SEGUROS OBLIGATORIOS LINA CLAUDIA ILLANUEVA INSTRUCTORA SENA.
I NSTRUCTORA M ARLENE J ARABA C. Instructora Marlene Jaraba Camargo [email protected] P ROGRAMA...
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INSTRUCTORA MARLENE JARABA C.
Instructora Marlene Jaraba [email protected]
PROGRAMA DE INTEGRACIÓN CON LA
MEDIA
REFUERZO DE LA COMPETENCIA 210601011
PROCESAR LA INFORMACIÓN DE ACUERDO CON LAS COMPETENCIAS DE LA ORGANIZACIÓN
TEMAS: comerciantes, empresa, sociedad, relación empresa proceso contable, fenómenos societarios, Normas para archivo y correspondencia en cuanto a la información contable.
INSTRUCTORA MARLENE JARABA C.
LOS COMERCIANTES
Son personas que profesionalmente se ocupan de algunas de las actividades que la ley considera mercantiles.
Art. 10 C de Co
QUIENES SON COMERCIANTES
Para todos los efectos legales, se presume que una persona es comerciante como
Cuando se haya inscrito en el Registro mercantil
Cuando tiene establecimiento de comercio abierto
Cuando se anuncia al publico por cualquier MEDIO
Art. 13 C. de Co
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DEBERES DE LOS COMERCIANTES
Matricularse en el registro mercantil
Inscribir en el registro todo los actos, libros y documentos respeto de los cuales la ley exige esas formalidades
Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales
Conservar con arreglo a la ley la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios y actividades
Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal
Art. 19 C de Co
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TRAMITES LEGALES DE LOS COMERCIANTES
La Matricula mercantil, ante la Cámara de Comercio
La Matricula de Industria y Comercio, ante la Tesorería Municipal
La Patente de Sanidad, expedida por la Secretaria de Salud Publica
El certificado del Cuerpo de Bomberos
Los Certificados expedidos por la Oficina de Planeación Municipal y de Obras Publicas, de acuerdo con la actividad u objeto social del comerciante
El Paz y Salvo de Sayco Acimpro
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FUNCIONES DE LA CAMARA DE COMERCIO
Algunas funciones de la cámara de comercio son:
Llevar registro mercantil y certificar los actos y documentos en el inscritos.
Velar por los intereses generales del comercio ante el Gobierno y los comerciantes.
Realizar investigaciones económicas de aspectos de comercio interior o exterior y formular recomendaciones a órganos estatales o semioficiales encargados de la ejecución de planes.
Dar noticias en los boletines de las inscripciones hechas en el registro mercantil o de las modificaciones, cancelaciones o alteraciones que se hagan de dichas inscripciones.
Servir de tribunales de arbitramiento.
Prestar sus buenos oficios a los comerciantes para hacer arreglos entre acreedores y deudores
Organizar exposiciones y conferencias, editar o imprimir estudios o informes relacionados con sus objetivos.
Ver art. 86 C de CO.
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REQUISITOS AFILIACIÒN CAMARA DE COMERCIO
Estar matriculado en el registro mercantil de la Cámara de Comercio.
Tener renovada la matrícula mercantil de la sociedad o persona natural y la de todos sus establecimientos de comercio.
Tener inscritos los libros de comercio.
No ser Entidad Sin Ánimo de Lucro, Sociedad Civil, Agencia o Establecimiento de Comercio.
Procedimiento: 1 Diligenciar el formato de Solicitud de Afiliación dado por la Cámara de Comercio. 2 Anexar por escrito tres referencias de empresarios matriculados en la Cámara de Comercio o una referencia bancaria. 3 Entregar la documentación diligenciada.
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LAS EMPRESAS
En toda empresa se necesitan tres elementos para poder realizar la actividad
EMPRESA
PERSONAS
CAPITALTRABAJO
• Aporte de los socios
• Equipos, • maquinaria, • tecnología, • mercancías, • dinero en
efectivo, etc.
Es la actividad a la que se dedica la empresa. Ej.:• Comercializa
ción de productos o• servicios
• Propietarios• empleados
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LA EMPRESA
Concepto: según el código de comercio, art. 25 « se entenderá por empresa a toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes o para la prestación de servicios».
Clasificación:
Según actividad: agropecuaria, minera, comercial, industrial o de servicio.
Según tamaño: Grande, media, pequeña o micro empresa
Según procedencia del capital: privadas, publicas o de economía mixta
Según el numero de propietarios: Individuales, unipersonal o sociedades
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CONTABILIDAD EN LAS EMPRESAS
La contabilidad surge como respuesta a la necesidad de las empresas de llevar control financiero de la empresa, pues la contabilidad:
Requisito del comerciante
Proporciona material de información para
Tomar decisiones y
El manejo optimo del negocio
CONTABILIDAD: Es la ciencia y técnica que enseña a recopilar, clasificar y registrar, de una forma sistemática y estructural, las operaciones mercantiles realizadas por una empresa, con el fin de producir informes que, analizados e interpretados, permitan planear, controlar y tomar decisiones sobre la actividad de la empresa.
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SOCIEDAD
CONCEPTO: Es una persona jurídica (una persona formada por contrato que tiene derechos y obligaciones, pero no existe físicamente como individuo humano) formada por más de una persona que nace de contrato y que constituida de acuerdo con requisitos legales.
Una sociedad comercial es cuando tiene fines mercantiles.
Según la clase de sociedad pueden estar sometidas a la superintendencia bancaria o superintendencia de sociedades
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QUIEN CONTROLA Y VIGILA A LAS SOCIEDADES
LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES: organismo técnico, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo , con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, mediante el cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles.
LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA si la sociedad tiene un objeto o actividad financiera
www.supersociedades.gov.co
TIPOS DE SOCIEDAD
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SEGÙN FORMACIÒN
S. REGULARES
ESCRITURA PUBLICA
REQUISITO DEL ART. 10 C DE Co
INSCRIPCION CAMARA DE Co
S. IRREGULARS
ESCRITURA PUBLICA
SIN INSCRIPCION
CAMARA DE Co
S DE HECHO
SIN ESCRITURA PUBLICA
SIN INSCRIPCION
CAMARA DE Co
TIPOS DE SOCIEDAD 2
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CLASES DE SOCIEDADES
DE PERSONAS
S. Colectiva o ilimitada
S. En Comandita Simple
DE CAPITAL
S. Anónima
S. En Comandita por acciones
MIXTAS
RESPONSABILIDAD LIMITADA
SIN ANIMO DE LUCRO
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DIFERENCIA ENTRE EMPRESA Y SOCIEDADES
SOCIEDADES
PERSONA JURIDICA
ESCRITURA PUBLICA
INSCIPCIÒN C EN Co
CUMPLIR REQUISITOS C EN Co
EMPRESAS
PERSONA NATURAL
ESCRITURA PUBLICA
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SOCIEDAD DE PERSONAS
COLECTIVA
RESPONSABILIDAD SITUACIÓN JURÍDICA
Ilimitada de cada uno de los socios
La sociedad es una persona jurídica, distinta de los socios individualmente considerados
LIMITADA
Limitada al aporte y a la suma que se indique en la escritura social
Igual que la colectiva
DIFERENCIAS ENTRE SOCIEDADES DE
PERSONAS
DIFERENCIAS ENTRE LOS TIPOS DE SOCIEDADES DE PERSONAS
SITUACIÓNJURÍDICA
SOCIEDADES COLECTIVAS o ILIMITADAS
SOCIEDADES LIMITADAS
La sociedad forma una persona jurídica distinta de los socios, individualmente considerados.
Los impuestos de renta se gravan en cabeza de la sociedad y los de patrimonio se gravan en cabeza de cada uno de los socios, proporcionalmente
La sociedad limitada forma una persona jurídica, distinta de los socios individualmente considerados. (Los socios como personas no responden jurídicamente por los actos de la sociedad, responde la sociedad con sus activos)
DIFERENCIAS ENTRE LOS TIPOS DE SOCIEDADES DE PERSONAS
SOCIEDADES COLECTIVAS o ILIMITADAS
SOCIEDADES LIMITADAS
NÚMERO DE SOCIOS
2 o más No menos de 2 y no más de 25
FONDOSOCIAL
Formado por los aportes que cada uno de los socios promete entregar a las sociedades Ej: dinero, créditos, muebles, patentes, trabajo manual.
Igual que la colectiva. Con la estipulación expresa que el aporte de industria no da lugar mas que a una participación en los beneficios sociales
SOCIEDADES COLECTIVAS o ILIMITADAS
SOCIEDADES LIMITADAS
RESPONSABILIDAD DE LOS
SOCIOS
ILIMITADA Limitada a su aporte y a la suma que se indique en la escritura social
APORTES
Pueden ser potenciales (no haberse materializado aún), privilegios de inversión, trabajo manual, la mera industria, además de los tangibles (dinero, inmuebles)
Deben haber sido totalmente cubiertos al constituirse la sociedad. Cuando hay aportes en especie los socios son solidariamente responsables del valor atribuido a ellos en la escritura social.
SOCIEDADES COLECTIVAS o ILIMITADAS
SOCIEDADES LIMITADAS
VENTAJAS La responsabilidad ilimitada da mayor respaldo a la sociedad
Limitación de la responsabilidad de cada socio, frente a las deudas en que incurra la sociedad. La administración de la sociedad es más barata que en una sociedad por acciones.
DESVENTAJAS La responsabilidad ILIMITADA implica mucho riesgo para cada uno de los socios
Menos garantía para los capitales que invierten los socios No administradores y menor garantía para créditos.
El hecho que los nombres de los socios debe figurar en las escrituras y registros públicos puede ser riesgoso desde el punto de vista de seguridad personal en medios como el nuestro
LAS SOCIEDAD DE CAPITAL (ANÓNIMAS)
Son propiedad de muchos dueños de carácter anónimo (No se requiere que el nombre de los socios aparezca en el acta de constitución) De acuerdo con la ley colombiana se requieren al menos cinco (5) personas para construir una Sociedad Anónima. El número de socios está limitado al capital autorizado a emitir.
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FENÓMENO SOCIETARIO
Son ciertos fenómenos de tanta trascendencia que la ley los regula de forma expresa.
Fusión Transformación Escisión Liquidación
operación usada para unificar inversiones y criterios comerciales de dos compañías de una misma rama (TIPO) o de objetivos compatibles.
Es el cambio de una sociedad a cualquier otra forma de sociedad comercial regulada mediante una reforma del contrato de sociedad, continuando con la misma persona jurídica, actividades y patrimonio
Una sociedad sin disolverse transfiere en bloque una o varias partes de su patrimonio a una o mas sociedades existentes o las destina a la creación de una nueva sociedad
Es la terminación de sus actividades mercantiles, la realización de sus activos, para pagar la totalidad de sus pasivos y finalmente la distribución del remanente entre sus socios.
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TALLER 1
1. REALIZAR EL TALLER DE LA GUIA-EMPRESA Y CONTABILIDAD