Historia del derecho chileno 1808-1924 --Eric Eduardo Palma González.pdf

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2 2 HISTORIA DEL DERECHO CHILENO (1808-1924)

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    HISTORIA DEL DERECHO CHILENO (1808-1924)

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    Eric Eduardo Palma Gonzlez Registro de Propiedad Intelectual nmero: 134.271 Diseo de Portada: Estela Elgueta Rosas Fotografas: La portada est basada en un conjunto de fotografas al parecer de principios de siglo. Lamentablemente no se logr establecer su autor. Imprime: Prohibida la reproduccin total o parcial de este libro, su tratamiento informtico y su trasmisin por cualquier forma o medio, ya sea electrnico, por fotocopia, registro u otros mtodos, sin autorizacin por escrito del titular del Derecho de Propiedad Intelectual. El autor comunica que ejercer las acciones criminales en contra de las empresas de fotocopiado, as como particulares dedicados al negocio de la fotocopia, que sean sorprendidos fotocopiando el texto sin dicha autorizacin

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    Eric Eduardo Palma Gonzlez Abogado. Doctor en Derecho. Magster en Historia. Doctor en Historia

    Profesor de Historia del Derecho. Profesor de Historia Constitucional de Chile. Profesor de Derecho Poltico.

    HISTORIA DEL DERECHO CHILENO: 1808-1924 Manual Bsico

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    NDICE

    Presentacin

    CAPTULO I

    Metodologa de la investigacin histrica

    1. Metodologa de la investigacin histrica

    CAPTULO II

    La Ilustracin

    1. El escolasticismo

    2. La epistemologa ilustrada

    3. Aspectos polticos del pensamiento ilustrado

    3.1. Ideas polticas escolsticas

    3.2. Ideas polticas ilustradas

    3.3. Caractersticas generales del liberalismo poltico

    4. Aspectos jurdicos del pensamiento ilustrado

    4.1. El Iusracionalismo

    4.1.1. Los Derechos Individuales

    4.2. El Estado de Derecho

    4.3. La Codificacin

    4.4. El Estado Constitucional

    5. - La Actitud Crtica en Espaa e Indias

    CAPTULO III

    La concrecin del programa liberal ilustrado: manifestaciones histricas del

    programa poltico y socio-econmico estadounidense, francs y espaol

    1. - El caso ingls y estadounidense

    2. - El caso francs

    3. El caso espaol: La Carta Otorgada de Bayona y la Constitucin de la

    Monarqua Espaola de 1812.

    3.1. El Gobierno de Jos Napolen I y la autodenominada Constitucin de Bayona

    3.2. Las Cortes de Cdiz y la Constitucin Espaola de 1812

    3.2.1. Liberalismo gaditano y liberalismo doctrinario

    3.3. Estado constitucional estamental catlico y Estado Constitucional liberal catlico

    CAPTULO IV

    La crisis de la Monarqua Espaola y sus efectos en Amrica del Sur y Chile

    1.La crisis de la Monarqua Espaola y sus efectos en Amrica del Sur

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    2.La crisis de la Monarqua Espaola y sus efectos en Chile

    2.1. La sociedad chilena de fines del siglo XVIII y principios del siglo XIX

    2.2. La reaccin de la elite chilena ante la Guerra de Independencia espaola: 1808-1810.

    CAPTULO V

    Balances de la sociedad chilena del perodo 1808-1830

    1. Balance poltico

    1.1. De las causas de la independencia

    2. Balance social y econmico

    3.Balance cultural

    4.Balance jurdico

    4.1. Balance constitucional

    4.2. Balance del Derecho Civil

    4.3. Balance del Derecho Comercial

    4.4. Balance del Derecho Penal

    4.5. Balance del Derecho Procesal Penal: de la constitucionalizacin del proceso penal

    4.6. Balance del Derecho Procesal Civil

    4.7. Balance de la fijacin del Derecho

    4.8. Balance de las fuentes formales del Derecho

    4.8.1. El proceso de creacin de la ley

    CAPTULO VI

    Del Orden Constitucional conservador autoritario (1833-1865)

    1.Balance Poltico

    1. La conquista del poder por el movimiento conservador

    2. Instrumentos de Gobierno consagrados en la Constitucin de 1833

    2.1. Inexistencia del rgimen portaliano e instauracin del modelo constitucional

    conservador

    3. Caractersticas generales de la accin poltica

    4. Balance de la poltica internacional

    5. Balance social y econmico

    6. Balance cultural

    7. Balance jurdico

    1. La elaboracin de la Carta de 1833

    2. Caractersticas de la Carta de 1833 (comparacin con la Constitucin de 1828)

    3. De la fijacin del Derecho

    4. De las fuentes formales del Derecho

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    CAPTULO VII

    Del orden constitucional conservador al Orden Constitucional

    Liberal (1865-1890)

    1.Balance de la poltica nacional del perodo 1865-1890

    2. Balance de la poltica internacional del perodo 1865-1890

    3. Balance social, econmico y cultural del perodo 1865-1890

    4. Balance jurdico

    4.1. Las reformas legales

    4.2. Las reformas constitucionales simples y constituyentes

    CAPTULO VIII

    El Orden Constitucional Liberal y el Gobierno de Asamblea 1891-

    1924

    1.- La guerra civil de 1891

    1.1. La dimensin constitucional del conflicto

    2.- Balance poltico del perodo 1891-1924

    3.- Balance social, econmico y cultural del perodo 1891-1924

    3.1. Un intento de caracterizacin de la clase alta

    3.2. La explotacin del salitre

    3.3. Las dems actividades productivas

    3.4. Un intento de caracterizacin de la vida de los sectores populares

    4. - Balance jurdico del perodo 1891-1924

    4.1. Las reformas constitucionales

    4.2. Las reformas legales

    4.2.1. Anlisis de la legislacin obrera

    4.3. La transformacin del sistema civilista o de Derecho Privado

    4.4. Formacin del Derecho del Trabajo Bibliografa

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    PRESENTACIN La Historia del Derecho en Chile ha sido tradicionalmente un campo ocupado por

    abogados ms que por historiadores profesionales. O mejor dicho, de preferencia se han

    abocado a su estudio juristas con vocacin de historiadores que han puesto un sello

    inconfundible en sus trabajos historiogrficos. De esa manera, en la mayor parte de los

    textos producidos por estos profesionales, la norma jurdica se explica slo o casi

    exclusivamente como el fruto de ideas, descuidando el trasfondo social, poltico,

    econmico y cultural en el cual se produjo el surgimiento y ocaso de esas reglas.

    Tanto por razones tcnicas (desconocimiento de los avances de la historiografa)

    como ideolgicas (influencia de ciertas corrientes como el hispanismo), el resultado ha sido

    una Historia del Derecho de carcter marcadamente conservador que ha hecho

    frecuentemente su camino a espaldas de la disciplina de la Historia en general y de la

    Historia Econmica y Social en particular. Por nuestra parte, los historiadores que nos

    centramos en estos nichos de la disciplina historiogrfica, ante el panorama poco

    atractivo de una Historia del Derecho rida y autosuficiente, limitada al estudio de la norma

    y de las ideas que la inspiraron, casi siempre prescindimos de las contribuciones de dichos

    juristas-historiadores. La colaboracin sinrgica no ha caracterizado hasta ahora el trabajo

    de unos y otros en nuestro pas.

    Eric Eduardo Palma quiere romper con la incomunicacin entre los historiadores a

    secas e historiadores del Derecho. Abogado y Magster en Historia y, prximamente Doctor

    en Historia, este acadmico se propone analizar el Derecho como expresin de poder e

    instrumento de intereses, como un producto social y, en determinadas circunstancias, como

    un instrumento de organizacin social, afirmando que el historiador del Derecho no puede

    entender agotada su tarea por la circunstancia de alcanzar claridad sobre cmo fue el

    Derecho del pasado, debe adems intentar comprender cmo sirvi los intereses de los

    grupos sociales que lo gestaron, lo usaron y cmo se experiment por los grupos que lo

    resistieron, lo sufrieron.

    Su proyecto facilita el acercamiento entre los historiadores de diversas

    especializaciones y los historiadores del Derecho, siendo muy atractivo para quienes hemos

    puesto nuestro nfasis en la llamada Historia Econmica y Social, entendiendo que la

    disciplina de la Historia es una sola, variando solamente las entradas o aproximaciones

    que desde distintos ngulos pueden hacerse para la comprensin de la evolucin de las

    sociedades humanas a travs del tiempo.

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    La presente Historia del Derecho chileno 1808-1924 (Manual Bsico) se inscribe en

    el propsito que de manera ambiciosa y perseverante el profesor Eduardo Palma Gonzlez

    viene tratando de concretar a travs de diversas iniciativas como ciclos de conferencias,

    charlas, textos de estudio para alumnos de Derecho en los que se hace uso de una

    actualizada bibliografa histrica, artculos especializados, amn de la realizacin de otros

    gestos para tender puentes entre historiadores del Derecho y los historiadores en general.

    Se trata de una empresa loable que merecera ser emulada por otros historiadores y

    juristas, a la vez que aprovechada, como en el caso de este libro, por alumnos de Derecho,

    Historia y otras disciplinas cuyo objeto de estudio es el hombre en sociedad.

    Varios son, a mi juicio, los principales aportes innovadores o polmicos del texto

    que presentamos.

    En primer lugar, la comparacin entre la Constitucin liberal de 1828 y aquella

    promulgada en 1833 como consecuencia de la victoria militar conservadora en Lircay

    (1831), lo que sirve al autor para demostrar las diferencias que oponan a liberales y

    conservadores, bandos que, contrariamente a algunos planteamientos que circulan en los

    medios historiogrficos, no constituan un grupo homogneo al interior de la elite nacional.

    Luego resalta su negacin acerca del llamado gobierno o rgimen portaliano, por

    cuanto Eduardo Palma afirma que la participacin del ministro Diego Portales en el

    establecimiento de las instituciones constitucionales que fundaron la Repblica

    Conservadora fue insignificante, correspondiendo ese mrito a personajes como Mariano

    Egaa y otros miembros de la Gran Convencin constituyente que apoyaron las frmulas

    constitucionales de Egaa, lo que permiti el xito del gobierno conservador an despus

    de la muerte de Portales. Es sabido, como sostiene acertadamente Palma, que Portales tena

    muy poco aprecio por los textos legales y constitucionales, viendo en ellos meros

    instrumentos que no vacilaba en violar cuando no respondan a los intereses del proyecto

    social y poltico del cual fue portavoz. Por ello, asevera el autor, el rgimen que surgi de

    estos debates a comienzos de la dcada de 1830 no debera ser llamado portaliano, y Egaa

    y los dems miembros de la Gran Convencin deberan ser elevados al sitial que les

    corresponde como verdaderos fundadores del rgimen conservador, nombre ms adecuado

    que el de portaliano con el que la historiografa casi sin excepciones ha bautizado a dicho

    sistema de gobierno. El mrito de Portales no sera otro que el de haber sabido sortear la

    coyuntura poltica del perodo 1829-1837 y haber tenido la sangre fra para impedir la

    reorganizacin de los liberales. En cambio, el mrito de Egaa y de los abogados que

    colaboraron con l sera an mayor puesto que ellos crearon los instrumentos que

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    permitieron a los juristas la elaboracin de la legislacin llamada a asegurar la eficiencia en

    el ejercicio del poder. Los juristas afirma Palma- construyeron un orden institucional que

    fue respaldado por la fuerza de la poltica ministerial, pero esa fuerza personal sucumbi

    tempranamente al ser asesinado Portales en 1837-, no as el rgimen que ayud a levantar.

    Estos razonamientos suscitarn polmica no slo porque contravienen conceptos

    generalmente aceptados como los de gobierno o rgimen portaliano- sino tambin porque

    implican distintos matices en la valoracin de la gnesis de un rgimen poltico. Qu es

    ms importante? Las ideas fuerza centrales de un proyecto, sus intereses sociales y

    econmicos y la fuerza poltica que le abre paso o las frmulas jurdicas que crean Derecho

    y generan legitimidad social y poltica? Es justo contraponer ambos aspectos para efectos

    del anlisis histrico? El slo hecho de provocar un debate de este tipo ya constituye un

    mrito del libro del profesor Palma.

    Pero hay ms.

    El autor de esta Historia del Derecho chileno plantea que la Constitucin de 1833

    slo rigi hasta 1874 cuando las reformas constitucionales de la poca la vaciaron de su

    contenido original, dando paso a un sistema de tipo liberal democrtico. El profesor

    Palma denomina estas reformas como constituyentes (a diferencia de otras de carcter

    simple) por cuanto introdujeron modificaciones sustanciales que alteraron el carcter de

    la Carta Magna nacional. La lgica interna de la Constitucin de 1833 la preeminencia de

    la razn de Estado y la defensa del orden pblico por sobre los derechos individuales- fue

    sustituida en 1874 por una mayor relevancia de los derechos individuales en el sistema

    constitucional. Esto implic un equilibrio entre la razn de Estado y los derechos

    individuales, lo que se tradujo en un debilitamiento del Ejecutivo. Por ello estas reformas

    constituyentes sumadas a las de 1871 y 1865 habran provocado el trmino del orden

    establecido en 1833 por los vencedores de Lircay, surgiendo un orden de sesgo liberal

    democrtico que sera reforzado por las reformas constitucionales de 1882 y 1888.

    Esta interpretacin de Eduardo Palma est ntimamente relacionada con su visin de

    la crisis de 1891 y del perodo 1891-1924, generalmente bautizado como parlamentario y

    que l prefiere denominar como rgimen de Gobierno de Asamblea. Este se haca efectivo a

    travs de la interpelacin vinculante de los parlamentarios a los ministros, lo que implicaba

    que en caso de terminar con un voto de censura el ministro o el gabinete en su conjunto

    deba ser reemplazado por otro del agrado del Parlamento. Pienso que en este punto la

    innovacin del profesor Palma es menor y concuerda en lo fundamental con lo

    generalmente aceptado por nuestra historiografa, debiendo destacarse solamente que luego

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    de la guerra civil de 1891 estaramos ante una suerte de profundizacin de nuevas prcticas

    polticas que venan aflorando desde el ciclo de gobiernos liberales de las dcadas

    anteriores. En todo caso, su tesis sobre el trmino de la vigencia efectiva de la Constitucin

    de 1833 mucho antes de su data de muerte oficial (1925) se ve reforzada al observar en

    una perspectiva de continuidad lo acaecido entre 1865 y 1925.

    Finalmente, en perfecta coincidencia con las contribuciones historiogrficas ms

    recientes que han cuestionado una visin tradicional acerca de la actitud del Estado y de la

    clase dirigente respecto de la cuestin social durante el primer cuarto del siglo XX,

    Eduardo Palma nos entrega un detallado anlisis de la legislacin social que se implement

    paulatinamente a partir de 1906, esto es, con mucha anterioridad al conjunto de leyes que

    en 1924 conformaron un todo coherente y le cambiaron el rostro al orden socio-poltico del

    pas. El historiador del Derecho a travs del anlisis de textos tan variados como las leyes

    sobre Habitaciones Obreras (1906), Descanso Dominical (1907), de Sillas para empleados

    y obreros (1915), Feriados (1915), Accidentes del Trabajo (1916), Descanso Dominical

    (1917), Educacin Primaria Obligatoria (1920), y los decretos que establecieron la Oficina

    de Estadsticas del Trabajo (1907) y los mecanismos de Conciliacin y Arbitraje a fin de

    evitar las huelgas y sus efectos negativos (1917), por citar algunos de los ms relevantes, va

    demostrando como la burguesa chilena (o al menos algunos de sus elementos ms lcidos)

    al tomar conciencia de los peligros que para sus propios intereses de clase revesta la

    cuestin social y la creciente rebelda del movimiento obrero y popular, opt por una

    estrategia de limitar la propiedad y amparar ciertos intereses populares a fin de asegurar la

    paz social y la gobernabilidad del pas y con ello, del orden social que la beneficiaba en

    tanto clase propietaria y dirigente.

    Evidentemente, advierte el profesor Palma, las consecuencias que de esta limitacin

    podan desprenderse podan ser ms o menos riesgosas para la alta burguesa segn el

    alcance que se diera a las mismas, y para que estos cambios se verificaran se necesitaban

    operadores del Derecho que estuviesen dispuestos a interpretar el derecho de propiedad y la

    libertad contractual de manera diferente a la tradicional. Esto implicaba vencer las

    resistencias que surgan desde distintos segmentos de la propia clase dirigente como los

    propietarios de habitaciones puestas en arriendo- que vean en estas leyes una amenaza para

    sus particulares intereses. Pero la necesidad es la madre de todas las leyes y la burguesa

    chilena requera avanzar hacia un nuevo sistema de relaciones sociales entre el capital y el

    trabajo, entre ricos y pobres, un sistema en el cual las estrategias de cooptacin, reforma,

    compromisos, seduccin, dilogo, negociacin y concesiones fueran elementos ms

    significativos que la simple represin. Por ello estas leyes fueron allanando el camino hacia

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    la reforma global que se inaugur en 1924 y que busc institucionalizar y reglamentar los

    conflictos, evitando las explosiones sociales que pusieran en jaque al sistema.

    La contribucin que en este punto hace Eduardo Palma es ya lo anuncibamos-

    perfectamente coincidente con el que distintos historiadores sociales hemos realizado en los

    ltimos aos sobre la cuestin social, el movimiento obrero y el cambio de estrategia de

    la clase dirigente nacional. No obstante, cabe destacar que en este caso el profesor Palma ha

    complementado nuestro anlisis desde el mbito especfico de la Historia del Derecho, lo

    que constituye al igual que en muchos pasajes de su libro- un aporte concreto para su

    propuesta de cooperacin entre las distintas reas de nuestra disciplina comn.

    Estoy seguro que para los estudiantes de Derecho, Historia y otras disciplinas de las

    Ciencias Sociales este manual ser un muy buen apoyo para su formacin intelectual.

    Espero que los historiadores y juristas de diversas especialidades sean capaces de recoger el

    guante de este desafo positivo para la colaboracin interdisciplinaria.

    Sergio Grez Toso Doctor en Historia Santiago, verano de 2004.

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    CAPITULO I

    METODOLOGA DE LA INVESTIGACIN HISTRICA

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    1. METODOLOGA DE LA INVESTIGACIN HISTRICA

    Desde el punto de vista del conocimiento histrico en la dcada de 1990 la concepcin

    historiografa desarrollada por la escuela de los Annales inspir vivamente mi trabajo. En la

    dcada actual el movimiento historiogrfico Historia a Debate, del que formo parte desde el

    ao 2001, ampla mi horizonte.

    Carlos Barros, espaol, medievalista, y curiosamente el coordinador del movimiento,

    comentando los distintos puntos que comprenden el Manifiesto Historia a Debate seala

    que nos caracteriza: un renovado y diverso compromiso acadmico con la sociedad y la

    poltica (punto XVI); un nuevo inters por relacionar pasado, presente y futuro, sin temor a

    la prospectiva, es decir, haciendo hincapi en la doble relacin pasado / futuro y

    presente/futuro (punto XVII); una unin de la historia con la teora... que los historiadores

    profesionales debiramos frecuentar ms (punto XIII); una visin desde la historia de los

    acontecimientos y de los procesos actuales, lo que en HaD llamamos Historia Inmediata

    (punto VIII); un mbito global/mundial para los anlisis y las predicciones histricas (punto

    VII).

    Historia a Debate es la reaccin ante la crisis historiogrfica de fines del siglo XX que

    implic el retorno de la historia decimonnica positivista. Como seala Barros el retorno de

    la vieja historia es consecuencia directa de las crisis de la escuela de Annales, del marxismo

    historiogrfico, del estructuralismo que tanto influy en ambos movimientos, y del

    neopositivismo cuantitativista, y de la subsiguiente fuga hacia adelante -que result hacia

    atrs- de un postmodernismo historiogrfico que predic el todo vale, enalteci la

    fragmentacin, neg dogmticamente la objetividad y la cientificidad de nuestra disciplina,

    propugnando como solucin final la reincorporacin -suicida para el historiador de oficio-

    de la historia al campo de la literatura, alejando a los historiadores del compromiso con el

    mundo en que vivimos, abandonando, en definitiva, la utilidad social y cientfica que

    legitima la existencia de una historia profesional en el sistema de investigacin y

    enseanza.

    Afirmamos en Historia a Debate que la nueva historiografa crtica que proponemos y

    practicamos en el siglo XXI ha de ensear a los historiadores en formacin, nuestros

    alumnos, que la historia no es conocer el pasado tal como fue, ni se hace slo con

    documentos, ni sus protagonistas se pueden reducir a reyes, grandes intelectuales (incluidos

    grandes historiadores) y jefes de Estado, que encarnen valores esencialistas de naciones

    ahistricas. Sin por ello creer que reeditando la historia social y econmica de los aos 60 y

    70 solucionaremos el problema epistemolgico (y poltico), puesto que fueron sus excesos

    (v.g. objetivismo, determinismo, economicismo), errores (v.g. la vieja e idealista historia

    total) e incapacidades ante nuevas innovaciones (v.g. historia oral, historia ecolgica,

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    historia de las mujeres, historia inmediata, historia digital), lo cual, junto a la falta de

    beligerancia crtica-autocrtica de los nuevos historiadores conforme alcanzan el poder

    acadmico, facilit el retorno de la aparentemente vencida historia historizante en una

    coyuntura histrica favorable.

    Creemos que los historiadores deben liberarse de la tutela que pretenden ejercer sobre

    nosotros, y a la que algunos se someten, las polticas historiogrficas de determinados

    poderes polticos, grandes editoriales y medios de comunicacin social, en detrimento de la

    relacin antes privilegiada del historiador con la sociedad civil y sus necesidades

    historiogrficas, en detrimento de la autonoma del historiador para valorar y decidir sobre

    los efectos no acadmicos de su trabajo que puedan resultar ms beneficiosos o ms

    perjudiciales para nuestros conciudadanos.

    Comparto con los miembros de Historia a Debate el reconocimiento a los aportes que

    hicieron a la teora histrica la escuela de los Annalaes, el marxismo y otras tendencias

    renovadoras emergentes que facilitaron la conversin del positivismo ingenuo de Ranke en

    el neopositivismo de la historia cuantitativa y el mtodo hipottico-deductivo. Y nos

    consideramos los mejores herederos de estas nuevas historias porque nos hacemos cargo

    asimismo de sus deudas y de sus derrotas. Nos negamos a facilitar el trabajo a los que

    quieren hacer tabla rasa de nuestro pasado histrico e historiogrfico. De Annales y del

    materialismo histrico quedar ms o menos huella en la escritura de la historia de este

    nuevo siglo en la medida en que seamos capaces de realizar ahora un justo balance

    historiogrfico con los ojos puestos en el futuro.

    He desarrollado este curso de Historia del Derecho Chileno Contemporneo siguiendo

    lo que he denominado concepcin polifactica de la Historia del Derecho.

    Vengo desarrollando esta perspectiva desde el ao de 19971. Segn mi visin

    historiogrfica nuestra disciplina no es una ciencia jurdica sino una especialidad de la

    historia (esto explica mis vinculaciones con el movimiento Historia a Debate).

    En tanto que conocimiento histrico la Historia del Derecho se ocupa de estudiar el

    pasado jurdico. Pasado que se forma por todos los fenmenos jurdicos pretritos, es decir,

    tanto por el Derecho derogado como por el vigente.

    1 .- Vase para el desarrollo de estas ideas mis trabajos: Reflexiones en torno a una concepcin polifactica para una Historia del Derecho de los siglos XIX y XX, revista Ius et Praxis, Universidad de Talca, 1997; Historia del Derecho I., Universidad Central de Chile, Santiago, 2001.

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    La historia del Derecho se construye entonces en un doble sentido desde el presente.

    Primero porque el historiador determina, a partir de su propia experiencia de vida, el marco

    conceptual al que recurre para la formulacin de su investigacin, tiene en este sentido un

    rol activo en la creacin del conocimiento histrico; en segundo trmino, porque su objeto

    de anlisis est manifestndose ante sus ojos ya sea como expresin de una continuidad

    centenaria (v.g. la regulacin del contrato de compraventa en el Cdigo Civil) o como

    manifestacin de una continuidad / discontinuidad (v.g. la regulacin del Derecho de

    familia en el mismo Cdigo).

    El historiador del Derecho tiene el deber de hacer inteligible el ordenamiento jurdico

    actualmente en uso si aspira a que la disciplina histrico jurdica forme juristas creativos.

    Evidentemente el conocimiento del Derecho no se agota en el manejo de las categoras

    dogmticas, se requiere tambin entender la funcin social que se asigna al Derecho en su

    proceso de creacin y de ejecucin, es decir, entender al Derecho en tanto fenmeno de

    poder a lo largo del tiempo.

    Propongo analizar al Derecho como expresin de poder e instrumento para la

    proteccin de intereses; como producto social, y tambin, segn sea el caso, como

    instrumento de organizacin social. Afirmo que el historiador del Derecho no puede

    entender agotada su tarea por la circunstancia de alcanzar claridad sobre cmo fue el

    Derecho del pasado, debe adems intentar comprender cmo sirvi a los intereses de los

    grupos sociales que lo gestaron, lo usaron y cmo se experiment por los grupos que lo

    resistieron, lo sufrieron.

    Dada la complejidad del anlisis de las relaciones entre sociedad y Derecho procuro, en

    la investigacin polifactica que propongo, detectar esas vinculaciones en el estudio de las

    diversas facetas que presenta lo jurdico, algunas de las cuales aunque estn ntimamente

    relacionados con el Derecho no constituyen fenmenos normativos, as ocurre, por ejemplo,

    con la formacin de la cultura jurdica

    En el estudio de estas facetas aparecen problemas que no pueden ser abordados desde la

    ciencia del Derecho por lo que requieren el concurso de disciplinas vecinas como la

    sociologa, la ciencia poltica, las ciencias de la educacin, la filosofa, etc., colaboracin a

    la que estoy plenamente abierto.

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    CAPITULO II

    LA ILUSTRACIN

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    1. EL ESCOLASTICISMO

    Parece til recordar las caractersticas ms relevantes del pensamiento patrstico y

    escolstico para comprender mejor las novedades que trae consigo el ideario ilustrado.

    El escolasticismo fue la forma de pensar predominante en toda Europa durante la

    Edad Media y principios de la Edad Moderna. Continu teniendo importancia hasta el siglo

    XVIII, poca en que tuvo que convivir con una nueva manera de pensar, la Ilustracin.

    La filosofa patrstica y medieval desarrollada en una medida muy importante por

    cristianos, muchos de ellos clrigos, se elabor en funcin ms o menos estrecha de la

    explicacin racional del dogma catlico2.

    Es posible hablar entonces de una filosofa cristiana que se ocup principalmente de

    la explicacin racional del dogma revelado, y se llev a cabo al menos en los tres

    primeros perodos de la Edad Media- armnicamente con la fe cristiana... la filosofa

    medieval, a pesar de las diferencias a veces profundas- que se detectan entre los autores,

    tiene una notable unidad temtica y metodolgica, que deriva de su constante referencia a

    la Revelacin3.

    El escolasticismo se nutre de dos grandes vertientes: El pensamiento aristotlico y el

    pensamiento catlico de Santo Toms, aunque hasta el siglo XIII, tuvieron relevancia las

    ideas de San Agustn y de Platn.

    Los escolsticos crearon un pensamiento racional que puede ser calificado como un

    conjunto de especulaciones o ideas que se refieren, principalmente, a temas filosficos,

    teolgicos, polticos y jurdicos.

    Cul es el propsito de la actividad racional en el escolasticismo? Existe una

    dimensin tico-trascendente del pensamiento: obtener la salvacin del alma del hombre.

    La racionalidad escolstica reconoce en los dogmas de la Iglesia Catlica un lmite a

    la actividad del conocimiento. La fe acta tutelando la racionalidad aristotlica (silogstica,

    dialctica) a travs de la idea de pecado: las conclusiones racionales deben ser rechazadas

    cuando inducen a pecado4.

    2 .- Jos Ignacio Saranyana, Historia de la Filosofa Medieval, Eunsa, Pamplona, 1989, pg. 25. 3 .- Jos Ignacio Saranyana, ob. cit., pg. 27. 4.- Egidio Romano sostena en el siglo XIV que el poder real estaba al servicio de la Iglesia del mismo modo que las ciencias y la filosofa lo estaban respecto de la teologa.

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    Un ejemplo claro de la tutela de la fe sobre el conocimiento racional se encuentra en

    la condena que la Inquisicin romana hizo de la obra de Galileo Galilei (1564-1642)5.

    El pensamiento escolstico es dialctico, es decir, avanza en la bsqueda del

    conocimiento de la voluntad divina fundado en la controversia de ideas: rechaza la

    experiencia, lo sensorial. Su objeto principal de estudio es la verdad revelada, por lo tanto,

    el texto, la palabra de Dios. La tarea intelectual ms relevante tiene por propsito la

    determinacin del significado de dichos textos.

    En Santo Toms aparece desplegada la idea de que el saber filosfico, que es fruto

    de la razn natural, y el saber teolgico, que es resultado de la revelacin

    sobrenatural,deben estar en armona, es ms, el orden natural debe subordinarse al

    sobrenatural, es decir, debe producirse la integracin del saber racional en la sabidura

    cristiana.

    En los siglos XVI y XVII se produjo la crisis del pensamiento escolstico. Dicha

    crisis se debe, entre otros, a los siguientes factores:

    I. La Reforma Religiosa. Esta rompi con la estructura monoltica de la iglesia

    Catlica Apostlica y Romana y con ello se fractur la unidad de credo que era esencial

    para el pensamiento escolstico: Dicha unidad permita recurrir al argumento de autoridad

    como garanta de la validez del conocimiento.

    II . Las ideas fsicas de Galileo Galilei (1564-1642) y las filosficas de Francisco

    Bacon (1561-1626) y Renato Descartes (1596-1650). Estos pensadores pusieron en tela de

    juicio, en distinto grado, la lgica aristotlica. Se ha dicho que fue en el campo de la

    astronoma donde se produjo la crisis del modelo de conocimiento aristotlico-ptolemaico y

    su sustitucin por el paradigma cientfico platnico-pitagrico, en el que las matemticas

    juegan un papel relevante.

    Galileo puso en tela de juicio la teologa fsica de Aristteles. Se cree que en 1589

    demostr a sus alumnos en Pisa lo errada que era la afirmacin del filsofo griego segn

    la cual la velocidad de cada de los cuerpos era proporcional a su peso. En 1592 no le

    renovaron su contrato, posiblemente por sus ideas contrarias a la filosofa aristotlica, sin

    5.- De la obra de este fsico y astrnomo italiano, as como del alemn Kepler, se ha dicho que constituye el hito inicial de la ruta que lleva a los trabajos del fsico ingls Isaac Newton.

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    embargo, fue admitido en la ctedra de matemticas de la Universidad de Padua, donde

    permaneci hasta 1610.

    En Padua descubri las leyes de la cada de los cuerpos y de la trayectoria

    parablica de los proyectiles, estudi el movimiento del pndulo e investig la mecnica y

    la resistencia de los materiales6.

    En 1595 se inclin por la teora de Coprnico7, que sostena que la Tierra giraba

    alrededor del Sol desechando el modelo de Aristteles y Tolomeo segn el cual los

    planetas giraban alrededor de una Tierra esttica.

    6 .- Lo asombroso es que arrib a sus teoras sin haber tenido una formacin universitaria regular pues no termin sus estudios de medicina ni los de filosofa.

    7 .- Nicols Coprnico (1473-1543), astrnomo polaco, naci en el seno de una familia de comerciantes y funcionarios municipales. Ingres a la Universidad de Cracovia en 1491 y poco tiempo despus, en 1497, se traslad a Italia para estudiar derecho cannico en la Universidad de Bolonia, alojndose en casa de un profesor de matemticas llamado Domenico Maria de Navarra, que influira en sus inquietudes. Este profesor, uno de los primeros crticos sobre la exactitud de la Geografa del astrnomo del siglo II Tolomeo, contribuy al inters de Coprnico por la geografa y la astronoma. En 1500, Coprnico se doctor en astronoma en Roma. Al ao siguiente obtuvo permiso para estudiar medicina en Padua. Sin haber acabado sus estudios de medicina, se licenci en Derecho Cannico en la Universidad de Ferrara en 1503 y regres a Polonia.

    Desarroll la llamada teora heliocntrica segn la cual el Sol se encontraba en el centro del Universo y la Tierra giraba sobre s misma una vez al da y una vez al ao daba una vuelta completa alrededor del Sol. Adems afirmaba que la Tierra, en su movimiento rotatorio, se inclinaba sobre su eje (como un trompo).

    La cosmologa anterior a la teora de Coprnico postulaba un universo geocntrico en el que la Tierra se encontraba esttica en el centro del mismo, rodeada de esferas que giraban a su alrededor. Dentro de estas esferas se encontraban (ordenados de dentro hacia afuera): la Luna, Mercurio, Venus, el Sol, Marte, Jpiter, Saturno y, finalmente, la esfera exterior en la que estaban las llamadas estrellas fijas. Se pensaba que esta esfera exterior fluctuaba lentamente y produca el efecto de los equinoccios. Sin embargo, Coprnico an mantena algunos principios de la antigua cosmologa, como la idea de las esferas dentro de las cuales se encontraban los planetas y la esfera exterior donde estaban inmviles las estrellas, que giraba una vez al da sobre su eje.

    Esta tesis heliocntrica, establecida ya en la antigedad por Aristarco de Samos, contradeca la tradicional teora geocntrica de Tolomeo y, lo que era peor, desplazaba al hombre del centro del universo, poniendo en entredicho la teologa cristiana. Por este motivo, aunque Coprnico no ocultaba su hiptesis, se resisti a publicar su obra principal De revolutionibus orbium caelestium, temeroso de la censura eclesistica. Efectivamente, publicado el libro por su amigo Rheticus en 1543, en el ao siguiente de la muerte de su autor, la obra acab siendo prohibida por hertica, a pesar de contener un prlogo del pastor Osiander, amigo de Coprnico, en el que afirmaba que la teora heliocntrica se formulaba como una mera hiptesis.

    Aunque estos resultados bastaban para desplazar al sistema de Tolomeo en el campo de la astronoma, los fuertes soportes teolgicos sobre los que se asentaba este ltimo se opusieron tenazmente a este cambio. As, la teora de Coprnico fue considerada hertica y su obra fundamental fue prohibida. Lutero tambin se opuso a la nueva teora afirmando que Josu mand detenerse al Sol y no a la Tierra. Igual posicin adopt Calvino. vase http://www.geocities.com/CollegePark/Plaza/4692/copernico.html, y http://www.mgar.net/var/ copernic.htm-.

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    En 1609 Galileo construy un telescopio con el aumento suficiente para observar

    la Luna, la Va Lctea y descubrir los cuatro satlites mayores de Jpiter. En diciembre de

    1610 pudo observar las fases de Venus, observacin que se opona a la astronoma de

    Tolomeo y confirmaba las teoras de Coprnico que l segua.

    Sus ideas eran abiertamente opuestas a las de Aristteles en lo relativo a las

    caractersticas y nmero de los cuerpos celestes por lo que no tuvieron sino rechazo entre

    los filsofos. stos y algunos sacerdotes terminaron llevndolo en 1616 ante los

    tribunales eclesisticos y la Iglesia lo obligo a silenciar sus afirmaciones, entre otras la

    idea de que la tierra se mova, por herticas.

    En 1624 Galileo escribi Dilogo sobre las mareas obra en la que aplicaba las

    hiptesis de Tolomeo y Coprnico para explicar dicho fenmeno. En 1630 el libro obtuvo

    licencia de la Iglesia catlica de Roma y se public en 1632 en Florencia bajo el ttulo

    Dilogo sobre los sistemas mximos. A pesar de haber obtenido dos licencias oficiales

    fue juzgado por la Inquisicin romana acusado de sospecha grave de hereja. Pesaba en su

    contra el que se le haba prohibido en 1616 hablar o escribir sobre el sistema de

    Coprnico. La condena dada en 1633 le oblig a abjurar y le impuso la pena de prisin

    perpetua, que se sustituy por la de arresto domiciliario. Los ejemplares del Dilogo

    fueron quemados y la sentencia fue leda pblicamente en todas las universidades8.

    Francis Bacon, barn de Verulam, naci en 1561 y muri en 1626 en Inglaterra.

    Su ensayo El avance del conocimiento fue publicado y presentado al rey en 1605, en

    1620 se public su Novum organum o Indicaciones relativas a la interpretacin de la

    naturaleza9.

    Bacon contradijo la idea de que la verdad se deriva de la autoridad y defendi que

    el conocimiento es fruto de la experiencia10.

    8 .- Tan slo en 1992 la Iglesia Catlica vindic el nombre de Galileo Galilei al reconocer que fue un error su condena. 9 .- En esta obra present su clebre explicacin acerca de los prejuicios a los que llam dolos, ya fueran la propiedad comn de la especie debido a modos comunes de pensamiento ("dolos de la tribu") o propios del individuo ("dolos de la caverna"); ya se debieran a una dependencia excesiva del lenguaje ("dolos de la plaza del mercado") o de la tradicin ("dolos del teatro") Francis Bacon, Enciclopedia Encarta, 2003-. 10 .- Se le reconoce haber aportado a la lgica el mtodo experimental inductivo, ya que anteriormente se practicaba la induccin mediante la simple enumeracin, es decir, extrayendo conclusiones generales de datos particulares. El mtodo de Bacon consisti en inferir a partir del uso de la analoga, desde las caractersticas o propiedades del mayor grupo al que pertenece el dato en concreto, dejando para una

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    Renato Descartes naci en el seno de una familia de la baja nobleza el 31 de

    marzo de 1596. Se educ en el colegio jesutico de La Flche (en Anjou), donde aprendi

    las principales doctrinas escolsticas, de hecho, el catolicismo ejercera una gran

    influencia en su vida. Luego curs estudios de Derecho en la Universidad de Poitiers

    aunque nunca ejerci pues se dedic a la filosofa y las matemticas.

    En 1637 public su trabajo Ensayos filosficos, en que figuraba su famoso

    opsculo Discurso del mtodo, en el que expona sus especulaciones filosficas. Cuatro

    aos ms tarde public Meditaciones metafsicas (1641) y en 1644 Los principios de la

    filosofa.

    Falleci en Estocolmo a consecuencia de una neumona el 11 de febrero de 1650.

    Descartes configur un pensamiento racionalista distinto al escolstico. Dicha

    diferencia estriba en que intent aplicar las matemticas para resolver los problemas

    filosficos abandonado la prctica escolstica de llegar a la verdad por medio de la

    comparacin de opiniones de grandes autores.

    Para el pensador francs el silogismo caracterstico de la lgica de Aristteles limita

    la capacidad de crear, no sirve para descubrir nuevas verdades en la medida que en las

    premisas va implcita la conclusin.

    Fue partidario de la existencia de un conjunto de ideas innatas que permiten la

    comprensin del mundo. La razn habilita al hombre para acceder a estas ideas a partir de

    las cuales se puede acceder a las dems11: La razn por tanto coincide con la realidad.

    posterior experiencia la correccin de los errores evidentes. Este mtodo represent un avance fundamental en el mtodo cientfico al ser muy significativo en la mejora de las hiptesis cientficas Francis Bacon, Enciclopedia Encarta, 2003.

    11 .- Garca Morente ha sealado a este respecto: Los procedimientos del mtodo comenzarn pues por proponerse llegar a esta intuicin de lo simple, de lo claro y distinto. Las dos primeras reglas estn destinadas a ello. Las dos segundas se refieren en cambio a la concatenacin o enlace de las intuiciones, a lo que, en las Regul, llama Descartes deduccin. Es la deduccin, para Descartes, una enumeracin o sucesin de intuiciones, por medio de la cual, vamos pasando de una a otra verdad evidente, hasta llegar a la que queremos demostrar. Aqu tiene aplicacin el complemento y como definitiva forma del anlisis. El anlisis deshizo la compleja dificultad en elementos o naturalezas simples. Ahora, recorriendo estos elementos y su composicin, volvemos, de evidencia en evidencia, a la dificultad primera en toda su complejidad; pero ahora volvemos conociendo, es decir, intuyendo una por una las ideas claras, garanta ltima de la verdad del todo.

    Garca Morente precisa este papel de la intuicin en la famosa frase: pienso, luego soy: La base primera de la filosofa cartesiana es el cogito ergo sum: pienso, luego soy. Dos observaciones sobre este primer eslabn de la cadena. Primera: no es el cogito un razonamiento, sino una intuicin, la intuicin del yo como primera realidad y como realidad pensante. El yo es la naturaleza simple que, antes que ninguna, se presenta a mi

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    Esto tuvo una implicancia fundamental para la comprensin del acto del

    conocimiento. El hombre conoce slo su propio pensamiento, por lo tanto, la realidad del

    mundo ya no es algo evidente. La verdad no es la adecuacin del pensamiento con la

    realidad sino que es una propiedad de las ideas, es inmanente al espritu.

    Dnde radica la diferencia entre Descartes y Aristteles? En el papel que le

    asignan a las matemticas para conocer la realidad. El filsofo griego no admita tal

    posibilidad12.

    En el pensamiento cartesiano Dios juega un papel relevante pues su existencia

    permite garantizar la correccin del pensamiento: las ideas claras y distintas13 son

    verdaderas porque Dios dot al hombre de la facultad de conocerlas. Gracias a Dios

    existen dos tipos de sustancias (pensante y fsica14) que constituyen la realidad. Es ms, el

    mundo se mueve gracias al impulso inicial que Dios le dio.

    conocimiento; y el acto por el cual el espritu conoce las naturalezas simples es, como ya hemos dicho, una intuicin. Se yerra, pues, cuando se considera el cogito como un silogismo, v. gr., el siguiente: todo lo que piensa existe; yo pienso, luego yo existo. Segunda: al poner Descartes el fundamento de su filosofa en el yo, acude a dar satisfaccin a la esencial tendencia del nuevo sentido filosfico que se manifiesta con el Renacimiento. Trtase de explicar racionalmente el universo, es decir, de explicarlo en funcin del hombre, en funcin del yo. Era, pues, preciso empezar definiendo el hombre, el yo, y definindolo de suerte que en l se hallaran los elementos bastantes para edificar un sistema del mundo. La filosofa moderna, con Descartes, entra en su fase idealista y racionalista vase http: //cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/ 065938414 3033709 867924/p0000001.htm#1. 12 .- A las "formas" y las "cualidades" de la Fsica Aristotlica, que haban resultado ser un callejn sin salida, contrapona la "idea clara y fundamental" de que el mundo fsico no es ms que un puro mecanismo. En Geometra Analtica, Descartes cre una tcnica que le permita expresar las leyes de la Mecnica, que constituan las leyes ltimas de la Naturaleza, mediante ecuaciones algebraicas. Y entonces propuso el programa ideal de toda ciencia terica: construir, con un mnimo nmero de principios, un sistema que diese razn de todos los hechos conocidos y que permitiese descubrir hechos nuevos Mara Jos Jimnez Rodrguez, en thales.cica.es/rd/Recursos/rd97/Biografias/14-1-b-Descartes.html-. 13 .- El mtodo cartesiano, que propuso para todas las ciencias y disciplinas, consiste en descomponer los problemas complejos en partes progresivamente ms sencillas hasta hallar sus elementos bsicos, las ideas simples, que se presentan a la razn de un modo evidente, y proceder a partir de ellas, por sntesis, a reconstruir todo el complejo, exigiendo a cada nueva relacin establecida entre ideas simples la misma evidencia de stas. En el Discurso del mtodo expone que podemos dudar de todo (de lo que percibimos), pero de una cosa no podemos dudar, de que estoy dudando; y si estoy dudando es que pienso, y si pienso es que existo. De aqu su famosa frase "pienso, luego existo" (cogito ergo sum). Para Descartes hay tres cosas de las que no podemos dudar: del Yo o del Pensamiento, del Mundo por su extensin y de Dios por su infinitud vase http://www.liderazgoymercadeo.com/bio_rdescartes.asp - Garca Morente seala a este respecto: Clara es una idea cuando est separada y conocida separadamente de las dems ideas. Distinta es una idea cuando sus partes o componentes son separados unos de otros y conocidos con interior claridad. Ntese, pues, que la verdad o falsedad de una idea no consiste, para Descartes, como para los escolsticos, en la adecuacin o conformidad con la cosa. En efecto, las cosas existentes no nos son dadas en s mismas, sino como ideas o representaciones a las cuales suponemos que corresponden realidades fuera del yo. Pero el material del conocimiento no es nunca otro que ideas -de diferentes clases-, y, por tanto, el criterio de la verdad de las ideas no puede ser extrnseco, sino que debe ser interior a las ideas mismas. La filosofa moderna debuta, con Descartes, en idealismo -vase http: //cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/ 065938414 3033709 867924/p0000001.htm#1-. 14 .-. En sus Meditationes de prima philosophia, in quibus Dei existentia, & animae corpore distinctio, demonstratur, (Meditaciones), Descartes ofrece por primera vez una explicacin sistemtica del dualismo metafsico entre la mente y el cuerpo. Para Descartes, hay dos sustancias creadas diferentes, el cuerpo y el alma (a la que tambin denomina 'mente'). La esencia del cuerpo es la extensin; mientras la del alma o mente es el pensamiento. El cuerpo es espacial, el alma no tiene extensin. El cuerpo es un mecanismo que

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    Descartes se ocup tambin de problemas fsicos introduciendo para el

    tratamiento de los mismos la mecnica. En este terreno cre una explicacin sobre el

    universo en que los planetas giraban alrededor del sol. Su tesis fue considerada una

    hereja por la Iglesia, y l, catlico observante, procedi a retractarse15.

    Sus estudios sobre ptica y matemtica le llevaron a formular la ley de la

    reflexin: el ngulo de incidencia es igual al ngulo de reflexin; y al desarrollo de la

    geometra analtica y la teora de las ecuaciones.

    La matematizacin de la naturaleza implic que el modelo aristotlico fundado en

    los organismos vivos fuera sustituido por un modelo cientfico fundado en la mquina. Esto

    produjo una consecuencia muy importante pues la filosofa no va a tener a la vista los fines,

    elemento caracterstico de la escolstica, sino lo cuantitativo (cantidad, extensin y

    movimiento).

    El sistema racionalista y metafsico escolstico convivi con las ideas de Descartes

    y slo fue superado por los planteamientos de Locke y Newton.

    Los cuestionamientos de las bases del pensamiento escolstico no tuvieron el mismo

    impacto en toda Europa. Espaa y Portugal, y a travs de estos pases la Amrica espaola

    y portuguesa, permanecieron al margen de estos acontecimientos. La Inquisicin se encarg

    en Espaa e Indias de impedir la difusin generalizada en el medio social de las nuevas

    ideas religiosas y filosficas: estas no adquirieron legitimidad social en el siglo XVIII y

    primera dcada del siglo XIX.

    puede ejecutar muchas acciones sobre s mismo sin la intervencin del alma; el alma es pura sustancia pensante que puede, pero no siempre, regular el cuerpo. Cmo el cuerpo espacial puede afectar o ser afectado por la mente no extensa no puede ser comprendido, para Descartes, ni en trminos espaciales ni no espaciales Robert Wozniak, Mente y Cuerpo. De Ren Descartes a William James , en http://platea.pntic.mec.es/~macruz/ mente/descartes/ indice.html-. 15.- En 1667 sus restos fueron trasladados a Pars y enterrados en la iglesia de Saint-Etienne du Mont. Comenz entonces una fuerte persecucin contra el cartesianismo. El da del entierro disponase el P. Lallemand, canciller de la Universidad, a pronunciar el elogio fnebre del filsofo, cuando lleg una orden superior prohibiendo que se dijera una palabra... Los libros, de Descartes, fueron incluidos en el ndice, si bien con la reserva de donec corrigantur. Los jesuitas excitaron la Sorbona contra Descartes, y pidieron al Parlamento la proscripcin de su filosofa. Algunos conocidos clrigos hubieron de sufrir no poco por su adhesin a las ideas cartesianas. Durante no poco tiempo fue crimen en Francia el declararse cartesiano vase Manuel Garca Morente, Meditaciones, prlogo, en http://cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/06 593841434033709867924/p0000001.htm#1-.

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    2. La epistemologa ilustrada

    La crtica al escolasticismo en el siglo XVI y primera mitad del XVII allan el

    camino y facilit la aparicin de los mximos exponentes del pensamiento ilustrado, John

    Locke e Isaac Newton. A partir de las ideas de estos autores la vinculacin entre fe y

    razn desaparece. Segn el planteamiento ilustrado el ejercicio racional desvinculado de

    la fe permite obtener el conocimiento.

    Locke (1632-1704) es considerado por la historiografa como el padre del

    empirismo. Naci en Inglaterra y estudi en Oxford ciencias naturales, medicina y teora

    del Estado.

    En su obra Ensayo sobre el entendimiento humano sostuvo que no existan las

    ideas innatas y que el origen del conocimiento estaba en la experiencia:

    2. Todas las ideas vienen de la sensacin o de la reflexin. Supongamos,

    entonces, que la mente sea, como se dice, un papel en blanco, limpio de toda

    inscripcin, sin ninguna idea. Cmo llega a tenerlas? De dnde se hace la

    mente con ese prodigioso cmulo, que la activa e ilimitada imaginacin del

    hombre ha pintado en ella, en una variedad casi infinita? De dnde saca todo

    ese material de la razn y del conocimiento? A esto contesto con una sola

    palabra: de la experiencia; he all el fundamento de todo nuestro conocimiento, y

    de all es de donde en ltima instancia se deriva. Las observaciones que hacemos

    acerca de los objetos sensibles externos o acerca de las operaciones internas de

    nuestra mente, que percibimos, y sobre las cuales reflexionamos nosotros mismos,

    es lo que provee a nuestro entendimiento de todos los materiales del pensar. Esta

    son las dos fuentes del conocimiento de donde dimanan todas las ideas que

    tenemos o que podamos naturalmente tener... (Captulo I. De las ideas en general

    y de su origen)16.

    16 .- Y agregaba: 4. Las operaciones de nuestra mente, el otro origen de las ideas. Pero, en segundo lugar, la otra fuente de donde la experiencia provee de ideas al entendimiento es la percepcin de las operaciones interiores de nuestra propia mente al estar ocupada en las ideas que tiene; las cuales operaciones, cuando el alma reflexiona sobre ellas y las considera, proveen al entendimiento de otra serie de ideas que no podran haberse derivado de cosas externas: tales son las ideas de percepcin, de pensar, de dudar, de creer, de razonar, de conocer, de querer y de todas las diferentes actividades de nuestras propias mentes, de las cuales, puesto que tenemos de ellas conciencia y podemos observarlas en nosotros mismos, recibimos en nuestro entendimiento ideas tan distintas como recibimos de los cuerpos que afectan a nuestros sentidos. Esta fuente de ideas la tiene todo hombre en s mismo, y aunque no es un sentido, ya que no tiene nada que ver con objetos externos, con todo se parece mucho y puede llamrsele con propiedad sentido interno. Pero, as como a la otra la llam sensacin, a sta la llamo reflexin, porque las ideas que ofrece son slo aquellas que la mente consigue al reflexionar sobre sus propias operaciones dentro de s misma (Captulo I, De las ideas en general y de su origen).

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    Para los empiristas la razn es la nica gua del hombre pero es dependiente de la

    experiencia y est limitada por sta. Tiene un fin prctico, por lo tanto no se distrae con la

    metafsica.

    Newton (1642-1727) plante un conjunto de reglas para la investigacin de la

    naturaleza y propuso conocerla usando un mtodo inductivo-deductivo (anlisis-sntesis).

    En relacin con el recurso a las matemticas para conocer la realidad afirm que no todo

    puede averiguarse a travs de ellas: haba que atender a la experiencia y a las

    comprobaciones fsicas. Newton recurri a teoras basadas en experimentos.

    Locke y Newton son considerados los padres de la Ilustracin, fenmeno que

    identifica principalmente al siglo XVIII, por lo que el origen de este movimiento cultural

    se encuentra en Inglaterra.

    Estos autores inspiraron a los ilustrados franceses (Voltaire, Diderot y otros) que

    difundieron sus ideas, y las propias desarrolladas a partir de la nueva concepcin de la

    fsica y la religin (desmo); a los ilustrados italianos (entre otros Juan Bautista Vico

    (1668-1744) y a los ilustrados alemanes (v.g. Cristian Wolff, 1679-1754; Manuel Kant,

    1724-1804).

    Corresponde a Kant el mrito de haber compatibilizado razn y experiencia17:

    La Ilustracin en tanto que movimiento epistemolgico construye una racionalidad

    diferente de la cartesiana (razn matemtico-geomtrica). La razn vinculada a la

    experiencia sensorial viene a constituir el elemento esencial del conocimiento: ella ordena

    lo que los sentidos son capaces de captar18. La razn en el pensamiento ilustrado no se

    identifica con un conocimiento determinado, con un conjunto de ideas, sino con una

    fuerza, una potencialidad del hombre para alcanzarlo.

    17.-Propuso una solucin en la que combinaba elementos del racionalismo con algunas tesis procedentes del empirismo. Coincidi con los racionalistas en que se puede tener conocimiento exacto y certero, pero sigui a los empiristas en mantener que dicho conocimiento es ms informativo sobre la estructura del pensamiento que sobre el mundo que se halla al margen del mismo. Distingui tres tipos de conocimiento: analtico a priori, que es exacto y certero pero no informativo, porque slo aclara lo que est contenido en las definiciones; sinttico a posteriori, que transmite informacin sobre el mundo aprendido a partir de la experiencia, pero est sujeto a los errores de los sentidos, y sinttico a priori, que se descubre por la intuicin y es a la vez exacto y certero, ya que expresa las condiciones necesarias que la mente impone a todos los objetos de la experiencia. Las matemticas y la filosofa, de acuerdo con Kant, aportan este ltimo tipo de conocimiento vase http://members.fortunecity.com/bucker4/ epistemo.htm. 18 .- Se ha dicho en este sentido: La originalidad del pensamiento ilustrado es pasar de una concepcin del mundo heredada de la fsica matemtica, a la fsica descriptiva, que se apoya sobre todo en los progresos realizados en biologa, en fisiologa y en medicina - http://www.liceus.com/cgi-bin/ac/pu/rouss2.asp-.

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    Desde el punto de vista de la teora del conocimiento la Ilustracin se define como

    un movimiento eminentemente racionalista (razn emprica y analtica) y esta es su

    diferencia primordial con el escolasticismo19.

    Estudiando las bases materiales del fenmeno ilustrado seala Hobsbawm: La

    Ilustracin, debi su fuerza, ante todo, al evidente progreso de la produccin y el

    comercio, y al racionalismo econmico y cientfico, que se crea asociados a ellos de

    manera inevitable. Y sus mayores paladines fueron las clases ms progresistas

    econmicamente, las ms directamente implicadas en los tangibles adelantos de los

    tiempos: los crculos mercantiles y los grandes seores econmicamente ilustrados, los

    financieros, los funcionarios con formacin econmica y social, la clase media educada,

    los fabricantes y los empresarios (1999, pg. 28).

    19.- Dice Garca Morente a este respecto. Esta distincin bastar a Kant para arruinar toda la metafsica cartesiana, y abrir un nuevo cauce a la filosofa; bastar, digo, distinguir la esencia o definicin, de la existencia; la esencia podr ser objeto de conocimiento intelectual; pero la existencia no podr serlo sino de conocimiento sensible. Para conocer una existencia precisar una intuicin no intelectual, sino sensible. El cogito y el argumento ontolgico podrn servir para instituir ideas, pero no cosas existentes.

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    3. Aspectos polticos del pensamiento ilustrado.

    Las diferencias entre los pensadores escolsticos y los ilustrados son tambin

    significativas en esta materia.

    3.1. Ideas polticas escolsticas

    No hay una visin homognea entre los escolsticos acerca de la cuestin poltica

    pero todas las miradas tienen en comn ser el resultado de la interpretacin de las Sagradas

    Escrituras20.

    As tenemos por ejemplo que en el perodo Alto Medieval y bajo la influencia de

    las ideas de San Agustn relativas a la existencia de la Ciudad de Dios (civitas Dei) se

    admiti, en medio de grandes luchas polticas, que el Papa, en tanto que cabeza de la

    Iglesia, poda excomulgar al Emperador si ocurra un motivo que justificara esta decisin,

    en cuyo evento, los sbditos quedaban liberados del deber de fidelidad.

    El Pontfice Gregorio VII (1003-1085) resalt el carcter divino del papado en

    contraposicin con la condicin temporal, por ende pecaminosa, del poder temporal de

    emperadores y reyes.

    De esta teora se deriv, por ejemplo, el pensamiento de Pedro Damin de Rvena

    (1007-1072) segn el cual el Emperador recibe su poder del Papa y su alejamiento de l

    implica para el prncipe una prdida de legitimidad.

    Presenta al pueblo como esencialmente cristiano siendo imposible de concebir una

    comunidad fuera de la iglesia catlica, lo cual implicaba que el poder era legtimo slo en

    la medida que era cristiano.

    Este autor desconfiaba adems de la razn y por ende de la contribucin de la

    filosofa al conocimiento religioso.

    Inspiradas en estas ideas gregorianas surge la teora de las dos espadas, obra de

    San Bernardo (1091-1153): stas fueron entregadas por Dios a la Iglesia quin, en miras del

    cumplimiento de sus propias metas, entreg la espada temporal a los reyes para que la

    administraran segn las indicaciones del papado, es el Papa, por tanto, la suprema potestad

    en la tierra.

    20 .- Para este tema hemos consultado preferentemente a Antonio Truyol y Serra, Historia de la Filosofa del Derecho y del Estado. 1 De los orgenes a la baja Edad Media, Alianza Universidad Textos, 13 edicin revisada, 1998.

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    Juan de Salisbury (1110-1185 aprox.) plante una concepcin organicista de la

    sociedad que va a tener gran xito en los siglos posteriores (rastros de ella hay en las Siete

    Partidas): La Repblica aparece ante sus ojos como un cuerpo al que Dios ha dado vida y

    ha orientado hacia el acatamiento de la voluntad de Dios (que Salisbury presenta como

    equidad). El alma de este cuerpo la constituye el sacerdocio y el prncipe cristiano es su

    cabeza. En tanto que cabeza est sometido al alma, es decir, a las leyes divinas y a quienes

    en la tierra representan dichas leyes.

    Salisbury sostuvo por primera vez en la historia del pensamiento poltico catlico

    la posibilidad del asesinato del tirano, es decir, la resistencia activa y no slo pasiva.

    El ms importante de los pensadores cristianos, Santo Toms (1224-1274), es

    tambin el ms genuino representante del pensamiento escolstico: en l se conjuga el

    pensamiento aristotlico y el cristiano.

    Sostuvo la concepcin del universo como un orden cuyo origen se encuentra en la

    voluntad de Dios, que lo gobierna, dentro del cual cada ser ocupa un lugar determinado,

    con propiedades y funciones especficas.

    Dios recurre a la ley eterna para gobernar la comunidad toda del universo, dicha

    ley es expresin de la razn divina. Los animales estn sometidos indefectiblemente a esta

    ley, as como las cosas inanimadas, el hombre en cambio capacitado por Dios para conocer

    estas leyes a travs de la razn, est dotado de libertad.

    Esta idea de orden tambin se manifestar en su concepcin acerca de la sociedad

    y la poltica. La sociedad se conforma como un orden jerrquico, con diversidad de

    funciones en armona con un fin unitario21.

    La sociedad debe orientarse a la obtencin del bien comn en tanto que el poder

    poltico radica ltima y mediatamente en Dios y prxima e inmediatamente en la

    comunidad. Ningn hombre tiene la facultad individual de gobernar sobre los dems

    hombres debiendo requerirse que la comunidad entregue el ejercicio del poder de alguna

    manera. 21 .- Truyol y Serra seala que: La sociedad poltica es una realidad superior a la suma de sus miembros; es una unidad de actuacin con arreglo a un fin, pero no una unidad sustancial como la del individuo, sino una unidad de orden, que permite caracterizarla como persona moral. En esta concepcin el bien individual se somete al bien comn sin ser absorbido por ste en lo que es irradiacin de la personalidad que al hombre confiere su naturaleza racional y su calidad de hijo de Dios... el bien comn hace posible el armonioso despliegue de la personalidad (1998, 372).

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    Santo Toms fue partidario de la monarqua electiva. Respecto del mal rey, es

    decir, del tirano, admiti la resistencia pasiva y excepcionalmente la activa. Para que ello

    ocurra se necesita haber agotado todas las instancias existentes para corregir al rey y que la

    tirana se haga intolerable, sin embargo, la evaluacin de este estado de cosas no puede

    quedar entregada a un sujeto en particular sino que requiere la opinin autorizada de

    representantes cualificados de la comunidad. En todo caso debe operar como criterio para la

    decisin el mal que se va a causar, si hay en perspectiva un mal mayor no debe actuarse en

    contra del tirano.

    Santo Toms llev tambin al mundo de la poltica su concepcin acerca de

    relacin que debe darse entre razn y fe en el pensamiento cristiano. La sociedad poltica

    debe admitir la existencia del poder espiritual de la Iglesia que debe tener preeminencia en

    razn de sus fines y ejercer, por lo mismo, una potestad indirecta de lo espiritual sobre lo

    temporal.

    El siglo XIII no fue en todo caso homogneo en las posiciones filosficas del

    escolasticismo y frente a la confianza de Santo Toms en la razn, que implicaba el recurso

    a un sabio griego no cristiano, Aristteles, hubo quienes sostuvieron que la razn juega un

    papel slo secundario al servicio de las verdades reveladas. Segn los franciscanos

    Alejandro de Hales (1170-1245) y San Buenaventura (1221-1274) las conclusiones de la

    razn son poco seguras.

    De hecho la proyeccin de las ideas de Santo Toms al perodo inmediatamente

    posterior fue nula en el terreno de las relaciones entre el Emperador y el Papa.

    En el siglo XIV cobr relevancia la concepcin de Egidio Romano desarrollada en

    la obra De ecclesiastica potestate sive de sum pontificis potestat, segn la cual lo

    temporal y lo espiritual, como el cuerpo y el alma, constituyen un todo en el cual lo

    superior debe regir a lo inferior (idea aristotlico tomista), correspondiendo al Papa el papel

    superior.

    Por ello el Papado recibi las dos espadas y al entregar una al poder temporal se

    reserv el determinar las condiciones y los lmites de su uso: el poder real por tanto es

    instituido por la iglesia y no directamente por Dios22.

    22 .- En la misma poca Juan de Pars defenda la diversidad de reinos frente a la idea de Imperio y la tutela de la Iglesia exclusivamente en materia espiritual: el seoro universal de Cristo le corresponda en tanto que Dios y por ello era indelegable. En tanto que hombre leg la pobreza y por ende a su iglesia una misin espiritual.

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    Por su parte la llamada Segunda Escolstica (siglos XVI y XVII) tambin

    reflexion sobre problemas polticos, filosficos, teolgicos y jurdicos.

    Segn Francisco de Vitoria (14831546) el hombre est dotado de una

    sociabilidad natural que lo lleva a la formacin de la familia y de una forma superior y

    perfecta de asociacin, la Repblica. Esta sociabilidad le permite tambin conformar una

    comunidad internacional.

    La repblica no reconoce superior alguno en su orden. Las formas de Gobierno

    son de derecho positivo humano siendo Vitoria partidario de la Monarqua hereditaria. Dios

    no designa directamente al rey. En su nombramiento interviene la comunidad que una vez

    que establece el poder real no puede revocar el nombramiento a menos que devenga en

    tirana.

    No pens Vitoria a aquella entidad poltica aislada sino que la insert en una

    comunidad de republicas. Esta sociedad est regida tambin por la bsqueda del bien

    comn que resulta superior al bien comn particular de la repblica.

    No existe una jurisdiccin universal del Emperador si no es aceptada por todas las

    naciones del orbe.

    3.2. Ideas polticas ilustradas

    En lo tocante al pensamiento ilustrado tenemos que gener varias concepciones

    polticas que van desde el liberalismo de John Locke al despotismo ilustrado de Pufendorf.

    Hay que tener presente que la literatura histrica as como la ciencia poltica, la

    filosofa poltica, etc., etc., llama al conjunto de los pensadores caractersticos del siglo

    XVIII, ilustrados, denominacin que atiende slo a un elemento de carcter temporal,

    haber vivido en el Siglo de las Luces, pero no al hecho de ser su ideario poltico expresin

    cabal de la teora epistemolgica ilustrada.

    Podemos distinguir en trminos generales tres grandes tendencias.

    1. El liberalismo de corte aristocrtico. Est representado por Montesquieu y se

    caracteriza porque no hay en este pensamiento una promocin de la igualdad: por el

    contrario este pensador contina dndole poder a la nobleza en la organizacin del Estado.

    Es un defensor de los cuerpos intermedios. El papel de los cuerpos intermedios es actuar

    como contrapoderes en un rgimen monrquico, sistema de gobierno por el que se inclina

    el autor, y constituyen lo que Bobbio llama una divisin horizontal del poder.

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    Este inters de Montesquieu por mantener algunos elementos de la organizacin

    del Antiguo Rgimen ha llevado a algunos autores (Garca Pascual, 1997, 34) a sostener

    que el barn no es un terico del Estado liberal sino un autor inmerso en la problemtica e

    ideologa del Estado estamental a cuya perduracin y defensa van dirigidos algunos

    relevantes fragmentos de su obra.

    En qu medida entonces Montesquieu puede ser calificado como liberal e

    ilustrado? Lo es slo en tanto que acepta la existencia de leyes racionales que establecen

    derechos individuales.

    En Del Espritu de las Leyes, nos recuerda Garca Pascual (1997), su anlisis es

    ms bien sociolgico que abstracto. Le interesa poner de relieve como la norma natural se

    expresa histricamente, por lo tanto presentar ms que prescribir, de ah el carcter

    relativista que muestra su pensamiento: la ley positiva est inspirada por la razn pero en el

    encuentro de sta con las condiciones socio-histricas de la comunidad de que se trate.

    Aqu se produce un choque con el iusnaturalismo racionalista del siglo XVIII

    puesto que para los ilustrados las leyes naturales no se extraen de la naturaleza en un

    anlisis emprico, ello implicara, como de hecho ocurri en el barn, abrirse a la

    posibilidad de considerar racional lo existente. La universalidad, abstraccin y generalidad

    del planteamiento iusnaturalista lleva a proponer y a aceptar la formulacin de un nico

    cuerpo de leyes, instrumento de la razn universal, vlido para todos los hombres.

    Garca Pascual cree que Montesquieu no reniega de la razn ilustrada sino que

    propone una racionalidad especfica que le permite rechazar el despotismo y aceptar al

    mismo tiempo un relativo indeterminismo en el bien poltico. En esta ltima idea los

    ilustrados no coinciden con l puesto que implica rechazar la uniformidad y generalidad.

    Entre sus ideas centrales tenemos la descentralizacin del poder y la no

    concentracin de los poderes como una forma de garantizar el respeto por los derechos

    individuales (divisin vertical segn la explicacin de Bobbio).

    Es la libertad como manifestacin histrica del principio racional de

    independencia lo que la divisin de poderes ampara23.

    23 .- La Monarqua moderada, negacin de la absoluta, sirve al mismo fin y ella surge al reconocerse a la nobleza un papel poltico de moderacin del poder monrquico.

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    La desaparicin de las prerrogativas de la nobleza, del clero, de las ciudades,

    verdaderos poderes intermedios, podra implicar la aparicin de un Estado popular o uno

    desptico, situaciones repudiables segn el autor.

    Su postura es un intento por conciliar la libertad con la organizacin estamental,

    de ah que pueda ser calificado como liberal ms no como terico de una forma de Estado

    liberal.

    Van a ser los interpretes del barn, ms que l mismo, los que le darn una lectura

    revolucionaria a sus ideas (Althusser, 1968; . Garca Pascual, 1997). A sus interpretes de

    fines del siglo XIX y principios del XX se debe la idea de la separacin o divisin de

    poderes. En la obra del francs, dice Garca Pascual, que sigue en este punto a Eisenmann,

    se sostiene que el poder no debe ser atribuido de modo total a un solo rgano, debe haber

    por tanto distincin orgnica, pero, seguidamente, coordinacin del legislativo y del

    ejecutivo lo que no se opone a un control recproco. En todo caso la primaca es reconocida

    al legislativo, poder controlado por la nobleza24.

    2. El utilitarismo poltico. El representante ms importante es Voltaire. Los

    utilitaristas rechazan la idea de igualdad y proponen como meta de la organizacin poltica

    la bsqueda de la felicidad y el bienestar del mayor nmero de personas.

    El liberalismo aristocrtico as como el utilitarismo poltico refleja el ideario

    poltico de la nobleza y la burguesa respectivamente El rechazo de la igualdad pretende

    fortalecer la posicin de ambas clases sociales respecto de los campesinos.

    No podemos perder de vista que la burguesa apoy en una medida importante a

    las Monarquas Absolutas con el propsito de obtener ciertas ventajas econmicas. La

    acumulacin de capital no habra sido posible sin el concurso de esta clase con la

    Monarqua, participacin que benefici a ambos y de la cual constituye un buen ejemplo la

    conquista de Amrica.

    Disfrut del proteccionismo, del intervencionismo estatal, del control de la

    actividad econmica, es decir del mercantilismo, mientras le fue til para sus negocios. Este

    desenvolvimiento de la burguesa en medio de un sistema poltico autoritario, contrario a

    24 .- En este mismo sentido ha dicho Jean Touchard que el barn no preconiz una rigurosa separacin entre los poderes. Lo que Montesquieu preconiza es una armona entre los poderes, una atribucin conjunta e indivisa del poder a tres rganos, la co-soberana de tres fuerzas sociales: rey, pueblo y aristocracia... En realidad no existe en Montesquieu una teora (jurdica) de la separacin de poderes, sino una concepcin (poltico- social) del equilibrio de poderes, equilibrio que tiende a consagrar a un poder entre los dems: el de la aristocracia (Historia de las ideas polticas, Editorial Tecnos S.A., 1996, 6. Reimpresin 1998, pg. 313).

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    las libertades pero proclive a la acumulacin de capital, permite entender perfectamente por

    qu el Estado Constitucional no necesit ser intrnsecamente liberal democrtico para servir

    a los intereses de la clase emergente.

    Si la burguesa abraz los ideales polticos liberales fue porque comprendi que la

    aristocracia y la Corona no le iban a permitir alcanzar el poder poltico.

    Touchard propone entender el despotismo ilustrado como la manifestacin ms

    perfecta del utilitarismo poltico. Considera difcil establecer la existencia de una teora de

    esta forma de Gobierno: algunos filsofos se acercaron a los reyes pero ninguno propuso

    una concepcin completa del poder desptico.

    De la prctica de Federico II (1712-1786) y de Jos II (1741-1790) se desprenden

    algunos elementos caractersticos de esta forma de Gobierno: absolutismo centralizador;

    intervencin estatal en todas la reas; promocin de la felicidad pblica bajo concepciones

    humanitarias; jerarqua funcionaria.

    Citando a Hartung afirma Touchard que no existe una diferencia fundamental

    entre el absolutismo y el despotismo ilustrado (1998, pg. 327)

    3. Posiciones utpicas y revolucionarias. El principal exponente de la utopa

    derivada del pensamiento ilustrado es Jean Jacques Rousseau (1712-1778).

    La relacin del autor con las autoridades polticas fue muy conflictiva en la

    medida que algunas de sus obras (El Emilio , y el Contrato Social) fueron consideradas

    peligrosas. En Francia se le persigui por El Emilio y en Ginebra se quemaron

    pblicamente esta obra y el Contrato Social.

    Para Rousseau el hombre vive armnicamente en el estado de naturaleza. Inmerso

    en el orden natural no realiza nada que atente contra la libertad y la igualdad. Esta igualdad

    natural se destruye con el desarrollo de la cultura y de los sistemas sociales.

    Consideraba que la mejor manera de mantener la libertad y la igualdad originaria

    era la configuracin de un rgimen democrtico fundado en la soberana popular, elemento

    central en su trabajo el Contrato Social.

    El contrato social no es entre individuos sino entre el individuo y la comunidad

    (cada asociado se une a todos y no se une a nadie en particular). El soberano es la

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    voluntad general que se identifica con la voluntad de la comunidad y no con la voluntad de

    los miembros que conforman dicha comunidad.

    Es la voluntad de los ciudadanos, hombres libres e iguales, lo que sustenta al

    Estado (Rousseau procur compatibilizar igualdad y libertad individual)25. La voluntad

    general es la voluntad social, es decir, la autntica voluntad del Estado. La ley en tanto que

    norma expresa la voluntad del cuerpo soberano a propsito de un objeto de carcter general

    y no particular: Las leyes solamente son leyes vlidas si se han dictado de acuerdo con la

    voluntad general. De otro modo son slo decretos particulares.

    25 .- Afirma en el Contrato Social: Cmo encontrar una forma de asociacin que defienda y proteja, con la fuerza comn, la persona y los bienes de cada asociado, y por la cual cada uno, unindose a todos los dems, no obedezca ms que a s mismo y permanezca, por tanto, tan libre como antes. He aqu el problema fundamental cuya solucin proporciona el contrato social.

    Las clusulas de este contrato estn de tal suerte determinadas por la naturaleza del acto, que la menor modificacin en ellas las hara intiles y sin efecto; de manera que, aunque no hayan sido jams formalmente enunciadas, resultan en todas partes las mismas, as como tcitamente reconocidas y admitidas, hasta tanto que, violado el pacto social, cada cual recobra sus primitivos derechos y recupera su libertad natural al perder la condicional por la cual haba renunciado a la primera.

    Estas clusulas, suficientemente estudiadas, se reducen a una sola, a saber: la alienacin total de cada asociado con sus innegables derechos a toda la comunidad. Pues, primeramente, dndose por completo cada uno de los asociados, la condicin es igual para todos; siendo igual, ninguno tiene inters en hacerla gravosa para los dems.

    Adems, efectundose la alienacin sin reservas, la unin resulta tan perfecta como puede serlo, sin que ningn asociado tenga nada que exigir, pues si quedasen algunos derechos a los particulares, como no habra ningn superior comn que pudiera dirigir entre ellos y el pblico, juez, pretendera en seguida serlo en todo; en consecuencia, el estado natural subsistira y la asociacin convertiriase fatalmente en tirnica e intil.

    En fin, dndose cada individuo a todos, no se da a nadie, y como no hay un asociado sobre el cual no se adquiera el mismo derecho que se cede, se gana la equivalencia de todo lo que se pierde y mayor fuerza para conservar lo que se tiene. Si se descarta, pues, del pacto social lo que no constituye su esencia, encontraremos que el mismo se reduce a los trminos siguientes: "Cada cual pone en comn su persona y su poder bajo la suprema direccin de la voluntad general, y cada miembro es considerado como parte indivisible del todo.

    Al instante, este acto de asociacin transforma la persona particular de cada contratante en un ente normal y colectivo, compuesto de tantos miembros como votos tiene la asamblea, la cual recibe de este mismo acto su unidad, su yo comn, su vida y su voluntad. La persona pblica que as se constituye, por la unin de todas las dems, tomaba en otro tiempo el nombre de ciudad y hoy el de repblica o cuerpo poltico, el cual es denominado Estado cuando es activo, potencia en relacin a sus semejantes. En cuanto a los asociados, stos toman colectivamente el nombre de pueblo y particularmente el de ciudadanos, como partcipes de la autoridad soberana, y el de sbditos por estar sometidos a las leyes del Estado. Pero estos trminos se confunden a menudo, tomndose el uno por el otro; basta saber distinguirlos cuando son empleados con absoluta precisin... Terminar este captulo y este libro con una advertencia que debe servir de base a todo el sistema social, y es: que en vez de destruir la igualdad natural, el pacto fundamental sustituye por el contrario una igualdad moral y legtima a la desigualdad fsica que la naturaleza haba establecido entre los hombres, los cuales, pudiendo ser diferentes en fuerza o en talento, vienen a ser todos iguales por convencin y derecho -http: //carlos1975.tripod.com/obras/ elcontrato social.html-.

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    Del principio de igualdad deriv dos ideas: la de la soberana popular26 y la de la

    ley como expresin de la voluntad general.

    El individuo es libre en la medida que obedece a las leyes establecidas por el

    soberano que no puede tener intereses contrarios a los de los individuos que componen la

    comunidad27.

    En 1764 escribi Cartas sobre la legislacin de Crcega (1764) y las

    Consideraciones sobre el gobierno de Polonia (1771-1772), con el objeto de que en

    ambas sitios se intentara aplicar las ideas sostenidas en el Contrato Social.

    Rousseau puede considerarse como un crtico de las ideas racionalistas liberales28

    en la medida que recuper los sentimientos, exalt el yo, concibi la religiosidad como

    una relacin directa entre el individuo y lo que denominaba el Ser Supremo; cuestiones que

    resultaron bases del romanticismo posterior.

    No puede ser considerado un burgus liberal en la medida que afirma que de la

    invencin de la propiedad privada se derivan males para los hombres: la divisin del trabajo

    y la propiedad privada impulsan al hombre a la competencia. Y en esta competencia los

    hombres con mayor capacidad econmica saldrn mejor parados.

    Con sus ideas sobre los males de la propiedad privada Rousseau influy tambin en

    el socialismo utpico de la primera poca y en el socialismo revolucionario de Karl Marx.

    3.3. Caractersticas generales del liberalismo poltico

    Es posible sealar algunas caractersticas generales del liberalismo poltico. Este

    ideario se vena gestando desde el siglo XVI y fue respaldado por el movimiento ilustrado

    desde mediados del siglo XVII. Se ha atribuido a Erasmo y a Toms Moro haber invocado 26 .- La soberana presenta en su obra cuatro caractersticas: 1.- Inalienable. Esto quiere decir que no se delega por lo tanto no puede haber espacio para el Gobierno representativo. Los diputados del pueblo slo son comisarios y no representantes. 2.- Indivisible: Rousseau no es partidario de los cuerpos intermedios ni de la teora de la separacin de poderes. Todo cuerpo tiene a representar intereses particulares. 3. Infalible: La voluntad general es siempre recta y tiende siempre a la utilidad pblica. 4.- Absoluta: El pacto social implica para el poder poltico un poder absoluto (ms no arbitrario) sobre todos los individuos. El Gobierno aparece como un simple agente de ejecucin y sus titulares como comisarios o empleados depositarios del poder del soberano (Touchard, 1998, pg. 331) 27 .- Dice Touchard que la libertad en Rousseau es distinta a la libertad en Locke pues ste la asocia a la propiedad en cambio el ginebrino a la igualdad. 28 .- De hecho rechaza una idea central de la ilustracin : il met en garde sur les dangers de la thorie du progrs qui corrompt par des envies et des dissimulations, il prne un respect de la nature vase http://rousseau.unige.ch/indexecr.htm-.

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    la libertad del hombre como fundamento del rgimen poltico (Burdeau, 1983, pg. 21). La

    Reforma Religiosa aportar tambin al desarrollo de la idea de libertad, en tanto que

    libertad espiritual.

    Corresponder a la burguesa tomar estas ideas y manifestarlas concretamente como un

    acto por el cual la iniciativa individual conquista el mundo material. Para que esto tuviera

    lugar debi superar la idea de libertad cristiana y llevar la libertad al mundo poltico y

    social, lo cual implicaba que sta no sera solamente una prerrogativa de la conciencia

    sino el fundamento de la autonoma del individuo respecto de toda autoridad cuya

    dominacin no aceptara. La libertad del cristiano deba ceder lugar a la libertad del

    hombre (Burdeau, 1983, pg. 29).

    Esta separacin se logr por medio de las nuevas ideas sobre el conocimiento. La razn

    va a interpretar no slo la naturaleza sino tambin la condicin del hombre y al hacerlo

    establecer el papel de la libertad. El uso de la razn es posible dado que el hombre goza de

    su libertad y lo que aquella logra establecer es la existencia de una libertad primigenia. Esto

    implica que el hombre est dotado de libertad aun antes de que surgiera el Estado. A ste

    slo le compete reconocerla y garantizarla. Esta tesis, dice Burdeau, constituye la raz de la

    filosofa y de la prctica liberal. En la medida que la libertad est vinculada a la naturaleza

    humana nada debe a la autoridad poltica, no necesita ser creada pues existe con

    anterioridad al poder poltico el que debe limitarse en su favor.

    La libertad individual se entiende como una facultad inherente al hombre: la de obrar

    segn su propia determinacin sin tener que sufrir otras limitaciones que las necesarias para

    la libertad de los dems. El hombre es libre en la medida que slo se obedece a s mismo

    (Burdeau, 1983, pg. 37).

    La autonoma que se deriva de esta concepcin, dice el autor en comento, tiene en los

    primeros tiempos, siglo XVIII, la peculiaridad de ser predicada respecto de un hombre

    moral, razonable, respetuoso de los imperativos de la conciencia. Hay reglas que la razn

    concibe como inseparables de la libertad: el no perjudicar a las libertades ajenas, el no

    daar a la sociedad, no son en primer lugar preceptos jurdicos impuestos por los poderes

    pblicos, sino normas inseparables de la idea que un hombre razonable y justo se forma de

    una libertad viable. No hay antinomia, entonces, entre la libertad individual y las

    exigencias del orden social (Burdeau, 1983, pg. 40). La regulacin que la ley hace de la

    libertad slo viene a verificar los lmites que se predican respecto de la libertad primigenia.

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    Esta libertad se predica de un individuo que es considerado de modo abstracto,

    encarnacin parcial de una comn naturaleza humana (Burdeau, 1983, pg. 75). El valor

    absoluto de los individuos explica su igualdad, la que no es entendida histricamente sino

    referida a lo esencial del hombre.

    El papel de la libertad en el estado de naturaleza permite entender porque para el

    liberalismo el Estado est subordinado a la sociedad, a la que se concibe como autnoma.

    Ella es el resultado de las voluntades individuales, una yuxtaposicin de individuos. La

    sociedad no se estructura a partir de lazos de solidaridad o de grupos intermedios sino por

    individuos autnomos. Esto significa que no hay fines sociales que sean independientes a

    los intereses de los individuos: el poder social existe para asegurar los derechos

    individuales.

    Esto no quiere decir que no existan los intereses generales. Ellos estn vinculados al

    bien de la nacin considerada como unidad indivisible. El bien del cual el individuo

    participa en cuanto miembro de la nacin es el inters general (Burdeau, 1983, pg. 88).

    Su determinacin corresponde al Parlamento por medio de la ley.

    Tratndose de los problemas particulares de cada grupo social, la ley les proporciona

    un marco global en cuyo interior los individuos conscientes del inters general y utilizando

    las libertades de que gozan no fallarn en armonizar sus relaciones para el mejor

    provec