Infografia Laboral Colectivo

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ALUMNO: FERNANYER DE GOUVEIA CI: 23.488.683 SECCIÓN: SAIA F Republica Bolivariana De Venezuela Universidad Fermín Toro Escuela de Derecho Edo. Lara - Barquisimeto Infografía

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ALUMNO: FERNANYER DE GOUVEIACI: 23.488.683SECCIÓN: SAIA F

Republica Bolivariana De VenezuelaUniversidad Fermín Toro

Escuela de DerechoEdo. Lara - Barquisimeto

Infografía

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Definición: Es una de la formas de celebrar una convención colectiva. Se convoca o reconoce entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios sindicatos de patronos, con la finalidad de mejorar las condiciones de prestación del servicio en una misma rama de actividad, con alcance local, regional o nacional, del sector público o del sector privado

La solicitud para realizar la convocatoria es hecha por uno o varios sindicatos, federaciones o

confederaciones sindicales de trabajadores, o uno o varios patronos

o sindicatos de patronos; ante el Ministerio del ramo. Articulo 529 de la

LOT

Requisitos:1) Expresar claramente y con

precisión la rama de actividad de que se trate

2)  formulen organizaciones sindicales de trabajadores, los

patronos requeridos a negociar, y acompañarla de la

nómina de los trabajadores que presten servicio a esos patronos y estén afiliados a

los sindicatos3) cuando la formule uno o

varios patronos, el o los sindicatos de trabajadores

requeridos a negociar colectivamente

4)  Acompañar el pliego de peticiones que servirá de

base a las discusiones de la Reunión Normativa Laboral

El articulo 533 de la LOT nos explica como actuara luego que el ministerio acepte los

requisitos: 1) Día y hora de la

convocatoria2) Nomina de los convocantes3) Rama de la actividad que

se trate4) Alcance de la reunión

Obligados a la RNL basado en el articulo 534:

1) El patrono o sindicato de patronos y los sindicatos, federaciones o confederaciones sindicales de

trabajadores2) Cuando los asistentes a más del

cincuenta por ciento (50%)

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Oposición de alegatos: Articulo 519 nos da los días de alegatos dentro cinco (5) días hábiles improrrogables, Salvo que lo alegado diere lugar a pruebas, que

en tal caso se dispondrá una articulación de cuatro (4) días hábiles

para éstas, y cinco (5) días hábiles

En el articulo 539 nos habla que aquellos

sindicatos que no se hayan afiliados al

principio de la reunión laboral puedan afiliarse

en lo que se lleva el transcurso de la reunión

El articulo 548 de LOT nos dice que el tiempo de duración debe ser de un periodo de 60 días mas

30 días de prorroga y el articulo 550 de la LOT no como otorgamiento de 30 días mas de duración

El deposito de la reunión laboral colectiva surtirá efecto cuando

sea depositada en la inspectora de trabajo competente y así

poder surtir efecto a lo que se convenio en las reuniones