Ilícitos tributarios

10
DOCENTE: PARTICIPANTE: ABG. EMILY RAIREZ. CARLOS ALBERTO SIFONTES C.I: V-6.137.851 SECCIÓN: SAIA “E” Barquisimeto, Junio de 2015 Universidad Fermin Toro Vice Rectorado Académico. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela de Derecho. Barquisimeto Estado Lara. LOS ILICITOS TRIBUTARIOS

Transcript of Ilícitos tributarios

Page 1: Ilícitos tributarios

DOCENTE: PARTICIPANTE:ABG. EMILY RAIREZ. CARLOS ALBERTO SIFONTES

C.I: V-6.137.851 SECCIÓN:

SAIA “E”

Barquisimeto, Junio de 2015

Universidad Fermin ToroVice Rectorado Académico.

Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela de Derecho.

Barquisimeto Estado Lara.

LOS ILICITOS TRIBUTARIOS

Page 2: Ilícitos tributarios

TIPOS DE ILICITOS TRIBUTARIOS

LOS ILICITOS TRIBUTARIOS SE CLASIFICAN EN:

Ilícitos Formales

Ilícitos y sanciones adicionales a los establecidos en el Código.

Ilícitos Materiales

Ilícitos Penales

Page 3: Ilícitos tributarios

1. Inscribirse en los registros exigidos por las normas tributarias respectivas.

2. Emitir o exigir comprobantes.

3. Llevar libros , registros contables o especiales.

4. Presentar declaraciones y comunicaciones.

5. Permitir el control de la Administración Tributaria.

6. Informar y comparecer ante la Administración Tributaria.

7. Obtener las ordenes de la Administración Tributaria, para ejercer la industria, el comercio y la importación de especies gravadas cuando así lo establezcan las normas que regules la materia.

8. Cualquier otro deber contenido en las normas de carácter tributario.

CONSTITUYEN LOS ILICITOS FORMALES:

Page 4: Ilícitos tributarios

CONSTITUYEN LOS ILICITOS MATERIALES

1. El retraso u omisión en el pago de tributos o de sus porciones

2. El retraso u omisión en el pago de anticipos

3. El incumplimiento de la obligación de retener o percibir

4. La obtención de devoluciones indebidas

5. Comercializar o expender en el territorio nacional especies gravadas destinadas a la exportación o importarlas para el consumo en el régimen aduanero territorial que corresponda.

6. Comercializar especies gravadas a establecimientos o personas no autorizados para su expendio.

Page 5: Ilícitos tributarios

CONSTITUYEN ILICITOS TRIBUTARIOS PENALES

1. La defraudación tributaria

2. La falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción.

3. La insolvencia fraudulenta con fines tributarios.

4. La instigación pública al incumplimiento de la normativa tributaria.

5. La divulgación y uso información confidencial.

Page 6: Ilícitos tributarios

IMCUMPLIR EL DEBER DE INSCRIBIRSE ANTE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

ILICITOS FORMALES

3. Proporcionar o comunicar información relativa a los antecedentes o datos para la inscripción o actualización en los registros parcial, insuficiente o errónea.

Multa de (50 U.T), la cual se incrementará en (50 U.T.) por cada nueva infracción hasta un máximo de (200 U.T.).

Multa de (25 U.T.), la cual se incrementará en (25 U.T.) por cada nueva infracción hasta un máximo de (100 U.T.).

1. No inscribirse en los registros de la Administración Tributaria.

2. Inscribirse en el registro de Administración tributaria fuera del plazo establecido.

SANCIONILICITO

4. No proporcionar o comunicar a la administración tributaria dentro de los plazos establecidos , la informaciones relativas a los datos para actualización en los registros.

Page 7: Ilícitos tributarios

OBLIGACION DE LLEVAR LIBROS, REGISTROS ESPECIALES Y CONTABLES

ILICITOS FORMALES

Multa de (25 U.T.), la cual se incrementará en (25 U.T.) por cada nueva infracción hasta un máximo de (100 U.T.).

Multa de (50 U.T.), la cual se incrementará en (50 U.T.) por cada nueva infracción hasta un máximo de (250 U.T.).

ILICITO SANCION

1. No llevar los libros y registros contables y especiales

exigidos por las normas respectivas.

2. Llevar los libros y registros contables y especiales sin

cumplir con las formalidades y condiciones establecidas por

las normas correspondientes, o llevarlos con atraso superior a

un (1) mes.

3. No llevar en castellano o en moneda nacional los libros de

contabilidad y otros registros contables, excepto para los

contribuyentes autorizados por la Administración Tributaria a

llevar contabilidad en moneda extranjera.

4. No conservar durante el plazo establecido por las leyes y

reglamentos los libros, registros, copias de comprobantes de

pago u otros documentos; así como, los sistemas o programas

computarizados de contabilidad, los soportes magnéticos o

los microarchivos.

Page 8: Ilícitos tributarios

ILICITOS RELATIVOS A LAS ESPECIES FISCALES Y GRAVADAS

1. Ejercer la industria o importación de especies

gravadas sin la debida autorización de la

Administración Tributaria Nacional.

2. Comercializar o expender en el territorio nacional

especies gravadas destinadas a la exportación o al

consumo en zonas francas, puertos libres u otros

territorios sometidos a régimen aduanero especial.

3. Expender especies fiscales, aunque sean de lícita

circulación, sin autorización por parte de la

Administración Tributaria.

4. Comercializar o expender especies gravadas,

aunque sean de lícita circulación, sin autorización

por parte de la Administración Tributaria.

Otros 8 numerales mas .

ILICITO SANCION

Numeral 1, sin perjuicio de la aplicación de la pena prevista en el artículo 116 de este Código, multa de (150 a 350 U.T.) y comiso de los aparatos, recipientes, vehículos, útiles, instrumentos de producción, materias primas y especies relacionadas con la industria clandestina.Numeral 2, multa de (100 a 250 U.T.) y comiso de las especies gravadas

Numeral 3, multa de (50 a 150 U.T.) y el comiso de las especies fiscales

Numeral 4, multa de (50 a 150 U.T.) y la retención preventiva de las especies gravadas hasta tanto obtenga la correspondiente autorización.Numerales 5 y 6 multa de (25 a 100 U.T.) y suspensión de la actividad respectiva hasta tanto se obtengan las renovaciones o autorizaciones necesarias.Numerales 7, 8 y 9 multa de 100 a 250 U.T. y el comiso de las especies gravadas. Si hay reincidencia, suspensión, hasta por un lapso de tres (3) meses, de la autorización para el ejercicio de la industria o el expendio de especie gravadas, o se revocación de la misma.

Numerales 10, 11 y 12, multa de (100 a 300 U.T.).

Page 9: Ilícitos tributarios

1. Omitir el pago de anticipos

2. Incurrir en retraso de pago de anticipos

3. Por no retener o no percibir los fondos

4. Por retener o percibir menos de lo que corresponde

el (10% al 20%) de los anticipos omitidos

ILICITOS MATERIALES

OMISION DE PAGO DE ANTICIPOS A CUENTA DE OBLIGACIÓN TRIBUTARIA PRINCIPAL O NO EJECUTE LA RETENCION O PERCEPCION

Esta Obligado, con el (1.5%) mensual de los anticipos omitidos

Del (100% al 300%) de lo no retenido o no percibido

Del (50% al 150% ) de lo no retenido o no percibido

ObligaciónIlícito

Page 10: Ilícitos tributarios

No enterar las cantidades retenidas o percibidas de los contribuyentes, responsables o terceros, dentro de los plazos establecidos en las disposiciones respectivas y obtenga para sí o para un tercero un enriquecimiento indebido,

Revelar, divulgar o hacer uso personal o indebido, a través de cualquier medio o forma, de la información confidencial proporcionada por terceros independientes que afecte o pueda afectar su posición competitiva.

DELITO

Prisión de dos (2) a cuatro (4) años

Prisión de tres (3) meses a tres (3) años.

SANCIÓN

ILICITOS SANCIONADOS CON PENAS RESTRICTIVAS DE LIBERTAD