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Historia de la Ley Nº 20.637 Aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales

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Historia de la Ley

Nº 20.637

Aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales

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Téngase presente Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos. Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley. Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley. Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice. Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

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Índice

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados 5

1.1. Mensaje del Ejecutivo 5

1.2. Informe de Comisión de Educación 13

1.3. Informe de Comisión de Hacienda 31

1.4. Discusión en Sala 77

1.5. Discusión en Sala 95

1.6. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora 123

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado 130

2.1. Primer Informe de Comisión de Educación 130

2.2. Primer Informe de Comisión de Hacienda 166

2.3. Discusión en Sala 198

2.4. Boletín de Indicaciones 236

2.5. Segundo Informe de Comisión de Educación 239

2.6. Segundo Informe de Comisión de Hacienda 268

2.7. Discusión en Sala 285

2.8. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen 313

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados 315

3.1. Discusión en Sala 315

3.2. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora 341

4. Trámite Veto Presidencial 342

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo 342

4.2. Oficio del Ejecutivo a Cámara de Origen 349

4.3. Informe de Comisión de Educación 354

4.4. Discusión en Sala 362

4.5. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora 375

4.6. Informe de Comisión de Hacienda 376

4.7. Discusión en Sala 383

4.8. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen 399

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5. Trámite de Finalización: Cámara de Diputados 400

5.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo. 400

6 Publicación de ley en Diario Oficial 407

6.1. Ley N° 20.637 407

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MENSAJE PRESIDENCIAL

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje del Ejecutivo Mensaje de S.E. El Presidente de la República. Fecha 29 de noviembre, 2011. Cuenta en Sesión 120. Legislatura 359. MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. _________________________________

SANTIAGO, 29 de noviembre de 2011

MENSAJE Nº 398-359/

Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, he resuelto someter a vuestra consideración el presente proyecto de ley que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales.

ANTECEDENTES. Desde el comienzo de su mandato, el Gobierno del Presidente Sebastián

Piñera se ha esforzado por mejorar la calidad de la educación. De esta manera, en menos de dos años se han aprobado varias iniciativas que apuntan en esta dirección, destacándose la ley N° 20.501, de Calidad y Equidad de la Educación y la ley N° 20.529, que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación. Todas ellas han apuntado directo al corazón del problema: mejorar la calidad de la educación escolar, entregando mayor autonomía y atribuciones a los sostenedores y directores de los establecimientos educacionales y estableciendo un sistema de rendición de cuentas moderno.

Pero también y sobre todo considerando los efectos del desastre natural vivido a principios de 2010, se ha hecho un esfuerzo financiero muy

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.

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MENSAJE PRESIDENCIAL

importante, cuyo objetivo es allegar recursos directamente a la sala de clases, con foco en aquellos alumnos que más lo necesitan.

Por ello, desde el primer día de trabajo de nuestro gobierno se destinaron todos los recursos humanos y financieros para que todos los niños pudieran estar en clases en el menor tiempo posible luego del terremoto, estableciéndose como meta 45 días. Luego de ello, se comenzó un plan de reconstrucción de establecimientos educacionales que aún no finaliza, pero que permitirá a los estudiantes contar con instalaciones permanentes y de buena calidad para realizar sus clases.

Asimismo, y considerando las oportunidades que tienen los estudiantes de menores recursos, se realizó un significativo esfuerzo al incrementarse en un 21% la subvención escolar preferencial, que es recibida por los alumnos prioritarios. OBJETO DEL PROYECTO

Ante la obligación de dar soluciones oportunas a la calidad de la

educación en su conjunto y teniendo presente el compromiso presidencial con el aumento de la subvención escolar, el presente proyecto propone incrementar los aportes que se realizan a los estudiantes y que llegan directamente a la sala de clases, demostrando la voluntad y el compromiso del gobierno por allegar más recursos a la educación, comenzando por quienes más lo necesitan.

De esta forma se beneficia a los establecimientos que reciben en mayor proporción los estudiantes de menor nivel socioeconómico, incluyendo a los alumnos que han optado por la educación particular subvencionada.

En primer lugar, se incrementa sustancialmente la subvención para el primer y segundo nivel de transición de la educación parvularia, que apunta a mejorar la calidad de la educación y la igualdad de oportunidades desde los primeros años. La evidencia reconoce que los aprendizajes que se adquieren en esta edad son clave para el desarrollo futuro de cada alumno y que, la rentabilidad de invertir un peso en educación preescolar, es muy superior que en educación superior.

Lo anterior se suma a una serie de iniciativas y metas relacionadas con cobertura, calidad y financiamiento, que apuntan a fortalecer este fundamental nivel educativo. Así, el Ministerio de Educación creó la Secretaría Ejecutiva de Primera Infancia, con el fin de promover el desarrollo integral de los párvulos y lograr una adecuada coordinación interinstitucional. En ella se concentra el diseño de las políticas públicas para la educación parvularia en el Ministerio de Educación.

En segundo lugar, este proyecto de ley modifica la subvención escolar preferencial que beneficia a aproximadamente el 40% de los alumnos de menores ingresos, quienes asisten mayoritariamente al sector municipal. Para estos efectos, el proyecto propone aumentar el monto para los estudiantes que asisten a 5° y 6° básico y así igualarlo para todo el ciclo. De este modo, los

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aportes entre 1° y 6° básico, por concepto de subvención regular y subvención escolar preferencial será superior a los $80.000 mensuales por alumno. Más aún, el proyecto propone duplicar el aporte que reciben por concepto de subvención escolar preferencial los que cursan desde 7° básico a 4° medio, lo que se traduce en que el aporte total que recibirán fluctuará entre $70.000 y $90.000, según el curso y la especialidad del establecimiento. Se propone un incremento de la misma magnitud en la subvención por concentración de alumnos prioritarios.

En tercer lugar, se continúa incrementando la subvención general que beneficiará a todos los estudiantes, avanzando en la meta de duplicar la subvención. CONTENIDOS DEL PROYECTO

El primer artículo modifica la ley N° 20. 248 que establece la Ley de

Subvención Escolar Preferencial duplicando el aporte que reciben por este concepto los estudiantes que asisten desde 7° básico a 4° medio e incrementando en un 51,5% los recursos para los estudiantes de 5° y 6° básico.

Asimismo, se propone modificar la subvención por concentración de alumnos prioritarios en la misma proporción de los incrementos anteriores y adelantar en un año el plazo impuesto por la ley N° 20.501 para la entrada de la enseñanza media a este régimen, en orden a subsanar una carencia de la ley actual, respecto de la continuidad de esta subvención.

El segundo artículo modifica el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales incrementando en el artículo 9°, el monto de subvención que reciben los estudiantes que asisten al primer y segundo nivel de transición en un 18,5%.

Adicionalmente, se establece un incremento de la subvención general de un 3,5%, permitiendo así un aumento de un 5% desde el inicio del año escolar 2012.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente

PROYECTO DE LEY: “Artículo 1°.- Modifícase la ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial de la siguiente forma: 1) Reemplázase el cuadro de Valor Subvención en USE, contenido en el artículo 14, por el siguiente:

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Desde 1° nivel de transición hasta 4° año de la educación básica

5° y 6° año básico

7° y 8° año básico

Desde 1° hasta 4° año de enseñanza media

A: Establecimientos educacionales autónomos

1,694 1,694 1,129 1,129

B: Establecimientos educacionales emergentes

0,847 0,847 0,5645 0,5645

2) Reemplázase el cuadro del artículo 16, por el siguiente:

3) Reemplázase el inciso tercero del artículo 20 por el siguiente: “Este aporte adicional será de 0,847 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el primer y segundo año de transición de la educación parvularia y hasta el 6º año de la educación general básica; de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen 7º y 8º año de la educación general básica; y de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el 1° hasta 4° año de enseñanza media.”. 4) Sustitúyese el artículo duodécimo transitorio por el siguiente: “Artículo duodécimo.- Los niveles de 1° año de enseñanza media a 4° año de enseñanza media se incorporarán gradualmente a la percepción de la subvención escolar preferencial, de la subvención por

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concentración de alumnos prioritarios y de los aportes adicionales establecidos en esta ley, a razón de un nivel por año, comenzando el año escolar 2013 con el 1° año de enseñanza media.”. Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales: 1) Modifícase el artículo 9°, en el siguiente sentido: a) Sustitúyese el inciso primero, por el siguiente: "Artículo 9°.- El valor unitario mensual de la subvención por alumno para cada nivel y modalidad de la enseñanza, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), corresponderá al siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 9° (incluye incrementos fijados por leyes Nos. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. por aplicación del factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación Parvularia (1° Nivel de Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación Parvularia (2° Nivel Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación General Básica (1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6°)

1,81401 0,17997 1,99398

Educación General Básica (7° y 8°)

1,96884 0,19546 2,16430

Educación Especial Diferencial

5,79658 0,59727 6,39385

Necesidades Edu-cativas Especiales de carácter Transitorio

4,96143 0,59727 5,5587

Educación Media Humanístico-Científica

2,19850 0,21818 2,41668

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Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

3,25842 0,32402 3,58244

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

2,54190 0,25252 2,79442

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

2,27993 0,22634 2,50627

Educación Básica de Adultos (Primer Nivel)

1,29547 0,13317 1,42864

Educación Básica de Adultos (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,71879 0,13317 1,85196

Educación Básica de Adultos con oficios (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,93046 0,13317 2,06363

Educación Media Humanístico-Científica de adultos (Primer Nivel y Segundo Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Primer Nivel)

2,36078 0,18363 2,54441

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,89313 0,18363 3,07676

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Primer Nivel)

2,1371 0,18363 2,32073

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Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,22211 0,18363 2,40574

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Comercial y Técnica (Primer Nivel, Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823”.

b) Sustitúyese el inciso noveno, por el siguiente: "En el caso de los establecimientos educacionales que operen bajo el régimen de jornada escolar completa diurna, el valor unitario mensual por alumno, para los niveles y modalidades de enseñanza que se indican, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), será el siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en factor artículo 9° en U.S.E. (incluye incrementos fijados por leyes N°s. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación General Básica 3° a 8° años

2,52450 0,24655 2,77105

Educación Media Humanístico-Científica

3,01381 0,29481 3,30862

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

4,06671 0,40013 4,46684

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

3,18177 0,31177 3,49354

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Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica.

3,01381 0,29481 3,30862”.

Artículo 3°.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2012 se financiará con cargo a la partida 09 Ministerio de Educación, del Presupuesto del Sector Público. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial.”. Dios guarde a V.E., SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE Presidente de la República FELIPE LARRAÍN BASCUÑÁN Ministro de Hacienda FELIPE BULNES SERRANO Ministro de Educación

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INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

1.2. Informe de Comisión de Educación Cámara de Diputados. Fecha 22 de marzo, 2012. Cuenta en Sesión 08. Legislatura 360. INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, DEPORTES Y RECREACIÓN, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. BOLETÍN N° 8070-04 HONORABLE CÁMARA: La Comisión de Educación, Deportes y Recreación pasa a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, originado en un Mensaje de S. E. el Presidente de la República, quien, para el despacho de esta iniciativa, ha hecho presente la urgencia calificándola de “SUMA”, para todos sus trámites constitucionales. I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS. 1.- IDEA MATRIZ DEL PROYECTO.

La idea matriz o central del proyecto se orienta a aumentar sustancialmente la subvención para pre-kínder y kínder; aumentar la subvención preferencial y de concentración para los alumnos prioritarios y aumentar la subvención regular. 2.- NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL. El articulado del proyecto no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado. 3.- ARTÍCULOS DE COMPETENCIA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA. Los artículos primero, segundo y tercero del proyecto deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda, de acuerdo a lo establecido en el artículo 220 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

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INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

4.- APROBACIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR DEL PROYECTO. La iniciativa fue aprobada en general y en particular por siete votos a favor y seis votos en contra. 5.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN. No hay. 6.- DIPUTADO INFORMANTE. Se designó Diputado Informante a la señora María José Hoffmann Opazo. II. ANTECEDENTES GENERALES. a) Antecedentes del proyecto. En el mensaje que da inicio a esta iniciativa, el Presidente de la República hace presente que su Gobierno se ha propuesto como tarea fundamental mejorar la calidad de la educación y entregar mayores recursos, destacando al respecto la dictación de la ley N° 20.501, de Calidad y Equidad de la Educación y la ley N° 20.529, que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación.

Para cumplir estos objetivos –señala el Mensaje-, se destinaron todos los recursos humanos y financieros para que todos los niños pudieran estar en clases en el menor tiempo posible, y se comenzó un plan de reconstrucción de establecimientos educacionales que permitirá a los estudiantes contar con instalaciones permanentes y de buena calidad para realizar sus clases.

Se destaca también el esfuerzo realizado a favor de los estudiantes de menores recursos, al incrementarse en un 21% la subvención escolar preferencial, que es recibida por los alumnos prioritarios. b) Objeto del proyecto.

A juicio del Gobierno, este proyecto propone incrementar los aportes que se realizan a los estudiantes y que llegan directamente a la sala de clases, beneficiando a los establecimientos que reciben en mayor proporción los estudiantes de menor nivel socioeconómico, incluyendo a los alumnos que han optado por la educación particular subvencionada.

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INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

Para lograr este objetivo, se incrementa sustancialmente la subvención para el primer y segundo nivel de transición de la educación parvularia, que apunta a mejorar la calidad de la educación y la igualdad de oportunidades desde los primeros años de la educación preescolar, por considerarse clave para el desarrollo futuro de cada alumno.

Asimismo, este proyecto de ley modifica la subvención escolar preferencial que beneficia aproximadamente al 40% de los alumnos de menores ingresos, quienes asisten mayoritariamente al sector municipal, aumentando el monto para los estudiantes que asisten a 5° y 6° básico y así igualarlo para todo el ciclo. De esta forma, los aportes entre 1° y 6° básico, por concepto de subvención regular y subvención escolar preferencial será superior a los $80.000 mensuales por alumno. Más aún, el proyecto propone duplicar el aporte que reciben por concepto de subvención escolar preferencial los que cursan desde 7° básico a 4° medio, lo que se traduce en que el aporte total que recibirán fluctuará entre $70.000 y $90.000, según el curso y la especialidad del establecimiento. Se propone un incremento de la misma magnitud en la subvención por concentración de alumnos prioritarios.

Por último, se continúa incrementando la subvención general que beneficiará a todos los estudiantes, avanzando en la meta de duplicar la subvención. c) Contenido del proyecto

La iniciativa legal en informe --compuesta de tres artículos permanentes y uno transitorio-- aborda los siguientes aspectos fundamentales:

El artículo primero modifica la ley N° 20. 248 que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial, duplica el aporte que reciben por este concepto los estudiantes que asisten desde 7° básico a 4° medio e incrementa en un 51,5% los recursos para los estudiantes de 5° y 6° básico.

Asimismo, se propone modificar la subvención por concentración de alumnos prioritarios en la misma proporción de los incrementos anteriores y adelantar en un año el plazo impuesto por la ley N° 20.501, de Calidad y Equidad de la Educación, para la entrada de la enseñanza media a este régimen, en orden a subsanar una carencia de la ley actual, respecto de la continuidad de esta subvención.

Por su parte, el artículo segundo modifica el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, incrementando en el artículo 9° el monto de subvención que reciben los estudiantes que asisten al primer y segundo nivel de transición en un 18,5%.

Además, se establece un incremento de la subvención general de un 3,5%, permitiendo así un aumento de un 5% desde el inicio del año escolar 2012.

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INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

c) Informe Financiero. El informe financiero de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, que se adjunta, señala que el costo mensual del proyecto para el año 2012 se estima en $ 12.077 millones, suma que está considerada en el presupuesto del Ministerio de Educación para el año 2012. La entrada en régimen de la subvención escolar preferencial para 1° de enseñanza media desde 2013 a 2014 tendrá un costo extra para 2013 de $ 14.426 millones. El gasto total del proyecto será de $ 84.539 millones para el año 29012; $ 159.680 millones para el año 2013 y $ 174.455 millones para el año 2014. III.- DISCUSIÓN DEL PROYECTO. Durante el análisis de esta iniciativa, la Comisión de Educación contó con la asistencia y colaboración de las siguientes personas: señor Harald Beyer Burgos, Ministro de Educación; señor Raúl Figueroa Salas, Asesor del Ministerio de Educación; señor Pablo Eguiguren Fernandez, Jefe de Gabinete del Ministro de Educación; señor Johnny Carrasco Cerda, Presidente de la Comisión de Educación de la Asociación Chilena de Municipalidades; señor David Traslaviña, Jefe de Gabinete de la Municipalidad de Pudahuel; señor Raciel Medina, funcionario de la Asociación Chilena de Municipalidades; señor Claudio Osorio Romero, abogado de la Subdirección de Racionalización y Función Pública y Patricio Espinoza Lucero, abogado del Subdepartamento Institucional Laboral, ambos de la Dirección de Presupuestos. a) Discusión en general y en particular del proyecto. El Ministro de Educación señor BEYER reiteró los argumentos expuestos en el Mensaje, precisando que este proyecto de ley lo que hace fundamentalmente es avanzar en la promesa de campaña del Presidente Piñera, incorporando aumentos de subvención escolar en distintas aéreas. En primer lugar se efectúa un aumento sustancial (de un 18,5% real) en la subvención para pre-kínder y kínder, que se descompone en un 15% extraordinario y un 3,5 % adicional que corresponde a un aumento general en la subvención en todos los niveles educativos. Además, aumenta la subvención preferencial (y de concentración) para los alumnos prioritarios y de la subvención regular.

Explicó que al aumento del 18,5% debe sumarse al 1,5% establecido en ley N° 20.501, de Calidad y Equidad de la Educación, lo que

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significa alcanzar un 20% durante este Gobierno. El monto vigente en la actualidad es de $ 38.719 por alumno, y de aprobarse este proyecto ascendería a $ 45.511, lo que beneficiaría a 305.000 alumnos que están actualmente en la educación pre escolar y potencialmente a 55.000 alumnos más en su momento, que corresponde a la campaña que ha iniciado el Gobierno para aumentar la cobertura en este segmento de escolaridad, aspirándose a un 100% de cobertura para el 60% más vulnerable del país hacia el año 2014.

Por otra parte se propone el incremento de la subvención preferencial para los alumnos prioritarios con la siguiente fórmula:

- Aumento de 50% a la subvención de 5° y 6° básico, con lo cual se iguala la subvención vigente para 1° a 4° básico. - Se duplica la subvención de 7° básico a 4° año medio. - La subvención por concentración sube en la mismas tasas anteriores. - Se adelanta en un año la entrada de la educación media al régimen de Subvención Escolar Preferencial (2013), de forma gradual, es decir 1° medio el 2013, 2° medio el 2014 y así sucesivamente.

Por lo anterior los montos resultantes serían los siguientes: Curso Monto Vigente Monto

Propuesto PK a 4° básico $32.356 $32.356

5° y 6° básico $21.494 $32.356

7° y 8° básico $10.862 $21.494

1° a 4° medio $10.862 $21.494

Por último, se propone un aumento extraordinario de la

subvención regular, de un 3,5% para todos los alumnos del país, en todos los niveles educativos. Esto se suma al aumento de 1,5% establecido en la ley N° 20.501, que comenzó a operar en marzo de 2012, todo lo cual significa 5% de aumento real.

Finalmente, señaló que el costo de este proyecto en régimen es de 174.455 millones de pesos, considerado el año 2014. Aproximadamente el 40 % de estos recursos corresponde a aumento para

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subvención Escolar Preferencial e incluye los incrementos por concentración (78.308 millones de pesos); el otro monto importante es el aumento de la subvención general que corresponde a 63.503 millones de pesos.

El señor CARRASCO (Presidente de Comisión de

Educación de la Asociación Chilena de Municipalidades) si bien reconoció los incrementos que efectúa el proyecto en informe en materia de subvención escolar, recordó que según el compromiso adquirido por el Gobierno actual, en ocho años ésta se duplicaría. Sin embargo, a dos años de Gobierno no se ha alcanzado el incremento del 25% que correspondería para lograr la meta planteada. Explicó que si el proyecto incrementa la subvención regular en un 3,5%, y el déficit del sector municipal es de un 21,5% estamos en una situación de crisis.

Indicó que esta situación se ve agravada con la baja sostenida en matrículas, y según el cálculo que ha hecho la asociación, si se baja en un punto la matrícula, se produciría un déficit mensual de 1.348 millones de pesos. En la actualidad hay un 37% de matrícula en el sector municipal, si baja tres puntos los municipios estarían recibiendo 50 mil millones menos al año, lo que contrasta con el 3,5% de aumento que propone el proyecto.

Sostuvo que la situación financiera de los municipios a causa de su rol como sostenedor educacional, ha venido en detrimento con el correr de los años. La fórmula de pago de la subvención educacional, sustentada en la asistencia media del alumno, ha generado una incongruencia fatal, al hacerles enfrentar cotidianamente gastos cada vez más crecientes frente a ingresos decrecientes.

Curso Subvención Regular

SEP (asumiendo 45% de concentración)

Total

PK y K $45.511 $37.494 $83.005

1° y 6° básico $55.079 $37.494 $92.573

7° y 8° básico $55.255 $21.564 $76.819

1° a 4° medio (CH)

$65.748 $21.564 $87.312

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Por otra parte, la entrada en vigencia del Estatuto Docente, incorporó una serie de beneficios para los profesores que necesariamente implicaron un mayor costo para el servicio educativo. Inicialmente, el costo de las asignaciones contempladas en el mencionado Estatuto, eran absorbidas por el Fondo de Recursos Complementarios, creado para estos efectos, hasta que en modificaciones legales posteriores se estableció que las mismas deberían pagarse con cargo a los recursos de la Subvención Regular.

Agregó que, posteriormente el Ministerio de Educación ha seguido generando iniciativas que han significado un aumento en los costos operacionales de la gestión educativa, sin el aporte de los recursos económicos necesarios para su financiamiento, además de los importantes recursos comprometidos para pagar resultados adversos de juicios y dictámenes de la Contraloría, producto de normas legales mal legisladas (Bono SAE y la Doble Indemnización).

Enfatizó que, por el contrario, los ingresos no experimentan un crecimiento proporcional a los costos expresados; las municipalidades están afectadas por la disminución de recursos debido a la caída de la matrícula, tanto por razones de disminución demográfica como por la emigración a establecimientos de otros subsistemas, sumando a ello los descuentos que experimentan las subvenciones producto de los anticipos para financiar incentivos al retiro que se han sucedido en los últimos años.

Este significativo déficit financiero ocasionado tanto por la pérdida de matrícula, la disminución de valor real de la subvención escolar y la creciente carga remuneracional que implican las asignaciones contempladas en el Estatuto Docente, obliga a la mayoría de los municipios a realizar traspasos de recursos que en promedio alcanzan el 28% del costo total del servicio educativo.

Recordó que el año 2008 fue incrementada la subvención escolar en un 15% y un 10% adicional para la subvención rural; estos aumentos significaron un alivio financiero momentáneo, pero al año siguiente dicho aumento ni siquiera se reflejó en una disminución de trasferencias municipales al sector, por lo que el incremento propuesto en este proyecto no generará ningún impacto.

En consecuencia, señaló el alcalde señor CARRASCO, con los antecedentes propuestos, la Asociación Chilena de Municipalidades considera que el proyecto debe incorporar un incremento inmediato del 25% y gradualmente incorporar otros incrementos, hasta llegar al término de este Gobierno al 50% de aumento de la subvención, coincidente con el compromiso presidencial.

Finalmente, reconociendo además que cualquier aumento de la subvención beneficia por igual a los establecimientos municipales y privados subvencionados y que el aumento posibilita a los municipios disminuir o corregir el déficit y a los privados aumentar sus utilidades, considera necesario establecer la diferenciación de subvenciones, otorgando más subvención a los sostenedores obligados a operar con el Estatuto Docente.

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Concluyó, señalando, que en su opinión el proyecto de ley debe ser rechazado en los términos en que se encuentra planteado.

El diputado señor VENEGAS indicó que si bien este proyecto consulta un aumento en las subvenciones, en la regular, que es la que hay que atender, este aumento es sólo de un 3,5%, lo que resulta claramente insuficiente.

Explicó que, en su opinión, existe un error conceptual por parte del Ministerio de Educación. Si se sigue aumentando la subvención escolar preferencial, es necesario hacer una evaluación seria del uso de esos recursos, porque existiría un mal uso de ellos, puesto que ni siquiera se les destinaría a los fines pedagógicos a los que inicialmente estaban destinados. Si bien es cierto que se utilizan los recursos para la contratación de personal y la compra de materiales, el punto central es determinar el impacto cualitativo de esas inversiones en el aspecto pedagógico, ya que, en su opinión, esto incluso podría servir para encubrir un mal uso de los recursos. Por lo señalado considera una mala decisión seguir incrementando un sistema que no ha cumplido los fines que se establecieron en el espíritu de la ley que lo creó, que eran de apoyo y reforzamiento pedagógico a los alumnos más vulnerables.

En este contexto consultó al Ministro de Educación si se han hecho evaluaciones sobre la utilización que se ha hecho de estos recursos y si existe la posibilidad de redireccionarlos a la subvención regular, donde realmente existe un déficit grave, particularmente en los sostenedores municipales.

El Diputado señor SILBER reconoció que el aumento de recursos es necesario y por lo tanto este proyecto era muy esperado por el incremento que significa para las subvenciones regulares. Sin embargo, indicó que debe analizarse su contenido real, con las falencias que presenta o las materias que no regula.

Sostuvo que, concretamente, con el bajísimo porcentaje de incremento a la subvención regular, el proyecto importa un tremendo perjuicio para la educación pública del país, dado el déficit existente en el sector municipal en su calidad de sostenedores. Por ello instó a realizar una reforma tributaria que permita una mayor inversión en la educación pública.

El Diputado señor MONSALVE consultó al Ministro de

Educación, en base a los datos que ha dado a conocer, cuáles son las cifras que deberían incrementarse, más allá del contenido del proyecto. Concretamente, consultó a cuánto debería ascender la subvención regular y cuáles serían los montos óptimos para pre kínder y kínder.

Por otra parte, recordó que en conversaciones con el ex Ministro de Educación, señor Bulnes, se había planteado la posibilidad de instaurar un sistema mixto entre matrícula y asistencia para el pago de la subvención regular y consultó a cuál era la opinión del actual Ministro.

Agregó que, en consideración a que en definitiva lo que está en discusión en todo el ámbito de la educación es el modelo de financiamiento, consultó si se ha considerado establecer un sistema que

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contenga un financiamiento base, distinto e independiente de la subvención, para los colegios subvencionados municipales, de manera similar a los que se ha planteado en Educación Superior para las universidades públicas.

Finalmente preguntó al representante de la Asociación Chilena de Municipalidades cuáles serían las modificaciones que deberían efectuarse al proyecto para que éste estuviera en condiciones de ser aprobado.

El diputado señor AGUILÓ valoró, en primer término, que

participaran en la discusión del proyecto representantes de los municipios, quienes en definitiva son los administradores de la educación pública escolar.

Recordó, asimismo, el compromiso adquirido por este Gobierno en cuanto a que en el plazo de ocho años la subvención escolar se duplicaría y señaló que en la formulación de ese compromiso se consideraron datos duros, como el hecho de que en ese momento se destinaba para un alumno de la educación pública un quinto del financiamiento de lo que se asignaba en un colegio particular privado.

Agregó que Chile es el país que tiene la matrícula pública más baja del mundo, y así lo demuestra la cifra entregada por la Asociación Chilena de Municipalidades, de un 37%, en contraste con los países desarrollados de la OCDE donde el porcentaje de matrícula en el sistema público es de 85%, lo que fue posible lograr por acuerdos políticos adoptados en el período de post guerra.

Insistió en la necesidad de llegar a un consenso sobre la educación pública, de manera tal que sea la matriz de la educación en el país, porque en ese modelo se dan condiciones de igualdad e integración social y no de segregación como ocurre con el sistema actual.

La diputada señora GIRARDI consultó si previo a la

presentación de este proyecto en la Cámara de Diputados se había analizado su contenido con la Asociación Chilena de Municipalidades, dado el rechazo que ha manifestado esta entidad.

Además, indicó que era necesario contar con más antecedentes respecto de esta iniciativa, especialmente sobre el destino final de la mayor parte de los recursos que se contemplan, porque si hoy sólo el 37% de los alumnos está en los colegios municipales, se puede deducir que la mayor parte de los recursos los recibirán los colegios subvencionados particulares, entidades que tienen fines de lucro.

Destacó también que los últimos informes emitidos por la Contraloría General de la República dan cuenta de graves irregularidades en comunas como Cerro Navia, Renca y La Florida, entre otras, respecto al mal uso de los recursos provenientes de subvención escolar, principalmnete por el déficit de esos municipios para cubrir otros tipo de gastos ajenos al ámbito educacional. Lamentó que no exista ninguna propuesta de control para evitar estas situaciones ni tampoco para limitar el lucro en los colegios particulares subvencionados, y que el proyecto legitima un sistema perverso, una mentira.

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El Diputado señor GONZALEZ sostuvo que la crisis de la educación municipal es un problema que se arrastra por años y de la cual no se han hecho cargo ni el Gobierno actual ni los anteriores. En lo fundamental, se trata de aumentar el financiamiento para la educación pública, que es la única manera terminar con la brecha social que existe hoy entre los niños de nuestro país dependiendo del tipo de educación que reciben. Por ello consideró irrisorio el incremento para la educación municipalizada que contiene la iniciativa en discusión, dada la desigualdad existente tanto con la educación privada y como con la subvencionada particular, toda vez que esta última tiene dos fuentes de ingresos: la subvención y el financiamiento compartido.

El Diputado señor GUTIERREZ consultó al señor Carrasco

si el déficit municipal que se arrastra por años, proviene sólo del bajo valor de la subvención o de un problema de gestión. Y, en segundo lugar, le consultó cual era la opinión de la Asociación Chilena de Municipalidades respecto de la subvención escolar preferencial y de sus últimas modificaciones.

Por otra parte reconoció el esfuerzo del Gobierno en aumentar la subvención pre escolar, porque a ello se suma el desafío de aumentar la cobertura al año 2014, cubriendo el 100% de los tres primeros quintiles, lo que significará aún un mayor gasto.

Asimismo, inquirió del Ministro señor Bayer la necesidad de replantear el mecanismo actual de pago de la subvención, vinculando matrícula y asistencia.

El Diputado señor BECKER señaló que le parecía increíble que el proyecto pudiera ser rechazado, porque si bien los aumentos de subvención pueden ser insuficientes a juicio de algunos, significan un importante aporte para las municipalidades en su calidad de sostenedores.

Explicó que matemáticamente lo correcto es que se haga un incremento de un 9% anual para obtener un 100% en ocho años y según sus cálculos en los últimos dos años han sido del 15%, por lo tanto el déficit es sólo de un 3%. Además, frente a las críticas que se han formulado por el incremento de la Subvención Escolar Preferencial, recordó que los establecimientos beneficiarios de dicha subvención no pueden obtener financiamiento compartido y por lo tanto esta es una manera de limitar el lucro.

Comentó por último que, si bien podía ser efectivo que Chile tuviera el número más bajo de matrícula en educación pública, era un hecho irrefutable que la educación pública chilena era la mejor de Latinoamérica.

El Diputado señor VERDUGO criticó el rechazo del proyecto planteado por la Asociación Chilena de Municipalidades y por algunos parlamentarios, porque a su juicio, establecerel todo o nada era irracional. Destacó que la baja que ha sufrido la matrícula se debe precisamente a los movimientos estudiantiles ocurridos durante el año 2011, apoyados por el Colegio de Profesores.

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Con respecto al déficit que presentan diversas municipalidades del país, señaló que las causas no pueden generalizarse, y que lo correcto y conveniente sería realizar un análisis caso a caso, comuna por comuna.

La Diputada señora HOFFMANN destacó que este proyecto constituye un mensaje claro de la preocupación del Gobierno por la educación y recordó que es la segunda iniciativa legal que incrementa la subvención escolar preferencial. Además, resaltó el hecho de que se haya puesto el acento en los intereses de los niños en la educación preescolar, que se mejoran sustancialmente en este proyecto, y que, por cierto, no han sido objeto de las demandas hechas por los movimientos estudiantiles.

El Diputado señor BOBADILLA indicó que si bien era deseable contar con mayores recursos para la educación, la realidad no era distinta que en otras áreas relevantes, donde el problema fundamental es que las necesidades son mayores que los recursos.

Por otro lado, destacó que existían municipios que lograban financiar de manera adecuada la educación municipal y en otros la gestión dejaba mucho que desear; por lo tanto, no se le podía entregar toda la responsabilidad de la educación pública escolar al Gobierno central, sino que analizar de qué manera se estaban gestionando los recursos en cada comuna.

El señor CARRASCO (Presidente de Comisión de Educación de la Asociación Chilena de Municipalidades) se refirió al modo de calcular la Unidad de Subvención Escolar (USE) señalando que desde su creación no existe una fórmula para determinarla. Agregó que según estudios de la Fundación 2020 el costo aproximado para educar un niño es de $120.000.

Explicó que en el incremento de escolaridad que asciende a 37.765 millones de pesos sólo 15.000 millones son destinados al sector municipal y el resto a los colegios particulares subvencionados; del aporte al nivel preescolar, 4.500 millones van a los municipios y 5.000 millones al sector particular subvencionado, y del incremento en SEP de 37 mil millones 25 mil van al sector municipal y 12 mil millones al sector subvencionado particular. Esta situación genera, en su opinión, más lucro.

El Ministro de Educación señor BEYER indicó que si se votaba en contra el proyecto se esfumaba la posibilidad de duplicar la subvención. A su entender, el proyecto es un avance y está en línea con la promesa hecha por el Presidente Piñera. Por lo mismo, aclaró que no se requiere un aumento del 25%, sino que basta el 9%, porque se trata de un proceso gradual.

Asimismo, observó que los diputados señores Verdugo y Bobadilla acertaron al indicar que no todos los municipios tenían déficit y en ese sentido declaró que al Ministerio no le correspondía financiar ineficiencia ni falta de gestión adecuada, porque eso ataca una buena calidad de educación. Aún, en esa situación, se han aprobado recursos para apoyar a los municipios. Así, el presupuesto del año 2009 contemplaba recursos de 189 mil millones

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para los municipios, mientras que el presupuesto del año 2012 contempla 373 mil millones de pesos, fuera de las subvenciones.

Explicó que la entrega de subvenciones se calcula por matrícula y ese es el modelo de financiamiento que este Gobierno respalda, porque se considera que tiene que haber un sistema igualitario entre los niños y los aportes extraordinarios tienen que ir por otras vías. En el aumento de la subvención escolar preferencial que no va en relación a la matrícula, sino que en función de la vulnerabilidad de los niños, el 60% de los recursos va a los establecimientos municipales y no se está dispuesto a renunciar a ese mecanismo porque no cuesta lo mismo educar a un niño vulnerable que a uno que no lo es.

La Diputada señora GIRARDI recordó el compromiso adoptado por el ex Ministro Lavín de elaborar un estudio para saber cuánto era el monto exacto que se requería para educar a un niño en Chile, lo que a la fecha no se ha concretado.

Por otra parte destacó la necesidad de establecer medios de control a la SEP y que, si efectivamente los mayores recursos van a los colegios subvencionados particulares, se pongan límites al lucro.

El Diputado señor GONZÁLEZ propuso que se instalara una mesa de trabajo con participación del Gobierno, parlamentarios, municipios y actores sociales, como única forma de dar una solución cabal al problema educacional.

La Diputada SAA, en la misma línea de lo planteado por la Diputada Girardi insistió en la necesidad de establecer mecanismos de control sobre la utilización de los recursos asignados a la educación escolar preferencial, considerando los resultados de los informes emitidos por la Contraría General de la República. b) Votación en general y en particular del proyecto de ley. La Comisión de Educación, Deportes y Recreación, compartiendo los fundamentos y objetivos generales tenidos en consideración por el Ejecutivo para legislar en el sentido propuesto, y luego de escuchar las explicaciones de las autoridades y los planteamientos de los diputados antes individualizados, procedió a dar su aprobación al proyecto en general y en particular, por siete votos a favor y seis votos en contra. A favor votaron la diputada señora María José Hoffmann Opazo (Presidenta de la Comisión), y los diputados señores Germán Becker Alvear, Sergio Bobadilla Muñoz, Romilio Gutiérrez Pino, José Antonio Kast Rist, Manuel Rojas Molina, y Germán Verdugo Soto. En contra lo hicieron la diputada señora Cristina Girardi Lavín (en reemplazo de la diputada María Antonieta Saa Díaz), y los diputados señores Sergio Aguiló Melo, Rodrigo González Torres, Manuel Monsalve Benavides, Gabriel Silber Romo, y Mario Venegas Cárdenas.

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* * * * * PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA COMISIÓN. Por las razones expuestas y por las que en su oportunidad dará a conocer el señor Diputado Informante, la Comisión de Educación recomienda aprobar el siguiente: PROYECTO DE LEY: “Artículo 1°.- Modifícase la ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial de la siguiente forma: 1) Reemplázase el cuadro de Valor Subvención en USE, contenido en el artículo 14, por el siguiente:

Desde 1° nivel de transición hasta 4° año de la educación básica

5° y 6° año básico

7° y 8° año básico

Desde 1° hasta 4° año de enseñanza media

A: Establecimientos educacionales autónomos

1,694 1,694 1,129 1,129

B: Establecimientos educacionales emergentes

0,847 0,847 0,5645 0,5645

2) Reemplázase el cuadro del artículo 16, por el siguiente: Tramos según el porcentaje de alumnos prioritarios del Establecimiento Educacional

Desde el 1° nivel de transición hasta 4° año básico (U.S.E)

5° y 6° año básico (U.S.E.)

7° y 8° año básico (U.S.E.)

Desde 1° año hasta 4° año de enseñanza media (U.S.E.)

60% o más 0,302 0,302 0,202 0,202 Entre 45% y menos de 60% 0,269 0,269 0,179 0,179 Entre 30% y 0,202 0,202 0,134 0,134

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menos de 45% Entre 15% y menos de 30% 0,118 0,118 0,078 0,078 3) Reemplázase el inciso tercero del artículo 20 por el siguiente: “Este aporte adicional será de 0,847 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el primer y segundo año de transición de la educación parvularia y hasta el 6º año de la educación general básica; de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen 7º y 8º año de la educación general básica; y de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el 1° hasta 4° año de enseñanza media.”. 4) Sustitúyese el artículo duodécimo transitorio por el siguiente: “Artículo duodécimo.- Los niveles de 1° año de enseñanza media a 4° año de enseñanza media se incorporarán gradualmente a la percepción de la subvención escolar preferencial, de la subvención por concentración de alumnos prioritarios y de los aportes adicionales establecidos en esta ley, a razón de un nivel por año, comenzando el año escolar 2013 con el 1° año de enseñanza media.”. Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales: 1) Modifícase el artículo 9°, en el siguiente sentido: a) Sustitúyese el inciso primero, por el siguiente: "Artículo 9°.- El valor unitario mensual de la subvención por alumno para cada nivel y modalidad de la enseñanza, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), corresponderá al siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 9° (incluye incrementos fijados por leyes Nos. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. por aplicación del factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

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Educación Parvularia (1° Nivel de Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación Parvularia (2° Nivel Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación General Básica (1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6°)

1,81401 0,17997 1,99398

Educación General Básica (7° y 8°)

1,96884 0,19546 2,16430

Educación Especial Diferencial

5,79658 0,59727 6,39385

Necesidades Edu-cativas Especiales de carácter Transitorio

4,96143 0,59727 5,5587

Educación Media Humanístico-Científica

2,19850 0,21818 2,41668

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

3,25842 0,32402 3,58244

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

2,54190 0,25252 2,79442

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

2,27993 0,22634 2,50627

Educación Básica de Adultos (Primer Nivel)

1,29547 0,13317 1,42864

Educación Básica de Adultos (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,71879 0,13317 1,85196

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Educación Básica de Adultos con oficios (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,93046 0,13317 2,06363

Educación Media Humanístico-Científica de adultos (Primer Nivel y Segundo Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Primer Nivel)

2,36078 0,18363 2,54441

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,89313 0,18363 3,07676

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Primer Nivel)

2,1371 0,18363 2,32073

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,22211 0,18363 2,40574

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Comercial y Técnica (Primer Nivel, Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823”.

b) Sustitúyese el inciso noveno, por el siguiente: "En el caso de los establecimientos educacionales que operen bajo el régimen de jornada escolar completa diurna, el valor unitario mensual por alumno, para los niveles y modalidades de enseñanza que se indican, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), será el siguiente:

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Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en factor artículo 9° en U.S.E. (incluye incrementos fijados por leyes N°s. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación General Básica 3° a 8° años

2,52450 0,24655 2,77105

Educación Media Humanístico-Científica

3,01381 0,29481 3,30862

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

4,06671 0,40013 4,46684

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

3,18177 0,31177 3,49354

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica.

3,01381 0,29481 3,30862”.

Artículo 3°.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2012 se financiará con cargo a la partida 09 Ministerio de Educación, del Presupuesto del Sector Público. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial.”. * * * * * Sala de la Comisión, a 22 de marzo de 2012.

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INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

Tratado y acordado en sesión celebrada el 13 de marzo de 2012, con la asistencia de los miembros de la Comisión, diputada señoras María José Hoffmann Opazo (Presidenta) y Cristina Girardi Lavín (en reemplazo de la diputada María Antonieta Saa Díaz), y diputados señores Sergio Aguiló Melo, Germán Becker Alvear, Sergio Bobadilla Muñoz, Rodrigo González Torres, Romilio Gutiérrez Pino, José Antonio Kast Rist, Manuel Monsalve Benavides, Manuel Rojas Molina, Gabriel Silber Romo, Mario Venegas Cárdenas, y Germán Verdugo Soto. HERNAN ALMENDRAS CARRASCO, Abogado, Secretario de la Comisión.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

1.3. Informe de Comisión de Hacienda Cámara de Diputados. Fecha 24 de abril, 2012. Cuenta en Sesión 20. Legislatura 360.

BOLETÍN Nº 8.070-04 INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES.

HONORABLE CÁMARA: La Comisión de Hacienda informa el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación. I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS 1.- Origen y urgencia La iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados por un mensaje de S.E. el Presidente de la República, calificada de “suma urgencia” para su tramitación legislativa. 2.- Disposiciones o indicaciones rechazadas Indicación de los Diputados señores Auth, Jaramillo, Lorenzini, Montes y Ortiz para agregar un artículo sobre los establecimientos educacionales con financiamiento compartido. 3.- Disposiciones que fueron aprobadas por unanimidad Indicación de los Diputados señores Auth, Jaramillo, Lorenzini, Montes y Ortiz para agregar un artículo 3°, que dispone que los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado y de los establecimientos de educación técnico profesional deberán informar al Ministerio de Educación la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajuste

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de remuneraciones que reciban cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento. Copia de esta información deberá el Ministerio remitir a las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, antes del 31 de marzo de cada año. 4.- Normas de quórum especial El artículo 4° nuevo es de carácter orgánico constitucional dado que modifica el artículo 60 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. 5.- Se designó Diputado Informante al señor SILVA, don ERNESTO. * * * II. ANTECEDENTES Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Harald Beyer, Ministro de Educación; Fernando Rojas, Subsecretario de Educación; Sebastián Figueroa, Jefe de Gabinete del Subsecretario; Raúl Figueroa, Asesor del Ministerio de Educación; la señora Trinidad Valdés, Abogada del Ministerio de Educación, y Claudio Osorio, Abogado de la Dirección de Presupuestos. Concurrieron también los señores Raciel Medina, Coordinador del Área de Educación de la Asociación Chilena de Municipalidades, ACHM; Roberto Delpin, representante de la ACHM; Juan Pablo Valenzuela, Economista del Centro de Investigación Avanzada en Educación, Ciade, de la Universidad de Chile; Rodrigo Bosch, Presidente Nacional de Colegios Particulares de Chile A.G., CONACEP; Alejandro Hasbún, Vicepresidente CONACEP; José Valdivieso, Presidente CONACEP V Región; Pedro Montt, Miembro del Consejo Nacional de Educación, y la señora Johana Chaura, Abogada de CONACEP. El propósito de la iniciativa consiste en incrementar los aportes del fisco para las subvenciones destinadas a los estudiantes que asisten a establecimientos de educación municipal y particular subvencionados. Se aumenta el monto de la subvención escolar preferencial para los alumnos que asisten a 5° y 6° año de educación general básica; se duplica el monto por subvención escolar preferencial para los cursos de 7° año de educación general básica a 4° año de enseñanza media, y se establece un incremento de la subvención general en 3,5%, que incluye un incremento especial (15%)

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para la subvención del primer y segundo nivel de transición de educación parvularia que aún no está en jornada escolar completa. El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 29 de noviembre de 2011, señala que el costo mensual de este proyecto para el año 2012 y medido en moneda de ese año, se estima en $ 12.077 millones, según el siguiente detalle: - El numeral 1) del artículo 1° propone incrementos del valor de la Subvención Escolar Preferencial (SEP), que implica un aumento estimado mensual de gasto fiscal de $ 4.176 millones. - El numeral 2) del artículo 1° incrementa el monto de la Subvención por Concentración de Alumno Prioritario, que se estima representará un mayor gasto fiscal mensual por este concepto de $ 1.147 millones. En suma el artículo 1° implica un mayor gasto fiscal mensual por $ 5.323 millones. - Por su parte, el artículo 2° establece un aumento de 3,5% del valor de la subvención general establecida en el artículo 9° del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, incluido el incremento especial (de 15%) para la subvención del primer y segundo nivel de transición de educación parvularia. Ello representa un mayor gasto fiscal mensual estimado en $ 6.754 millones, de los cuales $ 5.395 millones corresponden al aumento general de 3,5% y $ 1.359 millones al aumento de 15% para primer y segundo nivel de transición. El proyecto de ley establece, en su artículo transitorio, que entrará en vigencia a contar del mes subsiguiente a su publicación en el Diario Oficial. Por ello, el monto total del mayor gasto Fiscal que irrogará esta ley durante el año 2012, dependerá del mes en que ella entre en vigencia. En cualquier caso, la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2012, recientemente aprobada por el Congreso Nacional, contiene en el presupuesto del Ministerio de Educación, los recursos necesarios para hacer frente al financiamiento del proyecto de ley en comento, asumiendo que entra en vigencia durante el primer semestre del año. Adicionalmente, cabe precisar que el numeral 4) del artículo 1° propone adelantar la entrada en régimen de la subvención escolar preferencial para 1° de enseñanza media desde 2014 a 2013, lo que tiene un costo extra para 2013 de $ 14.426 millones (SEP y concentración). Así, el gasto total del proyecto (suponiendo que entra en vigencia en junio de 2012) queda establecido de acuerdo al siguiente cuadro:

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Cuadro 1: Gasto Proyecto de Ley de Subvenciones (En millones de $ 2012)

2012 2013 2014 Subvención de Escolaridad

37.765 64.127 63.503

Subvención Extra de 15% Kinder y Pre-Kinder

9.513 17.251 18.217

Adelanto Subvención Ed. Media

0 14.426 14.426

Incrementos SEP (incluye concentración)

37.261 63.875 78.308

Total 84.539 159.680 174.455 III. DISCUSIÓN GENERAL Durante el debate de la Comisión el señor Fernando Rojas hizo presente que los objetivos del proyecto son básicamente tres: 1. Aumentar sustancialmente la subvención para pre-kínder y kínder. 2. Incrementar la subvención preferencial para los alumnos prioritarios, y 3. Aumentar la subvención regular.

Respecto del primer objetivo, explicó que esta iniciativa establece un aumento del 18,5% real, lo que se une al 1,5% de la ley N° 20.501, que comenzó a regir en marzo de este año, sumando 20% real durante este Gobierno. Este incremento, agregó, beneficia a 305 mil alumnos y busca apoyar el crecimiento de cobertura de pre-kínder y kínder. De aprobarse este proyecto el monto de la subvención ascendería de $ 38.719 a $ 45.511. En cuanto al incremento de la subvención escolar preferencial (SEP) para los alumnos prioritarios, que beneficia al 40% más vulnerable de los estudiantes, manifestó que hoy esta subvención tiene 3 valores diferentes según el nivel educacional: $ 32 mil para los alumnos desde el 1° nivel de transición (pre-kínder) hasta 4° básico, dos tercios de dicho valor para 5° y 6° básico y un tercio desde 7° básico hacia arriba. Lo que propone la iniciativa es aumentar en 50% la subvención para los alumnos de 5° y 6° básico, de modo de igualar el monto que hoy se paga por los alumnos desde el 1° nivel de transición hasta 4° básico, medida que es consistente con la Ley General de

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Educación que establece que la educación básica termina en 6° básico. Además, se duplica la subvención de 7° a 4° medio y se adelanta en un año la entrada en vigencia de la educación media al régimen de subvención escolar preferencial. De esta forma, añadió, un estudiante hoy en 8° básico recibirá SEP también el próximo año. Los montos de aprobarse el proyecto serían los siguientes: Curso Monto Vigente Monto Propuesto

PK a 4° básico $32.356 $32.356 5° y 6° básico $21.494 $32.356 7° y 8° básico $10.862 $21.494 1° a 4° medio $10.862 $21.494 Finalmente, el proyecto establece un incremento de la subvención regular del 3,5% para todos los alumnos del país, lo que unido al aumento del 1,5% que estableció la ley N° 20.501 significa 5% de incremento real durante el año 2012. Esta subvención, sostuvo, es de libre disposición para los municipios. Agregó que asumiendo establecimientos en jornada escolar completa, salvo pre-kínder y kínder, y con una concentración de alumnos prioritarios de 45%, los montos mensuales de subvención por alumno, son los siguientes: Curso

Subvención Regular

SEP (incluye concentración)

Total

PK y K $45.511 $37.494 $83.005 1° y 6° básico $55.079 $37.494 $92.573 7° y 8° básico $55.255 $21.564 $76.819 1° a 4° medio (CH)

$65.748 $21.564 $87.312

Este incremento de la SEP en la educación media también beneficiará a los liceos técnicos profesionales desde donde egresan el 45% de los alumnos de 4° medio. Por último, señaló que si el proyecto entra en vigencia en junio de este año, el costo anual estimado es de $ 84.359 millones para el 2012, $ 159.680 millones para el 2013 y $ 174.455 millones para el 2014.

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El Diputado señor Ortiz hizo presente que el artículo 3° del proyecto establece que el mayor gasto que represente durante el presente año esta ley, se financiará con cargo a la partida 09 del Ministerio de Educación y no hace referencia a que se podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con esos recursos con cargo a la Partida del Tesoro Público. Consideró necesario incluir en dicha norma la referencia al Tesoro Público para que, en el evento que haya cualquier situación excepcional, no se requiera hacer suplementos a la partida. Por otro lado, solicitó modificar, vía indicación del Ejecutivo, el plazo de entrada en vigencia de esta ley, a objeto de que rija con efecto retroactivo desde el 1° de marzo de este año. Con esta medida, afirmó, se va a contribuir a aliviar el déficit de los sostenedores y municipios. El señor Subsecretario de Educación, en relación al financiamiento del proyecto para este año, explicó que la Ley de Presupuestos de 2012 tiene contemplado incrementos para las subvenciones, de manera que los recursos están hoy disponibles, por lo que no hay necesidad de hacer referencia al Tesoro Público. Sin embargo, estos recursos aprobados en la Ley de Presupuestos de este año para incremento de subvenciones no pueden ser utilizados sin una ley que permita destinar estos recursos a una subvención específica. De ahí la necesidad de que este proyecto se apruebe con la mayor celeridad posible. En relación al segundo planteamiento, si bien valora el objetivo, indica que la ley N° 20.501 estableció un calendario especial de transferencias de recursos para los municipios, a fin de alivianar las finanzas de los sostenedores. A modo de ejemplo señaló que en marzo de este año se transfirieron $ 15 mil millones de libre disposición para los municipios y otros $ 15 mil millones para un fondo de reconversión, orientado a destinar recursos para que infraestructura disponible pudiera recibir niños de pre-kínder y kínder. El Diputado señor Ortiz señaló que si bien se han adoptado medidas para paliar el déficit presupuestario de los municipios como sostenedores de la educación pública, es un hecho que la baja en el número de las matrículas ha significado una disminución importante de los recursos de los municipios, lo que ha llevado a que algunas municipalidades hayan tenido que despedir a profesores que estaban bajo la modalidad de contrata. Por ello, reiteró su propuesta de establecer que esta ley rija con efecto retroactivo desde el 1° de marzo de este año. El Diputado señor Auth solicitó al señor Subsecretario el cronograma de cumplimiento de la promesa electoral asumida por el Presidente Piñera de duplicar las subvenciones por alumno en un plazo de 8 años.

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El señor Fernando Rojas aclaró que el Presidente no sólo ha planteado focalizar los recursos en la subvención escolar preferencial, sino que también en la clase media, para lo cual una vez aprobado este proyecto se enviará a tramitación una iniciativa en este sentido. Respecto del cronograma de cumplimiento, indicó que es complejo asumir un cronograma cuando las leyes de presupuesto son anuales, por lo que año a año deben ir aprobándose los calendarios de recursos propuestos. En otro orden de ideas hizo presente que la Asociación de Municipalidades ha manifestado su interés de que este proyecto se tramite con la mayor celeridad posible, ya que significa recursos adicionales para los sostenedores. Finalmente, precisó que este proyecto no requiere la dictación de ningún reglamento para comenzar a regir, dado que el incremento de las subvenciones está claramente planteado en la ley, de manera que su vigencia será la que establece su artículo transitorio. El Diputado señor Jaramillo consultó si el Ministerio de Educación está evaluando el uso de los recursos destinados a las subvenciones. El señor Rojas señaló, en primer lugar, que este es un tema que requiere ir profundizándose en el tiempo. Se han realizado algunas evaluaciones y en ellas ha habido una buena recepción de los planes de mejoramiento educativo vinculados a la SEP, que han permitido a las comunidades educativas avanzar en ciertos planes específicos de acuerdo a las necesidades pedagógicos de cada establecimiento educacional. Al mismo tiempo existe la idea de que el uso de estos recursos estaba asociado a una excesiva tramitación y a lineamientos poco claros, lo que llevó al Gobierno a que en la ley del año pasado se haya puesto énfasis en aclarar las orientaciones para el uso de estos recursos. No debe olvidarse, agregó, que ésta es una ley que está en maduración, ya que este año recién llega a 8° básico. El Ministro señor Harald Beyer, en relación a la SEP, sostuvo que el fundamento teórico que justifica esta subvención es que cuesta más caro educar a un niño que viene de un hogar vulnerable que a un niño que viene de una familia con más recursos, fundamento, añadió, que tiene asidero en la realidad. Con respecto, a los planteamientos que se han hecho en la Comisión, manifestó lo siguiente: En el tema de rendición de cuentas, anualmente el Ministerio de Educación ha solicitado a los sostenedores de establecimientos educacionales

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las rendiciones de cuentas que establece la ley. En ellas se informa de manera detallada respecto a los ingresos percibidos y a los gastos ejecutados con motivo de la aplicación e implementación de los Planes de Mejoramiento, PME en los respectivos establecimientos.

El resultado de este proceso es el siguiente:

Año Rendición

Total Establecimientos en SEP

Total Establecimientos SEP Rendidos

% de Establecimientos 1 fiscalizados

2008 6.910 6.706 97.05%

2009 7.379 6.952 94.21%

2010 7. 385 7.092 96.03%

El proceso de rendición de cuentas correspondiente al año 2011 debe efectuarse durante el segundo trimestre del presente año. En cuanto a la fiscalización del uso de los recursos, sostuvo que el Ministerio ha fiscalizado el cumplimiento de los requisitos para impetrar la subvención SEP, la exactitud de los recursos rendidos y la pertinencia del gasto por los establecimientos educacionales en el marco de sus correspondientes PME, elaborando para ello programas de fiscalización los cuales son aplicados a nivel nacional. El alcance de estas fiscalizaciones es el siguiente: Año Rendición

Total Establecimientos en SEP

Total Establecimientos SEP Fiscalizados

% de Establecimientos 1 fiscalizados

2008 6.910 6.641 96.11%

2009 7.379 6.250 84.70%

2010 7. 385 6.824 92.40%

Estas rendiciones han generado una serie de procesos administrativos, ya sea por no rendición de cuentas, gastos objetados y gastos rechazados, que se muestran a continuación: a) No rendición de cuentas:

Sanción 2099 y 2010 Multa 248 Privación de subvención 20 Total 268

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b) Gastos objetados o rechazados:

Tipo de Mont % Monto % 2010 total 2011 total ($MM

) recursos ($MM) recursos

Objetado Gastos no debidamente respaldados

2.905

1,3%

3.310

vinculación con 1,5% puede ser

acreditada.

Rechazado

Gastos no orientados al cumplimiento del

cuya documentación

6.377 2,5% 6..252 2,5% encuentra no cumple los legales.

Consignó que, producto de las fiscalizaciones efectuadas el último trimestre del año 2011 fueron instruidos 272 procesos administrativos y fueron aplicadas 224 multas por estas infracciones. Respecto a las investigaciones llevadas a cabo por la Contraloría General de la República dentro de sus facultades exclusivas, el Ministerio ha derivado al Consejo de Defensa del Estado 41 informes para que en el ejercicio de sus atribuciones determine si existen responsabilidades penales y dé inicio a las acciones legales que procedan. Además, a la fecha se han instruido 39 procesos administrativos como consecuencia de los informes de la Contraloría General de la República. En relación con las obligaciones del Ministerio de Educación, señaló que el Ministerio está elaborando un nuevo reporte que enviará a la Comisión Especial de Presupuestos, una vez finalizado el primer periodo de la primera cohorte de implementación de la Ley de Subvención Escolar Preferencial, correspondiente a los convenios suscritos en el año 2008, los cuales completaron el ciclo contemplado en la ley el 29 de febrero de 2012, con el objeto de dar a conocer una evaluación integral de la implementación de la Ley, conforme al término del primer ciclo pactado en los convenios. Asimismo, el Ministerio ha puesto a disposición la información requerida en la página web http://masinformacion.mineduc.cl. En cuanto a la aplicación de los artículos 65, 66 y 67 de la Ley de Subvenciones, que dicen relación con la información, clasificación y monitoreo de establecimientos que no estando en SEP tengan resultados deficientes, indicó que esa categoría no llegó a crearse. La razón de ello es que una vez

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aprobado el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación (Agencia y Superintendencia) parte importante de todas las exigencias son aplicables a todos los establecimientos educacionales del país, sin distinción si están o no en el régimen SEP. En efecto, los artículos en cuestión fueron derogados por la ley N° 20.529. Ante la consulta formulada de por qué hay establecimientos en su quinto año del convenio de igualdad de oportunidades, cuando éste tenía una duración de 4 años, respondió que la Ley SEP no contempló un mecanismo de renovación del "Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa". Este error fue subsanado por la ley N° 20.550, al introducirse a la Ley SEP el artículo 7° bis que regula la forma de renovación de los mencionados convenios. El mecanismo, añadió, contempla ciertas obligaciones que deben ser cumplidas por los sostenedores que optan a renovar el convenio, a saber: solicitar al Mineduc la renovación del Convenio, haber rendido la totalidad de los recursos recibidos por este concepto, y haber gastado un mínimo de 70% de los recursos recibidos, para evitar gastos forzosos a finales del último año del convenio. Necesariamente, para verificar el cumplimiento de dichas obligaciones se requiere un tiempo adicional a los 4 años que establece el convenio, ya que la rendición de cuentas se realiza durante el segundo trimestre del año siguiente en que se recibieron los recursos. Por ello, y con el fin de no perjudicar el proceso educativo, es que el legislador extendió su duración por un máximo de 12 meses. Destacó que, en caso que el Ministerio decida renovar ese convenio, los recursos no ejecutados del convenio anterior, así como los entregados durante la prórroga forman parte del nuevo convenio suscrito, con todas las obligaciones que ello implica. En caso que se decida no renovar el convenio, los recursos no ejecutados y los traspasados durante el plazo que se verifique el cumplimiento de las condiciones necesarias para su renovación, deberán ser restituidos. En cuanto a los programas financiados por el Fondo de Apoyo a la Gestión Municipal, FAGEM, y la fiscalización respectiva, precisó el Ministro señor Beyer que este Fondo entregó durante el año 2011 $ 42.787.209.000, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Presupuestos, destinado a los municipios para fortalecer la gestión en educación municipal. La misma Ley de Presupuestos estableció que la entrega de los recursos debía realizarse a través de dos cuotas iguales, siendo necesario rendir al menos el 60% de la primera de ellas para recibir la segunda.

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De las 345 comunas del país que cuentan con un sistema educacional municipal, para el Fondo de 2011 la información es la siguiente:

N° de municipios

No recibieron FAGEM 4 Solo recibieron 1 cuota

13

Recibieron 2 cuotas 328 Total 345

Los 4 municipios que no recibieron recursos, debido a no haber rendido el programa 2010 o no haber presentado un programa 2011 acorde al instructivo, fueron: Concón, Quilaco, Camarones y San Rafael. Por su parte, el Instructivo del Fondo establecía 6 categorías en donde debían incorporarse todas las iniciativas y actividades. A continuación se detalla cada una de ellas y se mencionan algunos ejemplos: 1. Docentes y asistentes de la educación: pago de deudas legales con docentes y asistentes, como deuda previsional y de perfeccionamiento. 2. Gestión de recursos: la incorporación de nuevas tecnologías como software, equipos educacionales, computadores, asesorías técnicas, entre otros. 3. Mantención y reparaciones menores: obras de infraestructura en establecimientos educacionales. Se estableció un límite de 10% del monto asignado, con excepción de ser necesarias para conseguir el reconocimiento oficial, donde se permitía hasta un 25%. 4. Participación de la comunidad educativa: actividades con la comunidad educativa que promuevan la educación municipal y acerquen a todos los actores. 5. Rendición de cuenta: cuenta pública de resultados y gestión a la comunidad educativa. 6. Transporte escolar: compra de vehículos destinados al transporte escolar de los alumnos o la contratación del servicio.

Las categorías de las iniciativas y actividades de los programas presentados por las comunas se distribuyeron de la siguiente manera:

NOMBRE CATEGORÍA

TOTAL %

Docentes y Asistentes de la Educación

$ 6.778.641.780 15.8

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Gestión de Recursos $13.857.768.812 32.4 Mantención y reparaciones menores

$ 3.505.142.659 8.2

Participación de la Comunidad Educativa

$ 13.148.776.343 30.8

Rendición de cuenta $ 310.570.437 1 Transporte Escolar $ 5.086.026.439 11.9 Total general $ 42.686.926.470 100%

Para poder acceder al Fondo 2012, los municipios deben rendir correctamente el Fondo 2011 y presentar el programa 2012 de acuerdo al Instructivo. Al 12 de abril la situación es la siguiente:

ESTADO N° Rendición 2011 aprobadas por Seremi respectiva 53

Rendición 2011 enviadas por municipios y en evaluación de Seremi respectiva

112 Rendición 2011 no enviadas a Seremi respectiva 180

Respecto a la denuncia del Diputado Miodrag Marinovic, informó que el Ministerio ya ofició a la SEREMI de la Región de Magallanes para que se realice una minuciosa revisión de las rendiciones de cuenta de la Corporación Municipal de Magallanes, de forma de dar respuesta a las inquietudes presentadas por el señor Diputado. Por último, en cuanto a los efectos de la ley N° 20.501 respecto de los concursos de directores y la facultad de despedir hasta el 5% anual de profesores, precisó que publicada esta ley, en febrero de 2011, comenzó a regir inmediatamente el concurso para los Jefes de los Departamentos de Administración de Educación Municipal, Jefe DAEM. Hasta la fecha, hay un total de 9 municipios con Jefes DAEM elegidos bajo este nuevo sistema y con sus respectivos convenios de desempeño firmados y otros 24 en proceso de nombramiento. La evaluación de ese proceso, tanto por parte de los municipios como del Ministerio ha sido muy positiva, siendo uno de los aspectos más destacables la cantidad de postulantes, con un promedio de 168 postulantes por concurso. En el caso de los directores de establecimientos, la ley estableció que esos concursos requerían de un reglamento para su implementación. Dicho reglamento, fue publicado en enero de 2012. A partir de esa fecha se han realizado 58 concursos, que se encuentran en distintas etapas del proceso,

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habiendo dos concursos finalizados y a la espera de ser nombrados por sus respectivos DAEM. Acerca del la facultad de los directores de establecimiento de poner fin al contrato de hasta 5% de los profesores, recordó que el Parlamento aprobó la mencionada facultad únicamente para aquellos directores que hayan sido nombrados bajo este nuevo mecanismo, permitiendo, en el artículo 5° transitorio, que los directores de establecimientos que hayan recibido el SNED en los últimos dos años adquirían inmediatamente dichas facultades. Esto significó que 1.772 establecimientos educacionales del país pudieran aplicar la medida a partir de la publicación de la ley. Al ser una atribución de los municipios, el Ministerio no tiene información específica respecto a cuántos profesores han salido del sistema municipal bajo este mecanismo. El Diputado señor Marinovic reiteró la necesidad de que este incremento de la subvención preferencial vaya de la mano de una adecuada evaluación y control del uso de los recursos, habida consideración de que se trata de recursos focalizados en los sectores más vulnerables. Sostuvo que una cosa es la rendición de cuentas, que anualmente debe informar cada municipio al Ministerio y otra, el Plan de Mejoramiento elaborado por cada establecimiento que tiene un ciclo de 4 años, al término del cual debe haber una rendición final de todo el convenio. El problema que se presenta es que mientras no se realice esta rendición final al cuarto año no puede acreditarse el mal uso de los recursos. Consultó al señor Ministro si este problema que se genera con la rendición de la subvención preferencial y los ciclos de 4 años se subsana con la nueva institucionalidad. El Diputado señor Auth expresó su acuerdo con el incremento de las subvenciones que permitirá avanzar en el cumplimiento del compromiso presidencial de duplicarlas en el plazo de 8 años, focalizando los recursos en la educación pre escolar y en los menores más vulnerables. Sin embargo, este incremento que es parejo para el sector municipal y particular subvencionado y que no va ligado a un control en la creación de nuevos colegios particulares subvencionados, puede redundar, finalmente, - y de hecho así ha ocurrido en los últimos años- en un retroceso de la matrícula de los establecimientos municipales. Ante esta realidad preguntó al señor Ministro si existe la disposición del Ejecutivo para establecer que un determinado porcentaje de la matrícula sea provista por el Estado; de hacerse cargo del diferencial de costo entre la educación municipal y la particular subvencionada y de regular la creación de nuevas colegios particulares subvencionados financiados con recursos públicos.

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El Diputado señor Montes afirmó que el problema del 5° año no es un tema del convenio solamente sino, fundamentalmente, del Plan de Mejoramiento, que se acaba al cuarto año, quedando los establecimientos sin el instrumento ordenador del destino de los recursos y de las acciones del colegio. Preguntó, ¿cómo se garantiza que en el 5° año haya un plan de mejoramiento? Hizo presente que la ley establece una serie de obligaciones para el Ministerio de Educación, como la elaboración de una ficha por establecimiento y su seguimiento; balance anual, etcétera, consultó si esas obligaciones se están cumpliendo y en caso de ser así solicitó se informe cómo se puede acceder a esos antecedentes. Consultó la visión del Ejecutivo sobre los Planes de Mejoramiento y la opinión sobre el uso de los recursos del Fagem. Finalmente, solicitó al Ministerio la siguiente información: desagregación según dependencia y región del total de gastos objetados y rechazados a los recursos asociados a la Ley SEP, desagregación según condición de ruralidad, región y dependencia respecto de la rendición de recursos SEP que establece la ley y copia de los balances que debe hacer el Ministerio por cada uno de los establecimientos que tengan más de 15% de alumnos prioritarios correspondientes a los años 2010 y 2011. El Diputado señor Ortiz solicitó se analice la posibilidad de incrementar la subvención para la educación media cuyo costo es mayor que el de la educación básica y de implementar JEC para la educación pre-escolar. El Diputado señor Robles consultó al señor Ministro por el proyecto de desmunicipalización de la educación pública y la razón por la cual se optó por incrementar la subvención de pre-kínder y kínder en vez de aumentar los recursos de la JUNJI e Integra. El Diputado señor Jaramillo preguntó cómo llegan estos recursos al mundo rural. El señor Beyer, respondiendo al Diputado señor Marinovic, puntualizó que el Ministerio de Educación tiene la obligación legal de realizar un control de legalidad de las rendiciones anuales y no de mérito. El control de mérito se realiza cuando se revisa el cumplimiento del Plan al cuarto año, lo que constituye una falencia que será subsanada en gran medida con la nueva institucionalidad, ya que la Agencia de Calidad deberá realizar controles y visitas más permanentes a los establecimientos que no estén cumpliendo los estándares fijados.

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En cuanto a la pregunta formulada por el Diputado señor Montes sobre el 5° año, expresó que la renovación del convenio tiene que tener un Plan de Mejoramiento asociado, de manera que sin el Plan no se renueva el convenio. Respecto de los planteamientos sostenidos por el Diputado señor Auth, recordó que este Gobierno incrementó la inversión en educación pública y particular subvencionada de $ 183 mil millones el 2009 a $ 372 mil millones para este año. Por lo tanto, el esfuerzo adicional que se está haciendo para apoyar la educación pública es importante. Además, añadió, se han duplicado los recursos asignados a los municipios para distintos fines relacionados con la educación como el fondo destinado a mejorar la infraestructura, fortalecer equipamiento, etcétera. Estos incrementos de recursos para la educación pública se complementan con los cambios legales que se han aprobado, principalmente los de la ley N° 20.501. Respecto a establecer porcentajes de alumnos en uno u otro tipo de educación, sostuvo no ser partidario de una propuesta en ese sentido porque ello implica limitar el derecho constitucional de las familias de elegir el establecimiento en el cual van a educar a sus hijos, constituyendo un acto de coerción del Estado que atenta contra un derecho consagrado en la Constitución. En el tema de desmunicipalización, mencionó que fue enviado el proyecto de ley, el que está radicado en la Comisión de Educación de esta Corporación, iniciativa que no ha generado los debidos consensos, ante lo cual el Ejecutivo se ha comprometido a lograr en esa instancia los consensos necesarios que permitan establecer una nueva institucionalidad pública. Respecto de establecer regulaciones específicas a la oferta pública de educación, consideró que ello atenta contra la libertad de elección de los padres. El Panel de Expertos que presidió antes de ser Ministro propuso, entre otras medidas, fijar un mínimo de alumnos por establecimiento, medida que podría analizarse en la discusión del proyecto de ley sobre desmunicipalización. Respecto de la JEC, la evidencia empírica demuestra que no ha producido los efectos deseados, razón por la cual en el tema de la educación pre escolar se ha optado por incrementar la subvención en vez de incorporarlos al sistema de jornada escolar completa. Finalmente, respondiendo al Diputado Jaramillo, explicó que parte de estos recursos van a beneficiar en forma importante al mundo rural, en particular los incrementos de la SEP. Sin perjuicio de lo anterior el Ministerio cuenta con un programa especial para la educación rural, que busca ser una real oportunidad de avance y progreso para esta educación.

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El Diputado señor Ortiz reiteró su propuesta de establecer que esta ley rija con efecto retroactivo desde el 1° de marzo de este año, a fin de que los municipios cuenten con recursos que permitan paliar en parte el déficit que tienen en materia educacional. IV. DISCUSIÓN PARTICULAR La Comisión de Educación, Deportes y Recreación dispuso en su informe que los artículos 1°, 2° y 3° del proyecto aprobados por ella debían ser conocidos por esta Comisión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 220 del Reglamento. En relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar lo siguiente: A proposición del señor Presidente de la Comisión, se acordó votar en una sola votación los artículos del proyecto que no fueron objeto de indicaciones. Puestos en votación los artículos 1°, 2° y 3° fueron aprobados por 7 votos a favor y 6 votos en contra. Votaron a favor los Diputados señores Godoy, don Joaquín; Macaya, don Javier; Marinovic, don Miodrag; Recondo, don Carlos; Santana, don Alejandro; Silva, don Ernesto, y Von Mühlenbrock, don Gastón. Votaron en contra los Diputados señores Auth, don Pepe; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos, Ortiz, don José Miguel, y Robles, don Alberto. Los parlamentarios que votaron en contra dichos artículos del proyecto fundamentaron su voto expresando que no pueden consagrar un incremento de la subvención SAP si éste no va asociado a señales inequívocas que dicho aumento no va ir en desmedro de la educación pública. Añadieron que esperan que el Gobierno se abra a debatir este tema en el H. Senado, de modo que el incremento de la subvención redunde en el fortalecimiento de un sistema público de educación, que es indispensable hoy para el país. -- Los Diputados señores Auth, Jaramillo, Lorenzini, Marinovic, Montes y Ortiz presentaron la siguiente indicación: 1) Intercálese, entre los artículos 2° y 3° permanente, que cambia su numeración al ordinal correspondiente, el siguiente artículo:

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“Artículo 3°.- Los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado, conforme al decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, y de los establecimientos de educación técnico profesional traspasados en administración de acuerdo al decreto ley N° 3.166, de 1980, deberán informar al Ministerio de Educación, antes del último día de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajuste de remuneraciones que reciban cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento. El Ministerio de Educación deberá enviar esta información a las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, antes del 31 de marzo de cada año.”. -- Los Diputados señores Auth, Jaramillo, Lorenzini, Montes y Ortiz presentaron la siguiente indicación: 2) Intercálese, entre los artículos 2° y 3° permanente, que cambia su numeración al ordinal correspondiente, el siguiente artículo: “Artículo 4°.- Los establecimientos educacionales con financiamiento compartido, para acceder al incremento de subvención que establece esta ley, no podrá aumentar durante tres años el arancel mensual real fijado para el año 2012, según lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación.". -- Los Diputados señores Auth, Jaramillo, Lorenzini, Marinovic, Montes y Ortiz presentan las siguientes indicaciones: 3) Intercálese, entre los artículos 2° y 3° permanente, que cambia su numeración al ordinal correspondiente, el siguiente artículo: “Artículo 5°.- Incorpórese la siguiente parte final al inciso cuarto del artículo 60 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades: "Se considerará siempre como notable abandono de deberes la distracción de las subvenciones otorgadas por el Estado, tales como la contemplada en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, a fines distintos a aquéllos para los cuáles se han establecido.”.

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4) Intercálese el siguiente artículo: “Artículo 6°.- El Ministerio de Educación conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo. El Ministerio de Educación deberá someter el estudio a que se refiere el inciso anterior a la consideración del Consejo Nacional de Educación quien emitirá, dentro del plazo de 45 días contados desde el requerimiento, un informe que contenga recomendaciones respecto de la pertinencia y oportunidad de posibles incrementos en el valor de las distintas subvenciones escolares de la educación regular. Los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Parlamento deberán fundarse en los resultados del estudio y en las recomendaciones del informe a que se refieren los incisos anteriores. En caso de que los aumentos de subvenciones no recojan los resultados y, o recomendaciones se deberá justificar fundadamente dicha decisión. A fin de garantizar que los estudios a que se refiere el inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para efectos de los mismos deberán otorgar toda la información necesaria que sea requerida. En caso de incumplir la obligación señalada en el inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a las sanciones previstas en la ley N° 20.509 para el caso de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación. La Superintendencia de Educación brindará el apoyo necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información recabada con ocasión de los levantamientos efectuados. Los estudios y el informe realizados de conformidad a este artículo deberán estar disponibles en la web del Ministerio de Educación y remitirse a la Comisión de Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al inicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión.”. 5) Intercálese el siguiente artículo:

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“Artículo 7°.- Para sustituir en el inciso primero del artículo 24 del decreto con fuerza N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión "4 U.S.E." por “$ 80.000”.”. 6) Incorpórese el siguiente artículo segundo transitorio: “Artículo segundo transitorio.- El primer estudio que se realice de conformidad a lo prescrito en el artículo 5°, se realizará al inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de la presente ley.”. El Diputado señor Montes explicó las indicaciones precedentes en los términos siguientes: que la indicación N° 1) tiene por objeto que los sostenedores de los establecimientos particulares subvencionados informen al Ministerio de Educación, antes del último día de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajuste de remuneraciones que reciben cada año sus trabajadores, a fin de transparentar esta información, ya que muchas veces estos dineros no se pagan a los trabajadores de los establecimientos subvencionados. La indicación N° 2) tiene por propósito que los establecimientos particulares subvencionados con financiamiento compartido no aumenten durante 3 años el arancel mensual fijado para el año 2012 para poder acceder al incremento de esta subvención. La indicación N° 3) tiene por objeto dejar establecido que cualquier distracción de los recursos destinados a las subvenciones a fines distintos de aquéllos para los cuales se han establecido será considerado como notable abandono de deberes. La indicación N° 4) establece un procedimiento para asegurar que haya una actualización y continuidad en la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva, que será realizada cada dos años por expertos independientes. La indicación N° 6) establece que el primer estudio que se realice deberá realizarse al inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de esta ley. Finalmente, señala que la indicación N° 5) busca que el financiamiento compartido no quede asociado a la U.S.E. y poder tener con ello una reajustabilidad.

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El Diputado señor Silva (Presidente) declaró inadmisibles las indicaciones N° 4) y 5) por tratarse de materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, de conformidad a lo prescrito en el artículo 65 de la Constitución Política de la República en su inciso tercero. Agregó que la indicación N° 6) cae por la declaración de inadmisibilidad de la indicación N° 4). El Diputado señor Robles solicitó votar la inadmisibilidad de las indicaciones N° 4) y 5), de conformidad a lo preceptuado en el artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional. Sometida a votación la inadmisibilidad de las indicaciones parlamentarias se revierte la declaración por 6 votos a favor y 7 votos en contra. Votaron por la afirmativa los Diputados señores Godoy, don Joaquín; Macaya, don Javier; Recondo, don Carlos; Santana, don Alejandro; Silva, don Ernesto, y Von Mühlenbrock, don Gastón. Por la negativa lo hicieron los Diputados señores Auth, don Pepe; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Marinovic, don Miodrag; Montes, don Carlos, Ortiz, don José Miguel, y Robles, don Alberto. El Ministro señor Beyer, en relación a la indicación N° 1), no concordó con su contenido, toda vez que la Superintendencia de Educación tiene dentro de sus facultades atribuciones que permitirán conocer en detalle el actuar de todos los establecimientos educacionales, de manera que establecer un procedimiento burocrático como el descrito en la indicación no va a contribuir al objetivo de tener mayor transparencia e información financiera de los establecimientos. Respecto de la indicación N° 2) sostuvo que no tiene sentido en un país que permite el financiamiento compartido, dado los descuentos que hoy establece la ley, congelar el arancel en términos reales de los establecimientos particulares subvencionado. Hoy día, añadió, existe un máximo para el FC y, además, hay descuentos asociados a ese financiamiento. La solución en este tema para el Ejecutivo es articular adecuadamente la subvención escolar preferencial con el FC, en lo cual se está trabajando, señaló. En relación a la indicación N° 3), expresó que la Ley SEP permite que los recursos de esta subvención se destinen a fines precisos, lo que será debidamente fiscalizado por la Superintendencia de Educación, de manera que esta indicación no es necesaria. Respecto de la indicación N° 4), que el Ejecutivo considera inadmisible, cree que no tiene mucho sentido vincular tan directamente a un estudio específico que supone una calidad específica, el monto de la subvención. La discusión en torno a los aumentos de subvención debe complementarse con

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información, y el propio Ministerio ha concluido recientemente un estudio acerca de una subvención costo-efectiva, pero no debe ligarse a un solo estudio, ni limitar el proceso deliberativo que se realiza en el Parlamento. Finalmente, la indicación N° 5) que busca fijar nominalmente el valor del techo del financiamiento compartido, no sería apropiado atendido que se está buscando aumentar la calidad de la educación mediante el aporte del Estado de mayores recursos, a lo cual debe contribuir la familia. Sometida a votación la indicación N° 1), se aprobó por la unanimidad de los Diputados presentes señores Auth, don Pepe; Godoy, don Joaquín; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Macaya, don Javier; Marinovic, don Miodrag; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Recondo, don Carlos; Robles, don Alberto; Santana, don Alejandro; Silva, don Ernesto, y Von Mühlenbrock, don Gastón. Puesta en votación la indicación N° 2) fue rechazada por 6 votos a favor y 7 votos en contra. Votaron a favor los Diputados señores Auth, don Pepe; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos, Ortiz, don José Miguel, y Robles, don Alberto. Votaron en contra los Diputados señores Godoy, don Joaquín; Macaya, don Javier; Marinovic, don Miodrag; Recondo, don Carlos; Santana, don Alejandro; Silva, don Ernesto, y Von Mühlenbrock, don Gastón. Sometida a votación la indicación N° 3), se aprobó por 10 votos a favor y 3 abstenciones. Votaron a favor los Diputados señores Auth, don Pepe; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Macaya, don Javier; Marinovic, don Miodrag; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Recondo, don Carlos; Robles, don Alberto, y Von Mühlenbrock, don Gastón. Se abstuvieron los Diputados señores Godoy, don Joaquín; Santana, don Alejandro, y Silva, don Ernesto. Puestas en votación las indicaciones N° 4) y 6), se aprobaron por 7 votos a favor y 6 votos en contra. Votaron por la afirmativa los Diputados señores Auth, don Pepe; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Marinovic, don Miodrag; Montes, don Carlos, Ortiz, don José Miguel, y Robles, don Alberto. Votaron por la negativa los Diputados señores Godoy, don Joaquín; Macaya, don Javier; Recondo, don Carlos; Santana, don Alejandro; Silva, don Ernesto, y Von Mühlenbrock, don Gastón. Sometida a votación la indicación N° 5) se aprobó por 7 votos a favor y 6 votos en contra. Votaron a favor los Diputados señores Auth, don Pepe; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Marinovic, don Miodrag; Montes, don Carlos, Ortiz, don José Miguel, y Robles, don Alberto. Votaron en contra los Diputados señores Godoy, don Joaquín; Macaya, don Javier; Recondo, don

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Carlos; Santana, don Alejandro; Silva, don Ernesto, y Von Mühlenbrock, don Gastón. V. TEXTO APROBADO O RECHAZADO POR LA COMISIÓN En virtud de lo antes expuesto y de los antecedentes que dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del siguiente: PROYECTO DE LEY “Artículo 1°.- Modifícase la ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial de la siguiente forma: 1) Reemplázase el cuadro de Valor Subvención en USE, contenido en el artículo 14, por el siguiente:

Desde 1° nivel de transición hasta 4° año de la educación básica

5° y 6° año básico

7° y 8° año básico

Desde 1° hasta 4° año de enseñanza media

A: Establecimientos educacionales autónomos

1,694 1,694 1,129 1,129

B: Establecimientos educacionales emergentes

0,847 0,847 0,5645 0,5645

2) Reemplázase el cuadro del artículo 16, por el siguiente:

Tramos según el porcentaje de alumnos prioritarios del Establecimiento Educacional

Desde el 1° nivel de transición hasta 4° año básico (U.S.E)

5° y 6° año básico (U.S.E.)

7° y 8° año básico (U.S.E.)

Desde 1° año hasta 4° año de enseñanza media (U.S.E.)

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60% o más 0,302 0,302 0,202 0,202 Entre 45% y menos de 60% 0,269 0,269 0,179 0,179 Entre 30% y menos de 45% 0,202 0,202 0,134 0,134 Entre 15% y menos de 30% 0,118 0,118 0,078 0,078

3) Reemplázase el inciso tercero del artículo 20, por el siguiente: “Este aporte adicional será de 0,847 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el primer y segundo año de transición de la educación parvularia y hasta el 6º año de la educación general básica; de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen 7º y 8º año de la educación general básica; y de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el 1° hasta 4° año de enseñanza media.”. 4) Sustitúyese el artículo duodécimo transitorio, por el siguiente: “Artículo duodécimo.- Los niveles de 1° año de enseñanza media a 4° año de enseñanza media se incorporarán gradualmente a la percepción de la subvención escolar preferencial, de la subvención por concentración de alumnos prioritarios y de los aportes adicionales establecidos en esta ley, a razón de un nivel por año, comenzando el año escolar 2013 con el 1° año de enseñanza media.”.

Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales: 1) Modifícase el artículo 9°, en el siguiente sentido: a) Sustitúyese el inciso primero, por el siguiente: "Artículo 9°.- El valor unitario mensual de la subvención por alumno para cada nivel y modalidad de la enseñanza, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), corresponderá al siguiente:

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Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 9° (incluye incrementos fijados por leyes Nos. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. por aplicación del factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación Parvularia (1° Nivel de Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación Parvularia (2° Nivel Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación General Básica (1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6°)

1,81401 0,17997 1,99398

Educación General Básica (7° y 8°)

1,96884 0,19546 2,16430

Educación Especial Diferencial

5,79658 0,59727 6,39385

Necesidades Edu-cativas Especiales de carácter Transitorio

4,96143 0,59727 5,5587

Educación Media Humanístico-Científica

2,19850 0,21818 2,41668

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

3,25842 0,32402 3,58244

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

2,54190 0,25252 2,79442

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

2,27993 0,22634 2,50627

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Educación Básica de Adultos (Primer Nivel)

1,29547 0,13317 1,42864

Educación Básica de Adultos (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,71879 0,13317 1,85196

Educación Básica de Adultos con oficios (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,93046 0,13317 2,06363

Educación Media Humanístico-Científica de adultos (Primer Nivel y Segundo Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Primer Nivel)

2,36078 0,18363 2,54441

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,89313 0,18363 3,07676

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Primer Nivel)

2,1371 0,18363 2,32073

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,22211 0,18363 2,40574

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Comercial y Técnica (Primer Nivel, Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823”.

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b) Sustitúyese el inciso noveno, por el siguiente: "En el caso de los establecimientos educacionales que operen bajo el régimen de jornada escolar completa diurna, el valor unitario mensual por alumno, para los niveles y modalidades de enseñanza que se indican, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), será el siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en factor artículo 9° en U.S.E. (incluye incrementos fijados por leyes N°s. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación General Básica 3° a 8° años

2,52450 0,24655 2,77105

Educación Media Humanístico-Científica

3,01381 0,29481 3,30862

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

4,06671 0,40013 4,46684

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

3,18177 0,31177 3,49354

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica.

3,01381 0,29481 3,30862”.

Artículo 3°.- Los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado, conforme al decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, y de los establecimientos de educación técnico profesional traspasados en administración de acuerdo al decreto ley N° 3.166, de 1980, deberán informar al Ministerio de Educación, antes del último día de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajuste de remuneraciones que reciban cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento.

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El Ministerio de Educación deberá enviar esta información a las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, antes del 31 de marzo de cada año. Artículo 4°.- Incorpórase al inciso cuarto del artículo 60 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, a continuación del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente oración: "Se considerará siempre como notable abandono de deberes la distracción de las subvenciones otorgadas por el Estado, tales como la contemplada en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, a fines distintos a aquéllos para los cuáles se han establecido.”. Artículo 5°.- El Ministerio de Educación conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo. El Ministerio de Educación deberá someter el estudio a que se refiere el inciso anterior a la consideración del Consejo Nacional de Educación quien emitirá, dentro del plazo de 45 días contados desde el requerimiento, un informe que contenga recomendaciones respecto de la pertinencia y oportunidad de posibles incrementos en el valor de las distintas subvenciones escolares de la educación regular. Los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Parlamento deberán fundarse en los resultados del estudio y en las recomendaciones del informe a que se refieren los incisos anteriores. En caso de que los aumentos de subvenciones no recojan los resultados y, o recomendaciones se deberá justificar fundadamente dicha decisión. A fin de garantizar que los estudios a que se refiere el inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para efectos de los mismos deberán otorgar toda la información necesaria que sea requerida. En caso de incumplir la obligación señalada en el inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a las sanciones previstas en la ley N°

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20.509 para el caso de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación. La Superintendencia de Educación brindará el apoyo necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información recabada con ocasión de los levantamientos efectuados. Los estudios y el informe realizados de conformidad a este artículo deberán estar disponibles en la web del Ministerio de Educación y remitirse a la Comisión de Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al inicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión. Artículo 6°.- Para sustituir en el inciso primero del artículo 24 del decreto con fuerza N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión "4 U.S.E." por “$ 80.000”. Artículo 7°.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2012 se financiará con cargo a la partida 09 Ministerio de Educación, del Presupuesto del Sector Público. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo primero transitorio.- La presente ley entrará en vigencia a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial. Artículo segundo transitorio.- El primer estudio que se realice de conformidad a lo prescrito en el artículo 5°, se realizará al inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de la presente ley.”. Tratado y acordado en sesiones de fechas 4, 10, 11, 16, y 17 de abril de 2012, con la asistencia de los Diputados señores Silva, don Ernesto (Presidente); Auth, don Pepe; Godoy, don Joaquín; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Macaya, don Javier; Marinovic, don Miodrag; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Recondo, don Carlos; Robles, don Alberto y Santana, don Alejandro (Edwards, don José Manuel), y Von Mühlenbrock, don Gastón, según consta en las actas respectivas. SALA DE LA COMISIÓN, a 24 de abril de 2012. JAVIER ROSSELOT JARAMILLO Abogado Secretario de la Comisión

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ANEXOS I. Presentaciones de los Invitados a exponer su opinión sobre el proyecto y el debate respectivo El señor Raciel Medina, Coordinador del Área de Educación de la Asociación Chilena de Municipalidades (ACHM) expresó que la situación financiera de los municipios a causa de su rol como sostenedor educacional, ha venido en detrimento con el correr de los años. Las causas de este deterioro financiero son de público conocimiento y no ahondará en ellas en aras de referirse al proyecto de ley en discusión. En primer lugar, puntualizó que la ACHM reconoce y valora los aportes económicos realizados durante los últimos años en la educación municipal como el Fondo de Apoyo a la Gestión Municipal de Educación, la Ley de Subvención Escolar Preferencial (SEP) y los recursos aportados a través de la Ley de Calidad y Equidad, por mencionar algunos. Sin embargo, la mayor parte de estos recursos poseen un fin específico y no pueden ser destinados a financiar el costo permanente del servicio educativo. Como se ha venido informado por los medios de comunicación social, en el último año se ha producido una disminución importante en el número de matrículas de los establecimientos municipales, caída que ha sido cercana al 8% de la matrícula real, lo que de acuerdo a los cálculos de esta asociación implica una disminución anual de $ 37 mil millones. Ante este escenario, la ACHM concuerda y valora que este proyecto establezca nuevos aumentos en la Subvención Escolar Preferencial, SEP, pero estimó insuficiente el aumento del 3,5% de la subvención regular, habida consideración a que el Presidente de la República se comprometió en su campaña a duplicar esta subvención en un plazo de 8 años. Agregó que si bien el Ministerio de Educación habla de un incremento real de 5% para esta subvención en el año 2012, ya que agrega el 1,5% establecido en la ley N° 20.501, debe tenerse presente que el incremento fijado en dicha ley tiene por objeto financiar las mayores remuneraciones de los directores. Estimó que la ley implicará para las municipalidades recursos adicionales en torno a $ 19 mil millones, cifra que para este año se reduciría a $ 13 mil millones, lo que representa sólo un tercio de los $ 37 mil millones que los municipios dejan de percibir por baja de sus matrículas. Afirmó que las transferencias municipales a educación, es decir, los aportes que los municipios deben hacer de sus propios presupuestos para complementar el costo del servicio educativo, fueron en ascenso hasta el 2008,

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año en que se incrementó la subvención educacional en 15% y la subvención rural en 10% adicional, pero a partir del 2009 estas transferencias continuaron aumentando producto de los problemas financieros que enfrenta la educación pública. Finalmente, sostuvo que el aporte municipal anual extraordinario por alumno fue de $ 22.137 el 2001, el 2004 subió a $ 54.718 y el año 2009 llegó a los $ 78.791, lo que implica un incremento del aporte por alumno de más de 300% en 9 años. El señor Juan Pablo Valenzuela, Economista del Centro de Investigación Avanzada en Educación (CIADE), de la Universidad de Chile, planteó que el proyecto tiene tres componentes: 1. Incremento de la subvención para el I y II Nivel de transición de la educación parvularia en 18,5% del monto actual. 2. Modificación de la Ley SEP: igualando el aporte para 5º y 6º básico al de pre-kinder a 4° básico; se duplica el aporte vigente que se realiza de 7º a 4º medio, y se efectúa un cambio similar en la subvención por concentración de alumnos prioritarios. 3. Aumento generalizado de 3,5% real adicional en la subvención escolar. Hizo presente el señor Valenzuela que es difícil oponerse al incremento de nuevos recursos públicos destinados al financiamiento público de la educación subvencionada, puesto que aparentemente existe una convicción generalizada que más recursos, aún más si son focalizados en el 40% más pobre de la población, permiten mejorar la calidad y equidad en la educación que reciben los estudiantes. Sin embargo, la evidencia internacional da cuenta que más recursos financieros no son suficientes para mejorar la calidad y equidad. Por lo tanto, el análisis de la propuesta debiese ser analizada en forma separada por sus componentes, desde tres perspectivas: i) ¿resuelve inequidades en el diseño financiero actual?; ii) ¿se vincula directamente con el mejoramiento de la calidad?, y iii) ¿es una política coherente con otros objetivos destinados a mejorar la calidad y equidad del sistema escolar chileno? Respecto del incremento de la subvención de pre-kínder y kínder, este componente parece completamente adecuado, puesto que los requerimientos

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técnicos para la provisión de este nivel educacional no se financian con el actual monto de la subvención. Sin embargo, no es efectivo que la simple asistencia a I y II Nivel de transición mejore las oportunidades educativas futuras de estos niños, ya que se requiere que sean servicios educativos de calidad y la situación que enfrentan los municipios en esta área es bastante precaria, porque la mayoría de los colegios municipales no tiene pre-kínder o si los tiene no perciben la subvención por este componente porque no cumplen los estándares en infraestructura ni los requerimientos del decreto con fuerza de ley N° 2. Esto se agrava, porque los municipios no están en condiciones financieras de endeudarse para solventar obras de infraestructura. Pero esta situación tiene una solución a través de los Convenios de Programación, que hoy se está aplicando por el Ministerio de Salud en la atención primaria. Precisó que de no resolverse esta situación la familia de clase media, media baja, que quiere que sus hijos vayan en lo posible a una misma escuela toda la vida, ya que la elección de la escuela no es una decisión que se toma todos los años, matriculará a sus hijos en un establecimiento del sector subvencionado particular, lo que implicará una pérdida creciente de matrícula municipal por incompatibilidad de oferta inicial. Por último, es indispensable coordinar la ampliación de cobertura de I y II Nivel de transición con la regulación de la creación de escuelas de lenguaje, ya que en la actualidad un alto porcentaje de niños de 3 a 5 años asisten regularmente a estas escuelas, que en la práctica actúan como competencia de la educación pre escolar. En cuanto al incremento de la subvención regular de 3,5%, la justificación parece bastante acertada en el sentido que se ha producido una reducción de la población en edad escolar, por efectos demográficos, lo que implicaría un ahorro de recursos para el Estado, de manera que para mantener el nivel de gastos se debiera incrementar el gasto por estudiante. Sin embargo, lo que ocurre en la práctica es que los gastos en educación son básicamente fijos, el 98% tienen este carácter, razón por la cual los cambios demográficos justifican ajustar el valor de la subvención por estudiante, sin que impliquen un mayor gasto fiscal. Agregó que al efecto demográfico que reduce el tamaño de los colegios y de los cursos, se adiciona un sistema desregulado de entrada de establecimientos nuevos, lo que genera externalidades negativas para todos los actores del sistema educacional. Esta situación, añadió, se ha enfrentado en países con un sistema educacional relativamente parecido al chileno como Holanda y Bélgica, regulando la entrada de nuevos establecimientos y exigiendo un tamaño mínimo para recibir financiamiento público. Entre los años 2000 y 2007 el tamaño de los colegios básicos en el área urbana se redujo 23% en el caso de los municipales y 16% en los particulares

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subvencionados y el tamaño de los cursos en ambos casos se redujo en casi 8%. Entre los años 2005 a 2010 la población en edad escolar de 5 a 9 años se reduce 6,8% y de 10 a 14 años 10,3%; mientras que entre los años 2010 a 2015 la población entre 10 a 14 años se reducirá 6,7% y de 15 a 19 años 10,7%. Por lo tanto, concluyó, se requiere reajustar el valor de la subvención en forma diferenciada: por cambios en cobertura educacional, por niveles escolares, cambios que no implican mayores aportes estatales globales, pero permiten asumir gastos fijos para los servicios educativos. Respecto del incremento de la Subvención Escolar Preferencial (SEP), explicó que esta subvención pone el foco de mayores recursos permanentes en los estudiantes más vulnerables, 40% prioritarios, con el objetivo de lograr una mayor equidad en la calidad educacional. No existe una clara justificación de por qué es diferenciada por grado en educación básica, cuando el énfasis debe ponerse en este nivel, ya que en la educación media es prácticamente imposible nivelar la situación. Sin embargo, aún no existe una evaluación de los efectos de esta política, a pesar de lo cual en 2011 se incrementaron en 21% los recursos SEP y se ampliaron a la educación media. Se trata de un programa relativamente nuevo, ya que recién en junio de 2009 se firmaron la mayoría de los convenios del programa de mejoramiento educativo. Esta subvención, añadió, es voluntaria y no es un derecho de los niños vulnerables a escoger su escuela, razón por la cual la mitad de los colegios subvencionados no firmaron el convenio porque no les convino. Los siguientes gráficos dan cuenta de esta situación:

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En definitiva, sostuvo, existe en el país una educación privada que financia el Estado y no un Estado que pide colaboración a los privados para ampliar la cobertura de la educación pública. En el derecho comparado, Holanda tiene un sistema bastante similar al nuestro y con algunas modalidades está presente en Ontario, Canadá; Inglaterra, y Nueva Zelanda, donde el porcentaje que representa es pequeño. En general, es una modalidad complementaria, ya que el financiamiento para la carrera profesional de los docentes está asegurado con otros recursos externos, carrera que es altamente regulada en Holanda para todas las

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municipales y los subvencionados que reciben aportes del Estado. Además, en Holanda no existe el financiamiento compartido. En los años 80 cuando se implementó su aplicación se produjo una masiva entrada de escuelas al sistema, lo que se tradujo en colegios pequeños con cursos de pocos alumnos, lo que no tiene ninguna vinculación con el incremento de la calidad. Esta situación conllevó reformas importantes en los 90 como regular la entrada a nuevos establecimientos y aportes a incumbentes. No es claro el efecto en la calidad, aunque en Holanda se redujo la brecha en algunas minorías. Finalmente, estimó que el aprendizaje de esta experiencia nos habla de la necesidad de permitir condiciones salariales mejores para los directivos y docentes en escuelas con concentración de niños vulnerables. Frente a la pregunta de si son suficientes mayores recursos para mejorar la calidad y equidad en la educación, la experiencia internacional indica que no es suficiente y muchas veces no se visualizan cambios. Por su parte, la experiencia nacional también da cuenta de ello; por ejemplo, el estudio del Instituto Libertad y Desarrollo del 2011 sobre los efectos de la Jornada Escolar Completa (JEC) que dice que los efectos son cero o el estudio de Mizala y Torche, de 2012 sobre el financiamiento compartido que da cuenta que su efecto también es cero, generando mayor segregación de los estudiantes por capacidad de pago y nivel socioeconómico. En el país, a pesar del cuantioso incremento en la década del 2000 sólo se observan cambios acotados en lenguaje de 4º básico, siendo crítica la situación en matemática. Lo clave es en qué se invierten los recursos y el diseño institucional (OECD, 2010; Epple y Romano, 1998, 2008; MacLeod y Urquiola, 2010). La evidencia da cuenta que la mejora en la calidad y equidad de la educación en Chile se produce al lograr un mejor efecto par, lo que implica eliminar el financiamiento compartido ya que con ella el Estado amplía la educación privada, en vez de fortalecer la colaboración de privados en la provisión de educación pública. Esta modalidad niega el derecho de los padres a escoger el colegio de sus hijos, ya que ello depende de su capacidad de pago, lo que genera segregación y polarización escolar extrema. Pero la SEP no está tratando de eliminar el financiamiento compartido que entrega anualmente US $ 500 millones, ya que la compatibiliza, pues es voluntario. Manifestó que por el contrario, el sistema escolar chileno está altamente segregado y polarizado, lo que impide integración, convivencia y oportunidades para “emparejar la cancha”. Según los datos entregados por PISA 2009, el sistema escolar chileno es el segundo más segregado entre 65 países. En

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Chile, recalcó, los niños del 30% más pobre no conviven en sus colegios con niños del 30% más rico ni en 4°, 8° básico o 2° medio. En segundo lugar, se requiere contar con docentes de calidad, incluyendo directivos para todos los colegios, lo que implica ofrecer condiciones atractivas en forma regular y no esporádica. En Chile, añadió, los docentes tienen pésimas condiciones de trabajo, por lo cual se tiene baja calidad de estudiantes que ingresan, problemas en formación inicial, la que de acuerdo a pruebas internacionales es bastante precaria y una muy elevada tasa de retiro de profesores: 8% del total se retira cada año; de los nuevos profesores 44% se retira antes del 5º año, cifras que son similares entre los establecimientos municipales y particulares subvencionados y de los nuevos contratados 70% a 75% es contratado por el sector privado. Este es un tema estructural que debe resolverse. En cuanto al potencial efecto positivo de la competencia, debe eliminarse la selectividad de los colegios, privilegiando las opciones de las familias; tener una educación pública activa, donde el Estado asuma un rol fundamental, por ejemplo, en el financiamiento de la infraestructura y establecer mecanismos regulatorios para definir quiénes y dónde entran nuevos establecimientos. No debe olvidarse que la solución no está en entregar más recursos financieros generales ni focalizarlos en los sostenedores, aunque éstos hacen un aporte. Lo que debe realizarse, sostuvo el señor Vergara, son reformas estructurales al sistema de financiamiento en Chile, donde se requieren cuantiosos recursos adicionales pero, para objetivos estratégicos: eliminar el financiamiento compartido, asegurando el derecho de las familias a elegir, así como, asegurar profesores de excelencia para todos los estudiantes, con aún mejores condiciones para trabajar en los territorios y escuelas más vulnerables. Sobre las propuestas a la SEP estimó que debe esperarse y evaluar y compatibilizar con no selección de estudiantes. Los recursos de esta ley permitirían avanzar en eliminar o acotar los efectos del financiamiento compartido, al menos en educación básica y destinar otro 1% del PIB para contratar docentes de calidad con carrera docente para todo el sector subvencionado. Finalmente, afirmó que se debe compatibilizar la reforma con otros objetivos estratégicos para mejorar calidad y equidad: i) Que los mayores recursos se destinen a invertir en mejorar la calidad y no en colegios y cursos más pequeños, lo que implica una regulación de entrada y mantención de aportes “a la holandesa”.

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ii) Desarrollar mecanismos para asegurar financiamiento en inversión en infraestructura del sector público en educación preescolar, ampliación de escuelas en zonas de expansión urbana, donde un buen ejemplo es vía Convenios de Programación. El señor Rodrigo Bosch, Presidente Nacional de Colegios Particulares de Chile A.G., explicó que su presentación entregará algunos datos esenciales para comprender al sector subvencionado, para luego referirse al contenido del proyecto. Planteó que el sector subvencionado representa hoy la matrícula mayoritaria a nivel escolar y según datos de la encuesta Casen 2000 y 2009, la matrícula de este sector ha crecido en todos los quintiles de ingreso en la última década, siendo particularmente significativo el aumento de la matrícula en los quintiles I y V. El 2000 la educación subvencionado tenía el 26% de los alumnos del I quintil, cifra que hoy llega al 40% y en el V quintil incrementó la matrícula de un 27% al 45%.Tal hecho ha derivado en que los colegios particulares subvencionados se han transformado en focos de integración social. Tal aumento de matrícula en el sector particular subvencionado ha sido coincidente con el mejoramiento de los resultados de aprendizaje en el país. Pese que aún se está bajo los niveles de países de la OCDE, los resultados de aprendizaje muestran una tendencia positiva, tendencia que se registra particularmente en los cuatro primeros quintiles de ingresos.

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La tendencia del puntaje de lectura de acuerdo al grupo socioeconómico de pertenencia muestra que en Chile los estudiantes de todos los grupos incrementaron sus puntajes entre 2000 y 2009 y que se ha disminuido levemente la brecha entre los grupos de ingresos altos y los de ingresos más bajos, de acuerdo a los datos PISA. Esta tendencia se reflejó en los recientes resultados del SIMCE. Por otro lado, sostuvo que los docentes ingresan a las escuelas subvencionadas con mejores remuneraciones que las escuelas subvencionadas municipales y mantienen niveles de salarios más altos hasta los 50 años. Sólo a partir de los 51 años, los profesores obtienen mejores remuneraciones en el sector municipal producto de las asignaciones por antigüedad. La mayoría de los docentes en Chile tiene estabilidad laboral, y más del 90% de los profesores tienen contrato indefinido en el sector subvencionado. Tales resultados agregó, se han obtenido con subvenciones por alumno significativamente menores que en el sector de dependencia municipal. Según datos del Mineduc del 2010, considerando los aportes totales, financiamiento compartido, FNDR y otros, la diferencia de ingresos anuales promedios por alumno, fue de $ 143.740 a favor de la educación

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municipal. Tal diferencia se mantiene aun si se restan los aportes extras, alcanzando una diferencia de $ 116.972 en favor de las escuelas municipales. No debe olvidarse, señaló, que la forma en que enfrentan los costos es distinta, porque el sector subvencionado con esos recursos debe hacerse cargo de la infraestructura, costo que no está incluido en ese valor para el sector municipal. En cuanto a las preferencias de las familias chilenas, afirmó que encuestas a nivel nacional han demostrado que las escuelas subvencionadas son la primera opción para las familias chilenas. Tal preferencia se explica porque las escuelas particulares subvencionadas son mejor evaluadas que las municipales, inclusive en diversidad social y manejo de los recursos públicos. Así lo evidenció la Encuesta sobre Educación Escolar, realizada por el Centro Comunidad y Democracia en marzo pasado. Ante la pregunta, ¿cuál de ellos considera que cuenta con más o mejor...", algunos resultados fueron los siguientes:

ítem Particulares subvenc.

Municipales

Calidad de los profesores 85.9 10

Enseñanza del inglés 85.9 10

Posibilidades acceso educ. superior

85.6 11.6

Clima y convivencia escolar

80.4 15.8

Importancia de los valores

79.7 16.6

Asistencia de profesores 79.7 17.2

Diversidad social en el ambiente

61.3 34

Uso de los recursos públicos

58.4 36.5

En relación al contenido del proyecto de ley, manifestó que la Asociación que representa considera que la iniciativa apunta en la dirección correcta al contemplar un aumento al nivel pre-escolar, a la subvención preferencial y a la subvención regular, ya que todas ellas generan inclusión.

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Respecto del nivel pre-escolar es determinante para reducir las brechas de aprendizaje y generar equidad. La subvención preferencial, por su parte, es una herramienta efectiva para disminuir la segregación y su asignación está condicionada a la instalación de capacidades en la escuela. Por último, la subvención regular que es la base del financiamiento, debe avanzar en por lo menos financiar las nuevas exigencias legales. El aumento de la subvención regular se justifica porque varios estudios de costos han demostrado que la actual es insuficiente tanto para la enseñanza básica como media. Este déficit alcanza al 50% en educación básica y al 75% en enseñanza media, en establecimientos considerados exitosos. Cualquier aumento de subvención en la actualidad, precisó, contará con la garantía de una fiscalización acorde a la calidad buscada, dada la existencia del Sistema de Aseguramiento de la Calidad y el resto de las rendiciones de recursos vigentes. Planteó los siguientes puntos a tener en cuenta en esta discusión: - En los niveles de pre-kínder y kínder, la subvención actual no alcanza a pagar los gastos del personal, por tanto, hasta la fecha se sostienen, para garantizar una calidad mínima, por medio de subsidios cruzados de educación básica. Considerando un curso promedio de 44 alumnos, con una asistencia promedio de 90%, los gastos del personal no alcanzan a ser cubiertos con la subvención, tal como se muestra en el siguiente cuadro:

Prekinder Kinder

Total Ingresos 1.584.929 1.584.929

Total Gasto en Personal (costo colegio)

1.963.380 1.495.666

Ingresos - Gastos de Personal (Mensual)

-378.450 89.264

otros gastos -898.563 -898.563

Resultado Final mensual -1.277.013 -809.299

Resultado Final Anual -15.324.159 -9.711.591

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Sin SEP/ con SEP aun en déficit

Sin Infraestructura

- La aplicación de la subvención escolar preferencial ha sido un impulso importante para la calidad e integración. Los porcentajes de ejecución del gasto de esta subvención se han ido incrementando durante los años: 26% de gasto el año 2008; 50% de gasto el 2009; 56% el 2010. Asimismo, se introdujeron modificaciones a esta ley para flexibilizar el uso de estos recursos, lo que fue bien recibido por los establecimientos, pero con una fuerte fiscalización, ya que se fiscaliza los requisitos para recibir la subvención, el uso y destinos de estos recursos, se revisan facturas y boletas, se realiza revisión física de los activos, etcétera. Para colaborar en el buen uso de estos recursos la CONACEP ha difundido al interior de sus asociados buenas prácticas para facilitar la extensión de esta subvención como capacitación, construcción de buenos planes, contabilidad en cuentas corrientes separadas, check list de fiscalización, transferencias de experiencias exitosas, etcétera. - El incremento del 3,5% de la subvención general viene a paliar en parte nuevas exigencias legales previas sin financiamiento como la Ley Bullying de 2011, que establece la obligación de contratar un coordinador de convivencia escolar, el Reglamento de Infraestructura de 2011, los gastos administrativos asociados al Sistema de Aseguramiento de la calidad, entre otras iniciativas. - Dada la situación de déficit que hoy arrastran varias instituciones, el aumento de subvención es urgente y debiera contemplar su aumento retroactivo a marzo de 2012 y no al mes subsiguiente de publicada la ley, tal como propone el artículo transitorio del proyecto de ley. A modo de conclusión consideró que este proyecto avanza en parte, en donde se están generando los mayores déficit, poniendo el foco en los sistemas que mayor inclusión generan: educación inicial y alumnos prioritarios (SEP), además de paliar los mayores costos de nuevas exigencias legales. Finalmente, enfatiza los compromisos y desafíos de CONACEP: - Trabajar con seriedad para dar cuenta efectiva del uso de los recursos públicos y privados involucrados en la educación subvencionada. - Incrementar el número de “escuelas efectivas”.

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- Satisfacer las múltiples necesidades de la familia chilena en el sistema educativo en temas como seguridad, calidad, formar ciudadanos de bien, emprendedores, formación ética y de hábitos, etcétera. - Poner a los alumnos en el centro del trabajo de los colegios e involucrar a las familias en la educación de sus hijos. - Fortalecer y desarrollar la profesión docente, ya que ésta es determinante en el logro de la calidad. - Tener especial dedicación en favorecer a los alumnos más necesitados y de un nivel socioeconómico menor. - Cultivar buenas relaciones de colaboración con el entorno, especialmente con autoridades y escuelas municipales. El Diputado señor Ortiz, preguntó, ¿de qué manera este proyecto favorece la integración?, ¿esta iniciativa afecta el financiamiento compartido?, ¿cuántos colegios de CONACEP tienen copago? El Diputado señor Auth consultó si existen datos del sector subvencionado y municipal sobre los costos que se efectúan en personal docente, reinversión, etcétera, y cuáles son las utilidades del sector. El señor Bosch, respondiendo al Diputado señor Ortiz, señaló que este proyecto aborda la integración al incrementar la SEP, que tal como se manifestó es una herramienta que favorece la integración social de los niños, disminuyendo, por lo tanto, la segregación escolar, ya que entrega gratuidad a los niños más vulnerables. Además, esta iniciativa avanza en la educación inicial que es donde hay más déficit y que es determinante para poder ir cerrando las brechas entre los niños más ricos y los más pobres. De esta manera, concluyó, el proyecto no daña la segregación, sino que utiliza los instrumentos que hoy han funcionado en esa línea. En cuanto al financiamiento compartido, explicó que este proyecto no afecta el tope ni el monto, ya que éstos se fijan en U.S.E. y esta iniciativa sólo altera los factores. Agregó que hoy sólo 30 de más de 5 mil colegios subvencionados están en el tope del financiamiento compartido. Agregó que la SEP ha ido sustituyendo el financiamiento compartido porque entrega gratuidad a las familias, por lo que a su juicio constituye un avance sustituir financiamiento compartido por recursos. Finalmente, precisó que aproximadamente 2.300 de 5 mil colegios subvencionados tienen financiamiento compartido, donde se educa al 60% del sistema. El señor Pedro Montt, Miembro del Consejo Nacional de Educación, expresó que su presentación será una reflexión acerca de la

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lógica con que se asignan las subvenciones y las medidas que se podrían adoptar para mejorar esta asignación, porque en principio todo incremento es favorable, pero es relevante determinar qué parámetros permiten enjuiciar estos aumentos. Sostuvo que existen dos caminos para asignar las subvenciones: uno es al “ojo”, como se ha hecho desde que se creó la subvención, básicamente calculando el costo por alumno por establecimiento. Hubo un intento para usar métodos robustos cuando se diseñó la Ley SEP, pero no fue suficientemente logrado; y el otro camino, es utilizar métodos más robustos, de modo que se vaya acercando a una subvención que sea más eficiente y efectiva en el logro de la calidad. Para este camino se requiere tener una mejor fotografía de lo que están haciendo las escuelas y de sus requerimientos financieros. Añadió que es una muy buena noticia que este proyecto proponga un aumento sustancial de la subvención en educación parvularia del 18,5%, pero a la vez surgen preguntas tales como, ¿a qué concepto responde este incremento?, ¿cómo alinearía con una JEC a kínder y pre-kínder?, ¿por qué no pensar en JEC para los niños y niñas de este nivel educativo? También valoró que esta iniciativa incremente la subvención escolar preferencial, estableciendo la equivalencia de esta subvención de 1° a 4° básicos con 5° y 6° básicos, que era de menor valor, lo que representa alrededor de un 50% de incremento de esa subvención y que aumente la SEP de 7° básico a 4° medio, lo que representa un incremento de alrededor del 100% respecto de su actual valor. Estos incrementos se alinean con la reforma de la estructura curricular de 6 años de enseñanza básica y 6 años de enseñanza media. También es importante que este proyecto adelante en un año la entrada de la educación media al régimen SEP, acoplando la SEP de media con la SEP de 8° básico, de manera que la SEP de media sigue a los estudiantes que hoy tienen SEP en 8° básico. Sin esta modificación, precisa, se presentaba un problema con la primera generación SEP que viene desde básica y que hoy está en octavo básico, ya que perdería la SEP en la enseñanza media. Por último, en este punto se incrementa simultáneamente la SEP por concentración. En cuanto al incremento propuesto del 3,5% para la subvención regular, surgen las siguientes dudas, ¿por qué ese incremento de subvención?, ¿responde a alguna lógica?, ¿es correcto ese incremento?, ¿debe ser parejo? Frente a estas interrogantes se vuelve nuevamente al problema de los datos y métodos que tenemos para conocer la realidad educativa. Pero hoy se cuenta con algunos datos duros que permiten saber qué está ocurriendo con el gasto en educación y su vínculo con calidad. Precisamente el Ministerio de Educación

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acaba de elaborar un estudio donde se trata de estimar una subvención costo efectiva, estudio del cual se pueden desprender tres hallazgos importantes: 1. Se puede indicar que, comparados los establecimientos de básica respecto de los de media, con los ingresos de subvención los establecimientos de básica cubren proporcionalmente mejor sus actuales gastos operacionales que los de media.

Este estudio comprendió 34 establecimientos tipo, de educación básica y media humanista científico, de buenos resultados, arrojando que sólo el 20% de la educación media tiene costos inferiores a la subvención actual promedio, en cambio en básica esa cifra bordea el 58%. La conclusión gruesa de este estudio, que no es representativo, es que la educación media podría estar requiriendo más recursos que la educación básica. 2. Se observa un diferencial de costos por estudiante de alrededor del 10% entre los establecimientos municipales y los particular subvencionados. Las principales razones que estarían explicando los mayores costos de la educación pública son la edad de los profesores, su número en ambos tipos de administración, y el tamaño de los cursos, ya que en promedio los colegios particulares subvencionados tienen 37 alumnos por curso y los municipales 33. Estos datos permitirían deducir, suponiendo que las escuelas de buenos resultados se gestionan eficientemente y de manera similar, que la educación municipal es más costosa que la particular subvencionada, lo que no es corregido por los actuales mecanismos de subvención.

4. El costo promedio por alumno en básica es de $ 67.000 mensuales y en educación media es de $ 74.000 mensuales, en ambos casos sólo considerando costos operacionales.

También se calcularon los costos por curso y en el caso de la educación básica se observa que más de la mitad de las escuelas de la muestra gastan por curso $ 2.186.000 o menos en promedio, siendo el piso $ 1.854.000. En el caso de la enseñanza media esos costos promedio se elevan en aproximadamente $500.000, siendo el promedio $ 2.620.000 y el piso $ 2.205.000.

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El Diputado señor Auth preguntó si existen estudios sobre las remuneraciones de los profesores. El señor Montt respondió que existe un estudio longitudinal elaborado por el Ministerio de Educación, cuyas primera muestras son de 2005 y las últimas de 2009-2010, que da cuenta que los profesores más jóvenes son normalmente enrolados por la educación particular subvencionada y que la diferencia de edad promedio entre ambos tipos de administración es de 7 años, diferencial que se expresa en los costos. Las conclusiones que pueden extraerse al comparar el estudio de costo efectividad realizado por el Ministerio con el proyecto de ley son los siguientes: - No se está tan lejos de alcanzar valores de subvención razonablemente cercanos a un valor costo-efectivo. - Surge la interrogante respecto de por qué el incremento de la subvención debería ser parejo, en circunstancias de que los datos demuestran que el costo de la enseñanza media es mayor que el de la básica. - Por último, sería necesario definir qué se busca hacer en educación parvularia, ya que el incremento de 18,5% representa más de la mitad del mayor costo operacional que implicaría llevar a estos niños y niñas a JEC. Dicho lo anterior, consideró prioritario desarrollar una propuesta que aborde la mejora de los “lentes”. Existen informes que avalan la necesidad de realizar estudios para establecer el valor de la subvención como el de Mizala de 2007 y el del ahora Ministro Beyer del mismo año, que señala que desde la creación del sistema de subvenciones, los valores de la misma se han fijado de manera más o menos independiente de la calidad. Finalmente, dado que se cuenta con aproximaciones y no se está tan lejos del valor óptimo de la subvención, sugirió incorporar en este proyecto de ley un mecanismo para referenciar periódicamente los valores de la subvención, lo que ya existe en otro sector, para lo cual se requiere incorporar una disposición similar al artículo 7° de la Ley de Responsabilidad Fiscal, N° 20.128, que es del siguiente tenor: "El Ministerio de Hacienda deberá encargar cada tres años la realización de un estudio actuarial que permita evaluar la sustentabilidad del Fondo de Reservas de Pensiones. Asimismo, este estudio deberá realizarse cada vez que se proponga una modificación al monto correspondiente a la pensión básica solidaria de vejez,..." El Diputado señor Marinovic consultó la opinión del invitado acerca de la forma como el Estado, a través del Ministerio de Educación, está fiscalizando el uso de los recursos de la subvención SEP.

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El señor Montt respondió que el actual mecanismo de fiscalización va a entrar en desuso cuando comience a aplicarse el sistema de aseguramiento de la calidad, que establece la exigencia para todos los establecimientos educacionales, y no sólo para los que tienen subvención SEP, de informar anualmente los resultados de su gestión en términos financieros. Hace presente que este es un mecanismo en construcción, que hoy no está operativo. La experiencia del Ministerio demuestra que hay bastantes problemas en el control de los gastos, lo que en teoría debería mejorar con la creación de la Superintendencia de Educación y la exigencia de informes anuales por parte de todos los establecimientos educacionales. Por su parte, los establecimientos educacionales estiman que la fiscalización que realiza el Ministerio es muy rigurosa. El Diputado señor Montes preguntó la opinión del invitado acerca del incremento de la subvención para pre-kínder y kínder y la forma en que ha operado esta subvención hasta ahora. En relación a la SEP expresó que no le ha sido posible encontrar los informes anuales de evaluación ni del año 2010 ni del 2011, pero en el informe del 2009 se criticó que se firmaron convenios sin planes de mejoramiento y otras observaciones, pregunta, ¿cuál ha sido la evaluación de esta subvención en los años 2010 y 2011? El Diputado señor Recondo sostuvo que entiende que la jornada escolar completa ha tenido una mala evaluación como política para mejorar la calidad de la educación, por lo que preguntó, ¿por qué se planteó establecer la JEC como una alternativa al aumento de subvención para los niños de kínder y pre-kínder? El señor Montt, en relación a la subvención pre escolar, señaló que el Estado tiene por ley la obligación de entregar la subvención a los niños de pre-kínder y kínder, por lo que en la práctica el Estado está asegurando 14 años de escolaridad. En esos niveles el grueso de los estudiantes está llegando a las escuelas regulares y las cifras indican que el kínder tiene cobertura muy cercana al 100% y en pre-kínder la cobertura es del 60-70% de los niños entre 3 y 4 años. En cuanto a la JEC, afirmó que no se trata de que sea una alternativa a la subvención, sino que su reflexión va en el sentido de por qué no pensar en acercarse a la lógica de la jornada escolar completa en la educación pre-escolar, establecimientos que en su mayoría operan en esta modalidad. Señaló que hay estudios que dan cuenta que la JEC ha producido avances en la calidad de la educación, avances que si bien son modestos, están demostrados.

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Respecto de la SEP, mencionó que muchos de los problemas que se han generado en torno a esta subvención se deben a que al implementarse las expectativas fueron muy altas y chocaron con la realidad. Por ejemplo, el sistema de convenios se hizo muy complejo, entre otras cosas, porque se pretendió establecer un sistema nacional mediante una plataforma a la cual había que subir los Planes de Mejoramiento, pero esta plataforma tuvo dificultades; las metas que se establecieron en esos Planes de Mejoramiento excedieron con creces las capacidades de las escuelas, etcétera. Lamentablemente, concluyó, no hay datos representativos a nivel nacional del mal uso de los recursos de esta subvención, por lo que se requiere levantar información que permita evaluar la SEP. II. Documentos que se adjuntan al informe A. Informe del estado de la implementación de la ley N° 20.248, Subvención Escolar Preferencial, Ministerio de Educación B. Costo y estratificación socioeconómica de la calidad de la educación, Asesoría Técnica Parlamentaria, BCN ÍNDICE Páginas 1.- Constancias reglamentarias previas 1 2.- Antecedentes 2 3.- Discusión general 4 4.- Discusión particular 14 5.- Proyecto de ley propuesto 20 6.- Tratado y acordado 26 7.- Presentaciones de los invitados -- Señor Raciel Medina 27 -- Señor Juan Pablo Valenzuela 28 -- Señor Rodrigo Bosch 34 -- Señor Pedro Montt 38 8.- Documentos adjuntos -- Informe de la implementación SEP 42 -- Informe socioeconómico de la calidad de la educación 42

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1.4. Discusión en Sala Cámara de Diputados. Legislatura 360. Sesión 22. Fecha 08 de mayo, 2012. Discusión general. Queda pendiente. INCREMENTO DE LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. Primer trámite constitucional. El señor MARINOVIC (Vicepresidente).- Corresponde tratar el proyecto de ley,

iniciado en mensaje, que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales. Diputada informante de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación es

la señora María José Hoffmann. Antecedentes: -Mensaje, Boletín N° 80 70-04, sesión 120ª, en 13 de diciembre de

2011. Documentos de la Cuenta N° 1. -Informe de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación,

sesión 8ª, en 3 de abril de 2012. Documentos de la Cuenta N° 10. -Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 20ª, en 2 de mayo de

2012. Documentos de la Cuenta N° 9. El señor MARINOVIC (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada

informante. La señora HOFFMANN, doña María José (de pie).- Señor Presidente, en

representación de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación, me corresponde informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, que aumenta las subvenciones del Estado a establecimientos educacionales. La idea matriz o fundamental del proyecto se orienta a aumentar

sustancialmente la subvención para prekínder y kínder, e incrementar la subvención preferencial y de concentración para los alumnos prioritarios, y la subvención regular. El Presidente de la República ha hecho presente que su Gobierno se ha

propuesto, como tarea fundamental, mejorar la calidad de la educación y entregar mayores recursos. Destacan, al respecto, la dictación de la ley N° 20.501, de Calidad y Equidad de la Educación, y la ley N° 20.529, que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación. Para cumplir estos objetivos -se señala en el mensaje- se destinaron todos

los recursos humanos y financieros para que todos los niños pudieran estar en clases en el menor tiempo posible, y se comenzó un plan de reconstrucción de establecimientos educacionales que permitirá a los estudiantes contar con instalaciones permanentes y de buena calidad para la

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DISCUSIÓN SALA

realización de sus clases. Se destaca, también, el esfuerzo realizado a favor de los estudiantes de

menores recursos, al incrementarse en 21 por ciento la subvención escolar preferencial, que es recibida por los alumnos prioritarios. A juicio del Gobierno, a través de este proyecto se propone incrementar los

aportes que se realizan a los estudiantes y que llegan directamente a la sala de clases. Se beneficia los establecimientos que reciben en mayor proporción a

estudiantes de menor nivel socioeconómico, incluidos los que han optado por la educación particular subvencionada. Para lograr este objetivo, se incrementa sustancialmente la subvención para

el primer y segundo nivel de transición de la educación parvularia. Ello apunta a mejorar la calidad de la educación y la igualdad de oportunidades desde los primeros años de educación preescolar, por considerarlas clave para el desarrollo futuro de cada alumno. Asimismo, este proyecto de ley modifica la subvención escolar preferencial,

que beneficia, aproximadamente, al 40 por ciento de los alumnos de menores ingresos, quienes asisten mayoritariamente al sector municipal, aumentando el monto para los estudiantes de 5° y 6° básico, y así igualarlo para todo el ciclo. De esta forma, los aportes entre 1° y 6° básico por concepto de subvención regular y Subvención Escolar Preferencial, serán superiores a 80.000 pesos mensuales por alumno. Más aún, por el proyecto se propone duplicar el aporte que reciben por concepto de Subvención Escolar Preferencial los que cursan desde 7° básico hasta 4° medio, lo que se traduce en que el aporte total que recibirán fluctuará entre 70.000 y 90.000 pesos, según el curso y la especialidad del establecimiento. Se propone un incremento de la misma magnitud en la subvención por concentración de alumnos prioritarios. Por último, se continúa aumentando la subvención general, que beneficiará

a todos los estudiantes, con lo que se avanza en la meta de duplicar la subvención. Durante la discusión general y particular del proyecto, el ministro de

Educación, señor Harald Beyer, reiteró los argumentos expuestos en el mensaje, y precisó que con este proyecto se avanza en la promesa de campaña del Presidente Piñera de incorporar aumentos de subvención escolar en distintas áreas. En primer lugar, se efectúa un aumento sustancial, de 18,5 por ciento real,

en la subvención para prekínder y kínder, que se descompone en un 15 por ciento extraordinario y un 3,5 por ciento adicional, que corresponde a un aumento general en la subvención en todos los niveles educativos. Además, aumenta la subvención preferencial y de concentración para los alumnos prioritarios y la subvención regular. El señor ministro explicó que al aumento de 18,5 por ciento debe sumarse el

1,5 por ciento establecido en la ley N° 20.501, de Calidad y Equidad de la Educación, lo que significa alcanzar un 20 por ciento de aumento durante este Gobierno. En la actualidad, el monto vigente es de 38.719 pesos por alumno y, de

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aprobarse este proyecto, ascendería a 45.511, lo que beneficiaría a 305 mil alumnos que están en la educación preescolar y, potencialmente, a 55 mil alumnos más, en su momento. Esto corresponde a la campaña que ha iniciado el Gobierno para aumentar la cobertura en este segmento de escolaridad, en virtud de la cual se aspira alcanzar el ciento por ciento de cobertura para el 60 por ciento más vulnerable del país en 2014. Por otra parte, se propone el incremento de la subvención preferencial para

los alumnos prioritarios, y un aumento extraordinario de la subvención regular, de 3,5 por ciento para todos los alumnos del país, en todos los niveles educativos. Esto se suma al aumento de 1,5 por ciento establecido en la ley N° 20.501, que comenzó a operar en marzo de 2012, todo lo cual significa 5 por ciento de aumento real. Asimismo, fue objeto del debate y de especial atención de la Comisión el

déficit municipal que se arrastra por años. Se discutió si esta situación proviene solo del bajo valor de la subvención escolar o se trata también de un problema de gestión. Se observó que no todos los municipios presentan este déficit, por lo que se

sostuvo que al Ministerio de Educación y al Gobierno no les corresponde financiar la ineficiencia ni la falta de gestión adecuada, que se contraponen con la buena calidad de la educación. Aun en esa situación, se declaró que se han aprobado recursos para apoyar a los municipios. En el presupuesto de 2009 se contemplaron recursos por más de 189 mil millones de pesos para los municipios, mientras que en el presupuesto de 2012 se consideran 373 mil millones de pesos, aparte de las subvenciones. Si se vota en contra esta iniciativa, se esfumará la posibilidad de duplicar las

subvenciones escolares para prekínder y kínder, preferencial y de concentración para alumnos prioritarios, y regular, que van en la línea de avanzar con respecto a la promesa del Presidente Piñera durante su mandato. Por eso, la valoramos y hacemos un llamado a apoyarla. Es todo cuanto puedo informar. He dicho. El señor MARINOVIC (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Ernesto Silva, informante de la Comisión de Hacienda. El señor SILVA (de pie).- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de

Hacienda, paso a informar el proyecto de ley que incrementa los aportes del fisco para las subvenciones destinadas a los estudiantes que asisten a establecimientos de educación municipal y particulares subvencionados. Se aumenta el monto de la Subvención Escolar Preferencial para los

alumnos que asisten a 5° y 6° año de educación general básica; se duplica el monto por Subvención Escolar Preferencial para los cursos de 7° año de educación general básica a 4° año de enseñanza media, y se establece un incremento de la subvención general en 3,5 por ciento, que incluye un incremento especial -15 por ciento- para la subvención del primer y segundo nivel de transición de educación parvularia que aún no está en jornada escolar

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completa. El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha

29 de noviembre de 2011, señala que el costo mensual de este proyecto para el año 2012, medido en moneda de ese año, se estima en 12.077 millones de pesos. En su artículo transitorio, el proyecto establece que entrará en vigencia a

contar del mes subsiguiente a su publicación en el Diario Oficial. Por ello, el monto total del mayor gasto fiscal que irrogará esta ley durante el año 2012 dependerá del mes en que ella entre en vigencia. En cualquier caso, la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2012 asigna al Ministerio de Educación los recursos necesarios para hacer frente al financiamiento del proyecto en comento, asumiendo que entra en vigencia durante el primer semestre de este año. Cabe precisar que el numeral 4) del artículo 1° propone adelantar la entrada en

régimen de la Subvención Escolar Preferencial para 1° de enseñanza media desde 2014 a 2013, lo que tiene un costo extra de 14.426 millones para 2013, por SEP y concentración. Durante el debate habido en la Comisión, el subsecretario de Educación

señor Fernando Rojas, hizo presente que los objetivos del proyecto son básicamente tres: Primero, aumentar sustancialmente la subvención para prekínder y kínder. Segundo, incrementar la Subvención Escolar Preferencial para los alumnos

prioritarios. Tercero, aumentar la subvención regular. Respecto del primer objetivo, explicó que esta iniciativa establece un

aumento del 18,5 por ciento real, lo que se une al 1,5 por ciento de la ley N° 20.501, que comenzó a regir en marzo de este año, lo que suma un aumento de 20 por ciento real durante este Gobierno. Este incremento -agregó- beneficia a 305 mil alumnos y busca apoyar el crecimiento de cobertura de prekínder y kínder. De aprobarse este proyecto, el monto de la subvención ascendería de

38.719 a 45.511 pesos. En cuanto al incremento de la Subvención Escolar Preferencial, SEP, para los

alumnos prioritarios, que beneficia al 40 por ciento más vulnerable de los estudiantes, manifestó que hoy esta subvención tiene tres valores diferentes según el nivel educacional. Lo que propone la iniciativa es aumentar en 50 por ciento la subvención

para los alumnos de 5° y 6° básico, de modo de igualar el monto que hoy se paga por los alumnos desde el 1er nivel de transición hasta 4° básico, medida que es consistente con la Ley General de Educación, que establece que la educación básica termina en 6° básico. Además, se duplica la subvención de 7° a 4° medio y se adelanta en un año la entrada en vigencia de la educación media al régimen de Subvención Escolar Preferencial. De esta forma -añadió-, un estudiante hoy en 8° básico recibirá SEP también el próximo año. Finalmente, el proyecto establece un incremento de la subvención regular de

3,5 por ciento para todos los alumnos del país, lo que unido al aumento de 1,5

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por ciento que estableció la ley N° 20.501 significa 5 por ciento de incremento real durante 2012. Esta subvención, sostuvo, es de libre disposición para los municipios. Agregó que asumiendo establecimientos en jornada escolar completa, salvo

prekínder y kínder, y con una concentración de alumnos prioritarios de 45 por ciento, los montos mensuales de subvención por alumno son los siguientes: En el caso de prekínder y kínder, el total alcanzaría a 83.005 pesos; de 1° a

6° básico, a 92.573 pesos; de 7° y 8° básico, a 76.819 pesos, y de 1° a 4° medio, a 87.312 pesos. Este incremento de la Subvención Escolar Preferencial en la educación media

también beneficiará a los liceos técnicos profesionales, desde donde egresa el 45 por ciento de los alumnos de 4° medio. Por último, señaló que si el proyecto entra en vigencia en junio de este año,

el costo anual estimado es de 84.359 millones de pesos para 2012; 159.680 millones de pesos para 2013 y 174.455 millones de pesos para 2014. La Comisión de Educación, Deportes y Recreación dispuso en su informe que

los artículos 1°, 2° y 3° del proyecto, aprobados por ella, debían ser conocidos por la Comisión de Hacienda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 220 del Reglamento de la Corporación. En relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar lo

siguiente: A proposición del Presidente de la Comisión, quien les habla, se acordó

someter a una sola votación los artículos del proyecto que no fueron objeto de indicaciones. Puestos en votación los artículos 1°, 2° y 3°, fueron aprobados por 7 votos a

favor y 6 votos en contra. Los diputados señores Auth, Jaramillo, Lorenzini, Marinovic, Montes y Ortiz

presentaron diversas indicaciones, que fueron explicadas por el diputado señor Montes en los términos siguientes: La indicación N° 1, que agrega un artículo 3°, nuevo, tiene por objeto que

los sostenedores de los establecimientos particulares subvencionados informen al Ministerio de Educación, antes del último día de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajuste de remuneraciones que reciben cada uno de sus trabajadores, a fin de transparentar esta información, ya que muchas veces estos dineros no se pagan a los trabajadores de los establecimientos subvencionados. La indicación N° 2, que agrega un artículo 4°, nuevo, tiene por propósito

que durante tres años los establecimientos particulares subvencionados con financiamiento compartido no aumenten el arancel mensual fijado para el año 2012 a fin de acceder al incremento de esta subvención. La indicación N° 3, que agrega un artículo 5°, nuevo, tiene por objeto dejar

establecido que cualquier distracción de los recursos destinados a las subvenciones a fines distintos de aquellos para los cuales se han establecido será considerado como notable abandono de deberes de la autoridad correspondiente. La indicación N° 4, que agrega un artículo 6° nuevo, establece un

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procedimiento para asegurar que haya una actualización y continuidad en la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva, que será realizada cada dos años por expertos independientes. La indicación N° 6, que agrega un artículo segundo transitorio, establece

que el primer estudio que se realice deberá llevarse a cabo al inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de esta ley. Finalmente, señaló que la indicación N° 5, que agrega un artículo 7° nuevo,

busca que el financiamiento compartido no quede asociado a la Unidad de Subvención Escolar (USE) y poder tener con ello una reajustabilidad. Quiero hacer presente que, como Presidente de la Comisión, declaré la

inadmisibilidad de las indicaciones N° s 4 y 5, planteadas por los parlamentarios antes señalados, por tratarse de materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso tercero del artículo 65 de la Constitución. Asimismo, hice presente que la indicación N° 6 se caería y que, por lo tanto, no debería ser tratada, debido a la declaración de inadmisibilidad del artículo 4° antes señalado. Sin embargo, el diputado señor Robles solicitó votar la inadmisibilidad de las

indicaciones N° s 4 y 5 declarada por el Presidente, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 25 de la ley orgánica del Congreso Nacional. Puesta en votación la inadmisibilidad de las indicaciones parlamentarias, se

revirtió la declaración del Presidente, por 6 votos a favor y 7 en contra. A favor de la inadmisibilidad votaron los diputados señores Godoy, Macaya,

Recondo, Santana, Silva y Von Mühlenbrock. En contra de la inadmisibilidad, dando la mayoría para que las indicaciones

pudieran ser objeto de tramitación, votaron los diputados señores Auth, Jaramillo, Lorenzini, Marinovic, Montes, Ortiz y Robles. El ministro de Educación, señor Harald Beyer, no concordó con el contenido

de la indicación N° 1), toda vez que la Superintendencia de Educación tiene, dentro de sus facultades, atribuciones que permitirán conocer en detalle el actuar de todos los establecimientos educacionales. Respecto de la indicación N° 2), sostuvo que en un país que permite el

financiamiento compartido, dado los descuentos que hoy establece la ley, no tiene sentido congelar el arancel, en términos reales, de los establecimientos particulares subvencionados. Añadió que existe un máximo para el financiamiento compartido, amén de descuentos asociados a este financiamiento. La solución para el Ejecutivo es articular adecuadamente la subvención

escolar preferencial con el financiamiento compartido, en lo cual se está trabajando, según señaló el ministro. En relación con la indicación N° 3), expresó que la ley SEP permite que los

recursos de esta subvención se destinen a fines precisos, lo que será debidamente fiscalizado por la Superintendencia de Educación, de manera que esta indicación no sería necesaria. Respecto de la indicación N° 4), que el Ejecutivo considera inadmisible, tal

como señaló el Presidente de la Comisión, cree que no tiene mucho sentido

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vincular tan directamente a un estudio específico que supone una calidad específica, el monto de la subvención. La discusión en torno a los aumentos de subvención debe complementarse con información. Es más, el propio Ministerio concluyó recientemente un estudio acerca de una subvención costo-efectiva, pero no debe ligarse a un solo estudio, ni limitar el proceso deliberativo que se realiza en el Parlamento. Finalmente, la indicación N° 5), que busca fijar nominalmente el valor del

techo del financiamiento compartido, no sería apropiada -según el ministro- atendido que se está buscando aumentar la calidad de la educación mediante el aporte de mayores recursos por parte del Estado, a lo cual debe contribuir también la familia. Sometida a votación la indicación N° 1), se aprobó por la unanimidad de los

diputados presentes. Puesta en votación la indicación N° 2), fue rechazada por 6 votos a favor y 7

en contra. Sometida a votación la indicación N° 3), se aprobó por 10 votos a favor y 3

abstenciones. Puestas en votación las indicaciones N° 4) y 6), se aprobaron por 7 votos a

favor y 6 en contra. Sometida a votación la indicación N° 5), se aprobó por 7 votos a favor y 6

en contra. Tratado y acordado en sesiones de fechas 4, 10, 11, 16, y 17 de abril de

2012, con la asistencia de los diputados señores Auth, Godoy, Jaramillo, Lorenzini, Macaya, Marinovic, Montes, Ortiz, Recondo, Robles, Santana, Von Mühlenbrock y de quien habla, según consta en las actas respectivas. Es todo cuanto puedo informar. He dicho. El señor MARINOVIC (Vicepresidente).- En discusión general el proyecto. ¿Habría acuerdo para limitar las intervenciones a cinco minutos por

diputado? No hay acuerdo. Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, todavía conservo un poco de

desgano en el tratamiento de este importante y trascendental proyecto sobre financiamiento de la educación. Digo desgano, porque en su relato, el diputado informante de nuestra Comisión de Hacienda, señor Ernesto Silva, hizo mención de algunos artículos a los que quisimos formularles indicaciones, y que son de enorme interés e importancia, sobre todo porque involucran miles de millones de pesos para la educación. Haber escuchado aquello en el informe me produce ese desgano. Las cifras entregadas hablan por sí solas del significado de este proyecto. El

resultado aún está por verse. Yo diría que vamos un poco lento -quisiéramos que fuera rápido- en el camino de lo que aspiramos para la educación en Chile. El mejoramiento de la educación es, sin duda, un tema complicado de

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enfrentar. Digo esto por el mal resultado de la Prueba Inicia que conocimos ayer, que involucra a más del 63 por ciento de los egresados de Pedagogía. Escuchaba al ministro expresar su desencanto por ese resultado, que aparece como deficiente, ni siquiera como regular. Tremenda situación la que estamos viviendo. Ello enciende la alarma roja sobre la forma en que están siendo formadas y

ubicadas en la sociedad aquellas personas sobre cuyos hombros recae la educación de nuestros niños. Se trata de una situación realmente preocupante y que requiere una acción rápida y urgente. Queremos, de una vez por todas, la educación de la que tanto se habla, que representa el inicio de la transformación de un país. Se supone que el proyecto apunta a mejorar los niveles de educación, por la

vía de inyectar más recursos al sistema. Es decir, aumenta las subvenciones preferenciales y de concentración, que son las destinadas a apoyar a quienes tienen a su cargo la educación de los alumnos más vulnerables de nuestra patria. Por ello, cabe preguntarse si la mayor cantidad de recursos que

inyectaremos al sistema servirá para obtener los resultados que todos esperamos, reforzar la educación pública, o más bien, incrementará las ya abundantes utilidades que obtienen los sostenedores de establecimientos privados, situación que no se da a entender con mucha claridad en los informes de las Comisiones de Educación y de Hacienda que relataron nuestros colegas. Repito: las abundantes utilidades de los sostenedores de establecimientos privados, ¿mejorarán la condición laboral de quienes ejercen funciones al interior de ese sistema? La respuesta debería ser afirmativa, si el problema solo se limitara a la falta de recursos. Pero creo que existe una multiplicidad de problemas asociados, que no necesariamente mejoraremos con el proyecto, aun cuando se avance en algunos aspectos económicos. Por ejemplo, es un avance el que se establezca la obligación de los privados de informar al Ministerio de Educación sobre montos de remuneraciones y bonos que pagan a su personal. Además, me parece muy importante -más aún después de la información

que entregó la Contraloría a comienzos de este año- que se configure como notable abandono de deberes de los alcaldes el destinar el monto de las subvenciones a fines distintos a los educacionales. Sabemos, por la información conocida, que muchos municipios recibieron cientos de millones de pesos para estas subvenciones, recursos que no están aclarados; otros destinaron esos dineros a pagar gastos distintos a los de educación. Esta preocupación nos compete a todos. En fin, hacer un esfuerzo económico siempre es relevante en esta materia,

que es la más importante para un país que quiere crecer. Sin embargo, reitero mi aprensión de que solo por esta vía no lograremos solucionar las dificultades en esta área. La educación en Chile tiene un problema como sistema, y su solución requiere reformas que van más allá de lo puramente económico. Por su intermedio señor Presidente, le digo al ministro -a quien admiro por

su dedicación y preocupación por la Prueba Inicia-, que no me cabe duda que

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el proyecto tiende a mejorar la situación económica. ¡Claro! Pero la pregunta es cómo vamos a reforzar lo netamente pertinente, cual es que estos beneficios lleguen a quienes corresponde y a quienes entregan educación. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el

diputado señor Ramón Barros. El señor BARROS.- Señor Presidente, en primer lugar, saludo a nuestro

ministro, a quien felicito, como bien dijo el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, por su dedicación y por la impronta que le ha impuesto al Ministerio de Educación, organismo de tanta importancia. Mi querido colega Enrique Jaramillo también dijo que el proyecto era

importante y trascendental, aunque él lo miraba con desgano. Al revés, yo lo miro con absoluta confianza debido a nuestro ministro. Es cierto que en esta materia no se trata solo de incorporar más recursos.

Recordemos que la Prueba Inicia es una evaluación, cuyos resultados conocimos ayer. Es muy importante que esa prueba nos vaya indicando el nivel de los profesores que estamos incorporando al sistema para que enseñen a nuestros hijos. También se han establecido becas para que los alumnos destacados puedan

estudiar gratis la carrera de pedagogía, de manera de ir mejorando la educación en las aulas. Ahora, es conocida la rentabilidad de invertir en los primeros años de

enseñanza y tener una educación inicial de calidad para dar mayores oportunidades de aprendizaje en los siguientes niveles educativos. Proveer educación en esos niveles tiene más costos, por cuanto se requiere más profesionales por cada curso. Por ello, se propone un aumento sustancial para la subvención regular que se entrega a los alumnos que cursan prekínder y kínder. Vale decir, se trata de intentar nivelar la cancha. Ya nadie discute que la discriminación o la falta de apoyo en los niveles inferiores determina de por vida lo que ocurrirá con esos niños en la educación, ya no preescolar, sino que escolar, media y universitaria. El proyecto aumenta los recursos en 18,5 por ciento, pasando de una

subvención que actualmente asciende a 38.719 pesos mensuales por alumno, a 45.511 pesos. Este incremento beneficiará a más de 305 mil alumnos del sector municipal y particular subvencionado. Además, dicho aumento se une al incremento de 1,5 por ciento que

experimentó esa subvención con la aprobación de la Ley N° 20.201, de Calidad y Equidad de la Educación, que comenzó a regir en marzo de 2012. Por lo tanto, durante los primeros años de Gobierno la subvención regular

para prekínder y kínder ha crecido en 20 por ciento real. Ese esfuerzo en recursos permitirá financiar una educación inicial de mayor calidad, así como apoyar los aumentos de cobertura para esos niveles, ya que 77.500 alumnos que están en edad de asistir a prekínder y kínder no lo hacen en la actualidad. Vale decir, se inician con la cancha en contra.

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Incremento de la subvención preferencial para los alumnos prioritarios. La subvención escolar preferencial, SEP, apunta a entregar mayores

oportunidades de aprendizaje a los alumnos que pertenecen al 40 por ciento más vulnerable de la población, reconociendo la necesidad de contar con más herramientas para ayudar y estimular los aprendizajes de dichos estudiantes y así avanzar hacia una educación con mayor calidad y equidad. Por ello, durante el Gobierno actual se aprobó, a través de la ley N° 20.550, de octubre de 2011, un incremento de 21 por ciento para la SEP, permitiendo además una mayor autonomía en su uso, ya que faculta, por ejemplo, la contratación de docentes. Siguiendo ese mismo camino, el proyecto de ley en discusión pretende

aumentar considerablemente dichos recursos, por la vía de igualar los montos que reciben los cursos para la nueva educación básica, o sea, de 1° a 6° básico, más prekínder y kínder, en una cantidad mensual de 32.356 pesos, y desde 7° básico hasta 4° medio con un aporte de 21.564 pesos. Sin duda, esos incrementos significan duplicar la subvención para 7° y 8°

año básico, así como para toda la enseñanza media. Por su parte, los aportes para 5° y 6° año básico aumentan en 50 por ciento. Aumento de la subvención regular para todos los alumnos del país. De manera adicional, se incrementa la subvención regular en 3,5 por ciento

para todos los alumnos de enseñanza básica y media del país que asisten a establecimientos que reciben subvención del Estado. Ese incremento se une al aumento del 1,5 por ciento aprobado por la ley N° 20.501, viéndose beneficiados cerca de 3,4 millones de alumnos. Entendamos que el proyecto implica un costo fiscal de casi 85 mil millones

de pesos para 2012, de 159.680 millones de pesos para 2013 y de 174.455 millones de pesos para 2014. Por lo tanto, valoro profundamente el proyecto, en especial porque beneficia

a las zonas rurales -como la que represento-, donde todavía no se ve que los niños asistan a prekínder y a kínder, algo tan importante para su vida futura. Por ello, anuncio que respaldaremos al Gobierno y al ministro Harald Beyer y

votaremos a favor esta importante y trascendente iniciativa, como la calificó don Enrique Jaramillo. Respecto de las indicaciones, al menos yo las votaré en contra, porque, a

nuestro entender, se alejan de las ideas matrices del proyecto en discusión. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el

diputado señor Mario Venegas. El señor VENEGAS.- Señor Presidente, voy a partir de una manera inusual,

con la conclusión final, ya que es muy difícil votar en contra un proyecto de ley que aumenta los recursos para la educación en general y, particularmente, para la preescolar, como se ha señalado. Entonces, no me queda más remedio que expresar nuestras diferencias,

para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, las que fueron

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debidamente señaladas en la Comisión de Educación al señor ministro que nos acompaña. ¡Cómo no estar de acuerdo con el aumento de la subvención para prekínder

y kínder! ¡Cómo no estar de acuerdo con el aumento de la SEP para alumnos prioritarios, que fue una subvención creada durante el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, o con el aumento de la subvención escolar general! Pero cuando vemos el detalle, nos encontramos con algunas cosas que es necesario señalar. En primer lugar, si bien el incremento de la subvención preescolar es

importante, ya que alcanza a 305 mil alumnos, lo que aplaudimos, todavía estamos lejos de la cobertura plena, porque tenemos del orden de 500 mil niños en edad de asistir a ese nivel de la enseñanza. En segundo lugar, si la apuesta fue aumentar la SEP, previamente

deberíamos haber hecho -como se lo señalé al ministro y es conocido por la opinión pública- un estudio acabado y profundo respecto del uso que se está dando a esos recursos, porque transversalmente se han usado mal, al punto que ha debido dictarse una ley para subsanar en parte esa situación. Hoy, algunos municipios están siendo investigados como consecuencia del mal uso de esos recursos. Entonces, no se trata de colocar más recursos, sino de colocarlos bien y

donde son necesarios. Si un instrumento demuestra que es inadecuado, debemos hacerle las correcciones antes de inyectarle más recursos. Es como tener un mal administrador y seguir pasándole plata. En tercer lugar, el aumento real de la subvención regular es de 3,5 por

ciento. En la ley de Presupuestos creció otro 1,5 por ciento, lo que implica un incremento de 5 por ciento. Quiero recordar que Su Excelencia el Presidente de la República dijo

públicamente que se comprometía a doblar la subvención en un período de ocho años; o sea, durante su Gobierno esta debería llegar a lo menos al 50 por ciento. Pero vamos en 5 por ciento y ya lleva la mitad de su mandato. Entonces, me parece insuficiente el incremento, y así lo he señalado. Pero resulta más grave este tema, porque todos sabemos que el problema

de la educación y del desfinanciamiento está presente en el subsistema municipal de educación. Según la Asociación del Municipalidades, dicho subsistema tiene un déficit

de 170 mil millones de pesos. Entonces, ¿qué ocurre? Prácticamente, mediante este proyecto de ley, se entregarán en igualdad de condiciones los recursos al sistema municipal y al sistema particular subvencionado. No hay mayores diferencias, excepto en relación con la SEP, porque, obviamente, los alumnos más vulnerables se concentran en el sistema municipal. Aproximadamente, un 53 por ciento de estos recursos, que son más de 170

mil millones, queda en el sistema municipal, pero un 47 por ciento queda en el sistema particular subvencionado. Lo expreso con el siguiente ejemplo. Si en una familia hay un niño enfermo, débil y delgadísimo y, otro, sanito y gordito, ¿de quién se deben preocupar más los padres? Es obvia la respuesta; el sentido común indica que se deben invertir más recursos en el que está débil.

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Sin embargo, aquí se les da a todos por igual. Entonces, ¿qué hacemos, si con el aporte que se hace al sistema municipal apenas se resolverá en forma mínima su problema de déficit? En cambio, el colegio particular subvencionado maximizará sus utilidades. El que tiene déficit es el sistema municipal; el sistema particular subvencionado arroja hoy, incluso, utilidades a la mayoría de sus sostenedores. Ahora, ¿me van a decir que se trata de una actitud anticolegios

subvencionados? No. Estoy reclamando por un imperativo de justicia, pues las políticas públicas tienen que ir en el sentido contrario. Decimos que queremos defender la educación pública, pero se presentan proyectos de ley en un sentido exactamente opuesto, pues, lejos de acortar las brechas, lo que hacen es reforzar las diferencias entre la educación municipal y la particular subvencionada. No hagamos caricatura. No hablo en contra de los particulares

subvencionados, sino de que no se debe discriminar. Como lo dije: vamos a resolver los problemas de los colegios del sistema particular subvencionado. Por lo tanto, tengo mis reparos a este proyecto de ley, entre otras cosas,

porque no se avanza en una resolución estructural del problema. La discusión sobre el financiamiento de la educación tiene que abordar otras materias. Por ejemplo, preguntarse, ¿cuál es el costo de educar a niños que viven muy lejos de su establecimiento? No cuesta lo mismo educar a un niño de un colegio rural de mi zona en la Región de La Araucanía, provincia de Malleco, en el aislado Lonquimay, que a niños de zonas de gran concentración urbana como es el gran Santiago. Asimismo, falta considerar el capital social de las familias. No es lo mismo

educar a niños de una familia cuyos padres apenas tienen la enseñanza básica completa, que a niños con padres profesionales. No puede costar lo mismo. También debemos tomar en cuenta las condiciones de habitabilidad de las familias. En nuestro país es una tragedia que haya niños que no tienen un espacio digno ni las condiciones mínimas para estudiar. Entonces, ¿se puede dar un mismo tratamiento al problema? Hay que tener presente el tema de los desplazamientos, la comodidad, la

distancia, las condiciones de alimentación de los alumnos, los trastornos psicológicos asociados a la condición de vulnerabilidad que tienen esos alumnos. Por otra parte, la capacidad de gestión de los municipios está limitada por la

legislación vigente, lo que también genera costos diferentes a la hora de administrar el sistema. Hemos pedido una audiencia al señor ministro -lamentablemente todavía no responde positivamente- para plantearle la idea de una subvención diferenciada que oriente mayores recursos hacia la educación municipal, que es la que atiende la mayor proporción de los alumnos vulnerables. Lo más probable -por eso partí por ahí con mi discurso- es que el argumento central de este debate sea que es imposible oponerse a un proyecto que aumenta los recursos para la educación. Sin embargo, pese a ello, el aporte de nuevos recursos aumentará la brecha existente de capacidades entre la educación particular subvencionada y la municipal. Y

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seguirá siendo la educación municipal la que mayor proporción de alumnos vulnerables atienda. Por lo tanto, a mi entender, es un imperativo de justicia dar más recursos a

quien más lo necesita y que atiende a los niños más pobres de este país. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor

Manuel Monsalve. El señor MONSALVE.- Señor Presidente, sí es posible votar en contra un

proyecto de ley que si bien aumenta la subvención para la educación, no resuelve uno de sus núcleos centrales, que está en la base del debate de las políticas públicas en Chile, que tiene que ver con una educación de mala calidad y con una tremenda brecha de desigualdad. La iniciativa no resuelve la demanda de hacerse cargo de dos núcleos de problemas que tiene la educación. Tengo la convicción de que esa etapa de la historia en que el argumento para que el Parlamento aprobara un proyecto de ley era “el proyecto contempla mejoras en la medida de lo posible” terminó. La república de la que somos parte, y de la que son parte millones de

ciudadanos, persistentemente nos ha dicho, a partir de masivas movilizaciones, que quieren que el Estado, el Ejecutivo y el Parlamento resuelvan cómo tener una educación que responda a la demanda de calidad, equidad, igualdad y justicia. Ello no es posible sin una educación pública fuerte. Los ciudadanos demandan que esta educación pública sea gratuita, de calidad, pluralista y que permita efectivamente darle la fisonomía que nosotros queremos a nuestra sociedad; que a partir de esa educación, esta sea una sociedad donde la gente surja desde sus capacidades y no desde la condición socioeconómica de la familia donde nació. Durante muchos años, se han hecho modificaciones a la subvención escolar

y, permítanme decirlo, los resultados siguen siendo los mismos. Hay cien puntos de diferencia entre los resultados del Sistema de Medición de Calidad de la Educación (Simce) entre un colegio particular pagado y un colegio municipal público. Esos cien puntos de diferencia también serán la diferencia que tendrán esos niños respecto de sus posibilidades de formación y de su condición de vida futura tanto para ellos como para su familia. Allí está la base de la inequidad y la desigualdad en Chile. Por lo tanto, permítanme decir que no puedo recibir como válido el

argumento de que este es un proyecto que establece mejoras en la medida de lo posible, que algo avanza. La sociedad no está pidiendo que se haga algo en la medida de lo posible, sino que el Parlamento, el Gobierno y la sociedad, en su conjunto, efectúen cambios que efectivamente resuelvan los problemas que se han puesto en la agenda pública. Respecto del artículo 2° del proyecto, que propone un reajuste de 3,5 por

ciento del valor de la subvención regular, primero, no se cumple con el compromiso del Presidente de la República durante su campaña, en el sentido de garantizar y duplicar el monto de la subvención regular durante los ocho años que sigan a su elección. Tampoco se contempla en el proyecto de ley cuál

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es el cronograma que tiene el Gobierno, aparte de esta propuesta de reajuste del 3,5 por ciento. ¿Cuál es el reajuste que va a dar el próximo año y el año siguiente? ¿Cómo se va a llegar a duplicar el monto de la subvención? Eso no queda claro en este proyecto de ley. No se elimina ni se propone eliminar el financiamiento compartido, que sigue siendo una forma que profundiza las desigualdades, donde, en definitiva, el Estado entrega subvención a jóvenes provenientes de familias de clase media o de altos ingresos. Pero, además de la subvención, se concede un aporte que no permite que sean los niños de menores ingresos quienes más reciban, que son los que más necesitan, sino que, por la existencia de esta política, finalmente se favorece a los que tienen mejor capital social al interior de sus familias. Eso no se resuelve en este proyecto de ley. Tampoco se soluciona en él lo planteado por la propia Asociación Chilena de

Municipalidades, que debe hacer un importante aporte a la educación pública. Porque la subvención se entrega en base a asistencia y no a matrícula. Y reitero: esta materia se ha planteado en numerosas ocasiones, y la presente iniciativa no la aborda. Por último, permítanme decir que no solo desde la Oposición, sino que

también desde muchos sectores de la sociedad chilena se ha dicho que si queremos fortalecer la educación pública, ella debe tener un financiamiento basal. Y esto tampoco se enfrenta en el proyecto de ley que debatimos. Como diputado de una zona caracterizada por la pobreza, como es la

provincia de Arauco, y en particular la comuna de Lota, donde tal vez la educación constituye, desde nuestra perspectiva, la herramienta central, debo señalar que no nos podemos conformar con “un ajuste en la medida de lo posible”. Por lo tanto, anuncio que la bancada del Partido Socialista y quien habla

votaremos en contra el proyecto de ley, porque esperamos un debate más estructural y no “un ajuste en la medida de lo posible”. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor

Germán Verdugo. El señor VERDUGO.- Señor Presidente, aquí se han planteado varias

materias que merecen alguna reflexión respecto de este proyecto, al cual se le pretende dar un alcance más allá de lo planteado: que resuelva todos los problemas pendientes de la educación chilena, que se han ido acumulando durante tantos años. Pero la verdad es que con la presente iniciativa se busca precisamente

mejorar la situación de aquellos que se encuentran en una situación más desmejorada y a quienes hay que dar una solución urgente: los alumnos de la educación preescolar y los más vulnerables, a través de la Subvención Escolar Preferencial. En esta Sala se han planteado algunas dudas que, por cierto, uno siempre

las puede tener.

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Se ha preguntado si los recursos servirán para mejorar la educación o para mejorar las utilidades de los particulares-subvencionados. Al respecto debo señalar que para eso aprobamos en este Parlamento la Agencia de Calidad y la Superintendencia de Educación, las que, en el fondo, tienen la responsabilidad de fiscalizar cómo se utilizan esos recursos. Es conveniente y necesario hacer aquí también una precisión, porque pareciera

ser que la subvención se le está otorgando al establecimiento educacional y no a los alumnos. Si bien los recursos llegarán a los establecimientos, la subvención irá al alumno. Por eso, hacer una diferencia entre los escolares que estudian en la educación municipalizada y aquellos que lo hacen en un colegio particular-subvencionado es, sin duda, una discriminación respecto de esos niños, que, en mi opinión, es incomprensible e intolerable. La utilización de los recursos de la ley SEP es una preocupación que hemos

tenido desde el momento en que aprobamos esa ley, que es extraordinariamente importante. Además, se han tomado medidas para ir mejorando la inversión en los alumnos que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Pero en esto existe una responsabilidad que no es de quien otorga los

recursos, sino más bien de quien debe usarlos. En este caso, las unidades educativas y los sostenedores son los que tienen la responsabilidad de elaborar los planes educativos conducentes al logro de los objetivos que la ley persigue: mejorar la educación, entre otros. No se puede responsabilizar por el mal uso de los recursos a quien los aporta, sino a quien los administra. En esta materia, nuevamente estamos cayendo en una apreciación equivocada que entorpece la discusión del proyecto y que, a lo mejor, lleva a tomar decisiones equivocadas, como las que hemos escuchado, de rechazar esta iniciativa y los recursos propuestos, orientados justamente a solucionar los problemas de los alumnos más vulnerables. Es importante distinguir qué queremos como utopía y qué tenemos que

solucionar en este momento. ¿Cuál es la urgencia? La urgencia es ir entregando los recursos para mejorar el sistema educacional. Por otra parte, me llama poderosamente la atención que se hagan críticas

como las señaladas a esta iniciativa, que lo único que pretende es intentar lograr un objetivo que la sociedad entera anhela: una educación de mejor calidad. No existen diferencias -aquí se señaló- entre los municipales y los

particulares-subvencionados. Yo creo que sí existen, y una muy importante, cual es que -se afirmó también en esta Sala- a los colegios municipalizados asisten los alumnos más vulnerables y que a ellos se les están entregando más recursos. O sea, esos alumnos más vulnerables y esos establecimientos educacionales municipalizados serán quienes obtendrán una mayor cantidad de recursos tanto por alumno vulnerable como por concentración de alumnos. Si se analiza este proyecto sin un sesgo político, no podemos si no

manifestar que es extraordinariamente importante, porque nos permite seguir avanzando, como lo hemos hecho durante varios años, a través de iniciativas aprobadas por esta misma Sala que, de alguna forma, han posibilitado que la

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calidad de la educación en nuestro país mejore. Queremos una mejor educación; queremos una educación de calidad. Pero,

para eso debemos contar con los recursos que este proyecto de ley ofrece. No cabe duda de que debemos mejorar la gestión de los establecimientos educacionales. La responsabilidad de los sostenedores es fundamental en la administración de esos recursos. Por lo expuesto, considero que el proyecto en comento necesariamente debe

ser aprobado; si no, estaremos traicionando las aspiraciones de muchas personas, de numerosos alumnos, especialmente, los más vulnerables, que son los que requieren más recursos para tener una mejor educación. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el

diputado señor Rodrigo González. El señor GONZÁLEZ.- Señor Presidente, este pudo haber sido un gran

proyecto para la educación chilena, y así lo esperaba la mayor parte -por no decir todos- de los actores educacionales. Porque, qué duda cabe de que el sistema educacional, en su conjunto, requiere un mayor financiamiento, si cuando discutimos este tema en la Comisión, se señaló que todos los estudios indicaban que la subvención escolar debía llegar a un valor que oscilara entre los 100 mil y los 120 mil pesos. Por eso, lamentamos que el proyecto se haya presentado en la forma

disminuida y mezquina en que se hizo y que no da solución, ni siquiera mínima, a los gravísimos problemas de financiamiento que tiene el sistema educacional. Este proyecto no recoge la demanda que plantearon los estudiantes y los

“pingüinos” cuando hicieron su movimiento educacionales hace unos tres años; tampoco se recogen las propuestas que el año pasado motivaron las movilizaciones del movimiento estudiantil, durante los ocho meses en que la educación estuvo paralizada; tampoco recoge la recomendación de la inmensa mayoría de los expertos educacionales de todas las tendencias y señales políticas y de los más diversos países que recomiendan, primero, un mayor aporte y responsabilidad del Estado en la educación y, segundo, un incremento del aporte que actualmente se hace a las escuelas en las cuales existe un aporte del Estado a la educación. Esta recomendación, que ha sido hecha por los técnicos de la OCDE, no ha

sido recogida en esta iniciativa. Actualmente, la educación en Chile es una de las más segmentadas, segregadas y privatizadas del mundo. Sin embargo, a la luz de este proyecto, el incremento que hoy se aporta resulta misérrimo. El proyecto tampoco recoge la necesidad de un diálogo profundo entre los

actores. En El Mercurio de Santiago del domingo pasado apareció un artículo relacionado con la conferencia de un experto internacional sobre la necesidad de mejorar la calidad de la educación en las escuelas más pobres y especialmente en las aulas. Lo primero que recomendaba ese experto era que hubiera un mayor aporte del Estado y, en segundo lugar, que para que una

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reforma educacional profunda tuviera éxito, debía recoger la opinión de los actores educacionales. De lo contrario, ninguna reforma podría tener duración y llegar al fondo de las necesidades de los países. Por eso, me voy a referir en particular a cada uno de los puntos que plantea

el proyecto y que, a mi juicio, son altamente insuficientes. En primer lugar, el aumento de la subvención general de 3,5 por ciento, no

recoge el compromiso del Presidente de la República de incrementar la subvención escolar en un ciento por ciento en ocho años. Así lo planteó la Asociación Chilena de Municipalidades, que exigió en la Comisión que el aumento fuera de por lo menos 25 por ciento. El aumento que aquí se propone anticipa la forma en que se incrementarán

y distribuirán los recursos en la reforma tributaria, en virtud de la cual se fortalecerá más bien al sector privado de la educación. Lo que sí se dirá es que este proyecto de ley incrementa sustantivamente

los fondos destinados a la Ley de Subvención Escolar Preferencial, lo que es efectivo. Hay un aumento a la Subvención Escolar Preferencial que es muy encomiable y deseable. Sin embargo, este incremento no ha sido acompañado por una fiscalización y evaluación de cómo ha marchado la Ley de Subvención Escolar Preferencial durante los últimos años. No se evaluó en el año 2008 y ha habido una evaluación parcial de la Contraloría durante los años 2009 y 2010. La evaluación que hizo el Ministerio de Educación -según consta en los antecedentes entregados en la Comisión de Hacienda- establece que apenas el 1,5 por ciento de los fondos habría tenido objeciones. (Hablan varios señores diputados a la vez) El señor ministro de Educación conversa y no escucha lo que estamos

hablando en esta Sala. Me parece que es la forma como, en general, el Gobierno ha ido acogiendo todas las propuestas que hemos hecho. En la Comisión se propuso el establecimiento de una mesa de trabajo en la

cual se tocaran a fondo todos los temas e insuficiencias que tiene el sistema de financiamiento de la educación chilena; que se planteara un financiamiento basal a la educación pública; que se planteara un cambio sustantivo a la subvención que se entrega por asistencia media en los establecimientos y que perjudica principalmente al sector municipalizado. Pero ninguna de esas propuestas encontró acogida. También planteamos la necesidad de revisar el financiamiento público, ya

que, dada la baja de la matrícula en la educación pública, esos recursos van en mayor proporción hacia la educación privada. Por lo tanto, se requiere un plan de salvataje de la educación pública. Pero ninguna de estas propuestas fue escuchada; tampoco se consideró que el tema del financiamiento no puede tratarse sin un cambio institucional en el sistema de la educación pública y sin que se eche a andar un conjunto de reformas que sean tratadas en esa mesa de conversación con los profesores, con los estudiantes, con los asistentes de la educación, con los padres y apoderados, con los representantes de las universidades y de los centros académicos.

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DISCUSIÓN SALA

Para realizar una reforma en serio, donde los actores sean considerados realmente, es necesario un cambio completo y un incremento mucho más sustantivo al sistema de financiamiento de la educación. Hoy, la Subvención Escolar Preferencial es una vergüenza. El Ministerio de Educación no la ha fiscalizado y en la mayor parte de los municipios no se utiliza para beneficiar a los alumnos más pobres, sino que muchas veces se destina a otros objetivos educacionales e, incluso, a propósitos que no tienen relación con la educación. Así lo ha confirmado una enorme cantidad de informes de la Contraloría General de la República; sin embargo, el Estado tolera la impunidad respecto de esa utilización de recursos provenientes de la Subvención Escolar Preferencial. Por otra parte, además de estar pendiente la reforma de la institucionalidad

pública, que es necesaria, mantiene esa discriminación consistente en entregar mayores recursos a los sectores privados. Por último, en la Comisión votamos negativamente el proyecto porque fue

rechazado por la Asociación Chilena de Municipalidades, el sector más directamente interesado en el tema y porque no se consultó a los profesores, ni a los movimientos sociales, ni a los actores educacionales. Además, la iniciativa se discutió con prisa y sin profundidad en la Comisión y se votó en bloque, tanto en general como en particular, lo que demuestra que ni siquiera se dieron las condiciones para el debate en profundidad que requería un proyecto de esta naturaleza. Por estas razones y por considerar que es necesario incrementar en forma

sustantiva el financiamiento de la educación, como lo planteaba la intencionalidad de este proyecto, objetivo que no se cumplió, votaremos en contra, porque no aceptamos que se sigan presentando proyectos parche que no entregan ninguna solución a los grandes problemas de la educación chilena. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Ha terminado el tiempo

del Orden del Día, pero aún quedan diez diputados inscritos para intervenir sobre este proyecto. ¿Habría acuerdo para continuar la discusión y votarlo en la sesión ordinaria

de mañana? Acordado.

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DISCUSIÓN SALA

1.5. Discusión en Sala Cámara de Diputados. Legislatura 360. Sesión 24. Fecha 09 de mayo, 2012. Discusión general. Se aprueba en general y en particular. INCREMENTO DE LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. Primer trámite constitucional. (Continuación). El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Corresponde continuar

la discusión del proyecto de ley, iniciado en mensaje, que aumenta las subvenciones del Estado a establecimientos educacionales. Antecedentes: -La discusión del proyecto de ley contenido en el boletín Nº 8070-04,

se inició en la sesión 22ª, en 8 de mayo de 2012, de esta legislatura. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el

diputado señor Auth. El señor AUTH.- Señor Presidente, quiero contarle a la Sala que, tal como

figura en los respectivos informes de las Comisiones de Educación y de Hacienda, luego de un largo y fructífero debate, nosotros votamos en contra. En verdad, nadie puede sino recibir con beneplácito una iniciativa de esta

naturaleza, pues existe una demanda municipal muy importante en la materia -aprovecho de saludar a algunos alcaldes del norte que se encuentran en las tribunas- y una necesidad objetiva de incrementar los recursos que recibe la educación. Sin embargo, advertimos algunos problemas. El punto es triple. En primer lugar, la falta de relación y consistencia entre el compromiso

presidencial de doblar la subvención educacional preferencial por alumno -se corrigió y se estableció un lapso de ocho años- y el crecimiento prácticamente vegetativo que propone la iniciativa para la subvención general, que, entiendo, es de 3,5 por ciento. A ese ritmo, de ninguna manera vamos a ver concretado dicho compromiso presidencial, salvo que el próximo gobierno haga un esfuerzo tal, de más del doble del realizado por este, para cumplir en ocho años con dicho compromiso. Al respecto, sería una paradoja que el próximo Presidente de la República, que, eventualmente, podría provenir de otra coalición, tuviera que dar cumplimiento a las promesas del Presidente Piñera. En segundo lugar, todos los incrementos de subsidios a la educación tienen

el efecto prácticamente inmediato de generar un mayor atractivo para quienes pretenden instalar un negocio a partir de la educación. Entonces, ocurre que, en la medida en que la subvención crece, la oferta educativa privada con financiamiento público también lo hace. ¿Dónde, cómo y a partir de qué crece?

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DISCUSIÓN SALA

Como no existe ninguna limitación, como no se establece la mínima exigencia -que incluso, se les hace a las botillerías- de instalarse de acuerdo con un plan regulador -es decir, que para crear una escuela deba haber una mínima demostración de la existencia de una demanda insatisfecha-, lo que en la práctica estamos haciendo indirectamente al incrementar la subvención es debilitar la educación pública, porque el negocio se instala cerca de un liceo o de una escuela pública, con el propósito explícito de drenar matrículas desde dichos establecimientos hacia los establecimientos educacionales particulares subvencionados. Si agregamos la señal que conlleva la reforma tributaria, cual es la de

liberar, por la vía de un crédito tributario, una fracción de los ingresos que las familias pagan para mandar a sus hijos a estudiar a las escuelas particulares subvencionadas, estaremos entregando un mensaje muy potente de debilitamiento de la educación pública. Le planteamos al ministro -eso nos llevó a votar en contra el proyecto en

comisiones, y, probablemente, también nos haga abstenernos en la Sala, para dejar constancia del hecho- la necesidad de introducir regulaciones a la creación de escuelas particulares financiadas con recursos públicos, para que ello no redunde en el debilitamiento de la educación pública, que viene desde hace una década, pero que, por esta vía, estamos incrementando de manera muy acelerada. En consecuencia, en lo que a nosotros respecta, reitero que, por supuesto,

recibimos con beneplácito el incremento, pero nos parece francamente insatisfactorio en relación con la demanda y el compromiso del Presidente de la República, de doblar el monto de la subvención. Considero bueno focalizar en prekínder y kínder y en la subvención escolar preferencial; sin embargo, me parece completamente negativo que no se quiera abrir una ventana de discriminación positiva en favor de la educación pública y que, por el contrario, existan señales tan potentes de fortalecimiento y de incentivo para que las familias trasladen a sus hijos a la educación privada, como se constata con el hecho de no estar dispuestos siquiera a establecer exigencias mínimas de demostración de la existencia de una demanda insatisfecha para instalar establecimientos educacionales de esas características en nuestras comunas. A mi juicio, lo que estamos haciendo con esto es, tras una tendencia instalada de debilitamiento, dar un golpe de gracia a la educación pública. Muchas gracias. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el

diputado señor Germán Becker. El señor BECKER.- Señor Presidente, no deja de sorprenderme, a pesar de

que ha sido una actitud permanente de los diputados de la Concertación, que, cada vez que se conoce un proyecto del Gobierno, ellos lo voten en contra o intenten rechazarlo por considerarlo insuficiente, porque deberíamos agregar más recursos o porque en él deberíamos enfrentar más materias. Esto se ha

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DISCUSIÓN SALA

dado mucho, en especial en lo relativo a educación. En efecto, cada vez que se tramita un proyecto de incremento de recursos, como el que debatimos, que amplía la subvención escolar, u otras iniciativas que aumentan determinadas becas o subvenciones, siempre se hace referencia al sistema: que hay que cambiarlo totalmente, porque no puede seguir operando en la forma en que lo está haciendo. Parece que ellos vienen llegando de otro planeta: estuvieron veinte años en

el gobierno y recién ahora se dan cuenta de que el sistema es el que no funciona. Sin embargo, ayer me sorprendí más de lo habitual cuando el diputado

Monsalve expresó que en la actualidad “no se puede avanzar en la medida de lo posible”. Ahora hay que avanzar mucho más, porque la calle lo demanda. Esto me recuerda lemas como “Avanzar sin transar”, o el de mayo del 68, en París: “Seamos realistas, pidamos lo imposible”. A mi juicio, los diputados tenemos la responsabilidad de escuchar lo que

pide la gente; sin embargo, también debemos ser responsables en cuanto a que los recursos de que se dispone no son ilimitados. En este país aún no podemos entregar educación gratuita para todos. ¡Qué más quisiera el Gobierno que entregar educación superior gratuita para todos, subir la subvención al doble, dar cobertura total a kínder y prekínder! Pero la realidad indica que eso no se puede hacer todavía. Por eso, lo responsable es seguir avanzando; continuar subiendo las

subvenciones, como lo estamos haciendo mediante este proyecto, que, en mi opinión, es muy importante. Obviamente, la iniciativa no solucionará todos los problemas de la educación chilena. Para eso estamos trabajando en otras materias, como el proyecto de nueva carrera docente, mediante el cual se premiará a los buenos profesores; la prueba Inicia, que hace pocos días arrojó muy malos resultados, por lo que consideramos muy importante responsabilizar a las universidades, para que impartan carreras pedagógicas de calidad, cuestión que en este momento no se está dando; el cambio en la institucionalidad de la educación básica y media; el nuevo sistema de acreditación para las universidades, para que no existan más carreras de pedagogía que entreguen profesores que no puedan hacer clases de manera decente. En suma, son muchas las modificaciones que se están haciendo, por ejemplo, en los sistemas de crédito universitario, como el nuevo sistema de crédito estudiantil con una tasa de interés de 2 por ciento, y el crédito contingente al ingreso. A ello se agrega la creación de más becas para el 60 por ciento de los alumnos más vulnerables y la posibilidad de crédito para el 90 por ciento de los estudiantes. El Gobierno está efectuando muchos cambios en educación. Por lo tanto,

después de estos cuatro años, si la Concertación nos lo permite, habrá una educación bastante mejor, y tendremos más calidad y equidad en la educación chilena. Estamos ante un proyecto acotado, pero que inyecta una importante

cantidad de recursos a la educación escolar: son 175.000 millones de pesos. Por lo tanto, no podemos obstaculizar que esos recursos lleguen a la educación

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DISCUSIÓN SALA

escolar, que tanto los necesita, y que tanto demandan los municipios del país. Dicha suma se desglosa en 40 por ciento para subvención preferencial en favor de los alumnos más vulnerables -esta subvención llega preferentemente a los colegios municipales, por lo cual, es un apoyo que llegará directamente a la educación pública-, 35 por ciento para subvención general y 25 por ciento para kínder y prekínder. Para quinto y sexto básico, la subvención escolar preferencial sube prácticamente en 50 por ciento; de séptimo básico a cuarto medio, suben el doble, lo que es muy importante; además, aumenta la subvención a kínder y prekínder en prácticamente 20 por ciento. Todos sabemos que la desigualdad empieza en los niveles de kínder y prekínder. Por eso, tenemos que dar la importancia que se requiere a esos grados. En la Comisión de Hacienda se formularon tres indicaciones que no

comparto. Se presentó una indicación a fin de congelar el valor del financiamiento

compartido en 80.000 pesos -me imagino que algo habrá tenido que ver el diputado Carlos Montes, ya que siempre está en esa posición-, la cual tiene un claro problema de admisibilidad. En este momento no voy a aclarar esa posición, sino que voy a dar lectura a lo que señaló el diputado Marcelo Díaz cuando era Vicepresidente de la Cámara de Diputados y declaró inadmisible una indicación presentada por parlamentarios a un proyecto que aumentaba la subvención educacional. La indicación declarada inadmisible tenía por objeto condicionar el aumento

de la subvención en los establecimientos con financiamiento compartido, a la circunstancia de mantener fijo el arancel, o sea, el financiamiento compartido. Sobre el particular, en esa oportunidad el diputado Marcelo Díaz señaló lo

siguiente: “…la indicación afecta de dos maneras la administración financiera del Estado. Por un lado, establece una condición para acceder a la subvención y, de esta manera, determina el gasto que efectúa el Estado por esta vía. El propio tenor del artículo 3°, nuevo, incorporado mediante la indicación, da cuenta de este hecho al señalar un requisito que los establecimientos educacionales con financiamiento compartido deberán cumplir “para acceder al incremento de la subvención que establece esta ley.”. Establecer un gasto condicionado es afectar la administración financiera del Estado y, por lo tanto, una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República. Por otro lado, la indicación incide en la administración financiera del Estado,

pues afecta uno de los elementos que determina el monto de la subvención de financiamiento compartido, como es el cobro que realizan los establecimientos.”. Y concluye: “Como se aprecia, congelar los cobros que efectúan los

establecimientos implica afectar el monto de la subvención que otorga el Estado y, por tanto, incide en materias que la Constitución Política reserva a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República.”. Esto es lo que señaló el diputado Marcelo Díaz el año 2008, respecto de una

indicación muy similar a la que hoy estamos analizando. Además de esa fundamentación, la indicación contraviene las ideas matrices

del proyecto. Al respecto, pido un pronunciamiento de la Mesa; de lo contrario,

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DISCUSIÓN SALA

habrá que recurrir al Tribunal Constitucional. En todo caso, desde ya hago reserva de constitucionalidad. Aprovechando el tema del financiamiento compartido, quiero hacer algunos

comentarios de fondo. En mi opinión, el financiamiento compartido ha sido positivo para mejorar la

calidad de la educación chilena. Si bien normalmente se le critica en cuanto a que incrementa las desigualdades -puede que eso ocurra-, lo que hace es mejorar la calidad de algunos colegios, ya que la subvención escolar no da para tener una educación de calidad. Por lo tanto, debo reconocer que incrementa la brecha; pero también entrega la oportunidad a algunos jóvenes para acceder a una educación de calidad, lo cual no lo podrían hacer si no existiera la posibilidad de que sus padres aportaran a su educación. Por el momento, considerando que el Estado todavía no puede entregar una subvención suficiente, no veo razón alguna para limitar la posibilidad de que los padres entreguen un aporte para la educación de sus hijos. Hay otras dos indicaciones que no comparto. Mediante una de ellas, se

incorpora un artículo 3°, nuevo, que establece que “los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado,…y de los establecimientos de educación técnico profesional traspasados…deberán informar al Ministerio de Educación, antes del último día de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajuste de remuneraciones que reciban cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento.”. Me parece interesante, porque versa sobre información; pero claramente es

inadmisible, porque excede las ideas matrices del proyecto. Por tanto, también pido un pronunciamiento de la Mesa respecto de su

admisibilidad. Finalmente, la indicación número cuatro, incorpora un artículo 6°, nuevo, del

siguiente tenor: “El Ministerio de Educación conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular.”. Considero que también es inadmisible, porque excede las ideas matrices del proyecto. La idea me parece interesante, pero debemos tratarla en otro momento. Nosotros planteamos eso cuando estudiamos la LEGE: hablamos de la escuela modelo-eficiente, que era una forma de determinar el costo real de entregar una educación de calidad. La bancada de Renovación Nacional, considerando las necesidades que

tienen todos esos establecimientos, especialmente los municipales, que recibirán más recursos por medio de la subvención preferencial, votará a favor este proyecto de ley. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el

diputado señor Carlos Montes. El señor MONTES.- Señor Presidente, el propósito de este proyecto es

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aumentar la subvención para educación preescolar, la subvención escolar preferencial y la subvención regular. Sin duda, valoramos esto, porque siempre es positivo contar con más recursos. Si miramos la historia, en 1990 el presupuesto para educación era de 1.000

millones de dólares; en 2010, en educación había un presupuesto de 11.000 millones de dólares. Por lo tanto, hubo un sistemático incremento del aporte. En cuanto a este proyecto, para no exagerar, representa un gasto, para el

año 2013, de 160 millones de dólares, y para el año 2014, de casi 175 millones de dólares. Eso es lo que aportaría, sería el gasto teórico máximo, de acuerdo con lo que han señalado las autoridades de la Dirección de Presupuestos. Sin duda, reitero, el aumento de recursos es valorable. Antes de continuar con mi intervención, debo decir al diputado Germán

Becker que su aporte ha sido muy importante en muchos proyectos sobre educación que luego fueron ley de la república. Si no fuera por él, no tendríamos un sistema de acreditación de la educación superior. La UDI estuvo en contra, porque quería que eso lo definiera el mercado, pero un grupo de diputados se comprometió a que eso existiera; asimismo, si no fuera por el diputado Germán Becker, no tendríamos los consejos escolares, porque la UDI siempre se opuso a su existencia; si no fuera por el diputado Germán Becker, profesores seguirían formándose solo el sábado en la mañana, pero eso se eliminó a través de una iniciativa legal. Pero el hecho de tener esa trayectoria no le da derecho a descalificar porque uno piense distinto. Es fundamental que veamos qué diferencias tenemos y las reconozcamos. Nosotros pensamos que en educación hay cosas que se están haciendo mal; también hay cosas que hicimos mal en los gobiernos anteriores, y lo reconocemos. Quiero partir por las indicaciones que hizo la Oposición y que él consideró

que no corresponden. Presentamos seis indicaciones, que fueron rechazadas por el ministro.

Afortunadamente, en la Comisión de Hacienda el diputado Macaya, de la UDI, dijo que, por lo menos, eran dignas de discutirse. ¿Cuáles son estas indicaciones? La primera apunta a que los sostenedores

deberán informar al Ministerio de Educación sobre los recursos destinados al pago de reajuste de remuneraciones, aguinaldos, etcétera. Esto ya lo aprobamos en un proyecto de ley de reajustes, pero creo que debe estar incorporado en el sistema de subvenciones. Esta indicación fue aprobada en forma unánime por la Comisión. La segunda plantea que los establecimientos educacionales con

financiamiento compartido no podrán aumentar el monto del arancel mensual, mientras se rediscute un sistema definitivo. Esta indicación fue rechazada por 6 votos a favor y 7 en contra. Es una proposición que hace tiempo estamos señalando como una forma de regular esta materia durante el período de transición. La tercera dispone que el sostenedor que destine recursos a fines distintos

de aquellos para los cuales se han establecido, incurrirá en notable abandono de deberes, lo que debe ser sancionado drásticamente. Esta indicación fue

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aprobada por 10 votos a favor y 3 en contra; es decir, hubo amplio consenso sobre la materia. La cuarta indicación tiene por objeto crear un sistema de actualización del

costo de la educación, que empiece a regir el próximo año. Señor Presidente, por su intermedio quiero decirle al diputado Becker que la presentamos pensando en que el Ejecutivo iba a acoger nuestra propuesta, a fin de discutirla. Como el ministro nos dijo que no y no se abrió al diálogo, insistimos en nuestra proposición, que fue aprobada en la Comisión por 7 votos a favor y 6 en contra. Por último, propusimos que había que desindexar el tope del financiamiento

compartido. Estaba en cuatro USE, y propusimos sustituirlo por 80 mil pesos, que es un monto equivalente. Afortunadamente, esta indicación también fue aprobada. Creemos que todas estas proposiciones están dentro del marco de las ideas

matrices del proyecto. Lamentamos que existan dificultades para dialogar sobre los contenidos e implicancias de este y otros proyectos sobre educación; en realidad, las facultades de los parlamentarios son tremendamente limitadas. En el ámbito preescolar, por ejemplo, se habla de recursos para prekínder y

kínder; en la prensa se ha publicado mucho al respecto para justificar la reforma tributaria. Tenemos que ser claros: en kínder existe prácticamente ciento por ciento de cobertura, incluso desde antes de que asumiera el actual Gobierno. En prekínder tenemos cerca del 70 por ciento de cobertura. Pero existen serios problemas con las salas cuna y con el primer nivel de transición, cuestión que discutimos durante el proyecto de Ley de Presupuestos para 2011, porque venía sin presupuesto para las salas cuna, lo que interrumpió el ritmo de crecimiento previsto por el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, tanto en inversión como en operación. En la Comisión se planteó que se podría recurrir a la Junji, a Integra, a los municipios que tienen jardines infantiles, en fin. Es necesario avanzar a otro ritmo en las salas cuna y en el primer nivel de transición; nos parece que esta materia no está bien abordada en el proyecto. Durante el debate del proyecto de Ley de Presupuestos de la Nación logramos recursos muy limitados, porque existían diferencias. En relación con la subvención escolar preferencial, el proyecto acelera lo que

ya existía en la ley, ampliándola a la enseñanza media. Por cierto, es un avance valioso. El problema es que hay dificultades con la subvención escolar preferencial, porque las realidades son muy diversas. En algunas partes está bien, en otras, regular, y en algunas, mal. Esto nos preocupa; queremos que el Ministerio de Educación, tal como se acordó cuando se aprobaron esas iniciativas de ley, disponga de más mecanismos de apoyo, especialmente para la educación pública, de manera que esta funcione mejor. Es cierto que habrá un sistema de acreditación y una superintendencia, pero ahora tiene que operar el Ministerio de Educación. Además, la ley lo obligó a crear una unidad de apoyo. Nos parece increíble que haya convenios firmados sin que exista un plan de

mejoramiento, y que existan planes de mejoramiento que sean una simple repetición de los anteriores, sin que haya una reflexión efectiva. Esto es responsabilidad del Ministerio.

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En algunas partes, el manejo de los recursos correspondientes a la subvención escolar preferencial no está bien. Es algo que todos reconocen, y han reclamado por ello. Muchas veces, se gastan sin que estén ligados a un plan de mejoramiento. Pongo el ejemplo de La Florida. Al alcalde se le ocurrió destinar 1.500 millones de pesos de la subvención escolar preferencial, que corresponden al 80 por ciento de toda la comuna, a la compra de pizarras multiactivas, sin conocimiento de los directores de los colegios ni de las comunidades escolares. Después de que lo había hecho, debido a una reclamación que se presentó ante el Ministerio de Educación, empezó a tratar de legitimarlo como gasto en los colegios. Esto es muy malo para los colegios, que son responsables de hacerse cargo del plan de mejoramiento. Mientras no exista una superintendencia, el Ministerio tiene la

responsabilidad y los instrumentos para fiscalizar esto. Por cierto, una vez que esta exista, se contará con más mecanismos de fiscalización. El tercer eje es el de la subvención regular, que aumenta en 3,5 por ciento,

muy por debajo del ritmo que se espera, como lo dijo, entre otros, el diputado Auth. Uno se hace las siguientes preguntas: ¿Qué perspectivas tiene este aumento

de recursos?, ¿hacia dónde vamos con él? Está claro que no basta con recursos; la forma de distribuirlos tiende a favorecer lo que existe, y, por lo tanto, beneficia más a los colegios particulares subvencionados, hecho que me preocupa, en la medida en que perjudica a los establecimientos públicos municipales. Por cierto, los colegios particulares subvencionados deberían ir mejorando. Además, una parte de los recursos no está llegando a las escuelas porque se queda enredada en distintas partes. Señor Presidente, por su intermedio quiero decirle al diputado Becker que

este debate se debe a que tenemos distintos enfoques. Aquí hay un modelo que es el de Tantauco, con un concepto de la educación como un cuasimercado, que llevaría a resultados de mejor calidad, en la medida en que haya más competencia entre los colegios. Desde 1980 hasta ahora, este concepto no ha funcionado. Lo que decimos es que el Estado tiene que preocuparse más de la educación pública, sacarla adelante, reforzarla. Creemos que ponerla a competir en igualdad de condiciones con los colegios particulares subvencionados es la crónica de una crisis anunciada, porque cada vez va cayendo más. El tema relacionado con la segregación y la acelerada crisis que está

viviendo la educación pública administrada por los municipios no está presente en este proyecto, no está en sus conceptos y en su enfoque. Al parecer, no es una preocupación. Estamos convencidos de que para mejorar toda la educación -Kissinger

decía que mejorando la educación pública, mejora toda la educación- es fundamental fortalecer la educación pública en todos los niveles; hay que avanzar en esa dirección. Menciono a Kissinger, porque lo escuché haciendo una apología de la educación pública, y me sorprendió. El diputado Aguiló piensa lo mismo. Durante el debate presupuestario sostuvimos que esto era algo fundamental;

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no hubo acuerdo entre el Gobierno y la Oposición sobre el Presupuesto, precisamente debido al problema de la educación escolar. ¿Qué dijimos nosotros? Que estábamos frente a una crisis que se iba a profundizar; que se requería un plan de revitalización, que estimamos en 250 millones de dólares, considerando un conjunto de medidas. Dijimos que en el Ministerio de Educación hay 120 millones de dólares que no se distribuyen bien, que era posible reorientar esos recursos. El exministro Bulnes nos ofreció 50 millones de dólares, suma que nos pareció insuficiente para la envergadura del problema. Es decir, se requiere una estructura de aporte basal y no solo un sistema de subvenciones para que los colegios en los cuales la matrícula ha caído en forma muy fuerte no se transformen en colegios vacíos. Es responsabilidad pública, del Estado, del Congreso Nacional, del Gobierno, empezar un proceso de recuperación. Lo peor que podría ocurrirle a la actual generación es que se termine con la educación pública; sabemos lo que ello significa para una democracia. El proyecto no contribuye a solucionar este problema; está implícito el concepto de competencia entre colegios para captar alumnos. Un gran vacío es la falta de opciones consistentes relacionadas con la

educación pública. Creemos que hay que revertir esta situación. Como lo dijo otro diputado, el proyecto no nos gusta, porque este objetivo no está incorporado en él, no está implícito, no va en esa dirección. Esperábamos que la gestión del ministro Beyer asumiera este desafío como

algo central. Hemos escuchado su opinión sobre las implicancias y los desequilibrios del financiamiento. Incluso, antes de que fuera ministro, me correspondió comentarle un artículo relacionado con la educación estatal. La verdad es que queremos que, por lo menos, podamos discutir este aspecto, y que no se diga que no corresponde o que estamos cuestionando los proyectos. Nos parece fundamental discutir el tema de la educación pública preescolar, escolar y superior, para construir una mejor democracia y una mejor república. Lamentablemente, parece que esto no logra convencer, que Tantauco es más

fuerte. Por lo menos, la Oposición levanta una posición clara, en cuanto a que tenemos que hacer un tremendo esfuerzo para fortalecer la educación pública, a fin de tener un país mejor. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene Ofrezco la palabra

la diputada señora Cristina Girardi. La señora GIRARDI (doña Cristina).- Señor Presidente, los colegas que me

antecedieron en el uso de la palabra han señalado que siempre es bienvenido el aumento de los recursos para educación. El problema que tenemos es que este aumento de la subvención no va dirigido precisamente a la educación pública. La disminución de la matrícula municipal -hecho por todos conocido, que ha

tenido lugar sobre todo en los últimos períodos- ha sido cada vez más fuerte y más pronunciada. Hoy, solo el 37 por ciento de los alumnos está en las escuelas municipales. Eso quiere decir que el 63 por ciento restante pertenece

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a establecimientos particulares subvencionados. Por lo tanto, en relación con este proyecto de ley, que aumenta la

subvención general en 3,5 por ciento y que aumenta la subvención escolar preferencial, SEP, uno tiene el legítimo derecho de preguntarse hacia dónde irá esta subvención. Con seguridad, irá en mayor medida a establecimientos en los cuales hay más alumnos, que no son precisamente las escuelas públicas, sino las particulares subvencionadas. En la Comisión de Educación, planteé que este proyecto claramente viene a

apoyar a las escuelas particulares subvencionadas. De esa manera, con recursos públicos se apoya el negocio de las escuelas particulares subvencionadas. No existe ninguna restricción respecto de la forma como estas deben utilizar esos recursos. En la Comisión de Hacienda se rechazó una indicación presentada por los

diputados Montes, Ortiz, Auth y otros, que tenía por objeto que no se pudiera aumentar el arancel de las escuelas particulares subvencionadas. Reitero que la mayoría de estos recursos van a esas escuelas. Por otra parte, es importante reconocer que desde hace mucho tiempo, no

solo durante este Gobierno, viene desapareciendo la escuela pública. Debido a la baja en las matrículas, cada vez se cierran más escuelas públicas. Al respecto, ha existido cero apoyo de este Gobierno, y también de los anteriores, en el sentido de querer rescatar la educación pública de verdad. En la Comisión de Educación, Deportes y Recreación, el alcalde Johnny

Carrasco nos dijo que hoy muchos municipios no logran sostener el sistema educacional que deben administrar. No les alcanza para pagar los gastos básicos ni la previsión. Por lo tanto, es absurdo que les lleguen recursos, a través de la SEP, para mejorar la calidad de la educación es un absurdo, porque esos recursos deben ser destinados a sostener el sistema. En consecuencia, muchos municipios -incluidos los de Pudahuel, La Florida,

Cerro Navia y de todas partes del país- figuran en el informe de la Contraloría General de la República en el cual se da a conocer el mal uso de los recursos provenientes de la subvención escolar preferencial. Probablemente, esos recursos se utilizaron para pagar gastos básicos de la educación. En ese contexto, no podríamos hablar de mal uso. Sin embargo, no se están destinando al objetivo que fija la SEP, eje fundamental de este proyecto. Eso ocurre porque los municipios no pueden sostener el sistema. Claramente, el sistema público de educación está en extinción.

Desarrollamos una política neodarwinista, porque en las escuelas no hay selección natural. Las escuelas públicas no pueden ni deben seleccionar, pero sí las hacen particulares subvencionadas. Eso ha hecho que en el sistema público exista mucho más debilidad y vulnerabilidad y mucho menos posibilidad de sobrevivencia. Es decir, estamos matando la escuela pública; ese es el objetivo. Si es así, me gustaría que por lo menos se declarara abiertamente, y que no siguiéramos utilizando el Congreso Nacional y las leyes para financiar el sistema privado y matar el sistema público. Eso es lo que estamos haciendo: estamos entregando recursos al sistema privado, cada vez en forma más sostenida, con mayor matrícula y menor control.

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DISCUSIÓN SALA

Los alcaldes dieron la bienvenida al proyecto que incrementa la SEP, pero piden que, de alguna manera, el Gobierno asuma su responsabilidad respecto de lo que establece el artículo 4° de la ley N° 20.370, Ley General de Educación, que dice: “La educación básica y la educación media son obligatorias, debiendo el Estado -no es opcional- financiar un sistema gratuito destinado a asegurar el acceso a ellas de toda la población…”. El Gobierno y el Estado no están cumpliendo la ley. Escuché lo que dijo el diputado Montes sobre una indicación que presentó

junto con otros diputados, en la cual se establece que “Se considerará siempre como notable abandono de deberes la distracción de las subvenciones otorgadas por el Estado,”. Me parece bien; pero también debiera consignarse que existirá notable abandono de deberes cuando el Estado no cumpla su deber de financiar una educación gratuita para todos los chilenos. Hoy no lo está haciendo, no está entregando los recursos suficientes, y las escuelas públicas se están cerrando, se están extinguiendo. Queda en evidencia que a los municipios cada vez les cuesta más sostener el sistema educacional. La Asociación Chilena de Municipalidades nos expresó que en 2001, en

promedio, los municipios aportaban 22.000 pesos por alumno; en 2004, 54.000 pesos; en 2009, casi 80.000 pesos, que es lo que aporta la subvención preferencial. O sea, el sistema público, los sectores más pobres del país, están financiando a la par con el Estado la educación de los más vulnerables, en circunstancias de que esto es obligación del Estado y no de los municipios. Para nosotros, este es un sistema perverso y mentiroso. Entregar recursos

para mejorar la calidad cuando el barco se hunde, significa dar una bofetada a los municipios, es manifestarles que no nos interesa lo que les ocurra y cómo logren una educación de mejor calidad sin recursos. No hay capacidad ni honestidad para reconocer que el modelo está mal y

que estamos enterrando el sistema público. No se puede seguir parchando el sistema con el aumento de recursos, cuando no hemos logrado cambiar un modelo que claramente está afectando a los más pobres del país. Cuando la educación se encuentre absolutamente privatizada, los más

pobres quedarán fuera de la opción de educarse. Eso es lo que estamos construyendo: el financiamiento de la educación particular subvencionada. Ahí es donde llegarán fundamentalmente los recursos de esta subvención. Por eso, me parece que el proyecto en discusión es una falacia, una mentira. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el

diputado señor Romilio Gutiérrez. El señor GUTIÉRREZ (don Romilio).- Señor Presidente, este proyecto de

ley, que busca aumentar la subvención para prekínder y kínder, la subvención escolar preferencial y la subvención regular, apunta en la dirección correcta. Una de las principales quejas que escuchamos por años es la falta de

recursos económicos para hacer frente a los desafíos de entregar una educación de calidad. Lamentablemente, el clamor de los diversos sostenedores no fue escuchado.

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DISCUSIÓN SALA

En realidad, uno se asombra de escuchar a parlamentarios que fueron gobierno por veinte años, porque este tema no se abordó correctamente en ese período. Sin duda, aumentó la subvención, pero fueron aumentos especiales. No se elaboraron programas para fortalecer la educación mediante la asignación de recursos suficientes para financiar una educación de calidad. No se contempló un aumento sostenido y el compromiso en los últimos años para incrementarla significativamente. Eso es lo que nuestro Gobierno ha comprometido. Evidentemente, hay que conciliar los diversos intereses. Pero aplaudimos

que se esté aumentando la subvención de prekínder y de kínder, nivel en el cual se pueden generar las más profundas desigualdades. El aumento de cobertura y la asignación de la mayor cantidad de recursos posible son aspectos fundamentales para entregar una educación preescolar de calidad. Valoramos el esfuerzo del Gobierno, de crecimiento en cobertura; pero le

hemos pedido especial preocupación por la calidad de la educación en esos niveles, ya que si solo nos preocupamos de que los alumnos que asistan lleguen al ciento por ciento, podríamos generar desigualdades en torno a la formación que reciben. La subvención para prekínder y kínder aumenta en 18,5 por ciento. Este es

un primer gran paso, a fin de que en esos niveles se cuente con los recursos suficientes para entregar la educación que todos queremos. Por otro lado, la subvención regular aumenta en 3,5 por ciento, lo que

beneficiará a más de tres millones de alumnos. Esto se suma al esfuerzo del Gobierno en los últimos dos años por aumentar la subvención regular y la subvención escolar preferencial. Hoy, la subvención escolar preferencial se convierte en un elemento

importante para mejorar la calidad de los aprendizajes y para impulsar los planes de mejoras. Evidentemente, tienen razón los parlamentarios que me antecedieron en el uso de la palabra, en el sentido de que es necesario cautelar el correcto uso de los recursos; que su uso responda a los planes de mejora impulsados por cada establecimiento educacional; que, en esta materia, no sea el sostenedor quien resuelva, sino que él más bien asuma una labor de respaldo de las acciones del colegio. Lamentablemente, en este sentido hemos tenido malas experiencias: algunos establecimientos utilizan muy bien estos recursos, pero en otros, sus sostenedores han desviado parte importante de los recursos de la subvención escolar preferencial hacia otros fines. La SEP se perfeccionó mediante la incorporación de más exigencias que deben cumplir el sostenedor y el establecimiento, pero aún falta camino por avanzar. En ese sentido, la indicación que establece que “Se considerará siempre

como notable abandono de deberes la distracción de las subvenciones otorgadas por el Estado,”, me parece correcta; los sostenedores que desvían hacia otros fines recursos que deben ser destinados exclusivamente a la educación, a cumplir los objetivos de cada establecimiento educacional, deben ser sancionados. Esos recursos no pueden ser utilizados en fines distintos, que no guarden relación alguna con el objetivo para el cual fueron creados, que es

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DISCUSIÓN SALA

resolver los problemas que afectan a cada establecimiento educacional. Se presentó una indicación para sustituir la expresión cuatro USE por un

monto fijo de ochenta mil pesos para el financiamiento compartido. A mi juicio, su texto se aleja del espíritu del proyecto; sin embargo, comparto la argumentación del diputado Montes, en el sentido de que debemos llevar adelante esa discusión, de manera de establecer, por ejemplo, los mecanismos de financiamiento adecuados para la educación en nuestro país y si el sistema vigente, de pago por alumno que asiste al establecimiento educacional, requiere de una modernización. Al respecto, personalmente soy de los que piensan que sí la requiere. Después de tres décadas de vigencia del actual sistema, evidentemente la

educación chilena requiere un giro importante en materia de financiamiento, de tal forma que los recursos que se asignen sean suficientes, pero que se asegure su correcto uso. En ese sentido, estamos abiertos a una discusión profunda respecto del financiamiento de la educación en nuestro país. Termino saludando y aplaudiendo el esfuerzo del Gobierno y del ministro por

enfrentar los desafíos que tenemos en materia de educación superior, de enseñanza básica y media, y de la educación preescolar. Sin embargo, considero fundamental hacer presente una necesidad pendiente -en eso comparto las palabras del ministro- en materia de educación media técnico-profesional, en la cual existe un pésimo nivel de formación, completamente alejado de las demandas laborales y de las capacidades de nuestro recurso humano. Se trata de un aspecto en el cual debemos poner atención, de manera de ver la forma de inyectar los recursos necesarios a fin de ofrecer la educación que esos alumnos necesitan. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el

diputado señor José Miguel Ortiz. El señor ORTIZ.- Señor Presidente, la mejor inversión que puede hacer un

país es en educación. Es algo que nadie discute. Después de escuchar al colega que me antecedió en el uso de la palabra

preguntarse qué hicimos durante veinte años, le respondo que mucho. En junio de 1990, el ingreso de los profesores pertenecientes al sector municipal llegaba solo a 25 mil pesos mensuales. El colega es profesor y sabe que estoy diciendo la verdad. Por su parte, en los colegios particulares subvencionados llegaba solo a 15 mil pesos mensuales. Por ello, sacamos adelante el Estatuto Docente y establecimos la remuneración básica mínima nacional. Se dice que en veinte años no se hizo nada, pero sí se hizo. En relación con la

jornada escolar completa, prácticamente se terminó la infraestructura en todas las comunas del país. Asimismo, se favoreció con pasantías a colegas profesores, etcétera. Por consiguiente, tiene que quedar claro que en veinte años aumentamos el

presupuesto y tratamos de mejorar la calidad de la educación. Es necesario tener en consideración lo siguiente: de los casi diez mil colegios

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DISCUSIÓN SALA

que había hace diez años en el país, el 8 por ciento era particular, y del resto, dos tercios eran municipales y solo un tercio particular subvencionado. En estos últimos años, las cifras se invirtieron, es decir, dos tercios son particulares subvencionados y un tercio es municipal. A lo mejor, en algunos municipios no ha existido capacidad para retener al alumnado. Sin embargo, es bueno recordar que los municipios se cansaron de destinar recursos a los departamentos de administración de la educación municipal o a las corporaciones municipales. Solo en lo que va de este año, los municipios han dejado de percibir 37.000 millones de pesos por la disminución de las matrículas, lo cual ha significado poner término a la relación laboral con profesores que se encontraban a contrata. ¿Cuál es el tema de fondo en este proyecto? En primer lugar, deseo aclarar,

para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, que cuando iniciamos su discusión, quedó absolutamente claro que las platas para el proyecto de ley -tiene un costo mensual para 2012 de 12.077 millones de pesos- ya las aprobamos en el Presupuesto de 2012. Por lo tanto, es mentira que se necesita la reforma tributaria para su financiamiento. Digo esto para que vayamos poniendo las cosas en el nivel correspondiente. Cada una de las comisiones trató de llevar a cabo su tarea legislativa con

seriedad y responsabilidad. ¿Por qué digo esto? Porque en la Comisión de Hacienda varios parlamentarios, en cumplimiento de nuestra labor, presentamos indicaciones para mejorar el proyecto. ¡Cómo no va a ser importante la indicación número 1), que presentamos los diputados Montes, Auth, Jaramillo, Lorenzini, Marinovic y quien habla, que fue aprobada por unanimidad! Dicha indicación intercala un artículo 3°, nuevo, que dispone que “Los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado… y de los establecimientos de educación técnico profesional… deberán informar al Ministerio de Educación, antes del último día de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajuste de remuneraciones que reciban cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento El Ministerio de Educación deberá enviar esta información a las Comisiones

de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, antes del 31 de marzo de cada año.”. ¿Por qué expreso esto? Como tratamos de mejorar el proyecto, desde ya

anuncio mi voto favorable. El 3,5 por ciento de aumento del valor de la subvención general no figuraba

en el ofrecimiento que hizo el actual Presidente de la República durante su candidatura, cuando señaló que en su Gobierno las subvenciones se incrementarían al menos en 50 por ciento, y que el aumento del ciento por ciento se obtendría en un plazo máximo de ocho años. Para mí, como profesor, es importantísimo que tengamos un aumento

significativo de las subvenciones para la enseñanza prebásica y básica. El proyecto considera un aumento de la subvención escolar preferencial para 5° y 6° año de educación general básica. Además, duplica el monto de la subvención escolar preferencial desde 7° año de educación general básica

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hasta 4° año medio, y establece un incremento de la subvención general de 3,5 por ciento, que incluye un incremento especial de 15 por ciento para la subvención del primero y segundo nivel de transición de educación parvularia que aún no están en jornada escolar completa. Esto último significa financiar, a lo menos, la enseñanza prebásica y básica. Quiero ser claro en un aspecto: Creo en la libertad de enseñanza y en que

debemos dar un gran apoyo a la educación municipalizada; pero también hay que respetar la educación particular subvencionada y la particular, porque cada una cumple un rol. Es cierto que algunos colegios no lo han cumplido como corresponde, pero la inmensa mayoría, sí lo hace. Por lo tanto, anuncio mi apoyo al proyecto. No concede todo lo que

necesitábamos, pero significa un avance y un aporte importantes. El artículo primero transitorio establece que “La presente ley entrará en

vigencia a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial”. En dos oportunidades planteé mi preocupación al respecto en la Comisión de Hacienda. Presentamos una indicación para que entrara en vigor con efecto retroactivo, a contar del 1 de marzo del presente año. Ello debiera ser así si en verdad queremos ayudar al financiamiento de la educación. Como en el Senado el Gobierno tiene minoría, no me cabe duda alguna de

que se llevará a efecto esa negociación. Esperamos que sea así. Por lo tanto, reitero que votaré favorablemente el proyecto. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra la

diputada señora María José Hoffmann. La señora HOFFMANN (doña María José).- Señor Presidente, en estos dos

años hemos debatido bastante sobre educación. Siento que el Gobierno ha formulado, con responsabilidad y compromiso,

una serie de propuestas que intentan dar solución a un sistema complejo, que todavía tiene muchos problemas en materia de cobertura, que exhibe parámetros de calidad muy bajos y que, por lo tanto, requiere de cambios en forma urgente. Por eso, el proyecto apunta a acelerar los aumentos de las subvenciones

preescolar, escolar preferencial y general. Digo acelerar, porque nos parece que el aumento de recursos en esos ámbitos es una necesidad urgente. Sin embargo, cuando se tramitan proyectos sobre educación, siempre

escuchamos la misma cantinela de la Oposición: no están de acuerdo en nada. Por suerte, no son todos. En ese sentido, quiero excluir a algunos de sus parlamentarios, que se han manifestado a favor. Me cuesta entender -es bastante agotador- que incluso cuando se trata de

proyectos que abordan la solución a importantes demandas sociales, que implican la asignación de nuevos recursos la canción nunca cambie. Las críticas son siempre las mismas, como si hubiésemos sido gobierno durante los últimos cincuenta años. Esta monotonía es bien difícil de entender. Estoy segura de que si

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DISCUSIÓN SALA

aportaran, en el entendido de que tenemos visiones distintas, a fin de enriquecer los proyectos, la cosa sería diferente; pero el debate siempre resulta estéril y débil. Deseo hacer un llamado de atención sobre la incapacidad de reconocer y de

ponernos de acuerdo. Nunca habrá mejoras en la política educacional si no nos decidimos hacerlo aquí. Aunque a algunos el proyecto les parezca insuficiente, representa un paso importante. A los que hoy dicen que es necesario avanzar más rápido y aumentar los

recursos, quiero decirles que tienen razón en dos cosas: en primer lugar, que durante sus gobiernos dejaron en absoluto abandono a la educación, en especial a la pública. Por eso, el monto de las subvenciones es bajo. ¿Se sienten orgullosos algunos diputados del monto de la subvención escolar

que heredamos? El monto promedio que hoy estamos aumentando es bastante mayor al monto promedio del aumento que experimentó durante los últimos gobiernos. En segundo lugar, debemos hacernos cargo de este problema, pero con un

criterio de responsabilidad fiscal. Necesitamos muchos recursos; es necesario introducir muchas correcciones al sistema, por ejemplo, para superar las discriminaciones que tienen lugar en la educación superior. Es necesario dignificar la labor del profesor, aumentar la cobertura, todavía muy baja en materia de salas cuna -de lo que se habla muy poco, posiblemente porque las guagüitas no pueden salir a marchar-; corregir los créditos usurarios que ustedes crearon, por ejemplo, el Corfo y el CAE. También debe haber recursos para aumentar las becas a los discriminados de la educación superior, es decir, quienes cursan estudios en la educación técnica. Y así sigue y sigue; la lista es larga. Pido a los parlamentarios de las bancadas de enfrente que consideren el

proyecto en su mérito, el cual, si bien no pone término a todos los problemas de financiamiento, sí representa un paso importante. No podemos negar recursos a la educación, especialmente a los alumnos de prekínder y kínder, ni tampoco a los niños más vulnerables. Me quiero hacer cargo de las palabras de la diputada Cristina Girardi. Por

supuesto, estos recursos van a todos los niños del sistema, no solamente a los de escuelas municipales, sino también a los establecimientos particulares subvencionados. Al respecto, quiero recordar que más de un tercio de los niños más pobres eligen las escuelas particulares subvencionadas. Este Gobierno y nosotros queremos hacernos cargo de corregir el sistema para todos los niños, en especial para los que más lo necesitan. Llamo a votar el proyecto en su mérito, repito, y a reconocer que va por el

camino correcto. Si, en la medida en que corrijamos el desastroso sistema que heredamos, nos damos cuenta de que hay más espacio para aumentar las subvenciones, lo haremos, como siempre. Por último, pido que la Mesa se pronuncie sobre la admisibilidad de las

indicaciones números 4 y 5, presentadas en la Comisión de Hacienda. Al respecto, pido que se declaren inadmisibles, porque no dien relación con las ideas matrices o fundamentales del proyecto de ley, como lo explicó el

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DISCUSIÓN SALA

diputado Germán Becker. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el

diputado señor Alberto Robles. El señor ROBLES.- Señor Presidente, desde hace bastante tiempo nuestra

sociedad está inmersa en una discusión muy profunda sobre el tipo de educación que ella quiere. En 2006, los “pingüinos”, es decir, los jóvenes de educación básica y media,

se levantaron para decirnos que nuestra sociedad no quiere más de lo mismo; que no quiere una educación como la que se plantea hoy, es decir subordinada a los recursos económicos que dispongan sus padres. El año pasado, los universitarios y los jóvenes de enseñanza básica y media

plantearon la misma preocupación. ¿Qué dijeron los jóvenes a la sociedad, al Ministerio de Ecuación y al señor ministro? Con claridad, le dijeron: “En relación con la educación pública, queremos que se desmunicipalice de una vez por todas”. Antes se lo dijeron a la Presidenta Bachelet, pero no se hizo. Hoy se lo dicen al Presidente Piñera, pero no hay intención de hacerlo. Los jóvenes dicen que tal como está en la actualidad el sistema público,

continuará manteniendo las inequidades. Por lo tanto, es evidente que lo único que hace un proyecto como el que

conocemos hoy es mantener el statu quo de la educación básica y media. Peor aún, incorpora las subvenciones para los niveles preescolares, es decir, prekínder y kínder. En Chile, existen dos grandes instituciones que velan por el desarrollo de los

niños desde la sala cuna hasta el nivel escolar: la Junji e Integra. Con lo que se está planteando acá, iniciamos la misma mirada: subvencionar los recursos para atender a los niños de educación prebásica. ¿Es que acaso el Estado quiere seguir con el mismo sistema? ¿Eso quiere el

Gobierno? La sociedad dice que no, que hay que desmunicipalizar. Los profesores nos plantearon un proyecto alternativo, que los radicales compartimos íntegramente. Avancemos hacia sistemas distintos, por cierto, descentralizados. Nadie

quiere que la educación pública vuelva al Ministerio, como ocurría antaño. Queremos sistemas descentralizados, servicios educacionales descentralizados, con patrimonio propio y direcciones descentralizadas, que respondan a una lógica de mayor profesionalización y, por cierto, de atención a las necesidades de los educandos. El financiamiento de esos servicios debe hacerse desde el Estado, vía Ley de

Presupuestos, a fin de financiar los recursos tecnológicos con los cuales cuenten los niños en las aulas, y también para financiar a los docentes y su capacitación. Por cierto, lo que necesita Chile es una reforma de verdad de la educación,

que sea integral y que incorpore la educación universitaria. Como se consigna en el informe financiero, el proyecto contempla un gasto

total de 159.680 millones de pesos para 2013 y 174.455 millones de pesos

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DISCUSIÓN SALA

para 2014. Esas cifras deberían ser incorporadas, en forma íntegra, al sistema público de educación. Sin embargo, si no hay reforma, eso no se podrá hacer y parte de esos recursos terminarían en el bolsillo de sostenedores privados, que lucran con la educación pública, con la educación preescolar y escolar. Entonces, ¿tiene algún sentido que sigamos legislando y entregando

nuestros votos para aprobar que se gasten los recursos si no se lleva a cabo una reforma integral? Considero que no tiene sentido. Creo que esos recursos corresponden si se modifica la estructura pública actual, es decir, si esta se desmunicipaliza, si se crean servicios educacionales, si se diseñan programas como los llevados adelante por los países desarrollados. Está claro que la actual forma de administración no beneficia a los chilenos y a las chilenas. Se deben efectuar reformas importantes en el área de los profesores. La

prueba Inicia -con resultados recién publicados- muestra el déficit que tenemos en materia de educación de nuestros profesores. Pero se sigue invirtiendo en el sector privado. ¿Dónde debe estar puesto el foco del Estado? En la educación pública,

porque esa es la única forma de asegurar que haya mayor equidad en el futuro. Si no lo hacemos ahora, seguiremos debatiendo esta materia por años, sin que haya cambios en la educación. Por ello, estamos en contra del proyecto del Ejecutivo. Tal como lo señaló el Frate Nacional, que representa el punto de vista de los

profesores radicales, creemos que si se sigue en esa línea, lo único que se obtendrá es desequilibrio y desigualdad, lo que no contribuye a que tengamos un país más justo en el futuro. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los

siguientes términos: El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En votación general el

proyecto, iniciado en mensaje, que aumenta las subvenciones del Estado en los establecimientos educacionales, con excepción del artículo 4°, que tiene carácter orgánico constitucional. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 95 votos; por la negativa, 16 votos. No hubo abstenciones. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Arenas

Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera

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DISCUSIÓN SALA

Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Torres Jeldes Víctor; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo Sergio; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; De

Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Jarpa Wevar Carlos Abel; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Robles Pantoja Alberto; Teillier Del Valle Guillermo. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En votación general el

artículo 4°. Hago presente a la Sala que su aprobación requiere 69 votos afirmativos. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 56 votos. No hubo abstenciones.

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DISCUSIÓN SALA

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Rechazado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade

Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Rincón González Ricardo; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Vallespín López Patricio; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer

Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Debido a que la

urgencia del proyecto ha sido calificada de suma, deberá votarse también en

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DISCUSIÓN SALA

particular. En votación particular el proyecto, con excepción de los artículos 3°, 5° y 6°,

cuya votación separada ha sido solicitada. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 38 votos. Hubo 6 abstenciones.

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer

Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Torres Jeldes Víctor; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Andrade Lara Osvaldo; Araya

Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Lemus Aracena Luis; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Pascal Allende Denise; Pérez

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DISCUSIÓN SALA

Arriagada José; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Teillier Del Valle Guillermo; Vargas Pizarro Orlando. -Se abstuvieron los diputados señores: Alinco Bustos René; Goic Boroevic Carolina; Harboe Bascuñán Felipe;

Lorenzini Basso Pablo; Saffirio Espinoza René; Vidal Lázaro Ximena. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En relación con los

artículos 3°, 5° y 6°, se ha pedido un pronunciamiento de la Mesa respecto de su admisibilidad. La Mesa considera que el artículo 3° es admisible y declara inadmisible los

artículos 5° y 6°. El señor MONTES.- Señor Presidente, pido la palabra. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra su

señoría. El señor MONTES.- Señor Presidente, pido que se vote la inadmisibilidad de

cada artículo por separado. En cuanto al artículo 5°, que establece que el Ministerio de Educación,

conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular, esperábamos que en la Comisión primara la capacidad de diálogo, a fin de llegar a un acuerdo. Desgraciadamente, quizá, por inexperiencia, no la hubo. Entendemos esa inadmisibilidad; sin embargo, no se puede declarar inadmisible la intención de reemplazar la expresión “4 U.S.E.” por “$ 80.000”. Creemos que tenemos facultad para legislar sobre el particular, por lo que consideramos admisible el artículo. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En votación la

inadmisibilidad del artículo 5°. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 58 votos. Hubo 1 abstención.

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- El artículo 5° se declara

admisible. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer

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DISCUSIÓN SALA

Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade

Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Vallespín López Patricio; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías. -Se abstuvo el diputado señor Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En votación la

inadmisibilidad del artículo 6°. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 59 votos.

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Historia de la Ley N° 20.637 Página 118 de 413

DISCUSIÓN SALA

Hubo 1 abstención. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- El artículo 6° se declara

admisible. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer

Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade

Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Vallespín López Patricio; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías. -Se abstuvo el diputado señor Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag.

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Historia de la Ley N° 20.637 Página 119 de 413

DISCUSIÓN SALA

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En votación el artículo

3°. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 58 votos; por la negativa, 53 votos. Hubo 1 abstención.

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya

Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Vallespín López Patricio; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer

Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Santana Tirachini Alejandro; Silva Méndez Ernesto;

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Historia de la Ley N° 20.637 Página 120 de 413

DISCUSIÓN SALA

Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. -Se abstuvo el diputado señor Sandoval Plaza David. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En votación el artículo

5°. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 58 votos; por la negativa, 53 votos. No hubo abstenciones.

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade

Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Vallespín López Patricio; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer

Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag;

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Historia de la Ley N° 20.637 Página 121 de 413

DISCUSIÓN SALA

Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En votación el artículo

6°. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 53 votos. No hubo abstenciones.

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade

Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Harboe Bascuñán Felipe; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Vallespín López Patricio; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer

Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay

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Historia de la Ley N° 20.637 Página 122 de 413

DISCUSIÓN SALA

Peñaloza Enrique; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Despachado el

proyecto al Senado.

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Historia de la Ley N° 20.637 Página 123 de 413

OFICIO LEY

1.6. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora Oficio de Ley al Senado. Comunica texto aprobado. Fecha 09 de mayo, 2012. Cuenta en Sesión 17. Legislatura 360. Senado.

Oficio Nº 10.157 VALPARAÍSO, 9 de mayo de 2012

Con motivo del Mensaje, Informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente proyecto de ley, correspondiente al boletín N° 8070-04. PROYECTO DE LEY: “Artículo 1°.- Modifícase la ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial de la siguiente forma:

Reemplázase el cuadro de Valor Subvención en U.S.E., contenido en el artículo 14, por el siguiente:

Desde 1° nivel de transición hasta 4° año de la educación básica

5° y 6° año básico

7° y 8° año básico

Desde 1° hasta 4° año de enseñanza media

A: Establecimientos educacionales autónomos

1,694 1,694 1,129 1,129

B: Establecimientos educacionales emergentes

0,847 0,847 0,5645 0,5645

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

”.

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OFICIO LEY

2) Reemplázase el cuadro del artículo 16, por el siguiente:

Tramos según el porcentaje de alumnos prioritarios del Establecimiento Educacional

Desde el 1° nivel de transición hasta 4° año básico (U.S.E.)

5° y 6° año básico (U.S.E.)

7° y 8° año básico (U.S.E.)

Desde 1° año hasta 4° año de enseñanza media (U.S.E.)

60% o más 0,302 0,302 0,202 0,202 Entre 45% y menos de 60% 0,269 0,269 0,179 0,179 Entre 30% y menos de 45% 0,202 0,202 0,134 0,134 Entre 15% y menos de 30% 0,118 0,118 0,078

0,078

3) Reemplázase el inciso tercero del artículo 20 por el siguiente: “Este aporte adicional será de 0,847 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el primer y segundo año de transición de la educación parvularia y hasta el 6º año de la educación general básica; de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen 7º y 8º año de la educación general básica; y de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el 1° hasta 4° año de enseñanza media.”. 4) Sustitúyese el artículo duodécimo transitorio por el siguiente: “Artículo duodécimo.- Los niveles de 1° año de enseñanza media a 4° año de enseñanza media se incorporarán gradualmente a la percepción de la subvención escolar preferencial, de la subvención por concentración de alumnos prioritarios y de los aportes adicionales establecidos en esta ley, a razón de un nivel por año, comenzando el año escolar 2013 con el 1° año de enseñanza media.”.

Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales: 1) Modifícase el artículo 9°, en el siguiente sentido: a) Sustitúyese el inciso primero, por el siguiente: "Artículo 9°.- El valor unitario mensual de la subvención por alumno para cada nivel y modalidad de la enseñanza,

”.

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Historia de la Ley N° 20.637 Página 125 de 413

OFICIO LEY

expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), corresponderá al siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 9° (incluye incrementos fijados por leyes Nos. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. por aplicación del factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación Parvularia (1° Nivel de Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación Parvularia (2° Nivel Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación General Básica (1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6°)

1,81401 0,17997 1,99398

Educación General Básica (7° y 8°)

1,96884 0,19546 2,16430

Educación Especial Diferencial

5,79658 0,59727 6,39385

Necesidades Edu-cativas Especiales de carácter Transitorio

4,96143 0,59727 5,5587

Educación Media Humanístico-Científica

2,19850 0,21818 2,41668

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

3,25842 0,32402 3,58244

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

2,54190 0,25252 2,79442

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Historia de la Ley N° 20.637 Página 126 de 413

OFICIO LEY

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

2,27993 0,22634 2,50627

Educación Básica de Adultos (Primer Nivel)

1,29547 0,13317 1,42864

Educación Básica de Adultos (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,71879 0,13317 1,85196

Educación Básica de Adultos con oficios (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,93046 0,13317 2,06363

Educación Media Humanístico-Científica de adultos (Primer Nivel y Segundo Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Primer Nivel)

2,36078 0,18363 2,54441

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,89313 0,18363 3,07676

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Primer Nivel)

2,1371 0,18363 2,32073

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,22211 0,18363 2,40574

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OFICIO LEY

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Comercial y Técnica (Primer Nivel, Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

b) Sustitúyese el inciso noveno, por el siguiente: "En el caso de los establecimientos educacionales que operen bajo el régimen de jornada escolar completa diurna, el valor unitario mensual por alumno, para los niveles y modalidades de enseñanza que se indican, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), será el siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en factor artículo 9° en U.S.E. (incluye incrementos fijados por leyes N°s. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación General Básica 3° a 8° años

2,52450 0,24655 2,77105

Educación Media Humanístico-Científica

3,01381 0,29481 3,30862

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

4,06671 0,40013 4,46684

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

3,18177 0,31177 3,49354

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

3,01381 0,29481 3,30862

”.

”.

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OFICIO LEY

Artículo 3°.- Los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado, conforme al decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, y de los establecimientos de educación técnico profesional traspasados en administración de acuerdo al decreto ley N° 3.166, de 1980, deberán informar al Ministerio de Educación, antes del último día de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajuste de remuneraciones que reciban cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento.

El Ministerio de Educación deberá enviar esta información a las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, antes del 31 de marzo de cada año.

Artículo 4°.- El Ministerio de Educación

conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo.

El Ministerio de Educación deberá someter el

estudio a que se refiere el inciso anterior a la consideración del Consejo Nacional de Educación quien emitirá, dentro del plazo de 45 días contado desde el requerimiento, un informe que contenga recomendaciones respecto de la pertinencia y oportunidad de posibles incrementos en el valor de las distintas subvenciones escolares de la educación regular.

Los aumentos de subvención que proponga el

Ejecutivo al Parlamento deberán fundarse en los resultados del estudio y en las recomendaciones del informe a que se refieren los incisos anteriores. En caso de que los aumentos de subvenciones no recojan los resultados y, o recomendaciones se deberá justificar fundadamente dicha decisión.

A fin de garantizar que los estudios a que se

refiere el inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para efectos de los mismos deberán otorgar toda la información necesaria que sea requerida.

En caso de incumplir la obligación señalada en

el inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a las sanciones

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OFICIO LEY

previstas en la ley N° 20.529 para el caso de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación.

La Superintendencia de Educación brindará el

apoyo necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información recabada con ocasión de los levantamientos efectuados.

Los estudios y el informe realizados de

conformidad a este artículo deberán estar disponibles en la web del Ministerio de Educación y remitirse a la Comisión de Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al inicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión.

Artículo 5°.- Para sustituir en el inciso primero del

artículo 24 del decreto con fuerza N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión "4 U.S.E." por “$ 80.000”.

Disposiciones transitorias

Artículo primero.- La presente ley entrará en

vigencia a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo segundo.- El primer estudio que se realice

de conformidad a lo prescrito en el artículo 4°, se realizará al inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo tercero.- El mayor gasto que represente

esta ley durante el año 2012 se financiará con cargo a la partida 09 Ministerio de Educación, del Presupuesto del Sector Público.”.

Dios guarde a V.E. NICOLÁS MONCKEBERG DÍAZ Presidente de la Cámara de Diputados ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ Secretario General de la Cámara de Diputados

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2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Primer Informe de Comisión de Educación Senado. Fecha 18 de junio, 2012. Cuenta en Sesión 33. Legislatura 360. INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que aumenta las subvenciones del Estado en los establecimientos educacionales. BOLETÍN Nº 8.070-04 HONORABLE SENADO:

La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología tiene el honor de informar respecto del proyecto de ley individualizado en el rubro, en segundo trámite constitucional, iniciado en Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, con urgencia calificada de “suma”.

La iniciativa fue discutida sólo en general, en virtud de lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 36 del Reglamento del Senado.

A las sesiones que celebró la Comisión asistieron los siguientes invitados: del Ministerio de Educación, el Ministro, señor Harald Beyer; el Asesor, señor Raúl Figueroa y el Jefe de Gabinete, señor Pablo Eguiguren. De la Fundación Jaime Guzmán, el Secretario Ejecutivo, señor Jaime Bellolio. De la Universidad Diego Portales, el Director del Instituto de Políticas Públicas de la Facultad de Economía, señor Gregory Elacqua; Del Centro de Estudios para el Desarrollo, CED, el Director, señor Pedro Montt. Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Asesor, señor Juan Pablo Rodríguez. De la Secretaría Ejecutiva Programa Legislativo, CIEPLAN: la Asesora, señora Macarena Lobos. De Educación 2020, la Abogado, señora Patricia Schaulsohn. De la Biblioteca del Congreso Nacional, el Analista, señor Luis Castro. Del Instituto Igualdad, el Asesor Jurídico, señor Nicolás Guzmán. De Fundación Jaime Guzmán: la Asesora, señorita Javiera Alzola. Cabe hacer presente que de conformidad a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 27 del Reglamento del Senado, esta iniciativa de ley debe ser informada, en ambos trámites reglamentarios, por la Comisión de Hacienda.

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- - - OBJETIVO DEL PROYECTO

El presente proyecto de ley propone incrementar la subvención para el primer y el segundo nivel de transición de la educación parvularia, como así también la subvención escolar preferencial y de concentración por alumnos prioritarios. Además, propone continuar incrementando la subvención general, de manera de avanzar en la meta de duplicar la subvención. Finalmente, busca que los posibles aumentos de subvención que sugiera el Ejecutivo en el futuro se funden en estudios de la realidad y recomendaciones del Consejo Nacional de Educación. ANTECEDENTES

Para el análisis de esta iniciativa de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.-ANTECEDENTES JURÍDICOS

1.-Artículo 19 N° 10 de la Constitución Política de la República.

2.-Ley N° 20.248 que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial.

3.-Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1998, del

Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales.

4.-Decreto Ley N° 3.166, de 1980, del Ministerio de Educación, que autoriza la entrega de la administración de determinados Establecimientos de Educación Técnico Profesional a las Instituciones o a las Personas Jurídicas que indica.

5.-Ley N° 20.529, de 2011, sobre Sistema Nacional

de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización. II.-ANTECEDENTES DE HECHO

Mensaje presidencial.

El Mensaje que da inicio a este proyecto de ley hace presente que el actual Gobierno se ha esforzado, desde el inicio de su mandato, en mejorar la calidad de la educación. Lo anterior, añade, ha

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quedado plasmado en las leyes números 20.501, de Calidad y Equidad de la Educación, 20.529, que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación y 20.550, que modifica la Ley de Subvención Escolar Preferencial, aumentándola.

La iniciativa legal en estudio, afirma el Mensaje, viene a dar cumplimiento al compromiso presidencial de aumentar la subvención escolar y para ello propone incrementar los aportes que se realizan a los estudiantes y que llegan directamente a la sala de clases, comenzando por quienes más lo necesitan.

De esta manera, añade el Mensaje, se busca incrementar en un 18,5% la subvención para el primer y el segundo nivel de transición de la educación parvularia, a fin de mejorar la calidad de la educación y la igualdad de oportunidades desde los primeros años. Hace notar que la evidencia reconoce que los aprendizajes que se adquieren en esta etapa son claves para el desarrollo futuro de cada alumno y que la rentabilidad de invertir un peso en educación preescolar, es muy superior que en educación superior. Además, manifiesta que esta medida viene a sumarse a una serie de metas relacionadas con la cobertura, la calidad y el financiamiento de este fundamental nivel educativo.

Por otra parte, también se modifica la subvención escolar preferencial que beneficia aproximadamente al 40% de los alumnos de menores ingresos. Para estos efectos, se propone aumentar el monto en un 51, 5% para los estudiantes que asisten a 5° y 6° básico y así igualarlo para todo el ciclo. De esta forma, los aportes entre 1° y 6° básico, por concepto de subvención regular y subvención escolar preferencial, será superior a los $ 80.000 mensuales por alumno. Asimismo, el proyecto sugiere duplicar el aporte que reciben por concepto de subvención escolar preferencial los que cursan desde 7° básico a 4° medio, lo que se traduce en que el aporte total que recibirán fluctuará entre $70.000 y $ 90.000, según el curso y la especialidad del establecimiento. Además, se plantea un incremento de la misma magnitud en la subvención por concentración de alumnos prioritarios.

Finalmente, apunta el Mensaje, se continúa incrementando la subvención general que beneficiará a todos los estudiantes, avanzando en la meta de duplicarla, al aumentarla en un 3,5%. - - - DISCUSIÓN EN GENERAL

La Comisión recibió en audiencia al Ministro de Educación, señor Harald Beyer, a fin de que presentara y explicara, en lo sustantivo, la iniciativa legal impulsada por el Gobierno.

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El señor Ministro de Educación explicó que el

proyecto en informe persigue tres objetivos. En primer lugar, aumentar sustancialmente la subvención para pre-kínder y kínder, sumándose así a una serie de iniciativas y metas relacionadas con la cobertura, la calidad y el financiamiento de estos niveles de transición, habida consideración de la necesidad de fortalecer este fundamental sector educativo. Recordó que la meta del Gobierno, en educación pre-escolar, es alcanzar cobertura para el 100% del 60% más vulnerable de la población el año 2014, lo que supone aumentar éste y los próximos dos años en 25.000 los cupos. Además, hizo ver que los recursos con los que se cuenta en la actualidad para este sector son escasos, razón por la cual se ha decidido aumentarlos de manera considerable.

En segundo lugar, sostuvo que se busca incrementar la subvención escolar preferencial para los alumnos prioritarios. Ello, precisó, tiene varios componentes, ya que por un lado se aumenta en 5° y 6° básico la subvención a fin de igualarla con aquélla que existe desde pre-kínder a 4° básico y, por otro, se incrementa desde 7° básico a 4° medio, adelantándose, además, el ingreso de la educación media al esquema de subvención escolar preferencial en un año.

En tercer lugar, indicó, se persigue acrecentar la subvención regular.

Una vez que reseñó los tres grandes pilares del proyecto de ley en informe, el señor Ministro de Educación se abocó a explicar el aumento de la subvención para pre-kínder y kínder, y relató que el Ejecutivo propone un aumento de un 18,5% real en la subvención de los niveles educativos en comento. Recordó que si ello se une al 1,5% establecido en ley N° 20.501,1 que comenzó a operar este año, suma un total 20% real durante el Gobierno del Presidente Piñera. Agregó que, según las estimaciones del Ministerio de Educación, este incremento beneficia a 305 mil alumnos, asegurando un mejor pre-kínder y kínder, apoyando, al mismo tiempo, el crecimiento de cobertura en estos niveles educativos.

Por otro lado, refiriéndose al incremento de la subvención escolar preferencial para los alumnos prioritarios, junto con puntualizar que ella beneficia al 40% más vulnerable de los estudiantes y que durante este año beneficiará por primera vez a alumnos de 8° año básico, abarcando a un total de 900 mil estudiantes, informó que, actualmente, la subvención escolar preferencial tiene tres valores diferentes según el nivel educacional. Un valor que va desde pre-kínder hasta 4° básico, 2/3 de dicho valor para 5° y 6° básico y 1/3 del mismo desde 7° básico hasta 4° medio. Agregó que lo que propone la iniciativa en estudio es aumentar en un 50% la

1 Sobre calidad y equidad de la educación, publicada el día 26 de febrero de 2011.

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subvención de 5° y 6° básico, igualándola al monto que reciben los alumnos de pre-kínder a 4° básico, de manera de equipararla en toda la nueva educación básica. Asimismo, añadió, se duplican los aportes destinados desde 7° básico a 4° Medio, quedando, en consecuencia, esta subvención con dos niveles, uno que va de pre-kínder a 6° básico y otro que va desde 7° básico a 4° medio y que alcanza 2/3 del anterior. Por último, sentenció, que se adelanta así en un año la entrada en vigencia de la educación media al régimen SEP, permitiendo a los actuales alumnos de 8° básico tener aportes en el año 2013.

Extendiéndose en este aspecto, precisó que los montos que regirán en definitiva serán los siguientes:

Curso Monto Vigente Monto Propuesto Pre-kínder a 4° básico $32.356 $32.356 5° y 6° básico $21.494 $32.356 7° y 8° básico $10.862 $21.494 1° a 4° medio $10.862 $21.494

Observó que estos valores reflejan el sustancial aumento en quinto y sexto básico de un 50% y la duplicación de la Subvención Escolar Preferencial de 7° básico a 4° medio.

En cuanto al incremento de la subvención general, puso de relieve que el aumento propuesto alcanza un 3,5% para todos los alumnos regulares del país, porcentaje que unido al 1,5% establecido en la ley 20.501, significa un 5% de aumento real durante el año 2012.

Seguidamente, el señor Ministro de Educación hizo hincapié en la necesidad de despachar esta iniciativa en el más breve lapso ya que se requiere alcanzar lo más pronto posible los objetivos mencionados, haciendo llegar los recursos a los establecimientos educacionales. A mayor abundamiento, aseveró que la iniciativa cuenta con el financiamiento necesario para su aplicación a partir del mes junio del año en curso.

En otro orden de ideas, detalló las subvenciones educacionales que se aplicarán en caso de ser aprobada la iniciativa de ley. Sobre el particular, sostuvo que, asumiendo que se trata de un establecimiento con jornada escolar completa y con una concentración de alumnos prioritarios de 45%, los montos mensuales de subvención por alumno, serían los siguientes: Curso

Subvención SEP (incluye concentración)

Total

Pre-kínder y kínder

$45.511 $37.494 $83.005

1° y 6° básico $55.079 $37.494 $92.573

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7° y 8° básico $55.255 $21.564 $76.819 1° a 4° medio $65.748 $21.564 $87.312

Afirmó, tras presentar el cuadro, que la iniciativa avanza en entregar más recursos tanto para los colegios municipales como particulares subvencionados, teniendo a la vista, además, que el nuevo sistema de aseguramiento de la calidad va a imponer nuevas exigencias y desafíos para todos los establecimientos educacionales del país.

Seguidamente, en cuanto a los costos que implica el proyecto para el presupuesto de la Nación, señaló que, asumiendo que el mismo entrara en vigencia en Agosto de este año, el costo anual estimado para el año 2012 será la suma $ 60.385 millones, mientras que para el año 2013 $ 159.680 millones y para 2014, $ 174.455 millones.

En otro orden de ideas, el señor Ministro de Educación se refirió a las modificaciones que experimentó la iniciativa en su tramitación en la Cámara de Diputados, lo que quedó reflejado en los artículos 3°, 4° y 5° de la iniciativa.

Refiriéndose a estas enmiendas, el señor Ministro de Educación explicó que el artículo 3° dispone la obligación para los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado de rendir cuenta acerca de aguinaldos, bonos y reajustes de remuneraciones que reciba cada uno de los trabajadores del colegio, información que debe ser enviada al Ministerio de Educación y éste, a su vez, remitirla anualmente a las Comisiones de Hacienda tanto del Senado como de la Cámara de Diputados.

Sobre el particular, aseguró que esta norma resulta innecesaria, ya que dicha exigencia se encuentra contenida en las regulaciones contenidas en los artículos 49 y 54 de la ley N° 20.529, que establece la Superintendencia de Educación y la Agencia de Calidad, normas que obligan a rendir cuenta pública de todos los ingresos y gastos del establecimiento. Por ello, precisó, este precepto replica información que estará disponible en el nuevo organismo. Además, añadió, se impone un trabajo burocrático adicional a los establecimientos y que ello tendrá un bajo impacto en la calidad. Recordó que la nueva arquitectura institucional aprobada en la ley N° 20.529 reconoce la conveniencia de dividir y especializar las tareas de los distintos órganos reguladores del sistema escolar y que la norma propuesta quiebra el espíritu del referido cuerpo legal, inspirado por un mecanismo de rendición de cuentas único.

En lo que dice relación con el artículo 4° del proyecto de ley aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, que establece la obligación de contratar estudios externos que determinen el valor de la subvención escolar y establece que los aumentos de subvención propuestos

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deberán fundarse en los resultados de dicho estudio, indicó que la norma disminuye la autonomía del Ejecutivo y del Congreso para proponer políticas públicas vinculadas a la subvención escolar. A mayor abundamiento, precisó que de los estudios de costo de efectividad que realizó la Cartera que representa en el año 2011, se observó que para ciertos casos la subvención actual alcanza y para otros no es suficiente. Por lo tanto, sentenció, los estudios sugeridos pueden terminar premiando ineficiencias en esa búsqueda de la “escuela modelo”, ya que en Chile existen más de 11.000 establecimientos educacionales subvencionados que responden a un gran número de realidades particulares.

Finalmente, y en lo que se refiere al artículo 5° de la iniciativa de ley en informe, señaló que el precepto sugerido fija en términos reales el monto del financiamiento compartido, en la suma de $ 80.000. Sobre el particular, advirtió que la lógica que existe detrás del mecanismo vigente consiste en poder reajustar el mismo, y que aunque puede ser discutible que su indexación sea a la U.S.E., no parece razonable congelarlo por ley.

En sintonía con lo anterior, añadió que tanto este Gobierno como los anteriores han sido conscientes de los riesgos que puede generar el financiamiento compartido, entre los que se encuentra el aumento la segregación, pero ello, aseguró, se soluciona por otras vías como la Subvención Escolar Preferencial o por medio de la subvención a la clase media.

Sin perjuicio de lo anterior, aseveró que el precepto resulta inadmisible, y en sustento de esta opinión, recordó que cuando una indicación similar se propuso el año 2008 para mantener fijo el financiamiento compartido, el Honorable Diputado señor Marcelo Díaz, en su calidad de Vicepresidente de esa Cámara, sostuvo que ella afectaba la administración financiera del Estado, ya que, por un lado, establecía una condición para acceder a la subvención, determinando el gasto que efectúa el Estado por esta vía, y por otro, afectaba uno de los elementos que determina el monto de la subvención de financiamiento compartido como es el cobro que realizan los establecimientos, ambas materias que corresponden a la iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República.

Una vez concluidas las explicaciones del señor Ministro de Educación, el Honorable Senador señor Walker, don Ignacio expresó su acuerdo con la iniciativa en estudio, por lo que adelantó su decisión en orden a aprobarla en general.

En ese sentido, estimó fundamental el aumento de la subvención para el primer y el segundo nivel de transición y consideró positivo la propuesta de incrementarla en un 18,5%. Observó que ella, además, se suma al crecimiento de un 1,5% aprobado en 2011, dando un total de 20%. En lo que respecta a la subvención escolar preferencial, recordó que los

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aumentos propuestos vienen a adicionarse al 21% incrementado en 2011, lo que, sin lugar a dudas, dijo, resulta muy significativo. Sobre la modificación a la subvención regular, en tanto, la calificó también como una buena noticia, más aún si se tiene en consideración que ella se suma al 1,5% anterior.

A continuación, formuló ciertas observaciones a la iniciativa legal, que estimó de especial importancia tener a la vista a lo largo de su discusión.

En primer lugar, consideró necesario que el Ministerio de Educación dejara claramente establecida la forma de compatibilizar los distintos valores de subvención con las conclusiones de un estudio de costos de una educación de calidad realizado por el mismo, pues hizo ver que este tipo de estudio apunta a determinar la cantidad de recursos con la que se debiera contar para estos efectos.

En segundo lugar, solicitó al señor Ministro presente explicar por qué la iniciativa en estudio no aumenta las subvenciones para la educación especial diferencial, para adultos ni para las necesidades educativas especiales transitorias. Puntualizó que, incluso para el último de los casos mencionados, los recursos disponibles se disminuyen.

En tercer lugar, hizo notar que en la medida en que aumenta la subvención, debiera en forma inversamente proporcional, disminuir el financiamiento compartido, alivianando de esta manera la carga que pesa sobre las familias y juzgo que la tramitación de este proyecto puede ser una buena oportunidad para ello.

En cuarto lugar, refiriéndose a las modificaciones introducidas en la Cámara de Diputados al proyecto de ley, estimó importante mantener dos de ellas, esto es, la obligación de realizar periódicamente estudios de costos para una educación de calidad que, sin ser vinculantes, puedan servir de base para reajustar las subvenciones y desvincular el tope del financiamiento compartido a la Unión de Subvención Escolar (U.S.E), fijándolo en pesos. Respecto al nuevo artículo 3°, en tanto, afirmó compartir la apreciación formulada por el titular de Educación en orden a que simplemente se trata de un precepto que no hace más que aumentar la burocracia.

En el mismo orden de ideas, enfatizó que la propuesta contenida en el nuevo artículo 4° no disminuye la autonomía del Ejecutivo toda vez que el estudio no es vinculante sino meramente referencial. Sobre el nuevo artículo 5°, por su lado, estimó conveniente fijar en términos reales el monto del financiamiento compartido. Asimismo, puso de relieve que ninguna de las indicaciones que dieron origen a estos preceptos fueron declaradas inadmisibles en la Cámara baja, razón por la cual no existirían razones para afirmar lo contrario.

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En quinto lugar, refiriéndose a los costos que trae

aparejado el proyecto, consultó al señor Ministro de Educación si existían ingresos de carácter permanente para hacer frente a ellos. Agregó que es necesario que el Ejecutivo explique con cargo a qué recursos fiscales se financiará el aumento de subvenciones propuesto para que la iniciativa logre ser sustentable en el tiempo. Hizo notar que en numerosas ocasiones el Ejecutivo ha impulsado proyectos que traen aparejados gastos permanentes, pero que, lamentablemente, ello no ha ido de la mano con ingresos permanentes, lo que hace que el proyecto dependa, en definitiva, del presupuesto de cada año.

Por último, concluyó su intervención reiterando su disposición a aprobar la iniciativa legal, pero insistió en tener a la vista las observaciones planteadas recientemente.

A su turno, el Honorable Senador señor Quintana comenzó su intervención haciendo presente que no compartía la decisión gubernamental en el sentido que el proyecto tuviera urgencia calificada de “suma”. Sobre el particular, precisó que aunque entiende y comparte la idea de otorgar más recursos a los establecimientos por la vía de la subvención lo más pronto posible, el reciente inicio de la tramitación del proyecto del Senado no se condice con la urgencia anotada.

Seguidamente, recordó que con ocasión de la discusión de la ley que aumentó en un 21% la subvención escolar preferencial (ley N° 20.248) el debate se prolongó durante mucho tiempo dada la forma en que el Ejecutivo propuso los aumentos. Nada de esto, agregó, ocurre en el proyecto en estudio.

En otro orden de materias, expresó su beneplácito con la decisión de equiparar la subvención de los 5° y 6° básico con aquélla que rige de pre-kínder a 4° básico y con el adelanto en un año la entrada en vigencia de la educación media al régimen de subvención escolar preferencial, puesto que, afirmó, es un anhelo de todos los sectores políticos.

Sin perjuicio de lo anterior, puntualizó que estos mayores aportes que se consideran en la iniciativa en estudio, distan de los recursos que realmente se requieren para los distintos niveles de enseñanza existentes.

En otra línea, dijo compartir las apreciaciones formuladas por el Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, respecto a la necesidad de aumentar también las subvenciones para la educación de adultos. Refiriéndose a la educación diferencial, hizo presente su inquietud por la situación que vive ella, en donde, aseguró, no existe control y el lucro es

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escandaloso, razón por la cual solicitó buscar algún mecanismo de control para ese ámbito de la educación antes de seguir aumentándole los recursos.

Deteniéndose más tarde en las modificaciones introducidas por la Honorable Cámara de Diputados a la iniciativa en estudio, aseveró compartir las apreciaciones expresadas por el Honorable Senador señor Walker, don Ignacio. Señaló que el nuevo artículo 3° resulta inapropiado, toda vez que vulnera el espíritu de la ley N° 20.529. Puntualizó que el trabajo legislativo dejó claramente establecido que existen ciertas atribuciones que pertenecen a la Superintendencia de Educación y que no existe fundamento alguno para que ellas vuelvan al dominio del Ministerio de Educación.

En lo referente al artículo 4° indicó que si bien no tiene claro cuál será la verdadera contribución del estudio, debe estarse al menos abierto a esa posibilidad. Aludiendo al nuevo artículo 5°, que propone el congelamiento del financiamiento compartido, señaló no entender el fundamento que haría inadmisible la disposición. A mayor abundamiento, puso de relieve que el sentido de la norma es limitar los gastos y no imponerle nuevos al Ejecutivo. Además, hizo notar que este financiamiento no debe seguir en los términos en que ésta, razón por la cual se mostró partidario por limitarlo.

Finalmente, aseguró no estar dispuesto para seguir aumentando las subvenciones sin que antes estén establecidos los mecanismos de control. Añadió que la subvención educacional se ha transformado, en la realidad, en un fondo de libre disposición en donde el sostenedor utiliza los dineros del modo en que le parezca más apropiado. En consecuencia, solicitó poner en votación, antes de hacerlo con esta iniciativa legal, aquella que prohíbe el lucro con fondos públicos en la educación, la cual se encuentra en segundo trámite reglamentario en esta Comisión (Boletín 7.856-04).

Por su parte, el Honorable Senador señor Cantero quiso poner de manifiesto la necesidad de aprobar lo antes posible el proyecto en estudio, ya que sostuvo que mientras antes lleguen los recursos a los alumnos beneficiados, mejor será la educación en nuestro país.

Asimismo, celebró el aumento de la subvención para el primer y el segundo nivel de transición, lo que hace que esta subvención alcance un incremento del 20% en lo que va transcurrido del período presidencial del actual Gobierno. Sin embargo, criticó la gradualidad con que se ha llevado a cabo el aumento de los recursos y afirmó que, según su parecer, debiera avanzarse de manera más rápida en esta línea.

Por otro lado, consideró pertinente establecer en la

ley el estándar de educación que se busca alcanzar y el costo razonable que

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ello trae aparejado. En sintonía con lo anterior, formuló algunas sugerencias que aunque dijo no estar seguro de que deban ser consideradas en este contexto, deben ser consideradas en algún lugar de nuestra institucionalidad.

En ese sentido, expresó que debieran existir indicadores de gestión educativa que sean de público conocimiento. Aseguró estar seguro de la necesidad de un enfoque lingüístico comunicacional. Explicó que cuando se establece un determinado enfoque lingüístico comunicacional se construye una determinada realidad. Así, continuó, por ejemplo, es necesario establecer la cantidad de alumnos que deben considerarse por sala de clase, ya que no es lo mismo que existan 20, 30 ó 40 niños en su interior. Sostuvo que en nada se afecta la autonomía del Estado ni la libertad educacional si se incorpora la idea de establecer un determinado indicador de gestión educativa.

En segundo lugar, señaló que debiera también establecerse de manera clara la cantidad de equipamiento y de implementación que es necesario tener a fin de evitar situaciones como las que ocurren en la educación superior en donde las universidades se limitan a contar sólo con lo básico para poder efectuar la docencia, lo que se denomina universidades de “tiza y pizarrón”.

En tercer lugar, llamó a dejar claramente plasmados los objetivos que se buscan alcanzar en las distintas materias como lenguaje, matemáticas, idiomas extranjeros y alfabetización digital. En sintonía con lo anterior, añadió que mientras más consensos se logren en los criterios anteriormente manifestados mejor será para el sistema.

En otra línea argumental y coincidiendo con los planteamientos formulados por el Honorable Senador señor Quintana, dijo compartir la necesidad de establecer mecanismos de control respecto de la subvención general, haciendo ver la necesidad de avanzar en esa línea.

Concluyó su intervención expresando su apoyo al proyecto en informe, anticipando su voto a favor de la idea de legislar y alegrándose de que al proyecto en estudio se le hubiera hecho presente la “suma urgencia", medida que hizo notar, permitirá allegar prontamente los recursos que la educación requiere.

Enseguida, la Honorable Senadora señora Von Baer, al igual que el Honorable Senador señor Cantero, alabó la iniciativa que busca aumentar las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales. Añadió que considerada especialmente relevante el incrementó de los recursos destinados a la educación, como también crecer en cobertura en los niveles de pre-kínder y kínder, pues es aquí donde nacen las diferencias en la enseñanza.

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Con relación a la subvención escolar preferencial, sostuvo que es importante seguir apoyando su aumento, ya que los estudiantes que provienen de familias de niveles socioeconómicos más bajos requieren de mayores ayudas.

Asimismo, consideró trascendente el aumento de la subvención general, ya que va en línea con los requerimientos de aumentar el financiamiento de la educación general, lo que fue solicitado durante el año pasado de manera insistente.

Aseveró que todas las materias involucradas en el proyecto en estudio debieran tramitarse, siguiendo la calificación de la urgencia efectuada por el Ejecutivo, de manera rápida, de manera de contar lo más pronto posible con los recursos dispuestos y ser destinados a los alumnos. Refiriéndose a las objeciones planteadas por los Honorables Senadores señores Quintana y Cantero en orden a fiscalizar los recursos entregados, hizo notar que las normas destinadas a dar solución a ello se encuentran contenidas en la ley N° 20.529, en lo que se refiere a la Superintendencia de Educación y que, en consecuencia, lo único que se requiere es que ella comience prontamente a ejercer sus funciones.

En otro orden de consideraciones, también se refirió a las enmiendas efectuadas por la Cámara de Diputados al Mensaje. Sobre este punto, y deteniéndose en primer lugar en el nuevo artículo 3°, puso de relieve que lo que debe hacerse es fortalecer la institucionalidad vigente y no crear normas paralelas que, en definitiva, sólo crearán confusión respecto ante qué organismo deberá rendirse cuenta. En relación con el nuevo artículo 4°, dijo no estar segura de aprobar una idea tal, ya que ello podría conducir a entrampar el aumento de las subvenciones. Con relación al financiamiento compartido, señaló que mientras no exista la certeza que con los dineros entregados a título de subvención se hayan alcanzado niveles óptimos de financiamiento, no parece conveniente frenar a las familias la posibilidad de aportar a la educación de sus hijos.

Por último, reiteró la necesidad de aprobar

prontamente la iniciativa en estudio, dado el acuerdo existente entre los Parlamentarios respecto a la necesidad de aumentarla y la insuficiencia de recursos con los que cuenta actualmente la educación en nuestro país.

El señor Ministro de Educación, tras escuchar los

comentarios, inquietudes y preguntas formuladas por los Honorables Senadores presentes, intervino nuevamente.

En primer lugar, refiriéndose a la no variación de los

recursos entregados a título de subvención para la educación de adultos, señaló que, en opinión del Ministerio que representa, el financiamiento actual

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en términos prácticos no requiere de grandes alzas. Además, puntualizó que dado que se busca privilegiar a niños y jóvenes, el proyecto debiera limitarse a avanzar en esa línea. Añadió que la educación de adultos en parte descansa sobre la infraestructura escolar y, en consecuencia, no se descarta que más tarde se requiera incrementar los recursos. A mayor abundamiento, hizo notar que los problemas de la educación de adultos más que de financiamiento son de otra índole.

En la misma línea argumental y deteniéndose en la

no variación de los recursos para las necesidades educativas especiales transitorias, indicó que el diagnóstico respecto de la realidad de ella no es auspicioso, razón por la cual el Mineduc está estudiando a cabalidad este escenario antes de proponer aumentos de recursos para ella.

En consecuencia, tras explicar ambos casos,

sentenció que no es el momento para proponer aumentos para estas dos ramas de la educación.

Por otro lado, aludiendo al nuevo artículo 4°, puso de

manifiesto que el precepto legal establece de manera clara y precisa que los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Parlamento deberán fundarse en los resultados del estudio y en las recomendaciones del informe elaborado por un grupo de expertos independientes. Ello, sostuvo, deja sin la suficiente autonomía tanto al poder Ejecutivo como Legislativo en la materia. Dejó claramente establecido que el Gobierno no tiene inconveniente alguno en que existan este tipo de estudios, mas no que ellos sean fundamento del aumento de la subvención.

Refiriéndose al planteamiento de congelar

nominalmente el financiamiento compartido, hizo ver que, en su opinión, existe una equivocación. Puntualizó que el proyecto aumenta las subvenciones por vía de los factores más que por la vía de la unidad de subvención educativa y, por lo tanto, en términos relativos el financiamiento compartido pasa a ser menos importante. Sin embargo, remarcó que la indicación presentada en la Honorable Cámara de Diputados no hace sino establecer un congelamiento definitivo del financiamiento compartido lo que no parece apropiado puesto que hace desaparecer en el tiempo el financiamiento compartido y no sólo disminuir su importancia.

A mayor abundamiento, insistió en que en opinión del

Ejecutivo la indicación es inadmisible toda vez que, por un lado, si se congela en términos legales el financiamiento compartido será el Estado quien deberá suplementar los recursos y, por otro, porque el financiamiento compartido tiene un descuento a la subvención lo que en la práctica supone un menor ahorro para el Estado, involucrando un gasto adicional para el mismo. En

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definitiva, sentenció, impone una obligación al Ejecutivo de mayor gasto, cuestión que requiere el patrocinio del Ejecutivo.

En otro orden de consideraciones y aludiendo a la

fiscalización de los recursos, temas destacados por los Honorables Senadores señores Cantero y Quintana, aseveró que el Gobierno comparte la preocupación expresada, razón por la cual la fiscalización ha aumentado de manera considerable el último tiempo. No obstante, recalcó que la institucionalidad creada por medio de la ley N° 20.529, que introduce a la legislación la Agencia de Aseguramiento de la Calidad y Superintendencia de Educación, tiene las herramientas suficientes para fiscalizar y garantizar que los recursos se destinen para los fines a los que fueron pensados y se haga una utilización transparente de los mismo. En este sentido, recordó que el cuerpo legal aludido exige una ficha en donde quedarán claramente establecidos los ingresos, los gastos y los excedentes de estas instituciones y, en consecuencia, lejos estarán los nuevos recursos allegados a la educación de caer en un barril sin fondos.

En otra línea, deteniéndose en la inquietud

manifestada por el Honorable Senador señor Cantero en orden a que se plasmen en la ley las aspiraciones del Estado en materia educacional, sostuvo que sin duda existe preocupación del Gobierno en plasmar estos estándares, pero que en el proyecto en concreto sólo se busca aumentar las subvenciones destinada a pre-kínder y kínder, de manera de hacerla lo más equitativa posible, acrecentar y hacer ciertos ajustes a la SEP y continuar con el aumento de la subvención general. - - - A continuación la Comisión analizó el procedimiento a utilizar para los efectos de proseguir la discusión en general de este proyecto de ley.

Sobre el particular, el Honorable Senador señor Walker, don Ignacio hizo presente la necesidad de recibir en audiencia a los señores Gregory Elacqua y Pedro Montt a fin de que ilustraran a la Comisión acerca de la forma de relacionar el aumento de las subvenciones con la disminución del financiamiento compartido.

El señor Ministro de Educación, por su lado, intervino nuevamente para solicitar a los integrantes de la instancia aprobar en general el proyecto en discusión y luego, durante la discusión en particular, escuchar las opiniones de expertos sobre el tema.

Seguidamente, el Honorable Senador señor Quintana propuso votar en general la iniciativa de ley luego de votar aquélla que pone fin al lucro en la educación con recursos fiscales (Boletín 7.856-04),

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dado que, aseguró, será la única manera de evitar que se lucre con los nuevos recursos. Afirmó que los mecanismos de control que contempla la Superintendencia de Educación no resultan suficientes para poner fin a estos abusos.

La Honorable Senadora señora Von Baer, por su parte, propuso escuchar las opiniones de expertos sobre la materia durante la discusión en particular del proyecto de ley o bien continuar en la próxima sesión con la audiencia de los expertos y luego votarlo. Puso énfasis en que los fondos destinados al incrementos de las subvenciones están ya aprobados y pueden comenzar a utilizarse a partir de junio del año en curso y que las discrepancias entre los integrantes de la Comisión no apuntan hacia el fondo del proyecto, sino que dicen relación con las indicaciones aprobadas en la Cámara de Diputados.

Posteriormente, el Honorable Senador señor Walker, don Ignacio solicitó a los integrantes de la Comisión tomar el tiempo necesario para la discusión del proyecto y escuchar los planteamientos de expertos antes de votar en general la iniciativa.

Finalmente, en relación con la idea planteada por el Honorable Senador señor Quintana, remarcó que es necesario analizar cada proyecto de ley por separado, dado que ligar iniciativas en la práctica sólo conduce a confundir el escenario legislativo. Tomando en cuenta los planteamientos precedentemente transcritos, y con el objeto de contar con mayores antecedentes respecto de los efectos de esta iniciativa de ley y de sus implicancias, la Comisión acordó invitar a algunos expertos con el objeto de conocer su opinión en relación con este proyecto de ley y con los aspectos involucrados en el mismo. En ese sentido, se acordó invitar a los señalados señores Elacqua y Montt, como así también al Secretario Ejecutivo de la Fundación Jaime Guzmán, señor Jaime Bellolio.

De esta manera, en la sesión siguiente, se escuchó, en primer término, al señor Jaime Bellolio, quien recordó los fundamentos en los que descansa el derecho a la educación de conformidad a nuestra Carta Fundamental. Hizo notar que las personas tienen derechos que emanan de la dignidad del ser humano, los que Estado tiene el deber de reconocer y garantizar. Asimismo, hizo hincapié en que el Estado está al servicio de la persona humana y que el desarrollo, el bienestar y el progreso vienen de las personas y sus propios talentos, y no del Estado. Sin perjuicio de lo anterior, puntualizó que a éste, subsidiariamente, le corresponde ayudar a que las personas puedan alcanzar ese bienestar, tanto en lo material como en lo espiritual, poniendo especial énfasis en aquellos que viven en condiciones de pobreza e indigencia. En este rol, agregó, el Estado debe promover la igualdad

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de oportunidades, no obstante las naturales y legítimas diferencias entre las personas.2

Aseveró que lo anterior es especialmente importante en materia de Educación, pues ella ocupa un sitial de indiscutida importancia en la vida de todo ser humano, no tan sólo por la entrega de conocimientos y destrezas que permiten desenvolverse en el mundo e ingresar plenamente a la vida en comunidad, sino también porque permite el máximo desarrollo de las potencialidades de cada persona, tanto humana, intelectual y espiritualmente. A mayor abundamiento, indicó, busca formar ciudadanos libres y debe ofrecer oportunidades de manera equitativa.

Tras recordar los fundamentos mencionados, señaló que, a la luz de ellos, evaluaría la iniciativa legal en debate.

Comenzó por explicar que los sistemas de subvención

a la demanda, como el expresado en este proyecto de ley, tienen múltiples objetivos. En primer lugar, reconocer que cada niño es distinto y que nadie conoce mejor que sus padres cuáles son sus necesidades, entregándoles en consecuencia a éstos la posibilidad de elegir el programa educacional más adecuado. En segundo lugar, permitir que los padres que deseen gastar más en la educación de sus hijos puedan hacerlo. En tercer lugar, incentivar la eficiencia en el uso de los recursos por medio del aumento de competencia y, por último, fomentar la asistencia al colegio por parte de los niños.

Agregó que el grado en el cual los objetivos anteriormente mencionados se cumplirán dependerá, en palabras de Mark Blaug, 3de los tipos de escuelas en las que se puede utilizar el voucher, de la opción de adicionar dinero por parte de los padres, de las variaciones de valor del voucher y de las restricciones que se pongan sobre los colegios en que pueden utilizar.

Puso de relieve que la fórmula para alcanzar una experiencia exitosa de un modelo de voucher en condiciones de alta vulnerabilidad no existe, pero que existe eso si un principio básico que debe ser respetado, cual es que “no existen excusas”. Explicó que el principio anterior significa que pese a que los alumnos a los que va dirigido son muy pobres, que sus padres en su mayoría no terminaron la educación, que viven en condiciones de hacinamiento y que su aprendizaje resulta mucho más difícil, no constituyen razones suficientes para que esos niños no puedan aprender y tener una educación de calidad.

2 Principios constitucionales insertos en el artículo 1° de la Constitución Política de la República. 3 Historiador de la economía holandés, fallecido el 2011. Una de sus principales obras es “teoría Económica

en Retrospección”.

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Complementando la idea anterior, apuntó que la experiencia internacional, especialmente la norteamericana, advierte que existen ciertos pilares fundamentales para lograr una educación de calidad. En primer lugar, tener una visión claramente definida lo de lo se espera alcanzar, es decir, tener claro hacia dónde deben orientarse los resultados de educación. En segundo lugar, poner el foco en el aprendizaje, de lo contrario, sentenció, el profesor no enseña, sólo cuenta, habla o actúa. Añadió, además, que debe haber mediciones acerca de cuánto aprenden los niños y cómo enseñan los profesores a fin de evaluar los resultados.4En tercer lugar, la autonomía y rendición de cuentas. Sobre el particular, explicó que las escuelas deben hacerse responsables de sus resultados, y para ello, deben tener el poder de tomar decisiones en materia de mallas curriculares, presupuesto, recursos humanos, profesores e incentivos. Además, sostuvo que debieran rendir cuenta de manera transparente y tener un buen director de colegio. En cuarto lugar, grandes expectativas, aunque acotó que pueden ser expectativas mediocres, pero alcanzadas. En quinto lugar, sentido de propiedad, ya que cuando padres, alumnos y profesores sienten que la escuela es suya están dispuestos a hacer esfuerzos extra. En sexto lugar, escuelas “pequeñas”, en donde se cree un sentido de comunidad y en donde haya respeto mutuo entre todas las partes y un ambiente adecuado.

En otro orden de consideraciones, deteniéndose en el modelo chileno, aseveró que éste presenta algunos inconvenientes, ya que, por un lado, están limitados los establecimientos en que se puede utilizar el voucher y, por otro, que él varía de valor según las diferencias de costo. En relación con la competencia, sostuvo que todos los trabajos que utilizan información reciente encuentran efectos positivos y significativos de diferentes medidas de competencia sobre los resultados educativos de los colegios5, es decir, muestran que la competencia ha aumentado la calidad de los establecimientos. Añadió que el efecto de la competencia es positivo tanto para los colegios municipales como para los subvencionados, pero es mayor para los segundos y que se plantea que la menor respuesta por parte de los primeros se debe a su restricción presupuestaria “blanda” (cuando tienen pérdidas recurren al municipio), a que sus ingresos están desligados del desempeño y a la excesiva rigidez en el manejo de recursos.

Asimismo, enfatizó que si el costo de educar depende del capital humano inicial de los niños y el nivel de subvención es uniforme, habrá un incentivo a segmentar, es decir, a no aceptar a aquellos estudiantes cuyo costo está por encima de la subvención. Sin embargo recordó que la Ley de Subvención Escolar Preferencial buscó atacar esa realidad, trayendo como 4 En relación con este punto, resaltó que las habilidades blandas son muy importantes y que mucho tienen que

ver con el éxito futuro de los estudiantes. Precisó que habilidades como la perseverancia, la disciplina, la

resiliencia, la concentración, la motivación y el rol de las familias son fundamentales y pueden también ser

medibles. 5 Gallego, 2002, 2006; Auguste y Valenzuela, 2003; Contreras y Macías, 2002

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consecuencia mayor heterogeneidad en los establecimientos particulares subvencionados y permitiendo disminuir la brecha entre aquellos alumnos pertenecientes a un nivel socioeconómico alto y aquellos provenientes de uno bajo.

Refiriéndose al costo que supone la educación,

remarcó que si bien la subvención actual no alcanza para cubrirlo, ya que la mitad de los colegios tiene un costo por alumno mayor al monto de ella, algunos colegios han logrado estándares de calidad. Más, agregó que cuando se incorpora el costo de capital de las escuelas particulares subvencionadas, ninguna de ellas es capaz de cubrirlo con la subvención.

Seguidamente, el señor Bellolio, analizó el proyecto

de ley en estudio. Recordó que éste propone aumentar de manera sustancial la subvención para la educación parvularia, incrementar la subvención preferencial para los alumnos prioritarios y aumentar de la subvención regular para todos los alumnos del país. Puntualizó que tras su aprobación, la subvención regular alcanzaría $ 55.000 aproximándose así a los $ 67.000 que esta tipo de educación supone y que si a ello se suma la nueva subvención escolar preferencial el monto sería de $ 92.000 por alumno.

Por último formuló ciertas observaciones y recomendaciones en relación con la iniciativa legal. En ese marco, señaló que el sistema de subvención a la demanda ha demostrado ser efectivo en nuestro país, pero que su efecto se ha visto limitado en el sector público por las múltiples restricciones a las que éste está sujeto. Asimismo, afirmó que es necesario avanzar en mejorar la capacidad de reacción del sector público para disminuir la brecha de resultados entre los distintos tipos de establecimientos, más que insertar restricciones al sector particular subvencionado, como es limitar su número, congelar sus montos de financiamiento compartido e impedir el aporte adicional por parte de los padres, ya que ello reducirá su capacidad de reacción a la competencia y hará retroceder al país en calidad. Agregó que es necesario resolver el problema de la segregación y los falsos precios que se derivan de la baja relación que existe entre el monto de la subvención y el costo de educar a cada niño en particular y puntualizó que si bien la SEP avanza en esta dirección, su gran discrecionalidad no permite resolver totalmente el problema.

En seguida, la Comisión escuchó al Director del Instituto de Políticas Públicas de la Facultad de Economía de la Universidad Diego Portales, señor Gregory Elacqua quien afirmó que si bien el aumento de las subvenciones propuesto en la iniciativa de ley en informe constituye un avance en la materia, aún se está lejos de alcanzar los montos que se requieren para aproximarse a los estándares internacionales de los países de la OCDE a los cuales se debiera aspirar.

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Sin perjuicio de lo anterior, puntualizó que su exposición, y la del señor Montt, sólo se referirían al financiamiento compartido, que es uno de los aspectos que regula la iniciativa.

Refiriéndose a los antecedentes del sistema de financiamiento compartido señaló que él tuvo su origen en la ley N° 18.768, de 1989, que permitió a los padres hacer aportes voluntarios al establecimiento. Agregó que, más tarde, el año 1993, la ley N° 19.247 autorizó a los establecimientos particulares subvencionados de todos los niveles y a los municipales de educación media a realizar un cobro obligatorio a las familias y estableció un descuento progresivo sobre los recursos recibidos a través de la subvención. Posteriormente, la ley N° 19.532, de 1999, estableció la obligatoriedad de contar con un sistema de becas que permitiera el acceso de estudiantes con menor capacidad de pago. Informó que estas leyes mencionadas se encuentran vigentes, y precisó que la Ley de Subvención Escolar Preferencial, por su parte, impide a los colegios que firman el convenio cobrar a los padres de los alumnos prioritarios.

En lo que se refiere al sistema de financiamiento compartido, hizo presente que quienes están a favor de su existencia argumentan que existe una mala focalización del gasto en subvenciones, ya que padres que tienen alta capacidad de pago reciben educación gratuita, y que gracias a él se pueden aumentar los recursos disponibles para las escuelas lo que debiera llevar a un incremento de los resultados educativos. Asimismo, añadió, se señala que los recursos adicionales pueden ser utilizados de manera flexible, lo que debiera llevar a una asignación más eficiente de los mismos y que pagar por la educación de sus hijos lleva a los padres a participar más en el proceso educativo.

Por otra parte, añadió, quienes están en contra de este sistema, sostienen que implanta la segmentación al interior del sector particular subvencionado al introducir una diferenciación de precios, lo que no se condice con el principio de que la educación es un derecho, razón por la cual resulta improcedente.

Refiriéndose a la evolución experimentada por el sistema de financiamiento compartido desde el año 1993 a la fecha, señaló que en la actualidad cerca de 2.300 establecimientos lo cobran y el 95% de ellos son particulares subvencionados. Añadió que 1.300.000 alumnos efectúan este copago, lo que corresponde al 94% de la matrícula de la educación particular subvencionada. Asimismo, agregó que se advierte un aumento de un 200% en términos reales en el cobro, ya que mientras en 1993 un alumno pagaba cerca de $ 5.000 hoy la cifra ha aumentado hasta los $ 18.000. Además, hizo ver que la mitad de los establecimientos subvencionados son gratuitos, que sólo el 20% de los alumnos de ese sector asiste a este tipo de establecimientos y que sólo un 10% de la matrícula total paga más de $ 30.000 mensuales.

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Puntualizó, asimismo, que la mayoría de los estudiantes que asiste a estos establecimientos paga menos de $ 8.500.

En este mismo orden de consideraciones, recalcó que es posible observar un fuerte crecimiento de los recursos aportados a título de financiamiento compartido en el sector particular subvencionado entre los años 1994 y 2010. En efecto, manifestó, actualmente se aportan cerca de US $ 500 millones por este concepto, lo que equivale al 40% de los recursos del sector particular subvencionado, lo que demuestra que este sector depende en la actualidad de estos recursos.

A continuación, se refirió a los efectos que ha

producido el financiamiento compartido en consideración a la estructura del financiamiento del sistema escolar, de la calidad y de la segregación.

En cuanto a la estructura del financiamiento del sistema escolar, hizo presente que el financiamiento compartido es inconsistente con la lógica de que los estudiantes de menor nivel socioeconómico son más costosos de educar. Explicó que lo anterior ocurre dado que focaliza recursos adicionales a los alumnos que menos lo necesitan y que aunque reduce la brecha de recursos con respecto a los establecimientos particulares pagados, introduce diferencias al interior del sector subvencionado. Agregó que si bien es cierto que la subvención escolar preferencial genera un cambio importante en la pendiente de la curva de financiamiento al entregar mayores recursos a los alumnos prioritarios, quedan los alumnos provenientes de un sector socioeconómico medio recibiendo menos que aquéllos que provienen de un sector alto, dada la existencia del financiamiento compartido. Puso de relieve, en consecuencia, que si bien la focalización de la subvención escolar preferencial ha alcanzado sus objetivos, se observa una mala focalización de los recursos entre los sectores medio y alto. A mayor abundamiento, calificó de regresivo al financiamiento compartido al aumentar los recursos para aquellos que no lo necesitan.67

En lo que se refiere a la relación entre el financiamiento compartido y los resultados en calidad de la educación, enfatizó que el propósito original del sistema no ha dado los frutos esperados. En efecto, señaló que no existe evidencia de que este sistema haya generado efectos de una magnitud relevante en los resultados académicos. Así, precisó, lo demuestran los estudios de Bravo y Quintanilla de 2002, Anand, Mizala y

6 En este punto, el señor Ministro de Educación puntualizó que si el financiamiento proviene de los privados,

la palabra adecuada no es regresividad, dado que este vocablo se utiliza cuando los recursos provienen del

sector público. 7 La Honorable Senadora señora Von Baer, por su lado, hizo notar que si el esquema propuesto se incluyera la

situación de los alumnos que concurren a los colegios particulares pagados, la regresividad sería aún mayor y

para evitarla la única manera sería prohibir que los padres pudieran pagar este tipo de educación, situación

que, sentenció, limita la libertad de los padres.

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Repetto en 2009 y Mizala y Torche en 2012. Agregó que si se observa la brecha en resultados brutos entre un colegio con financiamiento compartido y uno gratuito, la brecha es de sólo 17 puntos en Simce.

En una tercera línea de análisis, la referida a los efectos del sistema en la segregación, señaló que la evidencia indica que el financiamiento compartido ha exacerbado la segregación escolar. Así, puntualizó, lo demuestran los estudios de Valenzuela, Bellei y de los Ríos realizado en 2009 y el de su autoría en 2012. Añadió que en los colegios municipales, el 52% de los alumnos son prioritarios, en los particulares subvencionados sin financiamiento compartido el 50%, mientras que en los particulares subvencionados con financiamiento compartido sólo lo es el 21%. Asimismo, enfatizó que el 50% de estos últimos colegios no tiene alumnos vulnerables lo que releva que ellos, en la realidad, se concentran en unos pocos.

En el mismo contexto anterior, hizo ver que una de las principales consecuencias de la segmentación es que ella reduce la competencia por los estudiantes. Así, sostuvo, lo demuestran la realidad vivida en Temuco y en Santiago, en donde el hecho de que un colegio cobre hace aumentar la segregación.8

El Director del Centro de Estudios para el Desarrollo, señor Pedro Montt, complementando y continuando la exposición del señor Elacqua, sentenció que no existen evidencias que demuestren impactos significativos del financiamiento compartido en materia de calidad. En cambio, agregó, se ha exacerbado la segregación socioeconómica, al operar el cobro como mecanismo de selección que permite a las escuelas elegir el tipo de alumno que quiere educar y a las familias elegir por nivel socioeconómico. Asimismo, remarcó que ha provocado una opinión negativa de los apoderados. Sobre el particular informó que la VIII Encuesta de Actores del Sistema Educativo 2010 del CIDE demuestra que el 57% de los padres que pagan financiamiento elige el colegio asumiendo que ello genera desigualdades sociales y educativas y sólo la mitad de los que pagan creen que estos recursos adicionales mejoran las oportunidades de aprendizaje de sus hijos. Añadió, además, que en la encuesta nacional a padres y apoderados reportada por el Centro de Democracia y Comunidad en marzo de 2012, un 52% de los apoderados dijo estar de acuerdo con eliminarlo.

Tras advertir las lamentables consecuencias que ha traído el financiamiento compartido, hizo ver la necesidad de eliminarlo, reemplazando los recursos adicionales que introduce y manteniendo la focalización del gasto en los estudiantes más vulnerables. Para ello, dijo, se

8 En este punto, la Honorable Senadora señora Von Baer intervino para resaltar que la realidad demostrada no

es sino consecuencia de la segregación que se vive entre las distintas comunas de una determinada ciudad.

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hace necesario adoptar ciertas medidas a corto y otras a largo plazo para sustituir los importantes recursos que se reciben.

Dentro de las primeras, mencionó que debiera crearse la subvención escolar de clase media, dado que ella impediría el pago de financiamiento compartido. A ello, agregó, debiera sumarse el aumento de la subvención escolar preferencial. Añadió que la subvención escolar de clase media debiera ir en sintonía con una eliminación progresiva del cobro del financiamiento compartido. Otra medida, puntualizó, consistiría en la eliminación de la indexación del financiamiento compartido a 4 USE, tal como lo propuso un grupo de Diputados durante el primer trámite constitucional del proyecto en estudio. Asimismo, planteó que debiera hacerse obligatoria la subvención escolar preferencial.

A largo plazo, en tanto, destacó que debiera aumentarse la subvención base y la subvención escolar preferencial, de manera de reemplazar totalmente los recursos del financiamiento compartido y permitir que la educación escolar sea gratuita.

Por otro lado, refiriéndose al impacto que tendría el desindexar el financiamiento compartido, señaló que separar el valor techo de este aporte de la USE es una primera medida que actúa corrigiendo los efectos negativos del financiamiento compartido ya señalados. Enfatizó que un techo alto como el que se propone en la iniciativa de ley en informe, que alcanza los $ 80.000, no afecta a los establecimientos que hoy lo cobran y, al mismo tiempo, pone un horizonte y límites a estos cobros. Añadió que por consistencia se debe entender que el cambio propuesto implica traducir a pesos los actuales tramos de descuento en el pago de la subvención general, según el aporte de los padres. Ello, precisó, se encuentra normado en los artículos 25 y 27 de la ley de subvenciones.

Finalmente, puso de relieve que si se implementara la subvención escolar de clase media y se aumentara la SEP se contribuiría a congelar el financiamiento compartido. Agregó que estas medidas permitirán eliminar las diferencias y hacer más equitativo el sistema de financiamiento, permitiéndole cumplir la función de aportar en mayor medida en donde más se requiere y menos donde existe menor necesidad.

A continuación, el señor Presidente de la Comisión ofreció el uso de la palabra a los miembros de la Comisión presentes en la sesión.

El Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, consultó al señor Bellolio respecto de las propuestas formuladas por los señores Elacqua y Montt. Asimismo, preguntó al señor Ministro de Educación acerca de la oportunidad en que el Ejecutivo ingresaría la iniciativa

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de ley que implementa la subvención escolar para la clase media, medida que, recordó, constituyó una de las promesas del ex Ministro de Educación, señor Joaquín Lavín.

Por su parte, el Honorable Senador señor Cantero hizo notar que la educación media ofrece una formación general común y formaciones diferenciadas entre las que se encuentra la formación científico-humanista, la técnico-profesional y la artística. Hizo ver que estos últimos establecimientos representan en la actualidad una matrícula cercana a los 22.000 estudiantes y que la subvención con la que cuentan resulta insuficiente para lograr una educación realmente de calidad. En consecuencia, consultó si estaba dentro de los planes del Gobierno la creación de una subvención artística de manera de reconocer este tipo de educación.

El señor Ministro de Educación, refiriéndose a las intervenciones de los señores Elacqua y Montt, puso de relieve que, según se desprende de sus exposiciones, el financiamiento compartido no ha traído aumentos significativos en materia de calidad de la educación. Sin embargo, puntualizó, tampoco se observa un comportamiento negativo asociado a él. Sostuvo que la segregación en materia escolar es probablemente consecuencia de la segmentación de la sociedad y, además, que los estudios demuestran que ella ha disminuido en los últimos años. A mayor abundamiento, notó que la evidencia no permite concluir que la introducción del financiamiento compartido ha aumentado la segregación.

En otro orden de consideraciones, afirmó que este financiamiento máximo representa cada día una proporción menor de la subvención. En efecto, informó, la brecha el año 2002 entre el gasto en subvención y el financiamiento compartido máximo era de 78% y en 2011 de 4%. Además, sentenció que si se observa la conducta de los establecimientos respecto de él, éste ha disminuido de un 32 a un 26%, lo que demuestra su pérdida de importancia en el financiamiento total de la educación chilena. Explicó que la razón de ello descansa en que se ha privilegiado el aumento de las subvenciones por la vía de los factores y no por aumento de la USE.

En el mismo orden de ideas, aseguró que en relación con el tema existen diversos factores que deben ser ponderados adecuadamente. Precisó que el valor que se otorga a que los padres puedan aportar a la educación de sus hijos es de inmensa relevancia en opinión del Ministerio. Además, dijo que de lo contrario no se entendería por qué los padres de los alumnos que asisten a la educación particular pagada pueden aportar a la educación de sus hijos y los de los que asisten a este tipo de establecimientos no pueden hacerlo. A mayor abundamiento, agregó que la situación sería distinta si los costos aparejados al financiamiento compartido fuesen grandes para la educación chilena y no sólo riesgos que pueden ser atenuados por medio de la SEP y de la subvención escolar para la clase media.

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Asimismo, hizo saber que el Ministerio que representa

está consciente del problema que afecta a la clase media en materia escolar y que consiste en que tiene una subvención más pequeña que los grupos medios-altos y los vulnerables. Aseguró que para ello presentarán el proyecto de ley sobre subvención escolar para la clase media, en el que están trabajando.

Por otra parte, deteniéndose en la inquietud

planteada por el Honorable Senador señor Cantero, sostuvo que el Ministerio esta consiente del problema que existe con la enseñanza de las artes y para ello está realizando un estudio que permita definir con certeza cuál sería la subvención adecuada para este sector.

Por su parte, la Honorable Senadora señora Von Baer puso de relieve, como lo expusiera el señor Ministro de Educación, que la segregación observada en los establecimientos educacionales solamente es la consecuencia de la segregación residencial de la sociedad chilena.

Por otra parte, dijo no compartir la idea de eliminar el financiamiento compartido toda vez que, aseguró, limita la libertad de los padres para contribuir en la educación de sus hijos. Agregó que si los padres de los alumnos de los establecimientos particulares pagados pueden hacerlo no existen razones para impedírselo a los de los colegios subvencionados. Además, aseveró, no existe inconveniente alguno en que los padres con mejor situación económica puedan incrementar los recursos que entrega el Estado por medio de la subvención a través de este sistema de financiamiento y consideró conveniente mantener una estructura progresiva en que no se obligue a aportar a quienes no pueden hacerlo y sea el Estado el que deba efectuar el financiamiento correspondiente, en tanto que quienes puedan y quieran hacerlo tengan la posibilidad de aportar en la medida de sus capacidades.

En la misma línea argumental, destacó que el problema principal no pasa por el financiamiento compartido, sino por el hecho que la subvención es aún muy baja, cuestión que viene a solucionar, en gran medida, el proyecto de ley en informe.

Insistiendo en sus planteamientos, señaló que el tema central no radica en congelar el financiamiento compartido, sino en aumentar las subvenciones y, en especial, la de aquéllos que son más pobres y requieren mayores recursos para su educación, de manera de posibilitar su acercamiento a la realidad de los colegios particulares pagados. Añadió que, probablemente, esta figura llegará a su fin cuando la subvención haya alcanzado su nivel óptimo para garantizar educación de calidad, pero que mientras ello no ocurra no existen fundamentos para tratar de imponer ese

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sistema discriminatorio en que la clase media no pueda aportar a la educación de sus hijos porque existe una subvención de por medio.

El Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, intervino nuevamente para resaltar el debate desarrollado por la Comisión con ocasión de la discusión de esta iniciativa legal y puso de relieve que Chile es un país segregado y segmentado y que el problema adicional que se presenta es que, en general, la población acepta y busca esa realidad. Puntualizó que muchas veces las personas hacen lo posible para contribuir en la educación de sus hijos para evitar que asistan a la educación municipal. Agregó que las alternativas frente a esta problemática consisten en asumirla o bien corregirla por medio de las políticas públicas. En su concepto, añadió, es proclive a esta segunda alternativa y agregó que una buena herramienta para ello sería la subvención escolar para la clase media, que superara el criterio de la focalización y alcanzara un mayor número de alumnos, de manera de lograr un criterio más universal. Además, recordó que como los establecimientos acreedores de este tipo de subvención no podrían cobrar financiamiento compartido, éste comenzaría a desaparecer.

En otro orden de consideraciones, apunto la necesidad de diseñar algún sistema de financiamiento basal para la educación pública tanto pre básica, básica y media que permita asegurar su vigencia y su calidad en nuestro país.

A la luz de las intervenciones anteriores, Honorable Senador señor Cantero, puso de relieve que a lo largo de la discusión de este proyecto no se han considerado los activos sociales componentes básicos del desarrollo humano como son el capital social, el cognitivo, humano, institucional ni el sicosocial. Explicó que cuando se vive en un país en donde no existen elementos que hagan sentirse solidario en él, el resultado es el desastre social que experimenta el país en la actualidad. Añadió que los bienes públicos han perdido valor en nuestra comunidad y que ciertos elementos son constitutivos de la sociedad y no pueden ser olvidados, porque de lo contrario se continuará con las asimetrías vistas hasta ahora.

En ese mismo orden de ideas, fue enfático en sostener que los bienes públicos son de responsabilidad del Estado tanto en su provisión como en su garantía y que ello no impide, no obstante, que los padres puedan aportar en aspectos complementarios a la educación. Sentenció que la discusión acerca del modelo educativo requiere de nuevos aires que permitan superar los aspectos meramente numéricos y logren una mirada enfocada en el desarrollo humano. Apuntó que de no alcanzarse ese cambio, lo más probable será que en el futuro se mantenga el estatus existe en la actualidad.

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Concluyó su intervención afirmando su valoración al aumento de las subvenciones propuestas y destacando también que poco a poco logra alcanzarse mayor claridad respecto al monto que supone el otorgar una educación de calidad. Añadió que ello debiera dejarse claramente plasmado y dejar también establecido aquéllos aspectos complementarios que requiere la educación.

Seguidamente, el Secretario Ejecutivo de la Fundación Jaime Guzmán, señor Jaime Bellolio, refiriéndose a la intervención del Honorable Senador señor Cantero, hizo presente que decidió dedicar su primera exposición a referirse al modelo estadounidense, precisamente, porque en él se planteó el objetivo de alcanzar educación de calidad, pero sin limitarlo a pruebas estandarizadas. Sobre este último punto, enfatizó que se ha identificado la voz calidad con Simce, en circunstancias que los padres al decidir enviar a sus hijos a colegios particulares subvencionados no sólo lo hacen por este factor, sino también por otros como la disciplina que les enseñan, los valores que reciben y por la permanencia en la provisión.

En cuanto a los planteamientos del Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, hizo patente que el mejor aporte basal para la educación escolar es la subvención escolar preferencial, porque en la medida en que se atienda a los estudiantes más vulnerables se alcanzarán mayores recursos. Notó que las escuelas subvencionadas que reciben alumnos pobres cuentan con menos dineros para la educación dado que ellas deben financiar, por ejemplo, la infraestructura que los alberga.

Fuera de ello, deteniéndose en la intervención de los

señores Elacqua y Montt, sostuvo que entre el financiamiento compartido y la segregación no existe una relación de causa a efecto sino, simplemente, una correlación. Además, indicó que el problema no radica en la segregación que se vive en el país sino en la movilidad social que se pueda alcanzar gracias a los talentos y méritos de cada uno. Ahondando en sus planteamientos, manifestó que, según un estudio realizado por el Presidente del Panel de Expertos convocado por el Ejecutivo para el análisis y recomendaciones para el sistema de financiamiento estudiantil, señor Ricardo Paredes, las escuelas subvencionadas han demostrado un efecto positivo y significativo.

Continuando con el punto anterior, agregó que si la

idea es aumentar la competencia debieran aumentarse los controles para los establecimientos de manera de asegurar el logro de los resultados esperados.

Finalmente, puso de relieve que si bien es cierto que

en nuestro país existe segregación, no corresponde al Estado corregirla sino que a las personas perfeccionarse en sociedad, porque de lo contrario se corre el riesgo de caer en el totalitarismo.

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Posteriormente, el Director del Instituto de Políticas Públicas de la Facultad de Economía de la Universidad Diego Portales, señor Gregory Elacqua, recalcó que la decisión de un colegio incorporarse al sistema de la subvención escolar preferencial no significa que no pueda cobrar financiamiento compartido, sino simplemente que no puede hacerlo respecto de los alumnos prioritarios.

Seguidamente, efectuó algunos comentarios respecto de los juicios expuestos por señor Ministro de Educación. Sobre el particular, sostuvo que de conformidad a los datos con los que se cuenta no se puede concluir que el financiamiento compartido haya aumentado la segregación, puesto que no se tiene la información respecto a la realidad imperante antes de su entrada en vigencia. Sin embargo, puntualizó que el escenario actual advierte una enorme segregación que ha disminuido el último tiempo dada la entrada en vigencia de la ley de subvención escolar preferencial.

A continuación, se refirió a la calidad de la educación. En este contexto, recordó que Chile es uno de los países que más ha mejorado en la prueba Pisa entre 2000 y 2009 y que los resultados Simce muestran la misma tendencia. Sin embargo, precisó que el avance en calidad se ha dado principalmente en los segmentos más bajos que no pagan financiamiento compartido. Frente a ello observó que la pregunta que debe formularse es por qué el financiamiento compartido no está mejorando sustantivamente la calidad mientras que la subvención escolar preferencial sí lo está haciendo.

Por último, se refirió a los planteamientos expuestos por la Honorable Senadora señora Von Baer respecto a que a los padres no se les puede impedir aportar en la educación de sus hijos por medio del financiamiento compartido al igual como lo hacen los apoderados de los establecimientos pagados. Apuntó que muchas veces los padres racionalmente buscan algo mejor para sus hijos que a veces es la segregación misma, porque simplemente quieren que sus hijos se eduquen en un mejor ambiente. Acotó que si bien esa decisión privada es plausible, está generando graves inconvenientes de segmentación en la sociedad que el Estado no puede pasar por alto.

El Director del Centro de Estudios para el

Desarrollo, señor Pedro Montt, en tanto, quiso hacer notar que en todos los sistemas escolares los padres buscan distinguirse y tratar de identificarse con aquéllos que siente como iguales, porque, entre otras cosas, aseveró, la educación tiene un efecto que supera el mero aprendizaje y que tiene que ver con la ganancia de capital social, dado que en ellos se generan redes y otros valores que los padres quieren alcanzar. A la luz de lo anterior, finalizó su intervención poniendo de relieve que es deber del Estado tratar de establecer mínimos comunes para beneficiar otros bienes sociales como la cohesión

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social, la inclusión y la incorporación de distintas perspectivas en la experiencia escolar. - - - A la luz de las intervenciones anteriores, y del intercambio de ideas habido en el seno de la Comisión, el señor Presidente de la misma dio por cerrada la discusión en general de esta iniciativa y la puso en votación. Puesto en votación en general el proyecto de ley en informe, la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Cantero y Walker, don Ignacio, por los fundamentos expuestos precedentemente en este informe, aprobó en general la iniciativa de ley. - - - TEXTO DEL PROYECTO

De conformidad a lo anterior, vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología os propone aprobar en general el texto del proyecto de ley despachado por la Honorable Cámara de Diputados, el que se transcribe literalmente a continuación:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Modifícase la ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial de la siguiente forma:

Reemplázase el cuadro de Valor Subvención en U.S.E., contenido en el artículo 14, por el siguiente:

Desde 1° nivel de transición hasta 4° año de la educación básica

5° y 6° año básico

7° y 8° año básico

Desde 1° hasta 4° año de enseñanza media

A: Establecimientos educacionales autónomos

1,694 1,694 1,129 1,129

B: Establecimientos educacionales emergentes

0,847 0,847 0,5645 0,5645

”.

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2) Reemplázase el cuadro del artículo 16, por el siguiente:

Tramos según el porcentaje de alumnos prioritarios del Establecimiento Educacional

Desde el 1° nivel de transición hasta 4° año básico (U.S.E.)

5° y 6° año básico (U.S.E.)

7° y 8° año básico (U.S.E.)

Desde 1° año hasta 4° año de enseñanza media (U.S.E.)

60% o más 0,302 0,302 0,202 0,202 Entre 45% y menos de 60% 0,269 0,269 0,179 0,179 Entre 30% y menos de 45% 0,202 0,202 0,134 0,134 Entre 15% y menos de 30% 0,118 0,118 0,078

0,078

3) Reemplázase el inciso tercero del artículo 20 por el siguiente: “Este aporte adicional será de 0,847 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el primer y segundo año de transición de la educación parvularia y hasta el 6º año de la educación general básica; de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen 7º y 8º año de la educación general básica; y de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el 1° hasta 4° año de enseñanza media.”.

4) Sustitúyese el artículo duodécimo transitorio por el siguiente: “Artículo duodécimo.- Los niveles de 1° año de enseñanza media a 4° año de enseñanza media se incorporarán gradualmente a la percepción de la subvención escolar preferencial, de la subvención por concentración de alumnos prioritarios y de los aportes adicionales establecidos en esta ley, a razón de un nivel por año, comenzando el año escolar 2013 con el 1° año de enseñanza media.”. Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales:

1) Modifícase el artículo 9°, en el siguiente sentido: a) Sustitúyese el inciso primero, por el siguiente:

"Artículo 9°.- El valor unitario mensual de la

subvención por alumno para cada nivel y modalidad de la enseñanza, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), corresponderá al siguiente:

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Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 9° (incluye incrementos fijados por leyes Nos. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. por aplicación del factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación Parvularia (1° Nivel de Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación Parvularia (2° Nivel Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación General Básica (1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6°)

1,81401 0,17997 1,99398

Educación General Básica (7° y 8°)

1,96884 0,19546 2,16430

Educación Especial Diferencial

5,79658 0,59727 6,39385

Necesidades Edu-cativas Especiales de carácter Transitorio

4,96143 0,59727 5,5587

Educación Media Humanístico-Científica

2,19850 0,21818 2,41668

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

3,25842 0,32402 3,58244

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

2,54190 0,25252 2,79442

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

2,27993 0,22634 2,50627

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Educación Básica de Adultos (Primer Nivel)

1,29547 0,13317 1,42864

Educación Básica de Adultos (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,71879 0,13317 1,85196

Educación Básica de Adultos con oficios (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,93046 0,13317 2,06363

Educación Media Humanístico-Científica de adultos (Primer Nivel y Segundo Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Primer Nivel)

2,36078 0,18363 2,54441

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,89313 0,18363 3,07676

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Primer Nivel)

2,1371 0,18363 2,32073

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,22211 0,18363 2,40574

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Comercial y Técnica (Primer Nivel, Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

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b) Sustitúyese el inciso noveno, por el siguiente: "En el caso de los establecimientos educacionales que

operen bajo el régimen de jornada escolar completa diurna, el valor unitario mensual por alumno, para los niveles y modalidades de enseñanza que se indican, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), será el siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en factor artículo 9° en U.S.E. (incluye incrementos fijados por leyes N°s. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación General Básica 3° a 8° años

2,52450 0,24655 2,77105

Educación Media Humanístico-Científica

3,01381 0,29481 3,30862

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

4,06671 0,40013 4,46684

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

3,18177 0,31177 3,49354

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

3,01381 0,29481 3,30862

Artículo 3°.- Los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado, conforme al decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, y de los establecimientos de educación técnico profesional traspasados en administración de acuerdo al decreto ley N° 3.166, de 1980, deberán informar al Ministerio de Educación, antes del último día de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajuste de remuneraciones que reciban cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento.

”.

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El Ministerio de Educación deberá enviar esta información a las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, antes del 31 de marzo de cada año. Artículo 4°.- El Ministerio de Educación conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo. El Ministerio de Educación deberá someter el estudio a que se refiere el inciso anterior a la consideración del Consejo Nacional de Educación quien emitirá, dentro del plazo de 45 días contado desde el requerimiento, un informe que contenga recomendaciones respecto de la pertinencia y oportunidad de posibles incrementos en el valor de las distintas subvenciones escolares de la educación regular. Los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Parlamento deberán fundarse en los resultados del estudio y en las recomendaciones del informe a que se refieren los incisos anteriores. En caso de que los aumentos de subvenciones no recojan los resultados y, o recomendaciones se deberá justificar fundadamente dicha decisión. A fin de garantizar que los estudios a que se refiere el inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para efectos de los mismos deberán otorgar toda la información necesaria que sea requerida. En caso de incumplir la obligación señalada en el inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a las sanciones previstas en la ley N° 20.529 para el caso de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación. La Superintendencia de Educación brindará el apoyo necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información recabada con ocasión de los levantamientos efectuados. Los estudios y el informe realizados de conformidad a este artículo deberán estar disponibles en la web del Ministerio de Educación y remitirse a la Comisión de Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al inicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión.

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Artículo 5°.- Para sustituir en el inciso primero del artículo 24 del decreto con fuerza N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión "4 U.S.E." por “$ 80.000”. Disposiciones transitorias

Artículo primero.- La presente ley entrará en vigencia a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo segundo.- El primer estudio que se realice de conformidad a lo prescrito en el artículo 4°, se realizará al inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo tercero.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2012 se financiará con cargo a la partida 09 Ministerio de Educación, del Presupuesto del Sector Público.”. - - -

Acordado en sesiones celebradas los días 5 y 12 de junio de 2012, con la asistencia de los Honorables Senadores señor Carlos Cantero Ojeda (Presidente), señora Ena Von Baer Jahn y señores Jaime Quintana Leal e Ignacio Walker Prieto.

Sala de la Comisión, a 18 de junio de 2012. FRANCISCO JAVIER VIVES DIBARRART Secretario

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RESUMEN EJECUTIVO INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. BOLETÍN Nº 8.070-04 I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: El proyecto de ley en informe tiene los siguientes objetivos: i) incrementar la subvención para el primer y el segundo nivel de transición de la educación parvularia; ii) aumentar la subvención escolar preferencial y de concentración por alumnos prioritarios; iii) continuar incrementando la subvención general avanzando en la meta de duplicar la subvención, y iv) busca que los posibles aumentos de subvención que sugiera el Ejecutivo en el futuro se funden en estudios de la realidad y recomendaciones del Consejo Nacional de Educación. II. ACUERDOS: El proyecto de ley en informe fue aprobado en general, en los mismos términos propuestos por la Honorable Cámara de Diputados, por la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión (3x0). III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: la iniciativa legal se compone de cinco artículos permanentes y tres artículos transitorios. IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No tiene. V. URGENCIA: suma urgencia. VI. ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República. VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo. VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado en general por mayoría de votos (95 x 16). IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 15 de mayo de 2012. X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general. XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: 1.-Artículo 19 N° 10 de la Constitución Política de la República. 2.-Ley N° 20.248 que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial. 3.-Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre

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Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales. 4.-Decreto Ley N° 3.166, de 1980, del Ministerio de Educación, que Autoriza Entrega de la Administración de Determinados Establecimientos de Educación Técnico Profesional a las Instituciones o a las Personas Jurídicas que Indica. 5.-Ley N° 20.529, de 2011, sobre Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización.

Valparaíso, a 18 de junio de 2012. FRANCISCO JAVIER VIVES DIBARRART Secretario

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

2.2. Primer Informe de Comisión de Hacienda Senado. Fecha 09 de julio, 2012. Cuenta en Sesión 33. Legislatura 360. INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que aumenta las subvenciones del Estado en los establecimientos educacionales. BOLETÍN Nº 8.070-04 HONORABLE SENADO:

La Comisión de Hacienda tiene el honor de emitir su informe acerca del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, con urgencia calificada de “suma”.

A una o más de las sesiones que celebró la Comisión asistieron los siguientes invitados:

Del Ministerio de Educación, el Ministro, señor Harald

Beyer; el Subsecretario, señor Fernando Rojas; el Jefe de Gabinete del Ministro, señor Pablo Eguiguren; y los asesores, señores Raúl Figueroa y Matías Romero.

De la Dirección de Presupuestos del Ministerio de

Hacienda, el abogado del Departamento Institucional Laboral, señor Patricio Espinoza.

Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia,

las asesoras, señoritas Yussra Almeyda y Carol Parada. De la Corporación de Estudios para Latinoamérica

(CIEPLAN), la Secretaria Ejecutiva del Programa Legislativo, señorita Macarena Lobos.

De la Biblioteca del Congreso Nacional, la asesora,

señorita María Soledad Larenas. De la Fundación Mis Talentos, la Directora, señora Isabel Zúñiga. La asesora de la Honorable Senadora señora Rincón, señora Labibe Yumha.

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

- - - Cabe hacer presente que la iniciativa, que fuera analizada previamente por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, fue discutida por la Comisión de Hacienda sólo en general, en virtud de lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 36 del Reglamento del Senado. - - - OBJETIVO DEL PROYECTO

El presente proyecto de ley propone incrementar la subvención para el primer y el segundo nivel de transición de la educación parvularia, y la subvención escolar preferencial y de concentración por alumnos prioritarios. Además, propone continuar incrementando la subvención general, de manera de avanzar en la meta de duplicar la subvención. Finalmente, busca que los posibles aumentos de subvención que sugiera el Ejecutivo en el futuro se funden en estudios de la realidad y recomendaciones del Consejo Nacional de Educación. - - - DISCUSIÓN EN GENERAL

El Ministro de Educación, señor Harald Beyer, efectuó una presentación del siguiente tenor:

Proyecto de ley que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales

I. Objetivos del proyecto 1.- Aumento sustancial en la subvención para Pre-

Kínder y Kínder. 2.- Aumento de la subvención preferencial para los

alumnos prioritarios. 3.- Aumento de la subvención regular.

1.- Aumento sustancial en la subvención para PK y K.

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

- Aumento de un 18,5% real. - Se une al 1,5% establecido en ley 20.501, suma un

20% real durante el gobierno del Presidente Piñera. - Beneficia a 305 mil alumnos. - Busca apoyar crecimiento de cobertura en Prekínder

y Kínder.

Monto Vigente Monto Propuesto

$ 38.719 $45.511

2.- Incremento de la Subvención Preferencial para los alumnos prioritarios.

- Subvención escolar preferencial beneficia al 40%

más vulnerable de los estudiantes. - Durante 2012 beneficia por primera vez a alumnos

de 8° año básico, abarcando a 900 mil estudiantes. - Actualmente, la Subvención Escolar Preferencial

(SEP) tiene 3 valores diferentes según el nivel educacional: Un valor desde Pre-Kínder hasta 4° básico. 2/3 de dicho valor para 5° y 6° básico. 1/3 de dicho valor desde 7mo. básico hasta 4°

medio.

- Aumento de un 50% a la subvención de 5° y 6° básico, igualando al monto que reciben los alumnos de Pre-Kínder a 4° básico.

- Se coordina con el nuevo calendario curricular

propuesto por la Ley General de Educación (6+6). - Duplica los aportes destinados desde 7° básico a 4°

medio. El Gobierno pretende alcanzar una cobertura del 100% del 60% más vulnerable en 2014.

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

- Adelanta en un año la entrada en vigencia de la

educación media al régimen SEP, permitiendo a los actuales alumnos de 8° básico tener aportes en 2013.

Curso Monto Vigente Monto Propuesto

PK a 4° básico $32.356 $32.356

5° y 6° básico $21.494 $32.356

7° y 8° básico $10.862 $21.494

1° a 4° medio $10.862 $21.494

3.- Aumento de la Subvención Regular.

- Aumento de un 3,5% para todos los alumnos regulares del país.

- Unido al 1,5% establecido en la ley 20.501, significa

un 5% de aumento real durante el año 2012.

4.- Subvenciones educacionales luego de

aprobado el proyecto.

Asumiendo establecimientos en JEC* y con una concentración de alumnos prioritarios de 45%, los montos mensuales de subvención por alumno, son los siguientes:

Curso Subvención Regular

SEP (incluye concentración)

Total

PK y K $45.511 $37.494 $83.005

1° y 6° básico $55.079 $37.494 $92.573

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

7° y 8° básico $55.255 $21.564 $76.819

1° a 4° medio (CH) $65.748 $21.564 $87.312

* Salvo Pre-Kínder y Kínder

El señor Ministro de Educación Indicó que se puede apreciar que la subvención regular se ve aumentada de manera significativa producto del incremento de la subvención escolar preferencial (SEP), lo que permite acercarse a los niveles de lo que, de acuerdo con diversos estudios recientemente publicados, debe ser el costo de la educación de un niño vulnerable. En relación con este asunto, agregó que el Ejecutivo ha advertido que la subvención para los grupos de ingresos medios ha quedado un tanto rezagada, razón por la que, prontamente, enviará a tramitación un proyecto de ley que establezca una nueva subvención escolar de clase media. Esto ante la constatación, por una parte, de que la SEP, si bien insuficiente para el 40% más vulnerable, resulta hoy en día relativamente satisfactoria, y, por otra, de que los grupos de ingresos medios altos aportan efectivamente al financiamiento compartido, lo que les permite elevar el monto de su subvención. Esto último no acontece con los grupos de ingresos medios, lo que genera una cierta deficiencia en su financiamiento.

5.- Costo Anual del Proyecto.

Asumiendo que entra en vigencia en agosto de 2012, el costo anual estimado es:

Millones de $ 2012

2012 2013 2014

Costo total $60.385 $159.680 $174.455

6. Modificaciones al proyecto de ley en su tramitación en la Cámara.

Artículo 3° introduce obligaciones de rendición de cuentas acerca de “aguinaldos, bonos y reajustes de los trabajadores del establecimiento”. Esta información se entregará al Ministerio de Educación y éste lo informará al Congreso.

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

Comentarios: - Parece innecesario a la luz de lo recientemente

aprobado en la Superintendencia de Educación (ley 20.529), que obliga a rendir cuenta pública de todos los ingresos y gastos del establecimiento (arts. 49 y 54).

- Se impone un trabajo burocrático adicional a los

establecimientos. Tendrá un bajo impacto en la calidad, pues estará replicado con información disponible en Superintendencia.

- Retrocede respecto a la nueva arquitectura

institucional aprobada en la ley 20.529, que reconoce la conveniencia de dividir y especializar las tareas de los distintos órganos reguladores del sistema escolar.

- Quiebra el espíritu del art. 56 de la ley 20.529, sobre un mecanismo de rendición de cuentas único.

Artículo 4° (y segundo transitorio) introduce la obligación de contratar estudios externos que determinen el valor de la subvención escolar. Establece que los aumentos de subvención propuestos deban fundarse en los resultados de dicho estudio.

Comentarios: - Disminuye la autonomía del Ejecutivo (y del

Congreso) para proponer políticas públicas en base a la subvención escolar. - De los estudios de costo efectividad que realizó el

Mineduc en 2011, se observa que para ciertos casos la subvención actual alcanza y para otros no es suficiente, ¿qué decisión se hubiese tomado en ese escenario?. Se puede terminar premiando ineficiencias.

- Dificultad de encontrar una “escuela modelo”. En

Chile existen más de 11.000 establecimientos educacionales subvencionado que responden a miles de realidades particulares.

- Inadmisible.

Artículo 5° fija en términos nominales el monto del

financiamiento compartido.

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

Comentarios: - Existe una lógica en poder reajustar el monto del

financiamiento compartido, puede ser discutible que su indexación sea a la U.S.E., pero no parece razonable “congelarlo” por ley.

- Este gobierno (y los anteriores) son conscientes de

los riesgos que puede generar el financiamiento compartido (por ejemplo aumentar la segregación) pero ello se soluciona por otras vías: ley SEP, subvención a la clase media, entre otras.

- Inadmisible. Una vez finalizada la exposición del señor Ministro de

Educación, el Honorable Senador señor Frei consultó cuál es el universo de niños, de entre 4 y 5 años, que integran los cursos de kínder y prekinder, y cómo se ha previsto acometer la cobertura de los menores de 4 años.

En el mismo sentido, la Honorable Senadora

señora Rincón preguntó cuál es la política que el Ministerio de Educación pretende seguir en relación con las salas cuna, por qué no se ha planteado un aumento de la subvención por discapacidad, y cuál es el criterio que se ha tenido en cuenta para, ya que se ha decidido aumentar la subvención hasta 6° básico, no hacer lo propio en 7° y 8° básico.

El Honorable Senador señor Lagos solicitó conocer

los guarismos contenidos en las conclusiones de los estudios que, de acuerdo con lo manifestado por el señor Ministro de Educación, permiten sostener que los valores presentados en el presente proyecto se sitúan dentro de los estándares que permitirían brindar una educación de calidad a niños vulnerables.

Del mismo modo, coincidiendo con una de las

inquietudes expresadas por la Honorable Senadora señora Rincón, consultó si el aporte para las NEE de los niños sufre o no alguna variación con motivo del presente proyecto de ley.

El señor Ministro de Educación hizo ver, en primer

lugar, que lo que el presente proyecto de ley hace es solamente aumentar la subvención escolar a los establecimientos educacionales. En consecuencia, no se incluyen en él la educación de los infantes de entre 0 y 4 años ni la situación de la JUNJI o la Fundación Integra, que no son objeto de subvención, sino de financiamiento por la vía de presupuestos directos. Por tanto, no es este el cuerpo legal el llamado a abordar dichas realidades, que deben ser objeto de una solución integral de más largo plazo en la que, por cierto, el

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

Ejecutivo se encuentra trabajando para realizar las propuestas legislativas que sean pertinentes.

En lo que a salas cuna para menores de entre 0 y 2

años respecta, en particular, informó que hacia los meses de agosto y septiembre del año en curso el Gobierno prevé la presentación de una iniciativa que se haga cargo de que no deban ser exclusivamente las madres trabajadoras las responsables de su cuidado. Para ello, deberá ponerse especial atención en el control y fiscalización de la oferta que al efecto exista.

Por otra parte, reiteró que, al día de hoy, el universo

de niños beneficiarios alcanza a 305.000 en kínder y prekinder. A ellos se sumarán 75.000 en el futuro inmediato, de manera de lograr la cobertura de la totalidad del 60% más vulnerable.

En cuanto a la subvención para necesidades

especiales transitorias, indicó que no opera en el presente proyecto ninguna reducción ni aumento del valor vigente. Tal decisión se explica por dos razones: el monto se juzga adecuado, por una parte; por otra, el número de niños beneficiarios se ha incrementado significativamente en los últimos años, cuestión que ha llevado a la autoridad a preguntarse si es o no plausible que esto haya acontecido, a revisar la supervisión que se está llevando a cabo y, en definitiva, a estimar necesario estudiar una solución integral para quienes requieren ser atendidos por necesidades especiales.

Del mismo modo, en relación con la determinación de

no extender la SEP a 7° y 8° básico, resaltó que la premisa tenida en cuenta fue la misma que el año 2008, a través de la ley N° 20.248, se tuvo cuando se estableció por primera vez dicha subvención: que si se atacan las diferencias de origen en el inicio del proceso educacional formativo, esto es, hasta los 12 años, el esfuerzo posterior debe ser menor.

Finalmente, comprometió poner a disposición de los

integrantes de la Comisión los resultados de los estudios recientes que recomendaron la inversión en subvención de niños vulnerables, para la educación básica, de aproximadamente $91.000; y para la educación media, de $93.000.

La Honorable Senadora señora Rincón hizo ver

que si esta última fue la recomendación, sólo en el caso de la educación básica fue acogida, pues, en régimen, la subvención total alcanzará a $92.573 entre 1° y 6° básico. Entre 7° y 8° básico y 1° y 4° medio, en cambio, los totales sólo ascenderán a $76.819 y $87.312, respectivamente.

El Honorable Senador señor Novoa consultó si el

objetivo previsto en el Programa de Gobierno del actual Ejecutivo, en orden a

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duplicar la subvención escolar en un plazo de 8 años, se refiere a la subvención regular. Asimismo, preguntó si los precitados montos, de $91.000 para enseñanza básica y $93.000 para enseñanza media, corresponden a un promedio entre la subvención regular y la SEP.

El señor Ministro de Educación puso de manifiesto

que la SEP que se estableció el año 2008 no contempló cobertura para la enseñanza media, que recién se incorporó el año 2011, gracias a la aprobación de la ley N° 20.501. De manera que si bien la necesidad de recursos está presente en todos los niveles escolares, en este caso se ha producido un desfase que deberá ir siendo resuelto en el tiempo.

Igualmente, precisó que los montos dados a conocer

a la Comisión en su presentación, respecto de cómo quedarían las subvenciones educacionales de ser aprobado el proyecto de ley, representan un promedio de los desembolsos que el Estado deberá realizar, pues, lógicamente, será la cantidad de alumnos prioritarios con que cuente un establecimiento lo que determine el mayor o menor importe de la subvención. En razón de tal realidad, destacó que el camino a seguir es el del aumento de la subvención escolar general, que sumado a la subvención escolar de clase media a que hiciera referencia previamente, deberán redundar en un incremento de recursos que sí se acercarán a los parámetros de los estudios antes aludidos.

En relación con el informe financiero de la Dirección

de Presupuestos que se acompaña a la presente iniciativa, la Honorable Senadora señora Rincón observó que si bien se expresa el costo financiero que corresponderá al año 2012, no acontece lo mismo en relación con los años 2013 y 2014.

En otro orden de cosas, el Honorable Senador

señor García hizo ver que próximamente, el 31 de julio del corriente, expira el plazo para los profesores que deseen presentar su solicitud para acogerse al beneficio del incentivo al retiro. Esto, desde luego, importa que quienes no cumplan con los requisitos deberán permanecer en sus puestos de trabajo, generando frustración en aquellos docentes que, luego de muchos años de servicio, se encuentran desgastados y con la necesidad de poner fin a su carrera. En tal sentido, consultó a los representantes del Ejecutivo si se ha considerado la posibilidad de enviar a tramitación un proyecto de ley que prorrogue o renueve el beneficio vigente.

Del mismo modo, hizo referencia a la problemática

en que se han visto envueltos diversos municipios, por la inversión de recursos recibidos por concepto de la SEP en fines distintos de los estrictamente previstos en dicha subvención. En numerosos casos, a partir de una

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

interpretación de la Contraloría General de la República, se ha llegado incluso a instancias judiciales, en circunstancias que muchos de los gastos realizados en fines diferentes lo fueron para costear rentas, bonos, cotizaciones previsionales o consumos básicos, por ejemplo, estrictamente ligados a la prestación de servicios educacionales, y no para el financiamiento de cuestiones inconexas o indebidas. Se ha prestado, además, como herramienta política de presión en medio de un año electoral como el presente. Huelga entonces, resaltó, otorgar un distinto tratamiento a quienes, por una parte, hicieron mal uso de los recursos SEP, y, por otra, a quienes solamente se limitaron a utilizar tales recursos para dar cumplimiento a compromisos urgentes, en todos los casos vinculados con el área educacional. Si la SEP es una política pública que se estableció con miras a mejorar la calidad de la educación, sostuvo, no cabe duda que el cumplimiento de obligaciones como el pago de las remuneraciones de los profesores o de las cuentas de los establecimientos, se inserta dentro de dicho objetivo.

El Honorable Senador señor Frei coincidió con lo

expresado por Su Señoría, añadiendo que, según ha podido recoger en conversaciones con diversos alcaldes, muchas de las actuaciones hoy cuestionadas pasaron a serlo por interpretaciones posteriores de la Contraloría.

El Honorable Senador señor Lagos recordó que la

preocupación expresada por los Honorables Senadores señores García y Frei ya fue abordada el año pasado, cuando se modificó la ley SEP precisamente para, entre otras cuestiones, permitir la inversión de sus recursos en fines diversos, siempre que se tratara de gastos propios de los establecimientos educacionales y de su administración (en efecto, la ley N° 20.550 agregó a la ley N° 20.248 un artículo decimoquinto transitorio que, en lo pertinente, admite que hasta un 15% de los gastos de la subvención y aportes recibidos, se hayan verificado en fines distintos a los establecidos en el Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa, siempre que cumplan los siguientes requisitos copulativos: haber sido utilizados hasta el 31 de agosto de 2011 y haberse destinado de acuerdo a los usos previstos en el inciso primero del artículo 5° del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación).

El Honorable Senador señor Novoa agregó que,

efectivamente, en su momento el legislador abordó la situación precedentemente descrita y estableció una fórmula de solución, por lo que deben ser objeto de análisis los casos actuales en que los problemas se han mantenido o han surgido.

El Honorable Senador señor García expresó que

en los casos de que ha tomado conocimiento y por cuya resolución aboga, la totalidad de los recursos se encuentran invertidos estrictamente en educación.

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En la siguiente sesión celebrada, la Comisión recibió a la Directora de la Fundación Mis Talentos, quien efectúo una presentación del siguiente tenor: Proyecto de Ley de Aumento de Subvenciones y su relación con la Política de Educación Inclusiva Necesidades Educativas Especiales (NEE) y Educación Inclusiva

- Una Necesidad Educativa Especial se define como una condición presente en el niño que, en interacción con el medio, se convierte en un obstáculo al aprendizaje.

- La educación inclusiva se define como la adaptación

que deben realizar establecimientos regulares para disminuir los obstáculos al aprendizaje.

- A nivel mundial, el 20% de los niños (1 de cada 5)

tiene este tipo de necesidades. - Cerca de 15% corresponde a NEE transitorias

(trastorno específico del lenguaje, trastorno específico del aprendizaje, hiperactividad y trastorno hipercinético, rendimiento en pruebas CI en rango limítrofe con limitaciones significativas en conducta adaptativa).

- Cerca del 5% corresponde a NEE permanentes

(discapacidad auditiva, motora, visual o intelectual y autismo y disfasia). A diferencia del que tiene necesidades transitorias, respecto de este grupo sí existen datos y documentación estadística, gracias a los antecedentes que proporciona la encuesta CASEN, fundamentalmente.

- El % aumenta en los quintiles más bajos, en los que

la necesidad educativa especial se prolonga por más tiempo, a diferencia de lo que ocurre en los quintiles más altos. El obstáculo al aprendizaje en la niñez, además, repercute más tarde en la capacidad productiva durante la adultez, por lo que deviene en una fuente de inequidad y pobreza.

- Dada la población en edad escolar, cerca de un

millón de niños tendrían algún tipo de NEE. - Si se considera el tamaño promedio de las familias,

alrededor de 4 millones de personas estarían viviendo las consecuencias de la discriminación en el sistema de educación regular.

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- El sistema educacional chileno discrimina a estos niños implícita y explícitamente. Sólo un cuarto de la población con NEE se atiende en escuelas segregadas, escuelas de lenguaje, aulas hospitalarias y Programas de Integración Escolar (PIE)

- Los costos asociados a esta realidad se traducen en

costos directos para el niño, para su entorno y para la sociedad en general. - Instituciones como la UNESCO, el BM y la UE, y

países como Inglaterra, Finlandia y España, defienden la educación inclusiva como el camino a seguir, e investigaciones también avalan sus resultados. Entre sus beneficios, destacan: incrementos en los puntajes de pruebas estandarizadas de niños con NEE, y en la probabilidad que logren trabajo asalariado después de los estudios (evita deserción, drogadicción y delincuencia); no existen efectos negativos sobre los puntajes en pruebas estandarizadas de compañeros sin NEE; y desarrolla habilidades sociales en niños sin NEE. Situación actual en Chile: una realidad oculta Evolución de la Matrícula de Alumnos Integrados a Nivel Nacional (*)

2002 Masc 7.037

2002 Feme 5.343

2003 Masc 8.696

2003 Feme 6.705

2004 Masc 10.953

2004 Feme 8.279

2005 Masc 12.743

2005 Feme 9.363

2006 Masc 15.170

2006 Feme 10.981

2007 Masc 16.627

2007 Feme 12.022

2008 Masc 19.105

2008 Feme 13.439

1,198

% alumnos integrados

sobre total de matricula

Hombres y Mujeres

Integrados

0,529

0,535

0,847

0,992

32.544

1,336

1,546

AñoTotal

Alumnos

12.380

15.401

19.232

22.104

26.151

28.649

Sexo

(*) hasta 4 básico. Fuente: MINEDUC

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Matrícula por Dependencia Institucional del Establecimiento (*)

(*) hasta 4 básico. Fuente: MINEDUC En el gráfico precedente, el índice más alto representa a los colegios municipales, el intermedio a los particulares subvencionados y el más bajo a los particulares pagados. El Honorable Senador señor Novoa acotó que la desigual distribución de la matrícula se explica, fundamentalmente, porque la de los establecimientos particulares subvencionados debiera ser incluso superior a la de los municipales, y eso no ocurre. La de los particulares pagados, en tanto, debiera ser siempre baja. El Honorable Senador señor Frei añadió que buena parte del problema se debe a que el universo de niños con NEE ha aumentado sustancialmente en los últimos años. Evolución de la Política Pública en Chile

- Siguiendo la tendencia internacional, Chile implementó primero escuelas segregadas (las que dividen a los niños por condición: para ciegos, sordos, etc.), luego integración educativa (que los colegios regulares simplemente abran matrícula para niños con NEE), y hoy fomenta la educación inclusiva (con tratamiento especializado a los niños con NEE).

- Declaración Universal de Derechos Humanos

(1948), Declaración de los Derechos del Niño (1959), Informe de la Comisión

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

de Investigación sobre la Educación de los Niños (1978), Conferencia Mundial sobre Educación para Todos (1990), Declaración de Salamanca (1994) y Foro Mundial sobre la Educación (2000). Todos documentos que reconocen la educación de niños con NEE como un derecho, y que migran desde el enfoque de deficiencias a un enfoque social donde la educación inclusiva juega un rol relevante.

- En 2005, el Ministerio de Educación publica la

Política Nacional de Educación Especial: “Nuestro Compromiso con la Diversidad”. El texto reconoce la necesidad de avanzar hacia una sociedad más inclusiva y respetuosa de la diversidad, donde todas las personas puedan desarrollarse con igualdad de oportunidades, en total sintonía con el discurso internacional.

- En 1990 se promulgó el primer marco normativo

para la integración escolar, a través del decreto N°490, que luego fue fortalecido con la ley N°19.284, sobre la Integración Social de las Personas con Discapacidad y su reglamento, el decreto supremo N°1, de 1998.

- En 2007, la ley N° 20.201 incorpora el concepto de

NEE transitoria, y mejora los mecanismos de diagnóstico de niños y niñas con NEE y las definiciones de acciones consideradas como fraude al sistema.

- La institucionalidad de las escuelas inclusivas, que

cuentan con poca matrícula, se ha desarrollado en paralelo a la de escuelas especiales, escuelas de lenguaje y aulas hospitalarias. En la actualidad, sin embargo, está teniendo lugar una mayor migración hacia las escuelas inclusivas, por lo que la tendencia se está revirtiendo. Decreto N° 170: regula los Programas de Integración Escolar (PIE)

- La evaluación diagnóstica, tanto en sus

procedimientos como en los profesionales idóneos para ejecutarlos. - El financiamiento (fraccionamiento). - Las obligaciones de los establecimientos

Educacionales para tener derecho al financiamiento. Esta normativa surgió como respuesta a la laxitud de la regulación prexistente.

- En relación con el financiamiento, en particular, cada niño con NEE que asiste a un PIE tiene derecho a una subvención que se descompone de la siguiente manera:

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Sub. NEE (transitorias o permanente) = Sub. Base + Diferencial efectivo para PIE Es decir, se reconoce que un niño con NEE tiene un costo base para el establecimiento, por sobre el cual se debe financiar, además, su adaptación.

- La subvención especial varía según se trate de un establecimiento con o sin jornada escolar completa (JEC), o si el niño tiene NEE transitoria o permanente.

- La subvención regular varía según se trate de establecimiento con o sin JEC, y si el niño asiste a pre básica, educación básica o media.

- La suma del incremento destinado a PIE

corresponde al presupuesto que cada establecimiento debe destinar a su PIE.

Diferencial efectivo para PIE=Sub. NEE (transitorias o permanente) – Sub. base

Ejemplo 1: Educación parvularia para NEE transitoria y JEC (2° nivel de transición).

Situación sin PL: $103.028 = $141.746 - $38.718 Situación con PL: $95.865 = $141.746 - $45.881 Diferencial efectivo para PIE cae 7,0%.

Ejemplo 2: 1° a 6° básico para NEE transitoria y JEC.

Situación sin PL: $88.457 = $141.746 - $53.289 Situación con PL: $86.592 = $141.746 - $55.154 Diferencial efectivo para PIE cae 2,1%. Cualquiera sea la combinación, el diferencial efectivo para el PIE disminuye. De esta forma, cada establecimiento educacional de los que tienen niños con NEE, deberá decidir si los sigue atendiendo o no; y de los que no los tienen, sólo podrán recibir a menos de los que atenderían en las condiciones actuales. Como quiera que sea, el efecto es que se incentiva la segregación. La señora Zúñiga puso de relieve que en la cotidianeidad de la Fundación Mis Talentos, trabajar con los recursos hoy en día disponibles ya resulta bastante complejo. Y si bien, en términos relativos,

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se puede estimar que los montos globales de subvención no son bajos, lo cierto es que la magnitud de las exigencias los transforman en insuficientes. En la práctica, por las economías de escala que se generan, sólo los colegios más grandes son capaces de ofrecer inclusión, no así los que tienen menos niños. Al disminuir los recursos, el proyecto de ley provocará que el número de niños que representa el punto de equilibrio que hoy existe, sea más exigente todavía.

Finalmente, enumeró una serie de instituciones que, además de la Fundación Mis Talentos, se encuentran también preocupadas por los efectos que el proyecto pueda aparejar para la subvención de niños con NEE: Arzobispado de Santiago (Vicaría de la Educación), Centro de Políticas Comparadas de Educación UDP, Centro de Desarrollo de Tecnologías para la Inclusión UC, Colegio Institución Teresiana, Educación 2020, Fundación Asperger Chile y Fundación Descúbreme.

Enseguida, el Subsecretario de Educación, señor

Fernando Rojas, hizo un llamado a no perder de vista que el objetivo primordial del proyecto de ley en estudio se sitúa en el aumento de la subvención general, la subvención para pre-kinder y kínder y la SEP, que se pretende incrementar entre 5° y 8° básico. La iniciativa, agregó, no se hace cargo de las cerca de 30 clases de subvenciones que rigen en la actualidad en nuestro país, sino que se enfoca de manera precisa en las precedentemente aludidas. Esto, desde luego, no significa en caso alguno que se busque desmedrar en algo la situación de un grupo de niños. De hecho, resaltó, el monto total que los establecimientos reciben del Estado para la educación de cada niño ($141.746), no varía en lo más mínimo, y se irá reajustando en la medida que cada año aumente la subvención general. Lo único que cambia, en rigor, es la composición de dicho monto total, que es lo que explica la inquietud manifestada por la representante de la Fundación Mis Talentos: dado que aumenta la subvención general, cuyo importe se descuenta de la subvención por NEE, el monto efectivo para PIE, disminuye en, aproximadamente, 2% o 7%, según el caso.

De acuerdo con lo expuesto, enfatizó que el proyecto de ley pone el acento en todos los niños que reciben la subvención general y la SEP, y no persigue, en absoluto, perjudicar a aquellos con NEE.

Por otra parte, a la estadística presentada por la

Fundación Mis Talentos sobre la existencia de una matrícula de, aproximadamente, 32.000 niños con NEE, agregó que al año 2010 dicha cifra se empinó hasta cerca de 80.000, y al presente año, a alrededor de 150.000. Esto da cuenta que el país, a partir de la entrada en vigencia en 2010 del Decreto 170, del Ministerio de Educación (que fijó las normas para determinar los alumnos con necesidades educativas especiales que serán beneficiarios de las subvenciones para educación especial), ha comenzado a enfrentar de otra

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manera la situación de aquellos niños, lo que constituye una buena noticia. Pero, al mismo tiempo, obliga a tener en consideración que, por ser un proceso aun incipiente, se requiere una etapa de aprendizaje de las capacidades necesarias para trabajar con dichos niños, de manera que educadores y profesores cuenten con las herramientas idóneas para hacerlo. En tal sentido, consignó que siempre se precisa una adecuada fiscalización de los recursos que, tanto para escuelas de lenguaje como para NEE, el Estado entrega, cuestión que, ante el explosivo incremento de los niños que acuden a los establecimientos ad hoc, plantea, por ejemplo, las siguientes interrogantes: si el diagnóstico de quienes califican para dichas atenciones especiales es el adecuado o no, y si los montos son o no suficientes.

La Honorable Senadora señora Rincón señaló que

la explicación del señor Subsecretario de Educación no logra despejar qué va a ocurrir con los recursos que recibirán los niños con NEE, pues, de acuerdo con los ejemplos expuestos ante la Comisión, el aumento de la subvención base sí tendrá impacto sobre un menor monto final para los PIE. Esto significa que, en términos reales, los niños con NEE sí se verán afectados.

El señor Subsecretario de Educación insistió en

que el monto total de la subvención no se verá, en modo alguno, afectado. De manera que, recalcó, si se aprueba el proyecto de ley en los términos en que se ha planteado, el monto final que cada establecimiento recibirá por niño con NEE, será exactamente el mismo que recibe el día de hoy.

El Honorable Senador señor Novoa indicó que el

escenario en el que se da la presente discusión, es el de un establecimiento educacional que por albergar a un niño con NEE recibe una subvención de $141.746. Para hacerse cargo de la educación de ese menor, contará siempre con esa suma global, por lo que no se logra advertir por qué debiera dejar de recibir a niños con esa clase de necesidades.

Por otra parte, expresó que el modelo de educación

por el que ha optado Chile para estas situaciones, debe ser capaz, precisamente, de que cada establecimiento en su conjunto se encuentre capacitado para la recepción de esta clase de alumnos.

El Honorable Senador señor Lagos observó que la

cuestión sobre la que se debate no es si el monto total de la subvención se va a ver afectado, pues ya se sabe que no. El punto que se quiere plantear es que, de aprobarse el proyecto de ley, la cifra que un establecimiento educacional recibirá por concepto de diferencial para PIE, para niños con NEE, será inferior a la que hoy percibe. Si la que se aumenta es la subvención base, orientada, como su nombre lo indica, a niños sin necesidades especiales, y consecuencialmente disminuye el referido diferencial, ¿no se genera, acaso, un cambio en los incentivos a los que se ve enfrentado el establecimiento

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educacional? Dicho de otro modo, ¿es neutro el impacto? A su juicio, la respuesta es negativa.

La Honorable Senadora señora Rincón explicó

que de acuerdo con el antes aludido Decreto 170, de 2010, del Ministerio de Educación, la composición del PIE está dada por la subvención para niños con NEE, a la que se resta la subvención base. Cuando esta última aumenta, como ocurre en el presente proyecto de ley, en la práctica es menos el dinero disponible para el PIE. De esta forma, los incentivos para el establecimiento educacional sin duda variarán, porque deberá cumplir con las obligaciones que el decreto le impone para poder recibir a niños con NEE, pero con menos recursos.

El Honorable Senador señor Lagos agregó que,

como es razonable, el aumento de la subvención base debe ser destinado a cubrir determinadas necesidades (infraestructura, sueldos de profesores, etc.) que son distintas de las NEE que tengan algunos alumnos. De modo que si la cantidad que se resta a la subvención para NEE es mayor, evidentemente se producirá un desmedro sobre el diferencial efectivo para el PIE que, a su vez, tendrá repercusiones sobre esos alumnos. Por más que este efecto no sea buscado, indiscutiblemente se va a producir.

El Honorable Senador señor Novoa hizo presente

que los requerimientos educacionales de los niños con NEE se componen tanto de estas últimas como de las necesidades básicas que deben ser satisfechas. En este entendido, si la base es cada vez mejor, es lógico que el diferencial deba sufrir variaciones. Pues, a mayor abundamiento, el aumento de la subvención básica sería mucho más complejo si, en cada oportunidad que se hiciera, debieran también incrementarse las demás subvenciones. Si el país estuviese en condiciones de financiar una subvención de $500.000 por alumno, por ejemplo, entonces no serían necesarias otras subvenciones especiales.

La Honorable Senadora señora Rincón sostuvo

que, efectivamente, si existiese una subvención base que alcanzara un monto como el señalado precedentemente por Su Señoría, claramente no se requerirían otras especiales. Pero no es el caso, pues los montos de los que se está hablando son inferiores. De ahí que, a su juicio, deviene en inadecuada la propuesta del proyecto de ley en estudio, pues el aumento de la subvención base determina que el establecimiento educacional que acoge a niños con NEE, reciba menos dinero del que recibe hoy.

El Honorable Senador señor Lagos citó el artículo

86 del Decreto 170, de 2010, del Ministerio de Educación, que establece que el requisito a satisfacer para la aprobación de un PIE es que su planificación, ejecución y evaluación contemplen la utilización de la totalidad de los recursos financieros adicionales que provee la fracción de la subvención de la educación

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especial diferencial o de NEE de carácter transitorio. Dichos recursos deberán ser invertidos, en términos generales, en contratación de recursos humanos especializados, coordinación y evaluación del PIE, capacitación y perfeccionamiento para el desarrollo profesional, y provisión de recursos materiales educativos. Esto indudablemente importa, resaltó, que si producto del descuento que debe hacerse de la subvención base, va a quedar menos dinero disponible para el PIE, será también inferior la cantidad que se podrá invertir en los antes mencionados fines contemplados en el artículo 86. Más allá que el monto total de la subvención no se vea alterado, esta última conclusión no se puede soslayar.

El Honorable Senador señor Novoa puso como

ejemplo el caso de un establecimiento educacional de 100 alumnos, con 20 de ellos con NEE. Si por los 80 restantes se sumaran $10, el establecimiento tendrá $800 más; y si por aquellos 20 no se incrementara subvención alguna, de todos modos dicho establecimiento pasará a contar con una cantidad de recursos muy superior a la que tenía previamente, lo que le permitirá cumplir de mejor manera su función educativa. El Honorable Senador señor Frei observó que la demanda de matrícula de niños con NEE es significativamente superior en los establecimientos municipales que en los particulares subvencionados. Uno de los efectos que puede acarrear la aprobación del asunto que se ha venido discutiendo, llamó la atención, es que estos últimos, por la disminución real de los recursos para el PIE, decidan solicitar a los padres que aporten la diferencia que se va a producir; los municipales, en tanto, que no pueden pedir dinero a los apoderados, lo más probable es que dejen de recibir a los niños con NEE. La Honorable Senadora señora Rincón indicó que por más que la finalidad del presente proyecto de ley sea aumentar los recursos que por la vía de la subvención se entregan a los niños del país, es la reglamentación contenida en el señalado decreto 170, de 2010, del Ministerio de Educación, la que determina que, a la postre, los niños con NEE van a contar con menos recursos. El Honorable Senador señor García expresó que, a su juicio, nada debiera impedir que con el aumento de la subvención escolar se cubran los gastos a que se refiere el artículo 86 del aludido decreto 170. El señor Subsecretario de Educación reiteró que el total de la subvención, de aproximadamente $141.000, no disminuye. Lo que sí podría verse reducido es el monto que obligatoriamente debe ser gastado en la forma prescrita en el decreto 170, de 2010, del Ministerio de Educación. Por el aumento de la subvención básica, en rigor, el monto total de libre disposición que recibe un establecimiento educacional, crece, y nada impide que pueda ser destinado a la atención de niños con NEE.

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Del mismo modo, insistió en que si la matrícula de alumnos integrados a nivel nacional ha crecido de la manera en que lo ha hecho, en alguna es medida se debe a que los $141.000 mensuales han demostrado ser suficientes para ese nivel de cobertura, más allá que, como en otras áreas, los recursos en materia de educación sean considerados siempre distantes de un óptimo. Por otra parte, coincidiendo con el ejemplo presentado por el Honorable Senador señor Novoa, explicó que, de acuerdo con la normativa vigente, no puede haber más de 2 niños con NEE permanentes ni más de 5 con NEE transitorias por curso. Esto significa que por todo el resto de los integrantes de cada curso, el establecimiento educacional, gracias al aumento de la subvención general, contará con un universo superior de recursos de libre disposición. Y este último, precisamente, es el objetivo de la iniciativa legal en estudio: inyectar mayores recursos en la generalidad del sistema de subvenciones. Lo que ocurrirá, recalcó, es tan solo que la obligación de gastar los recursos será afectada, pero el establecimiento seguirá contando con el monto total de la subvención. A partir de esto último, lo esperable es que, teniendo en cuenta el incremento de cobertura de los últimos años y la preocupación por la calidad del aprendizaje de los alumnos por parte de los establecimientos, éstos no van a dejar de recibir a los niños con NEE. En fin, formuló un llamado a los integrantes de la Comisión para pronunciarse a favor en la votación general del proyecto de ley, pues su entrada en vigencia permitirá que un importante universo de niños resulte beneficiado. La Honorable Senadora señora Rincón consultó por la disposición del Ejecutivo para, siempre en el entendido que el monto total de la subvención no disminuye, analizar la posibilidad de que el descuento de la subvención base no incida, finalmente, en el diferencial efectivo que debe ser invertido en el PIE. El Honorable Senador señor Lagos comentó que si el aumento de la subvención base incide en una disminución del diferencial para el PIE que, según se ha dicho, no debiera repercutir en que los colegios dejen de acoger a los niños con NEE, la pregunta que surge es dónde se sitúa el punto de quiebre en que el descuento de la subvención base sería de un valor tal que haría que para los establecimientos ya no fuera atractivo acoger a dichos niños. Si ese punto no existe, o es irrelevante, entonces quizás lo que habría que hacer es focalizar todos los recursos en el aumento de la subvención base, pura y simplemente, y ya no se justificaría hacer la diferenciación con la subvención para atender a los niños con NEE. Asimismo, con miras a que la inquietud explicitada pueda ser finalmente acogida por el Ejecutivo, coincidió con que tal vez no sea el presente proyecto

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de ley donde deben introducirse enmiendas, sino en la reglamentación contenida en el decreto 170, de 2010, del Ministerio de Educación. El señor Subsecretario de Educación señaló que en ningún caso se trata de desconocer la importancia de las NEE, sean permanentes o transitorias. Y si bien, añadió, no existe el dato de un punto de quiebre como el sugerido por el Honorable Senador señor Lagos, debe tenerse en cuenta que aquél podría, además, diferir entre distintos sostenedores. En relación con la consulta de la Honorable Senadora señora Rincón, suscrita por el Honorable Senador señor Lagos, expresó no encontrarse en condiciones de comprometer una respuesta del Ejecutivo sin antes haber analizado debidamente la inquietud, cuestión que en todo caso podrá realizarse en el trámite de la discusión en particular del proyecto de ley. El Honorable Senador señor Novoa sostuvo que si bien es comprensible la aprensión que los parlamentarios de oposición han venido manifestando, no debe perderse de vista que los montos globales que el proyecto de ley propone y, sobre todo, el incremento de la subvención base, constituyen una mejoría sustancial al modelo vigente. La Honorable Senadora señora Rincón dio a conocer su voluntad de concurrir a la aprobación en general de la iniciativa, en el entendido que, como se señalara, el Ejecutivo analizará formalmente la posibilidad de acoger los planteamientos realizados. Solicitó, además, que en la discusión particular sean escuchadas las instituciones que trabajan con los problemas de las NEE y la educación inclusiva. Puesto en votación en general el proyecto de ley en informe, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Rincón y señores Frei, García, Lagos y Novoa. - - - INFORME FINANCIERO

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, de 29 de noviembre de 2011, señala, de modo textual, lo siguiente:

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I Antecedentes. El presente proyecto de ley incrementa los aportes

del fisco por la subvención a estudiantes que asisten a los establecimientos de educación municipal y particular subvencionados.

En primer lugar se aumenta el monto de la

subvención escolar preferencial para los alumnos que asisten a 5° y 6° año de Educación General Básica, de modo de igualarlo al que hoy se paga por los alumnos desde el primer nivel de transición de Educación Parvularia al 4° año de Educación General Básica.

Adicionalmente, el proyecto propone duplicar el

monto que reciben actualmente los establecimientos educacionales por subvención escolar preferencial, para los cursos de 7° año de Educación General Básica a 4° año de Enseñanza Media.

Finalmente, se establece un incremento de la

subvención general en 3,5%, que incluye un incremento especial (de 15%) para la subvención del primer y segundo nivel de transición de Educación Parvularia que aún no está en jornada escolar completa.

II. Efectos del Proyecto sobre el Presupuesto

Fiscal. El costo mensual de este proyecto para el año 2012

y medido en moneda de ese año, se estima en $12.077 millones, según el siguiente detalle:

- El numeral 1) del artículo 1° propone incrementos

del valor de la Subvención Escolar Preferencial (SEP), que implica un aumento estimado mensual de gasto fiscal de $4.176 millones.

- El numeral 2) del artículo 1° incrementa el monto

de la Subvención por Concentración de Alumno Prioritario, que se estima representará un mayor gasto fiscal mensual por este concepto de $1.147 millones. En suma el artículo 1° implica un mayor gasto fiscal mensual por $5.323 millones.

- Por su parte, el artículo 2° establece un aumento de

3,5% del valor de la subvención general establecida en el artículo 9° del Decreto con Fuerza de Ley N°2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, incluido el incremento especial (de 15%) para la subvención del primer y segundo nivel de transición de educación parvularia. Ello representa un mayor gasto fiscal mensual estimado en $6.754 millones, de los cuales $5.395 millones

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corresponden al aumento general de 3,5% y $1.359 millones al aumento de 15% para primer y segundo nivel de transición.

El proyecto de ley establece, en su artículo

transitorio, que entrará en vigencia a contar del mes subsiguiente a su publicación en el Diario Oficial. Por ello, el monto total del mayor gasto Fiscal que irrogará esta ley durante el año 2012, dependerá del mes en que ella entre en vigencia. En cualquier caso, la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2012, recientemente aprobada por el Congreso Nacional, contiene en el presupuesto del Ministerio de Educación, los recursos necesarios para hacer frente al financiamiento del proyecto de ley en comento asumiendo que entra en vigencia durante el primer semestre del año.

Adicionalmente, cabe precisar que el numeral 4) del

artículo 1° propone adelantar la entrada en régimen de la subvención escolar preferencial para 1° de enseñanza media desde 2014 a 2013, lo que tiene un costo extra para 2013 de $14.426 millones (SEP y concentración).

Así el gasto total del proyecto (suponiendo que entra

en vigencia en junio de 2012) queda establecido de acuerdo al siguiente cuadro: Cuadro 1: Gasto Proyecto de Ley de Subvenciones (En millones de $ 2012) 2012 2013 2014 Subvención de Escolaridad 37.765 64.127 63.503 Subvención Extra de 15% Kínder y Pre-Kínder 9.513

17.251 18.217

Adelanto Subvención Ed. Media

0 14.426 14.426

Incrementos SEP (incluye concentración

37.261 63.875 78.308

Total 84.539 159.680 174.455

En consecuencia, las normas de la iniciativa legal en

informe no producirán desequilibrios macroeconómicos ni incidirán negativamente en la economía del país.

- - -

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TEXTO DEL PROYECTO

De conformidad con el acuerdo adoptado, la Comisión de Hacienda propone la aprobación, en general, del proyecto de ley en informe, en los mismos términos que lo hiciera la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Modifícase la ley N° 20.248, que

establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial de la siguiente forma: Reemplázase el cuadro de Valor Subvención en

U.S.E., contenido en el artículo 14, por el siguiente:

Desde 1° nivel de transición hasta 4° año de la educación básica

5° y 6° año básico

7° y 8° año básico

Desde 1° hasta 4° año de enseñanza media

A: Establecimientos educacionales autónomos

1,694 1,694 1,129 1,129

B: Establecimientos educacionales emergentes

0,847 0,847 0,5645 0,5645

2) Reemplázase el cuadro del artículo 16, por el

siguiente:

Tramos según el porcentaje de alumnos prioritarios del Establecimiento Educacional

Desde el 1° nivel de transición hasta 4° año básico (U.S.E.)

5° y 6° año básico (U.S.E.)

7° y 8° año básico (U.S.E.)

Desde 1° año hasta 4° año de enseñanza media (U.S.E.)

60% o más 0,302 0,302 0,202 0,202 Entre 45% y menos de 60% 0,269 0,269 0,179 0,179 Entre 30% y menos de 45% 0,202 0,202 0,134 0,134

”.

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Entre 15% y menos de 30% 0,118 0,118 0,078

0,078

3) Reemplázase el inciso tercero del artículo 20 por el

siguiente: “Este aporte adicional será de 0,847 U.S.E. por los

alumnos que cursen desde el primer y segundo año de transición de la educación parvularia y hasta el 6º año de la educación general básica; de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen 7º y 8º año de la educación general básica; y de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el 1° hasta 4° año de enseñanza media.”.

4) Sustitúyese el artículo duodécimo transitorio por el

siguiente: “Artículo duodécimo.- Los niveles de 1° año de

enseñanza media a 4° año de enseñanza media se incorporarán gradualmente a la percepción de la subvención escolar preferencial, de la subvención por concentración de alumnos prioritarios y de los aportes adicionales establecidos en esta ley, a razón de un nivel por año, comenzando el año escolar 2013 con el 1° año de enseñanza media.”.

Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales:

1) Modifícase el artículo 9°, en el siguiente sentido: a) Sustitúyese el inciso primero, por el siguiente: "Artículo 9°.- El valor unitario mensual de la

subvención por alumno para cada nivel y modalidad de la enseñanza, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), corresponderá al siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 9° (incluye incrementos fijados por leyes Nos. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. por aplicación del factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

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Educación Parvularia (1° Nivel de Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación Parvularia (2° Nivel Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación General Básica (1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6°)

1,81401 0,17997 1,99398

Educación General Básica (7° y 8°)

1,96884 0,19546 2,16430

Educación Especial Diferencial

5,79658 0,59727 6,39385

Necesidades Edu-cativas Especiales de carácter Transitorio

4,96143 0,59727 5,5587

Educación Media Humanístico-Científica

2,19850 0,21818 2,41668

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

3,25842 0,32402 3,58244

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

2,54190 0,25252 2,79442

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

2,27993 0,22634 2,50627

Educación Básica de Adultos (Primer Nivel)

1,29547 0,13317 1,42864

Educación Básica de Adultos (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,71879 0,13317 1,85196

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Educación Básica de Adultos con oficios (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,93046 0,13317 2,06363

Educación Media Humanístico-Científica de adultos (Primer Nivel y Segundo Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Primer Nivel)

2,36078 0,18363 2,54441

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,89313 0,18363 3,07676

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Primer Nivel)

2,1371 0,18363 2,32073

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,22211 0,18363 2,40574

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Comercial y Técnica (Primer Nivel, Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

b) Sustitúyese el inciso noveno, por el siguiente: "En el caso de los establecimientos educacionales que

operen bajo el régimen de jornada escolar completa diurna, el valor unitario mensual por alumno, para los niveles y modalidades de enseñanza que se indican, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), será el siguiente:

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en factor artículo 9° en U.S.E. (incluye incrementos fijados por leyes N°s. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación General Básica 3° a 8° años

2,52450 0,24655 2,77105

Educación Media Humanístico-Científica

3,01381 0,29481 3,30862

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

4,06671 0,40013 4,46684

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

3,18177 0,31177 3,49354

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

3,01381 0,29481 3,30862

Artículo 3°.- Los sostenedores de

establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado, conforme al decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, y de los establecimientos de educación técnico profesional traspasados en administración de acuerdo al decreto ley N° 3.166, de 1980, deberán informar al Ministerio de Educación, antes del último día de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajuste de remuneraciones que reciban cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento.

El Ministerio de Educación deberá enviar esta

información a las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, antes del 31 de marzo de cada año. Artículo 4°.- El Ministerio de Educación conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el

”.

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo. El Ministerio de Educación deberá someter el estudio a que se refiere el inciso anterior a la consideración del Consejo Nacional de Educación quien emitirá, dentro del plazo de 45 días contado desde el requerimiento, un informe que contenga recomendaciones respecto de la pertinencia y oportunidad de posibles incrementos en el valor de las distintas subvenciones escolares de la educación regular. Los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Parlamento deberán fundarse en los resultados del estudio y en las recomendaciones del informe a que se refieren los incisos anteriores. En caso de que los aumentos de subvenciones no recojan los resultados y, o recomendaciones se deberá justificar fundadamente dicha decisión. A fin de garantizar que los estudios a que se refiere el inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para efectos de los mismos deberán otorgar toda la información necesaria que sea requerida. En caso de incumplir la obligación señalada en el inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a las sanciones previstas en la ley N° 20.529 para el caso de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación. La Superintendencia de Educación brindará el apoyo necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información recabada con ocasión de los levantamientos efectuados. Los estudios y el informe realizados de conformidad a este artículo deberán estar disponibles en la web del Ministerio de Educación y remitirse a la Comisión de Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al inicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión. Artículo 5°.- Para sustituir en el inciso primero del artículo 24 del decreto con fuerza N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión "4 U.S.E." por “$ 80.000”.

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

Disposiciones transitorias

Artículo primero.- La presente ley entrará en vigencia a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo segundo.- El primer estudio que se realice de

conformidad a lo prescrito en el artículo 4°, se realizará al inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo tercero.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2012 se financiará con cargo a la partida 09 Ministerio de Educación, del Presupuesto del Sector Público.”. - - -

Acordado en sesiones celebradas los días 20 de junio y 3 de julio de 2012, con la asistencia de los Honorables Senadores señor José García Ruminot (Presidente), señora Ximena Rincón González y señores Eduardo Frei Ruiz-Tagle, Ricardo Lagos Weber y Jovino Novoa Vásquez.

Sala de la Comisión, a 9 de julio de 2012. ROBERTO BUSTOS LATORRE Secretario de la Comisión

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

RESUMEN EJECUTIVO INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. BOLETÍN Nº 8.070-04 I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: el proyecto de ley en informe tiene los siguientes objetivos: i) incrementar la subvención para el primer y el segundo nivel de transición de la educación parvularia; ii) aumentar la subvención escolar preferencial y de concentración por alumnos prioritarios; iii) continuar incrementando la subvención general avanzando en la meta de duplicar la subvención, y iv) busca que los posibles aumentos de subvención que sugiera el Ejecutivo en el futuro se funden en estudios de la realidad y recomendaciones del Consejo Nacional de Educación. II. ACUERDOS: aprobado en general unanimidad 5x0. III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: la iniciativa legal se compone de cinco artículos permanentes y tres artículos transitorios. IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene. V. URGENCIA: suma. VI. ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República. VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo. VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado en general por mayoría de votos (95 x 16). IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 15 de mayo de 2012. X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe. XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

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PRIMER INFORME COMISIÓN HACIENDA

1.-Artículo 19 N° 10 de la Constitución Política de la República. 2.-Ley N° 20.248 que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial. 3.-Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales. 4.-Decreto Ley N° 3.166, de 1980, del Ministerio de Educación, que Autoriza Entrega de la Administración de Determinados Establecimientos de Educación Técnico Profesional a las Instituciones o a las Personas Jurídicas que Indica. 5.-Ley N° 20.529, de 2011, sobre Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización.

Valparaíso, a 9 de julio de 2012. ROBERTO BUSTOS LATORRE Secretario de la Comisión

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DISCUSIÓN SALA

2.3. Discusión en Sala Senado. Legislatura 360. Sesión 33. Fecha 10 de julio, 2012. Discusión general. Se aprueba en general. AUMENTO DE SUBVENCIONES ESTATALES EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES El señor ESCALONA (Presidente).- Según lo acordado por los Comités, corresponde tratar ahora el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que aumenta las subvenciones del Estado en los establecimientos educacionales, con informes de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y de la de Hacienda, y urgencia calificada de “suma”. --Los antecedentes sobre el proyecto (8070-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 17ª, en 15 de mayo de 2012. Informes de Comisión: Educación: sesión 33ª, en 10 de julio de 2012. Hacienda: sesión 33ª, en 10 de julio de 2012. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario. El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo principal de la iniciativa es elevar la subvención para el primero y segundo niveles de transición de la educación parvularia, así como también la subvención escolar preferencial y de concentración por alumnos prioritarios. Además, propone continuar incrementando la subvención general, para avanzar en la meta de duplicar la subvención. Finalmente, busca que los posibles aumentos que sugiera el Ejecutivo en el futuro se funden en estudios de la realidad y en recomendaciones del Consejo Nacional de Educación. La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Von Baer y señores Cantero e Ignacio Walker, acogió la idea de legislar. La Comisión de Hacienda, por su parte, la sancionó en la misma forma por la unanimidad de sus miembros, Honorables señora Rincón y señores Frei, García, Lagos y Novoa. El texto que se propone aprobar en general se transcribe en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición. El señor ESCALONA (Presidente).- En discusión general el proyecto. Ofrezco la palabra.

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DISCUSIÓN SALA

Puede hacer uso de ella el Senador señor Ignacio Walker. El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, solo deseo resaltar la importancia de la iniciativa, la cual, como se dijo, fue aprobada por la unanimidad de la Comisión de Educación. Todos sabemos que uno de los problemas serios que se registran en el sector, junto con lo relativo a la institucionalidad y a la consecución del doble objetivo de calidad y equidad, es el financiamiento. El año pasado hicimos un esfuerzo, como Congreso, en la discusión presupuestaria, en la cual se nos ofrecía un reajuste de 7,2 por ciento en el presupuesto de Educación, o sea, algo así como 750 millones de dólares, y logramos, en cambio, un 10 por ciento, lo que significó un aumento de mil 100 millones. El total alcanzó a unos 12 mil millones de dólares, equivalentes, aproximadamente, al 20 por ciento del Presupuesto de la Nación. Recordemos que, de esos 12 mil millones, cerca de la mitad se destina justamente a financiar la educación escolar, ya sea por la vía de la subvención general o de la subvención escolar preferencial, originada, como sabemos, en una ley que se dictó en el año 2008, durante el Gobierno de la Presidenta Bachelet. Por lo tanto, el 92 por ciento de los alumnos de las enseñanzas básica y media reciben una subvención, ya sea en la educación pública municipal o en la particular subvencionada. No hay plata mejor gastada o invertida que la destinada a estos efectos. Por supuesto, es posible discutir hasta qué punto basta o no con ese sistema. Muchos estimamos que debe instaurarse un modelo de financiamiento elemental para la educación pública por el hecho de revestir ese carácter, sea básica, media o superior. Hemos llegado a la convicción de que, junto con la subvención, debe existir un financiamiento de esa índole para que ella subsista en condiciones mínimamente dignas. Lo anterior, considerando que, a diferencia de la educación particular, cuyo sistema de financiamiento es compartido, fundamentalmente se financia con la subvención general o la especial preferencial, o bien, con algunos aportes que se hacen a través de distintos programas aprobados en el Presupuesto de la Nación. Hace unas tres semanas conversé con el Alcalde de Quillota, doctor Luis Mella, en su oficina. Todos los jefes comunales hacen tremendos esfuerzos para complementar el financiamiento por concepto de subvención mediante el aporte de fondos municipales. Estos ascienden, en el caso de Quillota -lo recuerdo bien-, a 800 millones de pesos. Constituye un tremendo esfuerzo: ¡cuatro veces el programa de obras de la comuna! En consecuencia, no podemos perder de vista, en el trasfondo del debate, que se registra un serio desfinanciamiento de la educación, especialmente en el ámbito de la pública municipal. Eso, más allá de los cambios estructurales que queremos introducir en materia de institucionalidad: lo que hemos llamado “nueva educación pública”, que antes denominábamos “desmunicipalización”.

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DISCUSIÓN SALA

Entonces, median aspectos de institucionalidad que apuntan a la calidad y la equidad, y, por supuesto, otros de financiamiento. El proyecto que estamos aprobando apunta en la dirección deseada. Señor Presidente, según las cifras del informe financiero, la iniciativa tiene un costo fiscal anual de 420 millones de dólares adicionales por concepto de aumento de la subvención general, de la SEP y de la subvención por concentración de alumnos vulnerables, que era el énfasis que pedía el doctor Mella, Alcalde de Quillota. Él decía: “No hay cómo financiar la educación pública en los municipios si no se incrementa esta subvención”. Cabe destacar que el mayor aumento propuesto en el proyecto es a la subvención para la educación parvularia: 18,5 por ciento. Constituye un esfuerzo muy significativo. Su objetivo es brindar, de aquí al 2014, enseñanza preescolar a niños de familias pertenecientes al 60 por ciento de menores de ingresos. ¡Ese es un esfuerzo muy relevante que estamos efectuando como país! Todos los estudios hoy día demuestran que lo que se hace o no se hace desde el nacimiento hasta los cinco años deja una huella definitiva, para toda la vida. Por lo tanto, el énfasis en la educación preescolar me parece absolutamente acertado y digno de destacar. Adicionalmente, la subvención para la educación general básica y la educación media aumenta en 3,5 por ciento. Ello, sumado al 1,5 por ciento aprobado el año pasado, da 5 por ciento de incremento. Esto es muy importante. Por su parte, la subvención escolar preferencial -como sabemos, se focaliza en el 40 por ciento de alumnos más vulnerables, ya sea de la educación municipal o de la educación particular subvencionada- para los niveles de quinto y sexto básico se eleva en torno al 50 por ciento. ¡Más recursos para los alumnos más vulnerables, de colegios públicos o privados! Tal incremento, obviamente, resulta muy relevante. Y la SEP para alumnos de séptimo básico a cuarto medio, aproximadamente, se duplica. En concreto, se plantea inyectar recursos frescos, adicionales, vía subvención general y vía subvención escolar preferencial, con énfasis en la educación preescolar, con un costo fiscal -insisto- de 420 millones de dólares. Ahora bien, siempre es importante que el Ministerio de Educación señalé cómo se compatibilizan los distintos valores de subvención propuestos con las conclusiones del estudio de costos de una enseñanza de calidad realizado por dicha Cartera, en el marco del protocolo que suscribimos en enero del año pasado a propósito del debate del proyecto sobre calidad y equidad en la educación. En definitiva, el costo es significativo.

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DISCUSIÓN SALA

¡Perdón! Corrijo. Son 320 millones de dólares. Me entusiasmé denante. Dije: “420”. Se trata de 320, según se desprende del informe financiero. ¡Igual es mucha plata! Esta iniciativa constituye una gran noticia para toda la educación: por el aumento de la subvención general, que, como señalé, llega al 92 por ciento de los alumnos en Chile; de la SEP, que beneficia al 40 por ciento de los niños más vulnerables del país, y de la subvención para la educación preescolar, que -reitero- se incrementa en un 18,5 por ciento. Son 320 millones de dólares adicionales los que implica este proyecto. Esperamos, señor Presidente, que en el futuro el aumento de la subvención lleve aparejado, respecto de los colegios particulares subvencionados, una disminución de los niveles de financiamiento compartido. Hoy día es posible llegar hasta 80 mil pesos. Muchos establecimientos cobran 55 mil. El promedio nacional es 20 mil. Sé que muchas familias pueden hacer un esfuerzo para cumplir ese copago. Está bien. Pero, en la medida que aumentemos la subvención y lleguemos al financiamiento que asegure un modelo de calidad educativa, uno que promueva alumnos de calidad, debiera ir bajando correlativamente el financiamiento compartido. Ello será, por supuesto, parte de la discusión que habrá que realizar el próximo año. En consecuencia, como miembro de la Comisión de Educación, y en nombre de la Democracia Cristiana, hago presente que vamos a apoyar esta iniciativa -su costo fiscal es de 320 millones de dólares, no de 420, como dije inicialmente con entusiasmo- que busca aumentar la subvención a la educación en Chile. Esto nos parece una gran noticia para el país. He dicho. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier. El señor LETELIER.- Señor Presidente, estimados colegas, en mi intervención deseo formular algunas consultas acerca del proyecto sometido a nuestra consideración. Quiero dedicar mis primeras palabras a los hechos contenidos en el informe de la Contraloría General de la República. Es sabido que varias decenas de corporaciones municipales han usado las platas de la SEP para cubrir otros gastos producto del sistema deficitario de la educación pública. Los municipios están obligados a ello para garantizar el servicio en localidades que no son rentables -entre comillas- o que no se autofinancian. Esto, por el concepto tan neoliberal que inspira al modelo educativo que existe en nuestro país. Para pagarles las imposiciones y los sueldos a los profesores que se encuentran acogidos al Estatuto Docente; para solventarles los retiros anticipados, los planes de retiro o los incentivos al retiro, las

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DISCUSIÓN SALA

municipalidades trasladan todos los años cuantiosos recursos a sus departamentos y corporaciones de educación. Aun así, tales recursos resultan insuficientes. Numerosos municipios, a juicio de muchos, han caído en una ilegalidad o, a lo menos, en una tremenda irregularidad. Siento que en esta iniciativa legal se debe rectificar una situación que está afectando a decenas -por no decir a cientos- de municipalidades en nuestro país. Dejo consignado el punto, señor Presidente. Lamento que no esté aquí ningún representante del Ejecutivo. En todo caso, creo que ese es un tópico en el que sí podemos avanzar. El no hacerlo implicaría ser cómplice de un drama que se vive en diversos municipios. En segundo lugar, debo señalar que es incómodo para mí aprobar este proyecto. ¿Por qué? Porque no se ha avanzado en el conjunto de los temas que son parte de una reforma al modelo educacional chileno. ¡El Ejecutivo se opuso a un plan de salvataje de la educación pública en la Ley de Presupuestos! ¡El Gobierno del Presidente Piñera se opuso a generar un quiebre en lo referente a recursos para la educación pública versus los destinados a la enseñanza administrada por particulares! ¡Se opuso efectivamente a garantizar un sistema de financiamiento que diferenciara, no por grados de vulnerabilidad -es el criterio que está acá-, sino, complementario a ello, por el tipo de alumnos que se atiende! Porque en muchos colegios particulares subvencionados se selecciona, se discrimina. No están presentes en todo el territorio de cada comuna. Es decir, se profundiza un proceso de segregación, que es uno de los problemas más graves de la educación hoy en día. No cabe duda de que, de la mano con la entrega de la subvención escolar preferencial, está la discusión sobre el lucro en los establecimientos particulares subvencionados. Sin embargo, aquí aumentamos la cantidad de recursos sin resolver el tema sustantivo de un modelo que está profundamente cuestionado. Señor Presidente, aplaudo el entusiasmo del Senador Ignacio Walker. Sé que actúa de muy buena fe. Sé que rescata lo positivo del proyecto. Pero incluso él ha indicado que hay temas pendientes, como el de establecer un mecanismo para reducir el financiamiento compartido en la medida que se aumenten los recursos para la subvención de la educación, sea esta pública o particular. Yo, junto a quien preside la sesión en este momento, soy de aquellos que, cuando se creó este -disculpen el concepto- “engendro” del financiamiento compartido, votaron en contra, porque discrepamos del modelo que se esconde detrás de ese esquema. Soy partidario, por cierto, del aumento de la subvención escolar preferencial. Es importante que exista para la educación inicial y para los diferentes ciclos de la básica. Asimismo, me parece

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fundamental que tal financiamiento avance hacia los niveles de la enseñanza media. Es muy relevante que eso ocurra. Pero lamento -quiero dejar constancia de ello- que el Ejecutivo aún se oponga a quebrar la lógica de aportar lo mismo en la educación donde hay lucro, en los colegios particulares subvencionados, versus los colegios públicos. Lamento que se sigan inyectando recursos sin avanzar en el debate institucional sobre la desmunicipalización de la educación. Lamento que no estemos discutiendo una reforma más integral y que el Ejecutivo insista en la “ley del salame” en este ámbito. Porque, tras cada uno de estos pasos lo que hay, en última instancia, es la vocación de perpetuar un modelo educacional que ha demostrado ser insatisfactorio para el país en que vivimos, deficiente, y tener problemas graves. Aquí se propone inyectar recursos -uno aplaude tal iniciativa-, pero se adicionan de la misma forma a todos los tipos de colegios que reciben subvención pública. No se hace ninguna diferenciación -¡ninguna!- entre los establecimientos municipales y los particulares subvencionados. En el día de ayer, en el salón plenario del Congreso en Santiago, durante la discusión de otro proyecto de ley vinculado a la reforma educacional, el relativo a la nueva carrera docente, lo que demandaron y plantearon todos los profesores y expertos es que se debe diferenciar, en todos los ámbitos, entre la vocación de fortalecer la educación pública y los necesarios aportes que se puedan hacer a los otros modelos educativos que existen en Chile. Señor Presidente, creo que aquí está primando la “ley del salame”, un avance que consolida un modelo educacional cuya modificación el movimiento estudiantil ha estado demandando en las calles. Creo que está pendiente saber si en el Senado, como uno de los órganos del Congreso Nacional, nos haremos cargo o no de escuchar lo que está reclamando la ciudadanía. El 70 por ciento de los chilenos quiere una reforma estructural; quiere un modelo en el que no haya lucro, un modelo que fortalezca la educación pública y, por cierto, uno que dedique mayor subvención donde hay mayor vulnerabilidad. Por eso, señor Presidente, no me siento tan entusiasmado como otros de votar a favor del proyecto. Falta ver si resolveremos el problema estructural que está afectando a más de 100 municipios, que han usado parte de los recursos de subvención no para la educación propiamente tal, sino para tapar sus déficits, los cuales son provocados por el actual modelo de educación pública. He dicho. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

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La señora VON BAER.- Señor Presidente, el proyecto de ley que discutimos en el día de hoy, aprobado en forma unánime por la Comisión de Educación, inyecta de manera importante fondos que son absolutamente necesarios para las familias que reciben subvención del Estado para pagar la educación de sus hijos. Se aumenta la subvención para prekínder y kínder de manera sustancial; la subvención especial preferencial, que ha mostrado resultados, y, también, la subvención regular, lo que es una muy buena noticia. Está absolutamente probado -todos lo sabemos y lo hemos repetido muchas veces- que la educación preescolar es especialmente relevante cuando buscamos tener una cancha pareja para todos, cuando intentamos que las diferencias que se dan en la cuna no se perpetúen por toda la vida. Por lo tanto, el que la iniciativa proponga una subvención mayor para la educación parvularia significa que les estamos dando mayores oportunidades de aprendizaje a los niños, lo cual les abrirá mejores posibilidades en los niveles educativos siguientes. Los recursos en este ámbito se aumentan en un 18,5 por ciento: de una subvención de alrededor de 38 mil pesos mensuales por niño se pasa a un monto que está por sobre los 45 mil pesos. Este incremento beneficiará a más de 300 mil alumnos del sector municipal y del particular subvencionado. Pero eso no es todo. Además de adicionar fondos para prekínder y kínder, se propone elevar la subvención escolar preferencial. La SEP apunta a entregar mayores oportunidades de aprendizaje a los alumnos que pertenecen al 40 por ciento más vulnerable de la población. De esa manera, se reconoce la necesidad de contar con más herramientas para ayudar a estimular los aprendizajes de dichos estudiantes y así avanzar hacia una educación con mayor calidad y equidad. Tales alumnos necesitan una preocupación preferente de parte del Estado. Por ello, se plantea aumentar considerablemente los recursos de la subvención escolar preferencial. Estos incrementos significan duplicar la subvención para los niveles de séptimo y octavo básico, así como para toda la enseñanza media. Por su parte, los aportes para quinto y sexto básico aumentan en 50 por ciento. En seguida, otra buena noticia de este proyecto de ley: se adelanta en un año el ingreso de la enseñanza media al régimen de la subvención escolar preferencial, comenzando por los alumnos de primero medio durante 2013 y dando cobertura a cuarto medio a partir del 2016. Adicionalmente, se aumenta la subvención regular para todos los alumnos, lo que va en ayuda de las familias que financian por esa vía la educación de sus hijos. Tal subvención se incrementa en un 3,5 por ciento y favorece a todos los estudiantes de enseñanza básica y media del país que asistan a establecimientos que reciben aporte del Estado. Este aumento se

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une al de 1,5 por ciento que fue aprobado anteriormente por el Congreso. De esa manera, vamos a beneficiar a 3,4 millones de alumnos. Con los significativos incrementos que propone la iniciativa tenemos un muy buen camino trazado para irnos acercando a los montos de subvención escolar deseables para todas las familias que necesitan de una ayuda estatal para poder financiar la educación de sus hijos. Creo que esa es una muy buena noticia. Y me alegro de que contemos con el apoyo de parlamentarios de distintos sectores, lo que cristalizó también en la Comisión de Educación. Quiero agregar, señor Presidente, que esto no es lo único que el Gobierno ha hecho respecto a educación escolar. Se está implementando en este momento -tenemos nombrado al primer Superintendente- la Superintendencia de Educación Escolar, que va a aumentar la transparencia y, sobre todo, la fiscalización del sistema de educación escolar. Esto es muy importante. Por otra parte, se instituirá, en el segundo semestre de este año, la Agencia de la Calidad de la Educación, para una medición real de nuestro sistema de educación, con el objeto de apoyar a los colegios que no cumplen con los estándares de calidad y, de otro lado, incluso cerrar aquellos que no dan cumplimiento a los parámetros establecidos. Esta es una buena noticia y, a mi juicio, tenemos que reconocer también que el actual Ministro ha avanzado en esta senda, fijando patrones de fiscalización mucho mayores a los que hasta ahora habíamos visto. Y aunque aún no cuenta con los estándares de la Agencia de la Calidad de la Educación, basándose en la legislación actual, en las pautas actuales -desgraciadamente todavía no incluyen la calidad, pero que la van a incorporar-, ha adelantado, con mano férrea y firme, el cierre de aquellos establecimientos que no cumplen las exigencias. Señor Presidente, varias organizaciones han manifestado su preocupación porque en este proyecto de ley no está claro cómo se pagará la subvención que hoy reciben los niños con necesidades especiales. De acuerdo con la normativa actual, los establecimientos regulares pueden recibir un subsidio especial por cada niño con necesidades especiales que atiendan bajo la modalidad del PIE. Esta es una muy buena política, porque permite integrarlos en los establecimientos regulares y, por tanto, recibir una educación más rica y más integradora. Estos programas se financian con el diferencial entre estas subvenciones y la ayuda regular. De este modo, la duda se ha establecido respecto a cómo se calcularía el beneficio en los casos de menores con necesidades especiales respecto del aumento de subvención escolar regular. En tal sentido, actualmente se reconoce que un niño con necesidades educativas especiales tiene un costo base para el establecimiento que está cubierto por la subvención escolar regular. No obstante, por sobre ese piso se deben financiar además la adaptación e integración del niño al establecimiento regular.

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DISCUSIÓN SALA

Por ello, varias organizaciones han señalado -lo cual comparto- que al aumentar la subvención regular, dependiendo de cómo se haga el cálculo, podría ocurrir que los recursos disponibles por concepto del PIE disminuyan. El Ejecutivo planteó en la Comisión de Hacienda que lo único que cambiaría en rigor es la composición del monto total y que la inquietud manifestada por parte de las organizaciones estaría despejada porque el monto total de la subvención no bajaría. De hecho, la subvención regular aumenta. Sin embargo, estas entidades plantean que el monto específico del PIE dedicado a los niños con necesidades especiales, estaría disminuyendo. Creo importante hacerse cargo de este punto -así lo manifesté a dichas organizaciones- y preocuparnos de que no se rebajen los recursos orientados específicamente a los niños que demandan una preocupación especial cuando son integrados a planteles regulares. Durante la discusión en particular de la iniciativa, vamos a recibir, de todas maneras, a estos organismos en la Comisión de Educación y a analizar en particular cómo se calcula, finalmente, esa subvención especial. Ojalá, junto con el Ejecutivo -que ha manifestado su apertura en cuanto a discutir el tema-, podamos alcanzar un acuerdo que nos permita hacernos cargo no solamente del aumento de la subvención escolar regular (que es una muy buena noticia), sino también de ver cómo se calcularía el monto dirigido especialmente a los niños con necesidades especiales. En consecuencia, en esta instancia de la votación en general nos encontramos ante un muy buen proyecto, que aumenta la subvención en todos los rangos de la educación escolar y, por tanto, representa un muy buen anuncio para las familias del país, especialmente para quienes más lo necesitan. El señor WALKER (don Ignacio).- ¡Abramos la votación, señor Presidente! El señor ESCALONA (Presidente).- Hay una lista larga de inscritos. La señora RINCÓN.- No importa. El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Yo no voy a hablar. El señor ESCALONA (Presidente).- Senador señor Zaldívar, ¿se borra del listado? El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Sí. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Rincón. El señor WALKER (don Ignacio).- Pero que se abra la votación.

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DISCUSIÓN SALA

El señor ESCALONA (Presidente).- Haremos la consulta después de la intervención de la Honorable señora Rincón. La señora RINCÓN.- Señor Presidente, quiero referirme solo al último punto abordado por la Senadora señora Von Baer. En verdad, hay una preocupación justificada por los niños con necesidades educativas especiales y educación inclusiva. Nuestro país venía avanzando en esta materia y la cantidad de recursos destinados a estos infantes era importante. Hoy en día nos encontramos discutiendo el aumento de la subvención general para los educandos de los colegios de Chile. Y, al revisar la forma en que ella se calcula para los niños con necesidades educativas especiales, podemos ver que los estamos afectando. La necesidad educativa especial se define como una condición presente en el niño que en relación con el medio su aprendizaje se convierte en un obstáculo. La educación inclusiva se define como la adaptación que deben realizar establecimientos regulares para disminuir las dificultades de enseñanza. A nivel mundial, el 20 por ciento de los niños (vale decir, uno de cada cinco) presenta este tipo de necesidades. Y en nuestro país se calcula que un millón de niños tendría algún tipo de requerimiento educativo especial. Si se considera el tamaño promedio de las familias, alrededor de cuatro millones de personas estarían viviendo las consecuencias de la discriminación en el sistema educativo regular. Solo un cuarto de la población con necesidades especiales se atiende en escuelas segregadas, en escuelas de lenguaje, en aulas hospitalarias y en Programas de Integración Escolar (PIE). Los costos asociados a esta realidad se traducen en costos directos para el niño, para su entorno y para la sociedad en general. Las instituciones como UNESCO, el Banco Mundial, la Unión Europea, países del Viejo Continente, defienden la educación inclusiva como aquel camino por seguir para lograr integración y mayor desarrollo. Todas las mediciones revelan que los niños sin este tipo de necesidades especiales, no se ven afectados por compartir aulas y el proceso educativo, sino que además desarrollan habilidades sociales en su entorno. Cuando uno mira la evolución en nuestro país (hay gráficos y los vimos en la Comisión de Hacienda), la realidad es que el cambio y el desarrollo que ha tenido Chile en esta materia son positivos. De hecho, siguiendo la tendencia internacional, nuestra nación implementó en un principio escuelas segregadas y luego integración educativa. Hoy en día fomenta la educación inclusiva. Y los indicadores señalan que hay una mayor migración hacia las escuelas inclusivas, por lo que la tendencia se está revirtiendo positivamente.

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DISCUSIÓN SALA

Toda la normativa internacional que hemos suscrito habla de lo que se debe hacer con relación a este tema y cómo, además, Chile, desde 1990 a la fecha, ha ido evolucionando y mejorando la educación. ¿Cuál es la situación? Hoy día estamos aprobando una normativa que aumenta el monto de la subvención. El problema es que el incremento se resta; vale decir, el monto de la subvención general disminuye la subvención de los niños con necesidades especiales. Por tanto, lo que reciben los colegios que tienen este tipo de niños es menor. Y eso, como sostuvo uno de nuestros colegas en la Comisión de Hacienda, es menos que álgebra 1. El diferencial, en cualquiera de los ejercicios; o sea, en aquellos en que hay subvención especial, en un establecimiento con o sin jornada escolar completa, si el niño tiene necesidad especial transitoria o permanente, cualquiera de las fórmulas que se revisen en los ejemplos que se nos expusieron en la Comisión, da una combinación en que el diferencial efectivo para el PIE disminuye. De esta forma, cada establecimiento que acoge niños con necesidades educativas especiales, deberá decidir si los sigue atendiendo o no. Y los que no los tienen solo podrán recibir a menos de los que atenderían en las condiciones actuales. ¿Por qué? Porque el reglamento, contenido en el decreto 170, establece las obligaciones que deben cumplir esos planteles: la evaluación diagnóstica, tanto de sus procedimientos como de los profesionales idóneos que han de ejecutarlos; el financiamiento, que el decreto llama “fraccionamiento”, y los requisitos que deben satisfacerse para tener derecho a tal financiamiento. En la práctica, por las economías de escala que se generan, solo los colegios más grandes serán capaces de ofrecer inclusión, no así los que atiendan menos niños. Al disminuir los recursos, el proyecto de ley provocará que el número de escolares que hoy representa el punto de equilibrio sea aún más exigente. Lo anterior fue expuesto en la Comisión por la Fundación Mis Talentos, pero también están preocupados de este asunto el Arzobispado de Santiago; el Centro de Políticas Comparadas de Educación, de la Universidad Diego Portales; el Centro de Desarrollo de Tecnologías de Inclusión, de la Universidad Católica de Chile; el Colegio Institución Teresiana; Educación 2020; la Fundación Asperger Chile y la Fundación Descúbreme. Señor Presidente, es fundamental que el Ejecutivo revise esta materia. Porque las matemáticas son simples. Al aumentar la subvención general, restándose ésta de la que va dirigida a los niños con necesidades educativas especiales, los colegios que actualmente acogen a estos últimos van a recibir menos dinero para atender alumnos que requieren la mayor atención. Creo que esto debe ser escuchado, atendido y recogido por el Ejecutivo. El señor WALKER (don Ignacio).- ¿Y qué pasó con la solicitud de abrir la votación, señor Presidente?

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DISCUSIÓN SALA

El señor ESCALONA (Presidente).- Se ha pedido la apertura de la votación. Si le parece a la Sala, así se procederá. Acordado. En votación la idea de legislar. --(Durante la votación). El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra Honorable señor García. El señor GARCÍA.- Señor Presidente, el proyecto inyecta una importantísima cantidad de recursos a nuestra educación, tanto a la municipal como a la particular subvencionada. Si logramos que aquel entre en vigencia -es decir, que sea ley de la República- a partir del próximo 1° de agosto, los dineros involucrados serán prácticamente 395 mil millones de pesos; esto es, 790 millones de dólares, entre los años 2012 y 2014. Se trata, claramente, de una cifra muy significativa. ¿Cómo se desglosan los mejoramientos a la subvención educacional? En primer lugar, habrá un aumento sustantivo, de 18,5 por ciento, para 305 mil alumnos de los niveles de prekínder y kínder -es decir, lo que llamamos “educación prebásica”-, entendiendo que todo cuanto hagamos por los niños de más corta edad es todavía mucho más importante, porque es ahí donde podemos nivelar las condiciones para que, cuando ellos sean estudiantes de cursos superiores, de enseñanza media o superior, tengan realmente igualdad de oportunidades. Con el proyecto, la subvención para esos 305 mil alumnos de prekínder y kínder sube de 38 mil 719 pesos, que es la cifra actual, a 45 mil 511. Lo segundo que efectúa la iniciativa en votación es un incremento relevante a la subvención escolar preferencial para alumnos prioritarios o más vulnerables. Esta subvención beneficia al 40 por ciento más vulnerable de los estudiantes. Durante el 2012, por primera vez la recibirán alumnos de octavo básico, abarcando a 900 mil. Una vez que la ley entre en vigencia -de ahí la urgencia de aprobar el proyecto-, la subvención escolar preferencial aumentará en los siguientes valores: en quinto y sexto básico, de 21 mil 494 a 32 mil 356 pesos; en séptimo y octavo básico, de 10 mil 862 a 21 mil 494 pesos, y de primero a cuarto medio, de 10 mil 862 a 21 mil 494 pesos, es decir, prácticamente al doble. La subvención regular -esto es, la subvención general- experimentará un alza de 3,5 por ciento para todos los alumnos regulares del país. Ello, unido al 1,5 por ciento establecido en la ley N° 20.501, de Calidad y Equidad de la Educación, que la elevó en 1,5 por ciento, hace que durante el año 2012 la subvención general registre un incremento real de 5 por ciento.

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DISCUSIÓN SALA

Por lo tanto, señor Presidente, no cabe duda alguna de que este es un proyecto muy importante para aumentar los recursos disponibles en los establecimientos educacionales y, de esa manera, mejorar la calidad de la educación. Quiero hacerme cargo de parte de la intervención del Senador señor Letelier, quien se refirió a un informe de la Contraloría General de la República, el cual expresa que los municipios habrían hecho un uso indebido de la subvención escolar preferencial. Y es probable que algunos, efectivamente, así lo hicieran y los gastaran en cosas indebidas. Sin embargo, dado que las instrucciones y los reglamentos no fueron claros, sé positivamente que muchos alcaldes emplearon los dineros para ponerse al día en diversas situaciones de atraso derivadas de la administración de sus establecimientos educacionales. Por ejemplo, pagaron remuneraciones pendientes y asignaciones de distinto orden que se debía a los profesores; también consumos básicos -agua, luz, teléfono-, porque muchas veces, incluso, los colegios estaban amenazados de que se les iba a suspender la energía eléctrica. Por consiguiente, creo -esta es mi opinión personal- que esos alcaldes emplearon adecuadamente los recursos. Yo lamento que, en vísperas de las elecciones municipales, esto se esté prestando para denunciar a distintos alcaldes ante los tribunales de justicia como manera de sacarlos de la carrera política en la próxima contienda electoral. Se trata de un fenómeno transversal. Respecto de un alcalde de la Alianza, lo hacen concejales de la Concertación; y frente a uno de la Concertación, probablemente lo llevan a cabo los de la Alianza. Coincido con lo que señalaba el Senador señor Letelier. Pienso que se trata de un hecho que debemos arreglar. Pero no en todos los casos: el que ha cometido delito, debe ser sancionado. Sin embargo, me parece que la mayoría de los alcaldes actuó de buena fe, conforme a los reglamentos, a las instrucciones que tenía en ese momento. ¡Cómo no van a ser importantes tales recursos para mejorar la calidad de la educación! Porque ese es finalmente su objetivo: mejorar la calidad de la educación y atender de manera preferencial a los alumnos más vulnerables. ¡Cómo no va a ser relevante para una comunidad escolar tener a los profesores con sus rentas, con sus sueldos, con sus distintas asignaciones (de perfeccionamiento, etcétera) y con sus cotizaciones previsionales al día! Porque, mientras se les esté debiendo a los docentes, a los funcionarios que trabajan al interior de las aulas de los establecimientos educacionales, la verdad es que será bastante difícil hablar de mejorar la calidad de la educación, pues existirá una comunidad tremendamente inquieta por que se debe algo vital: las remuneraciones o las cotizaciones previsionales de los profesores, quienes no pueden enfermarse, ya que no les es posible hacer uso de la licencia médica. ¡Eso no puede ser!

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DISCUSIÓN SALA

Si los alcaldes usaron dineros de la subvención escolar preferencial para ponerse al día en ese tipo de deudas, no considero que hayan malversado recursos públicos. Los utilizaron en educación, y bien. Ahora, si alguien, en lugar de a la educación, destinó esos fondos al área de aseo y ornato o a la celebración del aniversario de la comuna, obviamente, obró muy mal y habrá que sancionarlo tanto desde el punto de vista administrativo como del penal. Eso sí, me parece que debiéramos resolver el problema de todos aquellos alcaldes y administraciones municipales que actuaron de buena fe e invirtieron los recursos en lo que correspondía: la educación de los niños y los jóvenes de nuestro país. He dicho. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Cantero. El señor CANTERO.- Señor Presidente, me parece que este proyecto de ley, que aumenta la subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales, avanza en el sentido deseado. Pero también quiero señalar con total claridad que no me satisface en lo absoluto. El informe señala que su objetivo es “incrementar la subvención para el primer y el segundo nivel de transición de la educación parvularia, y la subvención escolar preferencial y de concentración por alumnos prioritarios. Además, propone continuar incrementando la subvención general, de manera de avanzar en la meta de duplicar la subvención”. Pero esa meta es a ocho años plazo. Asimismo, “busca que los posibles aumentos de subvención que sugiera el Ejecutivo en el futuro se funden en estudios de la realidad y recomendaciones del Consejo Nacional de Educación”. ¿Cuál es el problema que visualizo en todo esto? Respecto de la subvención educacional en prekínder y kínder, esta se aumenta en 18,5 por ciento real, porcentaje que, unido al 1,5 por ciento que se estableció en la ley Nº 20.501, suma un 20 por ciento real durante el Gobierno del Presidente Piñera -eso lo aplaudo y lo alabo-, y beneficia a 305 mil alumnos. Lo anterior me parece muy positivo, particularmente, en lo referido a los preescolares. Se expresa que el objetivo es aumentar la cobertura de prekínder y kínder, lo cual considero valioso. Ese incremento significa pasar de 38 mil 719 a 45 mil 511 pesos. Pero remarco mi cuestionamiento, sobre el cual argumentaré al final: ello beneficia a 305 mil alumnos, de un universo de muchos millones. También se sube la subvención preferencial para alumnos prioritarios. Esta beneficia al 40 por ciento más vulnerable de los estudiantes. Nuevamente, apreciamos que se trata de un porcentaje de alumnos y, en consecuencia, de una parcialidad del sistema educacional.

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DISCUSIÓN SALA

Se señala que durante 2012 la SEP beneficiará por primera vez a alumnos de 8º básico, y abarcará a 900 mil estudiantes. Lo mismo: se trata de una parte del universo. Esta subvención tiene un valor desde prekínder a 4º básico, y de dos tercios de este valor para 5º y 6º. En fin, en todas las cifras observamos que se entrega un beneficio a una parcialidad de los estudiantes. Dice también el informe que la SEP “Duplica los aportes destinados desde 7º básico a 4º medio. El Gobierno pretende alcanzar una cobertura del 100%” -¿de qué?- “del 60 por ciento más vulnerable al año 2014”. Aprecio, entonces, un avance lento. Porque, como manifestó un Senador, seguimos adelante con una lógica del salame, con lentitud, siempre discriminando y generando situaciones odiosas, ya que quien dispone de dinero para enfrentar este gasto no tiene ningún problema y el que se encuentra en situación precaria recibe permanentemente ayuda del Estado. ¿Y cuál es el la dificultad que visualizo? Que la clase media siempre “carga el piano”; siempre lleva un peso tremendo; nunca recibe respuestas claras del Estado. Y esta clase media hoy día reclama indignada por sentirse, una vez más, postergada. Ahora, respecto del aumento de la subvención regular, el informe expresa que sube en 3,5 por ciento para todos los alumnos regulares del país. Ello, unido al 1,5 por ciento establecido en la ley Nº 20.501, implica un 5 por ciento de incremento real durante 2012. En fin, podríamos seguir detallando lo que se propone, pero quiero ir a lo que quizás constituye el resumen de este proyecto de ley. Para prekínder y kínder la subvención regular quedaría en 45 mil 511 pesos; para 1º a 6º año básico, en 55 mil 79; para 7º a 8 básico, en 55 mil 255 pesos, y para 1º a 4º medio, en 65 mil 748 mil pesos. ¿Qué me preocupa? Nosotros sabemos que el estándar de educación que queremos para los niños en Chile tiene un valor muy lejano a la cantidad propuesta y que se aproxima a los 100 mil pesos. Y ocurre que siempre estamos avanzando a paso de tortuga. Por supuesto, yo habría sido partidario de una reforma tributaria destinada a acortar la brecha; a pagar la deuda social; a financiar de, una vez por todas, la educación como corresponde. ¿Por qué argumento lo anterior? Porque, si uno mira lo que quedaría para prekínder y kínder, se observa que a los 45 mil 511 pesos se les sumarían los 37 mil 494 de la subvención escolar preferencial. ¿Qué significa esto? Que se llegaría a un valor de 83 mil 5 pesos. Entonces, reconocemos que la cantidad se aproxima a los 100 mil pesos a que hice referencia. Pero el punto radica en que esta iniciativa da respuesta solo a una parcialidad de los estudiantes del país.

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DISCUSIÓN SALA

Entre 1º y 6º básico, si se agregan a los 55 mil 79 pesos los 37 mil 494 pesos de la subvención escolar preferencial, se obtienen 92 mil 573 pesos. ¡Ahí sí que estamos mucho más cerca de los 100 mil pesos que cuesta educar a un niño chileno según el estándar que le quiere dar el Estado! Sin embargo, reitero que esta iniciativa atiende en concreto solo a una parte de los alumnos. Además, discrimina permanentemente a favor de aquellos que requieren subvención escolar preferencial, es decir, de los más pobres. ¿Y qué pasa, una vez más, con la clase media? Debe buscar educación por otra vía, subvencionando de su bolsillo esta diferencia. De 1º a 4º medio, se pasa de 65 mil 748 pesos a 87 mil 312. También acá nos vamos aproximando a la cifra de 100 mil. Pero no damos cuenta de la problemática que menciono. Así se le planteó al titular de Educación. El punto radica, como se lo mencionamos al Ministro, en que un segmento muy importante de nuestra población: la clase media, gente de trabajo, que se educa fruto de su esfuerzo y que ve en la educación su única instancia de promoción social, no recibe respuesta del Estado. ¿Y qué contestó él? Que, en relación con este asunto, el Ejecutivo reconoce que la clase media ha quedado un tanto rezagada, razón por la que prontamente se enviará a tramitación un proyecto de ley que establezca una nueva subvención escolar de clase media. Ahí es donde yo veo la dificultad: se aplica la lógica del salame o del paso de tortuga; no se enfrenta de una vez por todas este tremendo desafío y se condena a diversas generaciones a recibir una educación de mala calidad. Porque no se pueden pedir milagros: si le estamos dando 65 mil pesos a un niño y queremos que su estándar educacional sea de 100 mil, ello es imposible. Los profesores no hacen milagros. Entonces, en esta materia reclamo un esfuerzo mucho más enérgico. Además, señor Presidente, quiero señalar una cuestión adicional. A mi juicio, no se considera que en la educación no todo es dinero. Esa población condenada a vivir en la marginalidad, con una educación marginal, tiene un capital social, humano, cognitivo, institucional, psicosocial deteriorado. Y ello lo vemos en las escuelas municipales que quedan rezagadas en la periferia, en donde solo se educan los más pobres. Me parece penoso el proceso de segmentación que observo en la educación chilena. Con todo, por cierto, la iniciativa en comento significa un avance en la línea correcta. Pero digámoslo por su nombre: no constituye un cambio sustantivo en materia de subvención escolar, sino un aporte a un segmento más desposeído, que deja una vez más en el abandono a la clase media. He dicho.

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DISCUSIÓN SALA

El señor ESCALONA (Presidente).- Corresponde el turno al Senador señor Bianchi, quien no se encuentra presente. Tiene la palabra el Honorable señor Rossi. El señor ROSSI.- Señor Presidente, no pensaba intervenir en este proyecto. Debo decir que comparto gran parte de las cuestiones que mencionó el Senador Cantero, quien me antecedió en el uso de la palabra. Básicamente, son tres los aspectos que no me gustan de esta iniciativa. En primer término, que no haya un cambio del modelo educacional. Estoy convencido de que no basta simplemente inyectar recursos, lo cual, por cierto, es fundamental. Aquí se ha dicho -y es obvio- que un niño con un capital sociocultural menor, con una madre con bajo nivel de escolaridad, indudablemente requiere más esfuerzo pedagógico, más recursos, para, de alguna manera, emparejarle la cancha. Hoy día, en Chile ocurre exactamente al revés: los niños con menos necesidades asisten a establecimientos en donde hay muchos más recursos. Un colegio particular pagado llega a costar 200 mil pesos mensuales; uno particular subvencionado, que puede cobrar 70 mil pesos de subvención y 60 mil de los padres, alcanza a 130 mil, en fin. Y debemos hacer todo lo contrario, señor Presidente. Recordemos que esa fue una de las demandas más sentidas del movimiento estudiantil. No solo estuvo en la agenda pública durante un año lo relativo a la educación superior; a la calidad; al financiamiento; a la educación superior pública y el rol de Estado; al lucro, aun cuando el Ministro Beyer dijo que la Comisión investigadora no entregó ningún antecedente nuevo. ¡Qué lástima que no sean nuevos...! El problema estriba en que, pese a que se trató de una materia central, uno no ve un esfuerzo contundente del Gobierno por generar una gestión distinta de la educación pública. Los municipios fracasaron en esa tarea, por distintas razones. Pienso que ellos deberían tener otro giro. Y no siempre tuvieron el de ahora. La atención primaria de salud, la administración y operación de los CESFAM, al igual que el funcionamiento de las escuelas públicas no siempre fueron asunto de responsabilidad de los municipios. Sin embargo, hasta el minuto -se lo pregunté al Senador Quintana, quien fue Presidente de la Comisión de Educación y puso mucho énfasis en esta materia durante el ejercicio de su cargo-, no hay ninguna iniciativa contundente que apunte en la dirección de mejorar la calidad de la educación, pero fortaleciendo la educación pública, que es fundamental para un país. Por lo tanto, inyectar recursos por sí mismo no sirve.

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DISCUSIÓN SALA

En segundo lugar, aquí se ha dicho que los recursos de la subvención especial preferencial se han ocupado en general siempre muy bien, que nunca ha existido mala fe, ni intención de malversar. Eso contrasta mucho con el informe entregado por la Contraloría, señor Presidente. En ese documento se menciona a gente de la Concertación, y en su mayoría de la Alianza. Pero da lo mismo que sean personas de la Concertación o de la Alianza: usan mal recursos públicos destinados a mejorar la calidad de la educación, como señaló el Senador Espina. Ni siquiera voy a citar nombres. Pero no me van a decir que alguien gastó de buena fe recursos para adquisición de materiales de aseo, de cafetería y de oficina; pago de sueldos, y una serie de otras cosas que nada tienen que ver con los objetivos para los cuales fueron otorgados, que están claramente definidos en la ley. El Senador García señaló que la normativa no es muy clara. Pero la estuve revisando y precisa bastante en qué ámbito se deben ocupar esos dineros. Entonces, cuando se discutió este tema anteriormente, planteamos que era muy importante transparentar el uso de tales recursos. De manera que efectivamente cumplieran el propósito de mejorar la calidad de la educación, en especial en donde haya niños prioritarios, vulnerables, quienes -como dije antes- requieren más esfuerzo, más fondos. Por consiguiente, no existe claridad respecto de cómo se usan esos recursos. Y hablamos de platas de todos los chilenos. En tercer término, aquí se ha preguntado qué pasa en el caso de los niños con necesidades especiales. La verdad es que yo al menos -es mi convicción, y entiendo que existen muchos estudios e investigaciones sobre el particular- soy partidario de la inclusión y del modelo de la integración. Pienso que no hay nada más valioso que el que un niño con algún tipo de problemas se eduque en un ambiente con menores que no los tengan. Esto es bueno para el niño que presenta dificultades y, también, para aquel sin necesidades especiales; pues de alguna forma crecen y se educan juntos e intercambian experiencias fundamentales para su desarrollo humano. La educación no es solo entregar información y conocimiento. Por lo tanto, desde esa perspectiva estimo que este proyecto desincentiva el modelo inclusivo y la integración. Porque, finalmente, respecto de los niños que van a colegios normales el sostenedor recibirá menos recursos, pues se descontarán de la subvención general. Es decir, sube la subvención general y baja el aporte por necesidades especiales, a diferencia de lo que ocurre en las escuelas especiales, dirigidas solo a niños con tales requerimientos. Señor Presidente, esas son las tres razones que quería plantear.

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Al final del día, lo más importante -y espero que tanto el Ministro de Educación como el Gobierno lo entiendan- es lograr un gran acuerdo. Si aquí se persigue generar instancias de diálogo, qué mejor que obtener un gran acuerdo nacional por la educación pública chilena. Lamentablemente, no vemos un esfuerzo del Gobierno en esa dirección. He dicho. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bianchi, quien acaba de regresar a la Sala. El señor BIANCHI.- Señor Presidente, seré muy breve, pues ya ha se dicho todo respecto de esta iniciativa. En definitiva, siento que no estamos escuchando lo que nos dicen desde afuera las organizaciones sociales y los estudiantes. Se vuelve a colocar la discusión de la situación económica por sobre la discusión que quedó perdida: la de la calidad de la educación en nuestro país. Entonces, quiero expresar que valoro lo realizado por el Presidente del Senado en el sentido de invitar a las corporaciones de educación municipal, a los alcaldes, a la Asociación Chilena de Municipalidades, que, además, deberán señalarnos acá la situación real en que se encuentran. Hoy día, si no el cien por ciento, al menos el noventa por ciento de las corporaciones están absolutamente quebradas y colapsadas en lo económico. Poseen deudas de arrastre, un endeudamiento imposible de solventar, de superar; se les hacen traspasos permanentes desde los municipios y, aun así, no resulta suficiente. Pero ¿sabe qué es lo más grave, señor Presidente? Que el Estado no asume su responsabilidad y no financia el cien por ciento de la educación pública. Y esto debiera ser una materia no municipal, sino estatal. Hay una deuda gigante del Estado en cuanto a su responsabilidad en ese ámbito, que no la ha asumido. Sigo sosteniendo que, de una buena vez, debemos avanzar en una línea distinta a la que nos hallamos discutiendo. Aquí no se debate si queremos continuar con la figura de los colegios privados subvencionados o los establecimientos municipalizados. Yo estoy por una educación pública de la cual debe hacerse cargo el Estado de Chile y en contra de esta modalidad especial en que, a través de los municipios, este último no asume la responsabilidad que le compete. Y existen muchas deudas. No quiero dejar de señalar -más allá de la calidad y del financiamiento de la educación- que persisten deudas con los profesores. Asimismo, todo lo que se ha dicho acá en cuanto al perfeccionamiento impulsado por el Gobierno es verdad. Y eso se recoge para bien. Se aplaude lo que tienda a mejorar nuestra situación actual en lo que respecta a educación pública o educación privada subvencionada.

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DISCUSIÓN SALA

Sin embargo, no estamos resolviendo el tema de fondo. Seguimos dejando pasar una tremenda oportunidad, sin escuchar lo que nos ha venido diciendo el país entero. Desgraciadamente, ni el Ejecutivo ni nosotros hemos sido capaces de abordar este asunto desde lo más profundo, para intentar solucionarlo. He dicho. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quintana. El señor QUINTANA.- Señor Presidente, nadie de la Alianza se puede sorprender por los reparos que distintos Senadores de Oposición le han planteado hoy a este proyecto. Porque la presente iniciativa surge del debate de la Ley de Presupuestos 2012, y, como recordarán los Honorables colegas, en esa oportunidad la Oposición no votó la Partida de Educación. Se pronunció por gran parte del Presupuesto, pero no sobre aquella. Y dijimos claramente que íbamos a permitir que se aprobara con los votos de la Alianza, a los efectos de que esta se hiciera responsable del modelo. Y tal como lo señalaba recién el Senador Rossi, se destina aquí un monto significativo de recursos: 320 millones de dólares. Por eso, me llama la atención que no se encuentren presentes en la Sala ni el Ministro ni el Subsecretario. No sé si habrá otro proyecto en el presente año -y probablemente en los cuatro años de la actual Administración- que incorpore esa cantidad de dinero a Educación y donde el Gobierno no asista para defenderlo. Porque una cosa es que la iniciativa se discuta sobre tabla, y otra que el Ejecutivo deba estar atento al trámite legislativo que se lleva adelante. Entiendo que para eso son, también, las reuniones de coordinación que realiza. De verdad, no se comprende aquello. Además, esta tarde tenemos sesión de la Comisión de Educación y, por lo tanto, el Ministerio del ramo debiese hallarse representado aquí, para emitirnos su opinión y dar respuesta a las muchas inquietudes que han manifestado distintos señores Senadores. Como digo, tal como lo expresaba el Senador Rossi, aquí se consideran más recursos, pero para un mismo modelo. Este es segregativo, selectivo y donde se entregan dineros por parejo a establecimientos municipales y a aquellos particulares subvencionados que lucran, porque no todos lo hacen. Quedó demostrado en el debate que sostuvimos con especialistas de distinto signo hace quince días en la Comisión, que los colegios particulares subvencionados que lucran son los que obtienen más malos resultados. Y en muchos casos, peores que los conseguidos por los municipales. Señor Presidente, quiero abordar un tema muy relacionado con la materia que nos ocupa. Acaba de aparecer la información sobre la matrícula municipal del año 2011, donde esta cae 6,5 por ciento en los establecimientos comunales. En promedio, en los años recién pasados había disminuido 4 por

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ciento; ahora, 6,5. Muchos dirán que lo anterior se debe a los paros. Probablemente hay una multicausalidad. Porque uno también podría argumentar: “Sí, pero dentro de la movilización estudiantil estaba el plan ‘Salvemos el año escolar’”. Y le advertimos al Ministro Bulnes y, asimismo, al Ministro Beyer que muchos estudiantes iban a salir del sistema. No sabemos, finalmente, adónde fueron a parar. Tal vez, la mayoría de ellos se hallan hoy día no en planteles municipales, sino en colegios subvencionados. En concreto: hay un fuerte descenso de la educación municipal, pese a que en 2011 -el famoso proyecto de enero, tras un acuerdo alcanzado en el Congreso Nacional- se explicó que la ley N° 20.501 tenía como objetivo principal evitar la caída de la enseñanza municipal. Y paros ha habido siempre. Los hubo en los Gobiernos anteriores y los seguirá habiendo en el futuro, sobre todo cuando las clases políticas son bastante renuentes a conversar, a dialogar con el movimiento social, y no sabemos qué está pasando con él. Entonces, no puede ser esa la explicación. Los noventa mil estudiantes menos, el 6,5 por ciento de caída municipal, forman parte de lo que nosotros le advertimos al Gobierno cuando sostuvimos el presente debate. Yo, concretamente, le dije al Ministro Beyer que no estaba disponible para aprobar un volumen de recursos de tal magnitud con el mismo modelo. Lo expresaba recién el Honorable señor Cantero, Presidente de la Comisión de Educación: mediante el proyecto en debate no generamos ningún cambio estructural, sino que entregamos plata bajo los mismos conceptos de siempre: boucher, subsidio a la demanda. Pero lo más grave -y varios colegas lo han advertido (el Senador Letelier, por ejemplo)-: tenemos un problema con los particulares subvencionados. Le expresamos al Ministro: “No estamos disponibles para aprobar más recursos si usted no muestra disposición a terminar con el lucro en la educación pública”. Existe un proyecto transversal, de distintos señores Senadores (Honorable señora Lily Pérez, el propio Senador Cantero y varios otros colegas), que el Gobierno se resiste a aceptar y asumir. Entonces, traspasamos 320 millones de dólares bajo la misma lógica: establecimientos subvencionados con ¡exención tributaria! Porque hablamos de eso: el capital lo pone el Estado y, además, reciben ese beneficio. Y algunos sostenedores decían: “Es mentira que la percibimos”. No. Está demostrado y reconocido en la Comisión: ¡exención tributaria, libre de impuesto! Y por si fuera poco, se les permite el financiamiento compartido. Por eso, valoro una indicación de la Cámara de Diputados que pone cierto límite: ya no hablamos de cuatro unidades de subvención escolar, sino de 80 mil pesos. En algo puede servir, en algo va a limitar. Porque el monto de dinero no es fluctuante. La USE, sí. Claro que el proyecto presenta aspectos positivos, quién lo puede dudar, pero despierta ciertas interrogantes acerca de cómo le seguimos traspasando recursos a aquellos planteles que, efectivamente, van a lucrar.

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Yo represento a la zona de La Araucanía y allí muchas instituciones vulnerables -colegios rurales, por ejemplo, pero también urbanos- recibirán una subvención que probablemente superará los 90 mil pesos. Y algunos creen que irán íntegramente a la sala de clases. ¡Por favor, no! Si un porcentaje enorme se destina a aspectos administrativos: en algunos casos, con éxito; en otros, no sabemos. Uno de los aspectos positivos de la iniciativa es que vamos a adelantar en un año la llegada de tales dineros a la enseñanza media. Ahí también hay un proceso que apoyar. No conocemos los resultados ni el éxito de la subvención escolar preferencial -dicho sea de paso, fue una iniciativa de la Presidenta Bachelet-, a la cual ya le fueron incrementados sus montos en 21 por ciento el año recién pasado, mediante la ley N° 20.248. Allí, el Gobierno se allanó a aceptar los criterios que le planteamos, porque querían hacer el experimento -en ese momento el titular de la Cartera del ramo era el Ministro Lavín- de entregar los recursos escalonados. Finalmente, se entendió que ello carecía de todo sentido, porque los estudiantes, al interior de la sala de clases, no notan la diferencia. Señor Presidente, creo que el que nos ocupa es uno de los proyectos que involucra la mayor cantidad de dinero que será entregada en estos años. Sin embargo, aquí no hay nada estructural -lo ha señalado alguien que no pertenece a la Concertación ni a la Oposición: el Senador Cantero-, simplemente se da más plata, pero bajo la misma modalidad. Permite que los que lucran sigan lucrando; que los que seleccionan continúen seleccionando; que los que segregan prosigan segregando. Aquí no hay ninguna respuesta definitiva, estructural, de fondo. No es la panacea. No se resuelven los grandes problemas de la educación. No nos estamos haciendo cargo, por ejemplo, de la Superintendencia, que compete al área de la educación superior. Repito: no nos estamos haciendo cargo del lucro -no hay voluntad para avanzar en ello- ni tampoco del financiamiento de la educación superior, aunque eso va por otra vía. Y en todos los temas mencionados hay oídos sordos. El Gobierno no quiere entender lo que significan estas demandas ciudadanas. Hoy, el 80 por ciento de los chilenos quiere terminar con el endeudamiento, poner fin al lucro con recursos públicos. Entonces, siento que esta era la oportunidad para hacernos cargo de ello. Termino señalando que, no obstante encontrar muchos aspectos positivos en el proyecto, me voy a abstener. No voté en la Comisión. Efectivamente, hubo unanimidad de los presentes. Yo no me encontraba, al igual que otro Senador. Pero advertí en el debate que no votaría a favor porque no nos hemos hecho cargo -reitero- de temas centrales. Me refiero a lo concerniente al lucro. Los más felices con esta iniciativa son los establecimientos particulares subvencionados, no cabe ninguna duda. Pero también lo están muchos municipales, como aquí se ha expresado, que han desviado recursos. No estoy hablando de malversación

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de fondos, sino de desvío de recursos a otras áreas, probablemente también propias de la educación, pero que no son aquellas para las cuales se creó especialmente la ley sobre subvención escolar preferencial. En consecuencia, me voy a abstener, sin perjuicio de que en la discusión particular podamos subsanar y mejorar algunos aspectos del proyecto. Y ojalá asista el Gobierno. Aquí vemos al Ministro Larroulet, que por lo menos ha llegado a explicarnos algunas de las dudas que han surgido. Nos gustaría -insisto- ver al Ministro de Educación presente en este debate... El señor PROKURICA.- Se encuentra en la Cámara. El señor QUINTANA.- Es positivo lo que se plantea. Pero -reitero- no estamos cambiando nada estructural en educación mediante esta iniciativa. El señor LARROULET (Ministro Secretario General de la Presidencia).- Señor Presidente. El señor ESCALONA (Presidente).- Señor Ministro, estamos en votación, así que lamentablemente no puedo darle la palabra, excepto para rectificar algún error de hecho de los oradores. Tiene la palabra el Senador señor Gómez. El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, cada vez que escucho este debate me acuerdo de mi abuelita, que era de Talca, y de mi tata, que era de Cauquenes. Cuando ellos veían que las cosas no daban para más decían: “Nos tienen hasta la coronilla”, etcétera. Y algo así ocurre cuando uno ve estos proyectos. Y no lo enfocaré solo con el Gobierno del Presidente Piñera, sino que voy a recordar cuando en esta Sala estaba la entonces Ministra Yasna Provoste y empezó con esta propuesta. Y planteaba que esto significaba el desarrollo de la educación y que permitiría hacer los cambios que se requerían en materia educacional. Agregaba que el mecanismo iba a apuntar a los más vulnerables, y se establecían una serie de criterios para la distribución de recursos. Con el tiempo, este sistema se ha ido consolidando. Señalo lo anterior porque, en definitiva, no hay una decisión política en orden a asumir que la educación no constituye un tema económico. Aquí se habla de porcentajes. Y he escuchado a algunos parlamentarios alegrarse porque se aumenta el 28, el 30, el 40 por ciento, cuando en realidad ese no es el punto. El problema radica en que Chile posee un sistema educacional de tal segregación, de tal inequidad, que hay que efectuar un esfuerzo político. Por eso sostengo que ni siquiera es una crítica al actual Gobierno. Estoy diciendo que se trata de un proceso, que en algún minuto debe tomarse en serio. Si uno mira las estadísticas, constata que en Chile, entre los cero y seis años de edad, hay 1,5 millones de niños. De estos, solo el 47,8 por ciento, es decir, 746 mil 649 niños, tiene cobertura. Y un 52,2 por

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ciento, o sea, 813 mil 153 niños, no asiste a un establecimiento. Estoy hablando del nivel preescolar. Y respecto de esas materias no existe una definición política de fondo, en cuanto a cómo abordamos este tema, cómo el Estado se hace responsable de la necesidad de brindar cobertura y educación de calidad. Si hablamos de recursos, existen tres sistemas por lo menos en el nivel preescolar: Integra, con una subvención de 108 mil pesos por niño; la JUNJI, con una de 106 mil pesos, y los municipales (VTF), que son los mayoritarios, que reciben una subvención de entre 35 mil y 72 mil pesos por menor. Pero los países con los cuales nosotros siempre queremos compararnos destinan sobre los 150 mil pesos. Por lo tanto, acercándonos o no a los cien mil pesos, lo que es difícil con la cifra propuesta, tampoco estamos cumpliendo el objetivo de hacer los cambios estructurales en materia de educación. Y para eso hay que tomar una decisión política, es preciso alcanzar un acuerdo político, que nos lleve realmente a transformar la educación a fin de que sea -todos lo queremos en algún minuto- la herramienta del cambio, del desarrollo, de la creación y de la construcción de ciudadanos, no de niños que son educados finalmente para mejorar sus condiciones de vida, sino para ser parte de una sociedad y de una estructura social en la cual exista diversidad. Estos sistemas también generan lo peor que tiene Chile, que es la segregación. Y eso no lo digo yo, sino las estadísticas. El propio ranquin de la prueba PISA establece que Chile es el país con mayor segregación del mundo. Entonces, llevamos adelante toda esta discusión, nos decimos unas cosas u otras, pronunciamos estos discursos, pero va a pasar el tiempo y volveremos a debatir lo mismo, pues no se toma el toro por las astas, lo que implica efectuar el cambio estructural que el país necesita para contar con una educación pública, gratuita, de calidad y laica, que es lo que Chile requiere. Lo anterior no significa no tener educación privada. La idea es que exista, y que ojalá sea de la mejor calidad. Las estadísticas, también las de la OCDE, para que tengamos claro que la educación municipal y la educación particular subvencionada son de mala calidad, señalan que estos sistemas educativos se encuentran bajo la línea de la media de los países de la OCDE, que es de 500 puntos. La educación municipal y la educación particular subvencionada se encuentran entre 410 y 420. La única que pasa esa línea, con 510 puntos, es la educación privada. Por lo tanto, los esfuerzos que hoy se hacen, la incorporación de 300 y tantos millones de dólares que se celebra, finalmente no tienen un correlato con la realidad, que es el cambio estructural y de fondo que ha de haber en materia educacional. Y para eso debemos sostener finalmente una discusión de fondo, política.

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Alguien recordaba las palabras del Presidente Mujica, de Uruguay, quien se refirió a la importancia de la política, de dialogar, y a las posibilidades ciertas de construir una sociedad distinta, no una en la cual hablamos de porcentajes. Si pareciera que estuviéramos en un banco, distribuyendo puntos para arriba, puntos para abajo, en circunstancias de que estamos refiriéndonos a niños, a familias, al desarrollo de Chile. Por eso, si alguien tiene el poder, es el Gobierno, el Presidente. Anteriormente lo tuvimos nosotros, porque -insisto- no estoy olvidándome de lo que hicimos nosotros. Espero que alguien tenga la voluntad y la fuerza política para convencerse y convencer al país, a los Ministros y a quien corresponda de que lo que se requiere es que el Estado se haga cargo de la educación, que existan colegios de calidad en cada comuna de Chile, con las condiciones para que los niños se puedan educar de verdad, para llevar adelante un cambio profundo en la sociedad chilena. En eso nosotros debiéramos ponernos de acuerdo en algún minuto. La presente propuesta, en la forma como se presenta, finalmente es un parche. Por ello sucede lo que se ha planteado acá, y que se encuentra en la Contraloría General de la República. No se trata de un problema de alcaldes de la Alianza o de la Concertación. Lo que ocurre es que los dineros no se usaron en lo que corresponde. Y del empleo de esos fondos para el mejoramiento de la educación no existe antecedente alguno. Se los pedimos en muchas oportunidades al Ministro -o Ministros- de Educación y al Subsecretario, y hasta hoy no llega la información respecto a qué pasó con los recursos, a si sirvieron o no en materia de calidad, a cuáles son los cambios que realmente se produjeron. No contamos con una política de Estado en educación. Por eso resulta importante que este debate se dé, y que se dé con fuerza, con cifras, con la realidad. Nosotros calculamos que para llevar a cabo efectivamente un cambio, solo en el nivel preescolar se requieren más de 5 mil millones de dólares anuales adicionales, no 300 millones de dólares. Estoy pensando en la cobertura de los 813 mil niños que se encuentra pendiente. Eso significa un tremendo esfuerzo. Y para hacerlo no basta con ingresar pequeñas cantidades: se requieren una definición política, una reforma tributaria cuyo fin sea recaudar, no 700 millones de dólares, sino lo que se necesita. Lo que nosotros sugerimos no se realiza de la noche a la mañana, señor Presidente. Cuando decimos “educación preescolar”, por ejemplo, estamos hablando de más o menos 10 años para llegar a la cobertura total. Ello, a fin de dar seriedad a nuestra propuesta. Por consiguiente, lo que planteamos esta tarde es que de una vez por todas exista voluntad política para efectuar un cambio y no seguir discutiendo pesos más, pesos menos; porcentajes mayores, porcentajes menores, pues la realidad nos demuestra que en general nuestra educación,

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excepto la privada, es de mala calidad; que, en consecuencia, el futuro de los niños de Chile es asimismo malo, y que nuestro país está segmentado, porque el porvenir de cada cual depende mucho del lugar donde la persona nace, del barrio en que vive, de los amigos que tiene, del colegio al que asiste. Y es obligación nuestra; es obligación de la política; es obligación de todos -de la Derecha; del Centro; de la Izquierda, o de la Nueva Izquierda (¡para que haya sufrimiento...!),... El señor WALKER (don Ignacio).- ¡Del bloque...! El señor GÓMEZ.-... o del Bloque de Izquierda, o del Frente Amplio de Izquierda, o del desarrollo de una Izquierda en serio, o de la Centroizquierda- resolver aquel problema, políticamente y como tarea de Estado. De lo contrario, señor Presidente, nunca lograremos introducir los cambios que Chile necesita. Por eso, yo señalo con fuerza y con plena convicción (porque los jóvenes que nos escuchan lo saben) que hubo un Presidente que fue capaz de hacer cosas importantes en educación: Pedro Aguirre Cerda. Termino, pues, recordando sus palabras: ¡Gobernar es educar! El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina. El señor ESPINA.- Señor Presidente, nada hay más fácil que sostener que la educación debe ser gratuita; los impuestos, altos; los Estados, benefactores. Pero yo quisiera saber quién se hace responsable cuando las políticas seguidas en esa línea fracasan. Porque la Concertación estuvo 20 años en el Poder, y durante sus Gobiernos jamás escuché muchas de las ideas surgidas aquí. Pues bien, cuando uno quiere gobernar sin demagogia y sin populismo, debe marcar el liderazgo que se espera de las autoridades y no prometer ni ofrecer aquello que se sabe que los países no están en condiciones de dar. Por supuesto, a todos nos gustaría que la educación fuera enteramente gratis. También, que los parlamentarios trabajaran gratuitamente. Asimismo, que la salud y todo lo que se deseara otorgar fueran a gratuidad. Sin embargo, eso sería de una falta de realismo absoluta. Entre otras cosas, debido a que los países que han intentado que todo sea gratis han terminado con inflaciones gigantes, con sus economías arruinadas, no por falta de voluntad, sino porque no han tenido cómo financiarlo. Así, hoy día, quienes propiciaban en Europa el Estado benefactor deben darles explicaciones a las familias de escasos recursos, pues

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ellas son las que pagan la cuenta cuando las naciones gastan más de lo que tienen. Yo prefiero, entonces, lo que está haciendo el Gobierno del Presidente Piñera: un cambio estructural y de fondo en el modelo educacional chileno. Ahora, ese cambio, por supuesto, no será apoyado ni compartido por la Nueva Izquierda ni por los sectores más duros de la Concertación. Porque lo que haga el Presidente Piñera no se lo van a aceptar, ¡nunca!, aunque propicie las mejores cosas. Y si no votan en contra de estos proyectos, es porque ello sería impresentable. En efecto, sería impresentable que quisieran echar abajo una iniciativa que aumenta la subvención en kínder y prekínder, que incrementa la subvención escolar preferencial y que eleva la subvención regular. O sea, no votan a favor por su ánimo de colaborar, sino simplemente porque no tienen alternativa, ya que nadie podría explicar el deseo de que no llegaran más recursos. Señor Presidente, cuando asumió el actual Gobierno había 90 mil niños, dentro del 60 por ciento de las familias más vulnerables de nuestro país, que no tenían derecho a educaciones escolar y preescolar. Y todos sabemos del valor de ellas, pues son gigantescas las diferencias que se marcan posteriormente entre quien pudo asistir al kínder y al prekínder y quien no. Pues bien, este Gobierno no solo le dará cobertura en educación preescolar al cien por ciento de los niños que se hallan dentro del 60 por ciento de familias de menos recursos, sino que además va a aumentar la subvención en 20 por ciento, parte de lo cual se está haciendo en el proyecto que nos ocupa esta tarde. Entonces, tomamos un país donde los referidos 90 mil niños pertenecientes al 60 por ciento más vulnerable no tenían educación preescolar, y vamos a terminar en que todos ellos la recibirán en forma gratuita. Por supuesto, lo ideal sería que la totalidad de los niños de nuestro país accedieran gratuitamente a la educación preescolar. Pero eso no es realista, porque ella se financia con recursos públicos, los cuales son limitados, no ilimitados. Por otra parte, este Gobierno incrementará de 40 a 60 por ciento la cobertura de la subvención escolar preferencial (la destinada a alumnos pertenecientes a familias de menores ingresos). Y al término de su período, de los 900 mil niños que la reciben, se llegará a un millón 900 mil. ¡Cómo eso no va a ser un cambio gigantesco en materia de entrega de los recursos necesarios para lograr una educación de mejor calidad!

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Y no solo aquello, señor Presidente: se duplicará además la subvención regular, pero en un lapso de ocho años (porque habría sido demagógico hablar de cuatro). Asimismo, se han creado dos motores claves para el desarrollo de la educación escolar. Al respecto, reconozco la participación que tuvieron parlamentarios de la Concertación -en aquel entonces era Presidente de la Comisión de Educación el Senador Ignacio Walker, quien ejerció liderazgo sobre el particular- que fueron capaces de construir un acuerdo, por supuesto criticado por la Nueva Izquierda (no tengo duda). Uno de esos motores fue la creación de la Agencia de Calidad de la Educación -no sé por qué no lo hicieron antes-, que significa la existencia en nuestra institucionalidad de un organismo que se preocupará no solo del financiamiento, sino además de, en una primera etapa, apoyar y asistir a los establecimientos educacionales que no reúnan los estándares de calidad, y si finalmente, a pesar del esfuerzo estatal, no logran elevar su nivel, cerrarlos y trasladar a los estudiantes a otros recintos. De otro lado, se crea la Superintendencia de Educación, cuyo objeto será fiscalizar los recursos entregados por el Estado. Entonces, este Gobierno no solo ha asumido lo concerniente a los dineros de las educaciones preescolar y escolar, sino también el cambio más de fondo realizado en nuestro país en muchas décadas: la fiscalización de los recursos y el control de la calidad de la educación. El proyecto pertinente -nobleza obliga; y lo señalo a quien desee escucharlo- fue posible gracias al liderazgo que marcó en la Comisión de Educación -probablemente con muchos dolores de cabeza- el Presidente de la Democracia Cristiana. Sé que las palabras provenientes de nuestro sector van a incomodarlo dentro de su coalición y de la Izquierda. Pero el hecho cierto es que tuvo liderazgo para sacar adelante una iniciativa que, aunque criticada, será un aporte histórico para Chile. Perdónenme, Sus Señorías. Nosotros pasamos, pero en la historia quedará la creación de una Agencia de Calidad de la Educación y de una Superintendencia. Las críticas se las lleva el viento, las obras perduran en el tiempo. Y la señalada es una obra concreta para nuestro país. Por otro lado, en el ámbito de la educación superior, recibimos el Gobierno con un millón de estudiantes, de los cuales 122 mil tenían becas incompletas. Pero nunca escuché a ninguno de los parlamentarios que ahora critican a la actual Administración señalar lo injusto que era que tal cantidad de alumnos recibiera becas parciales y que el resto debiera rascarse con sus propias uñas y recurrir, sobre la base de un sistema incorporado durante los Regímenes de la Concertación, a créditos con aval del Estado otorgados por bancos a intereses usurarios. Ahora el Gobierno aumenta de 122 mil a 400 mil el número de los alumnos que recibirán becas. Y, en cuanto al crédito, se lo quita

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a los bancos y lo lleva al Estado, con un interés muchísimo más bajo que el que aplicaban aquellos y con una medida contingente: la de que ningún alumno va a pagar más del 10 por ciento de sus ingresos cuando se titule; de manera que el infierno que implica hoy día pagar mes a mes mientras se está estudiando va a terminar. Por supuesto, eso no se hará en 24 horas. Pero son cambios estructurales que permitirán estudiar con becas reales o con un crédito universitario pagable otorgado al 90 por ciento de los estudiantes. Porque el Estado no tiene por qué financiarle ni la beca ni el crédito al 10 por ciento más rico, que puede recurrir a un préstamo bancario. Finalmente, se crea la Superintendencia de Educación Superior, también para vigilar que las platas se usen bien. Ahora, como he dicho en forma reiterada, si alguna universidad lucra indebidamente, se debe juzgar a las personas involucradas, investigar los hechos y, si hay culpables, sancionarlos, sin distinción del color político que puedan tener los dueños de ese establecimiento. Porque la ley debe cumplirse. Entonces, señor Presidente, creo que este proyecto significa un enorme avance. Y a través de él se cumple la meta del Presidente Piñera de efectuar un cambio estructural en la educación chilena. Se requiere, pues, agilizar la tramitación de estas iniciativas y ponerlas en marcha. Y probablemente las próximas generaciones van a reconocer lo que hoy día la Oposición chilena no quiere aceptar: el avance que se está registrando en materia educacional. Por las razones expuestas, nosotros votaremos a favor de este proyecto, que es bueno para Chile, para los jóvenes y para sus familias. El señor ESCALONA (Presidente).- Corresponde el uso de la palabra a la Senadora señora Allende. La señora ALLENDE.- Señor Presidente, en primer lugar, me sumo a quienes han lamentado que una materia de esta relevancia se esté debatiendo sin la presencia del Ministro de Educación, del Subsecretario de esta Cartera o de otra autoridad gubernativa. Se nos dirá que ese Secretario de Estado está en otra actividad, que se halla muy ocupado, no sé. Bueno: llegó el Ministro Larroulet, a quien no hemos tenido la oportunidad de escuchar. Pero no vemos a ningún personero de Educación. Y lo deseable es que cuando se discute un proyecto de esta naturaleza se halle presente el Secretario de Estado respectivo. En segundo término, yo también coincido con quienes señalan que, obviamente, nadie podría decir que no está de acuerdo en incrementar la subvención para la educación preescolar. Por cierto, quien puso el tema de fondo, cual es el acceso a la educación parvularia, fue la Presidenta Bachelet (lo señalo a

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aquellos que quieren olvidarlo). Y al inicio del Gobierno del Presidente Piñera el presupuesto para ese nivel de enseñanza se había reducido -fue una de las grandes críticas que iniciamos- en lugar de aumentar. Es preciso refrescarle la memoria al estimado colega Espina, porque de repente ella es frágil y las palabras se las lleva el viento. Pero no solo eso: en algunas cosas que dice, Su Señoría está profundamente equivocado. Miremos lo que pasa en nuestras Regiones. Por ejemplo, duele cuando uno ve a estudiantes chilenos que se deben ir a Argentina -en el vecino país la educación pública es gratuita- para ingresar a la universidad, pues, contrariamente a lo que sucede en Chile, allá no se pagan los aranceles más caros del mundo. Se puede realizar un esfuerzo en aquel sentido, señor Presidente. Uruguay, Argentina y Brasil lo hacen. Nuestro país -¡claro...!-, no. Pero nada cuesta decir que tenemos una de las economías más sólidas de la región. Ciertamente, nos alegramos por eso. Y creemos tener bastante que ver en tal logro, pues durante bastante tiempo (gobernamos a lo largo de 20 años) fuimos sumamente responsables y cuidadosos con nuestras finanzas. Nadie puede negarlo. Hoy día podemos sostener que, afortunadamente, se ha ido generando conciencia a aquel respecto. Pero otra cosa es que nos sintamos orgullosos de un país con tanta desigualdad. El actual modelo educativo es uno de los más excluyentes y segregadores. Y no solo eso: los especialistas han expresado una y otra vez que ni siquiera está garantizada la calidad de la educación, no solo en varios establecimientos municipales, sino tampoco en los particulares subvencionados. Uno podría decir que los únicos que tienen garantizada en gran medida educación de calidad son, por supuesto, los planteles privados-privados, porque sabemos de la gran cantidad de recursos que poseen. Y conocemos, también, las otras causas que están detrás de esos estudiantes, las cuales tienen mucho que ver con el tipo de familia a que pertenecen, con su estrato socioeconómico, con el nivel cultural, etcétera, lo que escapa, evidentemente, a la situación de quienes concurren a colegios municipales y particulares subvencionados. De otro lado, cuando el Senador Espina se refiere a la crisis europea, una vez más le recordamos que ella no se inició precisamente por el Estado de bienestar. ¡Enhorabuena que por muchos años haya habido Gobiernos socialdemócratas que pensaron en la mayoría de la población; fueron capaces de entregar educación y sanidad gratuitas y pensión universal, y formaron sociedades más humanizadas y más solidarias! Por cierto, lamentamos cuando existen mercados especulativos; cuando hay burbuja inmobiliaria; cuando la codicia de unos

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pocos genera crisis de las que no son responsables ni los trabajadores ni necesariamente las políticas implementadas. Al revés, nosotros podemos afirmar con orgullo y satisfacción que muchas políticas de la socialdemocracia hicieron que las naciones europeas donde se aplicaron fueran de las más solidarias. Incluso, a raíz de la actual crisis del Viejo Continente, se debió levantar una figura, la del recién elegido Presidente francés, quien empezó a tratar de revertir las cosas para demostrar que no son los trabajadores quienes tienen que pagar por problemas que no provocaron ellos sino otros que especularon y llevaron la situación a los niveles a que se llegó. Es bueno recordar eso, señor Presidente. Y también es bueno señalar -volviendo a nuestro país- que, en el sistema mixto que tenemos, no deja de llamar la atención que, por desgracia, no esté garantizada una educación de calidad y que el sistema sea no solo muy segregador y excluyente, sino además curioso. Porque, pese a que el Estado inyecta mucho capital a la educación particular subvencionada, esta no paga impuesto -contrariamente a lo que se ha pretendido hacer creer- y hasta ahora tiene permitido el lucro. Esa es la molestia que nos provoca, no el aumento de la subvención, sino, a diferencia de lo que manifestaba el Senador Espina, el que aquí no haya ningún cambio estructural en la educación. Se conserva el mismo modelo, al que se le agrega un poco más de recursos. Por tanto, se van a seguir manteniendo ciertas desigualdades. Y hasta el momento no hemos visto la decisión clara de terminar con el lucro en la educación en general y no únicamente en la superior, donde no se está cumpliendo la ley. Y conocemos casos más que emblemáticos, incluido el de la Universidad del Mar, donde se nombró a un Rector -lo conocemos muy bien, pues fue parlamentario y colega de todos nosotros- que debió renunciar cuando llevaba menos de 60 días en el cargo. Entonces, aparte no cumplirse la ley respecto a la educación superior, no ha habido una voluntad clara para decir: “Terminemos con el lucro”. Y ello significa que los dineros que se entregan desde el Estado, en lugar de reinvertirse para elevar la calidad docente e incluso para mejorar la infraestructura, terminan simplemente permitiendo que se lucre, que se obtenga una ganancia que se retira para invertirla en cualquier cosa ajena a la educación. Pero se incurre en otra equivocación o falta de memoria, porque la Agencia de Calidad de la Educación y la Superintendencia nacieron asimismo en el Gobierno de la Presidenta Bachelet. Allí se planteó la necesidad de crear ambas instituciones. Por lo tanto, no entiendo que se diga que nosotros no nos preocupamos del problema. Sí nos preocupamos. No alcanzamos a terminar esa tarea, lógicamente. Muchas cosas no se van a terminar en la actual Administración. Y nos corresponderá a nosotros, si tenemos la oportunidad de retomar el Gobierno, concluir lo que no se haga.

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Es natural que los Gobiernos no alcancen a realizarlo todo, que la obra comenzada por uno la continúe el siguiente. Pero también es natural que se cambie de rumbo cuando se demuestra que algo no está bien. Hace rato que nosotros hicimos la autocrítica. Hace rato que señalamos que no quedamos satisfechos con nuestras políticas educacionales. Hace mucho rato que expresamos que pudimos haber sido más rigurosos en la fiscalización. Y hace bastante rato que dijimos que si no hubiese sido por los estudiantes, quienes al inicio del Gobierno de la Presidenta Bachelet y durante todo el año 2011 se manifestaron en la calle, probablemente no estaríamos dándoles a nuestras palabras la intensidad con que hoy día las pronunciamos en esta Sala. Y ellas son necesarias, porque desde hace harto tiempo estamos manifestando que falta una mirada de país para el problema educacional y que ojalá podamos lograr un acuerdo amplio, en el cual de alguna manera todos coincidamos en cierto diagnóstico: el de que la educación, tal como está, segrega, excluye; no permite la integración ni la diversidad, y se traduce en que los niños de los sectores más ricos vayan a clases con los más ricos -a ellos se agregan los sectores medios o los que intentan lograr, con mucho sacrificio, que sus hijos lleguen a la educación particular subvencionada- y en que los más pobres queden en las escuelas municipales. Francamente, ese modelo no es lo que deseamos. Quisiéramos menos descalificación al observar lo que sucede en los países vecinos y que se aprendiese en términos de concluir: “Qué curioso es que pueda existir una educación pública todavía considerada de calidad, pero, además, gratuita y buena en todos los niveles, y que sean nuestros propios estudiantes los que tengan que trasladarse a ellos por no ser capaces sus familias de financiar los aranceles más caros del mundo, si se consideran con relación al per cápita.”. Por todas estas razones, señor Presidente, deseo consignar, honestamente, que mi primera intención fue abstenerme de aprobar el proyecto. Sin embargo, voy a acogerlo solo por estimar importante el aumento de la subvención preescolar, pues creo que ahí nace la verdadera diferencia, y tenemos que dar un pequeño salto, al menos, para que ella se incremente y se amplíe la cobertura, con lo cual es imposible no estar de acuerdo. Pero dejo establecido que mi decisión no obedece a la idea, que algunos sostienen aquí, de que estamos llevando a cabo el gran cambio estructural en la educación. Al contrario. Lamentablemente, el Gobierno ha perdido la oportunidad de realizar una verdadera reforma tributaria que le generara los 4 mil 500 millones de dólares que hubiesen permitido mostrar realmente que ese sector sí importa, antes que entregar, por intermedio de la iniciativa que nos ocupa, 420 millones que no ayudarán en forma suficiente. He dicho.

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El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Hernán Larraín. Como deseo intervenir a continuación, el Senador señor Gómez me reemplazará con la calidad de Presidente accidental, si no hay objeciones. Acordado. El señor LARRAÍN.- Me alegro de que presida la nueva Izquierda, cuya característica principal es que gobierna con ideas muy antiguas. Son las ironías de la vida... El señor PIZARRO.- ¡Esa es una ofensa...! El señor LARRAÍN.- No, Su Señoría. Es la constatación de un hecho. Señor Presidente, me parece que hemos mantenido una discusión muy interesante, pero que quizás, por la dinámica del tema educacional entre nosotros, ha ido más allá de lo que el proyecto propone. En primer lugar, este último tiende a incrementar la subvención para el primero y el segundo niveles de transición de la educación parvularia. Es una muy buena finalidad. En seguida, se apunta a subir la subvención escolar preferencial y de concentración por alumnos prioritarios. Nadie puede cuestionar que es otro propósito positivo. La primera fue creada durante los Gobiernos de la Concertación. Además, se continuará elevando la subvención general y se avanzará en la meta de duplicar la subvención, lo que fue un planteamiento de la campaña del actual Presidente de la República. Para este efecto se consideran ocho años. Finalmente, se busca que los posibles aumentos de subvención que sugiera el Ejecutivo en el futuro se funden en estudios de la realidad y en recomendaciones del Consejo Nacional de Educación. Todos estos objetivos se lograrán con un incremento de 18,5 por ciento real en la subvención para prekínder y kínder. Si se suma el 1,5 por ciento establecido por la ley sobre calidad y equidad de la educación, se llegará a cerca de un 20 por ciento real en lo que va del actual Gobierno, lo que beneficiará a 305 mil educandos. El alza en la subvención escolar preferencial para los alumnos prioritarios favorecerá al 40 por ciento más vulnerable y en 2012, por primera vez, a quienes cursan octavo año básico, lo que permitirá alcanzar a una cantidad de 900 mil estudiantes atendidos por esta vía. En lo fundamental, se elevará en un 50 por ciento la subvención de quinto y sexto básicos, lo que igualará a la de los alumnos de prekínder a cuarto básico, y se duplicarán los aportes que se destinan desde séptimo básico a cuarto medio. Quedarán, en consecuencia, dos niveles: uno

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desde prekínder a sexto básico, y otro, desde séptimo básico a cuarto medio y que alcanza dos tercios del anterior. Por último, se anticipará la entrada en vigencia de la educación media al régimen de la subvención escolar preferencial, lo que permitirá a los actuales educandos de octavo básico contar con aportes en el año 2013. Estos son los propósitos concretos y específicos que se persiguen. Evaluada la iniciativa en su mérito, me parece que son pasos positivos, en especial en lo que significa un compromiso de aportar 300 millones de dólares a los niveles preescolar, básico y medio. Lo anterior, fundamentalmente, en lo más grueso, en la subvención para alumnos vulnerables, por intermedio de la subvención preferencial. Ahora, ¿es esto todo lo que requiere nuestra educación? Por cierto que no. ¿Es esto todo lo que necesitan nuestros alumnos vulnerables para poder mejorar su acceso a ella? Tampoco. ¿Esto resuelve lo que está ocurriendo en el ámbito preescolar? Desde luego, la respuesta es negativa. Falta mucho por avanzar. Pero no por eso podemos desacreditar lo que se está realizando. Más bien, el debate debiera exhibir el sentido positivo de concluir: “Si realmente hemos asumido un compromiso y queremos adelantar más rápido, hagamos un esfuerzo extra”. En lo personal, he sido de aquellos que creen que para lograr lo anterior no son suficientes los recursos ordinarios que obtiene el país por su crecimiento económico. Y no soy partidario de las reformas tributarias como concepto, en general, porque si las dificultades se resolvieran simplemente con el aumento de los impuestos, los problemas del mundo se habrían resuelto hace rato. Es preciso subirlos con criterio, con sensatez, para no afectar la economía ni el empleo. Pero, si se actúa con prudencia, es posible un afán adicional en materias tributarias que beneficie a la educación. Y creo que quizás puede no representar cinco mil millones de dólares, porque eso sería duro para nuestra actividad económica y la inversión, mas sí una cifra cercana a la mitad y muy superior a la que está planteando el Ejecutivo con su reforma, el que está realizando un buen esfuerzo, pero insuficiente, a mi juicio, para lo que queremos. En consecuencia, separaría el debate. Por una parte, tenemos aquí un proyecto que va avanzando a un cierto ritmo y que, en lo sustantivo, se halla bien orientado, bien focalizado. Pero, desde el punto de vista de los montos que se están asignando, nos parece que eso no basta, al final, si queremos superar con rapidez los problemas de desigualdad social. En efecto, el principal instrumento de quiebre en la materia son precisamente los cambios en la educación, desde la cuna hasta la sepultura: debe ser universal, de calidad, con todos los soportes de subsidio para los sectores de menores ingresos. Siempre hemos pensado que los tres quintiles más bajos lo requerirán así durante mucho tiempo, en tanto que los otros podrán buscar

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otros mecanismos para mejorar la calidad. Sobre esa base será posible acelerar un proceso que Chile necesita, primero, por razones de mayor igualdad social, y segundo -pero ello no es menor-, porque el futuro pasa por gente bien educada. Si el país quiere enfrentar niveles de competitividad en lo económico, si desea contar con armonía social y estabilidad política, necesita una inversión mayor en educación. Y por eso es preciso el esfuerzo adicional. Junto con aprovechar para manifestar, entonces, que estamos dando pasos en tal dirección, insisto, de una manera positiva, en que intentemos realmente llegar ojalá a un acuerdo acerca de lo que tenemos que hacer en estas materias y proveamos de recursos para el cumplimiento de esos objetivos. Mas no por ello desacreditemos los pasos que se van dando en forma correcta, sobre todo si la inversión respectiva potenciará la educación en sectores que lo requieren. La plata no se está botando: se está ocupando en quienes de verdad lo necesitan más. En virtud de las consideraciones anteriores, señor Presidente, voy a apoyar la iniciativa, sin dejar de recordar la conveniencia de un esfuerzo adicional en educación -repito- y de llevarlo a cabo con recursos frescos que permitan acelerar la reducción de la brecha social, objetivo que se logra solo por la vía de una modificación sustantiva en ese sector. Lo uno no quita lo otro. Pero lo procedente es pensar en ello en términos positivos y no en el tono negativo que he estado percibiendo en las intervenciones. )-----------------( El señor LARRAÍN.- Antes de concluir, deseo consignar que el Presidente de la Comisión de Agricultura, mi Honorable colega Coloma, quien me acompaña, me ha pedido que le solicite a la Mesa recabar la autorización para que dicho órgano técnico pueda funcionar en paralelo con la Sala a fin de ocuparse en un proyecto que es realmente de la mayor importancia para el sector de su especialidad, como lo es el que regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios. El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- ¿Habría acuerdo para tal efecto? No lo hay. )-------------------( El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Escalona. El señor ESCALONA.- Señor Presidente, no podría votar en contra de un proyecto que mejora, tal como lo ha expuesto el Senador señor Hernán Larraín, la ley sobre subvención escolar preferencial, dictada durante el Gobierno de la Presidenta Bachelet y que costó mucho tiempo aprobar.

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Comienzo con esta idea porque, como ya nos conocemos tanto y llevamos muchos años de trabajo parlamentario, creo que no tiene ningún valor el demonizarnos unos a otros. Respecto de ese beneficio, nuestros colegas hoy de Gobierno mantuvieron una posición contraria durante bastante tiempo. Fueron varios los años en que no tuvimos la posibilidad de contar con la mayoría de votos suficientes para aprobar la idea de legislar, a la cual se le encontraban múltiples defectos. Y, en definitiva, lo que se rechazaba era la necesidad de focalizar mayores recursos fiscales en los más débiles, los más desprotegidos, los que necesitan la protección del Estado para poder salir adelante. Me alegro sinceramente de que en el seno de las fuerzas de la Alianza por Chile se modificara ese criterio. Ahora bien, uno de los oradores que me antecedieron en el uso de la palabra sostuvo que esta es una reforma estructural. En verdad, no es así. Considero que se requiere ser sumamente preciso en ello: se apunta a mejorar las debilidades del sistema educacional, con su actual estructura. Por lo tanto, encuentro por entero legítimo, de parte de los parlamentarios que hoy nos encontramos en la Oposición, manifestar nuestro reparo a tal idea. Estoy del todo convencido de que aquello que ha entrado definitivamente en agotamiento es la estructura municipal de organización del sistema educacional. Y, en ese sentido, resulta evidente que es algo que no se aborda. Lo que ha ocurrido con la subvención escolar, en general, y la escolar preferencial, en particular -eso se encuentra en un informe de la Contraloría General de la República relativo a que los municipios utilizan múltiples escapes para la utilización de estos recursos en fines que no son los de la educación-, viene a confirmar claramente que no podemos recurrir a un sistema atomizado y fragmentado en 345 “ministerios de educación”, tantos como las municipalidades existentes. Este no es solo nuestro punto de vista. Muchos estudiosos comparten el mismo criterio. No existe una columna vertebral que le proporcione organización a la actual estructura. En consecuencia, los esfuerzos tienden a dispersarse y diluirse en 345 impulsos diferentes, los cuales deberían encontrarse articulados de manera descentralizada, pero con una orientación matriz que le diera un sentido de finalidad a la acción del sistema de enseñanza. Lo entiendo: no se han creado las condiciones políticas para enfrentar el cambio de fondo. Y lamento, sinceramente, que mi esfuerzo para impulsar un diálogo en relación con asuntos de alcance nacional no surtiera efecto y fuese desechado. Porque -seamos claros- acá, en el Congreso, ninguna de las fuerzas existentes cuenta con los quórums necesarios para entrar efectivamente en un cambio estructural. Tal cantidad de votos no la tuvo la Concertación y no la tiene hoy la Alianza por Chile. De hecho, la subvención educacional preferencial debió esperar a un acuerdo político para ser aprobada. Entonces, ¿para qué nos engañamos? Si no media la preeminencia suficiente para imponer la voluntad al otro bloque.

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De hecho, advierto que los problemas de conducción política se están agravando. En este momento, el proyecto sobre el ingreso mínimo carece de propuesta. La Cámara de Diputados lo rechazó en general y el Senado tuvo que habilitarlo para que regresara a la otra rama del Congreso, la cual, hoy en la tarde, ha desechado el artículo que establece la cantidad de 193 mil pesos. O sea, la iniciativa volverá a esta Corporación y sobre nosotros va a recaer el cien por ciento de la responsabilidad. Deseo manifestarle al Ejecutivo por su intermedio, señor Presidente, dado que se encuentra en la Sala el Ministro señor Larroulet, que se dé un tiempo, que piense más en lo que está haciendo. Un colega de las filas oficialistas me consultó por qué no se da cuenta del oficio que llegó de la Cámara de Diputados, para acelerar el trámite. Quisiera sugerirles a los Senadores de esas bancadas que no se apresuraran; que meditasen en lo que está ocurriendo. La cuestión va más allá del juego entre Gobierno y Oposición. No dejen caer sobre el Senado el cien por ciento de la responsabilidad sin antes considerar lo que harán. Les ruego no forzar el trámite del proyecto sobre el ingreso mínimo ahora que se cayó en particular en la otra rama del Congreso. Una coalición de Gobierno responsable se daría un espacio de tiempo. Porque está claro que los 193 mil pesos no dan el ancho. Entonces, la ecuación resulta bastante simple: “Como la iniciativa exclusiva le corresponde al Presidente de la República, si no me aprueban la cantidad pueden rechazarla, para que se quede en cero”. De ese modo, se puede seguir desgastando el sistema político y continuar con un ejercicio de “suma cero” en el que el Gobierno y la Oposición se desgastan y los problemas del país no se solucionan. Observo que jugar al equilibrio al borde del abismo, a que “o me aceptan lo que impongo, por ser mía la iniciativa exclusiva, o no hay ley”, está conduciendo al sistema político a una situación francamente delicada. ¡Estimados amigos, esta es una práctica catastrófica! Por su intermedio, señor Presidente, le solicito sinceramente al Ministro señor Larroulet, en la presente sesión pública, que el Ejecutivo formule una nueva proposición. ¡No le impongamos al Congreso Nacional un resultado de “suma cero”, en el que todos pierden y, al final, el sistema democrático se corroe! Esta no es la controversia del Ejecutivo con el señor Carlos Larraín, Presidente de Renovación Nacional, sino el problema de que en el Congreso no hay votos suficientes para aprobar la cantidad de 193 mil pesos. Entonces, en una posición de realismo mínimo, le pido al Ejecutivo que se dé el tiempo necesario para realizar las consultas de rigor y encontrar la posibilidad de un acuerdo. De lo contrario, todos pierden. Insisto en mi idea inicial, señor Presidente: no podemos rechazar un proyecto que otorga mayores recursos para educación. Pero ello no constituye un cambio estructural. La mayor parte de estos dineros se fugan hacia las ceremonias de aniversario de los municipios, hacia la

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contratación de personas que no se justifica, hacia el encubrimiento de funcionarios de otras dependencias municipales a los que se los presenta como si trabajaran en educación. En definitiva, son más recursos para un sistema estructuralmente agotado. Porque la municipalización es lo que ha conducido a la crisis profunda que hoy día vivimos en la educación en nuestro país. Y los vuelvo a invitar al diálogo, con el propósito de que podamos encontrar alternativas que sí cuenten con la mayoría necesaria para hacer los cambios estructurales que están pendientes. He dicho. El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto? El señor GÓMEZ (Presidente accidental).- Terminada la votación. --Se aprueba en general el proyecto (23 votos a favor, 7 abstenciones y 1 pareo), y se fija plazo para presentar indicaciones hasta el 2 de agosto, a las 12. Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Pérez (doña Lily) y Rincón y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, García, García-Huidobro, Kuschel, Larraín (don Hernán), Muñoz Aburto, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Sabag, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés). Se abstuvieron los señores Girardi, Gómez, Lagos, Letelier, Quintana, Rossi y Tuma. No votó, por estar pareada, la señora Von Baer.

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BOLETÍN INDICACIONES

2.4. Boletín de Indicaciones Senado, 02 de agosto, 2012. Indicaciones de Parlamentarios. BOLETÍN Nº 8.070-04 INDICACIONES 02.08.12 INDICACIONES FORMULADAS DURANTE LA DISCUSIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES.

ARTÍCULO 2°.- Número 1) Letra a)

1.- De los Honorables Senadores señores Lagos y Walker, don Ignacio, para sustituir los guarismos relativos al valor unitario mensual de la subvención por alumno, de la educación especial diferencial y de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), por los siguientes:

Educación Especial Diferencial

6,02036 0,59727 6,61763

Necesidades Educativas Especiales de carácter Transitorio

5,15598 0,59727 5,75325

ARTÍCULO 3°.- 2.- De los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Coloma, García-Huidobro, Orpis y Uriarte, para suprimirlo.

ARTÍCULO 4°.- 3.- De los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Coloma, García-Huidobro, Orpis y Pérez Varela, para eliminarlo.

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BOLETÍN INDICACIONES

ARTÍCULO 5°.- 4.- De los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Coloma, García-Huidobro, Orpis y Pérez Varela, para suprimirlo.

o o o o o 5.- De los Honorables Senadores señores Lagos y Walker, don Ignacio, para consultar un artículo 6°, nuevo, del siguiente tenor: “Artículo 6º.- Para el solo efecto del cálculo del fraccionamiento a que se refiere el artículo 83 del decreto supremo N° 170, del Ministerio de Educación, del año 2010, se considerará el valor de la subvención regular sin el incremento que contempla la presente ley.”.

o o o o o 6.- De los Honorables Senadores señores Lagos y Walker, don Ignacio, para incorporar como artículos 7° y 8°, nuevos, los siguientes: “Artículo 7º.- Durante 2012, el Ministerio de Educación deberá encargar a expertos independientes la realización de un estudio respecto de los costos que implica a los establecimientos educacionales cumplir la normativa en materia de Educación Especial Diferencial y de Necesidades Educativas Especiales de Carácter Transitorio, en especial, respecto de la normativa que regula a los programas de integración escolar. El estudio deberá considerar características de los establecimientos tales como su tamaño en términos de matrícula y su ubicación geográfica, entre otros. Los resultados del estudio deberán ser públicos e informados a las Comisiones de Educación del Senado y de la Cámara de Diputados. Un estudio de similares características deberá ser encargado con una periodicidad no inferior a 2 años. Artículo 8º.- En función de los resultados del estudio a que se refiere el artículo anterior, el Ministerio de Educación deberá ajustar el título V que corresponde a fraccionamiento del Decreto N° 170 reemplazando el concepto de fraccionamiento por el de subsidio para integración educativa. Dicho ajuste deberá implementarse en un plazo no superior a seis meses una vez entregado el estudio señalado en el artículo anterior.”.

o o o o o

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BOLETÍN INDICACIONES

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

o o o o o 7.- De los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Coloma, García-Huidobro, Orpis y Uriarte, para agregar un artículo cuarto transitorio, nuevo, del tenor que se indica: “Artículo cuarto.- Los aumentos de subvenciones dispuestos en la presente ley no disminuirán el monto efectivo que se entrega a los establecimientos acogidos a los Programas de Integración Escolar.”.

o o o o o

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

2.5. Segundo Informe de Comisión de Educación Senado. Fecha 13 de agosto, 2012. Cuenta en Sesión 43. Legislatura 360. SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que aumenta las subvenciones del Estado en los establecimientos educacionales. BOLETÍN Nº 8.070-04 HONORABLE SENADO:

La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología tiene el honor de emitir su segundo informe acerca del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, con urgencia calificada de “suma”.

A la sesión que celebró la Comisión asistieron los siguientes invitados:

Del Ministerio de Educación: el Ministro, señor Harald

Beyer; el Asesor, señor Raúl Figueroa y el Periodista, señor Sebastián Encinas. Del Ministerio Secretaria General de la Presidencia:

los Asesores, señora Constanza Castillo y señor Omar Pinto. De la Dirección de Presupuesto DIPRES: el Abogado,

señor Patricio Espinoza. De la Secretaría Ejecutiva Programa Legislativo,

CIEPLAN: la Asesora, señora Macarena Lobos. De Educación 2020: la Asesora Legislativa, señora

Patricia Schaulsohn. De la Biblioteca del Congreso Nacional: el Analista,

señor Luis Castro. Del Instituto Igualdad: el Asesor Jurídico, señor

Nicolás Guzmán. De la Oficina de la Honorable Senadora señora Von

Baer: la Asesora, señora Constanza Hube.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

De la Oficina del Honorable Senador Quintana: el Asesor, señor Alberto Espinoza.

De la Oficina del Honorable Senador Escalona: el

Asesor, señor Felipe Barnachea. Del Diario El Mercurio: la Periodista, señora Alejandra

Muñoz. Cabe hacer presente que el proyecto debe ser

considerado, además, por la Comisión de Hacienda, según el trámite dispuesto por la Sala del Senado.

- - -

Cabe consignar que la Fundación Descúbreme, la Vicaría para la Educación del Arzobispado de Santiago, el Centro de Políticas Comparadas de Educación de la Universidad Diego Portales, el Centro de Desarrollo de Tecnologías para la Inclusión de la Universidad Católica, el Colegio Institución Teresiana, el Movimiento Ciudadano Educación 2020, la Fundación Asperger Chile y la Fundación Mis Talentos hicieron llegar a la Comisión una minuta con las observaciones de esas entidades respecto del proyecto de ley en estudio. Dichos documentos fueron debidamente considerados por los miembros de la Comisión y se contienen en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

- - -

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento del Senado, se deja constancia de lo siguiente:

1.- Artículos que no fueron objeto de indicaciones ni

modificaciones: artículo 1° y artículos primero, segundo y tercero transitorios. 2.-Indicaciones aprobadas sin modificaciones:

número 2. 3.-Indicaciones aprobadas con modificaciones:

números 3, 5 y 7. 4.-Indicaciones rechazadas: número 4. 5.-Indicaciones retiradas: ninguna.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

6.-Indicaciones declaradas inadmisibles: números 1 y 6. DISCUSIÓN EN PARTICULAR

A continuación se efectúa una transcripción o descripción, según el caso, de los artículos del proyecto sobre los que recayeron indicaciones, en los términos en que fueron aprobados en general por el Senado, las indicaciones formuladas a dichos preceptos, la discusión surgida con ocasión de ellas y los acuerdos adoptados. Artículo 2º

La letra a) del numeral 1 del artículo 2 del proyecto de ley en estudio busca introducir ciertas modificaciones al decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales. Concretamente, apunta a aumentar el valor unitario mensual de la subvención por alumno para cada nivel y modalidad de la enseñanza, expresado en unidad de subvención educacional (U.S.E.) en los términos siguientes:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 9° (incluye incrementos fijados por leyes Nos. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. por aplicación del factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación Parvularia (1° Nivel de Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación Parvularia (2° Nivel Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación General Básica (1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6°)

1,81401 0,17997 1,99398

Educación General Básica (7° y 8°)

1,96884 0,19546 2,16430

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

Educación Especial Diferencial

5,79658 0,59727 6,39385

Necesidades Edu-cativas Especiales de carácter Transitorio

4,96143 0,59727 5,5587

Educación Media Humanístico-Científica

2,19850 0,21818 2,41668

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

3,25842 0,32402 3,58244

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

2,54190 0,25252 2,79442

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

2,27993 0,22634 2,50627

Educación Básica de Adultos (Primer Nivel)

1,29547 0,13317 1,42864

Educación Básica de Adultos (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,71879 0,13317 1,85196

Educación Básica de Adultos con oficios (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,93046 0,13317 2,06363

Educación Media Humanístico-Científica de adultos (Primer Nivel y Segundo Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Primer Nivel)

2,36078 0,18363 2,54441

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,89313 0,18363 3,07676

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Primer Nivel)

2,1371 0,18363 2,32073

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,22211 0,18363 2,40574

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Comercial y Técnica (Primer Nivel, Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

Sobre este artículo recayó la indicación número 1,

de los Honorables Senadores señores Lagos y Walker, don Ignacio, para sustituir los guarismos relativos al valor unitario mensual de la subvención por alumno, de la educación especial diferencial y de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio, aumentándolos. El objetivo de la aludida indicación es evitar posibles disminuciones de los aportes para las Necesidades Educativas Especiales de los niños. Los nuevos valores propuestos por la indicación se contienen en el siguiente cuadro:

Educación Especial Diferencial

6,02036 0,59727 6,61763

Necesidades Educativas Especiales de carácter Transitorio

5,15598 0,59727 5,75325

- El señor Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Cantero, en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 de la LOC del Congreso Nacional, declaró inadmisible la indicación ya que ella incide en la administración presupuestaria y financiera del Estado, materia que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del

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artículo 65 de la Constitución Política de la República, corresponde a la iniciativa legal exclusiva del Presidente de la República. Artículo 3º

Esta disposición fue incorporada al proyecto de ley durante su discusión en la Honorable Cámara de Diputados9 y ella pretende incorporar la obligación que los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado y los establecimientos de educación técnico profesional traspasados en administración de acuerdo al decreto ley N° 3.166, de 1980, informen al Ministerio de Educación, a más tardar el último día del mes de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajustes de remuneraciones que reciban cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento y que dicha cartera, a su vez, envíe la referida información a las Comisiones de Hacienda de ambas Cámaras de manera que tanto el Ministerio como el Congreso Nacional tengan control sobre los dineros entregados.

Esta disposición fue objeto de la indicación número

2, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Coloma, García-Huidobro, Orpis y Uriarte, a fin de suprimir del futuro texto legal la obligación mencionada.

En relación con esta indicación, el señor Ministro de Educación hizo ver que de conformidad a la nueva arquitectura vigente para la educación escolar, la obligación contenida en el artículo 3° del texto aprobado en general es de competencia de la Superintendencia de Educación Escolar. En efecto, explicó que la ley N° 20.529, sobre Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización establece, en los artículos 54 y siguientes, que los sostenedores de establecimientos educacionales subvencionados o que reciban aportes del Estado deberán rendir cuenta del uso de todos recursos. Agregó que la incorporación de esta función significaría desconocer la institucionalidad que se ha creado, estableciendo una duplicidad normativa que no tiene sentido.

Por su lado, el Honorable Senador señor Escalona recordó que el artículo en estudio tuvo su origen en una indicación presentada en la Cámara de Diputados que buscaba asegurar que la información relativa al uso de los recursos llegara a conocimiento del Ministerio de Educación y del Congreso Nacional. Por ello, agregó, una norma de esta naturaleza es de vital importancia, especialmente en consideración a la existencia de ciertos hechos que se han divulgado recientemente, como, y aunque corresponde a la

9 La referida indicación fue presentada por los Honorables Diputados señores Auth, Jaramillo, Marinovic,

Montes y Ortiz.

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educación superior, lo sucedido en la Universidad del Mar. A mayor abundamiento, recalcó que el precepto en estudio se limita a imponer la obligación de informar a la cartera aludida, sin crear una nueva función para el organismo público. Además, destacó que el objetivo final es que, informado el referido Ministerio, éste informe, a su vez, al Parlamento, de manera de evitar abusos en el uso de los recursos. En consecuencia, dijo compartir absolutamente el tenor del artículo y desestimar la indicación en estudio.

El Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, en tanto, dejó constancia que si bien compartía los argumentos manifestados por el Honorable Senador señor Escalona, no debía desconocerse la existencia de regulación legislativa para la obligación exigida a los sostenedores y el rol que en esta materia corresponde a la Superintendencia de Educación Escolar, y, por lo tanto, no ser necesario, desde el punto de vista de la técnica legislativa, la reiteración normativa en este proyecto de ley.

La Honorable Senadora señora Von Baer, por su

parte, estimó importante respetar la institucionalidad creada por medio de la ley N° 20.529. Aseguró que el respecto a ella la transformará en acreedora de la legitimidad necesaria para cumplir sus funciones. Por último, insistió en que, en esta nueva institucionalidad, la información relativa al uso de los recursos la recaba la Superintendencia de Educación Escolar y no el Ministerio del ramo. - Puesta en votación la indicación número 2 esta fue aprobada por cuatro votos a favor, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Cantero, Quintana y Walker, don Ignacio, y uno en contra, del Honorable Senador señor Escalona. Artículo 4º

El artículo 4° de la propuesta de ley aprobada en general busca asegurar que los posibles aumentos de subvención que sugiera el Ejecutivo en el futuro se funden en estudios de la realidad y recomendaciones del Consejo Nacional de Educación10. Su tenor literal reza de la siguiente manera:

“Artículo 4°.- El Ministerio de Educación

conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo.

10 La referida indicación fue también presentada por los Honorables Diputados señores Auth, Jaramillo,

Marinovic, Montes y Ortiz.

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El Ministerio de Educación deberá someter el estudio

a que se refiere el inciso anterior a la consideración del Consejo Nacional de Educación quien emitirá, dentro del plazo de 45 días contado desde el requerimiento, un informe que contenga recomendaciones respecto de la pertinencia y oportunidad de posibles incrementos en el valor de las distintas subvenciones escolares de la educación regular.

Los aumentos de subvención que proponga el

Ejecutivo al Parlamento deberán fundarse en los resultados del estudio y en las recomendaciones del informe a que se refieren los incisos anteriores. En caso de que los aumentos de subvenciones no recojan los resultados y, o recomendaciones se deberá justificar fundadamente dicha decisión.

A fin de garantizar que los estudios a que se refiere el

inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para efectos de los mismos deberán otorgar toda la información necesaria que sea requerida.

En caso de incumplir la obligación señalada en el

inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a las sanciones previstas en la ley N° 20.529 para el caso de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación.

La Superintendencia de Educación brindará el apoyo

necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información recabada con ocasión de los levantamientos efectuados.

Los estudios y el informe realizados de conformidad a

este artículo deberán estar disponibles en la web del Ministerio de Educación y remitirse a la Comisión de Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al inicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión.”

En relación con este precepto, se presentó la indicación número 3, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Coloma, García-Huidobro, Orpis y Pérez Varela, que propone suprimir esta disposición.

El Honorable Senador señor Walker, don Ignacio expresó su opinión contraria a la indicación, puesto que el artículo en el cual recae forma parte de la esencia del sistema educacional que se pretende configurar en nuestro país. Sentenció que los estudios de expertos independientes permitirán determinar el valor de la subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación

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regular. Remarcó que la determinación del monto al que debieran aspirar las subvenciones ha sido un tema ampliamente discutido en los últimos años en el Congreso Nacional y su análisis permitirá determinar con precisión la cantidad de recursos que se requieren para educar a un niño en nuestro país. Asimismo, destacó que el estudio en comento será un importante insumo para el Ministerio de Educación.

En sintonía con lo anterior, estimó trascendental el que la cartera referida pudiera contar con un estudio de tales características cada dos años, cuestión que, por lo demás, hizo ver, facilitará la labor del Ministerio.

Por otro lado, puso de relieve que el precepto

aludido, al imponer la obligación que los estudios y el informe realizado estén disponibles en la página web del Ministerio de Educación, dota de transparencia al sistema al poner a disposición de todos los chilenos los datos tenidos a la vista para determinar el monto de las subvenciones.

Por su parte, el señor Ministro de Educación,

enfatizó, en primer término, que el artículo en comento adolece de inconstitucionalidad, conforme lo dispone el inciso tercero del artículo 65 de la Constitución Política de la República, ya que impone un gasto para el Ejecutivo al obligarlo a encargar un estudio de esas características, lo que afecta la administración financiera del Estado.

Por otra parte, subrayó que involucra al Consejo

Nacional de Educación en la revisión del estudio, en circunstancia que la ley no entrega facultades al referido Consejo para este propósito. Además, apuntó que el texto propuesto obliga a que los aumentos de subvenciones que en futuro se propongan se funden en los estudios aludidos, es decir, limita la libertad tanto del Ejecutivo como del Congreso Nacional para tener una discusión respecto al monto de las subvenciones. Por los argumentos legales y prácticos reseñados, sugirió aprobar la indicación que permite la supresión del artículo 4° del proyecto de ley en informe.

La Honorable Senadora señora Von Baer, del

mismo modo, hizo presente que la aprobación del artículo en los términos propuestos por la Honorable Cámara de Diputados limitará en sus potestades tanto al Ejecutivo como al Congreso Nacional para proponer políticas públicas respecto a las subvenciones escolares, cuestión de especial importancia si se tiene en consideración la diversidad presente en el mundo de la educación.

Puntualizó que si bien compartía con el Honorable

Senador señor Walker, don Ignacio, la necesidad de contar con estudios de expertos respecto a la materia, y que ellos se discutan y transparenten, aseguró que se involucran en el texto legal distintas entidades del Estado,

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imponiéndoles cargas y gastos para este último, lo que hace, además, que la norma aprobada en general sea inadmisible.

Por su parte, el Honorable Senador señor

Escalona consideró que el precepto en estudio era inadmisible, puesto que influye en la administración financiera del Estado, por un lado, y, por otro, impone funciones para organismos del Estado, materias que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 65 de la Carta Fundamental, son de iniciativa exclusiva del Presidente de la República. Con todo, hizo ver que el precepto fue aprobado por la Cámara de Diputados y que el Presidente de la Comisión de esta Cámara carece de la facultad para declararlo inadmisible y, en consecuencia, sólo quedaría el pronunciamiento del Tribunal Constitucional.

A mayor abundamiento, dijo llamarle la atención que el Ejecutivo no hubiera hecho presente esa inadmisibilidad en el primer trámite constitucional del proyecto.

En la misma argumental del Honorable Senador señor

Walker, don Ignacio, el Honorable Senador señor Quintana destacó la conveniencia de que los aumentos de las subvenciones escolares que proponga el Ejecutivo se funden en estudios de la realidad llevados a cabo por expertos independientes, puesto que, recalcó, los incrementos aludidos no pueden quedar entregados a la mera discrecionalidad del Gobierno de turno. Añadió que es razonable que el Ejecutivo explique cada vez que proponga aumentar los recursos para las subvenciones qué justifica tales decisiones. Sin embargo, estimó que la redacción de la norma debiera perfeccionarse de manera que los estudios sean informativos, y no vinculantes para el Ejecutivo.

El Honorable Senador señor Walker, don Ignacio

puntualizó que el Ejecutivo no manifestó la inconstitucionalidad del precepto en tiempo y forma y que nada puede hacer esta Comisión al respecto.

Insistiendo en su planteamiento anterior, recalcó la trascendencia de que el aumento de la subvenciones consideren estudios que determinen y justifiquen los valores que se propongan en cada caso. No obstante ello, reconoció la necesidad de dotar de cierta libertad al Ejecutivo, desde el punto de vista financiero, para poder determinar los aumentos que se consideren, por lo que fue partidario de disminuir el nivel de exigencia contemplado en la indicación, de manera de disponer que dichos estudios sean uno de los tantos elementos que el Ministerio tenga a la vista a la hora de proponer modificaciones, y, por lo tanto, enmendar la redacción de la norma en estudio de forma tal de evitar que sea vinculante.

Continuando con el desarrollo de su planteamiento, propuso sustituir la redacción actual del inciso tercero del artículo 4° por el siguiente:

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“Los aumentos de subvención que proponga el

Ejecutivo al Congreso Nacional deberán considerar, entre otros, los resultados del estudio y las recomendaciones del informe a que se refieren los incisos anteriores. En caso de que los aumentos de subvenciones no recojan los resultados y, o recomendaciones se deberá justificar fundadamente dicha decisión.”

El Honorable Senador señor Cantero expresó su acuerdo con el precepto en discusión, ya que estimó pertinente que los aumentos de subvenciones se justifiquen en estudios realizados por expertos independientes. No obstante, aseguró no compartir el inciso segundo de la disposición, que involucra al Consejo Nacional de Educación, imponiéndole una nueva función, como tampoco el inciso tercero de la norma aludida, al hacer vinculante el referido estudio al aumento de la subvención que se proponga, ya que de esta manera impide la adecuada discusión que debe darse en esta materia entre los órganos colegisladores.

Habida consideración de lo dispuesto anteriormente,

propuso eliminar el inciso segundo y modificar el inciso tercero, que pasaría a ser el segundo, en los términos siguientes:

“Los aumentos de subvención que proponga el

Ejecutivo al Congreso Nacional deberán considerar, entre otros, los resultados del estudio a que se refiere el inciso anterior. En caso de que los aumentos de subvenciones no recojan los resultados del estudio se deberá justificar fundadamente dicha decisión.”

El señor Ministro de Educación planteó eliminar el

inciso segundo del artículo 4° al no contar el Consejo Nacional de Educación con competencias para desarrollar dichas funciones. Respecto del inciso tercero, propuso recoger la sugerencia del Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, pero con la siguiente modificación:

“Los aumentos de subvención que proponga el

Ejecutivo al Congreso Nacional deberán considerar, entre otros, los resultados del estudio a que se refiere el inciso anterior.“

- La Comisión estuvo conteste con la propuesta

formulada por el Ejecutivo, reproducida precedentemente, en el sentido de eliminar el inciso segundo del artículo 4° y considerar la redacción anteriormente transcrita para el inciso tercero, por lo que la indicación número 3 resultó aprobada, con las modificaciones consignadas, por la unanimidad de sus integrantes, Honorables Senadores señora Von Baer y señores Cantero, Escalona, Quintana y Walker, don Ignacio.

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Artículo 5º

El artículo 5° del proyecto aprobado en general, al igual que las normas contenidas en los dos artículos anteriores, surgió de una indicación aprobada en la Cámara de Diputados, de autoría de los Honorables Diputados señores Auth, Jaramillo, Lorenzini, Montes y Ortiz y busca que el monto máximo que los establecimientos particulares subvencionados puedan cobrar a título de financiamiento compartido se exprese utilizando como unidad monetaria el peso, y no en Unidad de Subvención Escolar, fijando su monto máximo en ochenta mil, a fin de congelar el monto máximo de los copagos.

Sobre este artículo recayó la indicación número 4, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Coloma, García-Huidobro, Orpis y Pérez Varela, que propone suprimir el aludido precepto.

El Honorable Senador señor Walker, don Ignacio explicó su opinión en orden a rechazar la indicación en análisis, de manera de mantener el precepto aprobado en general. Precisó que se ha podido observar en una parte significativa de la ciudadanía la legítima aspiración de que a medida que aumente la subvención o aporte estatal disminuya en forma proporcional el monto que a título de financiamiento compartido pueden cobrar los establecimientos, de manera de llegar en algún momento hasta su total extinción. Por lo tanto, consideró una buena medida consignar el monto máximo del financiamiento compartido en pesos y no en Unidad de Subvención Escolar, ya que cada vez que ella se incrementa crece, a la vez, el monto máximo que pueden cobrar los establecimientos particulares subvencionados a título de copago.

El señor Ministro de Educación, por su lado, reseñó que, durante la tramitación de la iniciativa de ley en la Cámara de Diputados, el Ejecutivo hizo presente que el precepto agregado era inadmisible. Sin embargo la opinión en la referida rama del Congreso fue la contraria.

Más allá de la discusión legal, comentó que, en la práctica, se puede advertir que el financiamiento compartido ha ido disminuyendo. En efecto, sostuvo que al aumentarse el monto de las subvenciones, el valor máximo que cobran los establecimientos educacionales a título de copago ha decrecido, en términos reales. Así, recordó que hasta hace cinco años atrás la subvención promedio alcanzaba a $ 41.000 y el monto máximo de financiamiento compartido a $72.000, mientras que hoy la subvención se ha incrementado hasta alcanzar a $83.000, considerando la subvención especial, y el monto máximo de financiamiento compartido sólo llega a $77.000, cifra que, en términos reales es menor a la existente en aquel tiempo. Por lo tanto, precisó, se ha producido una disminución en el último

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tiempo y añadió que a medida que las subvenciones sigan creciendo el copago perderá relevancia .

Por otro lado, puso de relieve que la existencia del

financiamiento compartido adquiere especial importancia tratándose de la clase media, la que al no poder acceder a la subvención escolar preferencial, logra incrementar los recursos para sus hijos para la educación a través de la herramienta citada. Añadió que si bien el Gobierno está consciente de que esta es una materia pendiente, para los grupos medios es la vía para allegar más recursos a la educación.

Profundizando la línea argumental del Ejecutivo, la

Honorable Senadora señora Von Baer dijo compartir la esperanza que a medida que aumente el monto de las subvenciones disminuyan los montos máximos que se cobren a título de financiamiento compartido, ya que permitirá alivianar la carga de las familias. Pese a ello, remarcó que el criticado instrumento es la vía para que la clase media inyecte más recursos a la educación de sus hijos. En consecuencia, dijo no compartir la propuesta de congelar estos montos. Además, acotó que los padres deben tener la libertad necesaria para aportar a la educación de sus hijos, que, finalmente, redundará en mejores estándares de calidad.

Por su parte, el Honorable Senador señor Cantero explicó que la familias están dispuestas a aportar en la educación de sus hijos, ya que se ven obligadas a asumir que el Estado no aporta los recursos que supone alcanzar el estándar de educación esperado. Agregó que la presencia de este instrumento ha sido ampliamente cuestionada y rechazada por gran parte del país. Asimismo, hizo notar que, en el escenario anterior, aquellas familias que no tienen la capacidad de aportar en la educación de sus hijos quedan condenadas a una educación de mala calidad.

Con todo, consideró que no era una adecuada técnica legislativa establecer valores nominales, y, por lo tanto, se inclinó por permitir que los valores puedan reajustarse.

Finalmente, sentenció que si bien las familias tienen el derecho de aportar en la educación de sus hijos, el Estado tiene la obligación ineludible e intransferible de dar a todos los chilenos, el financiamiento adecuado para la educación impartida, habida consideración que se esconde detrás de ella un bien público.

El Honorable Senador señor Quintana, en tanto, puso de manifiesto que si bien como técnica legislativa no pareciera adecuado fijar montos en términos nominales en un texto legal, fue esa la única vía que vio la Honorable Cámara de Diputados para poner límites al monto máximo que se cobra por financiamiento compartido. Subrayó que ese instrumento, a

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través del cual los padres colaboran en la educación de sus hijos, se ha transformado en el principal causante de la segregación que experimenta el sistema escolar del país. En este sentido, precisó que continuar con el criterio vigente implicará profundizar en esa lamentable consecuencia.

Añadió que el Estado debiera hacerse cargo de

financiar la totalidad de la educación para quienes pertenecen a la clase media de nuestro país y puntualizó que el financiamiento compartido, en términos generales, no contribuye a mejorar la calidad de la educación impartida, sino sólo profundiza la segregación de la educación escolar, cuestión que, aseguró, menoscaba la calidad de la educación.

Por último, insistió en que pese a no ser la fórmula

ideal, la redacción de la propuesta de ley es la vía para poner fin a la segregación y acabar con el sistema regresivo conocido.

Finalmente, el Honorable Senador señor Escalona señaló que desde su establecimiento, ha expresado su opinión totalmente contraria a la existencia del financiamiento compartido, puesto que es un mecanismo de segregación de la educación. Aseveró que el aporte que cada padre puede hacer se ve reflejado, en definitiva, en la calidad de la educación que su hijo recibe, lo que hace que, en definitiva, el nivel que se obtenga dependerá de la condición económica de la familia del alumno.

Por otro lado, puntualizó que la creación de este instrumento no ha sido más que la invención de un impuesto que queda encubierto bajo la denominación de financiamiento compartido, ya que supone cobrar un tributo a los pobres por la educación que reciben.

Asimismo, agregó que cambiando el guarismo de la ley se busca poner un límite al copago, cuestión que, por las razones expresadas anteriormente, comparte.

El Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, hizo notar que los datos proporcionados por el señor Ministro de Educación en orden a que el monto del financiamiento compartido en la práctica ha disminuido dado los aumentos de las subvenciones, no responden a la realidad de la circunscripción que representa, la que dista mucho de ser esa. Al respecto, comentó que en muchas comunas de la V Región el copago alcanza a $ 55.000 y, probablemente, siga aumentando, acercándose a los valores de la educación particular pagada. Añadió que, actualmente, no existe incentivo alguno para que en la medida que se aumenten las subvenciones disminuya el financiamiento compartido, aspiración que, por la vía de la propuesta de ley, se pretende alcanzar.

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Por otra parte, destacó que la creación del financiamiento compartido se justificó en su momento debido a los escasos montos que alcanzaba la subvención. Sin embargo, acotó que la realidad ha cambiado y, en ese contexto, nada justifica mantener un tope tan alto.

-Puesta en votación la indicación número 4 fue

rechaza por tres votos en contra, de los Honorables Senadores señores Escalona, Quintana y Walker, don Ignacio, uno a favor, de la Honorable Senadora señora Von Baer, y una abstención, del Honorable Senador señor Cantero. - - -

Enseguida, la Comisión discutió de manera conjunta las indicaciones números 5, de los Honorables Senadores señores Lagos y Walker, don Ignacio, y número 7, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Coloma, García-Huidobro, Orpis y Uriarte, por incidir en materias relacionadas.

La indicación número 5 consulta un artículo 6°, nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo 6º.- Para el solo efecto del cálculo del

fraccionamiento a que se refiere el artículo 83 del decreto supremo N° 170, del Ministerio de Educación, del año 2010, se considerará el valor de la subvención regular sin el incremento que contempla la presente ley.”. La indicación número 7, en tanto, agrega una disposición transitoria, nueva, al proyecto, conforme a la cual se dispone que los aumentos de subvenciones dispuestos en la presente ley no disminuirán el monto efectivo que se entrega a los establecimientos acogidos a los Programas de Integración Escolar.

El Honorable Senador señor Walker, don Ignacio, destacó la importancia de los temas que se pretenden regular con estas indicaciones. Recordó los planteamientos efectuados por muchos establecimientos y fundaciones dedicados a la formación de niños con necesidades educativas especiales en el sentido que el texto legal aprobado en general producirá un detrimento para este tipo de educación. Explicó que el aumento de las subvenciones propuesta acarrea una disminución de los recursos con los que contarán estos establecimientos para implementar programas de integración educativa, ya que ellos se financian con lo que la ley denomina “fraccionamiento” y equivale al diferencial entre la subvención especial y la general. De esta manera, prosiguió, al subir sólo la última, dicho diferencial disminuye incrementando con esto las barreras de entrada que deben sortear los establecimientos educacionales para ofrecer educación

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inclusiva. Ejemplificando la situación, aseveró que el monto en el caso de la educación parvularia caería un 7% y de primero a sexto básico un 2,1%.

En ese mismo orden de ideas, continuó, la indicación número 7 apunta a un aspecto similar ya que intenta dar solución al menoscabo que se producirá. Enfatizó, sin embargo, que el tema debe abordarse en los artículos permanentes del texto legal y no en los transitorios.

Por su lado, la Honorable Senadora señora Von Baer remarcó que la situación descrita ha sido materia de preocupación para diversas instituciones abocadas a la educación de niños con necesidades educativas especiales. Aseveró que producto del aumento de las subvenciones y según la fórmula establecida para financiar los programas de integración educativa, los recursos para ellos asignados disminuyen. A fin de subsanar el problema anterior, relató, se presentó la indicación número 7.

Con todo, y sin perjuicio de lo apuntado

precedentemente, puso de relieve que al parecer estas dos indicaciones implican mayores gastos para el Estado y, en consecuencia, debieran ser declaradas inadmisibles, conforme lo dispone el artículo 65 de la Carta Fundamental, por corresponder a materias de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República. En esa virtud, solicitó al Ejecutivo el patrocinio de la indicación a fin de dar solución a estas instituciones educacionales que integran niños con necesidades educativas especiales.

En tanto, el Honorable Senador señor Escalona

estimó que las indicaciones números 5 y 7 debieran ser declaradas inadmisibles, ya que suponen la alteración de la administración financiera del Estado, materias que, según lo establecido en el inciso tercero del artículo 65 de la Constitución Política de la República, son de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

El señor Ministro de Educación, en tanto, hizo

presente que, según la interpretación del Poder Ejecutivo, la iniciativa legal al aumentar las subvenciones no reduce los recursos que se asignaran a los estudiantes con necesidades educativas especiales. Comentó que la conclusión que obtienen las instituciones involucradas corresponde a una interpretación errónea del reglamento. A mayor abundamiento, aseguró que el espíritu del Gobierno no es reducir el monto de esos recursos, sino mantener los actuales.

Añadió que entre los años 2005 y 2009 el número de niños con necesidades educativas especiales creció a un 36% superando la cifra de 13% conocida hasta entonces.

En este mismo orden de ideas, insistió en que el

propósito del Ejecutivo es mantener esos valores y no reducirlos, pero tampoco

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aumentarlos. Con todo, remarcó que así como debiera dejarse claramente establecido que los programas de integración educativa no verán disminuidos sus recursos fruto del aumento de las subvenciones, tampoco los verán incrementados. En consecuencia, fue enfático en señalar que si bien el Ejecutivo quiere mantener los recursos para los aludidos programas, descarta la intención de aumentarlos. A mayor abundamiento, recalcó que una alternativa tal sería inadmisible, puesto que influye en la administración financiera o presupuestaria del Estado, materia que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 65 de la Carta Fundamental, es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

En ese sentido, puntualizó que si, a pesar de la explicación anterior, quisiera igualmente precisarse este aspecto en el texto legal, debiera preferirse la indicación número 7, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Coloma, García-Huidobro, Orpis y Uriarte, puesto que la indicación número 5 involucra al reglamento de la ley.

El Honorable Senador señor Cantero, en su calidad de Presidente de la Comisión, y conforme lo establece el artículo 25 de la LOC del Congreso Nacional, puntualizó que, según su parecer, las indicaciones números 5 y 7 no son inadmisibles, por lo que no efectuaría tal declaración.

El Honorable Senador señor Walker, don Ignacio señaló que, de conformidad a los cálculos que él dispone, los recursos con los que se financian los programas de integración escolar disminuyen producto del aumento de las subvenciones. En consecuencia, estimó conveniente dejar claramente establecido en el texto legal que ello no será así. Refiriéndose a la propuesta formulada por el señor Ministro de Educación, enfatizó que si bien el espíritu de la indicación número 7, es por todos compartido, debiera establecerse esa norma dentro de los artículos permanentes del texto legal.

El Honorable Senador señor Quintana puso de relieve que a lo que se aspira es a impedir que baje la subvención para los establecimientos que imparten programas de integración educativa.

Con todo, sentenció que lo que no puede ocurrir es que estos mayores recursos vayan, en definitiva, no a reales necesidades educativas especiales de los niños, sino al lucro de los establecimientos de educación escolar.

El Honorable Senador señor Cantero propuso alcanzar un texto de consenso que refunda las indicaciones número 5 y número 7, en donde quede de manifiesto que el monto de los recursos para los programas de integración escolar se mantendrá, no disminuyendo ni aumentando.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

En esa virtud, el Ejecutivo propuso la siguiente redacción para esta materia, consignando la norma como un artículo 5°, nuevo, de la iniciativa de ley: “Artículo 5°: La aplicación de la presente ley no significará aumento de la subvención de la educación especial diferencial y de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio. Sin perjuicio de lo anterior, para el solo efecto del cálculo del fraccionamiento destinado a financiar los programas aprobados de integración escolar se considerará el valor de la subvención regular vigente a agosto del año 2012.”.

El Honorable Senador señor Escalona, igualmente, insistió en su planteamiento, en el sentido que las indicaciones en discusión debieran ser declaradas inadmisibles por vulnerar lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 65 de la Carta Fundamental, razón por la cual se abstendría de votar a favor de ellas.

-Puestas en votación las indicaciones número 5 y 7, refundidas, con las modificaciones consignadas en la redacción precedentemente transcrita, fueron aprobadas por cuatro votos a favor, de los Honorables Senadores señora Von Baer y señores Cantero, Quintana y Walker, don Ignacio, y una abstención, del Honorable Senador señor Escalona.

- - -

Finalmente, la Comisión analizó la indicación número 6 de los Honorables Senadores señores Lagos y Walker, don Ignacio, que propone incorporar como artículos 7° y 8°, nuevos, los siguientes:

“Artículo 7º.- Durante 2012, el Ministerio de Educación deberá encargar a expertos independientes la realización de un estudio respecto de los costos que implica a los establecimientos educacionales cumplir la normativa en materia de Educación Especial Diferencial y de Necesidades Educativas Especiales de Carácter Transitorio, en especial, respecto de la normativa que regula a los programas de integración escolar. El estudio deberá considerar características de los establecimientos tales como su tamaño en términos de matrícula y su ubicación geográfica, entre otros. Los resultados del estudio deberán ser públicos e informados a las Comisiones de Educación del Senado y de la Cámara de Diputados. Un estudio de similares características deberá ser encargado con una periodicidad no inferior a 2 años.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

Artículo 8º.- En función de los resultados del estudio a que se refiere el artículo anterior, el Ministerio de Educación deberá ajustar el título V que corresponde a fraccionamiento del Decreto N° 170 reemplazando el concepto de fraccionamiento por el de subsidio para integración educativa. Dicho ajuste deberá implementarse en un plazo no superior a seis meses una vez entregado el estudio señalado en el artículo anterior.”. - El señor Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Cantero, en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 de la LOC del Congreso Nacional, declaró inadmisible la indicación ya que ella modifica la actuales funciones del Ministerio de Educación, materia que, de conformidad a lo dispuesto en el número 2 del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución Política de la República, corresponde a la iniciativa legal exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República. - - - MODIFICACIONES

En conformidad a los acuerdos adoptados, la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología tiene el honor de proponer las siguientes modificaciones al proyecto de ley aprobado en general por el Honorable Senado. Artículo 3º

Eliminarlo. (Mayoría 4x1. Indicación número 2) Artículo 4º

Pasa a ser artículo 3°, con la siguiente redacción: “Artículo 3°.- El Ministerio de Educación conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

Los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Congreso Nacional deberán considerar, entre otros, los resultados del estudio a que se refiere el inciso anterior. A fin de garantizar que los estudios a que se refiere el inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para efectos de los mismos deberán otorgar toda la información necesaria que sea requerida. En caso de incumplir la obligación señalada en el inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a las sanciones previstas en la ley N° 20.529 para el caso de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación. La Superintendencia de Educación brindará el apoyo necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información recabada con ocasión de los levantamientos efectuados. Los estudios y el informe realizados de conformidad a este artículo deberán estar disponibles en la web del Ministerio de Educación y remitirse a la Comisión de Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al inicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión.”. (Unanimidad 5x0. Indicación número 3) Artículo 5° Pasa a ser artículo 4°, sin modificaciones. - - - Consultar el siguiente artículo 5°, nuevo: “Artículo 5°: La aplicación de la presente ley no significará aumento de la subvención de la educación especial diferencial y de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio. Sin perjuicio de lo anterior, para el solo efecto del cálculo del fraccionamiento destinado a financiar los programas aprobados de integración escolar se considerará el valor de la subvención regular vigente a agosto del año 2012.”. (Mayoría 4x1 abstención. Indicaciones números 5 y 7).

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Disposiciones Transitorias Artículo segundo Reemplazar la expresión numérica “4°” por “3°”. (Unanimidad, artículo 121, inciso final, Reglamento del Senado) - - - TEXTO DEL PROYECTO: En virtud de las modificaciones aprobadas por vuestra Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, precedentemente transcritas, el texto del proyecto de ley queda como sigue: PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Modifícase la ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial de la siguiente forma:

Reemplázase el cuadro de Valor Subvención en

U.S.E., contenido en el artículo 14, por el siguiente:

Desde 1° nivel de transición hasta 4° año de la educación básica

5° y 6° año básico

7° y 8° año básico

Desde 1° hasta 4° año de enseñanza media

A: Establecimientos educacionales autónomos

1,694 1,694 1,129 1,129

B: Establecimientos educacionales emergentes

0,847 0,847 0,5645 0,5645

2) Reemplázase el cuadro del artículo 16, por el

siguiente:

”.

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Tramos según el porcentaje de alumnos prioritarios del Establecimiento Educacional

Desde el 1° nivel de transición hasta 4° año básico (U.S.E.)

5° y 6° año básico (U.S.E.)

7° y 8° año básico (U.S.E.)

Desde 1° año hasta 4° año de enseñanza media (U.S.E.)

60% o más 0,302 0,302 0,202 0,202 Entre 45% y menos de 60% 0,269 0,269 0,179 0,179 Entre 30% y menos de 45% 0,202 0,202 0,134 0,134 Entre 15% y menos de 30% 0,118 0,118 0,078

0,078

3) Reemplázase el inciso tercero del artículo 20 por el

siguiente: “Este aporte adicional será de 0,847 U.S.E. por los

alumnos que cursen desde el primer y segundo año de transición de la educación parvularia y hasta el 6º año de la educación general básica; de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen 7º y 8º año de la educación general básica; y de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el 1° hasta 4° año de enseñanza media.”.

4) Sustitúyese el artículo duodécimo transitorio por el

siguiente: “Artículo duodécimo.- Los niveles de 1° año de

enseñanza media a 4° año de enseñanza media se incorporarán gradualmente a la percepción de la subvención escolar preferencial, de la subvención por concentración de alumnos prioritarios y de los aportes adicionales establecidos en esta ley, a razón de un nivel por año, comenzando el año escolar 2013 con el 1° año de enseñanza media.”.

Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales:

1) Modifícase el artículo 9°, en el siguiente sentido: a) Sustitúyese el inciso primero, por el siguiente: "Artículo 9°.- El valor unitario mensual de la

subvención por alumno para cada nivel y modalidad de la enseñanza, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), corresponderá al siguiente:

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Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 9° (incluye incrementos fijados por leyes Nos. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. por aplicación del factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación Parvularia (1° Nivel de Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación Parvularia (2° Nivel Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación General Básica (1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6°)

1,81401 0,17997 1,99398

Educación General Básica (7° y 8°)

1,96884 0,19546 2,16430

Educación Especial Diferencial

5,79658 0,59727 6,39385

Necesidades Edu-cativas Especiales de carácter Transitorio

4,96143 0,59727 5,5587

Educación Media Humanístico-Científica

2,19850 0,21818 2,41668

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

3,25842 0,32402 3,58244

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

2,54190 0,25252 2,79442

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

2,27993 0,22634 2,50627

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

Educación Básica de Adultos (Primer Nivel)

1,29547 0,13317 1,42864

Educación Básica de Adultos (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,71879 0,13317 1,85196

Educación Básica de Adultos con oficios (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,93046 0,13317 2,06363

Educación Media Humanístico-Científica de adultos (Primer Nivel y Segundo Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Primer Nivel)

2,36078 0,18363 2,54441

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,89313 0,18363 3,07676

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Primer Nivel)

2,1371 0,18363 2,32073

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,22211 0,18363 2,40574

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Comercial y Técnica (Primer Nivel, Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

b) Sustitúyese el inciso noveno, por el siguiente: "En el caso de los establecimientos educacionales que

operen bajo el régimen de jornada escolar completa diurna, el valor unitario mensual por alumno, para los niveles y modalidades de enseñanza que se indican, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), será el siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en factor artículo 9° en U.S.E. (incluye incrementos fijados por leyes N°s. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación General Básica 3° a 8° años

2,52450 0,24655 2,77105

Educación Media Humanístico-Científica

3,01381 0,29481 3,30862

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

4,06671 0,40013 4,46684

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

3,18177 0,31177 3,49354

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

3,01381 0,29481 3,30862

Artículo 3°.- El Ministerio de Educación conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo.

”.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

Los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Congreso Nacional deberán considerar, entre otros, los resultados del estudio a que se refiere el inciso anterior. A fin de garantizar que los estudios a que se refiere el inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para efectos de los mismos deberán otorgar toda la información necesaria que sea requerida. En caso de incumplir la obligación señalada en el inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a las sanciones previstas en la ley N° 20.529 para el caso de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación. La Superintendencia de Educación brindará el apoyo necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información recabada con ocasión de los levantamientos efectuados. Los estudios y el informe realizados de conformidad a este artículo deberán estar disponibles en la web del Ministerio de Educación y remitirse a la Comisión de Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al inicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión. Artículo 4°.- Para sustituir en el inciso primero del artículo 24 del decreto con fuerza N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión "4 U.S.E." por “$ 80.000”. Artículo 5°: La aplicación de la presente ley no significará aumento de la subvención de la educación especial diferencial y de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio. Sin perjuicio de lo anterior, para el solo efecto del cálculo del fraccionamiento destinado a financiar los programas aprobados de integración escolar se considerará el valor de la subvención regular vigente a agosto del año 2012. Disposiciones transitorias

Artículo primero.- La presente ley entrará en vigencia a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

Artículo segundo.- El primer estudio que se realice de conformidad a lo prescrito en el artículo 3°, se realizará al inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo tercero.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2012 se financiará con cargo a la partida 09 Ministerio de Educación, del Presupuesto del Sector Público.”. - - -

Acordado y tratado en sesión celebrada el día 8 de agosto de 2012, con la asistencia de los Honorables Senadores señor Carlos Cantero Ojeda (Presidente), señora Ena Von Baer Jahn y señores Camilo Escalona Medina, Jaime Quintana Leal e Ignacio Walker Prieto.

Sala de la Comisión, a 13 de agosto de 2012.

FRANCISCO JAVIER VIVES D Secretario de la Comisión

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

RESUMEN EJECUTIVO SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. (BOLETÍN Nº 8.070-04) I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: el proyecto de ley en informe tiene los siguientes objetivos: i) incrementar la subvención para el primer y el segundo nivel de transición de la educación parvularia; ii) aumentar la subvención escolar preferencial y de concentración por alumnos prioritarios; iii) continuar incrementando la subvención general avanzando en la meta de duplicar la subvención, y iv) busca que los posibles aumentos de subvención que sugiera el Ejecutivo en el futuro se funden, entre otros elementos, en estudios de la realidad. II. ACUERDOS: Indicaciones: Números 1.-Inadmisible 2.-Aprobada sin modificaciones. (4x1) 3.-Aprobada con modificaciones (5x0 unanimidad) 4.-Rechazada (3x1 en contra x1 abstención) 5. Aprobado con modificaciones (4x1 abstención) 6.- Inadmisible. 7.- Aprobada con modificaciones (4x1 abstención) III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: la iniciativa legal se compone de cinco artículos permanentes y tres disposiciones transitorias. IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene. V. URGENCIA: suma. VI. ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República. VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo. VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado en general por mayoría de votos (95 x 16). IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 15 de mayo de 2012.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: segundo informe. XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: 1.-Artículo 19 N° 10 de la Constitución Política de la República. 2.-Ley N° 20.248 que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial. 3.-Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales. 4.-Decreto Ley N° 3.166, de 1980, del Ministerio de Educación, que Autoriza Entrega de la Administración de Determinados Establecimientos de Educación Técnico Profesional a las Instituciones o a las Personas Jurídicas que Indica. 5.-Ley N° 20.529, de 2011, sobre Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización.

Valparaíso, a 13 de agosto de 2012. Francisco Javier Vives D. Secretario de la Comisión

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

2.6. Segundo Informe de Comisión de Hacienda Senado. Fecha 20 de agosto, 2012. Cuenta en Sesión 43. Legislatura 360. SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que aumenta las subvenciones del Estado en los establecimientos educacionales. BOLETÍN Nº 8.070-04 HONORABLE SENADO:

La Comisión de Hacienda tiene el honor de emitir su segundo informe acerca del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, con urgencia calificada de “suma”.

A la sesión que celebró la Comisión asistieron los siguientes invitados:

Del Ministerio de Educación, el Ministro, señor Harald

Beyer; el Jefe de Gabinete del señor Ministro, señor Pablo Eguiguren; y el asesor, señor Raúl Figueroa.

Del Ministerio de Hacienda, la asesora, señorita

Carmina Hernández. De la Dirección de Presupuestos del Ministerio de

Hacienda, el abogado, señor Patricio Espinoza. Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el

asesor, señor Tomás Celis. El asesor de la Honorable Senadora señora Rincón,

señor Josué Vega. - - -

Cabe hacer presente que la iniciativa en estudio fue

analizada previamente, en segundo informe, por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

- - -

Para efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento del Senado, se deja constancia que la Comisión de Hacienda no realizó enmiendas respecto del texto aprobado por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología en su segundo informe. - - - DISCUSIÓN EN PARTICULAR

A continuación se efectúa una relación o transcripción, según el caso, al tenor del texto despachado por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología en su segundo informe, de aquellas disposiciones que fueron introducidas o enmendadas en relación con el texto aprobado en general por el Senado. Del mismo modo, se da cuenta de los acuerdos al efecto adoptados. - - - El artículo 3° aprobado en general por el Senado incorporaba la obligación, para los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado y de establecimientos de educación técnico profesional traspasados en administración de acuerdo al decreto ley N° 3.166, de 1980, de informar al Ministerio de Educación, a más tardar el último día del mes de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajustes de remuneraciones que reciban cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento. Asimismo, prescribía que la referida cartera debía enviar esa información a las Comisiones de Hacienda de ambas Cámaras del Congreso Nacional, antes del 31 de marzo de cada año. Este artículo fue eliminado por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología en su segundo informe, en virtud de la aprobación de la indicación número 2. Como consecuencia de esta enmienda, se ajustó la numeración de los artículos subsiguientes del proyecto.

El Ministro de Educación, señor Harald Beyer, explicó que establecer la obligación de información contenida en el artículo 3° implicaba, en realidad, duplicar el deber que ya se ha previsto en relación con la Superintendencia de Educación Escolar, órgano encargado de reunir todos esos antecedentes. A la vez que redundante, agregó, suponía volver a involucrar al Ministerio de Educación en la tarea de recopilar información, en

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

circunstancias que, conforme a lo dispuesto por la ley N° 20.529, sobre Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización, tal deber ya estaba radicado en otra institución.

La Honorable Senadora señora Rincón destacó la importancia de que la información en comento debiera ser enviada a las comisiones de Hacienda del Senado y la Cámara de Diputados. Así, por lo demás, se contempla en una serie de disposiciones legales actualmente en vigor.

El señor Ministro de Educación consignó que toda

la información a que aludía el artículo 3° es pública, y se podrá encontrar en la página web de la citada Superintendencia.

El Honorable Senador señor Novoa señaló que no

resulta plausible que la información que contenía el artículo 3° sea enviada el Congreso, habida cuenta de los escasos medios con que se cuenta para procesar ese nivel de detalle y de que, en la práctica, difícilmente sería objeto de una minuciosa revisión. Puesta en votación la eliminación del artículo 3° del texto despachado en general por el Senado, fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Rincón y señores Frei, García, Lagos y Novoa. - - - Artículo 3º En su segundo informe, la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología lo aprobó en los siguientes términos: “Artículo 3°.- El Ministerio de Educación conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo. Los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Congreso Nacional deberán considerar, entre otros, los resultados del estudio a que se refiere el inciso anterior.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

A fin de garantizar que los estudios a que se refiere el inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para efectos de los mismos deberán otorgar toda la información necesaria que sea requerida. En caso de incumplir la obligación señalada en el inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a las sanciones previstas en la ley N° 20.529 para el caso de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación. La Superintendencia de Educación brindará el apoyo necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información recabada con ocasión de los levantamientos efectuados. Los estudios y el informe realizados de conformidad a este artículo deberán estar disponibles en la web del Ministerio de Educación y remitirse a la Comisión de Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al inicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión.”.

Cabe hacer presente que, en relación con el texto

despachado en general por el Senado, y como consecuencia de la aprobación con modificaciones de la indicación número 3, la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología sólo suprimió el inciso segundo del artículo original, y en el inciso tercero, que pasó a ser inciso segundo, incorporó una nueva redacción.

El señor Ministro de Educación expresó que la

supresión del inciso segundo –relativo al deber para el Ministerio de someter a la consideración del Consejo Nacional de Educación el estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo efectiva-, pasa por el hecho que dicho Consejo no cuenta con competencias para llevar a cabo una evaluación como la que se le estaba encargando.

En relación con el inciso tercero, que pasó a ser

segundo, indicó que la redacción primigenia prescribía que los aumentos de subvención que el Ejecutivo realice, “deberán fundarse” en los resultados del estudio antes establecido. Se imponía, de esa forma, una obligación sobre la forma en que debía dicho poder del Estado realizar un gasto fiscal. De ahí que se haya llegado, finalmente, a la redacción que aprobó la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

La Comisión aprobó el artículo 3°, en los mismos términos que lo hiciera la Comisión de Educación, Cultura,

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

Ciencia y Tecnología en su segundo informe. Lo hizo por la unanimidad de sus miembros, Honorables Senadores señora Rincón y señores Frei, García, Lagos y Novoa. Artículo 5° Es del siguiente tenor: “Artículo 5°: La aplicación de la presente ley no significará aumento de la subvención de la educación especial diferencial y de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio. Sin perjuicio de lo anterior, para el solo efecto del cálculo del fraccionamiento destinado a financiar los programas aprobados de integración escolar se considerará el valor de la subvención regular vigente a agosto del año 2012.”.

Este artículo fue incorporado en el segundo informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, en virtud de la aprobación, con enmiendas, de las indicaciones números 5 y 7.

La Honorable Senadora señora Rincón observó

que el contenido del artículo 5° recoge los reparos realizados con motivo del primer informe de la Comisión de Hacienda, acerca de la situación de los niños con necesidades educativas especiales (NEE), que podrían resultar afectados por la disminución, en virtud del presente proyecto de ley, de los recursos para el financiamiento de los Programas de Integración Escolar (PIE).

Sin perjuicio de que se considerará el valor de la

subvención regular vigente al mes de enero de 2012, consultó de qué manera piensa el Ejecutivo abordar, de aquí en más, el financiamiento de los niños que se encuentren en esa situación.

El señor Ministro de Educación consignó que el

Ejecutivo se encuentra en vías de encargar la realización de un estudio que permita determinar cuáles han sido los fundamentos del notable crecimiento del número de niños atendidos por NEE, que precisan de establecimientos educacionales habilitados para recibirlos. La Honorable Senadora señora Rincón expresó comprender la necesidad de contar con un diagnóstico sobre la cantidad de usuarios del sistema y cuáles son sus necesidades especiales. Ello, sin embargo, no responde a la pregunta sobre cuáles serán los montos a que tendrán acceso, en el futuro, quiénes califiquen en esa categoría. El señor Ministro de Educación señaló que el momento en que el Ejecutivo decida el envío de un nuevo proyecto de ley

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

sobre subvención educacional, será también la oportunidad para proponer un eventual aumento de la que se entrega a niños con NEE. Cada aumento de subvención, recordó, debe ser aprobado por ley. En el intertanto, regirá el sistema vigente, de acuerdo también con lo dispuesto en el artículo 5° que se está analizando. Ello implica, por cierto, que cada vez que se reajuste la Unidad de Subvención Educacional (USE), cuestión que ocurre cada vez que tiene lugar el reajuste del sector público, aumentará también la subvención para niños con NEE. El artículo 5° fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Rincón y señores Frei, García, Lagos y Novoa. Disposiciones Transitorias Artículo segundo

Dispone que el primer estudio que se realice de

conformidad a lo prescrito en el artículo 3° de la ley que el presente proyecto propone, se realizará al inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de la misma. La enmienda realizada en el segundo informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, en mérito de lo dispuesto en el artículo 121, inciso final, del Reglamento del Senado, consiste en que la referencia al artículo 4° debe ser hecha, en realidad, al artículo 3°, en virtud de los ajustes en la numeración de los artículos del proyecto. El artículo segundo transitorio fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Rincón y señores Frei, García, Lagos y Novoa. - - - INFORME FINANCIERO

Se reproduce, al efecto, el mismo informe financiero incluido en el primer informe de la Comisión de Hacienda sobre el proyecto de ley de la referencia. Corresponde al elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, con fecha 29 de noviembre de 2011, cuyo tenor es el que sigue:

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

I Antecedentes. El presente proyecto de ley incrementa los aportes

del fisco por la subvención a estudiantes que asisten a los establecimientos de educación municipal y particular subvencionados.

En primer lugar se aumenta el monto de la

subvención escolar preferencial para los alumnos que asisten a 5° y 6° año de Educación General Básica, de modo de igualarlo al que hoy se paga por los alumnos desde el primer nivel de transición de Educación Parvularia al 4° año de Educación General Básica.

Adicionalmente, el proyecto propone duplicar el

monto que reciben actualmente los establecimientos educacionales por subvención escolar preferencial, para los cursos de 7° año de Educación General Básica a 4° año de Enseñanza Media.

Finalmente, se establece un incremento de la

subvención general en 3,5%, que incluye un incremento especial (de 15%) para la subvención del primer y segundo nivel de transición de Educación Parvularia que aún no está en jornada escolar completa.

II. Efectos del Proyecto sobre el Presupuesto

Fiscal. El costo mensual de este proyecto para el año 2012

y medido en moneda de ese año, se estima en $12.077 millones, según el siguiente detalle:

- El numeral 1) del artículo 1° propone incrementos

del valor de la Subvención Escolar Preferencial (SEP), que implica un aumento estimado mensual de gasto fiscal de $4.176 millones.

- El numeral 2) del artículo 1° incrementa el monto

de la Subvención por Concentración de Alumno Prioritario, que se estima representará un mayor gasto fiscal mensual por este concepto de $1.147 millones. En suma el artículo 1° implica un mayor gasto fiscal mensual por $5.323 millones.

- Por su parte, el artículo 2° establece un aumento de

3,5% del valor de la subvención general establecida en el artículo 9° del Decreto con Fuerza de Ley N°2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, incluido el incremento especial (de 15%) para la subvención del primer y segundo nivel de transición de educación parvularia. Ello representa un mayor gasto fiscal mensual estimado en $6.754 millones, de los cuales $5.395 millones

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

corresponden al aumento general de 3,5% y $1.359 millones al aumento de 15% para primer y segundo nivel de transición.

El proyecto de ley establece, en su artículo

transitorio, que entrará en vigencia a contar del mes subsiguiente a su publicación en el Diario Oficial. Por ello, el monto total del mayor gasto Fiscal que irrogará esta ley durante el año 2012, dependerá del mes en que ella entre en vigencia. En cualquier caso, la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2012, recientemente aprobada por el Congreso Nacional, contiene en el presupuesto del Ministerio de Educación, los recursos necesarios para hacer frente al financiamiento del proyecto de ley en comento asumiendo que entra en vigencia durante el primer semestre del año.

Adicionalmente, cabe precisar que el numeral 4) del

artículo 1° propone adelantar la entrada en régimen de la subvención escolar preferencial para 1° de enseñanza media desde 2014 a 2013, lo que tiene un costo extra para 2013 de $14.426 millones (SEP y concentración).

Así el gasto total del proyecto (suponiendo que entra

en vigencia en junio de 2012) queda establecido de acuerdo al siguiente cuadro: Cuadro 1: Gasto Proyecto de Ley de Subvenciones (En millones de $ 2012) 2012 2013 2014 Subvención de Escolaridad 37.765 64.127 63.503 Subvención Extra de 15% Kínder y Pre-Kínder 9.513

17.251 18.217

Adelanto Subvención Ed. Media

0 14.426 14.426

Incrementos SEP (incluye concentración

37.261 63.875 78.308

Total 84.539 159.680 174.455

En consecuencia, las normas de la iniciativa legal en

informe no producirán desequilibrios macroeconómicos ni incidirán negativamente en la economía del país. - - -

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

TEXTO DEL PROYECTO: En virtud de los acuerdos precedentemente expuestos, la Comisión de Hacienda tiene a honra proponer la aprobación del presente proyecto de ley en los mismos términos que lo hiciera la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología en su segundo informe, cuyo texto es el siguiente: PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Modifícase la ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial de la siguiente forma:

Reemplázase el cuadro de Valor Subvención en

U.S.E., contenido en el artículo 14, por el siguiente:

Desde 1° nivel de transición hasta 4° año de la educación básica

5° y 6° año básico

7° y 8° año básico

Desde 1° hasta 4° año de enseñanza media

A: Establecimientos educacionales autónomos

1,694 1,694 1,129 1,129

B: Establecimientos educacionales emergentes

0,847 0,847 0,5645 0,5645

2) Reemplázase el cuadro del artículo 16, por el

siguiente:

Tramos según el porcentaje de alumnos prioritarios del Establecimiento Educacional

Desde el 1° nivel de transición hasta 4° año básico (U.S.E.)

5° y 6° año básico (U.S.E.)

7° y 8° año básico (U.S.E.)

Desde 1° año hasta 4° año de enseñanza media (U.S.E.)

60% o más 0,302 0,302 0,202 0,202 Entre 45% y menos de 60% 0,269 0,269 0,179 0,179 Entre 30% y menos de 45% 0,202 0,202 0,134 0,134

”.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

Entre 15% y menos de 30% 0,118 0,118 0,078

0,078

3) Reemplázase el inciso tercero del artículo 20 por el

siguiente: “Este aporte adicional será de 0,847 U.S.E. por los

alumnos que cursen desde el primer y segundo año de transición de la educación parvularia y hasta el 6º año de la educación general básica; de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen 7º y 8º año de la educación general básica; y de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el 1° hasta 4° año de enseñanza media.”.

4) Sustitúyese el artículo duodécimo transitorio por el

siguiente: “Artículo duodécimo.- Los niveles de 1° año de

enseñanza media a 4° año de enseñanza media se incorporarán gradualmente a la percepción de la subvención escolar preferencial, de la subvención por concentración de alumnos prioritarios y de los aportes adicionales establecidos en esta ley, a razón de un nivel por año, comenzando el año escolar 2013 con el 1° año de enseñanza media.”.

Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales:

1) Modifícase el artículo 9°, en el siguiente sentido: a) Sustitúyese el inciso primero, por el siguiente: "Artículo 9°.- El valor unitario mensual de la

subvención por alumno para cada nivel y modalidad de la enseñanza, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), corresponderá al siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 9° (incluye incrementos fijados por leyes Nos. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. por aplicación del factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

Educación Parvularia (1° Nivel de Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación Parvularia (2° Nivel Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación General Básica (1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6°)

1,81401 0,17997 1,99398

Educación General Básica (7° y 8°)

1,96884 0,19546 2,16430

Educación Especial Diferencial

5,79658 0,59727 6,39385

Necesidades Edu-cativas Especiales de carácter Transitorio

4,96143 0,59727 5,5587

Educación Media Humanístico-Científica

2,19850 0,21818 2,41668

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

3,25842 0,32402 3,58244

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

2,54190 0,25252 2,79442

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

2,27993 0,22634 2,50627

Educación Básica de Adultos (Primer Nivel)

1,29547 0,13317 1,42864

Educación Básica de Adultos (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,71879 0,13317 1,85196

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

Educación Básica de Adultos con oficios (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,93046 0,13317 2,06363

Educación Media Humanístico-Científica de adultos (Primer Nivel y Segundo Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Primer Nivel)

2,36078 0,18363 2,54441

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,89313 0,18363 3,07676

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Primer Nivel)

2,1371 0,18363 2,32073

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,22211 0,18363 2,40574

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Comercial y Técnica (Primer Nivel, Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

b) Sustitúyese el inciso noveno, por el siguiente: "En el caso de los establecimientos educacionales que

operen bajo el régimen de jornada escolar completa diurna, el valor unitario mensual por alumno, para los niveles y modalidades de enseñanza que se indican, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), será el siguiente:

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en factor artículo 9° en U.S.E. (incluye incrementos fijados por leyes N°s. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación General Básica 3° a 8° años

2,52450 0,24655 2,77105

Educación Media Humanístico-Científica

3,01381 0,29481 3,30862

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

4,06671 0,40013 4,46684

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

3,18177 0,31177 3,49354

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

3,01381 0,29481 3,30862

Artículo 3°.- El Ministerio de Educación conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo. Los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Congreso Nacional deberán considerar, entre otros, los resultados del estudio a que se refiere el inciso anterior. A fin de garantizar que los estudios a que se refiere el inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para efectos de los mismos deberán otorgar toda la información necesaria que sea requerida.

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

En caso de incumplir la obligación señalada en el inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a las sanciones previstas en la ley N° 20.529 para el caso de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación. La Superintendencia de Educación brindará el apoyo necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información recabada con ocasión de los levantamientos efectuados. Los estudios y el informe realizados de conformidad a este artículo deberán estar disponibles en la web del Ministerio de Educación y remitirse a la Comisión de Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al inicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión. Artículo 4°.- Para sustituir en el inciso primero del artículo 24 del decreto con fuerza N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión "4 U.S.E." por “$ 80.000”. Artículo 5°: La aplicación de la presente ley no significará aumento de la subvención de la educación especial diferencial y de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio. Sin perjuicio de lo anterior, para el solo efecto del cálculo del fraccionamiento destinado a financiar los programas aprobados de integración escolar se considerará el valor de la subvención regular vigente a agosto del año 2012. Disposiciones transitorias

Artículo primero.- La presente ley entrará en vigencia a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo segundo.- El primer estudio que se realice de

conformidad a lo prescrito en el artículo 3°, se realizará al inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo tercero.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2012 se financiará con cargo a la partida 09 Ministerio de Educación, del Presupuesto del Sector Público.”. - - -

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

Acordado en sesión celebrada el día 14 de agosto de 2012, con asistencia de los Honorables Senadores señor José García Ruminot (Presidente), señora Ximena Rincón González y señores Eduardo Frei Ruiz-Tagle, Ricardo Lagos Weber y Jovino Novoa Vásquez.

Sala de la Comisión, a 20 de agosto de 2012. ROBERTO BUSTOS LATORRE Secretario de la Comisión

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

RESUMEN EJECUTIVO SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. (BOLETÍN Nº 8.070-04) I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: el proyecto de ley en informe tiene los siguientes objetivos: i) incrementar la subvención para el primer y el segundo nivel de transición de la educación parvularia; ii) aumentar la subvención escolar preferencial y de concentración por alumnos prioritarios; iii) continuar incrementando la subvención general avanzando en la meta de duplicar la subvención, y iv) busca que los posibles aumentos de subvención que sugiera el Ejecutivo en el futuro se funden, entre otros elementos, en estudios de la realidad. II. ACUERDOS: Artículo 3° aprobado unanimidad 5x0. Artículo 5° aprobado unanimidad 5x0. Artículo 2° transitorio aprobado unanimidad 5x0. III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: la iniciativa legal se compone de cinco artículos permanentes y tres disposiciones transitorias. IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene. V. URGENCIA: suma. VI. ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República. VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo. VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado en general por mayoría de votos (95 x 16). IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 15 de mayo de 2012. X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: segundo informe. XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

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SEGUNDO INFORME COMISIÓN HACIENDA

1.-Artículo 19 N° 10 de la Constitución Política de la República. 2.-Ley N° 20.248 que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial. 3.-Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales 4.-Decreto Ley N° 3.166, de 1980, del Ministerio de Educación, que Autoriza Entrega de la Administración de Determinados Establecimientos de Educación Técnico Profesional a las Instituciones o a las Personas Jurídicas que Indica. 5.-Ley N° 20.529, de 2011, sobre Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización.

Valparaíso, a 20 de agosto de 2012. ROBERTO BUSTOS LATORRE Secretario de la Comisión

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2.7. Discusión en Sala Senado. Legislatura 360. Sesión 44. Fecha 29 de agosto, 2012. Discusión particular. Se aprueba en particular con modificaciones. AUMENTO DE SUBVENCIONES ESTATALES EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES El señor ESCALONA (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre aumento de las subvenciones del Estado en los establecimientos educacionales, con segundos informes de las Comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de Hacienda, y urgencia calificada de “suma”. --Los antecedentes sobre el proyecto (8070-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 17ª, en 15 de mayo de 2012. Informes de Comisión: Educación: sesión 33ª, en 10 de julio de 2012. Hacienda: sesión 33ª, en 10 de julio de 2012. Educación (segundo): sesión 43ª, en 28 de agosto de 2012. Hacienda (segundo): sesión 43ª, en 28 de agosto de 2012. Discusión: Sesión 33ª, en 10 de julio de 2012 (se aprueba en general). El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario. El señor LABBÉ (Secretario General).- La iniciativa fue aprobaba en general por la Sala en sesión de 10 de julio del año en curso. La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que el artículo 1° permanente, y los artículos primero, segundo y tercero transitorios, no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones. Estas disposiciones deben darse por aprobadas, salvo que algún señor Senador, con acuerdo unánime de los presentes, solicite su discusión y votación. --Se aprueban reglamentariamente. El señor LABBÉ (Secretario General).- La misma Comisión efectuó tres enmiendas al texto despachado en general, de las cuales solo una fue aprobada por unanimidad. Por su parte, la Comisión de Hacienda aprobó en los mismos términos el texto despachado por la de Educación.

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Cabe recordar que las enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador manifieste su intención de impugnar lo propuesto por la Comisión respecto de algunas de ellas o que haya indicaciones renovadas. El boletín comparado transcribe el texto aprobado en general, las enmiendas de la Comisión de Educación y el texto final que resultaría de aprobarse las modificaciones. El señor ESCALONA (Presidente).- En discusión particular la iniciativa. Tiene la palabra el Senador señor Cantero. El señor CANTERO.- Señor Presidente, como Presidente de la Comisión de Educación, quiero hacer un alcance respecto de los contenidos del proyecto, a efectos de orientar la votación de los Honorables colegas, porque, por hallarnos en la discusión particular, tendremos que pronunciarnos respecto de diversas indicaciones. La iniciativa en debate tiene por objeto aumentar las subvenciones del Estado en los establecimientos educacionales; y, en razón de tratarse de un tema relevante, requiere ser despachada con la mayor celeridad. En el segundo informe, aparte de haberse analizado en detalle la materia, se recibió nuevamente en audiencia pública a distintos actores; se han abierto espacios de participación, en fin. El proyecto propuesto por la Comisión de Educación persigue los siguientes objetivos: i) incrementar la subvención para el primer y segundo nivel de transición de la educación parvularia; ii) aumentar la subvención escolar preferencial y la subvención por concentración de alumnos prioritarios; iii) incrementar la subvención general, avanzando en la meta de duplicarla; iv) buscar que los posibles aumentos de subvención que sugiera el Ejecutivo en el futuro se funden, entre otros elementos, en estudios de la realidad; es decir, que cuenten con información detallada. Además de lo anterior, es necesario destacar que la Comisión que presido incorporó una disposición (el nuevo artículo 5°), conforme a la cual la aplicación de la presente ley no significará ni aumento de la subvención de la educación especial diferencial ni de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio. Pero dispone que, sin perjuicio de lo anterior, para el solo efecto del cálculo del fraccionamiento destinado a financiar los programas aprobados de integración escolar, se considerará el valor de la subvención regular vigente a agosto del año 2012. La norma responde a las inquietudes planteadas por diversos sectores en relación con los efectos que podría significar el presente proyecto, que se refieren a una posible disminución de la subvención de la

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educación especial diferencial y de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio. Otro aspecto relevante ratificado por la Comisión, que mantiene la norma aprobada en general por el Senado, se relaciona con la fijación del monto máximo del financiamiento compartido en la suma de 80 mil pesos en vez de las 4 USE (unidad de subvención escolar) consignada en la actual Ley de Subvenciones. Tales son los aspectos generales de la iniciativa. Por cierto, las indicaciones dan lugar a debate durante su discusión en particular, en especial si ciertas materias despiertan el interés de algún señor Senador. En general, ha habido preocupación en la Comisión por despachar el proyecto en forma expedita, dados la relevancia de la materia que se trata y que el año ha avanzado significativamente. Es cuanto puedo informar. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica. El señor PROKURICA.- Señor Presidente, el Gobierno del Presidente Piñera ha tenido entre sus prioridades la educación. Y es así como, especialmente en la administración del Ministro Beyer, se han tramitado diversas iniciativas que persiguen generar una mejor y mayor contribución hacia la enseñanza pública y privada. Y en tal ámbito, creo fundamental destacar que el 20 por ciento del presupuesto de la nación se dirige a educación. El proyecto en análisis se halla enmarcado, por cierto, en ese esfuerzo. Su objetivo es aumentar sustancialmente la subvención para prekínder y kínder; incrementar la subvención preferencial y la subvención por concentración de alumnos prioritarios, y acrecentar la subvención regular. Como lo ha planteado el Senador señor Cantero, Presidente de la Comisión de Educación, hay un mejoramiento sustancial en la subvención para la educación parvularia (prekínder y kínder), porque es sabida la rentabilidad de invertir en los primeros años de enseñanza, así como el poder que presenta una educación inicial de calidad para dar mayores oportunidades de aprendizaje en los siguientes niveles educativos, a fin de que -como se repite tantas veces- la cuna no marque a las personas en su posterior vida profesional. En este sector, los recursos se incrementan en 18,5 por ciento, pasando de una subvención que actualmente asciende a 38 mil 719 pesos mensuales por alumno, a una de 45 mil 511. Tal aumento se calcula que beneficiará a más de 305 mil alumnos del sector municipal y del particular subvencionado. También se considera un alza de la subvención preferencial para los alumnos prioritarios, como ha señalado el Presidente de la Comisión. Asimismo, de manera adicional se incrementa la subvención regular en 3,5 por ciento a todos los alumnos de enseñanza básica

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y media del país que asisten a establecimientos que reciben subvención del Estado. Dicha alza se une al aumento de 1,5 por ciento aprobado por la ley Nº 20.501, siendo beneficiados cerca de 3,4 millones de alumnos. Finalmente, el proyecto permitirá que cifras bastante importantes vayan a la educación en general. Así, frente a la obligación de dar soluciones oportunas a la calidad de la educación en su conjunto y teniendo presente el compromiso presidencial relativo al aumento de la subvención escolar, la iniciativa propone incrementar los aportes a los estudiantes, que llegan directamente a la sala de clases, comenzando por quienes más lo necesitan. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor García. El señor GARCÍA.- Señor Presidente, en primer término, quiero recordar que el artículo 1° numeral 2 del proyecto aumenta la subvención preferencial para estudiantes de 5° y 6° básico en 50 por ciento y duplica la subvención preferencial para los alumnos entre 7° básico y 4° medio. El numeral 2, también del artículo 1°, aumenta la subvención por concentración de alumnos prioritarios para 5° y 6° básico en 50 por ciento y duplica la subvención por concentración de alumnos prioritarios entre 7° básico y 4° medio. El numeral 3 aumenta la subvención preferencial para 5° y 6° básico en 50 por ciento y duplica la subvención preferencial entre 7° básico y 4° medio, para los establecimientos clasificados como emergentes. Finalmente, el numeral 4 del artículo 1° acelera la entrada en vigencia de la Ley de Subvención Escolar Preferencial a la enseñanza media para el próximo año; esto es, el 2013. De lo contrario, regiría recién en 2014, quedando los actuales alumnos de 8° año básico sin cobertura de subvención escolar preferencial durante su enseñanza media. El artículo 2° aumenta en 3,5 por ciento real la subvención escolar “regular”, o subvención escolar general, para todos los estudiantes del país. El artículo 3° establece la obligación del Ministerio de Educación de realizar estudios para calcular el valor óptimo de la subvención. El artículo 5° propone un seguro para que los montos entregados a los alumnos con necesidades educativas especiales, por ningún motivo, se vean mermados como consecuencia de la futura ley. A eso, precisamente, se refería recién el Senador señor Cantero. El artículo primero transitorio preceptúa la entrada en vigencia de la ley. El segundo transitorio dispone plazos para el estudio que calculará del valor óptimo de la subvención. Y el tercero fija el ítem presupuestario a que se cargarán los mayores costos. Sin embargo, en el artículo 4º permanente hay una discrepancia, por cuanto se propone congelar en términos nominales el monto máximo que puede ser cobrado vía financiamiento compartido. Esta indicación

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fue introducida y aprobada en la Cámara de Diputados. En verdad, resulta extraño que se congele dicho tope. Ello significa que no será posible subir de los 80 mil pesos establecidos por ley, salvo que tal disposición se modifique mediante otro cuerpo legal. En realidad, lo mínimo que deberíamos haber establecido para mantener la situación actual es que el monto máximo de cobro por financiamiento compartido se reajustara en función de la variación del IPC. Finalmente, deseo resaltar que para el presente año el mayor gasto fiscal que representa este proyecto será de alrededor de 60 mil millones de pesos. El informe financiero fue elaborado pensando que rigiera a partir de junio pasado. Sobre esa base, se consideraba un gasto de 84.500 millones de pesos. Sin embargo, todo indica que la normativa entrará en vigencia recién en septiembre. Para 2013, se disponen prácticamente 160 mil millones de pesos. Y para 2014, 175 mil millones de pesos. Claramente, se trata de un esfuerzo serio, contundente por mejorar el financiamiento de la educación en sus niveles de prekínder y kínder, de enseñanza básica y de enseñanza media. Sin duda, constituye también un esfuerzo para que con esos mayores recursos mejoremos sustantivamente la calidad de nuestra educación. He dicho. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro de Educación. El señor BEYER (Ministro de Educación).- Señor Presidente, deseo recalcar algunos aspectos. Los Senadores que me han antecedido ya han planteado ciertos puntos importantes. Quiero destacar que el grueso de los recursos contemplados en esta iniciativa -en 2014 ascenderán a 174 mil millones de pesos- se gastarán en la subvención escolar preferencial. En efecto, se aumenta en 50 por ciento el aporte de la SEP en quinto y sexto básico, y en 100 por ciento, de séptimo básico a cuarto medio. Dos tercios de los fondos destinados a la subvención escolar preferencial terminan en la educación pública. Ello nos parece importante, y nos muestra un compromiso del Gobierno del Presidente Piñera por apoyar la educación pública, que ha sufrido duros embates en los últimos años. Pero, además -esto es muy importante-, se incrementa en 18,5 por ciento la subvención escolar en prekínder y kínder. Si Sus Señorías miran los valores de la subvención en tales niveles, notarán que ellos se encontraban relativamente rezagados. A partir de este aumento podemos decir que los recursos para la enseñanza prebásica, si bien todavía resultan insuficientes, se empiezan a alinear con los que observamos en otros niveles educativos. Y, como ustedes saben, para emparejar la cancha en educación, es tremendamente importante trabajar en el ámbito preescolar. De otra forma, las diferencias en términos de las habilidades cognitivas y

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socioemocionales con que llegan los niños a primero básico son muy difíciles de superar. Por lo tanto, el proyecto en análisis viene a dar muy cerca del blanco, y ayuda a producir más calidad y equidad de una manera relativamente importante y valiosa. Sin embargo, como Gobierno, nos preocupa que se haya congelado el monto máximo de financiamiento compartido en un valor nominal. Creemos que dicho mecanismo constituye hoy un aporte relevante para levantar la diversidad de proyectos educativos de los que el país se enorgullece. Indudablemente, el compromiso social que hemos asumido como país es aumentar la subvención escolar preferencial para los estudiantes más vulnerables y permitir que las familias de ingresos medios aporten a la educación de sus hijos a través del financiamiento compartido. Ese equilibrio, de alguna forma, se rompe al haberse congelado en términos nominales el tope a pagar por concepto de financiamiento compartido. En tal sentido, pedimos a la Sala que se pronuncie en contra de esa disposición. Muchas gracias. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende. La señora ALLENDE.- Señor Presidente, valoro que este proyecto se encuentre en segundo trámite y que avancemos en el aumento de la subvención escolar preferencial, la cual constituye un aspecto muy crucial cuando hablamos de equidad en educación, sobre todo en el caso de nuestro modelo educativo, que tiene serios cuestionamientos al respecto. Por lo tanto, vamos en una dirección correcta. Ahora bien, sin perjuicio de aquello, me gustaría enfatizar lo siguiente. Hablo desde mis convicciones. Creo que todos compartimos que la educación es “el” elemento que nos permite combatir la pobreza. Aquella entrega herramientas a las personas para mejorar su calidad de vida, sus oportunidades en el mundo laboral, en fin. Me parece que hemos avanzado como país en ese aspecto. Sin embargo, no podemos dejar de mencionar, desgraciadamente, los cuestionamientos que aún persisten en torno a la calidad, a la equidad y a la segregación en educación. Dicho eso, me surgen dos comentarios. En primer lugar, estoy convencida de que debiéramos tener un sistema donde toda la educación preescolar y escolar fuera absolutamente gratuita. Esta -y no ir elevando el tramo de subvención- debiera ser la meta de este Gobierno y de cualquier otro que el día de mañana asuma los destinos del país. Me asiste la convicción profunda de la necesidad de establecer la gratuidad para todos los sectores. Si ello constituye una meta, se tendría que legislar en esa línea y buscar verdaderamente los recursos que permitan alcanzarla.

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Si de verdad estamos convencidos de que hay que trabajar para mejorar la equidad y la calidad en educación, hemos de empezar justamente por fortalecer el prekínder y el kínder. En tal sentido, nos estamos quedando bastante cortos. No puedo dejar de mencionarlo. Me gustaría que tal planteamiento fuera compartido. No sé si el Ministro piensa igual, pero esa es mi convicción. En segundo lugar -lo digo con claridad-, tengo la convicción de que la educación pública construye cohesión social y nos ayuda a generar convivencia e integración; por tanto, siempre hay que garantizar que tales proyectos educativos puedan expandirse. Pero, como señaló el propio Ministro, nuestra educación pública, por desgracia, ha recibido más bien lo contrario. En lo que difiero del Ministro es en lo relativo al financiamiento compartido. En mi opinión, debiéramos tender a la eliminación de dicha modalidad de pago en los establecimientos particulares subvencionados. Al respecto, incluso Educación 2020 -entidad bastante rigurosa y que ha expuesto muchas veces en la Comisión de Educación- plantea con claridad que los estudios internacionales demuestran que el financiamiento compartido sí contribuye a la segregación social que lamentablemente exhibe nuestro sistema escolar. Por lo tanto, debiéramos buscar la manera de no seguir ahondando esta segregación. Además, tampoco se puede asegurar que los colegios particulares con copago garanticen una mejor calidad de educación. Este aspecto les ha significado bastantes complicaciones a las familias, que poseen una creencia errada pero no sustentada en estudios internacionales. Hago presente esta diferencia con relación al financiamiento en las escuelas particulares subvencionadas. En resumen, debemos seguir trabajando para construir una reforma educativa profunda, que busque mejorar la calidad y la equidad, terminar con la segregación y generar una mayor integración, todo lo cual no ocurre con el actual sistema. Por otro lado, me asiste la convicción de que la cobertura de educación escolar debiera ser enteramente gratuita. No tengo ninguna duda al respecto. Y hacia allá debiéramos dirigirnos como país. Y, finalmente, cuestiono la mantención de un sistema de copago, que, en mi concepto, no hace más que ahondar la segregación. Expreso lo anterior, sin perjuicio de señalar que los tramos, las cantidades que proponen las normas de la iniciativa constituyen un avance, y, por cierto, las vamos a apoyar. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer. La señora VON BAER.- Señor Presidente, este proyecto es una buena noticia para todos los chilenos; es una buena noticia para nuestra educación.

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El texto que nos ocupa fue aprobado en forma unánime en las Comisiones que lo estudiaron, y representa un paso adelante. Podemos celebrar que este Congreso avance en aumentar la inversión en educación. La iniciativa propone incrementar sustancialmente, como ya se dijo, la subvención para kínder y prekínder, la subvención escolar preferencial -destinada a alumnos prioritarios- y la subvención regular. Una primera gran noticia es que se eleva fuertemente la inversión en la etapa más importante del desarrollo de nuestros niños -todos lo sabemos, pero no bastan solo las palabras, sino también los hechos-: la preescolar. Se aumentan los recursos para este nivel en 18,5 por ciento, pasando de los actuales 38.700 pesos mensuales por alumno a 45.511 pesos, un monto bastante más importante. Con ello estamos beneficiando a más de 300 mil párvulos de los sectores municipal y particular subvencionado. Pero esa no es la única buena noticia de este proyecto. Se incrementa en forma significativa la subvención escolar preferencial -ya fue aumentada por una ley anterior del Gobierno del Presidente Piñera-, la cual favorece directamente a los alumnos que pertenecen al 40 por ciento más vulnerable de la población. De esta forma, se reconoce la necesidad de contar con más financiamiento y más herramientas para ayudar a los estudiantes, y así avanzar hacia una educación con mayor calidad y, sobre todo, con mayor equidad. La idea es invertir más en quienes más lo necesitan. Eso es también una buena noticia. Adicionalmente, se sube el monto de la subvención regular en 3,5 por ciento. Ello representa un anuncio positivo para todos los alumnos que pertenecen al sector subvencionado de la educación, tanto al particular subvencionado como al municipal. Por otro lado, quiero agradecer en esta Sala al Ministro de Educación por acoger un planteamiento formulado por nosotros en la Comisión de Educación, que se hacía cargo del temor de muchas organizaciones dedicadas a la formación de niños con necesidades especiales. Tales entidades estaban preocupadas y nos hicieron llegar una carta exponiendo su inquietud. Luego nos reunimos con ellas. Nos manifestaron que la iniciativa podría implicar una disminución en la subvención que se entrega por concepto de programas de integración escolar (PIE), o sea, los que operan para atender a niños con necesidades educativas especiales. Dicho Secretario de Estado acogió esta inquietud y patrocinó una indicación presentada por nosotros para subsanar tal problema. No logramos que se aumentaran los recursos para esos niños, pero al menos conseguimos que se mantuviera el mismo monto. Creo que esta es otra buena noticia. Gracias, Ministro, por apoyar dicha indicación.

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Ahora me referiré a lo relativo al financiamiento compartido. Como señaló el Secretario de Estado, efectivamente se presentó una indicación sobre la materia en la Cámara de Diputados. A nosotros nos parece -y lo dijimos en la Comisión- que incide indirectamente en la administración financiera del Estado y, por lo tanto, debiera ser declarada inadmisible. Pero, más allá de eso, la indicación congeló el monto máximo del financiamiento compartido. En verdad, no se comprende por qué los padres no podrán invertir en la educación de sus hijos. ¿Por qué, si todavía la subvención está por debajo de lo que se paga en los colegios privados, los papás que tienen a sus hijos en establecimientos particulares subvencionados no van a poder aportar un monto de dinero a fin de optar a una mejor educación para sus hijos? Si le creemos tanto a la encuesta CEP, entonces deberíamos darle credibilidad a un dato que entregó en su última aplicación: 45 por ciento de los consultados señalaron que es bueno que los padres puedan complementar en dinero los subsidios del Estado. Los mismos padres y apoderados en la Comisión de Educación nos plantearon su disposición a pagar un poco más por mejorar la calidad de la educación entregada a sus hijos. ¿Por qué lo pueden hacer los papás en los colegios particulares privados y no los de los establecimientos particulares subvencionados? Termino leyendo lo que una mamá, representante de la Confederación de Padres y Apoderados de Colegios Particulares Subvencionados, nos dijo: “Si pagamos por una buena salud y estamos dispuestos a invertir en una buena educación para nuestros hijos, ¿por qué no nos dejan hacerlo? Los colegios particulares subvencionados atienden a la clase media de nuestro país, no a los ricos”. Esas fueron sus palabras para defender el copago. Por lo tanto, señor Presidente, pido votación separada del artículo 4º del proyecto. Consideramos importante resguardar la posibilidad de que los padres de clase media hagan un aporte adicional a la educación de sus hijos. He dicho. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Ignacio Walker. El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, hoy ha sido un buen día para la educación. Esta mañana en la Comisión de Educación aprobamos y despachamos la iniciativa sobre crédito con aval del Estado, que aliviará la mochila financiera que pesa sobre 365 mil alumnos y sus familias, todos de la clase media chilena.

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¡Gran noticia para el país! Asimismo, aprobamos y despachamos -para muchos de nosotros también representa una gran noticia- la iniciativa sobre el lucro en la educación. La idea es destinar el 100 por ciento de los fondos de la subvención -se dirigen al 92 por ciento de los alumnos en Chile y ascienden a 6 mil millones de dólares al año- al proyecto educativo. Tal propuesta legislativa llegará a la Sala después de una escala técnica en la Comisión de Hacienda. Estoy contento con lo que logramos en esos dos proyectos. Además, ahora en la Sala estamos por despachar en particular una iniciativa importante, que aumenta en 320 millones de dólares, vía incremento de las subvenciones, los recursos para la educación. Ello, en verdad, es digno de destacar. La normativa en estudio propone elevar en 3,5 por ciento la subvención general -ello, sumado al 1,5 por ciento aprobado el año pasado, da 5 por ciento de incremento total-; en 18,5 por ciento la subvención preescolar -¡gran noticia!, porque lo que se hace o no se hace, lo que se recibe o no se recibe como educación entre cero y 5 años es definitivo, para toda la vida-, y en un porcentaje relevante la subvención escolar preferencial, que beneficia a los alumnos más vulnerables. Se incrementa en 50 por ciento la SEP para quinto y sexto básico, y en 100 por ciento -se duplica- de séptimo básico a cuarto medio. Por lo tanto, hoy es un buen día para la educación. Ahora bien, se aclaró también un punto muy importante, que nos plantearon muchas educadoras en relación con las necesidades educativas especiales. Efectivamente se producía un perjuicio, un detrimento, por la forma en que se calculaban los montos. Ello quedó resuelto, lo cual es una buena noticia para los niños con esos requerimientos. Me detendré, señor Presidente, en una materia muy relevante a la cual se refirió la Senadora señora Von Baer, cuya posición es muy respetable y legítima. Sin embargo, yo tengo una visión enteramente distinta. Es cierto que en la Cámara de Diputados se cambió la Unidad de Subvención Escolar (USE), que incrementa el copago si crece el valor de dicha unidad, por una cifra nominal para el financiamiento compartido. ¿Cuál es ese monto? 80 mil pesos. Es decir, no se podrá pagar más de esta cantidad por dicho concepto. Señor Presidente, ¡de qué estamos hablando! El promedio hoy día en nuestro país es de 20 mil pesos en financiamiento compartido. ¡20 mil pesos! En los colegios más caros de mi circunscripción (Quilpué, Villa Alemana, San Felipe) se paga 50, 55 mil pesos. Pusimos el techo nominal en 80 mil pesos, o sea, en una cifra similar a la que se paga en la educación particular. Entonces, no hay ningún detrimento.

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A mi juicio, se trata de una señal que no va en la dirección de lo señalado por la Senadora Von Baer: “Por qué los padres no podrán invertir”, etcétera. ¡Claro que van a poder invertir -y hasta 80 mil pesos- en la educación de sus hijos a través del financiamiento compartido, desde el momento que se establece ese tope nominal! Ahora bien, para decir toda la verdad, muchos somos partidarios -yo me convencí después de una profunda reflexión- de que en la medida que aumente la subvención escolar pública (su monto hoy día asciende a alrededor de 55 mil pesos, pues ha subido, y a veces llega como a 80 mil pesos si se le suma la subvención escolar preferencial -¡ojo!, que cuando esta se paga no se puede cobrar financiamiento compartido por esos alumnos; así lo aprobamos hace 4 años-) debería bajar, en forma inversamente proporcional, el financiamiento compartido. Ello, no para impedir que los padres elijan dónde educar a sus hijos, sino todo lo contrario, para aliviarles la carga del financiamiento compartido. ¿Qué le interesa al sostenedor? Que le paguen. Y si el Estado le aumenta los ingresos vía subvención, ¿cuál es el problema? Entonces, vayamos bajando esa carga de financiamiento compartido, a fin de que exista menos segmentación, menos segregación en la educación. Por lo tanto, fue muy buena y lúcida la idea de la Cámara de Diputados de fijarles un tope nominal de 80 mil pesos a los cobros mensuales por financiamiento compartido. El señor ESCALONA (Presidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador. El señor WALKER (don Ignacio).- Termino en seguida, señor Presidente. Pienso que el Senado debiera aprobar el criterio de la otra rama legislativa sobre la materia. Insisto: el financiamiento compartido alcanza, en promedio, a 20 mil pesos. El tope propuesto es de 80 mil. ¡Impensable!, prácticamente nadie paga eso, y excesivo, casi como si fuera educación particular pagada. Bueno, sumando y restando, creo que se trata de un buen proyecto, que -repito- aporta 320 millones de dólares al sistema educativo. Como señalé, esta es una buena noticia para el financiamiento de la educación. Siempre recuerdo lo que me dice el doctor Luis Mella, de Quillota: “Aquí, mientras no haya aumento de la subvención, no tiene viabilidad la educación pública municipal”. Eso es lo que estamos haciendo mediante la presente iniciativa. Y no solo para la gente de esa ciudad, sino para toda la educación subvencionada, que llega al 92 por ciento de los alumnos en Chile.

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Por eso, invitamos a darle nuestra aprobación. Y si se pidiera votar en forma separada la norma que fija el tope referido, a aprobarla también, por las razones que mencioné. He dicho. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Sabag. El señor SABAG.- Señor Presidente, ayer tuvimos una larga sesión para tratar el proyecto que modifica la legislación tributaria y cuyos recursos, que espero se puedan recaudar, se destinarán a financiar la reforma educacional. Y todos hicimos notar la importancia de seguir efectuando aportes a la educación. El 20 por ciento del Presupuesto de la Nación, equivalente a 12 mil millones de dólares, corresponde al Ministerio de Educación. Y si consideramos que el otro Ministerio que se lleva gran parte de dicho Presupuesto es el del Trabajo, concluimos que entre ambos reciben alrededor del 40 por ciento de aquel. Y como el Estado tiene que distribuir dicho Presupuesto a los Ministerios restantes, que son muchos (22), como buen padre debe repartir la torta a todos los hijos, aunque unos griten más que otros. La presente iniciativa aumenta la subvención para prekínder y kínder, la subvención escolar preferencial, la subvención por concentración de alumnos prioritarios y la subvención general. En la sesión aludida el Ministro expresó que con el aumento de la tributación, en el año 2014 se llegaría al 100 por ciento de escolaridad en prekínder y kínder hasta el tercer quintil -¡qué gran noticia!-, y que eso sería fundamental para la equidad y el desarrollo de nuestro país. En el segundo informe del proyecto, tanto de la Comisión de Educación como de la de Hacienda se acordó eliminar el artículo 3°, aprobado en general, que establecía que los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado, y de los establecimientos de educación técnico-profesional, deberán informar al Ministerio de Educación la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajuste de remuneraciones que reciba cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento. Y agregaba que el Ministerio de Educación deberá enviar esta información a las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, antes del 31 de marzo de cada año. Por otro lado, se incorporó un artículo 5°, nuevo, que dispone, de manera explícita, lo siguiente: “La aplicación de la presente ley no significará aumento de la subvención de la educación especial diferencial y de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio. Sin perjuicio de lo anterior, para el solo efecto del cálculo del fraccionamiento destinado a financiar los programas aprobados de integración escolar se considerará el valor de la subvención regular vigente a agosto del año 2012”. Por eso, señor Presidente, con gusto aprobaremos el aumento de estas subvenciones, destinadas a lo más importante y que a todos nos interesa: a la educación en Chile.

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Con mucho agrado, voto favorablemente. El señor ESCALONA (Presidente).- Está inscrito a continuación el Honorable señor Carlos Larraín. El señor MUÑOZ ABURTO.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Para plantear un asunto reglamentario? El señor MUÑOZ ABURTO.- Sí. Señor Presidente, le rogaría que abriera la votación. El señor ESCALONA (Presidente).- Se ha solicitado la apertura de la votación. La señora ALLENDE.- De acuerdo. El señor CANTERO.- Conforme. El señor LARRAÍN (don Carlos).- No hay acuerdo. El señor ESCALONA (Presidente).- Se realizarán cuatro votaciones separadas. Faltan pocos oradores, señor Senador. El señor CANTERO.- Estamos en la discusión particular, señor Presidente. Pero parece discusión general. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Carlos Larraín. El señor LARRAÍN (don Carlos).- Señor Presidente, con relación a este proyecto de ley, que incrementa las subvenciones del Estado en los establecimientos educacionales, debo manifestar que las cifras han sido analizadas por personas que las manejan muy bien. Y el resultado arroja -raya para la suma- que en el año en curso se agregarán 84 mil millones de pesos; en 2013, 159 mil millones, y en 2014, 174 mil millones para reforzar la subvención escolar preferencial. Eso comprueba el interés que tiene el Gobierno de don Sebastián Piñera, que nosotros sustentamos desde estas bancadas, por el proceso educativo. Además, el enfoque que se le da es, según los estudios vigentes, precisamente el más necesario, ya que se refiere a los primeros años de la educación. Lo propuesto, a diferencia de lo que suele ocurrir, no es retórico, no es verbal, sino algo concreto y específico que debiera ser aprobado por -espero- la unanimidad de la Sala.

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Sin embargo, en el artículo 4° se congela, en términos nominales, es decir apostando a la inflación, el monto máximo por alumno que será posible cobrar mensualmente por concepto de financiamiento compartido. La inflación, como sabemos, puede erosionar cualquier cifra que se establezca en términos nominales. Pero lo que está detrás de esto es lo que más habría de preocupar. Ya algunos señores Senadores se han referido al punto, pero no puedo sino discrepar. El copago es un camino óptimo para que la gente destine su dinero a lo que, en la mayoría de los casos, más le interesa: a la educación. En efecto, hay personas para quienes el orden de prioridades es distinto. Pero normalmente todos apostamos por el futuro a través de los hijos. Y quienes no tienen dinero son los que más esfuerzos hacen para mejorar las condiciones en que ellos se educan. Otros están dispuestos a sacrificar sus propias inclinaciones, a veces egoístas, para apalancarlos. Eso forma parte de la libertad individual. Cualquiera que sea el ingreso de las personas, debe permitírseles destinar la cantidad que quieran para la educación de sus hijos. Esta es una cuestión muy elemental. Me parece arriesgado apostar a que se desgaste la cifra consignada en el texto, que ha sido fijada en 80 mil pesos. Y, de paso, me pregunto: ¿por qué 80 mil pesos y no 81 mil o 72 mil 500? El señor ROSSI.- ¡O 5 mil! El señor LARRAÍN (don Carlos).- O 5 mil, como acota, con gran generosidad, un señor Senador. ¿De dónde salió la cifra de 80 mil pesos? Bueno, yo me admiro de la preciencia que encierra esto: 80 mil es la cifra mágica, menos la inflación anual acumulada. Puedo decir, con alguna experiencia en la materia puesto que durante muchos años he impartido clases en colegios, que la educación gratuita solo es sinónimo de educación estatizada. Nadie puede proveer educación gratis sino el Estado. Este, por lo demás, cubre el gasto que ello implica distrayendo recursos destinados a otras necesidades. No es dable, objetivamente, sostener que es ventajoso para la educación el que esta sea estatizada, centralizada, y que la carrera pedagógica equivalga a una carrera funcionaria. Nada puede ser más malo que prescindir de la variedad en la educación. Se habla mucho de diversidad, pero la gran diversidad deriva del proceso educativo: que se enseñen los contenidos que los padres prefieran. Por eso es muy útil que exista la posibilidad de que ellos destinen una parte de sus ingresos a la educación de sus hijos, y la cifra que deseen.

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Probablemente -lo que voy a afirmar es el resultado de reuniones con sostenedores-, si se eliminara o se erosionara el copago, ellos podrían virar hacia una forma de educación particular íntegramente pagada. Y esa sí que sería una manera de impulsar la segregación educativa, porque, efectivamente, se estaría -como quien dice- engranando con el aumento de los ingresos personales, lo cual viene ocurriendo desde hace muchos años. De modo que más familias van a desear destinar mayor parte de sus ingresos a la educación y, de pronto, pueden inclinarse por la particular pagada. Señor Presidente, me parece que el artículo 4° debiera ser rechazado. He dicho. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Orpis. El señor ORPIS.- Señor Presidente, Honorable Sala, en esta intervención me gustaría referirme a algunos temas que se han mencionado en el debate y que no figuran en el proyecto. En la normativa vigente sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales se fija un límite. Y esto me gustaría dejarlo en claro en esta discusión. Hoy día, el artículo 24 de dicha preceptiva legal dispone un límite de 4 USE, que son, aproximadamente, 76 mil pesos. Y la diferencia con la indicación es que aquella se reajusta, mientras que lo propuesto congela el valor, lo que no me parece una manera correcta de proceder. Hay unanimidad en esta Sala -y la hubo también en el curso del debate llevado a cabo ayer- en cuanto a que se debe fortalecer, evidentemente, la educación pública. Con tal objeto estamos tratando de llegar a un acuerdo en el tema tributario. Pero no puede ser a costa del resto de la educación. Y lo que se está haciendo acá, al entregar esa señal, es eso. Porque, en términos relativos, el financiamiento compartido irá perdiendo importancia. Señor Presidente, si hay algo que ha quedado en evidencia en materia educacional, es que estamos muy lejos de llegar a una cifra razonable, particularmente en materia de subvención y de colegios, para garantizar una buena educación y hacer una gran inversión en ella. Porque el tema de fondo radica en que, en la medida que los establecimientos de enseñanza cuenten con financiamiento, van a poder invertir muy fuerte en educación, en remuneraciones de los profesores, etcétera. Precisamente, el origen del financiamiento compartido se basó en la forma como los padres pueden allegar recursos a la educación, lo que me parece una opción legítima. Por lo tanto, el límite que se fijó en la legislación actual, con reajustabilidad, debería mantenerse a futuro. Y no me parece adecuado que, por la vía propuesta, en términos relativos, el financiamiento compartido vaya perdiendo valor cada día.

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En el transcurso del debate se ha señalado que existe la tesis de que, en la medida que aumente la subvención, baje el financiamiento compartido. Pero eso no figura en el texto. Y, además, al margen de si ello se hubiese considerado, no lo comparto, porque se deben allegar recursos a los colegios para que los inviertan en materia educacional. Por estas razones, señor Presidente, estimo fundamental mantener la reajustabilidad del financiamiento compartido, a fin de preservar el mismo valor, en términos reales, a través del tiempo y no sea impactado por la inflación, pues, de lo contrario, cada vez va a valer menos el esfuerzo económico que realizan los padres en la educación de sus hijos. He dicho. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Rossi. El señor ROSSI.-Señor Presidente, me parece que todos estamos de acuerdo en cuanto al fondo del proyecto, en el sentido de que se aumente la subvención escolar preferencial, la subvención por concentración de alumnos prioritarios, porque apuntan a colocar más recursos donde hay más dificultades. Entendemos que un niño con un capital sociocultural bajo necesita un esfuerzo mayor, incluyendo uno financiero. De hecho, muchos estudios demuestran que los dos factores más determinantes en la calidad de la educación de un niño son, por un lado, la interacción emocional de este con el profesor dentro del aula, y, por otro, el nivel de escolaridad materno. Y cuando hablo de este último, me refiero al entorno, a ese capital sociocultural que el niño trae desde su hogar y que es muy difícil de modificar. Ahora bien, no deja de llamarme la atención -y este es el punto en que, sin duda, tenemos una diferencia muy profunda con el Gobierno y con la Derecha- que el Senador Carlos Larraín (a quien escuché muy atentamente) se haya referido a la diversidad diciendo que esta es muy importante en la oferta educativa. Por eso -sostuvo- , es relevante que exista una oferta privada, porque la gratuidad es sinónimo de educación estatal. Eso desprendo de sus palabras. Sin embargo, es contradictorio su discurso. En efecto, cuando se habla de diversidad, ha de señalarse que es lo que menos hay en el sistema educativo actual. Porque no la entiendo como aquella en que hay diversos colegios para distintos niños; para tipos de niños iguales, los mismos colegios. A mi juicio, la diversidad se debe transformar en un factor de enriquecimiento del proceso educativo. Tiene que ver con que un estudiante de un capital sociocultural A se mezcle, conozca y nutra de la experiencia de otro perteneciente a un capital sociocultural B, C, D o X. Actualmente, de acuerdo al dinero que tienen los padres, los niños se educan en colegios para estudiantes de la misma condición. O sea, si la familia dispone de 10 mil pesos para el financiamiento compartido, el hijo asiste a un establecimiento con estudiantes cuyos padres pueden pagar igual cantidad. Lo mismo ocurre con aquellos que cuentan con

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50 mil o 80 mil pesos para tal efecto. No hay ninguna mezcla. Hoy día existe una completa segregación e inequidad. Por ese motivo, en el debate de la reforma tributaria nos opusimos a una rebaja a las familias que tengan a sus hijos en la educación particular, porque eso profundiza la inequidad y, más aún, la brecha existente. Eso hicimos en 1994. Fue un profundo error de la Concertación. En esa ocasión, con el argumento de que era necesario un aporte económico familiar para aumentar la cobertura, creamos el financiamiento compartido: el principio del fin de la educación pública. En ese tiempo la educación particular representaba solo el 6 por ciento. No estoy en contra de la oferta privada; pero que no se segregue con platas del Estado. Que aquella exista para los padres que tienen recursos para pagar un colegio particular. Sin embargo, no estoy de acuerdo en que se discrimine y se segregue a los estudiantes mediante dineros fiscales. Lo más valioso del proceso educativo tiene que ver con el intercambio de experiencias, con la mezcla sociocultural de niños que tienen historias, familias y situaciones distintas. Eso es lo relevante. Yo estudié en un colegio salesiano donde asistían niños cuyos padres tenían más plata que los míos, y también había otros con menos recursos. Eso permitió, justamente, que tuviese un aprendizaje enriquecedor. Hoy día, ciertos niños nunca van a conocer otra realidad. Ese es el problema del financiamiento compartido; no se trata de una cuestión de dogma o doctrinal. Por eso reclamamos respecto a esta situación. Ese era el aporte que quería hacer a la discusión. Evidentemente, tenemos una diferencia importantísima. El señor COLOMA.- Así es. El señor ROSSI.- Se trata, entonces, de un aporte relevante. Sé que tenemos discrepancias sobre el particular. Así que me parece muy bien que se haya puesto un tope, para frenar en algo la segregación existente hoy día. El señor ORPIS.- Actualmente existe un tope. El señor ROSSI.- Pero es reajustable. Nosotros queremos eliminar la reajustabilidad y rectificar el error cometido en 1994. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina. El señor ESPINA.- Señor Presidente, quiero felicitar al Ejecutivo por este proyecto de ley, que aumenta sustancialmente la subvención para prekínder y kínder; la subvención escolar preferencial, que se focaliza en los educandos de

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menos recursos; la subvención por concentración de alumnos prioritarios, y la subvención regular. Creo que este Gobierno merece un reconocimiento, por cuanto ha incrementado los recursos de la educación de 7 mil millones a 13 mil millones de dólares. Y con la reforma tributaria busca elevarlos en otros mil millones, para el financiamiento de aquella, y crear un fondo de 4 mil millones de dólares. En el caso puntual que nos ocupa, pienso que hay atravesada una cuestión ideológica, porque lo que se busca de verdad es terminar con el sistema de cofinanciamiento de la educación. El argumento es muy simple. Ya lo dio el Senador Orpis con gran lucidez. Hoy día el financiamiento compartido está limitado. No es efectivo que los colegios particulares subvencionados que tienen ese tipo de financiamiento puedan cobrar lo que quieran. El pago se halla restringido a 4 unidades de subvención escolar. Y como la USE equivale a 19 mil 150 pesos, el límite es de poco más de 76 mil pesos. Ahora bien, mediante la proposición hecha a la Sala se pretende determinar un monto fijo, de modo que año a año vaya bajando la cifra que, con acuerdo de los padres, cobran los establecimientos educacionales para complementar las subvenciones que reciben. Además, ningún establecimiento educacional podrá hacerle cobros al 15 por ciento de los alumnos de menos recursos. Y lo propio ocurrirá en el caso de la subvención escolar preferencial. En definitiva, señor Presidente, mediante esta iniciativa, al congelarse en pesos el copago, se busca terminar con el cofinanciamiento. Y esto significará que los padres paguen una cantidad cada vez menor. Pero hay algo curioso, señor Presidente. Cuando uno analiza las encuestas de opinión, después de tanta mitología que se ha hecho, sabe qué piensan los chilenos sobre el financiamiento compartido. Porque aquí se ha dicho que la gente no quiere ese tipo de financiamiento. Pero sucede que, según la encuesta del CEP, el 45 por ciento de las personas considera bueno que los padres puedan complementar el subsidio para la educación de sus hijos, mientras solo el 39 por ciento estima que el copago debería estar prohibido. Por lo tanto, el primer mito que debe destruirse es aquel según el cual los chilenos no quieren financiamiento compartido: ¡quieren financiamiento compartido! Y aquí está diciéndose que se pondrá un techo que al cabo de algunos años va a significar el término de esa forma de financiamiento. Obviamente, se trata de una cuestión ideológica. Porque algunos desean terminar con la educación particular subvencionada. ¡Esa es la verdad!

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¡Por eso se está aprobando un proyecto de ley que limita la legítima ganancia! ¡Y por eso no se quiere dar crédito para que las familias de clase media descuenten de sus impuestos hasta 100 mil pesos por hijo! Ese es un tema político. La diferencia estriba en que nosotros somos partidarios de una educación municipal fuerte, con recursos, pero también de una educación particular subvencionada, que es aquella que los padres eligen para sus hijos. Porque la gran mayoría es gratuita; en consecuencia, la eligen, por ser tal. La verdad de las cosas es que -repito- se desea terminar con la educación particular subvencionada. Sin embargo, aunque les duela a quienes son contrarios a ella, debo señalar que hay 5 mil 644 establecimientos particulares subvencionados, donde estudian un millón 850 mil alumnos, por decisión libre y voluntaria de sus padres. Señor Presidente, se nos ha sugerido una muy mala disposición, que significa un tremendo retroceso en el derecho de los padres a contribuir en forma voluntaria a la educación de sus hijos. La mayoría de Izquierda desea imponer que la educación particular subvencionada vaya terminando lentamente, por esta vía o por otras. Por esa razón, nosotros -al menos nuestra gran mayoría- vamos a votar en contra de la norma pertinente, que a mi juicio, de manera encubierta, plantea que la educación particular subvencionada no pueda tener financiamiento compartido. Porque el copago se congela en pesos... El señor ESCALONA (Presidente).- Perdón, señor Senador, pero concluyó su tiempo. El señor ESPINA.- ¿Me concede algunos segundos para terminar? El señor ESCALONA (Presidente).- Por supuesto. El señor ESPINA.- Gracias, señor Presidente, por su gentileza. En definitiva, mediante la disposición propuesta pretenden terminar con el financiamiento compartido, pues no desean que los padres opten por la educación que recibirán sus hijos ni que libremente contribuyan a ella. Algunos me dicen: “No es así. No tienen derecho a elegir”. ¡Pero cómo no! Si al lado de un colegio particular subvencionado que no cobra un peso hay un colegio municipal, pregúntense por qué se prefiere

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aquel. Probablemente, porque en el sector resulta mejor el establecimiento privado. ¿Queremos destruir con esto la educación municipal? No, señor Presidente: deseamos fortalecerla. Pero también aspiramos a robustecer el derecho de los padres a elegir dónde estudian sus hijos. Por eso en su momento votamos en contra de la proposición pertinente. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Coloma. El señor COLOMA.- Señor Presidente, no me cabe duda de que este es un proyecto de ley bueno, necesario en el Chile de hoy. Ojalá se hubiera podido plantear hace muchos años, cuando ya sabíamos que el prekínder y el kínder eran centrales para el desarrollo educacional del niño. Pero, lamentablemente, la decisión se postergó numerosas veces. En mi concepto, no cabe sino alegrarse de que este tipo de situaciones se aborden en este Gobierno y de que seamos capaces de generar consensos importantes en la materia. Las ideas matrices de esta iniciativa (aumentar sustancialmente la subvención para la educación parvularia, incrementar la subvención preferencial para alumnos prioritarios y elevar la subvención regular para todos los educandos del país), obviamente, apuntan a uno de los grandes déficits que tiene hoy día la enseñanza, especialmente en materia de acceso y financiamiento. Dicho lo anterior, debo subrayar que, como lo plantearon algunos señores parlamentarios, hay un punto contrario al proyecto, a sus ideas matrices: el artículo 4°. A su respecto, hago reserva expresa de constitucionalidad, porque, claramente, al congelarse el financiamiento compartido no se está respetando ninguna de las ideas matrices contenidas en el proyecto al momento de su presentación, cuestión resuelta en reiteradas oportunidades por el Tribunal Constitucional. Ahora, el hecho de que en su momento la Cámara de Diputados no haya declarado inadmisible la indicación que dio origen al artículo antes individualizado no sanea su constitucionalidad, sino que genera un trámite posterior: el requerimiento al Tribunal Constitucional para que declare la inconstitucionalidad de esa norma. Me parece que ello es evidente en lo relativo a las ideas matrices del proyecto -es uno de los argumentos esenciales-, pero también en lo concerniente al artículo 65 de la Carta Fundamental, pues, sin duda, la mencionada indicación incide en una materia de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República: la vinculada con la administración financiera o presupuestaria del Estado. Incluso, revisando las actas, observé que el Diputado Marcelo Díaz -¡supongo que no habrá ninguna sospecha en cuanto a su no

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pertenencia a estos bandos...!-, con relación a un proyecto idéntico, declaró inadmisible el condicionamiento del aumento de la subvención en los establecimientos con financiamiento compartido a la circunstancia de mantener fijo durante años el arancel anual real determinado para cierto año. Señor Presidente, uno se alegra de las buenas iniciativas, pero lamenta que siempre “el diablo meta la cola” y de alguna manera se trate de destruir el espíritu de proyectos como el que nos ocupa. Porque en este caso, si se congela el financiamiento compartido, se altera la capacidad de contribuir al pago, que considero muy sana. Ahora, como se expresó, este es un problema de ideas. Pero, señor Presidente, esa es la gracia del Parlamento: que uno discuta ideas. Me parece sobremanera importante tener en cuenta que la principal preocupación de las familias es la calidad de la educación que reciben sus niños. Yo no conozco a ninguna persona que no quiera que sus hijos sean más que ella o que no esté dispuesta a dejar de lado otros gastos en pro de que su enseñanza sea mejor. En tal sentido, el hecho de que la familia pueda colaborar en el esfuerzo educacional que hace el Estado de ningún modo es un elemento segregador -se habla de ello, pero nadie lo comprueba- o un factor que disminuya la calidad de la educación. Porque, sin duda, esta mejora. No sé si los Senadores presentes en la Sala han notado que, en varios lugares, día tras día los padres se esfuerzan por sacar a sus hijos de las escuelas municipales para incorporarlos a establecimientos subvencionados, en los cuales efectúan un aporte. ¿Será por gusto? ¿Será por error? ¡No! Lo hacen porque creen que en ellos existe mejor capacidad educacional debido al esfuerzo compartido. Me parece muy necesario preservar ese espíritu, señor Presidente. Sería una mala decisión que, a propósito de este proyecto, al final se fuera generando el aniquilamiento del sistema existente, pues ello va a acarrear el cierre de colegios particulares subvencionados, la migración de alumnos a la educación privada pagada, sin ningún tipo de intervención del Estado. Por eso, valorando el contenido de esta iniciativa y el esfuerzo hecho por diversos parlamentarios en torno a ella, debo señalar que aquí se intentó pasar un gol de media cancha, pues el artículo 4° es claramente inconstitucional, ya que vulnera sus ideas matrices y el artículo 65 de la Carta Fundamental. Por consiguiente, reitero la reserva expresa de constitucionalidad que formulé al comenzar mi exposición. He dicho.

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El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela. El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente, cuesta hallar en el pasado una iniciativa que uno pueda calificar como esfuerzo importante para fortalecer la educación pública. El proyecto que el Gobierno remitió al Congreso y que ahora estamos debatiendo en particular va en esa dirección: al robustecimiento de la educación pública. Cuesta también, si uno hace un análisis detallado de las distintas normas sobre reajuste de las subvenciones, encontrar en la historia otro momento en que se hayan determinado aumentos de las proporciones de los que ahora se establecen para los distintos niveles de la educación pública, desde el prekínder hasta el cuarto medio. Hay aquí esfuerzos sostenidos y serios para destinar más recursos a la enseñanza. El que se hace, por ejemplo, para el prekínder y el kínder es claramente una tarea impulsada por el actual Gobierno, que hoy día tiene su expresión más concreta en la iniciativa que está sobre nuestros escritorios. Aquello se demuestra en la circunstancia de que se atacan aspectos a mi juicio medulares: el aumento sustancial de la subvención a la educación parvularia (o sea, prekínder y kínder); el incremento de la subvención escolar preferencial (es decir, la señal nítida y concreta de que los estudiantes más vulnerables, quienes son objeto de una mayor preocupación del Estado en esta materia, recibirán en el aula mayores recursos); la elevación de la subvención por concentración de alumnos prioritarios, y el aumento de la subvención regular para todos los educandos. En esos elementos queda evidenciada, por las cifras y el destino de los recursos, una cuestión fundamental: el fortalecimiento de la educación pública. Por eso, no tiene explicación razonable el hecho de que por otro lado se busque impedir que las familias contribuyan al esfuerzo que realiza el Estado. Al respecto, el principal argumento que se esgrime es el de la segregación. Y se sostiene que ella se generó en 1993 o 1994 al incorporarse el financiamiento compartido. Nadie puede sustentar aquella afirmación, señor Presidente. ¿Por qué hoy día los padres sacan a sus hijos de los colegios municipales y los llevan a los liceos particulares subvencionados? Porque tienen una señal de mejor educación. En consecuencia, es la calidad el elemento que los impulsa a tomar esa resolución. Si los liceos o las escuelas municipales garantizaran una educación pública de calidad -para lograr este objetivo el Gobierno realiza esfuerzos mediante una serie de proyectos de ley-, indudablemente que los padres llevarían a sus niños a esos establecimientos.

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No es el hecho de poner 50 mil, 60 mil u 80 mil pesos lo que genera la segregación, sino la calidad de la educación que se imparte. El Instituto Nacional, el Liceo Lastarria y otros colegios conocidos como “emblemáticos”, que son absolutamente gratuitos, dan la señal de que en sus aulas se recibe una buena educación. Entonces, los padres tratan de poner a sus hijos en esos establecimientos municipales. Si su señal fuera de baja calidad de la educación, quienes tienen alumnos en ellos intentarían sacarlos. Por consiguiente, a través de esta iniciativa se emite una mala señal cuando se intenta conculcar el derecho de los padres a contribuir a la educación de sus hijos y, sobre todo, a mejorar la calidad de esta. Es deber del Estado mejorar sustancialmente la calidad de los colegios que atienden a los alumnos más vulnerables. Y eso, entre otras cosas, es lo que procura el proyecto de ley en debate. Por lo expuesto, nosotros vamos a concurrir con nuestros votos favorables, porque creemos que esta iniciativa, llevada adelante por el Gobierno, y particularmente por el Ministerio de Educación, va en la línea de lo que se ha perseguido durante tanto tiempo: el fortalecimiento de la educación pública. El señor ESCALONA (Presidente).- Estábamos a punto de llamar a votación, pero acaba de inscribirse el Honorable señor Uriarte. Tiene la palabra Su Señoría. El señor URIARTE.- Seré muy breve, señor Presidente, pues solo deseo reiterar algunos planteamientos vertidos durante la discusión. Creo que estamos ante un gran proyecto, que va en la línea correcta. De verdad, felicito al Gobierno del Presidente Piñera por haber perseverado en esta materia. Su decisión constituye un avance en lo que el Ministro denominaba “emparejar la cancha” a efectos de permitir igualdad de oportunidades para que todos, sin distinción de origen, de cuna -como se ha dicho-, accedan a oportunidades que hoy están al alcance solo de quienes tienen mayor conocimiento, mayor educación, mayor cultura. Por ello, este proyecto, que aumenta la subvención para prekínder y kínder; la subvención preferencial; la subvención por concentración de alumnos prioritarios, y la subvención regular, es realmente un aporte. Ya se ha dicho lo que significa en términos cuantitativos. Por ejemplo, la subvención para la educación parvularia sube en 18,5 por ciento, lo que implica llegar a más de 305 mil niños tanto de la educación municipal como de la particular subvencionada. Eso envuelve un cambio estructural tremendo. Mejora la calidad de la educación y la cobertura para personas que hoy día carecen de acceso a ciertos niveles de enseñanza.

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El aumento de las subvenciones preferencial y por concentración de alumnos prioritarios apunta a donde debemos dirigir nuestros esfuerzos como nación: a la erradicación de la pobreza. Ahí están los alumnos más vulnerables. Y tal es justamente el foco del incremento. Finalmente, el aumento de la subvención regular para todos los alumnos del país va en directo beneficio de más de 3 millones 400 mil estudiantes. Señor Presidente, cuando uno ve proyectos de esta índole se pregunta qué razón podría haber para no aprobarlos. En mi concepto, nadie está en contra de esta iniciativa. Pero, sí, noto con gran preocupación que muchas veces en el fragor del debate -de verdad, es necesario tenerlo- algunos se entusiasman con materias que solo nos alejan del que debe ser el gran objetivo de la educación chilena: hacer de ella una política de Estado, una política pública, pero pensada en el largo plazo, más en las próximas generaciones que en las próximas elecciones. Este proyecto va justamente en la línea de lo que nos corresponde como nación: hacernos cargo de una deuda pendiente. Y si podemos resolverla, ello será fundamental para dar un salto significativo, terminar con la desigualdad, erradicar la pobreza y convertirnos de verdad en un país desarrollado, culto y educado. Por eso, señor Presidente, vamos a votar favorablemente. El señor ESCALONA (Presidente).- No hay más inscritos. Cerrado el debate. Pasaremos a la primera votación. Tiene la palabra el señor Secretario. El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores... El señor ESPINA.- ¿Hay Comisiones funcionando, señor Presidente? El señor PIZARRO.- La de Hacienda. El señor ESCALONA (Presidente).- Desde hace un momento están sonando los timbres. Tiene la palabra el señor Secretario. El señor LABBÉ (Secretario General).- El artículo 3º fue objeto de una indicación tendiente a eliminarlo, lo que acogió la Comisión de Educación por 4 votos contra uno. El señor WALKER (don Ignacio).- ¿El pronunciamiento recaerá sobre la supresión?

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El señor ESCALONA (Presidente).- Señor Secretario, le ruego repetir lo que se plantea. El señor LABBÉ (Secretario General).- Lo que se vota es decisión del señor Presidente: o el artículo o la recomendación. El señor ESCALONA (Presidente).- Exponga su criterio, señor Secretario. El señor LABBÉ (Secretario General).- Si se somete a la consideración de la Sala la sugerencia del órgano técnico, quienes quieran la eliminación del artículo tienen que votar que sí. El señor ESCALONA (Presidente).- En votación la proposición. El señor WALKER (don Ignacio).- ¿Puedo dar una explicación, señor Presidente? El señor ESCALONA (Presidente).- ¿Su Señoría desea fundamentar el voto? Si no es así, su solicitud no es procedente, conforme al Reglamento. --(Durante la votación). El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Cantero. El señor CANTERO.- Señor Presidente, voto a favor de la supresión del artículo, porque la materia ya se encuentra contemplada como una facultad de la Superintendencia de Educación. En consecuencia, sería una norma redundante y generaría confusión y una sobrecarga de acceso a información. Estas tareas son propias de esa entidad. El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto? El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación. --Se aprueba la proposición de la Comisión de Educación (19 votos contra uno y 3 pareos). Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Espina, Girardi, Horvath, Larraín (don Carlos), Muñoz Aburto, Orpis, Pizarro, Rossi, Sabag, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés). Votó por la negativa el señor Escalona.

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No votaron, por estar pareados, los señores Pérez Varela, Prokurica y Tuma. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario. El señor LABBÉ (Secretario General).- La enmienda del inciso segundo del artículo 4º, que pasa a ser 3º, fue aprobada unánimemente en la Comisión de Educación, por lo cual corresponde votarla sin debate. La disposición expresa que “Los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Parlamento deberán considerar, entre otros, los resultados del estudio a que se refiere el inciso anterior.”. La indicación respectiva fue acogida con modificaciones. El señor WALKER (don Ignacio).- ¿Qué significa votar “sí”? El señor LABBÉ (Secretario General).- Ello implica aprobar la norma que recomienda el órgano técnico. El señor ESCALONA (Presidente).- En votación. El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto? El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación. --Se aprueba la proposición de la Comisión de Educación (21 votos a favor y 3 pareos). Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Pérez (doña Lily), Rincón y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, García, Girardi, Horvath, Lagos, Muñoz Aburto, Novoa, Pizarro, Rossi, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés). No votaron, por estar pareados, los señores Pérez Varela, Prokurica y Tuma. El señor LABBÉ (Secretario General).- Se ha pedido votación separada para el artículo 5°, que pasa a ser 4°. Fue incorporado en la Cámara de Diputados. El señor WALKER (don Ignacio).- ¿Qué significa votar “sí”?

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DISCUSIÓN SALA

El señor ESCALONA (Presidente).- Señor Secretario, ¿puede especificar, por favor? El señor LABBÉ (Secretario General).- La disposición expresa: “Para sustituir en el inciso primero del artículo 24 del decreto con fuerza N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión “4 U.S.E.” por “$ 80.000”.”. El señor WALKER (don Ignacio).- Por lo tanto, ¿qué significa votar “sí”? El señor LABBÉ (Secretario General).- Pronunciarse a favor importa aprobar el artículo, y hacerlo en contra, rechazarlo. El señor ESCALONA (Presidente).- En votación. El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto? El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación. --Se aprueba el artículo 5°, que pasa a ser 4° (14 votos contra 11 y 2 pareos). Votaron por la afirmativa las señoras Allende y Rincón y los señores Cantero, Escalona, Frei (don Eduardo), Girardi, Lagos, Muñoz Aburto, Pizarro, Rossi, Tuma, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés). Votaron por la negativa las señoras Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, Espina, García, Horvath, Larraín (don Carlos), Novoa, Orpis y Uriarte. No votaron, por estar pareados, los señores Pérez Varela y Prokurica. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario. El señor LABBÉ (Secretario General).- Finalmente, la Comisión de Educación recomienda un artículo 5°, nuevo. La indicación respectiva fue acogida por 4 votos a favor y una abstención. Quienes quieran aprobarlo tienen que votar que sí. El señor ESCALONA (Presidente).- En votación. El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

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DISCUSIÓN SALA

El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación. --Se aprueba la proposición de la Comisión de Educación (23 votos a favor, una abstención y 2 pareos) y queda despachado en particular el proyecto. Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Espina, Frei (don Eduardo), García, Girardi, Horvath, Lagos, Larraín (don Carlos), Novoa, Orpis, Pizarro, Rossi, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés). Se abstuvo el señor Muñoz Aburto. No votaron, por estar pareados, los señores Pérez Varela y Prokurica. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro. El señor BEYER (Ministro de Educación).- Señor Presidente, Honorable Sala, deseo agradecer la votación registrada. Este aumento de recursos es muy importante para la educación parvularia y también para los niños más vulnerables, porque se incrementa la subvención escolar preferencial de quinto básico a cuarto medio y se pone en vigencia de manera mucho más rápida la correspondiente a la enseñanza media. Son todos cambios que, unidos a la subvención escolar general, que se eleva en 3,5 por ciento, van a darle un nuevo impulso a nuestra educación, que mucho lo necesita. Indudablemente, mantenemos nuestro reparo respecto del pronunciamiento sobre el financiamiento compartido y su congelamiento, pero entendemos que, en este caso, se ha votado por la mantención de este último. Reiterando mis agradecimientos, estoy seguro de que se ha contribuido a lograr una educación más equitativa y de mejor calidad.

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OFICIO MODIFICACIONES

2.8. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen Oficio aprobación de Proyecto con modificaciones. Fecha 29 de agosto, 2012. Cuenta en Sesión 74. Legislatura 360. Cámara de Diputados. Nº 851/SEC/12 Valparaíso, 29 de agosto de 2012. Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales, correspondiente al Boletín N° 8.070-04, con las siguientes enmiendas: Artículo 3° Lo ha suprimido. Artículo 4° Ha pasado a ser artículo 3°, con las siguientes modificaciones: Inciso segundo Lo ha suprimido. Inciso tercero Ha pasado a ser inciso segundo, reemplazado por el que sigue: “Los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Congreso Nacional deberán considerar, entre otros, los resultados del estudio a que se refiere el inciso anterior.”. Incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

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OFICIO MODIFICACIONES

Han pasado a ser incisos tercero, cuarto, quinto y sexto, respectivamente, sin enmiendas. Artículo 5° Ha pasado a ser artículo 4°, sin modificaciones. o o o Ha consultado, como artículo 5°, nuevo, el siguiente: “Artículo 5°.- La aplicación de la presente ley no significará aumento de la subvención de la educación especial diferencial y de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio. Sin perjuicio de lo anterior, para el solo efecto del cálculo del fraccionamiento destinado a financiar los programas aprobados de integración escolar se considerará el valor de la subvención regular vigente a agosto del año 2012.”. o o o Disposiciones Transitorias Artículo segundo Ha reemplazado la expresión numérica “4°” por “3°”. - - - Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 10.157, de 9 de mayo de 2012. Acompaño la totalidad de los antecedentes. Dios guarde a Vuestra Excelencia. CAMILO ESCALONA MEDINA Presidente del Senado MARIO LABBÉ ARANEDA Secretario General del Senado

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DISCUSIÓN SALA

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala Cámara de Diputados. Legislatura 360. Sesión 76. Fecha 05 de septiembre, 2012. Discusión única. Se aprueban las modificaciones. AUMENTO DE SUBVENCIONES DEL ESTADO A ESTABLECIMIENTOS

EDUCACIONALES. Tercer trámite constitucional. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Corresponde tratar las modificaciones

introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales. Antecedentes: -Modificaciones del Senado, boletín N° 8070-04, sesión 74ª, en 30 de agosto

de 2012. Documentos de la Cuenta N° 4. El señor RECONDO (Vicepresidente).- En discusión las modificaciones del

Senado. Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas. El señor VENEGAS.- Señor Presidente, las modificaciones introducidas al

proyecto por el Senado no son muy importantes. Nadie podría objetar el aumento de las subvenciones, menos aun cuando se trata de entregar un mayor aporte a la subvención escolar preferencial (SEP). Por eso, en su momento, dijimos que el proyecto nos merecía solo una observación, que incidía en la evaluación de esta subvención, en el grado de eficiencia y eficacia con que se estaba usando la SEP. Digo esto, porque a un director le escuché decir que hay demasiado dinero en las escuelas, y que, muchas veces, no se sabe qué hacer con él. Sus señorías están en conocimiento de que no siempre las agencias de asistencia técnica educativa están al nivel que corresponde. Siempre pensamos que el Senado iba a aumentar la subvención regular de manera significativa; sin embargo, ello no fue así. Nuestro deseo descansaba en la meta que el propio Gobierno se impuso, esto es doblar dicha subvención en un período de ocho años. Estamos lejos de ello. Si juntamos los aportes provenientes de la Ley de Presupuestos y de este proyecto, el aumento de la subvención regular alcanza apenas a 5 por ciento. En consecuencia, seguimos en deuda en relación con esta materia. Una vez más, los establecimientos municipales tienen problemas de

financiamiento. Dada la realidad específica y singular de estos, los costos de operación hacen que su situación sea aun más precaria. Para esos establecimientos, una inyección de recursos vía subvención regular es muy necesaria. Insisto: nuestro sistema escolar municipal está con problemas. Por

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DISCUSIÓN SALA

eso, se debió haber hecho un esfuerzo adicional para entregar un apoyo mayor. En tal sentido, hubiera sido conveniente aplicar elementos de discriminación positiva para enfrentar de mejor manera las dificultades en este ámbito. Esto no se consiguió. El Senado suprimió el artículo 3°, que regulaba una materia que nos parece importante, cual es que los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado, conforme al decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, y de los establecimientos de educación técnico profesional traspasados en administración de acuerdo al decreto ley N° 3.166, de 1980, debían informar al Ministerio de Educación, “antes del último día de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajustes de remuneraciones que reciban cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento.”. Por su parte, el Ministerio de Educación debía enviar esta información a las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, antes del 31 de marzo de cada año. El espíritu del artículo era fiscalizar, tarea ineludible, facultad y atribución legal de la Cámara de Diputados. La disposición no buscaba otra cosa que garantizar que los recursos que se entregan a los establecimientos para un fin determinado, como bonos, aguinaldos y reajustes para los trabajadores, lleguen efectivamente a sus destinatarios. No entiendo por qué se suprimió ese artículo, ya que era una exigencia

deseable desde todo punto de vista, pues favorece a los trabajadores. El artículo 4°, que también fue modificado y que ha pasado a ser 3°, se refiere a una cuestión que discutimos en la Comisión de Educación y que planteamos con el mayor respeto al señor ministro: me refiero al hecho de que el Ministerio de Educación, conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, debe encargar a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo. Esto va en la línea de un asunto que ya hemos señalado. En efecto, llegó el momento de plantear la idea de lo que nosotros denominamos “subvención diferenciada”, instrumento que debe establecer el valor efectivo resultante de educar a niños en realidades diversas. Vuelvo majaderamente a repetir que no es lo mismo, como quedó demostrado hace unos días, educar a un niño en Lonquimay, al interior de Pedregoso o en la escuelita de Callaqui, para citar un caso muy sensible y que fue tan comentado, que educar a un niño en una ciudad de gran concentración urbana. Repito, el artículo dispone realizar un estudio cada dos años para que, si es

necesario, el Ejecutivo envíe los proyectos correspondientes para aumentar la subvención. También me llama la atención que se haya suprimido el inciso segundo del artículo 4°. Supongo que fue para evitar que el Consejo Nacional de Educación, después de la realización de ese estudio, emita un informe que contenga recomendaciones respecto de la pertinencia y oportunidad de posibles incrementos en el valor de las distintas subvenciones escolares de la

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DISCUSIÓN SALA

educación regular. El inciso tercero, que ha pasado a ser segundo, agrega que los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Congreso Nacional deberán considerar, entre otros, los resultados de dicho estudio. En consecuencia, se podría haber hecho un mejor esfuerzo a favor de los establecimientos municipales y haber establecido una subvención diferenciada que dé cuenta real de lo que cuesta educar a un niño en condiciones diversas. Con todo, considero que las modificaciones del Senado son pertinentes, por lo que anuncio que las votaré favorablemente. He dicho. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Romilio Gutiérrez. El señor GUTIÉRREZ (don Romilio).- Señor Presidente, es fundamental que

los establecimientos educacionales y los sostenedores cuenten con recursos financieros que les permitan ejecutar las modificaciones a su proyecto educativo y avanzar en la calidad de la educación que imparten. El proyecto de ley establece el aumento de la subvención escolar preferencial

destinada al 40 por ciento de los alumnos más vulnerables del país -alrededor de 800.000 alumnos-, quienes estudian, principalmente, en colegios municipales. Además, dispone un aumento importante de la subvención, del orden de 50 por ciento, para los sextos y séptimos años de enseñanza básica, medida que nivela a esos grados educacionales con lo que perciben aquellos cursos que van entre primero y cuarto año de enseñanza básica. Además, establece una mejor distribución y asignación de recursos. Por otra parte, la iniciativa adelanta en un año la entrada en vigencia de la educación media al régimen SEP, permitiendo a los actuales alumnos de octavo básico contar con aportes en 2013. Asimismo, se contempla -es una señal muy potente para avanzar y mejorar la calidad de la educación- un aumento significativo de la subvención preescolar, de prekínder y kínder, del 18,5 por ciento, lo que ayudará a aumentar la cobertura, pero también a que los establecimientos educacionales, especialmente los que entregan educación preescolar, cuenten con los recursos necesarios para su correcto y buen funcionamiento, pues está demostrado que el mayor esfuerzo para entregar una educación de calidad tiene que comenzar a una edad temprana. Por lo tanto, el objetivo de aumentar la cobertura y mejorar la subvención va en la dirección correcta. También es una señal muy importante el aumento de 3,5 por ciento de la subvención regular o normal, lo que permite que todos los establecimientos educacionales cuenten con recursos adicionales. Los colegios municipales podrán destinar esos recursos adicionales a

disminuir sus déficits; otros, los podrán invertir en mejorar la calidad de la educación. Por lo tanto, debemos valorar el esfuerzo que ha hecho el Gobierno en esta materia. Por otra parte, consideramos que las modificaciones del Senado al proyecto, como la supresión del artículo 3°, apuntan en una buena dirección. Debemos recordar que las Superintendencia de Educación, que pronto entrará en funcionamiento, es la encargada de fiscalizar y de velar por

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DISCUSIÓN SALA

el correcto uso de los recursos y de atender los reclamos de la comunidad educativa, para lo cual cuenta con todas las atribuciones que le permiten acceder a la administración de los recursos financieros de los diversos sostenedores. El proyecto permite a la Superintendencia realizar su tarea y fortalecer la función de fiscalizar el sistema educacional chileno, para no sobrecargar a los establecimientos educacionales con la entrega permanente de información sobre áreas en las que deben tener mayor libertad de gestión. El artículo 4°, que de acuerdo a las enmiendas del Senado pasa a ser 3°, dispone que el Ministerio de Educación, en conjunto con el de Hacienda, encargará a expertos independientes un estudio para estimar el valor de una subvención escolar costoefectiva. Es positivo que dicho estudio deba ser considerado por el Gobierno en sus

propuestas de aumento de la subvención, pues una de las principales discusiones que se sostienen en forma permanente es cuál es la subvención que asegura la entrega de una educación de calidad. Hay varios antecedentes al respecto. Algunos señalan que es necesario duplicar la subvención normal y aumentar los recursos que se transfieren vía subvención escolar preferencial. Pero esta materia es muy dinámica; obedece a muchos factores que intervienen y afectan la entrega de una educación de calidad. Un estudio independiente, encargado por el Ministerio de Educación en conjunto con el de Hacienda, puede apoyar de mejor manera a la formulación de un aumento sostenido en la subvención. Aplaudo los aumentos de la subvención escolar preferencial y los anuncios del Gobierno de crear una subvención escolar preferencial para la clase media, y también comparto el planteamiento del diputado Venegas en el sentido de que debemos incrementar en forma significativa y sostenida la subvención regular, de manera que todos los establecimientos educacionales cuenten con los recursos necesarios que les permitan implementar modificaciones a su proyecto educativo y avanzar rápidamente en contar con un sistema educacional de calidad, que es lo que todos queremos. He dicho. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Enrique Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, la educación es prioridad de todos.

Sin formar parte de la Comisión de Educación, quiero señalar que, una vez más, estoy plenamente de acuerdo con el diputado Venegas. Es un colega que siempre aporta a los proyectos relacionados con la educación. Debo manifestar que siempre he seguido sus intervenciones en esta materia, por lo que me basaré mucho en lo que ha sostenido para argumentar sobre la iniciativa. A veces, estas cosas no se dicen, pero cuando uno se nutre de la sabiduría de los colegas es una obligación darlo a conocer. Quiero hacer un alto. Espero que la Comisión de Régimen Interno, de una vez por todas, aborde la situación que estamos observando. No es posible que los diputados expongan a los ministros problemas de orden particular en tanto se desarrolla una sesión legislativa.

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DISCUSIÓN SALA

Ellos pueden ser muy atendibles -nos alegramos de que los ministros presten la debida atención-, pero ello no corresponde. Cuando uno debate un proyecto lo hace con la intención de mejorarlo. Repito, no corresponde que el señor ministro se ocupe de situaciones que no son inherentes a la iniciativa legal en comento. Se lo digo con mucho respeto. Es fácil que el ministro le diga a los colegas que a veces van a saludarlo:

“Perdone, señor diputado. En este momento se está legislando un proyecto y quien habla ha venido a defender la posición del Ejecutivo.”. Como legislador exijo que se respete el momento en que se debate un proyecto. Dicho lo anterior y aprovechando la presencia del ministro en esta Sala, quiero que me explique por qué se suprimió el artículo 3° del proyecto, que exigía a los sostenedores de establecimientos particulares de enseñanza subvencionada por el Estado, conforme al decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, y de los establecimientos de educación técnico profesional traspasados en administración de acuerdo al decreto ley N° 3.166, de 1980, informar al Ministerio de Educación, antes del último día de febrero de cada año, la nómina y monto de los aguinaldos, bonos y reajuste de remuneraciones que reciben los trabajadores de los respectivos establecimientos educacionales. Solicito claridad del señor ministro respecto de este punto, pues aquí se nos están quitando atribuciones. El inciso tercero del artículo 3° señalaba que el Ministerio de Educación debía enviar esa información a las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, antes del 31 de marzo de cada año. Como consecuencia de esta enmienda, se ajustó la numeración de los artículos subsiguientes del proyecto. Quizás la supresión del artículo antes mencionado obedece a que la

obligación de información contenida en esa disposición implicaba duplicar el deber previsto en relación con la Superintendencia de Educación Escolar, órgano encargado de reunir todos esos antecedentes. Mantener ese artículo quizás suponía volver a involucrar al Ministerio de Educación en la tarea de recopilar información, en circunstancias de que, conforme a lo dispuesto por la ley N° 20.529, sobre Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización, tal deber ya estaba radicado en otra institución. En cuanto a la supresión del inciso segundo del primitivo artículo 4°, relativo al deber del ministerio de someter a la consideración del Consejo Nacional de Educación el estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva, es posible que el Senado haya ponderado el hecho de que dicho Consejo no cuenta con competencias para llevar a cabo una evaluación como la que se le estaba encargando. Por lo anteriormente expresado -no formo parte de la Comisión de Educación-, requiero una opinión un poco más funda mentada para votar positiva o negativamente las modificaciones del Senado. He dicho. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor ministro.

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DISCUSIÓN SALA

El señor BEYER (ministro de Educación).- Señor Presidente, a modo de aclaración, las modificaciones que introdujo el Senado al proyecto apuntan básicamente a tres aspectos centrales. En primer lugar, se reconoce que la información se entrega directamente a la Superintendencia de Educación Escolar y que la fiscalización queda en sus manos. Ella tiene todas las facultades para estudiar las cuentas de los distintos establecimientos y hacer las averiguaciones que quiera. Además, el Ministerio de Educación ya reporta una ficha con información de la marcha de los establecimientos educacionales y cuenta con algunos indicadores financieros. El Senado estimó que se sobrecargaba en demasía a los establecimientos educacionales con una petición adicional de información, en circunstancias de que la fiscalización está en manos de la Superintendencia. Por eso, el Senado decidió suprimir el artículo 3°. En segundo lugar, el nuevo artículo 3° establecía -es el cambio central- que el estudio encargado por los Ministerios de Educación y de Hacienda fuera visado por el Consejo Nacional de Educación. Sin embargo -lo establece la propia Ley General de Educación-, dicho organismo no tiene competencia para fiscalizar. De hecho, a los miembros seleccionados por el Sistema de Alta Dirección

Pública y por el Senado no se les pidió competencia en esos aspectos. En tercer lugar, es importante dejar en claro que no se pretende reducir la subvención para necesidades educativas especiales. No obstante, surgió una duda respecto de que, en una interpretación posterior, podía suceder que esa subvención se redujera. Por ello, se introdujo un artículo que lo único que pretende es dejar en claro que no se va a reducir la subvención para necesidades educativas especiales. Básicamente, esos son los cambios. El resto del proyecto es el mismo que aprobó esta Sala por 95 votos a favor y 16 votos en contra. Muchas gracias. He dicho. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Sergio Bobadilla. El señor BOBADILLA.- Señor Presidente, tal como lo expresamos en su

oportunidad en la Comisión y en la Sala, sin duda, este proyecto avanza en la dirección que todos queremos. La iniciativa destina mayores recursos a la educación de los niños más vulnerables de nuestro país e incrementa en forma significativa la subvención regular. Iniciativas como esta deberían tener respaldo unánime, aun cuando

reconozco que no ha ocurrido así en el pasado. Sin embargo, a la luz de las intervenciones que he escuchado, es posible que el proyecto logre un respaldo mayoritario, pues los niños más vulnerables de nuestro país requieren con urgencia de más recursos para su educación. En esa línea, el Gobierno ha dado señales concretas de cumplir con aquello que se ha propuesto: lograr incrementar en el corto plazo, en un ciento por ciento, los niveles de subvención que existían hasta hace algún tiempo. A fin de ilustrar a quienes nos ven a través del canal de la Cámara de Diputados, quiero señalar que el

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DISCUSIÓN SALA

aumento en la subvención parvularia de prekínder y kínder no es menor. En efecto, los recursos en ese sector se incrementan en alrededor de 19 por ciento, lo que significa que la subvención de 38.700 pesos sube a 45.000 pesos. Ello, sin duda, refrenda lo que siempre hemos manifestado, esto es que es necesario invertir en los niños que recién ingresan al sistema escolar regular. El incremento para los alumnos prioritarios tampoco es menor, ya que el aumento alcanza a un 50 por ciento aproximadamente. Ello responde a la necesidad de focalizar los recursos en quienes más lo necesitan. Quiero hacer referencia, brevemente, a los distintos incrementos establecidos

en el proyecto. Para kínder y prekínder, la subvención regular alcanza a 45.000 pesos; la subvención especial preferencial, a 37.000 pesos, lo que da un total de 83.000 pesos por alumno. Lo propio ocurre de 1° a 6° básico: la subvención regular alcanza a 55.000 pesos; la subvención especial preferencial, a 37.000 pesos, lo que da un total de 92.000 pesos. Para 7° y 8° básico, la subvención regular alcanza a 55.000 pesos; la subvención especial preferencial, a 21.000 pesos, lo que da un total de 76.000 pesos. Por último, de 1° a 4° año de enseñanza media, la subvención regular alcanza a 65.000 pesos; la subvención especial preferencial, a 21.000 pesos, lo que da un total de 86.000 pesos. Estos números hablan por sí solos, en cuanto a que existe una decisión muy clara y definida de avanzar en la dirección de entregar mayores recursos, sobre todo, para los niños más vulnerables de nuestro país. Por lo anterior, hago un llamado a todos los colegas a votar favorablemente la iniciativa, pues contribuye a lo que todos esperamos: que nuestras escuelas y que los niños más vulnerables cuenten con más recursos, a fin de tener una educación de calidad para todos y cada uno de los estudiantes del país. He dicho. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Carlos Montes. El señor MONTES.- Señor Presidente, este proyecto contenía dos materias

muy significativas. En primer lugar, obligaba a los sostenedores a informar al Ministerio de Educación sobre un conjunto de antecedentes relacionados con los pagos de aguinaldos, bonos y reajustes de remuneraciones. En el Senado -leí las actas-, el ministro sostuvo que esa información iba a ser captada por la Superintendencia de Educación. Quiero saber de qué manera la Superintendencia va a captar esa información. Es cierto que no es una tarea fácil, pero con los sistemas computacionales no debería ser imposible. Sin embargo, no vislumbro la manera en que procederá. Si el ministro -aquí presente- nos da garantías de que esa información será recogida por la Superintendencia y que ese proceso comenzará a regir a partir de la próxima temporada, la materia estaría resuelta; sin embargo, no existe ninguna certeza de que la información laboral va a quedar en manos de ese organismo. No obstante -repito-, si el ministro nos garantiza que la Superintendencia solicitará esa información a los sostenedores, el tema quedaría zanjado. Ahora bien, el estudio que hay que realizar sobre el costo efectivo de la educación y

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DISCUSIÓN SALA

el hecho de que esto lo tenga que recibir el Consejo Nacional de Educación para emitir su opinión, solo tiene carácter referencial y no es vinculante. Además, responde a una vieja discusión. Aquí, todos los gobiernos tratan de evitar el compromiso de aumentar la

subvención. Eso ha ocurrido desde que se estableció esta subvención. La única vez que se elaboró un modelo de cálculo de subvención fue cuando se creó. La idea de establecer esa norma era generar ciertas garantías. Si el Ejecutivo considera que esta materia lo compromete a contraer una obligación, porque va a haber instancias distintas que pueden elaborar modelos de cálculo, más allá de la ecuación macroeconómica, está bien, por que es difícil revertir eso. Con todo, creo que hay un retroceso en ese punto. Quiero repetir un par de cosas que señalé con ocasión del primer debate sobre este proyecto. Cito textual: “El tema relacionado con la segregación y la acelerada crisis que está viviendo la educación pública administrada por los municipios no está presente en este proyecto, no está en sus conceptos y en su enfoque. Al parecer, no es una preocupación. Durante el debate presupuestario sostuvimos que esto era algo fundamental;

no hubo acuerdo entre el Gobierno y la Oposición sobre el Presupuesto, precisamente debido al problema de la educación escolar. ¿Qué dijimos nosotros? Que estábamos frente a una crisis que se iba a profundizar; que se requería un plan de revitalización, que estimamos en 250 millones de dólares, considerando un conjunto de medidas. (…) Es decir, se requiere una estructura de aporte basal y no solo un sistema de subvenciones para que los colegios en los cuales la matrícula ha caído en forma muy fuerte no se transformen en colegios vacíos. Es responsabilidad pública, del Estado, del Congreso Nacional, del Gobierno, empezar un proceso de recuperación. Lo peor que podría ocurrirle a la actual generación es que se termine con la educación pública; sabemos lo que ello significa para una democracia. El proyecto no contribuye a solucionar este problema; está implícito el concepto de competencia entre colegios para captar alumnos. Un gran vacío es la falta de opciones consistentes relacionadas con la educación pública.”. Creo que en el proyecto que se aprobó ayer sobre ajuste tributario no hay nada que asegure que va a haber recursos en esa dirección específica, aun cuando reconozco que se pueden destinar a otras direcciones. Todos sabemos que el Fondo de Apoyo al Mejoramiento de la Gestión Educacional Municipal (Fagem) tiene otro objetivo; no se usa para enfrentar los problemas medulares, sino que tiene más que ver con el financiamiento de las corporaciones y con algunos proyectos de modernización muy específicos. Me parece que este proyecto tiene el gran problema de que aumenta los recursos -que uno valora-, pero refuerza las tendencias concretas. ¿Qué significa elevar la subvención preferencial? En lo concreto, significa que

tiende a reforzar el traslado de alumnos prioritarios a colegios particulares subvencionados, porque el sistema, tal como está diseñado, lo permite; es más rentable tenerlo o, si se prefiere, más financiable, pero el hecho de recibir subvención preferencial impide al sostenedor optar por el financiamiento compartido. Analistas de la Universidad de Chile señalan que este mecanismo

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es más estable que el financiamiento compartido, porque es un aporte que hace directamente el Estado. Otro aspecto del proyecto dice relación con el aumento de la subvención a prekínder y kínder, lo que me parece bien. El problema es que esto refuerza la tendencia a trasladar los alumnos que cursan la enseñanza preescolar al sistema particular subvencionado. Atendida nuestra realidad, preferiríamos que los proyectos del Ejecutivo -lo decía el diputado Mario Venegas- consideraran la necesidad de enfrentar los problemas de la educación pública. No nos veamos la suerte entre gitanos: a menos que estas medidas vayan

acompañadas por acciones complementarias, se estará terminando en forma más acelerada con la educación pública. En otra época, cuando el ministro Beyer era académico, sostenía, por ejemplo, que era fundamental que la subvención tuviera un mejor diseño, que era necesario compatibilizar la subvención preferencial con el financiamiento compartido. Creo que es algo fundamental; incluso, me correspondió comentar su trabajo, y me parece que tiene fundamentos de sobra para darse cuenta de las distorsiones de distinta naturaleza que tiene el actual sistema, de las distorsiones que genera la subvención preferencial, como sistema de financiamiento, y, también, de los controles, de la forma de trabajar y de las diversas situaciones que existen en los municipios y que no están mejorando la calidad de la educación. Si a todo esto agregamos los componentes de huelga y las condiciones en que funcionan los colegios, queda claro por qué se está produciendo y se seguirá produciendo el traslado de alumnos, aparte de la pirámide demográfica. Expreso nuestra preocupación por este problema que, nuevamente, será el tema principal en el debate presupuestario, por lo que es fundamental que el Gobierno lo asuma en profundidad. El diálogo con la Oposición debe centrarse en esta materia; lamento que no haya sido considerado en el ajuste tributario. La subvención preferencial puede generar tremendas distorsiones en los sectores medios porque, por un lado, permitimos que se cobre financiamiento compartido hasta por 500 millones de dólares, a nivel nacional, y, por otro, decimos que un porcentaje de estos sectores no lo reciben. En realidad, es necesario rediseñar un sistema más global que permita financiar realmente los objetivos educacionales, porque esta distorsión es muy importante. Reitero, los analistas del Ciade, de la Universidad de Chile, me decían que lo que aprobamos en el proyecto de ajuste tributario equivalía a un financiamiento compartido 2.0, que generará un proceso de traslado y un conjunto de distorsiones adicionales. No lo tenía muy claro, pero, efectivamente, no existe un enfoque global sobre la forma de enfrentar el problema de la educación pública, puesto que la adopción de medidas aisladas puede seguir reforzando la tendencia a terminar con ella. Pero, este es un problema de cómo ver la democracia. Una república sin educación pública tiene un pilar muy débil. Entiendo que algunos no le den la importancia debido; pero, otros

consideramos que es fundamental para tener una organización de la sociedad con otras características. Hay personas que aprueban el proyecto sobre ajuste tributario, pensando que tendrá consecuencias positivas para la educación pública. En esta misma Sala, podríamos tener un foro con el ministro de

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Educación y con distintos especialistas para determinar si esto es efectivo porque, a veces, se dicen cosas que no guardan relación con las consecuencias de las decisiones que se toman. En realidad, los dos cambios que contiene el proyecto no es lo principal. El problema radica, más bien, en el proyecto propiamente tal, en la medida en que está orientado en otra dirección y en que no toma en cuenta los efectos que tendrá sobre la realidad educacional. He logrado reunir información de la Región Metropolitana, relacionada con los colegios que se cerrarán a fin de año, después de las elecciones municipales. Pues bien, llegué a la conclusión de que serán 100, y es posible que me quede corto. Preguntando a los alcaldes y reuniendo información llegué a esa conclusión. Entonces, si el ministro y el Gobierno no se hacen cargo de ello; si los parlamentarios que ayer aprobaron el ajuste tributario no asumen esta posibilidad, estaremos ante un problema realmente serio para la educación pública. He dicho. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Germán Verdugo. El señor VERDUGO.- Señor Presidente, estamos discutiendo un proyecto de

extraordinaria importancia, porque aumenta sustancialmente la subvención para prekínder y kínder, la subvención preferencial por alumno y por concentración de alumnos prioritarios, y la subvención regular. El proyecto versa sobre estas materias, y en su primer trámite constitucional fue aprobado por amplia mayoría en la Cámara, y también en su segundo trámite constitucional en el Senado. El Senado introdujo dos modificaciones relacionadas con estos temas que es conveniente aprobar, por cuanto permiten evitar la doble información. A la Superintendencia de Educación, que empezará a funcionar muy pronto, le corresponderá, precisamente, supervisar la forma en que se invertirán los recursos. Por lo tanto, considero que el Senado hizo un aporte relevante que tiene por objetivo evitar la doble información y la doble fiscalización. Por otro lado, es aceptable que haya eliminado la aprobación por el Consejo Nacional de Educación de los estudios independientes requeridos para determinar la subvención, toda vez que dicho Consejo no tiene la expertise necesaria para realizar tales estudios, porque su función apunta al aspecto curricular y a los estándares pedagógicos. Se ha dicho que este proyecto de ley generará un problema a la educación pública, lo que me parece muy extraño. Las personas comunes y corrientes que presencian este debate requieren una explicación mucho más clara al respecto. Me parece absolutamente equivocado afirmar que el otorgamiento de más recursos producirá un problema a la educación pública, al punto de que podría desaparecer. No es el aumento de los recursos lo que perjudicará a la educación pública,

sino otros factores que conocemos perfectamente bien: las huelgas y las tomas que, muchas veces, se fomentan y se alientan sin que nadie se dé cuenta de ello. El problema de la educación pública no radica en el otorgamiento de

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mayor financiamiento, a través de los proyectos que estamos aprobando en el Congreso Nacional, sino, precisamente, en diversos motivos que nada tienen que ver con ellos. Por lo tanto, considero que es necesario aprobar las modificaciones del Senado, a fin de permitir que, lo antes posible, se alleguen más recursos a la educación, en particular, a la que reciben los alumnos prioritarios. Pero, siempre hay que esperar que estos recursos sean bien utilizados, para lo cual se requiere un apoyo mucho más fuerte que el que entrega la nueva institucionalidad que le estamos dando a la educación. Es necesario, a través de la Agencia de Calidad de la Educación y de la

Superintendencia de Educación, apuntar hacia nuestro objetivo fundamental: mejorar la calidad de la educación. Respecto de los déficits que se generan, debido a la forma en que se determinan las subvenciones, ya lo he planteado en otras ocasiones. No es posible hablar de déficit generalizado porque cada comuna tiene su propia realidad y las causas son absolutamente distintas. En este caso, es necesario hacer un estudio para determinar, comuna por comuna, las causas de los déficits que las están afectando en forma muy seria. Es conveniente y necesario hacer dicho estudio, a fin de conocer la realidad y no lanzar acusaciones al voleo, en cuanto a que los problemas son generados por los proyectos que en este momento están en discusión. Muy por el contrario, los mayores recursos serán extraordinariamente importantes y útiles para romper y lograr el objetivo que se propuso el Gobierno del Presidente Piñera, en cuanto a duplicar la subvención en ocho años y cumplir con el compromiso de mejorar la calidad de la educación. He dicho. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Alberto Robles. El señor ROBLES.- Señor Presidente, con ocasión del primer debate de este

proyecto planteé los argumentos que inspiran a los radicales, sobre los cuales insistiré cada vez que pueda. Hace bastante tiempo que Chile espera una reforma educacional de verdad. Después de lo que votamos ayer en relación con la reforma tributaria para financiar la educación, perdí las esperanzas de que este Gobierno concrete alguna. No veo por dónde viene la mano. Entiendo que el Ejecutivo quiere mantener

el statu quo de la educación. Desde 2006, los jóvenes nos dicen que quieren desmunicipalizar la educación, pues la municipalización atomizó el sistema educativo, creó 365 formas de educar, cada cual de acuerdo con sus propios recursos. Por cierto, en Vitacura se da una muy buena educación municipalizada debido a sus altos recursos, pero en Alto del Carmen o en las comunas más rurales o más pobres, la educación que se entrega es bastante distinta. Desde hace tiempo, en consonancia con las peticiones de los jóvenes, hemos venido expresando que es necesario desmunicipalizar, cambiar el actual sistema y avanzar en una reforma de verdad que devuelva al Estado la obligación de dar una educación de buena calidad y, además, que empareje la cancha en términos educacionales.

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No hay avances al respecto. Desde 2006, los proyectos sobre desmunicipalización que han llegado al Congreso Nacional duermen el sueño de los justos en la Comisión de Educación, Deportes y Recreación. Nunca han sido tratados. El Colegio de Profesores hizo una propuesta muy interesante: avanzar en servicios educacionales, desde el punto de vista del Estado, con autonomía, descentralizados, con territorio a cargo, que permita que el Estado entregue la educación y tenga la responsabilidad de educar. No se asigna ese cometido al alcalde de turno, quien piensa en la próxima reelección o en el corto plazo, sino a un servicio, desde el Estado, a fin de que proyecte en el largo plazo, con técnicos, con compromiso de la ciudadanía y de los municipios. ¿Qué ha pasado? Nada. Sin embargo, nos han enviado una iniciativa que busca mantener el statu quo y tranquilizar un poco a los señores alcaldes que necesitan recursos. Pero, ¿avanzamos en la reforma? Nada. Entonces, acá tenemos un informe con modificaciones del Senado que hace lo mismo: respalda una situación a todas luces inoperante en la atención parvularia y en la enseñanza básica y media. He dado cuenta de esto varias veces. Hoy, tenemos tres sistemas desde el Estado, con recursos públicos, para dar

atención de educación prebásica: la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji); Integra y los establecimientos de jardines infantiles asociados a los municipios, los que cada vez aparecen en mayor cantidad. La Junji toma una subvención y se la entrega al municipio con particularidades especiales, porque los funcionarios que trabajan en la atención parvularia en los municipios no tienen los mismos derechos que los de la Junji. Sus contratos de trabajo son distintos, con una mirada y derechos distintos a los de las trabajadoras de la Junji. Si son platas del Estado las que se entregan a la Junji, a Integra y a los municipios para la atención parvularia, ¿por qué no tenemos un solo sistema? ¿Por qué tenerle miedo al Estado en educación cuando la gran mayoría de los países europeos desarrollados tienen un Estado poderoso en materia de educación? El temor proviene del hecho de que el Estado propugna la igualdad que el privado no dará. Sabemos que el privado tiene un fin de lucro esencial, y es razonable que lo tenga en cualquier área, menos en educación. Por eso, nos parece que este proyecto no apunta a resolver el problema, sino a mantener el statu quo. El Gobierno no pretende otra cosa más que mantener el actual estado de

cosas, el lucro y toda esa mirada dogmática con que maneja la educación. Al ver los resultados después de 30 años desde que se municipalizó de la enseñanza, desde que se abrió espacios al sector privado en este ámbito, uno se da cuenta de que Chile ha avanzado como país, pero en educación han sido 30 años perdidos. Durante los gobiernos radicales, el país avanzó rápidamente en educación. Don Pedro Aguirre Cerda creó una política educacional de Estado que llegó a todos lados. Hubo mayor calidad, cantidad y cobertura. Hubo mayor capacidad para que las familias avanzaran en términos sociales, porque los hijos de cualquier persona, desde el obrero al empresario, se educaban en el mismo colegio y solo sus capacidades les permitían lograr desarrollo. Voy a votar en contra de este proyecto, como lo hice la vez pasada, porque mantiene

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el statu quo y obliga a que Chile prosiga con la mirada de que la educación debe ser entregada por privados. La subvención está orientada a perpetuar la actual situación; el proyecto no se hace cargo de la gran reforma que piden los jóvenes, los profesores y la gran mayoría de las familias, sobre todo la de los sectores más vulnerables. No estoy en contra de que algunos establecimientos reciban subvenciones del Estado, como ocurría en el pasado. La participación de los colegios ligados a la Iglesia siempre fue muy importante en Chile; pero tenían una clara calidad y vocación pública. Por lo tanto, no lucraban con los recursos que les entregaba el Estado.

Todavía quedan algunos. En ese sentido, participo de esa mirada. Sin embargo, el Estado debe tomar las decisiones, no los privados. Digo esto por una razón que no me canso de repetir: cada vez que uno revisa lo que pasa en los países desarrollados, incluso en los más neoliberales, como Taiwán y otros, se da cuenta de que la educación y la salud están en manos del Estado. En ellos, el Estado es garante de que toda la población reciba atención de calidad en educación y en salud. He dicho. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Marcelo Schilling. El señor SCHILLING.- Señor Presidente, hoy conocimos la noticia de que

Chile cayó del lugar 22 al 33 en el ranking anual de competitividad elaborado por World Economic Forum, organismo con sede en Suiza. Me imagino que el ministro Beyer -por su intermedio, señor Presidente-, debido a su formación básica y a su trayectoria, siempre está muy atento al seguimiento de los resultados de la aplicación de este índice de competitividad, por lo que caer del puesto 22 al 33 no es poca cosa como para que converse con el diputado González y no ponga atención a lo que le explica un parlamentario que hace uso formal y reglamentario de la palabra. Probablemente, el ministro Beyer siguió con más atención y comprende mejor que todos nosotros los alcances de esta noticia aparecida recién hoy: Chile cayó –reitero desde el lugar 22 al 33 en el índice de competitividad mundial. Sin duda, se trata de una noticia mala y preocupante. Entonces, el ministro Beyer nos podría explicar los dos factores por los cuales Chile fue arrastrado hasta el lugar 33: En primer lugar, porque tenemos una pésima evaluación en formación básica e investigación superior, es decir, en los dos extremos de la escala educativa. A pesar de todas estas evidencias, que vienen acompañadas por la persistente reclamación de la sociedad chilena durante el año pasado y este, en cuanto a la necesidad de cambiar la educación, de organizarla sobre la base de una nueva filosofía y una nueva lógica y, desde luego, con una nueva estructura, ¡no se oye, padre!, como tampoco se escuchó nada en la reforma tributaria o ajuste tributario que ayer despachó el Congreso Nacional. El proyecto en discusión insiste, majaderamente, en la misma lógica. Uno podría saludar el aumento de recursos, al contrario de lo que dice un profesor citado por el

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diputado Venegas, en el sentido de que habría demasiada plata en las escuelas; eso no es cierto. Los municipios siguen aportando de manera importante al sostenimiento de

los establecimientos educacionales públicos; no es verdad que haya demasiada plata. Entonces, uno podría decir: “¡Ah, el proyecto es bueno, porque pone más plata!”. Pero, en verdad, no cambia la dirección de los acontecimientos que llevan a que Chile caiga del lugar 22 al lugar 33 en el índice de competitividad mundial. Se trata de un ranking adorado por los doctores en economía que hoy pueblan Chile, que parecen los nuevos teólogos de la sociedad chilena, quienes nos hablan de la nueva verdad revelada, medida siempre en rankings, índices, comparaciones estadísticas, etcétera. Señor Presidente, por su intermedio quiero decirle al ministro de Educación que si quiere cambiar la dirección de los acontecimientos, este proyecto debe establecer un aumento de la Subvención Escolar Preferencial (SEP) de manera diferenciada, destinando más para el sector público, no más para el sector particular subvencionado. Este último recibe la subvención que administra el Estado, el fisco, a través

del Ministerio de Educación, y, además, recibe el aporte de los padres. Pero, ¿cuál es el resultado en términos de calidad? En mediciones sobre rendimiento académico, la educación particular subvencionada está tan mal como la del sector público. Estos temas seguirán afectándonos y dando problemas al país mientras no se adopte una dirección diferente de la que hemos llevado por treinta años. La dictadura creó este sistema en 1980, cuando traspasó la educación pública a las municipalidades, con dos objetivos: Primero, dividir al movimiento estudiantil para que no tuviera una única autoridad a la cual dirigir sus demandas, y segundo, dividir al gremio de los profesores con el mismo propósito. Resultado: los estudiantes están unidos, también los profesores, y hoy, en la sociedad chilena, se discute sobre la calidad de la educación. Ahora bien, no solo hubo la mala noticia de la caída de Chile en el ranking de competitividad del lugar 22 al 33 -¡once puestos de un viaje, en el Gobierno que, por excelencia, dice que ha superado todos los índices anteriores!-; ayer también hubo una mala noticia para el Congreso Nacional proveniente del Tribunal Constitucional. Este año, aprobamos un proyecto de ley por el cual se daba un nuevo plazo a las sociedades educacionales sostenedoras de establecimientos particulares subvencionados para que adquirieran el carácter de sociedades con giro único dedicado a la educación. Ayer, el Tribunal Constitucional lo declaró inconstitucional. Al respecto, quiero hacer algunas preguntas directas al ministro: ¿Todas

estas instituciones están fuera de la ley? ¿Cómo ahora, sin la posibilidad de ejercer control y fiscalización sobre ellas, se les va a seguir traspasando la subvención? ¿Vamos a estar fuera de la ley, como lo está el ministro Allamand con su Estrategia Nacional de Seguridad Y Defensa? Lo señalo porque es un instrumento que solo puede ser construido después de que se apruebe la iniciativa de ley que faculte su creación, que no ha sido aprobada acá. Señor Presidente, su señoría sabe que en derecho público las autoridades solo pueden hacer lo que expresamente les autoriza la ley. ¿Vamos a terminar con

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un Gobierno completamente al margen de la ley? No creo que el ministro de Educación se pueda hacer cargo de la última pregunta, dirigida al señor Allamand, pero queremos saber cómo resolverá el otro problema. He dicho. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Manuel Rojas. El señor ROJAS.- Señor Presidente, después de escuchar a quienes me

antecedieron en el uso de la palabra referirse a la catastrófica situación existente en materia educacional, -criterio que, en algo, podemos compartir-, es válido plantear al diputado Schilling, por su intermedio, señor Presidente, que los procesos en materia de educación no se concretan de la noche a la mañana. Hay que ser justos y reconocer que, transcurridos veinte años de un gobierno democrático, los resultados que hoy el diputado Schilling reclama son de ese proceso. Por lo tanto, lo que tenemos que hacer es buscar la responsabilidad que tiene él, que tengo yo y que tenemos todos en esto y ver qué hacemos de aquí en adelante para mejorar todo el sistema. Un joven que ingresa a la enseñanza media debe esperar cuatro años para ver sus resultados. Este Gobierno tiene recién dos años. Por lo tanto, lo que debemos

preguntarnos es, qué hacer para avanzar en esta materia de manera transparente, sin estigmatizar la educación. Si hoy nos jactamos de que hay más de un millón de estudiantes en la educación superior es porque se han modificado todos los sistemas en materia educacional que se entregan a la comunidad. Quizá el problema no esté en la cobertura y tengamos dificultades en la calidad de la educación -ese es otro tema-; pero nadie puede negar que los sistemas que hoy imperan han permitido que muchos jóvenes estudien en la educación superior. ¿Qué hace este proyecto? Da un paso importante para solucionar el déficit de financiamiento de los establecimientos educacionales. Yo puedo compartir la opinión del diputado Schilling y de otros colegas que han señalado que el tema municipal es complejo, porque hoy, no todos los colegios municipalizados tienen las mismas ventajas, por ser dependientes de un sistema heterogéneo. No es lo mismo impartir clases en la pampa salitrera -lo digo con mucho

orgullo, porque fui alcalde de una comuna ubicada en ella- que hacerlo en Las Condes, porque los recursos que entrega el municipio en uno u otro caso, en beneficio de la educación municipal son muy diferentes. Así, por ejemplo, las municipalidades grandes pueden aportar miles de millones de pesos a la educación; pero, lamentablemente, en muchos casos esa misma cantidad de recursos constituye el presupuesto total de comunas pequeñas, por lo cual no tienen la capacidad para solucionar problemas reales. El proyecto, que representa un paso importante, responde al compromiso contraído por el Presidente Piñera de aumentar la subvención para beneficiar en especial a los estudiantes de kínder y prekínder.

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Todos sabemos que el niño que se incorpora a la educación desde la etapa preescolar, obtiene mejores resultados en su vida. El proyecto va por esa senda. Hay que perfeccionar otros instrumentos, y estamos dispuestos a hacerlo. Es lo que estamos haciendo en la Comisión de Educación. El incremento de la subvención escolar preferencial apunta a favorecer a los alumnos que pertenecen al 40 por ciento más vulnerable de la población. Por otro lado, debemos ser justos y reconocer que existen situaciones complejas por el mal manejo que alcaldes -de todos los sectores políticos- han hecho de la subvención escolar preferencial. En la actualidad hay municipios con deudas de más de mil millones de pesos por mal uso de fondos que, se supone, se destinarían en favor de los niños más vulnerables, pero que han sido empleados para gastos en propaganda y en otras cosas que no corresponden. Por lo tanto, pedimos al Gobierno que exista mayor fiscalización y que se

efectúe una evaluación de los programas públicos que desarrollamos. Al respecto, a la Cámara de Diputados le ha faltado evaluar lo que hacemos, para conocer si las iniciativas que despacha el Congreso Nacional se han con vertido en buenas leyes, si dan resultado. No hemos sido capaces de hacer esa evaluación. Ayer y anteayer, en conversaciones comentaba -el tema fue planteado por el diputado señor Alberto Robles- sobre las diferencias existentes en la administración y ejecución de programas para prekínder, kínder y enseñanza básica. Cabe señalar que en esto participan diferentes instancias, como Integra, la Junji y el municipio. ¿Qué le hemos pedido al Ejecutivo? Con el diputado David Sandoval, quien me acompaña, el lunes planteamos la necesidad de buscar mecanismos para uniformar. Existen problemas de gestión administrativa y también en el ámbito salarial. Así, por ejemplo, la situación de una parvularia de la Junji, no es igual a la de una de un jardín dependiente de un municipio. Muchas veces, los alcaldes argumentan que el Ministerio de Educación no les ha entregado los recursos, y se lavan las manos. En esta materia debe existir compromiso, que es lo que se está demostrando

con el envío de este proyecto que incrementa las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales. Uno, como profesor, sabe que, a lo mejor, el monto que se entrega es poco. No tenemos un modelo que permita conocer cuánto cuesta educar a un niño; se dice que podría ser del orden de 70.000 pesos, al establecer la comparación con el costo de educar a un alumno de un colegio particular subvencionado. Entonces, lo menos que podemos hacer hoy es entregar señales positivas y aprobar este proyecto, que aumenta las subvenciones del Estado a establecimientos educacionales. Debemos avanzar en esa línea porque es lo correcto. Hoy necesitamos estos recursos y muchos más, para ayudar a la educación. Con la reforma que aprobamos ayer, en algo se avanzará. Esperamos que sea el camino adecuado, en el sentido de que se incorporarán más recursos, pero que, de la mano, existirá más calidad en la educación. Por lo tanto, anuncio que voy a contribuir con mi voto favorable a la aprobación del proyecto, y espero que mis colegas hagan lo mismo, por el bien de la educación. He dicho.

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-Aplausos. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora

Alejandra Sepúlveda. La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente, hace pocos días

asistí a una importante jornada del Parlamento Latinoamericano, oportunidad en la cual, junto a un grupo de parlamentarios de varios países, sostuvimos una interesante discusión sobre la forma de abordar las políticas públicas desde el punto de vista parlamentario. En esa ocasión se barajaron tres conceptos, uno de los cuales tiene que ver con el pragmatismo y las ideologías, en el sentido de que los parlamentarios debemos abordar el quehacer legislativo y las votaciones en términos pragmáticos, no ideológicos. Me cuesta entender que en la política pueda existir solo pragmatismo y no ideología. Si esa tesis se impusiera, deberíamos actuar de manera pragmática al momento de votar, como lo plantearon muchos economistas que participaron en ese seminario. El segundo concepto es la eficiencia, criterio que compartí. En el uso de los recursos del Estado deberíamos ser más eficientes que los ejecutivos de las empresas privadas, porque son dineros de todos los chilenos, que se focalizan en las personas más humildes y que más los necesitan, a fin de apuntar hacia bien común. El tercer concepto tenía que ver con las políticas públicas y los programas que se votan en los congresos, principalmente en relación con su falta de evaluación. Sobre la base de lo expuesto, hice un análisis en relación con lo que vamos a votar hoy. Si alguien preguntara qué debemos hacer, tras un análisis superficial, la respuesta sería que hay que aprobar el proyecto. El diputado señor Rojas, a quien estimo mucho, dijo que, muchas veces, los alcaldes dan un uso que no corresponde a esos recursos y que, por lo tanto, no se sabe si las platas de la subvención escolar preferencial van a parar a una o a otra parte. En efecto, algunos alcaldes utilizan bien los recursos, y otros, mal. En este último caso, la plata se enreda por ahí y no llega a sus verdaderos

destinatarios, los alumnos más vulnerables, que son las personas que más nos interesan. En las tribunas nos visitan chiquillos de Vitacura, comuna en la cual los recursos llegan a sus estudiantes y es posible que las cosas se hagan de mejor forma que en otras. Además, cuenta con muchos más recursos si se la compara con un pueblo del norte o con una comuna de mi distrito, como Pichidegua o San Fernando. Entonces, no puede ser -aquí volvemos a lo pragmático- que la forma de enfrentar el tema educacional dependa de la voluntad del alcalde de turno. El destino de los recursos de la subvención escolar preferencial a los establecimientos educacionales no puede depender de la voluntad de cuatro o cinco sujetos. El diputado Mario Venegas dijo que van a un determinado centro educacional. Pero, señor Presidente, por su intermedio deseo expresar al señor ministro de Educación que en San Fernando eso no ocurre; tampoco en Peumo. Hay 300 millones o 400 millones de pesos que están “volando”, que no se sabe a dónde van a parar. Entonces,

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me piden que vote a favor para echarle agua a un vaso roto; me piden que incorpore más recursos de todos los chilenos a esto; me piden que, pragmáticamente -voy a usar el pragmatismo, aunque no me gusta mucho, porque prefiero la ideología-, vote que sí, porque son más recursos y, desde el punto de vista superficial, es mejor. El análisis superficial y la lógica me indican que es mejor inyectar recursos a la subvención escolar general y a la SEP. Sin embargo, si apunto a la eficiencia en el uso de los recursos y a ver cómo les llegan a los alumnos y cómo se puede hacer el cambio en relación con la calidad de lo que están recibiendo, entonces termino con el pragmatismo -o sigo siendo más pragmática- y digo “no”, porque los recursos no les están llegando. Otro punto importante es la evaluación, y así lo manifesté hace algunos días

al ministro de Hacienda, a quien le dije: “¿Usted quiere recaudar fondos? Perfecto, aquí está su bolsa con dinero. Pero si esos recursos serán destinados a la educación, primero es necesario estudiar la eficiencia con que se están usando”. Si me pidieran que aprobara recursos para otro ministerio, lo haría inmediatamente. Pero, ¡ojo!, en educación no somos eficientes y no tenemos una evaluación realmente objetiva de lo que está pasando con esos recursos. Nunca he podido entregar mi voto de manera superficial cuando se trata de estas cosas. Cuando me toca presionar el respectivo botón para votar, me cuesta ser superficial. Tenemos una gravísima complicación en la educación prebásica. Por eso, invito al ministro de Educación a que vea en terreno lo que ocurre en invierno -en verano es más fácil-, cuando los niños más pequeños, de tres o cuatro años, deben taparse con frazadas para calentarse, porque ni siquiera cuentan con una infraestructura básica. En los establecimientos de la Junji y de la Fundación Integra existe material didáctico. ¡Para qué hablar de lo que ocurre en los establecimientos traspasados! Me preocupa su realidad en materia de infraestructura, que no puedan utilizar los recursos de la SEP y que no tengan los mismos derechos. Se trata de un sector que necesita ampliar su matrícula. A lo mejor, como ellos son los más estatales dentro de la educación, sería

interesante revisar sus resultados. Si analizáramos esto sin ningún tipo de complejo ni ideología, creo que deberíamos ponernos de acuerdo. Considerando los antecedentes de que se dispone hoy, no es posible que sigamos cometiendo el error de perseverar en la educación municipalizada. Los municipios no están hechos para eso ni tienen vocación educacional. Los alcaldes son políticos, no tienen nada que ver con la educación, que para ellos es un área absolutamente marginal y significa un costo y una complicación. Lo dijeron hace muchos años, cuando protestaron para liberarse de esa responsabilidad. Entonces, no hay peor ciego que el que no quiere ver, y no hay mayor irresponsabilidad y pecado que el de quien sabe que las cosas se están haciendo mal y no hace absolutamente nada por enmendar rumbo. Por último, concuerdo con lo manifestado por los diputados Alberto Robles y Manuel Rojas, y espero que en la Cámara de Diputados hagamos una urgente evaluación de esos programas. Los organismos internacionales nos dicen que, a todas luces, esto no funciona. Entonces, parece que somos los únicos que no

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queremos tomar el toro por las astas y modificar lo que todo el mundo, a nivel nacional e internacional, nos dice que debemos cambiar. He dicho. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Rodrigo González. El señor GONZÁLEZ.- Señor Presidente, en primer lugar, mi saludo a los

integrantes de la delegación de iglesias evangélicas que nos acompañan en las tribunas. Conozco la profunda inquietud de los pastores respecto de la necesidad de llevar a cabo un cambio de fondo en la educación chilena. Por eso, me alegro de que compartan con nosotros este importante debate. Tal como hemos dicho en reiteradas ocasiones al ministro en la Comisión, en este momento hay un verdadero diálogo de sordos en materia de educación. Cada vez se han ido bloqueando más las opiniones y las posiciones, y cada vez hay más silencio del Ejecutivo en relación con las demandas que surgen de la Comisión y de los movimientos sociales. No ha habido ninguna respuesta a la gran propuesta de cinco puntos que realizaran la Confech y el movimiento estudiantil; tampoco a las propuestas de los profesores. Asimismo, ha habido poco eco a las demandas sobre un nuevo trato, hechas por el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas -entidad que agrupa a las casas de estudios superiores más importantes- y, en general, cada vez existe más rigidez para discutir sobre los proyectos educacionales. Cabe reiterar que en la Comisión de Educación, diputados de todas las bancadas adoptamos el acuerdo unánime de invitar al Gobierno a formar una mesa de trabajo en la cual estén presentes los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados, los miembros de las comisiones de Educación de ambas ramas del Poder Legislativo, los principales actores sociales y del movimiento estudiantil, representantes de los profesores y de las universidades, de manera de crear un espacio donde se pueda reconstituir el diálogo sobre educación y realizar un debate que amplíe el horizonte y permita hacer cambios de mayor envergadura en el sistema educacional. Desgraciadamente, no hemos tenido eco ni respuesta al respecto. Por lo

tanto, señor Presidente, por intermedio de su señoría aprovecho esta oportunidad para plantear nuevamente ese desafío al ministro de Educación, presente en la Sala. En este proyecto se reitera la misma situación que hemos visto en otras discusiones. Sin duda, incorpora más recursos, por cuanto aumenta la subvención escolar preferencial a los quintos y sextos años de educación general básica, y prácticamente duplica la subvención entre séptimo año de educación general básica y cuarto año de educación media. Junto con ello, hay un aumento muy menor de la subvención general, de 3,5 por ciento. Si bien no corresponde al compromiso asumido por el Gobierno en términos de duplicar dicha subvención en un plazo de cinco o seis años, es un aumento. En proyectos como este, en los cuales aparentemente se aportan más

recursos para mejorar la educación, dicho incremento no apunta en la dirección esencial, cual es mejorar el aspecto fundamental que hoy está

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fallando en nuestro sistema educacional: la calidad de la educación pública. Tampoco apunta a que el uso de los recursos públicos que se entregan a la educación particular subvencionada sea debidamente fiscalizado, de modo que se utilicen en el sentido que corresponde: sin fines de lucro y en beneficio de los alumnos. Como muy bien señaló la diputada señora Alejandra Sepúlveda, el destino de los recursos de la subvención escolar preferencial no es debidamente fiscalizado por el Ministerio de Educación. Tampoco se ha efectuado una evaluación de los resultados de la Jornada Escolar Completa (JEC) o del aporte que ha significado la SEP. Creo que esa subvención, una de las más importantes en materia de redistribución y aporte de recursos para los sectores más vulnerables en el ámbito educacional, se ha ido distorsionando cada vez más, y los municipios la están utilizando principalmente en gastos corrientes, en otros gastos educacionales o, incluso, en materias que no tienen nada que ver con educación. Por eso, se han abierto procesos en los cuales se ha hecho parte el Consejo de Defensa del Estado, puesto que el aporte de esos recursos no está cumpliendo con el objetivo fundamental que contempla la Ley de Subvención Escolar Preferencial, cual es que los colegios o los establecimientos educacionales que reciben dicha subvención, cuenten con proyectos de mejoramiento educativo elaborados por las respectivas comunidades escolares, los que deberían estar orientados, en forma directa, hacia lo que ellas consideran como sus principales necesidades, y deberían ser aprobados e implementados por las respectivas escuelas. Además, hay una serie de intermediaciones de empresas y de Asistencias Técnicas Educativas (ATE), que perciben esos dineros que deberían llegar directamente a los jóvenes. Sin embargo, lo más preocupante es que los DAEM y las corporaciones

municipales han ido acaparando cada vez más esos recursos y los están gastando de manera centralizada, debido a lo cual no llegan a los establecimientos educacionales, como lo he podido constatar en diversos lugares, especialmente en las comunas que integran el distrito que represento. Creo que es gravísimo que se proponga el aumento de esos recursos -los que, sin duda, son necesarios-, sin que exista un sistema de evaluación de la subvención escolar preferencial y sin que el Ministerio de Educación cuente con un papel rector y con facultades de fiscalización que permitan determinar que los recursos se están utilizando en los objetivos definidos. La Contraloría General de la República ha llevado a cabo numerosas fiscalizaciones y ha iniciado procesos relacionados con esa situación, pero estos han avanzado con gran lentitud, no han sido suficientemente asertivos y no se han adoptado las medidas que se requieren. Por lo tanto, no se ha avanzado en materia de dotar de mayor eficacia el uso de los gigantescos recursos públicos que se han otorgado para mejorar la calidad de la educación en los lugares en que más se requiere, es decir, donde están los niños con mayores necesidades. Reitero que, el incremento de 3,5 por ciento que se propone para la

subvención general es absolutamente mísero en relación con las necesidades que existen. Para contar con recursos suficientes para la educación de un niño, por lo menos debe contarse con un porcentaje que aproximadamente duplique

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el contemplado en tal subvención. Sin embargo, sobre todo se requiere la modificación del concepto de subvención educacional. Considerar ese instrumento como respuesta a las demandas educacionales es un concepto equivocado, puesto que no satisface las necesidades reales y no posibilita que el Estado tenga, como función fundamental, la protección del derecho a la educación gratuita y de calidad que debe proporcionar a todos los chilenos. Al final, la subvención se ha transformado, en especial en el caso de los colegios particulares subvencionados, en un instrumento para una gran acumulación de riqueza a través del lucro, lo que es absolutamente injustificado por tratarse de recursos públicos. Con eso no se satisfacen los requerimientos de los colegios públicos. En efecto, en la medida en que la subvención es por matrícula y por asistencia, se hace absolutamente incierto el financiamiento de ese tipo de establecimientos, situación que ha redundado, en el creciente desfinanciamiento de la educación pública. Las medidas que se proponen no van acompañadas de un concepto más sistémico de las transformaciones que requiere ese tipo de educación, ni están asociadas a un esfuerzo y a una voluntad clara por desmunicipalizar la educación. La iniciativa no plantea una solución a ese problema. No obstante que el

proyecto propone un aumento de recursos, los diputados de la Oposición lo votamos en contra en la Comisión, porque, a nuestro juicio, de esa manera no se está ayudando a mejorar en aspectos como calidad, equidad y justicia, ni a lograr una menor segregación del sistema educacional chileno. He dicho. El señor MARINOVIC (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

David Sandoval. El señor SANDOVAL.- Señor Presidente, a veces los discursos respecto de

materias tan relevantes como la que estamos discutiendo, tienen más efecto para la galería que para el debate interno, en circunstancias de que un aspecto tan importante como la educación es lo que debería imperar. Estamos enfrentados -lo hemos conversado con los diputados señores Felipe Ward, Romilio Gutiérrez y otros parlamentarios- a la urgente necesidad -como lo estamos haciendo ahora- de instalar un diálogo distinto en materia de educación, pero también en materia de institucionalidad y de muchos programas que hoy se desarrollan en el país. Hemos dado un salto importante en materia de crecimiento, lo cual, sin duda, nos impone nuevos desafíos, de manera de estar a la altura de lo que se requiere para enfrentarlos. En ese sentido, el Congreso Nacional tiene que seguir la línea en materia de eficiencia, a fin de que los avances del desarrollo lleguen a todos los rincones de nuestra sociedad. No estamos ante un Gobierno que esté en silencio frente a ese desafío, como aquí se ha señalado. Para comprobarlo basta analizar la diversidad de proyectos de ley que han sido ingresados para su tramitación en el Congreso Nacional y la cantidad de leyes que han sido promulgadas. Ayer, por ejemplo, se aprobaron las proposiciones de la Comisión Mixta

encargada de resolver las discrepancias entre la Cámara de Diputados y el

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Senado en relación con el proyecto de ley que perfecciona la legislación tributaria y financia la reforma educacional, cuerpo legal que permitirá inyectar una importante cantidad de recursos para atender temas estructurales que dicen relación con el sistema educacional. También se deben considerar otras iniciativas que actualmente se encuentran en tramitación legislativa, como las relacionadas con la formación profesional docente, con la creación de la Superintendencia de Educación Superior -la cual será implementada a nivel nacional- y la que plantea el estable cimiento de nuevos modelos de gestión educativa. Tampoco se deben olvidar otros proyectos, como el que crea las agencias públicas de educación local, que apunta a la desmunicipalización de la educación. Fui alcalde de tres comunas de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo -durante muchos años desempeñé esa labor- de manera que conozco el drama que representa para los municipios la gestión que deben llevar a cabo para la mantención de establecimientos educacionales que atienden a la población más vulnerable, con el objeto de que puedan brindar educación de calidad. En la actualidad, esa discusión está instalada en forma transversal. Sin embargo, hoy estamos enfrentados a una materia específica: a la necesidad de mejorar los mecanismos de subvención. Por mucho o poco que sea el incremento, sin duda el proyecto de ley avanza en la dirección correcta. Hoy, la discusión es más amplia, por ejemplo, respecto de qué queremos en materia de educación parvularia, como muy bien se señaló hace algún rato, situación que hemos planteado al ministro de Educación. Tenemos, por ejemplo, los famosos jardines infantiles vía transferencia de fondos (VTF) de la Junji. Al respecto, cabe señalar que se producen absurdas disparidades en materia

de gestión; muchas veces no se logra entender el problema. Esa situación no es de ahora, puesto que hace varios años fui uno de los primeros que inició la implementación de la modalidad de los programas VTF a nivel nacional, junto a alcaldes de otros cuatro municipios. Obviamente, en la actualidad hay aspectos que debemos corregir. En ese sentido, los municipios son aliados fundamentales del Ministerio de Educación y de la Junji para lograr las metas en cobertura de educación parvularia. Así lo están haciendo, pero hay que nivelar la cancha. Me alegro de que

muchas instancias hayan entendido que hay que enfrentar las odiosas diferencias que a veces se producen en materia de financiamiento. Al respecto, por ejemplo, se presentó una iniciativa, que la Cámara trató recientemente, que modifica la escala de sueldos base fijada para el personal de las municipalidades por el artículo 23 del decret ley N° 3.551, de 1980. Otro aspecto importante dice relación con qué tipo de educación básica queremos. Hay que recordar que se nos viene por delante un cambio: la rebaja de ocho a seis años de la educación básica. Por lo tanto es necesario evaluar el impacto que esa medida tendrá a lo largo del territorio, en especial en comunidades rurales. ¿Qué pasará con la educación media y los desafíos que tenemos con la educación técnico-profesional? ¡Para que hablar del gran desafío que representa el mejoramiento de la escolaridad de la población adulta! Esta iniciativa va en la dirección correcta. Por eso destaco el trabajo y el aporte del

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Ministerio de Educación en este sentido, y espero que ningún parlamentario se reste a un desafío tan importante. Lo demás quedará para la discusión profunda en las instancias en que

debemos actuar. En la actualidad, hay un escenario instalado en nuestra sociedad. Debemos enfrentar este cambio, la urgente necesidad de mejorar la institucionalidad en el ámbito de la educación y, obviamente, los desafíos que nos impone el país en una amplia gama de otros sectores. Por último anuncio mi respaldo al proyecto, porque inyecta recursos indispensables para mejorar el financiamiento del sistema de educación pública. He dicho. El señor MARINOVIC (Vicepresidente).- Cerrado el debate. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las enmiendas del Senado en

los siguientes términos: El señor RECONDO (Vicepresidente).- Corresponde votar las enmiendas del

Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, con urgencia calificada de “suma”, que aumenta las subvenciones del Estado en los establecimientos educacionales, con excepción de las referidas al artículo 3° y al inciso segundo del artículo 4°, respecto de las cuales se ha pedido votación separada. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos; por la negativa, 17 votos. Hubo 9 abstenciones. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Aprobadas. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Álvarez-

Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Eluchans Urenda Edmundo; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Kort Garriga Issa; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hernández Hernández Javier; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank;

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DISCUSIÓN SALA

Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo

Enrique; Aguiló Melo Sergio; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Monsalve Benavides Manuel; Pérez Arriagada José; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sepúlveda Orbenes Alejandra. -Se abstuvieron los diputados señores: Andrade Lara Osvaldo; Araya

Guerrero Pedro; Ceroni Fuentes Guillermo; Lemus Aracena Luis; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Pascal Allende Denise; Schilling Rodríguez Marcelo; Tarud Daccarett Jorge. El señor RECONDO (Vicepresidente).- En votación la enmienda del Senado

que suprime el artículo 3° del proyecto. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos; por la negativa, 33 votos. Hubo 5 abstenciones. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Álvarez-

Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; Kort Garriga Issa; Gutiérrez Pino Romilio; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Sabag Villalobos Jorge; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza

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DISCUSIÓN SALA

David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo

Enrique; Aguiló Melo Sergio; Andrade Lara Osvaldo; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Núñez Lozano Marco Antonio; Pacheco Rivas Clemira; Pérez Arriagada José; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tarud Daccarett Jorge; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena. -Se abstuvieron los diputados señores: Araya Guerrero Pedro; Farías Ponce

Ramón; Harboe Bascuñán Felipe; Muñoz D’Albora Adriana; Pascal Allende Denise. El señor RECONDO (Vicepresidente).- En votación la enmienda del Senado

que suprime el inciso segundo del artículo 4° del proyecto. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 71 votos; por la negativa, 24 votos. Hubo 5 abstenciones. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Álvarez-

Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Calderón Bassi Giovanni; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; Kort Garriga Issa; Gutiérrez Pino Romilio; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa

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Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Ulloa Aguillón Jorge; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo

Sergio; Andrade Lara Osvaldo; Burgos Varela Jorge; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Ceroni Fuentes Guillermo; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Jarpa Wevar Carlos Abel; Lemus Aracena Luis; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Núñez Lozano Marco Antonio; Pacheco Rivas Clemira; Pérez Arriagada José; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra. -Se abstuvieron los diputados señores: Araya Guerrero Pedro; Farías Ponce

Ramón; Harboe Bascuñán Felipe; Muñoz D’Albora Adriana; Pascal Allende Denise. El señor RECONDO (Vicepresidente).- Despachado el proyecto.

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OFICIO APROBACIÓN MODIFICACIONES

3.2. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora Comunica aprobación de modificaciones. Fecha 05 de septiembre, 2012. Cuenta en Sesión 48. Legislatura 360. Senado.

Oficio Nº 10355 VALPARAÍSO, 5 de septiembre de 2012

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha tenido a bien prestar su aprobación a las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto de ley que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales, correspondiente al boletín Nº8070-04. Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 851/SEC/12, de 29 de agosto de 2012. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V.E. NICOLÁS MONCKEBERG DÍAZ Presidente de la Cámara de Diputados ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ Secretario General de la Cámara de Diputados

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

4. Trámite Veto Presidencial

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo Oficio de Ley a S.E. El Presidente de la República. Comunica texto aprobado por el Congreso Nacional para efectos de ejercer la facultad de veto. Fecha 05 de septiembre, 2012. S.E. El Presidente de la República comunica que si hará uso de dicha facultad. Fecha 02 de octubre, 2012.

Oficio Nº 10356 VALPARAÍSO, 5 de septiembre de 2012

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, correspondiente al boletín N° 8070-04. PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Modifícase la ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial, de la siguiente forma:

1) Reemplázase el cuadro de Valor Subvención en U.S.E., contenido en el artículo 14, por el siguiente:

Desde 1° nivel de transición hasta 4° año de la educación básica

5° y 6° año básico

7° y 8° año básico

Desde 1° hasta 4° año de enseñanza media

A: Establecimientos educacionales

1,694 1,694 1,129 1,129

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

autónomos

B: Establecimientos educacionales emergentes

0,847 0,847 0,5645 0,5645

2) Reemplázase el cuadro del artículo 16, por el siguiente:

Tramos según el porcentaje de alumnos prioritarios del Establecimiento Educacional

Desde el 1° nivel de transición hasta 4° año básico (U.S.E.)

5° y 6° año básico (U.S.E.)

7° y 8° año básico (U.S.E.)

Desde 1° año hasta 4° año de enseñanza media (U.S.E.)

60% o más 0,302 0,302 0,202 0,202 Entre 45% y menos de 60% 0,269 0,269 0,179 0,179 Entre 30% y menos de 45% 0,202 0,202 0,134 0,134 Entre 15% y menos de 30% 0,118 0,118 0,078

0,078

3) Reemplázase el inciso tercero del artículo 20 por el siguiente: “Este aporte adicional será de 0,847 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el primer y segundo año de transición de la educación parvularia y hasta el 6º año de la educación general básica; de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen 7º y 8º año de la educación general básica; y de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el 1° hasta 4° año de enseñanza media.”.

4) Sustitúyese el artículo duodécimo transitorio por el siguiente: “Artículo duodécimo.- Los niveles de 1° año de enseñanza media a 4° año de enseñanza media se incorporarán gradualmente a la percepción de la subvención escolar preferencial, de la subvención por concentración de alumnos prioritarios y de los aportes adicionales establecidos en esta ley, a razón de un nivel por año, comenzando el año escolar 2013 con el 1° año de enseñanza media.”.

”.

”.

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes

modificaciones en el artículo 9° del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales: a) Sustitúyese el inciso primero por el siguiente: "Artículo 9°.- El valor unitario mensual de la subvención por alumno para cada nivel y modalidad de la enseñanza, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), corresponderá al siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 9° (incluye incrementos fijados por leyes Nos. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. por aplicación del factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación Parvularia (1° Nivel de Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación Parvularia (2° Nivel Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación General Básica (1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6°)

1,81401 0,17997 1,99398

Educación General Básica (7° y 8°)

1,96884 0,19546 2,16430

Educación Especial Diferencial

5,79658 0,59727 6,39385

Necesidades Edu-cativas Especiales de carácter Transitorio

4,96143 0,59727 5,5587

Educación Media Humanístico-Científica

2,19850 0,21818 2,41668

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

3,25842 0,32402 3,58244

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

2,54190 0,25252 2,79442

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

2,27993 0,22634 2,50627

Educación Básica de Adultos (Primer Nivel)

1,29547 0,13317 1,42864

Educación Básica de Adultos (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,71879 0,13317 1,85196

Educación Básica de Adultos con oficios (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,93046 0,13317 2,06363

Educación Media Humanístico-Científica de adultos (Primer Nivel y Segundo Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Primer Nivel)

2,36078 0,18363 2,54441

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,89313 0,18363 3,07676

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Primer Nivel)

2,1371 0,18363 2,32073

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,22211 0,18363 2,40574

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Comercial y Técnica (Primer Nivel, Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

b) Sustitúyese el inciso noveno por el siguiente: "En el caso de los establecimientos educacionales que operen bajo el régimen de jornada escolar completa diurna, el valor unitario mensual por alumno, para los niveles y modalidades de enseñanza que se indican, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), será el siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en factor artículo 9° en U.S.E. (incluye incrementos fijados por leyes N°s. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación General Básica 3° a 8° años

2,52450 0,24655 2,77105

Educación Media Humanístico-Científica

3,01381 0,29481 3,30862

”.

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

4,06671 0,40013 4,46684

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

3,18177 0,31177 3,49354

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

3,01381 0,29481 3,30862

Artículo 3°.- El Ministerio de Educación, conjuntamente

con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo.

Los aumentos de subvención que proponga el

Ejecutivo al Congreso Nacional deberán considerar, entre otros, los resultados del estudio a que se refiere el inciso anterior.

A fin de garantizar que los estudios a que se refiere el

inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para efectos de los mismos deberán otorgar toda la información necesaria que sea requerida.

En caso de incumplir la obligación señalada en el

inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a las sanciones previstas en la ley N° 20.529 para el caso de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación.

La Superintendencia de Educación brindará el apoyo

necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información recabada con ocasión de los levantamientos efectuados.

Los estudios y el informe realizados de conformidad a

este artículo deberán estar disponibles en la página web del Ministerio de

”.

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

Educación y remitirse a la Comisión de Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al inicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión.

Artículo 4°.- Sustitúyese en el inciso primero del artículo

24 del decreto con fuerza N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión "4 U.S.E." por “$ 80.000”. Artículo 5°.- La aplicación de la presente ley no significará aumento de la subvención de la educación especial diferencial y de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio. Sin perjuicio de lo anterior, para el solo efecto del cálculo del fraccionamiento destinado a financiar los programas aprobados de integración escolar se considerará el valor de la subvención regular vigente a agosto del año 2012. Disposiciones transitorias

Artículo primero.- La presente ley entrará en vigencia a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo segundo.- El primer estudio que se realice de conformidad a lo prescrito en el artículo 3°, se realizará al inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo tercero.- El mayor gasto que represente esta ley durante el año 2012 se financiará con cargo a la partida 09, Ministerio de Educación, del Presupuesto del Sector Público.”. Dios guarde a V.E. NICOLÁS MONCKEBERG DÍAZ Presidente de la Cámara de Diputados ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ Secretario General de la Cámara de Diputados

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OFICIO OBSERVACIONES EJECUTIVO

4.2. Oficio del Ejecutivo a Cámara de Origen Oficio observaciones del Ejecutivo. Fecha 28 de septiembre, 2012. Cuenta en Sesión 82. Legislatura 360. Cámara de Diputados. FORMULA OBSERVACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES (Boletín N° 8070-04) ___________________________________

SANTIAGO, 28 de septiembre de 2012

Nº 208-360/ Honorable Cámara de Diputados:

Mediante oficio Nº 10.356, de 5 de septiembre de 2012, V.E. comunicó que el H. Congreso Nacional tuvo a bien aprobar el proyecto de ley que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales.

Sobre el particular, vengo en informar a V.E. que, en uso de la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República y de conformidad con lo establecido en el Título III de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, vengo en formular observaciones al proyecto del rubro.

ANTECEDENTES DEL PROYECTO DE LEY El proyecto de ley iniciado en un mensaje de S.E. el Presidente de la

República, tiene por objeto incrementar los aportes que se realizan a los estudiantes y que llegan directamente a la sala de clases. Así, se beneficia a los establecimientos que reciben en mayor proporción los estudiantes de menor nivel socioeconómico, incluyendo a los alumnos que han optado por la educación particular subvencionada.

En primer término, se aumenta sustancialmente la subvención para el primer y segundo nivel de transición de la educación parvularia.

En segundo lugar, el proyecto de ley modifica la subvención escolar preferencial que beneficia a aproximadamente el 40% de los alumnos de menores ingresos, quienes asisten mayoritariamente al sector municipal. Para estos efectos, el proyecto propone aumentar el monto para los estudiantes que

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS.

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OFICIO OBSERVACIONES EJECUTIVO

asisten a 5° y 6° básico y así igualarlo para todo el ciclo. De este modo, los aportes entre 1° y 6° básico, por concepto de subvención regular y subvención escolar preferencial será superior a los $80.000 mensuales por alumno. Más aún, el proyecto propone duplicar el aporte que reciben por concepto de subvención escolar preferencial los que cursan desde 7° básico a 4° medio, lo que se traduce en que el aporte total que recibirán fluctuará entre $70.000 y $90.000, según el curso y la especialidad del establecimiento. Se propone un incremento de la misma magnitud en la subvención por concentración de alumnos prioritarios.

Finalmente, se continúa incrementando la subvención general que beneficiará a todos los estudiantes, avanzando en la meta de duplicar la subvención.

Indicación QUE FIJA EN TÉRMINOS REALES EL MONTO DEL financiamiento compartido Durante la tramitación del proyecto de ley se presentaron diversas indicaciones. Así, durante la discusión en la Comisión de Hacienda de la H. Cámara de Diputados, un grupo de diputados presentaron, entre otras, una indicación que sustituye en el inciso primero del artículo 24 del decreto con fuerza N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión "4 U.S.E." por “$ 80.000”, así el inciso modificado señalará que “Los establecimientos educacionales de financiamiento compartido podrán efectuar cobros mensuales por alumno no mayores a $80.000.” Cabe tener presente, que a consecuencia de dicha indicación se suscitó un debate en la comisión sobre la eventual inadmisibilidad de la misma. En este sentido, el presidente de la Comisión, Diputado Sr. Ernesto Silva la declaró inadmisible por tratarse de materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, de conformidad a lo prescrito en el artículo 65 de la Constitución Política de la República en su inciso tercero. De todos modos, el Diputado señor Robles solicitó votar la inadmisibilidad alegada, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, rechazándose en definitiva la inadmisibilidad y aprobándose posteriormente la propuesta de reemplazar el inciso primero del artículo 24 referido. Posteriormente, durante la continuación del trámite legislativo fue argumentándose, en las distintas etapas, la inconveniencia de aprobar un artículo como el que se estaba proponiendo, además de seguir afirmándose la inadmisibilidad. De esta manera, el Ministro de Educación advirtió que “la lógica que existe detrás del mecanismo vigente consiste en poder reajustar el mismo”, y que no parece razonable congelarlo por ley. Más adelante agregó que “la indicación presentada en la Honorable Cámara de Diputados no hace sino establecer un congelamiento definitivo del financiamiento compartido lo que no parece apropiado puesto que hace desaparecer en el tiempo el financiamiento compartido y no sólo disminuir su importancia”. (Informe de la

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OFICIO OBSERVACIONES EJECUTIVO

Comisión de Educación, Cultura, Ciencia Y Tecnología del Senado del 18 de junio de 2012) Adicionalmente, hizo presente que los riesgos que se reconocen como asociados al sistema de financiamiento compartido se solucionan vía otros mecanismos, como por ejemplo, la Subvención Escolar Preferencial o por medio de la subvención a la clase media, proyecto en el cual se encuentra trabajando nuestro Gobierno. CONSIDERACIONES SOBRE EL FINANCIAMIENTO COMPARTIDO

La educación general en Chile (desde parvularia a 4° año de enseñanza

media), se financia con recursos provenientes del aporte que hace el Estado, a través de sus distintos organismos, y del aporte privado que proviene de las familias.

En lo que dice relación con el aporte entregado por el Estado, dicha subvención consiste en un pago por alumno que asiste a clases sobre la base de una unidad de cuenta denominada Unidad de Subvención Escolar (USE). El monto de pago por establecimiento se determina mensualmente por el producto entre el valor de la USE y la asistencia media promedio registrada por curso en los tres meses precedentes al pago.

El sistema de financiamiento basado en subvenciones tiene un elemento complementario, que se denomina Financiamiento Compartido, este mecanismo permite a los establecimientos realizar un cobro a las familias, ajustándose la subvención estatal que reciben los establecimientos respectivos, de manera inversa al aporte que éstas hagan. A groso modo, los beneficios o ventajas asociados a un sistema de estas características consisten, entre otros, en la posibilidad de que los establecimientos educacionales dispongan en forma flexible de los ingresos que se generen por esta vía, lo que no es menor si consideramos que son ellos los que mejor conocen sus carencias (infraestructura, apoyo complementario, mayor autonomía financiera, etc.); la circunstancia de que los padres también se hagan responsables de la educación (formal) de sus hijos, participando de ésta mediante el aporte económico, entre otras.

Dentro del esquema denominado Financiamiento Compartido, el monto máximo que puede cobrar a las familias un establecimiento educacional que reciba subvención estatal, equivale a 4 USE mensuales.

Cabe tener presente que la USE se reajusta en cada oportunidad que se otorgue un reajuste general de las remuneraciones del sector público, en igual porcentaje.

INADMISIBILIDAD DE LA INDICACIÓN Como venimos señalando, en diversas oportunidades tanto el Ejecutivo como algunos parlamentarios estuvieron por declarar la inadmisibilidad de la

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OFICIO OBSERVACIONES EJECUTIVO

indicación, debido a que regula una materia que se encuentra comprendida dentro de aquellas que la Constitución señala como de iniciativa exclusiva del Presidente de la República. En este sentido, al fijarse nominalmente el valor del tope del financiamiento compartido, se congela el aporte que deben efectuar las familias dentro de este sistema para aportar en la educación de sus hijos, y por ende se aumenta indirectamente el aporte que deba realizar el Estado por la vía de las subvenciones a los establecimientos educacionales, incidiendo directamente en el ámbito de la Administración Financiera del Estado. Al respecto, cabe señalar que un criterio similar invocó el entonces vicepresidente de la Cámara, el diputado Marcelo Díaz el año 2008 quien, presidiendo en ese momento la sesión de la sala, declaró inadmisible una indicación presentada por parlamentarios a un proyecto de ley que aumentaba la subvención educacional. La indicación declarada inadmisible tenía por objeto condicionar el aumento de la subvención en los establecimientos con financiamiento compartido, a la circunstancia de mantener fijo durante tres años el arancel mensual real fijado para el año 2007. Sobre el particular resulta relevante lo argumentado por la mesa de la Cámara, a saber: “La indicación incide en la administración financiera del Estado, pues afecta uno de los elementos que determina el monto de la subvención de financiamiento compartido, como es el cobro que realizan los establecimientos. (...) Congelar los cobros que efectúan los establecimientos implica afectar el monto de la subvención que otorga el Estado y, por tanto, incide en materias que la Constitución Política reserva a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República” (Cámara de Diputados, Sesión de 15 de enero de 2008, diputado Marcelo Díaz). Sobre el particular, en el caso de la indicación que fija nominalmente el tope del valor del financiamiento compartido es aplicable el razonamiento referido precedentemente, puesto que congelar definitivamente el monto de este aporte implica limitar la reajustabilidad del mismo y por tanto, aumentar de manera gradual la subvención que el estado efectúa a este tipo de establecimientos, debiendo disponerse de mayores recursos fiscales. ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY El artículo primero transitorio del proyecto de ley establece que la entrada en vigencia de la misma será a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial. Mas, considerando que para que los establecimientos educacionales que actualmente no reciben la subvención escolar preferencial puedan incorporarse a dicho sistema deberán suscribir un convenio con el Ministerio de Educación; y que, dicho convenio no podrá suscribirse mientras no entre en vigencia esta ley, proponemos eliminar la disposición referida, con lo cual la entrada en vigencia de la ley será según las reglas generales, a contar del día de su publicación.

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OFICIO OBSERVACIONES EJECUTIVO

OBSERVACIONES AL PROYECTO DE LEY En razón de lo previamente expuesto, la observación que se formula consiste en suprimir los artículos 4° permanente y primero transitorio del proyecto de ley.

En mérito de lo anterior, vengo en formular las siguientes observaciones:

AL ARTÍCULO CUARTO - Para suprimirlo. -

AL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO - Para suprimirlo.

Dios guarde a V.E.,

SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE Presidente de la República JULIO DITTBORN CORDÚA Ministro de Hacienda (S) HARALD BEYER BURGOS Ministro de Educación

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INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

4.3. Informe de Comisión de Educación Cámara de Diputados. Fecha 02 de octubre, 2012. Cuenta en Sesión 84. Legislatura 360. INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, DEPORTES Y RECREACIÓN, RECAÍDO EN LAS OBSERVACIONES FORMULADAS POR S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA AL PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO A ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. _____________________________________________________________ BOLETÍN N° 8070-04 HONORABLE CÁMARA:

Vuestra Comisión de Educación, Deportes y Recreación pasa a informaros sobre las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que aumenta las subvenciones del Estado a establecimientos educacionales.

A la sesión que esta Comisión destinó al estudio de esta materia, asistieron el señor Ministro de Educación don Harald Beyer Burgos.

Cabe señalar que S. E. el Presidente de la República, en uso de sus facultades, hizo presente la urgencia, con calificación de “discusión inmediata”, para el despacho de sus observaciones. ***************** I.- ANTECEDENTES GENERALES.-

El 5 de septiembre de 2012 la H. Cámara de Diputados comunicó a S. E. el Presidente de la República, mediante oficio N° 10.356 que el Congreso Nacional había dado su aprobación al proyecto de ley que aumenta las subvenciones del Estado a establecimientos educacionales

Por su parte, S. E. el Presidente de la República, el 28 de septiembre del presente año, en uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República y de conformidad con lo establecido en el Título III de la Ley Nº 18.918, Orgánica

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INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

Constitucional del Congreso Nacional, formuló observaciones al referido proyecto de ley.

Señala el Ejecutivo que el proyecto de ley tiene por objeto incrementar los aportes que se realizan a los estudiantes, especialmente los de menor nivel socioeconómico. Así, se aumenta sustancialmente la subvención para el primer y segundo nivel de transición de la educación parvularia, se aumenta el monto para los estudiantes que asisten a 5° y 6° básico y se duplica el aporte que reciben por concepto de subvención escolar preferencial los que cursan desde 7° básico a 4° medio, y se continúa incrementando la subvención general que beneficiará a todos los estudiantes.

Durante su discusión en la Comisión de Hacienda de la

Cámara de Diputados se acogió una indicación que dispone que “Los establecimientos educaciones de financiamiento compartido podrán efectuar cobros mensuales por alumno no superior a $ 80.000” (artículo 4° del proyecto).

Además, el artículo primero transitorio establece que la

entrada en vigencia de la ley será a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Respecto de ambas disposiciones el Ejecutivo formuló

observaciones para suprimirlas, por cuanto la primera disposición congela en definitiva el financiamiento compartido y se aumenta indirectamente el aporte que debe realizar el Estado. Además, regula una materia que es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República e incide directamente en el ámbito de la Administración Financiera del Estado., por lo cual, en su momento debió declararse su inadmisibilidad.

Respecto del artículo primero transitorio, considera el

Ejecutivo que la ley debe entrar en vigencia a contar del día de su publicación, que constituye la regla general de la ley. II.- DISCUSIÓN.

Las observaciones de S. E. el Presidente de la República fueron objeto de estudio por Vuestra Comisión en la sesión ordinaria celebrada el 2 de octubre de 2012.

Durante el desarrollo de dicha sesión el señor Ministro de

Educación manifestó que en el marco de la discusión del proyecto de ley que aumentó la subvención para Pre-Kínder y Kínder en un 18,5%, que aumentó la subvención general en un 3,5% y que aumentó significativamente la subvención escolar preferencial entre 5° básico y 4° medio, se introdujo una

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INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

indicación que congela de manera nominal el actual límite que se permite cobrar a los apoderados vía financiamiento compartido.

La indicación, introducida en la Comisión de Hacienda de la

Cámara, firmada por los diputados Auth, Jaramillo, Lorenzini, Marinovic, Montes y Ortiz, reemplazó el actual tope de 4 U.S.E (unidades de subvención educacional que se reajustan según el reajuste que recibe el sector público anualmente) por el monto de $80.000 sin que dicho monto quede sujeto a ningún tipo de reajuste.

Por otra parte, el proyecto de ley tenía dentro de sus artículos transitorios, una disposición que posponía la entrada en vigencia de la ley para el mes subsiguiente a su publicación en el Diario Oficial.

El Presidente ha decidido formular observaciones al proyecto de ley despachado por el Congreso en ambos aspectos, que se explican en detalle a continuación:

1. Plazo de entrada en vigencia. Es del interés del Gobierno que los nuevos recursos que

implica esta ley, que suman un total de $174.455 millones para el año 2014, comience a regir lo antes posible, ya que estos permitirán allegar recursos a los alumnos que más lo necesitan: aquellos más vulnerables y los alumnos de la educación parvularia.

Por ende, la eliminación del artículo 1° transitorio, pretende que los aumentos de la subvención aprobados en esta ley comiencen a regir de inmediato, toda vez que este proyecto fue presentado en Diciembre de 2011 y hasta el minuto esos recursos no han podido ser traspasados y, fundamentalmente, porque el proyecto de ley aprobado adelanta a 2013 el ingreso de los establecimientos de enseñanza media a SEP, evitando que los alumnos que hoy están en octavo básico queden sin la cobertura de este beneficio.

2. “Congelamiento” del tope al financiamiento compartido.

a. Inadmisibilidad.

La indicación presentada por los diputados Auth, Jaramillo, Lorenzini, Marinovic, Montes y Ortiz es en primer lugar inadmisible. Eso se hizo ver en la Comisión de Hacienda, donde la inadmisibilidad de la indicación fue puesta en votación, rechazándose y siendo, por tanto, declarada admisible.

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INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

La inadmisibildad pasa por el hecho que consiste en fijar en términos reales el monto del financiamiento compartido, lo que implica que, a futuro, la subvención estatal aumente.

Estos mismos argumentos fueron los que, para un caso similar, utilizó el diputado Marcelo Díaz el año 2008, quien presidiendo la sesión de la sala, declaró inadmisible una indicación similar argumentando: “La indicación incide en la administración financiera del Estado, pues afecta uno de los elementos que determina el monto de la subvención de financiamiento compartido, como es el cobro que realizan los establecimientos. (...) Congelar los cobros que efectúan los establecimientos implica afectar el monto de la subvención que otorga el Estado y, por tanto, incide en materias que la Constitución Política reserva a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República”.

b. Efectos y evolución sobre el financiamiento compartido.

El actual tope de 4 U.S.E. no es importante en términos de restricciones ya que como muestra, el siguiente cuadro, hay pocos establecimientos en dicho límite. Sin embargo, creemos que en el futuro este sí constituirá un problema que impedirá a los apoderados aportar a la educación de sus hijos.

Si hoy existen 7.335 alumnos tienen un financiamiento compartido superior a los $70 mil. Sin embargo, bajos supuestos conservadores (inflación de 3%) en 20 años más el número de alumnos afectados será superior a los 105 mil alumnos. Lo más grave es que esta restricción significará un menor aporte a la educación por un total de US$ 54 millones anuales.

Por otra parte, es importante destacar que los sucesivos aumentos de subvención, es que el peso del financiamiento compartido ha ido disminuyendo a lo largo del tiempo. Tal como lo muestra el siguiente gráfico:

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INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

En él se muestra como el programa de subvenciones a crecido de manera mucho más acelerada que el crecimiento de la U.S.E. y como el tope de 4 U.S.E. se ha mantenido constante el peso relativo del financiamiento compartido sobre el total de financiamiento de los establecimientos escolares a disminuido de manera importante.

c. Derecho a los padres a aportar a la educación de sus

hijos y discriminación.

Si bien se puede sostener de eventuales riesgos del financiamiento compartido como lo son la segregación socioeconómica (que el Gobierno cree que está bien resuelto a través de la subvención escolar preferencial) no compartimos que la existencia o no del financiamiento compartido se discuta sobre la base de pequeñas modificaciones que obstaculicen el aporte de las familias.

Finalmente, cabe preguntarse porque los apoderados que

asisten a la educación particular pagada -que atiende a las familias de mayores recursos- tienen la posibilidad de aportar la proporción que deseen de sus ingresos a la educación de sus hijos y las familias de clase media, las cuales son las que pagan financiamiento compartido (las pertenecientes a los dos primeros quintiles no pagan este tipo de financiamiento al estar en SEP) no puedan hacerlo. Lo anterior, representa un paternalismo y una discriminación que no compartimos.

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Los diputados señores Aguiló, Venegas y González,

señalaron que votarían en contra del veto del Ejecutivo por cuanto esta materia se estudió y fue objeto de pronunciamiento por la Cámara de Diputados y en definitiva del Congreso Nacional, en la cual existe amplio consenso de cuál era el destino de las modificaciones introducidas, lo que hace más llamativo aún el uso del veto supresivo por el Presidente de la República. Insistieron en que el texto aprobado por las Cámaras buscaba en el artículo 4° que el financiamiento compartido tuviera un límite, de $80000 en aquellos establecimientos en que, además, el Estado entrega subvención.

Señalaron que la crisis de la educación pública es tan grande

que se está al borde de su desaparición, siendo que en iguales situaciones socioeconómicas, los resultados son similares tanto en la educación municipal como en la particular subvencionada. Además, la educación municipal carece de los recursos suficientes y del financiamiento permanente que debiera tener, con costos fijos e ingresos variables que dependen de la matrícula y asistencia media de los alumnos que la amenazan con una continua falta de financiamiento, porque a este sistema corresponden los alumnos más desposeídos privados y faltos de asistencia, por lo que se agudiza el financiamiento a lo largo de los años. Por ello debiera avanzarse a una progresiva eliminación y fin del financiamiento compartido y ser reemplazado por financiamiento público.

Finalmente plantearon que el financiamiento compartido ha

generado una tremenda desigualdad y discriminación entre los estudiantes.

Por su parte, los Diputados Kast, Hoffmann y Gutiérrez se manifestaron a favor de la idea de aprobar las observaciones del Presidente, por cuanto la indicación introducida en el artículo 4° del proyecto no fue discutida en esta Comisión sino en la de Hacienda.

Hicieron presente que desde hace tiempo se habla de la

calidad de la educación, por cuanto la cobertura era un objetivo cumplido, pero no fue solucionado durante los gobiernos de la Concertación. Además hay que considerar que la subvenciones han aumentado y que los niños vulnerables de la ley SEP no están bajo el régimen de financiamiento compartido.

Enfatizaron que se debe reconocer el aporte que pueden

hacer las familias por la educación de sus hijos. Sin perjuicio de lo anterior, es necesario debatir el monto que se indica porque son muy pocos los colegios que se encuentran en los montos más altos, toda vez que el mayor número de colegios de financiamiento compartido se concentra entre los $10.000 y $20.000. Por ello es importante debatir este tema porque no se puede establecer una forma de financiamiento compartido sin reajustabilidad y no

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INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

tener claridad sobre los aumentos futuros de la subvención genera incertidumbre en los proyectos educativos

Como resultado de esta discusión general, vuestra Comisión adoptó los acuerdos que más adelante se resumen y que, en la práctica, significaron aprobar las citadas observaciones.

1) AL ARTÍCULO 4° - Para suprimirlo -- Puesta en votación fue aprobada por 7 votos a

favor, 4 en contra, y ninguna abstención. Votaron a favor los Diputados señora Hoffman y

señores Becker, Bobadilla, Gutiérrez don Romilio, Kast, Rojas y Verdugo. En contra lo hicieron los Diputados señores Aguiló, González, Monsalve y Venegas.

2) AL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO - Para suprimirlo -- Puesta en votación fue aprobada por 8 votos a

favor, 2 en contra, y una abstención. Votaron a favor los Diputados señora Hoffman y

señores Becker, Bobadilla, Gutiérrez don Romilio, Kast, Monsalve, Rojas y Verdugo. En contra lo hicieron los Diputados señores Aguiló y González. Se abstuvo el Diputado señor Venegas. IV. TEXTO DE LAS OBSERVACIONES APROBADO POR LA COMISIÓN.

Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que oportunamente os dará a conocer el señor Diputado Informante, vuestra Comisión de Educación, Deportes y Recreación os recomienda la aprobación del siguiente texto de las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República: OBSERVACIONES

1) AL ARTÍCULO 4° - Para suprimirlo 2) AL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO - Para suprimirlo

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INFORME COMISIÓN EDUCACIÓN

SE DESIGNO DIPUTADO INFORMANTE AL SEÑOR GERMÁN VERDUGO SOTO.

SALA DE LA COMISIÓN, a 2 de octubre de 2012. Tratado y acordado en sesión de fecha 2 de octubre de 2012, con la asistencia de los Diputados señora Hoffmann Opazo, María José, y señores Aguiló Melo, Sergio; Becker Alvear, Germán; Bobadilla Muñoz, Sergio; González Torres, Rodrigo; Gutiérrez Pino, Romilio (Presidente); Kast Rist, José Antonio; Monsalve Benavides, Manuel; Rojas Molina, Manuel; Venegas Cárdenas, Mario; y Verdugo Soto, Germán. HERNÁN ALMENDRAS CARRASCO Abogado Secretario de la Comisión

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DISCUSIÓN SALA

4.4. Discusión en Sala Cámara de Diputados. Legislatura 360. Sesión 84. Fecha 03 de octubre, 2012. Discusión Veto Presidencial. Se aprueba. INCREMENTO DE LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO A

ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. Observaciones del Presidente de la República. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Corresponde tratar las

observaciones de su excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales. Diputado informante de la Comisión de Educación, Deportes y Recreación es el señor Germán Verdugo. Antecedentes: -Observaciones de S.E. el Presidente de la República, boletín N°

8070-04, sesión 82ª, en 2 de octubre de 2012. Documentos de la Cuenta N° 3. -Informe de las observaciones de S. E. el Presidente de la República.

Documentos de la Cuenta N° 5, de este Boletín de Sesiones. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el

diputado informante. El señor VERDUGO (de pie).- Señor Presidente, en nombre de la Comisión

de Educación, Deportes y Recreación, me corresponde informar sobre las observaciones formuladas por su excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley, con urgencia calificada de suma, que aumenta las subvenciones del Estado a establecimientos educacionales. El 28 de septiembre del presente año, el Presidente de la República, en uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República, y de conformidad con lo establecido en el Título III de la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, formuló observaciones al referido proyecto de ley, por medio de las cuales solicitó la supresión del artículo 4° permanente y del artículo primero transitorio del proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional. Señala el Ejecutivo en su presentación que el proyecto de ley objeto de las

observaciones tiene por finalidad incrementar los aportes que se realizan a los estudiantes, especialmente a los de menor nivel socioeconómico. De esta forma, se aumenta sustancialmente, en 18,5 por ciento, la subvención para el primer y segundo nivel de transición de la educación parvularia; se aumenta el monto para los estudiantes que asisten a quinto y sexto año básico; se duplica el aporte que reciben por concepto de subvención escolar preferencial los que

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DISCUSIÓN SALA

cursan desde séptimo básico hasta cuarto medio, y se continúa incrementando la subvención general, lo que beneficiará a todos los estudiantes. Durante su discusión en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados

se acogió una indicación que dispone que “Los establecimientos educacionales de financiamiento compartido podrán efectuar cobros mensuales por alumno no superior a 80.000 pesos”. Por su parte, el artículo primero transitorio establece que la entrada en vigencia de la ley será a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial. Respecto de ambas disposiciones, el Ejecutivo formuló observaciones para suprimirlas, por cuanto la primera disposición congela en definitiva el financiamiento compartido y se aumenta indirectamente el aporte que debe realizar el Estado. Además, regula una materia que es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, e incide directamente en el ámbito de la administración financiera del Estado, por lo cual, en su momento, debió declararse su inadmisibilidad. Respecto del artículo primero transitorio, el Ejecutivo considera que la ley debe entrar en vigencia a contar del día de su publicación, que constituye la regla general. Durante la discusión de las observaciones, el señor ministro de Educación reiteró que en el transcurso del estudio del presente proyecto de ley se introdujo en la Comisión de Hacienda una indicación que impuso un límite nominal al financiamiento compartido, lo que en su momento consideraron inadmisible y ajeno a las ideas matrices del proyecto. A juicio del Gobierno, con esta disposición se estarían cambiando las reglas

del juego en materia de financiamiento, sin que se haya producido una discusión acabada sobre el impacto que puede tener en el corto, mediano y largo plazo. El financiamiento compartido es una política que se introdujo en 1993 y que ha sido importante para el país, allegando recursos que hoy son del orden de 500.000.000 de dólares, lo que permite a las familias elegir entre distintos proyectos educativos. Señaló el ministro Beyer que el financiamiento compartido presenta riesgos en materia de segregación, pero el estudio cuidadoso de sus efectos en esta materia no permite evidenciar mayores problemas. Además, estos riesgos se enfrentaron mediante la creación de la Subvención

Escolar Preferencial (SEP), que busca evitar la posibilidad de que se produzca la segregación. Se estableció la obligación de los establecimientos que tienen financiamiento compartido, de aceptar, a lo menos, 15 por ciento de estudiantes vulnerables sin financiamiento compartido. De esta manera, estimó que los beneficios compensan los riesgos del mecanismo, los que se sabe existen, pero se encuentran atenuados por las iniciativas complementarias que tiene la política de financiamiento. La norma del artículo 4°, tal como fue aprobada, significará un recorte en los aportes, una disminución de ellos, sin tener perfecta claridad de cuáles son los beneficios que esto conlleva. Al subir las subvenciones, el aporte del financiamiento compartido ha perdido fuerza como tal en términos relativos respecto del financiamiento en educación, lo que contribuye a atenuar aún más los riesgos del financiamiento compartido. Agregó el señor ministro de Educación que la definición nominal del límite del financiamiento compartido en 80.000 pesos

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DISCUSIÓN SALA

tendrá un impacto futuro en ir distanciando el aporte que hacen las familias de grupos medios respecto del de las de más altos ingresos, que tienen la posibilidad de irse a la educación particular. No parece convincente que, por el solo hecho de recibir recursos públicos, las familias de grupos medios no tengan derecho a contribuir a la educación de sus hijos. La discusión, en 1993, se centró en que las familias podían aportar como lo hacen las de más altos ingresos. Sin embargo, debo dejar constancia de que algunos señores diputados

plantearon su posición en orden a rechazar el veto por cuanto esta materia se estudió y fue objeto de pronunciamiento por la Cámara de Diputados y el Senado, siendo una materia donde existe, además, amplio consenso de cuál debe ser su destino, lo que hace más llamativo aún el uso del veto supresivo por su excelencia el Presidente de la República. Hicieron ver que lo que se buscaba mediante el texto propuesto era que el financiamiento compartido tuviera un límite de 80.000 pesos en aquellos establecimientos en que, además, el Estado entrega subvención. En tanto, los diputados de mayoría aprobaron las observaciones del Presidente de la República, considerando que las subvenciones han aumentado y que los niños vulnerables de la ley SEP no están en régimen de financiamiento compartido. Además, se debe reconocer que muchas familias tienen la voluntad de aportar para una mejor educación de sus hijos. Sin perjuicio de lo anterior, existe la voluntad de debatir el monto de los aportes, porque son muy pocos los colegios que se encuentran en los montos más altos, y el mayor número de colegios con financiamiento compartido se concentra entre los 10.000 y 20.000 pesos. Por todo lo anterior, vuestra Comisión de Educación solicita a este plenario aprobar las observaciones del Presidente de la República. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En discusión las

observaciones del Presidente de la República. Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas. El señor VENEGAS.- Señor Presidente, la decisión de su excelencia el

Presidente de la República, en el sentido de enviar este veto, es bastante novedosa. A mi juicio, se trata de una situación que parece poco entendible, porque en relación con esta materia ya resolvimos cuando se aprobó la admisibilidad de la indicación al artículo 4°, que fue aprobada junto con ella. Pero, más allá de este hecho formal -se trata de una facultad de que dispone su excelencia el Presidente de la República en el actual ordenamiento jurídico- el tema es de otra naturaleza, es de fondo, pues dice relación con la discusión instalada en el país en cuanto al tipo de educación que queremos y a su financiamiento. En el informe se señala que el señor ministro argumentó que era

inconveniente poner un límite; porque -digámoslo con claridad-, lo que se hizo al fijar una cantidad de 80.000 pesos fue buscar que en el largo plazo dicho financiamiento compartido desaparezca o sea cada vez menor, y no

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mantenerlo en las cuatro unidades de subvención educacional, que se reajustan año a año. ¿Por qué? ¿Porque el tema es antojadizo, arbitrario, un gustito? ¡No! Porque hay una discusión conceptual, de fondo, instalada que dice relación con constatar que una de las características de nuestro sistema educacional -la que incide en la calidad de educación que se brinda- es que es profundamente segregador. ¿Qué significa esto? Que, muy claramente, hay establecimientos educacionales de acuerdo con el grupo socioeconómico a que pertenezca, o para decirlo en sencillo, que hay establecimientos para niños de familias acomodadas, otros para niños de familias de nivel medio y otros para niños pobres. La pregunta que habría que hacerse desde el punto de vista conceptual es si eso es bueno o malo. Al respecto, en la Comisión de Educación tuvimos una diferencia con el señor ministro, porque él afirmó -incluso, citó a algunos investigadores como Cristián Bellei, de la Universidad de Chile- que, según su opinión, de acuerdo a la investigación existente en Chile, los datos no son concluyentes para establecer que hay una relación directa entre el nivel socioeconómico y la calidad de los aprendizajes de los alumnos. Entre ayer y hoy he consultado distintas publicaciones, nacionales e internacionales, de fácil acceso, que dicen exactamente lo contrario. En efecto, todas las investigaciones coinciden en que existe una relación

directa entre el nivel socioeconómico de donde provienen los alumnos, el contexto en que se desarrolla su proceso de aprendizaje y los aprendizajes que ellos logran en distintas disciplinas. Entonces, esta cuestión no es menor. Existe una segregación de esa

naturaleza y, a la vez, se aporta más dinero, vía unidad de subvención educacional. Hay que considerar esa situación en su contexto, independientemente del año en que se haya hecho. Algunos pueden argumentar, por ejemplo, que se hizo en 1993, cuando nosotros estábamos en el gobierno; pero lo inteligente, cuando la evidencia demuestra que algo no está funcionando, es corregirlo. Aquí hay un tema de fondo que es de justicia. ¿Sabe cuál es el problema, estimado señor Presidente? Que nuestro sistema es una cosa rara, porque pese a ser tan diverso, al final somete a los alumnos a mediciones estandarizadas e iguales para todos. Así, por ejemplo, el Simce o la Prueba de Selección Universitaria (PSU), que es clave y determinante en la vida de los jóvenes, son iguales para todos; no hacen distingos entre el alumno que se educó en el Colegio Tabancura o en el Nido de Águilas y el que se educó en un pequeño y modesto colegio de Ercilla, comuna de mi distrito ubicada en la Región de La Araucanía. Como dicen algunos investigadores, los aprendizajes de los niños y niñas se explican en un porcentaje altísimo, superior al 80 por ciento, por el contexto cultural de donde provienen. Rubén Cervini, autor argentino que consulté, en 1998 hizo una investigación

con más de 150.000 alumnos y en más de 3.300 establecimientos de educación secundaria para establecer la relación entre el nivel socioeconómico y los aprendizajes en lenguaje y matemáticas, y analizó los resultados a la luz de la teoría de la justicia distributiva en educación y del concepto de igualdad de oportunidades. ¿Qué encontró? Que la distribución del rendimiento está afectada por la extrema segmentación socioeconómica institucional del sistema

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educativo y que el capital cultural familiar y contextual es el factor más importante para explicar los aprendizajes de los alumnos. Por otra parte, ya que estamos en este Hemiciclo, que es lo más representativo para los que pretendemos una institucionalidad democrática, el estudio de Cervini dice que la igualdad de oportunidades educativas ha sido un principio clave del pensamiento democrático y de la justicia solidaria en las sociedades modernas. Podría citar otros investigadores y trabajos que se han hecho en Chile y en el extranjero, que llegan a la misma conclusión. Por eso, el tema se planteó en términos de que hoy -sin entrar en la discusión sobre el derecho de los padres a aportar a la educación de sus hijos- el resultado es muy malo en relación con el propósito de otorgar una educación de similar calidad para todos y emparejar la cancha, de tal manera de generar igualdad de oportunidades. Mayor financiamiento en el sector particular subvencionado, es decir, con copago, hace que las brechas se agranden. Nosotros estamos preocupados por los niños más pobres. Por eso,

defendemos la educación pública, porque a ella van niños que no tienen acceso a la pretendida capacidad de elegir en educación. En este país hay cientos de familias para las cuales la posibilidad de elegir dónde estudian sus hijos es un mito, una mentira. ¡No existe tal posibilidad! No tienen dinero para mandar a sus hijos al otro extremo de la ciudad, porque tienen que pagar un furgón escolar. No tienen cómo llegar al lugar que ofrece una educación de mejor calidad. Ese es el fondo de esta discusión. Por eso, para nosotros la norma aprobada es una señal. Tarde o temprano, la sociedad chilena tendrá que enfrentar esto. ¿O acaso

queremos mantener guetos y condenar a muchachos pobres a seguir recibiendo una educación de mala calidad, y que el día de mañana tengan que enfrentarse a otros más privilegiados? ¡Bien por estos! ¡Bendiciones para ellos! Pero, reitero, hacemos competir a unos y a otros en las mismas condiciones y vamos reproduciendo los círculos de desigualdad. La educación, según la concepción de muchos de nosotros, es una herramienta para alcanzar igualdad y oportunidades en la vida, para romper el círculo de pobreza, para integrarse con éxito a este mundo cada vez más complejo. Esa es una responsabilidad ineludible del Estado de Chile. Me da lo mismo en qué gobierno se hizo; pero en 1993, cuando se tomó esta decisión, seguramente sugerida por los tecnócratas de siempre, el Estado evadió parte de su responsabilidad. Entregar educación de calidad a todos y cada uno de los hijos de esta tierra, especialmente a los que menos tienen, debería ser un derecho garantizado por el Estado. ¡Ahí está el punto básico! Creo que esa es la razón por la que planteamos todo esto e insistimos en ello. El veto no expresa otra cosa que cuidar el modelo, el paradigma, y seguir pensando en que el lucro en la educación y todo lo que está cuestionado, para algunos todavía sigue siendo muy importante. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor

Enrique Jaramillo.

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DISCUSIÓN SALA

El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, primero que todo, hay que decir

que este veto también debió haber sido informado por la Comisión de Hacienda, porque en dicha instancia se presentó la indicación a la que ahora se hace referencia. Ese detalle no es menor. Por consiguiente, en primer lugar quiero manifestar mi molestia porque este veto tiene por objeto dejar sin efecto disposiciones que se introdujeron mediante indicación en la Comisión de Hacienda, y solo ha sido conocido por la Comisión de Educación, lo que resulta realmente incongruente, más aún cuando el Gobierno aduce como uno de sus fundamentos que esa indicación dice relación con materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República y que incidiría en la administración financiera del Estado. Varios diputados presentamos una indicación al artículo 4° del proyecto, a fin de cambiar el cobro máximo que pueden hacer los colegios con financiamiento compartido, de 4 unidades de subvención educacional a 80.000 pesos; es decir, se estableció un límite en pesos y no en unidades de subvención escolar, cuyo monto aumenta año a año. Ese era un tema trascendental y fundamental en relación con el aporte de las

familias. Entonces, resulta necesario señalar que hoy existen mínimos mecanismos de control respecto del gasto que realizan los sostenedores de los colegios subvencionados en relación con los montos que les entrega el Estado como subvención educacional. Asimismo, respecto de los aportes que realizan las familias, existe plena discrecionalidad; es decir, el sostenedor puede disponer de ellos de la forma que quiera, sin que necesariamente los destine a mejorar la calidad de la educación que otorga el establecimiento. Por eso presentamos esa indicación en la Comisión de Hacienda, que fue declarada admisible en dicha instancia. Además, cabe agregar que la educación en Chile, de acuerdo con lo que señala la OCDE -organización que parece ser trascendental en la historia de distintos organismos, porque tiene que ver con muchos aspectos y antecedentes relacionados hasta con la gobernabilidad de este país-, es de aquellas en que las familias realizan mayores aportes. Por ello es necesario regular esta materia, a fin de rebajar su aporte, de manera de evitar que los sostenedores privados lucren con el aporte que ellas realizan. Por eso, no puedo, por ningún motivo, aprobar este veto. Por consiguiente, anuncio mi terminante rechazo. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor

Sergio Bobadilla. El señor BOBADILLA.- Señor Presidente, en verdad, no tenía la intención de

hacer uso de la palabra, pero he resuelto hacerlo solo para pedir que no dilatemos más el despacho del veto a este proyecto. Muchas veces escuchamos a colegas manifestar su preocupación por el financiamiento de una educación de calidad. Creo que lo hacen con buena intención, de buena fe; pero, aun así, con su actitud solo consiguen dilatar el despacho de proyectos como este, que traerá beneficios directos, sobre todo, para nuestros niños más

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vulnerables. Algunas modificaciones que se hicieron al proyecto tuvieron como consecuencia la presentación del veto. Al respecto, cabe señalar que tales indicaciones -la primera, fija en 80.000 pesos el monto máximo que pueden cobrar los colegios subvencionados a las familias, y la segunda, establece que la entrada en vigencia de la ley será a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial- son absolutamente menores frente a los tremendos beneficios que acarreará una iniciativa de esta naturaleza, una vez que se convierta en ley de la República. Los parlamentarios tienen el derecho de presentar indicaciones; pero, en esta oportunidad, solo consiguieron dilatar la tramitación de un proyecto que, cuando se convierta en ley, traerá claros beneficios –reitero para los alumnos más vulnerables. El financiamiento compartido no lo implementó nuestro Gobierno, sino el ex

ministro Arrate, sino recuerdo mal, durante la presidencia de don Patricio Aylwin. Por lo tanto, este sistema nos fue heredado. Lo que estamos haciendo ahora es tratar de mejorar las condiciones para que los colegios reciban más recursos, de manera de atender de mejor forma a los niños más vulnerables. Pretender dilatar la entrada en vigencia de la futura ley, en nada contribuye al gran objetivo que nos hemos trazado como país cual que es mejorar la educación para nuestros niños. Por lo tanto, llamo a mis colegas a despachar, sin más trámite y, ojalá, por unanimidad, las observaciones del Presidente de la República a un proyecto que solo aportará beneficios, como consecuencia del cual mejorará la situación económica de muchos colegios que requieren recursos con urgencia. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor

Carlos Montes. El señor MONTES.- Señor Presidente, antes de referirme al veto, quiero decir

un par de cosas. En primer lugar, de acuerdo con el relato del diputado informante, el informe de la Comisión de Educación adolece de errores de grueso calibre, al igual que la intervención del diputado Bobadilla. El financiamiento compartido se incorporó a nuestra legislación en 1988, bajo la dictadura de Augusto Pinochet Ugarte. Lo que ocurrió en 1993 es que se levantaron ciertas barreras a la entrada, y eso llevó a que se masificara; pero antes existían decenas de colegios en el sistema. Entonces, seamos rigurosos y corrijamos en el informe algo que no corresponde, porque, de lo contrario, quedará de esa forma en el boletín de sesiones. Este es el único país que tiene un sistema como este. En el mundo no existe otro sistema educacional más de mercado. Según el Banco Mundial, en el extremo más de mercado está Chile, y en el más estatista, Corea del Norte. En medio hay muchos tipos de modelo; pero, reitero, Chile está en un extremo, y esta es una de las mayores presiones de este modelo. Todos los investigadores en materia educacional coinciden en que esto daña

a la educación, porque genera segregación y desigualdad. Se afirma -lo que no es verdad que el financiamiento compartido explica el aumento de la matrícula.

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A mis colegas, sobre todo a los que oyen estas cosas, les pido que consideren que toda América Latina aumentó la matrícula, y sin financiamiento compartido. Basta mirar la realidad de otros países, por ejemplo, Perú y Colombia, donde la matricula ha tenido un ciclo muy parecido al chileno. Entonces, no digamos cosas que no corresponden. Ese aumento tiene que ver con el desarrollo de los países. En algún momento, la Cámara debería discutir esto en serio. Por eso, apelo a los republicanos de acá -en este momento no están presentes-, a los republicanos de la Derecha para que asuman el daño que esto está ocasionando. En algún momento pensé que el ministro Beyer -lamento que no esté

presente era una esperanza para la educación pública estatal. Lo digo, porque en la Universidad de Chile me tocó comentar un trabajo que elaboró el titular de Educación, antes de que asumiera el actual Gobierno. En ese trabajo, él reivindicaba la educación pública estatal; cuestionaba el sistema de financiamiento de la educación pública estatal; reivindicaba la necesidad de introducir cambios en el sistema, de rediseñar la subvención y de mejorar el calce entre financiamiento compartido y subvención. En ese trabajo, él reivindicaba la necesidad de un fondo de compensación. Lamentablemente, cuando asumió como ministro, todo eso se le olvidó, lo que es malo para la educación pública. Esperábamos un ministro que entendiera la importancia que tiene la educación pública. No puede ser que estemos destruyendo lo público. Hoy, nosotros reivindicamos un sistema mixto. El actual es casi exclusivamente privado. Aquí, un dirigente de la UDI, hace

un tiempo, me dijo: “Miren, nos ganaron en el siglo XIX, pero ahora no nos van a ganar”. ¿Qué debate hubo en el siglo XIX, durante cuarenta años? Sobre la participación del Estado en la educación. Gracias a los republicanos de la época, el Estado entró junto con los privados. Nadie dice que no estén los privados, pero el Estado tiene que jugar un rol fundamental en la educación pública. En esa época, hasta El Mercurio fue acusado de socialista, porque estaba por que el Estado entrara. Sin embargo, hoy algunos quieren terminar con el Estado, quieren arrinconar al sector público, destruirlo; gozan cuando se destruye el sector público. Los académicos están muy preocupados por lo que está ocurriendo; están preocupados por la orientación que tiene la subvención escolar preferencial, que está sustituyendo el financiamiento compartido y profundizado la segregación; están preocupados por la franquicia tributaria, y están hablando de que hemos implementado un financiamiento compartido 2.0. Esto genera segregación y desigualdad, y daña mucho la calidad de la educación. Los estudiantes saben que aprenden de los profesores, pero también de los otros estudiantes. Se aprende por la diversidad que hay en un colegio. Seamos francos y transparentes; a los más serios de esta Sala, les pido que digan en forma clara qué están haciendo, para dónde quieren llevar la educación. Lo digo, porque el ideologismo imperantes es tan fuerte, que puede llevar a

destruir la educación pública si en el Presupuesto para el próximo año no se incluyen recursos para revitalizarla. A continuación, voy a referirme a las observaciones del Presidente de la República. Él vetó la modificación que

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reemplazó el tope de 4 unidades de subvención educacional por 80.000 pesos. El Gobierno y el ministro argumentan que la modificación congela el financiamiento compartido, lo que tendría un costo fiscal. Cuando leo el veto, me surgen dudas y no sé si hablar en serio o ridiculizarlo -lo digo con franqueza; pero como se trata de observaciones del Presidente de la República, entiendo que hay que argumentar en serio, pese a que no he visto cosa más ridícula que esta. Es una vergüenza que se use el recurso del veto presidencial, de manera tan parcial y específica, respecto de normas que fueron aprobadas por ambas cámaras. Esto responde más bien a un enfoque ideológico muy estrecho de un sistema que no existe en ninguna otra parte del mundo. Nunca, en estos más de veinte años de democracia, había visto un veto tan absurdo, tan obsesivo, tan puntual. Lamento que se use y abuse de esta facultad. En segundo lugar -ojalá me entiendan-, el Gobierno está completamente equivocado, porque lo que aprobaron ambas cámaras no congela el financiamiento compartido. Esa afirmación no es verdadera; lo que se señala en el informe no es efectivo. Lo que hace la modificación es que lo desindexa. Actualmente, el sistema es automático: se reajusta de acuerdo con el IPC más el porcentaje correspondiente al aumento de sueldos del sector público. Nosotros propusimos que el techo del financiamiento compartido, el máximo

que se cobra, no esté indexado, sino que tenga que ponerse explícitamente en la ley, para que, con franqueza, discutamos esto cada vez. Estamos cambiando el sistema de reajustabilidad, no congelando el techo. Eso fue lo que dijimos en la Comisión y es lo que decimos ahora. Algunas personas de Gobierno, en su cabeza, creen que esto atenta contra el sistema. Al respecto, deseo aclarar que lo que se busca con esto es discutir cada vez, políticamente, en las respectivas iniciativas de ley, cómo se está tratando esto. Los colegas saben que los establecimientos que entraron al financiamiento compartido, del techo, son colegios particulares que sacaron la cuenta de que entre cobrar cerca de 80.000 pesos o cobrar de la otra manera, les convenía entrar al financiamiento compartido. Todos los incentivos de nuestro sistema están puestos en el financiamiento compartido. Repito, el Gobierno está completamente equivocado, porque no estamos congelando el techo, sino que hemos cambiado el sistema de reajuste y la forma de establecerlo, porque pedimos transparencia y franqueza. Si se quiere reajustar ese techo, que se incluya en el proyecto y se vote. Reitero, el techo no se congela, sino que se desindexa. Creemos que eso es más trasparente. El Gobierno está equivocado, por lo que debiera revisar su posición. Que no

sea admisible, porque tiene un costo, es también consecuencia de una manera de entender el tema. Si no se quiere pagar el diferencial, si es que lo hubiera, que se establezca un sistema de reajustabilidad distinto. La iniciativa seguiría manejada por el Ejecutivo, pero -repito- cambiaría el sistema de reajustabilidad. Es muy importante que se estudie y asuma en serio el tema de la educación pública. Resulta doloroso que estemos dañando de esta manera a la educación pública, pues se la está arrinconando y sometiendo a las peores condiciones. La matrícula de la educación municipalizada ha bajado a cerca de

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30 o de 32 por ciento, pero descenderá más ahora, porque se van a cerrar ciento y tantos colegios. Hasta Kissinger señaló que la educación debe ser una preocupación republicana, no un asunto de derechas o de izquierdas. Se trata de tener una visión de la República distinta y entender que la sociedad no es sólo un mercado en el que compiten colegios contra colegios. Por lo tanto, más allá del proyecto, hacemos un llamado a repensar el sistema de organización y de financiamiento de lo público. Es necesario asumir que este veto apunta a algo muy puntual y específico. El Gobierno entendió mal la situación y presentó un veto basado en una prerrogativa presidencial que no guarda relación con las características de esa facultad. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Para referirse a un asunto

reglamentario, tiene la palabra el diputado señor Sergio Aguiló. El señor AGUILÓ.- Señor Presidente, dada la muy fundada intervención del

diputado Carlos Montes, solicito que recabe el asentimiento de la Sala para pedir al Gobierno que retire el veto -no tiene sentido seguir discutiéndolo-, con el objeto de que el Presidente de la República y el ministro del ramo reestudien esta materia. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Señor diputado, en este instante no

hay quorum para tomar ese acuerdo. En consecuencia, solicitaré el asentimiento de la Sala cuando el número de parlamentarios presentes en ella sea suficiente para someter a consideración su solicitud. Tiene la palabra el diputado señor Pepe Auth. El señor AUTH.- Señor Presidente, el colega Montes abundó en una

argumentación que demuestra que el veto es una decisión insólita del Presidente de la República, sólo motivada, a mi juicio, por una ideologización extrema de la comprensión que tiene del proceso educativo y de la importancia que le asigna a la participación del dinero como elemento determinante en la calidad de la oferta educativa en los distintos segmentos sociales, según los recursos de las familias. La pregunta que uno tendría que hacerse, a propósito de esa decisión del Presidente, es si existe -me cuesta creer que no es así voluntad política común, de toda esta Sala, del Ejecutivo y del Legislativo, para que el dinero sea cada vez menos determinante en la calidad de la educación de los niños y no siga siendo un factor que diferencie a las familias según la cantidad de dinero que posean. Junto con quien preside accidentalmente esta sesión, presenté una indicación

que dio origen al veto materia de discusión. Esa indicación establecía una reajustabilidad distinta al tope máximo del financiamiento compartido. En la actualidad, existe un tope máximo reajustable según el IPC. Nuestra proposición apuntaba a que ese tope máximo tendría, en lo sucesivo, reajustabilidad cero. El Ejecutivo, a través del Presidente de la República, argumentó que ello incide indirectamente en los recursos que deberá aportar el

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DISCUSIÓN SALA

Estado a través de la subvención. ¡Pero si el Estado tiene completa exclusividad en materia de incremento del monto de las subvenciones! En consecuencia, ni directa ni indirectamente, estamos determinando que el Ejecutivo deba, obligatoriamente, elevar el monto de la subvención, ya que -repito- el incremento del monto de la subvención es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo. Así las cosas, de ninguna manera se sostiene que el establecimiento de una reajustabilidad cero para el aporte que deban efectuar las familias afecte a las escuelas subsidiadas por el Estado. Digamos las cosas como son: en la medida en que la subvención y el monto

posible de financiamiento compartido crecen, se genera un estímulo perverso para que muchas escuelas particulares -tengo testimonios de ello- pasen a la categoría de particulares subvencionados, para agregar la subvención que aporta el Estado a lo que pagan las familias. Convengamos que la educación privada, en cualquier país de América Latina, cuesta 80 mil pesos, es decir, 160 dólares, lo que no es una cifra cualquiera, ya que una familia que gana 600 mil pesos debería destinar 160 mil pesos para que estudien dos hijos y 240 mil pesos, es decir, casi la mitad de sus ingresos, para que estudien tres hijos. Considero que una exacerbación ideológica anima la presentación del veto, lo que es inaceptable y completamente discordante con la opinión mayoritaria de la ciudadanía, que quiere educación gratuita de calidad. Aquí no se está proponiendo eliminar de un plumazo la posibilidad de que las familias aporten recursos para que crezca la calidad de la oferta educativa de sus niños; simplemente, estamos hablando de limitar esa posibilidad, para que el aporte que se exige a las familias para que la provisión de educación sea de calidad vaya gradualmente disminuyendo en el futuro. Eso significa trasladar esa responsabilidad al Estado, que es, por lo demás, lo que la sociedad demanda, cual es que el Estado se haga cargo completamente de proveer educación de calidad para todos los chilenos y chilenas. Me parece completamente inaceptable - por eso votaremos en contra del veto- que el Presidente condicione -en la práctica, eso es lo que está haciendo- la aprobación de un incremento, aprobado y recibido por algunos de nosotros con entusiasmo, a que el aporte de la familia, a través del financiamiento compartido, se siga incrementando en los próximos años. He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes

términos: El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Corresponde votar las

observaciones supresivas formuladas por su excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley, iniciado en mensaje, con urgencia de discusión

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DISCUSIÓN SALA

inmediata, que aumenta las subvenciones del Estado en los establecimientos educacionales. Hago presente a los señores diputados que todas estas disposiciones son propias de ley simple o común. Además, la Comisión de Educación, Deportes y Recreación recomienda

aprobar las observaciones. En votación la observación N° 1), que suprime el artículo 4º del proyecto de

ley. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos; por la negativa, 37 votos. No hubo abstenciones. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Álvarez-

Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Isasi Barbieri Marta; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Nogueira Fernández Claudia; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Lahsen Leopoldo; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana Tirachini Alejandro; Squella Ovalle Arturo; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Alinco Bustos René; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Campos Jara Cristián; Castro González Juan Luis; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Lemus Aracena Luis; Meza Moncada Fernando; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Saa Díaz María Antonieta; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Joaquín; Vallespín López Patricio; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena.

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DISCUSIÓN SALA

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En votación la observación N° 2), que suprime el artículo primero transitorio del proyecto de ley. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos; por la negativa, 23 votos. Hubo 4 abstenciones. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Álvarez-

Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Isasi Barbieri Marta; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Nogueira Fernández Claudia; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Lahsen Leopoldo; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Squella Ovalle Arturo; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Alinco Bustos

René; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Campos Jara Cristián; Castro González Juan Luis; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinoza Sandoval Fidel; Gutiérrez Gálvez Hugo; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Lemus Aracena Luis; Meza Moncada Fernando; Pacheco Rivas Clemira; Pérez Arriagada José; Saa Díaz María Antonieta; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Joaquín; Vargas Pizarro Orlando; Vidal Lázaro Ximena. -Se abstuvieron los diputados señores: Farías Ponce Ramón; Hales Dib

Patricio; Pascal Allende Denise; Rincón González Ricardo. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Despachado el

proyecto.

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OFICIO APROBACIÓN OBSERVACIONES EJECUTIVO

4.5. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora Oficio aprobación observaciones del Ejecutivo. Fecha 03 de octubre, 2012. Cuenta en Sesión 52. Legislatura 360. Senado.

Oficio Nº 10391 VALPARAÍSO, 3 de octubre de 2012

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha tenido a bien prestar su aprobación a las observaciones formuladas por S.E. el Presidente de la República al proyecto de ley que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales, correspondiente al boletín N° 8070-04. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V.E. NICOLÁS MONCKEBERG DÍAZ Presidente de la Cámara de Diputados ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ Secretario General de la Cámara de Diputados

A S. E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

4.6. Informe de Comisión de Hacienda Senado. Fecha 09 de octubre, 2012. Cuenta en Sesión 53. Legislatura 360. INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en las observaciones, en segundo trámite constitucional, formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales. BOLETÍN Nº 8.070-04 HONORABLE SENADO: Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de informar acerca de las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley de la referencia, en uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República y de conformidad con lo establecido en el Título III de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

A la sesión en que vuestra Comisión conoció de la iniciativa, concurrieron, además de sus integrantes, del Ministerio de Educación, el Ministro, señor Harald Beyer; el Jefe de Gabinete del Ministro, señor Pablo Eguiguren, y el asesor de comunicaciones, señor Carlos Carrasco.

Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la

asesora, señorita Carol Parada. De la Corporación de Estudios para Latinoamérica

(CIEPLAN), la Secretaria Ejecutiva del Programa Legislativo, señorita Macarena Lobos.

Del Instituto Libertad y Desarrollo, la abogada del

Programa Legislativo, señorita María Teresa Muñoz, y el asesor, señor Daniel Montalva.

El asesor de la Honorable Senadora señora Rincón,

señor Josué Vega. - - -

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

Cabe hacer presente que, respecto del proyecto despachado por el Congreso Nacional, Su Excelencia el Presidente de la República, en uso de la facultad conferida por el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República, formuló sus observaciones a la iniciativa en estudio. La Cámara de Diputados, mediante oficio N° 10391, de 3 de octubre de 2012, informó al Senado la aprobación de las observaciones recaídas en el presente proyecto de ley. - - - Cabe señalar, además, que de conformidad con los artículos 127 y 188, N° 1, del Reglamento de la Corporación, las observaciones en informe fueron discutidas en general y en particular a la vez. La Comisión de Hacienda conoció de ella en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional. - - - ANTECEDENTES

Para una adecuada comprensión de la iniciativa en informe deben tenerse presentes los siguientes antecedentes:

A.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

- Artículo 19 N° 10 de la Constitución Política de la

República.

- La ley N° 20.248 que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial.

- El decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales.

- El decreto ley N° 3.166, de 1980, del Ministerio de Educación, que autoriza entrega de la administración de determinados establecimientos de educación técnico profesional a las instituciones o a las personas jurídicas que indica.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

- La ley N° 20.529 sobre Sistema Nacional de

Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización.

B.- ANTECEDENTES DE HECHO

Las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República, dan cuenta que el proyecto originado en mensaje presidencial tiene por objeto incrementar los aportes que se realizan a los estudiantes y beneficiar a los establecimientos que reciben en mayor proporción los estudiantes de menor nivel socioeconómico. Se aumenta sustancialmente la subvención para el primer y segundo nivel de transición de la educación parvularia y se modifica la subvención escolar preferencial aumentando el monto para los estudiantes que asisten a 5° y 6° básico y así igualarlo para todo el ciclo. Se duplica el aporte que reciben por concepto de subvención escolar preferencial los alumnos que cursan desde 7° básico a 4° medio y se continúa incrementando la subvención general.

En cuanto a la inadmisibilidad de la indicación cuya

aprobación fijó en términos reales el monto del financiamiento compartido, expone que durante la discusión en la Comisión de Hacienda de la H. Cámara de Diputados, un grupo de Diputados presentó una indicación para sustituir en el inciso primero del artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión "4 U.S.E." por “$ 80.000”, la que el Presidente de la Comisión declaró inadmisible por tratarse de materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, de conformidad a lo prescrito en el artículo 65 de la Constitución Política de la República en su inciso tercero. Se solicitó votar la inadmisibilidad declarada, siendo finalmente declarada admisible la indicación y aprobándose posteriormente la propuesta.

Señala que al fijarse nominalmente el valor del tope

del financiamiento compartido, se congela el aporte que deben efectuar las familias dentro de este sistema para aportar en la educación de sus hijos, y por ende se aumenta indirectamente el aporte que deba realizar el Estado por la vía de las subvenciones a los establecimientos educacionales, incidiendo directamente en el ámbito de la Administración Financiera del Estado. Al respecto, consigna un criterio similar que se invocó en el año 2008 en sesión de la Cámara de Diputados para declarar inadmisible una indicación presentada por parlamentarios a un proyecto de ley que aumentaba la subvención educacional.

En cuanto a la inconveniencia de aprobar un artículo

como el que se proponía mediante la indicación referida, cita al Ministro de Educación, quien advirtió que “la indicación presentada en la Honorable

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

Cámara de Diputados no hace sino establecer un congelamiento definitivo del financiamiento compartido lo que no parece apropiado puesto que hace desaparecer en el tiempo el financiamiento compartido y no sólo disminuir su importancia” (Informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia Y Tecnología del Senado del 18 de junio de 2012).

Sobre el financiamiento compartido, indica que,

dentro de dicho esquema, el monto máximo que se puede cobrar a las familias un establecimiento educacional que reciba subvención estatal, equivale a 4 USE mensuales, y se debe tener presente que la USE se reajusta en cada oportunidad que se otorgue un reajuste general de las remuneraciones del sector público, en igual porcentaje.

En relación a la entrada en vigencia de la ley, plantea

que el artículo primero transitorio del proyecto de ley establece que la entrada en vigencia de la misma será a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial, y considerando que para que los establecimientos educacionales que actualmente no reciben la subvención escolar preferencial puedan incorporarse a dicho sistema deberán suscribir un convenio con el Ministerio de Educación; y que, dicho convenio no podrá suscribirse mientras no entre en vigencia esta ley, proponen eliminar la disposición referida, con lo cual la entrada en vigencia de la ley será según las reglas generales, a contar del día de su publicación.

En virtud de lo anteriormente expuesto, expresa que

las observaciones que se formulan consisten en suprimir los artículos 4° permanente y primero transitorio del proyecto de ley. - - - DISCUSIÓN

El Ministro de Educación, señor Harald Beyer, explicó que la razón para presentar la primera observación tiene una larga historia, que comienza con la consideración de que la indicación que da origen al artículo 4° era inadmisible, por ser una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República al involucrar en el mediano plazo recursos adicionales a desembolsar por el Estado, y además por no estar contenida entre las ideas matrices del proyecto de ley.

Agregó que el financiamiento compartido existe

desde el año 1993, saben que es un tema que genera discusión y que existe riesgo de segregación asociado al mismo, pero les parece que dichos riesgo se encuentran bien abordados por una serie de políticas complementarias

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

implementadas. En definitiva, lo que se lograría con esta modificación es fijar nominalmente el límite máximo del financiamiento compartido, por lo que con el pasar de los año y al aumentar la inflación, dicho monto perderá valor real y, a la larga, se extinguiría en términos prácticos.

Estimó que el argumento que se entregó al momento

de establecer el financiamiento compartido sigue siendo válido hoy, y que es que los padres de ingresos medios, que no pueden pagar la educación particular, deberían tener la posibilidad de aportar a la educación de sus hijos, independientemente de que la misma obtenga financiamiento público, de forma de allegar más recursos para financiar los proyectos educativos que consideren convenientes.

Sobre la segunda observación, que es para suprimir

el artículo primero transitorio, expresó que encuentra su fundamento en que cuando se envió el proyecto de ley se pensó que tendría una tramitación de más breve duración, pero la misma se alargó y consideran que los establecimientos educacionales debieran recibir los aumentos de subvención lo antes posible, por lo que buscan que la vigencia de la ley se produzca junto con la publicación de la misma.

---

Las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley de la referencia, son del siguiente tenor:

Observación N° 1

Para suprimir el artículo 4°.

El referido artículo 4° es del siguiente tenor: “Artículo 4°.- Sustitúyese en el inciso primero del

artículo 24 del decreto con fuerza N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión "4 U.S.E." por “$ 80.000”.”.

En votación la observación N° 1 formulada por

Su Excelencia el Presidente de la República, se pronunciaron en contra los Honorables Senadores señora Rincón y señores Frei y Lagos, y a favor los Honorables Senadores señores García y Novoa, resultando en consecuencia rechazada la referida observación.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

Observación N° 2

- Para suprimir el artículo primero transitorio.

El mencionado artículo dispone lo siguiente: “Artículo primero.- La presente ley entrará en

vigencia a contar del mes subsiguiente de su publicación en el Diario Oficial.”. En votación la observación N° 2 formulada por

Su Excelencia el Presidente de la República, fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Rincón y señores Frei, García, Lagos y Novoa. - - -

Acordado en sesión celebrada el día 9 de octubre de

2012, con asistencia de los Honorables Senadores señor José García Ruminot (Presidente), señora Ximena Rincón González, y señores Eduardo Frei Ruiz-Tagle, Ricardo Lagos Weber y Jovino Novoa Vásquez. Sala de la Comisión, a 9 de octubre de 2012. ROBERTO BUSTOS LATORRE Secretario de la Comisión

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

RESUMEN EJECUTIVO INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN LAS OBSERVACIONES FORMULADAS POR SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, AL PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. BOLETÍN Nº 8.070-04 I. MATERIA: observaciones de Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley, despachado por el Congreso Nacional, que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales. II. ORIGEN DEL PROYECTO: Cámara de Diputados. III. TRAMITE CONSTITUCIONAL: segundo trámite constitucional. Se dio cuenta en sesión de 3 de octubre de 2012. IV. TRÁMITE REGLAMENTARIO: informe de la Comisión de Hacienda. V. URGENCIA: discusión inmediata. VI. VOTACIONES: Observación N° 1: rechazada por mayoría de votos, tres en contra y dos a favor (3x2). Observación N° 2: aprobada por unanimidad (5x0).

Valparaíso, 9 de octubre de 2012 ROBERTO BUSTOS LATORRE Secretario de la Comisión

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DISCUSIÓN SALA

4.7. Discusión en Sala Senado. Legislatura 360. Sesión 53. Fecha 09 de octubre, 2012. Discusión Veto Presidencial. Se aprueba. AUMENTO DE SUBVENCIONES ESTATALES EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. VETO El señor ESCALONA (Presidente).- Corresponde tratar las observaciones, en segundo trámite constitucional, formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales, con urgencia calificada de “discusión inmediata”. --Los antecedentes sobre el proyecto (8070-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 17ª, en 15 de mayo de 2012. Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, sesión 52ª, en 3 de octubre de 2012. Informes de Comisión: Educación: sesión 33ª, en 10 de julio de 2012. Hacienda: sesión 33ª, en 10 de julio de 2012. Educación (segundo): sesión 43ª, en 28 de agosto de 2012. Hacienda (segundo): sesión 43ª, en 28 de agosto de 2012. Hacienda (veto): sesión 53ª, en 9 de octubre de 2012. Discusión: Sesiones 33ª, en 10 de julio de 2012 (se aprueba en general), y 44ª, en 29 de agosto de 2012 (se aprueba en particular). El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario. El señor LABBÉ (Secretario General).- El Ejecutivo presentó dos observaciones al texto aprobado por el Congreso Nacional. La observación N° 1) suprime el artículo 4° del proyecto, que sustituye, en el inciso primero del artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, la expresión “4 U.S.E” por “$ 80.000”. La observación N° 2), por su parte, elimina el artículo primero transitorio de la iniciativa, el cual dispone que la ley entrará en vigencia a contar del mes subsiguiente al de su publicación en el Diario Oficial. Cabe hacer presente que las observaciones se discuten en general y en particular a la vez, se votan separadamente y no procede dividir la votación.

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DISCUSIÓN SALA

La Comisión de Hacienda propone el rechazo de la observación N° 1), con los votos de los Senadores señora Rincón y señores Frei (don Eduardo) y Lagos. Votaron por aprobarla los Honorables señores García y Novoa. Por otro lado, sugiere aprobar la indicación N° 2), por la unanimidad de sus miembros, Senadores señora Rincón y señores Frei, García, Lagos y Novoa. El señor ESCALONA (Presidente).- Si le parece a la Sala, pondremos en votación las observaciones. El señor LARRAÍN.- Está bien. El señor ESCALONA (Presidente).- En votación. Como señaló el señor Secretario General, se trata de dos votaciones separadas. El señor LAGOS.- ¿Se puede fundamentar el voto? El señor ESCALONA (Presidente).- Naturalmente. --(Durante la votación). El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos respecto de la primera observación. El señor LAGOS.- Señor Presidente, en relación con este veto, cualquiera que sea el resultado de la votación, la suerte del proyecto ya está sellada. En consecuencia -para que quede en el registro del Senado-, quiero señalar que la razón por la cual algunos de nosotros en la Comisión de Hacienda votamos en contra obedece a que en la Cámara de Diputados se había planteado que pasar de las USE (Unidad de Subvención Escolar) a pesos nominales, en el fondo, significaba eliminar el elemento de indexación de la subvención y, por ende, con el paso del tiempo, ir disminuyendo el aporte o subvención estatal. Algunos creemos que el financiamiento compartido viene a segregar la educación pública. En definitiva, nos parece que establecer una suma fija en pesos va a permitir mantener ese monto estable y, a medida que transcurra el tiempo y se vaya perdiendo el poder adquisitivo de los 80 mil pesos, disminuir el aporte estatal en forma indirecta. Esa es la razón por la cual en la Comisión votamos en contra, pronunciamiento que mantendremos en la Sala. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor García.

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DISCUSIÓN SALA

El señor GARCÍA.- Señor Presidente, en primer lugar quiero pedir a la Mesa que precise si lo que vamos a votar es el informe de la Comisión de Hacienda o directamente el veto, porque la votación no sería la misma. El señor LAGOS.- Tiene razón. El señor GARCÍA.- En segundo término, yendo al fondo del veto, la experiencia me indica que muy buenos colegios han logrado conformarse mediante la modalidad de financiamiento compartido. En mi concepto, es bueno que los papás y los apoderados se involucren en el financiamiento de la educación de los hijos. Cuando aprobamos esta norma en el proyecto de ley sobre aumento de las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales, habíamos dejado sin posibilidad de reajuste el tope máximo que pueden hacer los padres, para no perder la subvención. A mi juicio, eso atenta finalmente contra la libertad de enseñanza; atenta contra la posibilidad de que más establecimientos, alumnos y apoderados se sientan invitados a hacer uso de la modalidad de financiamiento compartido, que, por la experiencia que tengo en la Región de La Araucanía, en general es muy positiva: son buenos colegios, con excelentes resultados en las pruebas de selección universitaria y exhiben buenos porcentajes de ingreso a las universidades. Es decir, apuntan a algo central en todo modelo educativo, cual es la calidad de la enseñanza. Por eso, estoy de acuerdo con el veto. Creo que el monto máximo que pueden aportar los papás debe indexarse año tras año, en la misma proporción en que lo hace la unidad de subvención escolar. Por eso, voto favorablemente. El señor ESCALONA (Presidente).- Hay que pronunciarse sobre la primera observación. El señor LARRAÍN.- Así es. Hay que votar a favor o en contra. El señor ESCALONA (Presidente).- Exactamente. Tiene la palabra el Honorable señor Novoa. El señor NOVOA.- Señor Presidente, voto a favor de la observación del Presidente de la República. Considero legítimo y conveniente que los padres que puedan hacerlo contribuyan a la educación de sus hijos. Efectivamente, puede producirse un grado de segregación. Esto se da - uno lo puede observar- en los colegios particulares que probablemente tienen el mejor nivel de educación, sin recibir subvención estatal. No obstante ser muy caros, brindan una mejor calidad de educación. Pero la segregación se va a acabar el día que la educación pública sea de

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calidad. No la vamos a corregir impidiendo que los padres puedan contribuir a la educación de sus hijos. Por lo tanto, señor Presidente, este veto es lógico y razonable. Creo que el sistema de cofinanciamiento de la educación es necesario y conveniente para el país, aunque, por cierto, debiéramos hacer un esfuerzo por mejorar la educación pública, de manera que los padres pudieran elegir entre establecimientos de la misma calidad, independiente de si hay copago o no. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer. La señora VON BAER.- Señor Presidente, cuando discutimos en la Comisión de Educación el proyecto de ley que aumenta las subvenciones escolares, escuchamos largamente a varios expertos y a representantes de padres y apoderados con relación a la subvención y también respecto al financiamiento compartido. Tal como se señaló en dicho órgano técnico -lo mismo se ha dicho ahora en la Sala-, el cambio que introdujo la Cámara de Diputados significa congelar el monto máximo de financiamiento compartido; o sea, esa enmienda finalmente puso un límite a la cantidad de dinero que los padres pueden aportar a la educación de sus hijos. En verdad, a nosotros eso nos parece bastante injusto, porque los padres que pagan un colegio particular no tienen un tope para invertir en la educación de sus niños. Sin embargo, los padres que necesitan una ayuda, sea parcial o completa de parte del Estado para financiar la formación de sus hijos... Ministro Larroulet, ¿le puedo pedir un poco de calma? El señor ESCALONA (Presidente).- Una vez más, solicito orden a la Sala. La señora VON BAER.- Perdón, señor Presidente. Por su intermedio, pido al señor Ministro un poco de silencio. Gracias. Decía que a los padres que requieren ayuda para financiar la educación de sus hijos les estamos limitando la posibilidad de invertir en ello. Y eso nos parece completamente injusto. De hecho, según la última encuesta del Centro de Estudios Públicos, frente a la pregunta: “¿Cree Ud. que es bueno que los padres puedan complementar el subsidio educacional que otorga el Estado a través de un copago para mejorar la educación de sus hijos, o Ud. cree que esto debiera estar prohibido?”, el 45 por ciento de los consultados señala que es partidario de que los padres o apoderados puedan efectuar un aporte adicional al que realiza el Estado mediante la subvención.

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Además, en la Comisión de Educación escuchamos a la Presidenta de la Confederación de Padres y Apoderados de Colegios Particulares Subvencionados, quien señaló: “Si pagamos por una buena salud y estamos dispuestos a invertir en una buena educación para nuestros hijos -y eso ya lo hacen muchos padres chilenos-, ¿por qué no nos dejan hacerlo a nosotros?”. Y agregó: “Los colegios particulares subvencionados atienden a la clase media de nuestro país, no a los ricos”. En consecuencia, señor Presidente, pienso que es importante que dejemos a los padres en libertad de hacer un esfuerzo adicional en la educación de sus hijos, especialmente a aquellos que no pueden financiar el monto completo de lo que cobran los colegios. ¿Por qué no dejarlos realizar un aporte adicional? Por último, se ha sostenido que el financiamiento compartido genera segregación. Y en verdad -esto también lo vimos en la Comisión de Educación-, tal afirmación no está para nada probada. De hecho, los estudios que han intentado indagar en esta materia muestran que ella más bien se explica por la segregación que existe en las propias ciudades. Por tanto, si quisiéramos disminuirla en el ámbito de la educación, tendríamos que empezar por construir ciudades menos segregadas. Y, por otra parte, comparto lo expresado por el Senador Novoa en el sentido de que el mecanismo más importante para terminar con ella es contar con una educación pública de buena calidad. Por consiguiente, señor Presidente, en aras de apoyar a las familias que quieren invertir en la educación de sus hijos, celebro el envío de esta observación del Presidente de la República, que voto a favor. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Carlos Larraín. El señor LARRAÍN (don Carlos).- Señor Presidente, simplemente deseo fundamentar mi voto diciendo que el veto favorece y fortalece la idea de la libertad de enseñanza. La libertad de enseñanza tiene dos caras: uno, la de abrir, mantener y operar establecimientos educacionales; y dos, la de elegir el tipo de educación que los padres quieren para sus hijos. La posibilidad de aumentar la cantidad de dinero que padres o apoderados deseen destinar a la educación de sus pupilos por la vía del copago permite precisamente la operación de escuelas particulares subvencionadas, que poco a poco van mejorando su calidad, y al mismo tiempo asegura que los padres puedan decidir libremente cuánto de sus ingresos desean dedicar a la formación de sus hijos. Las dos facetas de la libertad de enseñanza quedan mejor protegidas si se aprueba el veto presidencial. Creo que ese es un derecho constitucional de los más centrales, y todos debemos empeñarnos en protegerlo.

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Voto a favor de la observación Nº 1. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Letelier. ¡Puede empezar a intervenir tan pronto termine su diálogo, Su Señoría...! El señor LETELIER.- Señor Presidente, estaba conversando sobre este mismo tema con el Senador Hernán Larraín, con quien tenemos varias coincidencias en materia de educación, las cuales espero que se reflejen, entre otras cosas, en la Ley de Presupuestos. El señor LARRAÍN.- Yo también lo espero. El señor LETELIER.- Señor Presidente, yo soy de aquellos que, siendo Diputado, votaron en contra del financiamiento compartido. Yo soy de aquellos que piensan que esto es un engendro que le hace pésimo a la educación. Yo soy de aquellos que creen que esta es una de las causas de la segregación en el área de la educación, lo que le ha hecho un tremendo daño a nuestro modelo educativo. Quizás mi convicción en esta materia guarda relación con el hecho de que, cuando estuve exiliado en Estados Unidos, me formé en la educación pública. Y en ese país, cuna del capitalismo desarrollado del hemisferio occidental, a nadie se le ocurriría -¡a nadie!- discriminar en función de los recursos económicos de la familia. En este ámbito el Estado tiene una obligación: poner los recursos de acuerdo al territorio donde cada persona vive y garantizar el acceso a la educación pública. Los debates sobre calidad existen en dicho país, al igual que en el nuestro. Pero en ningún momento se proponen incentivos que, en el fondo, terminan dañando la integración social, instrumento básico de la cohesión social. En ningún momento se plantean mecanismos de segregación vinculados con la capacidad de pago de una familia (aquí algunos pueden aportar 5 mil pesos; otros, 10 mil o 20 mil, etcétera). ¡Eso es lo que existe hoy día en Chile! Educación 2020 ha dado una batalla en nuestro país en torno a ese punto y yo lo valoro tremendamente. Por ello felicito no solo a Mario Waissbluth, sino a todo el equipo de personas que se ha ido sumando a ese esfuerzo; en general, académicos de diverso tipo. Y creo que el movimiento estudiantil también ha comprendido en profundidad esta situación, lo cual también valoro. Yo, señor Presidente, soy partidario de que en algún momento se genere efectivamente un quiebre -espero que sea más temprano que tarde- con relación al papel que cabe al Estado en materia de financiamiento de la educación pública versus el de la particular subvencionada.

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De la misma forma, espero que se produzca un quiebre en lo relativo al aporte basal para las universidades públicas. Creo que Chile necesita fortalecer su educación pública. Yo soy de aquellos que quieren que el mecanismo del financiamiento compartido desaparezca progresivamente. Y lo que aprobó el Congreso Nacional apuntaba a eso: a propiciar el fin paulatino de ese instrumento de segregación. Por ello, no comparto lo que han sostenido acá colegas de la UDI, precisamente porque algunos queremos mayor integración social a través de la educación, para que esta vuelva a ser un espacio de integración, sin importar, a diferencia de lo que ocurre hoy, en qué cuna nació cada uno. Antes, los hijos de los médicos iban a la misma escuela a la que asistían los hijos de un obrero, de un panadero, de un economista, de un dentista, de un auxiliar de colegio, de un funcionario público. Actualmente eso se ha perdido. Y nos haría muy bien, como país, ir recuperando ese terreno, terminando con la educación como instrumento que segrega. Señor Presidente, yo siento que el veto enviado por el Ejecutivo no hace más que reiterar la defensa de un modelo educacional. Y es más: diría que parece corresponder a una actitud obstinada de no querer escuchar al movimiento social por una reforma educacional, porque, por sobre todo, esta es una defensa ideológica del financiamiento compartido a un nivel realmente excesivo. Voy a votar en contra de esta primera observación. Creo que demuestra que hay diferencias de opinión profundas en lo que dice relación con la concepción del modelo de educación que debe regir en nuestro país. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker. El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, voy a votar en contra del primer veto formulado por el Presidente de la República a este tan importante proyecto, que aumenta las subvenciones a la educación. Porque yo quiero conciliar de manera razonable, justa, equilibrada, el derecho a la educación con la libertad de enseñanza, la educación pública con la educación privada. Esa es y ha sido la doctrina y la práctica de la Democracia Cristiana desde que nació, como Falange Nacional, a fines de los años 30. Siempre hemos creído en una educación mixta, que sepa asegurar el derecho a la educación, entendida como un bien público, con la libertad de enseñanza; obviamente, el derecho que les asiste a los padres, a las familias de elegir el tipo de educación que quieren para sus hijos.

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Ahora bien, ¿por qué es tan importante este punto, y por qué se nos puede desestibar la nave, dando una señal muy contraproducente en relación con el clima cultural que estamos viviendo? Por una razón evidente: porque la educación pública se nos muere. En 1990, la matrícula era de 60 por ciento; hoy día alcanza al 38 por ciento. Y uno podría decir: “Bueno, pero qué importa, si los padres eligen”. ¡Claro que importa! Porque, si queremos una nave estibada, con una buena educación pública y una buena educación privada, que concilie el derecho a la educación con la libertad de enseñanza, debemos tomar medidas legislativas y aplicar políticas públicas que realmente garanticen ese equilibrio. ¿En qué consiste ese equilibrio en la ley en proyecto? En algo muy sencillo, señor Presidente. ¿Qué estamos haciendo en esta iniciativa? Aumentando los montos por concepto de subvención. ¡Perfecto! Más recursos públicos para la educación chilena, pública y privada. Porque recordemos que la educación subvencionada cubre al 92 por ciento de los estudiantes en nuestro país. Y como estamos subiendo el monto de la subvención, que hoy día asciende a alrededor de 55 mil pesos, y en el caso de la subvención escolar preferencial (SEP), a cerca de 80 mil pesos -es decir, vamos en la dirección correcta, de incrementar los recursos para financiar la educación-, ¿qué es lo lógico? Que en la medida que aumente la subvención, esto es, que aumenten los recursos para financiar la educación, vaya disminuyendo correlativamente el esfuerzo que los padres, los apoderados, las familias, la clase media, realizan, vía financiamiento compartido -más allá del juicio de valor que cada uno pueda tener respecto de este-, para ir aliviándoles la carga. ¿Qué le interesa al sostenedor, público o privado? Recibir los recursos. Por lo tanto, si el Estado aumenta la subvención escolar, general y preferencial, y simultáneamente sigue incrementando y reajustando de manera automática la unidad de subvención escolar (USE), nunca cerraremos la brecha que se va produciendo y que es la base de la segmentación y la segregación de la educación en nuestro país. En Chile hay educación gratuita; hay educación de 10 mil pesos; hay educación de 20 mil pesos; hay educación de 40 mil pesos. Y nosotros, mediante este proyecto, aprobado así por la Cámara de Diputados, proponemos 80 mil pesos de tope para el financiamiento compartido. No estamos inhibiendo nada a nadie, sino solo estableciendo un límite. En Chile el financiamiento compartido alcanza a 20 mil pesos en promedio. Algunos colegios cobran 40 mil, otros 50 mil. Nosotros -reitero- proponemos un tope de 80 mil pesos. O sea, nadie puede decir que estamos contra la educación particular subvencionada, o sacrificando la libertad de enseñanza.

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Y -perdón que lo recuerde, señor Presidente- el año 2008 los Honorables Senadores de Gobierno votaron a favor del proyecto de ley que creaba la subvención escolar preferencial. Y no sé si lo olvidaron -no lo creo-, pero eso implicó que por cada alumno por el cual se pagara subvención escolar preferencial el sostenedor respectivo no podía cobrar financiamiento compartido. ¡Lo votaron a favor, y con buenas razones! Entonces, donde existe la misma razón debe existir la misma disposición. Hagamos el esfuerzo de aumentar la subvención; sigamos incrementándola. Yo siempre he aplaudido en este Hemiciclo lo que Gobierno y Oposición hemos realizado en tal sentido. Pero pongámosle un tope al esfuerzo que hacen las familias en materia de financiamiento compartido, porque, de lo contrario, esa brecha nunca se va a saldar. Y, desde esa perspectiva, me parece de toda lógica rechazar esta primera observación. Voto que no. )------------( El señor ESCALONA (Presidente).- A continuación, corresponde el uso de la palabra al Senador señor Coloma. El señor COLOMA.- Señor Presidente, a la hora de fundamentar el voto, quiero recordar que esto fue objeto de una muy interesante discusión con motivo del tema de fondo, que tiene que ver con el financiamiento compartido. Yo simplemente quiero recrear las dos líneas de argumentación por las cuales muchos de nosotros votamos en contra de la disposición sobre la que recae el primer veto y que hacen que este adquiera mayor sentido, por cuanto de alguna manera asume lo que aquí se planteó. La primera argumentación era jurídica. Según ella, la norma de congelamiento del financiamiento compartido, en relación con lo que los padres pueden aportar, adolecía de dos problemas de fondo desde un punto de vista constitucional. Primero, claramente incidía en la administración financiera del Estado, pues afectaba uno de los elementos determinantes en el monto del financiamiento compartido, como es el cobro que realizan los establecimientos educacionales que reciben la subvención estatal a los padres que tienen a sus hijos estudiando en ellos. Resulta obvio que si se le establece un límite nominal, en la práctica, con la inevitable inflación, el subsidio así fijado irá disminuyendo en el tiempo, con la posibilidad de llegar a ser aun simplemente simbólico.

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De ahí que el aporte que consecuencialmente el Estado debía hacer para mantener ciertos equilibrios podía verse afectado y, por tanto, se trataba de una materia de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República. Ese fue el motivo central de la discusión que se produjo hace algunos meses. Y debo señalar que incluso en la otra rama del Parlamento Diputados de la Concertación plantearon exactamente lo mismo. No sé si existía igual razonamiento con respecto al fondo del asunto, pero ellos señalaron claramente que una norma de ese tipo debía ser de iniciativa exclusiva del Presidente. Así quedó consignado en las respectivas actas, en particular lo expresado por el entonces Vicepresidente de la Cámara, Diputado señor Marcelo Díaz, quien, consultado sobre la materia, hizo un planteamiento de la misma naturaleza. La segunda línea de acción estaba vinculada con las ideas matrices del proyecto. Una norma puede ser buena o mala, pero, en este caso, la que nos ocupa no tenía que ver con las ideas matrices, que estaban destinadas, precisamente, a aumentar la subvención escolar. El hecho de que podía ser parte aceptable de aquellas una indicación que congelara una porción de la fuente de dicho incremento, a mí, por lo menos, me parecía inconveniente. Ello, de alguna manera, reflejaba que el avance que se experimentaba por un lado se estaba transformando en un retroceso por el otro. Además, había una segunda razón más de fondo vinculada con la libertad -en este caso, con la libertad de enseñanza-, en el sentido de si es bueno o malo que los padres puedan contribuir a la mejor formación de sus hijos. Esto último es algo muy decisivo. Yo soy de aquellos convencidos de que la primera aspiración de los progenitores -y lo hemos visto como parlamentarios- es, precisamente, a proveer una educación de mayor calidad a sus niños. En los últimos años, todos los estudios de opinión han ido insistiendo en la idea de que ello no solo es admisible sino necesario. Entonces, generar a través de la presente iniciativa de ley un impedimento para que el aporte mencionado pueda ser significativo, de modo que que deba situarse a la baja, me parece contraproducente respecto del enorme esfuerzo que se está haciendo, precisamente por entender que hay roles que pueden ser compartidos. Y no es el único caso. En la medida en que el mundo privado, en el ejercicio de la libertad, contribuya a mejorar los índices importantes de desarrollo en Chile, como la educación, la salud o distintos aspectos, debería ser valorado. Porque en una sociedad existen responsabilidades y libertades. Por eso, señor Presidente, en defensa de esa libertad, que para mí resulta esencial, en su momento voté en contra del artículo 4° del proyecto. Por lo tanto, considero que este veto al precepto en comento, que ha

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pasado el trámite de la Cámara de Diputados, es especialmente útil, bueno, garantiza el cumplimiento de las normas constitucionales y mejora una iniciativa sobre subvención muy relevante para el país, a través de la incorporación de la libertad para colaborar de los particulares. Voto a favor. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Tuma. El señor TUMA.- Señor Presidente, estimo que el proyecto que nos ocupa, que no tiene tanta connotación pública respecto de lo que acontece hoy día en el Senado, nos sirve para debatir un asunto central que ocurre en la sociedad. A mi juicio, la diferencia que plantea la Oposición con los parlamentarios de la Alianza refleja exactamente los dos tipos de sociedad que nos hallamos promocionando y que se encuentran en pugna con políticas públicas de un Gobierno -y de uno que está por venir- que debería implementar otro tipo de oportunidades para quienes, durante muchos años, no las han tenido. Cuando hablamos de una sociedad desigual, básicamente nos referimos a desigualdades que se dan desde la cuna, en particular en materia de acceso a la educación. Por eso, pasa a ser clave el modo en que el Estado les otorga garantías a los hijos de las familias de menos recursos, a fin de que puedan tener las mismas posibilidades frente a otros que sí disponen de ellos. En tal sentido, cuando decimos “financiamiento compartido” estamos desdibujando el rol del Estado en la asignación de recursos, precisamente para profundizar esa desigualdad. Y lo que plantea este veto es seguirlo reajustando de la misma manera en que se reajustan las subvenciones para la enseñanza pública, con lo que continuamos manteniendo una diferencia, una distancia significativa entre quienes se forman en la educación pública y los que lo hacen en la privada, con recursos adicionales de padres que pueden pagar. Esas son las dos visiones del rol del Estado y del mercado. Hoy tenemos un modelo de sociedad en que todo se halla resuelto por el mercado: la salud, la educación, la previsión. En cuanto a la seguridad ciudadana acontece algo similar, pues los sectores de más altos recursos cuentan con mejores y más resguardos. Lo mismo sucede con la previsión social. De hecho, las personas de mayores ingresos tienen un promedio de vida más alto que quienes pertenecen a sectores de escasos recursos. Entonces, se están construyendo dos modelos de sociedad sobre la base de dos realidades, de dos Chile absolutamente distintos. Y el descontento que existe se relaciona con esa desigualdad, que queremos ir empatando y construyendo una sociedad de más oportunidades. Cada peso que el Estado le entrega a la educación con copago de padres y

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apoderados es un peso menos para una educación pública a la que acceden quienes carecen de recursos adicionales para la formación de sus hijos. Por ende, nos encontramos ante un debate relacionado con la creación de mejores perspectivas para los que menos tienen. Básicamente por eso, señor Presidente, este veto va en el sentido contrario de la búsqueda de una sociedad más igualitaria, en la que no sea el mercado el que asigne los recursos, sino que en materias tan sensibles como la educación, la salud, la vivienda, la previsión, la seguridad ciudadana sea el Estado el que lo haga. Voto en contra del veto. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Kuschel. El señor KUSCHEL.- Señor Presidente, intervengo para anunciar mi voto favorable a este veto del Ejecutivo, y para destacar un par de cosas. Primero, el aumento significativo en las subvenciones escolares desde prekínder hasta cuarto medio, en todas las modalidades de enseñanza. Ello constituye un espacio enorme para mejorar la calidad de la educación. Y en el caso de este veto aditivo, subrayo lo importante que resulta en nuestro país el disponer de una educación particular subvencionada. A mi entender, las diferencias en calidad serían mucho mayores si tal educación no existiera. Hoy día, ella supera en más de la mitad a los alumnos del sistema y nos ha permitido aliviar enormemente la inversión pública. Porque, en la actualidad, Chile no cuenta con los recursos para más que duplicar la instrucción pública, si fuera necesario. Por eso, reitero mi voto favorable a él. Por otra parte, deseo expresar mi reconocimiento a la gran cantidad de sostenedores particulares -son principalmente profesores-, quienes han constituido verdaderas empresas educacionales que han mejorado de modo considerable las condiciones y los resultados educacionales -como lo señalaron los Senadores señores García y Carlos Larraín- y que también han optimizado otros indicadores indirectos vinculados con salud y bienestar de la población. Gracias. El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina. El señor ESPINA.- Señor Presidente, felicito al Gobierno por enviar este veto, que tiene por objeto eliminar una norma cuyo único propósito es perjudicar a los establecimientos particulares subvencionados. En la última encuesta del CEP -muy citada entre los señores parlamentarios en distintas materias políticas- se formuló la siguiente pregunta: “¿cree usted que es bueno que los padres puedan complementar el subsidio educacional que otorga el Estado a través de un copago (pagando

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matrícula y/o colegiatura) para mejorar la educación de sus hijos o usted cree que esto debiera estar prohibido?”. O sea, les consultan a los chilenos si estiman que debe haber o no copago. Y en la encuesta más prestigiosa del país, 45 por ciento de las personas contesta que sí, que consideran bueno que los padres puedan pagar un financiamiento compartido para la educación de sus hijos. Esto, en democracia, es la mayoría. Y 39 por ciento dice que no. Por lo tanto, en Chile hay más gente que opina que a los papás les asiste el derecho a poder complementar, con recursos propios, la educación de sus hijos, cuando los tienen en un colegio particular subvencionado. Y en esta iniciativa parlamentarios de la Concertación limitaban la posibilidad de que fueran aumentándose los recursos para la subvención. Por lo tanto, nosotros estamos de acuerdo con la propuesta del Gobierno, porque evita que el reajuste se limite. Antes el tope estaba expresado en unidades de subvención educacional, y la Concertación lo fijó en pesos. Como somos partidarios de que existan aportes del Estado a la educación particular subvencionada y de que los padres incluso puedan contribuir económicamente a la enseñanza de sus hijos -si les es posible- y mejorar la calidad de la educación que estos reciben, nosotros consideramos que el veto va en la línea correcta. Señalo lo anterior porque el intento por disminuir -y digamos las cosas como son-, por ir terminando con la educación particular subvencionada ha quedado demostrado durante los últimos meses a través de una serie de iniciativas legales que en el fondo aspiran a que no exista dicha modalidad de enseñanza. Y quiénes acceden a ella: el grueso de la clase media chilena. Y es en el sector particular subvencionado donde los padres quieren educar a sus hijos, porque estiman que pueden recibir una mejor enseñanza que en el municipal. Por esa razón, nosotros nos alegramos del veto, que corrige un error -a nuestro juicio- en lo que aprobó el Parlamento y nos permite mantener la libertad de elección y la participación de los padres en la educación de sus hijos. El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto? El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación. El señor LABBÉ (Secretario General).- Resultado de la votación del primer veto: 16 votos a favor, 13 en contra y 3 abstenciones.

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Votaron por la afirmativa las señoras Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Novoa, Orpis, Pérez Varela, Prokurica y Uriarte. Votaron por la negativa la señora Allende y los señores Escalona, Frei (don Eduardo), Girardi, Gómez, Lagos, Letelier, Quintana, Rossi, Tuma, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés). Se abstuvieron la señora Alvear y los señores Pizarro y Sabag. El señor LABBÉ (Secretario General).- Conforme al artículo 178 del Reglamento, teniendo presente que las abstenciones no permiten que se resuelva la proposición, corresponde repetir la votación. El señor ESCALONA (Presidente).- En votación. --(Durante la votación). El señor CHAHUÁN.- Que se toquen los timbres. El señor ESCALONA (Presidente).- Hay que avisar a las Comisiones que estén sesionando. El señor COLOMA.- ¿No se requieren dos tercios? ¿Por qué se va a repetir? El señor NOVOA.- Dos tercios para rechazar. El señor COLOMA.- Como en las votaciones de quórum especial, acá no se alcanzó el quórum. Pido la palabra. El señor ESCALONA (Presidente).- Puede hacer uso de ella, Su Señoría. El señor COLOMA.- Señor Presidente, desde un punto de vista reglamentario, entiendo que para rechazar se requieren dos tercios. Entonces, si no se llegó a ese número y la votación es positiva, da lo mismo que se empate a 16, a 15, a 14 o a cualquier cifra. Se trata de un tema conceptual, reglamentario, no incidirá en nada. Desde mi perspectiva, si no se llega, no se llega. Es independiente el resultado directo que se obtenga entre los votos a favor y en contra. El señor CHAHUÁN.- Así es.

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El señor COLOMA.- Por eso, señor Presidente, le pido que declare que no se ha alcanzado el quórum y, por tanto, que queda aprobado el veto. El señor ESCALONA (Presidente).- ¡Estoy de acuerdo con Su Señoría en que si no se llega, no se llega...! El señor COLOMA.- ¡Lo que pasó, pasó no más, pues señor Presidente...! El señor LARRAÍN.- ¡Están bien filósofos...! ¡Los filósofos de las cosas simples...! El señor COLOMA.- Pero no se puede repetir, de verdad. El señor TUMA.- ¡De que hay que esperar, hay que esperar...! ¡De que hay que llamar, hay que llamar...! El señor ESCALONA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario General. El señor LABBÉ (Secretario General).- El criterio de la Secretaría es el siguiente. Las observaciones del Presidente de la República no requieren una mayoría especial para ser aprobadas. Por consiguiente, se aplica el Reglamento en el mismo sentido de todas las votaciones simples de los proyectos. Y, de acuerdo al artículo 178, habiéndose registrado 16 votos a favor, 13 en contra y 3 abstenciones, el asunto, como se ha aplicado siempre en el Senado, queda sin resolverse, y corresponde una segunda votación. El señor COLOMA.- Es muy raro, señor Presidente. El señor ESCALONA (Presidente).- En consecuencia, se ha puesto en votación por segunda vez. El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto? El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación. --Se aprueba la observación Nº 1 (15 votos contra 10). Votaron por la afirmativa las señoras Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Horvath, Kuschel, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Orpis, Pérez Varela, Prokurica y Uriarte.

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Votaron por la negativa la señora Allende y los señores Escalona, Frei (don Eduardo), Girardi, Gómez, Muñoz Aburto, Quintana, Tuma, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés). El señor NOVOA.- Señor Presidente, no quedó consignado mi voto a favor. El señor ESCALONA (Presidente).- Se dejará constancia en la Versión Oficial de la intención de voto favorable del Senador señor Novoa y de la intención de voto en contra del Senador señor Letelier. Corresponde pronunciarse respecto del segundo veto. El señor KUSCHEL.- Con la misma votación. El señor CHAHUÁN.- “Si le parece”. El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, la segunda observación fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Hacienda. El señor ESCALONA (Presidente).- En votación la observación Nº 2. El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto? El señor ESCALONA (Presidente).- Terminada la votación. --Se aprueba el veto Nº 2 (21 votos contra 6), y quedan despachadas las observaciones del Presidente de la República. Votaron por la afirmativa las señoras Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Larraín (don Carlos), Novoa, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Uriarte, Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés). Votaron por la negativa la señora Allende y los señores Frei (don Eduardo), Gómez, Letelier, Muñoz Aburto y Quintana. El señor ESCALONA (Presidente).- Se dejará constancia en la Versión Oficial de la intención de voto favorable del Honorable señor Tuma.

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OFICIO APROBACIÓN OBSERVACIONES EJECUTIVO

4.8. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen Oficio aprobación observaciones del Ejecutivo. Fecha 09 de octubre, 2012. Cuenta en Sesión 88. Legislatura 360. Cámara de Diputados. Nº 963/SEC/12 Valparaíso, 9 de octubre de 2012. Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales, correspondiente al Boletín Nº 8.070-04. Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 10.391, de 3 de octubre de 2012. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a Vuestra Excelencia. CAMILO ESCALONA MEDINA Presidente del Senado MARIO LABBÉ ARANEDA Secretario General del Senado

A S. E el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

5. Trámite de Finalización: Cámara de Diputados

5.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo. Oficio de Ley a S. E. El Presidente de la República. Comunica texto aprobado por el Congreso Nacional. Fecha 10 de octubre, 2012.

Oficio Nº 10409 VALPARAÍSO, 10 de octubre de 2012

Mediante oficio N°208-360, de 28 de septiembre pasado, V.E. formuló observaciones al proyecto de ley que aumenta las subvenciones del Estado a los establecimientos educacionales, correspondiente al boletín N°8070-04.

Al respecto, tengo a bien comunicar a V.E. que el

Congreso Nacional ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Modifícase la ley N° 20.248, que establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial, de la siguiente forma:

2) Reemplázase el cuadro de Valor Subvención en U.S.E., contenido en el artículo 14, por el siguiente:

Desde 1° nivel de transición hasta 4° año de la educación básica

5° y 6° año básico

7° y 8° año básico

Desde 1° hasta 4° año de enseñanza media

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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A: Establecimientos educacionales autónomos

1,694 1,694 1,129 1,129

B: Establecimientos educacionales emergentes

0,847 0,847 0,5645 0,5645

2) Reemplázase el cuadro del artículo 16, por el siguiente:

Tramos según el porcentaje de alumnos prioritarios del Establecimiento Educacional

Desde el 1° nivel de transición hasta 4° año básico (U.S.E.)

5° y 6° año básico (U.S.E.)

7° y 8° año básico (U.S.E.)

Desde 1° año hasta 4° año de enseñanza media (U.S.E.)

60% o más 0,302 0,302 0,202 0,202 Entre 45% y menos de 60% 0,269 0,269 0,179 0,179 Entre 30% y menos de 45% 0,202 0,202 0,134 0,134 Entre 15% y menos de 30% 0,118 0,118 0,078

0,078

3) Reemplázase el inciso tercero del artículo 20 por el siguiente: “Este aporte adicional será de 0,847 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el primer y segundo año de transición de la educación parvularia y hasta el 6º año de la educación general básica; de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen 7º y 8º año de la educación general básica; y de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el 1° hasta 4° año de enseñanza media.”.

4) Sustitúyese el artículo duodécimo transitorio por el siguiente: “Artículo duodécimo.- Los niveles de 1° año de enseñanza media a 4° año de enseñanza media se incorporarán gradualmente a la percepción de la subvención escolar preferencial, de la subvención por concentración de alumnos prioritarios y de los aportes adicionales establecidos

”.

”.

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en esta ley, a razón de un nivel por año, comenzando el año escolar 2013 con el 1° año de enseñanza media.”.

Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 9° del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales: a) Sustitúyese el inciso primero por el siguiente: "Artículo 9°.- El valor unitario mensual de la subvención por alumno para cada nivel y modalidad de la enseñanza, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), corresponderá al siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 9° (incluye incrementos fijados por leyes Nos. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. por aplicación del factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación Parvularia (1° Nivel de Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación Parvularia (2° Nivel Transición)

2,09826 0,17955 2,27781

Educación General Básica (1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6°)

1,81401 0,17997 1,99398

Educación General Básica (7° y 8°)

1,96884 0,19546 2,16430

Educación Especial Diferencial

5,79658 0,59727 6,39385

Necesidades Edu-cativas Especiales de carácter Transitorio

4,96143 0,59727 5,5587

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Educación Media Humanístico-Científica

2,19850 0,21818 2,41668

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

3,25842 0,32402 3,58244

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

2,54190 0,25252 2,79442

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

2,27993 0,22634 2,50627

Educación Básica de Adultos (Primer Nivel)

1,29547 0,13317 1,42864

Educación Básica de Adultos (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,71879 0,13317 1,85196

Educación Básica de Adultos con oficios (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

1,93046 0,13317 2,06363

Educación Media Humanístico-Científica de adultos (Primer Nivel y Segundo Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Primer Nivel)

2,36078 0,18363 2,54441

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Agrícola y Marítima (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,89313 0,18363 3,07676

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Primer Nivel)

2,1371 0,18363 2,32073

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Industrial (Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,22211 0,18363 2,40574

Educación Media Técnico-Profesional de Adultos Comercial y Técnica (Primer Nivel, Segundo Nivel y Tercer Nivel)

2,0946 0,18363 2,27823

b) Sustitúyese el inciso noveno por el siguiente: "En el caso de los establecimientos educacionales que operen bajo el régimen de jornada escolar completa diurna, el valor unitario mensual por alumno, para los niveles y modalidades de enseñanza que se indican, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), será el siguiente:

Enseñanza que imparte el establecimiento

Valor de la subvención en factor artículo 9° en U.S.E. (incluye incrementos fijados por leyes N°s. 19.662 y 19.808)

Valor de la subvención en U.S.E. factor artículo 7° ley N° 19.933

Valor de la subvención en U.S.E.

Educación General Básica 3° a 8° años

2,52450 0,24655 2,77105

Educación Media Humanístico-Científica

3,01381 0,29481 3,30862

”.

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

Educación Media Técnico-Profesional Agrícola Marítima

4,06671 0,40013 4,46684

Educación Media Técnico-Profesional Industrial

3,18177 0,31177 3,49354

Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica

3,01381 0,29481 3,30862

Artículo 3°.- El Ministerio de Educación, conjuntamente

con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encargará a expertos independientes la realización de un estudio destinado a estimar el valor de una subvención escolar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio podrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y, o prescriptivo a partir de tipologías de establecimientos educativos modelo.

Los aumentos de subvención que proponga el Ejecutivo al Congreso Nacional deberán considerar, entre otros, los resultados del estudio a que se refiere el inciso anterior.

A fin de garantizar que los estudios a que se refiere el inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para efectos de los mismos deberán otorgar toda la información necesaria que sea requerida.

En caso de incumplir la obligación señalada en el

inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a las sanciones previstas en la ley N° 20.529 para el caso de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación.

La Superintendencia de Educación brindará el apoyo

necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información recabada con ocasión de los levantamientos efectuados.

Los estudios y el informe realizados de conformidad a

este artículo deberán estar disponibles en la página web del Ministerio de

”.

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

Educación y remitirse a la Comisión de Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al inicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión. Artículo 4°.- La aplicación de la presente ley no significará aumento de la subvención de la educación especial diferencial y de las necesidades educativas especiales de carácter transitorio. Sin perjuicio de lo anterior, para el solo efecto del cálculo del fraccionamiento destinado a financiar los programas aprobados de integración escolar se considerará el valor de la subvención regular vigente a agosto del año 2012. Disposiciones transitorias

Artículo primero.- El primer estudio que se realice de

conformidad a lo prescrito en el artículo 3°, se realizará al inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo segundo.- El mayor gasto que represente esta

ley durante el año 2012 se financiará con cargo a la partida 09, Ministerio de Educación, del Presupuesto del Sector Público.”. Dios guarde a V.E. NICOLÁS MONCKEBERG DÍAZ Presidente de la Cámara de Diputados ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ Secretario General de la Cámara de Diputados

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6 Publicación de ley en Diario Oficial 6.1. Ley N° 20.637 Tipo Norma :Ley 20637 Fecha Publicación :26-10-2012 Fecha Promulgación :22-10-2012 Organismo :MINISTERIO DE EDUCACIÓN Título :AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Tipo Versión :Única De : 26-10-2012 URL : http://www.leychile.cl/N?i=1045109&f=2012-10-26&p= LEY NÚM. 20.637 AUMENTA LAS SUBVENCIONES DEL ESTADO A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º.- Modifícase la ley Nº 20.248, qu e establece la Ley de Subvención Escolar Preferencial , de la siguiente forma: 1) Reemplázase el cuadro de Valor Subvención e n U.S.E., contenido en el artículo 14, por el siguiente:

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2) Reemplázase el cuadro del artículo 16, por el siguiente:

3) Reemplázase el inciso tercero del artículo 20 por el siguiente: "Este aporte adicional será de 0,847 U.S.E. po r los alumnos que cursen desde el primer y segundo año de transición de la educación parvularia y hasta el 6º año de la educación general básica; de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen 7º y 8º año de la educación general bási ca; y de 0,5645 U.S.E. por los alumnos que cursen desde el 1 º hasta 4º año de enseñanza media.". 4) Sustitúyese el artículo duodécimo transitor io por el siguiente: "Artículo duodécimo.- Los niveles de 1º año de enseñanza media a 4º año de enseñanza media se incorporarán

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gradualmente a la percepción de la subvención escol ar preferencial, de la subvención por concentración de alumnos prioritarios y de los aportes adicionales estableci dos en esta ley, a razón de un nivel por año, comenzando e l año escolar 2013 con el 1º año de enseñanza media.". Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modi ficaciones en el artículo 9º del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales: a) Sustitúyese el inciso primero por el siguie nte: "Artículo 9º.- El valor unitario mensual de la subvención por alumno para cada nivel y modalidad d e la enseñanza, expresado en unidades de subvención educ acional (U.S.E.), corresponderá al siguiente:

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b) Sustitúyese el inciso noveno por el siguien te:

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"En el caso de los establecimientos educaciona les que operen bajo el régimen de jornada escolar completa diurna, el valor unitario mensual por alumno, para los niveles y modalidades de enseñanza que se indican, expresado en unidades de subvención educacional (U.S.E.), será e l siguiente:

Artículo 3º.- El Ministerio de Educación, conj untamente con el Ministerio de Hacienda, cada dos años, encar gará a expertos independientes la realización de un estudi o destinado a estimar el valor de una subvención esco lar costo-efectiva para cada uno de los niveles y modalidades educativas de la educación regular. Dicho estudio p odrá utilizar diversas modalidades de análisis empírico y,o

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prescriptivo a partir de tipologías de establecimie ntos educativos modelo. Los aumentos de subvención que proponga el Eje cutivo al Congreso Nacional deberán considerar, entre otros, los resultados del estudio a que se refiere el inciso a nterior. A fin de garantizar que los estudios a que se refiere el inciso primero cuenten con la información necesaria para su realización, los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado y que sean seleccionados para ef ectos de los mismos deberán otorgar toda la información nece saria que sea requerida. En caso de incumplir la obligación señalada en el inciso anterior, los establecimientos quedarán sujetos a l as sanciones previstas en la ley Nº 20.529 para el cas o de establecimientos que dificultan o impiden la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Educación. La Superintendencia de Educación brindará el a poyo necesario a los expertos para la realización de los estudios, poniendo a disposición la información disponible y colaborando en el procesamiento de la información r ecabada con ocasión de los levantamientos efectuados. Los estudios y el informe realizados de confor midad a este artículo deberán estar disponibles en la págin a web del Ministerio de Educación y remitirse a la Comisión d e Educación del Senado y la Cámara de Diputados, al i nicio del año escolar inmediatamente siguiente a su emisión. Artículo 4º.- La aplicación de la presente ley no significará aumento de la subvención de la educació n especial diferencial y de las necesidades educativas especia les de carácter transitorio. Sin perjuicio de lo anterior, para el solo efecto del cálculo del fraccionamiento destina do a financiar los programas aprobados de integración es colar se considerará el valor de la subvención regular vigen te a agosto del año 2012. Disposiciones transitorias Artículo primero.- El primer estudio que se re alice de conformidad a lo prescrito en el artículo 3º, se re alizará al

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inicio del año académico siguiente al de entrada en vigencia de la presente ley. Artículo segundo.- El mayor gasto que represen te esta ley durante el año 2012 se financiará con cargo a l a partida 09, Ministerio de Educación, del Presupuesto del Se ctor Público.". Y por cuanto el Congreso Nacional ha aprobado las observaciones formuladas por el Ejecutivo; por tant o promúlguese y llévese a efecto como Ley de la Repúb lica. Santiago, 22 de octubre de 2012.- SEBASTIÁN PI ÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Harald Beye r Burgos, Ministro de Educación.- Felipe Larraín Bascuñán, Mi nistro de Hacienda. Lo que transcribo para su conocimiento.- Salud a atentamente a usted, Fernando Rojas Ochagavía, Subs ecretario de Educación.