIA CARLOS ALBERTO, 204440787 ARRIETA ARAYA ROY ALBERTO, 112890637 ARRIETA LOPEZ RAFAEL MARIA, 204200493 ARRIETA MIRANDA LUIS GILBERTO, 203240361 ARRIETA ZAMORA CARLOS MANUEL, 204640031 ARTAVIA CASTRO RODRIGO, 3002087270 ASOCIACION FORESTAL SANTA TERE, 204020774 BALLESTERO VILLEGAS ROSA MAYRA, 201960335 BARQUERO QUIROS MIRIAM, 109660407 BLANCO MARIN ANDREA, 202750657 BLANCO RODRIGUEZ OSCAR GERARDO, 204560944 BLANCO ROJAS JAIME, 204620466 BOZA VARELA JOSE ARIOLFO, 3101254991 C.B-M. COBAMO S.A., 105030816 CARVAJAL MORERA JESUS ALEXIS, 204160616 CASTRO MORALES ROSALIA, 202210494 CASTRO PEREZ RAMON ELOY, 204890738 CHACON ALVARADO MAURICIO, 203420865 CHACON ROJAS LUIS ROBERTO, 203740457 CHACON ROJAS SERGIO, 202170849 CHAVES JIMENEZ MARIA NINFA, 201100575 CHAVES VARGAS DAISY ELIDA, 203750056 CHAVEZ MENDEZ LUIS ALBERTO, 201370898 CORRALES BLANCO ALICIA, 203100494 CUBILLO ARGUELLO ORALIA, 3101611788 DON FELO DE ZARCERO SOCIEDAD A, 204420422 DURAN ALPIZAR LUIS GUILLERMO, 201320398 DURAN BARQUERO MANUEL ANGEL, 201190962 DURAN HUERTAS BELFORT, 203940883 ESQUIVEL HUERTAS MARVIN, 3102523423 FATHER PROPERTY HOLDINGS SOCIE, 3102381621 FINCA SAN JOSE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LTDA, 401360523 GONZALEZ VARELA MARIA DEL CARMEN, 202310594 HERNANDEZ QUIROS FELIX ANTONIO, 203190446 HIDALGO ROJAS ALVARO RONALD, 206590255 HUERTAS ALFARO EVELYN FRANCINY, 206190155 HUERTAS MIRANDA BILL ANGEL, 205200599 JIMENEZ

ALVARADO WALTER IVAN, 204700822, JIMENEZ MARIN EDGAR, 3101166274 JUGAR DEL VALLE S. A, 202300713 LOPEZ QUESADA VICTOR ML, 900720058 LOPEZ RODRIGUEZ ODILIO, 3101441302 M.C. INMOBILIARIA MAJORRA S. A., 203250522-MARIN LIZANO MARVIN, 202780488, MARIN ZUÑIGA RAFAEL ANGEL, 204260891 MORALES MURILLO XENIA MARIA, 201460450 MUÑOZ ARAYA DANILO, 201460450 MUÑOZ ARAYA DANILO, 202160509 MURILLO MURILLO DAUBE, 900190225 NAVARRO MEJIA LUZ MARINA, 204980840 OTAROLA JIMENEZ YORLENNY, 204670212 OTOYA ZAMORA GEOVANNY, 201750641 PANIAGUA RODRIGUEZ JUAN LUIS, 203440590 RETANA VEGA CARLOS ALBERTO, 203010281 ROBLES VARELA EDWIN, 203270467 RODRIGUEZ ALPIZAR BOLIVAR, 202590992 RODRIGUEZ ALPIZAR MARIA IBETH, 204010729 RODRIGUEZ ARAYA MARIA EDITH, 205290702 RODRIGUEZ CAMACHO CARLOS ALBER, 203700120 RODRIGUEZ CUBILLO JORGE ARTURO, 201270337 RODRIGUEZ FERNANDEZ GUSTAVO, 114220379 RODRIGUEZ FONSECA CHERRY GABRIELA, 203610537 RODRIGUEZ HERNANDEZ JESUS MARIA, 201250309 RODRIGUEZ MORALES ISAI, 201570025 RODRIGUEZ RODRIGUEZ RAFAEL ANGEL, 202530271 RODRIGUEZ VARGAS ANASTACIO, 203330938 RODRIGUEZ VILLALOBOS JOSE LUIS, 202120067 ROJAS ALPIZAR CARLOS, 204990136, ROJAS BARQUERO ALEJANDRO MANUE, 204850509 ROJAS QUESADA JOHNNY FRANCISCO, 201190306 ROJAS ROJAS DANILO, 204190389 ROJAS ROJAS RONALD, 205170328 SALAS LOPEZ JEINER, 201620807 SALAS MOYA JUAN RAFAEL, 108910692 SALAS QUESADA DAMARIS ILEANA, 202500630 SALAZAR CARRANZA JOSE ANTONIO, 203580923 SALAZAR VARGAS MARITZA, 203140426 SALAZAR VARGAS MIGUEL, 201610223 SOLIS SALAZAR GILBERTO, 202040660 SOLIS SOLIS MARIA ISABEL, 109090884 SOLIS SOLIS OMAR MAURILIO, 202921429 SOTO MENDEZ JORGE EDUARDO, 201910317 SOTO SALAS ELBA MARIA, 203120507 SOTO SALAS HUBERTH, 203670415 VALENCIANO MORERA HIGINIA MATILDE, 203260118 VALENCIANO SOLIS JOSE ELIAS, 203450068 VARELA AGUILERA JOSE JOAQUIN, 203770597, VARELA CASTRO MIGUEL ANGEL, 204360643 VARELA MONTERO KATTIA, 201890847 VARELA ROJAS ARABELA, 202880551 VARGAS ACUÑA WILBER, 200542135 VARGAS CHACON MERCEDES, 203460465 VARGAS LOBO LIGIA MARIA, 204410795 VILLALOBOS MATAMOROS RUTH, 206500303 ZUÑIGA ARCE DAVID JOSUE, 202220141 ZUÑIGA VARELA JOSE LUIS. Se previene a los interesados que deben realizar la cancelación de estos saldos con los recargos de ley y que si no se efectúa la cancelación correspondiente dentro de los quince días siguientes a la publicación de este edicto serán trasladados a cobro judicial.—Zarcero, 27 de noviembre del 2015.—Martha Valenciano Solís, Tesorera Municipal.—1 vez.—Solicitud N° 44481.—(IN2015085894).

Pág 48 La Gaceta Nº 245 — Jueves 17 de diciembre del 2015

MUNICIPALIDAD DE CARRILLOIMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

NOTIFICACIÓN DE AVALÚOS MUNICIPALESLa Municipalidad de Carrillo, de conformidad con las facultades que confiere a la Administración Tributaria el párrafo tercero del

artículo 17 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles (Ley Nº 7509 del 7 de marzo de 1995 y sus reformas) y el artículo 137 inciso d) del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Ley Nº4755 del 29 de abril de 1971 y sus reformas); por desconocerse el domicilio fiscal de los contribuyentes es necesario notificar por este medio la siguiente información, correspondiente a los avalúos realizados por nuestra Corporación Municipal para efectos del impuesto de bienes inmuebles, de las propiedades ubicadas en la jurisdicción del cantón de Carrillo que no presentaron la declaración de bienes inmuebles según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles.

Nº FINCA CEDULA NOMBRE

VALOR

TERRENO

VALOR

CONSTRUCCION

VALOR

TOTAL

VALOR

DERECHO

AVALUO

5-90281-001 01BD36810

ALINE BERNARD

VILLEMEJEANNE 45,954,216.00 18,585,000.00 64,539,216.00 32,269,608.00 119-2015

5-90281-002 01BD36810

ALINE BERNARD

VILLEMEJEANNE 45,954,216.00 18,585,000.00 64,539,216.00 32,269,608.00 119-2015

5-141053-000 3101470909 AMPHORA LAGUNA S.A. 51,383,280.00 0.00 51,383,280.00 0.00 19-2015

5-45965-F-002 5054345 CATHERINE MARY COOPER 19,495,983.00 22,864,806.00 42,360,789.00 21,180,394.50 65-2015

5-45966-F-001 JT138796 CHRISTIAN POTVIN 19,495,983.00 22,864,806.00 42,360,789.00 8,472,157.80 66-2015

5-54211-000 3101292342 COCONUT BONGA S.A. 31,350,720.00 0.00 31,350,720.00 0.00 100-2015

5-49075-F-000 3101432047

CONDO VALLE VERDE ONCE

C V O N S.A. 41,793,402.00 58,250,084.00 100,043,486.00 0.00 38-2015

5-81267-000 3101327745

DESARROLLOS LOS

CARDUMENES S.A. 91,075,500.00 0.00 91,075,500.00 0.00 52-2014

5-45962-F-000 3101397957 END OF THE RAINBOW S.A. 19,495,983.00 22,864,806.00 42,360,789.00 0.00 63-2015

5-71200-F-000 621954T ENRICO MARIA RUBBOLI 9,021,436.60 22,294,922.40 31,316,359.00 0.00 68-2015

5-71251-F-000 3102493627

FINCA COCO EN EL DESIERTO

FCED LIMITADA 9,021,436.60 22,294,922.40 31,316,359.00 0.00 83-2015

5-71198-F-000 G-192412 FRANCESCA RUBBOLI 9,021,436.60 22,294,922.40 31,316,359.00 0.00 67-2015

5-139611-000 3101367581

INMUEBLES E INVERSIONES

TR

INTERNACIONALES PLAYAS

DEL COCO S.A. 58,209,788.00 0.00 58,209,788.00 0.00 17-2015

5-139612-000 3101367581

INMUEBLES E INVERSIONES

TR

INTERNACIONALES PLAYAS

DEL COCO S.A. 59,865,546.00 0.00 59,865,546.00 0.00 18-2015

5-115623-000 3101258223

INVERSIONES DIECISEIS

MIL NEPTUNOS S.A. 60,641,406.00 0.00 60,641,406.00 0.00 12-2015

5-16088-F-000 3101236319

INVERSIONES ROBINSON

PACIFICO S.A. 36,100,953.00 38,191,610.00 74,292,563.00 0.00 116-2015

5-45966-F-002 MJ883735 JEAN ROBERT 19,495,983.00 22,864,806.00 42,360,789.00 8,472,157.80 66-2015

5-86192-000 205330712 JUAN CARLOS ARIAS RUIZ 38,478,240.00 0.00 38,478,240.00 0.00 53-2014

5-44860-000 3101158836 LANDETA DE OCOTAL S.A. 48,465,120.00 0.00 48,465,120.00 0.00 40-2014

5-45966-F-003 JW669933 LYNDA BOISSONNEAULT 19,495,983.00 22,864,806.00 42,360,789.00 8,472,157.80 66-2015

5-45966-F-005 VN555458 MANON LAFLAMME 19,495,983.00 22,864,806.00 42,360,789.00 8,472,157.80 66-2015

5-71244-F-000 3102560652

MARIAANA DEL COCO

LIMITADA 9,021,436.60 22,294,922.40 31,316,359.00 0.00 77-2015

5-30888-F-000 3101303773 OCHO ROBLES S.A. 49,350,025.00 72,179,710.00 121,529,735.00 0.00 26-2015

5-71218-F-000 3102600847 PAGGIO ZOUK LIMITADA 6,153,033.60 15,206,929.00 21,359,962.00 0.00 70-2015

5-71246-F-000 3101451659 PARAISO ROSADO P.R. S.A. 10,896,136.00 26,928,462.00 37,824,598.00 0.00 79-2015

5-52410-000 3101395252 PEACEFULL PROPERTIES S.A. 117,850,880.00 45,444,680.00 163,295,560.00 0.00 5-2015

5-158762-000 3101515513

RESIDENCIA PLAYA OCOTAL

RPO S.A. 46,801,780.00 39,239,200.00 86,040,980.00 0.00 64-2014

5-71201-F-000 AA2118973 ROSA VALENTIN RUBBOLI 9,021,436.60 22,294,922.40 31,316,359.00 0.00 69-2015

5-86709-000 3101388785 SAILING HAWK T H S.A. 51,306,000.00 0.00 51,306,000.00 0.00 29-2014

5-45966-F-004 JE910471 SERGE BOISSONNEAULT 19,495,983.00 22,864,806.00 42,360,789.00 8,472,157.80 66-2015

5-45965-F-001 032790414 TIMOTHY MORGAN COOPER 19,495,983.00 22,864,806.00 42,360,789.00 21,180,394.50 65-2015

5-91788-000 3101379159 VILLA EL ALAZAN S.A. 42,346,728.00 0.00 42,346,728.00 0.00 104-2015

5-180475-000 3101384988

VILLA HYACINTH PGCC

AL TREINTA S.A. 33,247,800.00 0.00 33,247,800.00 0.00 42-2015

5-84085-000 302550338

WALTER SANTIAGO

SANCHEZ MONTOYA 21,592,912.00 0.00 21,592,912.00 0.00 94-2015

Observaciones:-Para el cálculo del impuesto de bienes inmuebles, se aplicará el porcentaje de copropiedad al valor total del inmueble, según lo

indicado en el Registro Público.-En caso de bienes inmuebles inscritos como fincas filiales en condominio, se considera el porcentaje de condominio para la

determinación del valor.-Para los efectos de lo que establecen los artículos 16 y 17 de la Ley de impuestos sobre Bienes Inmuebles, los avalúos que se

comunican por este medio se consideran notificados a partir del tercer día de la presente publicación.Filadelfia, Carrillo, Guanacaste.―Departamento de Catastro y Bienes Inmuebles, Oficina de Valoraciones―Msc. Álvaro Rojas

Solórzano, Ingeniero de Valoraciones.—1 vez.—Solicitud N° 44900.—(IN2015086053).