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COMISIÓN DE EVALUACIÓN E INDICADORES DE LA COMAIP FORMATO ÚNICO PARA ACLARACIONES MÉTRICA 2014 Número de observaci ón Estado o entidad Sujeto obligado Dimensión ACLARACIÓN (En la aclaración se solicita ser lo más específico posible y detallando la variable en particular, así como el argumento sintético) 1. México General Normativida d Las variables integradas con motivo de la reforma constitucional de febrero de 2014 no deben considerarse; comprenden un periodo de tiempo fuera del acordado ante la COMAIP, como se advierte del correo electrónico de 20 de febrero de 2014, remitido por el Dr. Dirk Zavala donde se establece que la fecha a considerar para las reformas legislativas es el 31 de enero de 2014. Aunado a ello, cabe destacar que aún no se cumple el plazo para adecuar la normatividad estatal a dichas reformas, pues no se ha emitido la Ley General en la materia. Resulta imposible atender a las reformas de febrero en marzo que comenzó la medición. 2. México General Normativida d 2.2.3 Permitir que los integrantes del Órgano Garante puedan tener acceso a toda la información gubernamental y los archivos administrativos. Se evaluó a la entidad con 0,

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COMISIÓN DE EVALUACIÓN E INDICADORES DE LA COMAIP

FORMATO ÚNICO PARA ACLARACIONESMÉTRICA 2014

Número de observación

Estado o entidad Sujeto obligado Dimensión

ACLARACIÓN (En la aclaración se solicita ser lo más

específico posible y detallando la variable en particular, así como el argumento sintético)

1. México General Normatividad

Las variables integradas con motivo de la reforma constitucional de febrero de 2014 no deben considerarse; comprenden un periodo de tiempo fuera del acordado ante la COMAIP, como se advierte del correo electrónico de 20 de febrero de 2014, remitido por el Dr. Dirk Zavala donde se establece que la fecha a considerar para las reformas legislativas es el 31 de enero de 2014.

Aunado a ello, cabe destacar que aún no se cumple el plazo para adecuar la normatividad estatal a dichas reformas, pues no se ha emitido la Ley General en la materia.

Resulta imposible atender a las reformas de febrero en marzo que comenzó la medición.

2. México General Normatividad

2.2.3 Permitir que los integrantes del Órgano Garante puedan tener acceso a toda la información gubernamental y los archivos administrativos. Se evaluó a la entidad con 0, cuando lo correcto es 1 ya que el artículo 58 de la Ley de Transparencia estatal establece dicha obligación.

3. México General Normatividad

3.2.7 Obligaciones de información específica para el Instituto Electoral. Se evaluó a la entidad con 0, cuando lo correcto es 1 ya que se encuentran reguladas en los artículos, 2, fracción III y 7, párrafo segundo de la Ley de Transparencia estatal.

4. México General Normatividad

3.2.10 Obligaciones de información específica para Partidos Políticos. Se evaluó a la entidad con 0, cuando lo correcto es 1 ya que se encuentran reguladas en los artículos 7, párrafo segundo y 12, fracción X de la Ley de Transparencia estatal.

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5. México General Normatividad

3.3.3 Obligación de indicar la fecha de última actualización en la página de Internet. Se evaluó a la entidad con 0, cuando lo correcto es 1 ya que dicha obligación se encuentra prevista en el artículo 5, fracción XII de los Lineamientos por los que se establecen las normas que habrán de observar los sujetos obligados en la identificación, publicación y actualización de la información pública de oficio determinada por el capítulo i del título tercero de la ley de transparencia y acceso a la información pública del estado de México y Municipios (“Lineamientos IPO”)

6. México General Normatividad

8.8 Decisiones del órgano garante definitivas: Es decir tales resoluciones tienen fuerza de cosa juzgada y deben ser acatadas por los sujetos obligados contra ellas sólo procede el juicio de amparo si el particular estima que existe una violación constitucional. Se evaluó a la entidad con 0, cuando lo correcto es 1 ya que se encuentra establecida en el Artículo 78 de la Ley de Transparencia Estatal.

7. México General Normatividad

8.11.6 En materia de relaciones interinstitucionales. Se evaluó a la entidad con 0, cuando lo correcto es 1 ya que se prevé en el artículo 38, fracción I del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios (“Reglamento Interior”)

8. México General Normatividad

11.3 El recurso de revisión procede en caso de que la información sea entregada en un formato distinto al solicitado. Se evaluó a la entidad con 0, cuando lo correcto es 1. Dicha hipótesis se encuentra prevista en el artículo 71, fracción IV de la Ley de Transparencia estatal, al establecer como supuesto "que la respuesta (de manera general) sea desfavorable para el particular. En éste se incluye la modalidad de entrega al no limitar el recurso a la información sino a la respuesta como tal.

9. México General Normatividad 11.12 Procedimiento para el caso del silencio de la autoridad, ya sea a) positiva ficta; b) negativa ficta.

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El formato de medición es incorrecto, pues duplica la evaluación al calificar tanto al inciso a) como al b) de forma separada; aun cuando se trata de una pregunta con dos variables (optando por una u otra), de la cual debe entenderse que si se responde a una de éstas se obtiene la puntuación no así si se responden ambas, pues una excluye a la otra.La evaluación se hace nugatoria al establecer un 1 y luego un 0.

10. México General Normatividad

11.14 Procedimiento de ejecución en caso de incumplimiento de una resolución en un recurso de revisión, a fin de hacerla cumplir. Se evaluó a la entidad con 0, cuando lo correcto es 1 ya que se encuentra establecido en el Capítulo Décimo Tercero de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Acceso a la Información, así como de los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. (“Lineamientos de Trámite”)

11. México General Normatividad

12.2 Órgano calificado para sancionar, ya sea: a) faculta al órgano garante o b) Remite a otro órgano. El formato de medición es incorrecto, pues duplica la evaluación al calificar tanto al inciso a) como al b) de forma separada; aun cuando se trata de una pregunta con dos variables (optando por una u otra), de la cual debe entenderse que si se responde a una de éstas se obtiene la puntuación no así si se responden ambas, pues una excluye a la otra.La evaluación se hace nugatoria al establecer un 1 y luego un 0.

12. México General Normatividad 12.3 Establece o remite a un procedimiento disciplinario, ya sea: a) Remite a otra ley o b) Establece un procedimiento específico de responsabilidad en la propia ley. El formato de medición es incorrecto, pues duplica la evaluación al calificar tanto al inciso a) como al b) de forma separada; aun cuando se trata de una pregunta con dos variables (optando por una u otra), de la

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cual debe entenderse que si se responde a una de éstas se obtiene la puntuación no así si se responden ambas, pues una excluye a la otra.La evaluación se hace nugatoria al establecer un 1 y luego un 0.

13. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2013.4.2.A

La metodología utilizada en la variable exógena, en su indicador 1) Operación, elemento a) Presupuesto, no es la más apropiada, ya que el presupuesto debe atender al nivel poblacional de la entidad federativa por su especial y particular naturaleza; no así, al mínimo de sujetos obligados para cada entidad.

Lo anterior, con fundamento en el artículo 19 de la Constitución Política Estatal que dice que los Presupuestos de Egresos se encuentran orientados a la asignación prudente de los recursos obtenidos por las autoridades, considerando criterios de proporcionalidad y equidad en la distribución de cargas y de los beneficios respectivos entre los habitantes.

14. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2013.4.2.B

La metodología utilizada en la variable exógena, en su indicador 1) Operación, elemento a) Presupuesto, no es la más apropiada, ya que el presupuesto debe atender al nivel poblacional de la entidad federativa por su especial y particular naturaleza; no así, al mínimo de sujetos obligados para cada entidad.

Ídem Observación 1315. México Instituto de

Transparencia, Acceso a la

Información Pública y

Protección de Datos Personales

del Estado de

Capacidades Institucionales

2014.4.2.A

La metodología utilizada en la variable exógena, en su indicador 1) Operación, elemento a) Presupuesto, no es la más apropiada, ya que el presupuesto debe atender al nivel poblacional de la entidad federativa por su especial y particular

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México y Municipios

naturaleza; no así, al mínimo de sujetos obligados para cada entidad.

Ídem Observación 13

16. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2014.4.2.B

La metodología utilizada en la variable exógena, en su indicador 1) Operación, elemento a) Presupuesto, no es la más apropiada, ya que el presupuesto debe atender al nivel poblacional de la entidad federativa por su especial y particular naturaleza; no así, al mínimo de sujetos obligados para cada entidad.

Ídem Observación 1317. México Instituto de

Transparencia, Acceso a la

Información Pública y

Protección de Datos Personales

del Estado de México y

Municipios

Capacidades Institucionales

2010.4.5

La metodología utilizada en la variable exógena, en su indicador 1) Operación, elemento b) Recursos Humanos, no es la más apropiada ya que ésta se realiza mediante la división del número total de trabajadores entre el número mínimo de Sujetos Obligados; sin embargo, atendiendo al índice de Pareto, también conocido como la regla 80/20, debe privilegiarse que se hace más con menos; máxime que dicho índice en términos económicos permite lograr mucho más invirtiendo mucho menos esfuerzo, tiempo y recursos.

Por tanto, se estima conveniente que el número de Sujetos Obligados se divida entre el número de trabajadores a fin de que privilegie el principio de más con menos.

Además, no debe perderse de vista que el Estado de México cuenta con una población de 15,175,862 habitantes; nivel demográfico no comparable con entidades federativas más pequeñas, ni se toma en cuenta que el INFOEM resuelve aproximadamente 2,500 recursos de revisión al año, derivados de 20,000

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solicitudes de acceso a la información pública divididos entre 232 Sujetos Obligados.

18. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2010.4.5.1

Ídem Observación 17.

19. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2010.4.5.2

Ídem Observación 17.

20. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2010.4.5.3

Ídem Observación 17.

21. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2010.4.5.3.1

Ídem Observación 17.

22. México Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y

Capacidades Institucionales

2010.4.5.3.2

Ídem Observación 17.

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COMISIÓN DE EVALUACIÓN E INDICADORES DE LA COMAIP

Protección de Datos Personales

del Estado de México y

Municipios

23. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2011.4.5

Ídem Observación 17.

24. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2011.4.5.1

Ídem Observación 17.

25. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2011.4.5.2

Ídem Observación 17.

26. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2011.4.5.3

Ídem Observación 17.

27. MéxicoInstituto de

Transparencia, Acceso a la

Capacidades Institucionales

2011.4.5.3.1

Ídem Observación 17.

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Información Pública y

Protección de Datos Personales

del Estado de México y

Municipios

28. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2011.4.5.3.2

Ídem Observación 17.

29. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2012.4.5

Ídem Observación 17.

30. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2012.4.5.1

Ídem Observación 17.

31. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2012.4.5.2

Ídem Observación 17.

32. México Instituto de Capacidades 2012.4.5.3

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Transparencia, Acceso a la

Información Pública y

Protección de Datos Personales

del Estado de México y

Municipios

Institucionales

Ídem Observación 17.

33. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2012.4.5.3.1

Ídem Observación 17.

34. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2012.4.5.3.2

Ídem Observación 17.

35. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2013.4.5

Ídem Observación 17.

36. México Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y

Capacidades Institucionales

2013.4.5.1

Ídem Observación 17.

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Municipios

37. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2013.4.5.2

Ídem Observación 17.

38. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2013.4.5.3

Ídem Observación 17.

39. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2013.4.5.3.1

Ídem Observación 17.

40. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2013.4.5.3.2

Ídem Observación 17.

41. México Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales

Capacidades Institucionales

2014.4.5

Ídem Observación 17.

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del Estado de México y

Municipios

42. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2014.4.5.1

Ídem Observación 17.

43. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2014.4.5.2

Ídem Observación 17.

44. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2014.4.5.3

Ídem Observación 17.

45. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Capacidades Institucionales

2014.4.5.3.1

Ídem Observación 17.

46. México Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y

Capacidades Institucionales

2014.4.5.3.2

Ídem Observación 17.

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COMISIÓN DE EVALUACIÓN E INDICADORES DE LA COMAIP

Protección de Datos Personales

del Estado de México y

Municipios47. México Instituto de

Transparencia, Acceso a la

Información Pública y

Protección de Datos Personales

del Estado de México y

Municipios

Capacidades Institucionales

Variable Independiente c) Salarios de los Comisionados o Consejeros.

La metodología utilizada en esta variables no es la más apropiada en atención a lo siguiente:

Se consideró el salario mensual bruto en 2013 ponderado por el salario mínimo vigente en el mismo año; sin embargo, se estima que la evaluación debe atender a la comparación de salarios con servidores públicos de rango análogo del propio Estado de México, tales como: magistrados de Tribunales de Justicia, Secretarios de Estado, Auditor Superior, Consejeros de Institutos Electorales, o bien, Presidentes de Comisiones de Derechos Humanos.

Además, la Carta Magna dispone que los organismos autónomos deben recibir una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, proporcional a sus responsabilidades. Remuneración que será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes.

Por tanto, el Estado de México cuenta con una población de 15,175,862 habitantes; nivel demográfico no comparable con entidades federativas más pequeñas, ni se toma en cuenta que el INFOEM resuelve, al año aproximadamente, 2,500 recursos de revisión, derivados de 20,000 solicitudes de acceso a la información pública divididos entre 232 Sujetos

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COMISIÓN DE EVALUACIÓN E INDICADORES DE LA COMAIP

Obligados.

Finalmente, se advierte que el Consejo Consultivo de Valoración Salarial, órgano auxiliar del Poder Legislativo, se encarga de realizar estudios y emitir opiniones, en materia de remuneraciones de los servidores públicos del Estado; el cual delimita rangos salariales y de responsabilidades para Presidentes Municipales; por lo que, se deben tomar en cuenta dichas manifestaciones.

48. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Sujeto Obligado

Se estima que dichas entrevistas si debieron hacerse del conocimiento de los Órganos Garantes, en razón de que serán materia de evaluación.

No es óbice a lo anterior, el hecho de que se hayan entregado con carácter de confidencial, toda vez que el Infoem también es órgano garante de la protección de datos personales; por ende, es la autoridad máxima en dicha materia.

Además, no debe perderse de vista que el análisis de dicha dimensión se haría en el marco de los criterios y parámetros establecidos en la medición, por tanto, los fines de conocimiento serían única y exclusivamente a fin de verificar la evaluación y advertir oportunidades de mejora.

49. México Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Sujeto Obligado Componente B: Sobre El Titular De La Unidad De Información: Se demerita la evaluación si el personal de la unidad de acceso a la información recibe capacitación por parte del órgano Garante, pues el criterio únicamente evalúa positivamente si dicho personal recibe capacitación adicional al OG.

Lo anterior, demerita la evaluación; pues en nuestra entidad es el OG quien cuenta con facultades específicas en materia de capacitación de Sujetos Obligados en transparencia y derechos ARCO.

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COMISIÓN DE EVALUACIÓN E INDICADORES DE LA COMAIP

Debe tomarse en cuenta la calendarización de capacitaciones y programas que el Instituto determina a lo largo del año.

50. México

Instituto de Transparencia,

Acceso a la Información

Pública y Protección de

Datos Personales del Estado de

México y Municipios

Sujeto Obligado

Componente C: Estructura de Transparencia: La unidad de acceso debe realizar capacitación al personal de la dependencia, a fin de obtener una evaluación adecuada, sí solo la realiza el órgano Garante se ve afectada la evaluación.

Sin embargo, en nuestra entidad el artículo 60, fracción XVI de las Ley de la materia establece como atribución del Instituto la capacitación, circunstancia que debe tenerse en cuenta a fin de no afectar la evaluación.