INGUAT

17
INDICE Introducción......................................................... 2 Instituto Guatemalteco de Turismo....................................2 Finalidades.......................................................... 3 Funciones Específicas................................................ 6 Organización......................................................... 8 Administración....................................................... 8 Asesoría............................................................. 8 Conclusión.......................................................... 10 Anexos.............................................................. 11

description

funciones del instituto guatemalteco de turismo caracteristicas

Transcript of INGUAT

INDICE

Introduccin2Instituto Guatemalteco de Turismo2Finalidades3Funciones Especficas6Organizacin8Administracin8Asesora8Conclusin10Anexos11

IntroduccinEl Instituto Guatemalteco de turismo -INGUAT- es el ente rector y facilitador que promueve y fomenta el desarrollo turstico sostenible de Guatemala, a nivel nacional e internacional, por medio de la coordinacin entre los sectores pblico, privado y sociedad civil.

Instituto Guatemalteco de TurismoEl Instituto Guatemalteco de Turismo (INGUAT) es una entidad estatal descentralizada, con personalidad jurdica para adquirir derechos y contraer obligaciones y con patrimonio propio, de conformidad con su Ley Orgnica, Decreto No. 1701 del Congreso de la Repblica de Guatemala. Su nombre no puede ser adoptado por ninguna entidad pblica o privada. Actualmente tiene su sede en la Ciudad de Guatemala y su jurisdiccin se extiende a todo el territorio nacional. Asimismo, es la autoridad superior en materia de turismo en el pas y representa a Guatemala ante las entidades similares de otros pases y tambin ante los organismos internacionales del ramo. Debiendo tambin favorecer el turismo receptivo e interno.Visin El Instituto Guatemalteco de turismo, es el ente rector y facilitador que promueve y fomenta el desarrollo turstico sostenible de Guatemala, a nivel nacional e internacional, por medio de la coordinacin entre los sectores pblico, privado y sociedad civil.Misin Liderar el posicionamiento de Guatemala, como destino turstico competitivo a nivel nacional e internacional, aprovechando sus ventajas comparativas, para contribuir al desarrollo turstico sostenible del pas.FinalidadesDe acuerdo a lo establecido en su Ley Orgnica, el INGUAT queda obligado a desarrollar las funciones encaminadas al fomento del turismo interno y receptivo, tales como:a) Determinar cules son los lugares de atraccin turstica en el territorio nacional, con el objeto de evaluarlos y desarrollarlos, segn su importancia, con apego a las prioridades previamente establecidas;b) Cooperar con las instituciones encargadas del mantenimiento, conservacin, exhibicin, restauracin y conocimiento de nuestros tesoros arqueolgicos, histricos y artsticos, aportando cuanto sea necesario para que, sin menoscabo de su integridad y pureza, dicha riqueza pueda aprovecharse en los planes de desarrollo turstico;c) Elaborar un plan de turismo interno, que permita un mejor conocimiento entre los guatemaltecos, como miembro de la comunidad nacional, a la vez que les depare la oportunidad de apreciar las manifestaciones de la cultura de las distintas regiones y la belleza de sus paisajes;d) Fomentar las industrias y artesanas tpicas, colaborando en su desarrollo, promoviendo la apertura de nuevos mercados nacionales e internacionales, proporcionndoles informaciones que puedan beneficiar el mejoramiento de sus productos y aplicando los medios publicitarios de que disponga, para lograr una mayor demanda de los mismos;e) Habilitar playas, jardines, parques, fuentes de aguas medicinales y centros de recreacin con sus fondos propios; y colaborar con las municipalidades respectivas, en la dotacin de los servicios esenciales, y en le embellecimiento y ornamentacin de los mismos, cuando tales zonas estn bajo su custodia;f) Construir hoteles o albergues, responsabilizndose en todo caso, de que tales construcciones respondan a las necesidades del turismo nacional, en cuanto a su funcionalidad y belleza y procurando que la arquitectura de dichas construcciones est en consonancia con el ambiente, uso y tradiciones de la zona. Dichas edificaciones, cuando sean hechas por cuenta propia, deben ser entregadas para su explotacin a personas idneas, en el sentido que se considere conveniente a los intereses de la Nacin y especialmente al incremento del turismo;g) Divulgar las propiedades teraputicas de las fuentes de aguas medicinales despertando el inters de los guatemaltecos y extranjeros por aprovecharlas;h) Organizar o colaborar en la celebracin de ferias internacionales, nacionales, departamentales y locales; festivales folclricos y ceremonias tradicionales;i) Divulgar los programas religiosos de los ms venerados santuarios de la Repblica y las fechas de las solemnidades ms importantes;j) Disponer la construccin de aerdromos y vas de acceso a los lugares de inters turstico; y gestionar su ejecucin ante el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda;k) Emitir, previa opinin favorable de la Junta Monetaria, del Ministerio Pblico y llenando los requisitos que establecen las leyes, bonos de turismo para la construccin de obras autofinanciables, tales como hoteles, moteles, turicentros, funiculares y otras obras que tiendan a incrementar el turismo;l) Colaborar con el Instituto de Recreacin de los Trabajadores en la organizacin de sistemas de turismo obrero, y con los establecimientos de enseanza, en la promocin del turismo escolar, para los cuales el INGUAT, de comn acuerdo con los propietarios o arrendatarios de hoteles, debe fijar tarifas especiales en temporadas apropiadas, que permitan el fcil conocimiento de las diferentes zonas tursticas al mayor nmero de personas de escasos recursos;m) Fundar por cuenta propia y con la ayuda de las universidades, una escuela de turismo, en colaboracin con las entidades interesadas en esta materia; abrir centros de capacitacin y de adiestramiento para el personal al servicio del turismo y otorgar becas para que los guatemaltecos que se distingan o tengan vocacin, puedan asistir a escuelas del extranjero con iguales fines;n) Orientar la organizacin y funcionamiento de las asociaciones, comits y otras entidades que se constituyan con fines de promocin turstica;o) Inscribir, clasificar e inspeccionar el funcionamiento de las empresas tursticas, para que puedan operar en el pas;p) Autorizar, de acuerdo con la clasificacin por categoras, previamente establecida por el INGUAT, las tarifas mximas de los hoteles, moteles, pensiones, autobuses y taxis dedicados al turismo, y controlar la observancia de las mismas. La clasificacin podr ser revisada, a solicitud de parte, tomndose en cuenta todas las circunstancias, en cada caso;q) Formar y mantener actualizado, bajo su ms estricta responsabilidad, el inventario turstico del pas;r) Proporcionar toda la informacin que se le solicite, sobre lugares, servicios y cualquier objetivo turstico;s) Imprimir el mapa vial de Guatemala, buscando su mejor presentacin y calidad, y actualizarlo cada ao; editar folletos y guas que contengan informacin sobre todos los asuntos de inters que se mencionan en el inciso anterior;t) Emprender peridicamente campaas publicitarias dirigidas al turismo interior, a fin de que durante los perodos de vacaciones, los guatemaltecos visiten los centros de recreacin del pas;u) Imponer las sanciones correspondientes a las personas que infrinjan esta ley o sus reglamentos;v) Solicitar al Ejecutivo que se entreguen las zonas tursticas a su custodia;w) Organizar con las entidades encargadas, o especializadas, partidas de caza y pesca, en lugares tursticos, empendose en crear temporadas y competencias; yx) Fomentar por todos los medios a su alcance, el turismo interior y receptivo.Funciones EspecficasLas funciones especficas del INGUAT, para promover el turismo receptivo dentro del pas, son:a) Fomentar y estimular la inversin de capital guatemalteco o extranjero, en hoteles y centros de recreacin dedicados al turismo, proporcionando las informaciones que se le soliciten en todo lo relativo a impuestos, tasas, incentivos y dems datos que puedan fundamentar los estudios previos de inversin;b) Hacer por cuenta propia, en peridicos, revistas, radio, televisin y otros medios que se considere igualmente adecuados y eficaces, del extranjero, frecuentes campaas de promocin turstica, que divulguen nuestras bellezas naturales, riquezas arqueolgicas, centros de deporte y recreacin social, de descanso y esparcimiento, con el objeto de atraer a Guatemala la corriente turstica de otros pases;c) Prestar toda su colaboracin y usar su influencia para que las compaas de transporte internacional, agencias de viajes, cadenas de hoteles y empresas de cualquier otra ndole, relacionadas con el turismo, por su cuenta hagan campaas de promocin a favor de Guatemala, en el extranjero;d) Proporcionar a los consulados de Guatemala, toda clase de propaganda e informacin para que puedan incrementar el turismo a Guatemala y resolver las consultas que se les dirijan;e) Imprimir libros, folletos y carteles sobre Guatemala; producir pelculas documentales, fotografas y todo el material necesario, de cualquier naturaleza que sea, que pueda usarse en la promocin turstica;f) Establecer contacto con universidades, centros de enseanza media, cmara de comercio e industria y otras entidades o instituciones del extranjero que se interesen en Guatemala, para promover viajes de negocios, estudio o recreacin;g) Integrar con la colaboracin de las embajadas y consulados de Guatemala, y otras entidades que se considere convenientes, las Asociaciones de Amigos de Guatemala, que colaboren con el INGUAT en la divulgacin de nuestra propaganda turstica;h) Organizar y llevar a cabo cursillos de orientacin y enseanza, dirigidos a los empleados de aduanas, migracin polica y otras entidades que tengan contacto con el turismo exterior, para ensearle formas de trato social al turista;i) Fomentar la integracin de conjuntos musicales y de otra ndole, de guatemaltecos que vistan los trajes tpicos de las distintas regiones del pas y acten en bares, restaurantes y lugares pblicos, ofrecindoles el diseo del traje y la ayuda que sea compatible con los propsitos de incremento turstico y las posibilidades del INGUAT;j) Ofrecer en lugares adecuados representaciones de danza y bailes folklricos con la mayor periodicidad posible, para al cual el INGUAT debe preocuparse por integrar los conjuntos que sean necesariosk) Organizar, colaborar y participar en los eventos nacionales e internacionales relacionados con el turismo;l) Celebrar acuerdos con entidades similares de Mxico, Centroamrica y otros pases, para el establecimiento de circuitos tursticos que incluyan a Guatemala; ym) Ejercer todas las dems funciones que tiendan a crea e incrementar atraccin turstica por Guatemala.OrganizacinAdministracinCon lo establecido en su Ley Orgnica, la direccin, administracin y funcionamiento del INGUAT, est a cargo en su orden jerrquico:1. Del Director General del INGUAT;2. Del Subdirector del INGUAT; y3. De los jefes de los respectivos departamentos.AsesoraAsimismo se crea, como rgano asesor del INGUAT, la Junta Asesora de Turismo que se integra por:1. El Director del INGUAT;2. El Subdirector del INGUAT;3. Un representante del Ministerio de Economa;4. Un representante del Ministerio de Finanzas Pblicas;5. Un representante del Ministerio de Gobernacin;6. Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores;7. Un representante del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda;8. Un representante de la Secretara General de Planificacin Econmica (Secretara General del Consejo Nacional de Planificacin Econmica);9. Un representante de la Cmara de Comercio;10. Un representante de la Cmara de Industria;11. Un representante de la Asociacin de Periodistas de Guatemala;12. Un representante de Agencias de Viajes;13. Un representante de la Industria Hotelera;14. Un representante de Lneas Areas; y15. Un representante de la Cmara de Turismo de Guatemala, reemplazando a la Asociacin Guatemalteca de Turismo (AGT).

ConclusinEl Instituto Guatemalteco de Turismo (INGUAT) es una entidad estatal descentralizada, con personalidad jurdica para adquirir derechos y contraer obligaciones y con patrimonio propio, de conformidad con su Ley Orgnica, Decreto No. 1701 del Congreso de la Repblica de Guatemala.

E-grafa

http://www.inguat.gob.gt/inicio.phphttps://es.wikipedia.org/wiki/Instituto_Guatemalteco_de_Turismo

Anexos

1