JULIAN OLAYA ROLDAN LUIS FERNANDO BOLÍVAR...
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ANALISIS DEL ACCESO A LA JUSTICIA EN EL DISTRITO ESPECIAL DE
BUENAVENTURA DESDE LA PROMULGACION DE LA LEY 270 DE 1996
JULIAN OLAYA ROLDAN
LUIS FERNANDO BOLÍVAR MAYA
UNVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA CALI
FACULTAD DE DERECHO
SANTIAGO DE CALI
SEPTIEMBRE 05 DE 2011
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ANALISIS DEL ACCESO A LA JUSTICIA EN EL DISTRITO ESPECIAL DE
BUENAVENTURA DESDE LA PROMULGACION DE LA LEY 270 DE 1996
PRESENTADO POR:
JULIAN OLAYA ROLDAN
LUIS FERNANDO BOLÍVAR MAYA
PRESENTADO AL DR: LIZANDRO CABRERA
Investigador y Tutor del proyecto “Análisis del acceso a la justicia en el Distrito Especial de Buenaventura desde la promulgación de la ley 270 de 1996- “
Proyecto de grado
UNVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA CALI
FACULTAD DE DERECHO
SANTIAGO DE CALI
SEPTIEMBRE 05 DE 2011
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El acceso a la justicia es un derecho constitucional que se debe garantizar en el
Estado Social de Derecho a toda la población de nuestro país, para esto, el
Estado y sus autoridades deben ser conscientes de la problemática social que
trae este derecho para su aplicación y practica en los municipios menos
favorecidos
Al presentar este trabajo de grado como requisito previo para adquirir nuestra
profesionalización, como abogados de la Universidad de San Buenaventura Cali
comenzó con el nacimiento de una propuesta con base en un estudio minucioso de
la problemática social del Distrito Especial de Buenaventura, cuya propuesta tiene la
finalidad de crear un ambiente propicio que estimule al ciudadano de manera
proactiva el acceso a la justicia, por tanto la Universidad de San Buenaventura como
alma mater, nos ha permitido a través de varios investigadores llevar esta propuesta
a cabalidad, cuyo tema es el “Análisiss del acceso a la justicia en el Distrito Especial
de Buenaventura desde la promulgación 270 de 1996 “
El cual queda abierto para el centro de información y la biblioteca como material
de lectura que no genere ninguna ganancia económica. Sin perjuicios de derechos
de autor.
Luis Fdo Bolívar Maya Julián Olaya Roldán
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AGRADECIMIENTOS
Queremos transmitir nuestros más sinceros agradecimientos a las personas que
hicieron posible que este trabajo de grado se llevara a cabalidad.
A Dios como creador y sustentador del Universo, que es el eje central de esta
institución
A nuestras familias que se dispusieron a colaborarnos, brindando su apoyo
incondicional
Al Doctor Nicolás Orejuela Decano de la facultad de derecho y ciencias políticas
el cual era conocedor del proyecto
Al Licenciado Rodrigo Valencia el cual fue el pionero que nos impulso a sacar
este proyecto adelante y a la Doctora Xiomara Balanta
Al Doctor Lizandro Cabrera que actualmente es nuestro director de trabajo de
grado el cual nos ha brindado su apoyo incondicional
Al Ingeniero Andrey Bedoya , Docente de la asignatura Derecho Marítimo de la
Universidad de San Buenaventura, el cual abrió nuestros ojos para mirar la situación
real de Buenaventura
A todos gracias porque sin ustedes no hubiéramos podido realizar el presente
texto
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DEDICATORIA
Primeramente damos infinitamente gracias a Dios, por habernos dado fuerza y
valor para terminar nuestros estudios de pregrado.
Agradezco también la confianza y el apoyo de nuestros padres y hermanos,
porque han contribuido positivamente para llevar a cabo esta difícil jornada.
A todos los Investigadores que nos asesoraron, porque cada uno, con sus
valiosas aportaciones, nos ayudaron a crecer como personas y como profesionales
del derecho.
Un agradecimiento muy especial, a la señora Alejandra Ruiz Arango esposa e
hijos de Luis Fernando Bolívar, por habernos tenido paciencia en el desarrollo de
este trabajo.
Finalmente, agradecemos a nuestros compañeros de grupo, porque la constante
comunicación con ellos ha contribuido en gran medida a transformar y mejorar
nuestra forma de actuar en nuestro trabajo, especialmente a aquellos que nos
brindaron cariño, comprensión y apoyo, dándonos con ello, momentos muy gratos.
“La realización de la justicia solo es posible en la vivencia, o mejor: en la
convivencia ”
Luis Javier Moreno Ortiz
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CONTENIDO
Pág.
INTRODUCCIÓN 9
CAPÌTULO I. 14
1. UBICACIÓN GEOGRÁFICA DE BUENAVENTURA 14
1.1 Límites y Geografía 14
1.2 Territorio 16
1.3 Educación 18
1.4 Colegios Públicos 19
1.5 La Familia 20
1.6 Instituciones 21
CAPÍTULO II 27
2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL ACCESO A LA JUSTICIA 27
EN EL DISTRITO ESPECIAL DE BUENAVENTURA
2.1 Problemática social en Buenaventura 27
2.1.1 Representación de las dificultades sociales y urbanas en el 29
Distrito de Buenaventura
2.2 Análisis de la Ley 270 de 1996 33
CAPÌTULO III. 35
3. ANTECEDENTES LEGALES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 35
3.1 Leyes promulgadas desde 1991 37
3.2 Normas jurisprudenciales del acceso a la justicia 41
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CAPÍTULO IV 42
4. ALCANCE DEL ACCESO A LA JUSTICIA EN EL DISTRITO ESPECIAL 42
DE BUENAVENTURA
4.1 Concepto de la Casa de Justicia de Buenaventura 50
4.1.1 Antecedentes 50
4.2 Descripción de la Casa de Justicia 52
4.3 Conformación de la Casa de Justicia 59
4.4 Concepto y descripción de la Alcaldía Distrital de Buenaventura 63
4.5 Concepto y descripción de la Policía Nacional 64
CAPÍTULO V. 65
5. MEDIOS PARA ACCEDER A LA JUSTICIA 65
5.1 Mecanismos alternativos de solución de conflictos 65
5.2 Clases de MASC 69
5.3 Mecanismos de participación y protección para acceder a la justicia 79
CAPÍTULO VI 82
6. PROPUESTA DE ELABORACIÓN DE PLANTILLA VIRTUAL 82
PARA REALIZAR CONSULTAS JURÍDICAS EN LÍNEA
7. CONCLUSIONES 87
BIBLIOGRAFIA 90
ANEXOS 92
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LISTA DE TABLAS
Pág.
Tabla 1. Distribución de solicitudes de atención según motivo 56
de consulta
Tabla 2. Distribución de solicitudes de atención según remisión interna 57
desde el C.R.I.
Tabla 3. Conformación de la Casa de Justicia 59
Tabla 4. Variación en las características del recurso humano 60
Tabla 5. Actividades de prevención, capacitación y promoción 63
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INTRODUCCION
El presente informe sobre el acceso a la Justicia en el Distrito Especial de
Buenaventura es la recopilación de una serie de acontecimientos que constituye la
carta de presentación de un municipio lleno de recursos subutilizados en donde
predomina un panorama socio cultural costumbrista con base en un desarrollo
inadecuado, por una serie de factores de violencia, educación, economía, y otros que
son un flagelo que perturba el comportamiento de los seres humanos en sociedad.
Este documento que emerge de una búsqueda constante y persuasiva de los
medios eficaces para acceder a la justicia se enmarca en la estrategia de posicionar
una directriz que supla una o varias necesidades sentidas, para así constituir una
alternativa diferente dirigida a fortalecer el aparato jurisdiccional.
El propósito del acceso a la justicia en el Distrito de Buenaventura es a través de
la promulgación de la Ley 270 de 1.996 en donde se caracterizan los Mecanismos de
Participación y protección ciudadana como: las Acciones Populares, de Grupo, de
Tutela, los Cabildos abiertos y cerrados, los Derechos de Petición, y los MASC(
Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos) como una alternativa
diferente para la comunidad y es a partir de este enfoque en donde se identifican
logros, limites y desafíos con el objeto de establecer una agenda de reformas en pro
de fortalecer el desarrollo de la región.
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“Aunque 140 países del Mundo viven hoy bajo regímenes democráticos que es
un hecho valorado como un gran logro, solo en 82 países existe una democracia
plena.” (1 PNUD 2.002, Informe sobre Desarrollo Humano 2.002, Madrid, Hundí-
Prensa).Sin apartarnos del tema que es materia de estudio, el acceso a la Justicia en
Buenaventura, es necesario transmitir que en un país dónde no existiera la
democracia posiblemente no se cumpliría el objeto de la Ley 270 de 1.996 porque su
dinámica hace referencia a un marco geográfico de una población participativa e
involucrada en los cambios políticos con sus directrices bajo el legislador de turno y
los cambios sociales en donde el intervencionismo estatal a favor del pueblo ofrece
una alternativa diferente que de manera coyuntural se establece creando un
segmento de mercado apetecible dentro y fuera de nuestro país, por lo tanto, la
recuperación de Buenaventura requiere de eficiencia, transparencia, y equidad en
las instituciones públicas así como una cultura que acepte la legitimidad del aparato
jurisdiccional, el cual reconozca y abogue por los derechos de todos.
Hay una praxis que encierra una creciente frustración de la cual se difunde un
pensamiento erróneo de una sociedad; y este pensamiento nace de la falta de
oportunidades que se ve reflejada por los altos niveles de desigualdad, pobreza y
exclusión social, por lo tanto el alcance de la Justicia no recupera el tejido social que
se ve afectado por la pérdida de la confianza en el sistema político, acciones
radicalizadas y crisis de la gobernabilidad, hechos que ponen en riesgo la temática,
la eficacia de la Ley 270 de 1996. La solución a este esquema es que en la medida
en que la democracia hace posible el dialogo que incluye a los diferentes grupos
sociales, y en tanto las instituciones públicas se fortalezcan y sean más eficientes en
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su descentralización y concentración de poderes, será posible lograr los objetivos del
desarrollo del proyecto de acceso a la Justicia a nivel general.
Teniendo claridad de la formulación de la pregunta problema la cual de manera
enunciativa evidencia: ¿Cuales son los medios de acceso a la Justicia en el Distrito
Especial de buenaventura? Se estima conveniente clarificar que la eficacia del
derecho en sociedad es la razón de Ser del cumplimiento armónico de lo mínimo que
debe cumplir el gobierno para con la colectividad. Aquí se abordan problemas sobre
la técnica jurídica, la implementación del derecho; entiende el derecho como un
instrumento para el desarrollo y la solución de problemas sociales. Por lo tanto sus
efectos con el acceso a la justicia son notables ya que esta ciencia jurídica permite el
estudio, análisis y desarrollo del acceso a la justicia en una determinada sociedad.
Es entonces que el acceso a la justicia, considerado como objeto de
conocimiento, desde el punto de vista de la teoría jurídica, puede ser (1) un supuesto
necesario del desarrollo social; (2) un derecho fundamental de las personas, que
debe ser preservado por ellas mismas y por el estado; y (3) un elemento integrante
del núcleo esencial de uno o varios derechos fundamentales. Las tres visiones
enunciadas son, en principio, concurrentes y no contradictorias, pues cada una de
ellas aprecia una misma realidad bajo diversos aspectos.
Se sostiene que el acceso a la justicia es uno de los fundamentos que justifica,
desde el punto de vista histórico, el nacimiento, la existencia y la permanencia de las
instituciones políticas como organización social. El adecuado funcionamiento de la
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administración de justicia, que implica necesariamente la posibilidad real y efectiva
de acceder a ella, es una condición indispensable para considerar que las
instituciones políticas son legítimas, desde la perspectiva de valores políticos
acogidos por las comunidades humanas.
El estudio del acceso a la justicia como derecho fundamental implica
necesariamente el repaso del derecho positivo vigente, pues su existencia como
derecho depende de su consagración dentro del ordenamiento jurídico aplicable en
un estado. Existe una multiplicidad de normas que consagran, ya explicita, el
derecho de todas las personas de acceder a la justicia. Este derecho es fundamental
porque así se ha establecido en la constitución, la ley y la jurisprudencia, de manera
inequívoca y reiterada.
El acceso a la justicia se encuentra enunciado como derecho fundamental en el
preámbulo y en los artículos 2, 228 y 229 de la constitución política.
Si no se permite a las personas acceder a la justicia para proteger sus
derechos, ¿Cómo es posible asegurarles la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia,
la igualdad, etc ?. Si el individuo no tiene el derecho de acceder a la justicia para que
el estado garantice por medio de una decisión judicial, sus derechos, entonces,
realmente, no tiene ningún derecho, si se entiende como derecho aquello que es
posible exigir al estado o a los demás individuos.
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Es así, por tanto damos conocimiento de un pequeño bosquejo en donde se
clarifica cuales son las Normas fundamentales que respaldan a los componentes del
acceso a la Justicia y su aplicación ( efectividad, vulneración ) en Buenaventura.
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CAPITULO I
ANALISIS DEL ACCESO A LA JUSTICIA EN EL DISTRITO ESPECIAL DE
BUENAVENTURA DESDE LA PROMULGACION 270 DE 1996
1. UBICACIÓN GEOGRAFICA DE BUENAVENTURA
1.1 Límites y geografía
Actualmente Buenaventura, por su ubicación geoestratégica, es la puerta de
Colombia hacia la cuenca del Pacifico, la de mayor dinamismo y potencial comercial
en el mundo. Esta localizado el municipio entre 3° 53¨ de latitud norte, y 77° 05” de
longitud oeste del meridiano de Greenwich. Su área total es de 6.078 Km que
corresponden al 28.6% de la extensión total del departamento del Valle del Cauca.
Su perímetro urbano mide 2.5 x 3.18 Km, su altura sobre el nivel del mar es de 7
metros; presenta piso térmico cálido en un 88% y esta unida con el resto del país por
el puente del piñal, de 120 metros de longitud.
Es el municipio de mayor extensión en el Departamento del Valle. Limita por el
norte con el Departamento del Choco; por el oriente con los municipios de Jamundi,
Cali, Dagua, Calima Darién; por el sur con el Departamento del Cauca y por el
occidente con el Océano Pacifico.
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En la zona rural se ubica el veinte por ciento de los pobladores, ochenta mil
habitantes que viven en 268 veredas y 46 corregimientos como córdoba, bajo
Calima, Cisneros, Sabaletas, LIano bajo, Málaga, Huanchaco, Ladrilleros, Puerto
Naya, Punta Soldado, Yurumangui, San José de Anchicaya, Agua Clara, Pepitas,
San Cipriano, entre otros. La llanura del pacifico comprende desde las estribaciones
de la cordillera occidental hasta la costa, y desde limites con el Choco hasta el Rio
Naya; al norte el estrecho longitudinal valle del rio agua; después de las bocas de
San Juan encontramos la Bahía Málaga, donde se forma el Archipiélago de la Plata,
integrado por treinta y dos islas que constituyen el nicho ecológico mas importante
del litoral pacifico. Próxima a Málaga esta Buenaventura con sus tierras bajas; al sur
el Golfo de Tortuga, Boca de Yurumangui y Boca del Naya, ricos en manglares que
hacen parte de una región clasificada como selva tropical húmeda, con temperaturas
promedio por encima de 24°C. Sus tierras se distribuyen en piso térmico cálido,
medio, frio y paramo. Casi todas sus actividades económicas giran en torno al
puerto, pero también tienen importancia la pesca, la explotación forestal, la
agricultura y el turismo.
La ciudad consta de una zona insular (Isla de Cascajal ), que tiene veinte
Kilómetros de longitud y once Kilómetros de anchura. La entrada a la bahía se
conoce como la Bocana, de una milla náutica de ancho. El interior de la bahía
contiene ensenadas, caletas y esteros que son aptos para ampliar el actual puerto o
para construir otros nuevos, pues su privilegiada posición la protege de las
tempestades. El canal de acceso esta debidamente señalizado con un faro a la
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entrada y con boyas en su interior. Su profundidad es de 11 metros en marea cero y
se draga continuamente para asegurar el acceso de buques que traen desarrollo y
que llevaran en su interior el esfuerzo y el trabajo de millones de colombianos.
La zona continental de la ciudad es principalmente residencial y alberga una
población de mas de trescientos veinte mil habitantes entre negros, indios, zambos,
mulatos y mestizos, en doce comunas con ciento cincuenta y ocho barrios a lado y
lado de la vía principal por donde transitan mas de mil quinientos camiones
diariamente, amplia y hermosa avenida de trece kilómetros con puentes elevados y
en algunos tramos los hilos de acero del ferrocarril del pacifico que comunica a la
ciudad con el interior del país, generando desarrollo y una mejor calidad de vida para
los nativos, inversionistas, turistas y colombianos en general.
1.2 Territorio
El litoral pacifico colombiano es un hermoso golpe de luz multicolor que invita
permanentemente al hombre a la reflexión, al orden, a la utilización racional y a la
conservación de sus riquezas mas preciadas: la naturaleza y el mar. En sus
territorios convergen tres culturas ancestrales en una simbiosis amable, pujante y
alegre: la nativa o aborigen, que nos ofreció su flauta y su malicia; la negra o
africana, que nos entrego su tambor y su fuerza; y la española, que nos enseño su
idioma, su religión y su guitarra.
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El 14 de julio de 1540, día de San Buenaventura, el licenciado Pascual de
Andagoya, bajo el mando de Sebastián de Belalcázar, conquistador y súbdito del rey
de España, encontró la pequeña isla de cascajal con un incipiente caserío de
curiosos y hospitalarios aborígenes pescadores, que lo recibieron con humildes
presentes, pescado, coco y miel y le entregaron sus mujeres, le besaron las manos y
los pies y lo colmaron de todas las atenciones posibles creyendo que era el enviado
de los dioses.
Tan pronto Andagoya supo de la existencia de ricos yacimientos de oro en los rios
Raposo y Anchicaya, partió hacia la búsqueda de sus ambiciones, dejando en la isla
a su capitán de Navio y teniente Juan de Ladrilleros, encargado de fundar el puerto
de la Buenaventura, inicialmente en el sitio llamado Puerto Cruz, que hoy se conoce
con el nombre de pueblo nuevo, destruido por los poderosos indios Buscajaes y
reedificado mas tarde donde se erige hoy. Los aborígenes le daban el nombre de
Zimzy y a la provincia el de Yolo.
En 1827 el general Francisco de Paula Santander, por medio de un decreto
legislativo, declaro a Buenaventura municipio y puerto franco en la costa pacifica y se
ofrecieron donaciones de tierras a todos los que quisieran avecindarse en la villa; se
designo al general Tomas Cipriano de Mosquera como su primer Gobernador.
En 1836 se construye el camino Cali- Buenaventura, con un grupo de esclavos
traídos del cauca para trabajar en la pica del carril, con la promesa de darles libertad
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una vez concluida la obra. En 1878 el ingeniero cubano Francisco Javier Cisneros
firma en Cali con el gobierno nacional la construcción del ferrocarril del Pacifico entre
Cali y Buenaventura. En 1915 llegarían las primeras locomotoras a Cali, causando
gran sensación entre sus habitantes.
A partir del siglo XX Buenaventura encontró caminos de relativa tranquilidad,
desarrollo y prosperidad; al artesanal embarcadero hecho de tablas lo reemplazo el
primer muelle en 1918, contratado con una firma inglesa llamado muelle Rengifo y
terminado en 1921, fecha en que se comenzaron a construir el hotel y posteriormente
la estación del ferrocarril para movimiento de carga y de pasajeros; el Palacio
Municipal, la Aduana, el Parque Bolívar, el Banco de la República y el Edificio del
Gran Hotel, el Colegio Pascual de Andadora, la Catedral, el Teatro Caldas, el Puente
del Piñal y otras edificaciones importantes.
1.3 Educación
Algunos medios de información serios e informes a nivel nacional dan cuenta de
la situación de la educación en Buenaventura y la región pacifica:
El analfabetismo en la población mayor de 15 años de Buenaventura es de un
17% en la zona urbana y un 22% en la rural. Cuando el promedio nacional es de 9%.
La deserción escolar esta en un 25% de los niños y un 48% de los jóvenes en edad
escolar, quienes terminan por fuera del sistema educativo.
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En la región del pacifico, cuya población negra supera el 92% del total, por cada
100 jóvenes Afrocolombianos de ambos sexos que terminan la secundaria, solo 2
logran ingresar a la universidad y el 95% de las familias no pueden enviar a sus hijos
a la universidad por carecer de recursos suficientes. La calidad de la educación
secundaria es inferior en 40% respecto a otras zonas del país…. Solo posee dos
Universidades públicas, ubicadas en Quibdó y Buenaventura, y estas son deficitarias
en presupuesto, personal docente y adecuación tecnológica.
Más allá de la situación educativa de la población, reiteradamente puesta en
documentos que se hacen sobre Buenaventura, se quiso indagar en torno a tres
componentes educativos: la percepción de la calidad de la educación en los colegios
públicos de Buenaventura, la labor desempeñada por los docentes y el programa de
gratuidad que hoy se adelanta en buena parte de Colombia.
1.4 Colegios públicos
Hablar con la población adulta de lo que fue hace dos décadas el colegio oficial
Pascual de Nagoya, lleva a considerar el paso de personalidades prestantes que en
su momento estuvieron en sus bancas, exaclades. Médicos, rectores de
universidades y reconocidos lideres, entre otros. Hoy las cosas son distintas, se
habla de jóvenes pandilleros que amenazan a los profesores para pasar el año
lectivo, del consumo de drogas, de las armas, de la poca motivación de sus docentes
para estar allí, como lo menos. Los colegios públicos, incluso a nivel nacional, no son
hoy lo que fueron en el pasado, su prestigio ha decaído, las familias que inscriben a
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sus hijos lo hacen más por la necesidad económica que por la posibilidad de sacar
hombres y mujeres de bien, con altas cualidades personales y profesionales.
1.5 La familia
La unidad familiar es un hecho que se mantiene en la sociedad bonaverense, por
lo menos así se considera en 7 de cada diez hogares, y solo uno de 25 manifiesta
que su hogar es muy desunido. Esto es un hecho muy positivo en la medida en que
evita hijos desarraigados, potenciales delincuentes o marginados sociales. Un indicio
de este último se refleja en la presencia de vagabundos en la ciudad que,
comparativamente con otras ciudades, cuantitativamente no es tan grave. Esa
unidad de la que se habla, es garantizada por el mantenimiento del dialogo en el
hogar, el apoyo mutuo, la solidaridad e incluso las lealtades familiares.
El castigo físico es una practica que cada día se desarraiga mas de las formas de
corregir a los hijos, donde menos de 1 un hogar de cada 5 aun lo tiene como
mecanismo de control. Sin embrago, 1 de cada dos ejerce el castigo psicológico,
donde las privaciones a demandas de los hijos, las amenazas o el aislamiento son
parte de esas practicas. Aunque es un hecho importante desestimular la recurrencia
al castigo físico, igual debe adelantarse una campaña contra prácticas sutiles de
violación de los derechos fundamentales, impulsar practicas de dialogo, el uso de la
razón, implementar valores como el respeto, la tolerancia, la libertad, los cuales
deben jugar un papel importante en las relaciones cotidianas de los hogares.
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El trabajo de los niños parece no ser una practica extendida en la población de
Buenaventura, donde 1 de cada 50 hogares manifiesta tener un niño menor de 12
años trabajando con el objeto de conseguir ayudar en la casa o satisfacer sus
propias necesidades.
1.6 Instituciones
Alcaldía Distrital de Buenaventura
La Administración Distrital garantiza la respuesta a la demanda de bienes y
servicios básicos de la población mediante la implementación y puesta en marcha de
una política social efectiva y participativa, el manejo transparente de lo público, una
gerencia inspirada en los principios de la gestión de calidad, la seguridad humana
como factor transversal de desarrollo y el fomento de ventajas competitivas
asociadas a la localización geoestratégica del Distrito en la cuenca del Pacífico.
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Organigrama de la alcaldía
Concejo municipal
Contribuye al Desarrollo Social del estado, al bienestar general y al mejoramiento
de la calidad de vida de la población en su respectivo territorio, mediante una buena
coadministración, un control político y constructivo de una excelente gestión política,
según la constitución y la ley.
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Organigrama Concejo Distrital
Órganos de control
Personería
Lideran la promoción, defensa y protección de los Derechos Humanos en el
Distrito de Buenaventura, en la zona urbana y rural, con énfasis en la población
vulnerable; Así como la vigilancia de mantenimiento del orden jurídico, de la
conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas e intervención en la
defensa del patrimonio público, el medio ambiente y los recursos naturales.
Al igual que la defensa de los intereses de la sociedad, aseguran la prestación
adecuada de los servicios públicos domiciliarios, de igual forma el control preventivo
dentro de su autonomía que le es propia como organismo del Ministerio Público.
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Contraloría
Es un Órgano de Control Fiscal del Estado. Como tal, tiene la función de procurar
el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del
Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades
públicas.
Ejercen el control y vigilancia fiscal a los sujetos de control con sujeción a los
principios de eficiencia, eficacia, equidad, economía y valorización de costos
ambientales, con el apoyo de colaboradores comprometidos con el crecimiento y
desarrollo institucional, de tal manera que le permita a la comunidad bonaerense
recuperar la credibilidad de su ente de control y la confianza en el manejo del erario
de las entidades vigiladas.
Procuraduría
La Procuraduría General de la Nación, es un órgano de control, autónomo e
independiente respecto de las tres ramas del poder publico. Por mandato
constitucional, representa a la sociedad con la misión de:
Vigilar el correcto funcionamiento de la función publica, para salvaguardar los
derechos e intereses de los ciudadanos, garantizar la protección de los intereses de
los ciudadanos, garantizar la protección de los derechos humanos e intervenir en
representación de la sociedad para defender el patrimonio publico.
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Dependencias
Secretarías
Secretaría de Gobierno y Seguridad Ciudadana » Control Físico »
Observatorio Social del Delito
Secretaría de Convivencia para la Sociedad Civil » Red Juntos » UAO
Secretaría de Desarrollo Económico y Rural » Oficina Coordinadora de
Turismo
Secretaría de Educación
Secretaría de Gabinete » Relaciones Públicas y Protocolo » Oficina de Prensa
y Comunicaciones
Secretaría de Infraestructura Vial
Secretaría de Regulación y Control de Tránsito
Secretaría de Salud
Direcciones
Dirección de Recursos Humanos y Servicios Básicos
Dirección Financiera
Dirección Técnica Ambiental
Dirección Técnica de Cultura
Dirección Técnica de Deportes y Recreación
Dirección Técnica de Vivienda.
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Oficinas
Oficina Asesora de Planeación y Ordenamiento Territorial » SISBEN
Oficina Asesora Jurídica
Oficina de Atención y Prevención de Desastres
Oficina de Control Interno
Oficina de Control Interno Disciplinario
Otras Dependencias
SIGECON
Terminal de Transportes
Sociedad de Acueducto y Alcantarillado
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CAPITULO II
2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL ACCESO A LA JUSTICIA EN EL DISTRITO
ESPECIAL DE BUENAVENTURA
2.1 Problemática Social en Buenaventura
Siendo Buenaventura uno de los Distritos más grande del Departamento del Valle
del Cauca cuya población es de 324.207 Habitantes según el DANE no faltaran los
problemas reales y obstáculos como la globalización que por medio de diversas vías
establece una homogenización con un alcance unilateral en donde juegan unos
intereses particulares por encima de cualquier decisión. No obstante olvidando este
modelo económico de Neoliberalismo, el cual tiene una Polarización del Mundo entre
las clases en donde predominan las Etnias, Razas, Y Credos que sin lugar a dudas
son el patrimonio de una civilización que responde a una problemática social
coyuntural y que de acuerdo a las directrices democráticas de un Estado Social de
Derecho merece un tratamiento diferente en aras a suplir cualquier incidente que
atente en contra de la población civil de un pueblo que va en la búsqueda de un
Bienestar social.
Es difícil poder olvidar los momentos en donde el poder del Hombre extranjero
Español trae la conquista sobre una civilización que se encuentra en un estado de
desarrollo en donde los lineamientos tienen un objetivo destructivo porque la pasión
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de un indígena que lo tiene todo en su territorio no es la misma pasión de un hombre
extranjero que ya ha sido desarrollado y que su afán de conquista es con base
maquinar y cavilar un pensamiento que por vía de la ambición se desemboque unos
interés económicos de desmantelar un territorio completo, es así que la globalización
toca las frentes de los colombianos cuando por vías de Hecho conquistan a
nuestros indígenas estableciendo un nuevo patrón de vida, es allí que nace un
trasfondo socio cultural, cabe mencionar que la mentalidad del hombre es
transformada por una serie de elementos que bien conjugados crean un esquema en
donde le modelo neoliberal se hace presente para orientar al hombre a un consumo
facilista y materialista que lo que permite es difuminar la verdadera cosmovisión del
hombre contemporáneo en sociedad.
Con base en un análisis de la UNESCO donde se hizo un estudio minucioso de
segmentación y posicionamiento de las problemáticas sociales de las culturas
latentes se ha investigado que están naciendo una serie de sub culturas urbanas que
de forma atractiva crean un simbolismo y permiten un acceso a un gran porcentaje
de la colectividad en donde se establecen movimientos religiosos, revolucionarios,
pacíficos, tendencias extrañas que evocan un mover realista que se imprime en la
futura generación, es por este pequeño fragmento en síntesis de la UNESCO que se
pudo entender que la problemática existente del acceso a la justicia en Buenaventura
nace por la coexistencia y el sincretismo socio cultural del linaje de antaño
(antepasados) que se posicionan los indígenas y los afro descendientes del Choco
por una búsqueda de un bienestar social, en donde se encuentra distinciones
objetivas porque los ideales de cada cultura pueden ser diferentes que en el caso de
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Buenaventura se descubre que lo que se busca es con ideales permisivos y el
radicalismo por ideales ineficaces, es allí donde juega un papel fundamental la
educación la cual brinda un papel importante en el desarrollo del hombre en todo
aspecto pero lo ideal es que cuando se hable de educación no se debe olvidar la
relación que en este caso es con los pueblos indígenas y afro descendientes que
para el sector educativo es una oferta tardía y deficiente, en algunos casos
segregada y destructora poco significativa desde lo lingüístico y lo cultural, en donde
se crea un desvalor por si mismo creando así su propia identidad en donde las vías
de derecho son meras ilusiones porque nunca fueron claras y pesa más el orgullo de
sostener una tendencia que no cumple con el roll y el perfil de un ciudadano normal.
2.1.1 Representación de las dificultades sociales y urbanas en el Distrito de
Buenaventura
La violencia, inseguridad y los conflictos urbanos se han convertido en los
paradigmas sociales difíciles de solucionar; convirtiéndose en un reto para el
gobierno en buscar una serie de estamentos que si son establecidos se configuran
como leyes eficaces; para poder establecer dichas directrices es necesario
concientizarse del problema y enunciarlos, con base en una Encuesta Aleatoria a
nivel general postulada por estudiantes de la Universidad San Buenaventura Cali, en
donde de manera determinada se plantea el verdadero problema sociológico el cual
genera y cobra vida en una población marginada por una serie de circunstancias que
ameritan un cambio social estos son:
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a) Conflicto Urbano: No desconociendo que Colombia es un país democrático
donde predomina la libre participación, en donde no procede normas
contrarias a su misma Carta Magna; vemos que a pesar del líder de turno y su
comitiva que lo respalda, siempre existirá un conflicto urbano, prueba de esto
es una estadística que arroja que de cada 10.000 habitantes hay 8.7
homicidios; adicionalmente los enfrentamientos de los movimientos
insurgentes de la guerrilla y la autodefensa del bajo calima y el pacifico.
b) Desempleo: Hay un contraste entre como poder vivir en una zona portuaria en
donde existen intereses comunes con el único objetivo en generar recurso
para vivir , no desconociendo que el margen de desempleo es muy alto en
Buenaventura, es factible concluir que la mayoría de personas obren por vías
de hecho. “HACEN LA VUELTA” que aunque son conocedoras de la
Normatividad establecida no solamente con la Leyes y Estamentos jurídicos
que permiten concadenar una serie de factores eficaces pero para la
población civil es ineficaz porque no surte las necesidades sentidas de la
población que pide a gritos un cambio social.
c) Indigencia: La pobreza hasta en un 80 % ha creado un paradigma que
establece una posición en donde por años se ha generado una violencia
constante que visualiza un interés particular sobre el interés general. En un
estudio de planeación estratégica se observo bajo la matriz DOFA, una serie
obstáculos v/s beneficios en donde la población paisa a aprovechado de
31
manera discriminatoria, el mercado del consumidor del usuario final que toma
una desventaja sobre el nativo el cual es de tez oscura, el Industrial portuario
utiliza al nativo únicamente en el área obrera menospreciando sus
capacidades intelectuales desmeritando su cultura, ocasionando levantarse
así una generación con problema de autoestima bajo, con un trasfondo socio
cultural que homogeniza a sus propios nativos, creando en los futuros líderes
una oposición silenciosa en contra de lo norma tizado generando así el
contrabando, el narcotráfico, la violencia, y otros factores cuyo resultado o
fruto es la pobreza absoluta.
d) Discriminación Étnica y Racial: Lo anterior mencionado es una radiografía
existente constatado con hechos reales y contraproducentes que obligan al
nativo recurrir a la posición de esclavo que en un principio no fue así, las
encuestas aleatorias del margen de discriminación racial ponderan que en su
mayor parte proceden de las mismas personas de tez oscura que con espíritu
de competencia y orgullo ha generado un desarrollo a medias, no obstante es
necesario retener que en la historia de buenaventura existen antecedentes de
una conquista española estableciéndolo como el primer puerto con acceso
directo a Europa, esto crea un sincretismo religioso, social, económico, y de
una serie de diversas problemáticas que bien fraccionadas atacan a la
población civil de una forma inconsciente en donde la postura del nativo
contemporáneo no puede sacar eso de su interior y más bien se convierte en
su fortaleza.
32
e) Educación: La temática educativa es un organismo en construcción, que va
encarrilada desde la evolución y transformación del ser humano, es por eso
que el objeto de esta investigación va directamente a la búsqueda de los
principios y valores éticos, religiosos, y morales que son los energizado res de
vida de una sociedad cambiante, no es fácil cambiar “TU PRIMOGENITURA,
POR UN POTE DE LENTEJAS” o “NO PODEMOS TIRAR LAS PERLAS
PRECIOSAS A LOS PERROS”. ( Biblia Reina Valera, Edición THOMPSON,
Barcelona España, 2.005, libro de Génesis, pagina 104 ). En una encuesta
dirigida a los nativos de buenaventura, en donde se entrevisto a funcionarios
de la Casa de Justicia, directivos de estamentos Judiciales del Palacio
Nacional, La Dian, y especialmente los usuarios finales que son en si las
personas que en la cotidianidad ven directamente el problema, han dicho que
la educación en buenaventura es regular y es precisamente porque se
abandonaron los preceptos establecidos en los años 50 en donde la
educación en buenaventura era basada por templos de frailes y monjas de
antaño en donde había un respeto hacia los dogmas, la urbanidad de Carreño,
y las costumbres sociales de época.
f) Familia: Siendo el núcleo fundamental de la sociedad que encierra una serie
de presupuestos de la creación, organización, y existencia de un estado inicial
que evidencia la realidad social que es la carta de presentación de esta
comunidad. Sin embargo la degradación ha tocado las esferas mas altas de la
familia permitiendo un desmembramiento de esta estructura que en algún
33
momento estuvo posicionada como el órgano vital generador de virtudes que
producían un bienestar social a nivel unilateral.
2.2. Análisis de la Ley 270 de 1996
La Promulgación de esta ley que entro en vigor a partir del año 1.996 es una
apertura para el ciudadano como usuario final considere a la administración de
justicia como un medio por el cual puede proceder la colectividad interponiendo por
vías de Derecho y por si mismo las diferentes acciones constitucionales que le
beneficien moviendo así el aparato Jurisdiccional el cual permite al asociado por
medio de los medios de participación ciudadana y los mecanismos alternativos de
solución de conflictos hacer valer sus necesidades por derecho propio, el amparo de
pobreza, el servicio de defensoría publica no limita la condición de acceder a sus
derechos que habilitan al ciudadano para proceder cuando han sido vulnerados,
menoscabados, y lapidados sus derechos fundamentales los cuales son inalienables,
e imprescriptibles. La Corte Suprema de Justicia integrada por sus 23 magistrados
elegidos de la misma corporación y ahora bien mediante la Ley 1285 de 2.009 en su
artículo 7 determinara que existirán 5 salas para descongestión en donde la corte
suprema de justicia velara por los intereses de los particulares con la finalidad de
crear celeridad dentro de los procesos, para eso las salas serán las siguientes: La
Sala Plena, por todos los Magistrados de la Corporación; la Sala de Gobierno,
integrada por el Presidente, el Vicepresidente y los Presidentes de cada una de las
Salas especializadas; la Sala de Casación Civil y Agraria, integrada por siete
Magistrados; la Sala de Casación Laboral, integrada por siete Magistrados y la Sala
34
de Casación Penal, integrada por nueve Magistrados. Todo esto con el ingrediente
básico de proceder con la justicia de manera coherente y eficaz en donde cada
órgano tanto legislativo, ejecutivo, y judicial sean utilizados en el mayor
aprovechamiento.
El artículo 22 de la Ley 270 de 1996 el cual fue modificado por la Ley 1285 de
2009 en su artículo 8 en donde los juzgados de familia, los juzgados civiles
ARTÍCULO 22. RÉGIMEN DE LOS JUZGADOS. <Artículo modificado por el
artículo 8 de la Ley 1285 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:> <Inciso
CONDICIONALMENTE exequible> Los Juzgados Civiles, Penales, de Familia,
Laborales, de Ejecución de Penas, y de Pequeñas Causas que de conformidad con
las necesidades de la administración de justicia determine la Sala Administrativa del
Consejo Superior de la Judicatura, para el cumplimiento de las funciones que prevea
la ley procesal en cada circuito o municipio, integran la Jurisdicción Ordinaria. Sus
características, denominación y número serán los establecidos por dichas
Corporaciones.
35
CAPÍTULO III
3. ANTECEDENTES LEGALES DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Constitución Política de 1991
ARTÍCULO 229. Se garantiza el derecho de toda persona para acceder a la
administración de justicia. La ley indicará en qué casos podrá hacerlo sin la
representación de abogado.
La Constitución Política de 1991 estableció que la administración de justicia es
una función pública, con la cual se pretende garantizar la eficacia del ejercicio de los
derechos, las garantías y las libertades de los ciudadanos.
Este postulado constitucional se fundamenta sobre la base de la igualdad, según
la cual no existe razón de orden económico, social o político que sirva de fundamento
suficiente para limitar, inhibir o impedir el acceso a esa prestación. 1
Esta reiterado como principio en la ley estatutaria de la administración de justicia.2
1. Teoría general del proceso, Luis Alonso Rico Puerta. Página 142
2. Ley 270 de 2006, ley Estatutaria de la administración de justicia, Artículo 2: Acceso a la justicia. El estado garantiza el acceso de todos los asociados a la administración de justicia. Será de su cargo el amparo de pobreza y el servicio de la defensoría pública. En cada municipio habrá como mínimo un defensor público.
36
El derecho fundamental de acceder a la administración de justicia implica
necesariamente que el juez resuelva en forma imparcial, efectiva y prudente las
diversas situaciones que las personas someten a su conocimiento.
Para lograr lo anterior, es requisito indispensable que el juez proteja la fuerza del
principio de la seguridad jurídica, es decir, que asuma el compromiso de resolver en
forma diligente y oportuna los conflictos a él sometidos dentro de los plazos que
define el legislador.
En efecto, como se estableció, uno de los pilares esenciales del Estado social de
derecho es la prestación seria, responsable y eficiente de la justicia, a través de la
cual es posible la materialización de un orden justo, caracterizado por la convivencia,
la armonía y la paz. Sin embargo, como lo ha señalado la Corte, la aplicación y
operatividad de la justicia “se hace efectiva cuando las instituciones procesales
creadas como instrumentos para asegurar su vigencia, arbitran los mecanismos
idóneos para que puedan acceder a ellas todas las personas en condiciones de
igualdad” 3
El acceso a la justicia implica que al momento de definir las condiciones mínimas
de satisfacción del servicio, este debe ser asequible geográfica e ideológicamente,
dar respuesta a las necesidades de justicia en forma integral, oportuna, eficiente y
eficaz, y promover la participación, la capacidad de discernimiento jurídico de las
personas y el desarrollo de relaciones de confianza. También se debería prestar
3 . Corte Constitucional. Sala de Revisión No. 2. Sentencia No. T-522 del 22 de noviembre de 1994. Magistrado Ponente: Antonio Barrera Carbonell.
37
asistencia jurídica y judicial gratuita sólo a las personas de más escasos recursos y
respecto del resto su satisfacción queda
3.1 Leyes promulgadas desde 1991
Ley 270 de 1996
Mediante la ley Estatutaria de la Administración de Justicia, ley 270 de 1996 se
buscó crear algunas limitaciones en cuanto a la reserva de identidad de testigos y de
fiscales. Restringiendo la gama de delitos frente a las cuales debiera operar,
exigiendo el concepto previo del Ministerio Público en materia de testigos y en
relación a fiscales, estableciendo que sólo operaría cuando exista una resolución
motivada del Fiscal general que así lo determine. Igualmente, excluyó a los
miembros de la Fuerza Pública y de los Organismos de seguridad del estado de
gozar del beneficio de la reserva de identidad. Sin embargo, la Corte Constitucional
falló la inconstitucionalidad parcial de tal normatividad, mediante la sentencia 037 de
1996, lo que en términos prácticos implica la vigencia del régimen anterior sin
limitación alguna.
“Considerando que la justicia es un valor superior consagrado en la Constitución
Política que debe guiar la acción del Estado y está llamada a garantizar la efectividad
de los derechos fundamentales, dentro del marco del Estado Social y Democrático
de Derecho, y a lograr la convivencia pacífica entre los colombianos, y que dada la
trascendencia de su misión debe generar responsabilidad de quienes están
encargados de ejercerla”.
38
ARTICULO 2º. ACCESO A LA JUSTICIA.
El Estado garantiza el acceso de todos los asociados a la administración de
justicia. Será de su cargo el amparo de pobreza y el servicio de defensoría pública.
En cada municipio habrá como mínimo un defensor público.
LEY 771 DE 2002
Por la cual se modifica el artículo 134 y el numeral 6 del artículo 152 de la Ley 270
de 1996.
“El artículo 134 de la Ley 270 de 1996 quedará así:
Artículo 134. Traslado.
Se produce traslado cuando se provee un cargo con un funcionario o empleado
que ocupa en propiedad otro de funciones afines, de la misma categoría y para el
cual se exijan los mismos requisitos, aunque tengan distinta sede territorial. Nunca
podrá haber traslados entre las dos Salas de los Consejos Seccionales de la
Judicatura.
Procede en los siguientes eventos:
1. Cuando el interesado lo solicite por razones de salud o seguridad debidamente
comprobadas, que le hagan imposible continuar en el cargo o por estas mismas
razones se encuentre afectado o afectada su cónyuge, compañera o compañero
permanente, descendiente o ascendiente en primer grado de consanguinidad o único
39
civil, siempre que ello no implique condiciones menos favorables para el funcionario y
medie su consentimiento expreso.
2. Cuando lo soliciten por escrito en forma recíproca funcionarios o empleados de
diferentes sedes territoriales, en cuyo caso sólo procederá previa autorización de la
Sala Administrativa de los Consejos Superior o Seccional de la Judicatura.
Cuando el traslado deba hacerse entre cargos cuya nominación corresponda a
distintas autoridades, sólo podrá llevarse a cabo previo acuerdo entre éstas.
3. Cuando lo solicite un servidor público de carrera para un cargo que se
encuentre vacante en forma definitiva, evento en el cual deberá resolverse la petición
antes de abrir la sede territorial para la escogencia de los concursantes.
4. Cuando el interesado lo solicite y la petición esté soportada en un hecho que
por razones del servicio la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura
califique como aceptable.
Artículo 2º. El numeral 6 del artículo 152 de la Ley 270 de 1996 quedará así:
6. Ser trasladado, a su solicitud, por cualquiera de las eventualidades
consagradas en el artículo 134 de esta ley”.
LEY 1285 DE 2009
Mencionar esta ley es importante porque reforma la Ley 270 de 1996 en varias
disposiciones.
40
Reformó la Ley Estatutaria de Administración de Justicia en cuanto a la
aplicación de la perención de los procesos ejecutivos y la creación de funcionarios
con funciones de jueces y sustanciadores de descongestión.
La ley 1285 de 2009 contempla medidas como el plan nacional de desarrollo para
la justicia al día, la adopción de la oralidad en la mayoría de los procesos, el cobro de
un arancel judicial para financiar los proyectos de descongestión judicial y la creación
de los juzgados de pequeñas causas y competencia múltiple, los cuales tendrán
competencia para conocer de conflictos correspondientes a la jurisdicción ordinaria
que sean definidos como menores. Estos juzgados se establecerán de acuerdo con
la demanda de justicia de cada municipio, su localización será descentralizada y su
actuación será oral, sumaria y en única audiencia.
La ley dispone también la supresión de los juzgados agrarios y la inclusión de
juzgados penales para adolescentes y de ejecución de penas.
Otra reforma importante es que se establece la conciliación extrajudicial como
requisito de procesabilidad de las acciones de nulidad, reparación directa,
restablecimiento del derecho y controversias contractuales.
Uno de los presupuestos esenciales de todo estado, y en especial del estado
social de derecho, es el de contar con una debida administración de justicia. A través
de ella, se protegen y se hacen efectivos los derechos, las libertades y las garantías
de la población entera, y se definen igualmente las obligaciones y los deberes que le
41
asisten a la administración y a los asociados. Se trata, del compromiso general en
alcanzar la convivencia social y pacifica, de mantener la concordancia nacional y de
asegurar la integridad de un orden político, económico y social justo. Por lo anterior
es importante el análisis y estudio de las normas o leyes que han regulado la
administración de justicia y el acceso a ella por la sociedad en general.
3.2 Normas jurisprudenciales del acceso a la justicia
SENTENCIA C-037 DE 1996 Ref.: P.E.-008 Revisión constitucional del proyecto
de ley número 58/94 Senado y 264/95 Cámara, "Estatutaria de la Administración de
Justicia". Magistrado ponente: Dr. Vladimiro Naranjo Mesa. Santafé de Bogotá, D.C.;
cinco (5) de febrero de mil novecientos noventa y seis (1996).
Sentencia C-713/08 Referencia: expediente P.E. 030 Revisión previa del
proyecto de ley estatutaria No. 023/06 Senado y No. 286/07 Cámara “Por medio de
la cual se reforma la Ley 270 de 1996 Estatutaria de la Administración de Justicia”
Magistrada Ponente: Dra. Clara Inés Vargas Hernández Bogotá, D.C., quince (15) de
julio de dos mil ocho (2008).
Sentencia C-878/05 Referencia: expediente D-5669 Demanda de
inconstitucionalidad contra el artículo 51, parcial, de la Ley 712 de 2001 “Por la cual
se reforma el Código Procesal del Trabajo” Actor : Juan David Villa Jaramillo.
Magistrado Ponente : Dr. Alfredo Beltrán Sierra. Bogotá, D. C., veintitrés (23) de
agosto de dos mil cinco (2005).
42
CAPITULO IV
4. ALCANCE DEL ACCESO A LA JUSTICIA EN EL DISTRITO ESPECIAL DE
BUENAVENTURA.
Para poder hacer uso de los organismos que controlan la seguridad y permiten de
manera proactiva acceder a la justicia generando un bienestar social, es necesario
describir el marco de proyección y el escenario de su posicionamiento para así tener
claridad hacia que “MUESTRA GRAFICA” demarcando y describiendo que clase de
segmento de mercado está llegando hacia el interior de los estamentos judiciales, es
así que con base en la radiografía socio cultural de buenaventura se podrá generar la
restitución del tejido social de la comunidad representativa, que en este caso es el
Distrito Especial de Buenaventura.
El objeto del alcance del acceso a la justicia en Buenaventura es la
descongestión del aparato jurisdiccional en donde el ciudadano por vías de Derecho,
establezca una convicción en creer firmemente en el control y gestión de los
organismos judiciales, teniendo claridad de la panorámica, con base en las diferentes
necesidades preestablecidas en una sociedad con un trasfondo marcado por
generadores de violencia, narcotráfico, grupos insurgentes al margen de la autoridad,
violencia intrafamiliar, vandalismo, y contrabando por más de 30 años consecutivos,
esto es la evidencia contundente del marco de proyección nombrado anteriormente
43
en donde se mide la problemática social, cultural, política, y económica de esta
población, para así sopesar esta situación controvertida y establecer una plataforma
de lanzamiento donde se logre de manera eficaz la solución por medio de una
INVESTIGACION.
ESTRATEGIA DE INVESTIGACION: Para construir los rudimentos de una historia
con tal magnitud hubo la necesidad de hacer un trabajo de campo que inicio en el
nuevo PUERTO DE BUENAVENTURA donde las autoridades de derecho marítimo,
nos mostraron como son los episodios que diariamente les toca confrontar para así
evitar el deterioro de las aguas del pacifico colombiano, los guarda costas del
pacifico, la armada nacional, y la policía náutica se enfrentan contra los
contrabandistas, cazadores de especies del litoral pacífico, y los piratas que atacan
los buques de transportación de mercancías robando cargas multimillonarias que
menoscaban y dilapidan el patrimonio económico portuario esto es muy aparte de la
necesidad sentida de la población, estos flagelos de violencia marítima afecta otros
frentes industriales, ya que los mismos son indiferentes a la problemática de los
nativos de buenaventura y es tanta la costumbre de este factor que el mismo nativo
ya se a hecho a la idea que la ciudad es muy aparte del puerto.
No obstante el acceso a la justicia, considerado como objeto de conocimiento,
desde el punto de vista de la teoría jurídica, puede ser un supuesto necesario de las
instituciones políticas, (ESTADO), a las que justifica, o también puede ser un
(DERECHO FUNDAMENTAL DE LAS PERSONAS) el cual debe ser preservado por
44
ellas mismas y por la instituciones políticas, y por último se puede pensar que es un
(ELEMENTO INTEGRANTE DEL NÚCLEO ESENCIAL DE UNO O VARIOS
DERECHOS FUNDAMENTALES). Estas tres versiones enunciadas son, en principio,
concurrentes y no contradictorias, pues cada una de ellas pues cada una de ellas
aprecia una misma realidad bajo diversos aspectos, así que se puede enunciar
¿Cual es la relación existente entre el acceso a la Justicia y las instituciones
políticas? Con lo acontecido en la “ENCUESTA ALEATORIA” en el municipio de
buenaventura se pudo observar que existe una relación fundante-fundado, que se
hace explicita mediante una proposición alternativa como sugerencia en una praxis
justificada por una serie instructivos que demuestran la problemática de este
territorio.
45
ENCUESTA:
UNIVERSIDAD SAN BUENAVENTURA CALI
Facultad de Derecho
Distrito Especial de Buenaventura:
1) Usted o algún miembro de su hogar se ha visto afectado en los últimos 12
meses, por un hecho de violencia o inseguridad?
0.1. SI 0.2.
0.3. NO 0.4.
0.5. PORQUE 0.6.
2) Señale que clase de factores de Violencia inciden en Buenaventura?
0.7. POBREZA 0.8.
0.9. DESEMPLEO 0.10.
0.11. FALTA DE AUTORIDAD 0.12.
0.13. NARCOTRAFICO 0.14.
0.15. OTROS 0.16.
46
3) Como es la situación de seguridad en su barrio?
0.17. BUENA 0.18.
0.19. REGULAR 0.20.
0.21. MALA 0.22.
4) De qué manera lo afecta la inseguridad en la ciudad de Buenaventura?
Responda Si o No y Porque?
0.23. No lo afecta 0.24. 0.25.
0.26. Temor a salir 0.27. 0.28.
0.29. Anda prevenido 0.30. 0.31.
0.32. No transita por ciertos
lugares
0.33. 0.34.
0.35. Se mantiene nervioso 0.36. 0.37.
5) Que labor desempeña la policía para controlar la inseguridad en esta ciudad?
0.38. BUENA 0.39.
0.40. REGULAR 0.41.
0.42. MALA 0.43.
47
6) Qué medidas toma la policía nacional para acabar con el flagelo de la
delincuencia?
0.44. MEDIDAS DE DERECHO 0.45.
0.46. MEDIDAS DE HECHO 0.47.
0.48. EFICIENTE 0.49.
0.50. DEFICIENTE 0.51.
0.52.
7) Considera usted que la situación portuaria nacional es:
0.53. BUENA 0.54.
0.55. MUY BUENA 0.56.
0.57. REGULAR 0.58.
48
8) Quienes generan Discriminaciones?
0.59. PAISAS O BLANCOS 0.60.
0.61. LAS MISMAS PERSONAS 0.62.
0.63. EMPRESARIOS 0.64.
0.65. EXTRANJEROS O DEL INTERIOR 0.66.
0.67. OTROS 0.68.
9) Calificación de 1 a 5 es la mejor. Como es la calidad de educación los
Colegios Públicos de la ciudad?
0.69. 1 0.70.
0.71. 2 0.72.
0.73. 3 0.74.
0.75. 4 0.76.
0.77. 5 0.78.
0.79. 0.80.
49
10) Cómo califica la labor de la Familia en el desempeño Social?
0.81. BUENO 0.82.
0.83. REGULAR 0.84.
0.85. MALO 0.86.
Estos tabulados encierran el factor estadístico de la problemática que se ve
reflejada en la actualidad, y que es medible porcentualmente a un 100% en donde se
puede observar el grado en la mayoría de cuestionamientos a un 0.85, 0.86, y 0.87
% de desequilibrio social, que es una tasa muy alta en cuanto al factor problema.
Nota: Se hicieron 50 encuestas en el PALACIO NACIONAL DE BUENAVENTURA.
Teniendo en cuenta las estadísticas anteriores se investigó desde el año 2.009
cómo fue el alcance en profundidad del acceso de justicia en la Casa de Justicia en
Buenaventura.
50
CASA DE JUSTICIA
4.1 Concepto de la Casa de Justicia de Buenaventura
4.1.1 Antecedentes
Diversos diagnósticos han llamado la atención sobre las múltiples deficiencias que
presenta el servicio de justicia en muchas ciudades y zonas rurales del país. Esta
situación ha terminado por convertirse en un actor de exclusión y marginalidad social
51
que afecta, en mayor grado, a comunidades de escasos recursos y poblaciones
vulnerables.
La Casa de Justicia es un centro interinstitucional de orientación, información,
referencia y prestación de servicios de resolución de conflictos, donde se aplican
mecanismos de justicia formal y no formal en una determinada localidad, donde
hacen presencia tanto los MASC, como las autoridades judiciales y administrativas1
1 De acuerdo con el Decreto 1477 de 2000, en las CJ intervienen el MIJ, la
Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría
del Pueblo, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el Instituto Nacional de
Medicina Legal y Ciencias Forenses, Ministerio de la Protección Social, la
Superintendencia de Notariado y Registro, las alcaldías distritales o municipales, las
inspecciones de Policía, las Personerías distritales o municipales, Comisarías de
Familia, asuntos étnicos, desarrollo comunitario, los consultorios jurídicos de las
universidades y los centros de conciliación.
Son varios los factores que pueden señalarse como generadores de este
fenómeno. En primer lugar, la reducida o ausente presencia de la institucionalidad
del Estado para la administración del servicio de justicia en las comunidades locales
y rurales, particularmente en aquellas con mayores índices de criminalidad, violencia
y conflictividad comunitaria; desplazamiento forzado elevadas tasas de desempleo y
desescolarización; actitudes reticentes frente al sistema de justicia; y, ubicación
52
retirada de los servicios básicos de justicia, así como la poca oferta institucional en
estas zonas.
En segundo lugar, se encuentra el desconocimiento de los ciudadanos, respecto a
sus derechos y de los mecanismos para la protección de los mismos. Dicha situación
redunda en la falta de información sobre las autoridades a las que puede recurrir
para el trámite de las diferencias y la denuncia de los delitos. Aún en los eventos en
los que existe la autoridad responsable para el trámite de estos asuntos, las
comunidades encuentran barreras de tipo geográfico, derivadas de las enormes
distancias que separan el lugar de residencia o trabajo de los afectados de las
instancias competentes.
4.2 Descripción de la Casa de Justicia
Cuando se habla de descripción es unificar sus estructuras, es mirar de que están
hechos sus cimientos, y verificar su campo de acción; el objeto de esta investigación
en cuanto a la Ley 270 de 1.996 va en cuanto a la verificación del campo de acción,
que proyección a tenido a través de los MASC y los Mecanismos de Participación
Ciudadana. Por lo tanto se investigó las estadísticas anteriores para así tener un
comparativo con la realidad actual. Estas mediciones han sido recuperadas de las
bases de datos de la Casa de Justicia anterior a la actual,(foto anterior pág. 36
barrio villa granada, Ubicación: entrada a Buenaventura), estas son las siguientes:
53
I. Número de solicitudes de atención según trimestre
Entre julio de 2005 y diciembre de 2009, la Casa de Justicia de Buenaventura ha
registrado un total de 92.708 solicitudes de atención, 14.812 de las cuales fueron
recibidas en el segundo semestre de 2009.
Con base en lo registrado en el segundo semestre del año, la Casa de Justicia de
Buenaventura consolidó una tendencia estable en su volumen de demanda recibida
entre enero y diciembre de 2009 (gráfico 1)
GRÁFICO 2. DISTRIBUCIÓN DE SOLICITUDES DE ATENCIÓN SEGÚN SEXO
CASA DE JUSTICIA BUENAVENTURA
SEGUNDO SEMESTRE AÑO 2009
52,8%46,8%
0,3%
Femenino Masculino Sin Información
Base: Número de solicitudes de atención en el 2º semestre/2009: 14.812
6.935
7.828
50
54
GRÁFICO 1. NÚMERO DE SOLICITUDES DE ATENCIÓN POR SEMESTRE
CASA DE JUSTICIA DE BUENAVENTURA
JULIO DE 2005 A DICIEMBRE DE 200937
37
35
110
100
102
97 1
22
119
4.5
94
4.5
05
4.2
86
13.2
82
12.2
56
12.2
67
12.1
77
14.5
29
14.8
12
II-05 I-06 II-06 I-07 II-07 I-08 II-08 I-09 II-09
Promedio diario No. Solicitudes
Base: Número total de solicitudes de atención entre julio de 2005 y diciembre de 2009 (92.708)
II. Características socio-demográficas de los usuarios que solicitan atención
La mayoría de las solicitudes de atención recibidas en Casa de Justicia fue hecha
por mujeres (52,8%), así como por adultos (26 a 35 años: 32,8% y 36 a 45 años:
29,8%) y adultos jóvenes (18 a 25 años: 16,9%)
(Gráficos 2 y 3).
GRÁFICO 3. DISTRIBUCIÓN DE SOLICITUDES DE ATENCIÓN SEGÚN EDAD
CASA DE JUSTICIA BUENAVENTURA
SEGUNDO SEMESTRE AÑO 2009
16,9%
29,8%32,8%
0,3%3,8% 3,6%
12,3%50
527
1.825
4.412
558
2.506
4.858
Menos de 18 años Entre 18 y 25 años Entre 26 y 35 años Entre 36 y 45 años Entre 46 y 55 años Entre 56 y 63 años Mayor de 63 años
Base: Número de solicitudes de atención en el 2º semestre/2009: 14.812
Porcentaje No. Solicitudes
55
III. Usuarios pertenecientes a grupos étnicos que solicitan atención
El 76,8% de las solicitudes de atención fue hecha por personas que señalaron su
pertenencia a grupos étnicos, la mayoría de los cuales fueron afrocolombianos
(76,4%).
IV. Estrato socioeconómico y nivel educativo de quienes solicitan atención
En el tercer trimestre de 2009, el 99% de las solicitudes de atención fue hecha por
personas de estrato socio-económico 1 y 2. Así mismo, el 39,9% manifestó que su
nivel de escolaridad era bachillerato incompleto o completo, mientras que el 35,9%
indicó que era técnico incompleto o completo.
V. Lugar de procedencia de quienes solicitan atención
En el cuarto trimestre de 2009, el 29,4% de las solicitudes de atención fue hecha
por personas que vinieron a Casa de Justicia desde zonas rurales.
VI. Usuarios que solicitan atención por primera vez
El 55,6% de las solicitudes de atención fue hecha por personas que vinieron por
primera vez a Casa de Justicia.
VII. Motivo de consulta
56
El 26,8% de las solicitudes de atención recibidas en Casa de Justicia fue para
resolver conflictos familiares, mientras que el 20,5% lo hizo para pedir información,
permisos, certificados y cartas; el 14,6% por conflictos entre vecinos y un 11,6% por
problemas civiles (tabla 1).
Tabla 1. Distribución de solicitudes de atención según motivo de consulta
Casa de Justicia de Buenaventura
Segundo semestre de 2009
VIII. Instituciones a las que se asignan las solicitudes recibidas para su atención
El 99,6% de las solicitudes de atención recibidas fueron remitidas a las entidades
internas presentes en Casa de Justicia, siendo los Conciliadores en Equidad
(21,4%), la Inspección de Policía (10,2%) y el Juez de Paz (10,1%), las tres
entidades o instancias internas a las que mayor volumen de demanda se asignó
desde el C.R.I. (tabla 2).
57
Tabla 2. Distribución de solicitudes de atención según remisión interna desde el
C.R.I.
Casa de Justicia de Buenaventura
Segundo semestre de 2009
58
CASA DE JUSTICIA DE BUENAVENTURA
RESULTADOS MEDICIONES SEPTIEMBRE Y NOVIEMBRE DE 2009
(PRESENCIA INSTITUCIONAL)
Cobertura Institucional4
Teniendo en cuenta los resultados de las mediciones de marzo y junio de 2009, la
oferta institucional en la Casa de Justicia de Buenaventura registró la presencia de
11 de las 17 entidades de la plataforma institucional básica en las dos mediciones
realizadas, incluyendo la Comisaría de Familia, los Conciliadores en Equidad, la
Coordinación, el CRI, la Defensoría del Pueblo, la Oficina de Desarrollo Comunitario,
la Inspección de Policía, el Juez de Paz, la Personería, Psicología y Trabajo Social
(tabla 3).
Entre las mediciones de septiembre y noviembre, no se registró incorporación o
desvinculación de entidades a la oferta institucional instalada.
El Centro de Conciliación, el Consultorio Jurídico, la Fiscalía, el ICBF, los
Mediadores Comunitarios y Medicina Legal fueron las entidades de la plataforma
institucional básica que no registraron sus servicios dentro de la oferta institucional
instalada en la Casa de Justicia durante las dos mediciones.
Permanencia Institucional5
4 Se entiende como cobertura institucional, la relación entre el número de entidades que prestan actualmente sus servicios en la Casa de
Justicia y el número de entidades que conforman la plataforma institucional básica y mínima deseable para el Programa Nacional Casas de Justicia.
59
La oferta institucional presente en la Casa de Justicia de Buenaventura registró un
nivel de permanencia muy alto en las dos mediciones realizadas.
En las mediciones de septiembre y noviembre, la totalidad de las entidades
presentes en Casa registró un nivel de permanencia muy alto (más de 33 horas a la
semana), excepto la Defensoría del Pueblo que tuvo un nivel alto (entre 25 y 32
horas) (tabla 3).
4.3 Conformación de la Casa de Justicia
Capacidad Institucional6
En la medición de septiembre, la Casa de Justicia de Buenaventura contó con un
recurso conformado por 28 personas7, 24 de los cuales estuvieron dedicados a
atender, tratar y resolver conflictos y problemas, mientras que 4 tuvieron funciones
administrativas y de apoyo logístico. El 46,4% del recurso humano de Casa de
Justicia se concentró en dos entidades internas, así: Conciliadores en Equidad
(28,6%) y Coordinación (17,9%) (Tabla 3).
El recurso humano de Casa de Justicia estuvo conformado por 16 mujeres y 12
hombres, la totalidad de los cuales fueron afrocolombianos (Tabla 3).
La mayor parte del recurso humano que trata y resuelve casos fueron figuras de
justicia comunitaria (41,7%) y profesionales (37,5%). Entre los primeros, la totalidad
5 Se entiende como permanencia institucional, la relación entre el tiempo dedicado por cada entidad presente en Casa de Justicia a la
prestación de servicios, y el tiempo de dedicación deseable y proyectada para cada entidad presente (5 días y 40 horas semanales). 6 Se entiende como capacidad institucional, la dotación de capital humano y físico con que cuenta la Casa de Justicia para el ejercicio óptimo
de funciones como la atención, tratamiento y solución de los conflictos y/o problemas con eficiencia y eficacia. 7 No incluye personal vinculado a las entidades de la plataforma institucional extendida, sino únicamente a los que hacen parte de la
plataforma institucional básica.
60
fueron Conciliadores en Equidad y Jueces de Paz. Entre los segundos, la mayoría
fueron abogados (55,6%) y, en menor medida, psicólogos (22,2%) (Tabla 3).
En la medición de noviembre, no se registró variación en las características del
recurso humano con que contó Casa (tabla 4).
61
CASA DEJUSTICIA DE BUENAVENTURA
RESULTADOS SEGUNDO SEMESTRE DE 2009
(ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN, CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN)
La gestión de Casa de Justicia no se agota en el trámite de las solicitudes de
atención hechas por personas que se acercan a Casa para solucionar un conflicto o
un problema en particular, sino que se extiende a un conjunto de actividades dentro y
fuera de la Casa que no se pueden medir con el Censo Nacional y Presencia
Institucional. Estas actividades se extienden desde una oferta de diversificación con
énfasis en prevención, capacitación y promoción hasta una oferta de
descentralización con la implementación de Casa Móvil, Centros Satélites y Brigadas
Jurídicas. Estas actividades son llevadas a cabo directamente por Casa de Justicia
62
dentro y fuera de sus instalaciones, pero también pueden serlo por organizaciones
externas a Casa debido a la conversión de sus instalaciones en un espacio
comunitario.
La Casa de Justicia de Buenaventura reportó actividades de prevención con
énfasis en reclutamiento forzado, así como actividades de capacitación con énfasis
en derechos humanos, derechos del niño, trabajo en equipo y educación legal en Ley
de Infancia y Adolescencia.
Las actividades de prevención y capacitación contaron con la presencia de 358
personas, 258 de las cuales lo hicieron en actividades de capacitación y 100 en
actividades de prevención.
La población beneficiaria de las actividades de prevención fueron adultos,
mientras que la de las actividades de capacitación fueron niños, jóvenes, adultos y
mujeres cabeza de familia.
La Coordinación y la Oficina de Desarrollo Comunitario fueron las entidades
responsables de las actividades de prevención y capacitación.
La Casa se convirtió en un espacio comunitario para actividades de difusión del
programa Familias en Acción dirigido a la población desplazada.
63
Tabla 5. Actividades de Prevención, Capacitación y Promoción
Casa de Justicia de Buenaventura
Segundo semestre de 2009
4.4 Concepto y Descripción de la Alcaldía Distrital de Buenaventura
Misión
La Administración Distrital garantiza la respuesta a la demanda de bienes y
servicios básicos de la población mediante la implementación y puesta en marcha de
una política social efectiva y participativa, el manejo transparente de lo público, una
gerencia inspirada en los principios de la gestión de calidad, la seguridad humana
como factor transversal de desarrollo y el fomento de ventajas competitivas
asociadas a la localización geoestratégica del Distrito en la cuenca del Pacífico.
64
Visión
Buenaventura es en el 2019 un Distrito - región feliz que enaltece la vida por
medio de la confianza, unido, saludable y en paz, que revive la tolerancia y la
convivencia pacífica, eje de ejemplo de desarrollo nacional, regional y local, que
aprovecha sus recursos naturales de manera sostenible, su biodiversidad,
biotecnología y posición geoestratégica (mejor esquina del mundo), y que potencia
para el beneficio de los habitantes su condición de ser una Ciudad - Puerto, donde se
hacen realidad las ideas y proyectos colectivos generadores de desarrollo humano y
rentabilidad financiera, se fortalece la identidad cultural del Pacífico, se garantizan los
derechos humanos y reivindicaciones étnicas y territoriales y se desarrolla en
armonía, equidad y equilibrio la zona rural y urbana.
4.5 Concepto y descripción de la Policía Nacional
La Policía Nacional de Colombia es un cuerpo armado, permanente, de naturaleza
civil,1 encargado de mantener y garantizar el orden público interno de la Nación.2
Instituida para proteger a todas las personas en su vida, honra, bienes, creencias y
demás derechos y libertades.3 Constituida con régimen y disciplina especiales.4 5 En
conjunto con las Fuerzas Militares (Ejército, Armada y Fuerza Aérea) componen lo
que en Colombia se denomina la Fuerza Pública.6 El Presidente de la República, es
el Jefe Superior de la Policía Nacional, ejerciendo su autoridad, por medio del
Ministro de Defensa Nacional y el Director General de la Policía Nacional.7 Desde
1953 está adscrita al Ministerio de Defensa.8 Está integrada por 165 mil
uniformados.9 10
65
CAPITULO V
5. MEDIOS PARA ACCEDER A LA JUSTICIA
5.1 Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos
Es importante mencionar el acceso a la justicia a través de los mecanismos
alternativos de solución de conflictos. Para esto vamos a mencionar las fuentes
normativas que dan origen a estos:
1) Constitución política, art. 116, inc. 4°. Los particulares pueden ser investidos
transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de conciliadores
o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en
equidad, en los términos que determine la ley.
De la norma superior se desprende que por regla general la función de
administrar justicia esta confiada a la Corte Constitucional, la Corte Suprema de
Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía
General de la Nación, los Tribunales, los Jueces y la Justicia penal militar. El
congreso también ejerce determinadas funciones judiciales.
Corresponde a estas instituciones satisfacer en forma permanente y ordinaria la
demanda social de tutela judicial efectiva. En este sentido, es claro que la
66
Administración de Justicia es una función pública estatal de naturaleza esencial,
porque aparte de ser una actividad estatal continua e ininterrumpida, configura uno
de los pilares fundamentales del Estado Social de Derecho que por medio de una
democracia participativa, podrá garantizar en consenso que una persona investida
de los tres (3) como: Suprema Autoridad, Jefe de Estado, y Jefe de Gobierno, tendrá
la facultad y la autoridad con la aprobación del Congreso de la Republica con la
finalidad de ejercer poder del Estado para hacer cumplir sus decisiones, resolviendo ,
de manera responsable, imparcial, independiente, autónoma, ágil, eficiente y eficaz ,
los conflictos que surjan entre las personas en general, en virtud de los cuales se
discute la titularidad y la manera de ejercer un especifico derecho, consagrado por el
ordenamiento jurídico vigente.
La función pública de administrar justicia puede ser concebida desde este
enfoque como la contrapartida del derecho constitucional del libre acceso a la
jurisdicción, en virtud del cual las personas tienen derecho a ser parte en un proceso
promoviendo la actividad jurisdiccional que desemboque en una decisión judicial
sobre las pretensiones que le formulen.
Ciertamente el artículo 229 de la Constitución Política de Colombia en conexidad
con el articulo 86 Superior de la misma norma rectora, la cual reconoce a todas las
personas el derecho a obtener la acción Tutela judicial efectiva por parte de los
jueces y tribunales que integran la administración de justicia, garantía que entraña la
posibilidad de acudir libremente a la jurisdicción siendo parte promoviendo la
67
actividad jurisdiccional que concluye con una decisión final motivada, razonable y
fundada en el sistema de fuentes.
Así mismo, la carta política permite extender transitoriamente y descentralizada la
potestad de administrar justicia por medio de los particulares en calidad de
conciliadores, árbitros, amigable componedor, y otros como los jueces de paz, y las
notarias que prestan un servicio a la Nación en donde la transitoriedad y alter
natividad de estos instrumentos deriva del hecho de que constituyen una forma de
desconcentración de poderes en donde existirá la colaboración por competencia de
los particulares para el buen suceso de la administración de justicia.
Los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos y los Medios de
Participación Ciudadana no deben ser interpretados solamente como una forma de
descongestionar el Aparato Jurisdiccional sino también, y principalmente, como una
forma de participación de la sociedad civil en los asuntos que los afectan. Es
incuestionable su característica de democráticos, en la medida en que generan
espacios de intervención de la comunidad en el desarrollo de la función jurisdiccional
evitando la conflictivilizacion de la comunidad y logrando, por ende, el fortalecimiento
de la legitimidad del Aparato Jurisdiccional estatal en la medida en que este puede
dedicarse a resolver aquellos asuntos que son de verdadera transcendencia social.
En criterio de algunos sociólogos del derecho estos procesos incrementan la
democracia, por las siguientes razones:
68
Porque acercan la justicia a los criterios populares de equidad
Porque son procesos participativos pues restituyen a las personas y a las
comunidades la capacidad de resolver sus propias controversias
Porque se fundan en el con censo, en la búsqueda de acuerdos, con lo cual
incrementan la deliberación democrática
Porque una solución conciliada de un conflicto tiende a fortalecer dos virtudes
democráticas esenciales para un ciudadano.
Su autonomía, pues le enseña a manejar sus propios problemas, pero también
la búsqueda del acuerdo, obliga a la persona a comprender al otro y expresar
preocupación y consideración por sus intereses y valores, lo cual la vuelve un
individuo mas compasivo, solidario y con capacidad de reconocimiento del valor de
las diferencias y del pluralismo.
Con todo se han identificado algunos de los peligros que encierra la puesta en
práctica de la justicia informal: las profundas desigualdades materiales entre las
partes, que inclinaría la balanza a favor del más poderoso. En este contexto resulta,
pues, claro que la justicia informal proveniente de la aplicación de los mecanismos
alternativos de solución de conflictos no es sustitutiva sino complementaria de la
justicia estatal formal.
69
2) Ley 270 de 1996, art 8. Alter natividad. La ley podrá establecer mecanismos
diferentes al proceso judicial para la solucionar los conflictos que se presenten entre
los asociados y señalara los casos en los cuales habrá lugar al cobro de honorarios
por estos servicios.
Ley 270 de 1996, art. 13 núm. 3°. Ejercen función jurisdiccional de acuerdo con lo
establecido en la constitución política:…. 3. Los particulares actuando como
conciliadores o árbitros habilitados por las partes, en asuntos susceptibles de
transacción, de conformidad con los procedimientos señalados en la ley
En conclusión las formas alternativas de resolver conflictos pueden ser reguladas
por la ley, de acuerdo con los lineamientos constitucionales. A través de ellas, no
solo no se desconoce el artículo 116 superior sino que se interpretan y se
desarrollan los principios y valores que regulan la constitución, como es la búsqueda
de la paz, la convivencia y el orden justo.
5.2 Clases de MASC
Conciliación
La conciliación es una institución en virtud de la cual se persigue un interés
público, mediante la solución negociada de un conflicto jurídico entre partes, con la
intervención de un funcionario estatal, perteneciente a la rama judicial o a la
administración, y excepcionalmente de particulares.
Como caracteres esenciales que informan la conciliación se destacan los siguientes:
70
a) Es un instrumento de autocomposición de un conflicto, por la voluntad concertada
o el consenso de las partes.
b) Constituye una actividad preventiva, en la medida en que busca la solución del
conflicto antes de acudir a la vía procesal o durante el trámite del proceso, en cuyo
caso no se llega al resultado final normal de aquel, que es la sentencia.
c) No tiene en estricto sentido el carácter de actividad judicial ni da lugar a un
proceso jurisdiccional, porque el conciliador, autoridad administrativa o judicial, o
particular, no intervienen para imponer a las partes la solución del conflicto en virtud
de una decisión autónoma e innovadora.
d) Es un mecanismo útil para la solución de los conflictos, porque ofrece a las partes
involucradas en un conflicto la posibilidad de llegar a un acuerdo, sin necesidad de
acudir a la vía del proceso judicial que implica demora, costos para las partes y
congestión para el aparato judicial.
e) Se extiende a todos aquellos conflictos susceptibles , en principio, de ser
negociados, o en relación con personas cuya capacidad de transacción no se
encuentre limitada por el ordenamiento jurídico,
f) Es el resultado de una actuación que se encuentra reglada por el legislador en
varios aspectos, tales como: Las autoridades o sujetos competentes para intervenir
en la actividad de la conciliación; las clases de conciliación admisibles y los asuntos
susceptibles de ser conciliados; las condiciones bajo las cuales se pueden presentar
peticiones de conciliación; la audiencia de conciliación y documentación.
71
Arbitramento
Es un mecanismo jurídico en virtud del cual las partes en conflicto deciden someter
sus diferencias a la decisión de un tercero, aceptando anticipadamente sujetarse a lo
que allí se adopte.
Características:
a) Es uno de los instrumentos autorizados para que los particulares puedan
administrar justicia
b) Está regido por el principio de habilitación o voluntariedad
c) Es temporal, pues la competencia de los árbitros esta restringida al asunto que las
partes le plantean
d) Es de naturaleza excepcional pues la constitución impone limites materiales a la
figura
El arbitramento es un verdadero procedimiento judicial, el cual esta sometido en
todas sus etapas a la estricta aplicación de las normas que regulan este tipo de
actuaciones tanto desde el punto de vista formal como material. Se trata de un
mecanismo en el que han de aplicarse con rigor las garantías del debido proceso
aplicables a toda actuación judicial
Mediación
72
Es un mecanismo que genera un espacio institucional para que la víctima y el
ofensor intercambien opiniones y confronten sus puntos de vista, para que a través
de un mediador, que conforme a la ley debe ser neutral, logren solucionar el
conflicto suscitado con ocasión de la conducta punible.
La mediación puede orientarse a objetivos restauradores tales como la
reparación, la restitución, el resarcimiento de los perjuicios causados, la realización
de determinada conducta, la prestación de servicios a la comunidad, o el
ofrecimiento de disculpas o perdón.
Por otro lado la mediación es definida en el artículo 523 de la ley 906 de 2004.
“Mediación es un mecanismo por medio del cual un tercero neutral, particular o
servidor público designado por el fiscal o su delegado, conforme con el manual que
se expida para la materia, trata de permitir el intercambio de opiniones entre víctima
y el imputado para que confronten sus puntos de vista, con su ayuda, logren
solucionar el conflicto que les enfrenta”.
Características
La mediación tiene por meta principal la firma de un convenio que regirá
acciones futuras
Reduce los efectos del conflicto
Mejora comunicación
Se basa en la autocomposición
73
Las partes y no un tercero son responsables de evaluar y satisfacer sus
necesidades y resolver conflicto.
Ahorro para las partes y para el estado
Privado, rápido
Principios básicos del proceso de mediación
1. Voluntariedad
2. Consentimiento informado
3. Autodeterminación
4. Imparcialidad y neutralidad
5. Confidencialidad.
Amigable composición
Es un mecanismo de solución de conflictos, por medio del cual dos o mas
particulares delegan en un tercero, denominado amigable componedor, la facultad de
precisar, con fuerza vinculante para ellas, el estado, las partes y la forma de
cumplimiento de un negocio jurídico particular.
Características
a) es un procedimiento eminentemente contractual
b) Los amigables componedores, por principio, no ejercen función estatal judicial
c) Es un mecanismo de autocomposición, los amigables componedores son
representantes de las partes contratantes
74
d) Se desarrolla en la forma acordada autónomamente por las partes
e) Concluye en un acuerdo que tiene los efectos de transacción
La integración de la amigable composición puede confiarse a “ terceros” ajenos a
los contratantes, sean aquellos personas naturales o jurídicas, no están sometidos a
calificación especial.
Negociación
Es un proceso de ajuste de diferencias existentes con el objeto de establecer una
relación legal mutua deseable por medio del intercambio y el compromiso de deseos
y obligaciones legales y de intereses económicos, sicológicos, sociales y de otra
índole. Ello se obtiene por el consenso en lugar de aplicar la fuerza del derecho.
Es una clase de proceso de solución de conflictos en el que las personas tratan
de llegar a una decisión conjunta sobre temas que preocupan a ambas en
situaciones en las que hay desacuerdo y conflicto.
La negociación se da en aquellas situaciones en las que dos o mas partes
reconocen que entre ellas existen diferencias de intereses o de valores y en la que
ellas desean (o son obligadas a) llegar a un acuerdo de compromiso.
Estrategias de negociación: tentativas planificadas por cada parte para llevar a
cabo el proceso de negociación hacia una resolución que le sea favorable.
Incluye la oferta inicial y las modificaciones posteriores de las propuestas.
75
Busca maximizar los beneficios de una parte para que acuerde por un valor
menor al que hubiera deseado.
Tácticas de negociación: comportamientos conscientes llevados a cabo para
cumplir la estrategia de negociación.
Oferta inicial baja
Revelación limitada
Concesiones escasas y poco significativas
Amenazas y discusiones
Compromiso aparente con ciertas posiciones
76
Diferencias:
Método Arbitraje Amigable
composición
Mediación Conciliación Transacción Negociación
Definición Es un
mecanismo por
medio del cual
las partes
involucradas
en un conflicto
de carácter
transigible,
difieren su
solución a un
Tribunal
Arbitral, el cual
queda
Es un mecanismo
a través del cual
un tercero
imparcial toma la
decisión sobre un
conflicto en virtud
de un mandato
que le ha sido
otorgado por las
personas
envueltas en un
conflicto.
Es un método
por el cual un
tercero neutral,
particular o
servidor público
designado, trata
de permitir el
intercambio de
opiniones e
intereses entre
los
involucrados,
para que logren
Es un
mecanismo a
través del cual
dos o más
personas
gestionan por
sí mismas la
solución de
sus
diferencias,
con la ayuda
de un tercero
neutral y
Es un contrato por
el cual las partes,
mediante recíprocas
concesiones,
terminan un litigio
pendiente o
previenen un litigio
futuro.
Es el
método por
medio del
cual dos o
más
personas
gestionan
por sí
mismas la
solución de
sus
diferencias
o previenen
77
transitoriament
e investido de
la facultad de
administrar
justicia.
llegar a una
solución
equitativa.
calificado. un conflicto
futuro sin la
intervención
de un
tercero.
Clases Derecho,
equidad,
técnico.
No clasificación
legal.
No clasificación
legal.
Judicial y
extrajudicial
(derecho y
equidad).
No clasificación
legal.
No
clasificación
legal.
Operador Árbitro. Amigable(s)
componedor(es).
Mediador Conciliador. Sin operador Sin
operador
Decisión Laudo Arbitral. Transacción. Con o sin
acuerdo por
escrito.
Acta de
conciliación o
constancia.
Transacción.
Acceso cláusula Mandato. solicitud al Solicitud al Acuerdo de Acuerdo de
78
compromisoria
o compromiso
operador operador. voluntades voluntades
Procedimi
ento
Legal,
institucional o
independiente.
Definido por las
partes en el
mandato.
Informal. ley y
reglamento de
centros
No establecido. Informal.
Tarifas Decreto
4089/07.
Definidas por el
operador.
Definidas por el
operador.
Decreto
4089/07.
Honorarios del
abogado.
Honorarios
del
abogado.
79
5.3 Mecanismos de participación y protección para acceder a la justicia
Derecho de petición
Consagrado en el articulo 23 de la constitución política “Toda persona tiene
derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés
general o particular y a obtener pronta resolución”.
El único limite que impone la constitución para poder ser titular del derecho a
obtener pronta resolución a las peticiones es que la petición se haya formulado de
manera irrespetuosa. Es en la resolución y no en la formulación donde este derecho
fundamental adquiere toda su dimensión como instrumento eficaz de participación
democrática.
El derecho de petición, es uno de los instrumentos fundamentales para la
efectividad de los mecanismos de la democracia participativa. Por eso lo incluimos
dentro de los mecanismos de participación para acceder a la justicia.
Acción de tutela
Se encuentra regulada en el artículo 86 de la Constitución Política como
mecanismo de protección de los derechos fundamentales cuando sean vulnerados.
La acción de tutela esta propuesta como un mecanismo procesal complementario,
especifico y directo que tiene por objeto la protección concreta e inmediata de los
80
derechos constitucionales fundamentales, en una determinada situación jurídica,
cuando estos sean violados o se presente amenaza de su violación, sin que se
pueda plantear en esos estrados discusión jurídica, sobre el derecho mismo. Además
el peticionario debe tener interés jurídico y pedir su protección también especifica,
siempre en ausencia de otro medio judicial de protección o excepcionalmente como
mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable (Corte Constitucional,
sentencia T – 013 de mayo 28 de 1992 ).
Acción de cumplimiento
Se encuentra regulada en el articulo 87 de la constitución política. “Toda persona
podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley
o un acto administrativo”.
Acción que se tramitara mediante procedimiento sumario y agil, con términos
perentorios, impulsada por las personas, naturales o jurídicas, contra la autoridad
administrativa a ala que corresponda el cumplimiento de la norma con fuerza material
de ley o acto administrativo o contra particulares que actúen o deban actuar en
ejercicio de funciones públicas. El fallo deberá ordenar a la autoridad renuente el
cumplimiento de la ley o del acto administrativo omitida.
Es igualmente un medio de protección indirecto de los derechos fundamentales,
pero puede ser directo cuando al accionante lo perjudique el incumplimiento de
normas aplicables con fuerza material de ley o de actos administrativos individuales.
81
No procederá para la protección de derechos que puedan ser garantizados mediante
la acción de tutela.
Tampoco procederá cuando el afectado tanga o haya tenido otro instrumento
judicial para lograr el efectivo cumplimiento de la norma o acto administrativo
Acción popular
Esta consagrada en el artículo 88 de la constitución política.
La acción popular puede ser interpretada y desarrollada por los jueces en los casos
concretos de controversia sobre los bienes y derechos públicos y colectivos para
asegurar su amparo judicial especifico y concreto, inclusive sobre el ambiente.
La acción popular constituye la vía adecuada de reclamación judicial porque su
finalidad publica y colectiva, carecen de contenido individual y no se hallan
supeditadas por ningún requisito de legitimación en el accionante.
82
CAPITULO VI
6. PROPUESTA DE ELABORACIÓN DE PLANTILLA VIRTUAL PARA REALIZAR
CONSULTAS JURÍDICAS EN LÍNEA
83
84
Este Consultorio Jurídico virtual, es una aplicación web a través de un dominio
gratuito donde cualquier ciudadano del municipio de Buenaventura podrá acceder a
el de manera fácil, rápida, y ágil desde cualquier medio navegador o conexión a
internet y en cualquier parte de la ciudad.
El consultorio jurídico virtual es un sistema de atención y seguimiento virtual y por
ello se debe considerar todos los casos necesarios en cuanto la atención para que el
85
sistema sea eficaz, entre estos casos esta lo referente a la identificación del usuario
y el desarrollo eficiente de una entrevista previa.
Identificación del usuario
El usuario a través de un navegador de internet frente al computador accederá
estableciendo un contacto directo con un asesor jurídico el cual le tomara una
entrevista de forma virtual, a partir de este momento el usuario expondrá su caso y
el abogado o estudiante de derecho podrá darle una consulta general, explicando
que debe traer la documentación pertinente y los pasos a seguir, en donde el usuario
tendrá la facultad para decidir, si el consultorio jurídico por medio de un abogado
toma el caso en cuestión.
Dominio del Consultorio Jurídico Virtual en Buenaventura
El usuario para poder realizar su consulta en línea deberá ingresar al siguiente
dominio web; www.cjvbuenventura.webpin.com .
Pasos para realizar una consulta jurídica en línea
1 ingresar al link www.cjvbuenventura.webpin.com
2 una vez de haber ingresado al link anterior el usuario deberá hacer click en el link
de Consulta en línea.
3 finalmente el usuario podrá consultar en línea a través del chat virtual de nuestra
página cuando haya un abogado conectado por medio del Messenger.
86
Nota: si en el momento no se encuentra conectado un abogado o estudiante de
derecho, el usuario podrá dejar su consulta al correo [email protected]
indicando todos sus datos personales.
87
7. CONCLUSIONES
Esta investigación busco evaluar la percepción que tiene los habitantes del
Distrito Especial de Buenaventura sobre los problemas en su ciudad, tanto en el
ámbito social, como en su organización institucional. Además analizar los medios de
acceso a la justicia de los ciudadanos de Buenaventura en la solución de conflictos
de carácter jurídico.
En lo social se destaca fundamentalmente los fenómenos de la violencia,
inseguridad social, educación, desempleo y problemas intrafamiliares.
A la violencia están asociados otros fenómenos, ya sea como causa o como
efecto, entre ellos la pobreza, el desempleo, la inseguridad y la falta de autoridad. Es
una violencia que hoy afecta a varios sectores de Buenaventura, entre ellos los
barrios El lleras, Viento Libre, La inmaculada, Santa cruz, Pampa linda, Villa Granada
y barrios de la comuna 12.
Más allá de la violencia, está el problema del desempleo, cuyas causas se
asocian a la falta de empresas en la ciudad, a la corrupción y al bajo nivel educativo
de la población, según lo perciben los encuestados.
En el ámbito familiar, las personas consideraron que la familia no es necesaria
para combatir la problemática social, por eso en la actualidad existen madres
cabezas de familia en su mayoría que por si mismas están sacando sus hogares
adelante, no obstante es necesario dentro del núcleo familiar el “paterfamilias”, el
88
cual es el padre cabeza o eje de la familia. Pero en este momento no se cumple a
cabalidad.
Teniendo en cuenta la entrada en vigor de la ley 270 de 1996 la cual hace
referencia a manera general de la descongestión del aparato jurisdiccional, con la
finalidad de que el ciudadano por vías de derecho, teniendo la facultad de proceder
por si mismo, pueda utilizar los medios de participación ciudadana como: las
acciones populares, acciones de grupo, cabildos abiertos y cerrados, derechos de
petición y acciones de tutela; y los Mecanismos alternativos de solución de conflictos,
creando asi una economía procesal en conexidad con la celeridad de los procesos.
Frente a la reforma de la ley 270 de 1996 por medio de la ley 1285 del 2009 fue la
determinación en que la corte suprema de justicia integrada por 23 magistrados
elegidos por la misma corporación estará vinculados en la descongestión de
procesos a través de cinco salas de descongestión, estas salas son: la sala plena, la
sala de gobierno, las salas especializadas, la sala de casación civil y agraria, la sala
de casación laboral, con el único objetivo de mover el aparato judicial.
Para finalizar podemos concluir que según la investigación hecha en
Buenaventura, existe un fenómeno o un paradigma, entre los mismos nativos de este
municipio, son 30 años de homogenización en donde existe un sincretismo
sociocultural, donde ha existido un transfondo de violencia, narcotráfico,
paramilitarismo, violencia intrafamiliar, trafico de drogas y contrabando que ha
permitido crear un espíritu de indiferencia frente a la norma, es así que nosotros
como estudiantes de derecho de la Universidad de San Buenaventura proponemos
89
de manera eficiente establecer dentro de Buenaventura diferentes formas de acceso
como: Educación en los planteles educativos, capacitación y promoción de la casa
de justicia, obras sociales hacia los barrios de zonas marginadas y el establecimiento
de un consultorio jurídico virtual. Este ultimo encierra a una población determinada
que debe tenar un conocimiento básico y técnico en cuanto al manejo de la
tecnología, con el propósito de facilitar de manera inmediata el acceso a la justicia en
el municipio de Buenaventura.
90
BIBLIOGRAFÍA
Documento SISTEMA DE INFORMACION (SI) Y SISTEMA DE CONSULTORIO
JURIDICO VIRTUAL (SCJV) informe final elaborado por el doctor Rodrigo
Valencia de la Roche
Rico Puerta Luis Alfonso, Teoría general del proceso, 2da Edición 2008, Editorial
LEYER
Ley Estatutaria de la administración de justicia, Ley 270 de 2006, Artículo 2:
Acceso a la justicia. “El estado garantiza el acceso de todos los asociados a la
administración de justicia. Será de su cargo el amparo de pobreza y el servicio
de la defensoría pública. En cada municipio habrá como mínimo un defensor
público”
Faceta Jurídica 34, LEYER, El Postulado de una Justicia Pronta, Cumplida y
Eficaz.
Constitución Política de Colombia, Articulo 13, “Todas las personas nacen libres e
iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y
gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna
91
discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua,
religión, opinión política o filosófica." (…)
Corte Constitucional. Sala de Revisión No. 2. Sentencia No. T-522 del 22 de
noviembre de 1994. Magistrado Ponente: Antonio Barrera Carbonell.
Alberto E. Carvajal Panesso, Sociólogo, Universidad del Pacifico, Percepción de
la realidad social de Buenaventura, año 2006.
Luis Javier Moreno Ortiz, Acceso a la justicia, Ediciones Academia Colombiana
de Jurisprudencia.
Alcaldía Mayor de Buenaventura, www.buenaventura.gov.co .
Gustavo Londoño Restrepo, Buenaventura y su Puerto.
Jorge Hernán Gil Echeverry, Nuevo Régimen de Arbitramento, manual practico,
Cámara de Comercio de Bogotá Julio 1999.
Marisol Pales, Diccionario Jurídico Espasa, Siglo XXI, Editorial Espasa Calpe S.A,
Madrid, 2001.
92
ANEXOS
ENCUESTA:
UNIVERSIDAD SAN BUENAVENTURA CALI
Facultad de Derecho
Municipio de Buenaventura:
11) Usted o algún miembro de su hogar se ha visto afectado en los últimos 12
meses, por un hecho de violencia o inseguridad?
0.87. SI 0.88.
0.89. NO 0.90.
0.91. PORQUE 0.92.
12) Señale que clase de factores de Violencia inciden en Buenaventura?
0.93. POBREZA 0.94.
0.95. DESEMPLEO 0.96.
0.97. FALTA DE AUTORIDAD 0.98.
0.99. NARCOTRAFICO 0.100.
0.101. OTROS 0.102.
93
13) Como es la situación de seguridad en su barrio?
0.103. BUENA 0.104.
0.105. REGULAR 0.106.
0.107. MALA 0.108.
14) De qué manera lo afecta la inseguridad en la ciudad de Buenaventura?
Responda Si o No y Porque?
0.109. No lo afecta 0.110. 0.111.
0.112. Temor a salir 0.113. 0.114.
0.115. Anda prevenido 0.116. 0.117.
0.118. No transita por ciertos
lugares
0.119. 0.120.
0.121. Se mantiene nervioso 0.122. 0.123.
15) Que labor desempeña la policía para controlar la inseguridad en esta ciudad?
0.124. BUENA 0.125.
0.126. REGULAR 0.127.
0.128. MALA 0.129.
94
16) Qué medidas toma la policía nacional para acabar con el flagelo de la
delincuencia?
0.130. MEDIDAS DE DERECHO 0.131.
0.132. MEDIDAS DE HECHO 0.133.
0.134. EFICIENTE 0.135.
0.136. DEFICIENTE 0.137.
0.138.
17) Considera usted que la situación portuaria nacional es:
0.139. BUENA 0.140.
0.141. MUY BUENA 0.142.
0.143. REGULAR 0.144.
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18) Quienes generan Discriminaciones?
0.145. PAISAS O BLANCOS 0.146.
0.147. LAS MISMAS PERSONAS 0.148.
0.149. EMPRESARIOS 0.150.
0.151. EXTRANJEROS O DEL INTERIOR 0.152.
0.153. OTROS 0.154.
19) Calificación de 1 a 5 es la mejor. Como es la calidad de educación los
Colegios Públicos de la ciudad?
0.155. 1 0.156.
0.157. 2 0.158.
0.159. 3 0.160.
0.161. 4 0.162.
0.163. 5 0.164.
0.165. 0.166.
96
20) Cómo califica la labor de la Familia en el desempeño Social?
0.167. BUENO 0.168.
0.169. REGULAR 0.170.
0.171. MALO 0.172.
Estos tabulados encierran el factor estadístico de la problemática que se ve
reflejada en la actualidad, y que es medible porcentualmente a un 100% en donde se
puede observar el grado en la mayoría de cuestionamientos a un 0.85, 0.86, y 0.87
% de desequilibrio social, que es una tasa muy alta en cuanto al factor problema.
Nota: Se hicieron 50 encuestas en el PALACIO NACIONAL DE BUENAVENTURA.
Teniendo en cuenta las estadísticas anteriores se investigo desde el año 2.009
como fue el alcance en profundidad del acceso de justicia en la casa de justicia en
buenaventura.