HM1 Virreinato 1

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LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y LAS DIVISIONES TERRITORIALES DE LA NUEVA ESPAÑA

Durante varios siglos, España colonizó casi todo el continente americano. Durante el reinado de Carlos I de España y V de Alemania, las posesiones españolas de ultramar incluían Nueva España (hoy México), Venezuela, Nueva Granada (Colombia), Quito (Ecuador). Perú (Perú y Bolivia). Chile y el Río de la Plata (Argentina). las islas del mar Caribe, las islas Filipinas y algunas zonas de lo que hoyes el sur de Estados Unidos. Aunque las colonias asiáticas no se fundaron bajo su reinado, viajes de exploración como el de Fernando de Magallanes (1519- 1522) ayudaron para dicha colonización (Miranda, 2004: 36). Durante más de tres décadas, Carlos V gobernó el más grande imperio de la época, por lo que le era necesaria la implantación de un poder absoluto que le permitiera controlar y administrar las colonias y a los mismos colonizadores que por el momento tenían el poder total. Para ello, creó una serie de instituciones que gobernaron los territorios conquistados que fueron divididos en los denominados virreinatos.

Nueva España fue el primer virreinato establecido en el Nuevo Mundo y, para su control, su territorio se dividió en varias entidades y se creó un sistema político que repartía el poder y las funciones administrativas en diversas instituciones de gobierno que limitaban el poder absoluto (que hasta ese momento tenían los conquistadores sobre las tierras tomadas). y garantizaban que las riquezas extraídas de ellas llegaran a España.

Gobierno de Hernán Cortés Recién conquistados los territorios del Nuevo Mundo, el poder político fue ejercido por los conquistadores Hernán Cortes pudo declarar la independencia de

las zonas conquistadas y elevarse como su emperador, pero optó por mantener su fidelidad a la Corona española y gobernar según lo estipulaban las capitulaciones (es decir, los documentos legales donde se hacían constar los acuerdos que tenía el Imperio Español en diversas situaciones). Como jefe de la expedición, a Cortés le correspondía fundar ciudades en determinado tiempo y tenía la facultad de repartir tierras y solares, por lo que durante los primeros cinco años de la conquista (1521-1524). éste gobernó Nueva España bajo las Ordenanzas del Buen Gobierno que él mismo estableció, e instauró la encomienda, que consistió en el reparto de indígenas a conquistadores y demás pobladores españoles: a cambio de que les enseñaran el cristianismo, los indígenas eran obligados a dar tributo a los encomenderos y a trabajar para ellos sin paga alguna .

Cortés repartió entre los conquistadores bienes muebles e inmuebles. “Los primeros son la llamada riqueza móvil (botín de conquista -piedras o metales preciosos). Los beneficiarios fueron en primer lugar el rey, a quien se le daba la mencionada quinta parte de lo encontrado (impuesto del Quinto real), y después los conquistadores e inversionistas que habían financiado la expedición, pero la repartición de estos bienes resultaba complicada, pues todos querían recibir la mayor parte. [ ... ] Los bienes inmuebles eran las tierras fértiles, las minas y el tributo indiano”.

Para controlar el poder de los conquistadores en la Nueva España, en primera instancia, por orden real se crearon los gobiernos de jueces, poco después las Audiencias y otros organismos de control hasta que finalmente en 1535 se estableció la máxima autoridad en la figura del virrey, quedando dividido el poder administrativo de según el organigrama.

El poder central peninsular provenía del rey, sus secretarios y el Consejo de Indias, quienes controlaban el poder central americano, que era ejercido por el virrey, las Audiencias y los demás organismos que derivaban de él.

Real y Supremo Consejo de Indias El Real y Supremo Consejo de Indias era un organismo creado en España para asesorar al rey en el gobierno de los territorios americanos. Las leyes

emanaban de la Corona y eran dictadas por el Real y Supremo Consejo de Indias. Fue creado en 1519 como sección especial de Consejo de Castila, y desde 1524 fue independiente y tuvo el mismo nivel jerárquico que otros consejos de la Corona. Sus funciones eran legislativas, administrativas, judiciales y militares, aunque se extendían también al área cultural

Real y Supremo Consejo de Indias era la institución que más limitaba el poder del virrey a través de la figura del visitador. Éste era un individuo elegido directamente por la Corona que podía llegar al virreinato sin previo aviso. Con él traía unas instrucciones en la que se le daba poder para revisar todo aquello que levantara sus sospechas sobre abusos cometidos por las autoridades virreinales, para luego informar luego al rey. No obstante su escaso conocimiento de los problemas novohispanos y el ambiente hostil con el que se le recibía no permitía que su actuación fuese muy efectiva.

Virrey Al interior del virreinato la máxima autoridad era el virrey, el cual era nombrado por el rey de España (el virrey gobernaba en nombre del rey). En la historia

de Nueva España hubo 63 virreyes: el primero fue Antonio de Mendoza (que gobernó entre 1535 y 1550); el último, Juan O’Donojú, el cual reconoció la Independencia de Nueva España en 1821. Los virreyes de Nueva España gobernaban también Centroamérica, las islas del mar Caribe, las islas Filipinas y algunas zonas de lo que hoyes el sur de Estados Unidos de América. Entre los puestos y funciones del virrey estaban:

Puestos del virrey: 1. Representante directo del rey; 2. Jefe supremo de la administración colonial; 3. Capitán general y gobernador de la Nueva España; 4. Presidente de la Audiencia de México; 5. Vicepatronato de la Iglesia; 6. Superintendente de la Real Hacienda.

Funciones del virrey: 1. Ordenar y supervisar la construcción de obras públicas; 2. Nombrar a las autoridades regionales; 3. Otorgaba mercedes de tierras como recompensa por servicios prestados; 4. Ejecutaba las acciones de la Real Audiencia; 5. Vigilaba la cobranza de las rentas reales; 6. Ordenaba la acuñación de moneda; 7. Tenía el mando supremo del ejército

Aunque en teoría el virrey tenía el poder supremo, en la realidad éste estaba limitado por la existencia de otros cargos nombrados también directamente por el monarca de España, que debían impedir los abusos de éste y su gobierno, y tenían comunicación directa con el rey y el Consejo de Indias. La Audiencia limitaba el poder del virrey en el ámbito judicial, mientras que los gobernadores lo hacían en lo administrativo, y los arzobispos en el terreno religioso y social. Si bien la limitación más importante de su poder era su propio carácter temporal. ya que en un principio se estableció como periodo máximo de gobierno tres años, que más tarde se aumentaron a cinco.

Real Audiencia

En el cuarto lugar de la jerarquía de poder de Nueva España estaba la Audiencia. Las audiencias eran tribunales superiores de justicia y tribunales administrativos que actuaban colegiadamente, con autoridad para fiscalizar a los virreyes y gobernadores.

Rey de España

RS Consejo de IndiasVirrey de Nueva

España Real Audiencia

Gobernadores

Intendentes

Ayuntamientos

Corregidores

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La Audiencia de Nueva España cumplía con una doble función: 1. Se constituyó como la máxima instancia judicial de la Nueva España, y 2. Actuó como un cuerpo asesor del virrey en asuntos administrativos y militares.

Se componía por un presidente (el virrey), ocho oidores, cuatro alcaldes de crimen, dos fiscales, un alguacil mayor, un teniente de canciller, un escribano de cámara y varios relatores. Los oidores intervenían como consejo del virrey, dictaminaban asuntos que éste debía resolver y participaban en la función reglamentaria, informaban también sobre los malos tratos a los indígenas, acerca de cómo se guardaban las leyes respecto a éstos, y remediaban los abusos castigando a los culpables. Por otro lado, los oidores vigilaban al virrey y los fiscales velaban porque los pleitos fueses expeditos y beneficiosos al patrimonio real.

La Corona española designó, en 1528, la Primera Audiencia en la Ciudad de México, la cual se encargaría de gobernar Nueva España; pero la actuación de ésta fue desastrosa; realizó sangrientas persecuciones, cometió varios crímenes y entregó encomiendas a favoritos y amigos. Los intereses de la Corona española y la de los encomenderos entraron en conflicto. La primera pretendía imponer su dominio en los territorios conquistados, en tanto que los segundos aspiraban a ejercer un poder absoluto en sus posiciones a través de las encomiendas.

Con el fin de controlar la ambición de los conquistadores y de asegurar su dominio político, la Corona española se reservó el derecho de propiedad sobre las tierras y dividió la sociedad colonial en dos sectores: la República de Indios y la República de Españoles. En 1531 se estableció la Segunda Audiencia, la cual se encargó de debilitar al grupo de conquistadores: ordenó la incorporación a la Corona española de muchas encomiendas que la Primera Audiencia había entregado a sus favoritos, y preparó la instauración del Virreinato. De esta manera, los conquistadores fueron apartados del poder y sustituidos por funcionarios designados por la Corona española. El virreinato de Nueva España estuvo dividido en cinco audiencias, ubicadas en la Ciudad de México, Guadalajara, Guatemala, Santo Domingo (incluida la actual Venezuela) y Manila (en las islas Filipinas).

Gobernadores Al dividirse el territorio, también se crearon otros cargos políticos y administrativos; los gobernadores manejaban la economía de las provincias o reinos;

asimismo, se encargaban de los asuntos militares. Eran designados por el rey o por el virrey y permanecían en el puesto por lo general cinco años.

Alcaldías mayores y corregimientos Las provincias o reinos estaban subdivididas en alcaldías mayores, las cuales estaban a cargo de un alcalde o justicia mayor. A nivel local, en pequeños

distritos, fue instituido el corregimiento, que era representado por el corregidor, quien dependía del Consejo de Indias, no del virrey; carecía de facultad legislativa y ejercía la resolutoria subordinándose al propio virrey, quien podían conocer los casos correspondientes al corregimiento e incluso revisar sus resoluciones.

Los corregimientos y las alcaldías mayores ejercían un poder muy amplio en sus distritos; entre sus funciones estaban recolectar el tributo de los indígenas, vigilar a los encomenderos, dictar disposiciones acerca de caminos y transportes, e intervenir como representantes de las autoridades centrales en el gobierno de las ciudades y villas de españoles y de los pueblos de indígenas. Los alcaldes mayores y los corregidores a partir del siglo XVII llegaron a tener las mismas funciones, por lo que con el tiempo se fusionan esos cargos.

Ayuntamientos

Para gobernar las ciudades y villas de españoles y los pueblos de indígenas se estableció el Ayuntamiento o Cabildo, cuya sede era la alcaldía mayor o regimiento. Los funcionarios de los cabildos o ayuntamientos eran los alcaldes ordinarios, facultados para juzgar y decidir en casos menores, y los regidores, encargados de la administración y de los servicios públicos de la localidad.

República de Indios y República de Españoles Pese a que la Corona española reconoció a los indígenas conquistados como súbditos del rey, “libres e iguales a los españoles”, y no como extranjeros o

enemigos (como sucedía en otras colonizaciones), desde un principio, trató de separar a los indígenas de los españoles mediante dos comunidades aisladas: la República de Indios y la República de Españoles, así los indígenas en teoría eran reconocidos como iguales de los españoles, pero en la práctica, a diferencia de estos, tenían la obligación de pagar tributo.

Con las repúblicas de Indios y de Españoles se pretendía separarlos, por una parte, para que los indígenas no aprendieran los vicios del Viejo Mundo, y por otra, para vigilarlos y controlarlos mejor para facilitar su explotación y evangelización; para ello, se les congregó en pueblos o reducciones, donde no residirían más españoles que los doctrineros, corregidores y encomenderos. De todas formas, la política aislacionista no fue rígida, y cierto número de pueblos de indios vivió constantemente en contacto con los españoles, además de que en todas las grandes ciudades había barrios de indígenas, denominados “cercados” y situados en las afueras. Aunque tenían gobiernos diferentes, las dos repúblicas se regían por el mismo derecho indiano.

Sin embargo, esta política de segregación falló en cuanto a las fronteras de la tierra. Los españoles ambiciosos en incrementar sus posesiones gradualmente penetraron los territorios indígenas. Los indígenas por su parte, entraron a la ciudad española a emplearse en actividades urbanas, en el servicio doméstico y público. Poco a poco, la mezcla de culturas provocó la desaparición de estas repúblicas. Cabe mencionar que mestizos, castas y negros eran excluidos de ambas repúblicas, aunque vivieron cerca o entre los blancos e indígenas.

Capitanía general Era la institución encargada de la defensa del virreinato, de modo que tenía el mando supremo de todas las tropas de Nueva España y, por lo tanto, debía

garantizar la seguridad y la defensa del territorio. En 1529, durante el mandato del virrey Antonio de Mendoza, el monarca Carlos V. le otorga a Hernán Cortés el título de capital general de la Nueva España y costa del Sur, en recompensa por los muchos y grandes servicios realizados a los Reyes Católicos, pero para ese entonces Cortés ya había perdido tanto poder en la Nueva España, que el cargo fue más de palabras que de hechos.

A partir del segundo virrey, Luis de Velasco, el cargo de capitán general fue una de las funciones que los virreyes tenían que cumplir. Por extensión, también se denominó así a la zona territorial donde el Capitán general se asentaba, por ser de importancia estratégica, ya fuera en la lucha contra las potencias extranjeras o contra la piratería, o porque eran zonas donde el sometimiento de los indígenas era difícil.