INSTRUCCIÓN PARA LA SOLICITUD Y RECOGIDA DE EQUIPOS DE...

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INSTRUCCIONES DE TRABAJO DE LA UPRL IT-PRL-EPI-01.01 Pedro Cerbuna, 12 / 50009 Zaragoza Tel. 976 761 354 / Fax 976 761 005 INSTRUCCIÓN PARA LA SOLICITUD Y RECOGIDA DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI) La Universidad de Zaragoza proporciona equipos de protección individual a todos/as sus trabajadores/as, tanto PDI, PAS, PAS de proyectos, personal investigador en formación y becarios. Además puede suministrarlos a personal de otras instituciones (ej. CSIC) si así lo solicitan. Se les proporcionarán los mismos equipos que se les dan a nuestros/as trabajadores/as, facturándoseles después a su institución. A todo/a trabajador/a de nueva incorporación se le da información, en el momento de la firma del contrato, de lo que tiene que hacer para solicitar equipos de protección individual y de las prendas que debe utilizar en su puesto de trabajo. Si el/la trabajador/a disponen de la evaluación de riesgos de su puesto específico de trabajo, en ella se reflejarán los equipos de protección individual que debe utilizar y solicitar para su reposición, si es el caso. Para todo el personal en general, la solicitud se realizará de forma individual por el/la trabajador/a cumplimentando el formulario que aparece en la página web de la UPRL (http://uprl.unizar.es/seguridad/epis/petepis.html). Deberá de cumplimentar todos los campos relativas a datos de contacto (Nombre y Apellidos, dirección de correo electrónico, teléfono y centro de trabajo), todos los relativos al tipo de equipamiento que solicita (talla, número de pie y medidas para la ropa) y una breve descripción de su trabajo y equipos, herramientas, agentes químicos, etc. que utiliza. Una vez recibida la solicitud en la UPRL, el/la técnico de prevención procederá a revisar la solicitud, decidiendo si lo solicitado corresponde a las necesidades del puesto de trabajo del/la solicitante, según sus riesgos. El jefe de la UPRL decidirá la conveniencia o no de la solicitud, pudiendo por tanto desestimar alguno de los materiales solicitados o por el contrario incluir algunos otros. En caso de reposición de equipos, se decidirá en base al tiempo de vida medio de estos equipos y la fecha en la que fue proporcionado el último desde la UPRL. El jefe de la UPRL podrá solicitar, si es necesario por escrito, que el/la trabajador/a indique que el equipo está deteriorado y ya no cumple su función y podrá comprobar este hecho.

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INSTRUCCIONES DE TRABAJO DE LA UPRL IT-PRL-EPI-01.01

Pedro Cerbuna, 12 / 50009 Zaragoza Tel. 976 761 354 / Fax 976 761 005

INSTRUCCIÓN PARA LA SOLICITUD Y RECOGIDA DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN

INDIVIDUAL (EPI)

La Universidad de Zaragoza proporciona equipos de protección individual a todos/as

sus trabajadores/as, tanto PDI, PAS, PAS de proyectos, personal investigador en formación y

becarios. Además puede suministrarlos a personal de otras instituciones (ej. CSIC) si así lo

solicitan. Se les proporcionarán los mismos equipos que se les dan a nuestros/as

trabajadores/as, facturándoseles después a su institución.

A todo/a trabajador/a de nueva incorporación se le da información, en el momento de

la firma del contrato, de lo que tiene que hacer para solicitar equipos de protección

individual y de las prendas que debe utilizar en su puesto de trabajo.

Si el/la trabajador/a disponen de la evaluación de riesgos de su puesto específico de

trabajo, en ella se reflejarán los equipos de protección individual que debe utilizar y solicitar

para su reposición, si es el caso.

Para todo el personal en general, la solicitud se realizará de forma individual por el/la

trabajador/a cumplimentando el formulario que aparece en la página web de la UPRL

(http://uprl.unizar.es/seguridad/epis/petepis.html).

Deberá de cumplimentar todos los campos relativas a datos de contacto (Nombre y

Apellidos, dirección de correo electrónico, teléfono y centro de trabajo), todos los relativos al

tipo de equipamiento que solicita (talla, número de pie y medidas para la ropa) y una breve

descripción de su trabajo y equipos, herramientas, agentes químicos, etc. que utiliza.

Una vez recibida la solicitud en la UPRL, el/la técnico de prevención procederá a revisar

la solicitud, decidiendo si lo solicitado corresponde a las necesidades del puesto de trabajo

del/la solicitante, según sus riesgos. El jefe de la UPRL decidirá la conveniencia o no de la

solicitud, pudiendo por tanto desestimar alguno de los materiales solicitados o por el

contrario incluir algunos otros. En caso de reposición de equipos, se decidirá en base al

tiempo de vida medio de estos equipos y la fecha en la que fue proporcionado el último

desde la UPRL. El jefe de la UPRL podrá solicitar, si es necesario por escrito, que el/la

trabajador/a indique que el equipo está deteriorado y ya no cumple su función y podrá

comprobar este hecho.

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Pedro Cerbuna, 12 / 50009 Zaragoza Tel. 976 761 354 / Fax 976 761 005

A través del correo electrónico o del teléfono incluido en la petición, el/la técnico de

prevención de la UPRL se pondrá en contacto con el/la solicitante para indicarle la fecha,

hora y lugar de recogida del material solicitado.

Como norma general, el/la trabajador/a deberá acudir al almacén de equipos de

protección individual que la UPRL tiene en el edificio “Residencia de Profesores” en la quinta

planta, puerta derecha, el día y a la hora en la que se le haya citado. De esta manera

podrá probarse las prendas y llevarse la que mejor se adapte a sus características, y se

evitará devoluciones posteriores.

Para las reposiciones, el/la técnico de la UPRL, decidirá en cada caso la conveniencia

o no de mandar los equipos de protección por correo interno.

En todos los casos, a la recepción de cualquier equipo de protección individual, el/la

trabajador/a firmarán la hoja de constancia de entrega de equipos de protección

individual. Si le ha llegado por correo interno, la devolverá igualmente por correo interno

firmada. Mientras en la UPRL no se reciba este registro, no se podrá solicitar de nuevo

equipos de protección individual.

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INSTRUCCIÓN PARA LOS/AS RESPONSABLES DE LOS/AS TRABAJADORES/AS PARA

VELAR POR EL USO DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI)

Según el artículo 17.2. de la Ley de Prevención, la UZ deberá proporcionar a sus

trabajadores/as equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus

funciones y velar por el uso efectivo de los mismos cuando, por la naturaleza de los trabajos

realizados, sean necesarios.

El uso de equipos de protección será obligatorio cuando así se indique en la evaluación

de riesgos del puesto de trabajo y en todo momento en laboratorios y talleres.

Tal y como se indica en el Plan de Prevención de la UZ, los responsables de servicio,

unidad, etc. realizarán un esfuerzo activo para elevar el nivel de protección del personal a su

cargo o el suyo propio. Informarán de las deficiencias detectadas que supongan un riesgo

para los trabajadores/as a su cargo, así como de la eficacia de las medidas preventivas

tomadas y de los condicionantes que determinen su mayor o menor efectividad. Si una de

las medidas tomadas es el uso obligatorio de EPI, velará por que el trabajador/a los lleve e

informará a la UPRL si no es así.

Los/as responsables directos de los/as trabajadores/as deben conocer que para el

trabajo en determinados puestos son obligatorios como mínimo estos equipos de protección

individual:

1. Puestos de trabajo dentro de laboratorios químicos: bata de laboratorio con puños

cerrados, guantes para productos químicos y gafas.

2. Puestos de trabajo dentro de laboratorios biológicos: bata de laboratorio con puños

cerrados, guantes, gafas y zuecos autoclavables.

3. Puestos de trabajo dentro de talleres mecánicos: ropa de trabajo con puños

cerrados, guantes mecánicos (excepto en zonas de posible atrapamiento), gafas y

calzado de seguridad con puntera.

4. Puestos de trabajo de soldadura: pantalla o gafas de protección del tono

adecuado a la radiación, guantes y delantal de soldador y calzado de seguridad.

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5. Puestos de trabajo agropecuarios: ropa de trabajo, guantes y calzado de

seguridad.

Si el tiempo de utilización puede generarles riesgos adicionales, facilitará a los

trabajadores/as que se planifiquen y establezcan períodos de descanso y pausas fuera de la

zona de riesgo con otras tareas.

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INSTRUCCIÓN SOBRE LAS EXIGENCIAS LEGALES QUE DEBE CUMPLIR UN EQUIPO DE

PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI)

No se debe adquirir ningún equipo de protección individual que no cumpla las

exigencias legales del RD 1407/92.

El equipo de protección individual dispondrá de:

a) Las siglas “CE” para los equipos de las categorías I y II.

b) Las siglas “CE” seguidas de un número de cuatro dígitos para los equipos de

categoría III. El número de cuatro dígitos es un código identificativo, en el ámbito de

la Unión Europea, del organismo que lleva a cabo el control del procedimiento de

aseguramiento de la calidad de la producción seleccionado por el fabricante.

c) Declaración en la que se certifique que el EPI comercializado cumple lo dispuesto

en el Real Decreto a fin de poderla presentar a la Administración competente.

d) Folleto informativo en el que se referenciarán y explicarán claramente los niveles de

protección ofrecidos por el equipo, el mantenimiento y, en su caso, las sustituciones

necesarias, normas de uso, lugar de almacenamiento, etc. Este folleto será

entregado obligatoriamente por el fabricante con los EPI comercializados. Esto

supone que, si los equipos se han adquirido en un lote para el que obligatoriamente

ha de venir al menos un folleto, es responsabilidad del empresario, conforme a lo

establecido en el R.D. 773/1997, fotocopiar este folleto y entregarlo con cada

unidad de protección que se suministre a los trabajadores.

CLASIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL

1. EPI CATEGORÍA 1: Aquellos equipos destinados a proteger contra riesgos mínimos. Por

ejemplo para proteger contra:

Agresiones mecánicas cuyos efectos sean superficiales (guantes de jardinería,

dedales, etc.).

Los productos de mantenimiento poco nocivos cuyos efectos sean fácilmente

reversibles (guantes de protección contra soluciones detergentes diluidas, etc.).

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Los riesgos en que se incurra durante tareas de manipulación de piezas calientes

que no expongan al usuario a temperaturas superiores a los 50º C ni a choques

peligrosos (guantes, delantales de uso profesional, etc.).

Los agentes atmosféricos que no sean ni excepcionales ni extremos (gorros, ropas

de temporada, zapatos y botas, etc.).

Los pequeños choques y vibraciones que no afecten a las partes vitales del

cuerpo y que no puedan provocar lesiones irreversibles (cascos ligeros de

protección del cuero cabelludo, guantes, calzado ligero, etc.).

La radiación solar (gafas de sol).

En este caso, el fabricante puede certificar directamente el cumplimiento de las

exigencias esenciales de salud y seguridad.

2. EPI CATEGORÍA 2: Aquellos equipos destinados a proteger contra riesgos de grado

medio o elevado, pero no de consecuencias mortales o irreversibles.

El fabricante debe someter un prototipo del equipo al control de una tercera parte con

competencia en la materia (denominada organismo notificado), que mediante la

realización de pruebas preestablecidas determina o no el cumplimiento de dichas

exigencias esenciales de salud y seguridad. La superación de este control se denomina

superación del examen CE de tipo. Después certificará el cumplimiento de las exigencias

esenciales de salud y seguridad.

3. EPI CATEGORÍA 3: Aquellos equipos destinados a proteger contra riesgos mortales o

irreversibles.

Pertenecen a esta categoría exclusivamente los equipos siguientes:

Los equipos de protección respiratoria filtrantes que protejan contra los aerosoles

sólidos y líquidos o contra los gases irritantes, peligrosos, tóxicos o radiotóxicos.

Los equipos de protección respiratoria completamente aislantes de la atmósfera,

incluidos los destinados a la inmersión.

Los EPI que sólo brinden una protección limitada en el tiempo contra las agresiones

químicas o contra las radiaciones ionizantes.

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Los equipos de intervención en ambientes cálidos, cuyos efectos sean

comparables a los de una temperatura ambiente igual o superior a 100º C, con o

sin radiación de infrarrojos, llamas o grandes proyecciones de materiales en fusión.

Los equipos de intervención en ambientes fríos, cuyos efectos sean comparables a

los de una temperatura ambiental igual a - 50º C.

Los EPI destinados a proteger contra las caídas desde determinada altura.

Los EPI destinados a proteger contra los riesgos eléctricos para los trabajos

realizados bajo tensiones peligrosas o los que se utilicen como aislantes de alta

tensión.

El proceso de certificación de las exigencias esenciales de salud y seguridad es

análogo al descrito para los equipos de categoría II, pero en este caso el fabricante ha de

someterse además a uno de los procedimientos de aseguramiento de la calidad de su

producción. El control de este procedimiento de aseguramiento será igualmente llevado a

cabo por un organismo notificado a la U.E. para ello.

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INSTRUCCIÓN DE USO Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI)

El uso de equipos de protección será obligatorio cuando así se indique en la evaluación

de riesgos del puesto de trabajo con la señal pertinente, y en todo momento en laboratorios

y talleres.

La utilización, el almacenamiento, el mantenimiento, la limpieza, la desinfección

cuando proceda, y la reparación de los equipos de protección individual deberán

efectuarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante.

Aun cuando tengamos un EPI de gran calidad y haya sido perfectamente

seleccionado, toda su eficacia frente al riesgo depende del uso correcto y del adecuado

mantenimiento, por ello resulta imprescindible exigir, consultar y seguir puntualmente las

recomendaciones del fabricante contenidas en el folleto informativo y la formación e

información que respecto a su uso ha recibido.

La vida útil de los materiales es limitada, haga lo que indica el fabricante y evitará

situaciones de riesgo innecesarias. Reemplace los elementos, límpielo y desinféctelo y

colóquelo en el lugar asignado, siguiendo las instrucciones del fabricante. Utilice el EPI para

los usos previstos por el fabricante. Llévelo puesto mientras esté expuesto al riesgo.

Si el tiempo de utilización puede generarle riesgos adicionales, planifique y establezca

períodos de descanso y pausas fuera de la zona de riesgo con otras tareas.

Los equipos de protección individual están destinados, en principio, a un uso personal. Si

las circunstancias exigiesen la utilización de un equipo por varias personas, se adoptarán las

medidas necesarias para que ello no origine ningún problema de salud o de higiene a los

diferentes usuarios. Dicho EPI deberá estar perfectamente mantenido, limpio y desinfectado

o, cuando no pueda garantizarse tal situación, se sustituirán aquellas partes del mismo con el

fin de evitar cualquier problema de salud o higiene a los diferentes usuarios.

Es obligación del/a trabajador/a informar de inmediato a la Unidad de Prevención de

Riesgos Laborales de cualquier defecto, anomalía o daño apreciado en el equipo utilizado,

que a su juicio pueda entrañar una pérdida de su eficacia protectora. También es

conveniente que informe a la UPRL de las condiciones ergonómicas de su equipo de

protección si a su juicio pueden presentar molestias al/a trabajador/a.

HOJA de CONSTANCIA de ENTREGA DE EQUIPOS

DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL R-PRL-EPI-01.02

UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA C/ Pedro Cerbuna, 12 – Cuidad Universitaria – 50009 Zaragoza . Telf.: 976 76 10 00. ext. 843103/843104

Nombre y apellidos: …………………………………………………………………………………………….

Departamento / Servicio / Unidad: …………………………………………………………………………………………….

Puesto de trabajo: …………………………………………………………………………………………….

Fecha de entrega: …………………………………………………………………………………………….

Objeto: Primera dotación Renovación

En virtud de la presente, se le hace entrega de los siguientes equipos de protección individual, en relación con los riesgos específicos de su puesto de trabajo:

Protección de la cara / ojos: gafas ………….…………………………………………………………………………………... pantalla antisalpicadura …………………………………………………………………………… pantalla soldadura ……………………………………………………………………………

Protección auditiva: tapones / orejeras …………………………………………………………………………………….. Protección respiratoria: mascarilla ……………………………………………………………………………………..

máscara + filtro …………………………………………………………………………………..… Protección de las manos / brazos: guantes mecánicos ……………………………………………………………..…………

……………………………………………………………………………………………… guantes químicos …………………………………………………..…………………… ……………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………… guantes térmicos ...……………………………………………………………………... ………………………………………………………………………………………………

Protección de los pies: calzado seguridad ...………………………………………………..………………….………… botas de agua ……………………………………………………………………………….

Protección del cuerpo: ropa protección mecánica ……………………………………………………..………………… ………………………………………………………………………………………………………... ropa protección química ……………………………………………………..………………… ……………………………………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………………………………….. ropa protección biológica …………………………………………….…………………………. ………………………………………………………………………………………………………... ……………………………………………………………………………………………………….. ropa protección frío ……………………………………………………………………………….. ropa protección lluvia ……………………………………………………………………………….. delantal soldador ……………………………………………………………………………….. delantal químico ……………………………………………………………………………….. cinturón lumbar …………………………………………………………………….………….

Otros:…………………………………………………………………………………………………………….……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………...………………………………………………………………………………………………………………………………………...………………………………………………………………………………………………………………………………………...

Conformidad del trabajador Firma:

REGISTRO DE TRABAJO DE LA UPRL R-PRL-EPI-01.01

Pedro Cerbuna, 12 / 50009 Zaragoza Tel. 976 761 354 / Fax 976 761 005

PETICIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL

FORMULARIO