Impuesto Dle Alcabala

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Presentación El presente trabajo, referido al tema del Impuesto de Alcabala, fue realizado considerando las notas necesarias para poder comprender con mucha claridad la recaudación del impuesto. Asimismo se tomó en cuenta todos los aspectos relacionados con el Impuesto de Alcabala Esperando sea del agrado de la docente de la asignatura, IMPUESTOS DE ALCABALA De los impuestos municipales Los impuestos municipales son los tributos creados a favor de los Gobiernos Locales, denominados Municipalidades, cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa de la Municipalidad al contribuyente. La recaudación y fiscalización de este impuesto corresponde a los Gobiernos Locales. Según el Artículo 6 de la Ley de Tributación Municipal en su inciso b) señala como Impuesto Municipal al Impuesto de Alcabala. Y según la Constitución Politica del Estado el cual menciona en su Articulo 196 inc. 2: "Son bienes y rentas de las municipalidades: Los tributos creados por ley a su favor". Del impuesto de Alcabala 1. Definición El TUO de la Ley de Tributación Municipal no estable un concepto en cuanto al Impuesto de Alcabala, más solamente señala lo siguiente en su Articulo 21: "El Impuesto de Alcabala es de realización inmediata y grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su

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PresentacinEl presente trabajo, referido al tema del Impuesto de Alcabala, fue realizado considerando las notas necesarias para poder comprender con mucha claridad la recaudacin del impuesto.Asimismo se tom en cuenta todos los aspectos relacionados con el Impuesto de Alcabala Esperando sea del agrado de la docente de la asignatura, IMPUES!S "E A#$A%A#ADe los impuestos municipales#os impuestos municipales son los tributos creados a fa&or de los 'obiernos #ocales, denominados Municipalidades, cu(o cumplimiento no origina una contraprestacin directa de la Municipalidad al contribu(ente.#a recaudacin ( fiscalizacin de este impuesto corresponde a los 'obiernos #ocales.Seg)n el Art*culo + de la #e( de ributacin Municipal en su inciso b, se-ala como Impuesto Municipal al Impuesto de Alcabala.. seg)n la $onstitucin Politica del Estado el cual menciona en su Articulo /0+ inc. 12 3Son bienes ( rentas de las municipalidades2 #os tributos creados por le( a su fa&or3.Del impuesto de Alcabala /. "efinicinEl U! de la #e( de ributacin Municipal no estable un concepto en cuanto al Impuesto de Alcabala, m4s solamente se-ala lo siguiente en su Articulo 1/2 3El Impuesto de Alcabala es de realizacin inmediata y grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rsticos a ttulo oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio de acuerdo a lo que establezca el reglamento!"Es por ello que#El "iccionario de la 5eal Academia Espa-ola define Alcabala como2 3El $ributo del tanto por ciento del precio que pagaba al fisco el vendedor en el contrato de compraventa63Entonces se-alare 7ue2El impuesto de Alcabala es el tributo 7ue se paga por las transferencias de inmuebles urbanos o r)sticos. #a transferencia puede darse mediante una &enta, donde ha( dinero de por medio 8oneroso, o en forma de donacin 8gratuito,, cual7uiera sea su forma o modalidad, inclusi&e las &entas con reser&a de dominio.Se consideran inmuebles Urbanos ( 5)sticos a los siguientes2Inmuebles Urbanos2 Se consideran asi a los terrenos urbanos, a las edificaciones ( sus obras complementarias. Adicionalmente, debemos entender por terreno urbano a a7uel terreno en un centro poblado ( 7ue se destine a &i&ienda, comercio, industria o cual7uierotro fin urbano, as* como, a los terrenos sin edificar, siempre 7ue cuenten con los ser&icios generales propios del centro poblado ( a7uellos 7ue tengan terminadas ( recepcionadas obras de habilitacin urbana.Inmuebles 5)sticos2 Se consideran as* a a7uellas tierras aptas para el culti&o, para pasto ( para la produccin forestal. 1. Sujetos del Impuesto de AlcabalaSujeto Acti&oEs sujeto Acti&o, la Municipalidad Pro&incial el cual se encarga del cobro del Impuesto a tra&9s del SA 8Ser&icio de Administracin ributarias,.En el $usco es responsable del cobro del Impuesto la Municipalidad del $usco es la !ficia 'eneral de ributacin ubicada en Pampa del $astillo s:n;Sujeto Pasi&oSeg)n Art*culo 1< de la #e( de ributacin Municipal2 3Es su%eto pasivo en calidad de contribuyente, el comprador o adquirente del inmueble!"Por lo tanto est4 obligado al pago el comprador o ad7uiriente del inmueble.Si ad7uiere un inmueble ubicado en cual7uiera distrito de la Pro&incia del $usco, le corresponde efectuar la li7uidacin (:o el pago del Impuesto de Alcabala en el SA.=ormalizacin de la ransferenciaPara formalizar la transferencia de propiedad la #e( de ributacin Municipal establece en su Art*culo >2 3#os ?otarios ( 5egistradores P)blicos le solicitan la li7uidacin ( pago del Impuesto de Alcabala o en su defecto, la $onstancia de ?o pago como re7uisito indispensable para formalizar la transferencia.3