JURIDICA

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    Adscripcin de psiclogos en los juzgados familiares y penales. Necesidad de apoyo cientfico en la toma de resoluciones judiciales

    Un enfoque desde la perspectiva jurdica y psicolgica.

    M.D. Elsa Amalia Kuljacha Lerma* Lic. Josefa Hedith Andrade Favela**

    Abstrac It is suggested that psychology professionals be considered another integral part of the civil and penal courts. This change must be seen as an inevitable part of the process of imparting and administering justice and must not be excluded from any judicial reform that strives for a more comprehensive improvement of the state system. Due to the nature of its profession, the psychologist will bring different tools that the judge can use as support in issuing resolutions. In other words, the judge not only should consider the applicable law involved but, also sustain and justify his judgments based on scientific analysis that would be more appropriate and just. It is restated that said proposal will help expedite the proceedings where the psychologist are involved. It will also help the other members of the judicial system and form an efficient team to solve the enormous amounts of pending resolutions. This proposal would also increase the quality of the resolutions and will offer and more specialized and human service. Resumen Se propone incorporar a profesionales de la psicologa como un funcionario ms en las labores de los juzgados familiares y penales, lo cual debe considerarse como parte inevitable del proceso evolutivo en la imparticin y administracin de justicia, y no debe excluirse de una reforma judicial que busca de manera integral el mejoramiento de esta funcin del Estado, pues su vocacin lo hace la persona idnea para brindar diversas herramientas en las que pueda apoyarse el juzgador en el dictado de sus resoluciones, es decir se debe buscar que el juzgador, no slo considere el precepto normativo aplicable, si no tambin que sustente y justifique sus razonamientos en los anlisis cientficos que le permitan tomar las decisiones ms acertadas y justas. Se afirma que la propuesta citada, contribuir a la agilizacin de las diligencias en las que puede participar el psiclogo por cuestiones de su perfil profesional y auxiliar a los funcionarios judiciales, y con ello se hara frente eficaz al rezago existente, y por otra parte, se elevara la calidad de las resoluciones y se brindara un servicio especializado y ms humano. Introduccin

    El tema que hoy presentamos ha sido discutido desde diversas perspectivas, sin

    embargo sigue siendo de suma importancia que en foros tan relevantes como

    ste, se trate y se haga sentir la necesidad de que las resoluciones judiciales se

    encuentren apoyadas cientficamente, trtese de un auto que determina la

    * Directora del Instituto de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Baja California. ** Psicloga, adscrita al Instituto de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Baja California. ** Psicloga, adscrita al Instituto de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Baja California.

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    custodia, hasta aquella que decide sobre la paternidad, la perdida de la patria

    potestad, los alimentos, y hasta el divorcio, en materia familiar; o bien, aquellas

    que en el mbito penal abordan la cuestin de la personalidad, tanto del

    delincuente como de la vctima, ordenan tratamientos psicolgicos o determinan

    las penas y medidas de seguridad, las que sin duda se aplicaran con un criterio

    ms justo, acordes a las circunstancias personales de los actores del proceso

    penal; nos referimos principalmente a todos aquellos casos de delitos que

    involucran o impactan las relaciones familiares.

    Se trata pues, de dilucidar desde un enfoque jurdico y psicolgico, la necesidad

    de adscribir al profesional de la psicologa como servidores o funcionarios en

    nuestros juzgados, quienes pueden apoyar en la toma de resoluciones judiciales,

    en diligencias diversas y con en estudios cientficos que permitan dar razones que

    justifiquen las decisiones judiciales, para que stas mejoren la calidad en la

    imparticin y administracin de justicia.

    En la actualidad encontramos que hay pocos estados de la repblica mexicana, en

    los se contempla el apoyo de psiclogos como parte integrante del personal

    profesional del Poder Judicial, que coadyuvan en diferentes actividades, que van

    desde la seleccin de personal, o bien ya integrados a los Consejos de Familia,

    junto con un equipo de profesionistas multidisciplinario; en donde su funcin

    principal es auxiliar al juez o en su caso a los funcionarios judiciales, brindando

    informacin psicolgica sobre los diferentes actores que intervienen en el proceso

    litigioso.

    Hablar de la conveniencia del apoyo cientfico psicolgico en la toma de

    resoluciones judiciales, nos lleva a pensar en lo que priva en los procesos y

    procedimientos en la actualidad y sabemos que hasta ahora los tribunales

    nacionales, por regla general, al resolver cuestiones en materia de familia o sobre

    delitos que impactan el mbito familiar, se auxilian por peritos que tambin por

    regla general, no forman parte del Poder Judicial y deben ser contratados por

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    quienes tienen inters legitimo en las causas, o bien dependen en gran medida del

    apoyo que reciben de instituciones gubernamentales como el DIF y las

    procuraduras generales de justicia de los estados, dependencias que priorizan

    sus propias cargas de trabajo y postergan las solicitadas por el Poder Judicial, lo

    que a la vez dilata la toma decisiones del juzgador. Sin menospreciar la labor de

    estos profesionales, creemos que tenemos razones suficientes para proponer que

    profesionales de la psicologa auxilien a nuestros juzgadores, no como peritos

    externos a la funcin, si no como un servidor pblico ms, al servicio de la

    administracin de justicia.

    La adscripcin de psiclogos como servidores pblicos en los tribunales,

    contribuir a la agilizacin de las diligencias en las puede participar, por

    cuestiones de su perfil profesional y auxiliar con ello, a los funcionarios judiciales

    que tienen la obligacin de llevar a cabo el proceso, lo que necesariamente debe

    disminuir las cargas de trabajo que se presentan en los juzgados, atacando

    eficazmente el rezago que en materia de imparticin de justicia existe en la

    actualidad, independientemente de que sta elevara su calidad y se brindara un

    servicio especializado ms humanizado.

    Lo lgico es que esta propuesta pueda recibir una respuesta negativa, pues la

    voluntad poltica atiende principalmente a aspectos presupuestarios, y se podra

    argumentar que un psiclogo por juzgado familiar y penal, sera costoso o bien

    que podra buscarse una estrategia, como aquellas que se han dado ya,

    integrando comisiones o coordinaciones que sirven a la totalidad de los juzgados y

    reas operativas del Poder Judicial; sin embargo, aunque esta ponencia no tiene

    el espacio suficiente para demostrar desde el enfoque econmico, la conveniencia

    de adscribir psiclogos a los juzgados que as lo requieran, estamos convencidas

    de que una buena planeacin nos debe de llevar a buscar el menor costo posible,

    y si adems consideramos que el aspecto cualitativo y humano de tan sensible

    funcin de administrar la justicia que incide en el mbito familiar, es de inters

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    pblico del Estado, ste no debe de sacrificar esfuerzos en aras de un ahorro, que

    a la larga slo arroja mayores problemas sociales.

    Para poder sustentar estas ideas procederemos a hacer un breve recorrido de los

    esfuerzos que en esta materia se han hecho en la repblica mexicana, as como

    un anlisis del campo cognoscitivo y de las habilidades y destrezas de un

    profesional de la psicologa, con el afn de demostrar que puede laborar en

    nuestros juzgados como un funcionario ms y que su apoyo resulta indispensable

    pues, precisamente, por su vocacin puede auxiliar a los funcionarios judiciales de

    diversas maneras.

    Es de suma importancia remarcar que no atae al psiclogo, tomar las decisiones

    finales, que son nica y exclusivamente de los funcionarios judiciales, en los

    asuntos de su competencia.

    1. El apoyo cientfico que el profesional en psicologa brinda en diversos

    tribunales.

    Nuestra investigacin arroja los siguientes datos, respecto a las entidades

    federativas que s han logrado instrumentar de alguna forma el apoyo psicolgico

    o multidisciplinario a sus tribunales:

    Cuentan con

    Cdigo Familiar

    Cuentan con Cdigo de

    procedimientos Familiar

    Su legislacin contempla la

    figura de Psiclogos en los

    Juzgados familiares

    Estado

    SI NO SI NO SI NO

    Nombre y cargo de

    quien proporciona informacin

    Observaciones

    CHIH.

    x

    x

    x

    Lic. Ren Chacn

    Gonzlez. Visitador

    AGS. X

    x

    x

    Cuentan con Departamento de

    Psicologa

    B. C. S. X

    X

    Lic. Guillermo Rebelino

    Prez. Titular

    Cuentan con rea de Psicologa y Trabajo

    Social

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    Cuentan con

    Cdigo Familiar

    Cuentan con Cdigo de

    procedimientos Familiar

    Su legislacin contempla la

    figura de Psiclogos en los

    Juzgados familiares

    Estado

    SI NO SI NO SI NO

    Nombre y cargo de

    quien proporciona informacin

    Observaciones

    GRO.

    X Se

    rige x CPC

    x

    Lic. Maricruz Rodrguez

    El dictamen pericial es realizado por DIF

    HGO.

    Consejo

    de Familia

    Lic. Sara Montes:

    Encargada de

    Biblioteca.

    NAY.

    x

    X

    rea de Psicologa y T-

    .S.

    Lic. Hctor Manuel Bentez:

    Director del Instituto.

    El rea de Ps y TS fue creada por

    acuerdo del Consejo.

    QRO. X

    X

    Lic. Irene Solrzano

    Cuentan con Unidad Psicolgica.

    TAMPS.

    x

    x

    x

    Lic. Perla Estrada. Titular del Centro de

    Evaluacin y apoyo

    Centro de Apoyo Psicolgico (para personal y sus

    familiares) creado por acuerdo del Pleno.

    ZAC.

    x

    Lic. Ana Mara

    Serrano Garca.

    Asistente del Titular.

    Como podemos observar, en Chihuahua, se ha realizado un magnfico esfuerzo

    legislativo pues de su Ley Orgnica se advierte la existencia de un Centro Estatal

    de Mediacin y un Departamento de Estudios Psicolgicos y Socioeconmicos

    (Artculos 16, 18, 42 y 132 de la LOPJCH), que funciona bajo la dependencia del

    Presidente del Supremo Tribunal y atiende principalmente asuntos relacionados

    con el rea penal y familiar, pues apoyan en los programas de rehabilitacin de

    reos y tienen la obligacin de informar cualquier irregularidad en el tratamiento de

    detenidos y sobre su estado fsico y psicolgico, adems de asistir a las

    diligencias donde es requerido y auxiliar al juez en su funcin, independientemente

    de que pueden realizar estudios psicolgicos y socioeconmicos que soliciten las

    autoridades judiciales o distintas de stas si son autorizados para ello.

    En el Estado de Quertaro funciona una Unidad de Psicologa que tiene como

    principales funciones las de: Elaboracin de estudios psicolgicos y

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    socioeconmicos; atencin a vctimas; consultas teraputicas y convivencias de

    orientacin con padres e hijos, visitas domiciliarias, independientemente de su

    integracin en el campo de los recursos humanos, donde colaboran en la

    aplicacin de bateras con relacin a los perfiles del personal y su evaluacin. Un

    esfuerzo real en busca de contar con una normatividad adecuada, pues su Ley

    Orgnica no refleja su existencia, aunque el artculo 72 de dicho ordenamiento

    dispone que el Poder Judicial de ese Estado, podr contar con rganos auxiliares

    administrativos y estos contarn con un reglamento interior, y por lo anterior, para

    la realizacin de peritajes ya sean psicolgicos o socioeconmicos, se apegan a

    las disposiciones de los artculos 615 y 314 Bis de su legislacin adjetiva civil. Por

    otra parte, sabemos que la Unidad de Psicologa cuenta con un reglamento de

    convivencia, y estn en espera de que se apruebe el Proyecto de Reglamento de

    de la Unidad de Psicologa del Tribunal Superior de Justicia que ya se encuentra

    en la Legislatura de ese Estado, el cual se ha visto postergado hasta esperar la

    aprobacin de la nueva Ley Orgnica de ese Poder Judicial.

    En Hidalgo, cuentan con siete Consejos de Familia, distribuidos en dicho estado, y

    sus integrantes, son funcionarios del Poder Judicial, pero slo actan mediante

    peticin por escrito del juzgador, se compone de un Presidente (abogado), un

    medico general, un psiclogo, un pedagogo y un trabajador social. Su fundamento

    legal lo encontramos en el Cdigo Familiar del Estado de Hidalgo, y dicho consejo

    inici sus trabajos con miembros honorficos y hace 13 aos, el Poder Judicial del

    Estado, los incorpora como funcionarios.

    Sin embargo, aunque en otros estados existen esfuerzos legislativos, en la

    realidad tenemos que no se han integrado los cuerpos tcnicos o

    multidisciplinarios respectivos y como ejemplo de lo anterior, podemos citar al

    Estado de Zacatecas, en el que por disposicin de su Cdigo Familiar, se

    contempla la figura del Consejo de Familia, cuya integracin se pretende de la

    siguiente manera: Un licenciado en derecho, quien fungir como presidente del

    Consejo, un psiclogo, que acta como Secretario, un trabajador social, un mdico

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    general y un pedagogo. Dicho Comit est concebido para orientar e instruir el

    criterio judicial, basados en el conocimiento del medio social y en la educacin de

    los miembros de la familia, e informar al juez sobre las causas ignoradas de los

    problemas suscitados en el ambiente familiar. Tenemos noticia de que an no

    logra integrarse tal Consejo en el Estado de Zacatecas.

    2. Enfoque desde la perspectiva jurdica y psicolgica.

    Para abordar nuestra temtica, es necesario explicar qu es la psicologa, para

    posteriormente introducirnos al concepto y campo de accin de la psicologa

    jurdica, que de paso, ha sido muy analizada y reconocida en Espaa, pues sus

    universidades cuentan con estudios a nivel de licenciatura en psicologa jurdica y

    en varios de sus tribunales ya se cuentan con una estructura que admite como

    servidor pblico a un profesional de esta ciencia. 1

    1 Hablar de la psicologa en el caso de Espaa, implica remontarse a 1885, donde la Ley de Sanidad Espaola crea el cuerpo llamado Facultativos Forenses, que fue desarrollado y reorganizado por el Decreto de Ley de 1891, creando tres secciones:1. Seccin de Medicina y Ciruga, 2. Seccin de Toxicologa y Psicologa y 3. Seccin de Medicina Mental y Antropologa. En los aos subsecuentes varios expertos publicaron los primeros trabajos sobre esta rama de la psicologa, sobresaliendo las publicaciones alusivas a los psiclogos penitenciarios. Y es a partir de la dcada de los 80s que el desarrollo ha sido realmente prolifero, la psicologa jurdica ya se ha ubicando dentro de un campo de accin que se viene diversificando ms y ms, ha logrado penetrar de lleno en la Administracin de Justicia, cuenta con el sustento de las investigaciones en esta rea que realizan tanto las universidades del pas, as como por el Colegio Oficial de Psiclogos de Espaa, organismo encargado de reconocer tanto a los profesionales de la Psicologa jurdica, como a los programas curriculares de las licenciaturas y estudios de posgrado de las universidades espaolas. El desarrollo antes citado de la psicologa jurdica en Espaa, ha generado la adscripcin de los profesionales de esta rama, como funcionarios ms de la administracin de justicia. De tal suerte que existen en varios Partidos Judiciales de las provincias de algunas comunidades autnomas espaolas, los psiclogos de los juzgados, o psiclogos del Tribunal, quienes desarrollan parte de lo que exponemos en esta ponencia como funciones propias del psiclogo jurdico, adems de realizar investigaciones que se vienen concretizando en publicaciones sobre esta materia. En sntesis en se puede apreciar que Espaa ha logrado una excelente interaccin entre los tres principales participantes del mbito jurdico, nos referimos pues al Poder Judicial, a las Universidades y al Colegio Oficial de Psiclogos, sin menospreciar la labor legislativa que ha realizado el cuerpo legislativo espaol; lo anterior se ve reflejado en el avance tanto operativo, como en investigacin y publicacin que vive la psicologa jurdica en ese pas.

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    Acorde al concepto brindado por el doctor Feldman (1999:3), se describe como la

    ciencia que tiene por objeto el estudio cientfico del comportamiento y los procesos

    mentales. Este concepto se refuerza con el de la doctora Davidoff, que cita: La

    palabra psicologa viene del vocablo griego que significa estudio de la mente o

    del almaen nuestros das se define a la psicologa como la ciencia que estudia

    la conducta y los procesos mentales en todos los animales. (Davidoff: 6)

    Por lo que hace al concepto de psicologa jurdica, el Colegio Oficial de Psiclogos

    de Espaa, la describe como un rea de trabajo e investigacin psicolgica

    especializada cuyo objeto es el estudio del comportamiento de los actores

    jurdicos en el mbito del Derecho, la Ley y la Justicia. (www.cop.es)

    J. Urra, define a la psicologa forense como la ciencia que ensea la aplicacin de

    todas las ramas y saberes de la Psicologa ante las preguntas de la justicia, y

    coopera en todo momento con la Administracin de Justicia mejorando el

    ejercicio del derecho. (www.psicologa-online)

    Como ya se dijo en la introduccin de este trabajo, para poder sustentar nuestras

    ideas, en primer trmino procederemos a un realizar anlisis del campo de

    conocimiento y de las habilidades y destrezas del psiclogo, para posteriormente

    tratar de aterrizar en forma especfica, las labores que puede realizar en nuestros

    juzgados.

    Cuenta con las herramientas necesarias para manejar situaciones de crisis .

    Conoce y sabe cmo manejar cada una de las etapas de una crisis. Es bien

    sabido que en la mayora de las actuaciones familiares, los actores involucrados

    en el proceso litigioso, tienden a caer en situaciones de crisis o catarsis. Situacin

    que consterna tanto a los abogados como a los funcionarios judiciales, que en el

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    mejor de los casos, -si no es ignorada la situacin de crisis-, recurren a

    conocimientos empricos para tratar de mitigar la situacin.

    Un aspecto importante que resaltar aqu, es que el psiclogo adems de saber

    manejar la situacin de crisis en el momento, tambin tiene la capacidad de

    predecir bajo qu circunstancias una audiencia puede rayar en crisis, y esto le

    permite, ya se prevenir o en su caso, propiciar las condiciones idneas para que la

    audiencia o en general el proceso sea lo menos intimidante para sus actores.

    El minimizar este tipo de situaciones de crisis, nos lleva a tener audiencias ms

    giles, y sobretodo a no cancelarlas, y con esto verse en la necesidad de sealar

    una nueva audiencia, que necesariamente alarga el proceso litigioso.

    Audiencias con menores.

    La formacin profesional que tiene el psiclogo, le brinda la capacidad de

    empatizar con el menor, de tal manera que puede entablar una relacin menos

    estresante, que redunda en el fin principal, que es establecer una relacin de

    iguales, para logar una comunicacin ms asertiva.

    Igualmente sabe en qu nivel intelectual se encuentra el menor, y en base a ello,

    establece un lenguaje adecuado para que comprenda lo necesario del proceso

    legal, en el que es parte. Lo anterior, genera en el menor una actitud de

    colaboracin, porque logra saber qu es lo que pasa, an a pesar de que sea una

    situacin legal compleja.

    Adems conoce y sabe, acorde a la edad de los menores, de las etapas del

    desarrollo en que se encuentran, lo que le facilita saber qu necesidades son

    imperantes satisfacer en cada etapa de su desarrollo, de tal manera que puede

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    informar qu es exactamente lo que al menor conviene, de acuerdo al momento

    especfico de su desarrollo.

    En procesos de mediacin.

    El psiclogo es por excelencia, el profesionista idneo para intervenir en los

    procesos de mediacin. Cuenta con una formacin que le permite conciliar los

    inters de las contrapartes, atendiendo siempre el proceso con una actitud de

    respeto y neutral. Lo cual favorece la realizacin de acuerdos consensuados entre

    las partes actoras, que conlleva a que este tipo de acuerdos sean respetados con

    ms frecuencia, que los que se puedan llegar a sentir como impuestos.

    Entrevistas

    El profesional de la psicologa, conoce las tcnicas de la entrevista, lo que le

    permite identificar:

    - Cundo es necesario profundizar en alguna rea en especfico, - Cundo se debe consultar otras fuentes para corroborar los datos que

    arroja la entrevista,

    - Cundo es necesario canalizar a las partes a terapia individual, de pareja o familiar,

    - Cundo no es factible confrontar a las partes que intervienen en el proceso legal, e igualmente identificar cundo es el momento ms adecuado para la

    confrontacin.

    - Si es factible la resolucin del conflicto a travs de un proceso de conciliacin o mediacin.

    - El grado de afectacin de los menores. Mismo que se debe corroborar a travs de estudios psicolgicos.

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    Estudios Psicolgicos

    La presencia de personal capacitado brinda la oportunidad de elaborar estudios,

    diagnsticos y pronsticos certeros, basados en respuestas confiables. El

    psiclogo como perito o especialista, puede proporcionar el ms aproximado

    conocimiento de la personalidad de un presunto autor de delito, de la conducta y

    de la confiabilidad de lo que informa en sus declaraciones; analizar y emitir opinin

    respecto a si, estn orientados jurdicamente o bajo presin, si se trata de simples

    mecanismos de defensa, sugestiones extraas o de un deliberado propsito de

    desviar la accin de la justicia. Este profesional, estudia las caractersticas de la

    personalidad, a travs de una metodologa cientfica que realiza en los sujetos en

    proceso, que ayuda a replantear interrogantes desde el punto de vista diagnstico

    y teraputico del individuo en una conflictiva antisocial.

    Es capaz de realizar un estudio clnico descriptivo sobre los rasgos del

    delincuente, de la conducta delictiva, de la estructura familiar y social, analiza las

    personalidades psicopatolgicas, psicosis, neurosis, retrazo mental, la

    personalidad del individuo con una conflictiva sexual y de la personalidad

    dependiente (toxicomanas).

    A travs de la psicologa , se llega a comprender ms claramente los procesos

    patolgicos individuales y sociales de los sujetos a estudio, pues la conducta

    delictiva, es la expresin psicopatolgica particular en el individuo, de su alteracin

    psicolgica y social.

    El profesional de la psicologa es capaz de realizar una labor de investigacin

    diagnstica que permite conocer al agraviado o al sujeto a proceso penal, o a

    cualquiera de las partes de un proceso civil, particularmente en el rea familiar, en

    sus estructuras de personalidad internas o sus capacidades socioeconmicas para

    hacer frente a la situacin legal.

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    Los dictmenes que emiten, permiten identificar el nivel de afectacin de la vctima

    de un delito, establecer un diagnstico y el periodo de tratamiento para su

    recuperacin. En cuanto al presunto responsable, deja al descubierto las

    motivaciones internas, los rasgos antisociales y las posibilidades de alteraciones

    que no sean consecuencia de una afectacin emocional, sino orgnica, que

    permita la apertura de un juicio especial para inimputables, as, el trabajo cientfico

    que realiza puede brindar al juzgador una visin cercana, por ejemplo, de la

    capacidad social y econmica, que podr ser aplicada en la reparacin del dao, o

    bien, sus evaluaciones pueden permitir al juez familiar conocer la capacidad de

    alguna o ambas partes del conflicto, tanto en el aspecto social como econmico, y

    el nivel de afectacin, del que puedan llegar a ser vctimas los menores e

    incapaces.

    En sntesis, la labor del psiclogo resulta de vital importancia, pues puede brindar

    durante la fase de instruccin en los procedimientos penales y de la etapa

    probatoria en los procesos familiares, los elementos descriptivos de la

    personalidad de los sujetos involucrados, que permiten al juzgador contar con

    argumentos cientficos que avalen la motivacin en la toma de sus decisiones

    judiciales, por supuesto, la participacin efectiva de estos profesionales dentro de

    los procesos de imparticin de justicia, depender del nivel de profesionalizacin

    con el que cuente, pues el psiclogo que auxilia la labor del juzgador,

    independientemente de su vocacin debe contar con conocimientos de la norma

    que rige los procesos. Adems de poseer un adecuado manejo de los

    instrumentos de investigacin, tabla de valores slida, pero flexible para

    comprender las diferentes personalidades, liderazgo, capacidad para trabajar en

    grupo, asertividad, alta capacidad emptica, adaptabilidad social, proactividad y

    capacidad conciliatoria.

    Con ello se puede lograr que el juez cuente, en todos los casos, con la visin de

    una postura objetiva, donde no influyan intereses de las partes, del ministerio

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    pblico o de la defensa en los casos penales, para apoyar cientficamente las

    resoluciones que emita en cualquiera de las fases del procedimiento, en forma

    oficiosa, y sin necesidad de impulso procesal y, obvio es que la sentencia que

    finalmente decida la situacin legal de un procesado, o los intereses legtimos de

    los involucrados en los procesos familiares, ser altamente cualitativa.

    Otras habilidades

    A fin de hacer sentir el valor que tiene la actividad profesional del psiclogo,

    citamos algunas otras tareas que puede desempear en apoyo del rea operativa-

    administrativa, de los Poderes Judiciales, veamos:

    Trabajo en equipo cientfico, ya sea para el Poder Judicial, o para ste en

    coordinacin con los otros sectores de Gobierno.

    Este profesional puede manejar perfectamente en forma individual o en equipo

    multidisciplinario, las actividades que a continuacin se detallan y que son

    indispensables para la buena marcha de la administracin de justicia, tales como

    control, y seguimiento de los juicios a fines a su vocacin, anlisis estadstico,

    capacitacin y profesionalizacin de los servidores pblicos, estudios psicolgicos

    y socioeconmicos, entre otros, a travs de:

    Evaluacin y diagnstico .

    Como de alguna manera ya lo hemos expresado, el psiclogo puede describir,

    evaluar y extraer inferencias de manera sistemtica acerca de la condicin

    psicolgica o trastorno de la persona o personas involucradas en el proceso

    legal, que tiene como fuente de enriquecimiento la historia clnica y las pruebas

    psicolgicas aplicadas, y diagnosticar sustrayendo la informacin que arroja

    tanto la historia clnica como los resultados de las pruebas psicolgicas, para

    en base en ello lograr determinar cul es la condicin psicolgica del sujeto o

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    sujetos en cuestin, o en su caso dictaminar el tipo de trastorno que cursa la

    persona, dichos trastornos pueden ser clasificados de manera general, y para

    mayor ilustracin se puede consultar la clasificacin que proporciona el Manual

    Diagnstico de Enfermedades Mentales DSM-IVR, elaborado por la Asociacin

    Americana de Psicologa, APA, que para mayor facilidad se incluye en esta

    ponencia, como anexo.

    Asesoramiento.

    Con base en la informacin obtenida en la evaluacin y diagnstico, orientar y

    asesorar tanto sobre las caractersticas especificas que implica la condicin

    psicolgica o trastorno, as como las mejores opciones que se vislumbren para

    los actores jurdicos involucrados.

    Intervencin.

    Disear y realizar de programas para la prevencin, tratamiento, rehabilitacin

    e integracin de los actores jurdicos a la comunidad o bien al medio

    penitenciario, tanto a nivel individual, como colectivo.

    Formacin y educacin.

    Brindar a los profesionales del sistema legal, contenidos y tcnicas

    psicolgicas tiles en su desempeo laboral.

    Campaas de prevencin social ante la criminalidad.

    Elaboracin y asesoramiento de campaas de informacin social para la

    poblacin en general, haciendo nfasis en la poblacin de alto riesgo.

    Investigacin.

    Desde esta plataforma puede abordar todos los temas de investigacin que

    emanan de la propia psicologa jurdica, a fin de implementar mejores

    estrategias de accin que conlleven a brindar una mejor atencin, dentro de

    este campo.

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    Mediacin.

    Servir a la bsqueda de soluciones negociadas a los conflictos jurdicos, a

    travs de una intervencin mediadora que contribuya a disminuir y prevenir el

    dao emocional, social, y presentar una alterna tiva a la va legal, donde los

    implicados tienen un papel predominantemente activo, en la resolucin del

    conflicto.

    3. Conclusiones

    3.1. Los funcionarios judiciales se enfrentan durante su desempeo laboral, con

    diversas situaciones que fluyen durante la interaccin de las partes involucradas

    del proceso, que merman su rendimiento por no estar especializados que debieran

    ser atendidas por otro tipo de profesionales, por situaciones que inciden finalmente

    en la toma de decisiones fundamentales dentro del proceso.

    3.2. Los juzgados familiares y penales dependen de las evaluaciones de corte

    psicolgico que brindan instituciones gubernamentales o peritos externos al Poder

    Judicial. Esta necesidad del trabajo que realizan las dependencias como el DIF o

    las procuraduras de justicia, hace que los procesos y la toma de decisiones

    intermedias se alarguen en el tiempo, pues los apoyos brindados se hacen cuando

    las actividades propias de dichas instituciones, lo permiten.

    3.3. Adscribir a profesionales de la psicologa como un funcionario ms en las

    labores de los juzgados familiares y penales, debe considerarse como parte

    inevitable del proceso evolutivo en la imparticin y administracin de justicia; es

    decir no puede excluirse de una reforma judicial que busca de manera integral el

    mejoramiento de esta funcin primaria del Estado.

  • 16

    3.4. Un psiclogo puede aligerar las cargas de trabajo en los juzgados y con ello

    se puede lograr que la funcin jurisdiccional reduzca en gran medida los

    procedimientos, al auxiliar a los funcionarios judiciales, en la celebracin de

    audiencias que tengan por objeto recibir declaraciones de las partes involucradas

    en un conflicto familiar o de quienes se encuentran inmersos en un asunto penal,

    mediando, conciliando, orientando, o dictaminando los perfiles de personalidad de

    todos ellos, amen de que resulta, por su vocacin la persona idnea que puede

    brindar herramientas al juzgador para un dictado de resoluciones apoyadas en

    razonamientos y anlisis cientficos que le permitan tomar las decisiones ms

    acertadas y justas, ya que de acuerdo al estudio que hemos realizado del campo

    de conocimiento, habilidades y destrezas del psiclogo, podemos describir en qu

    funciones especficas se pueden desempear dentro de los juzgados familiares y

    penales del Poder Judicial del Estado de Baja California, y para el efecto,

    resumidamente, indicamos las razones que tenemos para esta afirmacin.

    Como ya se dijo, la prctica del psiclogo es variada, a saber:

    a) La psicologa aplicada a cualquier campo de conocimiento, que se refiere a

    las funciones que realiza en su ejercicio profesional, entre otras las siguientes

    actividades:

    Evaluacin y diagnstico

    Asesoramiento

    Intervencin

    Formacin y educacin

    Campaas de prevencin social ante la criminalidad

    Investigacin

    Mediacin

    b) En el campo de la Psicologa Jurdica, lleva a cabo acciones de:

    Investigacin criminolgica.

  • 17

    Psicologa policial y de las fuerzas armadas.

    Victimologa

    Psicologa judicial (testimonio y jurado)

    Servicios sociales

    Psicologa penitenciaria

    Mediacin

    Psicologa aplicada a los tribunales

    o Psicologa Jurdica y del menor.

    o Psicologa aplicada al derecho de familia

    o Psicologa aplicada al derecho civil, laboral y penal

    c) En la psicologa aplicada en los procesos y procedimientos familiares y

    penales, tareas que de manera breve, enunciativa y no limitativa, podemos

    enunciar aquellas que especficamente ataen al tema de este trabajo, la familiar y

    penal:

    - En cuanto a la psicologa aplicada al derecho de familia, bsicamente la funcin del psiclogo consiste en auxiliar al juez en:

    o Los procesos de separacin y divorcio, celebrando las juntas de

    avenimiento, conciliacin o convenios judiciales, y auxiliando al

    rgano jurisdiccional respecto a la orientacin y entrevistas con los

    sujetos del proceso, especialmente la atencin que deben recibir los

    hijos que viven ese drama.

    o Cualquiera de los procesos familiares, puede auxiliar al rgano

    familiar con dictmenes de corte psicolgico, los relativos de los

    cnyuges para la mejor toma de la decisin judicial que corresponda,

    as como de las medidas que se adopten referente a los hijos, en los

    casos de divorcio, paternidad, custodia, alimentos, educacin, entre

    otros.

  • 18

    o Los procesos de tutela y adopcin de menores o estado de

    interdiccin, con tareas que le son propias y similares a las que se

    anunciaron en el apartado anterior.

    o En la emisin de los informes tcnicos de su especialidad,

    cualesquiera que le solicite el juez, as como el seguimiento de los

    casos.

    - Por lo que hace a la Psicologa aplicada al derecho penal, bsicamente la funcin del psiclogo consiste en auxiliar al juez en:

    o Asesora y dictamen sobre la personalidad del sujeto activo y del

    pasivo del delito, en las causas de violencia intrafamiliar, violacin,

    homicidios, feminicidios, entre otros.

    o Colaborar con los secretarios de acuerdos para la toma de

    declaraciones, a fin de que exista una comunicacin directa y

    especializada, con los involucrados en el asunto de que se trate.

    o Orientacin y tratamiento psicolgico del sujeto pasivo, vctima del

    ilcito penal.

    o Intervencin en los convenios que se celebren dentro del proceso

    penal.

    Propuesta:

    Es necesario que los Poderes Judiciales cuenten con funcionarios judiciales

    adscritos a los juzgados familiares y penales, con labores especficas que

    coadyuven en la instrumentalizacin del proceso y brinden al juzgador las

    herramientas o elementos que le permitan justificar con el apoyo cientfico de la

    psicologa las decisiones fundamentales que tome. En consecuencia deber

    reformarse la Ley Orgnica que regula a este Poder y aquellos reglamentos que

    se requieran, para que sean incorporados a las labores de los tribunales citados

    y/o a las reas administrativas. Las funciones especficas que puede realizar

    deben ser determinadas de acuerdo a las necesidades propias de cada tribunal y

  • 19

    al efecto nos remitimos a las ya indicadas en este estudio.

  • 20

    Fuentes de consulta

    Bibliogrficas:

    CANTN DUARTE, Jos; CORTS ARBOLEDA, Mara del Rosario y JUSTICIA DAZ, Mara Dolores, Conflictos matrimoniales, divorcio y desarrollo de los hijos, Espaa, Ediciones Pirmide, 2000. CHVEZ ASENCIO, Manuel F., La familia en el derecho, Mxico, Editorial Porra, 1984. DAVIDOFF, Linda L. Introduccin ala Psicologa. Mxico, D.F, McGraw-

    Hill/Interamericana de Mxico, 2000.

    DE IBARROLA, Antonio, Derecho de familia, Mxico, Editorial Porra, 1984. FELDMAN, Robert S. Psicologa. Con aplicaciones a los pases de habla hispana.

    Mxico, D.F., Ed. McGraw Hill-Interamericana editores, 1999.

    MONTERO DUHALT, Sara, Derecho de familia, Mxico, Editorial Porra, 1987. PREZ DUARTE Y N., Alicia Elena, Derecho de Familia, Mxico, Universidad Nacional Autnoma de Mxico, 1990. SUE, D., SUE, D. Y SUE S, Comportamiento anormal, 4ta. edicin, Mxico, Ed. McGraw-Hill/Interamericana de Mxico, 2000. Legislativas: Ley Orgnica del Poder Judicial del Estado de Baja California. Ley Orgnica del Poder Judicial del Estado de Zacatecas Ley Orgnica del Poder Judicial del Estado de Hidalgo Ley Orgnica del Poder Judicial del Estado de Quertaro de Arteaga Ley Orgnica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes Ley Orgnica del Poder Judicial del Estado de Chihuahua Ley Orgnica del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas Cdigo Familiar del Estado de Zacatecas Cdigo Familiar del Estado de Hidalgo

  • 21

    Cdigo de Procedimientos Civiles del Estado de Baja California Cdigo de Procedimientos Penales del Estado de Baja California Ley de Enjuiciamiento Civil Espaola Ley de Enjuiciamiento Criminal Espaola Electrnicas: -- Psicologa jurdica, Espaa, Colegio Oficial de Psiclogos, www.cop.es/perfiles/contenido/juridica.htm -- Rol del psiclogo en el mbito jurdico, Espaa, Psicologa online, www.psicologa-online.com/colaboradores/iayf/rolpsi.htm -- Programa de entrenamiento de asesora psicolgica forense en los juzgados de familia de Bogota Colombia, Colombia, www.psicologiajuridica.org MECERREYES JIMNEZ, Jos, La prctica pericial psicolgica en los juzgados de familia, Espaa, www.peritusvirtual.com.

  • 22

    Anexo 1

    Trastorno Descripcin Subcategoras

    Trastornos de ansiedad Problemas en los que la ansiedad imposibilita el desempeo cotidiano

    Trastorno de ansiedad generalizada, trastorno de pnico, fobias, trastorno obsesivo-compulsivo, trastorno de estrs postraumtico.

    Trastornos somatoformes Complicaciones psicolgicas manifiestas a travs de problemas fsicos

    Hipocondriasis, trastorno de conversin.

    Trastornos disociativos Divisin de partes importantes de la personalidad que suelen estar integradas

    Trastorno disociativo de la identidad (personalidad mltiple), amnesia disociativa, fuga disociativa

    Trastornos del estado de nimo

    Sentimientos de euforia o depresin que son lo bastante fuertes como para afectar la vida cotidiana

    Depresin mayor, trastorno bipolar.

    Esquizofrenia Problemas de desempeo, perturbaciones del lenguaje y el pensamiento, trastornos de percepcin, perturbaciones emocionales y aislamiento de los dems.

    Desorganizada, paranoica, catatnica, indiferenciada, residual.

    Trastornos de la personalidad

    Problemas que generan poco malestar personal, pero que conducen a una incapacidad para desempearse como miembros normales de la sociedad

    Trastorno antisocial de la personalidad (sociopata), trastorno narcisista de la personalidad

    Trastornos sexuales Problemas relacionados con la excitacin a partir de objetos extraos, o problemas vinculados con el desempeo sexual

    Parafilias, disfuncin sexual

    Trastornos relacionados con el uso de sustancias

    Problemas relacionados con el consumo y la dependencia a las drogas

    Alcohol, cocana, alucingenos, marihuana

    Delirio, demencia, amnesia y otros trastornos cognitivos

    Fuente: Tomado del libro de Comportamiento anormal, 4ta. Edicin.

  • 23

    Anexo 2

    Cuentan con Cdigo Familiar

    Cuentan con Cdigo de

    procedimientos Familiar

    Su legislacin contempla la figura de Psiclogos en

    los Juzgados familiares

    Estado

    Si No Si No Si No

    Nombre y cargo de quien proporciona

    informacin Observaciones

    COL. x

    x

    X

    Lic. Guillermo Torres Zamora

    Se apoyan en DIF para aspectos psicolgicos

    CHIH. x x X Lic. Ren Chacn

    Gonzlez. Visitador

    D. F. x

    x

    X

    Lic. Socorro Mora. Investigadora

    Se apoyan en Peritos para

    aspectos psicolgicos

    AGS. X

    x

    X

    Cuentan con Departamento de

    Psicologa

    B. C. x

    x

    X

    Se apoyan en Peritos para

    aspectos psicolgicos

    B. C. S. X

    X

    Lic. Guillermo Rebelino Prez.

    Titular

    Cuentan con rea de Psicologa y Trabajo Social

    CAMP.

    x

    X

    X

    La Directora El dictamen pericial es realizado por DIF. Tienen una

    iniciativa del Cdigo Familiar en Congreso

    COAH. x

    X

    X

    Sria. de Directora/ Sria. del Juez 1ro

    Familiar

    GTO. X

    X

    X

    Lic. David Arturo Gutirrez Mrquez. Srio. Particular de Presidencia del

    Tribunal.

    En dictamen pericial se apoyan en

    Peritos

    GRO.

    X Se rige x

    CPC

    X

    Lic. Maricruz Rodrguez

    El dictamen pericial es realizado por DIF

    HGO.

    Consejo de

    Familia: Abogado, Mdico,

    Psilogo, Trab. Soc,,

    profesor

    Lic. Sara Montes: Encargada de

    Biblioteca

    JAL. X

    X

    X

    Lic. Carlos Rivera B. Jefe de

    Capacitacin.

    En dictamen pericial se apoyan en

    Peritos

    EDO. DE MXICO

    x

    X

    X

    Lic. Ariel Pedraza: Coord. Adtvo. del

    Instituto.

    El dictamen pericial se realiza por

    peritos empleados del Poder Judicial.

    MICH. x X X Lic. Anabel Rodrguez

    MOR. X

    X

    X

    Lic. Evangelina Fraga. Oficial

    Judicial.

  • 24

    Cuentan con Cdigo Familiar

    Cuentan con Cdigo de

    procedimientos Familiar

    Su legislacin contempla la figura de Psiclogos en

    los Juzgados familiares

    Estado

    Si No Si No Si No

    Nombre y cargo de quien proporciona

    informacin Observaciones

    NAY. x

    X

    rea de

    Psicologa y T-.S.

    Lic. Hctor Manuel Bentez: Director del

    Instituto.

    El rea de Ps y TS fue creada por

    acuerdo del Consejo.

    PUE. X

    X

    X

    Lic. Jacob del Castillo. Cord.

    Jurdico.

    SIN. X

    X

    X

    Lic. Jos Antonio Lpez. Coord.

    Jurdico

    OAX. x

    X

    X

    Lic. Noem Cruz Aragn. Asistente

    del Director.

    QRO. X X Lic. Irene Solrzano Cuentan con Unidad

    Psicolgica.

    Q. ROO x X X Lic. Gabriela

    Rosado

    S. L. P. x

    X

    X

    Lic. Margarita Puente Martnez

    En dictamen pericial se apoyan en

    Peritos

    SON.

    x

    X

    Mdico Terapeuta

    Arts. 552 y 553 del Cod Proc Civiles

    Son.

    Lic. Jess Hilario Aguirre Valenzuela. Juez 1ero Familiar

    en Hermosillo

    En dictamen pericial se apoyan en DIF,

    Salud Mental, Sector Salud.

    Tienen una iniciativa del Cdigo Familiar ante el Congreso

    desde varios aos y no ha sido aprobado.

    TAMPS.

    x

    x

    X

    Lic. Perla Estrada. Titular del Centro de Evaluacin y apoyo

    Centro de Apoyo Psicolgico (para

    personal y sus familiares) creado por acuerdo del

    Pleno.

    TLAX. x

    x

    X

    C. Victoria, Sria. del Titular

    VER. x x X Sra. Mercedes, Sria.

    del Dir. Gral.

    YUC. x

    x

    X

    Lic. Marcoa Alejandro Celis Quintal, Titular.

    ZAC.

    X

    Lic. Ana Mara Serrano Garca.

    Asistente del Titular.

    CHIS. x

    x

    Trabajadora social X

    Lic. Rosario Castillejos. Jefa de

    Depto. de TS

    DGO. X

    X

    X

    Lic. Karla Ivonne Cabrales. Auxiliar

    Jurdica.

  • 25

    Cuentan con Cdigo Familiar

    Cuentan con Cdigo de

    procedimientos Familiar

    Su legislacin contempla la figura de Psiclogos en

    los Juzgados familiares

    Estado

    Si No Si No Si No

    Nombre y cargo de quien proporciona

    informacin Observaciones

    TAB. x

    x

    X

    Sra. Rebi Ramn Prez. Sria. del

    Titular

    * Consulta realizada va telefnica, durante el mes de abril del 2005, a los Institutos de la Judicatura, o Centros de Especializacin de los Poderes Judiciales del pas, quienes ocasionalmente remitan a otras instancias del Poder Judicial, para realizar la consulta.