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Políticas y Lineamientos para el Control, Uso y Mantenimiento de Vehículos del CECyTE BC Dirección de Administración y Finanzas

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Políticas y Lineamientos para el Control, Uso

y Mantenimiento de Vehículos

del CECyTE BC

Dirección de Administración y Finanzas

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INDICE

I. Introducción II. Objetivo General III. Políticas Generales IV. Control del Parque Vehicular V. Mantenimiento del Parque Vehicular VI. De los Conductores y Resguardantes

VII. De los Accidentes, Robos y Siniestros VIII. Del Aseguramiento

IX. De las Bajas X. Descripción del Procedimiento XI. Anexos

XII. Diagrama de Flujo

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I. INTRODUCCION

La Dirección General a través de la Dirección de Administración y Finanzas, ha encaminado sus esfuerzos a la instrumentación de normatividad en materia del uso racional de los recursos, con el propósito de lograr un ordenamiento y control de estos activos, para el cumplimiento eficiente y oportuno del mandato Institucional.

En este sentido se emiten estas políticas y lineamientos que tienen la finalidad de dar a conocer a los usuarios de los vehículos propiedad del CECyTE BC, la normatividad aplicable en la asignación, uso, control, mantenimiento y aseguramiento de las unidades vehiculares.

II. OBJETIVO GENERAL

Disponer de lineamientos aplicables a la asignación, uso, control, mantenimiento y aseguramiento de las unidades vehiculares y los asignados en calidad de comodato, a los que deben sujetarse Dirección General y Planteles. III. POLITICAS GENERALES

PRIMERA: Las Políticas y Lineamientos para el Control y Uso de Vehículos es de observancia obligatoria para la Dirección de Administración y Finanzas, quien a través del Área Control Vehicular, dependiente de la Coordinación de Control Patrimonial, será la encargada de administrar el parque vehicular, asegurar su mantenimiento preventivo y correctivo, verificando que se utilicen en forma adecuada y racional.

Asimismo, todos los usuarios y Unidades Administrativas que cuenten con un vehículo utilitario propiedad del Colegio, deberán apegarse a lo establecido en este documento. El Control del Parque Vehicular comprende desde la recepción del vehículo adquirido hasta el registro e integración de la documentación correspondiente al parque vehicular en el expediente respectivo. El Uso de Vehículos Utilitarios comprende desde la solicitud que hace la Unidad Administrativa hasta la elaboración del Seguimiento de Servicios del Vehículo Utilitario. El Mantenimiento Preventivo y Verificación de Emisión de Gases comprende desde la elaboración del calendario anual para otorgar el mantenimiento preventivo y/o verificación de emisión de gases, trámite para el pago de servicios hasta la comprobación de los gastos realizados por dichos eventos.

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El Mantenimiento Correctivo comprende desde la identificación y reporte de la falla del vehículo hasta la comprobación de gastos realizados por la reparación o en su caso se enviará al procedimiento de desincorporación del vehículo. SEGUNDA.- Glosario de Términos: Para los efectos de estas políticas se entenderá por:

1. CECyTE BC: Colegio de Estudios Científicos y tecnológicos del Estado de Baja California

2. Parque Vehicular: Grupo de vehículos automotores al servicio del CECyTE BC, que se utilizan para la realización de las actividades de las diversas áreas del Colegio.

3. Resguardante: Servidor público que por el desempeño de sus funciones, puede tener un vehículo asignado o un vehículo utilitario.

4. Vehículo Asignado: Automóvil designado a un servidor público en particular, en forma definitiva de acuerdo con la normatividad vigente; y

5. Vehículo Utilitario: Automóvil para el uso de varias funciones, en Dirección General o Planteles, pertenecientes a un parque vehicular, al cual tiene acceso varios servidores públicos.

6. Control Vehicular: Área encargada del parque vehicular.

IV. CONTROL DEL PARQUE VEHICULAR

Control Vehicular deberá contar con un expediente de cada uno de los vehículos que forme parte del parque vehicular del Colegio, al efecto deberá integrar a éste el original o copia de la siguiente documentación:

Copia de la factura. Copia de los trámites de canje de Tarjeta de Circulación y Placas. Original del último comprobante de verificación vehicular. Bitácora de mantenimiento actualizado y reporte generado por el taller

mecánico, con comprobantes de los servicios o reparaciones que se le han realizado.

Original del oficio de la solicitud de asignación de la Unidad Administrativa de un vehículo utilitario y en su caso autorización de la Dirección de Administración y Finanzas para la asignación de dicho vehículo.

Original de las Cartas responsivas que correspondan y copia del resguardo Copia del trámite de baja y destino final. Original o copia de la póliza de seguro vigente. Original de pago de Infracciones. Control Vehicular deberá mantener bajo resguardo y custodia los

expedientes de los vehículos dados de baja por lo menos dos años como archivo de trámite y tres años como archivo de concentración para su posterior destrucción, de conformidad a los lineamientos que para tal efecto se establezcan.

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Control Vehicular deberá llevar un control sobre las autorizaciones recibidas para realizar asignaciones de vehículos utilitarios, en el que se señale: fecha de la solicitud, área a la que se asignó el vehículo, periodo de asignación, descripción del vehículo asignado o utilitario, así como las solicitudes pendientes de atender.

V. MANTENIMIENTO DEL PARQUE VEHICULAR La Coordinación de Control Patrimonial a través de Control Vehicular tendrá las siguientes facultades y obligaciones;

1. Deberá realizar revisiones físicas y mecánicas periódicas del estado que guarda el parque vehicular propiedad del Colegio, elaborando un programa de mantenimiento preventivo y en su caso correctivo del mismo, el que deberá hacer del conocimiento de los servidores públicos que tengan vehículo asignado.

2. Es responsabilidad del usuario dar seguimiento al programa de mantenimiento preventivo que requiera el vehículo asignado como utilitario o como por prestación inherente al puesto.

3. Cuando así se requiera, Control Vehicular podrá solicitar los vehículos asignados a los usuarios, a fin de llevar a cabo el programa de mantenimiento del parque vehicular.

4. Es responsabilidad del usuario notificar inmediatamente a Control Vehicular cualquier desperfecto o falla que presente el vehículo asignado, así como mantenerlo en excelentes condiciones de apariencia y funcionamiento, como lo recibió y quedó registrado en el resguardo y la carta responsiva, el suministro de cualquier tipo de aditamento, accesorio adicional, modificación o mejora, será a costa del servidor público que tiene asignado el automotor, quien, en su caso, solicitará a la Dirección de Administración y Finanzas la autorización por escrito para poder efectuarlo.

5. El servidor público será el responsable de resarcir los daños, desperfectos o descomposturas que sufra la unidad, por descuido, negligencia, uso indebido o no presentarlo a las revisiones periódicas, los mantenimientos preventivos o correctivos o por kilometraje recorrido, según lo marque el manual de mantenimiento del vehículo, apoyándose para esto en los servicios que proporciona Control Vehicular.

6. Control Vehicular vigilará y dará cumplimiento al programa de emplacamiento y verificación de emisión de gases del parque vehicular en los tiempos que establezcan las autoridades correspondientes.

7. En caso de falla o reparación de algún vehículo asignado como prestación inherente al cargo o como utilitario, se podrá asignar otro vehículo por el tiempo que dure la reparación previa solicitud presentada por escrito a la Dirección de Administración y Finanzas quien podrá autorizarlo por la misma vía, de acuerdo a la disponibilidad de vehículos utilitarios.

8. Autorizar la reparación de los vehículos, los que por la naturaleza de las reparaciones o fallas del vehículo, sea necesario acudir a talleres no

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autorizados por el Colegio, será su responsabilidad la recepción del trabajo, la exigencia de las garantías y la defensa de los costos a favor del Colegio. REFACCIONES Y TALLERES.

1. Los contratos de suministro de refacciones o de servicios mecánicos que celebre el Colegio no deberán ser mayores a un año, salvo disposiciones de ley.

2. Control Vehicular llevará el registro de empresas refaccionarias o de auto partes y talleres autorizados, que proporcionen servicios en las diferentes regiones del Estado.

3. El personal de Control Vehicular que autoriza la compra de refacciones y asigna trabajos a talleres externos distribuirá de manera equitativa y racional la asignación de proveedores y prestadores de servicios, y buscará las mejores condiciones de precio, calidad y oportunidad.

VI. DE LOS CONDUCTORES Y RESGUARDANTES Son obligaciones de los funcionarios, respecto de los vehículos que tienen asignados, las siguientes:

1. No permitir el uso del vehículo por terceras personas, sólo podrán ser

conducidos por los funcionarios que hayan firmado el resguardo correspondiente, quienes serán directamente responsables del uso que haga del mismo y cuidará de conservarlo en buen estado.

2. Queda prohibido transportar a personas que no estén cumpliendo asuntos de carácter oficial, así como destinarlo a servicios particulares.

3. Es responsable el funcionario resguardante de cada vehículo, del uso adecuado de los mismos, en cumplimiento a sus funciones oficiales o de aquellas actividades relacionadas con las atribuciones operativas a su cargo, por lo que deberá evitar causar daños o deterioros a los mismos y una vez concluidos los horarios reglamentarios de trabajo, o cumplidas las comisiones especiales que se designen a los funcionarios, deberá concentrar dichas unidades en los lugares especialmente señalados.

4. Será responsabilidad del funcionario resguardante, el mantenimiento preventivo del vehículo asignado permanentemente, por lo que se encargará de verificar que la unidad se encuentre en óptimas condiciones de limpieza y presentación, revisando los niveles de agua, lubricantes, presión, temperatura, asimismo efectuar reparaciones menores en servicios de emergencia y en general, todo lo que conduzca a la mayor seguridad de la unidad, de acuerdo a las especificaciones marcadas en el Manual de Mantenimiento del vehículo que utilice.

5. Abstenerse de desprender o cambiar cualquier parte de la unidad bajo su resguardo, así como de circular con el vehículo fuera de los límites de la

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ciudad, salvo autorización expresa, o cuando la naturaleza del servicio así lo amerite.

6. Responder de los daños que cause a la unidad que conduzca y de los daños a terceros en su persona o sus bienes, en caso de que el funcionario resguardante sea el responsable.

7. Contar con la Licencia vigente para conducir vehículos, expedida por la autoridad competente.

8. Cumplir con todas las disposiciones de las leyes y reglamentos de tránsito Municipales, Estatales y Federales en vigor y para los casos en que incurran en la comisión de infracciones viales, serán responsables de cubrir los pagos que se originen y demás consecuencias legales.

9. Reportar oportunamente al Área de Control del Parque Vehicular las fallas mecánicas que presente la unidad a su cargo, caso contrario serán responsables del pago por causas del mayor deterioro que sufra el vehículo

10. Conservar en su poder el oficio de asignación del vehículo a su cargo. 11. El resguardante del vehículo deberá presentar la unidad para su revisión y

mantenimiento de conformidad con el calendario de mantenimiento y conservación que se le asigne, las fallas o descomposturas que sufra el vehículo por no cumplir con el calendario de mantenimiento, serán reparadas con costo al responsable de la misma.

12. El resguardante deberá entregar el vehículo de inmediato al Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales dependiente de la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas, cuando así lo requiera las actividades propias del Colegio, como periodos electorales o por periodos vacacionales, dicha solicitud será elaborada por la Dirección de Administración y Finanzas.

13. El Resguardante podrá permitir el uso del vehículo por terceras personas, siempre y cuando sean trabajadores de este Colegio, siendo responsables directamente dichos conductores del uso que se haga del mismo y cuidarán de conservarlo en buen estado.

VII. DE LOS ACCIDENTES, ROBO O SINIESTROS En los casos de accidente, robo o siniestro del vehículo, el resguardante ó un funcionario del Colegio deberán realizar lo siguiente:

1. Hacer del conocimiento inmediato de la autoridad o autoridades

competentes, para su intervención, e informar a la compañía de seguros responsable de este servicio, para su conocimiento y atención; además de notificar inmediatamente los hechos a la Dirección de Administración y Finanzas, para que proceda a levantar el acta respectiva, en la que conste la testimonial del involucrado, con el apoyo del Departamento Jurídico y el Órgano de Control Interno.

2. Cuando sea imposible reportar el accidente en forma inmediata, el resguardante dispondrá como máximo de veinticuatro horas, para rendir por

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escrito el parte del accidente, al Departamento de Bienes Muebles, Área de Control Vehicular.

3. Queda estrictamente prohibido, al funcionario resguardante, celebrar convenios con los conductores o propietarios de vehículos o propiedades que se dañen por motivo de accidente vial, en el que implique el reconocimiento de su responsabilidad y que éste se traduzca en erogación para este Colegio Por lo tanto, todo convenio que se suscriba a este respecto, solo podrá aprobarse por la Dirección de Administración y Finanzas.

4. En todos los casos en que algún vehículo, se vea involucrado en accidente, incidente o robo y no cuente con causa justificada para su uso o se encuentre fuera de los horarios de trabajo, espacios físicos o cualquier otro que se señala en el presente ordenamiento, será total responsabilidad del conductor todos los gastos que se originen por pago de daños, reparaciones, deducibles o reposición de la unidad.

5. Para los efectos de pago en cuanto a la reparación de daños y perjuicios, los conductores o resguardantes podrán celebrar con la Dirección de Administración y Finanzas, convenios económicos para deducir en forma programada el importe del pago antes mencionado, conforme a las circunstancias de cada caso.

6. Si el siniestro o coalición ocurriese en circunstancias no imputables para el usuario o resguardante, los gastos de ejecución y resarcimiento de daños serán cubiertos por el Colegio.

VIII. DEL ASEGURAMIENTO DE LOS VEHÍCULOS Corresponderá a la Coordinación de Control Patrimonial, a través del Área de Control Vehicular, realizar los trámites necesarios, para la contratación de las pólizas de seguros de los vehículos, mantenerlas en vigencia permanente y en su caso, gestionar el pago de daños o pérdidas que deba cubrir la compañía aseguradora.

1. En cada unidad vehicular, deberá existir tarjeta de circulación, resguardo y copia de la póliza de seguros, con los teléfonos de la compañía aseguradora y de sus ajustadores, para que en caso de accidente, se proceda a notificar a la compañía aseguradora del hecho ocurrido y conjuntamente con el Departamento correspondiente y el Departamento Jurídico, se efectúen los trámites correspondientes.

2. El conductor o resguardante, deberá seguir el trámite correspondiente que se establece en este Lineamiento e invariablemente en los casos de accidente, en forma contraria, asumirá la responsabilidad correspondiente, por el pago de deducibles a la compañía de seguros.

3. Los montos deducibles aplicados en el pago que efectúa la compañía aseguradora, será cubierto por el usuario o resguardante en los siguientes casos:

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a) Cuando el robo ocurra al estar realizando actividades no oficiales. b) Cuando el robo se efectúe, fuera de los horarios normales de trabajo, siempre y cuando no se encuentren realizando actividades de carácter oficial. c) Cuando el vehículo sea robado, en poder de personas distintas al resguardante o trabajador del Colegio. d) Cuando el robo ocurra, en un lugar distinto a la ruta o destino de la comisión.

IX. DE LAS BAJAS Para la Baja de los Bienes que afecten el patrimonio se sujetara a lo previstos en la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Baja California

Toda la enajenación de bienes muebles que afecten el patrimonio de las entidades paraestatales, sólo podrá hacerse previa autorización del Ejecutivo del Estado. Las entidades paraestatales que ya no requieran de determinados muebles para su operación y desarrollo, solicitarán su baja poniéndolos a disposición del Ejecutivo del Estado, el que por conducto de la Oficialía, en su caso, autorizará y determinará su mejor aprovechamiento, enajenación o destrucción. Bienes no Funcionales para el Servicio Los vehículos de motor en los que se haya determinado que no son funcionales, una vez dados de baja del sistema de inventarios del Colegio, se podrá autorizar directamente la enajenación por medio de invitación. El Procedimiento de adjudicación para la venta de los vehículos oficiales en los que se haya determinado que no son funcionales, conforme al diagnóstico vehicular previamente emitido por el taller mecánico autorizado y se realizara conforma a lo siguiente:

a. El colegio invitara por escrito a cuando menos tres personas donde especificara por lo menos las características del vehículo o vehículos, precio de apertura, condiciones de pago, día, y lugar de la celebración del procedimiento.

b. Si el día de la adjudicación el postor o postores no ofrecen o no alcanzan el precio de apertura señalado por el Colegio, se tomara como postura legal la oferta más alta, aunque solamente hubiera una.

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X. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO CONTROL DEL PARQUE VEHICULAR

AREA O PUESTO ACTIVIDADES FORMATOS U

OFICIOS INICIA PROCEDIMIENTO la Coordinación de Control Patrimonial, Control Vehicular

1. Recibe del Departamento de Recursos Materiales los vehículos adquiridos, acompañado de copia legible de la factura o carta factura y el resguardo, procediendo a integrar el Expediente del Parque Vehicular.

2. Elabora con base en la factura, la Solicitud de comprobación de gastos, señalando concepto, centro de costos a afectar, (pago de tenencia y el alta y/o emplacamiento).

Solicitud de pago de servicios

3. Recibe el cheque o transferencia electrónica y procede a realizar los trámites correspondientes para el pago, ingresando la documentación al Expediente del Parque Vehicular.

4. Comprueba gastos a Finanzas, y hace entrega del original del pago de tenencia, alta y/o emplacamiento.

5. Con base en los requerimientos que se tienen de la asignación de vehículos autorizados por la Dirección de Administración y Finanzas y de conformidad con el contenido del Resguardo recibido por el Área de Inventarios, elabora Carta Responsiva en original y copia.

Carta Responsiva

6. Entrega al usuario el vehículo por prestación inherente a su puesto o como préstamo de vehículo utilitario, solicitándole que revise las condiciones en que se le entrega y solicita firma de la Carta Responsiva en el original.

Carta Responsiva

Usuario de vehículo por prestación o utilitario

7. Recibe vehículo revisa que esté en las condiciones que se señalan en la Carta Responsiva y firma el original y lo entrega a la Área de Control Vehicular, se queda con copia como comprobante.

Carta Responsiva

Control de Padrón

8. Integra original de la Carta Responsiva en el Expediente del Parque Vehicular.

Carta Responsiva

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Vehicular

9. Solicita por escrito la devolución del vehículo por instrucciones de la Dirección de Administración y Finanzas, por baja del personal, por necesidades propias del Colegio, por uso indebido o por término del período de uso.

10. Recibe y revisa que el vehículo esté en las mismas condiciones en que lo entregó, en caso contrario solicita al usuario la reparación y/o resarcimiento del daño, mientras tanto no podrá cancelar la Carta Responsiva.

Usuario de vehículo por prestación o utilitario

11. En su caso realiza las reparaciones necesarias y/o realiza el resarcimiento de los daños y comprueba esta acción a la Área de Control Vehicular

Área de Control Vehicular

12. Recibe el vehículo en las condiciones en que lo entregó o en su caso con las reparaciones realizadas y procede a cancelar la Carta Responsiva.

13. Procede a incorporar el vehículo devuelto en el parque vehicular e integra documentación en el Expediente del Parque Vehicular.

14. Integra al Expediente del Parque Vehicular documentación del vehículo, como por ejemplo: reparaciones, consumo de combustible, verificaciones, autorizaciones de no pernoctar en las instalaciones del Colegio.

10. Recibe y revisa que el vehículo esté en las mismas condiciones en que lo entregó, en caso contrario solicita al usuario la reparación y/o resarcimiento del daño, mientras tanto no podrá cancelar la Carta Responsiva.

Usuario de vehículo por prestación o utilitario

11. En su caso realiza las reparaciones necesarias y/o realiza el resarcimiento de los daños y comprueba esta acción a la Área de Control Vehicular

Área de Control Vehicular

12. Recibe el vehículo en las condiciones en que lo entregó o en su caso con las reparaciones realizadas y procede a cancelar la Carta Responsiva.

13. Procede a incorporar el vehículo devuelto en el

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parque vehicular e integra documentación en el Expediente del Parque Vehicular.

14. Integra al Expediente del Parque Vehicular documentación del vehículo, como por ejemplo: reparaciones, consumo de combustible, verificaciones, autorizaciones de no pernoctar en las instalaciones del Colegio.

TERMINA PROCEDIMIENTO

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

USO DE VEHICULOS UTILITARIOS

AREA O PUESTO ACTIVIDADES FORMATOS U

OFICIOS

INICIA PROCEDIMIENTO

Unidad Administrativa

1. Solicita por escrito un vehículo utilitario señalando motivo o necesidad a atender, destino, horario, número de personas o artículos a trasladar y número de veces a utilizar la unidad.

Solicitud de vehículo utilitario

Control Vehicular

2. Recibe y de acuerdo a las cargas de trabajo del área informa a la Unidad Administrativa si se le puede apoyar con el servicio o en su caso como se le puede atender.

Solicitud de vehículo utilitario

3. ¿Es procedente realizar el servicio? Sí: Continúa en la actividad No. 5 No: Continúa en la actividad No. 4

4. Informa por escrito el motivo por el cual no se le podrá dar el servicio, cancelando la solicitud y archiva.

TERMINA PROCEDIMIENTO

5. Determina personal y unidad con la que se dará atención al servicio; registra en el formato de "solicitud de vehículo utilitario", el servicio requerido y coordina su realización.

Solicitud de Vehículo Utilitario

6. En la fecha y hora programada registra en el formato de "solicitud de vehículo utilitario", el kilometraje de inicio y solicita al usuario que firme la solicitud.

Solicitud de Vehículo Utilitario

7. Registra en la "solicitud de vehículo utilitario", el kilometraje recorrido al término del servicio y

Solicitud de Vehículo

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solicita al usuario firme de que el servicio fue realizado y anote la hora de término.

Utilitario

Usuario del vehículo

8. Recibe el servicio, firma que el servicio fue realizado y anota la hora de entrega del vehículo en la "solicitud de vehículo utilitario".

Solicitud de Vehículo Utilitario

10. Integra mensualmente en un expediente del parque vehicular, las solicitudes de los vehículos utilitarios para su control.

Solicitud de Vehículo Utilitario

TERMINA PROCEDIMIENTO

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y VERIFICACION DE EMISION DE GASES

AREA O PUESTO ACTIVIDADES FORMATOS U

OFICIOS

INICIA PROCEDIMIENTO

Control Vehicular

1. Elabora anualmente, conforme al parque vehicular, el programa para otorgar el mantenimiento preventivo y/o verificación de emisión de gases.

2. Verifica en el Expediente del Parque Vehicular, qué unidades están asignadas. Determina.

3. ¿La unidad vehicular está asignada? Sí: Continúa en la actividad No. 4 No: Continúa en la actividad No. 9

4. Elabora escrito informativo al usuario señalando la fecha de realización del mantenimiento preventivo y/o verificación de emisión de gases del vehículo asignado, así como que tiempo debe prescindir del vehículo o a que agencia o taller especializado debe acudir, según sea el caso. Turna.

Escrito Informativo

Usuario del Vehículo

5. Recibe escrito y revisa información del vehículo, y las fechas en que debe realizar el mantenimiento preventivo y/o la verificación de emisión de gases, respectivamente.

Escrito Informativo

6. ¿El vehículo requiere mantenimiento? Sí: Continúa en la actividad No. 7 No: Continúa en la actividad No. 8

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7. Acude a la agencia/taller especializado, asignado por el área de control vehicular, firma de recibido la orden de servicio y turna el documento al Área de Control Vehicular. Continúa en la actividad No. 12

8. Acude al Centro de Verificación Vehicular en la fecha programada.

Control Vehicular

9. Identifica que vehículos requieren ser enviados a mantenimiento preventivo y/o verificación de emisión de gases.

10. Elabora reporte de la falla presentada por el vehículo, para determinar el servicio mecánico preventivo que se realizará y al taller especializado que se enviara.

11. Acude el personal asignado a la agencia o taller especializado y firma de recibido la orden de servicio.

12. Da seguimiento del servicio solicitado en la agencia o taller especializado y solicita monto para liquidar el servicio.

13. Acude a la agencia o taller especializado, revisa el servicio solicitado, recibe vehículo y comprobante de servicio.

14. Solicita a Recursos Materiales y Servicios emita la orden de compra, para que se efectué el pago por transferencia electrónica o cheque por el Departamento de Finanzas.

Solicitud de Pago de Servicios

15. Integra copia al Expediente del Parque Vehicular. Entrega vehículo al usuario, en su caso.

Control Vehicular

16. Solicita al área de Finanzas, señalando concepto y centro de costos a afectar, gastos por comprobar Continua en la actividad No. 18

17. Acude al Centro de Verificación Vehicular en la fecha programada.

18. Comprueba gastos a Finanzas, entrega original de la factura y/o comprobante e integra copia al expediente del parque vehicular.

19. Realiza la revisión mecánica para determinar si se requiere comprar material para realizar el servicio

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y recaba factura o comprobante. Continúa en la actividad No. 16

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

MANTENIMIENTO CORRECTIVO

AREA O PUESTO ACTIVIDADES FORMATOS U

OFICIOS

INICIA PROCEDIMIENTO

Usuario del Vehículo

1. Identifica falla en el vehículo y reporta a Control Vehicular

Control Vehicular

2. Recibe y realiza revisión mecánica del vehículo para determinar falla.

3. Revisa el Expediente del Parque Vehicular y determina dónde se realizará la reparación.

4. ¿El mantenimiento requiere una reparación mayor? Sí: Continúa en la actividad No. 10 No: Continúa en la actividad No. 5

5. Lleva el vehículo a la agencia o taller especializado, firma de recibido la orden de servicio y da seguimiento al servicio y solicita el importe a liquidar.

6. Solicita al Departamento de Finanzas el Pago de Servicios, señalando concepto y centro de costos a afectar.

Solicitud de Pago de Servicios

7. Se realiza el pago a favor de la agencia o taller especializado y procede a realizar los trámites correspondientes para el pago.

8. Acude a la agencia o taller especializado, revisa el servicio solicitado, recibe vehículo y factura o comprobante.

9. Integra copia al Expediente del Parque Vehicular. Entrega vehículo al usuario, en su caso.

10. Elabora escrito informando a la Dirección de Administración y Finanzas de la reparación a realizar y el monto.

Escrito Informativo

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Dirección de Administración 11. Recibe oficio, analiza y determina. Escrito

Informativo

12. ¿Acepta monto de la reparación? Sí: Continúa en la actividad No. 13 No: Continúa en la actividad No. 15

Escrito Informativo

13. Autoriza reparación del vehículo y turna oficio al Área de Control Vehicular.

Escrito Informativo

Control Vehicular

14. Recibe oficio de autorización, procediendo a realizar la reparación del vehículo. Continúa en la actividad No. 6 de este procedimiento.

Escrito Informativo

Dirección de Administración

15. Informa mediante oficio que no se autoriza la reparación.

Control Vehicular

16. Recibe notificación y procede a solicitar al Departamento de Bienes inicie el procedimiento de desincorporación del vehículo.

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XI. ANEXOS

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XII. DIAGRAMAS DE FLUJO

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