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INSTITUCION EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL DE PONEDERA MANUAL DE CONVIVENCIA AÑO 2 0 11 ENFASIS EN EL DESARROLLO HUMANO, SOCIAL Y CULTURAL

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INSTITUCION EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL

DE PONEDERA

MANUAL DE CONVIVENCIA AÑO 2 0 11

ENFASIS EN EL DESARROLLO HUMANO, SOCIAL Y CULTURAL

IDENTIFICACION

Razón Social: Institución Educativa Técnica Comercial de Ponedera

Dirección: Calle 21 Kra 12-81

Barrio: La Pachita

Núcleo Educativo: Nº 37

Municipio: Ponedera

Departamento: Atlántico

Teléfono: 301 2352250 – 3114259635

Jornada: Mañana y Tarde

Resolución aprobación: No. 04151del 13 -08- 2009

Sedes Asociadas: Mixta Nº 1

Registro DANE: 108560000141

NIT: 800102844-1

Código del ICFES:

Tipo de Institución: Oficial

Carácter: Mixto

Calendario: A

Niveles: Preescolar

Básica Primaria

Básica Secundaria Y Media Técnica

Rector: ESP. MANUEL RENÉ MALDONADO BELLO.

RESOLUCIÓN RECTORIAL N0 05 Del 10 de Septiembre de 2.010

“Por medio del cual se adoptan las modificaciones al Manual de Convivencia de la

Institución Técnica Comercial de Ponedera, aprobado en el 2.002”

EL RECTOR en ejercicio de sus facultades legales y considerando:

a. Que la Constitución Nacional establece en su artículo 13 la igualdad de

derechos de las personas ante la ley, en su artículo 27 la libertad de enseñanza,

en su artículo 67 los derechos de los niños y en su artículo 68 los derechos de los

establecimientos educativos.

b, Que la ley 1098 de Noviembre 8 de 2006 regula lo concerniente a la ley de

infancia.

c. Que la ley 115 de 1993 del Congreso de la República en su artículo 87 exige el

reglamento o Manual de Convivencia de los establecimientos educativos.

d. Que el decreto 1423 de 1993 y el Decreto reglamentario 1860 de 1994 ordenan

también la elaboración del Manual de Convivencia o reglamento estudiantil.

e. Que se han realizado todas las acciones conducentes a estudiar, revisar y

discutir este Manual entre los diversos estamentos de la comunidad educativa.

f. Que el Consejo Directivo en la reunión celebrada el 10 de septiembre de 2.010,

aprobó por unanimidad el texto del presente Manual de Convivencia.

RESUELVE:

Artículo único:

Adoptar el presente Manual de Convivencia como referente válido y legal para

regular, orientar y animar el proceso pedagógico de la Institución Educativa

Técnica Comercial de Ponedera y para promover la convivencia democrática y la

consecución de los objetivos institucionales.

Dado en Ponedera a los 10 días del mes de septiembre de 2.010

____________

Rector

OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

Los objetivos del Manual de convivencia de la Institución Educativa Técnica

Comercial de ponedera son los siguientes

OBJETIVO GENERAL:

Establecer normas de Convivencia necesarias para el cumplimiento de los

objetivos Institucionales de la comunidad educativa.

OBJETIVOS ESPECIFICOS:

Propiciar en la comunidad educativa, actitudes de convivencia, de

responsabilidad, de cultura, de respeto a las diferencias, que contribuyan a

un ambiente educativo integral de calidad.

Fomentar el trabajo en equipo, la sana competencia y convivencia,

posibilitando la actividad, la creatividad y la libertad en los educandos como

medios de desarrollar sus potencialidades.

Prevenir antes que sancionar, para que los estudiantes se acostumbren al

auto control, la disciplina y a obrar por convicción.

Ayudar a cultivar valores humanos, como el estudio, la responsabilidad, la

tolerancia, el servicio, la justicia y honestidad.

PARTE I

DE LA FILOSOFIA INSTITUCIONAL

CAPITULO I.

MISIÓN, VISIÓN, OBJETIVOS

Artículo 1. Misión:

Formamos personas con sentido humano, desarrollando competencias básicas,

laborales, científicas, tecnológicas y ciudadanas; con fundamentos éticos y

morales para enfrentar los retos de la vida.

Artículo 2: Visión:

Seremos reconocidos por el liderazgo en la formación de personas competentes,

capaces de transformar y ser transformados.

Artículo 3: Objetivos de la Institución Educativa Técnica Comercial de

Ponedera

Establecer estrategias que conlleven al uso de la libertad dentro del

proceso educativo para obtener un aprendizaje consecuente con el

quehacer pedagógico.

Desarrollar en el educando un pensamiento crítico y constructivo,

actitudes, talentos, habilidades intelectuales, laborales en el área comercial

y deportiva.

Realizar un seguimiento permanente para comparar, determinar y definir

el estado del proceso formativo de los estudiantes y las acciones de los

docentes.

Revisar continuamente el proyecto educativo institucional a fin de

responder a los retos educativos optimizados a los recursos pedagógicos,

didácticos y administrativos.

Comprometer a toda la comunidad educativa en el proceso de aprendizaje

de los estudiantes.

Educar en una mentalidad empresarial y para el trabajo con la

incorporación de nuevas tecnologías que capaciten para el compromiso

cooperativo, las innovaciones y la producción.

CAPITULO II.

MODELO PEDAGOGICO

Artículo 4: La filosofía Educativa de la Institución Técnica Comercial de

Ponedera

El estudiante es el centro de los procesos formativos y la meta del acto educativo

bajo una mirada integral, ayudado por el enfoque pedagógico social-constructivista

donde prevalezca el ser, el saber y el saber-hacer; que nos permita alcanzar los

fines de la educación.

Artículo 5: El modelo Pedagógico de la Institución Técnica Comercial de

Ponedera

La institución Educativa Técnica Comercial de Ponedera (INSTECO) se fundamenta el

modelo pedagógico social-constructivista donde el estudiante desarrolla su personalidad

y sus capacidades cognitivas en torno a las necesidades sociales, donde se capacita

para resolver los problemas y para mejorar la calidad de vida de la comunidad.

El constructivismo busca la formación de personas como sujetos activos, capaces de

tomar decisiones y emitir juicios de valor, lo que implica la participación activa de

profesores y alumnos que interactúan en el desarrollo de la clase para construir, crear,

facilitar, liberar, preguntar, criticar y reflexionar sobre la comprensión de las estructuras

profundas del conocimiento.

El eje del modelo es el aprender haciendo. El maestro es un facilitador que contribuye al

desarrollo de capacidades de los estudiantes para pensar, idear, crear y reflexionar. El

objetivo de la escuela es desarrollar las habilidades del pensamiento de los individuos de

modo que ellos puedan progresar, evolucionar secuencialmente en las estructuras

cognitivas para acceder a conocimientos cada vez más elaborados.

La evaluación es cuantitativa y puede ser individual o colectiva. Se da preferencia a la

autoevaluación y coevaluación, pues el trabajo es principalmente solidario.

Artículo 6: Los valores de la Institución Técnica Comercial de Ponedera

La Institución debe proporcionar el ejercicio de valores que permitan mejorar la

calidad de vida de todos sus miembros a través de reflexiones cotidianas con

fines teocráticos, morales y didácticos para formar un estudiante con criterio y

autonomía capaz de discernir y actuar con propiedad.

Dichos valores son:

Respeto

Responsabilidad

Confiabilidad

Justicia

Solidaridad

Civismo

Tolerancia

Equidad

Libertad

Trabajo en equipo.

CAPITULO 3.

PERFILES EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Artículo 7: Perfil del alumno: Es el de una persona que:

Aplica la disciplina como forma de vida, lo que le permite un buen

rendimiento académico y convivencial.

Posee una actitud crítica, investigativa, creativa orientado al manejo

tecnológico que le permite alcanzar una excelencia académica y humana.

Promueve la dignidad de la persona velando por la vivencia de los derechos

humanos y por el cumplimento de los deberes.

Promueve el dialogo como medio de comunicación y enriquecimiento con

los demás.

Cumplidor de las normas del Manual de comportamiento establecidas en

la Institución.

Respetuoso de los recursos naturales y del medio ambiente.

Gran sentido de pertenencia e identidad por la institución y el municipio.

Capaz de demostrar sus talentos artísticos, deportivos e intelectuales.

Muestre sus competencias básicas laborales y ciudadanas.

Trabaje en equipo y/o en forma individual responsablemente

Participe con entusiasmo en todas las actividades institucionales.

Respetuoso de los derechos de los demás.

Valore la vida como un don de Dios.

Capaz de expresarse con amor y ternura en sus relaciones interpersonales.

.Abierto al cambio y a la solución de conflictos en forma pacifica..

Practicantes de los valores humano

Artículo 8: Perfil del Educador: Es el de una persona:

Responsable ante todo.

Puntual en su trabajo.

Un excelente comunicador.

Que testimonia su profesión como vocación, entregando a su labor educativa sus valores, tiempo y capacidad, sea un verdadero maestro.

De buenos modales dentro y fuera del salón de clase.

Respetuoso de los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa.

De buena presentación personal.

Con valores éticos.

Debe querer a la Institución, no porque sea su lugar de trabajo si no que la sienta como suya, como algo que hace parte de él.

Que se relacione con los demás en forma respetuosa.

Amable y servicial.

Artículo 9: Perfil de los Padres de Familia: Apunta a:

Padres de familia que forman a sus hijos en el respeto por la vida, en la autoestima, en los valores y el respeto por las personas y el medio ambiente.

Una persona responsable capaz de educar con su ejemplo de vida.

Padres que procuren por las buenas relaciones con los docentes, personal administrativo y con otros padres de familia, favoreciendo un ambiente cordial y apoyen la acción pedagógica de la institución.

Padres que participen en las actividades que organice la Institución, que tengan sentido de pertenencia.

Padres que se identifiquen con la filosofía y la acepten.

Padres que asuman la formación de sus hijos como un compromiso permanente, brindándoles amor, atención y comprensión, evitando el maltrato físico y verbal como manera de corregir o castigar.

Padres que brinden a la Institución su colaboración y el apoyo necesario para que ésta lleve a cabo su misión, siguiendo las metas y principios que la misma se ha trazado, con el fin de darle a sus hijos la mejor formación y

educación posible.

Artículo 10: Perfil del Rector:

El Rector es el representante legal de la institución ante el MEN, ejecuta las

decisiones del gobierno escolar y debe ser:

Líder: organiza el programa educativo.

Gestor: En el manejo y desempeño de sus funciones de gestión diarias y

permanentes.

Prudente: Ante las situaciones conflictivas.

Eficiente, Eficaz y Flexibles: Basado en el tiempo necesario para resolver

los problemas.

Sólido en valores: Dar buen ejemplo en la Institución.

Comunicativo, Facilitador y Guía: Atiende opiniones y sugerencias.

Amoroso y Servicial: De buen trato y pleno al servicio comunitario.

Transparente: Aplica estrategias y generaliza principios en forma objetiva.

Justo: Resuelve los problemas sin exagerar.

Humilde: Valora el trabajo de los demás.

Dinámico: Participa en todas las actividades programada e innovador.

Con alto sentido de pertenencia: Ama la Institución y vela por su buen

funcionamiento.

Artículo 11: Perfil del Coordinador de Disciplina y Académico.

Ser un profesional idóneo

Responsable

Colaborador con la actitud de liderazgo

Gestor del proceso educativo

Abierto al dialogo e imparcial.

Orientador

Solidario

Eficiente en sus funciones

Eficaz en sus actividades formativas

Buen trato y gran capacidad de amor y servicio a la comunidad

Sólido en valores para dar buen ejemplo.

Tolerante.

Ecuánime.

Artículo 12: Perfil del Orientador

Gran vocación de servicio.

Capacidad de dialogo.

Amable, buen humor, facilidad de comunicación, apertura y disponibilidad.

Gran capacidad de acogida y manejo de conflictos.

Discreto.

Humilde.

Imparcial.

Sólido en valores.

Parte II

DERECHOS Y DEBERES

CAPITULO 4:

DERECHOS – DEBERES Y ESTIMULOS

Derecho: son condiciones que aseguran la dignidad de la vida del ser humano.

Por medio de él se puede exigir todo lo que la ley o autoridad establece a favor de

alguien.

Deber: es la obligación que tiene el ser humano de obrar según los principios de

la moral, la justicia y su propia conciencia.

Los miembros de la comunidad Educativa Técnica Comercial de Ponedera tienen

los siguientes derechos y deberes:

Artículo13. Derechos de los estudiantes:

1. Recibir una Educación según la filosofía Institucional y los programas

académicos vigentes del MEN.

2. Recibir el Manual de Convivencia al momento de matricularse en la Institución.

3. Ser respetado en su dignidad, identidad, diferencias étnicas, religiosas o

ideológicas.

4. Recibir en todo momento, trato digno como persona y miembro de la

Comunidad Educativa.

5. Opinar y plantear alternativas de solución sobre problemas educativos

siguiendo los canales regulares de comunicación y manifestar sus reclamos en

forma cortes y justa.

6. Disfrutar de un ambiente sano, agradable y de normas disciplinarias

razonables que permitan el desarrollo normal de su personalidad y de su

proceso de aprendizaje.

7. Participar en las jornadas de descanso, esparcimiento, juego y deporte, en la

vida de la cultura y el arte; en actividades formativas y convivencias, foros,

actos cívicos, Investigaciones, intercambios deportivos, culturales y otros.

8. Ser escuchado oportunamente por parte de cualquier miembro de la

comunidad educativa.

9. Gozar de la aplicación del debido proceso Académico y Convivencial,

establecido en el PEI y el Manual de Convivencia.

10. Recibir las clases de acuerdo al horario académico reglamentado por la

Institución, ser informado oportunamente sobre horarios, actividades escolares,

de tiempo libre y eventuales cambios.

11. Utilizar adecuadamente la planta física, sus dependencias, implementos y

servicios de acuerdo con las indicaciones del Manual de Convivencia.

12. Solicitar permiso al Rector oportunamente para el desarrollo de actividades

extracurriculares.

13. Disfrutar de los estímulos a los que se haga merecedor.

14. Ejercitar la participación democrática en la elección de sus representantes al

gobierno escolar.

15. Informarse acerca de las determinaciones del Consejo Directivo y Académico a

través de sus representantes.

16. Ser atendido oportuna y debidamente por parte del personal administrativo en

cuanto a solicitud de certificados, retiro de documentos en la secretaría y

consulta de textos en la biblioteca.

17. Ser informado acerca del contenido del Manual de Convivencia, estudiarlo y

dar aportes para du revisión y mejoramiento.

18. Conocer los de los programas de las diferentes áreas, su intensidad semanal y

los efectos de las faltas de asistencia.

19. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P. E. I, de acuerdo con

los mecanismos que para ello se estipulen.

20. .Recibir oportunamente el documento estudiantil que le permita identificarse

en cualquier lugar, como miembro de la Institución.

21. Contar con un seguro estudiantil que garantice su protección durante el

período escolar (cada padre de familia o acudiente debe garantizarlo)

22. Conocer los criterios de Evaluación de tipo Académico y convivencial que

serán aplicados de forma justa y racional de acuerdo con las normas vigentes

establecidas en el Decreto Nº 1290 de 2009.

23. Recibir informe escrito en forma oportuna al finalizar cada período académico.

24. .Recibir estímulos y distinciones de acuerdo a su desempeño académico,

disciplinario, cultural y deportivo.

Artículo 14. Deberes de los estudiantes.

El ejercicio de los derechos está relacionado al cumplimiento de los deberes, ya

que el ejercicio de la libertad implica la existencia de deberes que no nacen por

capricho, sino como una condición indispensable para el crecimiento personal y

comunitario (Art. 95 Constitución Nal.). Los deberes de los estudiantes del colegio

no se limitan solamente al comportamiento dentro de la institución, sino a la

actuación en los medios familiar y social.

“La educación es un derecho-deber y por ende para el caso de los estudiantes,

implica no sólo la existencia de derechos en favor de los menores, sino el

cumplimiento de obligaciones por parte de ellos, que, generalmente se deben

acatar como presupuesto de sus compromisos académicos y disciplinarios. Por

ende, el incumplimiento de los logros, la reiterada indisciplina, las faltas graves;

son factores que legítimamente pueden implicar la pérdida del cupo en una

institución educativa o la imposición de sanciones”

(Sentencia T 772 de 2.000)

Son deberes de los estudiantes:

1. Cumplir con lo establecido en el Manual de Convivencia de la Institución

según compromiso adquirido en la matrícula.

2. .Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa y las

propiedades ajenas.

3. Mantener un comportamiento ejemplar dentro y fuera del plantel de acuerdo

con las moral cristiana y las normad de urbanidad.

4. Dar a cuantos le rodean un trato digno, utilizar un vocabulario cortes, llamar

a las personas por su nombre, evitar insultos, injurias, peleas y riñas, dentro

y fuera de la institución.

5. Presentarse con el uniforme requerido y llevarlo con dignidad, de acuerdo

a los requerimientos del presente manual correspondiente al horario

establecido.

6. Portar el carnet estudiantil en lugar visible, dar buen uso de él, presentarlo

cuando sea necesario.

7. Resaltar el nombre de la Institución con buenos actos dentro y fuera de ella.

8. Cumplir con exactitud el horario de clases, actividades y compromisos que

le sean asignados.

9. Estar representado por los padres o un acudiente mayor de edad.

10. Observar y cumplir las normas y horarios que, para el bien de la

comunidad estudiantil, establezca el Colegio en las diferentes

dependencias.

11. Respetar la formación que se hace en el patio y actos comunitarios.

12. Representar a la Comunidad Educativa en los eventos deportivos,

culturales, sociales, artísticos, institucionales cuando sea elegido para ello.

13. Recurrir a las diversas instancias respetando el conducto regular, para

resolver sus problemas o dificultades.

14. Entregar a sus padres o acudientes los diversos informes y circulares

enviados por el Colegio.

15. Estar dispuesto al diálogo y a la comprensión con el ánimo de fortalecer

las relaciones interpersonales y superar los conflictos.

16. Abstenerse de traer al Colegio objetos de valor, dinero en cantidad sin

justa causa y elementos distractores, tales como radios, diskman, celulares,

revistas, juguetes, albumes , MP3, y otros.

17. Abstenerse de ingresar sin autorización a la Sala de Profesores, Secretaría,

Coordinación, Laboratorios, Sala de Proyecciones, Coliseo, Sala de

Informática, etc.

18. Abstenerse de fumar, como un propósito de preservación de la salud y del

medio ambiente.

19. Abstenerse de poseer, consumir, distribuir droga, estupefacientes, o

bebidas embriagantes.

20. Valorar la propia sexualidad y la de los demás no injuriar con palabras o

mensajes obscenos, respetar la identidad sexual de los demás.

21. Respetar, conservar y cuidar los árboles, las plantas y la naturaleza en

general.

22. Presentarse a diligenciar el proceso de la matricula en las fechas

señaladas por el colegio y cumplir con todos los requisitos exigido para

ellos en el momento de la matricula.

23. Estudiar y responder con los deberes académicos.

24. Velar por el aseo y orden permanente el aula de clase.

25. Abstenerse de portar, guardar o utilizar armas corto pulsante, de fuego o

artefactos explosivos.

26. Respetar las diferencias físicas e ideológicas de los compañeros y

profesores.

27. Permanecer dentro del salón de clase durante el tiempo que corresponde a

las actividades académicas.

28. Presentar ante el coordinador los permisos necesarios y justificados para

llegadas tarde o para ausentarse de la institución.

29. Ejercitar el dialogo, la deliberación, la tolerancia, el conceso en las

relaciones entre compañero, especial mente en los momentos de conflictos

y desacuerdos.

30. Presentar los trabajos y evaluaciones dentro de los cinco ( 5 ) primeros

días siguiente a las ausencia de clases se a presentado de vida excusa y

está firmada por el coordinador.

31. Cuidar y velar por el buen uso de las instalaciones físicas, muebles y

equipos de la institución.

32. Abstenerse de hurtar y deteriorar los bienes muebles, inmuebles y equipos.

Artículo 15: ESTIMULOS DE ESTUDIANTES.

La Institución Educativa Técnica Comercial de Ponedera propende por la

formación integral de sus alumnos y resalta en ellos el esfuerzo, la constancia, el

liderazgo, el excelente comportamiento, los méritos deportivos, culturales,

científicos, empresariales y el espíritu religioso. La Institución les ofrece los

siguientes estímulos.

Aquellos estudiantes que se destaquen en el campo académico tendrán los

siguientes estímulos:

1. Exoneración del pago de los derechos académicos para los estudiantes que

ocupen el primer lugar y obtengan excelencia académica, técnica y

disciplinaria durante el año escolar para el año siguiente.

2. Mención de honor a los estudiantes que obtuvieron alto puntaje en las

pruebas ICFES, a los alumnos que están en la Institución desde Transición

premios al mejor bachiller y a otros alumnos que hagan mérito, durante el

acto de graduación de bachilleres.

3. Ser nombrado monitor del área donde su rendimiento académico sea

excelente.

4. Ser exonerado de evaluaciones finales según criterio del docente del área

respectivo.

5. Reconocimiento en público con la correspondiente anotación en su ficha de

seguimiento.

6. Mención de honor en el acto de clausura.

Destaquen en las actividades deportivas y actividades extracurriculares.

Aquellos estudiantes que se destaquen en el campo deportivo, técnico, social,

científico y cultural tendrán los siguientes estímulos:

1. Estar matriculados en la Institución.

2. Ser puntuales a los entrenamientos y encuentros deportivos o a los ensayos

culturales, presentándose con el uniforme reglamentario aprobado por la

Institución.

3. Representar dignamente al plantel, respetando a sus rivales y a las

autoridades competentes y cumpliendo cabalmente con las

responsabilidades asumidas en los torneos o presentaciones internas o

externas.

4. Obtener la debida autorización del Rector y del Coordinador para salir de la

Institución o del aula de clase.

5. Mantener un buen rendimiento académico y disciplinario.

6. Tener la respectiva autorización de los padres de familia.

Artículo 16: DERECHOS DE LOS DOCENTES.

1. Ser informado por parte de los Directivos sobre la filosofía, la misión,

visión y objetivos de la Institución.

2. Estar enterados de las decisiones Institucionales, y adoptar sugerencias en

el mejoramiento del proyecto educativo institucional.

3. Conocer el manual de sus funciones.

4. Recibir estimulo por su trabajo y actividades desarrolladas en forma

excelente.

5. Representar a la institución en seminario, eventos deportivos, simposios y

otros con el debido apoyo logístico y económico necesario.

6. Llamar oportunamente a los padres de familia presentando sugerencias

pertinentes en caso de indisciplina, u otros, etc.

7. Recibir trato amable, justo y respetuoso por parte de todos los miembros de

la comunidad educativa, dentro y fuera del plantel.

8. Expresar libremente los pensamientos, iniciativas y sugerencias que

contribuyan al bienestar de la comunidad educativa, respetando la filosofía

de la institución.

9. Contar con la dotación de muebles, enseres, material didáctico actualizado

que faciliten el desempeño de su labor pedagógica.

10. Participar en foros, convivencias, celebraciones, actos culturales y

deportivos, programados por la institución, para mejorar su formación

personal y para una mayor integración con la comunidad educativa.

11. Participar y beneficiarse de las capacitaciones y actualizaciones

programadas para el mejoramiento de la prestación de su servicio

educativo.

12. Ausentarse del plantel en caso de enfermedad o calamidad doméstica con

el previo aviso a la rectoría y/o coordinador o quien sea asignado para ello.

13. Gozar del respeto a su privacidad por parte de los miembros de la

comunidad educativa.

Artículo 17: DEBERES DE LOS DOCENTES.

Los profesores por relación directa de autoridad dependen del rector, coordinador

académico y coordinador disciplinario.

Son deberes de los docentes:

1. Conocer e identificarse con la filosofía de la institución.

2. Orientar al alumno en el conocimiento y en la práctica de la pedagogía del

amor.

3. Actualizarse en los avances y conocimientos educativos, científicos y sociales

que requieren su labor docente.

4. Participar de los actos cívicos, culturales y demás celebraciones de la

institución.

5. Mostrar pulcritud y adecuada presentación personal, como ejemplo para los

alumnos.

6. Elaborar el plan de área, las guías de trabajo, el registro de seguimiento de

los alumnos, el registro diario de clases y los formatos de evaluación por

periodos.

7. Ser imparcial en la evaluación y dar a conocer oportunamente los resultados;

para posibilitar al estudiante sus justos reclamos.

8. Atender de manera cortés a los estudiantes y padres de familia en los

horarios previamente establecidos, informando sobre el rendimiento

académico y convivencial de los estudiantes.

9. Interesarse y trabajar por la formación integral del alumno.

10. Respetar y acatar las normas y disposiciones consignadas en los reglamentos

de la institución.

11. Citar a los padres de familia del estudiante que presente dificultades...

12. Apoyar en campañas de solidaridad promovidas por la institución hacia

algún miembro de la comunidad educativa necesitado.

13. Atender y resolver oportunamente los problemas presentados dentro del

salón de clases para un mejor manejo de la disciplina.

14. Abstenerse de utilizar amenazas sicológicas que perturben el desarrollo

armónico de la personalidad de los estudiantes.

15. Dar ejemplo de espiritualidad, de respeto a los valores humanos por medio de

su acción.

16. Motivar a los alumnos a participar en los diferentes programas que vallan en

beneficio de su formación personal.

17. Brindar espacio de reflexión diaria sobre acontecimiento que afecten nuestra

vida diaria proporcionando la participación y el análisis crítico de cada punto

de vista.

18. Presentar oportunamente antes los directivos las justificaciones e

incapacidades en caso de ausencia.

19. Presentar solicitud por escrito, cuando tenga necesidad de un permiso a su

superior con anticipación.

20. Abstenerse de hacer comentarios y/o realizar actos que atenten contra la

integridad de algún miembro de la comunidad educativa.

21. Brindar un trato amable, cordial y respetuoso a todos los miembros de la

comunidad educativa. Aceptar sugerencias constructivas.

22. Programar, organizar, desarrollar y evaluar las actividades de aprendizaje de

las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecido por

M.E.M. y los lineamientos generales de la institución.

23. Participar en la elaboración del proyecto educativo institucional.

24. Aplicar oportunamente, en colaboración con el coordinador académico y la

psicoorientadora las estrategias metodológicas a que den lugar, según el

análisis de resultados del rendimiento académico de los estudiantes.

25. Reportar los casos especiales al director de grupo, coordinadores y/o

psicoorientadora.

26. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y

materiales confiados a su manejo.

27. Informar oportunamente a las directivas todo comport6amiento irregular y

toda infracción que atente gravemente contra las normas de convivencia.

28. Ser puntuales en:

La asistencia a reuniones y/o cursos de capacitaciones, jornadas

pedagógicas y demás actividades programadas por la institución.

La formación de los buenos días y/o actividades de formación de sus

estudiantes a cargo en su respectivo horario.

El inicio, realización y término de las horas de clase.

La entrega de programaciones, planes de área, registro de clases,

seguimiento de los estudiantes, las guías de trabajo, los informes de

calificaciones y demás documentos necesitados por la institución.

A las reuniones con padres de familia y entrega de informes.

La asistencia a actos culturales, cívicos, deportivos y demás

programados por la institución.

28. Durante su jornada laboral, abstenerse de:

Fumar

Consumir bebidas embriagantes.

Consumir sustancias alucinógenas o psicotrópicas.

Hacer uso del teléfono celular para distraerse y distraer a los

alumnos en el aula de clases.

De realizar a título personal, cualquier tipo de actividad comercial(

rifas, ventas, sorteos etc)

Dictar clases particulares remuneradas a sus propios alumnos.

Acosar sexualmente a cualquier estudiante y/o tener relaciones

amorosas con estudiantes.

Presentarse a laborar vestido de manera que cause provocación

sexual a los estudiantes.

Pedir dinero a los estudiantes para su uso personal.

Tomar represalias contra estudiantes después de algún impase entre

ellos.

Artículo 18: ESTIMULOS DE LOS DOCENTE.

1. Mención de honor reconociendo su labor cuando se destaque en algún

aspecto por el rector de la Institución.

2. Representar a la institución cuando lo soliciten de acuerdo a méritos en su

labor.

Artículo 19: DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

Ser atendido respetuosamente por todas las personas que laboran en la institución, en el horario establecido para su atención.

Proponer iniciativas y sugerencias que contribuyan al mejor funcionamiento del plantel.

Recibir información oportuna acerca de la filosofía, el Proyecto Educativo, objetivos. Manual de Convivencia y programas del plantel.

Ser informado sobre los procesos académicos y convivenciales de sus hijos, así como la forma de de valoración de los procesos en cada área del conocimiento.

Hacer reclamos justos y respetuosos siguiendo el debido proceso.

Participar en las diferentes actividades organizadas por el plantel y en los distintos estamentos del gobierno escolar con el fin de contribuir al fortalecimiento de la comunidad educativa.

Recibir oportunamente la documentación de sus hijos.

Elegir y ser elegido como representante del salón de su hijo, al concejo de padre, a la asociación de padres de familia y a su junta, a los comités de evaluación y promoción y a los comités de curso..

Tener acceso a la información administrativa y financiera da le institución y de la asociación de los padres de familia.

Artículo 20: DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Suministrar a sus hijos el apoyo y los medios que garanticen su educación.

Brindarle a la institución la colaboración y el apoyo necesarios para que esta lleve a cabo su misión, siguiendo las metas y principios que la misma se ha trazado, con el fin de darle a sus hijos la mejor formación y educación posibles.

Apoyar y acatar los correctivos pedagógicos dispuestos por la institución para favorecer el proceso formativo.

Asistir a la entrega de resultados de logros en el menor tiempo posible y demás reuniones que programe la institución y responder a citación enviadas.

Asistir puntualmente a las reuniones ordinaria y extraordinaria y a todo el llamado que se le haga.

Atender a los llamados que realice la institución en ropa formal.

Responder por los daños o materiales ocasionados por sus hijos en la institución.

Cancelar oportunamente los costos educativos fijados por la institución y cumplir con el proceso de matrícula en las fechas estipuladas..

Fomentar en los hijos el respeto por los mayores dándoles buen ejemplo.

Colaborar con la asistencia puntual y presentación personal de los hijos a las clases y actos programados por el colegio.

Solicitar con anticipación y por escrito al coordinador los permisos cuando el alumno necesita ausentarse del colegio en hora de clase.

Enviar por escrito al coordinador la escusa que justifique la ausencia o retardo del estudiante.

Propiciar los correctivo necesario cuando los hijos o acudidos, presenten comportamiento inadecuado que atente contra la moral y las buenas costumbre dentro y fuera del plantel.

Respetar y dar buen trato a todos los miembros de la comunidad educativa.

Solicitar previamente por escrito las citas para dialogar con los profesores y directivos según el horario estipulado para estos casos.

Cumplir con la asistencia a la escuela de padres con miras a mejorar el acompañamiento en el proceso de formación eficiente de los hijos.

Participar en las actividades de consejo de padre de familia y asociación de padre de familia.

Ser constante en la revisión y firma en el control de tareas con estrategia que favorezca un buen desempeño académico y convivencial.

Parágrafo: El padre o acudiente que agrede verbal o físicamente a cualquier

miembro de la comunidad educativa dentro y fuera de ella pierde los derechos de

continuar como representante de su hijo o acudiente.

. Artículo 21: ESTIMULOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

1. Reconocimiento público del padre colaborador.

2. Representar la Institución en algún evento por haberse destacado en su

colaboración e interés por el mejoramiento institucional.

Parte IIl

PROCEDIMIENTOS PARA LA CONVIVENCIA

CAPITULO V

Uniformes

Artículo 22: Uniforme de diario para las mujeres:

Jumper a cuadro con un fajón ubicado a la cadera, medias blancas colegiales,

zapatos negros colegiales, blusa blanca en Dacròn con vivos de cuadro en la orilla

de las mangas y el cuello.

Artículo 23: Uniforme de diario para los varones:

Camisueter color azul medio, con su escudo bordado en el lado izquierdo,

pantalón azul turquí en lino clásico con su respectiva correa, zapato negros

colegiales, medias azul turquí, corte de cabello clásico.

Artículo 24: Uniforme de Educación Física para todos:

Camiseta cuello V azul medio con su escudo bordado al lado izquierdo y sudadera

azul turquí con un vivo azul medio a los lados, con el logotipo bordado a media

pierna en el lado izquierdo zapatos tenis blancos y medias blancas.

Artículo 25: Uniforme de Prácticas Laborales:

El uniforme de práctica llamado promoción del último grado, escogido por los

alumnos del grado 11. De de carácter obligatorio:

Mujeres pantalón clásico negro, blusa azul cielo en rayas negras, zapatos negros

cerrados. Los hombres pantalón clásico negro, camisa manga larga azul cielo en

rayas negras, zapato negros.

CAPITULO VI

El HORARIO Y LA PUNTUALIDAD

Artículo 26: El horario normal de clases.

El horario de lunes a viernes es:

Transición 7:00 am a 12:00 m tarde 12: 30 pm – 4:30 pm

Básica Primaria 6:45 am a 12:25 pm tarde 12:30 pm a 5:30 pm

Básica secundaria 6:45 am a 12:25 pm

Media 6:45 am a 12:25 pm

Parágrafo: Los horarios complementarios de la media técnica (por las tardes o el

sábado) serán comunicados oportunamente a los alumnos y a los padres de

familia.

Artículo 27: Llegada a la Institución.

El estudiante debe llegar puntualmente al colegio, según el horario establecido. Al

entrar se revisará el uniforme correspondiente y la presentación personal. Con el

alumno que llegue tarde al plantel sin justificación se seguirá el siguiente

procedimiento:

1. Será anotado por el coordinador de convivencia en el control de asistencia

diaria.

2. Al completar tres retrasos injustificados en el mismo período, se citará a los

padres de familia para que hagan con su hijo un compromiso escrito en el libro de

seguimiento que conlleve al mejoramiento de la puntualidad en los horarios

establecidos por la institución.

3. Si persiste la situación de retardo, se citará nuevamente al padre de familia para

firmar acta de compromiso convivencial.

4. Si aún persiste la impuntualidad se suspenderá temporalmente de clase al

alumno de uno a tres días.

5. La institución se reservará el derecho de admisión de los alumnos que,

después de lo anterior, reincidan.

Artículo 28: Asistencia a la Institución, a las clases y otras actividades programadas.

Todos los alumnos deben asistir a la institución durante la jornada escolar ordinaria y a los actos programados ordinaria y extraordinariamente. En especial, debe hacer presencia en las clases, teniendo en cuenta que con un 25% de faltas, justificadas o no, se reprueba una asignatura, según la Ley 115 de Educación.

En cuanto a la inasistencia prolongada a las clases, se seguirá el siguiente procedimiento:

1. Cuando el estudiante falte a clase en forma prolongada, el padre de familia o acudiente debe enviar una excusa dirigida a los profesores de la institución el dia de su regreso, justificando claramente el motivo de la inasistencia.

2 El estudiante tiene un día (1) hábil, posterior a su regreso, para presentar su excusa en Coordinación y colocarle firma y sello, después de presentarla a los profesores con los cuales haya habido clase.

3. Con la firma de cada profesor y del coordinador académico, el estudiante tiene derecho a presentar los compromisos académicos realizados durante su ausencia.

4. Pasado un día (1) hábil, si el estudiante no presentó la excusa, los compromisos académicos no presentados serán evaluados por concepto de insuficiencia.

5. Cuando se trate de una representación de la institución, cultural, científica o deportiva, el Recto, que ha dado la autorización, pasará al coordinador académico los nombres de los alumnos que estarán ausentes, las fechas y el motivo. Este, a su vez, informará a los profesores sobre la autorización que tiene para ausentarse.

6. Los estudiantes que estuvieron en la representación de la institución deberán ponerse al día y responder por todos los compromisos académicos realizados durante su ausencia.

7. El procedimiento que se seguirá en caso de evasión de clase o de la institución por parte de la Coordinación de disciplina y/o académica es:

a- Se escuchará en descargo al estudiante.

b- Se le informará a los padres de la anomalía que se presentó.

c- Se dejará constancia en el libro de seguimiento del alumno.

d- Se rebajará le valoración de convivencia.

e- El alumno reincidente se hará merecedor a una suspensión por tres días (3) hábiles.

Articulo 29. Permisos para ausentarse de la clase o de la Institución.

1. Cuando los permisos son especiales, serán otorgados única y exclusivamente por el Rector de la institución. Los demás pueden ser autorizados por el Coordinador de convivencia. Estos deben ser solicitados por escritos por el padre de familia y con el número telefónico donde verificarlo.

2. Los permisos o autorizaciones deben presentarse a los profesores con los cuales el alumno tenga clase, preferiblemente antes de la ausencia y si esto no es posible al regreso a clase.

3 Ningún profesor está facultado para autorizar la salida de alumnos de la institución.

CAPITULO VII

Organización en el patio, otros lugares relacionados y el aula de clases.

Artículo 30: La formación en el salón de actos.

En cuanto a la formación de los estudiantes en el salón de actos se seguirán los

siguientes procedimientos:

1. Los estudiantes formarán atendiendo las orientaciones impartidas por el

Coordinador de disciplina u otro encargado por él.

2. El director de grupo estará con su curso oportunamente y velará por la prontitud

en formar y estar en orden y los alumnos estarán atentos a escuchar al que habla

o dirigen las oraciones y los buenos días y proceder según las indicaciones.

3. El director de curso aprovechará la formación para revisar el uniforme, la

presentación personal y la asistencia diaria.

4. Terminado los buenos días, los alumnos irán a los salones correspondientes.

Artículo 31: Descansos y recreos.

En cuanto al tiempo dedicado al descanso, los alumnos deben cumplir las

siguientes indicaciones:

1. Permanecer en los sitios autorizados y no en los salones de clases.

2. Al finalizar el descanso suena el timbre.

3. Si algún alumno llega al salón de clase después de 10 minutos de sonar el

timbre, correrá con los riesgos de una ausencia no justificada y la notación en el

seguimiento disciplinario, si es reincidente.

4. Durante los descansos los alumnos no saldrán a la calle y permanecerán al

interior de la institución.

5. Durante el descanso los profesores estarán asistiendo las diferentes zonas de

recreación y si algún estudiante está en un sitio no autorizado, asumirá las

consecuencias disciplinarias de caso.

6. Terminado cada descanso los alumnos que tengan implementos deportivos de

la institución (balones, pitos, redes, raquetas, planillas, etc.) deberán entregarlo en

la sala de deportes al profesor encargado.

7. Abstenerse de comprar a extraños y ventas fuera de la institución, utilizar la

tienda escolar.

Artículo 32: Uso de los baños.

El alumno debe utilizar los servicios sanitarios que le corresponda, en forma

adecuada y decente, sin dañar ni rayar sus instalaciones.

1. Debe evitar toda clase de juegos dentro de ellos.

2. No debe arrojar objetos dentro de la tasa del sanitario.

3. Dejar el sanitario limpio después de usarlo.

Artículo 33: Uso de la tienda escolar.

En lo referente a la tienda escolar se ceñirán a las siguientes indicaciones:

1. Sólo se atenderá a los estudiantes durante los descansos y a la hora de la

salida.

2. Los estudiantes harán las hileras correspondientes y respetarán el turno.

3. Depositarán los materiales desechables o sobrantes en los respectivos

recipientes.

Artículo 34: Permanencia en el aula de clases.

1. Terminado los buenos días, los descansos y aquellas que se realicen fuera del

salón de clases los alumnos deben ingresar ordenadamente a su salón de clases

con el docente que les corresponde y permanecer en él para realizar las

actividades correspondientes.

2. Si por alguna circunstancia el profesor no llega al salón de clase los alumnos

atenderán las indicaciones del monitor del salón, con previo aviso al coordinador

de convivencia.

4. Los profesores no deberán abandonar el salón de clases en caso de tener que

hacerlo, avisarán al coordinador quien adoptará la determinación más adecuada.

5. Todo alumno se hace responsable de su pupitre y de los implementos que

utiliza en la clase, y responde por ellos.

CAPITULO VIII

Faltas que afectan la convivencia escolar y sus correctivos

Artículo 35: Faltas leves que afectan la convivencia:

1. El no aportar el uniforme adecuado de acuerdo al horario.

2. La impuntualidad en la llegada a las clases y/o en los actos generales de la

comunidad estudiantil, dentro y fuera de la institución.

3. Las conversaciones y desórdenes o juegos que interrumpan las clases, el

estudio y los trabajos de campo.

4. Las llegadas tarde después del descanso y a los cambios de clases.

5. Consumir alimentos y/o bebidas en clase o en actos formativos.

6. No prestar atención a las observaciones e incumplirlas.

7. La usencia sin justificación a las actividades formativas programadas,

celebraciones o actos comunitarios.

8. Arrojar basura al piso.

9. Mal uso de los elementos de los salones como marcadores, libros, sillas etc.

10. Utilizar aparatos distractores durante la clase.

11. Presentarse a la tienda escolar en horas de clases.

12. Portar los uniformes de manera incorrecta (zapatos inadecuados, usar cortes y

peinados extravagantes, llevar accesorios que no correspondan al uniforme

(piercing, aretes…)

13. Promover el desorden en el salón de clase.

14. Incumplir con los útiles escolares y materiales de trabajo.

15. Hacer uso del celular durante las clases o actos comunitarios.

16. Hacer rifas y/o ventas sin autorización de la Rectoría.

.

Artículo 36: Faltas graves

Motivos de sanción y suspensión por tres, cinco o 15 días:

1. La acumulación de las faltas leves por más de 3 veces se convierte en una falta

grave.

2. Manchar o dañar las paredes, pisos, puertas, ventanas, techos, tableros,

pupitres y cualquier mueble o equipo de la institución.

3. Emplear palabras soeces y /o gestos vulgares para dirigirse a cualquier

miembro de la comunidad educativa.

4. Ingresar sin autorización a dependencias no autorizadas.

5. Mostrar negligencias en la entrega de información u ocultar a los padres de

familia o acudientes citaciones que se envían.

6. Atentar contra los recursos ecológicos de la institución.

7. Cometer fraude en las evaluaciones, excusas, permisos y certificados médicos.

8. Irrespetar los símbolos patrios y de la institución.

9. Pelear dentro del plantel y fuera de él.

10. Ingresar o Ausentarse del plantel sin utilizar las puertas disponibles. (Volar las

paredes)

11. Alterar el normal desarrollo de las actividades académicas, cívicas o culturales.

12. Desobedecer o Irrespetar a los directivos docentes o docentes de la

institución con palabras o gestos.

Artículo 37: Motivos de expulsión o cancelación de la matrícula durante el

año lectivo:

1. Los juegos bruscos que atenten contra la vida e integridad de la otra persona.

2. Robar cualquier mueble o equipo de la institución o ser cómplice de ello.

3. Alterar o robar libros de calificaciones, registros de asistencia, certificados de

estudio, fichas de seguimiento u otra documentación interna y confidencial de

la institución.

4. Agredir de palabras o agresión física a cualquier miembro de la comunidad

educativa dentro y fuera del plantel.

5. Emplear palabras soeces y gestos vulgares para dirigirse al Rector,

coordinador y profesores.

6. Los actos de inmoralidad dentro y fuera de la Institución, que causen

escándalo público y que atenten contra la dignidad de las personas.

7. La desobediencia formal y la burla sarcástica a las órdenes impartidas por los

Profesores y Directivos.

8. El encubrimiento de las faltas de los compañeros o la interferencia o

entorpecimiento de las investigaciones adelantadas por las autoridades de la

Institución.

9. El porte, uso o suministro de armas, material pirotécnico, bebidas

embriagantes o drogas alucinógenas (decreto 1108 del 31 de mayo de 1994).

10. Presentarse al colegio en estado de embriaguez y/o bajo los efectos de

drogas.

11. La falsificación de documentos.

12. La intimidación, el soborno, dentro y fuera de la institución a cualquier

miembro de la comunidad educativa.

13. Utilizar el nombre de la Institución para la realización de eventos lucrativos

sin autorización.

14. Portar, mostrar o distribuir revistas, libros, películas, medios magnéticos,

láminas y videos en toda clase de formatos y otros elementos pornográficos.

15. Utilizar los medios de comunicación, celulares e internet para amenazar,

ridiculizar o violentar de algún modo a un miembro de la comunidad educativa

o el nombre del plantel.

16. Reincidir en faltas disciplinarias, habiéndosele negado el cupo el año

inmediatamente anterior.

Artículo 38: Procedimientos ante las faltas disciplinarias.

Los correctivos que emplea la institución por las faltas que afectan la convivencia

escolar o por las causas que motivan el retiro del alumno, se establecen de

acuerdo al análisis y seguimiento del comportamiento y a su gravedad, de acuerdo

a los criterios y normas del presente manual de convivencia.

Según el numeral 7 del articulo17 del decreto 1860 de 1994, además del código

del menor y de la ley de infancia optamos por los siguientes correctivos según el

tipo de falta:

38.1. Si la falta es leve:

Amonestación verbal en privado, de parte del docente, del director de grupo

o del coordinador.

Observación en el libro de seguimiento del alumno.

Remisión del caso a coordinación de convivencia por el director de grupo.

Dialogo estudiante – coordinador de convivencia con la respectiva notación

en el libro de seguimiento de coordinación.

Remisión del caso a Psicoorientacion cuando se considere necesario.

Citación al padre de familia y/o acudiente a coordinación de convivencia

cuando se considere necesario. Escucha y dialogo.

Firma de un compromiso que prevea correctivos y objetivos concretos para

lograr en un tiempo prudente. Este compromiso lo firman el (la) estudiante,

el padre de familia o acudiente, el director de grupo y la coordinadora de

convivencia.

Remisión del caso al comité de convivencia en caso de de reincidencia.

38.2. Si la Falta es grave: Motivos de sanción y suspensión por tres, cinco o

15 días:

Remisión del caso al comité de convivencia.

Análisis e investigación de los hechos para determinar la culpabilidad de los

hechos y la sanción o suspensión que va de 3 a 15 días hábiles.

En aras de garantizar el normal desarrollo institucional y al mismo tiempo el

derecho a la educación y al debido proceso se citarán a los acudientes para

que se informen de lo ocurrido y conozcan la sanción estimada.

Se elabora un acta con la sanción estipulada y el compromiso del

estudiante y padre o acudiente de mejorar el comportamiento firmado por el

comité de convivencia y este debe reposar en el registro de seguimiento del

alumno.

Si no hay acuerdo sobre la decisión, el alumno puede apelar en un plazo de

dos días hábiles, por escrito, al Comité de convivencia, que escuchará a

sus padres y al alumno, dialogará con ellos y tomará la decisión que juzgue

necesaria. Esto constará en acta.

Contra esta decisión el alumno puede apelar ante el consejo Directivo,

quien seguirá el mismo procedimiento y mediante acta manifestará su fallo.

38.3. Si la Falta es: Motivo de expulsión o cancelación de la matrícula

durante el año lectivo:

Remisión del caso al comité de convivencia.

Análisis e investigación de los hechos para determinar la gravedad de la

falta por parte del Comité de convivencia.

En aras de garantizar el normal desarrollo institucional y al mismo tiempo el

derecho a la educación y al debido proceso se citarán a los acudientes para

que se informen de lo ocurrido.

Se elabora un acta con el análisis del registro de seguimiento del

comportamiento del estudiante durante su permanencia en la institución.

El estudiante implicado esclarecerá los hechos y hará su legítima defensa

de los cargos.

El Comité escuchará sus descargos, los cuales también los tiene que hacer

por escrito. Elaboración de un acta con los descargos.

Si en esta etapa se prueba que no es responsable de los hechos que se le

imputan se cierra la investigación sin consecuencia alguna.

Si se comprueba la culpabilidad de los hechos, mediante acta firmada por el

Comité de Convivencia se envía la documentación al Consejo Directivo

para el estudio del caso y su respectiva decisión.

El Consejo directivo en un plazo no mayor de tres días hábiles debe definir

el caso.

Si no hay acuerdo sobre la decisión, el alumno puede apelar en un plazo de

dos días hábiles, por escrito, al Consejo Directivo, que escuchará a sus

padres y al alumno, dialogará con ellos y tomará la decisión que juzgue

necesaria. Esto constará en acta.

Contra esta decisión el alumno puede apelar ante los entes superiores,

quien seguirá los procedimientos según su competencia.

La institución respeta la decisión del ente superior encargado del caso.

Artículo 39: Correctivos posibles.

Suspensión temporal de la institución de tres, cinco o quince días con su

respectiva medida pedagógica previa notificación de su acudiente y/o padre

de familia.

Análisis de la permanencia del (o la) estudiante en la institución por parte

del comité de convivencia cuando la falta es grave con motivo de expulsión.

Pasará al Consejo directivo para su respectiva resolución.

Exclusión del acto solemne de graduación, si es alumno de once grado.

Privación parcial o total de alguna actividad de tiempo libre.

Rebaja en la valoración de convivencia.

Suspensión de la ayuda económica, si la tiene.

Artículo 40: Comité de Convivencia de la institución: Está conformado por:

El Rector.

Coordinador de convivencia.

El personero estudiantil.

El director de grupo.

El estudiante implicado.

La Psicoorientadora..

Artículo41: Evaluación de la Convivencia Escolar.

La Disciplina y la conducta se evaluarán en forma cualitativa, continua y

permanente teniendo en cuenta el análisis de los comportamientos

descritos en el libro de seguimiento del alumno.

Al finalizar cada período, las Comisiones de Evaluación y promoción se

reunirán para evaluar la Disciplina de cada estudiante, la cual se expresará

en el informe Académico en forma cualitativa, por fortalezas, dificultades y

recomendaciones.

Parte IV

CAPITULO IX

LA EVALUACIÓN

Artículo 42: La Evaluación Académica.

Por el cual se reglamenta y adopta el sistema de Evaluación y Promoción de los

estudiantes de la Institución Educativa Técnica Comercial de Ponedera.

El Consejo Directivo de la Institución Educativa Técnica Comercial de Ponedera,

teniendo en cuenta la autonomía concedida por el Decreto 1290 de 2009, las

recomendaciones del Consejo Académico y de la comunidad educativa en general

reglamentan y adopta los siguientes parámetros de evaluación y promoción de

estudiantes a partir del año Académico 2010.

Artículo 43: La forma de evaluar.

La evaluación se ajustará a las siguientes normas:

1. La metodología en el aula por parte de cada docente permite los procesos de

pensamientos y niveles de desarrollo que se ajustan al modelo pedagógico

(pedagogía conceptual adoptada por la institución). Las formas de evaluación

serán las siguientes: La Autoevaluación, La Coevaluación, La heteroevaluación.

2. El año académico será dividido en cuatro periodos, en cada uno de los cuales

se le hará entrega de informe escrito al padre de familia.

3. En cada periodo académico los docentes desarrollarán para cada asignatura un

logro con sus respectivos indicadores, basados en lo cognitivo, las habilidades y

destrezas, las actitudes, los cuales deberán estar previamente definidos y

socializados con los estudiantes al comenzar cada periodo. Esos logros serán

evaluados con un mínimo de tres valoraciones (notas, calificaciones).

4. Los estudiantes que al término del período académico persistan en

insuficiencias en cualquier asignatura, realizarán las actividades de recuperación

con el fin de permitirles la obtención de logros pendientes por parte del docente

respectivo.

5. Si al finalizar el año escolar persisten las insuficiencias en máximo tres

asignaturas, perderá el año escolar.

Artículo 44: Criterios internos de evaluación.

La Evaluación en el plantel será:

Continua. Es decir se realizará en forma permanente, haciendo un

seguimiento al estudiante, que permita observar el progreso y dificultades

que se presentan en su proceso de formación.

Integral. Se tendrán en cuenta todos los aspectos o dimensiones del

estudiante (cognitivo, actitudinal, psicomotriz). Estos deben ser valorados

por el docente y tenidos en cuenta en los resultados de los desempeños por

periodo.

Como formas de evaluar se le aplicarán las relacionadas con la consulta de

textos y notas, solución de problemas y situaciones, ensayos, análisis,

interpretación, proposición, conclusiones y otras formas que los docentes

consideren pertinentes y que independicen los resultados de factores

relacionados solamente con simples recordaciones o memorización de

palabras, nombres, fechas, datos, cifras, resultado final, sin tener en cuenta

el proceso del ejercicio y que no se encuentren relacionadas con la

constatación de conceptos y factores cognoscitivos.

El criterio de evaluación integral, compromete:

La observación de comportamiento, actitudes, valores, aptitudes,

desempeños cotidianos, registrados en detalle en los indicadores de

logros, en los cuales se demuestren los cambios de índole cultural,

personal, y social del estudiante.

El dialogo con el estudiante y padre de familia, como elemento de

reflexión y análisis, para obtener información que complemente la

obtenida en la observación y en las pruebas escritas.

Además de la heteroevaluación, aplicada por el docente titular, se

permitirá la Autoevaluación y la Coevaluación por parte de los

mismos estudiantes.

Sistemática. Se realizará la evaluación teniendo en cuenta los principios

pedagógicos, los objetivos de la educación, la visión, la filosofía, el enfoque

pedagógico y la misión de la Institución; igualmente, los estándares de

competencia de las diferentes áreas y los lineamientos curriculares del

MEN.

Flexible. Se tendrá en cuenta el ritmo de desarrollo del estudiante en sus

distintos aspectos: intereses, capacidades, ritmos de aprendizaje,

limitaciones de tipo afectivo, discapacidad física y/o mental.

Interpretativa. Se permitirá a los alumnos comprender el significado de los

procesos y los resultados que obtienen en su proceso evaluativo. Por esta

razón, el docente debe dejar en claro los métodos y los contenidos a

evaluar en el desarrollo de las actividades curriculares.

Participativa. Se involucra en la evaluación al estudiante, docente, padre

de familia y directivo docente que apoye con sus iniciativas el desarrollo del

proceso evaluativo, buscando siempre los consensos entre las partes

intervinientes.

Formativa. Nos permite reorientar el proceso y la metodología educativa,

entregando información valiosa para analizar las causas de los aciertos y

desaciertos en el proceso evaluativo. De esta manera, se elimina de la

Evaluación su estigma sancionatorio para convertirse en un proceso de

diálogo que contribuya a elevar los niveles de formación por parte de los

estudiantes y el docente cualifique la metodología de enseñanza y

aprendizaje.

Acumulativa. En el desarrollo de cada periodo se tendrán en cuenta los

contenidos programáticos de los periodos anteriores para los procesos

evaluativos.

Artículo 45: Escalas valorativas.

Para efectos de la escala se tendrán en cuenta los siguientes parámetros de

valoración:

Se harán valoraciones numéricas de 0 a 5 en cada área y/o asignatura en

unidades enteras y fracciones con una sola cifra decimal, teniendo en cuenta

las aproximaciones respectivas.

La escala numérica con su equivalente nacional de desempeño es así:

Superior 4.5 – 5.0

Alto 4.0 – 4.4

Básico 3.0 – 3.9

Bajo 0 – 2.9

La denominación DESEMPEÑO SUPERIOR se entiende como el alcance

máximo de los niveles esperados en toda las dimensiones del desarrollo

humano consideradas en el plan de estudio; es decir, cuando un estudiante ha

logrado evidenciar u excepcional dominio en todos los tipos de razonamiento

usando a plenitud de sus funciones cognitivas y su desempeño está por

encima de los niveles de mayor exigencia propuestos de acuerdo a la edad y

grado. Contribuye con su convivencia a la construcción de un ambiente.

La denominación DESEMPEÑO ALTO se entiende como el alcance de

manera oportuna y responsable de los niveles de desempeño propuestos en

cada asignatura con un optimo rendimiento de acuerdo a las exigencias de

grado y de edad; es decir, cuando un estudiante demuestra un buen nivel de

desarrollo en todos sus procesos de interpretación, compresión y análisis;

cuando es capaz de argumentar y proponer algunas alternativas de solución a

problemas planteados. Cuando su convivencia permite el desarrollo normal de

las actividades pedagógicas y muestra interés en el aprendizaje de la

asignatura.

La denominación DESEMPEÑO BASICO se entiende como la superación de

los niveles de desempeño necesario en relación a los lineamientos curriculares

estándares básicos y competencias especificas de cada asignatura de acuerdo

al grado y edad; es decir, cuando un estudiante a desarrollado el mínimo

esperado en sus competencias comunicativas y sus procesos de razonamiento

cuando ha logrado el mínimo desempeño esperado en el dominio de los

conocimientos, deberes y obligaciones señaladas en el manual de convivencia.

Demuestra poca autonomía y puede presentar dificultades no graves en su

comportamiento y muestra algún interés en el aprendizaje de la asignatura.

La denominación DESEMPEÑO BAJO se entiende como la no superación de

los niveles de desempeño necesarios en relación a los lineamientos

curriculares, estándares básicos y competencias especificas de cada

asignatura de acuerdo con el grado y edad; es decir, cuando un estudiante

evidencia que sus procesos de razonamiento, niveles de comunicación y

compresión son tan bajos que le impiden interpretar situaciones problémicas

con un mínimo grado de complejidad. Demuestra falta de autonomía y

responsabilidad con sus deberes escolares.

Así mismo, cuando el estudiante no alcanza el mínimo de los logros y a su vez,

el mínimo nivel de desempeño y requiere de actividades de recuperación o

superación una vez terminado el período. Cuando no muestran suficiente

interés por la asignatura y actividades que se programen en ella, cuando

presentan en forma reiterada dificultades en su convivencia que afectan el

normal desarrollo de las actividades pedagógicas y a pesar de que reconoce

las faltas, no asume una actitud de cambio.

De la misma forma, cuando su inasistencia a clase alcancen o sobrepasen el

tope establecido por la ley y afecte su normal proceso de formación integral,

cuando no asiste a las actividades de superación y cuando se comprueba que

ha cometido fraude en cualquiera de las actividades programadas como

evaluación.

Artículo 46: Estrategias de apoyo para resolver situaciones pedagógicas

pendientes en los estudiantes.

1. ACTIVIDADES DE SUPERACION.

La finalidad de estas actividades es mejorar la calidad en el rendimiento

académico y de convivencia de los estudiantes y de esta manera, alcanzar un alto

nivel de promoción por cada periodo dentro de la institución.

El conocimiento es asimilado, interpretado y apropiado de distintas formas por los

estudiantes, o en caso contrario no hay una enseñanza efectiva debido a la poca

capacidad de análisis, compresión y aplicación del mismo. Frente a esto, se

plantean estrategias eficaces para guiar y motivarlos a superar las dificultades

presentadas y alcanzar el nivel de desempeño deseado; teniendo en cuenta las

disposiciones legales como el decreto 1290 del 16 de abril de 2009

específicamente en el artículo 4º, numeral 6; artículo 11 numeral 2, 3 y 4.

2. DURANTE LOS PERIODOS ACADEMICOS

Las actividades de superación se llevarán a cabo durante el desarrollo de los

periodos académicos. Si concluido el período el alumno persiste en el nivel de

DESEMPEÑO BAJO. Quedará en espera de la aplicación de las nuevas

actividades de superación al final del año escolar. Estas tomarán lugar después de

concluido el cuarto período escolar, y accederán a ellas siempre y cuando el

estudiante no haya reprobado tres o más asignaturas que le signifiquen la

reprobación del grado.

La valoración de estas actividades se consignarán en un formato que llevará cada

profesor para su correspondiente asignatura, con la firma del estudiante donde

certifica la aplicación de las mismas y estos resultados serán consignados por el

director de grupo en el seguimiento de los estudiantes para luego informar al

padre de familia sobre los resultados de los mismos. Esta planilla servirá de

soporte si se requiere enviar un informe a la comisión de evaluación y promoción

Del grado correspondiente, psicoorientación al consejo académico y/o consejo

directivo.

La máxima calificación que obtendrá el estudiante después de presentar las

actividades de recuperación es 3,9 correspondiente al nivel de DESEMPEÑO

BASICO.

Los estudiantes que no se presenten a las actividades de recuperación en los

tiempos señalados en el primer párrafo de este ítem sin justa causa obtendrán

valoración 1,0 correspondiente al nivel de DESEMPEÑO BAJO.

3. AL FINALIZAR EL AÑO ESCOLAR

Una vez finalizado el último período académico, los estudiantes que aún

persistan con DESEMPEÑO BAJO en una o dos áreas como máximo accederán a

la realización de actividades de superación. Estas actividades consisten en la

realización de un plan de refuerzo, en donde se registrarán las actividades a

desarrollar bajo la orientación del docente; el cual debe ser desarrollado por los

estudiantes en las fechas establecidas en el cronograma de actividades

institucional.

De acuerdo con lo anterior, a continuación, se describe el procedimiento de

aplicación del proceso de superación:

1. Con base en el Acta del balance académico producida por la Comisión de

Evaluación, Coordinación Académica comunican el listado de los

estudiantes que deben recuperar una o dos asignaturas.

2. Todos los estudiantes relacionados en el listado para superación recibirán

de los docentes de las diversas áreas a superar, las orientaciones e

instrumentos para que las realicen en las fechas establecidas en el

cronograma de actividades institucionales.

3. Al terminar el proceso, los resultados obtenidos por los estudiantes se

consignan en el formato definido por la institución y en los archivos

pertinentes de la Coordinación Académica.

4. La asistencia a las actividades de superación es de carácter obligatoria

para su aprobación.

5. Terminado el proceso de superación, La comisión de evaluación se reúne

para realizar balance y ratificar la promoción o no promoción de los

estudiantes, según los criterios mencionados en el numeral 1.

6. La institución comunicará a los estudiantes y padres de familia o

acudientes, los resultados finales de las superaciones según el medio

establecido.

7. Es necesario que el padre de familia esté atento al desarrollo del proceso y

en comunicación con los docentes para efectos de seguimientos y firmas de

actas y formatos correspondientes.

4. ASESORIA ESCOLAR

Los estudiantes que lo requieran, serán remitidos a: Psicorientación, o los

docentes, director de grupo o coordinadores para contribuir a su proceso de

formación atreves de un acompañamiento especial; los aspectos trabajados

con ellos se registrarán en el seguimiento del estudiante y se ejercerá un

control periódico del caso hasta su cierre.

Artículo 47: Periodicidad en la entrega de informes a los padres.

Durante el año lectivo se entregaran a los estudiantes y padres de familia

cuatro informes con una valoración del 10% para el primero, 20% para el

segundo, 30% para el tercero y 40% para el cuarto periodo.

La calificación definitiva se obtendrá de sumar los resultados de los

porcentajes acumulado obtenidos de cada período académico.

Al final del año escolar se realizará una Evaluación, que debe tener en cuenta

los contenidos desarrollados durante los periodos anteriores en cada una de

las áreas. Esta calificación hace parte del cuarto período.

CAPITULO X

PROMOCIÓN Y GRADUACIÓN

Artículo 48: De la Promoción al grado siguiente

CRITERIOS DE PROMOCION

1. Estudiantes que presenten DESEMPEÑO BAJO en tres o más asignaturas al

finalizar el año escolar, no serán promovidos al grado siguiente.

2. Los estudiantes que hayan dejado de asistir el 20% o más de este porcentaje a

las actividades académicas del año escolar, no serán promovidos al grado

siguiente.

Artículo 49: Graduaciones.

1 Recibirán grado solemne los estudiantes de 11º que al finalizar el año lectivo

obtengan como mínimo un DESEMPEÑO BASICO en todas las asignaturas.

2 El estudiante que no cumpla el criterio anterior, debe presentar actividades de

superación finales, si persiste en el DESEMPEÑO BAJO dispondrá de un plazo

máximo de 1 año académico, a partir de la fecha en que terminaron sus clases,

para alcanzar un DESEMPEÑO BASICO en todas las asignaturas en las que

presentó dificultades.

Artículo 50: Promoción Anticipada.

Para promover anticipadamente a un alumno al grado siguiente, debe mostrar

ciertas características especiales de Excelencia en su proceso académico y

convivencial para ser promovido un estudiante, existe el siguiente procedimiento:

1. Solicitud escrita del alumno y de los padres y/o acudientes al Consejo

Académico.

2 Analizando el record del estudiante y si cumple con los requisitos, se le citará a

evaluaciones escritas de las asignaturas básicas (Matemáticas, Lengua Castellaña

y Ciencias Naturales).

3 Cumplidos estos requisitos, el Consejo Académico emitirá una resolución

aprobando la promoción anticipada del estudiante y la pasará a Consejo Directivo

para su ratificación.

4 Si un estudiante durante el primer período del año en curso alcanza un nivel de

DESEMPEÑO SUPERIOR en todas las áreas sin ser repitente, será promovido al

grado siguiente previo concepto del Consejo Académico certificará esta promoción

a través de un Acta. Al estudiante promovido se le homologarán las calificaciones

obtenidas en el segundo período para el primero. ( Art. 7 Decreto 1290).

Artículo 51: De los alumnos que Reinician año Escolar.

Una vez conocidos los informes académicos finales, el estudiante que no haya

sido promovido debe presentar por escrito al Rector, su solicitud de reinicio al

grado, si lo desea.

El alumno sólo podrá reiniciar el año en la Institución Educativa Técnica Comercial

de Ponedera si, a juicio del Rector, cumple las siguientes condiciones:

a. Que en el año que termina no lo haya repetido.

b. Que no tenga observaciones graves de convivencia.

c. Que esté a paz y salvo por todo concepto con la Institución.

d. Que haya mostrado especial interés por todas las actividades de la

Institución: Fiestas, convivencias, reuniones extraordinarias, actos

religiosos, culturales, cívicos, etc.

e. Que los padres de familia hayan respondido a todas las reuniones,

convocatorias y actividades de la Institución.

Parágrafo: En caso de ser aceptada su solicitud, el alumno elaborará una carta de

compromiso académico y convivencial en donde formule los correctivos a seguir

para su superación; esta será firmada por el alumno, el padre de familia y/o

acudiente, el Coordinador y el Rector. En el momento en que el Consejo Directivo

considere que el alumno no está cumpliendo su compromiso, podrá pedirle su

retiro del plantel.

CAPITULO XI

PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULAS

Artículo 52: La selección de alumnos nuevos.

Solo habrá inscripción de alumnos para el nivel de Transición, primero de primaria,

Sexto grado y eventualmente para aquellos grados cuyo número de alumnos lo

permita para los otros grados superiores siempre y cuando vengan de modalidad

Comercial o hagan su respectiva nivelación. Este proceso será orientado por el

Rector, Coordinación Académica y la Orientadora cumpliendo el Manual de

procedimiento de selección de estudiantes:

1 Diligenciamiento de una hoja de Inscripción.

2 Verificación de los datos suministrado en la solicitud.

3 Examen de admisión y entrevista.

4 Visto bueno del Rector.

5 Matricula en los días establecidos.

Parágrafo 1: Para la inscripción, el estudiante requerirá registro civil, una foto,

fotocopia de los informes valorativos del segundo y tercer período del grado

anterior al cual aspira como mínimo. Los documentos entregados no serán

devueltos en caso de ser admitido el estudiante.

Parágrafo 2: Para el ingreso a Transición se requiere que el alumno tenga cinco

(5) años mínimo.

Parágrafo 3: Solo se aceptaran nuevos estudiantes hasta el grado 9.

Artículo 53: La matricula.

Se entiende por matricula el contrato firmado por la Institución y la familia durante

los días estipulados por un tiempo de un año escolar.

1. Los alumnos antiguos deben hacer previamente una reserva del cupo para el

nuevo año escolar, con un formato proporcionado por la Institución. Si no lo hacen

no se responde por el cupo.

2. Los alumnos que no se matriculen a tiempo, no tendrá seguro su cupo si

previamente no pasan por escrito una solicitud de aplazamiento de la matricula y

lo harán en fecha programada.

3. El alumno que no esté legalmente matriculado no podrá ingresar a la

Institución.

Parágrafo 1: para matricularse el estudiante debe presentar los siguientes

documentos: registro civil, fotocopia de la tarjeta de identidad, fotocopia del carné

de sisben, 2 fotos tamaño cédula, certificado de estudio del año anterior, folder

con gancho.

Parte V

EL GOBIERNO ESCOLAR

CAPITULO XII

Los estamentos de la Comunidad Educativa

Artículo 54: El Gobierno Escolar y sus Estamentos.

El Gobierno Escolar es una estrategia formativa de participación comunitaria para

el pleno desarrollo de la autonomía, la libertad, la solidaridad, el respeto y la

comunicación entre todos los estamentos de la comunidad educativa,

considerando las iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los

administradores y de los padres de familias en aspectos tales como la adopción y

verificación del reglamento escolar, las organización de las actividades sociales,

deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la formación de organizaciones

juveniles y demás acciones que redunden en la practica de la participación

democrática en la vida escolar.

Artículo 55: Conformación del Gobierno Escolar.

Según el Artículo 142 de la ley 115 de Febrero 8 de 1994 cada establecimiento

Educativo del estado tendrá un Gobierno Escolar conformado por el Rector, el

Consejo Directivo y el Consejo Académico

Artículo 56: Órganos principales del Gobierno Escolar:

El Rector.

El Consejo Directivo

El Consejo Académico.

El Personero estudiantil.

Artículo 57: El Rector.

Es el representante Legal de la Institución, responsable de la Administración

general en todos sus aspectos: Académicos, convivencial, cultural, ético y

Administrativo.

Es la última instancia en el debido proceso y quien toma las decisiones definitivas,

de acuerdo con los diversos órganos del Gobierno Escolar.

Es quien preside el Consejo Directivo, Consejo Académico con sus diversas

comisiones.

Artículo 58: Consejo Directivo - Funciones

Es el máximo órgano ejecutivo de la Institución, da participación a los diferentes

miembros de la Comunidad Educativa, orienta Académica, Disciplinaria y

Administrativamente (Ley 115 /94, Art. 23) integrado por:

El Rector del establecimiento Educativo, quien lo convocará y lo presidirá.

Dos representantes de los docentes de la Institución.

Dos representantes de los Padres de Familia.

Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el Décimo

Grado de Educación.

Un representante de los exalumnos de la Institución.

Un representante de los sectores productivo del área de influencia del

sector productivo.

FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.

El Consejo Directivo se reúne de ordinario una vez al mes y extraordinariamente

cuando el Rector lo estime conveniente y tiene su propio reglamento interno.

Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución.

Servir de instancia para resolver los conflictos que se presente después

de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de

Convivencia.

Recomendar los criterios para la asignación de los cupos disponibles.

Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad

educativa cuando algunos de sus miembros se sienta lesionado e

inculcar sus deberes.

Aprobar el plan anual de actualización académica del personal

Docente presentado por el Rector.

Participar en la Planeación y Evaluación del Proyecto Educativo

Institucional, del currículo y del Plan de Estudio y someterlo a la

consideración de la Secretaria de Educación respectiva o de organismo

que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los

requisitos establecido en la ley y los reglamente.

Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución

Educativa.

Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño Académico

y social del alumno que han de incorporarse al Manual de

Convivencia.

Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades

comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. Promover las

relaciones de tipo Académico, Deportivo y Cultural con otras

Instituciones Educativas

Reglamentar y promover los procesos electorales.

Revisar y adoptar el Manual de Convivencia y el Plan de Mejoramiento

anual.

Estudiar, revisar y aprobar los proyectos Institucionales de la Institución

y otros presentados.

Aprobar el Presupuesto de Ingreso y Gasto de los recursos

Artículo 59: El CONSEJO ACADÉMICO – FUNCIONES.

El consejo académico se reunirá al menos cada periodo escolar o cuando el rector

lo estime conveniente sesionará mediante quórum y sus decisiones serán

adoptadas por la mayoría absoluta (la mitad más uno) de sus miembros presentes.

Son funciones del Consejo Académico.

La asesoría al Consejo Directivo en la toma de decisiones

relacionadas con lo académico.

El manejo globalizado del currículo, entendido éste como el conjunto

de criterios, planes de estudio, programas, metodología y procesos que

lleven a la formación integral del alumno.

La orientación y supervisión del proceso general de evaluación de la

Institución, mediante el diseño de técnicas y la definición de políticas.

Conformación de los Comités de Evaluación y Promoción, integrados

por:

La Coordinadora Académica.

La Consejera.

Un representante de los padres de familia elegido por los padres de

familia

Los jefes de áreas

El estudio, modificación y ajuste al currículo de conformidad

establecido en la presente Ley.

Servir de órgano consultor del Concejo Directivo en la revisión de la

propuesta del Proyecto Educativo Institucional.

La organización del Plan de Estudio.

Participar en la Evaluación Institucional Anual.

Supervisar y orientar el proceso de Evaluación de los estudiantes.

Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la Evaluación

Educativa.

Conformar la Comisión de Evaluación y Promoción (Art.8 decreto 0230

de 2002).

Todas las funciones que atañe a la buena marcha de la Institución

Educativa.

Artículo 60: EL PERSONERO

Estudiante que cursa 10 o 11 Grado; encargado de promover el ejercicio de los

deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política las

Leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia.

ELECCIÓN DEL PERSONERO

Elegido cada año entre los candidatos del Grado Diez y Once que se inscriba

previa convocatoria del Rector. Para lo cual el último viernes del mes de Marzo se

citaran todos los estudiantes matriculados para que con voto secreto sea elegido.

Debe ser un estudiante matriculado, de buena conducta Disciplinaria y buen

rendimiento Académico.

FUNCIONES DEL PERSONERO

Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes,

para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del

establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar

foros u otras formas de deliberación.

Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presente los educandos sobre

lesiones a sus derechos y la que formule cualquier persona de la

comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

Presentar ante el Rector o director administrativo según sus competencias

las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesaria para

proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus

deberes.

Artículo 61: EL CONSEJO DE ESTUDIANTES

El Consejo de Estudiante es un órgano colegiado que asegura y garantiza la

participación activa de los estudiantes en el desarrollo de la vida estudiantil.

Integrado por un representante de cada Grado elegido por los compañeros de

curso, El Consejo Electoral escogerá la fecha y la hora para realizar esta actividad.

El Consejo de Estudiantes elige el representante de los estudiantes al Consejo

Directivo y seda su propia organización interna parágrafo los Estudiantes del nivel

Preescolar y los tres primeros Grados de Primaria serán embocado para elegir un

vocero entre los estudiantes que cursen el 3º grado. .

Artículo 62: ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

Es un organismo sin ánimo de lucro promovido por el Consejo Directivo, entre sus

versiones tiene:

Ayudar, apoyar y velar por el cumplimiento y desarrollo del Proyecto

Educativo Institucional.

Apoyar y participar activamente en la escuela de padres que promueve

programa de formación que orienta a estos en sus responsabilidades

educativas.

Artículo 63: EL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los Padres de

Familia del Establecimiento Educativo destinado a asegurar su continua

participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad de

servicio. Esta integrado por un mínimo de uno (1) y máximo tres (3) padres de

familia por cada uno de los grados.

FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria del Rector o por

derecho propio.

FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

Contribuir con el Rector o director en el análisis, difusión y uso de los

resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas

de estado.

Exigir que los establecimientos con todos sus estudiantes participe en las

pruebas de competencias y de Estado realizadas por el instituto colombiano

para el fomento de la educación superior ICFES.

Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que

organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las

competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la

ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.

Participar en la elaboración de planes de mejoramientos y en el logro de los

objetivos planteados.

Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a

desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el

afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la practica de hábitos de

estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia

y especialmente aquellas destinadas a promoverle derecho del niño.

Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y

concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

Presentar propuesta de mejoramiento del Manual de Convivencia en el

marco de la constitución de la ley.

Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física de

los educadnos, la solución de las dificultades de aprendizaje y la detección

de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiento.

Elegir el padre de familia que participara en la comisión de Evaluación y

Promoción de acuerdo con el Decreto 230 del 2002.

Presentar propuesta de modificación del Proyecto Educativo Institucional

que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los

artículos 14, 15,16, del Decreto 1860 de 1994.

Elegir los dos representantes de los padres de familia en el Consejo

Directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el

parágrafo 2 del artículo 9 del presente decreto.

Artículo 64: COMITÉ DE CONVIVENCIA:

Su responsabilidad se centra en la convivencia social de los miembros de la

comunidad educativa y en la solución de conflictos.

Vela por el cumplimiento de las normas disciplinarias contenidas en el Manual de

Convivencia.

Le corresponde la socialización del Manual de Convivencia, la prevención de actos

que atenten contra la disciplina y la convivencia armoniosa.

Convocado por el Rector, quien lo preside, o en su defecto, el Coordinador de

disciplina o convivencia.

Se reúne una vez por periodo y de manera Extraordinaria cuando sea necesario.

Artículo 65: COMITÉ DE ÁREAS:

Los profesores de cada asignatura conformaran comités para buscar la unidad del

proceso académico.

Quienes se eligen por consenso entre los docentes del área y serán los jefes de

áreas. Se reúnen una vez por período convocados por el coordinador de

convivencia.

FUNCIONES:

Planeación y diseño del proceso curricular del área desde la Bàsica

Primaria hasta la Media.

Unificación de criterios y acciones en el trabajo del área

Reflexionar sobre los aspectos que puedan dinamizar y optimizar el

aprendizaje

La evaluación periódica de los procesos curricular

La elaboración del plan de área que será incluida en el PEI

PARTE VI

REGLAMENTOS INTERNOS PARA DEPENDENCIAS Y SERVICIOS

EDUCATIVOS ESPECIALES

Artículo 66 . Reglamento de la Biblioteca

La biblioteca es un lugar eminentemente cultural de la Institución Educativa

Técnica Comercial. En ella se guardan y conservan los libros, que están a

disposición de la consulta de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

Posee, una sala de lectura y consulta con libros clasificados por áreas,

Enciclopedias y libros de temas generales, que pueden ser utilizados en la sala.

Presta además servicio de fotocopiadora.

Las normas para su utilización son las siguientes:

Hay un responsable general, encargado (a) específicamente del préstamo

de libros, y la atención de la fotocopiadora.

El servicio de Biblioteca se prestará de lunes a viernes de 7:00 A.M a 2:00

P.M los alumnos que la visiten durante el horario de clases deberán llevar el

permiso de un docente.

Los libros de colección, no podrán salir de la biblioteca. Solo podrán ser

utilizados en la sala de lectura.

Los demás libros podrán ser prestados para llevar, por un tiempo

determinado y ser devueltos en perfecto estado. Se debe evitar hacer

anotaciones, rayar o calcar sobre los libros.

Ningún libro puede tomarse arbitrariamente sin la debida autorización.

Para el préstamo de libros, el alumno presentará su carné vigente. El

alumno asumirá la responsabilidad por la pérdida o deterioro de los libros

usados.

Articulo 67. Reglamento de la sala de Informática

La Institución Educativa Técnica Comercial de Ponedera cuenta con tres

salas de sistema, dotadas con computadores suficientes, para la

enseñanza exclusivamente de alumnos. Las normas para su uso son las

siguientes:

Las salas están en funcionamiento durante las horas de clases de los

alumnos, bajo la responsabilidad del profesor de Informática.

El ingreso a la sala de Informática debe hacerse en completo orden y

atendiendo las indicaciones del profesor.

No se permite el acceso de alimentos y /o bebidas a la sala.

Cada estudiante tiene asignado su puesto de trabajo, asignado por el

profesor, en el cual debe permanecer durante el desarrollo de la clase.

Ningún estudiante está autorizado para solucionar problemas del sistema;

en caso de tal situación deberá acudir al docente responsable.

Ningún estudiante puede acceder información y archivos no autorizados por

el docente a cargo. Sólo debe realizar las actividades señaladas para el

desarrollo de la clase.

No se permite el ingreso a la sala de informática de discos flexibles, CD u

otros elementos sin previa autorización del docente.

Debe guardar respeto por sus compañeros y profesores; en caso de

solicitar ayuda, debe hacerlo de manera adecuada.

En caso de daño o pérdida de algún implemento de trabajo, el estudiante o

grupo de estudiantes, a cargo del puesto de trabajo, debe asumir el arreglo

o reposición del mismo.

El alumno debe apagar y cubrir el computador cada vez que termine de

usarlo.

El docente debe dejar la sala organizada y cerrar con llave al terminar cada

jornada.

El docente no debe prestar ningún tipo de hardware, a un lugar externo a la

sala.

El docente debe pasar informe por escrito de evaluantes dañados, tanto a

la parte administrativa como al responsable de la sala.

Articulo 68. Reglamento de los Laboratorios

La Institución Educativa Técnica Comercial de Ponedera cuenta con un

Laboratorio de Química –Biología y uno de física, como lugares de trabajo e

investigación de los alumnos en el área de las ciencias, con el propósito de

integrar los contenidos teóricos con la experimentación. Los responsables de los

laboratorios son los profesores del área de Ciencias Naturales. Las siguientes son

las normas generales para el uso de los laboratorios:

El Laboratorio es un lugar de trabajo serio y por lo tanto debe ser

respetado.

El alumno debe prepararse para los experimentos leyendo lasa guías antes

de entrar al laboratorio y debe consultar al docente siempre que se

presente una duda.

Debe efectuar únicamente los experimentos asignados o aprobados por el

profesor.

En el laboratorio se recomienda no hablar en voz alta ni comer.

Cuando caiga un reactivo en la piel (ácido, base, etc.) debe lavarse

inmediatamente con abundante agua y remojar la parte afectada por unos

minutos. En caso de quemadura o accidente grave debe recurrir al profesor

encargado o coordinación.

No se deben tocar las sustancias químicas o las soluciones a menos que se

le indique lo contrario. Tampoco probar u oler las sustancias químicas o

soluciones.

El material de trabajo que se da para las prácticas es de propiedad de la

Institución y debe ser devuelto en buenas condiciones de conservación y

limpieza.

Debe asegurarse de conocer la localización de extintores de incendios en el

laboratorio y su correcto uso.

No debe arrojarse material sólido o desecho, si no usar los recipientes

destinados para ello.

Debe revisar cuidadosamente la etiqueta de botellas y frascos de los

reactivos antes de utilizar su contenido.

Debe siempre lavarse la pipeta o gotero cuando se cambie de sustancia.

Se deben utilizar anteojos protectores al manejar sustancias químicas

peligrosas.

Debe mantener el equipo y la superficie de su mesa limpios.

Debe usar la bata de laboratorio para sus prácticas.

PARTE VI

SIMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN

EL HIMNO: Es una página poética escrita por la Especialista Margarita Duran y

arreglo musical por el Especialista José Luís Muñoz.

CORO

Cantemos, cantemos juntos

Este himno a nuestra Institución

Y hagamos de su nombre

Un lindo trofeo de amor

Insteco tu eres grande

Felices nos sentimos

Y los hombres

Que tú formas

Son dignos de admiración

El ejemplo de tu pueblo

Orgulloso de la nación.

CORO

Cantemos, cantemos juntos

Este himno a nuestra Institución

Y hagamos de su nombre

Un lindo trofeo de amor.

II

Como espigas que se alzan

Fruto del suelo fértil

Ilumina a tus hijos,

Insteco te damos gracias

Por todas tus enseñanzas

Y tú seria formación

LA BANDERA:

EL ESCUDO:

RESEÑA HISTÓRICA

Su inicio fue como un Centro Educativo creado mediante ordenanza Nº 006 de

Noviembre de 1.978, proyecto presentado por el diputado RODRIGO CABRERA

DE LA CRUZ. Empezó a funcionar en el segundo semestre de 1.980, con 6

estudiantes, su Rectora fundadora es la Lic. VERA LOBO HERNANDEZ.

El Centro Educativo es de carácter Oficial, trabaja en calendario A y en la jornada

matinal, sus primeros grados de estudio fueron aprobados mediante Resolución Nº

16548 de Septiembre 5 de 1.986 y finalmente fue aprobado hasta nueva visita

mediante Resolución Nº 13714 de Octubre 27 de 1.986.

En el año 2004 según decreto 000244 del 6 de Julio donde se hace la

reorganización de los establecimientos educativos del departamento es fusionado

el centro educativo con la escuela mixta y se crea la Institución Educativa Técnica

Comercial de Ponedera.

En su inicio empezó con un Sexto Grado, ahora contamos con los niveles de:

Transición, Básica Primaria, Básica secundaria y Media Técnica

Cuenta con tres (2) Directivos Docentes, una (1) Consejera, cuarenta y ocho (48)

docentes, tres (3) Administrativos, Seis (2) aseadoras, Ocho (4) Vigilantes

Rectores que ha tenido la Institución:

LIC. VERA LOBO HERNANDEZ

ESP. ROBINSON GOMEZ AMADOR

ESP. ELSY CERPA MERIÑO

ESP. RAFAEL CUELLO LORDOUY

ESP. ELIZABETH MARTINEZ PEDROZO

ESP. MANUEL RENÉ MALDONADO BELLO