LA CEDAW Y SU IMPORTANCIA POR ALDA FACIO
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LA CEDAW Y SU IMPORTANCIA
POR
ALDA FACIO
Alda Facio
Alda Facio
EFECTO DE LA
CONFERENCIA INTERNACIONAL
SOBRE
DERECHOS HUMANOS
VIENA, 1993
LA CEDAW PASA A SER
CONSIDERADA
UN INSTRUMENTO
DE
DERECHOS HUMANOS
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Regido por el tratado de Viena sobre el derecho de los tratados.
Es uno de los nueve tratados principales de derechos humanos de la ONU.
Debe tener el rango interno de cualquier otro tratado de derechos humanos.
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La CEDAW es entonces un tratado de derechos humanos
Rango de los tratados de derechos humanos en el Derecho Interno
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Jerarquía de las Normas de Derecho Internacional en el
Interno:
1. Supraconstitucional
2. Constitucional
3. Supralegal
4. LegalAlda Facio
COMPONENTES DEL DERECHOComponente
Formal - NormativoDERECHO
LEGISLATIVOTodas las normas
formalmente generadas talescomo la ley constitucional,
tratado internacional, leyes,decretos, reglamentos,
convenciones colectivas, etc.
DERECHOCONSUETUDINARIO
Tradiciones, costumbres,creencias, actitudes, valores
ComponentePolítico - Cultural
ComponenteEstructural
DERECHO JUDICIAL
Todas las normas que se vangenerando a través de la
práctica judicial
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PERO LA CEDAW SIGUE SIENDO:
•UNA GUÍA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
•UNA AGENDA POLÍTICA
•UN INSTRUMENTO LEGAL
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ASPECTOS BÁSICOS
DE LA
CEDAW
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Fue aprobada en 1979 por la Asamblea General de la ONU. Entró en vigor en septiembre de 1981, 30 días después del depósito del vigésimo instrumento de ratificación.
Fue ratificada por este país en…? Hasta hoy, más de 180 países la han ratificado. Alda Facio
Es el principal instrumento intl. legal para la promoción y defensa de los ddhh de las mujeres. Se le conoce también como la Convención de la Mujer.
Es regida por tres principios básicos: 1. No discriminación2. Igualdad substantiva3. Responsabilidad estatal
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La CEDAW se puede dividir en las siguientes
partes: Preámbulo: Describe por qué es necesaria la CEDAW. Artículo 1 : Proporciona una definición de la discriminación. Alda Facio
La CEDAW se puede dividir en las siguientespartes:
Artículo 2-4 : Describen la naturaleza de las obligaciones estatales mediante leyes, políticas públicas y programas que el estado debe desarrollar para eliminar la discriminación.
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Artículos 5-16 : Especifican las diferentes áreas en las que los gobiernos están obligados a eliminar la discriminación, mediante las medidas descritas en los artículos 1-4.
Artículos 17-22: Describen el establecimiento y las funciones del Comité de la CEDAW.
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Artículo 23 Y 24: Leídos conjuntamente estos dos artículos exigen que la convención sea interpretada e implementada por los Estados a la luz de nuevas disposiciones, leyes, convenciones y tratados de DDHH que desarrollen nuevos derechos humanos o sean más conducentes al logro de la igualdad para ciertos grupos como por ejemplo...
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PIDCP PIDESC CONV. CONTRA LA TORTURA CONV. SOBRE EL RACISMO CONV. DE LOS DERECHOS NIÑEZ CONV. DE DER. DE MIGRANTES CONV. DE LAS PERSONAS CON DISC. CONV, SOBRE LA DESAPARICIÓN FORZADA
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LOS OTROS 9 TRATADOS
ADEMÁS...
•EL ESTATUTO DE ROMA
•CONV. REGIONALES
•BELÉM DO PARÁ
•PROTOCOLO CONTRA EL TRAFICO
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•LAS CONV. DE LA OIT.
•LA DECLARACIÓN DE LOS DDHH DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
•LA JURISPURDENCIA
•LAS RESOLUCIONES DE LA ONU
•LA PRÁCTICA DE LAS ONGS Y OGS.
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Artículos 25-30 : Tratan principalmente sobrela administración y otros aspectos de procedimientos para la firma, ratificación, adhesión y funcionamiento de la Convención.
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¿Qué derechos humanos no están
expresamente establecidos
en la CEDAW?
Cómo se resuelve este vacío?
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LOS VACÍOS SE RESUELVEN A TRAVÉS DE:
•ARTÍCULO 1
•ARTICULOS 23 Y 24
•RECOM. GENERALES
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IMPORTANCIA
DE LA
CEDAW
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1. Amplía la responsabilidad estatal
2. Obliga a los Estados a adoptar medidas concretas para eliminar la discriminación contra las mujeres.
3. Permite medidas transitorias de “acción afirmativa” a las que la CEDAW llama “medidas especiales de carácter temporal”.
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4. Reconoce el papel de la cultura y las tradiciones en el mantenimiento de la discriminación contra las mujeres y obliga a los Estados a eliminar los estereotipos en los roles de hombres y mujeres. 5. Define la discriminación y establece un concepto de igualdad sustantiva y de resultados.
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6. Fortalece el concepto de indivisibilidad de los derechos humanos. 7. Obliga al Estado a reconocer, proteger y garantizar los derechos de las mujeres.
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ES DECIR, OBLIGA AL ESTADO
A ELIMINARTODAS LAS FORMAS
DEDISCRIMINACIÓN
CONTRA TODAS LAS MUJERES
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PERO, ¿QUÉ ES
LA DISCRIMINACIÓNCONTRA LAS MUJERES
O DISCRIMINACIÓN SEXUAL
O DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO?
Alda Facio
Recordemos los tres principios básicos de la CEDAW: 1. no discriminación2. igualdad
substantiva3.responsabilidad
estatalAlda Facio
EL PREÁMBULO DE LA CEDAW NOS DA PISTAS PARA
ENTENDER LA DISCRIMINACIÓN:
1- NOS DICE QUE ES UNA VIOLACIÓN A LOS DDHH
2- NOS RECUERDA QUE TODOS LOS DDHH DEBEN SER
GOZADOS EN IGUALDAD.Alda Facio
Además,el art. 1 de la
CEDAWdefine
La discriminación contraLas mujeres:
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Artículo 1 de la CEDAW:
A los efectos de la presente Convención, la expresión “DCM” denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad entre el hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.
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IMPORTANCIA DE LA DEFINICIÓN
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NOS AYUDA A
ENTENDERQUÉ ESLA DISCRIMINACIÓNCONTRA LAS MUJERES porque
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La discriminación a veces es DIRECTA
Pero la mayoria de las veces es
INDIRECTALo que la hace difícil de ver
y más aún de probar legalmente.
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Es bastante obvia. Se da cuando una norma o práctica trata en forma distinta a personas con las mismas cualidades pero de distinto sexo, o etnia, raza, o edad, o cualquier otra condición que históricamente se ha usado para discriminar a ciertos grupos. Alda Facio
Discriminación directa
Es menos obvia. Parece no discriminatoria porque se aplica a
todas las personas sin distinción. Pero un examen desde la perspectiva de género demuestra que, si no es razonable, es discriminatoria.
Se da porque a veces, las mujeres no pueden o les es más difícil cumplir con ciertas reglas o requerimientos por pertenecer a grupos que han sido históricamente discriminados o porque no son el modelo de ser humano para quien se hicieron las reglas.
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Discriminación indirecta
Un patrono no permite el trabajo a tiempo parcial, o cambia el horario diurno a nocturno.
Un edificio sólo tiene gradas a la entrada. Se exige una determinada altura que pocas
mujeres pueden cumplir. No existe ley de hostigamiento sexual. No se hace nada por reducir la MM. Se exigen 10 años de experiencia laboral.
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La directa se centra en el análisis de la norma o práctica misma.
La indirecta se centra en el resultado de la aplicación de la norma o práctica.
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Abordajes para descubrir la discriminación directa o indirecta.
Por eso la definición de la CEDAW
es muy IMPORTANTE
Ayuda a comprender aún la discriminación indirecta porque…
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• Establece que la discriminación puede revestir diferentes formas: distinción, exclusión, o restricción.
• Determina que el acto discriminatorio es aquel que tenga “por objeto” o “por resultado”, la violación de los derechos humanos de las mujeres.
• Establece que se puede dar en cualquier esfera, incluyendo la privada.
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Además, la deficinición de
La CEDAWEs muy
IMPORTANTEporque
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•Es una definición legal de lo que se debe entender por discriminación que pasa a ser parte de la normativa nacional cuando el estado ratifica la convención. •Establece que la discriminación puede revestir distintas formas: distinción, exclusión o restricción.
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•Precisa que puede tener distintos grados, ya que puede ser parcial “menoscabar” o puede ser total “anular”.
· Precisa que puede producirse en distintas etapas de la existencia de un derecho: en el reconocimiento, el goce o el ejercicio. •Define la discriminación como un acto violatorio del principio de igualdad y a la mujer como sujeto jurídico equivalente al hombre en dignidad humana, estableciendo una concepción de igualdad no androcéntrica.
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Recordemos los tres principios básicos de la CEDAW: 1. no discriminación 2. igualdad substantiva3. responsabilidad estatal
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QUE NO HAYA D.C.M. NI DIRECTA NI INDIRECTA EN LAS LEYES DE LOS 3 COMPONENTES.
NI EN EL AMBITO PUB. O PRIV.
QUE LA MUJER ESTÉ PROTEGIDA CONTRA LA DISCRIM Y LA VIOL. QUE PUEDEN COMETER AUTORIDADES COMO EMPRESAS O PERSONAS PRIVADAS.
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LA OBLIGACIÓN ESTATAL RELATIVA A LA NO DISCRIMINACIÓN.
MEJORAR LA SITUACION DE FACTO DE LAS MUJERES A TRAVÉS DE MEDIDAS CONCRETAS.
HACERLE FRENTE A LAS RELACIONES DESIGUALES ENTRE LOS GÉNEROS Y ENTRE LAS MUJERES.
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LA OBLIGACIÓN ESTATAL RELATIVA A LA NO DISCRIMINACION.
ELIMINAR LOS ESTEREOTIPOS QUE AFECTAN NEGATIVAMENTE A LAS MUJERES.
ELIMINAR LAS PRACTICAS O COSTUMBRES QUE SON DAÑINAS PARA LAS MUJERES O CIERTOS GRUPOS DE MUJERES
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LA OBLIGACIÓN ESTATAL RELATIVA A LA NO DISCRIMINACION.
El Estado está legalmente obligado a eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres o grupos de mujeres y por ende está obligado a eliminar el sexismo se dé donde se dé.
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En conclusión
Recordemos los tres principios básicos de la CEDAW:
1. no discriminación 2. igualdad substantiva3. responsabilidad estatal
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INCLUYE LA IGUALDAD DE IURE Y LA IGUALDAD DE FACTO CONFORMA UNA IGUALDAD SUBSTANTIVA LA IGUALDAD DE RESULTADOS COMO
CULMINACIÓN LÓGICA DE LA IGUALDAD DE FACTO
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¿QUE ES LA IGUALDAD EN LA CEDAW?
VA MÁS ALLÁ DE LA EQUIDAD PORQUE EXIGE ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN.
NO ES ANDROCÉNTRICA.
NO ES DICOTÓMICA.
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LA IGUALDAD EN LA CEDAW
LA IGUALDAD DE LA CEDAW INCLUYE:
• IGUALDAD FORMAL• IGUALDAD REAL O MATERIAL • EQUIDAD• VALORACIÓN DE LA DIFERENCIA• ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN
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LA IGUALDAD COMO TRATO IDÉNTICO
LA IGUALDAD COMO PROTECCIÓN
LA IGUALDAD SUBSTANTIVA
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Formas de entender la igualdad
1. Parte de que hombres y mujeres son idénticos y por ende hay que darles trato idéntico.
2. No toma en cuenta las diferencias biológicas ni las construidas socialmente.
3. Parte del hombre como estandard o modelo.
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LA IGUALDAD COMO TRATO IDÉNTICO
4. Parte de que las mujeres podrán acceder a las mismas oportunidades bajo las reglas hechas para los hombres.
5. Le exige a las mujeres que se comporten como hombres.
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LA IGUALDAD COMO TRATO IDÉNTICO
1. Reconoce las diferencias pero justifica el trato diferenciado en la mayor debilidad de las mujeres.
2. Las mujeres pierden oportunidades o son excluidas debido a esta justificación.
3. Resulta en pérdida o debilitamiento de los derechos de las mujeres.
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Igualdad como protección
4. Las mujeres quedan impedidas de escoger libremente
5. Refuerza los estereotpos y no lleva a la transformación social
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Igualdad como protección
1. Reconoce las diferencias al tiempo que afirma la igualdad
2. Incluye la igualdad de jure y de facto
3. Exige al Estado que corrija el entorno que causa desventaja a las mujeres o ciertos grupos de mujeres; por ello se le conoce también como igualdad correctiva o de resultados.
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Igualdad Substantiva
4. Lleva a todas/os al mismo nivel al exigir que todas las iniciativas lleven a la: Igualdad de
oportunidades Igualdad de acceso a
ellas Igualdad de resultados
y beneficios
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Igualdad Substantiva
Igualdad es el concepto utilizado en la CEDAW y en todos los instrumentos de ddhh
Origen de la sustitución—Proceso Pekín. Comité CEDAW ha hecho esfuerzos por
esclarecer la confusión: ◦ En los diálogos constructivos◦ En las observaciones finales
(recomendaciones)
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Igualdad vs. Equidad
Recordemos los tres principios básicos de la CEDAW: 1. no discriminación 2. igualdad
substantiva3.responsabilidad
estatalAlda Facio
ELIMINAR LOS PARADIGMAS MASCULINOS DETERMINADOS HISTÓRICAMENTE. (ART. 5)
ACCELERAR EL LOGRO DE LA IGUALDAD CON MEDIDAS POSITIVAS (ART, 4.1).
CREAR UN AMBIENTE DONDE LA MUJER PUEDA VIVIR LIBRE DE VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN. (ARTS. 1 – 16 y 23 -24) Alda Facio
RESPONSABILIDAD ESTATAL EN CUANTO A LA IGUALDAD
Tratado de Viena sobre el derecho de los tratados:
Art.26:
"Pacta sunt servanda". Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe.
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EL Principio de responsabilidad estatal
Obligaciones generales (Arts 2-5)◦Art. 2—Oblig. Fundamentales◦Arts. 3 – 5 Oblig. generales◦Arts. 6 a 16 Oblig. específicas
Recomendación General 28 sobre las obligaciones fundamentales de los Estados bajo Art. 2 (adoptada en octobre 2010)
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RESPONSABILIDAD ESTATAL
ARTÍCULO 2:La Convención obliga a los Estados a adoptar medidas concretas para eliminar la discriminación contra la mujer.
Los Estados que ratifiquen la Convención están obligados no sólo a condenar toda forma de discriminación contra la mujer sino también a llevar a la práctica diversas medidas para la eliminación de dicha discriminación.
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Artículo Principal sobre la responsabilidad estatal
ARTÍCULO 2:
Los Estados que ratifiquen la Convención también deben consagrar el principio de igualdad en sus constituciones nacionales u otras leyes y adoptar medidas legislativas y de otra índole, incluidas sanciones, según corresponda.
Alda Facio
Artículo principal sobre la responsabilidad estatal
ARTÍCULO 2: Los Estados deben establecer protecciones jurídicas contra la discriminación por conducto de tribunales nacionales y otras instituciones públicas.
Las autoridades e instituciones públicas deben abstenerse de prácticas discriminatorias.
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Artículo Principal sobre la responsabilidad estatal
ARTICULO 2:
Los Estados deben modificar o abolir las leyes, costumbres y prácticas existentes que discriminen contra la mujer, así como las disposiciones penales que redunden en discriminación contra la mujer.
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Artículo Principal sobre la responsabilidad estatal
ARTÍCULO 2:
El Estado debe asegurarle a todas las mujeres la posibilidad de ejercer sus derechos humanos y libertades fundamentales y disfrutar de ellos.
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Artículo Principal sobre la responsabilidad estatal
ARTICULO 2:
Los Estados están obligados a adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer por parte de cualquier persona, organización o empresa.
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Artículo Principal sobre la responsabilidad estatal
La CEDAW responsabiliza a actores/as privados/as a través del Estado.
El Estado debe: ◦(a) prevenir actos privados de discriminación;
◦(b) investigarlos y responder por sus consecuencias;
◦(c) Reparar, restituir, compensar y/o sancionar dichos actos.
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Actores/as privados/as
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Recomedación General 28
Mediante esta rec. Gen. el Comité procura aclarar el alcance y el significado del artículo 2 de la Convención en el que se establecen las obligaciones legales para que los Estados partes apliquen a nivel nacional las disposiciones sustantivas de la Convención.
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RESPONSABILIDAD ESTATATAL¿QUÉ CLASE DE RESPONSABILIDADGENERAN LOS DERECHOS HUMANOS?
RESPETO- RECONOCIMIENTO
PROTECCIÓN
GARANTÍA
CON LA DEBIDA DILIGENCIA
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RESRESPONSABILIDAD
COMITÉ DE LA CEDAW Está conformado por 23 expertas y expertos Internacionales, procedentes de diferentes regiones del mundo, de diversas disciplinas y sistemas jurídicos.
Tuvo su primera sesión en 1982 y se reúne dos o tres veces al año en la sede de la ONU en Ginebra o Nueva York, normalmente en enero, julio y octubre.
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Los y las expertas/os sirven en el Comité en su capacidad personal, de manera independiente. Es decir, no representan a su país aunque son nominadas/os por sus gobiernos y elegidas/os por los Estados Parte de la Convención, tomando en cuenta el balance y distribución geográfica que debe haber en él.
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FUNCIÓN DEL COMITÉ
La función del Comité, según lo establece el Articulo 17 de la Convención, es la de examinar los progresos realizados por los Estados Parte en la aplicación de la CEDAW.
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MECANISMOS DE TRABAJO DEL COMITÉ
Exámenes de informes iniciales o periódicos presentados por los Estados Parte.
Observaciones o Comentarios Finales a los informes de los Estados Parte.
Elaboración de Recomendaciones Generales, relevantes para la aplicación de la convención.
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• Además de los anteriores, desde la entrada en vigor del Protocolo Facultativo de la CEDAW, el Comité cuenta con dos mecanismos adicionales:
El procedimiento de comunicación
El procedimiento de investigación
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INFORMES INICIALES Y PERIODICOS Cada Estado Parte de la Convención tiene
quepresentar informes al Comité, sobre el estado de implementación de la misma en el país.
Debe presentar un informe inicial al año de haber ratificado la convención y después un informe periódico, cada cuatro años.
En casos excepcionales, el Comité revisa informes especiales.
Desde hace unos años, las ONG´s de mujeres,
elaboran informes “alternativos o sombra”.Alda Facio
RECOMENDACIONES GENERALES
El Artículo 21 de la Convención permite al Comité emitir Recomendaciones Generales sobre la aplicación de las provisiones de la CEDAW.
Se elaboran con base en la revisión de los informes nacionales presentados por los Estados Parte.
Intentan servir como base para el desarrollo de una jurisprudencia sustantiva sobre los diferentes artículos de la Convención.
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Su objetivo es mejorar la calidad de los informes de los E P y aportar a la comprensión de los diferentes derechos incluidos en la Convención.
Sirven además para que el Comité retome algunos temas que no fueron explícitamente incluidos en la CEDAW cuando se aprobó, pero que el Comité considera importantes, ej: el VIH/SIDA y la VCM
Al 2014, el Comité ha emitido 30 Recomendaciones Generales.
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PROTOCOLO OPCIONAL O FACULTATIVO DE LA CEDAW
En 1999, la Asamblea General de la ONU aprobó un Protocolo Facultativo de la CEDAW.
El protocolo incrementa las facultades del Comité para dar seguimiento a la implementación de la CEDAW por los E P y le proporciona facultades similares a las de otros comités establecidos por otros acuerdos internacionales.
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Establece dos nuevos procedimientos:
PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN Permite que mujeres o grupos de mujeres presenten quejas individuales ante el Comité, en las que se alegue ser víctima de violación de cualquiera de los derechos establecidos en la Convención.
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Establece dos nuevos procedimientos:
PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN:
Faculta al Comité a investigar violaciones graves o sistemáticas a los derechos contemplados en la CEDAW.
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Y PARA TERMINARRECORDEMOS....
Alda Facio
• QUE LA LUCHA POR LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES NO ES UNA LUCHA POR HOMOGENIZAR NI A HOMBRES NI A MUJERES;
ES UNA LUCHA POR ELIMINAR TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN
Alda Facio
SÓLO ASÍ LOGRAREMOS UNA SOCIEDAD JUSTA, EN LA CUAL TODAS Y TODOSPODAMOS DISFRUTAR DE UNA VIDA DIGNAY SOBRETODO,
SER FELICES
Alda Facio
Gracias!
Alda Facio