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Posterior a la presentación de la declaración anual de impues- tos de las Personas Morales, ante el SAT y en caso de haber reportado en esta misma una Utilidades, se iniciará con la cuenta de 60 días para el Re- parto de utilidades a sus traba- jadores, según indica la Ley Federal del Trabajo. OBLIGADOS AL PAGO DE PTU Personas físicas y morales , sean o no contribuyentes de ISR tienen la obligación de repartir utilidades, incluso en los siguientes casos: SI la entidad cambio de nombre o razón social, fusionado o traspasado. Entidades que cuenten con diversos estableci- mientos, sucursales, agencias, plantas de producción o de distri- bución de bienes o servicios, siem- pre que estas acumulen sus ingresos en una sola declara- ción para efectos de ISR. Los organismos descen- tralizados que no hagan fines humanitarios de asistencia y las compañías de participa- ción estatal constituidas como sociedades mercantiles. Las asociaciones o socieda- des civiles sin fines de lucro, cuyos ingresos se hubiesen obtenido por la enajenación de bienes distintos a su activo fijo o presten servicios a per- sonas distintas de sus miem- bros, siempre que dichos ingresos excedan el 50% de sus ingresos totales. EMPRESAS EXENTAS Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento. Compañías de industria ex- tractiva de nueva creación, durante el periodo de explora- ción, hasta que realicen su primera actividad de producción termina su exen- ción. Institucio- nes de asistencia priva- da que con bienes de pro- piedad parti- cular eje- cuten actos huma- nitarios sin propósitos de lucro. E l Instituto Mexicano del Seguro Social y las institu- ciones públicas descen- tralizadas con fines cultu- rales, asistenciales o be- neficencia. Las empresas con un capital menor de $300,000. PLAZO PARA PAGAR UTILIDA- DES Dentro de los siguientes 60 días hábiles en que deba pagase el impuesto anual, esto quiere decir, el 30 de mayo es la fecha límite para que las personas morales efectúen el reparto de utilidades, ya que para las personas físicas es el 30 de junio. PORCENTAJE A REPARTIR. El porcentaje de reparto, según lo señala, La Resolución de la Quin- ta Comisión Nacional para la Par- ticipación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas, es de un 10% de las utilidades de los contribuyentes I.-Pago PTU 2010 BOLETIN FISCAL BOLETIN FISCAL BOLETIN FISCAL BOLETIN FISCAL VOLUMEN NO. 5 MAYO Vencimientos MAYO 2011 Presentar informa- ción sobre compro- bantes digitales. 15 Enterar los impues- tos retenidos a terceros 17 Pagos provisionales ISR e IETU 17 Pagos definitivos de IVA e IEPS. 17 Pago contribucio- nes Locales (IMPUESTO SO- BRE NOMINAS) 17 Listado que sirvió para la determina- ción de IETU 17 Pago de aportacio- nes Obrero - Patronales (IMSS) 17 Reparto de Utili- dades 30 Pago PTU 2010 Servicios Contem- plados en IMMEX Acuerdo Consejo Técnico IMSS SA- TIC. Contenido:

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Posterior a la presentación de

la declaración anual de impues-

tos de las Personas Morales,

ante el SAT y en caso de haber

reportado en esta misma una

Utilidades, se iniciará con la

cuenta de 60 días para el Re-

parto de utilidades a sus traba-

jadores, según indica la Ley

Federal del Trabajo.

OBLIGADOS AL PAGO DE

PTU

Personas físicas y morales ,

sean o no contribuyentes de

ISR tienen la obligación de

repartir utilidades, incluso en

los siguientes casos:

� SI la entidad cambio de

nombre o razón social,

fusionado o traspasado.

� Entidades que cuenten

con diversos estableci-

mientos, sucursales,

agencias, plantas de

producción o de distri-

bución de bienes o

servicios,

s i e m -

pre que estas acumulen sus

ingresos en una sola declara-

ción para efectos de ISR.

� Los organismos descen-

tralizados que no hagan fines

humanitarios de asistencia y

las compañías de participa-

ción estatal constituidas como

sociedades mercantiles.

� Las asociaciones o socieda-

des civiles sin fines de lucro,

cuyos ingresos se hubiesen

obtenido por la enajenación

de bienes distintos a su activo

fijo o presten servicios a per-

sonas distintas de sus miem-

bros, siempre que dichos

ingresos excedan el 50% de

sus ingresos totales.

EMPRESAS EXENTAS

� Empresas de nueva creación

durante su primer año de

funcionamiento.

� Compañías de industria ex-

tractiva de nueva creación,

durante el periodo de explora-

ción, hasta que realicen

su primera actividad

de producción

termina su exen-

ción.

� Institucio-

nes de asistencia priva-

da que con bienes de

p r o - piedad

parti- cular eje-

c u t e n actos huma-

nitarios sin

propós i tos

de lucro.

� E l

Instituto Mexicano del

Seguro Social y las institu-

ciones públicas descen-

tralizadas con fines cultu-

rales, asistenciales o be-

neficencia.

� Las empresas con un

c a p i t a l m e n o r d e

$300,000.

PLAZO PARA PAGAR UTILIDA-

DES

Dentro de los siguientes 60 días

hábiles en que deba pagase el

impuesto anual, esto quiere decir,

el 30 de mayo es la fecha límite

para que las personas morales

efectúen el reparto de utilidades,

ya que para las personas físicas

es el 30 de junio.

PORCENTAJE A REPARTIR.

El porcentaje de reparto, según lo

señala, La Resolución de la Quin-

ta Comisión Nacional para la Par-

ticipación de los Trabajadores en

las Utilidades de las empresas, es

de un 10% de las utilidades de los

contribuyentes

●I.-Pago PTU 2010

BOLETIN FISCALBOLETIN FISCALBOLETIN FISCALBOLETIN FISCAL

VOLUMEN NO. 5

MAYO

Vencimientos

MAYO 2011

• Presentar informa-

ción sobre compro-

bantes digitales.

15

• Enterar los impues-

tos retenidos a

terceros

17

• Pagos provisionales

ISR e IETU

17

• Pagos definitivos

de IVA e IEPS.

17

• Pago contribucio-

nes Locales

(IMPUESTO SO-

BRE NOMINAS)

17

• Listado que sirvió

para la determina-

ción de IETU

17

• Pago de aportacio-

nes Obrero -

Patronales (IMSS)

17

• Reparto de Utili-

dades

30

● Pago PTU 2010

● Servicios Contem-plados en IMMEX

● Acuerdo Consejo Técnico IMSS SA-TIC.

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Actividades por las que

la Secretaria de Economía

podrá autorizar a las personas morales un IM-

MEX para prestar servicios de ex- portación.

� Abastecimiento, almacenaje o distribu-ción de mercancías.

� Clasificación, inspección, prueba o verificación de mercancías

� Operaciones que no alteran las carac-terísticas de las mercancías.

� Integración de juegos (kits) o material con fines promocionales .

� Reparación, retrabajo o mantenimiento de las mercancías.

� Lavandería, planchado, bordado o impresión de prendas.

� Blindaje, modificación o adaptación de

vehículo automotor.

� Reciclaje o acopio de desperdicios.

� Diseño o ingeniería de productos inclui-dos software.

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●II.- Servicios Contemplados

en IMMEX

III.- Acuerdo Consejo Técnico IMSS SATIC.

El pasado 08 de abril del presente año, el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social público en el Diario Oficial, el Acuerdo SA1. HCT. 240210/41. P. DIR., mediante el cual: Se aprueban los datos específicos que deben proporcionar los patrones en los trámites siguientes: Registro de Obra; Registro de Obra Subcontratada; Incidencia de Obra; Subcontratación; Cancelación de Subcontratación; y Relación Mensual de Trabajadores. Se aprueban los siguientes formatos, así como sus respectivos Anexos e Instructivos de Llena-do, para efectos de la información que deben proporcionar los patrones, dispuesta en los artícu-los 5º, fracción III, y 12, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado: a) Aviso de Registro de Obra del Propietario o Contratista SATIC-01; b) Aviso de Registro de Fase de Obra de Subcontratista SATIC-02; c) Aviso de Incidencia de Obra SATIC-03; d) Aviso de Cancelación de Subcontratación SATIC-04; e) Relación Mensual de Trabajadores de la Construcción SATIC-05; y f) Aviso para Informar la Subcontratación SATIC-06. Este acuerdo tiene vigencia a partir del sábado 09 de abril de 2011 y se abroga el anterior en el cual se dieron a conocer estos mismos formatos