Infraestructura oficial de la firma digital

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INFRAESTRUCTURA OFICIAL DE LA FIRMA DIGITAL INTEGRANTES: CARRASCO ENRIQUEZ, JENNY. CASANI LUQUE, LIZBETH. CONDORI CARCASI, NADEL. GARCIA MANRIQUE, EVA. QUILLI MAQUERA, VERÓNICA.

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INFRAESTRUCTURA OFICIAL DE LA FIRMA

DIGITAL

INTEGRANTES:• CARRASCO ENRIQUEZ, JENNY.• CASANI LUQUE, LIZBETH.• CONDORI CARCASI, NADEL.• GARCIA MANRIQUE, EVA.• QUILLI MAQUERA, VERÓNICA.

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FIRMA DIGITAL

La Firma Digital es aquella firma que utiliza una técnica de criptografía asimétrica y que tiene la finalidad de asegurar la integridad del mensaje de datos a través de un código de verificación, así como la vinculación entre el titular de la firma digital y el mensaje de datos remitido.

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¿Qué es la Infraestructura Oficial de Firma Digital?

Se denomina 'Infraestructura de Firma Digital' al sistema confiable, acreditado, regulado y supervisado por la Autoridad Administrativa Competente.

Conformado por un conjunto de leyes, normativa legal complementaria, equipos, hardware, software, bases de datos, redes, estándares tecnológicos, procesos y procedimientos de seguridad que permiten que distintas entidades (individuos u organizaciones) se identifiquen entre sí de manera segura al realizar transacciones en redes (por ejemplo, Internet).

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INDECOPI (Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y la Protección de la Propiedad Intelectual) es concebida, como una entidad de servicios con marcada preocupación por fomentar una cultura de calidad para lograr la plena satisfacción de sus clientes: la ciudadanía, el empresariado y el Estado.

INDECOPI

El reglamento original de la Ley de Firmas y Certificados Digitales (Ley 27269) designó a INDECOPI como la autoridad a cargo de la acreditación de entidades de certificación digital y entidades de verificación de datos.

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RENIEC

Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) es el encargado de la identificación y actos registrales de todos los peruanos residentes en el país y en el extranjero. La función de la RENIEC es otorgar el documento de identidad (DNI).

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Ley de Firmas y Certificados Digitales Ley N° 27269 designó al RENIEC como única Entidad de Certificación Nacional para el Estado Peruano, quien actuará también como Entidad de Certificación para el Estado Peruano y Entidad de Registro o Verificación para el Estado Peruano, disponiendo que se realicen los trámites correspondientes ante la Autoridad Administrativa Competente a fin que, vía el procedimiento de acreditación respectivo, se permita el ingreso a la infraestructura Oficial de Firma Electrónica.

Decreto Supremo N°070-2011-PCM Dispositivo, mediante el cual se modifica el Reglamento de la Ley, autorizándose al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC para que, en el ejercicio de los roles asignados por el acotado dispositivo legal, emita firmas y certificados digitales en tanto no se encuentre acreditado ante la Autoridad Administrativa Competente (INDECOPI).

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EQUIVALENCIA FUNCIONAL.

Las firmas digitales generadas dentro de la IOFD gozan de la misma validez y eficacia jurídica que las firmas manuscritas. Éstas firmas garantizan:

a) Autenticación.b) Integridad.c) No repudio.

IMPLEMENTACIÓN DE LA IOFD : PRINCIPIOS.

LIBRE COMPETENCIA.

La prestación de servicios de certificación digital se sustenta en el respeto al principio de la libre competencia y en el marco de una economía social de mercado.

a) Imparcialidad.b) Neutralidad tecnológica.c) Confidencialidad.d) Seguridad.e) Transparencia.f) No discriminación.g) Interoperabilidad.

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Generales

Específicos.

• Dar impulso a las transacciones seguras y confiables dentro del ámbito del comercio y gobierno electrónicos, en el contexto de la globalización.

• Permitir la creación de servicios al ciudadano para aplicaciones de gobierno electrónico a fin de lograr una mejora en su calidad de vida.

• Promover el ingreso a la sociedad de la información.

• Incrementar la competitividad tanto en la esfera empresarial como a nivel nacional.

• Implantar en la práctica el principio de «equivalencia funcional» consagrado en la Ley y el Reglamento.

• Seleccionar un esquema de interoperabilidad que sea capaz de insertarse en el ámbito internacional con la mayor posibilidad de lograr el reconocimiento de las firmas digitales del Perú en la mayor parte de países y viceversa.

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El objeto de implementar la Infraestructura Oficial de la Firma Digital (IOFD) obedece a la necesidad de establecer la confianza mediante la correspondiente garantía de seguridad, para el uso de las firmas digitales en los servicios de gobierno y comercio electrónicos.

Siendo los beneficios de su empleo: la mejora en la prestación de servicios públicos, en la calidad de vida y una mayor competitividad en el país.

Asimismo, al tratarse de un sistema que sirve para acreditar de manera fehaciente la manifestación de voluntad en el entorno digital

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