HOGAR~ t - gob.mx...mensual de leche a "CASA HOGAR", para los niños menores de 12 (doce) a~os que...

5
_J j l 3 •¡ i j j '1 ,, j '1 . . .. () .. CO!'INEN I O DE: COLABORAC ION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE "·LECHE INDUSTRIALIZADA CONASUPO, S.A. DE A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "LlCONSA"·, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. MA. DE LOS ANGELES NAVA ROJAS. EN SU CARACTER OE GEZRENTE DEL PROGRAMA DE ABASTO SOClAL DISTRITO FEDERAL; Y POR LA OTRA PARTE, "FUNDACION DR. JOSE MARIA ALVAREZ", INSTITUCION DE ASISTENCIA PRIVADA, REPRESENTADA POR EL ARQ. HALIM MATOUK MATUK, EN SU CARACTER DE PRESIDENTE DEL PATRONATO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "CASA AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES ·-t CLAUSULAS t A N T E C E O E N T E S 1.- El Gobierno Federal y "L!CONSA", tienen el compromiso de redoblar esf1..len:os en m.:ateri a de al imen · taci ón, y bienestar social, que permita mejorar el nivel de vida las clases más desprotegidas del Respecto a la i rnentac:i ón, se favorece una pol.i.-ti ca de sub si di O$ más selectiva que beneficie quien más lo necesita. Dentro de l os sectores t:ambién de!!protegidos, se encuentran niños desamparados de r.:osc::a!5os recursos que :son recogidos por asociaciones o i.nstitucione'3 de casas hogar de benefic:iencia pública, quiénes serán atendidos en materia alimentaria en pieno respeto de su·' cul tura, costumbres y r-eligión. 2.- ?ara lograr 1 o "LICONSA" y "CASA han t:! ec:i di do f.: el ebrar el presente convenio c.on fin de otorgar leche .-a los beneficiarios de "CASA HOGAR". O E e L A R .A e I O N E S 1.- "LICDNSA" por conducto de su representante: 1.1. Que conforme a las leyes de la República Mexicana, inicialmente se costituyó bajo el nombre de Rehidratadora de Lec:l1e Ceimsa como Sociedad Anónima de Participación Estatal Mayoritaria, creada mediante Escritura Pública número 6661 1 de fecha 2 de mar::::o de 1961, otorgada ante la fe del Notario Publico número 129 del Distrito Licenciado Francisco Dia4 Ballesteros, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México, Distrito Fsderal, en el libro I I I, Vo lumen 501, a fojas 152 y baj o el número 87 de la Sección Comercio y a la fecha en el folio mercantil número 42,552. 1.2. Que actualmente su representada ostenta la denominación de LECHE INDUSTRIALIZADA CONASUPO, S.A. de C.V., según consta la protocoli::::aci6n del acta de Asamblea General Extr-aordinaria de Acc1anistas, otorgada ante la fe del Lic. Miguel Angel Zamora Not ario Pub lico No. 78 del D1strito 1 en ld pública número 3547, de fecha 27 de de 1973, inscrit3 en l os aludidos secciOn y libr-o. en el volumen 890, a f c jas 70 y b ajo el número 54.

Transcript of HOGAR~ t - gob.mx...mensual de leche a "CASA HOGAR", para los niños menores de 12 (doce) a~os que...

Page 1: HOGAR~ t - gob.mx...mensual de leche a "CASA HOGAR", para los niños menores de 12 (doce) a~os que reciben atención ~n ella. El apoyo alimentario a los niños de "CASA HOGAR", !:5e

_J

j l ~ 3

··~ •¡ i

~ j

~ j '1 ,,

j '1

.. . ..

()

..

CO!'INEN I O DE: COLABORAC ION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE "·LECHE INDUSTRIALIZADA CONASUPO, S.A. DE C~V.", A QUIEN EN LO

SUCESIVO SE DENOMINARA "LlCONSA"·, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. MA. DE LOS ANGELES NAVA ROJAS. EN SU CARACTER OE GEZRENTE DEL PROGRAMA DE ABASTO SOClAL DISTRITO FEDERAL; Y POR LA OTRA PARTE, "FUNDACION DR. JOSE MARIA ALVAREZ", INSTITUCION DE ASISTENCIA PRIVADA, REPRESENTADA POR EL ARQ. HALIM MATOUK MATUK, EN SU CARACTER DE PRESIDENTE DEL PATRONATO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "CASA HOGAR"~ AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES ·-t CLAUSULAS t

A N T E C E O E N T E S

1.- El Gobierno Federal y "L!CONSA", tienen el compromiso de redoblar esf1..len:os en m.:ateri a de al imen·taci ón, ~alud y bienestar social, que permita mejorar el nivel de vida d~ las clases más desprotegidas del pa~s. Respecto a la ~1 i rnentac:i ón, se favorece una pol.i.-ti ca de sub si di O$ más selectiva que beneficie ~ quien más lo necesita. Dentro de l os sectores t:ambién de!!protegidos, se encuentran niños desamparados de r.:osc::a!5os recursos que :son recogidos por asociaciones o i.nstitucione'3 de casas hogar de benefic:iencia pública, quiénes serán atendidos en materia alimentaria en pieno respeto de su·' cul tura, costumbres y r-eligión.

2.- ?ara lograr 1 o anteri-or~ "LICONSA" y "CASA HOGAR"~ han t:!ec:i di do f.: el ebrar el presente convenio c.on ~i!l fin de otorgar leche .-a los beneficiarios de "CASA HOGAR".

O E e L A R .A e I O N E S

1.- D~clara "LICDNSA" por conducto de su representante:

1.1. Que conforme a las leyes de la República Mexicana, inicialmente se costituyó bajo el nombre de Rehidratadora de Lec:l1e Ceimsa como Sociedad Anónima de Participación Estatal Mayoritaria, creada mediante Escritura Pública número 6661 1

de fecha 2 de mar::::o de 1961, otorgada ante la fe del Notario Publico número 129 del Distrito Federal~ Licenciado Francisco Dia4 Ballesteros, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México, Distrito Fsderal, en el libro I I I, Vo lumen 501, a fojas 152 y baj o el número 87 de la Sección Comercio y a la fecha en el folio mercantil número 42,552.

1.2. Que actualmente su representada ostenta la denominación de LECHE INDUSTRIALIZADA CONASUPO, S.A. de C.V., según consta ~n la protocoli::::aci6n del acta de Asamblea General Extr-aordinaria d e Acc1anistas, otorgada ante la fe del Lic. Miguel Angel Zamora Valencia~ Notario Pub lico No. 7 8 del D1strito ~eder~l 1 en ld e~critura pública número 3547, de fecha 27 de octubr~ de 1973, inscrit3 en l os aludidos r~gistro, secciOn y libr-o. en el volumen 890, a f c jas 70 y b ajo el número 54.

Page 2: HOGAR~ t - gob.mx...mensual de leche a "CASA HOGAR", para los niños menores de 12 (doce) a~os que reciben atención ~n ella. El apoyo alimentario a los niños de "CASA HOGAR", !:5e

j

l ··~

)

1.3. Que- acredita su per~onalidad juridica c:omo Serente del Programa de Abasto Social Distrito Federal y Apoderada da "L.tCONSA", mediante Eil testimonio de · la escritura pública número 24538 de fecha 19 de enero de 1993, otorgada. ante la fe del Notario Público número 20 del Estado de Mé~ico~

Licenciado Jésus Zamudio Yillanueva.

1.4. Que entr~ sus objetivos esta ~1 da orientar sus progrc.\mas en beneficio del desarrollo social, mediante la distribución y otorgamiento de Leche a precios inferiores a · los del merc-"do.

1.:3 .. Que para .los efectos de esta convenio tiene establecido 9U domi~ilio en Av. Santa Catarina gin námero, Pueblo de Santa Catarina Yecahuizotl~ C.P. 13100, Delegación Tláhuac, lJ • F •

2.- Declara bajo protesta de decir verdad "CASA HOGAR" por conducto de s~ representante:

2. 1. Ou~ su representada es t.tna .! nsti tuc:i ón dm Benef i cem:i a Pública, constituida bajo el carácte~ de Asociación Civil no lucrativa y que dentro de sus objetivos se encuentran los de promover, coordinar y rsalizar todas aquellas acciones que bene+icien a los niños que 5e encuentren bajo el cuid~do de dicha institución.

2.2. Qu~ .:u:redita ~u personalidad juridic:a . como Presiden·te del Patronato y Apoder.~do de "CASA HOGAR", medi ant~ el testimonio de la escritura públic.:.i número 33763 de .fP.c:ha Hl de junio de 1994, otorqada ante F~ del Notario Público número 32 del Distrito Federal, Licenciado Francisco Jacobo Sevillano González, manifestando que la misma no le ha sido limitada, modificada o revocada.

2.3 .. Que para los efectos d• est~ convenio tiene establecido su domicilio em Puente de Piedra No. 29, ·col. Toriello Guerra, Delegación Tlalpan, D.F.

3.- Declaran los representantes de a.mba.s partes:

3.1. Que se reconocen mutuamente la personalidad jurídica con C~Ue acuden a la e: el ebt-ación del presente convenio.

3.2. Que en virtud d~ lo~ antecedentes y declaraciones que ~nteceden, es su deseo c~lebrar el presente ~:onvenio

0bligándose raciprocamente en sus términos, y sometar se a lo dispuesto en los diversos ordenami~ntos encargados de regular los actos juridicos de esta natur•leza.

En :néri to de 1 -~ o:.mte!:i !!?~e pues t. o sigui ~entes:

partt:?s ~.;<:.> sujetan a lats

·---------------- ---------------.------

Page 3: HOGAR~ t - gob.mx...mensual de leche a "CASA HOGAR", para los niños menores de 12 (doce) a~os que reciben atención ~n ella. El apoyo alimentario a los niños de "CASA HOGAR", !:5e

t '' ' . C L A U S U L A S

PRIMERA.- OB.JETO

"LICONSA" y "CASA HOGAR" convienen en unir sus. racur$0!5 y egfuer::os para llevar a cabo la distribución y dotación mensual de leche a "CASA HOGAR", para los niños menores de 12 (doce) a~os que reciben atención ~n ella.

El apoyo alimentario a los niños de "CASA HOGAR", !:5e dará 6 <seis> dí.as a. la semana y "CASA HOGAR" se compromete a que

cada niño tome 500 <quiniE&ntos> mililitros de leche al día.

"CASA HOGAR" entregar i a. dias después de la firma de los niños que se institución.

"L!CONSA" 3

del presente encuentr<in

5 <cinco} el registro

más tardar convenio, inscritos en dicha

"CASA HOGAR" den·tro de l·os !:5 <cinco> primeros di as · de c:ada mes hará del conocimiento de "LICONSA 11

, la baja o alta de los ni~os ~s~ como la cantidad da leche necesaria para ese mes.

SEGUNDA.- PRECIO

El precio por cada litro de leche será de N$0.80 <OCHENTA CENTAVOS DE NUEVOS PESOS r1. N.) , qt.tedando sujeto a c:ambi o cuando el Consejo de Admini strac::i ón de "LlCONSA", 1 o determine.

TERCERA.- LUGAR Y FORMA DE LA PRESTAClON DEL SERVICIO

El personal autorizado de ~cASA HOGARu, se compromete a recoger la leche en el almacén del Programa de Abasto Social Distrito Federal, ubicado en Av. Santa Catarina sin número, Pueblo de Santa Catarin.a Yecahuizotl~ C.P. 13100, Delegación Tláhuac, D.F., firmando para ello de recibido, en las factur<iS que 1 e presente "L!CONSA" al e-fectuar 1 a entrega. Las entregas se efecturan en los dias y horarios que se mencionan en el anexa único, el cual firmado por ambas partes forma parte integrante del presente instrumento.

CUARTA.- Ol3LIGACION DE "LICONSA"

''L.ICONSA" se compromete a entregar a "CASA HOGAR", leche entera en polvo de acuerdo a la norma. vi gen·t:e en 1 os 1 i bros de ·fórmula de "LICONSA" c:on la calidad y señalando en los sobr~s de leche la fecha de caducidad y de elaboraci~n.

C:tUINTA.- OBLIGAC!ON OE "CASA HOGAR''

"CASA HOGAR" se c·.:>mprometa hacer el "LICONS?~", los dias 15 (quince) y mediante cheque c~rtificado expedido INDUSTRIALIZAOA CONASUPO , S.A. de C.V.

pago de último de

a f.:~vor

1 a leche a c.'E:\da :nes, de LECHE

, __________________ _

Page 4: HOGAR~ t - gob.mx...mensual de leche a "CASA HOGAR", para los niños menores de 12 (doce) a~os que reciben atención ~n ella. El apoyo alimentario a los niños de "CASA HOGAR", !:5e

... ~ .,

·i

J ~

l

1

1 )

/

) '

SEXTA.- RESCISION

"CASA HOGAR" se compromete a que la distribución de leche que 1 e sol i c:i ·te a "LICONSA", $ter á conforme .d registro actualizado de niños que se encuentren i nscri t.os y que reciben este beneficio, reali;;:Qndo el pago correspondiente conforme a lo señalado en la cláusula anterior4

En caso de incumplimiento a lo antes estipulado, o a cualquier otr,a obligación establecida en e!5te documento por parte de "CASA HOGAR", procederá la r·esci sión del presente convenio sin ninguna responsabilidad para "LICONSA" y sin necesidad alguna de promover acción judicial-

SEPTIMA.- VIGENCIA

El pr~sente convenio se celebra por tiempo indefinido, acord<mdo las parte!S iniciar su operación a partir del dia 12 de julio de 1995, pudiendo darlo por terminado cualquiera de las partes, sin incurrir en responsabilidad alguna 1 previo aviso por e5crito c:on 15 (quinc:e> dias naturales de anticipación, sin necesidad de declaración judicial en ese sentido.

OCTAVA.- SOLUCION DE CONTROVERSIAS

Cualquier controversia respecto a la interpretación o cumplimiento de este convenio será resuelto por la Dirección ~

General de "LlCONSA", para que medí ante 1 iis· acci 'Jnes y ~ctos conciliatorios pertinentes., se encuentren soluciones a los mismos.

Enteradas las partes del alc:anc:a-, contenido., y fuerza legcal del presente convenio, y por no contener dolo, error, mala fe, ni cláusula contraria a derecho, lo firman de conformidad, en unión de dos testigos que de igual manera lo hacen, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los tres dias del mes rJ.e julio de mil novecientos noventa y cinco.

S !) E )

-----------------------------------------------------------------

Page 5: HOGAR~ t - gob.mx...mensual de leche a "CASA HOGAR", para los niños menores de 12 (doce) a~os que reciben atención ~n ella. El apoyo alimentario a los niños de "CASA HOGAR", !:5e

J. . '·~ .. ; 4 · , • )

·.1' j />\ . ' j 'r

-i ~ .. ' .. .

J

~ ·1

·4 :¡ :1

J - ~

1 - ~

(' ' \ )

ANEXO 'C'NrCO

EL PRESENTE CORRESPONDE A LA CLAUSULA TERCERA DEL CONVENIO DE COLABORACION QUJ:: CELEBRAN "LICONSA - CASA HOGAR"

EL PERIODO ESTABLECIDO PARA RECOGER LA DOTACION CORRESPONDIENTE A CADA MES SERA:

DEL DIA S AL DIA 15 DE CADA MES

EN EL HORARIO DE 9 : 00 A 18:00 HRS