Impuesto a la renta sobre dividendos en Ecuador
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Transcript of Impuesto a la renta sobre dividendos en Ecuador
I mp o s i c
i ón D
i re c t a
E l a b o r a d o p o r : I n g . C a r l o s M a r í n Q u i j i j e , M g .Marzo 2012
Maest
ría e
n
Admin
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ibuta
ria
Régimen de Dividendos
Doble imposiciónJu
ríd
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Contribuyente
ImposiciónImposición
Doble imposiciónEco
nóm
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Contribuyente
Imposición
Contribuyente
Imposición
Doble imposiciónM
éto
dos
para
evit
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im
posi
ción
Exoneración
Imputación• Total • Ordinaria
Doble imposiciónA
nte
s de la L
ey
de E
qu
idad
Trib
uta
ria
• Tarifa de IR personas naturales residentes
0% 25%
• Tarifa de IR sociedades25%
• Tarifa de IR personas naturales no residentes
25%
Doble imposiciónD
esp
ués
de la
Ley d
e E
qu
idad
Trib
uta
ria
• Tarifa de IR personas naturales residentes
0% 35%
• Tarifa de IR sociedades25%
• Tarifa de IR personas naturales no residentes
25%
Art. 9 LRTI Numeral 1
Dividendos
Ingresos exentos
Antes del 2010: Los dividendos y utilidades, calculados después del pago del impuesto a la renta, distribuidos, pagados o acreditados por sociedades nacionales, a favor de otras sociedades nacionales o de personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes o no en el EcuadorDespués del 2010: Los dividendos y utilidades, calculados después del pago del impuesto a la renta, distribuidos por sociedades nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador, a favor de otras sociedades nacionales o extranjeras, no domiciliadas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición o de personas naturales no residentes en el Ecuador.
Art. 36 LRTI literal e)
Dividendos
Dividendos, utilidades y beneficios
Teniendo crédito
tributario por el impuesto
pagado por la sociedad
Formarán
parte de la renta global
El menor de 3 límites
establecidos
Art. 36 LRTI literal e) y Art. 137 del RLRTI
Dividendos – Crédito Tributario
El impuesto a la renta que le correspondería pagar a la persona natural por ese ingreso
dentro de su renta global. (IRPN con dividendo – IRPN sin dividendo)
Ingreso considerado en la renta global * Tarifa del IR sociedades
El impuesto pagado por la sociedad correspondiente al dividendo
Art. 137 RLRTI literales a), b) y c)
Dividendos
Consi
dera
cion
esa) El ingreso gravado = Dividendo + impuesto pago por el dividendo
b) El crédito tributario en ningún caso podrá superar ninguno de los siguientes valores (lámina anterior)
c) Cuando un mismo dividendo, utilidad o beneficio se perciba a través de más de una sociedad, se considerará como crédito tributario, el correspondiente impuesto pagado, por la primera sociedad que lo distribuyó.
Art. 137 RLRTI literal c)
Dividendos
Consi
dera
cion
es
Art. 137 RLRTI literal c)
Dividendos
Consi
dera
cion
es
Art. 137 RLRTI literal d)
Dividendos
Consi
dera
cion
es
Sociedad distribuye dividendos, utilidades o beneficios
Incentivos, beneficios o
ingresos exentos en la conciliación tributaria
No tendrá crédito
tributario por el
impuesto pagado por la sociedadTendrá derecho a
crédito tributario por lo que el impuesto
que la sociedad habría pagado sin
incentivos, beneficios o ingresos
exentos (Tax sparing)
Art. 137 RLRTI literal e)
Dividendos
Consi
dera
cion
es
Las sociedades que distribuyan utilidades,
dividendos o beneficios
Deberán informar a los perceptores del
ingreso, en los términos que
defina el Servicio de Rentas Internas
El valor que deberán considerar en su renta global
y el crédito tributario al que tienen derecho, incluso para el
caso contemplado en el literal c) de
este artículo.
Art. 137 RLRTI literal e)
Dividendos
Consi
dera
cion
es
Resolución 614 del 2010
R.O. 301 del 15 de Octubre de 2010
Art. 15 RLRTI
Dividendos
Retenciones en la fuente por dividendos
Ingreso gravado
Dividendo + impuesto
pagado por el dividendo
Art. 15 RLRTI
Dividendos
Fracción básica
Exceso hasta
Retención fracción básica
Porcentaje de Retención sobre
la fracción excedente
- 100.000 0 1%
100.000 200.000 1.000 5%
200.000En
adelante6.000 10%
Art. 15 RLRTI
Dividendos
Porcentaje de Retención a Paraísos
fiscales
Tarifa de IR
Sociedades
Diferencia
Tarifa máxima IR de PN
y
Art. 125 RLRTI
Dividendos
Sociedades exentas por Código de
Producción, Comercio e Inversiones
Paguen dividendos a accionistas en paraísos
fiscales
Retención del 35%
Art. 37 LRTI, 125 y 126 RLRTI
Dividendos
Préstamo a accionistas, socios,
partícipes o beneficiarios
Se efectuará la retención en la fuente (Art. 15
RLRTI)
Se considerar
án dividendos
o beneficios
No olvidar la retención del IR por dividendos
anticipados (gross up)
Circular 2 del 2011
Dividendos
Acl
ara
cion
es
Circular 2 del 2011
R.O. 373 del 28 de Enero de
2011
Circular 2 del 2011
Dividendos
Reg
istr
o d
el
ing
reso
¿Cuándo?
PNOLC con
dividendos en
contabilidad (NEC)
PNOLC sin dividendo
s en contabilid
ad (Registro
de ingresos)
PNNOLC (Registro
de ingresos)
Circular 2 del 2011
Dividendos
Rete
nci
ón e
n la
fuente
RetencionesAl
momento del pago o crédito
en cuenta, lo
que suceda primero
Tabla del art. 15
del RLRTI
Antes de junio de
2010: 2% (Resolución 411)
Circular 2 del 2011
Dividendos
Cré
dit
o
trib
uta
rio
Crédito Tributario más de 1 sociedad
Se deben sumar los impuestos pagados por todas
las sociedade
s
Se deben sumar
todos los ingresos
gravados y multiplicar
la tarifa del IR
sociedades
IRPN con dividendos – IRPN sin dividendos
Circular 2 del 2011
Dividendos
Cré
dit
o
trib
uta
rio
Dividendos a un paraíso fiscal: diferencia entre la tarifa máxima del IR PN – Tarifa del IR
Sociedades
Paraíso fiscal entrega dividendos a una persona natural residente
La persona natural sumará la retención como ingreso y tendrá crédito tributario por el impuesto
pagado.