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INFORME DEL PROYECTO
I. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO
A. TÍTULO.-
“CREACIÓN DE SERVICIOS EXEQUIALES PARA EL PERSONAL
POLICIAL”
B. DURACIÓN.-
El presente proyecto entrará en ejecución desde la aprobación del mismo
indefinidamente.
C. DATOS INFORMATIVOS.-
1. Institución:
Escuela de Estado Mayor
2. Director:
Dr. Nelson Argüello Rodríguez
Coronel de Policía de E. M.
3. Alumnos responsables del Proyecto:
Tcnl. Marcelo Tobar Montenegro
Tcnl. Carlos Gutiérrez Muñoz
4. Director del Proyecto:
General (sp) Gustavo Gallegos Balarezo
II. RESUMEN DEL PROYECTO
A. FUNDAMENTACION.-
La muerte es una experiencia grande, la más incomprensible e inenarrable
a la que debe enfrentarse el ser humano. La desaparición de la animación
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corporal ha sido, y es, una de las vivencias más traumáticas y criticas de su
existencia. La posibilidad del no ser, se plantea como un hecho inaceptable
psicológicamente: pero aún así, acontece.
Todos los seres humanos en un momento determinado tenemos que morir,
es un suceso al que todos tenemos que llegar por ley natural, sin embargo
para los deudos que han perdido un familiar el acto es incomprensible y
crítico, cuanto sentimental como económico.
El Policía Nacional por las características propias de su servicio a la
comunidad, tiene que desarrollar su misión social consciente que al proteger
la seguridad pública está poniendo en peligro su propia vida. Es así que,
muchos miembros de la Institución han ofrendado su vida en el
cumplimiento de su deber.
La sociedad consciente que es ley natural la muerte ha buscado prevenir
económicamente y prepararse emocionalmente para este momento. Las
instituciones han abordado la problemática como uno más de los servicios
que deben brindar a su personal y han establecido en sus agrupaciones o
colectivos sociales un rubro económico para ayudar a los deudos a sufragar
los gastos que demandan los servicios funerarios.
El Estado a través del Seguro Social busca solidarizarse con los familiares
con una ayuda en dinero para que pueda cubrir los gastos funerarios;
montos que en la actualidad no cubren los costos que estos servicios
demandan.
La Policía Nacional por intermedio del Instituto de Seguridad Social de la
Policía Nacional brinda estas prestaciones a los familiares, en este contexto
el reglamento del seguro de mortuoria en su Artículo 4 literal b, señala “al
fallecer causará derecho a: Los Gastos de Funerales, en el equivalente a
cuatro veces (4) el sueldo imponible promedio general, destinados a cubrir
expresamente, los gastos que demanden los funerales del causante”.
Lejos de renegar el monto, es claro deducir que la cantidad recibida no
alcanza a cubrir ni la mitad de los precios que demandan las empresas
funerarias por velación y entierro, situación que genera aprietos a los
familiares en busca de cubrir el costo total. Además debe considerarse que
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las familias no solo deben cubrir los gastos funerarios sino muchas el
traslado del finado a sus lugares de origen.
El no disponer el ISSPOL de la infraestructura necesaria para este tipo de
prestación a sus afiliados, los familiares se ven obligados a recurrir a las
empresas privadas dedicadas al servicio funerario, por tal motivo muchas
familias policiales se han visto en la necesidad de contratar seguros
mortuorios que se ofertan en el mercado.
B. ESTUDIO DE FACTIBILIDAD.-
1. Diagnóstico:
El fallecimiento de un miembro de la Policía Nacional además de causar
dolor social a sus familiares genera desajustes económicos a sus
deudos por los gastos que les toca asumir por los servicios funerarios
que les toca contratar (velatorio, exhumación o cremación), y en muchas
ocasiones el traslado del cadáver al lugar de residencia.
Si bien todos los afiliados en servicio activo, pasivo y de cesantía del
ISSPOL reciben una ayuda económica para gastos funerarios, la misma
que asciende a la cantidad de quinientos ochenta y un dólares que
corresponde a cuatro veces el sueldo imponible promedio general; al
momento esta cantidad no alcanza a cubrir ni el 50% de los costos de
los servicios funerarios de clase económica, que al momento se cobran
en el mercado funerario.
La liquidación de este servicio a los familiares no responde a la
necesidad urgente que el momento demanda, ya que por lo general la
cancelación de este derecho el ISSPOL la ejecuta días después del
suceso.
Frente al inconveniente de no contar ese momento con disponibilidad de
dinero los deudos tienen que muchas veces endeudarse o negociar
crédito con las empresas de servicios funerarios, con el consiguiente
incremento del monto por efecto de intereses; situación que es ratificada
a través de los resultados obtenidos en una encuesta que fue aplicada a
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30 elementos policiales: 15 Oficiales y 15 del Personal de Tropa;
quienes tienen un tiempo de servicios entre 3 y 30 años1.
En lo referente a si los costos funerarios que se recibe por concepto de
fondo mortuorio por parte del ISSPOL son suficientes los encuestados
manifiestan:
Respuesta Porcentaje
SI 3.3
NO 96.7
Total 100
Fuente: Encuestas aplicadas.
Autores: Grupo investigador.
Respuestas que demuestran con claridad y que a criterio del 96,7% este
rubro no les alcanza para satisfacer los gastos en los que incurren por
este concepto; mientras que únicamente para el 3.3% si es suficiente.
Es necesario en este sentido señalar que en el mercado este servicio
tiene un costo promedio de 2500 dólares, lo cual implica que los 851
dólares que el ISSPOL otorga a cada familia del policía fallecido no le
alcanza a cubrir ni el 30% del señalado costo promedio; situación que
genera gran malestar entre la familia policial por cuanto a más del dolor
que les embarga por la pérdida del familiar se les suma el problema
económico.
Al investigar en lo relacionado con posible adquisición de alternativas de
servicio funerario señalando que podrían ser a) adquisición de capillas
ardientes por parte del ISSPOL para el velatorio del personal policial; y,
b) contratación de un seguro mortuorio que cubra las contingencias de
velatorio, traslado, exhumación o crematorio; se obtiene las siguientes
respuestas:
Respuesta Porcentaje
A 3.33
B 83.33
Las dos 13.33
Total 100
Fuente: Encuestas aplicadas.
Autores: Grupo investigador.
1 Se aplicó de manera inicial una prueba piloto que posibilitó la depuración de la encuesta,
tal y como se encontraba estructurada originalmente.
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El 83,3% de los encuestados apoyan la propuesta de contratar un
seguro mortuorio que cubra todas las contingencias funerales; el 3%
apoya la propuesta de adquisición de capillas ardientes para el servicio
de velatorio del personal policial fallecido; el 13% considera que deben
implementarse las dos propuestas.
Por cualquiera de las dos propuestas los afiliados al ISSPOL lo que
pretenden es que los costos de los servicios funerarios se abaraten. El
servicio de capilla ardiente por parte del ISSPOL busca a más del
servicio al afiliado, reducir los costos de este servicio en el mercado, con
la novedad de que solo da el servicio de velatorio.
El contratar un seguro mortuorio con alguna empresa funeraria reduciría
los costos, cubriría todos los servicios, facilitaría el pago y podría dar
mayor cobertura familiar.
Implementar los dos servicios a la vez obstaculizaría la eficiencia,
además de que les pondría a competir.
Al investigar sobre los argumentos para fortalecer las propuestas de la
pregunta anterior, se recaban los siguientes criterios que se sintetizan a
continuación:
Por la opción A (adquisición de capillas)
Permitiría tener salas de velación en todos los Comandos
Provinciales.
Es mejor tener capillas ardientes propias.
No se sabe si los seguros cubrirían el servicio en las otras
provincias.
Por la opción B (contratación de seguros)
Es un seguro que puede favorecer a toda la familia.
Los familiares del asegurado no tienen que preocuparse por los
trámites y servicios que se requiere en estos casos.
Estas empresas dan mejor servicio y cobertura.
Se evita los trámites engorrosos y largos del ISSPOL.
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El personal de trabajo social del ISSPOL es muy lento para tramitar.
las solicitudes de Quito, mayor dificultad se da para los familiares de
otras provincias.
Los seguros colectivos reducen significativamente los costos de los
diferentes servicios.
Cubre todo el servicio mortuorio.
Da tranquilidad y facilidad a las familias en estos momentos de
pesar.
Se evita andar buscando funerarias de acuerdo a la capacidad
económica de los deudos.
Las empresas privadas darían mejor servicio que la Institución.
Los servicios que da el ISSPOL son pésimos.
Concluyendo:
Es manifiesto que el rubro mortuorio que reciben por parte del
ISSPOL es insuficiente para enfrentar los gastos que demanda este
servicio en el mercado, creando un malestar más a los familiares,
incluso todo este rubro no lo reciben enseguida.
Instalar el servicio de capillas funerarias, no resuelve en su
globalidad el problema de todo el proceso funerario, más bien
amplía el problema de gestión, ya que tiene que tramitar en el
ISSPOL el servicio de velación y traslado; y por otro lado buscar el
ataúd, cementerio, etc.
El servicio de capillas ardientes deberían instalarse en todos los
Comandos Provinciales para poder justificar en parte su
implantación.
Ocho de cada diez consultados apoyan la propuesta de contratar un
seguro mortuorio de los que ofrecen las empresas funerarias
instaladas en el país, las mismas que deben que cubrir todas las
contingencias funerales.
Los seguros funerarios tienen una amplia gama de ofertas, desde
servicios parciales hasta la cobertura total de los mismos.
Frente a esta situación el malestar de los afiliados es notorio,
sobremanera, porque en el reglamento de seguro mortuorio existe una
disposición transitoria que señala que el ISSPOL gestionará la
disposición de una infraestructura para brindar el servicio de sepelio a
sus afiliados; propuesta que hasta la presente no se la efectivizado
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Si se considera que al momento el ISSPOL cuenta con 54.991
beneficiarios de este beneficio, los mismos que están distribuidos de la
siguiente manera: 39.509 en servicio activo, 9.278 en servicio pasivo y
6.204 de montepío; número de afiliados que justifica emprender
cualquier proyecto de beneficio social dentro de esta área.
2. Estudio Técnico:
La cobertura del proyecto debe ser a nivel nacional, ello implica que el
ISSPOL implemente el servicio exequial en cada Comando Provincial
con el fin de satisfacer con equidad a todos sus afiliados. En
consideración que un proyecto de esta naturaleza demanda importantes
recursos económicos, humanos y muchos otros rubros; el presente
proyecto pretende realizar un estudio en la ciudad de Quito, con el fin de
investigar la pertinencia de implementar el servicio de mortuorio en esta
ciudad bajo la característica de plan piloto.
Concomitantemente se realizará un estudio de mercado que permita
conocer la factibilidad de contratar un seguro funerario para los afiliados.
Para el efecto se investigará entre las diferentes empresas funerarias
que ofrecen estos servicios en el país.
Por las características del problema de estudio el mismo se sustentará
en una investigación de campo de carácter exploratorio y descriptivo.
3. Estudio Jurídico:
La factibilidad jurídica para la implementación del presente proyecto se
sustenta en los siguientes fundamentos jurídicos:
a. La Constitución Política de la República del Ecuador en la sección
6ª. Art. 55 señala la responsabilidad del Estado para con la
población, respecto a la prestación de la seguridad social al
manifestar: “La seguridad social será deber del Estado y derecho
irrenunciable de todos sus habitantes. Se prestará con la
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participación de los sectores público y privado, de conformidad con
la ley.
El Art. 57 señala: El seguro general obligatorio cubrirá las
contingencias de enfermedad, maternidad, riesgos del trabajo,
cesantía, vejez, invalidez, discapacidad y muerte.
El Art. 61 expresa la facultad de acceder a otros seguros con el fin
de cubrir servicios que no son cubiertos por el seguro obligatorio, así
señala: “Los seguros complementarios estarán orientados a proteger
contingencias de seguridad social no cubiertas por el seguro social
obligatorio o mejorar sus prestaciones y serán de carácter opcional.
Se financiarán con el aporte de los asegurados, y los empleadores
podrán efectuar aportes voluntarios. Serán administrados por
entidades públicas, privadas o mixtas, reguladas por la ley.
b. La Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional a través del
reglamento del seguro mortuorio en su capítulo II, Art. 4 literal b;
expresa: … al fallecer causará derecho a: “Los gastos de funerales,
en el equivalente a cuatro (4) veces el sueldo imponible promedio
general, destinados a cubrir expresamente, los gastos que
demanden los funerales del causante”.
En el aspecto de generalidades del citado reglamento se expresan
los siguientes aspectos:
Art. 1.- El Seguro de Mortuoria es la prestación en dinero y en
especie que otorga el Instituto de Seguridad Social de la Policía
Nacional a los derechohabientes del profesional policial en servicio
activo, al pensionista de retiro, discapacidad y retiro y a los
pensionistas del Estado que fallecen.
Art. 2.- El Seguro de Mortuoria se hace efectivo mediante el pago,
por una sola vez, de la Indemnización por Mortuoria y de los Gastos
de Funerales, destinados a cubrir los gastos de funerales y a
compensar, en parte, la pérdida del ingreso del grupo familiar.
Sobre la cobertura del seguro mortuorio manifiesta los siguientes
artículos:
Art. 3.- El Seguro de Mortuoria protege al profesional policial en
servicio activo, al pensionista de retiro, discapacidad e invalidez, al
pensionista del Estado, al aspirante a oficial y aspirante a policía y al
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pensionista de montepío, cualquiera sea la causa de su fallecimiento.
Art. 4.- El profesional policial en servicio activo y el pensionista de
retiro, discapacidad e invalidez, al fallecer causarán derecho a:
a) La indemnización por mortuoria, en el equivalente a ocho (8)
veces el Sueldo Imponible Promedio General; y,
b) Los gastos de funerales, en el equivalente a cuatro (4) veces el
Sueldo Imponible Promedio General, destinados a cubrir,
expresamente, los gastos que demanden los funerales del
causante.
Art. 5.- El Pensionista del Estado, beneficiario de pensión
contributiva, al fallecer, causará derecho al Seguro de Mortuoria en
los mismos términos y cuantía establecidos para el pensionista de
retiro, discapacidad e invalidez.
Art. 6.- El Pensionista del Estado, beneficiario de pensión no
contributiva y el pensionista de montepío, al fallecer, causarán
derecho a los Gastos de Funerales.
Art. 7.- El aspirante a oficial y el aspirante a policía, al fallecer,
causarán derecho a los Gastos de Funerales.
Art. 8.- El valor destinado a sufragar los Gastos de Funerales será
administrado por el ISSPOL, a través de la Dirección de Servicios
Sociales.
Art. 9.- El valor destinado a sufragar los Gastos de Funerales será
entregado al deudo o familiar del causante encargado o responsable
del sepelio, para asegurar la prodigación del servicio funerario al
decesado.
La Dirección de Servicios Sociales iniciará el Estudio Socio-
Económico pertinente orientado a identificar al deudo que asume la
responsabilidad del sepelio, a los supervivientes del causante.
Art. 10.- La Dirección de Servicios Sociales dispondrá la
transferencia de los Gastos de Funerales a la Comandancia General
de la Policía Nacional, cuando la Institución Policial haya asumido la
responsabilidad del sepelio del asegurado en servicio activo, excepto
General, Coronel o Suboficial Mayor, en cuyo caso el valor de los
Gastos de Funerales se entregará a los deudos.
Art. 11.- La Dirección de Servicios Sociales dispondrá el pago directo
de los Gastos de Funerales a los deudos que asumieren la
responsabilidad del sepelio del asegurado fallecido.
Art. 12.- Tienen derecho a la Mortuoria:
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a) La viuda;
b) La mujer que mantuvo con el asegurado unión libre, estable y
monogámica;
c) Los hijos menores de dieciocho (18) años;
d) Los hijos mayores de dieciocho (18) años incapacitados en
forma total y permanente; y,
e) A falta de los anteriores, la madre; y, en ausencia de esta el
padre.
Art. 13.- La viuda o la mujer con quien el asegurado mantuvo unión
libre, estable y monogámica tendrá derecho al doble de la cuota
correspondiente a un hijo.
Art. 14.- No tendrá derecho a Mortuoria el cónyuge que a la fecha de
fallecimiento del causante estuvo legalmente separado o
simplemente separado por más de seis (6) años, o cuando por
sentencia judicial se estableciere que el potencial derechohabiente
ha sido calificado autor o cómplice de la muerte del asegurado.
Art. 15.- Si el fallecido, asegurado en servicio activo, pensionista de
retiro, discapacidad, invalidez y montepío, pensionista del Estado,
aspirante a oficial o aspirante a policía no dejare derechohabientes y
no hubiere deudos que se responsabilicen del sepelio, el ISSPOL, a
través de la Dirección de Servicios Sociales, asumirá esta obligación
e invertirá hasta la suma prevista para los Gastos de Funerales.
Art. 16.- En caso de que otras Instituciones cubran los servicios
funerales, el ISSPOL, a través de la Dirección de Servicios Sociales
entregará el rubro correspondiente al deudo responsable calificado.
4. Estudio Social:
Los beneficiarios del proyecto se los puede ubicar en dos niveles: los
beneficiarios directos, que en caso de la propuesta son todos los
afiliados del ISSPOL sean personal activo, pasivo y de cesantía. El
beneficiario indirecto es el ISSPOL, que puede cumplir con los principios
del aseguramiento para sus afiliados. Complementarios a los afiliados
se benefician los familiares de estos.
5. Estudio de capacidad institucional:
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Siendo el seguro mortuorio y en el caso de estudio los gastos de
funerales, estamentos de las funciones y prestaciones del ISSPOL para
con sus afiliados, la institución está en capacidad legal, administrativa,
económica y social de implementarlo o contratarlo para sus afiliados en
el caso que así amerite.
Para el efecto la institución cuenta con los ingresos respectivos, fruto de
los aportes de los afiliados y las obligaciones económicas que tiene el
Estado Ecuatoriano para con los miembros de la Policía Nacional.
6. Estudio Financiero:
La asignación de los recursos para la ejecución del presente proyecto -
por ser de interés institucional- debe ser responsabilidad del ISSPOL,
organismo que además deberá asumir su financiación y administración;
señalándose que su ejecución y cobertura estarán de acuerdo a sus
disponibilidades presupuestarias.
C. JUSTIFICACIÓN.-
Concordante con los problemas económicos que les toca afrontar a los
familiares de los policías fallecidos, situación que ya se expone en
apartados anteriores y en consideración a la responsabilidad que tiene el
ISSPOL frente al aseguramiento de sus afiliados a los que debe cubrir las
contingencias de enfermedad, maternidad, riesgos del trabajo, cesantía,
vejez, invalidez, discapacidad y muerte.
El presente proyecto cobra real importancia en su ejecución, ya que
permitirá satisfacer una necesidad latente y exigida por los afiliados y
anhelada por los familiares, a quienes, a más del dolor que les causa la
pérdida de su ser querido les angustiaba la presión por cubrir los gastos
que demanda la exhumación y demás egresos complementarios; costos
que no les alcanza a cubrir con la cantidad que reciben del ISSPOL por
gastos de funerales.
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El contar el ISSPOL con los servicios de capilla ardiente, permitirá que se
reduzcan significativamente los gastos funerarios, ya que la misión de la
institución es social y no lucrativa.
Por otro lado, el presente estudio investigará la pertinencia, de no ser
factible la propuesta anterior, de contratar un seguro mortuorio para los
afiliados, el mismo que partiendo de una investigación de mercado será
propuesto en este proyecto a consideración de las autoridades del ISSPOL.
Cual sea la alternativa, es de vital importancia que los afiliados cuenten con
una asistencia efectiva que les permita cubrir los gastos que demande el
mismo y libere a los familiares de la angustia económica de ese momento.
III. OBJETIVOS DEL PROYECTO
A. GENERAL
1. Diseñar un proyecto para la prestación de servicios exequiales por parte
del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional para sus
afiliados activos, pasivos y de montepío.
B. ESPECÍFICOS
1. Investigar en el mercado las ofertas de seguro mortuorio y la cobertura
que estos brindan y los costos que implica su adquisición.
2. Exponer las propuestas que ofrecen los seguros mortuorios privados,
para estudio y consideración de las autoridades de la Institución.
IV. META
Instaurar el servicio funerario o el seguro mortuorio para los miembros de la
Policía Nacional durante el año 2007.
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V. MARCO TEÓRICO
A. INTRODUCCIÓN
La muerte es una experiencia grande, la más incomprensible e inenarrable a la
que debe enfrentarse el hombre. La desaparición de la animación corporal ha
sido y es, una de las vivencias más traumáticas y criticas de su existencia. La
posibilidad del no ser, se plantea como un hecho inaceptable psicológicamente:
pero aún así, acontece.
Por ello, todos los mitos sobre el origen y sobre la naturaleza humana
(soteriología), plantean a su modo y con los recursos culturales que le son
propios, su particular explicación de por qué muere el hombre y qué le sucede
después de que ésta le acaece. Luego, en el momento histórico de la doctrina
(etapa tardía), la explicación del fin último del hombre alcanzará su exponente
teórico más pulido, con los diversos presupuestos de fe, que le aseguraran la
esperanza de una existencia continua.
Sería vasto tratar de dar aquí la visión de los pueblos de la antigüedad sobre
este tema. No obstante, podemos definirlo con una simple declaración: todas
las culturas, independientemente del tiempo y el espacio, muestran y han
mostrado creer en la vida después de la vida. Sin embargo, curiosamente
hablar de "la vida después de la vida", para la mentalidad primitiva, era un
contrasentido.
Las creencias de los antiguos, fueron muy diferentes a la de sus
contemporáneos, y aún hoy siguen guardando innumerables secretos para los
investigadores de las religiones comparadas.
1. El Hombre en la Concepción Antigua
Muchas veces, se comete el error de pensar en el hombre del que nos habla
el Antiguo Testamento según el concepto clásico. Sin embargo, se quiere
comprender exactamente qué creían los antiguos en cuanto a la naturaleza
del hombre y lo que a éste le ocurría luego de su muerte, tenemos que
volver a la mentalidad semítica. Esta, de manera asombrosa, se ha
mantenido casi inalterable a través de los siglos; hasta que algunas ideas
ajenas, se infiltraron en el encuentro del pueblo judío con el mundo griego.
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Lo primero que se debe entender, es que la estructura conceptual del
hombre en el Antiguo Testamento no responde a ideas abstractas, sino que
accede a un pensamiento de vida integrado y concreto.
La Biblia, siempre que nos habla del hombre, lo hace en el marco de una
situación de vida, y por lo general, esa situación tiene que ver con su
relación con Dios.
Nuestra cultura sabe hacer una clara diferenciación entre cuerpo, alma y
espíritu, el hebreo también consideraba estos aspectos, pero desde otra
perspectiva. Cuando el antiguo percibe a una persona o a un objeto, lo hace
desde una óptica de totalidad, es decir, que su físico, su voz, el ropaje que
lleva, su nombre, todo ello conforma a la persona completa.
El semita veía al otro como un ser funcional e indivisible. Esto hace que
nociones distintivas para nosotros, como el cuerpo, el alma y el espíritu,
puedan ser concebidas por el israelita como indistintas, y como
consecuencia ser usadas para designar tanto una como otra en función de
las circunstancias. Mientras el pensamiento moderno se preocupa por
analizar, el antiguo se ocupaba por coordinar. Un ejemplo de esto lo
encontramos en el pasaje de Génesis 2: 7, donde dice: "Formó Jehová Dios
al hombre del polvo de la tierra. Le insuflo en la nariz un soplo de vida y el
hombre llegó a ser alma viviente"2.
Para el semita, el hombre no tiene un alma, es un alma. No se concebía al
hombre como si tuviera un hálito vital que se desdoblara de él en el
momento de su muerte, para su visión, el cuerpo compuesto de sangre era
el alma misma, y si ésta moría, se constituía en un alma muerta. Por lo
tanto, para el hebreo “el alma es mortal y no es exclusiva del ser humano,
sino que los animales también poseen alma”3.
B. EL SERVICIO FUNERARIO
A pesar de constituir uno más de entre los diferentes sectores económicos cuyo
ámbito es la prestación de servicios, pocas actividades sociales se asocian a la
2 EDERMAN, Lois. La Biblia Católica Génesis 2: 7. México: IEC, 2000, p. 79 3 Ibid, 1: 27. 28. p. 99
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extraordinaria sensibilidad que caracteriza al suceso luctuoso, por motivos
socioculturales, por su elevada carga emocional, y por recaer sobre un entorno
de la máxima privacidad: las creencias sociales y el entorno familiar.
La connotación negativa del servicio funerario por su marcado componente
psicológico lo sitúa en el extremo opuesto al de la hostelería y la restauración,
ligados al ocio y a los grandes eventos biográficos; y a diferencia de los
servicios sanitarios, se percibe como algo estático, ajeno al progreso social y
cultural, a la innovación tecnológica, al desarrollo de nuevos servicios, a la
especialización curricular, o al diseño de productos financieros para su
accesibilidad al público. Sin olvidar la imagen poco transparente y el lastre de la
percepción de precios abusivos.
Por el contrario, el sector parece encontrarse en plena transformación y
adaptación al entorno social y económico del momento presente, implantando
actitudes y acciones que lo integren en la dinámica del consumidor como un
servicio más al público. El marco regulatorio del sector funerario, viene
caracterizado por dos rasgos definitorios claves:
Las amplias diferencias existentes a lo largo de la geografía dada la
descentralización de competencias hasta el ámbito local, consecuencia de la
ausencia de desarrollo de las leyes básicas.
La liberalización del sector por un lado, frente a la posición dominante de los
municipios que sigue constituyendo un límite a la operatividad del mercado.
De este modo, se pone de manifiesto el difícil equilibrio entre la autonomía
competencial de las administraciones locales y las barreras a la homogeneidad
normativa en materia de formación reglada en nuevas disciplinas, la gestión de
trámites, el transporte, normas de manipulación y transporte de cadáveres, etc.,
que junto con situaciones de oligopolio y monopolio, impactan sobre la
variabilidad en la tipología, la calidad e incluso el costo de los servicios en
función del ámbito territorial.
La liberalización de la prestación de los servicios funerarios ha jugado un papel
determinante, atrayendo la entrada de capital y de su mano, la introducción de
nuevos operadores solventes tanto económica como técnicamente, que están
imprimiendo una imagen del sector renovada.
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De este modo, se observan nuevas dinámicas de mercado, con implantación de
grupos empresariales, y se aprecian claros indicios de su evolución hacia la
profesionalización de los servicios ofertados, mediante nuevas fórmulas en la
prestación. Las diferencias geográficas en cuanto a preferencias por un
determinado tipo de servicio funerario son manifiestas en el país. Por ejemplo,
“en las regiones rurales predomina el enterramiento en tierra con un bajo
porcentaje de cremación, mientras en ciudades como Quito, Guayaquil y
Cuenca triunfan esta modalidad, y las inhumaciones tienen lugar en nichos,
etc.”4.
Estas diferencias se traducen también en la organización, tipología de empresa
funeraria y de los servicios prestados.
Desde el lado de las preferencias sociales, los ritos funerarios han evolucionado
en su forma y contenido, dando lugar a una mayor diversidad relacionada con:
las creencias individuales, apareciendo nuevos servicios ceremoniales de
carácter civil, desplazando el velatorio a instalaciones profesionalizadas: los
cementerios, siendo éste un hecho diferencial de nuestro país por la diversidad
cultural y costumbrista, observándose una creciente tendencia a la cremación,
siguiendo la tendencia de los países europeos de influencia anglosajona, y por
delante del resto de países de predominio católico.
1. Características del mercado funerario
Característica diferencial de la demanda en nuestro país es que, hasta un
60% de su gestión tiene lugar a través de una compañía aseguradora de
decesos, por lo que éstas controlan la calidad del servicio prestado por las
empresas funerarias, especialmente las de los segmentos de menor cifra de
negocio.
La entrada de flujos de capital ha sido, y sigue siendo, de enorme relevancia
para el desarrollo de la infraestructura necesaria para introducir tanto las
instalaciones como los avances técnicos en los que se apoya la oferta de
servicios modernos, y constituyen uno de los principales factores
condicionantes de la estructura de la oferta. El sector, tradicionalmente
definido por la atomización a nivel local y una demanda fundamentalmente
4 Manual de Información de la República del Ecuador. Quito: Científica Editores, 1996, p.
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canalizada por intermediarios con alto poder de negociación (seguro de
deceso) se está moviendo en la línea de concentración de la oferta en lo que
respecta a las empresas funerarias.
De hecho, algunas aseguradoras están adoptando estrategias de
integración vertical ante un mercado más competitivo, en el que “el grado de
madurez alcanzado con los seguros de decesos (tendencia a decrecimiento
de pólizas, e incremento de primas vía precio) les han impulsado a
introducirse en el mercado de la prestación vía adquisición de empresas
funerarias”5.
Además, al igual que se observa con otros servicios, la relación de agencia
entre aseguradora y cliente, deberá ser progresivamente más abierta y
transparente, y la información cada vez menos asimétrica. No es novedad:
estamos asistiendo en otros servicios de alta sensibilidad, por ejemplo, los
sanitarios, a un comportamiento más exigente y participativo en la toma de
decisiones de unos usuarios mejor informados, y que solicitarán más valor
por su dinero.
2. Los Servicios funerarios integrales
Los servicios de seguro se están generalizando en el Ecuador, las áreas de
cobertura son muchísimas y en ellas se está integrando en los últimos años
los servicios funerarios integrales. Pese a que siguen creciendo en volumen
de primas por incrementos interanuales, las compañías están desarrollando
estrategias que apuntan a un cambio en esta tendencia:
Desarrollo de pólizas multirriesgo.
Posicionamiento como proveedores a través de la integración vertical.
3. Predominio del aseguramiento frente a la compra directa
Por tipo de servicios, se observa un incremento en la demanda de
cremación frente a la inhumación, aunque es variable entre las diferentes
regiones del país. Se están implantando nuevos servicios condicionados por
los cambios socioculturales:
Ceremonias civiles.
Servicios musicales.
5 Diario el Universo, Sección 1, Editorial 2001, p. 3
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Servicios de apoyo: catering, transporte.
Tanatoestética.
Apoyo psicológico al duelo (ex-post).
4. Perfil de la demanda del servicio funerario
Los requisitos para apertura y funcionamiento de una empresa funeraria
están regulados por normativa, aunque existe variabilidad en las exigencias:
La cobertura ante contingencias debe ser elevada (disponibilidad de
salas, de coches fúnebres).
Cobertura 24 horas x 365 días.
Actualmente muchos municipios no tienen ordenanzas reguladoras. La
ausencia de instalaciones propias (tanatorios y crematorios) para la
prestación de servicios implica la búsqueda de alianzas.
La formación profesional reglada es inexistente en Ecuador.
Las empresas que apuestan por la calidad y la profesionalización están
impulsando planes de formación continuada y titulaciones propias.
5. Alta disponibilidad de recursos
En el proceso de prestación del servicio para terceros (Compañías) es
crítica la accesibilidad al cliente final desde la empresa funeraria para la
valoración del servicio prestado, o incluso en la mejora de los servicios.
6. La empresa funeraria como proveedor indirecto
Relaciones institucionales.
Las empresas funerarias no ejercen control sobre las tasas de
cementerios y crematorios, ni sobre las condiciones de uso.
La empresa funeraria actúa como mero pagador a cuenta del cliente
final en relación al coste de los servicios religiosos.
7. Particularidades de la prestación de los servicios funerarios
a. Crematorios:
Su incremento ha venido de la mano de su aceptación desde el lado de
la demanda. Actualmente existe cobertura en casi todas las provincias.
-19 -
b. Cementerios:
Actualmente constituyen un servicio ineludible y son fuente de ventaja
competitiva para las empresas funerarias:
Titularidad privada básicamente, implicando fuertes inversiones.
Expansión en su crecimiento en valor absoluto, aunque no
comparables entre sí en cuanto a capacidad.
Los cementerios en el país mantienen marcadas diferencias en
calidad, equipamiento y costos aunque existen diferencias
tipológicas entre regiones debido a preferencias de la demanda y a
aspectos regulatorios.
8. Condicionantes y visión del servicio
Los cementerios hacia fórmulas de gestión mixtas público-privadas
Servicio mínimo y obligatorio a prestar por las funerarias, quienes
controlan las tasas de inhumación
La tendencia actual identificada en el mercado es el sistema mixto de
propiedad pública y gestión privada mediante empresas mixtas
Los precios y tasas siguen controlados en este caso por el municipio, de
acuerdo con lo establecido por los responsables de su gestión.
9. Variables que inciden en la prestación del servicio funerario integral
La función higiénico-sanitaria de la conservación y embalsamamiento de
cadáveres no se encuentra regulada de forma homogénea en el país.
La figura del tanatopractor como profesional cualificado no existe en el
país, salvo en las instituciones policiales.
La práctica de la tanatopraxia por parte de profesionales médicos es una
fuente de variabilidad en el coste en prácticas de conservación
complejas.
La supervisión médica es necesaria en el país.
Amenaza de invasión del mercado por profesionales formados en otros
países.
La tanatopraxia: hacia el reconocimiento de la profesión como servicio
en auge.
-20 -
Se evidencia la preocupación de las empresas por adaptarse a las
nuevas tendencias y por mejorar la profesionalización en sus distintos
campos de actuación.
No existen estudios homologados en este ámbito, siendo las empresas
con vocación de excelencia empresarial las que están introduciendo
planes de formación en el mercado, algunos en colaboración incluso con
universidades.
Se están consolidando patrones formativos, e incorporando prácticas y
contenidos de formación del ámbito internacional.
Elevadas inversiones en equipamientos e infraestructuras.
C. MODERNIZACIÓN Y CONCENTRACIÓN, PRINCIPALES RASGOS Y
TENDENCIAS EN EL MERCADO DE LAS EMPRESAS FUNERARIAS
1. Atomización
La liberalización del sector ha permitido la entrada de inversores en este
sector.
La concentración se configura como una estrategia de futuro y viene de
la mano de las inversiones necesarias para profesionalizar el sector.
El mayor poder de negociación adquirido por volumen es una fuerza
compensadora sobre la posición preeminente de las aseguradoras.
2. Integración vertical
Se observa como los operadores más importantes en seguros de
decesos, están apostando por actuar como proveedores directos
mediante la adquisición de empresas funerarias.
Perspectiva en el número de asegurados (mercado maduro).
Se prevé la aparición de nuevos competidores (seguros generales en la
comercialización de estos productos).
3. Aparición de nuevos productos
Nuevas estrategias de comercialización, llegar a asegurados más
jóvenes y a los poderes adquisitivos más altos, adaptándose a las
necesidades de estos segmento de población.
Nuevas ofertas en cobertura.
-21 -
Comercialización como seguro multirriesgo.
4. Mecanismos de desarrollo
Alta implantación en Ecuador (30% de la población).
Posicionamiento dominante en relación a las empresas funerarias,
mayor a menor tamaño de la empresa, forzando políticas de precio y
calidad.
5. Mercado fuertemente concentrado
3 compañías aglutinan el 70% de las primas.
6. Desarrollo de estrategias de integración vertical
El marco normativo aplicable en el ámbito funerario se encuentra definido
por un conjunto de normas que pertenecen a diferentes sectores del
ordenamiento jurídico.
Dentro de estas normas, destaca por su contenido y el alcance de su
regulación la legislación sanitaria mortuoria que establece, entre otras, las
condiciones técnico-sanitarias de las empresas y servicios funerarios y de
toda clase de instalaciones funerarias, incluidos los cementerios, así como
toda clase de prácticas sanitarias sobre cadáveres y restos cadavéricos,
convirtiéndose en la normativa clave, al incidir directamente en el ámbito de
actuación de las empresas funerarias, determinando los requisitos y
condiciones sobre los que se deben prestar los servicios funerarios.
7. La legislación sanitaria mortuoria
La legislación aplicable en el ámbito sanitario mortuorio se caracteriza por la
existencia de un conjunto de normas estatales y municipales dictadas en el
ejercicio de la capacidad normativa reconocida en el ámbito funerario
nacional, que regulan toda clase de prácticas sanitarias en relación con los
cadáveres y restos cadavéricos. Condiciones técnico-sanitarias de los
féretros, vehículos y empresas funerarias y de los cementerios y demás
lugares de enterramiento.
-22 -
Esta legislación ha permitido que desaparezcan determinadas
enfermedades infectocontagiosas de tipo endémico de otros tiempos. La
mejora de las vías de comunicación y de los medios de transporte disminuye
los riesgos sanitarios. Existe un mayor nivel de salud de la población. La
legislación ha permitido el aparecimiento y consolidación de nuevas
prácticas funerarias como:
Aumento incesante de tanatorios y velatorios.
Incremento de las prácticas sanitarias o estéticas sobre cadáveres
(Tanatopraxia).
La entrada en escena de nuevos productos de conservación.
Aumento de las incineraciones como opción cada vez más arraigada
frente a la inhumación.
A nivel provincial los municipios han dictado normas específicas obre
diferentes materias en el ámbito funerario, siendo la norma de referencia,
por el contenido y alcance de su regulación.
8. Regular las nuevas prácticas mortuorias
Es necesario se vaya regulando las nuevas prácticas, como son la aparición
de figuras como los tanatorios o velatorios de cadáveres, y el incremento de
la práctica de la incineración.
Posibilidad de transporte de cadáveres, antes de transcurridas las 24 horas
desde el fallecimiento, si se realiza sin medios definitivos de recubrimiento y
en vehículo adecuado. Actualización de la clase de féretros, añadiendo los
féretros especiales, féretros para incineración o urnas para cenizas, urnas
cuya utilización se declaran obligatorias.
Exigencia de requisitos técnico-sanitarios para tanatorios, crematorios,
cementerios y empresas funerarias acorde con los cambios producidos en
los modos y costumbres.
Las diferencias normativas tienen impacto sobre la organización y coste de
los servicios funerarios al exigir diferentes medios técnicos, diferentes
trámites y diferentes tiempos de ejecución de cada una de las actividades
que configuran los servicios funerarios.
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D. EL DERECHO DE LA COMPETENCIA: HACIA LA SUPRESIÓN DE
MONOPOLIOS
En la práctica, la liberalización del sector funerario implica una reordenación en
el ámbito local del derecho de la competencia. La plena vigencia de éste, ya sin
ningún tipo de modulación de orden monopolístico o por razones ligadas al
servicio esencial o reservado, es afirmable desde el despoje público del propio
servicio y de la empresa pública monopolística de servicios fúnebres, así como
por imposibilidad de establecer futuros monopolios locales. La despublificación
operada es evidente, por lo que es necesario plantearse la posible incidencia
que puede haber tenido el derecho comunitario, que en otros supuestos sí ha
exigido una adecuación de la iniciativa pública de la economía, en la medida en
que vulnerase las reglas de la competencia6.
1. Evitar el monopolio
Se trata de una actividad económica para la que existe una demanda global
fija y previsible en su cuantía, población, tablas de mortalidad y empresas
dispuestas a satisfacerla. De ahí que las razones esgrimidas de orden
psicológico según las cuales las empresas privadas explotan a quienes
demandan el servicio, los deudos del difunto, aprovechándose de la especial
situación anímica en que se encuentran éstos.
La gran difusión del seguro de decesos (que desplaza a la compañía
aseguradora del pago de los servicios, es decir, el fallecido o sus familiares,
por lo general, tienen cubiertas las contingencias a que da lugar la muerte),
es, por otra parte, síntoma de que no hay una conciencia generalizada de
que esta actividad deba constituir un servicio social, en el sentido que deba
ser subvencionado por los seguros obligatorios lo que quizás justificaría el
monopolio. En definitiva, si los servicios mortuorios se prestan por empresas
en competencia en términos más favorables para los usuarios que los que
ofrece el monopolista y si no hay argumentos de peso para justificar la
constitución o el mantenimiento del mismo, éste debe excluirse.
Nada impide, por tanto, que sigan existiendo ciertos controles municipales
en cuanto a la existencia del servicio y su prestación en condiciones, a fin de
asegurar la “universalidad, accesibilidad, continuidad y respeto a los
6 Prever. Estudios de Mercado, Quito, 2004
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derechos de las personas usuarias” Esto no supone, naturalmente, que los
municipios no puedan seguir controlando el ejercicio de la actividad y que
imponga la protección de otros bienes, como, por ejemplo, la salubridad
pública.
2. Autorización de funcionamiento de empresas funerarias
En principio, la obtención de la autorización faculta a las empresas a operar
en cualquier lugar del país, podrán someter cada prestación que se realice a
una autorización previa. La prestación de los servicios de exhumación y
crematorio se regirán por el principio de libre concurrencia. El hecho de que
los enterramientos y todo lo que les rodea dejen de ser un servicio público
no debe significar, en ningún caso, un abandono por parte de las
autoridades de control de este cometido, ya que la propia ley establece la
tutela de este servicio. Es decir, a cambio de que sigan pudiendo extender
autorizaciones administrativas tendrán la obligación de garantizar, cuando
las condiciones de población y de demanda social lo requieran, la adecuada
dotación y prestación de los servicios de exhumación y crematorio.
a. Falta de regularización:
Es interesante destacar las insuficiencias técnicas que presenta la
regularización fúnebre en general, especialmente apreciables en la
normativa reguladora del transporte ligero o en el establecimiento de
nuevos equipamientos fúnebres y mortuorios. En el régimen jurídico
actual los procesos de inversión por parte de grupos nacionales e
internacionales son libres, pero es necesario que se determine
condiciones mínimas a cumplir por parte de las empresas inversoras con
el fin de proteger la cultura y costumbres del país.
3. Los Servicios funerarios, un mercado atractivo
Normalmente, las medidas de libre mercado pueden tener efectos positivos
en términos del incremento de la dinamicidad empresarial, pudiendo esto
afectar a una serie de elementos, cuya variación, a mejor o a peor, en
función de ciertos parámetros son esperables. Los economistas conocen
bien los argumentos y contra argumentos de los previsibles efectos de la
desregulación, que se han basado principalmente en estudios empíricos de
la nueva regulación sobre sectores estratégicos de la economía nacional
-25 -
(como los transportes, telecomunicaciones, sector petrolífero o energético,
etc.) No obstante, se debe ser cauteloso a la hora de trasvasar los
resultados obtenidos en otros campos o sectores de alcance nacional, para
extrapolarlo a uno tan específico como el de los servicios funerarios, cuya
liberalización no está vinculada a exigencia comunitaria alguna, y en donde
se opera a un nivel más reducido como es el de los servicios públicos. Es
razonable afirmar, y parece que existe un consenso mayoritario, si bien no
unánime, acerca de los efectos favorables de la desregulación sobre:
Los precios, mediante un reajuste o variación de los mismos, con
tendencia a la baja.
Una mejora de la calidad del servicio.
La eficiencia.
En general, las inversiones que se realizan en este sector son amplias, lo
que provocó cambios importantes en algunos de los mercados, haciendo
que se produjera un importante aumento de la competencia, y por tanto,
transformando inversiones aparentemente muy rentables, en inversiones
mucho menos interesantes.
En consecuencia, podría decirse que el gran proceso de concentración e
internacionalización del sector funerario, han provocado la aparición de otros
grupos empresariales que han ido adquiriendo estos negocios motivados
por la gran rentabilidad que producen.
No puede olvidarse que existen empresas, en concreto norteamericanas,
que tienen experiencias de concentración de pequeñas y medianas
empresas e igualmente de internacionalización de su actividad, que si bien
es cierto que aún esa presencia internacional no es de gran significado, no
deja de ser un primer paso hacia la concentración, expansión e
internacionalización de las empresas funerarias.
a. Preferencias de la demanda
Desde mediados de la década de los ochenta, se puede observar de
manera más clara la aparición de las nuevas tendencias en la conducta
social de los ecuatorianos en materia funeraria. Estas tendencias son,
entre otras:
-26 -
La demanda de salas velatorio.
La incineración o cremación.
La tanatopraxia (estética y conservación de cadáveres).
Se puede determinar que actualmente en el país compiten dos grandes
grupos: en materia funeraria, la tradicional y la moderna que coexisten
libremente.
Además es necesario destacar que hoy en día, casi la totalidad de los
funerales se siguen celebrando a través de ceremonias católicas (95%),
aunque comienza a existir la ceremonia civil con un 2% y un 3% las
realizadas por otras religiones.
Desde mediados de la década de los sesenta, se puede observar de
manera más clara la aparición de las nuevas tendencias en la conducta
social en materia funeraria. Hoy en día, la mayoría de los entierros se
llevan a cabo en nicho (enterramiento vertical) los cuales predominan de
forma indiscutible en los cementerios de las grandes ciudades, las
preferencias a la hora de escoger el tipo de enterramiento en zonas
rurales, difieren de forma significativa, ya que si las disponibilidades de
superficie lo permiten, éstos prefieren el entierro en tumbas bajo la
superficie del terreno.
b. Caracterización de la demanda actual:
El crecimiento que año tras año registran las cremaciones se puede
definir como imparable. La diferencia de precio -es menos costosa una
cremación que una inhumación-, el cambio en las tendencias culturales
así como la aprobación de la Iglesia Católica, son los factores que han
contribuido a que en nuestro país se extienda esta opción.
Esta evolución de la cremación en los últimos años, parece indicar que
su consolidación en Ecuador es una cuestión de pocos años.
E. LA CREMACIÓN: UNA OPCIÓN EN ALZA
A pesar de la inexistencia de una regulación normativa homogénea acerca de
cómo se deben llevar a cabo las cremaciones, la “Federación Internacional de
-27 -
Cremación” ha establecido un Código Ético7, basado en principios de ética y
moral, con el objeto de que pueda servir de referencia a la hora de llevar a cabo
prácticas de cremación, independientemente del país en que se realicen:
Cremación respetuosa y digna: el proceso de la cremación será siempre
llevado a cabo de un modo digno y respetuoso.
Protección del cadáver: el cadáver estará siempre correctamente protegido
de acuerdo con la tradición y las prácticas locales.
Cremación independiente/no mezcla de cenizas: Todas las cremaciones se
realizarán por separado para asegurar que no se produzca la mezcla de
cenizas.
Cremación de restos humanos: sólo los restos humanos serán incinerados
en el crematorio de un miembro.
Respeto, si el difunto lo ha determinado entre sus voluntades, de la elección
del método de destrucción de las cenizas: El individuo debe tener derecho a
determinar el método final de deshacerse de sus cenizas.
La cremación es el único término oficial: la palabra "cremación" debería ser
la palabra oficial empleada para describir el método de reducción a cenizas.
Identificación del difunto hasta el final del momento de la cremación:
deberán seguirse los pasos adecuados para asegurar la adecuada
identificación del cuerpo a la llegada en el crematorio, a lo largo del propio
proceso de la cremación y hasta la total reducción del cuerpo.
Prohibición de la comercialización de productos así como del residuo de la
cremación: los productos o el residuo de una cremación no serán utilizados
para ningún propósito comercial.
Todos los materiales usados en la cremación deben ser saludables desde el
punto de vista del medio ambiente.
El personal de la cremación debe estar cualificado, o al menos, debe ser
competente: todo el personal implicado en la cremación deberá ser
competente en las tareas que desarrollen, y si es posible obtener la
calificación conveniente.
El personal que participa en los funerales debe estar de acuerdo con el
contenido de este código: el personal asociado de cualquier forma con la
provisión del servicio de cremación deberá ser partidario en todo momento
de dicho Código dé Ética.
7 Federación Internacional de Cremación. Código de Ética para la cremación de cadáveres.
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1. El derecho de las personas a escoger la cremación
Todo individuo tendrá el derecho a escoger la cremación y se le dará su
debido respeto dondequiera que se encuentre. Esto debe garantizarse no
sólo entre diferentes zonas de un mismo país, sino en cualquier país o
cultura del mundo.
Desde el punto de vista tecnológico y de organización del proceso, existen
suficientes garantías para prestar este servicio en condiciones de seguridad
y respeto.
F. EL SERVICIO FUNERARIO INTEGRAL: PROCESO Y AGENTES
IMPLICADOS
Es importante conocer lo que hay detrás de una empresa funeraria pero que
normalmente no se aprecia: variables que lo componen, factores que influyen,
la labor de gestión y coordinación que han de realizar entre los múltiples
agentes implicados en el proceso de prestación del servicio funerario, etc.
La prestación del servicio funerario integral por una empresa funeraria abarca el
conjunto de actividades y procesos que ésta desarrolla para llevar a cabo la
prestación de productos y servicios que lo integran, desde el momento de la
contratación de los mismos (ya sea por un cliente particular, o por una
compañía de seguros, para aquellos casos en que el difunto disponía de una
póliza de seguro de deceso) hasta la inhumación o cremación del difunto.
1. Proceso
Obtención certificado de defunción.
Inscripción en el Registro Civil.
Licencia de enterramiento, etc. (trámites varios).
Encargar flores.
Velas.
Recordatorios, etc.
No obstante, hay que indicar que este puede ser algo diferente en función
de aspectos tales como: si el cliente que contrata el servicio es un particular
o una compañía de seguros, lugar de la defunción, lugar del velatorio (en
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casa, hospital o tanatorio), si necesita o no la realización de prácticas de
Tanatoestética, lugar de celebración de la ceremonia del funeral, lugar de
inhumación o cremación, etc. Es decir, según el servicio funerario a prestar
y sus condiciones habrá actividades de las que se muestran en el proceso
aquí descrito que no se realicen, y viceversa.
La empresa funeraria, para llevar a cabo todas las actividades que
constituyen la prestación de un servicio funerario integral, requiere disponer
de una gran cantidad de recursos, de diversa naturaleza, aspecto que
normalmente no se tiene en cuenta cuando se entra a valorar el trabajo de
una empresa funeraria.
El examen de los recursos que una empresa funeraria necesita puede ser
un punto de partida útil para entender el esfuerzo para realizar su trabajo
diario, así como para demostrar su capacidad para ello. Éstos, a grandes
rasgos podrían agruparse en los cuatro grupos siguientes:
a. Recursos físicos:
Una valoración de los recursos físicos de una empresa funeraria debe ir
más allá de un mero listado del número de instalaciones, stocks de
material, infraestructuras y medios técnicos de que dispone, sino que
también debe cuestionarse la naturaleza de estos recursos, tales como
la antigüedad, condición, capacidad y ubicación de cada uno.
Desde este punto de vista, hay que considerar lo que a una empresa
funeraria, ya sólo desde el punto de vista normativo, se le requiere para
obtener la autorización que le permite operar como tal (instalaciones
adecuadas para una oficina de atención al público, garajes para los
vehículos funerarios, vehículos fúnebres de diferentes características, en
muchos casos incluso poseer un tanatorio propio de características
específicas, etc.)
b. Recursos humanos:
En este tipo de empresas, no sólo vale con realizar una valoración del
número de empleados disponibles y habilidades diferentes y
especialidades que se dan en la organización.
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Por la naturaleza del servicio que se presta, es muy importante y no
deben pasarse por alto otros factores como la adaptabilidad y flexibilidad
de los recursos humanos.
Hay que tener en cuenta que se trata de la prestación de un servicio,
donde el capital humano y el trato personal es vital, sumado a la
naturaleza de dicho servicio, en el que el personal de la funeraria ha de
estar disponible 24 horas al día los 365 días del año.
c. Recursos financieros:
Entre los que incluyen los orígenes y las aplicaciones de fondos, así
como la obtención de capital, dirección de tesorería, control de deudores
y acreedores, así como las relaciones con proveedores de dinero
(accionistas, etc.)
d. Intangibles
Al analizar los recursos de una empresa funeraria no se debe incurrir en
el error de pasar por alto la importancia de los recursos intangibles. No
cabe duda que los intangibles tienen un valor, puesto que cuando se
vende una empresa funeraria, el “fondo de comercio” forma parte del
mismo. Sobre todo cuando se habla del mercado de los servicios
funerarios, prestados éstos por empresas de servicios, el fondo de
comercio puede suponer una partida muy importante del activo de la
compañía, estando éste constituido por variables tales como la marca
comercial, la imagen de la compañía, las relaciones con compañías
aseguradoras (siendo éstas uno de sus principales clientes) así como
muchas otras fuentes.
En general, el examen de recursos de una empresa funeraria debe
incluir todos los recursos a los que ésta puede acceder para desarrollar
sus actividades diarias y soportar sus estrategias, y no debe ceñirse a
los recursos que posee en sentido legal, puesto que muchos de los
recursos estratégicamente importantes se encuentran fuera del
patrimonio de la propia empresa, como por ejemplo su red de contactos,
sus relaciones con clientes potenciales, acuerdos con tanatorios, en
caso de no poseer uno propio, etc.
-31 -
Aunque de cara al cliente es la empresa funeraria la responsable de la
prestación del servicio funerario integral (así como de todos los
productos y servicios que lo componen) y de que todo esté a punto y
correctamente organizado, existen otros agentes sin la participación de
lo cuales sería imposible prestar de una forma eficiente y satisfactoria un
servicio funerario integral. Hay que tener en cuenta que la empresa
funeraria ha de tener la capacidad de manejar todos los recursos
necesarios y tenerlos a punto para incluirlos en el proceso de prestación
del servicio funerario (a veces, en un tiempo de tan sólo unas horas) lo
que implica por su parte una perfecta gestión y coordinación plena entre
agentes para que el servicio integral se preste de forma satisfactoria.
Todo ello supone un gran esfuerzo por parte de la empresa funeraria,
para la cual sería imposible llevarlo a cabo si no dispusiera de una
estructura suficiente para soportarlo.
2. Proveedores
Proveen a la empresa funeraria de los inputs necesarios para la prestación
del servicio integral contratado por el cliente. Algunos de estos inputs son:
Féretros.
Urnas.
Coronas de flores (floristería).
Esquelas (periódico).
Recordatorios (imprenta).
Material cosmético y sanitario para acondicionamiento del cadáver, etc.
3. Compañías aseguradoras
Son los principales clientes de las empresas funerarias. Actúan de
intermediarios entre la empresa funeraria y el cliente final a la hora de
contratar los servicios funerarios.
4. Particulares
Contratan directamente los servicios funerarios con la empresa funeraria, sin
intermediarios. Normalmente, se trata de los familiares del difunto.
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5. Cementerios/crematorios
Tanto la mayor parte de los cementerios como los crematorios son de
propiedad particular, el cual establece sus propias tarifas, sobre las que en
ningún caso la empresa funeraria tiene control alguno.
6. Iglesia
Desde el momento en que la mayor parte de las ceremonias de funerales
siguen siendo religiosas, siendo la mayoría de los lugares de celebración,
propiedad de la Iglesia Católica, ésta interviene en todo lo que se refiere a la
disposición de sus templos (horarios, tarifas, etc.) La figura de la Iglesia
también se convierte en agente involucrado en el proceso de prestación de
los servicios funerarios en aquellos casos en que posea la propiedad del
cementerio en el que, en su caso, se fuera a realizar la inhumación.
G. CARACTERIZACIÓN DE LAS EMPRESAS FUNERARIAS
Las empresas funerarias que operan en el mercado de los servicios funerarios
presentan características propias que las diferencian frente a otras empresas
que actúan en otros sectores de actividad económica:
Son servicios, los cuales son requeridos por una familia.
Son con independencia de su pertenencia o no a un grupo empresarial más
amplio, prestan sus servicios en un ámbito geográfico muy reducido y
localista.
Su ámbito de actuación reducido y localista están sujetas a unos usos y
costumbres muy arraigados en el ámbito que trabajan, y distintos de unos
lugares a otros, aunque la distancia entre esos puntos geográficos sea
pequeña, teniendo además gran importancia en el desarrollo de la actividad
el componente de creencias religiosas, que debe ser en todo caso
respetado.
Realizan unos servicios con un componente sanitario al que hay que prestar
gran atención y sobre el que existe igualmente una regulación distinta según
los ámbitos geográficos.
Hacen servicios irrepetibles. El cliente es único y demanda el servicio una
sola vez. El servicio que no se hace en un determinado momento ya no
podrá realizarse nunca, y además la impresión que quede de la labor
-33 -
realizada durante ese servicio puede marcar de forma importante la futura
actividad, ya que se está sujeto a examen de mucha gente al mismo tiempo,
que son todos los asistentes a un sepelio concreto.
1. Principales tendencias detectadas en el mercado de empresas
funerarias
Dentro del sector de los servicios funerarios se están desarrollando una
serie de procesos que están determinando y configurando actualmente al
sector. En este sentido, destacan:
El proceso de modernización del sector, mediante inversiones en
infraestructuras, principalmente tanatorios, y destinando parte del
presupuesto de las empresas a la formación de los recursos humanos.
El proceso de integración vertical realizado por las compañías de
seguros, que ante el grado de madurez alcanzado con los seguros de
decesos se están introduciendo en el mercado de los servicios
funerarios mediante la adquisición de empresas funerarias.
El proceso de concentración empresarial, fenómeno reciente en este
sector caracterizado históricamente por estar fuertemente atomizado.
2. El Proceso de Concentración Empresarial
El sector funerario originalmente estaba compuesto por empresas
generalmente pequeñas, ya fueran familiares o públicas, de ámbito local,
hecho que implicaba que como sector, las empresas privadas del sector
estuvieran limitadas desde el punto de vista organizativo y en recursos
financieros, para entrar en un proceso de concentración y mucho menos aún
de internacionalización.
Ante esta situación, las empresas multinacionales decidieron iniciar un
proceso de desinversión que les permitiera reducir de forma importante su
endeudamiento, y por lo tanto, fortalecer su posición en sus mercados de
origen, que en el fondo constituía la parte principal y fundamental del
negocio.
Es también probable que por la especificidad de la actividad funeraria la
concentración sea menor y permita la existencia de un número mayor de
empresas que en la mayor parte de los sectores económicos.
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Para entender este proceso de concentración empresarial, hay que tener en
cuenta una serie de factores concretos que inciden de forma muy directa
sobre lo que ha sido la transformación del sector funerario. Así, está claro
que hoy en día ha dejado de ser un sector que requería una muy baja
inversión para la implantación de las empresas, transformándose como
consecuencia de la exigencia del mercado de contar con grandes
instalaciones, por ejemplo, los Tanatorios, en un sector que
proporcionalmente a la facturación requiere fuertes inversiones y
posteriormente fuertes gastos de mantenimiento de esas inversiones.
Esto hace que para estar en situación de competir, se requiera contar con
unos medios económicos que hasta hace muy poco tiempo eran
innecesarios.
En el sector funerario se está produciendo un proceso de integración vertical
hacia delante por parte de las compañías de seguros consistentes en la
adquisición de empresas funerarias. En este proceso las compañías de
seguros cuentan con un poder de negociación muy importante que esta
facilitando dicho proceso: los seguros de decesos.
3. Cuota de mercado
El posicionamiento en vertical de las aseguradoras del ramo deceso junto
con la oferta de nuevos productos (pólizas multirriesgo), constituyen dos
tendencias estratégicas como respuesta a una disminución del número de
pólizas. En contrapartida, las empresas funerarias optan por la excelencia
empresarial, el desarrollo de productos innovadores a través del enfoque a
cliente, y la búsqueda de la masa crítica para anticiparse en inversiones en
equipamiento avanzado adecuado a las nuevas prestaciones.
4. Relación Aseguradoras - Empresas Funerarias
Las compañías de deceso aseguran la prestación de una serie de servicios:
fúnebre, cementerio, religioso y tramitación en general, siendo las empresas
funerarias con las que tienen acuerdos o conciertos, las que realizan de
hecho la prestación del servicio.
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Las empresas funerarias se configuran en un eslabón clave e imprescindible
para las compañías aseguradoras, siendo el mejor complemento para que
éstas traduzcan la oferta de la póliza en servicios de calidad. Las compañías
aseguradoras a cambio del desembolso de una prima periódica, aseguran la
prestación del servicio al ocurrir el fallecimiento. No obstante es la empresa
funeraria quien realiza de hecho el servicio.
La empresa funeraria actúa como puerta de entrada al proceso de
prestación del servicio funerario, solicitando a la persona que contrata el
servicio la documentación que la aseguradora le requiere para aceptar el
servicio a su cargo. Generalmente, esto consiste en la presentación de la
póliza y/o el último recibo que justifica estar al corriente de pago y en el caso
de algunas compañías un volante sellado que autoriza la contratación.
El resto de los trámites no difieren entre una persona asegurada de otra que
no lo sea, ya que las empresas funerarias prestan un servicio integral que
cubre todos los trámites en ambos casos, ofreciendo un amplio abanico de
posibilidades.
Por otro lado, el desarrollo de las empresas funerarias ha ampliado el marco
de coberturas de las empresas aseguradoras. Un ejemplo de ello es la
inclusión de las salas de velatorio (con sus servicios complementarios como
el catering) y de nuevos servicios como la incineración o latanatopraxia
(estética y conservación de cadáveres).
5. Alternativas al Seguro de Deceso
El producto “contrato de prenecesidad”, implantado en el país, permite al
contratante definir en vida el servicio funerario mediante el pago de una o
varias primas, constituyendo un capital para financiar de forma completa, o
en parte, los gastos asociados al servicio funerario escogido.
El contrato de prenecesidad permite organizar y financiar en vida el servicio
funerario, caracterizándose por presentar una doble garantía:
Financiera: ya que los fondos pagados están asegurados.
De ejecución: se garantiza que el capital pagado se destine al pago de la
factura de los entierros.
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El suscriptor sabe que se respetará su voluntad y la empresa funeraria tiene
garantizado el recibir la retribución justa de sus servicios sobre la base del
presupuesto que ella misma hizo para su cliente, conociendo de antemano
el sistema de revalorización.
En el contrato de prenecesidad, se elabora un presupuesto con la tipología
del servicio funerario elegido que se revaloriza cada año.
Por el contrario, en los seguros de vida, no se puede sino garantizar el pago
de una capital en caso de muerte en base a un presupuesto orientativo, y en
este caso, nadie garantiza contractualmente que se realizarán las
prestaciones elegidas en el momento oportuno. En consecuencia, todo
contrato de prenecesidad es un contrato de seguro de muerte, lo que implica
una garantía para el tomador.
6. Principales características del contrato de prenecesidad
Garantiza que el capital pagado por el asegurador en el momento de la
muerte se destinará a la financiación del entierro del titular del contrato.
Existe un presupuesto detallado que prevé las prestaciones elegidas por
el contratante.
El capital pagado no podrá utilizarse hasta el pago de los entierros.
El contrato de prenecesidad y las disposiciones del mismo tienen valor
de testamento.
Así, se obtiene una garantía financiera y de respeto de la voluntad del
suscriptor en la elección de las prestaciones elegidas.
Se suele pagar con una única prima o en mensualidades de 1 a 2 años.
El presupuesto se revaloriza cada año, conociendo de antemano el
método de revalorización, sin que el suscriptor pague cantidad alguna
por ese concepto.
Si el capital pagado por el asegurador es superior al coste del entierro se
pagará el saldo a los herederos legales o los beneficiarios designados
por el asegurado.
Se pueden modificar las prestaciones previstas en el presupuesto.
Puede acompañarse de una garantía de asistencia de repatriación válida
en todos los desplazamientos y combinadas con prestaciones a
domicilio. muy completas: disposición de un taxi para el cónyuge,
-37 -
servicio de información en diferentes ámbitos: fiscal, estado civil,
bancos, seguros...).
7. Tendencias en el mercado de seguros de decesos
Como tendencias de futuro en este sector se identifican como más
relevantes las siguientes:
Se prevé la aparición de nuevos competidores, consecuencia de la
incorporación de la mayoría de entidades de seguros generales en la
comercialización de estos productos.
Nuevas ofertas de productos, que incluyen más coberturas, prestaciones
de servicios y asesoramientos adicionales: coberturas de tanatorio,
asistencia integral a la familia y la orientación legal y familiar.
Comercialización como seguro multirriesgo, y creación de nuevas
pólizas con garantías complementarias en el que no sólo se ofrecen
coberturas de decesos, sino también de accidentes y de asistencia
nacional e internacional, así como orientación y servicio en materia
jurídica.
Búsqueda de nuevos nichos de mercado y la inclusión de nuevas
coberturas, que hagan más atractivo este producto, en respuesta a las
exigencias de la sociedad actual.
Perspectiva de estancamiento en el número de asegurados. En estos
momentos un número apreciable de la población tiene contratado un
seguro de decesos. Esto quiere decir que se trata de un seguro muy
maduro y que cada vez resulta más complicado incorporar nuevos
asegurados.
Nuevas estrategias de comercialización, llegar a asegurados más
jóvenes y a los poderes adquisitivos más altos, adaptándonos a las
necesidades de estos segmentos de población.
-38 -
VI. ETAPAS
La elaboración de la presente propuesta se estructura sobre la base de una
investigación de campo relacionada con la situación actual de las prestaciones
vigentes para los servicios exequiales por parte del ISSPOL, la misma que se
convierte en el punto referencial para la elaboración de una propuesta tendiente
a superar las deficiencias que existen en este ámbito. Se apoyó en el fichaje
electrónico y encuestas.
A. FASES Y ACTIVIDADES
La presente propuesta para ser considerada y aplicada por parte del
Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional requiere de la ejecución
de las siguientes fases y actividades:
FASES ACTIVIDADES
I
Elaboración del proyecto.
· Diseño de la propuesta.
· Elaboración presupuesto.
· Establecimiento de sistema de evaluación.
II Aprobación del Mando.
III Estudio de la factibilidad y pertinencia de las propuestas.
IV Selección de la opción que convenga al ISSPOL.
V Envío del estudio al Mando para su aprobación.
VI Socialización entre los afiliados-
VII Ejecución del proyecto.
VIII Evaluación de Impacto.
IX Consolidación de la propuesta.
Autores: Grupo de Proyectistas del XXXII Curso de E.M.
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VII. PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES
En la siguiente matriz se exponen las actividades que se realizarán hasta el
año 2008:
AÑOS 2007 2008
TRIMESTRES I II III IV I II III IV
Elaboración del Proyecto.
Aprobación del Mando
Estudio de las propuestas.
Selección de la opción que convenga al ISSPOL
Envío del estudio al Mando para su aprobación
Socialización entre los afiliados
Ejecución del proyecto
Evaluación
Consolidación propuesta
Autores: Grupo de Proyectistas del XXXII Curso de E.M.
VIII. RECURSOS
La elaboración del presente proyecto requiere la utilización tanto de recursos
humanos, materiales y económicos. Los mismos que se detallan a
continuación:
A. HUMANOS
Mando Institucional.
Director del ISSPOL.
Consejo Administrativo del ISSPOL.
Afiliados al ISSPOL.
Personal administrativo en caso de implementarse las capillas
ardientes.
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Personal para la administración de los compromisos adquiridos con
algún seguro funerario.
B. MATERIALES
Bienes muebles, inmuebles, equipos, etc., que demandará la
implementación de la capillas ardientes.
Propuestas de empresas funerarias si se eligió el seguro mortuorio.
IX. PRESUPUESTO
A. CAPILLA ARDIENTE
Activos
Equipos Valor
Una cafetera para 100 tazas 295 Un juego de 2 teléfonos 110
Total 405
Menaje Valor
Una cocina 420 Cinco juegos de vajilla platos y tazas 75 Un juego de 6 ollas grandes 180 Juego de 100 vasos 78
Total 753
Muebles Valor
Dos capillas ardientes 5000 Cien sillas 1.450,00 Una mesa de mensajes 250 Dos estaciones de trabajo incluido sillones y papelera 1.300,00
Total 8.000,00
Equipos de computación Valor
Un computador 1.035,00 Total 1.035,00
Vehículos Valor
Una carroza 19.000,00 Total 19.000,00
Gastos administrativos
Material de oficina Valor
Perforadora, grapadora, papel bond, esferos, scoth, etc. 150 Total 150
Mantenimiento Valor
Detergente, escobas, trapeadores, jabón, desinfectantes, etc. 100
Total 100
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Sueldos, servicios básicos y arriendo anual.
Arriendo Valor
Arriendo de local mensual 350 Total anual 4.200
Sueldos Valor
Un administrador mensual 500 Una secretaria mensual 300 Un chofer mensual 300 Un auxiliar de servicios mensual 250
Total anual 16.200
Gastos básicos Valor
Agua, luz, teléfono mensual 100 Total anual 1200
B. FINANCIAMIENTO DE UN SEGURO MORTUORIO
De otro lado, los precios que se manejan en el mercado por los seguros
exequiales prepagados promedian un $ 1,00 dólar mensual que podrían
ser financiados con el fondo mortuorio que para los policías que menos
ganan, aportan con un aproximado de $ 0.90 centavos de dólar y para
quien mas gana, aportan con un aproximado de $ 6,30 centavos de dólar.
Esta propuesta del seguro prepagado de servicios exequiales cubre todas
las contingencias: desde los trámites, traslados, cementerio, inhumación o
cremación. Pudiéndose inclusive ampliar dicha cobertura a los familiares,
ya que las empresas mantienen propuestas corporativas para toda la
familia. El pago del seguro mensual se lo podría financiar del aporte
mensual que otorga cada afiliado para el seguro mortuorio institucional.
Este tipo de seguros es beneficioso económica y socialmente para los
deudos; si se considera que los 851,60 dólares que recibe del ISSPOL,
por el fallecimiento de un miembro policial, un deudo, no alcanzan a cubrir
ni el 30% del costo del servicio en el mercado, a lo que se incluye
gestionar los otros aspectos que implica un fallecimiento.
X. EVALUACIÓN
En consideración que este trabajo es simplemente una propuesta, y que la
aplicación es responsabilidad del Alto Mando Institucional y de las Autoridades
del ISSPOL, se procede a realizar los siguientes resultados del estudio y
recomendaciones:
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A. RESULTADOS DEL ESTUDIO
Invertir en la implementación de un local de velatorio con dos capillas
ardientes bajo el presupuesto desarrollado podría ser beneficioso para
el ISSPOL de instalarse en la ciudad de Quito, ya que ayudaría a sus
afiliados al menos con el servicio de velatorio. Pero si se considera
para todos los Comandos Provinciales, económicamente seria un
gasto ya que las estadísticas sobre decesos policiales tiene un
promedio anual de 200 personas, lo que equivaldría a 10 personas por
capilla ardiente en cada provincia –si se supone que ese número se
velara por norma- lo cual es una suposición.
El gasto administrativo de las 22 provincias será totalmente superior a
los ingresos que se pueda obtener por el servicio de velatorio, sin
considerar precios pero por simple lógica el servicio será una perdida
económica para el ISSPOL.
El servicio de salas de velación solo cumplirá esa función, lo que
implica que los deudos tengan que contratar ataúd, exhumación o
cremación, calidad del servicio, etc.
El proyecto no solo debe buscar cubrir este servicio, sino evitar los
problemas de urgencia económica, trámites, movilización a las
provincias de origen del fallecido.
Un estudio de mercado sobre los servicios funerarios que actualmente
existen en la ciudad de Quito se pudo determinar que hay una gama
de ofertas de prestación funeraria para todos los gustos e intereses
económicos de la población.
Se puede contratar el pago diferido de los servicios exequiales, o se
puede contratar el servicio mediante la modalidad prepago o
simplemente contratar un seguro que cubra todas las prestaciones.
La actual estructura administrativa del ISSPOL no permite atender
satisfactoriamente las diferentes prestaciones que tiene, ello
solamente referente a Pichincha y Guayas, el problema se maximiza
en relación a los otros Comandos Provinciales; sumar un servicio
como el funerario complicaría aun mas su función.
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B. RECOMENDACIONES DEL ESTUDIO
El ISSPOL debe descartar la implementación de la creación de
servicios exequiales para sus afiliados por la diferencia económica
entre los costos a invertir y los ingresos a obtener de dicho servicio.
Socialmente la ayuda de salas de velatorio no ayuda totalmente al
problema real de los familiares del fallecido, ya que tiene que contratar
los otros servicios y con los montos de ayuda mortuoria que recibe no
le alcanza para sufragar los mismos. Por lo tanto, el ISSPOL debería
realizar un estudio para incrementar dicho fondo.
Con el fin de dar un verdadero servicio ante la problemática de
fallecimiento de sus afiliados el ISSPOL debe proceder a intermediar la
contratación de seguros funerarios para sus afiliados, los mismos que
cubren todas las prestaciones exequiales.
Como simple aporte de este estudio se pone en consideración
empresas funerarias como: Los Lirios, Funeraria Nacional, Prever,
entre otras que ofrecen los servicios prepago de seguros funerarios
individuales y corporativos familiares con todos los servicios
necesarios que el fallecimiento de un miembro policial conlleva.
Se puede negociar costos desde unos 0,90 centavos de dólar, como
cobertura del servicio, desde luego aquello está en función del gran
número de miembros policiales que se afiliarían a este seguro.
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ESCUELA DE ESTADO MAYOR XXXII Curso de Estado Mayor
Informe de la Propuesta
Creación de un Plan de Servicios Exequiales para el Personal Policial
Quito - 2007
-45 -
INFORME DE LA PROPUESTA
1. IDENTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA
A. TÍTULO.-
PROPUESTA DE CONTRATACIÓN DE UN SEGURO MORTUORIO PARA
SERVICIOS EXEQUIALES POR PARTE DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD
SOCIAL DE LA POLICIA NACIONAL (ISSPOL) PARA EL PERSONAL
POLICIAL
B. DURACIÓN.-
A partir de junio del 2.007 en adelante.
C. DATOS INFORMATIVOS.-
1. Institución responsable: ISSPOL
2. Director: Dr. Víctor Hugo Jiménez Calvopiña
Coronel de Policía de E.M.
2. OBJETIVO DE LA PROPUESTA
PROPONER LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO MORTUORO PARA
SERVICIOS EXEQUIALES POR PARTE DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD
SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL (ISSPOL) PARA EL PERSONAL
POLICIAL
3. ESTRUCTURA DE LA PROPUESTA
A. SERVICIOS EXEQUIALES REQUERIDOS
La Policía Nacional por las características propias de su responsabilidad
constitucional de proteger la seguridad pública, está sujeta
permanentemente a ver caer abatidos a sus miembros: heridos o en el peor
-46 -
de los casos muertos; situación última, que a más del dolor familiar, genera
ingentes gastos económicos que pone en aprietos a los deudos. El ISSPOL
tiene un fondo de ayuda para estos casos, pero como se manifestó en el
diagnóstico dicha prestación no cubre los montos que este suceso genera.
Frente a esta realidad, surge esta propuesta con el propósito de asegurar a
los afiliados del ISSPOL, con un seguro mortuorio, el mismo que podría ser
contratado en el mercado de entre las muchas empresas dedicadas a este
servicio. Con el fin de exponer los beneficios del mismo, ponemos en
consideración las características del servicio, el mismo que converge con
casi todas las empresas de asistencia exequial prepagada.1
a) La contratación de estos servicios bajo la modalidad de servicio
exequial prepagado es libre y voluntaria.
b) El seguro puede ser contratado individualmente o bajo la modalidad
de seguro corporativo.
c) En el caso de la Policía Nacional es recomendable que se elija el
seguro corporativo, ya que por cobertura numérica y geográfica le
beneficia económicamente a los afiliados.
Cobertura de los seguros exequiales
El seguro mortuorio debe cubrir entre otros aspectos:
Traslado del cadáver al lugar de residencia familiar.
Capilla ardiente para la velación.
Provisión de ataúd.
Traslado al campo santo.
Espacio en cementerio o cremación.
Servicio religioso
De acuerdo a los intereses del ISSPOL la negociación podría reducir o
aumentar las asistencias, pero en general esta es la oferta que se ofrece en
el mercado por parte de las empresas de seguros exequiales.
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1. Análisis de las diferentes empresas que ofrecen seguros exequiales prepagados en la ciudad de
Quito. Marzo/2007
-47 -
B. BASE LEGAL
La contratación de seguros de asistencia exequial prepagada esta
garantizada por la Constitución Política de la República del Ecuador,
respecto a las prestaciones que debe brindar la seguridad social, en la que
manifiesta que se prestará con la participación de los sectores público y
privado, de conformidad con la ley. Este derecho para el ISSPOL y sus
afiliados se concreta en el Art. 61 que expresa la facultad de acceder a
otros seguros con el fin de cubrir servicios que no son cubiertos por el
seguro obligatorio, así señala: “Los seguros complementarios estarán
orientados a proteger contingencias de seguridad social no cubiertas por el
seguro social obligatorio o mejorar sus prestaciones y serán de carácter
opcional. Se financiarán con el aporte de los asegurados, y los empleadores
podrán efectuar aportes voluntarios. Serán administrados por entidades
públicas, privadas o mixtas, reguladas por la ley.
Bajo este sustento legal el ISSPOL puede proceder a realizar contratos
para cubrir esta contingencia, previa reforma al reglamento del Seguro
Mortuorio y al estudio financiero y legal que demande cubrir esta prestación.
Considerando que el ISSPOL de acuerdo a la ley tiene autonomía, puede
libre y voluntariamente puede celebrar contratos en beneficio de sus
afiliados, con la consideración, que como es un organismo de la Policía
Nacional debe poner en consideración del alto Mando Policial el proyecto
para su estudio y autorización.
C. PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA LA SELECCIÓN
Previo estudio legal, financiero y social el ISSPOL determinará la pertinencia
del proyecto y, luego de contar con la autorización del Alto Mando policial
podrá llamar a empresas nacionales e internacionales para que presente
ofertas para cubrir este servicio. Para el efecto deberá seguir las normas
dictaminadas por la Ley de Contratación Pública.
D. ALTERNATIVAS
El mercado de servicios exequiales en la ciudad de Quito es amplio,
consecuentemente las alternativas están en función de los intereses de la
Institución. Como ilustración se presenta la propuesta de la Compañía
-48 -
Memorial Funer Asesora de Servicios Funerarios S.A. para contratos
corporativos:
Este ejemplo se refiere a un contrato realizado con una institución educativa,
la modalidad es corporativa en la cual el interesado firma el contrato del
servicio exequial prepagado para él y seis dependientes familiares más a
elección del interesado por un valor de 7,99 dólares mensuales total.
Servicios que cubre el seguro para el cliente y todos los dependientes:
Trámites legales para la inhumación o cremación ante las
autoridades competentes.
Traslado a las salas de velación y al camposanto.
Servicio de tanatopraxia.
Proveer al cliente o beneficiario de un cofre de acuerdo a las
características convenidas.
Utilización de las salas de velaciones o servicio a domicilio.
Decoración de las salas de velación con arreglos florales.
Celebración del servicio religioso a cargo de un ministro del culto
indicado por el cliente.
Entrega de un libro recordatorio, con aspectos relacionados con la
asistencia a las honras.
Espacio en camposanto por cuatro años o servicio de cremación
Los traslados a nivel nacional se realizan por vía aérea o por vía
terrestre de acuerdo a las condiciones logísticas.
Condiciones para la asistencia
Edad para el ingreso del titular, desde los 18 años hasta el día que
cumpla 64 años 11 meses y 29 días, sin límite para su permanencia.
Edad para el ingreso de los dependientes desde 1 año hasta el día
que cumpla 64 años 11 meses y 29 días sin límite de edad para su
permanencia.
El contrato cubre al titular y seis dependientes en forma inmediata y
a nivel nacional.
Ventajas
Este seguro cubre a siete personas por un valor de 7,99 dólares
mensuales.
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En caso de fallecimiento del titular o algún dependiente, podrá ser
restituido por otra persona al momento de renovación del contrato.
Desventajas
En caso de atraso al pago mensual superior a 30 días la empresa no
está obligada a prestar el servicio.
Los padres solo pueden incluirse hasta el día que cumplan 69 años
11 meses y 29 días.
Empresas como Funeraria Nacional, Los Lirios y otras tiene ofertas similares
en servicios y precios. Las negociaciones por servicios y costos pueden
negociarse en función del número de afiliados y cobertura de asistencia. Por
referencia de análisis se puede señalar que el seguro con esa cobertura de
servicios podría costar a cada afiliado (individualmente) un dólar o menos si
se considera una población policial beneficiaria de esta prestación superior a
50.000 personas.
E. EJECUCIÓN DE LOS TRÁMITES A OBSERVARSE
Como se manifestó cada persona puede individualmente demandar estos
seguros libre y voluntariamente con la formalización de un contrato escrito
entre las partes. Comprometiéndose al pago de estipulado personalmente.
En el caso de contratarse un seguro corporativo el contrato sigue dos
procesos: contrato con la institución para la retención de los aportes de pago
y contrato con el interesado si es que este desea incluir familiares en la
prestación.
F. PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN
La implementación del servicio es de forma inmediata y a nivel nacional en
cualquiera de las empresas que ofrecen estos seguros una vez suscrito el
contrato.
El pago del seguro mensual se lo podría financiar del aporte mensual que
otorga cada afiliado para el seguro mortuorio institucional. Tomando como
base el ejemplo expuesto cada afiliado destinaría alrededor de 1,00 dólar
mensual, quedando incluso un remanente para que el ISSPOL pueda
-50 -
destinar esos fondos a otras prestaciones para el afiliado. Este tipo de
seguros es beneficioso económica y socialmente para los deudos, si se
considera que los 851,60 dólares que recibe no alcanzan a cubrir ni el 30%
del costo del servicio en el mercado, a lo que se incluye gestionar los otros
aspectos que implica un fallecimiento.
G. ANÁLISIS COMPARATIVO ENTRE LA PROPUESTA DE TENER UNA
CAPILLA ARDIENTE Y ADQUIRIR UN SEGURO DE SERVICIOS
EXEQUIALES
CAPILLA ARDIENTE POLICIAL SEGURO EXEQUIAL PREPAGADO
Ventajas Ventajas
Servicio de velación propio de la institución.
Trámites legales para la inhumación o cremación.
El costo del servicio se puede ofertar a un precio más bajo del mercado.
Traslado a las salas de velación y al camposanto.
El valor del servicio se puede descontar del fondo mortuorio del afiliado.
Traslado del cadáver al lugar de origen vía aérea.
El servicio se puede extender a familiares del afiliado.
Proveer de un cofre de acuerdo a las características convenidas
Desventajas Utilización de las salas de velaciones o servicio a domicilio.
Solo cubre el servicio de velación. Decoración de las salas de velación con arreglos florales.
Instalar el servicio en los Comandos Provinciales, demoraría mucho tiempo.
Servicio religioso a cargo de un ministro del culto indicado por el cliente.
Los ingresos realmente no cubrirían los egresos que demanda su mantenimiento.
Espacio en camposanto por cuatro años o servicio de cremación.
No se cuenta con infraestructura física para la instalación del servicio.
Edad de ingreso desde los 18 años hasta los 64 años
Demandaría personal policial para su administración, lo que implicaría restar operatividad a la Policía.
El seguro se puede extender a los familiares.
El resto de necesidades exequiales se tendría que contratar en el mercado.
El valor del seguro tiene un costo promedio entre 1,00 y 1,50 dólares.
El fondo mortuorio no alcanza a cubrir ni el 30% de los costos que demanda todo el servicio exequial.
Se puede pagar del valor que asigna cada afiliado para el seguro mortuorio.
Desventajas
En caso de atraso al pago mensual superior a 30 días la empresa no está obligada a prestar el servicio.
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Anexo No. 1
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POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR
ESCUELA DE ESTADO MAYOR
(Encuesta de opinión)
PRESENTACIÓN: Señor Policía: La presente encuesta busca recoger su opinión sobre la pertinencia de implementar los servicios exequiales para el personal de la Policía Nacional. La encuesta es “ANÓNIMA”. La información será tratada confidencialmente y únicamente es válida para este proyecto. INSTRUCCIONES: 1. Favor responda las preguntas con objetividad. 2. Marque con una X en el paréntesis de la respuesta que sea su criterio. PREGUNTAS: 1. Grado que ostenta: …………………………………… 2. Tiempo de permanencia en la Policía: Años ( ) 3. Considera que el rubro para gastos funerales que recibe del ISSPOL, cubre los
costos de este servicio:
SI ( ) NO ( ) 4. Cual de las dos siguientes propuestas estaría usted de acuerdo que el ISSPOL
implemente: b. Capillas ardientes para el velatorio del personal policial en cada uno de los Distritos.
Servicio que abarataría los costos por esta prestación en relación al precio que cobran las funerarias particulares por el mismo. ( )
c. Contratar un seguro mortuorio que cubra todas las contingencias funerales de velatorio,
traslado, exhumación o crematorio para el personal policial e incluso ampliar el servicio para los familiares. Este seguro obligaría a que usted tenga que pagar una pequeña suma de dinero mensual, deducible de su salario. ( )
5. Exponga sus razones por cualquiera de los casos que usted ha elegido:
……………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………
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BIBLIOGRAFÍA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR (2004).
Publicaciones Jurídicas, Quito.
DIARIO EL UNIVERSO (2001). Guayaquil, Editoriales.
DIARIO ÚLTIMAS NOTICIAS (2006). Quito Estudio del Mercado.
EDERMAN, Lois. (2000) La Biblia Católica Génesis. México: IEC.
FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE CREMACIÓN (2002) Código de Ética
para la Cremación de Cadáveres. España.
ISSPOL (2007) Información sobre beneficiarios del seguro social policial
CHAVEZ, Oswaldo (2004) Leyes y Reglamentos Policiales. Quito, Génesis
Ediciones.
ISSPOL (2006) REGLAMENTO DE SEGURO MORTUORIO, Quito.
MANUAL DE INFORMACIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR (1996)
Quito, Científica Editores.
PREVER (2004) Estudios de Mercado. Quito, Memorial.