Informe Actividad 2 Producto 4-A Rev A2 (2)

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Informe Actividad 2 Producto 4 - a Preparación de documento de base, TdR y pliego para la contratación de la consultoría para la realización de estudios de factibilidad para la mitigación del riesgo aluvional en el AMGM Programa de Desarrollo de Áreas Metropolitanas del Interior Versión A1 Julio de 2014

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InformeActividad 2

Producto 4 - a

Preparación de documento de base, TdR y pliego para la contratación de la consultoría para la realización de estudios de factibilidad para la mitigación del riesgo aluvional en el AMGM

Programa de Desarrollo de Áreas Metropolitanas del Interior

Versión A1

Julio de 2014

Ing. Carlos Debandi

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Proyecto: DAMI 2499/OC-AR Ing. Carlos Debandi

ACTIVIDAD 2 - PRODUCTO 4-A

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ÍNDICE GENERAL

1. ALCANCES Y OBJETIVOS...........................................................................................3

2. MODELO DE ACUERDO INTERMUNICIPAL..........................................................3

2.1. TÍTULO..........................................................................................................................32.2. ANTECEDENTES............................................................................................................32.3. CONSIDERANDOS..........................................................................................................32.4. Cláusulas......................................................................................................................3

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1. Alcances y ObjetivosEl presente informe busca cumplir con lo requerido en la Actividad 2 - Producto 4-a del Programa de Desarrollo de Áreas Metropolitanas del Interior (D.A.M.I.), Préstamo BID 2499/OC-AR "Preparación de documento de base, TdR y pliego para la contratación de la consultoría para la realización de estudios de factibilidad para la mitigación del riesgo aluvional en el AMGM"

2. Modelo de Acuerdo Intermunicipal

2.1. AntecedentesDEFINICIÓN DEL RIESGO ALUVIONALSe define riesgo como la combinación de la probabilidad de que se produzca un evento y sus consecuencias negativas. Los factores que lo componen son la amenaza y la vulnerabilidad.La amenaza es la probabilidad de que una zona se vea afectada por un determinado proceso. La evaluación de la amenaza hídrica intenta predecir o pronosticar el comportamiento de los fenómenos naturales potencialmente dañinos asociados a las lluvias intensas, tales como crecidas de cauces, inundaciones y fenómenos de erosión y sedimentación.La vulnerabilidad es el conjunto de características y circunstancias de bienes o personas que los hacen susceptibles a los efectos dañinos de una amenaza.

2.2. ConsiderandosA completar al momento de la redacción final del Acuerdo Marco.

2.3. Cláusulas1°. OBJETOEl presente Acuerdo tiene por objeto regular la gestión mancomunada de las acciones de mitigación de riesgos aluvionales en el territorio los municipios parte a fin de promover el desarrollo sustentable y la protección del ambiente, de conformidad con los principios, objetivos y compromisos que se establecen a continuación. El Acuerdo no afecta la autonomía de los municipios ni importa una delegación o renuncia de sus competencias en la materia.El Acuerdo no afecta la autonomía de los municipios ni importa una delegación o renuncia de sus competencias en la materia.

2°. ALCANCE TERRITORIALEl presente Acuerdo alcanza los territorios de los municipios Capital, Godoy Cruz, Guaymallén, Las Heras, Luján de Cuyo y Maipú. Otras jurisdicciones podrán integrarse al Acuerdo conforme el surgimiento de intereses y necesidades comunes relativas a la gestión de las acciones de mitigación de riesgos

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aluvionales, mediante la adhesión expresa al mismo. La integración de otras jurisdicciones al Acuerdo será evaluada teniendo en cuenta los intereses y necesidades regionales relativas a la mitigación del riesgo hídrico, así como las posibilidades técnicas, económicas, sociales y ambientales que implique la incorporación. La misma deberá realizarse conforme los mecanismos legales previstos en las jurisdicciones adherentes.

3°. PRINCIPIOSLos Municipios Parte se comprometen a gestionar integralmente y de modo mancomunado las actividades destinadas a la mitigación del riesgo aluvional, en particular :

a) Adecuando las legislaciones municipales a al presente Acuerdo Marco

b) Fijando objetivos ambientales cuyos plazos contemplen la gradual adecuación de las actividades relacionadas con esos objetivos.

c) Velando por el uso y goce apropiado del ambiente por parte de las generaciones presentes y futuras, sin soslayar la necesidad del desarrollo económico y social.

d) Garantizando el acceso a la información pública y la participación ciudadana en la toma de decisiones relativa a las actividades de mitigación del riesgo aluvional.

e) Cooperando solidariamente en todo lo atinente a la gestión de actividades de mitigación del riesgo aluvional.

4°. COMPROMISOSDe conformidad con los principios y objetivos mencionados, los Municipios Parte deberán constituir un Comité Interjurisdiccional a efectos de concretar los siguientes compromisos:

a) Gestionar mancomunadamente las acciones de mitigación del riesgo hídrico, realizando de modo conjunto las inversiones y contrataciones que resulten necesarias de acuerdo al sistema de gestión consensuado.

b) Abstenerse de dictar normas contrarias al presente Acuerdo, adecuando las existentes.

c) Celebrar los acuerdos específicos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto de este Acuerdo Marco, garantizando los recursos económicos pertinentes.

d) Implementar sistemas de información y bases de datos sobre las acciones de mitigación de riesgo aluvional que resulten compatibles con los implementados por los demás Municipios Parte.

e) Instrumentar mecanismos efectivos de acceso a la información pública y de participación ciudadana vinculados especialmente a la mitigación del riesgo aluvional.

f) Implementar programas de concientización y educación de la población respecto a la problemática hídrica.

5°. COMITÉ INTERJURISDICCIONAL

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De acuerdo a lo dispuesto en el apartado COMPROMISOS, los Municipios Parte y la Dirección de Hidráulica de a provincia constituirán el Comité Interjurisdiccional para la Gestión de Acciones de Mitigación del Riesgo Aluvional en el Área Metropolitana del Gran Mendoza, con domicilio legal en ...El Comité tendrá como objetivo la concertación política del Sistema de Gestión de Acciones de Mitigación del Riesgo Aluvional del Área Metropolitana del Gran Mendoza y su posterior implementación.Las decisiones adoptadas por el Comité deberán ser aprobadas por los respectivos Concejos Deliberantes de los Municipios Parte, con carácter previo a su implementación.El Comité delegará en una o varias personas jurídicas de derecho público o privado, seleccionadas a través de una licitación pública e idóneas para los cometidos que se le encomendarán, la implementación de las políticas concertadas en el Comité y aprobadas por los respectivos Concejos Deliberantes de los Municipios Parte.El Comité deberá:

a) Concertar las políticas para la mitigación del riesgo hídrico de los Municipios Parte-

b) Proponer a los Concejos Deliberantes de los Municipios Parte la aprobación por ordenanza de las políticas concertadas.

c) Implementar dichas políticas a través de las contrataciones que resulten necesarias para la realización de estudios, contratación de servicios y personal, y, en general, cualquier otra actividad que requiera la implementación mencionada.

d) Fijar los aportes que deberán realizar los Municipios Parte para la ejecución de acciones de mitigación del riesgo hídrico.

e) Administrar los recursos que los Municipios Parte le transfieran conforme la fijación de aportes, previamente aprobados por los Concejos Deliberantes.

f) Rendir cuentas a los Concejos Deliberantes sobre la gestión técnica y económica del Comité.

g) Poner a disposición del público los resultados de su gestión.

El Comité se compondrá de un órgano plenario y un órgano ejecutivo.El órgano plenario será integrado por el Intendente de cada uno de los Municipios Parte y por el Director de la Dirección de Hidráulica de la provincia o el representante que a ese efecto designen, y por representantes de la sociedad civil. Cada Municipio Parte y la Dirección de Hidráulica tendrán un voto cada uno. Los representantes de la sociedad civil tendrán voz, pero no voto.Las decisiones del plenario deberán considerar las opiniones expresadas por los representantes de la sociedad civil durante las deliberaciones, y se tomarán por mayoría absoluta de los miembros integrantes.

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El órgano ejecutivo será integrado por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario designados de entre los miembros del órgano plenario, con un mandato de (3) años.Su función será ejecutar las políticas y mandatos decididas en pleno.

6°. SOLUCIÓN DE CONFLICTOSPara el caso de conflicto entre algunas de las Partes respecto de cualquier materia contemplada en el presente Acuerdo, los Municipios Parte involucrados se comprometen, como medida previa a cualquier acción judicial, a iniciar un proceso de consultas y negociación a fin de lograr la solución del mismo.

7°. VIGENCIAEl presente Acuerdo Marco será ratificado por los Municipios Parte de conformidad a las disposiciones legales vigentes en cada una de las jurisdicciones, entrando en vigencia a partir de la ratificación por parte de los respectivos Concejos Deliberantes.

8°. CONCLUSIÓNLos Municipios Parte convienen que el presente Acuerdo podrá darse por concluido en cualquier momento por alguna de las partes, cuando:

a. Alguno de los Municipios Parte deje de cumplir con las obligaciones adquiridas mediante el presente Acuerdo.

b. Cuando por caso fortuito o de fuerza mayor, alguno de los Municipios Parte estuviere imposibilitado para dar cumplimiento a las obligaciones aquí adquiridas.

c. Por hacerse imposible el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo por motivos ajenos a la voluntad de los Municipios Parte.

d. Por el mutuo acuerdo de los Municipios Parte.

FIN DEL DOCUMENTO