Ingreso y Salida de Mercancias
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11
INGRESO Y SALIDA DE INGRESO Y SALIDA DE MERCANCIASMERCANCIAS
INGRESO Y SALIDA DE INGRESO Y SALIDA DE MERCANCIASMERCANCIAS
22
Situación anterior
SituaciónActual
Década del 70 y 80Década del 70 y 80 Década del 90 a la fechaDécada del 90 a la fecha
- Régimen proteccionista Régimen proteccionista (aranceles altos)(aranceles altos)- Control de preciosControl de precios- Dólar paraleloDólar paralelo- Registro de importadores y Registro de importadores y exportadoresexportadores- Importaciones prohibidasImportaciones prohibidas
-Liberalización del comercio exterior -Liberalización del comercio exterior e interiore interior-Reducción de arancelesReducción de aranceles-Eliminación de trato preferente a la Eliminación de trato preferente a la industria nacional industria nacional -Dólar libre (flotación).Dólar libre (flotación).-Importación y exportación libreImportación y exportación libre-No registros de importadores.No registros de importadores.-Incorporación al mercado mundial Incorporación al mercado mundial (OMC)(OMC)
Situación legal del Situación legal del comercio internacionalcomercio internacional
33
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS
Decreto Supremo No. 010.2009-EF
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS
Decreto Supremo No. 010.2009-EF
LEY GENERAL DE ADUANAS Decreto Legislativo Nº 1053
LEY GENERAL DE ADUANAS Decreto Legislativo Nº 1053
CONTEXTO DEL DECRETO LEG. CONTEXTO DEL DECRETO LEG. 668 668
FIN DEL PROTECCIONISMOFIN DEL PROTECCIONISMO
44
Regulado por el Derecho Aduanero
Operatividad del comercio exterior
(Ingreso y salida de mercancías, medios de transporte y personas)
Comercio exteriorComercio exteriorComercio exteriorComercio exterior
- Despacho Aduanero- Recaudación Aduanera (tributación aduanera)
- Regimenes aduaneros-Valoración y nomenclatura
- Infracciones y delitos
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TRANSPORTISTAS o su REPRESENTANTE en el
País
TRANSPORTISTAS o su REPRESENTANTE en el
PaísADUANASADUANAS
TRANSMITIR: INFORMACIÓN del
MANIFIESTO DE CARGA(RELACION DE TODOS LOS
CONOCIMIENTOS DE EMBARQUE)
TRANSMISIÓN DE TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN DELINFORMACIÓN DEL
MANIFIESTO DE MANIFIESTO DE CARGA CARGA
TRANSMISIÓN DE TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN DELINFORMACIÓN DEL
MANIFIESTO DE MANIFIESTO DE CARGA CARGA
TRANSPORTISTA
1. Requieren autorización del MTC.
2. Transmiten y entregan el manifiesto de carga a la aduana.
3. Entrega la nota de tarja, relación de bultos faltantes o sobrantes o en mala condición
4. Comunica el término de la descarga
5. Entregan la carga al dueño o almacén.
6. Entregar la declaración jurada del equipaje
7. Rectificar manifiesto con errores
66
ADUANASADUANAS
TRANSMITIR: INFORMACIÓN del MANIFIESTO DE
CARGA DE SALIDASALIDA
TRANSMISIÓN DE TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN DELINFORMACIÓN DEL
MANIFIESTO DE CARGA DE MANIFIESTO DE CARGA DE SALIDASALIDA
TRANSMISIÓN DE TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN DELINFORMACIÓN DEL
MANIFIESTO DE CARGA DE MANIFIESTO DE CARGA DE SALIDASALIDA
TRANSPORTISTAS o su REPRESENTANTE en el
País
TRANSPORTISTAS o su REPRESENTANTE en el
País
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DE LA LLEGADA Y DE LA LLEGADA Y SALIDA DE LOS MEDIOS SALIDA DE LOS MEDIOS
DE TRANSPORTEDE TRANSPORTE
DE LA LLEGADA Y DE LA LLEGADA Y SALIDA DE LOS MEDIOS SALIDA DE LOS MEDIOS
DE TRANSPORTEDE TRANSPORTE
Son LUGARES HABILITADOS para el ingreso y salida de mercancías:
Son LUGARES HABILITADOS para el ingreso y salida de mercancías:
Los ESPACIOS DEL TERRITORIO ADUANERO AUTORIZADOS para
tal fin
Los ESPACIOS DEL TERRITORIO ADUANERO AUTORIZADOS para
tal fin
La autoridad aduanera podrá
EXIGIR a los administradores y
concesionarios
La autoridad aduanera podrá
EXIGIR a los administradores y
concesionarios
• Puertos• Aeropuertos• Vías y terminales terrestres • Puestos de control
fronterizo
• Puertos• Aeropuertos• Vías y terminales terrestres • Puestos de control
fronterizo
• Infraestructura física, sistemas y los dispositivos que garanticen la seguridad de las mercancías.
• La autoridad aduanera podrá instalar sistemas y dispositivos adicionales que permitan mejorar sus acciones de control
• Infraestructura física, sistemas y los dispositivos que garanticen la seguridad de las mercancías.
• La autoridad aduanera podrá instalar sistemas y dispositivos adicionales que permitan mejorar sus acciones de control
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DE LA LLEGADA Y SALIDA DE LA LLEGADA Y SALIDA DE LOS MEDIOS DE DE LOS MEDIOS DE
TRANSPORTETRANSPORTE
DE LA LLEGADA Y SALIDA DE LA LLEGADA Y SALIDA DE LOS MEDIOS DE DE LOS MEDIOS DE
TRANSPORTETRANSPORTE
la carga, descarga o movilización de mercancías, es con la AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIDAD ADUANERA
(LEVANTE),
la carga, descarga o movilización de mercancías, es con la AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIDAD ADUANERA
(LEVANTE),
INGRESOINGRESO
LUGARES HABILITADOSLUGARES HABILITADOS
DEBE SOMETERSE A ADUANAS - CONTROL
DEBE SOMETERSE A ADUANAS - CONTROL
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS AL ARRIBO Y SALIDA DEL MEDIO DE
TRANSPORTE
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS AL ARRIBO Y SALIDA DEL MEDIO DE
TRANSPORTE
SALIDASALIDA
COMUNICAR POR ESCRITO A LA AUTORIDAD ADUANERA la fecha del TÉRMINO DE LA DESCARGA o
TÉRMINO DEL EMBARQUE
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ENTREGA DE LA ENTREGA DE LA CARGACARGA
ENTREGA DE LA ENTREGA DE LA CARGACARGA
TRANSPORTITAS o su
REPRESENTANTE en el País
DUEÑO/ALMACÉN ADUANERONOTA DE NOTA DE
TARJATARJANOTA DE NOTA DE
TARJATARJA
La relación de BULTOS FALTANTES Y SOBRANTES, El INVENTARIO DE LOS BULTOS ARRIBADOS EN MALA
CONDICIÓN EXTERIOR, con medidas de seguridad violentadas o distintas a las colocadas por la autoridad aduanera,
ENTREGA DE LA CARGAENTREGA DE LA CARGA
1010
ALMACEN ADUANERO
ENTREGAENTREGA
IMPORTADOR
ENTREGA DE LAS ENTREGA DE LAS MERCANCIASMERCANCIAS
ENTREGA DE LAS ENTREGA DE LAS MERCANCIASMERCANCIAS
1111
• Se haya dejado SIN EFECTO LA INMOVILIZACIÓN dispuesta por la autoridad aduanera
• Se haya dejado SIN EFECTO LA INMOVILIZACIÓN dispuesta por la autoridad aduanera
ALMACEN ADUANERO
ENTREGAENTREGA
IMPORTADOR
ENTREGA DE LAS ENTREGA DE LAS MERCANCIASMERCANCIAS
ENTREGA DE LAS ENTREGA DE LAS MERCANCIASMERCANCIAS
Previa COMPROBACIÓN:
Previa COMPROBACIÓN:
• CANCELADO O GARANTIZADO la DEUDA TRIBUTARIA ADUANERA
• CONCEDIDO EL LEVANTE• PAGO ÍNTEGRO DEL IMPORTE DE LAS
PERCEPCIONES a que se encuentra sujeta la importación de bienes
• CANCELADO O GARANTIZADO la DEUDA TRIBUTARIA ADUANERA
• CONCEDIDO EL LEVANTE• PAGO ÍNTEGRO DEL IMPORTE DE LAS
PERCEPCIONES a que se encuentra sujeta la importación de bienes
1212
Uniformizar los criterios respecto a la
clasificación arancelaria de las mercancías, serán
aprobadas por Resolución y entrarán en vigencia a partir del día
siguiente de su publicación.
Uniformizar los criterios respecto a la
clasificación arancelaria de las mercancías, serán
aprobadas por Resolución y entrarán en vigencia a partir del día
siguiente de su publicación.
ACCIONES PREVIAS ACCIONES PREVIAS A LA DESTINACION A LA DESTINACION
ADUANERAADUANERA (en zona primaria)(en zona primaria)
ACCIONES PREVIAS ACCIONES PREVIAS A LA DESTINACION A LA DESTINACION
ADUANERAADUANERA (en zona primaria)(en zona primaria)
EMISIÓN DE RESOLUCIÓNES DE CLASIFICACIONES ARANCELARIAS
VINCULANTE
EMISIÓN DE RESOLUCIÓNES DE CLASIFICACIONES ARANCELARIAS
VINCULANTE
Reconocimiento previo para confirmar el arribo
de un bien
Reconocimiento previo para confirmar el arribo
de un bien
Consultas sobre valoración de un bien
Consultas sobre valoración de un bien
1313
LA DESTINACION LA DESTINACION ADUANERAADUANERA
LA DESTINACION LA DESTINACION ADUANERAADUANERA
Manifestación de acogerse a algún régimen aduanero
Manifestación de acogerse a algún régimen aduanero
Se produce en el despacho aduanero, en
zona primaria
Se produce en el despacho aduanero, en
zona primaria
Se efectúa a través de la
numeración de la DECLARACION
UNICA DE ADUANAS (detalles del
bien, partes, y liquidación de
tributos)
Se efectúa a través de la
numeración de la DECLARACION
UNICA DE ADUANAS (detalles del
bien, partes, y liquidación de
tributos)
DUA DUA 1.1. Descripción del productoDescripción del producto
2.2. Valor de la mercancíaValor de la mercancía3.3. Condiciones de la Condiciones de la
transaccióntransacción
DUA DUA 1.1. Descripción del productoDescripción del producto
2.2. Valor de la mercancíaValor de la mercancía3.3. Condiciones de la Condiciones de la
transaccióntransacción
1414
LA DUALA DUA
LA DUALA DUA
2. REGISTRO DE ADUANAS
DECLARACION :118-2010-10-
142172-00
FECHA NUMERACION : 14/05/2010 SUJETO A : DOCUMENTARIO
1. IDENTIFICACION :
1.1. ADUANA :MARITIMA DEL
CALLAO 118
1.2.- DECLARANTE :
KN PERU ADUANAS S.A. 3075
1.3. IMPORTADOR : 4-20114803228
INVERSIONES NACIONALES DE TURISMO S.A.
1.5.- DIRECCION :
CAL. LAS BEGONIAS NRO. 441 INT. 240 (ALTURA. JAVIER PRADO ESTE CUADRA 10) LIMA - LIMA - SAN ISIDRO
3. TRANSACCION
3.1. MONEDA : 00:003.2.- FORMA DE
PAGO :2:PAGO
DIFERIDO 3.3. PLAZO : 0
3.4. ENT.FINANC.: 000:
3.2.- FEC.CARTA CRED:
3.6. EXONERACION C.I. :
4. TRANSPORTE
4.1. MANIFIESTO : 2010-1183 4.2 MODO : 0
4.3. EMPRESA : 0217
4.4. FEC.LLEGADA : 08/05/2010
1515
LA DUALA DUA
LA DUALA DUA
5. ALMACENAMIENTO Y OTROS
5.1. TERMINAL :
ALMACENES Y LOGISTICA SA 3655
5.5. TOTAL PESO NETO (KG) : 752.59 5.6. TOTAL PESO BRUTO(KG) : 958
5.7. TOTAL CANTIDAD BULTOS : 4 5.8. TOTAL UNIDADES FISICAS : 2,000.00
5.9. UNIDADES COMERCIALES : 2,000.00 5.10 RES.EXO.NUM. : 0-
5.12 TOTAL SERIES : 2 5.13 TIPO TRATAMIENTO : NORMAL 1
6. BASE IMPONIBLE
MONEDA TRANSACCION TOTAL DOLARES (US$)
6.1. FOB 0 117,780.00
6.2. FLETE 950
6.4. SEGURO 22
6.5. CIF 118,752.00
1616
LA DUALA DUA
LA DUALA DUA
LIQUIDACION DEL ADEUDO
CONCEPTO LIQUIDACION $ LIBERACION $CANTIDAD A
PAGAR $
3.1. AD/VALOREM 20,188.00 0 20,188.00
3.2. DERECHO ESPECIFICO 0 0 0
3.3. IMP. SELECTIVO CONSUMO 0 0 0
3.4. IMP. PROMOCION MUNICIPAL 2,779.00 0 2,779.00
3.5. IMP. GENERAL A LA VENTA 23,620.00 0 23,620.00
3.6. DERECHO ANTIDUMPING 0 0 0
3.7. TASA SERVICIO DESPACHO 30 0 30
3.8. RECARGO NUMERACION 0 0 0
3.9. SOBRETASA ADICIONAL 0 0 0
3.11 TOTAL LIQUIDACION 46,617.00
ULTIMO DIA DE PAGO : 19/05/2010
FECHA CANCELACION : 21/05/2010
BANCO DE CANCELACION :
002BANCO DE CREDITO DEL PERU
1717
LA DUA y el control LA DUA y el control en el despachoen el despacho
LA DUA y el control LA DUA y el control en el despachoen el despacho
CANAL ROJO: Aforo físicoCANAL ROJO: Aforo físico
Canal Naranja: revisión documentaria
Canal Naranja: revisión documentaria
Canal Verde: Sin revisión en el
despacho (es posible ex-post)
Canal Verde: Sin revisión en el
despacho (es posible ex-post)
1818
DESPACHO DESPACHO ADUANEROADUANERODESPACHO DESPACHO ADUANEROADUANERO
MODALIDADES DE DESPACHO
ADUANERO(destinación)Para efectuar el DESPACHO ANTICIPADO se requiere que las
mercancías NO se ENCUENTREN EN EL TERRITORIO ADUANERO (15 DÍAS ANTES DEL ARRIBO) y contar con todos los documentos exigidos por la Ley y en el Reglamento. Aplicable para importación para el consumo, admisión e importación temporal, tránsito, transbordo y depósito. Se mantiene el SADA
Para efectuar el DESPACHO ANTICIPADO se requiere que las mercancías NO se ENCUENTREN EN EL TERRITORIO ADUANERO (15 DÍAS ANTES DEL ARRIBO) y contar con todos los documentos exigidos por la Ley y en el Reglamento. Aplicable para importación para el consumo, admisión e importación temporal, tránsito, transbordo y depósito. Se mantiene el SADA
a) ANTICIPADO
b) URGENTE
c) EXCEPCIONAL
DESPACHO URGENTE (envío de socorro), aplicable a algunas mercancías por su naturaleza peligrosa o la necesidad fáctica de no almacenarlo
DESPACHO URGENTE (envío de socorro), aplicable a algunas mercancías por su naturaleza peligrosa o la necesidad fáctica de no almacenarlo
DESPACHO EXCEPCIONAL, lo que antes era el despacho normal, cuando se numera la DUA una vez que ha arribado la mercancía (o día 16)
DESPACHO EXCEPCIONAL, lo que antes era el despacho normal, cuando se numera la DUA una vez que ha arribado la mercancía (o día 16)
1919
DESPACHO ANTICIPADO DESPACHO ANTICIPADO
EL DUEÑO O CONSIGNATARIO debe contar con un ALMACÉN DECLARADO COMO LOCAL ANEXO en el Registro Único de Contribuyentes de la SUNAT, con infraestructura adecuada y brindar el apoyo logístico necesario para el reconocimiento físico de las mercancías.
EL DUEÑO O CONSIGNATARIO debe contar con un ALMACÉN DECLARADO COMO LOCAL ANEXO en el Registro Único de Contribuyentes de la SUNAT, con infraestructura adecuada y brindar el apoyo logístico necesario para el reconocimiento físico de las mercancías.
Permite la NUMERACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANTES DE LA LLEGADA DE LAS MERCANCÍAS
Permite la NUMERACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANTES DE LA LLEGADA DE LAS MERCANCÍAS
PREVIO PAGO U OTORGAMIENTO DE LA GARANTÍA por la deuda TRIBUTARIA ADUANERA, así como los DERECHOS ANTIDUMPING, DERECHOS COMPENSATORIOS y PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS, cuando corresponda.
PREVIO PAGO U OTORGAMIENTO DE LA GARANTÍA por la deuda TRIBUTARIA ADUANERA, así como los DERECHOS ANTIDUMPING, DERECHOS COMPENSATORIOS y PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS, cuando corresponda.
Las mercancías pueden ser TRASLADADAS AL ALMACÉN DEL DUEÑO O CONSIGNATARIO ANTES DEL LEVANTE
Las mercancías pueden ser TRASLADADAS AL ALMACÉN DEL DUEÑO O CONSIGNATARIO ANTES DEL LEVANTE
NO PROCEDE cuando el MEDIO DE TRANSPORTE HAYA ARRIBADO AL LUGAR DE INGRESO AL PAÍS
NO PROCEDE cuando el MEDIO DE TRANSPORTE HAYA ARRIBADO AL LUGAR DE INGRESO AL PAÍS
2020
DESPACHOS URGENTESDESPACHOS URGENTESSu trámite se INICIA ANTES DE LA LLEGADA
DEL MEDIO DE TRANSPORTE o HASTA TRES (3) DÍAS DESPUÉS del término de la
descarga
Su trámite se INICIA ANTES DE LA LLEGADA DEL MEDIO DE TRANSPORTE o HASTA
TRES (3) DÍAS DESPUÉS del término de la descarga
Las mercancías que por su naturaleza o el lugar donde deben ser almacenadas, requieran de un tratamiento preferencial, pudiendo ser destinadas a los regímenes de importación, admisión temporal para perfeccionamiento activo, importación temporal o depósito de aduana.
Las mercancías que por su naturaleza o el lugar donde deben ser almacenadas, requieran de un tratamiento preferencial, pudiendo ser destinadas a los regímenes de importación, admisión temporal para perfeccionamiento activo, importación temporal o depósito de aduana.
Las mercancías destinadas a ayudar a las víctimas de catástrofes naturales, de epidemias y siniestros, pudiendo ser destinadas a los regímenes de importación e importación temporal.
SÓLO ESTÁ SUJETO A CONTROL DOCUMENTARIO
Las mercancías destinadas a ayudar a las víctimas de catástrofes naturales, de epidemias y siniestros, pudiendo ser destinadas a los regímenes de importación e importación temporal.
SÓLO ESTÁ SUJETO A CONTROL DOCUMENTARIO
ENVÍOS DE ENVÍOS DE URGENCIAURGENCIA
ENVÍOS DE ENVÍOS DE SOCORROSOCORRO
2121
ENVIOS DE URGENCIA. Por ejemplo Organos, sangre y plasma sanguíneo de origen humano; Mercancías y materias perecederas susceptibles de descomposición
ó deterioro, destinadas a la investigación científica, alimentación u otro tipo de consumo;
Animales vivos; Explosivos, combustibles y mercancías inflamables; Diarios, revistas y publicaciones periódicas; Medicamentos y vacunas; Maquinarias y equipos de gran peso y volumen; Partes y piezas o repuestos para maquinaria para no paralizar el
proceso productivo, solicitados por el productor; Carga peligrosa; Insumos para no paralizar el proceso productivo, solicitados por el
productor; y Otras mercancías que a criterio del intendente de la aduana
merezcan tal calificación
2222
• Vehículos u otros medios de transporte;
• Alimentos;
• Medicamentos, vacunas e instrumental médico quirúrgico;
• Ropa y calzado;
• Tiendas de campaña;
• Casas o módulos prefabricados;
• Hospitales de campaña;
• Otras mercancías que a criterio del intendente de aduana constituyan envíos de socorro.
• Vehículos u otros medios de transporte;
• Alimentos;
• Medicamentos, vacunas e instrumental médico quirúrgico;
• Ropa y calzado;
• Tiendas de campaña;
• Casas o módulos prefabricados;
• Hospitales de campaña;
• Otras mercancías que a criterio del intendente de aduana constituyan envíos de socorro.
ENVÍOS DE SOCORROENVÍOS DE SOCORRO
2323
RECTIFICACIÓN DE RECTIFICACIÓN DE DECLARACIONESDECLARACIONES
RECTIFICACIÓN DE RECTIFICACIÓN DE DECLARACIONESDECLARACIONES
La autoridad aduanera
está facultada a RECTIFICAR
LA DECLARACIÓN
:
A PEDIDO DE PARTE o DE OFICIO Previa VERIFICACIÓN y
EVALUACIÓN de los documentos que sustentaron la numeración.
Se determina la deuda tributaria aduanera así como los derechos antidumping, derechos compensatorios y percepción del Impuesto General a las Ventas, cuando corresponda.
SE CONSIDERA RECTIFICACIÓN LA ANULACIÓN O APERTURA DE SERIES PARA MERCANCÍAS AMPARADAS EN UNA
DECLARACIÓN.
SE CONSIDERA RECTIFICACIÓN LA ANULACIÓN O APERTURA DE SERIES PARA MERCANCÍAS AMPARADAS EN UNA
DECLARACIÓN.
2424
OPERACIONES REALIZADAS EN ZONA PRIMARIA ANTES DEL LEVANTE
• Las operaciones comerciales EN ZONA PRIMARIAno califican como importación (Ley de IGV eISC – D.S. Nº 055-99-EF). Tampoco el envío de mercancías a ZOFRATACNA (Ley 27688), CETICOS (D.S. Nº 112-97-EF)
• Operaciones comerciales en Almacenes Aduaneros (LGA)
• La venta de mercancías antes de despacho a consumo(Ley de IGV e ISC)
2525
RECAUDACION ADUANERA
2626
A/V 0%, 9%, 17
Derechos Adicionales Variables/Rebajas Arancelarias
I.S.C. (valor, especifico y PVP)
I.G.V. 17% / Percepción
I.P.M.. 2%
Tasas Aduaneras
TRIBUTOS
OTROS Derechos Antidumping, salvaguardiasMultasIntereses
DEUDA TRIBUTARIA ADUANERA:IMPORTACION
2727
MEDIDAS IMPOSITIVAS PARA LAS MERCANCÍAS DE LA SUBPARTIDA NACIONAL 2203.00.00.00 ESTABLECIDAS PARA SU INGRESO AL PAÍS
TIPO DE PRODUCTO: Cerveza de maltaGravámenes Vigentes Valor
Ad / Valorem 9%Impuesto Selectivo al Consumo 27.80%Impuesto General a las Ventas 17%Impuesto de Promoción Municipal 2%Derecho Específicos N.A. Derecho AntidumpingN.A.
Seguro1.75%Sobretasa 0%
Unidad de Medida:L
2828
SUJETOS DEL IMPUESTO
NACIMIENTO: Numeración de la Declaración Unica de Aduanas de Importación durante el despacho
SUNAT
AcreedorTributario
AGENTE DE ADUANA
Sujeto Activo
IMPORTADOR
Sujeto Pasivo
Contribuyente
Responsable Solidario
2929
Nacimiento de la Nacimiento de la Obligación Tributaria Obligación Tributaria
AduaneraAduanera En la importación, en la fecha de numeración de la DeclaraciónEn la importación, en la fecha de numeración de la Declaración
En el traslado de mercancías de zonas de tributación especial a En el traslado de mercancías de zonas de tributación especial a zonas de tributación común, en zonas de tributación común, en la fecha de presentaciónla fecha de presentación de la de la solicitud de traslado;solicitud de traslado;
En la transferencia de mercancías importadas con exoneración En la transferencia de mercancías importadas con exoneración o inafectacióno inafectación tributaria, en tributaria, en la fecha de presentaciónla fecha de presentación de la de la solicitud de la transferencia; ysolicitud de la transferencia; y
En la admisión temporal, en la fecha de numeración de la En la admisión temporal, en la fecha de numeración de la declaración con la que se solicitó el régimen.declaración con la que se solicitó el régimen.
3030
Nacimiento de la Nacimiento de la Obligación Tributaria Obligación Tributaria
AduaneraAduanera Los derechos arancelarios y demás impuestos que corresponda Los derechos arancelarios y demás impuestos que corresponda
aplicar serán los vigentes a la fecha de nacimiento de la aplicar serán los vigentes a la fecha de nacimiento de la obligación tributaria aduanera. Excepción: “ultractividad benigna”: obligación tributaria aduanera. Excepción: “ultractividad benigna”: si la mercancía fue adquirida y/o embarcada con tasa a/v de 0% y si la mercancía fue adquirida y/o embarcada con tasa a/v de 0% y aumenta a 12% a su arribo y numeración, se aplica la norma aumenta a 12% a su arribo y numeración, se aplica la norma anterior (0%).anterior (0%).
Determinación de la deuda: SUNAT o el contribuyente. (multa?) Determinación de la deuda: SUNAT o el contribuyente. (multa?)
Intereses moratorios: Sobre el monto de los tributos, por día Intereses moratorios: Sobre el monto de los tributos, por día calendario hasta la fecha de pago. calendario hasta la fecha de pago.
Base Imponible: Base Imponible: Valor en aduanasValor en aduanas = Valor FOB + flete + seguro + Ajustes= Valor FOB + flete + seguro + Ajustes
3131
Empleo de la gestión Empleo de la gestión del riesgodel riesgo
Para el control durante el despacho, la Para el control durante el despacho, la Administración Aduanera determina mediante Administración Aduanera determina mediante técnicas de gestión de riesgo los porcentajes técnicas de gestión de riesgo los porcentajes de reconocimiento físico de las mercancías de reconocimiento físico de las mercancías destinadas a los regímenes aduaneros. La regla destinadas a los regímenes aduaneros. La regla general aplicable a dichos porcentajes será de general aplicable a dichos porcentajes será de cuatro por ciento (4%), pudiendo la SUNAT cuatro por ciento (4%), pudiendo la SUNAT aplicar porcentajes mayores, el que en ningún aplicar porcentajes mayores, el que en ningún caso deberá exceder del quince por ciento caso deberá exceder del quince por ciento (15%) de las declaraciones numeradas. (15%) de las declaraciones numeradas.
3232
Verificación Verificación
La autoridad aduanera, a efectos de comprobar la La autoridad aduanera, a efectos de comprobar la exactitud de los datos contenidos en una declaración exactitud de los datos contenidos en una declaración aduanera, podrá:aduanera, podrá:
Reconocer o examinar físicamente las mercancías y los Reconocer o examinar físicamente las mercancías y los documentos que la sustentan;documentos que la sustentan;
Exigir al declarante que presente otros documentos que Exigir al declarante que presente otros documentos que permitan concluir con la conformidad del despacho; permitan concluir con la conformidad del despacho;
Tomar muestras para análisis o para un examen Tomar muestras para análisis o para un examen pormenorizado de las mercancías.pormenorizado de las mercancías.
En los casos que la autoridad aduanera disponga el En los casos que la autoridad aduanera disponga el reconocimiento físico de las mercancías, el mismo se reconocimiento físico de las mercancías, el mismo se realizará en las zonas designadas por ésta en la zona realizará en las zonas designadas por ésta en la zona primaria.primaria.
3333
CONTENIDOCONTENIDO
43 SESION43 SESION Comercio InternacionalComercio Internacional Despacho aduaneroDespacho aduanero Recaudación AduaneraRecaudación Aduanera