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Dirección General de Recursos Humanos Dirección de Personal Federalizado Departamento de Afiliaciones y Pensiones INSTRUCTIVO DE TRÁMITES DE SEGURIDAD SOCIAL-LABORAL DEL PERSONAL FEDERALIZADO

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Dirección General de Recursos HumanosDirección de Personal FederalizadoDepartamento de Afiliaciones y Pensiones

INSTRUCTIVO DE TRÁMITESDE SEGURIDAD SOCIAL-LABORAL DEL PERSONAL FEDERALIZADO

Hermosillo, Sonora; Mayo de 2014

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INDICE

Pág.

Introducción 3

Definiciones 4

Lineamientos del formato de “Solicitud de Trámite: Jubilación Pensión, FOVISSSTE y FORTE” 5

Registro de Afiliación 6

Seguro Institucional 7

Requisitos necesarios para solicitar el pago 9de siniestros por fallecimiento

Inscripción al FORTE 10

Cambios de beneficiarios en el FORTE 11

Pago quincenal de FORTE 11

Padrón Sonora

Trámite de liquidación de FORTE 12

Seguro de vida de FORTE 13

Pensión y Jubilación 14

Licencia Prejubilatoria o Prepensionaria 15

Hoja Única de Servicios 16

Reporte Oficial de servicios para uso exclusivo de FOVISSSTE 16

Evolución Salarial 17

Envío al Departamento de Archivo de expediente Único de Personal 17

Anexos

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IIntroducciónntroducción

El propósito del presente instructivo es brindar una panorámica puntual de cada uno

de los trámites que se realizan en el Departamento de Afiliaciones y Pensiones. De

igual forma, que sea una herramienta fundamental para los responsables de llevar a

cabo dichos trámites, con el fin de que los realicen adecuadamente.

Se inicia con los lineamientos del formato de “Solicitud de Trámites: Jubilación

Pensión, FOVISSSTE y FORTE” que es uno de los servicios que se prestan a través

de ventanilla y se canaliza a cada uno de los responsables, según corresponda el

trámite.

Seguidamente se describen cada uno de los trámites, siendo éstos: Seguro

Institucional, inscripción al FORTE, cambios de beneficiarios en el FORTE, pago

quincenal del FORTE, liquidación del FORTE, seguro de vida del FORTE, Pensión y

Jubilación, evolución salarial, envío a la Dirección de Servicios documentales, así

como Reporte Oficial de Servicios para uso exclusivo de FOVISSSTE.

Asimismo, en el apartado de Anexos se encuentran los formatos que se utilizan en

cada uno de los trámites y los lineamientos para su correcto llenado.

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DDefinicionesefiniciones

ISSSTE: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.FOVISSSTE: Fondo de Vivienda del ISSSTE.FORTE: Fondo de Retiro de los Trabajadores de la Educación.SEP: Secretaría de Educación Pública.SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.DAyP: Departamento de Afiliaciones y PensionesDGP: Dirección General de Personal (SEP)DGRF: Dirección General de Recursos Financieros.DPN: Dirección de Procesos de Nómina.DGAF: Dirección General de Administración y Finanzas.DPF: Dirección de Personal Federalizado.DGI: Dirección General de Informática.DAEUP: Departamento de Archivo de expediente Único de PersonalSIIICASF: Sistema Integral de ISSSTESON, ISSSTE, Contrataciones, AHISA, SAR, FORTE.SAR: Sistema de Ahorro para el RetiroSAT: Servicio de Administración Tributaria RENAPO: Registro Nacional de Población e Identificación PersonalDOF: Departamento De Operación del FORTE

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1. LINEAMIENTOS PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE “Solicitud de Trámites: Jubilación, Pensión, FOVISSSTE y FORTE “, anexo 1.

1.1Anotar el nombre completo del trabajador(a), sin importar el orden de apellido paterno, materno y nombre(s). No utilizar abreviaturas.

1.2Anotar la fecha de solicitud del trámite.

1.3Anotar el R.F.C. correcto y completo (conforme aparece en la cédula que otorga la S.H.C.P.), con homonimia. Cabe mencionar que debe de ser con la que cuenta actualmente.

1.4Anotar la CURP correcta y completa (conforme aparece en la cédula que otorga RENAPO). Cabe mencionar que debe de ser con la que cuenta actualmente.

1.5Llenar completamente todos los datos correspondientes a su domicilio actual, calle y número, colonia y código postal. En el caso de nuevo ingreso, conforme a los datos proporcionados se le asignará la clínica más cercana de ISSSTE. Así como municipio, localidad y Estado.

1.6Anotar los números de teléfono (casa, oficina o celular), donde nos sea posible localizarlo en caso de necesitar hacer alguna notificación y/o aclaración con respecto a su solicitud.

1.7Señalar con una cruz (X) el trámite que desea realizar. Se debe verificar que lo que marca el usuario corresponda al trámite a efectuar.

1.8Marcar con una cruz (X) los documentos que se anexarán para el trámite solicitado, conforme a lo señalado en el reverso del formato, en el apartado de “Requisitos”; éstos deberán coincidir tanto en datos como en fechas, para que se pueda llevar a cabo su solicitud.

1.9En los casos de solicitud de liquidación de FORTE, el usuario elegirá la Sucursal del Banco Santander más cercano a su domicilio, para que ahí se realice dicho pago.

1.10 El trabajador deberá firmar la solicitud, para que se pueda recibir por el encargado de la ventanilla.

1.11 El encargado de ventanilla deberá verificar el correcto llenado del documento, así como también que la documentación esté correcta, conforme se indica en el presente formato, así mismo asentará su firma autógrafa y el sello de recibido.

1.12 El encargado de ventanilla turnará inmediatamente a cada uno de los responsables de los trámites recibidos, para darle seguimiento al trámite solicitado por los usuarios conforme a los Instructivos de los trámites del DAy P, según se indica a continuación:

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Expedición de Licencia Prejubilatoria y/o Prepensionaria.o Procedimiento conforme al punto 4.1, descrito en el presente

instructivo.

Expedición de Hoja Única de Servicios por Jubilación o Pensión, Hoja Única de Servicios por Cambio de Estado, Hoja Única de Servicios por Renuncia y Hoja Única de Servicios por Defunción.

Evolución Salarialo Procedimiento conforme el punto 4.1, descrito en el presente

instructivo.

Expedición de Reporte Oficial de Servicios para Uso exclusivo de FOVISSSTE.

o Procedimiento conforme el punto 4.3, descrito en el presente instructivo.

Inscripción al FORTEProcedimiento conforme el punto 3, descrito en el presente instructivo

Actualización de beneficiarios del FORTEo Procedimiento conforme el punto 3.2, descrito en el presente

instructivo.

Reincorporación al FORTEo Procedimiento conforme el punto 3, descrito en el presente instructivo.

Solicitud de liquidación del FORTE por defunción y solicitud de liquidación del FORTE por retiro.

o Procedimiento conforme el punto 3.4, descrito en el presente instructivo.

3. REGISTRO DE FILIACION

FILIACION

Acude el maestro a ventanilla. Entrega los documentos para su revisión. Se revisa que no falte documentación, de acuerdo a los requisitos (anexo 3). Se cotejan las copias y se regresan los documentos originales al interesado. Si falta algún documento, se informa al interesado para que lo tramite en la

instancia correspondiente Si no falta ningún documento se procede a capturar en el sistema SIIICASF. En el apartado de “capturar una nueva persona”, se procede a capturar

nombre, apellido y fecha de nacimiento de acuerdo a los datos del acta de nacimiento; verificando que el dato de filiación que arroja, sea el mismo que proporciona SAT (constancia de registro de R.F.C.).

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Datos Generales, se captura CURP , así como su estado civil, puesto solicitado, carta de no antecedentes penales, estado de salud, certificado médico y tipo de sangre, esta información se captura de acuerdo a la información plasmada en el registro de filiación y en la documentación requerida.

Domicilio Particular, calle, número, colonia, municipio, localidad, código postal, entidad federativa, email, teléfono de casa y celular, así como grado máximo de estudios, titulado, idioma extranjero y si puede viajar; se captura de acuerdo a la información escrita en el registro de filiación y en la documentación requerida

Seguro Institucional, se agrega nombre, apellido, parentesco, porcentaje y sexo de acuerdo a la información que inscribió en el Registro de Afiliación.

Información SEC, se captura la categoría, sistema al que pertenece, servicio médico, tipo de nombramiento, área contratante, fecha de ingreso a SEC, fecha de ingreso Federal y fecha de afiliación; todo de acuerdo a los datos plasmados en el documento que presenta del nivel educativo, el día que acudió a ventanilla.

Ya que está registrado, se anota en el “libro de registro” para su firma de conformidad.

Se informa al interesado que acuda al nivel educativo correspondiente para continuar con su trámite.

En caso de ser personal de Administración Central, se entregan los documentos al área de Incidencias de Personal Federalizado.

2. SEGURO INSTITUCIONAL.

Por acuerdo Presidencial a partir del 01 de enero de 1993 todo el personal federalizado cuenta con un Seguro Institucional de vida o incapacidad total y permanente (excepto personal interino por gravidez o pensión).

2.1 Cobertura. Beneficio por incapacidad total y permanente. Beneficio por fallecimiento.

2.2 Suma asegurada. 40 meses del sueldo base que esté devengando el trabajador en activo al

momento de su deceso. 80 meses en caso de fallecimiento por accidente, conforme al sueldo base

que esté devengando el trabajador en activo al momento de su deceso. En caso de retiro por jubilación o pensión se entrega una cuota fija

(actualmente son 25,000.00).

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2.3 Costo.

1.8 % del sueldo base del trabajador, con cargo al Gobierno Federal sobre el seguro de retiro.

El seguro colectivo de retiro es un beneficio económico a favor de los funcionarios públicos que causen baja por pensión o jubilación en los términos que establece la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para hacer frente a las contingencias inherentes a la separación del servicio. Este apoyo consiste en el otorgamiento de una suma asegurada que va de $12,000.00 a $25,000.00 de acuerdo a los años de servicio. Las primas mensuales de este seguro son de $7.90 con cargo al trabajador y de $13.49 que cubre el Ejecutivo Federal.

2.4 Designación de beneficiarios.

2.4.1 A través del documento Consentimiento para ser Asegurado y Designación de Beneficiarios (ver Anexo 0A y 0B), el trabajador manifiesta su voluntad para designar a sus beneficiarios (el original se entrega a la Aseguradora, la primera copia se archiva en el expediente personal del trabajador y la segunda copia es para el asegurado).

2.4.2 El trámite puede ser gestionado ante el DAyP o a través de los agentes de la aseguradora facultada por esta Dependencia; puede modificarse siempre que el trabajador mantenga una relación laboral y juzgue conveniente.

2.4.2.1 Si se realiza directamente en el DAyP, mediante la ventanilla de atención, el encargado del trámite deberá capturar los beneficiarios en el Sistema SIIICASF en el apartado: Seguro Institucional. Los datos deben corresponder según se detalla en los Anexo 0A y 0B.

2.4.2.2 Cuando se reciben las designaciones a través de los agentes de seguro, la encargada de ventanilla de atención en el DAyP deberá verificar que las designaciones corresponden a la Dependencia, si no es así, se regresan a la Aseguradora.

NOTA: En caso de que el trabajador fallezca sin haber efectuado la designación de sus beneficiarios, ésta será conforme a lo que dicta la Ley.

2.5 Elaborar oficio a la Aseguradora notificando el total de designaciones, adjuntando relación de las mismas, especificando el nombre completo, RFC y folio del documento, así como el soporte documental correspondiente.

2.6Enviar oficio al área de Servicios Documentales notificando el total de designaciones, adjuntando relación de las mismas especificando el nombre completo, RFC y folio del documento, así como el soporte documental correspondiente, para su resguardo en el expediente personal de cada trabajador.

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REQUISITOS NECESARIOS PARA SOLICITAR EL PAGO DE SINIESTROS POR FALLECIMIENTO

Para realizar los trámites relacionados con el Seguro Institucional por Defunción, es necesario:

1. Copia al carbón de la designación de beneficiarios.

2. Copia certificada por el Registro Civil del acta de defunción del asegurado.

3. Último talón de pago a la fecha de fallecimiento, en original y copia para su cotejo (77).

4. Solicitud de pago de todos y cada uno de los beneficiarios designados, anotando su R.F.C. y parentesco con el asegurado.

5. Hoja Única de Servicios con sello y firmas originales (no facsímil), indicando nombre y cargo de los responsables de su elaboración.

6. Una identificación oficial de las aquí descritas, del asegurado y de los beneficiarios* designados, en original y copia:

Credencial de elector. Pasaporte vigente. Cartilla del Servicio Militar Nacional. Cédula profesional. Licencia de manejo (con mínimo seis meses de antigüedad).

7. En apego a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en su artículo 167 fracc. XVI, en las pólizas donde la prima del seguro sea cubierta por el empleador se requiere documentación oficial que, en su caso, compruebe el parentesco del beneficiario con el asegurado en copia certificada por la autoridad competente, tal como: actas de nacimiento, de matrimonio actualizado, de reconocimiento, adopción o jurisdicción voluntaria de acreditación de concubinato ante la autoridad judicial.

Derivado del dictamen, la aseguradora podrá solicitar documentos adicionales, de conformidad con el artículo 69 de la ley sobre el Contrato de Seguro.

NOTA: La fecha de inicio del trámite contará a partir de que la aseguradora tenga la documentación completa.

*En caso de beneficiarios menores de edad se deberá presentar copia certificada por el Registro Civil de acta de nacimiento y la solicitud de pago e identificación oficial del representante legal de los mismos.

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3. INSCRIPCIÓN AL FORTE.

El FORTE es un Fondo de Retiro de los Trabajadores de la Secretaría de Educación Pública, constituido el 16 de diciembre de 1990, con recursos del Gobierno Federal, la SEP, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación y por los trabajadores que decidan participar en él.

Pueden participar los docentes de Educación Básica, de Apoyo y Asistencia a la Educación ubicados en el Catalogo Institucional de Puestos (hasta el puesto inmediato inferior al de Jefe de Departamento), que ostenten su plaza con carácter definitivo o como provisional (interino ilimitado, concepto 21).

3.1 Verificar que el trabajador no haya estado inscrito anteriormente en este Fondo.

3.1.1 El trabajador debe entregar: Formato Cédula de inscripción al FORTE (Ver Anexo 2A y 2B), en original y

copia debidamente requisitada. Copia fotostática de talón de cheque reciente. Copia de la CURP Copia de la Identificación oficial vigente.

3.1.2 Verificar que la Cédula esté debidamente requisitada, considerando que: No contenga abreviaturas. No presente tachaduras ni enmendaduras. No utilice decimales en los porcentajes. El porcentaje en las designaciones debe cubrir la totalidad del 100%. Si existe un menor de edad dentro de los beneficiarios, debe designar un

albacea. Debe estar firmada por el trabajador.

3.2 Una vez que es aceptada, se valida que cumpla con los requisitos establecidos en el Manual de Operación al Forte y se captura para su incorporación al fondo, de acuerdo al calendario establecido por la DPN (Aplicación de Terceros) y en el layout establecido por el Departamento de Operación del Forte.

3.3 Se envía a la DPN archivo conteniendo el nombre completo y RFC para que se les aplique el descuento del concepto 21 del personal a incorporarse y del personal activo ante SEP sin descuento en nómina para su reincorporación.

3.4 Enviar a SEP archivo con las incorporaciones y reincorporaciones en las fechas y layout establecidos (todos aquellos trabajadores que aparecen en licencias, bajas temporales en padrón y estén activos en nómina), además de las incidencias que se registraron durante la quincena del personal incorporado al fondo.

3.5 El DOF envía reportes de los resultados obtenidos en el Sistema FORTE, conteniendo a los trabajadores que fueron aceptados y rechazados.

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3.6 En el caso de que se presenten rechazos, se debe solicitar a DPN el corte de descuento así como el reintegro de sus aportaciones.

3.2 CAMBIOS DE BENEFICIARIOS EN EL FORTE.

3.2.1 Validar si el trabajador se encuentra inscrito en el padrón.

3.2.2 Si el trabajador se encuentra inscrito, deberá entregar: Formato Cambio de beneficiarios en original y copia debidamente requisitada.

(Ver Anexo 3A). Copia fotostática de talón de cheques reciente.

3.2.3 Verificar que el formato se encuentre debidamente requisitado (ver Anexo 3B).

3.2.4 Sellar de recibido.

3.2.5 Entregar copia al trabajador.

3.2.6 Capturar en una relación en archivo Excel.

3.2.7 Resguardar el formato original en el expediente del trabajador.

3.3 PAGO QUINCENAL DEL FORTE.

La DGI envía quincenalmente un archivo que contiene la información del personal al cual se le aplicó el concepto 21, así como el importe.

La DGRF envía la contabilidad de los conceptos 21 y 58 (las aportaciones de los trabajadores y cuotas sindicales).

3.3.1 Elaborar un reporte de aportaciones, conteniendo el número de trabajadores que se les aplicó el descuento e importe (especificando cantidades de docentes, administrativos y personal de confianza).

3.3.1.1 En el caso de que se presenten inconsistencias, documentarlas en el apartado de Incidencias de Quincenas Anteriores, especificando total de trabajadores así como el importe; para lo cual se debe realizar el reporte de justificaciones de cada caso.

3.3.1.2 Cuando se descuenta al trabajador una cantidad menor a la cuota vigente, se debe solicitar a la DGI la regularización (cuota vigente, más el faltante), y en el caso de que sea mayor, solicitar a la DPN su reintegro.

3.3.1.3 En casos donde no exista liquidez para efectuar la aportación, se debe solicitar mediante oficio a la DGI el corte de descuento y que se considere el descuento del FORTE como prioritario ante todos los demás.

3.3.2 Elaborar oficio para la DGAF de la SEC, especificando lo que se le debe pagar a la DGP (aportaciones de los trabajadores y sindicales).

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3.4 TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN DEL FORTE.

La liquidación del FORTE se puede hacer efectiva cuando se refiere a una jubilación, pensión, renuncia o defunción.

Este trámite se puede efectuar con 15 días de anticipación del período prejubilatorio o bien una vez que éste concluya. 3.4.1Cuando concierne a casos de jubilación, pensión o renuncia, el trabajador debe

entregar: Formato Solicitud de Liquidación, en original y copia debidamente requisitada

(Ver anexo 4A). Formato Cambio de beneficiarios, en original y copia debidamente requisitada

(Ver Anexo 3A). Copia fotostática de identificación oficial.

3.4.2 Verificar que el formato se encuentre debidamente requisitado, atendiendo a (ver punto 2.1.2. y Anexo 4B).

Una vez que se cumplen los requisitos anteriores,

3.4.3 Sellar de recibido.

3.4.4 Entregar copia al trabajador.

3.4.5 Proporcionar al trabajador los teléfonos del DAyP para cualquier duda al respecto. Asimismo, informar acerca del sitio web de la SEC para que verifique su trámite.

3.4.6Llenar el formato Estudio para la liquidación del FORTE, donde se especifica las quincenas aportadas u omisiones (Ver Anexos 5A y 5B).

3.4.7Llenar el formato Constancia de permanencia del trabajador en el fondo y registro de incidencias (Ver Anexos 6A y 6B).

3.4.8Elaborar el Reporte pormenorizado de trabajadores que causaron baja en el Fondo de Retiro (Ver Anexos 7A y 7B), mismo que se trata de una relación de los casos que se presentaron en el lapso de 15 días.

3.4.9Enviar oficio a la Dirección de Registro y Control de Plazas de la SEP, solicitando la liquidación de las aportaciones de los trabajadores que realizaron el trámite.

Se libera el pago en un lapso aproximado de cinco a ocho meses .

3.4.10 La DGP envía la relación del personal de quienes recibirán cheque por parte de la institución bancaria correspondiente.

3.4.11 Publicar en el portal de Internet de la SEC la relación del personal que recibirá el pago.

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3.4.12 Cuando se trata de casos de defunción, los beneficiarios deben presentar: Cédula de inscripción al FORTE o el formato de Cambio de Beneficiarios, en

caso de no contar con estos documentos deberá anexar Sucesión Legítima de un Juez de lo familiar.

Copia fotostática del Aviso de baja por defunción (Formato Único de Personal) expedido por la Unidad Administrativa de su adscripción.

3.4.13 Entregar a los beneficiarios el formato Solicitud de liquidación por defunción, previamente llenando los campos de nombre de trabajador y RFC (Ver Anexo 5A).

3.4.13.1 Los beneficiarios deben llenar el espacio referido a la sucursal bancaria donde desean que se canalice el pago de la liquidación, los nombres completos de los beneficiarios, las firmas, edad y el porcentaje, así como los datos personales donde se les puede notificar respecto al seguimiento del pago.

3.4.14 Asimismo, los beneficiarios deben presentar en original y copia fotostática: Acta de defunción del trabajador. Acta de nacimiento de cada uno de los beneficiarios (únicamente de los

menores de edad). Acta de matrimonio o certificación de concubinato en el caso de unión libre si

el beneficiario es el cónyuge. Copia fotostática de identificación oficial vigente del trabajador y de cada uno

de los beneficiarios (credencial de elector, cartilla militar, pasaporte, cédula profesional).

3.5 SEGURO DE VIDA DEL FORTE.

Cuando el trabajador fallece estando activo y cotizando en el concepto 21, tiene derecho a un seguro de vida para ser cobrado por sus beneficiarios.

El trabajador debe presentar el descuento vigente al momento de ocurrir el deceso y de acuerdo al Art. 81 Capítulo V del Código de Comercio, prescribirá a los dos años, a partir de la fecha de defunción.

3.5.1 Los beneficiarios deben entregar: Formato Solicitud de Reclamación del Seguro de vida de la institución

bancaria correspondiente (ver Anexos 8A y 8B). Copia fotostática del último talón de cheque donde venga considerado el

descuento del concepto 21. Comprobante de domicilio de cada uno de los beneficiarios.

3.5.2 Llevar a cabo el formato Estudio para la liquidación del FORTE por personal del DAyP (ver Anexo 5A), donde se especifican las quincenas aportadas u omisiones.

3.5.3 Elaborar el formato Constancia de permanencia del trabajador en el fondo y registro de incidencias por personal del DAyP. (ver Anexo 6A).

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3.5.4 Elaborar el Reporte pormenorizado de trabajadores que causaron baja en el Fondo de Retiro (Ver Anexo 7A), el cual se trata de una relación de los casos que se presentaron en el lapso de 15 días.

3.5.5 Enviar oficio a la Dirección de Registro y Control de Plazas de la SEP, solicitando la liquidación de las aportaciones de los trabajadores que realizaron el trámite.

3.5.6 Una vez que la DGP emite las liquidaciones, publicar en el portal de Internet de la SEC la relación del personal que recibirá el pago.

3.5.7 El trabajador deberá acudir al DAyP o a la oficina de Servicios Regionales más cercana a su domicilio por su orden de pago para presentarla en Banco SANTANDER de cualquier punto de la República Mexicana.

3.5.8 Una vez liberado el trámite por liquidación, enviar al DAEUP de la SEC la documentación del trámite, para que sea resguardado en el expediente de cada trabajador.

4. PENSIÓN Y JUBILACIÓN.

A partir del 01 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre del 2015, gozarán de la Licencia Prejubilatoria, el personal femenino que cuente con 27 años, 6 meses, 15 días de servicio y 51 años de edad o más. Tratándose de trabajadores del sexo masculino, éstos deben tener 29 años, 6 meses, 15 días de servicio y 53 años de edad o más.

Las personas que eligieron el Régimen de Cuentas Individuales, la edad ya no es exigible, sin embargo, deberán contar con un monto requerido por el ISSSTE en su cuenta individual.

En caso de pensión por edad, el trabajador debe cumplir con 15 años de servicio y 58 años de edad durante el año 2014 y 2015.

Tanto para el trámite pensionario, como para el de jubilación, el trabajador debe entregar:

- Hoja de Servicio de la Secretaría de Educación y Cultura- 6 copias de (los) talón (es) de cheque (s) del último pago de cada plaza o

clave- 6 copias de la credencial de elector por ambos lados- 1 Acta de nacimiento reciente (original y copia).- 2 fotografías tamaño infantil de frente, en blanco y negro- 6 copias del CURP reciente (deberá imprimirse directamente de la liga:

http://consultas.curp.gob.mx/CurpSP/). - En caso de pensión, 6 actas de nacimiento originales- 2 copias de comprobante de domicilio- Copia de estado de cuenta en caso de que su Régimen de Pensión sea

Cuentas Individuales.- 2 Copias del R.F.C. reciente del SAT.- Constancia de NO adeudo de inasistencias (concepto17), emitido por la

Unidad de Control de Asistencias de la Secretaría de Educación y Cultura.

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- Carta de NO adeudo del Fideicomiso para el Programa VITEES (Vivienda para los Trabajadores de la Educación del Estado de Sonora), expedida por esa Dirección General en un máximo de 48 horas, siendo requisito indispensable solicitarse directamente por el trabajador, presentando previamente Hoja de Servicios.

Todo personal interesado en llevar a cabo su trámite de Jubilación y/o Pensión podrá acudir tanto al área de Pensiones y Jubilaciones de la Sección 28 del S.N.T.E., como al DAyP de la DGRH donde se les facilitarán los formatos de Solicitud de trámites: Jubilación, Pensión, FOVISSSTE y FORTE, así como la solicitud de la Licencia Prejubilatoria y/o Prepensionaria y Renuncia.

En casos de defunción, se requiere: Copia fotostática del último talón de cheque. Copia fotostática de CURP. Copia fotostática de identificación oficial. Acta de defunción. Hoja de servicio.

Tanto en los casos de defunción como en los de renuncia, les corresponde una indemnización global, (cuando estos tienen menos de 15 años de servicio), considerando el tiempo desde la fecha de ingreso hasta la fecha de baja.

4.1 Licencia Prejubilatoria o Prepensionaria

Una vez que llega la solicitud con la documentación correspondiente, se procede a lo siguiente:

4.1.1Elaborar el oficio que determina la autorización de la licencia prejubilatoria o prepensionaria, lo cual es firmado por la DPF.4.1.2 Se envía a las áreas correspondientes la autorización de la licencia prejubilatoria o prepensionaria.

4.1.3 Se envía copia a la Sección 28 de la autorización de la licencia prejubilatoria o prepensionaria.4.1.4 Se envía copia a la dirección de planeación.4.1.5 Se realiza la afectación de licencia prejubilatoria o prepensionaria, Defunciones y renuncias, en el sistema de incidencias de personal (FUP). 4.1.6 Se entrega reporte de las autorizaciones al Departamento de Incidencias de personal federalizado

4.1.7 Se realiza la retención de pagos en el Sistema Integral de Productos y Servicios de Nómina* de Licencia Prejubilatoria o Prepensionaria , Defunciones y renuncias.4.1.8 Se realiza la retención en HARWEB de los movimientos de la renuncia, defunción o pensión por dictamen médico.

4.2 Hoja Única

4.2.1 Se revisa el expediente personal del trabajador para la elaboración de la Hoja Única de Servicios (desglose de sueldo del último año cotizado) en 5 originales.

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4.2.2 Una vez elaborada la Hoja Única de Servicios, se envía a la SPF para su revisión y ésta a su vez la turna a la DPF para su autorización correspondiente.

4.2.3 La DPF la remite al DAy P para hacer su distribución correspondiente.

4.2.4 Posteriormente el DAyP hace entrega de tres originales de la Hoja Única de Servicios a la Coordinadora de Pensionados y Jubilados de la Sección 28 del SNTE.

4.2.5 Se envía al Departamento SAR-ISSSTE un original para su trámite correspondiente

4.2.6 Un documento original más, de Hoja Única de Servicios, se enviará al DAEUP, con la finalidad de que se integre al expediente personal del trabajador.

4.2.7 Una vez concluido el trámite de Hoja Única, se verifica si le corresponde el Reporte oficial de servicios para uso exclusivo de FOVISSSTE, y se turna la documentación a la persona responsable de su elaboración. En caso de no corresponderle, se envía al DAEUP para su correspondiente resguardo.

4. 3 Reporte Oficial de servicios para uso exclusivo de FOVISSSTE.

El “Reporte Oficial de servicios para uso exclusivo de Fovissste”, es una devolución del 5% de las aportaciones por concepto de vivienda comprendidas durante el período del 01 de Enero de 1972 al 31 de Diciembre de 1992. NOTA: Cabe aclarar que a partir del 01 de Enero de 1993 esta aportación es considerada en el SAR.

4.3.1 Se revisa el historial del expediente personal, verificando todos los movimientos de incidencias que se hayan presentado desde su fecha de ingreso hasta el 31 de Diciembre de 1992, tales como altas y bajas de categorías, licencias sin goce de sueldo y cambios de radicación de sueldo. 4.3.2. Se captura en el sistema SIIICASF por medio del llenado de datos, tomados

del estudio elaborado previamente al expediente personal. Se genera en original y se turna para verificación a la SPF y para autorización a la DPF. Una vez trascurrido este proceso se envía a ventanilla en original y copia, para ser entregado al interesado o se entrega en original a la Coordinadora de Pensionados y Jubilados de la Sección 28 del SNTE, según corresponda la solicitud. Posteriormente se envía al DAEUP.

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4.4 Evolución Salarial:

Es el historial de las cotizaciones de las plazas con las cuales causó baja el trabajador, hasta el último sueldo que se encuentra vigente

- Se recibe la solicitud de Evolución Salarial por medio de ventanilla, pidiendo como requisito copia de la HUS.

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- Se toman los datos de la HUS.- Se elabora en una hoja de Word, anotando el número de constancia en

forma consecutiva y los datos personales del trabajador.

- Se consulta la clave y sueldo en catálogo de puestos, desde el momento de la baja hasta el último sueldo cotizable.

- Se imprime la Constancia de Evolución y se pasa a firma a la DPF.- Se registra y envía a ventanilla o Servicios Regionales para ser entregado al

interesado, según corresponda.- Se entrega original al interesado y el soporte se envía al DAEUP para su

resguardo en el expediente Personal del ex trabajador.

Envío de Documentación al DAEUP.Ya terminados los trámites que se solicitan en el Departamento se envían al DAEUP siguiendo éste proceso:

- Se capturan todos los documentos que fueron requeridos para llevar a cabo el trámite solicitado.

- Se elabora oficio para envío con relación anexa.- Se entrega la documentación y el oficio al DAEUP para su resguardo en el

expediente personal correspondiente.

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