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UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
DIVISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS
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INDEPENDENCIA O LIBERTAD, LO QUE NOS DA POR HABLAR…
Breve análisis del constitucionalismo mexicano.
Presenta Denis Alejandra Ávila
Martínez.
Profesor: Dr. José de Jesús Covarrubias Dueñas.
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CONTENIDO
Pág.
INTRODUCCIÓN 2 - 3
I. ANTECEDENTES 3
I.I “Dominio a la Española” 3 - 5
I.II Construcción de una escalera hacia lo que parecía
inalcanzable 5 - 8
♣ Bando que declaraba la libertad de los esclavos .
♣ Elementos constitucionales de Rayón .
♣ “Los Sentimientos de la Nación”
♣ “El decreto Constitucional para la libertad de la América
Latina”.
I.III Bases establecidas, propósitos firmes, limbo político
jurídico… 8 - 11
♣ Plan de Iguala
♣ Tratados de Córdoba
I.IV México independiente. Y ¿Ahora qué? 11 - 13
♣ Constitución federal de 1824
I.V Centralismo, Federalismo, Centralismo;
Estira y afloja. 13 – 16
♣ Las siete Leyes Constitucionales de 1836
♣ Las bases orgánicas de 1843
♣ Acta de Reforma de 1847
I.VI Federalismo de dicho, centralismo de hecho. 16
♣ Constitución política de 1857
I.VII Dicen por ahí que somos una nación Autónoma, Libre y
Soberana. 17 - 18
♣ Constitución de 1917.
II. UN VISTAZO A NUESTRA REALIDAD 19 – 21
III. CONCLUSION 21 – 22
IV. BIBLIOGRAFÍA 23
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INDEPENDENCIA O LIBERTAD, LO QUE NOS DA POR
HABLAR…
Denis Alejandra Ávila Martínez
Realidad ¿Qué nos dice esta palabra a cada uno de nosotros? Por favor,
detengámonos a pensar. Pero no de una manera individualista. Pensemos
en esa Realidad Nacional tan inconsciente que, efectivamente, nuestro
consciente no percibe, y si lo hace, nosotros mismos hacemos como que
no.
Probablemente se pregunten “¿Qué clase se introducción es ésta?”
A lo que yo les respondería, que es aquella que no pretende solo ser una
mezcla de palabras, un grano de arena más en el desierto de los requisitos
de forma, sino ser una pauta para ya desde este primer punto inducir a la
reflexión, y así posteriormente al acto material de cada individuo. Tratar de
ser ese “chispazo” del que habla el gran Lonergan.
Antes de inmiscuirnos en el tema central que nos compete tratar: “La
libertad” del pueblo mexicano, la Independencia del mismo y por ende la
autonomía como progenitora de la Soberanía; Nacional, Estatal o
MUNICIPAL. Permítanme compartirles de donde deviene la idea de hablar
sobre estos delicados tópicos.
El movimiento neuronal empezó cuando leía “Dos siglos de
Constitucionalismo en México” Libro escrito por el Dr. José de Jesús
Covarrubias Dueñas, honorable Profesor de la Benemérita Universidad de
Guadalajara.
Llegaba yo al capítulo concerniente a Los debates del Acta Constitutiva
de 1824, ahí fue en donde vislumbre mi poca reflexión sobre el presente
Mexicano, más específicamente cuando Juan de Dios Cañedo menciona
que: “no es lo mismo ser independiente que libre” (discusión referente al
artículo 2° “Nación Mexicana libre e independiente” del ordenamiento
antes mencionado) - ¡Cuánta razón tiene! me dije a mi misma. Desde ese
momento supe en que meollo tan subjetivo me introducía eligiendo la
libertad como medula de este trabajo.
Habiendo precisado lo anterior, también tratare eslabones más
pequeños que van unidos al tema medular, como son: algunos
antecedentes históricos que marcaron el rumbo de nuestro TODO político-
jurídico desde el año 1800, pasando por el inicio de aquello que
3
conocemos como “México Independiente”, posterior al absolutismo que
acontecía en 1521. Esto para lograr hacer un análisis de la REALIDAD que
hoy nos atañe, que nos golpea en la cara cuando pensamos vagamente
en que tan libres somos como mexicanos, en el significado de la
autonomía en nuestro tiempo, y en dónde reside ahora la Soberanía,
obteniendo el pueblo como fruto de ésta nada más y nada menos que la
Constitución; madre de todas las leyes, pero no siempre de la voluntad del
legislador.
En miras de que lo aquí planteado quede más claro, conforme se
desarrollen los temas precisare explicar de una manera concisa los
conceptos clave que se empleen durante todo el presente.
Sin más dilación y subiendo los telones de este teatro iniciamos con
este viaje hacia la RE-FLE-XIÓN.
I. ANTECEDENTES
I.I “DOMINIO A LA ESPAÑOLA”
Partiendo de la conquista en el año 1521. México se vio sumido en una
imposición constante de estructuras económicas, culturales, religiosas
sobre todo, políticas e ideológicas que llevaban como justificación la cruz y
como arma la espada.
Posterior a esos actos de “dominio a la española” se dio el mestizaje
y no, los efectos de esa conquista no habían pasado, apenas
comenzaban y las consecuencias aún las cargamos en la espalda. El
tiempo no detenía su andar. Mientras los españoles “reconocían” el terreno
evitando caer en trampas de arena, los aborígenes mexicanos NO tenían
participación trascendente dentro de la estructura política de aquel
tiempo, sin embargo, vaya que eran parte axiomática dentro de las
labores del campo y en la servidumbre. Claro está que el concepto de
libertad individual ni siquiera se vislumbraba, muchísimo menos una
Soberanía Nacional. La idea de una democracia no pasaba aun por la
mente de nuestros antepasados o probablemente sí, pero no la esbozaban
en su presente.
Situándonos en el año 1800 (siglo XIX) en un pueblo con un auge
económico considerable por ser un territorio tan rico e impresionante,
4
empero harto de opresión, con tanta desigualdad social asediando a los
nativos de la Nueva España, !Dependiente¡, se avivaba la admiración
hacia los colonos norteamericanos y coraje de los revolucionarios
franceses.
Los virreinatos florecían entre las milpas. Las voluntades peninsulares hacían
cualquier cosa que se les ordenara desde la cabeza mayor Madrid, sin
importar las consecuencias que dentro de un marco social en derribo y
construcción se pudieran presentar.
Hacia el año de 1804, el polímata Alexander Von Humboldt percibió el
estado social y natural de nuestro México, su realidad poco fructífera, y
afirmó “Si la Nueva España fuera un Estado Independiente, sería una
Nación muy rica”, si fuera independiente… ¿Cuál es la significación de
esta palabra? Tomemos la definición del Diccionario de Oxford.
“Que tiene independencia, que no depende de otros en la
toma de decisiones o en su trabajo”1
Palabras simples que no requieren más explicación. En aquellos años eso,
indudablemente, era lo que la Nueva España precisaba, una
independencia de conciencias e ideas del sistema Español que por tanto
tiempo transgredió las ideologías, tradiciones y costumbres de los nativos,
dejándolos mudos de espíritu y ciegos de coraje, con hambre de romper
las cadenas de imposiciones que atadas llevaban a los talones y muñecas.
Un pueblo cansado no podía permitirse preservar ese modo modus
vivendus por más tiempo. Un orgullo mal herido, las cadenas que pesaban
ya en la humanidad de algunos criollos, y más que en otros, en los propios
del suelo mexicano, requerían ser destrozadas.
La historia sigue su curso, los Porqués emprenden el camino dentro del
pensamiento cegado de los mexicanos. El fervor de la sangre Azteca
sumaba fuerzas, un nuevo mañana se devenía.
En 1808 la poderosa España sucumbía ante cambios estructurales dentro
de sí; la invasión del ejército francés dirigido por Napoleón, la toma de
Fernando VII como prisionero; la abdicación de su trono y el nombramiento
de José Bonaparte como Rey de España influían en México por razones
obvias. Entonces la idea utópica de Independencia que se bosquejaba a
blanco y negro en los lienzos de muchos, llenos de ganas e impulsados por
la efímera idea de “LIBERTAD para el pueblo”, había alcanzado el nivel
necesario para, ahora sí, buscar la metamorfosis.
1 Definición de Independiente. Oxford Diccionario. Consultado el 20 de octubre de 2016. Disponible en: https://es.oxforddictionaries.com/definicion/independiente
5
En los calendarios se marcaba un nuevo año, 1809, y como es bien
sabido después del mestizaje nuevas razas emergieron, dentro de ellas los
criollos; caminando a medias tintas, con “privilegios” indeterminados entre
la pertenencia al aquí (México) y la ascendencia de allá (España). Les
llenaron el buche de piedritas, exactamente eso fue lo que sucedió, por
ello los primeros movimientos emancipadores se hicieron presentes. La
conspiración de Valladolid dirigida por José Mariano Michelana, cuyo
objetivo era crear La Junta Nacional Gubernativa que redundantemente
gobernaría en nombre de Fernando VII. Esta era la manera más plausible
para, en aquel entonces, obtener “autonomía política”. Resalto este
hecho porque fueron los Indígenas el sustento social. Así mismo, la
maquinación antes mencionada fue la base de lo que más delante sería
la conspiración de Querétaro. Acto seguido Ignacio Allende dirigió la
Conspiración de San Miguel el grande, la pasividad había quedado en
atrás, ya no había lugar para más imposiciones.
Llegando a 1810, se da LA GRAN CONSPIRACIÓN. Para entonces los
ilustrados que formaban parte de ella: Allende, Aldama, el matrimonio
Domínguez y Don Miguel Hidalgo y Costilla ya tenían más clara la
concepción de lo que significaba ser independientes, después de 300 años
de dependencia desdeñosa no había nada que los pudiera detener hacia
la búsqueda de la anhelada “Libertad”…
I.II CONSTRUCCIÓN DE UNA ESCALERA HACIA LO QUE PARECÍA
INALCANZABLE.
Principia la evolución del l iberalismo mexicano, aquí
compañeros no podemos omitir los actos de los grandes
Arquitectos de este sistema sin sesgos de opresión e imposiciones
que no fueran las de la conciencia l ibertaria.
Don Miguel Gregorio Antonio Ignacio Hidalgo y Costilla y Gallaga
Mandarte Villaseñor, que al lado de otros grandes (Los Guadalupes) fueron
actores principales y antagónicos de lo que sería la travesía de los 11 años,
el cierre de la caja de pandora en la Nueva España.
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Si bien no se tenía claro un programa político para conducir la lucha,
ya se pensaba en el establecimiento de una democracia2 representativa,
en formar congresos en el que participaran todas las ciudades, villas y
lugares del Reino. La ideología pugnaba en abolir la esclavitud, así como
la difusión de francas ideas de igualdad política. Hagamos un pequeño
contraste acerca de la democracia dentro de la política del ayer y la
contemporánea o modernamente aceptada, como yo la llamo. Esta
palabra tan ambicionada en aquellos ayeres, es concebida hoy como
justificación del ejercicio del poder de un gobierno. De su esencia
redentora como forma de gobierno en la que los ciudadanos escogen a
los gobernantes o dirigentes que los representarán en la conducción del
país queda muy poco en nuestro sistema. Y es que del dicho al hecho hay
mucho trecho, no es lo mismo concebir que actuar conforme a esa
concepción.
Prosigamos con los hechos que, a paso de elefante; lento pero firme
añoraban con romper cadenas. En el año de 1810, el 6 de diciembre para
ser exactos, el Cura Don Miguel Hidalgo y Costilla emite el bando que
declaraba la libertad de los esclavos:
Cuartel General en Guadalajara.
Don Miguel Hidalgo y Costilla,
Generalísimo de América, etc.
Desde el feliz momento en que la valerosa nación americana tomó las
armas para sacudir el pesado yugo, que por espacio de cerca de tres siglos la
tenía oprimida, uno de sus principales objetos fue extinguir tantas gabelas con
que no podía adelantar su fortuna, mas como en las críticas circunstancias del día
no se puedan dictar las providencias adecuadas a aquel fin, por la necesidad de
reales que tiene el reino para los costos de la guerra, se atienda por ahora a
poner el remedio en lo más urgente para las declaraciones siguientes:
1° Que todos los dueños de esclavos deberán darles libertad dentro del
término de diez días, so pena de muerte, la que se les aplicará por trasgresión de
este artículo.
2 Democracia: es entendida preferentemente como igualdad, como libertad, como participación, o, incluso, como estado de Derecho, aunque esto no significa que sean términos sinónimos. Democracia representativa en el Estado Mexicano. Revista Cultura Jurídica de los Seminarios de la Facultad de Derecho: Garita Alonso. M. México D.F. 2010. pp. 284. Consultada el: 11 de noviembre de 2016. Disponible en http://www.derecho.unam.mx/investigacion/publicaciones/revista-cultura/pdf/CJ3_Art_17.pdf
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2° Que cese para lo sucesivo la contribución de tributos, respecto de las
castas que lo pagaban, y toda exacción que a los indios se les exija.
3° Que en todos los negocios judiciales, documentos, escritos y
actuaciones, se haga uso del papel común, quedando abolido el del sellado.
4° Que todo aquel que tenga instrucción en el beneficio de la pólvora,
pueda labrarla sin más pensión que la de preferir al gobierno en las ventas para el
uso de sus ejércitos, quedando igualmente libres todos los simples de que se
compone.
Y para que llegue a noticia de todos, y tenga su debido cumplimiento,
mando se publique por Bando en esta capital, y demás ciudades, villas y lugares
conquistados, remitiéndose el competente número de ejemplares a los tribunales,
jueces y demás personas a quienes corresponda su inteligencia y observancia.
Dado en la ciudad de Guadalajara, a 6 de Diciembre de 1810.
Miguel Hidalgo, Generalísimo de América.3
Toda acción trae consigo una reacción, y tanta movilización
ideológica hasta llegar a tomar las armas no podía pasar desapercibida.
Se llega al año de 1811 y con ello la muerte del conocido por todos
nosotros como Padre de la Patria, pero no por eso la lucha pararía. Todo lo
contrario, había más sed que nunca.
Dentro de la historia aparece un personaje que también vino a dar
un giro a la sociedad en pie de lucha, José Ignacio Antonio López-Rayón y
López-Aguado quien encabezo el movimiento independentista luego del
deceso del Cura Hidalgo. Él, junto a José María Liceaga y José Sixto de la
Santísima Trinidad Verduzco, instalaron la Junta Nacional Americana (Junta
de Zitácuaro, agosto de 1811). Una mezcla de gobierno republicano con
monárquico. Dicha junta dio como resultado “Los elementos
Constitucionales de Rayón”, en este documento se declara a favor de
régimen monárquico, pero estableciendo los tres poderes: el legislativo, un
Concejo de Estado, Ministerios y Capitanías Generales4, más tarde sería
fuente de las ideas constitucionalistas de Morelos mismo que el 14 de
septiembre de 1813, en el Estado de Guerrero, instauro el Congreso de
Anáhuac, sustituyendo así a la junta de Zitácuaro. 3 Juan E. Hernández y Dávalos. Colección de Documentos para la Historia de la Guerra de Independencia de México, de 1808 a 1821. México. 1878. Tomo II. Consultado el 11 de noviembre de 2016. Disponible en: http://simurg.bibliotecas.csic.es/viewer/image/CSIC000219683_V02/1/LOG_0003/;jsessionid=307310A99423E57EFEC16C1B65591231 4 Covarrubias Dueñas José de J. Derecho Constitucional Electoral. Editorial Porrúa. México. 2000. pp. 9.
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La soberanía del pueblo ya no se veía por el cerrojo, se abría la puerta al
ser publicado el documento que trascendía lo antes establecido, “Los
Sentimientos de la Nación” cuyo contenido destacaba en especial la
importancia de algo que en aquel entonces ni siquiera era conocido, los
derechos humanos y al mismo tiempo la libertad.
En el mismo año, el día 6 de noviembre el Congreso de Anáhuac expedía
el Acta de Independencia en la que se declaraba, por fin, que la nación
había recobrado el ejercicio de su soberanía usurpada por la Constitución
de Cádiz, promulgada el 19 de marzo de 1812 en España, por ende,
quedaba rota y disuelta la dependencia del trono español. A mi parecer
esto fue un misil de valentía y una verdadera muestra de esa búsqueda
incesante de autonomía, ojo, con destellos de libertad…
Dentro de la competencia del mismo Congreso, ahora con sede en
Apatzingán debido a las persecuciones por el ejército realista, el 22 de
octubre de 1814 expidió “El decreto Constitucional para la libertad de la
América Latina”. Paso a paso se observa como en el pueblo mexicano
germinaba una nueva mentalidad, UNA PROPIA. Se dejaban entrever las
intenciones de una estructuración del Estado bajo el régimen liberal, la
regulación de garantías; igualdad, seguridad, libertad y propiedad.
I.III BASES ESTABLECIDAS, PROPÓSITOS FIRMES, LIMBO
POLÍTICOJURÍDICO…
A partir de los cambios anteriores parecía que el tiempo trascurría
más lento. Periodo de desacuerdo y confrontaciones constantes, un país
en colisión.
Situémonos en el año 1820, el movimiento insurgente se hallaba en
decaimiento, únicamente Vicente guerrero y Pedro Ascencio Alquisiras
mantenían con vida la rebelión. Durante ese periodo se empezaron a
organizar “Las juntas de La Profesa” en las cuales los conservadores,
conformados por los aristócratas y el clero, se reunían en el Oratorio de San
Felipe Neri. A dichas reuniones se les conoce como La Conspiración de la
Profesa, misma que fueron dirigidas por el Canónigo Monteagudo. Tenían
un propósito firme, la independencia de la Nueva España bajo el
ofrecimiento del trono a Fernando VII con la dirección de un Infante de
España. Para realizar este propósito se requería un jefe militar de prestigio
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que en consecuencia mereciese la confianza absoluta de los
conservadores, planteado lo anterior, se pidió al Virrey de Apodaca para
que designara a Agustín de Iturbide “Comandante General del Sur”.
Combatiendo contra el General Vicente Guerrero, desvirtuó el propósito
de las Conspiración de Profesa, él pensó en una Independencia bajo un
régimen monárquico CONSTITUCIONAL, entonces el 28 de septiembre de
1821 proclamaba la Independencia de la Nueva España.
El plan de Iguala promulgado por Agustín de Iturbide tenía las
siguientes características:
♣ Consideraba, en forma sobresaliente, a la religión católica,
apostólica y romana, sin consideración a ninguna otra.
♣ Declaraba la Independencia de La Nueva España.
♣ Reconocía como forma de gobierno una monarquía
moderada, teniendo como emperador a Fernando VII.
♣ El gobierno recitaba en una Junta Gubernativa.
A continuación, de manera expresa, muestro la transcripción del acta
de independencia.
ACTA DE INDEPENDENCIA 1821
La nación mexicana, que por trescientos años ni ha tenido voluntad
propia ni libre uso de su voz, sale hoy de la opresión en que ha vivido.
Los heroicos esfuerzos de sus hijos han sido coronados, y está consumada la
empresa eternamente memorable, que un genio superior a toda
admiración y elogio, por el amor y gloria de su patria, principio en Iguala,
prosiguió y llevó al cabo arrollando obstáculos casi insuperables. Restituida,
pues, cada parte del Septentrión al ejercicio de cuantos derechos le
concedió el Autor de la naturaleza, y reconocen por innegables y sagrados
las naciones cultas de la tierra, en libertad de constituirse del modo que
más convenga a su felicidad, y con representantes que puedan manifestar
su voluntad y sus designios, comienza a hacer uso de tan preciosos dones, y
declara solemnemente, por medio de la junta suprema del imperio, que es
nación soberana e independiente de la antigua España, con quien en lo
futuro no mantendrá otra unión que la de una amistad estrecha en los
términos que prescriben los tratados : que entablara relaciones amistosas
con las demás potencias, ejecutando respecto de ellas cuantos actos
pueden y están en posesión de ejecutar las otras naciones soberanas: que
va a constituirse con arreglo a las bases que en el Plan de Iguala y tratados
de Córdoba estableció sabiamente el primer jefe del ejército imperial de
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las Tres Garantías; y, en fin, que sostendrá a todo trance y con sacrificio de
los haberes y vidas de sus individuos (si fuere necesario) esta solemne
declaración hecha en la capital del imperio a 28 de septiembre de 1821,
primero de la Independencia mexicana. Agustín de Iturbide; Antonio
Obispo de Puebla; Juan O´Donojú; Manuel de la Barcena; Matías
Monteagudo; Isídro Yáñez; Lic. Francisco de Azcárate: Juan José Espinosa
de los Monteros; José María Fagoaga; José Miguel Guridi y Alcocer; El
Marques de Salvatierra; el conde de Casa de Heras Soto; Juan Bautista
Lobo; Francisco Manuel Sánchez de Tagle; Antonio de Gama y Córdoba;
José Manuel Sartorio; Manuel Velázquez de León; Manuel Martínez Mansilla;
Juan Bautista Raz y Guzmán; José María Jáuregui; José Rafael Suárez
Pereda; Anastasio Bustamante; Isidro Ignacio de Icaza; Juan José Espinosa
de los Monteros, vocal secretario.
Quiero destacar que para este año 1821, había desembarcado en
Veracruz Juan de O´Donojú quien también firmó el Acta de
Independencia, mismo que fue nombrado por el monarca para sustituir de
su cargo a Apodaca en su virreinato.
En el año de 1822, el 25 de Agosto, Iturbide celebraba los Tratados
de Córdoba resaltando de manera general las siguientes características:
1. Se reproducía el plan de iguala y ulteriormente se le añadieron
nuevas bases políticas:
♣ Se reconocía a la Nueva España como nación monárquica
constitucional independiente.
♣ Se le daba por nombre Imperio Mexicano
♣ La junta provisional gubernativa llegaba a su fin, para dar
paso al poder ejecutivo.
♣ El poder legislativo residía ahora en las Cortes.
♣ Se estableció que a falta de Fernando VII o de los otros
príncipes, sería emperador en México, aquel al que las Cortes
del Imperio designaran.
Así fue como Iturbide logró ser Emperador del nuevo Estado.
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Al llegar México a su vida independiente poca experiencia tenía en
lo político y naturalmente pocas instituciones tenía de Derecho Público;
carecía de capacidad cívica y de organización constitucional.5
I.IV MÉXICO INDEPENDIENTE Y ¿AHORA QUÉ?
Nuestro país se articulaba después de ser considerado
independiente. A decir verdad no se contaba, en concreto, con un
modelo de gobierno previamente estructurado. Por ello los dirigentes de
aquel entonces tenían como fuerte influencia a los países Europeos y a
nuestro estimado vecino, EUA.
Con Iturbide como emperador, de inmediato se gestionó convocar
a un Congreso Constituyente con la firme convicción de dar a México un
cuerpo constitucional que rigiera y permitiera tener mayor orden dentro de
la administración; que fuera propio para de esta manera lograr unificar las
condiciones sociales y políticas. Dicho Congreso se instaló el 24 de febrero
de 1822.
Ahora bien, durante ese año el Constituyente olvido su causa primera y fin
último, y más que tener el propósito de constituir, se enfocó en crear
política en contra del gobierno de Iturbide. Es aquí cuando entra al juego
nuestro entrañable Antonio de Padua María Severino López de Santa
Anna y Pérez de Lebrón, figura omnipresente en la política turbulenta del
país. En ese mismo año 1822, creo una rebelión que culminaría el 19 de
marzo de 1823 con la renuncia de Iturbide, puso fin a su volátil trono.
Santa Anna logro la adopción de un sistema de gobierno
republicano y federal, como resultado de las exigencias de las provincias.6
“Las provincias se hallan en la mayor efervescencia.
Todas claman por un gobierno republicano federado;… jamás
podrán quedar contentas con que se den a las diputaciones
provinciales esas mezquinas atribuciones que... pretende
aumentarles sobre las que actualmente tiene ¿Cómo podrán estos
5 De León Pérez, Enrique. Notas de Derecho Constitucional y Administrativo. Editorial Porrúa. México. 1986. 7ª ed. pp. 9 6 Ibídem. pp. 11
12
pueblos tranquilizarse con esta medida, cuando lo que quieren es
que se les reconozca como Estados Federales?7
México estaba despierto, más despierto que nunca, al Congreso no le
quedó opción que escuchar al pueblo y el 12 de Junio de 1823 emitió voto
federal:
“El soberano congreso constituyente, en la sesión extraordinaria de
esta noche, ha tenido a bien acordar, que el gobierno puede
proceder a decir a las provincias estar el voto de su soberanía por el
sistema de República Federativa, y que no lo ha declarado en virtud
de haber decretado se forme convocatoria para nuevo congreso
que constituya la Nación”.8
El 5 de noviembre del año que corría se reunió un segundo Congreso
Constituyente, encargado de elaborar la primera Carta Fundamental de
México Independiente que sin más demora, expidió, como precedente de
la constitución, una ley que fue aprobada por la asamblea, y que se
atribuyó a Ramos Arizpe9. En ella se reconoció el sistema de gobierno que
se había acogido: Republica Federal, y se implantó el bicamarismo.
Terminando sus funciones el constituyente, el 4 de octubre d 1824, se
expedía “LA CONSTITUCION FEDERALISTA DE 1824” habíamos una República
Mexicana…
De a poco, el pueblo mexicano tomaba forma, al llegar a esos años
ya había superado la carencia de antecedentes, la inexperiencia que
sufría La Nueva España durante la colonia.
Dentro de sus características primordiales quiero destacar las siguientes:
♣ Se establecía la Independencia para siempre de la nación
mexicana.
♣ La única religión que se reconocía era la católica, apostólica
y romana.
♣ Se adoptaba para su gobierno una república, representativa,
popular y federal.
♣ Se crearon como parte de la Federación los Estados.
7 Manuel Crescencio García Rejón. Congreso constituyente 1823-1824. Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. Consultado el 20 de Noviembre de 2016. Disponible en: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3434/14.pdf 8 Ibídem. 9 Covarrubias Dueñas José de J. Dos siglos de Constitucionalismo en México. Cap. 1.10 Debates de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos. Editorial Porrúa. México. 2014. pp. 426-465.
13
♣ Se dividió el Supremo Poder: Legislativo (Congreso General),
Ejecutivo (Presidente de los Estados Unidos Mexicanos junto al
Vicepresidente) y Judicial (Corte Suprema de Justicia,
Tribunales Colegiados y Juzgados de Distrito). Fuera
centralismo… momentáneamente.
♣ Las constituciones estatales no podían oponerse a la Federal
de la Republica.
I.V FEDERALISMO CENTRALISMO FEDERALISMO; ESTIRA Y
AFLOJA.
México floreciente bajo la “vigencia” aun de la Constitución Federal de
1824, era víctima de nuevo de los pronunciamientos militares en los que
figuraba inequívocamente Antonio López de Santa Anna.
Se llegaba al año 1833 con un Jalisciense como presidente, Valentín
Gómez Farías. De inmediato el señor Farías emprendió una transformación
social en la República a costa del clero y del ejército con las “Leyes
anticlericales” por lo que no tardó mucho en tener a estos sectores en
contra. Un nuevo Constituyente inauguraba sesiones el 4 de enero de
1835 con la intención de reformar la Constitución de 1824, respetando la
forma de gobierno establecida. Santa Anna con el poder que lo revestía,
se inconformo ante esta actitud del Constituyente y por medio del
presidente interino, don Miguel Barragán, logro que se levantara una
comisión reformadora en la que presento un proyecto de bases para la
Constitución que fue aprobado, posteriormente se convertiría en ley,
específicamente el 23 de octubre de 1835, es conocido como “Bases para
la nueva Constitución” con la que se puso término a lo que se había
buscado y conseguido con sangre y sudor: el sistema federal, sustituido por
uno completamente centralista. Indudable fue este cambio más cuando
las leyes que se expidieron, a partir los hechos suscitados, fueron comunes
para toda la República.
Seguimos en el año1935, el 15 de diciembre se expide la primera de
las siete leyes constitucionales, que en conjunto conformaron la
Constitución del 30 de diciembre de 1836.
A continuación desplegare brevemente lo que regulaba cada una
de las siete leyes.
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LEY REGULACIONES
1° Nacionalidad, ciudadanía, la vecindad, los derechos y
obligaciones de los mexicanos y de los ciudadanos, los
extranjeros y sus derechos.
2° Estableció un cuarto poder SUPREMO PODER CONSERVADOR (el
centralismo no podía ser más evidente, hasta cierto punto
descarado). Por las extraordinarias facultades de que gozada
este cuarto poder, la segunda ley fue la más discutida.
Se dotó a la Constitución del 36 con una defensa que la del 24
no tenía.
3° Organización del Poder Legislativo (Cámara de Diputados y
Cámara de Senadores)
4° Organización del Supremo Poder Ejecutivo.
5° Organización del Poder Judicial.
6° División del territorio de la República y gobierno interior de sus
pueblos. REGULABA LA INSTITUCIÓN DEL MUNICIPIO.
7° Determinaba la manera de reformar la constitución pasados
seis años de su publicación.
Pienso y re-pienso como es que alguien (Visualizando a Santa Anna)
puede ir en contra del progreso de toda una nación, intereses personales,
presiones internacionales, ineptitud ¿Qué habrá de trasfondo? A saber.
Para seguir adelante por favor situémonos en el año 1836. Ya con la
vigencia de la nueva Constitución principiaba una época de pesadumbre
sobre el suelo y la sociedad mexicana. Años de inquietud y dificultades, ya
desde ese entonces con nuestro vecino del norte entremezclados en una
guerra injusta.
Así fue aquel periodo por casi diez años, un México sacudido; estira y afloja
en nuestro sistema político-jurídico.
No hay mal que dure cien años ni cuerpo que lo aguante. Le
pisamos los talones al año 1841 y con ello un tradicional Constituyente
pugnado por el mismísimo Santa Anna, entre otros, previo pronunciamiento
en contra del presidente Anastasio Bustamante. A su triunfo (de
Bustamante), se promulgo el acta conocida como “Plan de Tacubaya”
que dio lugar, efectivamente, al Constituyente del 19 de Junio de 1842,
aquí ya no se sabía con exactitud qué sistema de gobierno se perseguía
puesto que acudieron figuras destacadas del federalismo como del
centralismo presentando proyectos; uno centralista de hueso colorado con
disfraz de federalista; y otro más francamente federalista. De esta mezcla
15
de indecisiones surge un tercer proyecto de carácter centralista
aminorado, digo aminorado porque se inspiraba en lo que es el origen de
las garantías individuales ahora conocidas como Derechos Humanos.
Hubo descontento por parte de un individuo, si, acertaron, se
trataba de Santa Anna, este hombre no estaba de acuerdo con ninguna
decisión ni siquiera con las suyas. El Constituyente en funciones parecía
honrado y con las cartas en sobre la mesa cosa que no le agrado al
individuo antes mencionado, consecuentemente maquino un
levantamiento en contra de su propio gobierno, se desconoció al
Congreso Constituyente y se exigía la instauración de una “junta de
notables”.
El día 19 de diciembre de 1842, sustituyo al Constituyente por la “Junta
Nacional Legislativa” que promulgo lo que conocemos como “Bases
Orgánicas de 1843”
Podría pensarse que muchas ideas de Santa Anna eran absurdas,
pero más absurdo resulta el hecho de que las hiciera realidad,
materializaba sus propósitos efímeros en hechos que trascendían para bien
o para mal.
Quiero acentuar que en 1846, el General Santa Anna fue llamado a
ocupar la Presidencia de la República llevando como Vicepresidente a
Valentín Gómez Farías.
Era hora de marcar un alto a los excesos y eufemismos de cabecillas
políticos grises, para esto el 6 de diciembre de 1846 se instala el sexto
Congreso Constituyente, el constituyente de intelectuales que
verdaderamente denotaba un interés por cambiar lo que venía
importunando a los mexicanos en su nueva etapa como País
independiente; Mariano Otero y Mestas, Manuel Crescencio Rejón,
Joaquín Cardoso y Pedro Zubieta fueron algunos de los integrantes de este
Congreso, tres de ellos pretendían restablecer la vigencia de la
Constitución de 1824, por su parte el gran Mariano Otero quien a voto
particular proponía la restauración de la Constitución del 24 con
respectivas reformas y adiciones que versaban en EL RECONOCIMIENTO DE
LOS DERECHOS DEL HOMBRE y un control misto de la constitucionalidad, en
el que daba nacimiento al JUICIO DE AMPARO, las reformas fueron
aprobadas por el Congreso y pasaron a formar parte de la Constitución
Federal de 1824 bajo el nombre de “Acta de Reformas de 18 de mayo de
1847.
16
El federalismo recobraba su fuerza, después de la tormenta venía un
poco de calma ya que bajo este cuerpo legislativo casi se pacificó en su
totalidad el país10
I.VI FEDERALISMO DE DICHO, CENTRALISMO DE HECHO.
A un paso nos encontramos de llegar al último fruto de la soberanía
mexicana, la Constitución del 1917 nuestra norma rectora. Previo a esto es
imprescindible hablar de la Constitución Federal de 1857.
En el año de 1855, el señor Santa Anna se vio obligado a abandonar
el país para no volver jamás a tener el poder, acto seguido de haberse
proclamado el 1° de marzo de 1854 el Plan de Ayutla en Guerrero,
sosteniendo como máxima su desconocimiento y la convocatoria a un
Nuevo Congreso que principiaba sesiones el día 18 de febrero de 1856
teniendo a don Ponciano Arriaga como Presidente del mismo. El propósito
era consagrar la reforma social y organizar el Estado en su nuevo sistema
de gobierno.
A nuestra obra de teatro entran personajes destacados como Benito
Pablo Juárez García, autor de la Ley Juárez, misma que suprimía los fueros
eclesiásticos y militares en los asuntos civiles; e Ignacio Comonfort, que
desempeñando el cargo de Presidente, expidió la Ley hecha por el
Benemérito de las Américas. Un año después de haber nacido el penúltimo
Constituyente, se promulga la Constitución.
Existe una diferencia entre ésta y los pronunciamientos anteriores, en la
presente se hacen modificaciones respecto de los privilegios de la Iglesia,
por primera vez se cuestiona lo que hasta entonces parecía
incuestionable: el aspecto religioso del País. Asimismo se implanta como
Institución Nacional; el Juicio de Amparo.
No acababan las guerras aun en nuestro México a pesar de estar
estructurad. Envistiéndose en el cargo de Presidente de la República don
Benito Juárez daba inicio la guerra de los tres años culminando el 1861 con
el triunfo del Ejercito Reformista.
¡No! no concluyo todo ahí, ulterior a la guerra de Reforma, Francia intervino
en el Estado implantando ideas, como no es noticia esto de querernos
imponer, hasta el triunfo de la República en 1867.
10 De León Pérez, Enrique. Notas de Derecho Constitucional y Administrativo. Editorial Porrúa. México. 1986. 7ª ed. pp.15
17
I.VII DICEN POR AHÍ QUE SOMOS UNA NACIÓN AUTÓNOMA, LIBRE Y
SOBERANA
En ese entonces las dictaduras parecían ser la novedad, primero la de
Santa Anna, y en 1876 la de Don Porfirio Díaz extendiéndose hasta 1911.
Otra vez la Raza Mexicana era explotada por aquellos que eran más
poderosos, por las “clases acomodadas”. Una vez más las aves eran
enjauladas, despojados de sus tierras; único medio que tenían los
campesinos (“clase baja”) para sobrevivir, y ahora ya no les pertenecían.
La primera revolución del siglo XX tuvo diversas causas, políticas,
económicas y de manera substancial, sociales. En materia agraria, el
territorio azteca le pertenecía a 840 hacendados aproximadamente,
emergen los grandes latifundios; las horas de trabajo eran inhumanas, los
trabajos más “modestos” eran para el obrero mexicano, mientras que los
altos cargos eran ocupados por norteamericanos, caudillos políticos,
miembros del clero así como empresarios extranjeros y nacionales. Si bien
es cierto que Porfirio Díaz buscaba un progreso material en base al capital
extranjero abriendo las puertas a empresas inglesas y norteamericana, no
era lo que un País cimentado en el trabajo de la tierra y con una gran
mayoría de campesinos, necesitara para su evolución política y social,
mucho menos que a paso corto se apoderaran de su riqueza… Injusticia,
injusticia, represión y opresión sombras que nos siguen muy de cerca.
Así fue hasta el año 1908 cuando el pueblo abandono la
indiferencia política. La sangre azteca volvía a su efervescencia natural.
Se llegaba el año 1910 Francisco I. Madero iniciaba la Revolución que
después de una ardua lucha obligaría a Don Porfirio Díaz a renunciar al
cargo.
En 1913 un movimiento armado en contra del gobierno legítimamente
establecido por Madero conocido como “el Cuartelazo de Ciudadela”
daba pie a la traición más franca y poco disfrazada de la historia
mexicana, el movimiento fue secundado por el General Victoriano Huerta
dirigente de las fuerzas leales a Madero. Lo traiciono y después lo mando
aprehender junto con su vicepresidente Pino Suarez, posteriormente los
hizo renunciar. Madero fue sustituido de su cargo de presidente, con
apego a la Constitución del 57 por el secretario de Relaciones exteriores
quien designó para ocupar esta última vacante al traidor Victoriano
huerta y después renuncio a la presidencia para que fuera ocupada, si,
por Huerta. Una maquinación tan bien pensada, inmoral y legal a la vez,
motivó y justificó moralmente la Revolución que acontecía.
18
El doctor Tena Ramírez conceptualiza a la Revolución de la siguiente
manera, la modificación violenta de los fundamentos constitucionales de
un Estado. Me apetece dejar este concepto claro porque el movimiento
que daría paso a la promulgación de la Constitución de 1917 no tenía la
finalidad de modificar la constitución anterior, tampoco abrogarla, el
propósito de don Venustiano Carranza era restaurar su vigencia. Más tarde
al lograr en Querétaro la expedición la Constitución del 17, culminaba su
movimiento en una verdadera y auténtica revolución.
Esta conmoción Carrancista entabla una lucha con la ley que había
sabido encubrir una traición. Se dio el nacimiento de un nuevo orden
jurídico. ¿Qué podría hacer un pueblo ante esto? Alzarse en contra de
que, si aquello que aconteció fue legal, no existe un tribunal que juzgue la
moralidad de un acto mejor que la consciencia.
El pueblo acepto y continuamos con la aceptación de esta carta magna
que pasó de originalmente impuesta a ser ratificada tácitamente.
Terminamos pues con los antecedentes que dieron paso a los
Estados Unidos Mexicanos HOY, pretendiendo que los hechos históricos
explicados anteriormente nos hagan reflexionar sobre el poder que tiene
nuestra sociedad, y sobre todo en qué tan independientes fuimos y somos.
19
II. UN VISTAZO A NUESTRA REALIDAD
Intrínsecamente al tema que ocupa este ensayo, libertad o
independencia, coexisten algunos más que es menester analizar, como
son: la soberanía (nacional), la autonomía y el concepto que las personas
tenemos de libertad individual, entre otros. Anteriormente ya se han
indagado algunos en relación a nuestro pasado, ahora nos compete
entrelazarlos con el presente.
Desde generaciones pasadas se nos ha dicho que México es un país
libre, que la época de la sumisión y esclavitud ya pasó, que podemos
elegir y ser parte de las decisiones del país, que somos libres… lo curioso
radica en que no nos detenemos a pensar en ello. Generalmente la
libertad engloba muchos aspectos de la vida, puede ir desde el estado
natural que posee el hombre para obrar según su propia voluntad, hasta el
estado en que el hombre no está siendo esclavizado por otro. Todo este
tiempo he profundizado por caminos separados a la libertad y a la
independencia siendo que son conceptos entretejidos que van de la
mano.
Entre tantas redundancias y subjetivas acotaciones puedo decir que
hacer siempre lo que uno quiere nos puede llevar a por “el camino
equivocado”, en tal caso estaríamos esclavizados a algo por no poder
actuar como se quiere, vaya paradojas a las que nos lleva tocar temas
como el que hoy nos incumbe. Pues bien de esta voluntad de hacer lo
que uno desea, surge una contradicción eterna a la que se enfrenta la
libertad; la necesidad de normar el comportamiento humano, la vida
misma. Podría pensarse que de esta manera ya no poseeríamos libertad
individual, no obstante al ser el hombre un ente social no puede andar por
ahí haciendo aquello que le venga en gana si eso afecta a los demás.
Para despejar cualquier duda acerca de este tema veamos las
definiciones sobre lo que es la libertad para algunos pensadores y filósofos,
a partir de ellas cada uno de nosotros podemos formar la propia.
Rene Descartes: “… consiste solamente en que para firmar o negar
algo, perseguir o evitar las cosas que el entendimiento nos propone,
obramos de manera tal que no sentimos que ninguna fuerza fuerce”
Spinoza: “… es libre lo que existe únicamente por necesidad de su
naturaleza y solo por ella se determina la acción”
20
Aristóteles decía que la libertad está ligada a la moral.
San Agustín creía que la libertad consiste en la realización efectiva
del bien, para alcanzar la beatitud.
Como dije antes este concepto junto a la independencia van
aunados. La diferencia que yo denoto es que el segundo término refiere a
la situación en que se encuentra un país o nación que no está sometido a
la autoridad de ningún otro. Actualmente ¿podríamos decir que somos
independientes como nación? Personalmente creo que no, si así fuera las
decisiones de otros países no tendrían por qué afectar de manera
trascendental al nuestro, a menos claro, que dependamos
económicamente o se esté en deuda.
Y así como una cadena susceptible a someterse al criterio de
cualquiera, la libertad y la independencia dan pasó a un tercer elemento:
la autonomía. Por supuesto que gozamos de esta en su sentido genérico
porque con el pasar de los años se ha intentado desvanecer. Entiéndase
por favor a la autonomía como un régimen de descentralización del
poder, en el cual ciertos territorios o comunidades gozan de algunas
facultades ejecutivas, legislativas y judiciales en ciertas competencias, que
quedan así fuera del alcance del gobierno central. Lo anterior fue y es por
lo que se sigue luchando, por mantener la autonomía y no concentrar el
poder en un solo ente.
Analicemos lo siguiente. ¿Qué está pasando con nuestro sistema
“Federal”? Párrafos antes mencione que en 1936 la señal más clara de que
el centralismo se había apoderado del sistema político fue que a las leyes
se hicieron comunes para toda la república mexicana, cosa que no difiere
mucho de lo que está aconteciendo actualmente verbigracia: la
expedición de leyes genéricas con valor Nacional en diversos ámbitos de
la vida político-jurídica de México; Código Nacional de Procedimientos
Penales, Ley General de Salud, Ley general de Títulos y Operaciones de
Crédito, Ley General de Educación, entre muchas otras.
Ya para terminar con este apartado, examinemos con cautela el
cuarto elemento de la cadena que principia en la libertad individual, la
Soberanía, tema que me ha crispado la cabeza.
“Cuando el hombre actúa de acuerdo con su propia
voluntad y sin la influencia de elementos extraños, como respuesta pura al
21
ejercicio de su libre albedrío y determinando su conducta por sí mismo,
podemos asegurar que es libre” 11
Es así como el doctor Tena Ramírez expone su concepción de
libertad individual. Esta autodeterminación de la voluntad que
dentro de un pueblo se vuelve colectiva, es la soberanía que por
ende reside en el pueblo y es del mismo.
III. CONCLUSION
México basado en utopías; en una forma de gobierno que no puede ser
aplicada a nuestra sociedad, no ahora cuando la consciencia, los valores
y la educación están tan degradados. Por consciencia no me refiero al
acto meramente cognoscitivo sino a aquella capacidad de pensar en el
otro, de lograr integrar dentro de nuestras decisiones a la razón; aquello
que es razonable, y a nuestros principios antes de actuar. Poner en una
escala lo que realmente hace “bien” a un conjunto de personas por
consiguiente a uno mismo, lastimosamente nosotros como sociedad
moderna no funcionamos de esta manera.
Nuestro sistema previamente estructurado no nos permite actuar
diferente a lo ya establecido, precisamente es aquí cuando resalto ¿en
dónde queda nuestra libertad? tanto de consciencia como de accionar,
aclaro que con libertad de accionar no me refiero a hacer lo que uno
desee, mi comentario va encaminado a que las personas junto con su
pensar y actuar, deben ir de la mano de un sistema jurídico y forma de
gobierno que se adapte, en lo mayor posible, a su realidad como pueblo,
como país. No podemos ir durante otros cuantos siglos tomando como
modelos las estructuras políticas principalmente, económicas, religiosas,
sociales y culturales de otros países, así sean primermundistas, lo coherente
sería coherente tomarlos como referencia mas no como un “debemos ser
así”
Si yo dijera que nuestro México necesita una verdadera autonomía,
soberanía e independencia, caería en contradicción con las utopías que
plantee anteriormente. Es como un círculo vicioso, puesto que para llegar
11 Tena Ramírez, Felipe. Derecho Constitucional Mexicano. 2ₐ. Edición.
22
a tener los tres elementos anteriores como país y mexicanos que somos,
tendríamos que empezar por creernos aquello de que somos libres y que
por tanto podemos decidir.
Entonces… si ya nacemos dotados de libertad ¿Qué necesitamos para no
dejar de ser libres? Conocimiento, nuevos saberes, educación. Eso
necesita el mexicano.
Consumando esta etérea reflexión , es claro que la libertad como tal
es tan subjetiva como el tiempo, y en ocasiones tan real como el mismo ser
humano que nace siendo libre, para después, con esa libre determinación
formar parte de una sociedad, que a su vez integra una estado dentro de
una Nación en la cual su soberanía debiera residir, indefectiblemente, en
el pueblo, mismo que necesita de su propia autonomía para equilibrar el
poder político y de esa manera no llegar a concebir siquiera, un sistema de
gobierno que conocemos muy bien y que siempre se ha disfrazado, el
centralismo.
23
IV. BIBILOGRAFÍA
- Covarrubias Dueñas José de J. Derecho Constitucional Electoral. Editorial Porrúa.
México. 2000.
- Tena Ramírez, Felipe. Derecho Constitucional Mexicano. 2ₐ. Edición.
- De León Pérez, Enrique. Notas de Derecho Constitucional y Administrativo. Editorial
Porrúa. México. 1986. 7ª ed.
- Covarrubias Dueñas José de J. Dos siglos de Constitucionalismo en México. Cap.
1.10 Debates de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos. Editorial
Porrúa. México. 2014.
- García Máynez, Eduardo. Introducción al estudio del Derecho. Editorial Porrúa. México. 2014. 65ₐ. Edición.
- Orozco Orozco, José Z. Historia del Derecho Universal y Mexicano. Editorial Porrúa. Mexico.2014.
WEB
- Oxford Diccionario. Consultado el 20 de octubre de 2016. Disponible en:
https://es.oxforddictionaries.com/definicion/independiente
- Democracia representativa en el Estado Mexicano. Revista Cultura Jurídica de los
Seminarios de la Facultad de Derecho: Garita Alonso. M. México D.F. 2010. pp.
284. Consultada el: 11 de noviembre de 2016. Disponible en
http://www.derecho.unam.mx/investigacion/publicaciones/revista-
cultura/pdf/CJ3_Art_17.pdf
- Juan E. Hernández y Dávalos. Colección de Documentos para la Historia de la Guerra de Independencia de México, de 1808 a 1821. México. 1878. Tomo II. Consultado el 11 de noviembre de 2016. Disponible en:
http://simurg.bibliotecas.csic.es/viewer/image/CSIC000219683_V02/1/LOG_0003/;jsessio
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- Manuel Crescencio García Rejón. Congreso constituyente 1823-1824. Instituto
Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. Consultado el 20 de
Noviembre de 2016. Disponible en:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3434/14.pdf