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INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA E NAVEGACIÓN DE FERROL EJERCICIOS 2010-2011

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INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA E NAVEGACIÓN DE FERROL

EJERCICIOS 2010-2011

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Informe de fiscalización de la COCIN de Ferrol

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ÍNDICE

0. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................... 11

0.1 CONTEXTO DE ELABORACIÓN DEL INFORME ................................................................................. 11

0.2 OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN ............................................................................... 14

0.3 ESTRUCTURA DEL INFORME ........................................................................................................... 14

0.4 LIMITACIONES ................................................................................................................................ 15

I. CARACTERÍSTICAS DEL ENTE FISCALIZADO ................................................................. 16

I.1 NATURALEZA JURÍDICA Y FUNCIONES ............................................................................................ 16

I.2 MARCO JURÍDICO ........................................................................................................................... 17

I.3 LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE FERROL ........................................................ 18 I.3.1 Presentación ............................................................................................................................................. 18 I.3.2 Organización de la Cámara ........................................................................................................................ 19

I.4 PRESUPUESTO, LIQUIDACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS ............................................................... 21

I.5 FINANCIACIÓN................................................................................................................................ 26

II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN ........................................................................... 28

II.1 CONTABILIDAD Y CONTROL INTERNO ............................................................................................ 28

II.2 PERSONAL ...................................................................................................................................... 29

II.3 CONTRATACIÓN............................................................................................................................. 35

II.4 AYUDAS CONCEDIDAS ................................................................................................................... 39

II.5 ACTIVIDADES Y FUNCIONES ........................................................................................................... 39

III. ÁREA ECONÓMICO-FINANCIERA ................................................................................ 44

III.1 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS ............................................................................ 44

III.2 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS ............................................................................... 47

III.3 CONSIDERACIONES DERIVADAS DE LA ELIMINACIÓN DEL RECURSO CAMERAL PERMANENTE ...... 49

III.4 ANÁLISIS DE LOS INDICADORES ECONÓMICO-FINANCIEROS ......................................................... 54

IV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ..................................................................... 57

IV.1 CONCLUSIONES ............................................................................................................................ 57

IV.2 RECOMENDACIONES .................................................................................................................... 61

ANEXOS ........................................................................................................................... 63

V. TRÁMITE DE ALEGACIONES......................................................................................... 76

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ÍNDICE DE CADROS

Cuadro 1. Estados de gastos e ingresos de los presupuestos ordinarios de 2010 y 2011 .............................................. 21

Cuadro 2. Ejecución de los presupuestos extraordinarios en curso. 2010 ...................................................................... 23

Cuadro 3. Ejecución de los presupuestos extraordinarios en curso. 2011 ...................................................................... 23

Cuadro 4. Estructura de ingresos de la COCIN de Ferrol ............................................................................................... 26

Cuadro 5. Grado de ejecución y variación interanual del gasto de personal .................................................................. 30

Cuadro 6. Personal al servicio de la Cámara 2010 y 2011 distribuido por áreas y categorías profesionales ................... 32

Cuadro 7. Personal al servicio de la Cámara ................................................................................................................ 33

Cuadro 8. Esquemas de los procedimientos de contratación ........................................................................................ 35

Cuadro 9. Resumen de la ejecución del presupuesto de ingresos ................................................................................. 44

Cuadro 10. Variación interanual de los ingresos realizados en los ejercicios 2010 y 2011 ............................................. 45

Cuadro 11. Ejecución del Capítulo 701. Recursos permanentes 2010-2011 ................................................................. 45

Cuadro 12. Ejecución del Capítulo 702. Recursos no permanentes 2010-2011 ............................................................ 46

Cuadro 13. Ejecución del presupuesto de gastos. Resumen por capítulos 2010-2011 ................................................... 47

Cuadro 14. Representatividad de los capítulos de gastos según las ejecuciones de las liquidaciones aprobadas ............ 48

Cuadro 15. Importancia del Recurso Cameral Permanente sobre los ingresos totales de la Cámara .............................. 50

Cuadro 16. Resultado presupuestario de los ejercicios 2008-2012 ............................................................................... 51

Cuadro 17. Resumen por epígrafes del capítulo 702 Recursos no permanentes. Ejercicios 2009-2012 .......................... 52

Cuadro 18. Evolución del fondo de maniobra 2009-2012 ............................................................................................ 55

Cuadro 19. Evolución del ratio de endeudamiento total 2009-2012 ............................................................................. 56

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ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1. Estructura del presupuesto de ingresos ejercicios 2010 y 2011. ................................................................... 22

Gráfico 2. Estructura del presupuesto de gastos ejercicios 2010 y 2011. ...................................................................... 22

Gráfico 3. Estructura de ingresos ................................................................................................................................. 27

Gráfico 4. Ejecución por capítulos ............................................................................................................................... 49

Gráfico 5. Importancia del Recurso Cameral Permanente sobre los ingresos totales ...................................................... 50

Gráfico 6. Evolución del resultado presupuestario 2008-2012 ...................................................................................... 51

Gráfico 7. Evolución del Capítulo 702 – Recursos no permanentes ............................................................................... 52

Gráfico 8. Evolución del fondo de maniobra 2009-2012 .............................................................................................. 55

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ÍNDICE DE ANEXOS

Anexo I. Demarcación territorial de las cámaras gallegas ............................................................................................. 65

Anexo II. Liquidación presupuestaria, balance y cuenta de PyG de 2010 y 2011 ........................................................... 66

Anexo III. Funciones de carácter público-administrativas de las cámaras agrupadas por áreas ...................................... 74

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ABREVIATURAS

CGC Consello Galego de Cámaras

COCINs Cámaras de Comercio, Industria e Navegación

CSC Consello Superior de Cámaras

DXC Dirección Xeral de Comercio

FEDER Fondo Europeo de Desarrollo Regional

ICEX Instituto Español de Comercio Exterior

LBC Ley 3/1993, del 22 de marzo, de Cámaras oficiales de Comercio, Industria y Navegación

LCSP Ley 30/2007, del 30 de octubre, de Contratos del Sector Público

LGC Ley 5/2004, del 8 de julio, de COCINs de Galicia

PyG Pérdidas y ganancias

Pemes Pequeñas y Medianas Empresas

PIPE Plan de Iniciación a la Promoción Exterior

RCP Recurso Cameral Permanente

RD Real Decreto

TRLCSP Real Decreto Legislativo 3/2011, del 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la LCSP

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0. INTRODUCCIÓN

El Pleno del Consello de Contas, en la sesión celebrada el 23 de diciembre de 2011, incluyó en el

Plan anual de Trabajo para el 2012 la realización de un informe de fiscalización específico sobre las

Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Galicia.

Las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación (en adelante COCINs), están incluidas en el

ámbito de actuación del Consello de Contas de Galicia, según la Ley 6/1985, del 24 de junio

(artículo 2d).

La iniciativa de la fiscalización responde a la recomendación formulada por la Comisión Permanente

no legislativa para las Relaciones con el Consello de Contas del Parlamento de Galicia, en la sesión

del 19 de octubre de 2011, a cuyo tenor el Parlamento de Galicia insta al Consello de Contas para

que realice un informe de fiscalización específico sobre las cámaras de comercio gallegas y su

viabilidad después de la supresión de la cuota cameral obligatoria.

0.1 CONTEXTO DE ELABORACIÓN DEL INFORME

La propuesta de la fiscalización está motivada por los cambios introducidos en el modelo cameral

con la promulgación del Real Decreto Ley 13/2010, del 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito

fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo (BOE núm. 293

del 3.12.2010).

Esta reforma normativa introdujo modificaciones que afectaron al funcionamiento y al régimen

económico de las cámaras de comercio. Destacan fundamentalmente las siguientes:

1. El cambio en el modelo de adscripción de las empresas a las cámaras de comercio

Se abandona el modelo continental de adscripción forzosa a las cámaras y se establece la adhesión

voluntaria de las empresas que manifiesten la intención de ser miembros de la cámara.

Así, la reforma asume el modelo anglosajón, en los términos establecidos en la nueva redacción del

artículo 6 de la Ley 3/1993, del 22 de marzo 1 (modificado por la Ley 2/2011, del 4 de marzo, de

1

1. Podrán ser miembros de las COCINs las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales o navieras en el

territorio nacional. Los miembros tendrán la condición de electores de las COCINs, dentro de cuya circunscripción cuenten con establecimientos, delegaciones o agencias. Sin perjuicio de lo anterior, formarán parte del censo público de empresas que elaboren las COCINs de acuerdo con el artículo 2.1 h), las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales o navieras en el territorio nacional, sin que de eso deriven obligaciones o derechos. 2. En especial, se considerarán actividades incluidas en el apartado anterior, las ejercidas por cuenta propia, en comisión o agencia, en el sector extractivo, industrial, de la construcción, comercial, de los servicios, singularmente de hostelería, transporte, comunicaciones, ahorro, financieros, seguros, alquileres, espectáculos, juegos, actividades artísticas, así como los relativos a gestoría, intermediación, representación o consignación en el comercio, tasaciones y liquidaciones de todas clases, y los correspondientes a agencias inmobiliarias, de la propiedad industrial, de valores negociables, de seguros y de créditos. En todo caso, estarán excluidas las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras de carácter primario y los servicios de Agentes y Corredores de Seguros que sean personas físicas así como los correspondientes a profesiones liberales no incluidas expresamente en el párrafo anterior. 3. Se entenderá que una persona natural o jurídica ejerce una actividad comercial, industrial o naviera cuando por esta razón quede sujeta al Impuesto de Actividades Económicas o tributo que lo sustituya.

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Economía Sostenible (disposición final 47.2) que varía su rúbrica introduciendo la distinción entre la

pertenencia a las cámaras y al censo público de empresas).

2. La eliminación de la principal fuente de financiación de estas entidades, el Recurso

Cameral Permanente (RCP)

El Real Decreto-Ley 13/2010 eliminó el RCP 2, según motiva la exposición de motivos, debido a que

en el contexto de dificultades financieras del sector productivo y de incertidumbre sobre la fortaleza

y ritmo de recuperación, se hace necesario eliminar aquellas cargas económicas que recaen sobre las

empresas de forma directa.

Como alternativa de financiación introduce la cuota cameral en los términos establecidos en el

artículo 13 de la Ley a cuyo tenor:

1. Están obligados al pago de la cuota cameral quien ejerza las actividades del comercio, la industria

o la navegación a que se refiere el artículo 6 y decidan libremente pertenecer a una COCIN.

2. El importe y devengo de la cuota cameral se determinará por el Consello Superior de Cámaras

(CSC).

La promulgación del Real Decreto estableció el año 2010 como el último año de devengo de esta

exacción en los siguientes términos previstos en la disposición transitoria primera:

Las exacciones que constituyen el Recurso Cameral Permanente que aún no habían sido exigibles a

la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto-Ley cuyo devengo se hubiera producido o

vaya producirse durante 2010 no serán ya exigibles. Sin embargo, cuando se trate de entidades

sujetas al Impuesto sobre Sociedades cuyo importe neto de cifra de negocios había sido igual o

superior a diez millones de euros, en el ejercicio inmediatamente anterior, las exacciones que aún no

habían sido exigibles a la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto-Ley el atardecer de

acuerdo con la normativa hasta ahora en vigor siempre que su devengo se haya producido o vaya

producirse en 2010. En ningún caso originarán derecho a la devolución las exacciones devengadas,

exigibles e ingresadas en el 2010.

De acuerdo con el régimen transitorio establecido en dicha disposición, los ingresos procedentes del

RCP no desaparecen de los presupuestos de las Cámaras hasta el año 2013. Por lo tanto, las

cuentas de los ejercicios fiscalizados (2010 y 2011) aún no reflejan el impacto derivado de la

2 El RCP se configuró por la Ley 3/1993, del 22 de marzo como una exacción parafiscal. Era un ingreso de derecho público, constituido por las

exacciones correspondientes a un porcentaje de la cuota tributaria sobre los siguientes impuestos: - 2% que se gira sobre cada una de las cuotas municipales, provinciales o nacionales del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) - 0,15% de los rendimientos de determinadas actividades empresariales y profesionales (las indicadas en el artículo 6 de la Ley 3/1993) sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. - Una exacción variable entre el 0,01 y el 0,75% sobre la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades en función del importe de ésta.

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eliminación de estos ingresos. Esto es debido a que las tareas de gestión para la liquidación y

recaudación del RCP se realizan con posterioridad a la fecha de devengo, ya que la emisión y

generación de los recibos para la puesta al cobro del RCP se basa en la información facilitada por la

Agencia Estatal de Administración Tributaria que no la proporciona antes del ejercicio siguiente al

cobro o declaración del impuesto sobre el que recae la exacción3.

Los trabajos de fiscalización se iniciaron en un contexto de incertidumbre sobre el futuro de las

cámaras. Las medidas de reestructuración y adaptación de las cámaras gallegas al nuevo modelo

cameral dependen, en buena medida, de una serie de actuaciones que a la fecha de redacción de

este informe aún estaban pendientes de resolver.

Entre las medidas que condicionan el futuro de las cámaras y las alternativas de financiación, es

preciso destacar, entre otras, las siguientes:

- La aprobación de la Ley 4/2014, de 1 de abril que influirá en la configuración, atribuciones y

financiación de las Cámaras. La ley recupera el modelo continental de adscripción, establece el

principio general de pertenencia de todas las empresas a las Cámaras sin que de eso se derive

obligación económica, procediéndose a la adscripción de oficio. Suprime la cuota cameral y

establece un sistema de ingresos basado, fundamentalmente, en los servicios que presten las

Cámaras y en las aportaciones voluntarias de empresas o entidades. (*)

- La adaptación del modelo cameral gallego deberá ajustarse al contexto propiciado por la nueva

Ley. En este sentido, es preciso mencionar que el proyecto de ley de medidas fiscales y

administrativas que acompaña el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para

el año 2015 introduce modificaciones en la Ley 5/2004, del 8 de julio de COCINs de Galicia a los

efectos de dar cumplimiento al mandato de adaptar la normativa gallega a la nueva regulación

básica estatal (Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/2014). (*)

Dicho proyecto reproduce la exigencia de la Ley estatal de mantener una Cámara por provincia,

aunque permite que las funciones y servicios de una Cámara puedan ser asumidas por cualquiera de

las restantes de la Comunidad Autónoma de Galicia. (*)

3 En los ejercicios fiscalizados los recibos del RCP puestos al cobro fueron los siguientes:

En el año 2010 corresponden a la emisión de IAE del ejercicio fiscal 2009 y a la emisión del Impuesto sobre Sociedades e IRPF del ejercicio fiscal 2008.

En el año 2011, los recibos emitidos se generaron sobre el censo del IAE del 2010 y de Sociedades e IRPF del ejercicio fiscal 2009.

En el año 2012, se produce la puesta al cobro de la exacción correspondiente al Impuesto sobre Sociedades devengado en el año 2010 respecto a las entidades sujetas a este impuesto cuyo importe neto de cifra de negocios había sido igual o superior a diez millones de euros, en el ejercicio inmediatamente anterior. (*) Párrafo modificado como consecuencia de hechos posteriores.

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0.2 OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN

Las actuaciones fiscalizadoras se orientaron a la consecución de los siguientes objetivos:

Control formal de la rendición de las cuentas anuales, comprobando su adecuada formalización y

presentación.

Comprobar si la información financiera se presenta adecuadamente de conformidad con los

principios contables que le resultan aplicables.

Analizar sobre un muestreo si la actividad económico-financiera y la gestión de los fondos públicos

realizada se ajustaron a la normativa vigente.

Fiscalizar el destino dado a las cantidades procedentes de los rendimientos del Recurso Cameral

Permanente.

Analizar las principales magnitudes económico-financieras y el impacto actual y futuro de las

medidas aprobadas mediante Real Decreto Ley 13/2010, del 3 de diciembre de actuaciones en el

ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y el empleo.

Analizar la viabilidad de la Cámara tras la supresión de los ingresos procedentes del Recurso

Cameral Permanente.

Realizar un análisis del modelo actual de organización y funcionamiento a la luz del nuevo marco

legal, evaluando la eficacia y eficiencia en el desarrollo de sus labores.

Desde el punto de vista temporal, la fiscalización se circunscribe a la actividad económica

desarrollada por la Cámara de Ferrol en los ejercicios 2010 y 2011. Sin embargo se extendió la

actuación a aquellos antecedentes o hechos posteriores que permitan la consecución de los

objetivos previstos, en particular aquellos datos económicos que permitan evaluar el impacto de la

supresión del Recurso Cameral Permanente.

0.3 ESTRUCTURA DEL INFORME

El informe se estructura en 4 partes:

- En la primera parte se presenta la entidad fiscalizada ofreciendo una información general relativa a

la organización, marco jurídico, rendición de las cuentas y financiación de la Cámara.

- En la segunda parte se ofrecen los resultados de la fiscalización derivados de las comprobaciones

de legalidad que se realizaron sobre determinadas áreas de gestión y se efectúa un análisis de las

funciones desarrolladas por las COCINs.

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- En la tercera parte se analiza la información económica obtenida de la liquidación del presupuesto

de gastos e ingresos y se ofrecen una serie de indicadores referidos a la situación financiera de la

entidad con la finalidad de valorar su viabilidad tras la supresión del RCP.

- En la cuarta parte se presentan las conclusiones y las recomendaciones que se formulan.

0.4 LIMITACIONES

Los trabajos se realizaron con la colaboración de los responsables de la Cámara de Ferrol. Ahora

bien, la difícil situación económica e interna por la que atraviesa la Cámara condicionó algunos de

los trabajos de fiscalización. En particular, la Cámara no rindió las cuentas correspondientes al año

2012 y el presupuesto y su liquidación correspondiente a ese ejercicio no fueron aprobados por la

Dirección Xeral de Comercio, lo que afecta a las consideraciones sobre la situación económica de la

Cámara. Los datos utilizados para el cálculo de los mismos y para el análisis de la situación

financiera y patrimonial parten de las cuentas anuales auditadas de los ejercicios 2010 y 2011

respecto de las que se emitieron salvedades en los informes de auditoría por los profesionales

externos contratados por la Cámara.

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I. CARACTERÍSTICAS DEL ENTE FISCALIZADO

I.1 NATURALEZA JURÍDICA Y FUNCIONES

Las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación son corporaciones de derecho público, con

personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines. Se

configuran como órganos consultivos y de colaboración con las administraciones públicas; y tienen

por finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la

industria y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las

indicadas actividades en su demarcación.

Las funciones que la Ley gallega de Cámaras atribuye a estas corporaciones son las siguientes:

a) La prestación de servicios de información, formación, asesoramiento y asistencia técnico a su

electorado.

b) Las funciones de carácter público-administrativo legalmente atribuidas.

c) La gestión de servicios públicos o la realización de funciones que les encomienden o deleguen las

administraciones públicas en la forma prevista en las leyes.

Las funciones de carácter público-administrativas se relacionan en el artículo 2 de la Ley estatal

3/1993, del 22 de marzo (actual artículo 5 de la Ley 4/2014) y en el artículo 4.2 de la Ley gallega

5/2004, del 8 de julio. En el anexo I se enumeran dichas funciones que, en síntesis, se pueden

agrupar en las siguientes:

1. Promoción del comercio exterior.

2. Prestación de servicios y asistencia a las empresas.

3. Formación.

4. Asesoramiento y colaboración con las administraciones públicas.

5. Funciones censales y estadísticas.

Hace falta mencionar las nuevas atribuciones asignadas a las cámaras por las siguientes normas que

modificaron el artículo 2 de la Ley estatal de cámaras:

- La Ley 2/2011, del 4 de marzo, de Economía Sostenible establece que las cámaras podrán recibir

encomiendas para la gestión y prestación de servicios a las empresas.

- La Ley 5/2012, del 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles que incluye entre las

funciones de las cámaras, junto a la de arbitraje, la de impulsar y desarrollar la mediación

permitiendo así su actuación como instituciones de mediación.

En el epígrafe II.5 se realiza un análisis de las funciones desarrolladas por la COCIN de Ferrol a partir

de la información proporcionada por la propia Cámara y de los datos analizados en el curso de la

fiscalización.

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I.2 MARCO JURÍDICO

El marco jurídico aplicable a la COCIN de Ferrol está integrado por tres bloques normativos: la

legislación estatal básica, la normativa autonómica y las disposiciones aprobadas por la propia

Cámara.

A continuación se relacionan las principales normas que constituyen el marco regulador de las

actuaciones que fueron objeto de fiscalización.

Normativa estatal

- Ley 3/1993, del 22 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación (LBC)

(derogada en la actualidad y sustituida por la Ley 4/2014, del 1 de abril, Básica de las Cámaras

Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación).

- Ley 30/2007, del 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP).

- Ley 2/2011, del 4 de marzo, de Economía Sostenible (LEES).

- Ley 19/1988, del 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, modificada por la Ley 12/2010, del 30 de

junio y por el Real Decreto Legislativo 1/2011, del 1 de julio (LAC).

- Real Decreto Legislativo 3/2011, del 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la LCSP

(TRLCSP)

- Real Decreto-ley 13/2010, del 3 de diciembre, de Actuaciones en el Ámbito Fiscal, Laboral y

Liberalizadoras para Fomentar la Inversión y la Creación de Empleo.

- Real Decreto Ley 5/2012, del 5 de marzo, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.

- Real Decreto 1291/1974, del 2 de mayo, que aprueba el Reglamento General de Cámaras Oficiales

de Comercio, Industria y Navegación, modificado por el RD 753/1978, del 27 de marzo y por el RD

816/1990, del 22 de junio.

- Real Decreto 1514/2007, del 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de

Contabilidad.

- Real Decreto 1496/2003, del 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las

obligaciones de facturación y modifica el Reglamento del IVA (modificado por el RD 1619/2012, del

30 de noviembre).

- Real Decreto 1065/2007, del 27 de julio, aprueba el Reglamento General de las Actuaciones y los

Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de Desarrollo de las Normas Comunes de los

Procedimientos de Aplicación de los Tributos.

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- Orden del 30 de enero de1981, del Ministerio de Economía y Comercio sobre régimen de

Contabilidad de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

- Orden del 10 de diciembre de 1998, del Ministerio de Economía y Comercio sobre la Ejecución del

Plan Cameral de Promoción de las Exportaciones.

Normativa autonómica

- Ley 5/2004, del 8 de julio, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Galicia

(LGC)

- Ley 13/2010, del 17 de diciembre, de Comercio Interior de Galicia.

- Ley 9/2007, del 13 de junio, de Subvenciones de Galicia (LSG).

- Decreto 324/2009, del 11 de junio, por lo que se establece la Estructura Orgánica de la Consellería

de Economía e Industria.

- Decreto 431/2009, del 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen

Electoral de las Cámaras Oficiales De Comercio, Industria y Navegación de Galicia.

Normativa propia de la Cámara

Según los datos disponibles, en ejercicio de su potestad de auto-organización, la COCIN de Ferrol

aprobó la siguiente normativa:

- El Reglamento de Régimen Interior, aprobado por los órganos de gobierno de la Corporación en

sesión celebrada el 8 de junio de 2010. No consta la adaptación al nuevo marco jurídico derivado de

la promulgación del Real Decreto-Ley 13/2010, incumpliéndose la exigencia de adecuación en el

plazo de un año, que finalizaba el 3 de diciembre de 2011.

- Las instrucciones de contratación para la adjudicación de contratos publicadas en la web y en el

tablón de anuncios de la Cámara.

I.3 LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE FERROL

I.3.1 PRESENTACIÓN

La Cámara Oficial de Comercio e Industria de Ferrol tiene su sede en la ciudad de Ferrol donde

también se ubica el Vivero de empresas puesto en marcha por la Cámara. Asimismo, cuenta con dos

Antenas Locales ubicadas en los municipios de Ortigueira y As Pontes.

Su ámbito de actuación abarca los siguientes municipios: Ares, Cabanas, A Capela, Cariño, Cedeira,

Cerdido, Fene, Ferrol, Mañón, Miño, Moeche, Monfero, Mugardos, Narón, Neda, Ortigueira,

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Pontedeume, As Pontes, San Sadurniño, Somozas, Valdoviño y Vilarmaior. En el anexo I se incluye

un mapa con la delimitación de las demarcaciones camerales gallegas.

I.3.2 ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA

I.3.2.1 ÓRGANOS DE GOBIERNO

Los órganos de gobierno de la Cámara son el Pleno, el Comité Ejecutivo y la Presidencia.

Pleno. Es el órgano supremo de gobierno y representación de la cámara y estará compuesto por

los miembros que se enumeran a continuación:

- Veinticinco vocales elegidos por sufragio libre, igual, directo y secreto, entre todos los electores de

la Cámara, clasificados en grupos.

- Cuatro vocales elegidos por los miembros del Pleno mencionados en el párrafo anterior entre

personas de reconocido prestigio en la vida económica dentro de la circunscripción de la Cámara,

propuestas por las organizaciones empresariales, a la vez intersectoriales y territoriales, más

representativas. A este fin, las citadas organizaciones deberán proponer una lista de candidatos que

supere en un tercio el número de vocalías a cubrir.

El Comité Ejecutivo. Es el órgano permanente de gestión y administración y propuesta de la

Cámara que será elegido por el Pleno de entre sus vocales con pleno derecho a voto y por un

mandato de duración igual a la de estos. Está compuesto por el Presidente, Vicepresidente1º,

Vicepresidente 2º, Tesorero y cinco vocales así como el Secretario General.

La Presidencia ostentará la representación de la Cámara, la presidencia de todos sus órganos

colegiados y será responsable de la ejecución de sus acuerdos.

Los miembros de los órganos de gobierno fueron elegidos en las últimas elecciones celebradas el 22

de abril de 2010, teniendo vigencia el mandato resultante de las mismas por un período de cuatro

años.

A finales de 2013 los miembros de los órganos de gobierno presentaron su dimisión siendo en la

actualidad una comisión gestora nominada por la Dirección Xeral de Comercio la que asumió la

gestión ordinaria de la Cámara.

I.3.2.2 ÓRGANOS CONSULTIVOS

Junto a los órganos de gobierno la Cámara de Ferrol dispone de los siguientes órganos consultivos:

Vocales cooperadores. Son aquellas personas, elegidas por el Pleno, a propuesta del Comité

Ejecutivo, que por su reconocida competencia en materias relacionadas con el comercio, la industria

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o la navegación puedan colaborar e ilustrar en el estudio y resolución de sus problemas, así como en

el cumplimiento de sus funciones. Actualmente la Cámara de Ferrol cuenta con seis vocales

cooperadores.

Comisiones Consultivas. Tienen por objeto el estudio de problemas sectoriales, su misión es la de

elaborar propuestas que, en ningún caso, serán vinculantes para los órganos de la Cámara. En la

actualidad la Cámara cuenta con diez comisiones consultivas: de autónomos, Pymes y empresa

familiar; de comercio interior; de comercio exterior; de economía; de fomento del espíritu

emprendedor, mujeres empresarias y viveros de empresas; de formación, recursos humanos,

relaciones laborales y responsabilidad social corporativa; de industria agroalimentaria; de industria,

energía y transporte; de turismo y ocio y de urbanismo, infraestructuras y construcción.

Además de los citados órganos, la Cámara cuenta con una Secretaría General. Es un cargo con voz y

sin voto que velará por la legalidad de los acuerdos de los órganos de gobierno y cuyo

nombramiento, previa convocatoria pública de la vacante, y cese corresponderán al Pleno de la

Corporación por acuerdo motivado adoptado por la mitad más uno de sus miembros.

I.3.2.3 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

De acuerdo con la información contenida en la Memoria que acompaña a la liquidación de los

presupuestos, la Cámara de Ferrol se estructuraba en los ejercicios fiscalizados en ocho

departamentos además de la Secretaría y la Vicesecretaría.

Secretaría

Dept. de Comunicación

Dept. de Formación

Dept. de Comercio Exterior

Dept. de Recaudacion

Dept. de Contabilidad

Dept. de Creación de Empresas

Dept. Jurídico Dept. de

Innovación

Vicesecretaría

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21

I.4 PRESUPUESTO, LIQUIDACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS

La COCIN de Ferrol aprobó el presupuesto ordinario de los ejercicios 2010 y 2011, con unas

previsiones de 1.480.000,00 y 1.000.000,00 de euros, respectivamente.

Estado de ingresos y gastos

En el siguiente cuadro se detallan las previsiones iniciales de ingresos y gastos y la importancia de

cada capítulo sobre el importe total presupuestado:

Cuadro 1. Estados de gastos e ingresos de los presupuestos ordinarios de 2010 y 2011

CÁMARA DE COMERCIO DE FERROL

INGRESOS (CAPÍTULO) 2010 2011

PRESUPUESTADO % PRESUPUESTADO %

1 - Recursos permanentes 595.000,00 40,2 414.000,00 41,4

2 - Recursos no permanentes 885.000,00 59,8 586.000,00 58,6

TOTAL INGRESOS 1.480.000,00 100 1.000.000,00 100

GASTOS (CAPÍTULO) 2010 2011

PRESUPUESTADO % PRESUPUESTADO %

3 - Personal 700.850,00 47,35 561.800,00 56,18

4 - Gastos de local 73.500,00 4,94 31.100,00 3,11

5 - Gastos de material 93.000,00 6,25 27.400,00 2,74

6 - Gastos de relaciones públicas 20.000,00 1,34 7.300,00 0,73

7 - Publicaciones y suscripciones 20.300,00 1,36 10.500,00 1,05

8 - Viajes y dietas 51.000,00 3,43 21.000,00 2,1

9 - Formación 84.600,00 5,69 68.700,00 6,87

10 - Estudios asistencia técnica y promoción 237.000,00 15,93 125.000,00 12,5

11 - Lonjas, ferias y exposiciones 31.000,00 2,08 26.000,00 2,6

12 - Gastos de otros servicios 100.600,00 6,76 62.080,00 6,208

13 - Cuotas a distintos organismos 48.000,00 3,23 18.800,00 1,88

14 - Impuestos 2.150,00 0,14 2.320,00 0,232

15 - Amortizaciones financieras 18.000,00 1,21 38.000,00 3,8

TOTAL GASTOS 1.480.000,00 100 1.000.000,00 100

Fuente: Elaboración propia con los datos de los presupuestos de 2010 y 2011

El presupuesto aprobado para el 2011 disminuyó un 32,8% respecto al ejercicio anterior. En los dos

ejercicios recogidos en el cuadro, aproximadamente el 40% del presupuesto se cubría con los

recursos permanentes, lo que muestra la importancia de estos fondos en la financiación de los

gastos de la Cámara.

En la vertiente de los gastos, la partida que absorbe mayor porcentaje del presupuesto es el gasto

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de personal (47% en 2010 y 56% en 2011) seguida de Estudios, asistencia técnica y promoción

(15,9% en 2010 y 12,5% en 2011) que incluye las medidas de promoción de mercados

internacionales y los becarios promotores en el exterior.

La estructura de los presupuestos de ingresos y gastos aprobados para los ejercicios 2010 y 2011 se

muestra en los gráficos siguientes:

Gráfico 1. Estructura del presupuesto de ingresos ejercicios 2010 y 2011.

Gráfico 2. Estructura del presupuesto de gastos ejercicios 2010 y 2011.

40,2% 41,4%

59,8% 58,6%

0

10

20

30

40

50

60

70

2010 2011

%

Recursos Permanentes

Recursos No Permanentes

Años

Personal47,35

Gastos de local; 4,94

Gastos de material; 6,25

Formación; 5,69

Estudios asistencia técnica y

formación; 15,93

Gastos y otros servicios; 6,76

Otros; 12,79

% EJERCICIO 2010

Personal; 56,18

Gastos de local; 3,11

Gastos de material; 2,74

Formación; 6,87

Estudios asistencia técnica y

formación; 12,5

Gastos y otros servicios; 6,208

Otros; 12,392

% EJERCICIO 2011

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En los ejercicios analizados, la COCIN de Ferrol contó con varios presupuestos extraordinarios.

A 31.12.2010 estaban pendientes de liquidar los siguientes presupuestos extraordinarios:

Cuadro 2. Ejecución de los presupuestos extraordinarios en curso. 2010

CONCEPTO TOTAL INGRESOS TOTAL GASTOS SITUACIÓN A 31/12/2010

A.P.O. GESTIÓN POR OBJETIVOS 57.459,14 66.050,68 8.591,54

PROGR. E-TELSER. SOC.DE LA INFORMACIÓN 246.907,76 255.288,47 8.380,71

P.E. PARCELA USOS MÚLTIPLES PUERTO EXT. 3.388.178,78 2.063.821,26 1.324.357,52

TOTAL 3.692.545,68 2.385.160,41 1.341.329,77

Fuente: Elaboración propia partiendo de los datos de la liquidación de los presupuestos de 2010

A 31.12.2011 estaban pendientes de liquidar los siguientes presupuestos extraordinarios:

Cuadro 3. Ejecución de los presupuestos extraordinarios en curso. 2011

CONCEPTO TOTAL INGRESOS TOTAL GASTOS SITUACIÓN A 31/12/2011

P.E. parcela usos múltiples puerto ext. 3.747.498,78 2.113.093,88 1634.404,90

TOTAL 3.747.498,78 2.113.093,88 1634.404,90

Fuente: Elaboración propia partiendo de los datos de la liquidación de los presupuestos de 2011

Tramitación de los presupuestos

Los requisitos de elaboración y aprobación de los presupuestos, se recogen en los artículos 23.1 de

la Ley 3/1993, del 22 de marzo y 44 y 46 de la Ley 5/2004, del 8 de julio de Cámaras de Galicia.

De conformidad con dichos artículos, las cámaras elaborarán sus presupuestos ordinarios y

extraordinarios ordenados por capítulos, artículos, conceptos y partidas.

Deberán formalizarse presupuestos extraordinarios para la realización de obras y servicios no

previstos en el presupuesto ordinario del ejercicio, y para aquellos gastos, servicios y obras que se

realicen con carácter no habitual.

Los plenos de las cámaras, sobre la base de la propuesta elaborada por el Comité Ejecutivo,

aprobarán el proyecto de presupuesto ordinario para el año siguiente antes del 1 de noviembre.

Los presupuestos deberán ser presentados al órgano tutelar para su aprobación definitiva acercando

la siguiente documentación:

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a. Memoria explicativa del presupuesto.

b. Programa de actuación e inversiones previstas.

c. Programa de financiación y de sus actuaciones.

d. Estado de ejecución de los presupuestos vigentes.

e. Plantilla, especificando las categorías y retribuciones por todos los conceptos de cada puesto

de trabajo.

Se entenderán aprobados definitivamente si, transcurridos dos meses desde su presentación al

órgano tutelar, este no hubiera manifestado formalmente reparo alguno.

La COCIN de Ferrol aprobó los presupuestos ordinarios de 2010 y 2011 en las sesiones plenarias

celebradas el 29.10.2009 y el 27.10.2010. El presupuesto del 2011 fue objeto de una modificación

posterior aprobada en sesión plenaria del 29 de junio de 2011.

La tramitación de los presupuestos ordinarios de 2010 y 2011 respetó las exigencias formales y

temporales establecidas en la normativa. Fueron aprobados por el órgano tutelar mediante sendas

resoluciones de la Directora General de Comercio de 14.12.2009 y 29.11.2010.

Liquidación

La liquidación del presupuesto ordinario de los ejercicios 2010 y 2011 fue aprobada por el Pleno de

la Cámara, junto con las cuentas anuales, en las sesiones del 29 de junio de 2011 y 26 de junio de

2012 respectivamente.

Según el artículo 47 de la ley 5/2004, de 8 de julio las cámaras elaborarán y aprobarán las cuentas

anuales y las liquidaciones de los presupuestos de su corporación, que contendrán los siguientes

documentos:

a) Memoria económica

b) Liquidación anual del presupuesto ordinario, así como de los presupuestos extraordinarios ya

ejecutados, y estado de ejecución de los presupuestos extraordinarios en curso de realización

c) Balance de situación anual y cuenta de pérdidas y ganancias que reflejen la situación

patrimonial y financiera de la corporación.

El Comité Ejecutivo deberá formular las cuentas anuales en el plazo máximo de tres meses desde el

cierre del ejercicio. Dichas cuentas serán sometidas a un informe de auditoría, presentándose, junto

con la liquidación del presupuesto ordinario del ejercicio cerrado, antes del 31 de mayo, al Pleno de

la Cámara para la adopción del acuerdo que proceda. El Pleno deberá pronunciarse antes del 30 de

junio.

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Las cuentas anuales, el informe de auditoría, la liquidación del presupuesto ordinario y el certificado

del contenido del acuerdo del Pleno se remitirán en un plazo máximo de diez días al órgano tutelar

para su aprobación definitiva, que se entenderá concedida si no media objeción alguna en el plazo

de tres meses a partir de su recepción.

La COCIN de Ferrol aprobó las cuentas anuales y la liquidación del presupuesto ordinario de 2010 y

2011 en el plazo establecido legalmente. Sin embargo, se incumplieron los plazos de presentación

de dicha documentación al Pleno de la Cámara así como de su remisión al órgano tutelar.

El informe del servicio técnico emitido por la Dirección Xeral de Comercio, referido a la liquidación

de los presupuestos de los dos ejercicios, destaca los siguientes incumplimientos:

- La COCIN de Ferrol de conformidad con el artículo 41 de la LGC, da cuenta al órgano tutelar del

número y cuantía de las cuotas no satisfechas de las distintas exacciones que componen el Recurso

Cameral Permanente, pero no aporta una memoria explicativa de la situación de dichos expedientes.

- Deberá adecuar el Fondo de Reserva Obligatorio a la normativa legal vigente, tal como se indica en

el artículo 43.4 de la LGC.

- En el ejercicio 2010 la COCIN de Ferrol no cumple el plazo de presentación al Pleno de la Cámara

de las cuentas anuales, el informe de auditoría y la liquidación del presupuesto ordinario,

establecidos en el artículo 47.2 de la LGC.

- Se incumple el artículo 56.1 de la Ley 5/2004, de 8 de julio, ya que la contribución de la Cámara al

Consello Galego de Cámaras es inferior al 3% del rendimiento del Recurso Cameral Permanente

resultante de la última liquidación presupuestaria, deducidos los gastos de recaudación, tal como se

indica en la ley.

- Por último, la COCIN de Ferrol no especifica las retribuciones asignadas por todos los conceptos a

cada puesto de trabajo del personal a su servicio, tal y como exige el artículo 46.5.e) de la Ley

5/2004, de 8 de julio, de Cámaras oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Galicia.

En lo que atañe al ejercicio 2012, la Dirección Xeral de Comercio no aprobó la liquidación del

presupuesto.

Cuentas anuales

Las cuentas anuales del año 2010 fueron rendidas al Consello de Contas en el plazo establecido por

el artículo 48. b de la Ley 6/1985, del 24 de junio, (antes del 30 de julio) teniendo entrada la

documentación el 15.07.2011 (RE núm. 927 ).

Sin embargo, las cuentas del año 2011 se rindieron fuera de dicho plazo ya que tuvieron entrada en

el órgano fiscalizador el 6 de agosto de 2012 (RE núm. 1046) incumpliendo las previsiones legales.

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26

Las cuentas rendidas están integradas por la memoria económica, la liquidación del presupuesto

ordinario del ejercicio, el balance de situación y la cuenta de pérdidas y ganancias, y acompañadas

del preceptivo informe de auditoría. En el anexo II se reproducen los estados que acompañan las

cuentas anuales.

La Cámara de Ferrol no rindió al Consello de Contas las cuentas anuales correspondientes al

ejercicio 2012.

I.5 FINANCIACIÓN

Hasta la promulgación del RD Ley 13/2010, del 3 de diciembre, las Cámaras de Comercio disponían

de los siguientes ingresos para financiar sus actividades:

a) El rendimiento de los conceptos integrados en el denominado Recurso Cameral Permanente.

b) Los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos por los servicios que presten y, en general, por

el ejercicio de sus actividades.

c) Los productos, rentas e incrementos de su patrimonio.

d) Las aportaciones voluntarias de sus electores.

e) Las subvenciones, legados o donativos que puedan recibir.

f) Los procedentes de las operaciones de crédito que se realicen.

g) Cualesquiera otros que les puedan ser atribuidos por ley, en virtud de convenio o por cualquier

otro procedimiento de conformidad con el ordenamiento jurídico.

De la información obtenida de la liquidación de los presupuestos de 2010 y 2011, la estructura de

ingresos de la COCIN de Ferrol en los ejercicios analizados presenta la siguiente composición:

Cuadro 4. Estructura de ingresos de la COCIN de Ferrol

INGRESOS 2010 2011

CAPÍTULO DESCRIPCIÓN REALIZADO % S/TOTAL REALIZADO % S/TOTAL

Cap.01 Recursos permanentes 688.733,67 47,13 539.411,14 53,39

Cap.02 Recursos no permanentes 772.624,64 52,87 470.875,87 46,61

02.01 Por servicios prestados 115.669,23 7,92 94.557,50 9,36

02.02 Cuotas voluntarias 0,00

02.03 Patrimoniales 37.701,81 2,58 36.845,22 3,65

02.04 Por otros conceptos 619.253,60 42,38 339.473,15 33,60

TOTAL INGRESOS 1.461.358,31 100,00 1.010.287,01 100,00

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27

Fuente: Elaboración propia partiendo de los datos de la liquidación de los presupuestos de 2010 y 2011.

Tal como se refleja en el cuadro anterior, la financiación de la Cámara de Ferrol proviene

fundamentalmente de dos fuentes:

a) Los ingresos procedentes del RCP, que constituía la principal fuente de financiación. En los

ejercicios 2010 y 2011 los ingresos procedentes de dicha exacción, previstas legalmente,

representaron el 47 y 53 por cien, respectivamente, sobre los ingresos totales.

b) Las subvenciones públicas representan el 42 y el 33 por cien de los ingresos liquidados en el

2010 y 2011, respectivamente.

Por lo tanto, casi el 90% de los recursos con los que se financia la Cámara de Ferrol son de

naturaleza pública.

Gráfico 3. Estructura de ingresos

Recursos permanentes;

47,13

Por servicios prestados;

7,92 Patrimoniales;

2,58

Por otros conceptos;

42,38

EJERCICIO 2010

Recursos permanentes;

53,39

Por servicios prestados;

9,36

Patrimoniales; 3,65

Por otros conceptos;

33,6

EJERCICIO 2011

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28

II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN

En el presente epígrafe se ofrecen los resultados de la fiscalización de las áreas de gestión, que

fueron seleccionadas por su relevancia cuantitativa o por considerarse áreas de riesgo en las que se

compromete la consecución de principios fundamentales en el desarrollo de la actuación de la

entidad: legalidad, transparencia, objetividad, publicidad y buena gestión.

También se realiza un análisis de las principales funciones y actividades desarrolladas por la Cámara

de Ferrol durante los ejercicios fiscalizados.

II.1 CONTABILIDAD Y CONTROL INTERNO

La actividad financiera de las cámaras está sujeta al régimen de contabilidad y presupuesto, por lo

que su estructura presupuestaria y contable se someterá a los principios contenidos en la normativa

en vigor (artículo 44 de la LGC).

A diferencia de otras Comunidades Autónomas4 (Cataluña, Valencia…) que aprobaron una

normativa propia para regular la gestión económica y financiera aplicable a las COCINs de su ámbito

territorial, en Galicia no se adoptó una normativa contable propia de las cámaras gallegas.

La Dirección Xeral de Comercio no hizo uso de la atribución prevista en el artículo 44. 3 de la LGC

que dispone que el órgano tutelar podrá dictar las disposiciones oportunas a fin de que el sistema

contable y presupuestario aplicado por las cámaras sea único y uniforme para todas ellas y permita

conocer en todo momento el patrimonio de cada una de ellas, sus relaciones con terceros y los

resultados económicos de su actividad.

Por lo tanto, la normativa contable aplicable a las COCINs de Galicia está integrada por la Orden del

Ministerio de Economía y Comercio del 30 de enero de 1981, sobre régimen de contabilidad de las

Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación y el Real Decreto 1514/2007, del 16 de

noviembre por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

El informe de auditoría que se adjunta a las cuentas anuales emitido por profesional independiente

expresa una opinión con salvedades respecto la fiabilidad y razonabilidad de las cuentas anuales en

el año 2010 y 2011. Las salvedades expresadas por el auditor son básicamente las siguientes:

a) En el activo del balance figura como inversión en curso el edificio de usos múltiples en el puerto

exterior de Ferrol respecto al que no se conoce su importe recuperable y por lo tanto no se

cuantifican los posibles deterioros de valor.

4 - Orden del 15.12.2000, por la que se aprueban las normas de gestión económica y financiera para las COCINs de Cataluña.

- Resolución de la Directora General de Comercio y Consumo del 25.09.2008 por la que se modifican las normas de gestión económica y financiera para las cámaras de la Comunitat Valencian, al tiempo que se aprueba el manual de contabilidad y el de contratación de las cámaras.

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29

b) No se recibió confirmación de la mayor parte de los saldos por parte de deudores y acreedores.

c) La participación de la Cámara en el Consorcio Pro-Ferias y Exposiciones de Ferrol puede tener un

valor no recuperable por las dudas sobre la viabilidad de esta entidad.

d) Existen saldos dentro del epígrafe Deudores varios de dudoso cobro.

e) No aparecen provisionadas las indemnizaciones al personal derivadas del plan de

reestructuración.

f) No se incluyen provisiones por la devolución de las subvenciones y préstamos participativos

recibidos y respecto a los que se incumplió la finalidad para la que fueron concedidos.

g) El capital circulante es negativo y la previsión de ingresos futuros es decreciente sin que este

hecho afecte a la opinión de auditoría.

Por otra parte conviene poner de manifiesto que el sistema de registro contable no permite realizar

un seguimiento y control de los ingresos finalistas (en particular de la afectación del RCP) y de su

asociación a determinados gastos, ya que no dispone de una contabilidad auxiliar que de forma

separada segregue la totalidad de los gastos imputables a las actividades financiadas con dichos

ingresos.

Por último, el artículo 43.4 de la LGC establece que las Cámaras deberán constituir, con el superávit

de los presupuestos ordinarios, una reserva obligatoria materializada en disponible a corto plazo

hasta que alcance el 50% del presupuesto total de ingresos liquidados en el último ejercicio cerrado.

Según las cuentas anuales de 2011 existía un fondo de reserva de 270.455 euros que no alcanzaba

el importe mínimo exigido por la obligación legal.

II.2 PERSONAL

Los trabajos de fiscalización en materia de personal se centraron en los siguientes aspectos:

- Determinar la importancia de los gastos de personal y la coherencia de la información contable y

presupuestaria.

- Ofrecer información sobre el régimen jurídico y la distribución del personal por áreas y categorías

profesional.

- Analizar los sistemas de selección para el acceso del personal al servicio de la Cámara.

- Analizar el régimen retributivo del personal al servicio de la Cámara.

A continuación se exponen los resultados de las comprobaciones realizadas:

Gastos de personal

Los gastos de personal ascendieron a 670.785,93 euros en el año 2010 y a 566.782,05 en el año

2011. Representan el 42% y el 61%, respectivamente, sobre el total de los gastos realizados por la

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Cámara.

A nivel cuantitativo el gasto de personal se redujo ligeramente en el año 2011, sin embargo su peso

relativo en el conjunto de los gastos realizados aumentó notablemente como consecuencia de la

inejecución de partidas en otros conceptos de gasto.

En el cuadro siguiente se reflejan los datos correspondientes a los importes presupuestados y

ejecutados:

Cuadro 5. Grado de ejecución y variación interanual del gasto de personal

CAPÍTULO 03. PERSONAL 2010 2011 VARIACIÓN INTERANUAL

PRESUPUESTO REALIZADO % PRESUPUESTO REALIZADO % ABSOLUTA %

603.01 Plantilla 323.400,00 329.464,73 101,8 264.000,00 275.112,40 104,2 -54.352,33 16,5

603.02 Personal eventual 277.250,00 218.269,97 78,73 200.200,00 196.896,72 98,3 -21.373,25 9,8

603.03 Previsión social 100.200,00 123.051,23 122,8% 97.600,00 94.772,93 97,1 -28.278,30 22,9

TOTAL CAPÍTULO 03 700.850,00 670.785,93 95,7 561.800,00 566.782,05 100,8 -104.003,88 15,5

Fuente: Elaboración propia a partir de la información de las cuentas anuales.

Análisis de la coherencia de la información contable y presupuestaria

Según la Orden del 30 de enero de 1981, que regula el régimen de contabilidad de las Cámaras, los

gastos de personal se imputan al capítulo 3 del presupuesto ordinario de gastos y a las correlativas

cuentas representativas de gastos que integran la cuenta de pérdidas y ganancias.

La COCIN de Ferrol emplea las partidas presupuestarias 603.01 Personal fijo, 603.02 Personal

eventual y 603.03 Previsión social.

Se verificó que tanto en el ejercicio 2010 como en el 2011 la suma de las cantidades consignadas

en estas partidas en la liquidación presupuestaria coincide con el importe asignado a los gastos de

personal en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Régimen jurídico del personal

La legislación de cámaras establece que todo el personal estará sujeto al derecho laboral sin

perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria octava de la Ley Básica de Cámaras. Según

dicha disposición, el personal que se encontraba al servicio de la Cámara al amparo del Decreto del

13 de junio de 1936, a la entrada en vigor de la Ley 3/1993, le resultará aplicable el régimen de

personal establecido en dicho decreto.

Por lo tanto, el personal al servicio de la Cámara está integrado por dos categorías diferenciadas en

función del régimen jurídico que les resulta de aplicación:

El personal sujeto al régimen laboral genérico recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

El personal contratado con anterioridad a la entrada en vigor de dicha Ley que queda sujeto a un

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régimen laboral específico que otorga un régimen más favorable en lo tocante a la extinción de su

relación laboral. Así, los trabajadores contratados con anterioridad al 12 de abril de 1993 no

pueden ser despedidos de sus puestos de trabajo excepto por ineptitud o falta grave en el

desempeño de sus obligaciones y previa formación de expediente al efecto.

A 31 de diciembre de 2011 la COCIN de Ferrol contaba con 3 trabajadores (27,2% de la plantilla)

que habían sido contratados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 3/1993 y por lo tanto

estaban sujetos a un régimen laboral específico.

Sin embargo, es necesario tener en cuenta que la nueva Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las

Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, homogeneiza el régimen jurídico

de los trabajadores de la Cámara eliminando dicha diferenciación en los términos establecidos en la

disposición adicional primera: El personal que a la entrada en vigor de la presente ley se encuentre

al servicio de una Cámara, Consejo o del Consejo Superior al amparo del Decreto del 13 de junio de

1936, se regirá, sin distinción, por la legislación laboral vigente aplicable al resto del personal al

servicio de las mismas. (*)

Distribución del personal por áreas y categorías profesionales y acceso del personal al

servicio de la Cámara

La plantilla aprobada por la COCIN de Ferrol no relaciona, debidamente clasificados, todos los

puestos de trabajo, con expresión de su denominación, funciones y categorías tal y como prevé el

artículo 23.3 de la Ley gallega de Cámaras que dispone que anualmente, el pleno de cada cámara

aprobará un plantilla en el que se relacionarán, debidamente clasificados, todos los puestos de

trabajo, con expresión de su denominación, funciones y categoría.

De acuerdo con la información contenida en los cuadros de personal de los ejercicios fiscalizados, la

evolución del personal al servicio de la Cámara presenta una reducción del 28% a lo largo de las

anualidades analizadas pasando la cifra de efectivos a 31 de diciembre de 25 personas en el año

2010 a 18 en el año 2011.

Las bajas en el personal de plantilla se corresponden con la jubilación en el año 2011 de un

trabajador adscrito al Departamento de Administración. Por lo que respecta a las producidas en el

personal eventual se explican por la cancelación de las subvenciones de la Xunta que financiaban en

su totalidad seis contratos de esta naturaleza. Se verificó que desaparecen los servicios de Atención

al Cliente, Comercio Exterior y Turismo. Asimismo, se suprime uno de los agentes de empleo y los

servicios de Iniciativas Formativo Profesionales e Investigaciones y Estudios reducen su número de

trabajadores de dos a uno.

(*) Parágrafo introducido como consecuencia de hechos posteriores.

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La distribución por áreas o departamentos y categorías es la siguiente:

Cuadro 6. Personal al servicio de la Cámara 2010 y 2011 distribuido por áreas y categorías profesionales

ÁREA / CATEGORÍA PROFESIONAL

AÑO 2010 AÑO 2011

PERSONAL DE PLANTILLA

PERSONAL EVENTUAL

TOTAL PERSONAL

DE PLANTILLA PERSONAL EVENTUAL

TOTAL

Secretaría General 1 0 1 1 0 1

Secretario General 1

Vicesecretaría 1 0 1 1 0 1

Vicesecretaria 1 1

Departamento de Formación 1 0 1 1 0 1

Técnico 1 1

Departamento de Comercio Exterior 1 0 1 1 0 1

Técnico 1 1

Departamento de Contabilidad 1 0 1 1 0 1

Oficial Administrativo 1 1

Departamento de Recaudación 1 0 1 1 0 1

Oficial Administrativo 1 1

Departamento de Administración 1 0 1 0 0 0

Oficial Administrativo 1

Departamento de Creación de Empresa 1 0 1 1 0 1

Técnico 1 1

Departamento Jurídico 1 0 1 1 0 1

Técnico 1 1

Departamento de Comunicación 1 0 1 1 0 1

Técnico 1 1

Limpieza 1 0 1 1 0 1

Peón 1 1

Conserjería 1 0 1 1 0 1

Peón 1 1

Agente de Empleo 0 2 2 0 1 1

Técnico 2 1

Iniciativas Formativo Profesionales 0 2 2 0 1 1

Técnico 2 1

Servicio de Investigación y Estudios 0 2 2 0 1 1

Técnico 2 1

Servicio de Documentación y Publicación 0 1 1 0 1 1

Técnico 1 1

Servicio de Atención al Cliente 0 1 1 0 0 0

Técnico 1 0

Servicio de Comercio Exterior 0 1 1 0 0 0

Técnico 1 0

Servicio de Turismo 0 1 1 0 0 0

Técnico 1 0

PAEM 0 1 1 0 1 1

Técnico 1 1

Antena cameral 0 2 2 0 2 2

Técnico As Pontes 1 1

Técnico Ortigueira 1 1

Total general 12 13 25 11 7 18

Fuente: elaboración propia a partir de los datos de los presupuestos

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En cuanto a las categorías profesionales el personal titulado, de grado medio y superior, supone el

80% en el año 2010 y el 77,7% en el año 2011. Si tenemos en cuenta solamente al personal de

plantilla, los titulados pasan a representar el 58,3% y el 63,6% respectivamente en cada una de las

anualidades.

Cuadro 7. Personal al servicio de la Cámara

AÑO

2010 2011

Secretaria General 1 1

Personal de plantilla 11 10

Titulados medios/superiores 6 6

Administrativo 3 2

Ordenanza/Peón 2 2

Personal contratado 13 7

Titulados medios/superiores 13 7

Total 25 18

Régimen retributivo

El presupuesto ordinario de los años 2010 y 2011 contiene la relación de trabajadores de la

corporación agrupados por categorías especificando el salario bruto mensual y los incentivos. Sin

embargo, se estima que para proporcionar la información en los términos previstos por el artículo

46.5 de la LGC, la Cámara debería consignar las retribuciones anuales con el detalle de conceptos

retributivos.

No consta que la Cámara hubiese dictado normas reguladoras del régimen retributivo.

Expediente de regulación de empleo

Como consecuencia de la situación coyuntural derivada de la aprobación del RD 13/2010, que

contempla la eliminación del carácter obligatorio de la cuota cameral, el Comité Ejecutivo de la

Cámara aprobó el 15 de junio de 2011 un expediente de regulación de empleo que fue ratificado

por el Pleno el 23 de junio de ese mismo año. En dicho expediente se propone la suspensión

durante seis meses, desde el 1 de agosto de 2011 hasta el 1 de febrero de 2012, de los contratos

de cuatro trabajadores de la Cámara por considerar que es una medida razonable para contribuir a

mejorar la situación de la entidad, o a evitar una evolución negativa de la misma a través de una

más idónea organización de los recursos.

El 28 de julio de 2011 el expediente es informado por la Inspección Provincial de Trabajo y

Seguridad Social de A Coruña concluyéndose que la entidad acreditó, a juicio del inspector, la

concurrencia de las causas económicas que justifican el recurso a un ERE. Sin embargo, añade que

resulta extraño un examen en términos de rentabilidad de un servicio público al justificarse estos por

su utilidad social y no por su rentabilidad. Asimismo, destaca como conclusión final que la medida

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propuesta, la suspensión, no es coherente con lo probado por la Cámara al no ser la causa

económica alegada meramente coyuntural, como exige el artículo 47 del Estatuto de los

Trabajadores, sino plenamente estructural.

Finalmente, la suspensión fue autorizada por la Consellería de Traballo e Benestar mediante

resolución de la Xefatura Territorial de A Coruña de 4 de agosto de 2011 y recurrida en alzada por

dos de los trabajadores afectados. El recurso tuvo entrada en el registro de la Consellería el 2 de

septiembre de 2011.

El Presidente de la Cámara y el representante legal de los trabajadores presentan alegaciones contra

el recurso.

El 5 de septiembre de 2011 la Xefa Territorial de Traballo e Benestar emite un informe en el que

propone la estimación en parte de la solicitud en el sentido de excluir del ERE a los dos trabajadores

sujetos a régimen estatutario específico.

El 6 de octubre de 2011, el Director General de Relaciones Laborales resuelve estimar parcialmente

el recurso de alzada y no autorizar la suspensión de los contratos solicitados por la Cámara de

Comercio, Industria y Navegación de Ferrol respecto de los dos trabajadores que, por prestar

servicios en la Cámara con anterioridad al 13 de abril de 1993, tienen la condición de personal

estatutario.

El 11 de octubre de 2011 la Cámara comunica a los trabajadores afectados de la resolución que se

deja sin efecto la suspensión del contrato de trabajo, sin perjuicio del derecho de la Cámara de

interponer, en su caso, los recursos que resulten procedentes.

Asimismo, se les comunica que a contar desde el día de la fecha comenzará el período de quince

días de vacaciones pendientes de disfrutar, debiendo incorporarse a sus puestos de trabajo el día 4

de noviembre de 2011.

Los otros dos trabajadores afectados por el ERE fueron despedidos, junto con tres trabajadores más

de la Cámara, el 5 de marzo de 2012. Los cinco son despidos objetivos por causas económicas

debido al continuado descenso de ingresos desde la entrada en vigor del RD 13/2010, de 3 de

diciembre, que suprime el carácter obligatorio de la cuota cameral permanente. En la fecha de

realización de los trabajos de fiscalización la Cámara aporta al equipo auditor sentencia en la que se

declara improcedente el despido de la responsable técnica del departamento de formación y

condena a la Cámara a que, a su elección, readmita a la demandante en su mismo puesto de

trabajo o la indemnice. También declara que el importe de la indemnización es superior en

33.248,55€ al inicialmente calculado por la Cámara, que no había computado adecuadamente la

antigüedad de la trabajadora.

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Hechos posteriores

De acuerdo con la información facilitada por la Cámara la cifra de personal a 31.12.2011 ascendía a

17 trabajadores. Según la información disponible correspondiente a ejercicios posteriores a los

fiscalizados en 2012 la Cámara de Ferrol rescindió en total 8 contratos de trabajo por causas

económicas 3 de carácter fijo, se produjo además una baja voluntaria quedando la plantilla al cierre

del ejercicio con 8 trabajadores con contrato fijo. En el momento de elaboración de este informe la

Cámara no se encuentra al corriente del pago de las nóminas de este personal.

II.3 CONTRATACIÓN

A los efectos establecidos en la Ley 30/2007, del 30 de octubre de Contratos del Sector Público,

(LCSP) las COCINs se consideran poderes adjudicadores que no tienen el carácter de

administraciones públicas.

En consecuencia, la adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada se regirá por las

normas establecidas en la LCSP y los restantes contratos se adjudicarán mediante los

procedimientos que se establezcan en las instrucciones de contratación que apruebe cada Cámara,

de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 b) de la LCSP. La Cámara cuenta con unas

instrucciones sin que conste su aprobación por el Comité Ejecutivo.

De conformidad con las instrucciones publicadas en el perfil de contratante de la Cámara, la

adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada se realizará a través de los

siguientes procedimientos:

Cuadro 8. Esquemas de los procedimientos de contratación

PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÓN

Procedimiento abierto - Contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 200.001 euros.

- Contratos de suministros o de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 50.001 euros.

Procedimiento negociado

sin publicidad

- Contratos de obras cuyo valor estimado oscile entre 50.000 y 200.000 euros

- Contratos de suministros o servicios cuyo valor estimado oscile entre 18.000 y 50.000 euros.

- Cualquiera que sea su valor estimado, se contemplan otros supuestos adicionales de utilización del procedimiento negociado (cuando hubiese quedado desierto un procedimiento abierto o restringido; imposibilidad de determinar previamente el precio global del contrato; por razones técnicas y artísticas o de protección de derechos de exclusiva; imperiosa urgencia; obras complementarias;...)

Procedimiento negociado

con publicidad

- Contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a 200.000 euros.

- En los demás contratos cuyo valor estimado supere los 60.000 euros

Contratos menores - Contratos de obras de importe inferior a 50.000 euros.

- En los restantes contratos de importe inferior a18.000 euros.

Procedimiento restringido - Con carácter excepcional, cuando la ejecución de la prestación requiera especiales condiciones de solvencia o bien cuando sea previsible la presentación de un número muy elevado de solicitudes de participación que pudiera dificultar, o demorar extraordinariamente, el examen de las ofertas y la tramitación del procedimiento.

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Los trabajos de fiscalización en el área de contratación se hicieron con los siguientes objetivos:

- Verificar si las adjudicaciones de los contratos respetaron los procedimientos de contratación

regulados en las instrucciones de contratación aprobadas por la Cámara.

- Comprobar el respeto a los principios de igualdad y transparencia, así como la objetividad en la

definición y evaluación de los criterios de valoración establecidos en los pliegos de condiciones

particulares.

De conformidad con la relación facilitada por la Cámara, durante los años 2010 y 2011 se adjudicó

un único contrato cuyo objeto fue la ejecución de obras para la instalación de conductos, aire

acondicionado, electricidad y agua en el edificio multiusos del puerto exterior de Ferrol. El proyecto

se financia con las ayudas a la reindustrialización en las comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal,

promovidas por el Ministerio de Industria.

Se exponen a continuación los resultados de las comprobaciones realizadas:

Se verificó que durante el ejercicio 2009 se adjudicaron fraccionadamente, mediante procedimiento

negociado sin publicidad, las siguientes fases de la obra del edificio multiusos situado en el puerto

exterior de Ferrol también financiadas por el Ministerio de Industria:

- Movimiento y excavación de tierras, cimentación del edificio y solera de forjado sanitario en

planta de suelo, con un presupuesto de 200.312,63€, adjudicada a la empresa Ibérica de

Construcciones Civiles y Servicios Inmobiliarios S.L. el 24 de febrero de 2009.

- Construcción de la estructura de hormigón armado del edificio, adjudicada a la empresa

Pretensados de Rubio S.L. el 8 de abril de 2009. En el acuerdo de adjudicación no consta el

importe de la misma, además el nombre de la empresa propuesta en el informe técnico como

adjudicataria no se corresponde con ninguna de las que habían presentado oferta.

- Obras de ejecución de la estructura metálica, adjudicadas el 8 de mayo de 2009 a la empresa

Metalúrgica Pontesa S.L. por importe de 224.840,01 €.

- Fabricación en montaje de los paneles prefabricados de hormigón de fachada con acabado de

piedra. Con un presupuesto de 198.422,15€ y adjudicada a la empresa Fábrica de Pretensados

Rubio S.L. el 8 de mayo de 2009. En el acuerdo de adjudicación no se establece el importe de la

misma.

- Obras de ejecución de la estructura de hormigón. Adjudicada el 18 de junio de 2009 a la

empresa Talleres Metálicos Maceira S.L. por importe de 225.507,13€.

- Obras de ejecución de carpintería exterior del edificio y acristalamiento. Adjudicadas el 18 de

junio de 2009 a la empresa Montajes Cinco S.L. por importe de 240.083,25€.

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- Obras de cierres interiores de fachadas y capas de compresión de forjados, adjudicadas el 17 de

agosto de 2009 a Proami Noroeste S.L. por importe de 217.994,44€.

Como ya se señaló, el 12 de julio 2010 se adjudicó la instalación de conductos, aire acondicionado,

electricidad y agua por importe de 854.557,85 € y, nuevamente, por procedimiento negociado sin

publicidad.

La ausencia de publicidad en estas adjudicaciones fue justificada por la existencia de una necesidad

inaplazable derivada del cumplimiento de los plazos establecidos en el plan de ayudas del Ministerio

de Industria. Sin embargo, esta razón no justifica la falta de publicación ya que sólo sería posible en

caso de acontecimientos imprevisibles para la Cámara y no imputables a ella, circunstancia que no

concurre de ninguna forma en el expediente analizado.

La utilización reiterada de esta práctica por parte de la Cámara provocó que un elevado número de

contratos con importes relevantes se adjudicaran eludiendo los principios de publicidad y

concurrencia que exige la legislación contractual.

El expediente presenta, además, las siguientes incidencias:

- Los pliegos de contratación no incorporan firmas, ni queda acreditado en el expediente su

aprobación por el Comité Ejecutivo de la Cámara. Si bien concretan la metodología para valorar

la oferta económica, algunos de los criterios de adjudicación se describen de forma genérica

estableciendo una puntuación máxima para cada uno de ellos pero sin reglas precisas para

asignar dichas puntuaciones.

- El informe de evaluación de las ofertas no explica suficientemente las puntuaciones asignadas a

los distintos licitadores, afectando a la transparencia y a la objetividad de las adjudicaciones. Una

de las empresas participantes en el procedimiento interpuso recurso de reposición contra la

resolución de adjudicación provisional basándose en la negativa de la Cámara a facilitar la

valoración detallada de la puntuación obtenida por los licitadores y, asimismo, en discrepancias

en la valoración de la oferta económica. El recurso fue desestimado por la Mesa de contratación

argumentando que la oferta de la empresa recurrente incluía una baja temeraria. Sin embargo,

no se pronunció respecto a la generalidad de las valoraciones.

- En el expediente facilitado al equipo auditor no figura la formalización del correspondiente

contrato con la empresa adjudicataria.

- El 30 de diciembre, por acuerdo del Pleno de la Corporación, se presentó una denuncia en la

fiscalía que supuso la paralización de la obra, sin que la misma se hubiera retomado a la fecha

de realización de los trabajos de fiscalización. La denuncia se sustentaba en un Informe técnico

de auditoría elaborado a petición de la Cámara en el que se concluía que las obras ejecutadas no

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reunían las características técnicas especificadas en el proyecto inicial, respecto del que

introducía múltiples modificaciones que, a pesar de reducir sus dimensiones y calidades,

incrementaban su costo en más de un 20% del presupuestado. Igualmente, concluía que en la

obra se habían facturado servicios técnicos y profesionales por importes muy superiores a los de

mercado, habiendo miembros del equipo técnico que habían ejercido simultáneamente sus

funciones por cuenta de la Cámara y por cuenta de la Fundación Universidad de A Coruña. Por

último añadía que se contrataron servicios técnicos destinados a asesorar a la dirección

facultativa de las obras. La causa fue finalmente archivada por el fiscal por entender que no

concurrían elementos suficientes para el ejercicio de la acción penal.

En resumen, la Cámara inició la construcción de un edificio de usos múltiples sobre una parcela

ubicada en el puerto exterior de Ferrol. Se trata de una concesión por treinta años concedida en

2008. La construcción no se finalizó y permanece paralizada quedando el edificio inacabado.

A finales de 2012 el presupuesto extraordinario que recoge la ejecución de esta inversión ascendía a

2.254.933 €. En el activo del balance la empresa recoge un importe de 2.013.303 € como

inmovilizado en curso. Sin embargo, la Cámara no estimó cuál sería el importe recuperable del

edificio, existiendo evidencia de que éste podría ser sensiblemente inferior al reflejado en las

cuentas, lo que debería dar lugar a la dotación del correspondiente deterioro de valor.

Para la financiación de esta actuación la Cámara recibió un préstamo y una ayuda del Ministerio de

Industria en el marco de las actuaciones de reindustrialización en las comarcas de Ferrol, Eume y

Ortegal. El importe del préstamo asciende a 2.018.868 € y las ayudas a 1.728.630 €. Estas últimas

debieran ser objeto de devolución al no haberse aplicado correctamente. Además, para completar la

financiación la Cámara formalizó un préstamo con una entidad de crédito por importe de 750.000 €

de los que a finales de 2012 estaban dispuestos 319.706 €.

Además, la actuación de la Cámara de Ferrol en la semiconstrucción del edificio de usos múltiples

no respetó la normativa de contratación ya que no se sometió en ningún momento a los principios

de publicidad, objetividad y concurrencia a pesar del volumen económico de la actuación e incluso

no se llegó a formalizar contrato alguno.

En definitiva, la Cámara fraccionó reiteradamente el objeto del contrato y provocó un importante

desequilibrio financiero y quebranto económico que compromete la viabilidad futura de la Cámara al

tener que hacer frente a la devolución de deudas y ayudas no justificadas sin disponer a cambio de

un activo operativo que permita generar ingresos para hacer frente a las mismas.

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II.4 AYUDAS CONCEDIDAS

Según la información facilitada por la Cámara las únicas ayudas concedidas en los ejercicios

fiscalizados fueron las relativas al Consorcio ProFerias y Exposiciones de Ferrol por importe de

30.000 € en 2010 y 12.750 € en 20115. Sin embargo, según las cuentas del Consorcio las

subvenciones de explotación recibidas de la Cámara de Ferrol en 2010 y 2011 fueron de 36.000 € y

12.750 €, respectivamente. Además, según el modelo fiscal 347 de declaración de operaciones con

terceras personas la Cámara abonó 70.855.50 € en 2010 y 27.351,84 € en 2011, si bien en estas

cifras figuran no sólo las subvenciones concedidas sino todas las operaciones efectuadas por

cualquier concepto.

El Consorcio ProFerias creado en 1964 asume la gestión del recinto ferial FIMO (Feria Internacional

de Muestras de Noroeste). En su capital participaba en los ejercicios fiscalizados la Cámara de Ferrol

con el 55% y el Ayuntamiento de Ferrol con el 45% restante. En 2013 la Cámara adoptó el acuerdo

de no acudir a la ampliación de capital del Consorcio en 500.000 € lo que determinaría que la

participación de la Cámara pasara al 27,8%.

El Consorcio registró importantes pérdidas contables en los últimos ejercicios. En el año 2011 sus

resultados negativos acumulados ascendían a 1.813.142,13 € lo que compromete su continuidad y

viabilidad futura.

Además de las aportaciones anuales realizadas en concepto de ayuda o subvención, la Cámara ha

registrado en su activo su participación en el Consorcio por importe de 280.931 € como inversión

financiera. De esta cantidad, 8.264 € se corresponden con el capital fundacional y 272.667 € con el

importe suscrito en la ampliación del capital del Consorcio en 1999. La situación económica del

Consorcio genera incertidumbre sobre el valor recuperable de esta inversión.

II.5 ACTIVIDADES Y FUNCIONES

En el presente epígrafe se aborda el análisis de las principales funciones desarrolladas por la Cámara

de Ferrol durante los ejercicios fiscalizados.

El análisis se centró en el ejercicio de las funciones público-administrativas que la legislación cameral

atribuye a estas entidades ya que, por una parte, su desarrollo justifica la naturaleza de las Cámaras

como corporaciones de derecho público y, por otra, la relevancia de dichas funciones fue uno de los

argumentos utilizados tradicionalmente por la doctrina y la jurisprudencia constitucional (STC

107/1996) para justificar la adscripción obligatoria a las cámaras de comercio.

5 Según los datos declarados por la Cámara en el presupuesto inicial de 2011 se aprobó una subvención de 26.200 que posteriormente fue anulada

aprobándose la subvención el 29-6-2011 de 12.750 €.

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Las funciones público-administrativas se relacionan en el artículo 2 de la Ley estatal de cámaras

(actual artículo 5 de la Ley 4/2014) que establece la siguiente clasificación:

- Las funciones que corresponden a todas las Cámaras con el carácter de básicas (artículo 2.1).

- Las funciones que determine cada Comunidad Autónoma (artículo 2.2), que se relacionan en el

artículo 4.2 de la Ley gallega de cámaras.

- La facultad genérica para llevar a cabo toda clase de actividades que contribuyan a la defensa,

apoyo o fomento del comercio, la industria y navegación, o que sean de utilidad para el desarrollo

de las indicadas finalidades y, en especial, establecer servicios de información y asesoramiento

empresarial (artículo 2.3).

En el anexo III se ofrecen las funciones relacionadas en la normativa estatal y autonómica agrupadas

en atención a las áreas de actividad de mayor relevancia.

Se entregó una encuesta relativa al ejercicio por la COCIN de Ferrol de las funciones público-

administrativas con el objetivo de determinar las que se desarrollaron efectivamente y su alcance

real en los ejercicios fiscalizados.

Los datos que se ofrecen a continuación se extrajeron de dicha encuesta:

Para analizar las actividades desarrolladas, las funciones públicas se agruparon en cinco áreas:

formación, asistencia a las empresas, apoyo a la internacionalización, colaboración con las

administraciones públicas y las funciones censales y estadísticas.

1. Formación

La Cámara desarrolla, en los años fiscalizados, diversas actividades formativas que consisten en la

realización de cursos, seminarios y jornadas con el objetivo prioritario de impartir formación no

reglamentada referente a la empresa.

En el año 2010 se desarrollaron 52 actividades formativas en las que participaron un total de 539

alumnos. En el año 2011 las actividades programadas fueron 32 y el número de participantes 522.

Asimismo, la Cámara colaboró con diferentes centros públicos que imparten formación profesional

reglada en su demarcación financiando, a través de convenios de colaboración con esos centros, la

participación de expertos y colaborando en la organización de jornadas teórico-prácticas para

alumnos de diferentes ciclos.

Junto con la formación general organizada por la propia Cámara, se desarrollan acciones formativas

integradas en los programas que coordina el CSC, el CGC y la Xunta de Galicia.

En concreto, en los años 2010 y 2011 la Cámara colabora, mediante la formalización del

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correspondiente convenio, en el programa Feria del conocimiento del Consello Superior de Cámaras.

Dicho programa está destinado a potenciar mecanismos estables de cooperación público-privada,

establecer nexos entre las infraestructuras del conocimiento y las empresas, fomentar la formación

continua de las empresas y estimular la demanda de las empresas para fomentar la adaptabilidad y

el dinamismo del tejido empresarial.

De acuerdo con la información proporcionada, la Cámara colaboró con diferentes centros públicos

que imparten formación profesional reglada en su demarcación, facilitando la participación de

profesionales calificados del sistema productivo.

2. Asistencia a Empresas

La Cámara de Ferrol emitió 583 certificados de origen en el año 2010 y 379 en el año 2011. El

certificado de origen es un documento que acredita el país de origen de las mercancías y lo solicitan

las empresas exportadoras para cumplir los requisitos aduaneros.

Además de las referidas funciones, la Cámara de Ferrol colaboró en distintos programas de apoyo

dirigidos a las empresas, entre los que destaca el Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres

(PAEM), que persigue sensibilizarlas hacia el autoempleo y la actividad empresarial. Está liderado

por el CSC y cuenta con el apoyo financiero del FSE y de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales

e Igualdad.

Asimismo, la Cámara cuenta con un vivero de empresas sito en la propia ciudad con capacidad para

acoger 16 proyectos emprendedores.

De acuerdo con la documentación facilitada por la Cámara no se desempeñaron funciones de

arbitraje mercantil durante los ejercicios fiscalizados.

3. Apoyo a la internacionalización

Las actividades de comercio exterior que realiza la Cámara se encuadran en el denominado Plan

Cameral de las Exportaciones que constituye el instrumento fundamental en el proceso de

internacionalización de las empresas. El Plan está regulado en la Ley Básica de Cámaras, y se

elabora periódicamente de forma coordinada a nivel nacional, con la participación de las cámaras, la

Secretaría de Estado de Comercio y Turismo, Turespaña y las comunidades autónomas. Antes de la

modificación realizada por el RD Ley 13/2010, las dos terceras partes de las cuotas del Impuesto de

Sociedades estaban afectadas a la financiación de este Plan.

El Plan contempla actividades de promoción, formación, información y turismo.

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En los años fiscalizados, la Cámara desarrolla mayoritariamente actuaciones de promoción, que

cuentan con la participación de las empresas y consisten en el apoyo directo a su

internacionalización. Dichas actuaciones se financian fundamentalmente al amparo del Plan

Foexga.

Junto a las anteriores actividades, también se incluyen en el Plan Cameral los siguientes programas:

El Plan de Iniciación a la Promoción Exterior (PIPE). El PIPE es un programa de ayuda a las

Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) españolas para su iniciación práctica en la exportación.

Está organizado y dirigido por el Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX) y el Consello Superior

de Cámaras de Comercio (CSC), con la colaboración de las comunidades autónomas y las cámaras

de comercio, y con el apoyo de los fondos FEDER de la Unión Europea.

El programa persigue incorporar la exportación como una actividad permanente y estable en la

empresa, ofreciendo el apoyo que necesita para comenzar a exportar. El PIPE sigue a la empresa en

todo el proceso de decisión para conseguir su internacionalización, con un programa de dos años de

duración dividido en tres fases.

El programa de seguimiento PIPE se puso en marcha para seguir prestando apoyo a las

empresas que finalizaron el PIPE, con el fin de que puedan consolidarse en el exterior. En este

programa también participan el ICEX,CSC, las Cámaras de Comercio y las Comunidades Autónomas.

El objetivo del programa de seguimiento PIPE es conseguir que las empresas que participaron en el

PIPE se consoliden como exportadoras estables, con un programa que favorece el trabajo

continuado y la implantación de los productos y marcas en los mercados exteriores.

Según la información facilitada por la Cámara, la participación en estos programas fue de 5

empresas en el año 2010 y 3 en el año 2011.

4. Asesoramiento y colaboración con las administraciones públicas

Como órganos consultivos, las cámaras pueden emitir informes preceptivos, que formulan en virtud

de una disposición legal, o pueden elevar a las administraciones cuantas reformas o medidas crean

necesarias para el fomento del comercio, la industria y la navegación, así como emitir informes

sobre los estudios, trabajos y acciones que se realicen sobre la ordenación del territorio, medio

ambiente y localización industrial y comercial.

De acuerdo con la información facilitada por la Cámara se emitieron informes por petición de la

Xunta de Galicia en relación con las siguientes cuestiones:

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Año 2010

- Informe solicitado por el Ayuntamiento de Ferrol para modificar en su término municipal las

fechas de apertura autorizada en domingos y festivos en el año 2011.

- Informe solicitado por el Ayuntamiento de Miño sobre la delimitación del área de apertura de

los establecimientos comerciales del entorno del mercado dominical que se celebra en esa

localidad.

Año 2011

- Informe solicitado por el Ayuntamiento de Ferrol para modificar en su término municipal las

fechas de apertura autorizada en domingos y festivos no año 2012.

5. Censales y estadísticas

La Cámara elabora el censo público de las empresas ubicadas en su demarcación.

Del elenco de las funciones público-administrativas atribuidas a las Cámaras, solamente constituye

una función propia y exclusiva de las Cámaras de Comercio la consistente en la expedición de

certificados de origen y demás certificaciones relacionadas con el tráfico mercantil, nacional e

internacional, siendo las cámaras los únicos organismos que pueden expedir estos documentos.

A través de la encuesta entregada, se solicitó información referida a los instrumentos utilizados por

la Cámara para valorar las necesidades y demandas de prestación de servicios por parte de los

usuarios, así como sobre los métodos de valoración de los que dispone la Cámara para conocer su

opinión sobre los servicios prestados.

En la respuesta se indicó que dicha valoración se basa, en el primer caso, tanto en encuestas en

acciones formativas como en encuestas realizadas a las empresas participantes en las acciones de la

Cámara.

En relación con los métodos de la Cámara para valorar la opinión de los usuarios sobre los servicios

se utilizan también encuestas a los participantes en actividades de promoción exterior y a los

alumnos asistentes a cursos, jornadas y seminarios.

En el año 2012 se desarrolló un programa de visitas a las 115 empresas de mayor dimensión para

detectar, por medio de encuestas a trabajadores y directivos, sus necesidades formativas y para

evaluar qué servicios y actividades son más requeridas.

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III. ÁREA ECONÓMICO-FINANCIERA

Este apartado del informe se estructura en tres epígrafes en los que se analizan los siguientes

aspectos:

- Análisis de la liquidación del presupuesto ordinario de la Cámara de los ejercicios 2010 y 2011.

- Consideraciones derivadas de la supresión de los ingresos procedentes del RCP.

- Presentación de una serie de ratios que permitan analizar la posición financiera y económica de la

Cámara de Ferrol.

III.1 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Las previsiones del presupuesto de ingresos de los años 2010 y 2011, ascendieron a 1.480.000 y

1.000.000 euros, respectivamente.

En el siguiente cuadro se ofrece el resumen por capítulos de la ejecución del presupuesto de

ingresos, indicando las desviaciones producidas y el grado de ejecución sobre las previsiones

presupuestadas:

Cuadro 9. Resumen de la ejecución del presupuesto de ingresos

Capítulo

2010 2011

Presupuestado Realizado Desv. % Presupuestad

o Realizado Desv. %

701. Recursos permanentes 595.000,00 688.733,67 93.733,67 15,75 414.000,00 539.411,14 125.411,14 30,29

702. Recursos no permanentes 885.000,00 772.624,64 -112.375,36 -12,69 586.000,00 470.875,87 -115.124,13 -19,64

Total ingresos 1.480.000,00 1.461.358,31 -18.641,69 -1,25 1.000.000,00 1.010.287,01 10.287,01 1,02

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la liquidación

En el ejercicio 2010 la realización de ingresos no alcanzó las previsiones iniciales si bien la

desviación registrada no es significativa. Mientras los recursos permanentes superaron al

presupuesto inicial en un 15,75%, los no permanentes fueron un 12,7% inferior a los estimados.

En el ejercicio 2011 la realización de ingresos superó en un 1% las previsiones iniciales fruto de una

ejecución de los recursos permanentes superior al presupuesto en un 30,3% que compensó el

comportamiento de los recursos no permanentes que no cumplieron con las estimaciones (-19,6%).

La comparación interanual de los dos ejercicios muestra una caída de los recursos del 30,9% más

agravada en los no permanentes (39%) que en los permanentes (21,7%).

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En el siguiente cuadro se ofrece la variación interanual de los ingresos realizados:

Cuadro 10. Variación interanual de los ingresos realizados en los ejercicios 2010 y 2011

CAPÍTULO REALIZADO 2010 REALIZADO 2011 VARIACIÓN ABSOLUTA

VARIACIÓN PORCENTUAL

701. Recursos permanentes 688.733,67 539.411,14 149.322,53 -21,68

702. Recursos no permanentes 772.624,64 470.875,87 301.748,77 -39,05

TOTAL INGRESOS 1.461.358,31 1.010287,01 451.071,30 -30,86

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la liquidación.

A continuación se expone el detalle de la ejecución de cada uno de los capítulos en los que se

estructura el presupuesto de ingresos de la Cámara.

CAPÍTULO. 701 RECURSOS PERMANENTES

La estructura y ejecución de los ingresos permanentes de la Cámara de Ferrol en los ejercicios 2010

y 2011 se presenta en el siguiente cuadro:

Cuadro 11. Ejecución del Capítulo 701. Recursos permanentes 2010-2011

CAPÍTULO 701. RECURSOS PERMANENTES 2010 2011

PRESUPUESTADO REALIZADO % PRESUPUESTADO REALIZADO %

701.01 Ingresos por recursos permanentes

701.01.01 Impuesto Actividades Económicas 148.000,00 208.585,93 40,94 120.000,00 205.490,94 71,24

701.01.02 Impuesto sobre IRPF 67.000,00 80.231,83 19,75 52.000,00 65.987,44 26,90

701.01.03 Impuesto Sociedades 265.000,00 244.485,80 -7,74 183.000,00 228.328,79 24,77

701.01.04 Participación cuotas otras Cámaras 80.000,00 111.659,34 39,57 45.000,00 62.481,96 38,85

Total capítulo 701.01 560.000,00 644.962,90 15,17 400.000,00 562.289,13 40,57

701.02 Pendiente de ejercicios anteriores

701.02.17 Recibos pendientes ejercicio 2006 5.000,00 9.671,87 93,44 5.000,00 11.716,06 134,32

701.02.18 Recibos pendientes ejercicio 2007 10.000,00 16.095,20 60,95 10.000,00 7.678,47 -23,22

701.02.19 Recibos pendientes ejercicio 2008 19.000,00 13.535,70 -28,76 15.000,00 8.615,07 -42,57

701.02.20 Recibos pendientes ejercicio 2009 29.000,00 40.470,59 39,55 20.000,00 1.120,68 -94,40

Total capítulo 701.02 63.000,00 79.773,36 26,62 50.000,00 29.130,28 -41,74

701.03 Minoraciones recursos permanentes: (A deducir)

701.03.01 Confección de matrículas y recibos -7.000,00 -9.202,73 31,47 -15.000,00 -31.521,30 110,14

701.03.02. % Gastos de recaudación -9.000,00 -10.062,07 11,80 -6.000,00 -3.333,96 -44,43

701.03.03 Bajas y devoluciones 0,00 0,00

701.03.04 (-) Participación de otras cámaras en cuotas -12.000,00 -16.737,79 39,84 -15.000,00 -17.153,01 14,35

TOTAL 701.03 Minoración recursos permanentes -28.000,00 -36.002,59 28,58 -36.000,00 -52.008,27 44,47

TOTAL INGRESOS PERMANENTES 595.000,00 688.733,67 15,75 414.000,00 539.411,14 30,29

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación.

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La superación de las previsiones iniciales en los dos ejercicios viene motivada principalmente por los

ingresos procedentes del Impuesto de Actividades Económicas que es la partida que explica en

mayor medida las desviaciones positivas registradas.

CAPÍTULO. 702 RECURSOS NO PERMANENTES

En el siguiente cuadro se presenta la ejecución y el grado de realización de los distintos epígrafes

que configuran el capítulo 702. Recursos no permanentes.

Cuadro 12. Ejecución del Capítulo 702. Recursos no permanentes 2010-2011

CAPÍTULO 702. RECURSOS NO PERMANENTES 2010 2011

PRESUPUESTADO REALIZADO % PRESUPUESTADO REALIZADO %

702.01 Por Servicios prestados

702.01.01 Certificaciones 20.000,00 12.063,00 -39,69 11.000,00 9.364,70 -14,87

702.01.03 Asistencia a cursillos y asesoramiento 45.000,00 91.368,82 103,04 127.000,00 70.669,33 -44,35

702.01.04 Servicios vivero 20.000,00 11.631,91 -41,84 25.000,00 12.899,32 -48,40

702.01.05 Información comercial 1.400,00 605,50 -56,75 1.500,00 1.624,15 8,28

702.01.06 Venta base de datos 400,00 0,00 -100,00 3.000,00 -100

Total parciales 702.01 86.800,00 115.669,23 32,26 167.500,00 94.557,60 -43,55

702.02 Cuotas voluntarias

702.02.01 Cuotas voluntarias 6.100,00 0,00 -100,00

Total parciales 702.02 6.100,00 0,00 -100,00

702.03 Patrimoniales

702.03.01 Intereses de cuentas corrientes 200,00 218,96 9,48 200,00 86,83 -56,59

702.03.02 Intereses imposiciones a plazos 1.000,00 8.726,95 772,70 1.325,00 18.722,45 1313,02

702.03.04 Renta de bienes inmuebles(alquileres) 2.000,00 1.993,00 -0,35 1.300,00 1.800,00 38,46

702.03.05 20% recargo vía de apremio 5.000,00 26.762,90 435,26 3.500,00 13.649,44 289,98

702.03.06 Intereses de demora y vía de apremio 1.000,00 2.586,50 158,65

Total parciales 702.03 8.200,00 37.701,81 359,78 7.325,00 36.845,22 403,01

702.04 Por otros conceptos

702.04.01 Subvenciones cursillos 110.000,00 118.000,00 7,27 10.000,00 11.925,00 19,25

702.04.02 Subvenciones vivero 60.000,00 0,00 -100 200,00 -100

702.04.03 Subv. plan cameral promoción exportac. 350.000,00 308.506,10 -11,86 143.175,00 100.703,62 -29,66

702.04.04 Xunta de Galicia por otras subvenciones 125.500,00 80.136,00 -36,15 80.200,00 53.461,92 -33,34

702.04.05 Otras subvenciones 36.000,00 53.454,00 48,48 61.500,00 57.196,66 -7,00

702.04.06 Antena Cameral 108.500,00 59.157,10 -45,48 110.000,00 116.185,95 5,62

Total parciales 702.04 790.000,00 619.253,60 -21,61 405.075,00 339.473,15 -16,19

TOTAL RECURSOS NO PERMANENTES 885.000,00 772.624,64 -12,70 586.000,00 470.875,87 -19,65

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación.

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En el ejercicio 2010 la ejecución de los recursos no permanentes de la Cámara ascendieron a

772.624,64 euros y presentan una desviación negativa con respecto a lo presupuestado del -12,7%.

Esta desviación obedece a que las subvenciones recibidas no cumplieron las previsiones iniciales. Por

el contrario, los ingresos propios, tanto por servicios prestados como patrimoniales, superaron las

estimaciones del presupuesto.

En el ejercicio 2011 la situación fue parecida si bien la desviación negativa creció hasta el 19,7%. La

causa principal es el comportamiento de las subvenciones que no son capaces de conseguir los

objetivos marcados en el documento presupuestario. En este año los ingresos patrimoniales siguen

teniendo un buen comportamiento mientras que los recursos por servicios prestados muestran una

desviación negativa asociada a la falta de ingresos por cursos y asesoramiento.

III.2 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS

En el siguiente cuadro se ofrece la ejecución de las previsiones presupuestarias según los datos

obtenidos de las liquidaciones de los años 2010 y 2011.

Cuadro 13. Ejecución del presupuesto de gastos. Resumen por capítulos 2010-2011

CAPÍTULO 2010 2011

PRESUPUESTADO REALIZADO % PRESUPUESTADO REALIZADO %

603 - Personal 700.850,00 670.785,93 -4,29 561.800,00 566.782,05 0,89

604 - Gastos de Local 73.500,00 57.156,50 -22,24 31.100,00 32.023,17 2,97

605 - Gastos de Material 93.000,00 83.211,17 -10,53 27.400,00 31.804,21 16,07

606 - Gastos de Relaciones Públicas 20.000,00 12.098,87 -39,51 7.300,00 734,10 -89,94

607 - Publicaciones y Suscripciones 20.300,00 14.816,33 -27,01 10.500,00 9.528,86 -9,25

608 - Viajes y Dietas 51.000,00 44.067,54 -13,59 21.000,00 15.486,81 -26,25

609 - Formación 84.600,00 130.790,24 54,60 68.700,00 88.714,43 29,13

610 - Estudios y Asist. Técnica al Comercio 237.000,00 368.221,65 55,37 125.000,00 57.032,61 -54,37

611 - Lonjas, Ferias y Exposiciones 31.000,00 30.906,93 -0,30 26.000,00 23.910,48 -8,04

612 - Gastos de Otros servicios 100.600,00 110.751,21 10,09 62.080,00 64.731,19 4,27

613 - Cuotas a Distintos Organismos 48.000,00 45.105,50 -6,03 18.800,00 15.054,13 -19,92

614 - Impuestos 2.150,00 1.919,93 -10,70 2.320,00 4.113,94 77,33

615 - Amortizaciones Financieras 18.000,00 26.803,47 48,91 38.000,00 18.298,66 -51,85

TOTAL GASTOS 1.480.000,00 1.596.635,27 7,88 1.000.000,00 928.214,64 -7,18

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las cuentas anuales de 2010 y 2011

En el año 2010 los gastos realizados ascendieron a 1.596.635,27 euros que se corresponden con

unas previsiones iniciales de 1.480.000 euros. Esta ejecución del gasto por encima de la prevista

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viene originada por las partidas de formación y asistencia técnica al comercio exterior y esconde la

inejecución en los capítulos vinculados al gasto de funcionamiento (personal, local, material,

publicaciones, dietas,..).

Los presupuestos de gastos del año 2011 ascendieron a 1.000.000 euros que no se ejecutaron en

su totalidad ya que los gastos realizados fueron 928.214,64 euros lo que supone que quedó sin

ejecutar el 7,2% del presupuesto inicial. Desde un punto de vista cuantitativo la partida que explica

de mejor manera este descenso es la de estudios y asistencia técnica al comercio exterior.

La comparativa del gasto ejecutado en el 2011 respecto a 2010 muestra que el gasto disminuyó en

un 41,9%. Los ajustes se realizaron en todas las partidas siendo el más significativo desde un punto

de vista cuantitativo el experimento en el epígrafe de estudios y asistencia técnica al comercio

exterior. El gasto de personal se ajustó en menor grado lo que supuso que su peso relativo en el

conjunto del gasto pasara de un 42% en el 2010 al 61% en 2011.

En el siguiente cuadro y gráfico se ofrece información sobre la importancia de cada capítulo de

gastos sobre el importe total realizado, presentándose los datos que resultan de la liquidación

aprobada por la Cámara.

Cuadro 14. Representatividad de los capítulos de gastos según las ejecuciones de las liquidaciones aprobadas

CAPÍTULO

2010 2011

Ejecución según la

liquidación

% cap.s/ total

Ejecución según la liquidación

% cap.s/ total

603 - Personal 670.785,93 42,01 566.782,05 61,06

604 - Gastos de Local 57.156,50 3,58 32.023,17 3,45

605 - Gastos de Material 83.211,17 5,21 31.804,21 3,43

606 - Gastos de Relaciones Públicas 12.098,87 0,76 734,10 0,08

607 - Publicaciones y Suscripciones 14.816,33 0,93 9.528,86 1,03

608 - Viajes y Dietas 44.067,54 2,76 15.486,81 1,67

609 - Formación 130.790,24 8,19 88.714,43 9,56

610 - Estudios y Asist. Técnica al Comercio 368.221,65 23,06 57.032,61 6,14

611 - Lonjas, Ferias y Exposiciones 30.906,93 1,94 23.910,48 2,58

612 - Gastos de Otros servicios 110.751,21 6,94 64.731,19 6,97

613 - Cuotas a Distintos Organismos 45.105,50 2,83 15.054,13 1,62

614 - Impuestos 1.919,93 0,12 4.113,94 0,44

615 - Amortizaciones Financieras 26.803,47 1,68 18.298,66 1,97

TOTAL GASTOS 1.596.635,27 100 928.214,64 100

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las cuentas anuales de 2010 y 2011.

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49

Gráfico 4. Ejecución por capítulos

III.3 CONSIDERACIONES DERIVADAS DE LA ELIMINACIÓN DEL RECURSO CAMERAL PERMANENTE

Como ya se puso de manifiesto en la parte introductoria de este informe, la reforma introducida por

el RD Ley 13/2010 modificó dos aspectos esenciales que afectan de manera relevante a la

financiación de las Cámaras: la eliminación de los ingresos procedentes del RCP y la supresión de la

obligatoriedad de adscripción. A partir del año 2013, las Cámaras dejan de percibir ingresos en

concepto de recurso cameral. (*)

Para determinar el impacto que producen estos cambios en la estructura de ingresos de las Cámaras

y cómo afectará al desarrollo de las funciones y a la prestación de los servicios que tienen

legalmente atribuidos, es necesario tener en cuenta una serie de aspectos: a) cuál era el peso del

RCP sobre el total de los ingresos de la Cámara, b) qué capacidad tiene la entidad de cubrir sus

gastos sin estos recursos, c) cuál es la capacidad de la entidad para generar nuevos ingresos y d) las

alternativas de financiación que puedan paliar el impacto derivado de la eliminación de dichos

ingresos.

A continuación se ofrecen una serie de datos que permiten dar respuesta a las cuestiones

planteadas.

a) El peso del RCP sobre el total de los ingresos de la Cámara

En el siguiente cuadro se observa la cuantía y el peso de estos ingresos antes de la supresión del

(*)

Párrafo modificado como consecuencia de hechos posteriores.

Personal; 42,01

Gastos de Local; 3,58

Gastos de Material; 5,21

Viajes y Ayudas de coste; 2,76

Formación; 8,19

Estudios y Asist. Técnica al Comercio ;

23,06

Lonjas, Ferias y Exposiciones;

1,94

Gastos de Otros servicios; 6,94

Cuotas a Distintos

Organismos; 2,83

Otros; 3,49

% EJERCICIO 2010

Personal; 61,06

Gastos de Local; 3,45

Gastos de Material; 3,43

Viajes y Ayudas de coste; 1,67

Formación; 9,56

Estudios y Asist. Técnica al

Comercio ; 6,14

Lonjas, Ferias y Exposiciones;

2,58

Gastos de Otros servicios;

6,97

Cuotas a Distintos

Organismos; 1,62

Otros; 3,52

% EJERCICIO 2011

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50

RCP cuyo impacto se evidencia por primera vez en el año 2012. Este es el último año en el que se

liquidan estos ingresos, exaccionándose solamente la parte correspondiente al Impuesto de

Sociedades para las empresas que tengan una facturación superior a los 10 millones de euros.

Cuadro 15. Importancia del Recurso Cameral Permanente sobre los ingresos totales de la Cámara

2008 2009 2010 2011 2012

Ingresos RCP 790.504,96 706.073,50 688.733,67 539.411,14 148.872,43

Ingresos Totales 1.676.000,00 1683.216,48 1.461.358,31 1.010.287,01 453.921,58

% RCP 47,17 41,95 47,12 53,39 32,80

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación.

Los datos ofrecidos evidencian la importancia de los ingresos procedentes del RCP cuyo peso sobre

la totalidad de los ingresos de la Cámara descendió considerablemente en el ejercicio 2012.

La evolución tanto de los ingresos procedentes del RCP como la de los ingresos totales es

descendente con un descenso acusado en los dos últimos ejercicios analizados.

Gráfico 5. Importancia del Recurso Cameral Permanente sobre los ingresos totales

0

200.000

400.000

600.000

800.000

1.000.000

1.200.000

1.400.000

1.600.000

1.800.000

2.000.000

2008 2009 2010 2011 2012

Euros

Años

Ingresos recursos no permanentes

Ingresos RCP

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51

b) La capacidad de cobertura de los gastos prescindiendo del RCP

En el cuadro y gráfico siguientes se presenta el resultado presupuestario correspondiente a los

ejercicios 2008 a 2012.

Cuadro 16. Resultado presupuestario de los ejercicios 2008-2012

2008 2009 2010 2011 2012

1.Ingresos 1.869.069,70 1.683.216,48 1.461.358,31 1.010.287,01 453.921,58

2.Gastos 1.932.179,02 1.924.915,01 1.596.635,27 928.514,64 786.394,03

3. Resultado presupuestario (1-2) -161.666,00 -241.698,53 -135.276,96 82.072,37 -332.472,45

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las liquidaciones presupuestarias.

Gráfico 6. Evolución del resultado presupuestario 2008-2012

Con carácter general, la Cámara no presentó una situación equilibrada presupuestariamente. En el

año 2012 registra un importante déficit a pesar de la reducción del capítulo de gasto por la mayor

caída de los ingresos. Esta situación de déficit presupuestario agrava la difícil situación financiera de

la Cámara.

-400.000

-350.000

-300.000

-250.000

-200.000

-150.000

-100.000

-50.000

0

50.000

100.000

150.000

2008 2009 2010 2011 2012

Euros

AÑOS

Resultado del ejercicio

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52

c) La capacidad de la Cámara de generar ingresos por la prestación de servicios

En el siguiente cuadro se presenta el resumen por epígrafes de los recursos no permanentes que

integran el capítulo 702 del presupuesto de la Cámara.

Cuadro 17. Resumen por epígrafes del capítulo 702 Recursos no permanentes. Ejercicios 2009-2012

EPÍGRAFE CONCEPTO 2009 2010 2011 2012

REALIZADO % REALIZADO % REALIZADO % REALIZADO %

02.01 Por servicios prestados 105.114,45 10,76 115.669,23 14,97 94.557,50 20,08 49.420,96 16,22

02.03 Patrimoniales 6.098,30 0,62 37.701,811 4,88 36.845,22 7,82 39.823,70 13,06

02.04 Por otros conceptos 865.930,23 88,62 619.253,60 80,15 339.473,15 72,09 215.504,49 70,72

Total cap. 2. Recursos no permanentes 977.142,98 100 772.624,64 100 470.875,87 100 304.749,15 100

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las liquidaciones presupuestarias

La Cámara de Ferrol no fue capaz de mantener el nivel de sus recursos no permanentes en un nivel

global estable lo que le habría permitido mitigar la supresión del recurso cameral. Los ingresos

propios no dejaron de disminuir desde el 2009 lo que ha contribuido a precarizar la situación

financiera de la entidad. Tanto los ingresos por servicios como fundamentalmente por subvenciones

reflejan esta negativa evolución. Tan sólo los ingresos patrimoniales, con una importancia

testimonial, permanecen estables.

Gráfico 7. Evolución del Capítulo 702 – Recursos no permanentes

0

100.000

200.000

300.000

400.000

500.000

600.000

700.000

800.000

900.000

1.000.000

2009 2010 2011 2012

Euros

Años

Por otros conceptos

Patrimoniales

Por servicios prestados

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53

Por lo tanto, la tendencia negativa mostrada por los recursos no permanentes, en un contexto de

desaparición de la cuota cameral, muestra la incapacidad de la entidad para generar ingresos que le

permita financiar su estructura de gasto y seguir desarrollando sus funciones.

d) Las posibles alternativas de financiación

A partir del año 2013, las cámaras dejan de percibir ingresos en concepto de recurso cameral. La

información disponible sobre las posibles alternativas de financiación en la fecha de redacción de

este informe resulta escasa, incierta y de difícil cuantificación. Sin embargo, de la documentación

analizada se desprenden las siguientes fuentes de financiación:

Cuota cameral(*)

El RD Ley 13/2010 estableció como alternativa de financiación la cuota cameral que solamente sería

exigible a aquellas empresas que se adhiriesen voluntariamente a la Cámara.

La determinación del importe y devengo de la cuota correspondía al Consejo Superior de Cámaras

(CSC). En la sesión plenaria celebrada el día 25.10.2011, acordó, con carácter excepcional, que la

cuota cameral para los años 2012 y 2013 fuese de 0 euros.

La Ley 4/2014 modificó el sistema de adscripción, estableciendo el principio general de pertenencia

de todas las empresas a las Cámaras sin que de ello se derive obligación económica. Suprime la

cuota cameral y establece un sistema de ingresos basado, fundamentalmente, en los servicios que

presten las Cámaras y en las aportaciones voluntarias de empresas o entidades.

Medidas de apoyo económico de la Administración Autonómica

Para tratar los problemas financieros derivados de la supresión del RCP se constituyó una Comisión

bilateral Junta-Cámaras, integrada por representantes de la Consellería de Economía e Industria y de

las cámaras gallegas.

En el segundo semestre de 2012, se mantuvieron reuniones entre la DXC y los representantes de las

cámaras para negociar el borrador de un convenio de colaboración mediante el cual se articulaba

una subvención directa por importe de 1.300.000 euros, repartidos en dos anualidades: 600.000

euros en el 2012 y 700.000 euros en el 2013. En los presupuestos de 2012 y 2013, en la aplicación

08.03.751A.781.6 de la Dirección Xeral de Comercio, figuraban créditos destinados a dicha

finalidad.

Sin embargo, según la información proporcionada por la DXC, dicho convenio no fue firmado (no se

(*)

Párrafo modificado como consecuencia de hechos posteriores.

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Informe de fiscalización da COCIN de Ferrol

54

alcanzó un texto definitivo por falta de consenso en lo tocante a los costes de personal que se

pretendían financiar con cargo a dichos recursos) y no se concedió ninguna subvención ni se libró

ninguna cantidad con cargo a dichos créditos.

Según la información facilitada por la DXC, la única medida de apoyo económico adoptada consistió

en la introducción de una nueva cláusula en el convenio de colaboración del Plan Foexga del año

2011, que contemplaba la financiación de los costes indirectos (hasta un máximo del 15%)

correspondientes a las retribuciones del personal de las Cámaras dedicado a la gestión de este plan.

Si bien en la fecha de elaboración de este informe no se concretaron nuevas vías de financiación o

de apoyo económico, es preciso mencionar que las cámaras gallegas presentaron propuestas para la

asunción de encomiendas de gestión y otras colaboraciones en las áreas de internacionalización,

formación, emprendimiento, creación de empresas, empleo, comercio interior, medio ambiente,

innovación, turismo, administración y tramitación administrativa.

III.4 ANÁLISIS DE LOS INDICADORES ECONÓMICO-FINANCIEROS

La supresión del RCP afecta de manera muy significativa a la situación económica y financiera de las

cámaras de comercio. La pérdida de este ingreso compromete la supervivencia de estas entidades

que sólo podrá continuar su actividad mediante la búsqueda y obtención de nuevos ingresos y

mediante el ajuste de sus gastos.

Ahora bien, la situación financiera de las cámaras a finales de 2012 condiciona su capacidad de

respuesta al nuevo escenario. Tener una buena posición de partida otorga una margen de maniobra

temporal para poder realizar los cambios dirigidos a obtener nuevas fuentes de financiación. Por el

contrario, tener una mala situación financiera de partida puede suponer la falta de viabilidad

económica de la entidad.

Para valorar esta situación se plantean una serie de ratios que nos permitan analizar la posición

financiera y económica de la Cámara de Ferrol.

Solvencia a corto plazo

Un primer indicador de la solvencia a corto plazo de la Cámara es el fondo de maniobra que

muestra la capacidad del activo corriente de la entidad para hacer frente a su pasivo corriente.

En el siguiente cuadro y gráfico se ofrece la evolución del fondo de maniobra de la COCIN de Ferrol

en los años 2009 a 2012.

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55

Cuadro 18. Evolución del fondo de maniobra 2009-2012

2009 2010 2011 2012

1.ACTIVO CORRIENTE 1.737.108 2.298.589 1.812.375 1.586.687

2.PASIVO CORRIENTE 1.763.262 3.517.369 3.066.407 3.374.334

3.FONDO DE MANIOBRA (1-2) -26.154 -1.218.780 -1.254.032 -1.787.647

Fuente: Elaboración propia con los datos obtenidos de los balances incorporados a las cuentas anuales presentadas por la Cámara.

Gráfico 8. Evolución del fondo de maniobra 2009-2012

El cuadro y el gráfico ponen de manifiesto que la Cámara cuenta con un fondo de maniobra

negativo que a finales de 2012 ascendía a -1.787.647 euros. Este dato refleja una situación de

incapacidad de los activos realizables a corto plazo para hacer frente a las deudas corrientes.

Además, alguno de los saldos del activo, nombradamente un derecho de cobro sobre el

Ayuntamiento de Ferrol, por su antigüedad puede ser considerado de difícil realización. En el pasivo

de ésta, los préstamos y subvenciones no justificados se corresponden fundamentalmente al edificio

de usos múltiples en el puerto exterior.

Solvencia financiera a largo plazo

La Cámara presenta una situación financiera a largo plazo caracterizada por un endeudamiento alto.

Según la información de las cuentas anuales, los pasivos financieros no corrientes corresponden a

una deuda por un préstamo hipotecario con un saldo a finales de 2012 de 202.970,05 euros y de

8.390,57 a corto plazo.

-2.000.000

-1.800.000

-1.600.000

-1.400.000

-1.200.000

-1.000.000

-800.000

-600.000

-400.000

-200.000

0

2009 2010 2011 2012

Euros

Años

Fondo de Maniobra

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56

Cuadro 19. Evolución del ratio de endeudamiento total 2009-2012

2009 2010 2011 2012

1. Deudas totales 4.403.681,00 5.245.515,00 4.831.553,00 5.044.528

2. Capitales propios 617.927,00 334.398,00 229.388,00 -271.894

3. Ratio de endeudamiento (1/2) 7,13 15,69 21,06 -18,55 (*)

Fuente: Elaboración propia. Con los datos obtenidos de los balances incorporados a las cuentas anuales presentadas por la Cámara.

(*) Los fondos propios son negativos lo que indica que el pasivo es superior al activo.

Por otra parte, el ratio de garantía o solvencia total (distancia a la quiebra) muestra la relación

existente entre el activo real y las deudas totales. Indica la garantía que tienen los acreedores de la

Cámara de cobrar sus deudas.

Cuadro 20. Evolución del ratio de garantía 2009-2012

2009 2010 2011 2012

1. Activo real 5.021.608,00 5.579.913 5.060.941 4.772.634

2. Exigible total 4.405.690,00 5.247.525,00 4.833.564 5.044.528

3. Ratio de garantía (1/2) 1,14 1,06 1,05 0,95

Fuente: Elaboración propia. Con los datos obtenidos de los balances incorporados a las cuentas anuales presentadas por la Cámara.

Los ratios muestran una Cámara en una situación de quiebra técnica con un pasivo mayor que su

activo. Además, dentro de su activo se incluye como inmovilizado en curso por importe de

2.013.303 € el edificio de usos múltiples como obra no finalizada con un dudoso valor realizable.

Por lo tanto, la Cámara no dispone de recursos suficientes para hacer frente a sus deudas. Su

supervivencia parece que sólo podría venir de la mano de la reestructuración de su deuda y/o del

apoyo financiero externo.

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57

IV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

IV.1 CONCLUSIONES

La promulgación del RD Ley 13/2010, del 3 de diciembre, introdujo reformas en el modelo cameral

que afectaron al funcionamiento y al régimen económico de las Cámaras de Comercio, Industria y

Navegación.

(*)

La eliminación del RCP motivó la iniciativa de la fiscalización de las cámaras de comercio gallegas,

siguiendo la recomendación formulada por la Comisión Permanente no Legislativa para las

Relaciones con el Consello de Contas de Galicia, que instó a la realización de un informe de

fiscalización específico sobre las cámaras de comercio gallegas y su viabilidad después de la

supresión de dicho recurso.

El RCP constituía, junto con las subvenciones públicas, la principal fuente de financiación de las

COCINs. En la Cámara de Ferrol, los ingresos procedentes de este recurso representaron el 46% y

53% sobre los ingresos totales liquidados en los ejercicios 2010 y 2011.

La fiscalización se realizó en un momento particularmente convulso para las cámaras de comercio

debido a la difícil situación económica por la que atraviesan como consecuencia de la supresión del

RCP, y caracterizado, además, por la incertidumbre normativa que generó la demora en la

tramitación del nuevo marco legal definido por la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras

Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.

En el caso de la Cámara de Ferrol este hecho únicamente vino a agravar una situación económica ya

muy deteriorada. Además, a finales de 2013 los miembros de los órganos de gobierno presentaron

su dimisión siendo en la actualidad una comisión gestora nominada por la Dirección Xeral de

Comercio la que asumió la gestión ordinaria de la Cámara.

Como resultado de los trabajos de fiscalización realizados, se presentan a continuación las

conclusiones obtenidas en relación con los objetivos de fiscalización establecidos para las distintas

áreas analizadas:

Presupuesto, liquidación y rendición de las cuentas anuales

La Cámara de Ferrol aprobó el presupuesto ordinario de los ejercicios 2010 y 2011, con unas

previsiones de 1.480.000 euros y 1.000.000 euros, respectivamente.

En el ejercicio 2010, la ejecución del presupuesto prácticamente alcanzó las previsiones iniciales de

(*)

Párrafo suprimido como consecuencia de hechos posteriores.

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58

ingresos y se ajustó, mientras que el gasto superó en un 7,9% a las estimaciones lo que provocó un

déficit presupuestario. En el ejercicio 2011 la realización de ingresos consiguió el 101% de las

previsiones y la ejecución de los gastos el 92,8% del presupuestado, por lo que se obtuvo un

superávit presupuestario originado, en este caso, por la inejecución del presupuesto de gasto.

La liquidación del presupuesto y las cuentas anuales se tramitaron de acuerdo con los requisitos

establecidos legalmente si bien se incumplieron los plazos de presentación de la documentación al

Pleno y al órgano tutelar. Respecto a la liquidación, la Dirección Xeral de Comercio destacó una

serie de incumplimientos que se repiten en los dos ejercicios fiscalizados: no se da cuenta al órgano

tutelar del número y cuantía de las cuotas del RCP no satisfechas, no se cumplió la obligación de

materialización del Fondo de Reserva en disponible a corto plazo, la contribución a los ingresos

permanentes del Consello Galego de Cámaras no cumple el porcentaje establecido en la ley y la

información de la plantilla tampoco cumple las exigencias legales.

Las cuentas anuales de 2010 fueron rendidas al Consello de Contas de Galicia en el plazo

establecido legalmente. Las cuentas de 2011 fueron remitidas fuera de plazo.

El informe de auditoría que se adjunta a las cuentas anuales emitido por profesional independiente

expresa una opinión con salvedades respecto a la fiabilidad y razonabilidad de las cuentas anuales

en el año 2010 y 2011.

La liquidación del ejercicio 2012 no fue aprobada por la Dirección Xeral de Comercio y las cuentas

anuales de ese ejercicio no fueron rendidas al Consello de Contas.

Personal

Los gastos de personal ascendieron a 670.785,93 euros en el año 2010 y a 566.782,05 euros en el

año 2011. Representan el 42% y el 61%, respectivamente, sobre el total de los gastos realizados

por la Cámara.

A nivel cuantitativo el gasto de personal se redujo moderadamente en el año 2011, sin embargo su

peso relativo en el conjunto de los gastos realizados aumentó notablemente como consecuencia de

la inejecución de algunas partidas de gasto en otros capítulos. La merma continuó en 2012 cuando

el gasto ejecutado ascendió a 493.854 euros (60.593 correspondientes a indemnizaciones por

despidos).

La Cámara no dispone de una plantilla en el que se relacionen, debidamente clasificados, todos los

puestos de trabajo, con expresión de su denominación, funciones y categorías tal y como prevé el

artículo 23.3 de la Ley gallega de Cámaras que dispone que anualmente, el pleno de cada cámara

aprobará una plantilla en la que se relacionarán, debidamente clasificados, todos los puestos de

trabajo, con expresión de su denominación, funciones y categoría.

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Por lo que respecta al régimen retributivo, la información sobre las retribuciones del personal no se

refleja de forma transparente, se infringe lo dispuesto en el artículo 46.5 de la LGC ya que en la

plantilla que acompaña al presupuesto no se especifican las retribuciones por todos los conceptos

de cada puesto de trabajo.

Según la información disponible correspondiente a ejercicios posteriores a los fiscalizados, la

Cámara de Ferrol rescindió en 2012, 8 contratos de trabajo por causas económicas (3 de carácter

fijo) además de una baja voluntaria quedando la plantilla al cierre de ese ejercicio en 8 trabajadores

con contrato fijo. En el momento de elaboración de este informe la Cámara no se encuentra al

corriente del pago de las nóminas de este personal.

Contratación

De conformidad con la relación facilitada por la Cámara, durante los años 2010 y 2011 se adjudicó

un único contrato cuyo objeto fue la ejecución de obras para la instalación de conductos, aire

acondicionado, electricidad y agua de un edificio multiusos. La Cámara inició la construcción del

edificio sobre una parcela ubicada en el Puerto Exterior de Ferrol mediante una concesión por treinta

años otorgada en 2008.

La construcción no se finalizó y permanece paralizada y, por lo tanto, el edificio inacabado. A finales

de 2012 el presupuesto extraordinario que recoge la ejecución de esta inversión ascendía a

2.254.933 €. En el activo del balance la empresa recoge un importe de 2.013.303 € como

inmovilizado en curso. Sin embargo, la Cámara no estimó cuál sería el importe recuperable del

edificio, existiendo evidencia de que éste podría ser sensiblemente inferior al reflejado en las

cuentas, lo que debería dar lugar a la dotación del correspondiente deterioro de valor.

Para la financiación de esta actuación la Cámara recibió un préstamo y una ayuda del Ministerio de

Industria en el marco de las actuaciones de reindustrialización en las comarcas de Ferrol, Eume y

Ortegal. El importe del préstamo asciende a 2.018.868 € y las ayudas a 1.728.630 €. Estas últimas

habían debido ser objeto de devolución al no haberse aplicado correctamente. Además, para

completar la financiación la Cámara formalizó un préstamo con una entidad de crédito por importe

de 750.000 € de los que a finales de 2012 estaban dispuestos 319.706 €.

La actuación de la Cámara de Ferrol en la semiconstrucción del edificio no respetó la normativa de

contratación ya que esta actuación, a pesar de su volumen económico, no se sometió en ningún

momento a los principios de publicidad, objetividad y concurrencia al fraccionar reiteradamente el

objeto del contrato. De este modo la Cámara no desarrolló ningún procedimiento abierto e incluso

no llegó a formalizar contrato alguno en la construcción de la edificación.

Además, esta actuación provocó un importante desequilibrio financiero y quebranto económico que

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compromete la viabilidad futura de la Cámara al tener que hacer frente a devolución de deudas y

ayudas no justificadas sin tener a cambio un activo operativo que permita generar ingresos para

hacerles frente.

Situación financiera y patrimonial y consideraciones derivadas de la supresión del RCP

y sobre la viabilidad de la Cámara

El RCP constituía la principal fuente de financiación de las cámaras. El año 2012 fue el último año

en el que se liquidaron los ingresos correspondientes a dicho recurso, exigiéndose solamente la

parte correspondiente al Impuesto de Sociedades para las empresas con una facturación superior a

los 10 millones de euros. A partir del año 2013, las cámaras dejan de percibir estos ingresos lo que

afecta de manera relevante al desarrollo de las funciones y a la prestación de los servicios que tienen

legalmente atribuidos.

La pérdida del RCP compromete la supervivencia de las cámaras. Ahora bien, la situación financiera

de cada cámara al final del año 2012 condiciona su capacidad de respuesta al nuevo escenario.

La Cámara de Ferrol se enfrenta a la supresión de la cuota cameral con una muy negativa situación

financiera y patrimonial caracterizada por los siguientes trazos:

Los ingresos no eran capaces de cubrir los gastos lo que genera déficits presupuestarios (-

332-472 €).

La Cámara no mostraba capacidad alguna de generar ingresos propios.

La Cámara presentaba un fondo de maniobra negativo en el 2012 que pone de relieve la

incapacidad de hacer frente al pago de sus deudas a corto plazo.

A finales de 2012 el activo de la empresa era inferior a su pasivo lo que es indicativo de una

situación de quiebra técnica. Para atender a un pasivo de 5,04 millones de euros dispone de

un activo contable de 4,77 millones de euros. Sin embargo, gran parte de este activo tiene

un dudoso valor realizable. Nombradamente, el edificio de usos múltiples es una obra

inacabada y paralizada que está contabilizada por 2,01 millones. Por otra parte, la inversión

en el consorcio ProFerias y Exposiciones por 0,28 millones es difícilmente recuperable ya que

éste se encuentra en una complicada situación económica. Al cierre de 2012 los fondos

líquidos para hacer frente a las deudas importaban 0,687 millones de euros.

Por lo tanto la Cámara no dispone de recursos suficientes para hacer frente a sus deudas. Su

supervivencia parece que sólo podría venir de la mano de la restructuración de su deuda y/o del

apoyo financiero externo.

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IV.2 RECOMENDACIONES

La complicada situación financiera y patrimonial de la Cámara de Ferrol sitúa como recomendación

principal la necesidad de proceder a su saneamiento financiero si lo que se pretende es que continúe

prestando servicios y desarrollando su actividad. La solución podría exigir la restructuración de sus

deudas, el apoyo financiero externo y/o su integración en otra entidad con mayor capacidad.

Además, en el momento de elaboración del informe, la Cámara es gestionada por una comisión

gestora que por su naturaleza debe configurarse como una situación transitoria hasta la elección de

nuevos órganos de gobierno.

En el supuesto de que tenga lugar este proceso de saneamiento y renovación, la Cámara deberá

ajustar sus capítulos de gastos y ser capaz de generar los ingresos necesarios para poder desarrollar

las funciones que legalmente tiene atribuidas. Además, en el plano de gestión procede efectuar las

siguientes recomendaciones:

Presupuesto, liquidación y cuentas anuales

- Elaborar adecuadamente los documentos que acompañan al presupuesto ofreciendo la

información exigida por la normativa vigente, en particular, el programa de actuaciones e

inversiones, el programa de financiación y sus actuaciones, la plantilla y atender las observaciones

realizadas por la DXC corrigiendo los incumplimientos que se pusieron de manifiesto.

- Respetar los principios y normas contables evitando la acumulación de salvedades en los informes

de auditoría que se adjuntan sus cuentas.

- Rendir sus cuentas anuales en los plazos legalmente establecidos.

Personal

- Regular los procedimientos de selección del personal garantizando la observancia de los principios

de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

- Ofrecer mayor información sobre las retribuciones del personal garantizando su transparencia y

adoptar unos criterios objetivos para el abono de los complementos salariales.

Contratación

- Cumplir la normativa contractual en la adjudicación de los contratos, respetando los

procedimientos establecidos en las instrucciones de contratación, promoviendo la concurrencia y

evitando la adjudicación directa.

- Definir con objetividad y transparencia los criterios de adjudicación estableciendo en los pliegos

unas reglas precisas para efectuar la valoración de las distintas proposiciones, garantizando que los

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licitadores conozcan estas reglas y la importancia de los distintos aspectos en el momento de

elaborar sus ofertas.

- Formalizar los contratos en los que se definan con claridad las prestaciones contratadas.

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ANEXOS

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ANEXO I. DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LAS CÁMARAS GALLEGAS

Leyenda

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ANEXO II. LIQUIDACIÓN PRESUPUESTARIA, BALANCE Y CUENTA DE PYG DE 2010 Y 2011

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ANEXO III. FUNCIONES DE CARÁCTER PÚBLICO-ADMINISTRATIVAS DE LAS CÁMARAS AGRUPADAS POR ÁREAS

Artículo 2 de la Ley 3/1993, Básica de Cámaras y artículo 4.2 de la Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia)

1. FORMACIÓN

Ley 3/1993, Básica de Cámaras

Colaborar con las Administraciones educativas competentes en la gestión de la formación

práctica en los centros de trabajo incluido en las enseñanzas de Formación Profesional reglada,

en especial en la selección y homologación de centros de trabajo y empresas y, en su caso, en la

designación de tutores de los alumnos y en el control del cumplimiento de la programación.

Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia

Difundir e impartir formación no reglamentada referente a la empresa.

Colaborar en los programas de formación permanente establecidos por las empresas, por

centros docentes públicos o privados y, en su caso, por las administraciones públicas

competentes, dentro de los términos que se establezcan.

2. PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ASISTENCIA A LAS EMPRESAS

Ley 3/1993, Básica de Cámaras

Expedir certificados de origen y demás certificaciones relacionadas con el tráfico mercantil,

nacional e internacional, en los supuestos previstos en la normativa vigente.

Recopilar las costumbres y usos normativos mercantiles, así como las prácticas y usos de los

negocios y emitir certificaciones acerca de su existencia.

Desempeñar funciones de arbitraje mercantil, nacional e internacional, de conformidad con lo

establecido en la legislación vigente.

Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia

Difundir las actividades y los programas de apoyo dirigidos a las empresas y participar en su

elaboración, cuando así se determine.

Promover y cooperar en la organización de ferias y exposiciones.

Crear y administrar lonjas de contratación y bolsas de subcontratación, tras la previa

autorización de la Administración Autonómica.

Designar las personas que, si es el caso, ejerzan las funciones de arbitraje institucional previstas

en el artículo 14.1.A de la Ley 60/2003, del 23 de diciembre, de Arbitraje, así como participar

en el sistema arbitral de consumo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2.1.i de la Ley

Básica de Cámaras.

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3. PROMOCIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR

Ley 3/1993, Básica de Cámaras

Desarrollar actividades de apoyo y estímulo al comercio exterior, en especial a la exportación,

mediante la elaboración y ejecución del Plan Cameral de Promoción de las Exportaciones.

Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia

Colaborar en la promoción comercial y turística, desarrollar actividades de apoyo y estímulo al

comercio exterior, en especial la exportación y apoyar y fomentar la presencia de los productos y

servicios gallegos en el exterior.

4. ASESORAMIENTO Y COLABORACIÓN CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Ley 3/1993, Básica de Cámaras

Proponer al Gobierno, a través del Ministerio de Industria, cuantas reformas o medidas crean

necesarias o convenientes para el fomento del comercio, la industria y la navegación.

Ser órgano de asesoramiento de las administraciones públicas, en los términos que las mismas

establezcan, para el desarrollo del comercio, la industria y la navegación.

Tramitar los programas públicos de ayudas a las empresas en los términos que se establezcan

en cada caso, así como gestionar servicios públicos relacionados con las mismas cuando su

gestión le corresponda a la Administración del Estado.

Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia

Emitir informe sobre los proyectos de disposiciones generales emanados de la Comunidad

gallega que afecten directamente a los intereses generales del comercio, la industria y la

navegación, en los supuestos y con las condiciones y alcance que el ordenamiento jurídico

determine.

Colaborar en la ejecución de los programas públicos de ayudas a las empresas en los términos

que se establezcan en cada caso, así como gestionar los servicios públicos relacionados con las

mismas, cuando su gestión corresponda a la Administración Autonómica y siempre que así se

establezca en sus respectivas normas.

Colaborar con los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Galicia emitiendo

informe sobre los estudios, trabajos y acciones que se realicen sobre la ordenación del territorio,

medio ambiente y localización industrial y comercial.

5. FUNCIONES CENSUALES Y ESTADÍSTICAS

Ley 3/1993, Básica de Cámaras

Llevar un censo público de todas las empresas, así como de sus establecimientos, delegaciones y

agencias radicadas en su demarcación.

Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia

Elaborar estadísticas del Comercio, la Industria y la Navegación de Galicia y encuestas de

evaluación y los estudios de los distintos sectores comerciales, industriales y navieros, así como

publicarlos y difundirlos.

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V. TRÁMITE DE ALEGACIONES

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento del Consello de Contas de Galicia,

el anteproyecto de informe de fiscalización de la Cámara de Comercio e Industria de Ferrol fue

remitido a la Presidenta de la Comisión Gestora el día 22 de julio de 2014. Transcurrido el plazo

concedido no se formularon alegaciones.

En este trámite se incluyeron algunas modificaciones del anteproyecto, que se indican mediante

nota a pie de página, a los efectos de actualizar algunos párrafos en consonancia a la nueva Ley

4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y

Navegación.

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