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Servicio de Patrimonio Secretaría General INFORME JUSTIFICATIVO DE NECESIDAD DE REDACTAR UN PLAN ESPECIAL PARA LA IMPLANTACIÓN DE UN ASCENSOR EN LA ESTACIÓN DE Bº CONCEPCIÓN 1.- Objeto y justificación En cumplimiento de las condiciones de accesibilidad legalmente establecidas para garantizar los derechos de las personas con discapacidad, y atendidas las consideraciones del tejido asociativo de la discapacidad canalizadas a través del CERMI y del CERMI Comunidad de Madrid, se ha diseñado el Plan de Accesibilidad e Inclusión de la Comunidad de Madrid en la red del ferrocarril metropolitano madrileño para el periodo 2016-2020. Dentro de las diferentes obras de mejora que contempla el Plan, se encuentran las de implantación de ascensores que garanticen la accesibilidad e igualdad en el acceso al conjunto de las estaciones que conforman la red de este sistema público de transportes. En este sentido y atendiendo a las prioridades definidas en el mencionado Plan de Accesibilidad, fue preciso abordar las obras correspondientes a los ascensores de la estación de Barrio de la Concepción. Comunicadas estas obras al Ayuntamiento, tras la tramitación correspondiente detallada en el siguiente punto, el Ayuntamiento requiere que se tramite la figura de planeamiento que haga compatible la calificación de la parcela con el uso propuesto (dotacional para el transporte ferroviario). Por tanto, para dar respuesta a la petición del Ayuntamiento de Madrid, surge la necesidad de redactar un Plan Especial para adecuar urbanísticamente la implantación del ascensor de la estación de Barrio de la Concepción, según el proyecto redactado en noviembre de 2016 por el Servicio de Obras de Metro de Madrid S.A. (Metro). La redacción del Plan Especial tiene su fundamento en el artículo 50 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid que, en relación a los Planes Especiales, dispone que tienen, entre otras, las de definir y ampliar las redes públicas de infraestructuras. La implantación de un ascensor en la estación de Barrio de la Concepción, es una actuación consistente en la ampliación de las redes públicas de infraestructuras, que tiene como objetivo dotar de accesibilidad completa a la estación, según se recoge en el Plan de Accesibilidad e Inclusión de la Comunidad de Madrid en METRO para el periodo 2016-2020. La Comunidad de Madrid, como titular de la Infraestructura, debe actuar en este proceso como impulsor de la iniciativa. Metro, al ser explotador y conocedor de la infraestructura, se encarga de la redacción del Plan Especial. Finalmente, la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, dependiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se encarga de tramitar y validar el documento urbanístico. Por tanto, una vez redactado el Plan Especial por parte de Metro, la Consejería de Transportes de la Comunidad de Madrid debe remitirlo a Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, que revisará el documento hasta su aprobación definitiva.

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Servicio de Patrimonio

Secretaría General

INFORME JUSTIFICATIVO DE NECESIDAD DE REDACTAR UN PLAN ESPECIAL PARA LA

IMPLANTACIÓN DE UN ASCENSOR EN LA ESTACIÓN DE Bº CONCEPCIÓN

1.- Objeto y justificación

En cumplimiento de las condiciones de accesibilidad legalmente establecidas para garantizar los

derechos de las personas con discapacidad, y atendidas las consideraciones del tejido asociativo

de la discapacidad canalizadas a través del CERMI y del CERMI Comunidad de Madrid, se ha

diseñado el Plan de Accesibilidad e Inclusión de la Comunidad de Madrid en la red del ferrocarril

metropolitano madrileño para el periodo 2016-2020.

Dentro de las diferentes obras de mejora que contempla el Plan, se encuentran las de

implantación de ascensores que garanticen la accesibilidad e igualdad en el acceso al conjunto

de las estaciones que conforman la red de este sistema público de transportes. En este sentido

y atendiendo a las prioridades definidas en el mencionado Plan de Accesibilidad, fue preciso

abordar las obras correspondientes a los ascensores de la estación de Barrio de la Concepción.

Comunicadas estas obras al Ayuntamiento, tras la tramitación correspondiente detallada en el

siguiente punto, el Ayuntamiento requiere que se tramite la figura de planeamiento que haga

compatible la calificación de la parcela con el uso propuesto (dotacional para el transporte

ferroviario).

Por tanto, para dar respuesta a la petición del Ayuntamiento de Madrid, surge la necesidad de

redactar un Plan Especial para adecuar urbanísticamente la implantación del ascensor de la

estación de Barrio de la Concepción, según el proyecto redactado en noviembre de 2016 por el

Servicio de Obras de Metro de Madrid S.A. (Metro).

La redacción del Plan Especial tiene su fundamento en el artículo 50 de la Ley 9/2001, de 17 de

julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid que, en relación a los Planes Especiales, dispone que

tienen, entre otras, las de definir y ampliar las redes públicas de infraestructuras.

La implantación de un ascensor en la estación de Barrio de la Concepción, es una actuación

consistente en la ampliación de las redes públicas de infraestructuras, que tiene como objetivo

dotar de accesibilidad completa a la estación, según se recoge en el Plan de Accesibilidad e

Inclusión de la Comunidad de Madrid en METRO para el periodo 2016-2020.

La Comunidad de Madrid, como titular de la Infraestructura, debe actuar en este proceso como

impulsor de la iniciativa. Metro, al ser explotador y conocedor de la infraestructura, se encarga

de la redacción del Plan Especial. Finalmente, la Dirección General de Urbanismo de la

Comunidad de Madrid, dependiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del

Territorio, se encarga de tramitar y validar el documento urbanístico.

Por tanto, una vez redactado el Plan Especial por parte de Metro, la Consejería de Transportes

de la Comunidad de Madrid debe remitirlo a Dirección General de Urbanismo de la Comunidad

de Madrid, que revisará el documento hasta su aprobación definitiva.

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2.- Detalle de la tramitación llevada a cabo con el Ayuntamiento de Madrid

El 11 de mayo de 2017, Metro comunicó al Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

del Ayuntamiento de Madrid el inicio de las obras para dotar de accesibilidad completa a la

estación de Barrio de la Concepción. Se adjunta como Anexo 1 el referido escrito.

El 25 de mayo de 2017, el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible del Ayuntamiento

de Madrid resolvió que “Al ser necesaria para la ejecución de las obras y el funcionamiento

posterior de la instalación la ocupación de la vía pública de forma permanente por los núcleos

de los ascensores que comunican las estaciones con el nivel de calle, será imprescindible la

tramitación previa de la Concesión Demanial para ocupar el dominio púbico en las Juntas de

Distrito correspondiente”. Se adjunta como Anexo 2 la citada comunicación.

En ejecución de la resolución anterior, el 2 de junio de 2017 Metro presentó en el registro de la

Junta de Distrito de Ciudad Lineal, el Proyecto de Ejecución de las obras de mejora y accesibilidad

de la referida estación (de noviembre de 2016), con el fin de que la mencionada Junta de Distrito

procediera a la tramitación y concesión de la Ocupación Demanial del espacio público necesario

para la instalación del ascensor en superficie. Se adjunta como Anexo 3 dicho escrito.

El 29 de junio de 2017 la Secretaría del Distrito de Ciudad Lineal contesta señalando que, al no

tratarse de vía pública, no cabe la concesión de una concesión demanial sino otro tipo de

autorización, cuyo órgano competente es el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible.

Se adjunta como Anexo 4 la citada comunicación.

El 12 de julio de 2017 Metro comunicó de nuevo al Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

Sostenible su intención de iniciar las obras y una nueva solicitud de autorización para la

ocupación parcial de carácter permanente del ascensor en superficie, pero indicando esta vez

que la ocupación se produciría en una parcela dotacional. Se adjunta como Anexo 5 dicho

escrito.

Finalmente, el 11 de agosto de 2017 el Servicio de Gestión del Suelo de la Dirección General de

Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Madrid respondió a la solicitud de

ocupación permanente realizada por Metro el 12 de julio de 2017. En esta contestación se señala

que la “zona objeto de ocupación, calificada de equipamiento básico, no es de titularidad

municipal en su totalidad y, en cuanto al uso previsto de la misma (Dotacional para el transporte

ferroviario) requerirá de la tramitación de una figura de planeamiento que haga compatible la

calificación de la parcela con el uso propuesto”. Se adjunta como Anexo 6 la citada

comunicación.

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4 de julio de 2018

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ANEXO I

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ANEXO II

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ANEXO III

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ANEXO IV

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ANEXO V

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ANEXO VI

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