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    NOTA INTRODUCTORIA

    El proceso de creacin de una nueva Ley de Amparo1 concluy el 2 de abril de 2013 con la publicacin del Decreto que contiene la nueva redaccin deltexto reglamentario de los artculos 103 y 107 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, as como de las modificaciones a cinco leyessecundarias, que en conjunto habilitan competencias y posibilitan la aplicacin de las nuevas disposiciones; a saber: i) la Ley Orgnica del Poder Judicial dela Federacin, ii) la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del Artculo 105 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, iii) la Ley

    Orgnica de la Administracin Pblica Federal, iv) la Ley Orgnica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y v) la Ley Orgnica de laProcuradura General de la Repblica.

    I. Fundamentacin

    La nueva ley y de las reformas enunciadas, responden a las modificaciones de los artculos 94, 103, 104 y 107 de la Constitucin Poltica publicadas en elDiario Oficial de la Federacin el 6 de junio de 2011.2

    Asimismo, con la diversa reforma constitucional publicada el 11 de junio de 2011 en materia de Derechos Humanos, se reforz dicha perspectiva en nuestrosistema jurdico al incorporar los principios, caractersticas, obligaciones y reglas de interpretacin que permean el contenido de las normas sustantivas yprocedimentales que integran la nueva Ley de Amparo.

    II. Modific aciones princip ales

    Dentro de las novedades que ambas Cmaras resaltan de la ley hoy vigente, se pueden citar:

    Los derechos humanos como objeto expreso de proteccin del juicio de amparo

    1 En la iniciativa del proyecto de ley encabezada por los senadores Jess Murillo Karam y Alejandro Zapata Perogordo se hace mencin de los documentos que sirvieron dereferencia para la redaccin del nuevo texto y se da cuenta, a su vez, del proceso de creacin. De esta forma, dicha iniciativa alude a la Comisin de Anlisis y Propuestaspara una Nueva Ley de Amparo creada por iniciativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin en 1999. Como producto de este esfuerzo, se reconoce la recepcin dems de 1,430 propuestas, las cuales, reunidas en cuatro tomos, dieron pie a la creacin de un Proyecto de Ley de Amparo en el ao 2000. Otro documento sealado comoprecedente y referencia para este nuevo texto es la iniciativa con proyecto de decreto de 3 de septiembre de 2009, presentada por el Ejecutivo Federal, en la que seincluyeron reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley de Amparo. Vase Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Amparo,Reglamentaria de los Artculos 103 y 107 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, y se Reforman y Adicionan Diversas Disposiciones de la LeyOrgnica del Poder Judicial de la Federacin, Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artculo 105 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, Ley

    Orgnica de la Administracin Pblica Federal, Ley Orgnica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y Ley Orgnica de la Procuradura General de laRepblica, Gaceta del Senado, segundo periodo ordinario, nmero 208, martes 15 de febrero de 2011; tambin, Zaldvar Lelo de Larrea, Arturo, Breves comentarios alproyecto de Nueva Ley de Amparo, en Justicia. Memoria del IV Congreso Nacional de Derecho Constitucional, Tomo I, UNAM, Mxico, 2001, pp. 20-21.2 En este contexto, cabe referir que el decreto que reform la Constitucin Federal orden la expedicin de las reformas legales correspondientes dentro de los 120 dasposteriores a su publicacin.

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    La ampliacin de la esfera de proteccin del juicio de amparo contra normas generales, actos u omisiones El concepto ampliado de autoridad La introduccin del inters legtimo La atencin prioritaria de asuntos, de manera excepcional y cuando exista una urgencia atendiendo al inters social o al orden pbico, siempre que

    lo soliciten los presidentes de las Cmaras del Congreso de la Unin o el Consejero Jurdico del Ejecutivo Federal al Presidente de la Suprema Cortede Justicia de la Nacin

    La introduccin de medios tecnolgicos como la firma electrnica, la posibilidad que sta provee de realizar promociones y la integracin deexpedientes electrnicos

    El establecimiento de una tramitacin genrica para los incidentes La sistematizacin de las normas relativas al amparo directo y al amparo indirecto La emisin de una declaracin general de inconstitucionalidad ante la resolucin de las salas o el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la

    Nacin, de dos juicios de amparo indirecto en revisin consecutivos que determinen la inconstitucionalidad de una norma general La introduccin del amparo y la revisin adhesivos La resolucin de contradicciones de tesis por Plenos de Circuito La eliminacin del sobreseimiento por inactividad procesal y la caducidad de la instancia La sistematizacin de las medidas de apremio La introduccin de delitos en materia de amparo para evitar remisiones a la legislacin penal

    III. Proceso legis lativo

    La nueva ley es producto de dos iniciativas:

    La presentada por los senadores Murillo Karam y Zapata Perogordo, suscrita por diversos grupos parlamentarios, el 15 de febrero de 20113 La propuesta por el senador Toms Torres Mercado, del grupo parlamentario del PRD, presentada el 22 de septiembre de 2011.4

    El 5 de octubre de 20115 se present el dictamen de la propia Cmara de Senadores para su discusin y votacin los das 11 y 13 de octubre de ese ao.En dichas sesiones, se aprob el texto en lo general y en lo particular. Fue el 18 de octubre de 2011 que la Cmara de Diputados recibi la Minuta delSenado con el proyecto de decreto respectivo para continuar con el procedimiento de anlisis y discusin.

    3 Murillo Karam, Jess y Alejandro Zapata Perogordo, Iniciativa con Proyecto de Decreto op. cit.4Torres Mercado, Toms, Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la ley de amparo, reglamentaria de los

    artculos 103 y 107 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgnica del Poder Judicial de la Federacin y de la Ley Orgnica del CongresoGeneral de los Estados Unidos Mexicanos, Gaceta del Senado, primer periodo ordinario, nmero 273, jueves 22 de septiembre de 2011.5 Dicho dictamen fue publicado en la Gaceta del Senado el 13 de octubre de 2011: Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernacin, de Justicia y de EstudiosLegislativos, Segunda a la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artculos 103 y 107 de la Constitucin Poltica delos Estados Unidos Mexicanos; se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgnica del Poder Judicial de la Federacin, de la Ley Reglamentaria de las

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    En atencin a la Minuta, el 5 de febrero de 2013 la Cmara de Diputados emiti el dictamen aprobado por la Comisin de Justicia.6 ste se discuti y aproben lo particular y en lo general el 12 de febrero de 2013. Con lo anterior, la Cmara de Diputados remiti el proyecto nuevamente al Senado para que seobservaran las modificaciones realizadas.

    En seguimiento a lo anterior, la Cmara de Senadores aprob el 19 de marzo de 2013, por conducto de las Comisiones Unidas de Justicia, Gobernacin yEstudios Legislativos del Senado de la Repblica, el dictamen correspondiente para su discusin. Acto seguido, el 20 de marzo del ao en curso, se realiz

    la sesin ordinaria del Senado en la que se discutieron y aprobaron las propuestas realizadas por la colegisladora.

    Finalmente, el nuevo texto aprobado por ambas Cmaras fue promulgado por el Jefe del Ejecutivo Federal el lunes 1o. de abril de 2013 y publicado en elDiario Oficial de la Federacin al da siguiente. Cabe sealar, respecto de su entrada en vigor, que el artculo segundo transitorio orden lo conducente alda siguiente de su publicacin, esto es, el 3 de abril de 2013.

    IV. Material que se presenta para la consulta del texto com parado de la Nueva Ley de Amparo respecto de la anterior, de 1936

    Con la finalidad de brindar un panorama completo sobre el proceso legislativo y los cambios que presenta la normativa en materia de amparo, se ponen adisposicin de miembros del Poder Judicial de la Federacin y pblico en general una serie de materiales que ofrecen un panorama general, comparativo,de la Ley de Amparo de 1936 con el nuevo texto publicado el 2 de abril de 2013, y las cinco leyes secundarias reformadas por el mismo decreto.

    1. Se presenta un esquema, en forma de mapa conceptual, que muestra una correlacin de la estructura del texto vigente con el abrogado. Como elemento

    adicional a esta parte, se integra la mencin realizada durante el proceso legislativo de la nueva ordenacin y denominacin de ttulos y captulos. A esterespecto, se hace la aclaracin de que la informacin vertida en este apartado representa textualmente lo integrado en los dictmenes de ambas Cmaras.

    2. El anlisis comparativo de la Ley de Amparo vigente y la abrogada de 1936, a travs de fichas por artculo. Cada ficha a su vez ofrece la siguienteinformacin:

    fracciones I y II del artculo 105 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal, de la Ley Orgnicadel Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgnica de la Procuradura General de la Repblica, Gaceta del Senado, primer periodo ordinario,nmero 288, jueves 13 de octubre de 2011.6 Ese dictamen fue publicado en la Gaceta Parlamentaria, tanto el 7 de febrero (dictamen de publicidad) como el 12 del mismo mes de 2013: Dictamen de la Minuta con

    Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artculos 103 y 107 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos; y sereforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgnica del Poder Judicial de la Federacin, de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artculo 105 de laConstitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal, de la Ley Orgnica del Congreso General de los EstadosUnidos Mexicanos y de la Ley Orgnica de la Procuradura General de la Repblica, Gaceta Parlamentaria, ao XVI, nmeros 3703 y 3706, jueves 7 de febrero y martes 12de febrero de 2013.

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    2.1Comparativo del texto vigente con el anterior.

    2.1.1Texto c ompleto d e los artcul os. Si bien el comparativo de algunos artculos se logra a travs de un enunciado, fraccin o prrafo, se incluye eltexto completo de los artculos para que el lector pueda tener una visin integral de la modificacin y el contexto, nuevo y anterior, de la redaccin.

    2.1.2Cdigo de color.

    2.1.2.1 Grises. El lector encontrar algunas porciones de los artculos en color gris. Esto significa que dicha parte del artculo, fraccin o inciso seencuentra relacionada con el texto de otro artculo de la ley vigente. La precisin de la relacin puede consultarse en el apartado de Artculosrelacionados.

    2.1.2.2 Negritas. El texto de los artculos en negritas refleja que la redaccin es nueva.

    2.1.3 Notas de rem isin a art culo s o p orc iones especficas. En algunos artculos pueden encontrarse notas entre parntesis que sealen larelacin con algn artculo, fraccin, inciso o prrafo en particular de algn artculo de la ley anterior. Dicha referencia se incluy para precisar lascomparaciones en caso de que los prrafos o porciones no puedan ser colocados al mismo nivel en la hoja; bien sea porque la comparacin aluda, porporciones, a ms de un artculo o porque sea imposible colocar el comparativo sin desarticular un precepto.

    2.1.4 Tematizac in de ar tcul os. Como elemento adicional a la paginacin de cada ficha por artculo, se precisa el tema que aborda.

    2.2 La discusin que se dio en las diversas etapas del proceso legislativo, por artculo o porcin normativa.

    En este punto, cabe sealar que no todos los artculos fueron discutidos de manera particular y, por ende, vara su mencin a lo largo de los dictmenes,minutas y discusiones de las Cmaras de Diputados y Senadores.

    Las transcripciones que se realizan de esta informacin son puntuales y se acotan por razones de espacio y sntesis a travs de puntos suspensivos queindican que la porcin integrada forma parte de un discurso extenso.

    Las menciones que se tomaron para formar este apartado versan principalmente sobre las reservas realizadas por senadores y diputados a los artculos.Las discusiones en algunos casos son ricas y para lograr su inclusin o sntesis fue necesario acotar la discusin a su resultado, esto es, a la aprobacin ono de la propuesta de modificacin.

    Cabe agregar que cada artculo contiene la votacin por la que fue aprobado en ambas Cmaras.

    2.3. Artculos relacionados

    Las fichas refieren a algunos artculos relacionados con el que se analiza. Dichas relaciones se elaboraron con base en dos criterios:

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    a) Porque el texto que antes conformaba un artculo se encuentre dividido en dos o ms numerales del nuevo ordenamiento; o bien,

    b) Porque se trate de una remisin directa del propio texto del artculo hacia otro de la propia ley.

    3. Se presenta el anlisis comparado de las cinco leyes secundarias reformadas mediante el decreto publicado el 2 de abril de 2013. Sobre stas se precisaque los artculos correspondientes fueron integrados bajo la misma metodologa que las fichas de la Ley de Amparo.

    4. Finalmente, se ofrece la consulta de un ndice analtico, en el que, a travs de voces generales concordantes con los descriptores del Tesauro Jurdico dela Suprema Corte de Justicia de la Nacin, se sealan los artculos relacionados con temas relevantes para que el lector pueda ubicarlos de forma sencillaen el nuevo texto de manera rpida.

    Secretara General de Acuerdos

    Centro de Documentacin y Anlisis, Archivos y Compilacin de Leyes