Institucionalidad Ambiental en Chile

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  • 8/12/2019 Institucionalidad Ambiental en Chile

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    Institucionalidad Ambiental en Chile

    Informe curso Derecho Ambiental 2012

    Patricio Bravo ArenasEscuela de Derecho

    Universidad Bolivariana

    (vespertino)

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    INTRODUCCIN

    Al enfrentarnos a la necesidad de estudiar el ambiente, se pone de manifiesto que (en

    general) sufrimos de grandes omisiones en cuanto al conocimiento de la estructura funcional y

    dinmica de los elementos vivos y no vivos que forman el ambiente, con los cuales debemos

    compartir en tiempo y espacio.

    Esta situacin se incrementa al tener que conocer algunas normativas legales vigentes,

    que nos obligan a actuar de determinada manera en pos de usar (no abusar) con eficiencia (y

    sustentabilidad) los recursos naturales de que disponemos, permitindole a cada uno de nosotros

    disfrutar de estos recursos, no slo hoy sino tambin en el futuro. Concepto este ltimo asociado a

    sustentabilidad.

    Por otra parte se debe entender que la cuestin ambiental no tiene como objetivo nico conocer

    la estructura funcional de los biosistemas, o manejar conceptos relativos a alteraciones del

    entorno generados por accin humana (i.e.: contaminacin), sino que debe ser enfrentada desde

    la mayor cantidad de enfoque posibles, o sea, enfoque multidisciplinario, que luego de la

    interaccin de profesionales diversos, todos ellos con competencia ambiental, se pueden generar

    equipos interdisciplinarios.

    Esta modalidad de trabajo permite obtener un conocimiento profundo del ambiente, proceso de

    integracin que se ve complementado por los aspectos legales que tengan relacin con el tema

    ambiental.

    I.- Institucionalidad anterior: Ley 19.300

    En nuestro pas la legislacin ambiental surgi como una gran legislacin sectorial, con

    leyes, reglamentos que no se aplicaron en su totalidad por falta de conciencia ecolgica y por la

    toma de decisiones de las autoridades de turno basndose en criterios polticos y no en aspectos

    tcnicos. A esto se suma los casi ochocientos cuerpos legales con alguna pertinencia ambiental,

    dispersos en casi todos los Ministerios que representaban, no slo un caos en materia legislativa

    ambiental, sino que adems demostraban que no haba coherencia ninguna entre economa,

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    desarrollo y ambiente, triada que deba ser considerada en forma indisoluble en el contexto de

    mantener los niveles de desarrollo y crecimiento econmico que los pases en vas de desarrollo

    deban tener para salir del Tercer Mundo en que se encontraban por dcadas.

    Con la idea en la poblacin que el desarrollo econmico y la conservacin ambiental

    deban estar estrechamente unidos, se genera la necesidad de un tratamiento holstico

    (globalizante) y sistemtico (ordenado, coherente, jerarquizado) de la legislacin ambiental, hasta

    este momento dispersa, incoherente, inorgnica, muy poco aplicada y menos cumplida.

    Es as que en septiembre de 1992, en el Congreso Nacional se presenta en un mensaje

    presidencial el Proyecto de Ley de Bases Generales del Medio Ambiente. Luego de extensos

    debates, el 1 de marzo de 1994 se promulga la Ley N 19.300 o Ley de Bases Generales del Medio

    Ambiente. Su publicacin marca un hito histrico en Poltica de Estado en cuanto a temas

    ambientales. Su aplicacin ha permitido avances importantes en la gestin ambiental del pas.

    Esta Ley corresponde al marco jurdico del desarrollo de la actividad econmica nacional y

    establece los principios generales para dar coherencia y organicidad a toda la legislacin sectorial

    existente en nuestro Derecho.

    La Ley N 19.300 se estructura sobre la base de 92 artculos permanentes, distribuidos en

    seis ttulos, cada uno de los cuales aborda reas temticas especficas y siete artculos transitorios.

    Principales dificultades:Entre las principales dificultades tcnicas para la aplicacin de al legislacin ambiental

    anterior, aparecen:

    - Polticas de Estado basadas en economas extractivas. Escasez de recursos humanos para vigilancia y fiscalizacin. Cultura reactiva v/s cultura Proactiva. Baja inversin en investigacin cientfica ambiental. Insuficiencia en las medidas disuasorias (multas)

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    Reforma a la Institucionalidad Ambiental en Chile

    Entre los objetivos que la OCDE le plantea a Chile en cuanto a su institucionalidad

    ambiental en 205, se destacan los siguientes objetivos:

    Desarrollar y fortalecer las instituciones ambientales en los mbitos nacional y regional Desarrollar y fortalecer an ms los marcos de Anlisis del desempeo ambiental Desarrollar y fortalecer an ms los marcos normativos Evaluar la posibilidad de introducir instrumentos econmicos nuevos Profundizar la aplicacin del principio el que contamina paga Desarrollar an ms y fortalecer la planificacin territorial Desarrollar un conjunto de indicadores para medir el desempeo ambiental con respecto

    a objetivos nacionales y a compromisos internacionales.

    Objetivos puntuales de la nueva Ley: Incentivos adecuados para mejorar la calidad de la regulacin. Tecnificar las decisiones ambientales. Mejorar los instrumentos de fiscalizacin ambiental. Evitar conflictos de inters.

    Nueva Institucionalidad Ambiental

    Organizacin: Ministerio del Medio Ambiente. Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. Servicio de Evaluacin Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente. Tribunales Ambientales. Servicio de Biodiversidad y reas Protegidas.

    Aspectos novedosos: Mayor jerarqua poltica e institucional al tema ambiental.

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    Establecimiento de estndares para las polticas medioambientales futuras. Nuevos instrumentos de Gestin Ambiental.

    Ministerio del Medio Ambiente:Define las polticas y las regulaciones ambientales. La ley le entrega las

    competencias para velar por la proteccin y conservacin de la biodiversidad, de los

    recursos naturales renovables y del agua.

    Elabora anualmente informes que dan cuenta del estado de cada uno de los

    componentes del medio ambiente a nivel nacional y regional y, cada cuatro aos, este

    informe debe cubrir tambin la situacin en cada comuna del pas.

    Elabora las cuentas ambientales, que valoran los activos y pasivos ambientales.

    Representa en forma exclusiva al pas en materias ambientales, garantizando que

    esta dimensin est debidamente resguardada en el concierto internacional.

    Es el nico responsable de la poltica y la regulacin en materia de reas

    protegidas

    Consejo de Ministros para la Sustentabilidad: Presidencia: Min. Medio Ambiente Participantes:

    Agricultura Hacienda Salud Economa Energa O.O.P.P. Vivienda y Urbanismo

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    Transportes y Telecomunicaciones Minera Planificacin

    Objetivo:Organismo propositivo y enunciativo

    Materias de Proposicin al Presidente de la Repblica: Polticas para manejo de recursos medioambientales Criterios de sustentabilidad para Ministerios y otros organismos Creacin de reas Protegidas del Estado Criterios para mecanismos de participacin ciudadana Proyectos de Ley relativos a materias ambientales

    Servicio de Evaluacin Ambiental (S.E.A.) Objetivo: organismo encargado de la administracin del S.E.I.A. Generacin y administracin del registro de consultores ambientales

    Superintendencia del Medio Ambiente: Objetivo:Remitir toda labor de fiscalizacin a un solo organismo. Aplicaciones concretas:

    Sitio oficial para denuncias. Obligacin de mantener informado. Organismo encargado de aplicacin de multas. Aumento de montos. Objetivo:

    desincentivar acciones.

    Tribunales Ambientales: Aplicacin directa de legislacin ambiental. Surgimiento oficial de la justicia

    ambiental en Chile

    Caractersticas principales: Tribunal de Justicia. De primera instancia Tribunal Extraordinario De competencia exclusiva.

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    Bibliografa

    http://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdf

    http://arrayan.tchile.com/virtual/cipma.cl/www/images/stories/pdf/Claudia%20Sepulveda.pdf

    https://www.u-cursos.cl http://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENT

    AL__E_LOYOLA__WORD.pdf

    http://www.mma.gob.cl/1304/w3-article-49187.html http://www.gob.cl/especiales/conoce-la-nueva-institucionalidad-ambiental-de-chile/

    http://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttp://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttp://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttp://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttp://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttp://arrayan.tchile.com/virtual/cipma.cl/www/images/stories/pdf/Claudia%20Sepulveda.pdfhttp://arrayan.tchile.com/virtual/cipma.cl/www/images/stories/pdf/Claudia%20Sepulveda.pdfhttp://arrayan.tchile.com/virtual/cipma.cl/www/images/stories/pdf/Claudia%20Sepulveda.pdfhttp://arrayan.tchile.com/virtual/cipma.cl/www/images/stories/pdf/Claudia%20Sepulveda.pdfhttp://arrayan.tchile.com/virtual/cipma.cl/www/images/stories/pdf/Claudia%20Sepulveda.pdfhttps://www.u-cursos.cl/https://www.u-cursos.cl/http://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttp://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttp://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttp://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttp://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttp://www.mma.gob.cl/1304/w3-article-49187.htmlhttp://www.mma.gob.cl/1304/w3-article-49187.htmlhttp://www.gob.cl/especiales/conoce-la-nueva-institucionalidad-ambiental-de-chile/http://www.gob.cl/especiales/conoce-la-nueva-institucionalidad-ambiental-de-chile/http://www.gob.cl/especiales/conoce-la-nueva-institucionalidad-ambiental-de-chile/http://www.mma.gob.cl/1304/w3-article-49187.htmlhttp://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttp://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttps://www.u-cursos.cl/http://arrayan.tchile.com/virtual/cipma.cl/www/images/stories/pdf/Claudia%20Sepulveda.pdfhttp://arrayan.tchile.com/virtual/cipma.cl/www/images/stories/pdf/Claudia%20Sepulveda.pdfhttp://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdfhttp://pad.rbb.usm.cl/doc/6302532/95602_ASPECTOS_AMBIENTALES/LEGISLA_AMBIENTAL__E_LOYOLA__WORD.pdf